LICITACION ABREVIADA Nº 313722/1
LICITACION ABREVIADA Nº 313722/1
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL Y PORTERÍA A PRESTARSE EN EL CENTRO BARRIO PEÑAROL -
dependiente del Municipio G- SITO EN AV. XXXXXX S/N ENTRE BR. XXXXXXXX XXXXXXX Y XXXXXXX.
ARTÍCULO 1º: NORMATIVA:
a) En todo lo no previsto por el presente Xxxxxx, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
b) Tocaf
c) Forma parte de este pliego la Memoria Descriptiva del servicio a contratar.
ARTÍCULO 2º: OBJETO:
El objeto de la presente convocatoria es la contratación del Servicio de Limpieza Integral y Portería a brindarse en el Centro Barrio Peñarol, situado en Av, Xxxxxx S/N entre Br. Xxxxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxx, según lo establecido en la Memoria Descriptiva adjunta.
Las tareas a realizar y el número de operarios por jornada así como el lapso de la misma, se detalla en la Memoria Descriptiva adjunta, la que se considera parte integrante de las presentes Condiciones.
El servicio de limpieza tendrá una duración mínima de 24 semanas, lo que representa un mínimo de 4.224 horas totales.
El servicio de portería tendrá una duración mínima de 24 semanas, lo que representa un mínimo de 4.224 horas totales.
ARTÍCULO 3º: DATOS
Los oferentes deberán detallar en sus propuestas todas las características del servicio ofrecido, incluyendo todo otro dato que juzguen de interés para una mejor ilustración de las ofertas.
Se sobrentenderá que todos los datos de esta manera suministrados tendrán el carácter de compromiso, es decir que en el momento de la prestación del servicio, el Municipio G exigirá una estricta correspondencia entre lo establecido en la propuesta y el servicio prestado.
ARTÍCULO 4º: ANTECEDENTES
Los licitantes deberán poseer por lo menos 1 (un) antecedentes y/o referencias de realización de trabajos similares realizados en instituciones públicas y/o privadas en los últimos 2 (dos) años, debiendo indicarlo en su propuesta, y proporcionar todos los datos señalados en el cuadro de presentación de antecedentes a efectos de que sean tenidos en cuenta en el momento del estudio de las propuestas por la Administración.
La presentación del listado de trabajos realizados, se documentará de acuerdo al formato adjunto:
Presentación de antecedentes.
Nombre del contratant e | Año en que se prestó el servicio | Monto del contrato | Cantidad de personal asignado al contrato | Plazo de Contrata ción | Persona de contacto | Teléfono | Breve descripci ón |
En caso de no presentar el listado con los datos solicitados, o de constatarse datos erróneos o falsos, se podrá desestimar la oferta, independientemente de otras acciones que puedan realizar la Administración.
La Administración podrá no tener en cuenta las ofertas de aquellos oferentes que tengan antecedentes de incumplimientos con esta Administración en los últimos 3 (tres) años.
ARTÍCULO 5º: FORMALIDADES DE LA PROPUESTA
Las ofertas serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, estarán firmadas por el oferente o su representante y foliadas en el margen inferior.
El texto deberá ser impreso a través de cualquier medio idóneo, NO en forma manuscrita, y se agregará a la oferta una copia simple en papel, con excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía.
Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo no electrónico contra recibo, o por FAX al 00000000, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.
Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
ARTÍCULO 6º.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
El Oferente podrá redactar su propuesta de acuerdo con el siguiente texto:
"NN................................domiciliado a los efectos legales en la calle
..................... Nº.........,de esta ciudad, teléfono/fax ........., se compromete a realizar de acuerdo con las Condiciones Particulares y las normas vigentes que he tenido a la vista, el servicio de LIMPIEZA INTEGRAL Y PORTERÍA de los locales ubicados en el predio de Av. Xxxxxx S/N entre Br. Xxxxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxx correspondientes al Centro Barrio Peñarol, por un precio mensual de $...............(pesos uruguayos ).
"Declara conocer y aceptar en todas sus partes el Pliego Único de Bases y Condiciones, las presentes Condiciones, demás documentos que rigen para esta compra y desde ya se compromete en caso de litigio o cualquier otra cuestión o conflicto que no pueda ser dilucidado de acuerdo con las cláusulas de los documentos mencionados, a someterse a las leyes y Tribunales de la República, con exclusión de otro recurso"
Firma ...................... ........ ....
Aclaración.............................
Céd. Identidad................. .....
ARTICULO 7º: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Las ofertas serán mantenidas por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al acto de apertura de ofertas.
ARTICULO 8º: PLAZO DE CONTRATACIÓN.
Los servicios serán contratados por el plazo de seis (6) meses contados a partir de la notificación de la Resolución de adjudicación o a partir de la fecha que
indique el Municipio G.
ARTICULO 9º. - TAREAS FUERA DE HORARIO.
En caso que por razones imprevistas o de fuerza mayor dificulten la continuidad o impidan terminar las tareas de limpieza dentro del horario previsto, éstas deberán ser realizadas fuera del mismo con autorización del Municipio G sin que ello signifique el pago de horas extraordinarias.
ARTÍCULO 10°.- INTERRUPCIÓN DE ACTIVIDADES.
En caso de interrupción de actividades por cualquier causa ajena a la voluntad Municipal, el Municipio G se reserva el derecho de suspender el servicio contratado, hasta que desaparezcan las causas, sin que esto dé derecho al contratista a compensación o indemnización alguna, abonándose solamente el servicio cumplido en los días efectivamente trabajados.
En caso de detención de actividades por paros o medidas gremiales que afecten al adjudicatario, se harán los descuentos del pago mensual en forma proporcional al número de operarios ausentes o al tiempo de ausencia.
ARTÍCULO 11º - CONTROLES DE LA TAREA Y EL CONTRATO.
El Municipio G y el Centro Barrio Peñarol serán los únicos interlocutores y referentes válidos. A ellos corresponderá la supervisión de la empresa adjudicataria, (salvo resolución superior en contrario), siendo privativo de los mismos el control cualitativo y cuantitativo de: las tareas, documentación exigida, asistencia y permanencia del personal, materiales empleados, maquinaria utilizada, y todo otro elemento que se considere necesario controlar para el buen cumplimiento de lo acordado. Será éste Municipio o quien éste delegue, quien deberá rendir cuentas de dicho funcionamiento, así como del control de asistencia.
- Planillas de trabajo diario. Se utilizarán para el control de trabajos diarios; en las mismas se detallará: horario y tarea que desempeña cada operario, nombre del mismo y Cédula de Identidad. Dicha planilla deberá realizarse con copia, quedando esta última en poder de la empresa y el original deberá presentarse diariamente en el Centro Barrio Peñarol.
- Sin perjuicio del numeral precedente, este Municipio G podrá disponer cualquier otro mecanismo de control que considere oportuno implantar.
ARTÍCULO 12º - VISITA DEL LUGAR.
Los oferentes deberán realizar una visita de carácter obligatorio al local objeto de este llamado, sito en Av. Xxxxxx s/n entre Xxxxxxx y Br. Xxxxxxxx Xxxxxxx, la que deberá ser coordinada con la Directora Ma Xxxx Xxxxxxxxx o el Jefe Operativo Xxxxxx Xxxxxxx, al teléfono 0000 0000, int. 110 y 114, de lunes a viernes, dentro del horario de 9 a 14
Por dicha visita se les dará una constancia.
El oferente adjuntará a su oferta fotocopia de dicha constancia.
De comprobarse que no fué realizada la visita la oferta podrá ser rechazada sin derecho a reclamación alguna
ARTÍCULO 13º: PRECIO:
Se establecerá solamente en moneda nacional uruguaya, por mes, debiéndose formular la oferta por la totalidad de los trabajos a efectuarse incluyendo el personal, todos los gastos y equipamiento necesario, y discriminando todo impuesto que corresponda. En caso que no se realice aclaración alguna se entenderá que dicho/s impuesto/s está/n incluidos en el precio establecido.
Se deberá detallar, para cada categoría de personal a emplear, el valor de hora/hombre (este costo se refiere exclusivamente a mano de obra, no debe incluir materiales ni beneficios de la empresa).
Estos precios unitarios serán los que se tendrán en cuenta a los efectos de los descuentos que correspondan por faltas, llegadas tarde, etc. y también para pagar imprevistos en caso de corresponder.
Descuento Pronto Pago: La empresa podrá establecer el descuento pronto pago para el caso de cobrar dentro de los primeros diez (10) días calendario y entre los once (11) y los veinte (20) días calendario de presentada cada factura en Contaduría General, lo que será evaluado en cada pago por el departamento de Recursos Financieros.
ARTÍCULO 14º: AJUSTE PARAMÉTRICO.
El precio será reajustado en los meses de enero y julio de cada año, mediante la aplicación de la siguiente fórmula paramétrica:
P = Po (0,8 J/Jo + 0,2 V/Vo), donde:
P = valor actualizado
Po = valor a precios de licitación
J/Jo = índice de variación xxx Xxxxx (Grupo 19, subgrupo 07) *. V/Vo = índice del costo de vida
Jo y Vo = son los que rigen el último día del mes anterior al de la fecha de presentación de propuesta.
J y V = son los que rigen el último día del mes anterior al mes que corresponde el reajuste.
Cuando a la fecha de apertura, no haya sido homologado el incremento del jornal en los Consejos de Salarios, y por tanto, puedan derivar aumentos en forma retroactiva y con vigencia al momento cero de la licitación; se considerará este último valor a los efectos de definir el Jo.
En caso que de no existir Laudo se regirá por la variación de la BPC (Base de Prestaciones y Contribuciones).
ARTÍCULO 15º: FORMA DE PAGO.
El pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por proveedores de bienes y servicios cumplidos, se realizará por transferencia a cuentas en la institución de intermediación financiera autorizada por el BCU, elegida por el proveedor o acreedor.
A tales efectos los proveedores deberán, suscribir el “Contrato de Adhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la IM”, ambos documentos incluidos en el instructivo de inscripción en el XXXX .-
En caso de no haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior, desde el 1/7/2015, el pago será retenido no siendo responsabilidad de la IM la demora que dicho atraso ocasione.-
El pago se efectuará mensualmente de acuerdo con el monto establecido en su oferta, debiendo el adjudicatario presentar la solicitud correspondiente en las oficinas de la Contaduría General.
El pago de cada factura se realizará dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación en la Contaduría General.
La IM podrá realizar el pago con cheques de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.
En caso que el pago se realice pasados los treinta (30) días calendario, contados desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés trimestral para empresas grandes y medianas, moneda nacional no reajustable, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay (Art. 15, ley 14.095-Circular 1695) vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo.
La factura por el ajuste de precios, si correspondiera, se presentará por separado de la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido.
ARTÍCULO 16º: EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN DE OFERTAS.
Antes de proceder a la evaluación detallada, la IM determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación.
De no ajustarse será rechazada, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo al criterio de menor precio ofertado sin considerar descuento pronto pago.
Aquella oferta en la cual se verifique que el precio cotizado no cubre los costos operativos de mano de obra, no será tenida en cuenta.
ARTÍCULO 17°: MEJORAMIENTO DE OFERTAS Y NEGOCIACION ES
La IM podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del TOCAF, recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio.
ARTÍCULO 18º: ADJUDICACIÓN.
La IM se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, adjudicar parcialmente, así como de anular el proceso de licitación en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.
ARTÍCULO 19º: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO - NOTIFICACIÓN.
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Resolución de Adjudicación, previa intervención del TCR.
La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
a) Con la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario, la cual podrá ser enviada en forma válida por fax.
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la IM podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes.
A estos efectos, y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado.
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la
Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
El adjudicatario queda obligado a presentarse en el Municipio G dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al de la formalización del contrato y allí se le indicará el día a partir del cual comenzará a prestar el servicio. La falta de cumplimiento de cualesquiera de estas obligaciones podrá dar mérito a que se revoque la adjudicación, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.
ARTÍCULO 20°.- TECNICO PREVENCIONISTA
En caso de corresponder, según el Decreto 125/014, la empresa adjudicataria deberá tener un Técnico Prevencionista durante el desarrollo de todos los trabajos. El mismo será responsable de todo lo concerniente a la seguridad y salud ocupacional (inclusive de los eventuales subcontratos).
El adjudicatario, previo al inicio del contrato, deberá indicar el nombre del Técnico Prevencionista y la frecuencia con que éste deberá concurrir durante la realización del servicio.
ARTICULO 21º: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
1) El adjudicatario está obligado a la ejecución de todos los trabajos establecidos en su propuesta, realizándolos en un todo de acuerdo con el pliego de condiciones, memoria descriptiva, detalles a entregarse en el transcurso de los trabajos y con las instrucciones verbales y/o escritas que personalmente se le indicarán al responsable de la empresa. La omisión o errores de cálculo en la presentación de la propuesta no otorgará derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
2) Serán de cuenta del contratista todos los gastos originados por el pago de Sueldos y Jornales con sus correspondientes cargas sociales los que deberán ser abonados al personal de acuerdo a lo establecido por Decreto ley 14.159 de fecha 21.02.1974, en la redacción dada por el artículo 719 de la ley 16.170.
3) Deberá proveer todos los materiales/equipamiento detallados en la memoria, así como uniformes con identificación de la empresa y del operario, enseres personales, calzado acorde, así como todo otro elemento necesario para el cumplimiento de las tareas de rutina o aquellas que se acuerden en forma específica.
4) Todo el personal que la empresa designe deberá:
a) Ser mayor de 18 años.
b) Tener carné de salud extendido por los Organismos incorporados al Sistema de Carné de Salud básico, debiendo mantenerse vigente mientras dure el vínculo entre la Administración y la empresa. Quien no posea este documento no podrá ingresar a trabajar.
c) Poseer un carnet de identificación, visible, sobre el uniforme, en el cual conste el nombre de la empresa, el nombre del empleado y su foto.
d) Estar inscripto en el Banco de Previsión Social.
e) Tener Seguros sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (ley 16.074).
f) Tener al día las planillas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. (Esta documentación deberá ser presentada en su totalidad y debidamente planillada al inicio del contrato y en cualquier momento que le sea solicitado por la I.M., a lo largo del período del contrato).
g) Poseer CEDULA DE IDENTIDAD VIGENTE.
h) Registrar su asistencia y permanencia mediante firma en planilla
5) Informar las variaciones en el sueldo del personal afectado a los trabajos objeto de la presente licitación durante vigencia del contrato.
6) La empresa adjudicataria deberá controlar que los operarios no realicen tareas en condiciones contrarias a las normas de seguridad laboral.
7) Controlar que el personal se encuentre en adecuadas condiciones de vestimenta y prolijidad, asimismo controlará que los trabajadores no salgan con bultos sin el respectivo control de la parte de vigilancia.
8) La Empresa deberá cumplir con todas las normas legales en materia de salarios, seguros, leyes sociales, impuestos, etc. Será obligación entregar al inicio de los trabajos y mensualmente copia de los recibos de sueldos, planillas de inscripción del MTSS, aportes al BPS y constancia de Xxxxxxx contratados.
9) El adjudicatario se compromete a tomar las medidas necesarias para evitar daños a su personal, a terceros y a propiedades o bienes públicos o privados. De producirse daños, el adjudicatario será responsable de la reparación de los perjuicios que le sean imputables.
10) El contratista deberá reponer o indemnizar las faltas, roturas, deterioros o desperfectos causados en ocasión del desempeño de su actividad. Indemnizará por daños causados a funcionarios municipales o a terceros, cuando se constate responsabilidad de sus operarios por omisión o negligencia o trato inadecuado de los equipos y materiales.
11) Se prohíbe el uso de publicidad ajena a la empresa en la vestimenta y en los equipos.
12) El adjudicatario contratará todos los seguros obligatorios previstos por la reglamentación vigente, debiendo incluir como mínimo el seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y los seguros contra daños a terceros. Los seguros deberán ser contratados en una institución habilitada por la Superintendencia de Empresas Aseguradoras del Banco Central del Uruguay.
Obligaciones especiales:
a) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral (convenio colectivo Grupo N° 19, subgrupo 07 ) en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que no existieran laudos o convenios colectivos vigentes para la rama de actividad laboral, la Empresa adjudicataria quedará obligada a pagar por lo menos el salario mínimo nacional.
La IM, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.
En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la IM se reserva el derecho de rescindirlo en la forma y condiciones previstas en este pliego.
La IM exigirá a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza del seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados.
En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de
M. tiene la potestad de retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.
El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.
b) Ley 18.099 en concordancia con ley 18.251- La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado.
La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la X.xx M. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, daños y perjuicios ocasionados a terceros.
Los antes referidos gastos serán reembolsados a la IM ajustados por el Indice
de Precios al Consumo.
ARTÍCULO 22º: XXXX.
La xxxx en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Contratista, se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos cualquiera sea la modalidad y carácter de los mismos, o por el hecho de hacer algo contrario a lo estipulado o no hacer lo debido, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
ARTÍCULO 23º: RESCISIÓN Y SANCIONES.
La falta de cumplimiento parcial o total de cualesquiera de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, habilitará a la IM a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.
La rescisión por incumplimiento del Contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 24º: INCUMPLIMIENTO
Cuando el contratista incurriera en incumplimientos parciales o totales a lo dispuesto en las presentes Condiciones, así como en cualquier otro aspecto que a juicio del Municipio G esté perjudicando a la Administración Municipal, este podrá aplicar las siguientes sanciones:
- Primer incumplimiento al P.P.C- observación.
- Segundo incumplimiento: descuento de hasta el 2% (dos por ciento) del monto de la facturación mensual.
- Tercer incumplimiento: descuento de hasta el 6% (seis por ciento) del monto de la facturación mensual.
- Cuarto incumplimiento y posteriores: descuento de hasta el 10% (diez por ciento) del monto de la facturación mensual.
–Quinto incumplimiento: suspensión y/o revocación de la adjudicación.
– Estos incumplimientos se acumularán durante todo el período del contrato.
En todos los casos el descuento de la facturación mensual incluirá el ajuste paramétrico que correspondiere y se hará efectivo de la facturación correspondiente al mes en que se produjo la omisión sancionada.
Inasistencias:
Todas las inasistencias serán descontadas de la facturación mensual, debiendo la empresa adjudicataria realizar el descuento correspondiente en la facturación del mes en el cual se produjo la falta, y la quita corresponderá al
total de los jornales no cumplidos por su personal de acuerdo a lo que surja del control de asistencia realizado por quien delegue el Municipio G. (En todos los casos la empresa se compromete a cubrir las ausencias del personal con suplente/s a fin de cumplir con el servicio, debiendo figurar en la planilla de asistencia su calidad de suplente y a quién suple.)
Previo a la presentación de la factura, en Contaduría General, el adjudicatario deberá tener la liquidación de las inasistencias aprobada por el Municipio G.
Cuando se constatare una inasistencia mayor al 3 % (tres por ciento) promedio mensual del total de la plantilla de la empresa adjudicataria, además del descuento por inasistencias, se efectuará la sanción de descuento del 6% del monto de la facturación mensual.
Cuando se constatare una inasistencia mayor al 5 % (cinco por ciento) promedio mensual del total de la plantilla de la empresa adjudicataria, además del descuento por inasistencias, se efectuará la sanción de descuento del 10% del monto de la facturación mensual.
Cuando se constatare la presencia de uno o más operarios realizando tareas no asignadas y en el horario correspondiente, se aplicará como sanción un descuento del 10% del monto de la facturación mensual.
De comprobarse mal uso, faltantes, roturas o cualquier otro tipo de irregularidad en el uso del equipamiento entregado en custodia por parte del adjudicatario, la I.M. podrá exigir que se regularice el mismo en forma inmediata, reparando o sustituyendo los mismos por otros equipos de igual o mayor calidad con la aprobación de la I.M. En el caso que esto no se cumpla se aplicará una multa de 20 U.R (veinte unidades reajustables) por cada día que demore la sustitución; en caso que esa demora llegara a 10 (diez) días corridos sin producirse la sustitución será causal de rescisión del contrato, sin indemnización de especie alguna. En el caso que al finalizar el contrato se constatará la rotura o falta de los equipos y no se repararán o sustituyeran en forma inmediata se aplicarán las sanciones anteriormente mencionadas, perdiendo el adjudicatario las sumas pendientes de cobro.
Sin perjuicio de lo anterior, la omisión del adjudicatario en el cumplimiento del contrato sin causa debidamente justificada habilitará a la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en caso de haber correspondido el depósito de la misma, así como también la aplicación de las sanciones genéricas establecidas en el art. anterior (RESCISIÓN Y SANCIONES).
ARTÍCULO 25º - SUSPENSIÓN DEL PAGO
Cuando la I.M. constate que la empresa adjudicataria no cumple con el servicio ofrecido en las condiciones que se tuvieron en cuenta para la adjudicación, podrá suspender el pago hasta que se regularice el servicio, sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 26º: CESIÓN DEL CONTRATO.
El adjudicatario no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el consentimiento expreso por escrito de la IM, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.
ARTÍCULO 27º: CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL O CERTIFICADO ÚNICO DE PROVEEDOR.
La IM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, tener al día el Certificado Único Municipal o Certificado de Proveedor al día, expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la IM.
Dicho certificado será expedido por el Servicio Gestión de Contribuyentes, Piso 1½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
ARTÍCULO 28º: CONSULTAS Y SOLICITUD DE PRÓRROGA
Los interesados en participar podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta tres (3) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 horas, por e-mail a xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx o vía FAX 0000 0000.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas al proveedor que hizo la consulta, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx entrar en Compras - Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación) y en el sito web de Compras Estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los interesados, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.
ARTÍCULO 29º: REGISTRO DE PROVEEDORES.
Para ser adjudicatarios, los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM. De no hallarse registrados al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio. En caso de ser adjudicatario deberá concurrir a la Unidad Atención a Proveedores con la documentación necesaria y el número provisorio asignado, a los efectos de obtener la inscripción definitiva en dicho Registro.
Asimismo, a partir del 6 xx Xxxxx de 2015, también se exige que los oferentes se encuentren inscriptos en el XXXX (Registro Único de Proveedores Estatales) para poder ser adjudicatarios.
Una vez en estado “ACTIVO” en XXXX quedarán en condiciones de ser validados en el Registro de Proveedores de la IM.
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX.
De lo contrario podrá consultar via mail o personalmente en el Servicio de Compras- Atención a Proveedores, Xxxxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxx, e-mail: xxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
ARTÍCULO 30°: RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IM, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales.
ANEXO 1 - MEMORIA DESCRIPTIVA.
a) MEMORIA DESCRIPTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE LIMPIEZA INTEGRAL DE LOCALES
Artículo 1 DELIMITACIÓN DE ESPACIOS A LIMPIAR
La empresa adjudicataria deberá realizar la limpieza integral de las edificaciones del Centro Barrio Peñarol, ubicadas en la Av. Xxxxxx s/n entre Br. Xxxxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxx y realizar limpieza diaria de todas las oficinas, salones, baños, patios internos, vidrios, etc.
Artículo 2 ELEMENTOS A LIMPIAR
Pisos, zócalos, paredes, muros, techos, escaleras, barandas, columnas, mamparas, puertas, ventanas, vidrios, baños, mostradores, escritorios, papeleras, revestimientos en general, aparatos sanitarios, muebles, percheros, artefactos de iluminación eléctricas, computadoras, teléfonos, sillas, sillones, alfombras, moquetes y todo otro elemento no previsto en el presente artículo pero que se encuentre o instale en un futuro en el sector a limpiar, esté en el interior o en el exterior del edificio.
PERIODICIDAD
2.1 – TRABAJOS QUE SE REALIZARÁN DIARIAMENTE EN LA LIMPIEZA INTEGRAL
2.1.1 – Barrido general de todos los pisos, entrepisos y escaleras. Lavado general de todos los pisos escalera y monolíticos y demás pavimentos. (Salvo indicación contraria del CBP).
2.1.2 - Recolección de todos los residuos y limpieza de papeleras.
2.1.3 - Se quitará el polvo a todo el mobiliario, mostradores, mamparas, etc.
2.1.4 - Se pasará aspiradora en todos aquellos lugares donde se deposite polvo y sea difícil de retirarlo por otro medio.
2.1.5 - Diariamente sin falta se limpiarán los baños, incluyendo grifería y aparatos sanitarios en general, utilizándose productos que aseguren la asepsia de los mismos, evitando el uso de elementos abrasivos que desgasten cromados vitrificados, etc. Se realizará el repaso de la limpieza xx xxxxx durante el turno siempre que se requiera.
2.1.6 - Barrido de las aceras correspondientes.
2.1.7 - Diariamente, se retirarán elementos que sean abandonados en desuso por las oficinas, como ser cajas, cartones, tubo de luz agotados, bombitas quemadas, etc.
2.1.8 - Cuando se realicen obras y/o exposiciones o muestras que dejen restos de materiales, los mismos deberán ser retirados por la empresa, La limpieza posterior se hará en coordinación y bajo la supervisión del CBP.
2.1.9 - Limpieza y barrido de los patios interiores. En caso de existir algún tipo de exhibición o muestra (también se aclara en punto anterior) se mantendrá la limpieza durante el evento y se dejará limpio al final del turno.
2.2 - TRABAJOS QUE SE REALIZARAN SEMANALMENTE
2.2.1 – Limpieza total de todas las puertas y mamparas incluyendo los vidrios y demás elementos que la componen.
2.2.2 – Lavado de pisos con ceras limpiadoras (no encerado)
Artículo 3 PRECAUCIONES DE RUTINA
Se deberá adoptar las medidas del caso para evitar la colocación de elementos de limpieza sobre el mobiliario, alfombras, etc. que pueda implicar que queden manchados o marcados de forma irreversible, asimismo luego de la limpieza se deberá dejar todo en el lugar que corresponda. Se tendrá especial cuidado al realizar la limpieza de todos los sectores que manejen documentación o expedientes, y en general en toda dependencia en que existan equipos que por su costo y/o características puedan ser dañados.
Todos los elementos que se utilicen para la limpieza como escaleras, andamios, carritos, máquinas, deberán ser utilizadas con sumo cuidado y además tendrán elementos de protección en patas o zonas que por experiencia se sepa que pueden dañar el mobiliario o paredes.
Todos los elementos de limpieza deberán guardarse en el lugar que la Unidad respectiva le asigne a la empresa, quedando prohibido dejarlos abandonados o estacionados en pasillos, oficinas, halles, etc.
Artículo 4 HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La limpieza se realizará en las instalaciones del Centro Barrio Peñarol, en 2 turnos, en los horarios de 6 a 14 horas y de 14 a 22 horas, de lunes a viernes, con 2 trabajadores en cada turno. Para los sábados y domingos se asignará un único horario de 8 horas cada día, a definir de acuerdo a las actividades planificadas con 1 trabajador por cada turno.
Artículo 5 FERIADOS
En ocasión de feriados laborables, así como de semana de turismo, días de carnaval y 24 xx xxxxx (día de los Municipios), se trabajará de acuerdo a las actividades previstas en la agenda del CBP.
Artículo 7 MAQUINARIAS Y MATERIALES
A efectos del cumplimiento del contrato, se establece que se deberá contar en forma permanente con todos los insumos necesarios para la realización de las tareas de forma óptima: jabón, detergentes, hipoclorito, aromatizadores, ceras, productos especiales para limpieza profunda, lustra muebles, lustra metales, xxxxx xx xxxx, rejillas, franelas, escobas, lampazos, espátulas, cepillos especiales, baldes, etc., así como papel higiénico y jabón de mano para gabinetes higiénicos de público), maquinaria adecuada (aspiradoras, enceradoras, lavadoras, etc.), herramientas, elementos de seguridad, enseres personales, uniformes, calzado acorde a las tareas, etc.
b) MEMORIA DESCRIPTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE PORTERÍA
Artículo 1 DELIMITACIÓN DE ESPACIOS
La empresa adjudicataria deberá realizar el servicio de portería para las 2 edificaciones principales del Centro Xxxxxx Xxxxxxx (Xxxx xxx Xxxx xx Xxxxxxxxx x Xxxx xxx Xxxxxxxxx) ubicadas en la Av. Xxxxxx s/n entre Br. Xxxxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxx.
Artículo 2. Tareas
2.1. – Custodiar la entrada de los locales indicados en el horario establecido
2.2 – Controlar el espacio en cuanto al buen uso de las personas que circulan por el lugar
2.3 – Controlar la circulación de personas en el local
2..4 – Realizar las indicaciones que correspondan a las personas que ingresen al local del CBP (según consultas, etc.)
Artículo 3 HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La tarea de portería se realizará en los 2 locales del Centro Barrio Peñarol indicados (Casa de Jefe de Almacenes y Casa del Ingeniero), en 2 turnos, en los horarios de 6 a 14 horas y de 14 a 22 horas, de lunes a viernes, con 2 trabajadores en cada turno (uno por cada casa). Para los sábados y domingos se asignará un único horario de 8 horas cada día, a definir de acuerdo a las actividades planificadas con 1 trabajador por cada turno.
Artículo 4 FERIADOS
En ocasión de feriados laborables, así como de semana de turismo, días de carnaval y 24 xx xxxxx (día de los Municipios), se trabajará de acuerdo a las actividades previstas en la agenda del CBP.