PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DURANTE LA CELEBRACIÓN DE LA
Expediente nº 3/2018
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DURANTE LA CELEBRACIÓN DE LA
21 EDICIÓN DEL FESTIVAL DE MÁLAGA.CINE EN ESPAÑOL Y RESTANTES ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR LA SOCIEDAD FESTIVAL DE CINE DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES S.A. DURANTE EL AÑO 2018
ÍNDICE
1. Objeto
2. Normativa aplicable
3. Descripción de los trabajos
4. Duración
5. Importe de licitación / precio de adjudicación
6. Procedimiento de adjudicación
7. Capacidad del contratista
8. Presentación de proposiciones y documentación
9. Apertura Proposiciones y adjudicación
10. Criterio de adjudicación
11. Facturación y forma de pago
12. Confidencialidad y protección de datos
13. Información, lugar y plazo de presentación de las ofertas
14. Comunicación y formalización del contrato
15. Garantía definitiva
16. Obligaciones y derechos específicos de las partes
17. Régimen sancionador
18. Sanciones
1.- Objeto
El objeto del presente Pliego de Condiciones es la contratación por parte de la sociedad Festival de Cine de Málaga e Iniciativas Audiovisuales, S.A. (en adelante, la EMPRESA) de los servicios profesionales de ‘Vigilancia y Seguridad durante la celebración de la 21 Edición del Festival de Málaga. Cine en Español’, a celebrar del 13 al 22 xx xxxxx de 2018 y restantes actividades que desarrolle esta sociedad durante el año 2018.
2.- Normativa aplicable
Este Pliego de Condiciones es la norma reguladora del presente Concurso. Y, en todo aquello no previsto en el mismo, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público , sus normas de desarrollo y supletoriamente las restantes normas de derecho privado que correspondan.
En cuanto a sus efectos y extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado.
3.- Descripción de los trabajos
Servicios de ‘Vigilancia y Seguridad’ durante la celebración de la 21 Edición del Festival de Málaga. Cine en Español, prestados en los espacios y días que se indican en el Anexo I del presente Xxxxxx, así como con el personal mínimo indicado en el mismo.
El personal de la empresa adjudicataria, constituido por vigilantes de seguridad, deberá estar en posesión de la correspondiente habilitación del Ministerio del Interior, de acuerdo a la vigente Ley de Seguridad Privada y reglamento de desarrollo.
Sus funciones serán:
1. Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos.
2. Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados sin que en ningún caso puedan retener documentación personal.
3. Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección.
4. Poner inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes, en relación con el objeto de su protección, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquéllos.
5. Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de alarmas, la prestación de los correspondientes servicios de respuesta cuya relación no corresponda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
6. Deberán seguir las instrucciones que, en el ejercicio de sus competencias impartan los responsables de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, colaborando con éstas en cualquier situación que sea preciso, para el mantenimiento y establecimiento de la seguridad ciudadana.
7. Los vigilantes de seguridad, deberán ir debidamente uniformados e identificados, excepto en el caso de los situados en la alfombra roja del Teatro Xxxxxxxxx, quienes deberán vestir con traje oscuro y corbata. El coste de la uniformidad deberá correr a cargo de la empresa adjudicataria.
La empresa adjudicataria asumirá la total responsabilidad por cuantos daños, desperfectos o deterioros sean causados en las instalaciones como consecuencia de culpa o negligencia por parte del personal de su plantilla.
Asimismo, el adjudicatario será responsable por los daños que pudieran causarse a terceras personas y en especial a los usuarios, como consecuencia de la negligencia o culpa de sus trabajadores en el desarrollo de sus funciones.
4- Duración del contrato
La vigencia del contrato se extenderá desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2018.
5.- Importe de la licitación/precio de adjudicación
El precio por los servicios objeto de este contrato será, como máximo de CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS EUROS (51.500,00.-), más el IVA correspondiente, cantidad que podrá mejorarse a la baja por los licitadores.
El importe final de adjudicación de esta licitación determinará un precio unitario por hora y tipo (que deberá reflejarse en la propuesta económica), que será el de aplicación para la
facturación que se realice, incluso en el caso de que finalmente no se llegara a cubrir el total de servicios incluidos en el Anexo I.
En este importe se consideran incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen al adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
6.- Procedimiento de Adjudicación
La adjudicación del contrato se efectuará por procedimiento abierto, al amparo de lo establecido en el artículo 138 del TRLCSP.
7.- Capacidad del contratista
Podrán contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las empresas que opten al presente contrato deberán estar debidamente homologadas por el Ministerio del Interior, aportando a tal efecto la documentación que lo acredite.
Dichas empresas deberán tener suscrito en el momento de presentación de la correspondiente oferta una Póliza de Responsabilidad Civil por un importe mínimo de
6.000.000 euros por siniestro y año, para cuya constatación deberán aportar copia del citado documento.
Se deberá presentar una declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del R.D.L. 3/2011, con mención expresa a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (del Estado y las Comunidades Autónomas) y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la firma del correspondiente contrato, por el empresario a cuyo favor recaiga la presente adjudicación.
Asimismo, deberán acreditar, por los medios que consideren más convenientes, su capacidad y solvencia profesional en relación con los siguientes aspectos:
Memoria general de actividades de la empresa.
Equipo humano, infraestructura técnica y medios materiales disponibles para la prestación de este tipo de servicios.
La EMPRESA analizará y decidirá sobre la correcta acreditación de la capacidad profesional de los proponentes, reservándose el derecho a eliminar a aquellos que no alcancen el nivel mínimo exigible.
8.- Presentación de proposiciones y documentación
El licitador deberá presentar DOS SOBRES, esto es:
Sobre «A»: DOCUMENTACIÓN ADMINSTRATIVA
(DECLARACIÓN RESPONSABLE, ARTÍCULO 146.4.5 TRLCSP) Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Sobre «B»: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA
La proposición deberá ir acompañada de la Declaración Responsable Xxxxx XX, en la que se declara bajo su responsabilidad que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
En el Sobre A, además de la Declaración Responsable se presentará la documentación acreditativa y solvencia profesional, acreditándolo a través de los siguientes medios:
Experiencia demostrada en el objeto del presente contrato.
Equipo humano disponible para el cumplimiento del mismo, con detalle de su estabilidad laboral.
Solvencia técnica de dicho equipo humano.
Infraestructura técnica disponible.
La EMPRESA analizará y decidirá sobre la capacidad profesional de los proponentes, reservándose el derecho a eliminar a aquellos que no alcancen el nivel mínimo exigible.
Además presentará la documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación especificada en los apartados 2 y 3 de la cláusula nº 10 del presente pliego.
SOBRE «B» PROPOSICIÓN ECONÓMICA
La proposición económica se ajustará al modelo del Xxxxx XXX de este Pliego de cláusulas administrativas, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido del totalidad de dichas clausulas o condiciones.
9.- Apertura de proposiciones y adjudicación
9.1. Comité Asesor de Contratación.
El órgano de contratación estará asistido por una Comité Asesor de Contratación con ocasión de los procedimientos de adjudicación abiertos y restringido, constituida por:
- Director-Gerente de la Sociedad o persona que lo sustituya.
- Letrado Asesor o persona que lo sustituya.
- Responsable del departamento económico financiero de la sociedad o persona que lo sustituya.
- Persona/as con titulación y/o experiencia suficiente para evaluar los aspectos técnicos de las ofertas presentadas.
- Directora del Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga o persona que la sustituya.
9.2. El Comité Asesor de Contratación en día y hora señalada en el anuncio insertado en el Perfil del Contratante y tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, verificará la correcta presentación de la Declaración Responsable y evaluará la documentación técnica contenida en el sobre «A».
Posteriormente, procederá a la apertura y posterior examen del sobre «B».
El Comité formulará la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, ponderando y valorando los criterios que deban aplicarse para la selección del adjudicatario.
El órgano de contratación tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la propuesta realizada por el Comité Asesor de Contratación o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución.
10.- Criterio de adjudicación
Los criterios de adjudicación serán los siguientes:
1. Oferta económica.
2. Mejora en recursos humanos a emplear en la realización de estos trabajos, así como medios logísticos y técnicos de apoyo para el desarrollo de los mismos.
3. Experiencia demostrada en festivales de cine y eventos audiovisuales.
A tal fin, los licitadores presentarán una única oferta en base a lo previsto en el presente pliego, no admitiéndose variantes ni alternativa alguna.
A la hora de valorar las ofertas presentadas, se tendrán en cuenta los siguientes puntos:
o En el apartado nº 1, la puntuación a la oferta más baja presentada será de 60 puntos. El resto de las licitaciones obtendrán una puntuación inversamente proporcional a la mejor oferta presentada.
Para ello se aplicará la siguiente regla:
x= 60 * A (Oferta más barata) B (Oferta)
o Para la valoración del apartado nº 2, que tendrán una puntuación máxima de 30 puntos, las empresas deberán presentar una Memoria en la que se detallarán, de modo pormenorizado y con expresión de las rotaciones a realizar, los recursos
humanos (en número) a emplear en la prestación de los servicios así como los medios logísticos y técnicos a utilizar en los mismos. Ello permitirá determinar de modo objetivo qué propuesta alcanza una más amplia prestación de servicios en cuanto a recursos humanos y una mejor adaptación a la actividad a realizar en cada uno de los espacios.
o Respecto al apartado nº 3, que tendrá una puntuación máxima de 9 puntos, los licitadores habrán de presentar un dossier en el que aparezcan los trabajos de similares características realizados en los últimos años.
o Se otorgará un punto directo (1 punto) a las empresas que acrediten una plantilla con trabajadores con diversidad funcional superior al 2% del total de la misma.
11.- Facturación y forma de pago
El precio final del presente contrato se abonará de acuerdo con los plazos de facturación y pago establecidos en la Ley 15/2010, de 5 de julio.
El adjudicatario deberá remitir a la EMPRESA en los referidos plazos las correspondientes facturas, que deberán ajustarse a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
12.- Confidencialidad y protección de datos
La empresa adjudicataria deberá garantizar la confidencialidad de los datos e información de cualquier naturaleza facilitada por la EMPRESA, adquiriendo el compromiso de custodia fiel y cuidadosa de la información que se le entregue para la realización del trabajo cualquiera que sea el soporte utilizado.
Igualmente, la adjudicataria tendrá la obligación de evitar que llegue a poder de terceras personas, o a personas distintas de las autorizadas por la EMPRESA, dicha documentación e información.
Asimismo, el adjudicatario quedará obligado a mantener el secreto profesional sobre el contenido y la propia existencia del trabajo contratado.
13.- Información, lugar y plazo de presentación de las ofertas
El presente pliego se publicará durante un plazo de 15 días naturales en el Perfil del Contratante de la página web de FESTIVAL DE CINE DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES, S.A. xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Para más información, los interesados podrán dirigirse al Área Administrativa de la EMPRESA, teléfono 000 000000.
Las ofertas deberán presentarse en el registro de la EMPRESA, de 9:00 a 14:00 horas, en las dependencias del Festival de Cine en el Teatro Xxxxxxxxx, xxxxx Xxxxx Xxxxx x/x, 00000 Xxxxxx, hasta el día 16 de febrero de 2018, inclusive.
Dichas ofertas, que deberán contener toda la documentación indicada en el presente pliego, se presentarán siempre en dos sobres distintos cerrados, indicando en su exterior el contrato al que licita.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el proponente deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos (dentro del plazo de presentación de ofertas), y anunciar el mismo día, mediante telegrama, fax (000 000 000) o por correo electrónico (xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx), al Órgano de contratación la remisión de la oferta.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por parte del proponente de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad ni reserva alguna.
14.- Comunicación y formalización del contrato
La adjudicación que resulte del presente procedimiento de contratación, se publicará en la página web de FESTIVAL DE CINE DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES,
X.X.xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
El contrato deberá formalizarse en un plazo no superior a veinte días a contar desde la fecha de recepción del escrito de comunicación de la adjudicación.
15.- Garantía definitiva
Publicada la adjudicación en el perfil del contratante, el adjudicatario estará obligado a constituir en un plazo de quince días hábiles una fianza definitiva del 5 por 100 del importe de adjudicación, IVA excluido. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 96 TRLCSP, con los requisitos establecidos en el artículo 55 y siguientes del RGL-CAP, o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el artículo 98 del TRLCSP. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato.
La fianza definitiva deberá preferentemente constituirse mediante aval bancario de vigencia indefinida y ejecutable a primera demanda, a disposición de Festival de Cine de Málaga, según Anexo IV.
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP.
La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 TRLCSP y 65.2 y 3 del RGL-CAP.
16.- Obligaciones y derechos específicos de las partes
16.1. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA.
16.1.1. El trabajo se ejecutará por el contratista con estricta sujeción a las clausulas estipuladas en el contrato y en el presente Pliego de Xxxxxxxxx, observándose fielmente los establecido en el pliego de Prescripciones Técnicas, así como las instrucciones que se diere al responsable del contrato.
16.1.2. El contratista está obligado a cumplir con el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva, en su caso.
16.1.3. El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx del contratista.
16.1.4. El contratista no podrá introducir en la ejecución del contrato modificación alguna, salvo que para ello hubieses obtenido autorización u orden expresa, por escrito, del órgano de contratación.
16.1.5. El contratista deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones y acreditar que no se producirá una interrupción del mismo por ninguna causa. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la entidad contratante, ni exigirse a esta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre adjudicatario y sus empleados.
16.1.6. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por la entidad contratante.
16.2. OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA EMPRESA.
16.2.1. La ejecución del contrato se desarrollará, sin perjuicios de las obligaciones que corresponden al contratista, bajo la dirección inspección y control del órgano de contratación, el cual podrá dictar instrucciones oportunas para el fiel cumplimiento de lo convenido. A estos efectos, el órgano de contratación podrá nombrar un responsable del contrato que realice las funciones descritas.
El calendario de actuaciones será planificado y ajustado, bajo la iniciativa y coordinación del responsable del contrato, con la participación y obligada aceptación del mismo por parte del adjudicatario.
16.2.2. Durante el desarrollo de los trabajos y la ejecución del contrato, la empresa podrá establecer controles de calidad sobre la actividad desarrollada, siempre en el marco de referencia del plan específico de calidad aplicable en cada caso.
16.2.3. La Empresa tiene la obligación de abonar el precio convenido una vez recibido o informado de conformidad el trabajo por el director técnico.
16.2.4. La Empresa deberá respetar en todo caso el carácter confidencial de los datos, facilitados por los empresarios.
17.- Régimen sancionador
Las infracciones se calificarán leves, graves o muy graves, según las circunstancias concurrentes y, específicamente, atendiendo al menor o mayor perjuicio que con ellas se cause al funcionamiento del servicio o al público en general.
1. Se considerarán infracciones muy graves las siguientes:
a) El incumplimiento reiterado de las condiciones de prestación de los servicios establecidos en el presente pliego, en la oferta del adjudicatario y demás normativa aplicable, que produzcan consecuencias perjudiciales graves en la prestación del servicio.
b) El incumplimiento reiterado de las órdenes de la EMPRESA para la prestación de los servicios que sean procedentes de acuerdo con el contenido del presente pliego y el contrato.
c) La reiteración de dos o más infracciones graves en el periodo de seis meses.
2. Se considerará infracciones graves:
a) La obstrucción por el adjudicatario del control y fiscalización que debe ejercer el órgano de supervisión y control de la EMPRESA, cuando no sea calificada de muy grave.
b) La falta de contratación de pólizas de seguro que garanticen en cuantía suficiente las responsabilidades a que se refieren este pliego.
c) La reiteración de dos o más faltas leves en el periodo de seis meses.
3. Se considerarán infracciones leves todas la demás faltas no calificadas como graves o muy graves y que supongan incumplimiento de las condiciones estipuladas en el presente pliego y demás normativa aplicable.
4. Cuando la infracción cometida trascienda el ilícito contractual y revista los caracteres de delito o falta, la EMPRESA pondrá también los hechos en conocimiento de las autoridades judiciales competentes.
18.- Sanciones
1. Las infracciones cometidas por el adjudicatario se sancionarán como sigue:
a) Las infracciones leves podrán ser sancionadas como multas cuya cuantía no podrá exceder de 600 euros.
b) Las infracciones graves podrán ser sancionadas con multas cuya cuantía podrá oscilar entre 600,01 y 3.000 euros.
c) Las faltas muy graves podrán ser sancionadas con multas cuya cuantía no podrá exceder de 9.000 euros, o bien declarar la resolución del contrato, penalización esta última que, en todo caso, se aplicará en los supuestos previstos en la normativa aplicable y en los especificados en el presente pliego. Todo ello, sin perjuicio de que la empresa ejercite las acciones legales oportunas en reclamación de los daños y perjuicios causados.
2. Procedimiento para imponer penalizaciones.
Festival de Cine de Málaga podrá iniciar expediente de penalización al adjudicatario, formalizando el correspondiente pliego de cargos respecto al cual el adjudicatario podrá formular, en el plazo de 7 días hábiles, las alegaciones que estime oportunas.
Admitidas dichas alegaciones, Festival de Cine de Málaga notificará la resolución dictada por el órgano de contratación.
El adjudicatario tendrá un plazo de un mes desde la notificación para hacerla efectiva. Transcurrido dicho plazo sin que la sanción se haga efectiva, la EMPRESA procederá a incautar la fianza en el importe correspondiente.
En Málaga, a 1 de febrero de 2018.
EL DIRECTOR-GERENTE
Firmado: Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
ANEXO I
LUGAR | ACTIVIDAD | Horario | Días aprox. | Nº horas | Personas Estimadas |
PLAZA TEATRO XXXXXXXXX | Alfombra roja del Festival | Días 13 y 21 xx xxxxx (de 18h.a 23h.). Resto de días (7 días) de 20 h a 23 h. | Del 13/04 al 21/04 | 144 | 6 personas 2 días y 4 el resto de días |
Control Prensa - Tras pantalla | Días 13 y 21 xx xxxxx (de 18h.a 23h.). Resto de días (7 días) de 20 h a 23 h. + refuerzo 13 y 21 de 20 h a 23 h | Del 13/04 al 21/04 | 37 | 1 persona + 1 de refuerzo dos días | |
Vigilancia general del espacio | 24 h. | Del 09/04(14h.) al 24/04 (13h.) | 359 | 1 persona | |
CALLE CÁRCER | Control en vallas de acceso a la zona del Teatro Xxxxxxxxx | De 10 am. a 22.00 h. | Del 13/04 al 21/04 | 108 | 1 persona |
CALLE XXXXX XXXXXXX | Vigilancia mupis y Vehículos oficiales y refuerzo lateral acceso Teatro para desalojo de público entre pases | Del 15 al 19 xx xxxxx (de 19h. a 00:00 h.). Resto de días de 19 h a 00:30 h | Del 13/04 al 21/04 | 47 | 1 persona |
ACCESO LATERAL TEATRO | Control de acceso de acreditados e invitados | Del 16 al 19 xx xxxxx de 16:30 h. a 22 h. Resto de días de 17 h a 23 h. | Del 13/04 al 21/04 | 52 | 1 persona |
TEATRO XXXXXXXXX | Control interior X. Xxxxxxxxx | días 13 y 21 xx xxxxx (de 18h. a 00 h.) | Del 13/04 al 21/04 | 12 | 1 persona |
ESCENARIO - Gradas | Vigilancia accesos a gradas Alfombra del Teatro Xxxxxxxxx | Días 13 y 21 xx xxxxx (de 18h. a 23h.). Resto de días de 20 h a 23 h. | Del 13/04 al 21/04 | 31 | 1 persona |
Sala Xxxxx Xxxxxxxx + módulos Audiovisuales | Vigilancia y control de acceso de acreditados prensa+ control módulo audiovisuales | Empieza el 26/03 a las 19h. 24 h hasta el 23/04 a las 12:00 horas | Del 26/03 hasta el 23/04 (12pm) | 665 | 1 persona |
PLAZA DE LA MERCED | Vigilancia módulos y general del espacio con taquilla | 24 h. + refuerzo nocturno (20h. A 9h.)desde el 11/04 | Del 09/04 (12:00 h) al 23/04 (12:00 h.)+ 1 del 11/04 (20h.) al 22/04 (9h.) | 479 | 1 persona+ 1 refuerzo noche |
CALLE XXXXXX | Vigilancia exposición - Xxx. Xxxxxxxxxxxx | 00 h. + refuerzo nocturno (desde 11/04 22:00 h. hasta las 07:00 h. del 24/04/18) | Del 10/04 (desde 12h.) al 24/04 (hasta12h.) + 11/04 (08:00 h.) al 24/04 (hasta 10h.) (los dos 24 horas) + refuerzo nocturno | 767,00 | 2 persona + 1 refuerzo nocturno |
HOTEL AC | Días 13, 14, 15, 20 y 21 | 1 turno desde las 10:00 h. hasta las 03:00 reforzado de 16:00h. a 03:00 h. | 195 | 1 persona + 2 en el turno de refuerzo | |
Días 16, 17, 18 y 19 | 1 turno desde las 12:00 h. hasta las 24:00 reforzado de 19:30 h. a 24:00 h. | 66 | 1 persona + 1 en el turno de xxxxxxxx | ||
Día 22/04 | 1 turno de 10 h. a 14 h. | 4 | 1 persona mañana | ||
Sala Cajamar | Del 14 al 20/04 | 1 turno de 2 h y media | 17,50 | 1 persona | |
Finca de la Concepción | Día 21/04 | De 22:00 h a 04:30 h | 13,00 | 2 personas | |
Diferentes espacios resto actividades | Determinadas fechas (xx Xxxx a Septiembre) | 150,00 | 1 persona |
ANEXO II
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PREVIOS
Expediente: 3/2018
1. DATOS DE LA PERSONA INTERESADA | |||
NOMBRE Y APELLIDOS O RAZÓN SOCIAL | NIF/CIF/ O EQUIVALENTE | ||
REPRESENTANTE: NOMBRE Y APELLIDOS | N.I.F. O EQUIVALENTE | ||
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN | |||
LOCALIDAD | PROVINCIA | CÓDIGO POSTAL | PAIS |
TELÉFONO FIJO | TFNO. MÓVIL | FAX / CORREO ELECTRÓNICO |
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que son ciertos los datos que figuran en el presente documento, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para licitar a este contrato, que posee la documentación que así lo acredita y, en particular:
- Tener capacidad de obrar y no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
- Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (del Estado y las Comunidades Autónomas) y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la firma del correspondiente contrato, por el empresario a cuyo favor recaiga la presente adjudicación. Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social con el Ayuntamiento de Málaga.
- Tener suficiente capacidad.
- Tener personalidad jurídica (el empresario).
- Tener la documentación exigible por la normativa específica aplicable al objeto del contrato.
En Málaga, a…………….. de ………………………………… de………….
Fdo.: ……………………………………..
ANEXO III
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación de los SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DURANTE LA CELEBRACIÓN DE LA 21 Edición DEL FESTIVAL DE MÁLAGA. CINE EN ESPAÑOL Y PARA EL RESTO DE ACTIVIDADES Y EVENTOS QUE SE REALICEN POR LA SOCIEDAD CONTRATANTE HASTA LA FECHA DE FINALIZACIÓN DEL CONTRATO por procedimiento
abierto, anunciado en el Perfil de Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y acepto íntegramente, tomando parte de la licitación comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de
euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En , a de de 201
Firma del licitador,
Fdo.:
ANEXO IV
MODELO AVAL BANCARIO
La entidad bancaria , con NIF y domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en , y en su nombre y representación (nombres, apellidos y NIF de los apoderados)
con poderes suficientes para obligarla en este acto, según resulta de la verificación de la representación [bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento],
AVALA
PRIMERO. A [nombre y apellidos o razón social del avalado], con [NIF]
, en virtud de lo dispuesto por [Xxxxx/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía], enconcepto degarantia definitivay para responder de las obligaciones derivadas del: [detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado]
a cargo de la persona avalada.
SEGUNDO. El aval que se presta se constituye por importe de:
euros [en letra y en cifra], a disposición de FESTIVAL DE CINE DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES, S.A.
TERCERO. La Entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión al que se refiere el artículo 1.830 del Código Civil, y con compromiso de pago al primer requerimiento de FESTIVAL DE CINE DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES, S.A., con sujeción a los términos y condiciones previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, en sus Normas de desarrollo y en la Normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
CUARTO. El presente aval estará en vigor hasta que FESTIVAL DE CINE DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES, S.A. o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución, previa acreditación del cumplimiento de la obligación que se asegura con dicha garantía, conforme con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y su Legislación complementaria.
El presente aval se ha inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº , en fecha .
Razón social de la entidad avaladora:
En , a de de 20 .
Los apoderados, Fdo: