PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL CONTRATO DEL SERVICIO PUBLICO DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS Y FRACCION ORGANICA Y SELECTIVA Y TRANSPORTE AL CTR DE SANTO TOMAS , DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS BIERZO CENTRAL.-
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL CONTRATO DEL SERVICIO PUBLICO DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS Y FRACCION ORGANICA Y SELECTIVA Y TRANSPORTE AL CTR DE XXXXX XXXXX , DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS BIERZO CENTRAL.-
CAPITULO I.-DISPOSICIONES GENERALES ANTECEDENTES
Los Estatutos de la Mancomunidad de Municipios Bierzo Central han sido aprobados por Orden de 7 xx xxxxx de 1.999 de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial de la Junta de Castilla y León , modificada por Orden de 28 de diciembre de 2000 de la misma Consejería por la que adhirió a esta Mancomunidad el Municipio de Priaranza del Bierzo, y asimismo modificada por la Orden PAT/77/2006 de 24 de enero por el que se acuerda hacer pública la adhesión del municipio de Cubillos del Sil a la Mancomunidad de Municipios Bierzo Central.
El contrato de recogida de basuras de esta Mancomunidad se viene desarrollando desde el año 1.999 fecha de creación de la Mancomunidad.
Dicho contrato ha sido adjudicado a la empresa Begar Medio Ambiente S.A. por plazo de 5 años y con posterioridad a la empresa Seralia S.L. por 10 años venciendo el día 16 xx xxxxx de 2016.
Por ello después de mas xx xxxx años de vigencia, con la experiencia adquirida, es el momento de hacer balance y análisis del contrato, reforzar los aspectos positivos , enmendar las deficiencias y formalizar un nuevo documento de directrices de actuación.
Con esta premisa el presente Pliego de prescripciones técnicas (PTT en adelante), pretende establecer una base coherente para la definición de los servicios a prestar, estableciéndose unos objetivos , ó parámetros mínimos claros dejando a los licitadores cierta libertad en sus ofertas para la prestación del servicio, para que propongan, que modelo organizativo, tecnológico ó de gestión tenga mayor eficacia y menor coste económico para la Mancomunidad.
Se pretende desde el principio , una separación clara de funciones entre el adjudicatario y la Mancomunidad, donde la prestación del servicio recaiga estrictamente sobre la empresa adjudicataria, y la Mancomunidad inspeccione y vele por el cumplimiento de los objetivos y las condiciones xxx xxxxxx.
Cláusula 1ª.-OBJETO DEL CONTRATO.-
El objeto del presente Contrato, es la contratación administrativa, por procedimiento abierto , con varios criterios de adjudicación del contrato de servicio público de la recogida de residuos sólidos urbanos y (fracción resto y selectiva) por parte de la Mancomunidad de Municipios Bierzo Central, comprendiendo los siguientes servicios:
RECOGIDA DOMICILIARIA DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS (R.S.U.)
Recogida de residuos orgánicos. Recogidas selectivas.
Transporte de los residuos urbanos y selectivas al Centro de Transferencias de Xxxxx Xxxxx de las Ollas ó el que , en su lugar sea sustituido.
Limpieza , mantenimiento y sustitución de los contenedores. Recogida de enseres ó voluminosos y su transporte al CTR.
Los trabajos objeto de contratación se desarrollarán de acuerdo a lo establecido en:
El Pliego de Condiciones Administrativas. El Pliego de Prescripciones Técnicas.
Ordenanza de recogida de residuos de la Mancomunidad Bierzo Central.
Aquellas mejoras que, ofertadas por el licitante en exceso xxx Xxxxxx de Condiciones sean aceptadas por la Mancomunidad.
Ajustándose todo ello a la normativa medioambiental sectorial y de cualquier otro orden aplicable a los servicios objeto de este contrato en materia de residuos, envases ó residuos de envases, medioambiental y demás que sean de aplicación en cada momento de la duración del contrato.
Dado que se trata de un contrato de servicios de valor estimado igual o superior a
209.000 euros, XXX excluido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y el artículo 4 de la Directiva 2014/24/UE, es un contrato sujeto a regulación armonizada.
CLAUSULA 2ª.- PRECIO DEL CONTRATO.
El importe anual del presente contrato asciende a la cuantía de 681.818,19 euros, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 68.181,82 euros, lo que supone un total de 750.000,00 euros.
El importe por los cuatro años del presente contrato asciende a la cuantía de 2.727.272,76 euros, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 272.727,28 euros, lo que supone un total de 3.000.000,00 euros.
El valor estimado del contrato (6 año) asciende a la cuantía de 4.090.909,14 euros al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 409.090,92 euros, lo que supone un total de 4.500.000,00 euros, teniendo en cuenta las posibles prórrogas y modificaciones del mismo.
El importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 1621.227 del vigente Presupuesto de la Mancomunidad; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por la Mancomunidad, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato. Teniendo en cuenta el carácter plurianual del gasto , la autorización se subordina al crédito que para cada ejercicio
tendrá que consignar en los respectivos presupuestos de la Mancomunidad, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
El precio se liquidará al empresario trimestralmente, mediante el prorrateo de la cantidad anual total. Antes del abono deberá presentarse la factura correspondiente en la forma reglamentaria exigida. El pago se ajustará a lo dispuesto en el articulo 216 del TRLCSP.
Con respecto a la financiación del servicio el adjudicatario financiará por su cuenta la adquisición de los equipamientos, vehículos, contenedores, etc, excepto los aportados por esta Mancomunidad , que sean necesarios para la prestación del servicio, incluyéndose en esta obligación todos los costos de funcionamiento, mantenimiento, reparación ó reposición.
Los vehículos aportados por el contratista a este contrato revertirán a su propiedad una vez finalice el mismo. Los vehículos y contenedores cedidos por la Mancomunidad deben ser revertidos a la misma en la forma prevista en la cláusula V de este Pliego.
CLÁUSULA 3ª.- ÁMBITO TERRITORIAL.-
Los trabajos objeto de contratación se ejecutarán en la totalidad de las localidades del ámbito territorial de la Mancomunidad de Municipios Bierzo Central, incluidas las urbanizaciones, las viviendas ubicadas fuera de los cascos urbanos y zonas industriales. En caso de que durante la vigencia del contrato se construyan nuevas urbanizaciones ó zonas industriales, la empresa adjudicataria debe prestarles el servicio sin suponer incremento de precio.
A efectos únicamente informativos, se hace constar que la población de los municipios según los datos del Instituto Nacional de Estadística ,y sin que se vincule al precio del contrato, es la siguiente:
POBLACIÓN DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO | Habitantes |
Arganza | 1.069 |
Cabañas Raras | 1.464 |
Cacabelos | 5.544 |
Camponaraya | 4.177 |
Carracedelo | 3.577 |
Xxxxxxxx del Sil | 1.831 |
Priaranza | 792 |
Sancedo | 576 |
Villadecanes | 1.941 |
TOTAL | 20.871 |
CLÁUSULA 4ª.- DURACIÓN.-
El contrato de gestión de los mencionados servicios tendrá una duración de CUATRO AÑOS , contados a partir de la firma del contrato de los servicios, y podrá ser prorrogado por DOS períodos anuales, salvo denuncia expresa por alguna de las partes, al menos con seis meses de antelación a su vencimiento.
Si a la terminación del plazo de ejecución del contrato la Mancomunidad no hubiera concluido el proceso para otorgar de nuevo la gestión del servicio o el proceso para asumir su gestión directa, el adjudicatario estará obligado a continuar con la prestación de todos los servicios contratados, con los medios existentes hasta que la Mancomunidad concluya dicho proceso, con el límite máximo de 6 meses. Igual situación se producirá en los supuestos de rescisión o de resolución del contrato.
CAPITULO II.- AMBITO FUNCIONAL DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
CLÁUSULA 5ª.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS URBANOS R.U.-
Comprenderá los siguientes servicios:
1.- RECOGIDA DOMICILIARIA DE RESIDUOS ORGÁNICOS.
La recogida y transporte de los residuos orgánicos y (fracción resto) está integrada por residuos urbanos de carácter domiciliario, procedentes de viviendas, edificios, establecimientos, mercados, comercios, industrias y centros públicos y privados, almacenados en un único contenedor.
Se define como residuos orgánicos, aquellos cuya procedencia es la indicada anteriormente y está compuesta por materia orgánica y otros residuos que queden al separar los enseres, pilas, papel-cartón etc , que componen las recogidas selectivas. Todo ello según la definición de los mismos recogida en la Ley 22/2011 de residuos y Suelos contaminados y la Ordenanza de esta Mancomunidad.
2.- RECOGIDAS SELECTIVAS.
Recogida de papel-cartón en contenedor específico.
Recogida selectiva de envases ligeros en contenedor especifico. Recogida selectiva de pilas en contenedor especifico.
Quedan excluidos del servicio de recogida de residuos municipales los siguientes.
Los residuos generados por comercios, industrias y talleres que por sus características no sean asimilables a los residuos domésticos o superen las limitaciones establecidas en la Ley 22/2011 de 28 de julio de residuos y suelos contaminados, legislación sectorial que resulte de aplicación y en la ordenanza de recogida de residuos de esta Mancomunidad Bierzo Central.
Los derivados de la actividad industrial. Los nocivos, insalubres o peligrosos.
Los líquidos pastosos. Los hospitalarios.
Los escombros y restos de demoliciones de obras públicas y privadas cuya entidad sea superior a la de obra menor.
Todos aquellos otros que por ley no sean objeto de recogida ordinaria o no sean de competencia municipal.
El importe que satisfaga Ecoembes , Xxxxxx u otro gestor autorizado por la gestión de la recogida del papel-cartón y de envases será percibido por la Mancomunidad.
3.- TRANSPORTE DE LOS RESIDUOS URBANOS.
El transporte de los residuos se realizará de forma inmediata entregándose en la Planta de Transferencia correspondiente o Gestor Autorizado o, en su caso en los centros de descarga designados por la Mancomunidad.
4.- LIMPIEZA , MANTENIMIENTO Y SUSTITUCION DE LOS CONTENEDORES
Será obligación de la empresa adjudicataria la limpieza interior y exterior de los contenedores, con la periodicidad fijada en la cláusula 12 del presente pliego. La limpieza podrá realizarse de forma manual o mecanizada, con los medios que el licitador estime oportunos. En cualquier caso, el adjudicatario se obliga a la limpieza del pavimento y entorno afectados en el supuesto de producirse vertidos en las operaciones propias xxx xxxxxx.
Igualmente, se encargará la empresa adjudicataria del mantenimiento ordinario de todos los contenedores y recipientes normalizados de recogida de residuos orgánicos y selectivas (tapas, bisagras, ruedas y similares), manteniendo en todo momento su correcto estado de funcionamiento, disponiendo de un plazo de cinco días hábiles para sustituir bien los elementos deteriorados o reparar las deficiencias
de los componentes que no funcionen adecuadamente o en su caso la reposición del propio recipiente.
Los contenedores deben tener en el exterior explicación sobre las normas de uso y la prohibición de publicidad de los mismos.
5.- RECOGIDA DE ENSERES.
La recogida y transporte de enseres, está integrada por los residuos definidos en el apartado siguiente, procedentes de viviendas, edificios, establecimientos, mercados, comercios, industrias y centros públicos y privados. La frecuencia de recogida será la establecida en el Anexo IV por año. A tal efecto se confeccionará un calendario de recogidas por municipios y localidades, con carácter anual y con suficiente antelación para ser aprobado por la Mancomunidad.
Se consideran enseres, todos aquellos objetos que sin ser tóxicos o peligrosos, no puedan ser recogidos por el servicio domiciliario de residuos, ya por su naturaleza, ya por sus dimensiones, volumen, peso u otras características (muebles, colchones, electrodomésticos fuera de uso, etc..). Se recogerán al lado del contenedor mas próximo del usuario, transportándose seguidamente hasta el punto de vertido.
6º.- MEDIOS TECNICOS Y MATERIALES
Todos los medios técnicos y materiales , tanto directos como indirectos, bien sea propiedad de la empresa adjudicataria como de esta mancomunidad que se ceda su uso, y empleados por el contratista, deberán encontrarse perfectamente operativos durante el contrato, y ser, en numero suficiente para desempeñar correctamente todas las funciones y frecuencias establecidos en el pliego y de acuerdo con la oferta del adjudicatario que incluya en las mejoras.
El material móvil se elegirá de acuerdo con las funciones que deba realizar, adaptándose a las características especificas de las zonas en las que se programe
su uso. Deben ser descritos detalladamente y justificados en la Memoria ó Proyecto del servicio que los licitadores entregarán según lo exigido en el PCA y que deberá reunir las siguientes características:
a.- Los vehículos compactadores que se utilicen en la recogida de residuos urbanos y selectivas deberá ser preferentemente de nuevos, ó de no serlo, no tener una antigüedad que impida la prestación con calidad del servicio. En este caso debe contar con la autorización de la Mancomunidad. Este aspecto no se aplica a la maquinaria y bienes cedidos por la Mancomunidad. La calidad y antigüedad de los vehículos será un aspecto valorable en el pliego administrativo.
b.- Los vehículos compactadores estarán dotados de caja estanca, de forma que los residuos al ser compactados no produzcan derrames de lixiviados. Las carrocerías de los equipos compactadores estarán construidas con material de alto limite elástico y elevada dureza y resistencia a la corrosión.
c.- Los vehículos deberá tener carga trasera debido a la imposibilidad de acceso en algunas zonas de la Mancomunidad.
d.- Todos los vehículos que realicen trabajos en la vía pública serán perfectamente visibles y dispondrán de sistemas de seguridad obligatorios para su mejor detección y evitar así riesgos para peatones y trafico rodado.
La mancomunidad cederá durante toda la vigencia del contrato a la empresa que se ocupe del servicio el material y vehículos que se especifica en el Anexo II:
Los contenedores relacionados en dicho anexo a excepción de los de recogida xxx xxxxxx que solamente se gestionará su limpieza.
Dos vehículos especificados en el anexo II y un vehiculo de nueva adquisición de 16 Tm, de dos ejes.
Al finalizar el plazo del contrato ó de resolución del mismo, cualquiera que sea la causa, revertirán la propiedad a esta Mancomunidad contratante, tanto los contenedores como los vehículos cedidos.
La recepción de los bienes reversibles tendrá lugar en el plazo de tres meses a contar desde la notificación de la extinción del contrato.
Los vehículos y demás maquinaria y utillaje cedido por la empresa adjudicataria revertirán a su propiedad a la finalización del contrato.
CLÁUSULA 6ª.- SERVICIOS COMUNES.-
Comprende los servicios técnicos, administrativos, instalaciones, talleres, etc. que son comunes a la totalidad de los servicios y que son necesarios para el control y buena marcha del contrato.
CAPITULO III.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS URBANOS (R.U.) CLÁUSULA 7ª.- CONSIDERACIONES GENERALES DEL SERVICIO.-
Los servicios incluidos en este pliego se prestarán en todas las localidades de los municipios que componen la Mancomunidad de Municipios Bierzo Central.
Corresponde a los licitadores el proponer para cada uno de los servicios definidos en el Capítulo II, los sistemas más eficaces para su prestación en cada una de sus fases. En sus ofertas los licitadores deberán tener en cuenta las características específicas de las zonas y pueblos.
Los licitadores definirán con todo detalle el Proyecto de organización para cada uno de los servicios contemplados con sujeción estricta a las condiciones establecidas en este capítulo. A tal efecto, propondrán , como mínimo, en sus ofertas:
Memoria descriptiva de la organización.
Metodología y sistemas a emplear en cada una de las operaciones.
Equipos a emplear y composición de los mismos, debidamente justificados con todos los detalles, de matricula, antigüedad, ficha técnica, fotografía, etc.
Frecuencias y horarios.
Itinerarios del recorrido efectivo de cada uno de los equipos empleados. Plan de concienciación ciudadana.
Los licitadores deberán tener en cuenta al elaborar los proyectos de prestación de los servicios de recogida y transporte de R.U., toda la legislación vigente que sea o pueda ser de aplicación y adaptarse en su caso a aquella legislación que sea de nueva creación, así como a las ordenanzas municipales.
Para los contratos de servicios no será exigible clasificación del empresario. No obstante, la clasificación del empresario en el Grupo: R Subgrupo: 5 Categoría: 5 le permitirá acreditar su solvencia para este contrato cuyo objeto es el servicio de recogida de basuras y transporte, cuya codificación es CPV 90500000-2, 90511100- 3, 90511200-4,90511300-5,090511400-6,9052000-9.
CLÁUSULA 8ª.- RECOGIDA DOMICILIARIA DE LOS RESIDUOS ORGÁNICOS.-
El servicio consistirá en la retirada de los contenedores situados en la vía pública correspondientes a los residuos orgánicos (materia orgánica y otros), donde se alojarán residuos urbanos de carácter domiciliario, procedentes de viviendas, edificios, establecimientos, mercados, comercios, industrias y centros públicos y privados, almacenados en un único contenedor.
Para su ejecución se tendrá en cuenta en los proyectos, la existencia en la actualidad de contenedores de 800 L, según anexo II ,en el conjunto de Municipios que componen la Mancomunidad.
Los residuos depositados en los contenedores se retirarán mediante vehículos recolectores auto-compactadores. Una vez vaciado el contenedor, el vehículo recolector lo situará nuevamente en su lugar de origen con la tapa cerrada y en posición correcta. Las maniobras necesarias para la recogida se realizarán con el máximo cuidado, para que no se produzcan derrames en las vías públicas o se ensucie el entorno en el que se sitúa el contenedor. En caso de producirse, un operario inmediatamente procederá a la limpieza de los restos que se viertan. Con tal finalidad, todos los vehículos irán provistos de una pala y cepillo de barrer para limpiar los alrededores de los contenedores, así como los desechos que se puedan caer al manipularlos.
Queda prohibido expresamente el trasvase de residuos de un vehículo recolector a otro, salvo supuesto de imperiosa necesidad, como avería grave o siniestro de un
vehículo, en cuyo supuesto el trasvase se realizará de forma que no se produzcan derrames o malos olores, subsanándolos inmediatamente si se produjesen.
Los vehículos del servicio de recogida, no entorpecerán en la medida de lo posible a los demás usuarios de la vía y no podrán estar aparcados o estacionados en la vía pública.
Los licitadores señalarán los horarios detallados de comienzo y finalización del servicio en cada zona o sector, así como los itinerarios de los vehículos recolectores.
Las frecuencias mínimas para la recogida de los residuos orgánicos, que podrán ser mejoradas por los licitadores en sus ofertas serán:
FRECUENCIAS DE RECOGIDA
Se establece una frecuencia mínima de recogida siguiente: INVIERNO (1 Octubre a 30 xx Xxxxx)
Núcleos semi-urbanos : 6 días/semana ( Más de 1.000 hab.)
Núcleos rurales grandes : 3 días/semana ( Entre 300 y 999 hab.)
Núcleos rurales medianos : 2 días/semana ( Entre 50 y 299 hab.)
Núcleos rurales pequeños : 1 día/semana ( Menos de 50 hab.)
VERANO (1 Mayo a 30 Septiembre)
Núcleos semi-urbanos : 6 días/semana ( Más de 1.000 hab.)
Núcleos rurales grandes : 4 días/semana ( Entre 300 y 999 hab.)
Núcleos rurales medianos : 3 días/semana ( Entre 50 y 299 hab.)
Núcleos rurales pequeños : 1 día/semana ( Menos de 50 hab.)
A tal fin se une anexo III especificando habitantes y frecuencia de recogida.
CLÁUSULA 9ª.- RECOGIDA SELECTIVA DE PAPEL-CARTÓN.-
El servicio comprenderá la recogida selectiva y el transporte hasta la Planta de Clasificación o centro asignado, del papel-cartón usado que es depositado de forma selectiva, mediante entregas voluntarias por los ciudadanos, en los contenedores específicos.
La recogida del papel-cartón, se realizará con la frecuencia mínima necesaria para garantizar que no se desborden los contenedores que se coloquen, por falta de capacidad de los mismos.
El servicio se realizará preferentemente en horario diurno. Para el dimensionamiento del servicio se tendrá en cuenta en los proyectos, la existencia en la actualidad de (según anexo II) contenedores azules de carga suspendida de 3 m/3, en el conjunto de Municipios que componen la Mancomunidad. Se valorará como mejora el incremento de contenedores para esta recogida de papel cartón.
Será responsabilidad de la empresa adjudicataria la correcta gestión de los residuos recogidos.
Con objeto de no desbordar el uso de los contenedores existentes, el cartón producido por las industrias que generen importantes cantidades, se procederá a su recogida en el domicilio de dichas empresas, previa gestión del adjudicatario con las empresas.
La frecuencia mínima de recogida será de tres días por semana.
CLAUSULA 10. ENVASES LIGEROS.
El servicio se realiza recogiendo los residuos de los recipientes que los contengan y depositándolos en vehículos recolectores, revirtiendo los contenedores una vez vacíos al lugar de origen. Dicha operación se realizará con máximo cuidado para no ensuciar las calles, debiendo proceder inmediatamente a su limpieza de los productos que se derramen en la maniobra.
Actualmente el sistema de recogida se realiza a través de contenedores amarillos tipo iglu de carga suspendida de 3 m/3.
Se valorará como mejora el incremento de contenedores para esta recogida de envases.
La frecuencia mínima de recogida será de dos días por semana.
CLAUSULA 11: RECOGIDA DE PILAS
El servicio se realiza recogiendo las pilas usadas seleccionadas en origen por los ciudadanos de los recipientes que han sido entregados previamente en las Casas Consistoriales u otros edificios administrativos de los Ayuntamientos que componen la Mancomunidad una vez se encuentren llenos y cambiado el recipiente . La recogida del recipiente se efectuará previa solicitud ,en los Ayuntamientos tras su llamada telefónica. El tiempo transcurrido desde el aviso hasta la recogida no será superior a tres días. La entrega de las pilas se llevará a cabo en un gestor autorizado. Se valorará la mejora en esta gestión.
CLÁUSULA 12.- LIMPIEZA , MANTENIMIENTO Y SUSTITUCION DE LOS CONTENEDORES.-
Este servicio tiene por objeto, la limpieza y desinfección interior y exterior de los contenedores, con la periodicidad indicada, así como el mantenimiento ordinario de todos los contenedores y recipientes normalizados de recogida de residuos. La limpieza podrá realizarse de forma manual o mecanizada, con los medios que el
licitador estime oportunos. En cualquier caso, el adjudicatario se obliga a la limpieza del pavimento y entorno afectados en el supuesto de producirse vertidos en las operaciones propias xxx xxxxxx.
Las frecuencias mínimas establecidas son las siguientes:
Contenedores de residuos orgánicos: Cuatro veces al año.(dos veces en los meses de xxxxxx xx xxxxx a septiembre y las otras dos el resto del año).
Contenedores de papel-cartón: Dos veces al año.
Contenedores de recogida envases y plástico: Dos veces al año. Contenedores de recogida xx xxxxxx: Dos veces al año.
Los vehículos y maquinaria ofertados con destino al lavado de contenedores podrá ser de nueva adquisición preferentemente ó bien ser adscrito por la empresa permaneciendo en su propiedad hasta la finalización del contrato, en ambos casos debe mantenerse en adecuado estado de uso y conservación durante toda la vigencia del contrato.
El lavado incluirá como mínimo :
- Limpieza interior (manchas, incrustaciones, restos de residuos, etc).
- Limpieza exterior (manchas, incrustaciones, restos de residuos, restos de pintadas, retirada de propaganda, etc)
A tal efecto se confeccionará un calendario de limpiezas por municipios y localidades, con carácter anual y con suficiente antelación para ser aprobado por la Mancomunidad.
La reposición y colocación, el mantenimiento, conservación y reparación de los contenedores será por cuenta del adjudicatario, quien deberá informar de todas las deficiencias encontradas en los mismos. Teniendo un plazo de 5 días para su reparación o cese definitivo del elemento, desde la fecha de aviso por los servicios de la Mancomunidad.
Los contenedores dispondrán de un sistema de retención que impida el desplazamiento lateral y frontal de los mismos en las labores de recogida
CLÁUSULA 13.- RECOGIDA DE ENSERES.-
Este servicio tiene por objeto la retirada de los residuos calificados como enseres ó voluminosos (muebles, aparatos domésticos, etc),ya que por su naturaleza o dimensiones , volumen, peso y otras características hace que tengan que ser recogidos de una forma diferente. El servicios se realiza recogiéndose estos residuos de la via pública , en las inmediaciones de los contenedores mas próximos a los inmuebles de los usuarios y transporte de los mismos a centro gestores autorizados ó planta de transferencias .
La frecuencia mínima de recogida será la establecida en el Anexo IV.
El servicio se realizará en horario diurno. En cualquier caso la Mancomunidad podrá ordenar la retirada inmediata de aquellos enseres que aparezcan en la vía pública y de los que no se pueda determinar su origen, sin incremento de coste para esta Mancomunidad.
CAPITULO IV.- SERVICIOS COMUNES CLÁUSULA 14.- PERSONAL.
El contratista adjudicatario debe asumir y subrogar el personal que figura relacionado en el anexo I de este Pliego.
Los trabajadores dispondrán de los equipos de protección individual y colectiva necesarios para realizar sus trabajos en condiciones de seguridad y salud, de acuerdo con la normativa vigente y fruto de la evaluación de riesgos para los trabajos citados.
CAPITULO V.- MATERIAL Y MAQUINARIA.-
CLÁUSULA 15.- RELACIÓN DE MATERIAL Y MAQUINARIA.-
Los licitadores presentarán con las máximas especificaciones técnicas, una relación de todo el material y maquinaria que pretende utilizar, que en todo caso, salvo los bienes entregados por la Mancomunidad, que figuran en el Anexo II ,(que deben estar asegurados a nombre de la empresa adjudicataria), y aquellos otros que el adjudicatario aporte a la contrata como reserva, mejora u otros, han de ser preferentemente de nueva adquisición, ó en su caso, no tener una antigüedad tal que impida prestar el servicio de calidad. Todos los vehículos deberán ser descritos de la forma más detallada posible.
El contratista dispondrá de material y maquinaria de reserva para posibles eventualidades, que deberá reflejar en la oferta específicamente como vehículo de reserva.
Todo el material y maquinaria adscrita a la contrata deberá ser destinada en exclusiva a ella, no permitiéndose contratas compartidas, cesiones o cambios. Dicha maquinaria y vehículos cedidos por el contratista revertirán a su propiedad a la finalización del contrato.
Los licitadores deberán indicar los sistemas de mantenimiento y organización de talleres. Para ello, en la oferta deberán presentar un Plan de Mantenimiento Preventivo de todos los equipos.
Todos los vehículos, estarán equipados con los equipos de señalización precisa para su mejor detección y evitar riesgos para peatones y tráfico rodado.
El adjudicatario aportará cuantas herramientas manuales, mecánicas o de otro tipo que se precisen para una buena realización de los trabajos.
Los trabajadores dispondrán de los equipos de protección individual y colectiva necesarios para realizar sus trabajos en condiciones de seguridad y salud, de
acuerdo con la normativa vigente y fruto de la Evaluación de Riesgos para los trabajos licitados.
CAPITULO VI.- IDENTIFICACIÓN E IMAGEN.-
CLÁUSULA 16.- IDENTIFICACIÓN DE MATERIAL Y VEHÍCULOS
Todos los vehículos empleados en el contrato, deberán estar serigrafiados, pintados e identificados con los colores, logotipos o motivos que sean indicados por la Mancomunidad, debiendo llevarse en lugares bien visibles.
Todos los vehículos dispondrán de la señalización que sea necesaria, y en cualquier caso, la legalmente establecida, para realizar su trabajo, en especial los que realicen servicios nocturnos.
CLÁUSULA 17.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL AFECTO AL SERVICIO
Todo el personal afecto al contrato, deberá ir siempre perfectamente uniformado, con ropa de trabajo adecuada, siendo obligatorio en horario nocturno y en ciertas maniobras, el uso de prendas reflectantes de alta visibilidad y todos cuantos aquellos elementos que protejan la seguridad del trabajador y permitan su visibilidad.
CLÁUSULA 18.- DEONTOLOGIA PROFESIONAL
El trato con los vecinos del personal adscrito a la presente contrata, será en todo momento correcto y respetuoso. El aseo y decoro serán óptimos. Del incumplimiento de estas normas básicas de conducta, responderá la empresa.
Igualmente, en todos los vehículos se aplicarán pautas de estricta limpieza, así como la desinfección de los equipos al finalizar cada jornada de trabajo, procurando generar los mínimos niveles de ruido y contaminación.
CAPITULO VII.- ORGANIZACIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS
CLÁUSULA 19.- INSPECCIÓN
Los servicios contratados se sujetarán a la inspección y vigilancia por parte de la Mancomunidad, a través del personal que designe al efecto.
A tal fin, las personas designadas tendrán libre acceso a las dependencias y medios materiales del adjudicatario afectadas al servicio y le será facilitada cuanta información le sea requerida sobre medios personales, materiales y de cualquier otra índole que permitan a la Mancomunidad tener un conocimiento adecuado y actualizado del estado del servicio y le faciliten la adopción de las medidas que estimen oportunas en orden a la correcta ejecución del contrato.
A la vista de los informes emitidos, se determinarán por parte de la Mancomunidad las posibles correcciones o modificaciones que estimen oportunas en la organización y prestación del servicio.
CLÁUSULA 20.- DIRECCIÓN Y CONTROL DE LOS SERVICIOS
El adjudicatario designará un responsable de la empresa en la ejecución del contrato ante la Mancomunidad, que será el responsable directo de las relaciones e incidencias que se produzcan en la ejecución del contrato.
Dicho responsable deberá estar localizable en todo momento, y velará por el estricto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, recibiendo habitualmente las instrucciones del responsable de esta mancomunidad del servicio.
El adjudicatario vendrá obligado, si así se le indica por los responsables de la mancomunidad del servicio, a la emisión de un parte, con la periodicidad que igualmente se le indique, en el que se reflejen los trabajos realizados y las anomalías producidas en el periodo objeto del parte, recibiendo las instrucciones pertinentes por parte del responsable municipal del servicio.
CLÁUSULA 21.- PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN
El adjudicatario dispondrá de un equipo administrativo suficiente y necesario para la correcta realización de las tareas propias de este servicio, tales como: la atención telefónica a los ciudadanos, las emisiones de partes de trabajo, inventario de contenedores, informes de recogida de residuos, y/o cualquier otro documento propio del servicio que la Mancomunidad pudiera requerir.
CLÁUSULA 22.- SERVICIO DE CONCIENCIACION CIUDADANA. TELÉFONO DE ATENCIÓN CIUDADANA.
Será obligatorio para el empresario la realización de una campaña informativa anual de concienciación ciudadana por importe anual de 2.500 euros que sufragará el mismo. En la oferta recogerá el porcentaje dedicado a este servicio anualmente.
Este servicio de concienciación ciudadana consistirá en elaborar y distribuir mediante folletos informativos u otros medios, consejos para una mejor colaboración de los ciudadanos con la mancomunidad en:
-el completo conocimiento por parte de los vecinos del funcionamiento del servicio.
- Aumentar la colaboración ciudadana.
- La educación y concienciación ciudadana sobre el medioambiente urbano, con especial atención a los jóvenes y niños, y por eso se ofrecerán actividades a realizar en centros educativos así como Asociaciones vecinos, Concejos Públicos, etc.
El diseño de la campaña informativa y los folletos que se incluyan, deberán ser aprobados previamente por la Mancomunidad, para lo cual se debe presentar una programación anual dentro de los tres primeros meses de cada anualidad. En todo caso hay que planear como objetivo una mejora en los hábitos de separación de los residuos en la población municipal mediante la implementación de un programa.
El adjudicatario facilitará un número de atención al ciudadano donde se puedan remitir los avisos, etc. así como dirigir posibles quejas que afecten al servicio.
Igualmente desde este teléfono se le facilitará a los ciudadanos las instrucciones oportunas para el correcto funcionamiento del servicio.
Dicho teléfono estará disponible durante las horas propias de oficina.
CLÁUSULA 23.- ALMACEN Y TALLERES
Los licitadores deberán describir el sistema propuesto para el control operativo de los almacenes y talleres, así como el plan de actuación previsto ante posibles averías e imprevistos. Se indicará igualmente si los talleres son propios o externos, indicando la distancia aproximada a la que se encuentran de la Mancomunidad.
CAPITULO VIII.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS TÉCNICAS
Los licitadores deberán presentar un proyecto de gestión del servicio en el que mejoren o concreten las exigencias recogidas en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, así como un estudio detallado de costes. Estos documentos deberán recoger como mínimo los datos recogidos en las cláusulas siguientes.
CLÁUSULA 24 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
Proyecto básico de los servicios contratados, detallando los siguientes aspectos:
Memoria explicativa de la forma en que se realizarán los distintos servicios, debiendo consignar las Condiciones Generales que cada licitador estime oportunas con el fin de llegar a un mejor conocimiento de la Oferta-Proposición.
Relación de la plantilla de personal adscrita a la prestación del servicio, indicando la categoría profesional, su carácter fijo o temporal y sus posibles sustituciones por bajas, vacaciones, etc. Incluyendo personal superior, oficina y taller.
Relación y descripción de todos los vehículos, maquinaria, instalaciones y otros medios auxiliares y demás elementos de importancia que el concursante se compromete a aportar al servicio. Fichas Técnicas, características de motor, potencia, consumo, capacidad, dimensiones, etc. así como un plan de mantenimiento de los mismos.
Con carácter potestativo, podrán ser incluidos planos descriptivos de los itinerarios de todos los equipos, indicando el inicio y el fin del servicio, horarios, etc. así como cuantos otros datos gráficos pueda presentar el licitador para clarificar el proyecto presentado.
Sistema de control y prevención de riesgos laborales.
Plan detallado de la implantación y puesta en marcha de la nueva organización prevista, indicando los plazos previstos para la adquisición de los nuevos equipos.
Plan de concienciación ciudadana.
Mejoras propuestas. Se podrán presentar mejoras puntuales a aspectos concretos del proyecto elaborado por los licitadores. Estas mejoras deberán suponer prestaciones adicionales o mejoras de calidad y eficiencia en la prestación de los servicios sobre las recogidas en el proyecto básico, que serán realizadas por el
contratista sin coste adicional alguno para la Mancomunidad sobre el contenido en la oferta económica.
Programa de control de los servicios, que permita la verificación comprobación y seguimiento de los servicios.
Normativa de Calidad: ISO 14001 e ISO 9001 y cuantos otros cuente la empresa para prestar el servicio.
Todos los demás documentos técnicos exigidos en este Pliego de Condiciones y Pliego de Cláusulas Administrativas.
CLÁUSULA 25 DOCUMENTACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS.
Estudio de costes.
Los licitadores presentarán en sus ofertas un estudio económico de los costes anuales por la prestación del servicio que se contrata, distribuido en las diversas partidas que lo integren, distinguiendo al menos, los siguientes capítulos:
Coste del servicio de recogida y transporte de Residuos Urbanos (R.U)
Se indicarán los gastos directos e indirectos correspondientes a la prestación de este servicio, contemplando una relación detallada de los puestos de trabajo necesarios y su coste anual. Igualmente se especificarán los costes anuales derivados del funcionamiento de vehículos y material tales como: gastos de combustible y lubricantes relativos a los vehículos y maquinaria adscritos a los servicios y otros gastos fijos anuales: mantenimiento y reparación de los vehículos y maquinaria adscritos a los servicios, así como vestuario del personal, seguros, herramientas, instalaciones, campaña de concienciación, etc.
Amortización y financiación de las inversiones previstas.
Incluirá la amortización y financiación de la inversión total de vehículos, maquinaria y cualquier otro material inventariable . Se contemplará e indicará el valor residual aplicable a los diferentes equipos, máquinas y materiales en cada año del contrato.
Los costes anteriores se referirán, por separado a la recogida de cada uno de los tipos de residuos relacionados en la definición de las diferentes actividades que componen este servicio: recogida de residuos orgánicos, papel, etc.
Presupuesto General.
La suma de estos capítulos, constituye los costes de Ejecución Material sobre los que se aplicarán los porcentajes de Gastos Generales y Beneficio Industrial, y aplicando sobre el total el impuesto sobre el valor añadido (I.V.A.), se obtendrá el precio final de cada uno de los servicios objeto de concurso. En concepto de Gastos Generales y Beneficio Industrial, los licitadores podrán ofertar el porcentaje que estimen oportuno . El I.V.A. a aplicar será el que legalmente proceda.
Se incluirá un resumen del coste anual de los servicios que será el resultado de la suma de los precios antes relacionados.
El mencionado estudio de xxxxxx deberá contener los análisis económico-financieros que garanticen la viabilidad técnico-económica del servicio contratado durante la vigencia del contrato, de manera que se justifique que, con los precios ofertados , se garantiza el equilibrio económico-financiero del contrato durante toda su vigencia y las posibles prorrogas.
En ningún momento se podrá reclamar un reequilibrio de la economía del contrato sobre la base de cálculos o datos erróneos en este estudio de costes, ni siquiera apelando a que el error deriva de datos incorrectos aportados por la Mancomunidad, siendo responsabilidad de la empresa su verificación. Únicamente en los casos de riesgos imprevisibles y decisiones de política general ajenas al contrato pero con clara repercusión en su economía se podrá instar a la revisión extraordinaria de los precios.
El licitador deberá responder de la exactitud de todos los datos presentados.
Todo lo incluido en este Pliego de Prescripciones Técnicas, forma un conjunto indivisible con el Pliego de Cláusulas Administrativas y el resto de documentación y disposiciones legales aplicables a este contrato.
CLAUSULA 26. INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS:
El contratista está obligado a cumplir el contrato con estricta sujeción al Pliego administrativo y Técnico, la Oferta de prestación del servicio presentada, mejoras que en su caso proponga y las ordenes que le dé esta Mancomunidad para la mejor prestación del servicio.
26.1. - Infracciones:
Los incumplimientos del contrato se penaliza según las modalidades de las infracciones que hayan incurrido, clasificadas como leves, graves y muy graves.
26.1.1. - Infracciones muy graves:
- La paralización ó demora en la prestación del servicio durante más de 24 horas, salvo en caso de fuerza mayor.
- La terminación de la prestación del servicio sin que concurran las circunstancias legales
- El fraude en la prestación, no utilización de los medios necesarios o mal estado de conservación de los mismos; omisión o falta de veracidad en la información transmitida a la Mancomunidad.
- La desobediencia reiterada por más de dos veces, de las órdenes recibidas por parte de esta Mancomunidad, relativas a la forma, régimen y orden de reposición del material en mal estado.
- La disminución total ó parcial del objeto del contrato, cuando se emplearan los medios personales o materiales adscritos al servicio para otros usos ó fines ajenos al mismo.
- La reiteración de dos faltas graves.
26.1.2. - Faltas graves:
- El incumplimiento de acuerdos o decisiones de la mancomunidad, sobre variación de detalles en los servicios cuya ejecución no implica costos adicionales para el contratista.
- La obstrucción activa o pasiva de actividad de control inspector de la Mancomunidad.
- Retraso (excepto en casos de fuerza mayor), en el inicio de las tareas planificadas de acuerdo al horario y las rutas previstas en más de 180 minutos.
- Retraso en más de 12 horas en la resolución de incidencias justificadas / o comunicadas ó por la sustitución de medios personales o de más de 6 horas en la resolución de los medios materiales.
- Los retrasos en más del 50% de los tiempos máximos establecidos en cualquier apartado xxx Xxxxxx y, en particular, para las recogidas especiales ó selectivas.
- La deficiencia o falta de uniformidad en todo ó en parte del personal, sino se corrige en el plazo desde una semana a un mes, a partir de la comunicación de incumplimiento.
- La mezcla de residuos selectivos entre ellos o con la fracción orgánica de los RSU durante la recogida de los mismos.
- El incumplimiento de la no realización y / o no justificación de la campaña de información anual de concienciación ciudadana o su justificación incorrecta.
- Reiteración de tres faltas leves en los últimos 12 meses.
26.1.3. - Las infracciones leves:
- Las no especificadas anteriormente y que de alguna forma alteren la prestación del servicio, ya sea desarrollado por el personal, su aspecto, vestuario o los medios de trabajo, o la organización efectiva de la prestación.
- Retraso (salvo caso de fuerza mayor y / o justificación para la sustitución de los medios humanos o materiales), al inicio de cualquiera de las tareas planificadas, de acuerdo con los horarios y rutas previstas en más de 90 minutos.
- Retraso en más de 6 horas en la solución de problemas justificados / o comunicados por sustitución de medios personales, o de más de 3 horas en la solución de los medios materiales (cuando no se adopte prolongación de jornada con los medios restantes).
- La falta de educación del personal de la contrata con los funcionarios de la mancomunidad o usuarios.
- No estar localizado el jefe de servicio ó responsable en el horario del servicio.
- El retraso no justificado en la entrega de los informes o documentos solicitados por la Mancomunidad.
- No reparar un contenedor con deficiencias advertidas.
- No realizar la recogida de un contenedor con residuos que corresponda ser vaciado.
- No recoger los residuos que se encuentran fuera y al lado de un contenedor inmediatamente después de haberse vaciado. No frenar ó no cerrar un contenedor después de haberse vaciado.
- La falta de disponibilidad material de maquinaria de reserva y acreditada por el contratista. La falta de operatibilidad de la misma.
-Aquellos incumplimientos que sin estar incluidos en los apartados anteriores merecen tal calificación según la opinión de la Mancomunidad.
26.2. - Penalizaciones:
Las sanciones que la Mancomunidad podrá imponer al adjudicatario por la comisión de las anteriores infracciones son independientes de la indemnización correspondiente, y el procedimiento será establecido en el Pliego de condiciones administrativas.
26.2.1. - Infracciones muy graves:
- Multa de 6.001 hasta 12.000 €
- La reiteración de dos infracciones muy graves, aunque no consecutivos, podrá ser sancionado con la resolución del contrato con incautación de la garantía.
26.2.2. - Las faltas graves:
- Multa de 3.001 a 6.000 €
- La reiteración de cuatro infracciones graves, aunque no sean consecutivas, podrá ser sancionado con la rescisión del contrato e incautación de la garantía.
26.2.3. - Las infracciones leves:
- Multa de hasta 3.000 €
- En todos los casos, los importes de las multas serán revisables todos los años para adecuarlos a las modificaciones producidas por la revisión, en idéntico porcentaje al que experimente el precio contractual y / o complementariamente el PIB.
En Ponferrada a 28 xx xxxx de 2016
ANEXO I
RELACIÓN DE PERSONAL A SUBROGAR
NOMBRE | CATEGORÍA | ANTIGUED AD SEGUN EMPRESA |
XXXXXX XXXXXX XXXXXX | OFICIAL 1ª CONDUCTOR | 02/06/2005 |
XXXXXX XXXX,XXXXX | OFICIAL 1ª CONDUCTOR | 09/11/1998 |
XXXXX XXXXX XXXXX | OFICIAL 1ª CONDUCTOR | 31/01/2007 |
XXXXXXXXX XXXXX,XXXX | OFICIAL 1ª CONDUCTOR | 20/09/2000 |
XXXXXXXXX XXXXX,XXXXXXX | OFICIAL 1ª CONDUCTOR | 10/10/2001 |
XXXX XX XX XXXXXX, X. XXXXXXX | OFICIAL 1ª CONDUCTOR | 09/01/1990 |
XXXXXX XXXXXXX,XXXXXX XXXXXXXX | XXXX R.S.U. | 13/01/2002 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | PEON LIMPIEZA | 22/01/2008 |
XXXX DE LA FUENTE XXXX XXXXX | XXXX RSU | 07/12/1997 |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXX | XXXX RSU | 17/02/2013 |
ANEXO II.
INVENTARIO DE BIENES PROPIEDAD DE LA MANCOMUNIDAD QUE SON CEDIDOS AL ADJUDICATARIO
VEHICULOS
1 camión marca Mercedes 2 ejes , matricula 7992BFN. 1 camión marca IVECO 2 ejes, matricula 0891GJW.
Compromiso de adquisición un camión compactador a mayores para la recogida de basuras de 2 ejes y 16 Tm.
CONTENEDORES:
PRECIO UNIDAD: GRANDE:240 EUROS. PEQUEÑO: 192 EUROS, CARTON:812 EUROS , CRISTAL: 638 EUROS, ENVASES: 522 EUROS, PILAS: 80 EUROS.
Nº | EXPLICACION | CANTIDAD | VALORACION |
1 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES GRANDES | 66 | 15.840,00 |
2 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES DE PAPEL | 7 | 5.684,00 |
3 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES XX XXXXXX | 17 | 10.846,00 |
4 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: XXXXXXXXXXXX XX XXXXX | 0 | 0.000,00 |
0 | XXXXXXXXXX XX XXXXXXX: CONTENEDORES GRANDES | 111 | 26.640,00 |
6 | MUNICIPIO XX XXXXXXX: CONTENEDORES ORGANICA | 111 | 26.640,00 |
7 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES DE PAPEL | 7 | 5.684,00 |
8 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES XX XXXXXX | 11 | 7.018,00 |
9 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES DE ENVAS | 8 | 4.176,00 |
10 | MUNICIPIOS DE CACABEL: CONTENEDORES GRANDES | 230 | 55.200,00 |
11 | MUNICIPIOS DE CACABEL: CONTENEDORES DE PAPEL | 23 | 18.676,00 |
12 | MUNICIPIOS DE CACABEL: CONTENEDORES XX XXXXXX | 35 | 22.330,00 |
13 | MUNICIPIOS DE CACABEL: CONTENEDORES DE ENVASE | 24 | 12.528,00 |
14 | MUNICIPIOS DE CAMPONA: CONTENEDORES GRANDES | 179 | 42.960,00 |
15 | MUNICIPIOS DE CAMPONA: CONTENEDORES DE PAPEL | 14 | 11.368,00 |
16 | MUNICIPIOS DE CAMPONA: CONTENEDORES XX XXXXXX | 18 | 11.484,00 |
17 | MUNICIPIOS DE CAMPONA: CONTENEDORES DE ENVAS | 15 | 7.830,00 |
18 | MUNICIPIOS DE CARRACE: CONTENEDORES GRANDES | 225 | 54.000,00 |
19 | MUNICIPIOS DE CARRACE: CONTENEDORES DE PAPEL | 16 | 12.992,00 |
20 | MUNICIPIOS DE CARRACE: CONTENEDORES XX XXXXXX | 23 | 14.674,00 |
21 | MUNICIPIOS DE CARRACE: CONTENEDORES DE ENVAS | 13 | 6.786,00 |
22 | MUNICIPIOS DE PRIARAN: CONTENEDORES GRANDES | 45 | 10.800,00 |
23 | MUNICIPIOS DE PRIARAN: CONTENEDORES DE PAPEL | 5 | 4.060,00 |
24 | MUNICIPIOS DE PRIARAN: CONTENEDORES XX XXXXXX | 8 | 5.104,00 |
25 | MUNICIPIOS DE PRIARAN: CONTENEDORES DE ENVAS | 6 | 3.132,00 |
26 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES GRANDES | 43 | 10.320,00 |
27 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES DE PAPEL | 5 | 4.060,00 |
28 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES XX XXXXXX | 8 | 5.104,00 |
29 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES DE ENVAS | 7 | 3.654,00 |
30 | MUNICIPIOS XX XXXXX: CONTENEDORES GRANDES | 160 | 38.400,00 |
31 | MUNICIPIOS XX XXXXX: CONTENEDORES DE PAPEL | 10 | 8.120,00 |
32 | MUNICIPIOS XX XXXXX: CONTENEDORES XX XXXXXX | 27 | 17.226,00 |
33 | MUNICIPIOS XX XXXXX: CONTENEDORES DE ENVASE | 15 | 7.830,00 |
34 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES GRANDES | 120 | 28.800,00 |
35 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES DE PAPEL | 10 | 8.120,00 |
36 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES XX XXXXXX | 15 | 9.570,00 |
37 | MUNICIPIOS XX XXXXXXX: CONTENEDORES DE ENVASE | 11 | 5.742,00 |
38 | ADQUISICION RECIENTE DE CONTENEDORES RSU | 162 | 38.880,00 |
39 | CONTENEDORES DE PILAS | 27 | 2.160,00 |
TOTAL |
UBICACION CONTENEDORES RECOGIDA DE PILAS
ARGANZA | |
CONSULTORIO MAGAZ DE ARRIBA | 1 |
CONSULTORIO SAN XXXX DE LA MATA | 1 |
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX | 1 |
CABAÑAS RARAS | |
AYUNTAMIENTO | 1 |
CONSULTORIO CABAÑAS | 1 |
CONSULTORIO CORTIGUERA | 1 |
CACABELOS | |
AYUNTAMIENTO | 1 |
CONSULTORIO CACABELOS | 1 |
CONSULTORIO QUILOS | 1 |
CAMPONARAYA | |
AYUNTAMIENTO | 1 |
CONSULTORIO CAMPONARAYA | 1 |
CONSULTORIO MAGAZ DE ABAJO | 1 |
XXXXXXXX DEL SIL | |
AYUNTAMIENTO | 1 |
CONSULTORIO CUBILLOS | 1 |
CONSULTORIO XXXXXXXX | 0 |
XXXXXXXXXXX XXXXXXXXX | 0 |
XXXXXXXXX XXX XXXXXX | |
AYUNTAMIENTO | 1 |
CONSULTORIO SANTALLA | 1 |
CONSULTORIO VILLALIBRE | 1 |
SANCEDO | |
AYUNTAMIENTO | 1 |
CONSULTORIO XXXXX | 1 |
XXXXX DE LOS VADOS | |
AYUNTAMIENTO | 1 |
CONSULTORIO XXXXX DE LOS VADOS | 1 |
CONSULTORIO VILLADECANES | 1 |
TIPO CONTENEDORES | NUMERO |
RECOGIDA RSU ORGANICA | 1.341 |
RECOGIDA XX XXXXXX | 162 |
RECOGIDA DE ENVASES | 106 |
RECOGIDA DE PAPEL | 97 |
RECOGIDA DE PILAS | 27 |
Nota: Los contenedores xx xxxxxx solamente se procederá a su limpieza. La gestión es independiente prestada fuera del contrato.
ANEXO III FRECUENCIA RECOGIDA
La distribución de la población, según su número de habitantes, sería la siguiente: CUADRO DE FRECUENCIAS SEMANALES
MUNICIPIO | NUCLEO | HABIT. | FREC. INVIERNO | FRECU VERANO |
Arganza | Arganza | 296 | 3 | 4 |
1.069 | Campelo | 51 | 2 | 3 |
Xxxxxx | 000 | 2 | 3 | |
Xxxxxxxxx | 00 | 0 | 0 | |
Xxxxx xx Xxxxxx | 329 | 3 | 4 | |
S. Xxxx de la M. | 187 | 2 | 3 | |
X. Xxxxxx | 33 | 1 | 1 | |
X. Xxxxxxx | 27 | 1 | 1 | |
Cabañas Raras | Cortiguera | 461 | 3 | 4 |
1.464 | Cabañas | 1.003 | 6 | 6 |
Cacabelos | Arborbuena | 51 | 2 | 3 |
5.544 | Cacabelos | 4.565 | 6 | 6 |
Pieros | 37 | 1 | 1 | |
Xxxxxx | 000 | 3 | 4 |
X. Xxxxxxxx | 31 | 1 | 1 | |
Xxxxxxxxxx | 000 | 0 | 0 | |
Xxxxxxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | 3.030 | 6 | 6 |
4.177 | Hervededo | 74 | 2 | 3 |
Magaz de Abajo | 521 | 3 | 4 | |
Narayola | 395 | 3 | 4 | |
La Válgoma | 157 | 2 | 3 | |
Carracedelo | Carracedelo | 869 | 3 | 4 |
3.577 | Xxxxxxxxx | 616 | 3 | 4 |
Xxxxxx | 151 | 2 | 3 | |
Villadepalos | 968 | 3 | 4 | |
Villamartín | 343 | 3 | 4 | |
Xxxxxxxxxx | 630 | 3 | 4 | |
Cubillos | Cabañinas | 231 | 2 | 3 |
1.831 | Cubillos | 1.273 | 6 | 6 |
Finolledo | 72 | 2 | 3 | |
Fresnedo | 217 | 2 | 3 | |
Cubillinos | 11 | 1 | 1 | |
Xxxxxxxx | 00 | 0 | 0 | |
Xxxxxxxxx | Xxxxxxxx | 29 | 1 | 1 |
792 | Priaranza | 312 | 3 | 4 |
Santalla | 169 | 2 | 3 | |
Villalibre | 260 | 3 | 4 | |
Villavieja | 11 | 1 | 1 | |
Ferradillo | 11 | 1 | 1 | |
Sancedo | Xxxxx | 177 | 2 | 3 |
576 | Ocero | 111 | 2 | 3 |
Sancedo | 288 | 3 | 4 | |
Xxxxx de los Vados | Xxxxx | 77 | 2 | 3 |
1.941 | Xxxxxxxx de A. | 18 | 1 | 1 |
Xxxxxxxx del Rio | 136 | 2 | 3 | |
Penedelo | 23 | 1 | 1 | |
Peón | 1 | 1 | 1 | |
Valiña | 6 | 1 | 1 | |
Xxxxxxx xxx X. | 00 | 0 | 0 | |
Xxxxxxxx | 37 | 1 | 1 | |
Xxxxx | 1.371 | 6 | 6 | |
Parandones | 112 | 2 | 3 | |
Villadecanes | 130 | 2 | 3 |
ANEXO IV
CALENDARIO MINIMO RECOGIDA DE ENSERES
CARRACEDELO | CABAÑAS RARAS Y CUBLLOS SIL | XXXXX DE LOS VADOS | ARGANZA Y SANCEDO | PRIARANZA | CAMPONARAYA | CACABELOS | |
ENERO | 1 | 1 | 1 | 1 | |||
FEBRERO | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
MARZO | 1 | 1 | 1 | 1 | |||
ABRIL | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
MAYO | 1 | 1 | 1 | 1 | |||
JUNIO | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
JULIO | 1 | 1 | 1 | 1 | |||
AGOSTO | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
SEPTIEMBRE | 1 | 1 | 1 | 1 | |||
OCTUBRE | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
NOVIEMBRE | 1 | 1 | |||||
DICIEMBRE | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||