SALTA, 12 FEBRERO 2015
I SECCION ADMINISTRATIVA DECRETO
SALTA, 12 FEBRERO 2015
DECRETO Nº 0256
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 076541-SG-2014.-
VISTO el CONVENIO de TRANSFERENCIA de FONDO con fin ESPECIFICO – FONDO COMPENSADOR MUNICIPAL celebrado entre
la SECRETARIA de ASUNTOS MUNICIPALES representada por el
X.X.X. XXXXXXX X. XXXXX x xx XXXXXXXXXXXXX xx XXXXX representada por el Señor INTENDENTE MUNICIPAL Dn. XXXXXX XXXXX XXX, suscripto en fecha 03 de mes diciembre del año 2013; y,
CONSIDERANDO:
QUE dicho convenio tiene por objeto la ejecución de la obra: “LIMPIEZA Y DESMALEZADO XX XXXXXXX, RECUPERACIÓN DE ESPACIOS VERDES PÚBLICOS, RETIRO DE MACRO-BASURALES Y RESTAURACIÓN DE CORDÓN CUNETA EN DISTINTOS XXXXXXX XX XX XXXXXX - 0x XXXXX - XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX – XXXX. XXXXXXX”;
QUE en las presentes actuaciones rola dictamen de la Dirección General de Coordinación Legal de la Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, mediante el cual manifiesta que no tiene objeción alguna a la aprobación de dicho convenio, oportunamente suscripto;
QUE, la Secretaria de Hacienda ha tomado debida intervención en lo
fiel del original al presente Decreto, por los motivos enunciados en el considerando.-
ARTICULO 2°.- REMITIR el Expediente de referencia con copia del presente Instrumento Legal al Tribunal de Cuentas Municipal, conforme lo establecido por Artículo 15° de la Ordenanza N° 5.552, modificada por Ordenanza N° 14.257.-
ARTICULO 3°.- DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 4º.- REMITIR copia del presente instrumento legal, una vez emitida la Resolución de no objeción por parte del Órgano Contralor, a la “SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES de la Provincia xx Xxxxx” por la Dirección de Despacho de la Secretaría Ambiente, Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 5º.- TOMAR razón la Secretarías Ambiente, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda con sus dependencias intervinientes.-
ARTICULO 6º.- EL presente Decreto, será firmado por los señores Secretarios General, de Hacienda y de Ambiente, Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 7º.- CUMPLIDO, con el trámite establecido en el artículo 2°, comunicar, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXX – XXXXXX – SUMARIA VER ANEXO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
que le respecta al Convenio de Transferencia de Fondos con fin
DECRETO Nº 0567
SALTA, 21 ABRIL 2015
Especifico - Fondo Compensatorio Municipal;
QUE dado lo expuesto en Dictamen de Plenario N° 834 DEL Tribunal de Cuentas, “el Órgano de Control Externo debe analizar con carácter de obligatorio los actos administrativos cuya importancia económica iguale o supere las 50.000 unidades tributarias, debe entenderse que lo habilita para analizar y, en su caso, formular observación legal, a todos los actos administrativos que se emitan en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante. Esto es, no solamente aquellos que importen erogaciones para el Municipio, sino también los que importen ingresos para la comuna, o la constitución o levantamiento de gravámenes sobre bienes de patrimonio Municipal”….;
QUE a fs. 16 la Dirección General Técnica Normativa dependiente de la Sub Secretaría Técnica Jurídica de la Secretaría General, manifiesta que no se advierte óbice jurídico alguno para la emisión del acto administrativo pertinente;
QUE a fs. 17 la Sub Secretaria Técnica Jurídica del área, expresa que solo le cabe el análisis formal del proyecto de Decreto, no existiendo observación que formular;
QUE, a los efectos de incorporar el Convenio al Derecho Público Municipal, es necesario disponer su aprobación, mediante la emisión del instrumento legal, pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º.- APROBAR en todas sus partes el CONVENIO de TRANSFERENCIA DE FONDO CON FIN ESPECIFICO – FONDO
COMPENSADOR MUNICIPAL celebrado entre el SECRETARIO de ASUNTOS MUNICIPALES representada por el X.X.X. XXXXXXX X. XXXXX x xx XXXXXXXXXXXXX xx XXXXX representada por el Señor INTENDENTE MUNICIPAL Dn. XXXXXX XXXXX XXX, suscripto en
fecha 03 de Diciembre del año 2013 que forma parte y se adjunta copia
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 055193-SG-2014.-
VISTO el expediente de referencia, mediante el cual se tramita la Redeterminación de Precios N° 05 por los Certificados Nros. 13, 14, 15, y 16, correspondiente a la obra “Desagües Pluviales - Canal de Tres Cerritos”, solicitada por la empresa XX.XX.XX. S.R.L.; y,
CONSIDERANDO
QUE a fojas 01 la Dirección General de Edificios Municipales informa que la Empresa XX.XX.XX. S.R.L., ha cumplimentado con la presentación de la documentación y con los requisitos establecidos en el Decreto Nº 0190/06, adhesión al Decreto Provincial Nº 1170/03;
QUE a fojas 02 y 218 rola la documentación relacionado con la obra: “Desagües Pluviales - Canal de Tres Cerritos”, presentada por la empresa solicitante;
QUE la presente obra se encuentra adjudicada mediante Contrato de Obra Publica de fecha 05/04/2013 a la Empresa XX.XX.XX. S.R.L. por la suma de $ 49.997.189,32 (Pesos Cuarenta y Nueve Millones Novecientos Noventa y Siete Mil Ciento Ochenta y Nueve con 32/100);
QUE a fojas 220/221 obra informe de la Sub Secretaria de Proyectos, Obras de Ingeniería y Certificaciones, quien luego de revisar la documentación presentada y haber verificado que los códigos, precios y coeficientes sean correctos, en base al análisis de la planilla de insumos utilizados, planillas de cálculos de certificados con precios redeterminados y planillas de análisis de precios; por los que se da cuenta que el monto en concepto de variación de cada Certificado y saldo de obra son correctos y se corresponden con los emitidos por la Unidad Central de Contrataciones, determinándose que el monto de diferencia redeterminado por dichos certificados parciales, desde febrero/14 al mes xx xxxxx/14 asciende a la suma de $ 1.340.576,55, lo que representa una variación superior al 11% respecto al monto total de los Certificados Redeterminados;
QUE desde fojas 222 a 224 rola dictamen de la Dirección General de Coordinación Legal de la Secretaria de Ambiente, Obras y Servicios Públicos concluyendo que el Municipio Capitalino se encuentra facultado a realizar negociación y/o actualización de los precios conforme a la normativa vigente, cuando las variaciones de los costos hubiesen adquirido una variación de precios superior al 5% de los valores del contrato o del precio surgido de la última Redeterminación, aconsejando el dictado del Instrumento Administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 6838 de Contrataciones de la Provincia y su Decreto Reglamentario Nº 931/96 con su modificatoria, y Decreto Municipal Nº 0190/06, aprobando el proceso de Redeterminación de precios contractuales llevado a cabo para la obra en cuestión;
QUE según lo establecido por el Artículo 40º de la Ley de Contrataciones de la Provincia N° 6838 y su Decreto Reglamentario N° 1448/96, las razones planteadas por la Contratista son de Público Conocimiento y totalmente imprevistas al momento de realizarse la cotización original;
QUE mediante Decreto Nº 0190/06 el Municipio adhirió al Régimen de Redeterminación de Precios de los Contratos de Obra Pública establecido por el Decreto Provincial Nº 1170/03 a los fines de implementar en el ámbito municipal mecanismos tendientes a preveer situaciones como las descriptas anteriormente;
QUE el Municipio se encuentra facultado a proceder a la renegociación conforme a la normativa vigente, teniendo en cuenta que la obra de la referencia resulta necesaria por su naturaleza y además redundará en beneficio de un indeterminado número de vecinos de la Ciudad que diariamente transitan la zona de influencia de la obra construida;
QUE en consecuencia se determina que el monto de la obra actualizada por dichos certificados parciales 13, 14, 15 y 16, desde Febrero/14 al mes xx Xxxxx/14, asciende a la suma de $ 1.340.576,55; lo que representa una variación superior al 11% respecto al monto contractual último redeterminado;
QUE a fojas 237 la Dirección de Control de Gasto efectúa el análisis formal del pedido (Decreto 1196/14, Art. 8, inciso b);
QUE la Sub Secretaria de Panificación y Control Económico a fojas 237 vta., autoriza la correspondiente Redeterminación de Precios, por el monto que ascenderá a la suma de $ 1.340.576,55 (Pesos Un Millón Trescientos Cuarenta Mil Quinientos Setenta y Seis con 55/100);
QUE a fojas 238 la Sub Secretaria de Contaduría General ha tomado debida intervención en lo que le respecta;
QUE la Dirección General de Xxxxxxxxxxx a fojas 249 informa la imputación presupuestaria preventiva para el Ejercicio 2015;
QUE la Sub Secretaria de Finanzas a fojas 240 y 251 autoriza la modalidad de pago en un 30% de contado, 35% a treinta días y 35% a sesenta días;
QUE a fojas 243 la Secretaría de Plenario del Tribunal de Cuentas Municipal a través del Cuerpo de Vocales en Reunión Plenaria de fecha 23-12-14 acuerda emitir la Resolución N° 4504/14, la que considera que el procedimiento administrativo aplicado en las presentes actuaciones se ajusta a las disposiciones legales vigentes resultando razonable la redeterminaciones de los certificados parciales de obra Nros. 13, 14, 15 y 16 por el periodo comprendido entre el último mes redeterminado Febrero/14 y el mes de la presente redeterminación Abril/14; y previo a la emisión del Decreto aprobatorio: a) Se verifique que la Contratista haya efectuado la presentación de la ampliación de garantía de contrato por los nuevos montos determinado, todo de acuerdo a lo previsto en Ley N° 6838, su Decreto Reglamentario Municipal N° 931/96, y el Decreto Provincial N° 1170/03; b) Que en la oportunidad de la emisión del Certificado de Redeterminación de se efectué el descuento del 5% sobre el monto a pagar, en concepto de Fondo de Reparo;
QUE desde fs. 254 a 261 se adjunta Póliza de Seguro de Caución en Garantía de Ejecución de Contrato y Póliza de Seguro de Caución en Garantía de Sustitución Fondo de Reparo por el nuevo monto determinado; como así también se procedió a cambiar la imputación presupuestaria a la Unidad de Gasto establecida por Ordenanza N° 14662;
QUE a tal efecto es necesaria la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTICULO 1º.- APROBAR la REDETERMINACIÓN DE PRECIOS N°
05 por los Certificados Parciales Nros. 13, 14, 15 y 16 por el periodo comprendido entre el último mes redeterminado Febrero/14 y el mes de la presente redeterminación Abril/14; correspondiente a la obra “Desagües Pluviales - Canal de Tres Cerritos”, solicitada por la Empresa XX.XX.XX. S.R.L., representada por el Socio Gerente, Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx – D.N.I. Nº 20.399.203, por la suma de $ 1.340.576,55 (Pesos Un Millón Trescientos Cuarenta Mil Quinientos Setenta y Seis con 55/100); por los motivos expuestos en el considerando.-
ARTICULO 2º.- APROBAR la ADDENDA al Contrato de Obra Pública instrumentado mediante Resolución N° 092/13 de la Secretaria de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, celebrada entre la Municipalidad xx Xxxxx y la empresa XX.XX.XX. S.R.L., en fecha 13 xx xxxxx de 2015, la que forma parte integrante del presente instrumento legal-
ARTICULO 3°.- REMITIR el Expediente de referencia con copia del presente Instrumento Legal al Tribunal de Cuentas Municipal, conforme lo establecido por el Artículo 15° de la Ordenanza N° 5.552, modificada por Ordenanza N° 14.257.-
ARTICULO 4º.- DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente al periodo 2015.-
ARTICULO 5º.- TOMAR razón las Secretarías de Hacienda y de Ambiente, Obras y Servicios Públicos con sus dependencias intervinientes y el Tribunal de Cuentas Municipal.-
ARTICULO 6º.- NOTIFICAR por la Dirección de Despacho de la Secretaria de Ambiente, Obras y Servicios Públicos a la Empresa XX.XX.XX. S.R.L., del contenido del presente instrumento legal.-
ARTICULO 7º.- LA empresa XX.XX.XX S.R.L., ha renunciado en la Addenda que se aprueba a cualquier reclamo por indemnización, mayores costos imprevistos, lucro cesantes, etc.; y que previo al pago ya presento la garantía de obras y fondo de reparo del 5% del monto redeterminado.-
ARTICULO 8º.- EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Hacienda, y de Ambiente, Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 9º.- CUMPLIDO, con el trámite establecido en el artículo 3°, comunicar, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXX – XXXXXX – SUMARIA VER ANEXO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XXXXX 0000
DECRETO Nº 1100
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 45336-SG-2015 Para Agregar a
Expediente Nº 027280-SG-2014.-
VISTO la Addenda Modificatoria al CONVENIO de TRANSFERENCIA de FONDO acordada entre el SECRETARIO de ASUNTOS MUNICIPALES representada por el X.X.X. XXXXXXX X. XXXXX x xx XXXXXXXXXXXXX xx XXXXX representada por el Señor INTENDENTE MUNICIPAL Dn. XXXXXX XXXXX XXX, suscripta en fecha 07 de mes Julio del año 2015; y,
CONSIDERANDO:
QUE el convenio que da origen a la Addenda Modificatoria, fue aprobado por Decreto Nº 0721/15 cuyo objeto es la ejecución de la obra: “TERCERA ETAPA LIMPIEZA Y DESMALEZADO XX XXXXXXX, RECUPERACION DE ESPACIOS VERDES PUBLICOS, RETIRO DE MACROBASURALES Y RESTAURACION DE CORDON CUNETA EN DISTINTOS XXXXXXX XX XX XXXXXX – XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX XXXX. XXXXXXX, por la suma de $ 9.977.100;
QUE el Tribunal de Cuentas oportunamente ha tomado intervención, dictando la Resolución Nº 4667/15 de fecha 21 xx Xxxx del 2015, en la que emite dictamen de No Objeción al Decreto citado precedentemente;
QUE en cláusula 2º de la Addenda Modificatoria las partes han reconsiderado la modificación del monto a $ 11.100.600, resultando una diferencia a favor de la Municipalidad de $1.123.500 la que será abonada a partir de la cuota Nº 3 correspondiente al mes de Julio/15 y el monto de cada una de las 5 cuotas restantes a transferir queda determinado en la suma de $1.650.000 cada una;
QUE han tomado intervención las áreas competentes de las Secretarías de Ambiente, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda;
QUE dado lo expuesto en Dictamen de Plenario N° 834 del Tribunal de Cuentas, “el Órgano de Control Externo debe analizar con carácter de obligatorio los actos administrativos cuya importancia económica iguale o supere las 50.000 unidades tributarias, debe entenderse que lo habilita para analizar y, en su caso, formular observación legal, a todos los actos administrativos que se emitan en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante. Esto es, no solamente aquellos que importen erogaciones para el Municipio, sino también los que importen ingresos para la comuna, o la constitución o levantamiento de gravámenes sobre bienes de patrimonio Municipal”….;
QUE, a los efectos de incorporar la Addenda Modificatoria al Convenio aprobado por Decreto Nº 0721/15 al Derecho Público Municipal, es necesario disponer la emisión del instrumento legal, pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º.- APROBAR en todas sus partes la ADDENDA MODIFICATORIA al CONVENIO de TRANSFERENCIA de FONDO
CON FIN ESPECIFICO – FONDO COMPENSADOR celebrado entre el
SECRETARIO de ASUNTOS MUNICIPALES representada por el
X.X.X. XXXXXXX X. XXXXX x xx XXXXXXXXXXXXX xx XXXXX representada por el Señor INTENDENTE MUNICIPAL Dn. XXXXXX XXXXX XXX, suscripto en fecha 07 de Julio del año 2015, que forma parte y se adjunta al presente Decreto, por los motivos enunciados en el considerando.-
ARTICULO 2°.- REMITIR el Expediente de referencia con copia legalizada del presente Instrumento Legal al Tribunal de Cuentas Municipal, conforme lo establecido por Artículo 15° de la Ordenanza N° 5.552, modificada por Ordenanza N° 14.257.-
ARTICULO 3°.- DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 4º.- REMITIR copia del presente instrumento legal, una vez emitida la Resolución de no objeción por parte del Órgano Contralor, a la “SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES de la Provincia xx Xxxxx” por la Dirección de Despacho de la Secretaría Ambiente, Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 5º.- EL presente Decreto, será firmado por los señores Secretarios General, de Hacienda y de Ambiente, Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 6º.- CUMPLIDO, con el trámite establecido en el artículo 2°, comunicar, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXX – XXXXXX – SUMARIA VER ANEXO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 07 AGOSTO 2015
DECRETO N° 1202
VISTO el reintegro a sus funciones del que suscribe en el día de la fecha, y;
CONSIDERANDO:
QUE conforme lo preceptúa el Art. 31º de la Carta Municipal corresponde dictar el instrumento legal pertinente quedando reasumidas las funciones de Intendente Municipal delegadas, en la persona del Sr. Presidente del Concejo Deliberante, Ing. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°.- REASUMIR por parte del que suscribe, las funciones de Intendente Municipal xx Xxxxx, a partir del día 07 xx Xxxxxx de 2.015 a horas 08:00.
ARTICULO 2º.- TOMAR razón Jefatura de Gabinete y remitir copia del presente al Concejo Deliberante.
ARTICULO 3º.- EL presente Decreto será firmado por el señor Jefe de Gabinete y la señora Secretaria General.
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
ISA – XXXXXXXXX - XXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XXXXXX 0000
DECRETO Nº 1203 XXXXXXXXXX:XXXXXX. Xxx 000- 0000/00.-
XXXXX xx Xxxxxxxxx sancionada por el Concejo Deliberante bajo el N° 10063 de fecha 01 de julio de 2015, y;
CONSIDERANDO
QUE a través de la citada Ordenanza Sanción se exime del pago, en concepto de Contribución que incide sobre la construcción de Obras Privadas e Instalación y Suministro de Energía Eléctrica- Capítulo IX, art. 71º y 86º de la Ordenanza Nº 14882, al inmueble individualizado como la matrícula Nº 132.63, correspondiente a la ejecución del proyecto denominado “Hogar de Protección Integral para Mujeres en Situación de Violencia”, en el marco del Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Derechos Humanos de la Provincia xx Xxxxx;
QUE del análisis efectuado por la Dirección General Legal y Técnica, dependiente de la Subsecretaria de Ingresos Públicos de la Secretaria de Hacienda, mediante Dictamen Nº 33963/15 agregado a fs. 46, se aconseja vetar la Ordenanza Sanción en cuestión, en razón de que se ha consultado la cuenta corriente del Sistema Itron de Derecho de Construcción en la cual surge que la liquidación Nº 15885 de fecha 14/04/2015 por la suma de $ 4.286,10 se encuentra abonada por el solicitante de la eximición;
QUE no corresponde la promulgación de la Ordenanza Sanción Nº 9855, toda vez que la deuda que se pretende condonar a la fecha ya se encuentra extinguida, por lo que procede con encuadre a lo dispuesto en los artículos 35º inc. b) y 38º de la Carta Municipal- Ley Nº 6534- a ejercer el derecho de veto;
QUE en mérito a lo expuesto corresponde el dictado del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°.-VETAR la Ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante bajo el N° 10063 de fecha 01/07/2015 por los motivos citados en el considerando.-
ARTICULO 2°.-REMITIR el expediente de referencia con copia legalizada del presente Decreto al Concejo Deliberante para su consideración, conforme lo estatuye el artículo 38º de la Carta Municipal.-
ARTICULO 3°.-EL presente Decreto será firmado por los Señores Secretarios General y de Hacienda.-
ARTICULO 4°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXX – XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1206
REFERENCIA: Expediente Nº 57633-SG-2012.
VISTO la Nota DSiNaLiC Nº 180/2015 y Expte. Nº S02:0001887/2012 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRASNPORTE, y;
CONSIDERANDO:
QUE la Municipalidad xx Xxxxx mediante Ordenanza Nº 14.395 ha ratificado la vigencia de las Ordenanzas Nº 13.538 y Nº 14.145 de adhesión a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, sus modificatorias Nºs 25.965, 26.353 y 26.363, cuyo texto ordenado se acompaña como Anexo I y forma parte integrante de la presente, como así también los Decretos Reglamentarios del Poder Ejecutivo Nacional 779/95 y 1.716/08 y toda norma complementaria y/o modificatoria de la misma, salvo las excepciones y agregados que en cada caso se consignan;
QUE en el marco del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, aprobado por disposición ANSV Nº 207 de fecha 27 de Octubre de 2009, la AGENCIA XXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXX, XX XXXXXXXXX
XX XXXXX x xx XXXXXXXXX XX XXXXX han suscripto un Convenio Marco para la implementación de la Licencia Nacional de Conducir, aprobados mediante Decreto Municipal 0425/11;
QUE la Agencia Nacional de Seguridad Vial dependiente del Ministerio del Interior emite la DISPOSICION Nº 192/15, renovando la Certificación del Centro Emisor de Licencia Nacional de Conducir al Municipio de la Ciudad xx Xxxxx, Sede Hipermercado Libertad de la Provincia xx Xxxxx,
que fuera incorporado al Derecho Público Municipal, mediante Decreto Nº 1028/13 – Disposición Nº 179/13;
QUE por lo expuesto procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°.- INCORPORAR al Derecho Público Municipal el CERTIFICADO DE RENOVACIÓN Nº 3 del Centro Emisor de Licencia Nacional de Conducir al Municipio de la Ciudad xx Xxxxx, Sede Hipermercado Libertad de la Provincia xx Xxxxx, expedido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial dependiente del Ministerio del Interior y Transporte que acredita que el Municipio Capital ha cumplido con todos los requisitos y formalidades exigidos por la normativa vigente, por el término de un año, con encuadre en lo dispuesto en la Disposición Nº 192/15 emanada del Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial de fecha 30/04/15, el que se adjunta y forma parte del presente.
ARTICULO 2º.- TOMAR razón Secretarías de Tránsito y Seguridad Vial y General con sus dependencias intervinientes.
ARTICULO 3.- REMITIR copia del presente a la Agencia Nacional de Seguridad Vial y al Ministerio de Seguridad Vial de la Provincia por Secretaría General.
ARTICULO 4°.- EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Tránsito y Seguridad Vial.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX VE ANEXO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 11 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1207
REFEERENCIA: Expediente Nº 037.791-SG-2015.
VISTO las presentes actuaciones, y;
CONSIDERANDO:
QUE la Dirección de Archivo y Guarda General, dependiente de la Dirección General de Coordinación y Logística de la Secretaría General, pone a disposición los inventarios de documentación perteneciente a la Ex Dirección de Receptoría dependiente de la Dirección General xx Xxxxxx de la Secretaría de Hacienda para su depuración y expurgo;
QUE la serie documental responde a Comprobantes de Pagos de Impuestos Municipales, recepcionados a través de 25 caja receptoras (22 municipales y 3 de cobranzas de terceros), pertenecientes al año 1990, que fueron remitidas para su guarda al área antes citada, mediante Expediente Nº 66755/93, resguardada en 343 contenedores;
QUE es criterio del área citada ut supra, que teniendo en cuenta la tabla de permanencia y su valoración, se encontraría apta para su eliminación;
QUE fs. 02/14 obran inventarios, detallando la documentación resguardada en los 343 contenedores aludidos;
QUE la Dirección General de Coordinación y Logística advierte que no existen plazos estipulados de guarda puesto que la documentación en cuestión fue remitida previo a la aprobación del Decreto Nº 1255/00, por
lo que no se cuenta con plazos ni de retención, ni de conservación al momento de la recepción de los mismos;
QUE a fs. 19/20 toman intervención las áreas pertinentes de la Secretaría de Hacienda prestando conformidad para la eliminación de la documentación correspondiente a la Ex Receptoría Municipal referente a los meses de Enero a Diciembre del año 1990;
QUE a fs. 24/25 se otorga intervención al asesor legal de Secretaría General, quien concluye que no existe objeción legal alguna para proceder en idéntico sentido como se hizo mediante Decreto Nº 0420/15, y que el material resultante de la destrucción de la documentación sea donada a la Fundación CEOS-SOL;
QUE a fs. 26 toman nueva intervención la Dirección General de Coordinación y Logística y la Dirección de Archivo y Guarda General, las que expresan que durante el proceso de valoración del fondo documental propuesto se ha determinado que el mismo carece de valor jurídico, histórico, cultural o practico, como así también que los mismos no están referidos a derechos u obligaciones de la comuna o los administrados; opinión que se corresponde con lo expuesto por Procuración General en Dictamen obrante en el expediente Nº 074.983- SG-2012, en oportunidad de expedirse sobre la misma materia;
QUE por lo expuesto procede la emisión del instrumento legal pertinente; ello con encuadre a lo dispuesto en Ordenanza Nº 6683 y Decreto Nº 1255/00;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR la depuración y expurgo de la documentación propuesta por la Dirección de Archivo y Guarda General, dependiente de la Dirección General de Coordinación y Logística de Secretaria General; por resultar irrelevante para la Comuna al carecer de valor histórico y de consulta, conforme ANEXO que se adjunta y forma parte integrante del presente, individualizado como Inventarios Nºs. 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73 y 74.
ARTICULO 2º.- ESTABLECER que la depuración y expurgo de la documentación individualizada en el Anexo, será ejecutada por la Dirección General de Coordinación y Logística a través de la Dirección de Archivo y Guarda General, dependiente de la Secretaría General, debiendo adoptar los recaudos legales correspondientes.
ARTICULO 3º.- DISPONER que el material resultante de la destrucción de la documentación, será donada a la Fundación CEOS - SOL, estando a cargo del donatario todos los gastos que demande la entrega la misma.
ARTICULO 4º.- TOMAR razón la Secretaría de Hacienda, con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 5º.- EL presente Decreto será firmado por los Señores Jefe de Gabinete y Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
ISA – XXXXXXXXX - XXXX – XXXXXX VER ANEXO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 11 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1208
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 28314-SG-2015.-
VISTO las actuaciones de referencia, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fojas 01 la Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx presidente de la Fundación “La Comunidad en Acción”, solicita una ayuda económica, para ser aplicado a los gastos que demanda el proyecto Siempre para adelante;
QUE a fojas 24 toma intervención en las actuaciones la Secretaria de Gobierno, autorizando la suma de $ 7.000,00;
QUE a fojas 28 Dirección General de Control del Gasto efectúa el análisis formal del pedido;
QUE a fojas 28 vta. Subsecretaria de Planificación y Control Económico, informa que el monto del gasto ascendería a la suma de
$ 7.000,00;
QUE a fojas 30 Dirección General de Presupuesto realiza la imputación presupuestaria;
QUE a fojas 31 Subsecretaria de Finanzas informa la factibilidad financiera e indica la siguiente condición de pago: Contado;
QUE a fojas 33/33 vta. Subsecretaria de Auditoria Interna toma intervención en las actuaciones, entendiendo que el trámite administrativo es valido y razonable, en el marco de lo establecido por el Decreto Nº 0783/14, Cap. IV, Artículos 36º y 38º;
QUE corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°.- OTORGAR una SUBVENCION por la suma de $ 7.000,00 (PESOS SIETE MIL), a favor de la “FUNDACION LA
COMUNIDAD EN ACCION”, representada por su Presidente la Xxx. XXXXXXXX XXXXXX XXXXX D.N.I. Nº 6.507.942, con domicilio en Los Bejucos Nº 298 Vº Las Rosas de esta Ciudad, debiendo rendir cuenta en el plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de su otorgamiento.-
ARTICULO 2°.-DAR por DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO
la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 3°.-TOMAR conocimiento por SUBSECRETARIA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4°.-NOTIFICAR por la Dirección General de Coordinación de la Secretaria de Hacienda, del contenido del presente instrumento legal a la Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.-
ARTICULO 5°.-EL presente Decreto será firmado por los Señores Secretarios General, de Hacienda y de Gobierno.-
ARTICULO 6º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXX – XXXXXX – XXXXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1209
REFERENCIA: Expediente N° 054.943-SG-2014.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual el agente Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXXX, LE N° 7.636.948, Agrupamiento General, Tramo Supervisión, Nivel 12, Jefe del Departamento en la Dirección de Contabilidad de la Dirección General de Contabilidad y Finanzas, dependiente de la Sub Secretaría de Finanzas de la Secretaría de Hacienda, presenta su renuncia a partir del día 01.09.14, por haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 02/03 se adjuntan fotocopias de Notificación de Acuerdo de Prestación y del Detalle de Liquidación de la Prestación emitidos por la ANSeS, de fecha 25.08.14, mediante las cuales se pone en conocimiento del nombrado que por Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01222 de fecha 25.07.14, se le otorgó el beneficio de Prestación Básica Universal, Compensatoria, Adicional por Permanencia, según disposiciones de la Ley 24.241, sus modificatorias y reglamentaciones vigentes;
QUE a fs. 05 el Jefe de Departamento de Inspección de Personal informa que el agente Xxxxxx hizo real prestación de servicios hasta el día 31.08.14 y renuncia a partir del 01.09.14, por haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, según fotocopia de Ficha Reloj Nº 199, que rola a fs. 06;
QUE a fs. 08 le Jefe del Departamento Registro y Control de Legajos informa que el citado agente no se encuentra comprendido en los términos del Artículo 117 del Convenio Colectivo de Trabajo, en cuya razón no corresponde reintegro de haberes por parte del mismo;
QUE a fs. 09 el Director General de Xxxxxxxx informa que el agente mencionado, no registra causa administrativa como imputado;
QUE a fs. 10 la Directora General de Patrimonio informa que el Xx. Xxxxxx, no posee elemento alguno perteneciente al Municipio;
QUE a fs. 11 el Director de Jubilaciones informa que se han cumplimentado los trámites inherentes a la renuncia por causa de jubilación del nombrado agente y que no corresponde el agregado de los Formularios PS 6.1 –Afectación de Haberes y PS 6.2 –Certificación de Ampliación de Servicios y Remuneraciones, atento a que no está previsto en la normativa previsional vigente la obligación de ser emitida por el empleador posterior al acuerdo del beneficio;
QUE a fs. 13 la Jefa del Departamento Control xx Xxxxxxxxx informa que en fecha 31.08.14 registró la baja interna del agente Xxxxxx;
QUE a fs. 38 la Dirección General de Asesoría Legal ha emitido Dictamen N° 6452/15, mediante el cual amplia y rectifica el punto II del Dictamen Nº 6169/14 que rola a fs. 17/18, del cual surge que se encuentran verificados en debida forma los requisitos administrativos inherentes a la extinción de la relación de empleo público municipal, por lo que corresponde aceptar la renuncia a partir del día 01.09.14 presentada por el nombrado agente, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria e iniciar la instrucción de información sumaria a la Dirección de Jubilaciones por incumplimiento a los puntos 2, 3º párrafo; punto 2 a) 1º párrafo; punto 3 b) y cctes. del Anexo del Decreto Nº 0552/11;
QUE a fs. 24 la Dirección General de Presupuesto informa sobre la desafectación de la partida presupuestaria que tenía comprometida la comuna a los fines del estipendio del renunciante;
QUE la entonces Sub Secretaria de Asuntos Jurídicos emite dictamen, el cual es ratificado por Procuración General en casos análogos y de la misma manera por la Sub Secretaria Técnica Jurídica, la que considera necesario ordenar, frente a las posibles irregularidades administrativas advertidas y ratificadas, la instrucción del Sumario Administrativo pertinente. Ya sea por las supuestas irregularidades consistentes en la posible duplicidad de pagos de haberes y jubilación; por la percepción de haberes en lo inherente al pago xxx Xxxxxx Anual Complementario, por la percepción de haberes en forma conjunta con el beneficio jubilatorio; de la misma manera en lo atinente a la Antigüedad pagada en dichos meses; y respecto al pago de las Licencias no gozadas, advirtiéndose que debería haberse intimado al goce de las mismas previo al inicio del tramite jubilatorio; todo ello conforme a la normativa vigente;
QUE a tal efecto, corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. ACEPTAR a partir del día 01.09.14 la renuncia presentada por el agente Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXXX, LE N° 7.636.948, Agrupamiento General, Tramo Supervisión, Nivel 12, Jefe de Departamento de la Dirección de Contabilidad de la Dirección General de Contabilidad y Finanzas, dependiente de la Sub Secretaría de Finanzas de la Secretaría de Hacienda, por haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, dándole las gracias por los servicios prestados a la comunidad xx Xxxxx, a través de su trabajo en esta Municipalidad.
ARTÍCULO 2°. ORDENAR la instrucción de Sumario Administrativo en las presentes actuaciones.
ARTÍCULO 3°. TOMAR razón Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias y cursar copia de este Decreto a la ANSeS.
ARTÍCULO 4°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 5º REMITIR los antecedentes por Dirección General de Personal a la Dirección General de Sumarios, una vez notificado el agente Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXXX.
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Hacienda.
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1210
REFERENCIA: Expediente N° 071.872-SG-2014.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual el agente Xx. XXXXX XXXXXXX, LE N° 7.850.880, Agrupamiento Mantenimiento y Producción, Tramo Supervisión, Nivel 10, Jefe de División en el Departamento Xxxxxx Xxxxxx de la Dirección de Coordinación de Complejos Deportivos de la Dirección General de Deportes, dependiente de la Sub Secretaría de Deportes y Recreación de la Secretaría de Acción Social, presenta su renuncia a partir del día 01.11.14, por haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 02/03 se adjunta fotocopia de Notificación de Acuerdo de Prestación de la ANSeS, de fecha 28.10.14, mediante la cual se pone en conocimiento del nombrado que por Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01224 de fecha 18.09.14, se le otorgó el beneficio de Prestación Básica Universal, Compensatoria, Adicional por Permanencia, según disposiciones de la Ley 24.241, sus modificatorias y reglamentaciones vigentes;
QUE a fs. 05 el Director de Inspección de Personal informa que el agente Xxxxxxx hizo real prestación de servicios hasta el día 31.10.14 y a partir del 01.11.14 renuncia por haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, según fotocopia de Ficha Reloj Nº 10, que rola a fs. 06 y 06 vta.;
QUE a fs. 08 la Jefa de División Registro y Control de Licencias informa que el citado agente no se encuentra comprendido en los términos del Artículo 117 del Convenio Colectivo de Trabajo, en cuya razón no corresponde reintegro de haberes por parte del mismo;
QUE a fs. 09 el Director General de Xxxxxxxx informa que el agente mencionado, no registra causa administrativa como imputado;
QUE a fs. 10 la Directora General de Patrimonio informa que el Xx. Xxxxxxx, no posee elemento alguno perteneciente al Municipio;
QUE a fs. 11 el Director de Jubilaciones informa que se han cumplimentado los trámites inherentes a la renuncia por causa de jubilación de la agente mencionada y que no corresponde el agregado de los Formularios PS 6.1 –Afectación de Haberes y PS 6.2 – Certificación de Ampliación de Servicios y Remuneraciones, atento a que no está previsto en la normativa previsional vigente la obligación de ser emitida por el empleador posterior al acuerdo del beneficio;
QUE a fs. 13 la Jefa del Departamento de Control xx Xxxxxxxxx, dependiente de la Dirección de Supervisión de Haberes informa que en fecha 31.10.14, registró la baja interna del nombrado agente;
QUE a fs. 34 la Dirección General de Asesoría Legal ha emitido Dictamen N° 6456/15, mediante el cual amplia y rectifica el punto II del Dictamen Nº 6219/15 que rola a fs. 17/18, del cual surge que se encuentran verificados en debida forma los requisitos administrativos inherentes a la extinción de la relación de empleo público municipal, por lo que corresponde aceptar la renuncia a partir del día 01.11.14 presentada por el nombrado agente, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria e iniciar la instrucción de información sumaria a la Dirección de Jubilaciones por incumplimiento a los puntos 2, 3º párrafo; punto 2 a) 1º párrafo; punto 3 b) y cctes. del Anexo del Decreto Nº 0552/11;
QUE a fs. 24 la Dirección General de Presupuesto informa sobre la desafectación de la partida presupuestaria que tenía comprometida la comuna a los fines del estipendio del renunciante;
QUE la entonces Sub Secretaria de Asuntos Jurídicos emite dictamen, el cual es ratificado por Procuración General en casos análogos y de la misma manera por la Sub Secretaria Técnica Jurídica, la que considera necesario ordenar, frente a las posibles irregularidades administrativas advertidas y ratificadas, la instrucción del Sumario Administrativo pertinente. Ya sea por las supuestas irregularidades consistentes en la posible duplicidad de pagos de haberes y jubilación; por la percepción de haberes en lo inherente al pago xxx Xxxxxx Anual Complementario, por la percepción de haberes en forma conjunta con el beneficio jubilatorio; de la misma manera en lo atinente a la Antigüedad pagada en dichos meses; y respecto al pago de las Licencias no gozadas, advirtiéndose que debería haberse intimado al goce de las mismas previo al inicio del tramite jubilatorio; todo ello conforme a la normativa vigente;
QUE a tal efecto, corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. ACEPTAR a partir del día 01.11.14 la renuncia presentada por el agente Xx. XXXXX XXXXXXX, LE N° 7.850.880, Agrupamiento Mantenimiento y Producción, Tramo Supervisión, Nivel 10, Jefe de División del Departamento Xxxxxx Xxxxxx de la Dirección de Coordinación de Complejos Deportivos de la Dirección General de Deportes, dependiente de la Sub Secretaría de Deportes y Recreación de la Secretaría de Acción Social, por haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, dándole las gracias por los servicios
prestados a la comunidad xx Xxxxx, a través de su trabajo en esta Municipalidad.
ARTÍCULO 2°. ORDENAR la instrucción de Sumario Administrativo en las presentes actuaciones.
ARTÍCULO 3°. TOMAR razón Secretarías de Acción Social y de Hacienda con sus respectivas dependencias y cursar copia de este Decreto a la ANSeS.
ARTÍCULO 4°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 5° REMITIR los antecedentes por Dirección General de Personal a la Dirección General de Sumarios, una vez notificado el agente Xx. XXXXX XXXXXXX.
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Acción Social y de Hacienda.
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
ISA – XXXX – XXXXXXX - GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1211
REFERENCIA: Expediente Nº 020.742-SG-2015.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual se tramita la designación de la Xxx. XXXXXX XXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en Sub Secretaría de Prensa y Comunicación, dependiente de la Coordinación General de Políticas Públicas xx Xxxxxxxxxxx, y;
CONSIDERANDO:
QUE en tal sentido se solicita se deje sin efecto la designación del Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta
Transitoria – Estamento de Apoyo en la Coordinación de Políticas Públicas xx Xxxxxxxxxxx, dispuesta mediante Decreto Nº 1450/14;
QUE a fs. 15 la Dirección de Supervisión de Xxxxxxx informa que se procedió a dar la baja interna de xxxxxxx, del nombrado, a partir del 30.04.15;
QUE a fs. 16 la Dirección de Inspección de Personal informa que el Xx. Xxxxxx prestó servicios hasta el 30.04.15;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE las tareas de la Xxx. Xxxxxx resultan necesarias, atento al considerable incremento de las funciones correspondientes a la Coordinación de Políticas Públicas y a los fines de optimizar los servicios que se prestan a la Comuna;
QUE a fs. 18/19 la Dirección de Recursos Humanos emite Dictamen del cual surge que teniendo en cuenta el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto, a partir del 30.04.15, la designación del Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta
Transitoria – Estamento de Apoyo en la Coordinación de Políticas Públicas xx Xxxxxxxxxxx, dispuesta mediante Decreto Nº 1450/14.
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
ARTÍCULO 2°. DESIGNAR a la Xxx. XXXXXX XXXXXX, DNI. Nº
00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, en la Sub Secretaría de Prensa y Comunicación, dependiente de la Coordinación de Políticas Públicas xx Xxxxxxxxxxx, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 1° Nivel 12, del Decreto N° 0088/13 modificatorio de los Decretos Nºs. 1357/09 y 1175/12, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que la nombrada al revistar en Agrupamiento Político carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTÍCULO 4°. DAR por la Dirección General Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 5°. TOMAR razón Coordinación de Políticas Públicas y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 6°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 7°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Hacienda.
ARTÍCULO 8°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto, a partir del 30.06.15, la designación del Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta
Transitoria – Estamento de Apoyo en Jefatura de Gabinete, dispuesta mediante Decreto Nº 0547/14.
ARTÍCULO 2°. DESIGNAR al Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX,
DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, en la Sub Secretaría de Prensa y Comunicación, dependiente de la Coordinación de Políticas Públicas xx Xxxxxxxxxxx, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 1° Nivel 12, del Decreto N° 0088/13 modificatorio de los Decretos Nºs. 1357/09 y 1175/12, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en Agrupamiento Político carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTÍCULO 4°. DAR por la Dirección General Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 5°. TOMAR razón Jefatura de Gabinete, Coordinación de Políticas Públicas y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 6°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
DECRETO Nº 1212
REFERENCIA: Expediente Nº 041.599-SG-2015.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual se tramita la designación del Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en Sub Secretaría de Prensa y Comunicación, dependiente de la Coordinación General de Políticas Públicas xx Xxxxxxxxxxx, y;
CONSIDERANDO:
QUE en tal sentido se solicita se deje sin efecto la designación del Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta
Transitoria – Estamento de Apoyo en Jefatura de Gabinete, dispuesta mediante Decreto Nº 0547/14;
QUE a fs. 13 la Dirección de Supervisión de Xxxxxxx toma conocimiento de la baja de la nombrada;
QUE a fs. 14 la Dirección de Inspección de Personal informa que el Xx. Xxxxxxx prestó servicios hasta el 30.06.15;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE las tareas del Sr. Xxxxxxxx resultan necesarias, atento al considerable incremento de las funciones correspondientes a la Coordinación de Políticas Públicas y a los fines de optimizar los servicios que se prestan a la Comuna;
QUE a fs. 16/17 la Dirección de Recursos Humanos emite Dictamen del cual surge que teniendo en cuenta el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
ARTÍCULO 7°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Hacienda.
ARTÍCULO 8°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1213
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la designación del Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en Jefatura de Gabinete, y;
CONSIDERANDO:
QUE en tal sentido se solicita se deje sin efecto la designación del Xx. XXXX XXXX XXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo en Jefatura de Gabinete, dispuesta mediante Decreto Nº 0285/12;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE las tareas del Xx. Xxxxx resultan necesarias, atento al considerable incremento de las funciones correspondientes a Jefatura de Gabinete y a los fines de optimizar los servicios que se prestan a la Comuna;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto, a partir de la fecha de su notificación, la designación de la Xxx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto, a partir de la fecha de su notificación, la designación del Xx. XXXX XXXX XXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo en Jefatura de Gabinete, dispuesta mediante Decreto Nº 0285/12.
ARTÍCULO 2°. DESIGNAR al Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX, DNI. Nº
00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, en Jefatura de Gabinete, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 1° Nivel 3, del Decreto N° 0088/13 modificatorio de los Decretos Nºs. 1357/09 y 1175/12, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en Agrupamiento Político carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTÍCULO 4°. DAR por la Dirección General Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 5°. TOMAR razón Jefatura de Gabinete y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 6°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 7°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Hacienda.
ARTÍCULO 8°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
DNI. N° 28.259.9757, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo en la Sub Secretaría de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, dispuesta mediante Decreto Nº 1961/14
ARTÍCULO 2°. DESIGNAR al . XXXXXXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº
00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, en la Sub Secretaría de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 1° Nivel 13, del Decreto N° 0088/13 modificatorio de los Decretos Nºs. 1357/09 y 1175/12, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en Agrupamiento Político carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTÍCULO 4°. DAR por la Dirección General Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 5°. TOMAR razón Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 6°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 7°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Hacienda.
ARTÍCULO 8°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
XXX – XXXX – XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1214
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales tramita la designación del Xx. XXXXXXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en la Sub Secretaría de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, y;
CONSIDERANDO:
QUE en tal sentido se solicita se deje sin efecto la designación de la
Xxx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, DNI. N° 28.259.9757, en Planta
Transitoria – Estamento de Apoyo en la Sub Secretaría de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, dispuesta mediante Decreto Nº 1961/14;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE las tareas del Xx. Xxxxxxx resultan necesarias, atento al considerable incremento de las funciones correspondientes a la Secretaría de Hacienda y a los fines de optimizar los servicios que se prestan a la Comuna;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
DECRETO Nº 1215
REFERENCIA: Expediente Nº 041.601-SG-2015.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual el se tramita la designación del Xx. XXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en la Sub Secretaría de Prensa y Comunicación, dependiente de la Coordinación de Políticas Públicas xx Xxxxxxxxxxx, y;
CONSIDERANDO:
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE las tareas del Xx. Xxxxxxxxxx resultan necesarias, atento al considerable incremento de las funciones correspondientes a la Coordinación de Políticas Püblicas y a los fines de optimizar los servicios que se prestan a la Comuna;
QUE a fs. 11/12 la Dirección de Recursos Humanos emite Dictamen del cual surge que teniendo en cuenta el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
QUE la designación del Xx. Xxxxxxxxxx se efectúa por la baja de la agente Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. DESIGNAR al Xx. XXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX,
DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria –Estamento de Apoyo, en la
Sub Secretaría de Prensa y Comunicación, dependiente de la Coordinación de Políticas Públicas xx Xxxxxxxxxxx, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 1° Xxxxx 00 del Decreto N° 0088/13 modificatorio de los Decretos Nºs. 1357/09 y 1175/12, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 2°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en Agrupamiento Político carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTÍCULO 3°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón Coordinación de Políticas Publicas xx Xxxxxxxxxxx y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, y de Hacienda.
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1216
REFERENCIA: Expediente Nº 034.219-SG-2015.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual se tramita dejar sin efecto la designación de la Xxx. XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, DNI. N° 00.000.000, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante Decreto N° 0552/14 modificado por Decreto Nº 0734/15, se designa a la nombrada en Planta Transitoria –Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Jefatura de Gabinete;
QUE a fs. 03 la Dirección de Supervisión de Xxxxxxx informa que se procedió a dar la baja interna de haberes, del nombrado, a partir del 31.05.15;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto, a partir del 31.05.15, la designación de la Xxx. XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, DNI. N°
00.000.000, en Planta Transitoria –Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Jefatura de Gabinete, dispuesta mediante Decreto N° 0552/14 modificado por Decreto Nº 0734/15.
ARTÍCULO 2°. TOMAR razón Jefatura de Gabinete y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 3°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 4°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Hacienda.
ARTÍCULO 5°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1217
REFERENCIA: Expediente Nº 048.420-SG-2015.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual se tramita la modificación del nivel remunerativo del Xx. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, y;
CONSIDERANDO:
QUE por el Decreto Nº 1811/14, se designa al nombrado en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Sub Secretaría de Ingresos Públicos de la Secretaría de Hacienda, con el nivel remunerativo dispuesto en el Artículo 1° Nivel “14” del Decreto Nº 0088/13 modificatorio de los Decretos Nºs. 1357/09 y 1175/12;
QUE las tareas del Xx. Xxxxxxxxx resultan necesarias, atento al considerable incremento de las funciones correspondientes en la Secretaría de Hacienda y a los fines de optimizar los servicios que se prestan a la Comuna;
QUE en virtud de las funciones encomendadas al citado, se ha visto oportuno modificar el nivel remunerativo que le fuera asignado;
QUE a fin de concretar dicho propósito, corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. MODIFICAR el nivel remunerativo asignado mediante Decreto Nº 1811/14, del Xx. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX,
DNI. Nº 00.000.000, Planta Transitoria –Estamento de Xxxxx, quien cumple funciones en la Sub Secretaría de Ingresos Públicos de la Secretaría de Hacienda, asignándole el nivel retributivo correspondiente al Artículo 1° Nivel “17” del Decreto Nº 0088/13 modificatorio de los Decretos Nºs. 1357/09 y 1175/12, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 2°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 3°. TOMAR razón Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 4º. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 5°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Hacienda.
ARTÍCULO 6º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1218
REFERENCIA: Expediente Nº 041.472-SG-2015.
VISTO el expediente de la referencia y el proceso de reorganización que se lleva a cabo en el Municipio, el cual tiene como principal objetivo el de optimizar los servicios que se brinda a la Comuna, y;
CONSIDERANDO:
QUE por Decreto Nº 0990/11 y su modificatorio, se aprueba la Estructura Orgánica Superior de la Secretaría de Hacienda, conforme a los Anexos que forman parte integrante del mismo;
QUE en virtud de las competencias asignadas a la mencionada Secretaría se ha visto la necesidad de incorporar la Sub Secretaría de Contaduría General la Dirección General de Coordinación de Auditoría de Cuentas para una mejor representación gráfica de la misma;
QUE a fin de concretar dicho propósito corresponde el dictado del instrumento legal respectivo;
POR ELLO
ARTÍCULO 6°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX VER ANEXO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 11 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1219
REFERENCIA: Expediente Nº 041.472-SG-2015.
VISTO el expediente de la referencia y el proceso de reorganización que se lleva a cabo en el Municipio, el cual tiene como principal objetivo el de optimizar los servicios que se brinda a la Comuna, y;
CONSIDERANDO:
QUE es necesario designar a los funcionarios que cubrirán los nuevos cargos de la Sub Secretaría de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda;
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1. INCORPORAR a la Estructura Orgánica Superior de la Secretaría de Hacienda, aprobada por el Artículo 1º del Decreto Nº 0990/11 y su modificatorio, conforme a los – ANEXOS I, IA, IB, IC, ID, IE, IF, IG, IH, II, IJ y IK -, la Dirección General de Coordinación de Auditoría de Cuentas, dependiente de la Sub Secretaría de Contaduría General, que como Anexo I L se agrega y forma parte integrante del mismo, con vigencia a partir de la fecha del presente Decreto.
ARTICULO 2°. INCORPORAR al Anexo II del Decreto Nº 0990/11 las COMPETENCIAS de la citada dependencia, las cuales se determinan seguidamente:
SECRETARÍA DE HACIENDA
SUB SECRETARÍA DE CONTADURÍA GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE AUDITORÍA DE CUENTAS
A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE AUDITORÍA DE CUENTAS LE CORRESPONDE LAS COMPETENCIAS RELACIONADAS CON:
a) Revisar en forma periódica las imputaciones realizadas, los saldos de las mismas y revisar las modificaciones en los saldos cuando surjan modificaciones presupuestarias;
b) Verificar en todo momento el armado y presentación de cada Cuenta del Ejercicio;
c) Verificar cada uno de los Cuadros y Anexos de los Proyecto de Presupuestos elevado al Concejo Deliberante;
d) Verificar cada uno de los informes trimestrales referidos al estado de las cuentas y ejecución del Presupuesto que se remitan al Concejo Deliberante y/o al Tribunal de Cuentas;
e) Verificación de cualquier pedido de informe solicitado por el Tribunal de Cuentas, Concejo Deliberante o cualquier organismo o dependencia que lo solicite y que tenga que ver con información presupuestaria.
ARTÍCULO 3°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 5°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Hacienda.
QUE a tal efecto se propone a las personas, quienes reúnen las condiciones de idoneidad para desempeñarse en los distintos cargos, por lo que previo a sus nuevas designaciones corresponde dejar sin efecto las actuales;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Asesoría Legal del cual surge que del análisis de las presentes actuaciones, la documentación adjunta y la normativa vigente, debe tenerse por cumplido los requisitos exigidos y hacer lugar a lo solicitado en el presente;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE a fin de concretar dicho propósito, procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. RESCINDIR, a partir de la fecha de su notificación, el Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y la Xxx. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX, DNI. 00.000.000, aprobado mediante el Decreto Nº 1840/14 y prorrogado por Decreto Nº 0137/15.
ARTICULO 2°. DEJAR sin efecto, a partir de la fecha de su notificación, la designación del agente de Planta Permanente Xx. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, DNI Nº 00.000.000, en el cargo de
Director de Presupuesto de la Dirección General de Presupuesto, dependiente de la Sub Secretaría de Contaduría General de la Secretaría de Hacienda, dispuesta mediante Decreto Nº 0911/11.
ARTÍCULO 3º. DESIGNAR al agente de Planta Permanente Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, DNI Nº 00.000.000, en el cargo de
Director General de Presupuesto de la Sub Secretaría de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda, Tramo Superior, Nivel 13, con el nivel remunerativo establecido en el Decreto Nº 1008/07 modificado por el Decreto Nº 1350/09, a partir de la de su notificación.
ARTÍCULO 4º. DESIGNAR al agente de Planta Permanente Xx. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, DNI Nº 00.000.000, en el cargo de Director General de Coordinación de Auditoría de Cuentas de la Sub Secretaría de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda, Tramo Superior, Nivel 14, con el nivel remunerativo establecido en el Decreto Nº 1008/07 modificado por el Decreto Nº 1350/09, a partir de la de su notificación.
ARTÍCULO 5°. DESIGNAR a partir de la fecha de su notificación, al personal que se mencionan en el seguidamente, en los cargos de
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
Conducción que para cada caso se consigna, en las distintas dependencias de la Sub Secretaría de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda, con el nivel remunerativo, establecido en el Decreto Nº 1357/09, según corresponda en cada caso en particular:
SECRETARÍA DE HACIENDA
SUB SECRETARÍA DE CONTADURÍA GENERAL
Apellido y Nombre Cargo Nivel Remun. XXXXXX xx XXXXXXXX, Xxxxxxxxx X. Directora de Presupuesto
Art. 1, punto 5
DNI. Nº 00.000.000
XXXXXXX XXXXXXX, Xxxxx Xxxxx Directora General de Contaduría Art. 1, punto 3
DNI. Nº 00.000.000 General
ARTICULO 6°. ESTABLECER que el agente de planta permanente Sres. Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxx, retienen los Niveles 10, 12 y 14, Tramos Supervisión y Superior y Agrupamiento General, respectivamente, del cual son titulares, conforme a la normativa legal vigente.
ARTICULO 7°. ESTABLECER que la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxx al revistar en Estructura Política carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTÍCULO 8°. DAR por la Dirección General Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 9°. TOMAR razón Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 10°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto la designación del Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en Dirección General de Espacios Verdes, dependiente de la Sub Secretaría de Saneamiento y Políticas Ambientales de la Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, dispuesta mediante Decreto N° 0778/15, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 2°. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para desempeñarse en la Secretaría de Hacienda, con el nivel remunerativo, función y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTÍCULO 3°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón Secretarías de Ambiente, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Ambiente, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda.
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXX – XXXXXXX - XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
ARTÍCULO 11°. EL presente Decreto será firmado por los Señores Secretarios General y de Hacienda.
ARTÍCULO 12°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1220
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la contratación del Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en la Secretaría de Hacienda, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante Decreto N° 0778/15, se designa al nombrado en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en la Dirección General de Espacios Verdes, dependiente de la Sub Secretaría de Saneamiento y Políticas Ambientales de la Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos;
QUE los servicios del Xx. Xxxxxxx son necesarios en el ámbito de la Secretaría de Hacienda con la modalidad de Contrato de Locación de Servicios con Aportes;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
DECRETO Nº1221
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la contratación del Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en la Secretaría de Hacienda, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante Decreto N° 0777/15, se designa al nombrado en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en la Sub Secretaría de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno;
QUE los servicios del Xx. Xxxxxxx son necesarios en el ámbito de la Secretaría de Hacienda con la modalidad de Contrato de Locación de Servicios con Aportes;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto la designación del Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en la Sub Secretaría de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno, dispuesta mediante Decreto N° 0777/15, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 2°. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para desempeñarse en la Secretaría de Hacienda, con el nivel remunerativo, función y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTÍCULO 3°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón Secretarías de Gobierno y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Gobierno y de Hacienda.
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXX – XXXXXXXXX - XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
ARTÍCULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Gobierno y de Hacienda.
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXX – XXXXXXXXX - XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1223
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la contratación del Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en la Sub Secretaría de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante Decreto N° 0727/15, se designa al nombrado en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en la Sub Secretaría de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno;
DECRETO Nº 1222
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la contratación del Xx. XXXX XXXXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en la Sub Secretaría de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante Decreto N° 0726/15, se designa al nombrado en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en la Sub Secretaría de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno;
QUE los servicios del Xx. Xxxxx son necesarios en el ámbito de la Secretaría de Gobierno con la modalidad de Contrato de Locación de Servicios con Aportes;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto la designación del Xx. XXXX XXXXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en la Sub Secretaría de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno, dispuesta mediante Decreto N° 0726/15, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 2°. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el Xx. XXXX XXXXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para desempeñarse en la Sub Secretaría de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno, con el nivel remunerativo, función y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTÍCULO 3°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón Secretarías de Gobierno y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
QUE los servicios del Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx son necesarios en el ámbito de la Secretaría de Gobierno con la modalidad de Contrato de Locación de Servicios con Aportes;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto la designación del Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta
Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en la Sub Secretaría de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno, dispuesta mediante Decreto N° 0727/15, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 2°. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para desempeñarse en la Sub Secretaría de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno, con el nivel remunerativo, función y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTÍCULO 3°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón Secretarías de Gobierno y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Gobierno y de Hacienda.
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXX – XXXXXXXXX - XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
DECRETO Nº 1224
SALTA, 11 AGOSTO 2015
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la modificación del nivel remunerativo del Xx. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, y;
CONSIDERANDO:
QUE por el Decreto Nº 0028/12 modificado por Decreto Nº 0136/13, se designa al nombrado en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para cumplir funciones actualmente en la Dirección General de Militancia Social, dependiente de la Sub Secretaría de Bienestar Social de la Secretaría de Acción Social, con el nivel remunerativo dispuesto en el Artículo 4º Nivel “12” del Decreto Nº 1357/09 y sus modificatorio;
QUE las tareas del Xx. Xxxxx resultan necesarias, atento al considerable incremento de las funciones correspondientes a la Secretaría de Acción Social y a los fines de optimizar los servicios que se prestan a la Comuna;
QUE en virtud de las funciones encomendadas a la citada, se ha visto oportuno modificar el nivel remunerativo que le fuera asignado;
QUE a fin de concretar dicho propósito, corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. MODIFICAR el nivel remunerativo asignado mediante Decreto Nº 0028/12 modificado por Decreto Nº 0136/13, del Xx. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, Planta Transitoria
–Estamento de Xxxxx, quien cumple funciones actualmente en la Dirección General de Militancia Social, dependiente de la Sub Secretaría de Bienestar Social de la Secretaría de Acción Social, asignándole el nivel retributivo correspondiente al Artículo 1° Nivel “16” del Decreto Nº 0088/13 modificatorio de los Decretos Nºs. 1357/09 y 1175/12, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 2°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 3°. TOMAR razón Secretarías de Acción Social y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 4º. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 5°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Acción Social y de Hacienda.
ARTÍCULO 6º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
QUE las tareas del Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx resultan necesarias, atento al considerable incremento de las funciones correspondientes a la Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos y a los fines de optimizar los servicios que se prestan a la Comuna;
QUE a fs. 13/14 la Dirección de Recursos Humanos emite Dictamen del cual surge que teniendo en cuenta el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
QUE la designación del Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx se efectúa por la baja de la agente Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. DESIGNAR al Xx. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX
XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria –Estamento de Apoyo, en la Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 1° Xxxxx 00 del Decreto N° 0088/13 modificatorio de los Decretos Nºs. 1357/09 y 1175/12, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 2°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en Agrupamiento Político carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTÍCULO 3°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón Secretarías de Ambiente y Obras y Servicios Públicos y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Ambiente y Obras y Servicios Públicos y de Hacienda.
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
XXX – XXXX – XXXXXXX - XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO N° 1227
REFERENCIA: EXPEDIENTE N° 17625-SG-2015.-
VISTO las actuaciones de referencia, y;
XXX – XXXX – XXXXXXX - XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1225
REFERENCIA: Expediente Nº 042.876-SG-2015.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual el Sr. Secretario de Ambiente, Obras y Servicios Públicos solicita la designación del Xx. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en la
Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 01 la Xxx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, solicita una ayuda económica, para ser aplicada a los costos que demanda afrontar los gastos de estudio de sus hijos;
QUE a fs. 16 toma intervención en las actuaciones la Secretaria de Acción Social autorizando la suma de $ 2.500,00;
QUE a fs. 18 la Dirección General de Control del Gasto efectúa el análisis formal del pedido;
QUE a fs. 18 vta. la Subsecretaría de Planificación y Control Económico, informa que el gasto ascendería a la suma de $ 2.500,00;
QUE a fs. 20 la Dirección General de Presupuesto realiza la imputación presupuestaria;
QUE a fs. 21 Subsecretaría de Finanzas emite la autorización pertinente e indica la siguiente condición de pago: Contado;
QUE a fs. 23/23 vta. la Subsecretaría de Auditoria Interna toma intervención en las presentes actuaciones, entendiendo que el trámite es válido y razonable en el marco de lo establecido por el Decreto Nº 783/14, Titulo II, Cap. II, art. 31º, 32º y su modificatoria de Dcto. Nº 469/15, por lo que corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto la designación de la Xxx. XXXXXX XXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, dispuesta mediante Decreto N° 1931/14, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 2°. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y la Xxx. XXXXXX XXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para desempeñarse en la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, con el nivel remunerativo, función y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTÍCULO 3°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º.- OTORGAR un SUBSIDIO por la suma de $ 2.500,00 (PESOS: DOS MIL QUINIENTOS) a favor de la Xxx. XXXXXX XXXXXXX
XXXXXXXXX, X.X.X. Nº 30.186.446, con domicilio en Bº Puerto Argentino Mzna. Nº 462 “A” Lote Nº 5 de esta Ciudad, debiendo rendir cuentas en el plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de su otorgamiento.-
ARTICULO 2°.- DAR por la DIRECCION GENERAL DE
PRESUPUESTO la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 3°.- TOMAR conocimiento por SUBSECRETARIA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR por Dirección General de Coordinación de la Secretaría de Hacienda, del contenido del presente Instrumento Legal a la Xxx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx.-
ARTICULO 5°.- EL presente Decreto será firmado por los Señores Secretarios General, de Hacienda y de Acción Social.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
ISA – XXXX – GOMEZA - XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
DECRETO Nº 1228
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la contratación de la Xxx. XXXXXX XXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en la Secretaría General, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante Decreto N° 1931/14, se designa a la nombrada en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial;
QUE los servicios de la Xxx. Xxxxx son necesarios en el ámbito de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial con la modalidad de Contrato de Locación de Servicios con Aportes;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón Secretarías de Tránsito y Seguridad Vial y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Tránsito y Seguridad Vial y de Hacienda.
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX - XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XXXXXX 0000
DECRETO Nº 1229
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual se tramita la contratación del Xx. XXXXXX XXXX XXXXX, DNI Nº 00.000.000, para cumplir funciones en la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante Decreto N° 0026/15, se designa al nombrado en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial;
QUE los servicios del Xx. Xxxxx son necesarios en el ámbito de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, con la modalidad de Contrato de Locación de Servicios con Aportes;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto, a partir de la fecha de su notificación, la designación del Xx. XXXXXX XXXX XXXXX, DNI Nº 00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para desempeñarse en la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, dispuesta mediante Xxxxxxx Xx 0000/00.
XXXXXXXX 0x. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el Xx. XXXXXX XXXX XXXXX, DNI Nº 00.000.000, para desempeñarse en la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, con el nivel remunerativo, función y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTÍCULO 3°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón Secretarías de Tránsito y Seguridad Vial y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 5º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
ISA – XXXX – GOMEZA - XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
ARTÍCULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Tránsito y Seguridad Vial y de Hacienda.
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXX – XXXXXX - XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 AGOSTO 205
DECRETO Nº 1230
REFERENCIA: NOTA SIGA N° 12043/2015.-
VISTO que a fojas 01 la Secretaria de Acción Social solicita una partida especial de $ 346.000,00 que será imputada para cubrir los gastos para la realización del Festival del Día del Niño, bajo la coordinación del Xx. Xxxx X. Xxxxxx y la Xxx. Xxxxxxx X. Xxxxxx el cual se llevara a cabo el 16 del corriente en el Estadio Xxxxx, y;
CONSIDERANDO:
DECRETO Nº 1231
REFERENCIA: Expediente Nº 009.932-SG-2015.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual la Sra. Secretaría de Acción Social solicita la modificación de la Cláusula Séptima del Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 8.160.691, y;
CONSIDERANDO:
QUE el nombrado se encuentra vinculado a este Municipio mediante Contrato de Locación de Servicios con Factura, aprobado por Decreto Nº 0149/11 –prorrogado por Decretos Nºs 0023/12, 0089/13, 0073/14 y 0136/15, para cumplir funciones en la Secretaría de Acción Social;
QUE en virtud de las tareas que desempeña el Xx. Xxxxxxxx, se ha visto oportuno proceder a la modificación de la Cláusula Séptima de su respectiva contratación;
QUE a fin de concretar dicho propósito, procede la emisión del instrumento legal pertinente;
QUE el monto requerido será utilizado para realizar: 1) Servicio de escenario y sonido, 2) Servicios de seguridad- control evento, 3)
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
Xxxxxxx- promotores, 4) Carpa, baños y sillas, 5) Adquisición de bicicletas, 6) Premios, 7) Imprenta;
QUE a fojas 05 Dirección General de Control del Gasto efectúa el análisis formal del pedido;
QUE a fojas 05 vta. Subsecretaria de Planificación y Control Económico, informa que el monto del gasto ascendería a la suma de
$ 346.000,00;
QUE a fojas 07 Dirección General de Presupuesto toma conocimiento e informa que la correspondiente imputación y registración del gasto se realizará con la oportuna rendición de los comprobantes;
QUE a fojas 08 Subsecretaria de Xxxxxxxx toma intervención en las presentes actuaciones, autorizando el monto de $ 346.000,00;
QUE corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°.-ASIGNAR una PARTIDA ESPECIAL por la suma de $ 346.000,00 (PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL), bajo la
responsabilidad de la Lic. XXXXX DEL X. XXXXXXX, X.X.X. Nº 16.658.711, con oportuna rendición de cuentas.-
ARTICULO 2°.-DAR por DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO
la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 3°.-TOMAR conocimiento por SUBSECRETARIA DE FINANZAS y SECRETARIA DE ACCION SOCIAL con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4°.-EL presente Decreto será firmado por los Señores Secretarios General, de Hacienda y de Acción Social.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°. APROBAR la modificación de la Cláusula Séptima del Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Factura, suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 8.160.691, declarando subsistente en todas sus partes la finalidad de tal contratación y demás condiciones del Contrato originario.
ARTÍCULO 2°. DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 3°. TOMAR razón Secretarías de Acción Social y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 4°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 5°. El presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Acción Social y de Hacienda.
ARTÍCULO 6°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
ISA – XXXX – XXXXXXX - GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXXXXXXX
XXXXX, 00 AGOSTO 2015
RESOLUCION Nº 008
REFERENCIA: Expediente Nº 028.011-SG-2015.-
VISTO la Resolución xx Xxxxxxxxxxx Nº 007/15, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante la misma se designa como Guía de Pueblos Originarios al agente Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx;
QUE por un error involuntario se consignó en el artículo 2º de la mentada Resolución, la función del mismo como Guía de Personas de Pueblos Indígenas, cuando corresponde “GUÍA DE PERSONAS DE PUEBLOS ORIGINARIOS”;
QUE en virtud de lo señalado precedentemente procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- RECTIFICAR el artículo 2º de la Resolución xx Xxxxxxxxxxx Nº 007 de fecha 03 xx Xxxxxx de 2.015, el quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2°.- DESIGNAR al agente Xx. XXXX XXXXXX
XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para que se desempeñe como Guía de Personas de Pueblos Originarios, con las funciones establecidas en el artículo 2º de la Ordenanza Nº 14.754”.-
ARTICULO 2º.- REMITIR copia legalizada del presente instrumento legal a conocimiento del Concejo Deliberante, por Secretaría General.-
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR por Dirección General de Despachos de la Secretaria General y remitir el expediente de la referencia con copia legalizada de la presente, a la Secretaría de Acción Social a fin de que haga conocer a las dependencias competentes a su cargo.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
ISA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 10 xx Xxxxxx de 2.015.- RESOLUCIÓN N° 021 .-
VISTO el ACTA COMPROMISO, entre la Municipalidad xx Xxxxx representada por el Señor Secretario de Gobierno, Dn. Xxxxx Xxxxxxxxx y la Federación Argentina de Cartoneros y Recicladores, representada por su Presidente Dn. Xxxxxx Xxxxxxx, en donde se comprometen a gestionar las inversiones ante la Secretaría de Ambiente de la Nación y Organismos Nacionales e Internacionales a fin de obtener una infraestructura adecuada y compatible con el trabajo digno; y,
CONSIDERANDO:
QUE la Municipalidad extenderá los avales que requieran las Cooperativas y la Federación para realizar las gestiones correspondientes;
QUE a través del Acta se comprometen a establecer una mesa de trabajo del relleno sanitario San Xxxxxx que se reunirá con una frecuencia mínima de una vez al mes, en la Ciudad xx Xxxxx;
QUE el Señor Jefe de Gabinete designará al Representante del Departamento Ejecutivo Municipal que integrará la Mesa de Trabajo del relleno sanitario San Xxxxxx;
QUE la Municipalidad xx Xxxxx a través de la Secretaría de Gobierno buscará regular los precios que los intermediarios abonan a los recicladores, hasta tanto se den las condiciones para su venta directa;
QUE a tales efectos se procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR en todas sus partes el ACTA COMPROMISO celebrada entre la MUNICIPALIDAD XX XXXXX y LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE CARTONEROS Y RECICLADORES,
la que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente.-
ARTÍCULO 2°.- NOTIFICAR del presente instrumento legal al Señor Xxxxxx Xxxxxxx, Presidente de la Federación Argentina de Cartoneros y Recicladores.-
ARTÍCULO 3°.- TOMAR razón Jefatura de Gabinete y las Secretarías de Ambiente, Obras y Servicios Públicos y de Gobierno con sus respectivas dependencias.-
ARTÍCULO 4°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXXX VER ANEXO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 10 xx Xxxxxx de 2.015.- RESOLUCIÓN N° 022 .-
REFERENCIA: EXPEDIENTE N° 19542-SG-2011 y Nota SIGA Nº 18684-2014.-
VISTO que es necesario dar trámite sumarial en el expediente de referencia, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 92/93 la Asesora Legal y Técnica de Habilitaciones denuncia que se observó el Certificado de Aptitud Ambiental Municipal emitido mediante Resolución Nº 1578/13, obrante a fs. 89 se encuentra en fotocopia, cuando corresponde que el mismo sea presentado en original. Al realizarse la consulta pertinente a la Dirección de Categorización e Impacto Ambiental, esta dependencia agrega a fs. 97 copia fiel de la Resolución Nº 1578/13 emitida en el marco del expediente Nº 1976-SG-2012, perteneciente a la Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, que desarrolla la actividad de Librería – Regalería – Fotocopiadora en el domicilio de Manzana 775A – Casa Nº 25, Bº Finca Xxxxxxxx;
QUE a fs. 106/108 se presenta el Señor Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx DNI Nº 00.000.000 titular del expediente de referencia, a efectos de manifestar que había contratado los servicios de gestoría proporcionados por la Señora Xxxxxx Xxxxx, quién según su manifiesto, le proporcionó su tarjeta personal, cuya copia se encuentra a fs. 110, para realizar la tramitación de la habilitación de su negocio. Posteriormente, al tomar conocimiento de la existencia de documentación apócrifa, por lo que solicita explicaciones a la gestora antes citada, no obteniendo respuesta alguna, razón por la cual solicita buscarla personalmente, dándose con la novedad que la Xxx. Xxxxxx Xxxxx se desempeña como empleada en la Municipalidad xx Xxxxx;
QUE a fs. 109 obra Denuncia Penal Nº 1315/14 que se tramita ante la Fiscalía Penal Nº 8 contra la Sra. Malco por Falsificación de Documentación;
QUE a fs. 131 la Dirección General de Obras Particulares hace saber la falsedad del Plano presentado a fs. 86, entendiendo que habiéndose consultado al Archivo General, el expediente Nº 32187, supuestamente corresponde al Plano Nº 86, se informa que dicho expediente es referido a la matrícula Nº 71073, Xxxxxxx X, Xxxxxxx 000x, Xxxxxxx 00 ubicado en Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxx Xx 0000, propiedad del Xx. Xxxx Xxxxxxx;
QUE a fs. 135 la Dirección de Planeamiento de Habilitaciones informa que el plano presentado a fs. 86 se trucaron los datos catastrales, ubicación del inmueble y croquis de la carátula, como así también se plagió las plantas, cortes y frentes, que corresponden a otra propiedad;
QUE a fs. 146/147 Asesoría Legal de la Dirección General de Habilitaciones, dictamina que en aparente comisión de un delito, corresponde remitir las presentes actuaciones a Procuración General y atento a la denuncia formulada a fs. 106/108 por el Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxx corresponde que a través de la Dirección General de Personal informe sobre la pertenencia de la Xxx. Xxxxxx Xxxxx al Municipio xx Xxxxx;
QUE a fs. 151 rola Consulta Individual, perteneciente a la Señora Vanesa de los Xxxxxxx Xxxxx, DNI Nº 00.000.000, en el cargo de Auxiliar Administrativo, Nivel 3, Tramo Ejecución, Escalafón agrupamiento general;
QUE a fs. 154 la Dirección General de Xxxxxxxx remite estas actuaciones para que se proceda a dictar el Sumario Administrativo Disciplinario correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 28º 1º párrafo y Art. 29º del Decreto Nº 842/10 del Reglamento de Investigaciones administrativas;
POR ELLO:
QUE el Municipio junto a la Empresa Agrotécnica Fueguina aportarán en la próxima reunión propuestas de solución para los residuos volátiles provenientes de la cosecha de tabaco;
QUE a través de las futuras reuniones, se pretende terminar con los programas de trabajo autogestionado y aunar esfuerzos para que los recuperadores participen del Programa de Empleo, entrenamiento para el trabajo en el sector público, dependiente del Ministerio de Trabajo de la Nación;
QUE la Municipalidad xx Xxxxx a través de la Secretaría de Gobierno continuará con el trabajo en conjunto permanentemente, a fin de llegar a una definitiva solución;
QUE a tales efectos se procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR en todas sus partes el ACTA COMPROMISO celebrada entre la MUNICIPALIDAD XX XXXXX, LAS COOPERATIVAS MAT-REC; XXXXXXXX XXXXXXXXX, RECUPERADORES DE RESIDUOS SALTA y LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE CARTONEROS Y RECICLADORES, la que se
adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente.-
ARTÍCULO 2°.- NOTIFICAR del presente instrumento legal al Señor Xxxxxx Xxxxxxx, Presidente de la Federación Argentina de Cartoneros y Recicladores.-
ARTÍCULO 3°.- TOMAR razón Jefatura de Gabinete y las Secretarías de Ambiente, Obras y Servicios Públicos y de Gobierno con sus respectivas dependencias.-
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- ORDENAR la instrucción de Sumario Administrativo Disciplinario en el expediente de referencia, por los motivos expresados en el considerando.-
ARTICULO 2°.- REMITIR los antecedentes a la Dirección General de Sumarios.-
ARTICULO 3°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
ARTÍCULO 4°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 13 AGOSTO 2015
RESOLUCION Nº 002 SUBSECRETARIA DE CONTROL COMERCIAL SECRETARIA DE GOBIERNO
VISTO la celebración de los Solemnes Cultos al Señor y la Virgen del Milagro entre los días 06 y 15 de setiembre del presente año, y;
CONSIDERANDO:
XXXXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 12 xx Xxxxxx de 2.015.- RESOLUCIÓN N° 023 .-
VISTO el ACTA COMPROMISO, firmada el día 11 xx Xxxxxx de 2.015 entre la Municipalidad xx Xxxxx, las Cooperativas MAT-REC, Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Recuperadores de Residuos Salta y la Federación Argentina de Cartoneros y Recicladores, como resultado de la Reunión de Trabajo realizada en la citada fecha, en el marco de lo acordado en la primera Acta Compromiso, aprobada mediante Resolución Nº 021/15; y,
CONSIDERANDO:
QUE en la Reunión de Trabajo se acordó que la Municipalidad xx Xxxxx en conjunto con GECAL Salta y el Ministerio de Trabajo de la Provincia evaluarán la posibilidad de dar una solución a los seguros de accidentes de trabajo de los recuperadores;
QUE para los días en que se desarrollará esta festividad religiosa, se aguarda una nueva concurrencia multitudinaria de peregrinos en la Catedral Basílica, como sucede año a año;
QUE esta demostración de fidelidad de los feligreses y devotos salteños, como así de otros lugares del país hacia los Xxxxxx Patronos xx Xxxxx, determina el deber de la Administración Municipal de implementar medidas de ordenamiento, orientadas a la preservación del clima de oración y el normal desarrollo de las actividades de la Fiesta Del Milagro;
QUE tales medidas de ordenamiento comprenden a las competencias de esta Subsecretaría de Control Comercial, en lo que corresponde al uso de los espacios públicos y el ejercicio de la actividad comercial, que deben ser adecuadamente regladas al sentido espiritual de los cultos;
QUE a los fines precedentemente enunciados, resulta conveniente la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: NO AUTORIZAR la realización de espectáculos públicos de cualquier género, en Plaza 9 de Julio y Plazoleta IV Siglos, entre los días 06 y 15 de setiembre de 2.015.-
ARTÍCULO 2°: NO AUTORIZAR la realización xx xxxxxx y espectáculos públicos en confiterías, café concerts, pubs y afines, en el sector limitado por calles Caseros, Belgrano, Xxxx Xxxxx y Balcarce, entre los días 06 y 15 de Septiembre de 2.015, en cumplimiento de lo dispuesto por Ordenanza N° 9.945.-
ARTÍCULO 3°: NO AUTORIZAR la realización de espectáculos públicos “eventuales” de cualquier género, en todo el ejido municipal, entre los días 06 y 15 de Septiembre de 2.015.-
ARTICULO 4º: NO AUTORIZAR la ubicación de mesas, sillas y sombrillas en el espacio público alrededor de la Plaza 9 de Julio y recorrido de la Procesión, entre las 00:00 y las 20:30 horas del día 15 de Septiembre de 2.015.-
ARTÍCULO 5°: INVITAR a titulares de comercios gastronómicos de alrededor de Plaza 9 de Julio, a reducir la ocupación de espacios públicos con mesas, sillas y sombrillas, a razón de un (1) metro hacia las recovas, durante los días 28 xx Xxxxxx, 13 y 14 de Septiembre de 2.015.-
ARTÍCULO 6°: INVITAR a titulares de comercios ubicados en calle España al 600, calle Zuviría al 100, calle Balcarce al 100, Avenida Belgrano desde altura 500 al 1000 y Avenida Xxxxxxxxx desde altura
200 al 1400, a no desarrollar actividad comercial y mantener las veredas libres de carteles, mesas, sillas, sombrillas y objetos de porte mayor, entre las 13:00 y las 20:30 horas del día 15 de Septiembre de 2.015.-
ARTÍCULO 7°:RESERVAR a criterio de los titulares de restaurantes, confiterías con espectáculos, boliches bailables nocturnos y afines, la posibilidad de abstención en el desarrollo de la actividad comercial conforme a sus respetivas habilitaciones los días 14 y 15 de setiembre hasta horas 22.00.-
ARTÍCULO 8°: NO AUTORIZAR el ejercicio de actividad de venta ambulante en el espacio público de las Plazas del Monumento 20 de Febrero y hasta una distancia de doscientos (200) metros, entre la 15:00 y las 20:30 horas del día 15 de Septiembre de 2.015.-
ARTÍCULO 9°: TOMAR RAZÓN por las Direcciones Generales de Inspecciones, Operativa, Coordinación y Nocturnidad con sus respectivas dependencias; Jefatura de Gabinete, Secretarías de Gobierno, General, Tránsito y Seguridad Vial, Turismo y Cultura, Subsecretaría de Prensa y Subsecretaría de Prevención y Emergencias.-
ARTÍCULO 10°: NOTIFÍQUESE, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXXXXXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XX XXXXX XX 0000
RESOLUCION Nº 316 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE RECONSTRUIDO Nº 34996-SG-14.-
VISTO las actuaciones de referencia, correspondiente a la Licitación Pública Nº 69/14, convocada para la “ADQUISICIÓN DE ATAÚDES DESTINADOS A LA SECRETARIA DE ACCIÓN SOCIAL”, autorizada
mediante Resolución Nº 523/14 (fs. 32/32 vta.) de esta Secretaría, y;
CONSIDERANDO:
QUE resulta necesario destacar que a fs. 50 obra Resolución Nº 173/15 de esta Secretaría, mediante la cual se ordena en su Artículo 1º la Reconstrucción del Expte. citado, conforme a los términos del Artículo 138 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia Nº 5348 y a fs. 51 obra Resolución Nº 176/15 la cual Resuelve tener por Reconstituido el Expte. Nº 34996-SG-14;
QUE según Acta Extraprotocolar Municipal Nº 122 (fs. 40) se presentó a formular oferta 1 (una) Empresa del rubro, correspondiente a la firma XXXXXXXX XXXX XXXX;
QUE la Comisión Evaluadora elaboró el informe de Preadjudicación a fs. 47/48, destacando que la firma mencionada presentó documento de garantía completo a fs. 104, no obstante ello y teniendo en cuenta que se trata de un expediente en reconstrucción dicha foja pertenecería al expte. principal anterior, mientras que en relación al Certificado de Libre deuda el mismo no fué presentado conforme lo informado a fs. 106, en razón de ello se procedió a intimar mediante Cédula de Notificación a la única firma para que en el plazo de 24 hs. presente tal documentación, cuya notificación fué recepcionada en fecha 28/11/2014;
QUE asimismo manifiesta que teniendo en cuenta que se trata de un único oferente y debido a la urgencia y necesidad de contar con ataúdes destinados a personas de bajos recursos, se considera conveniente aceptar la oferta de la firma XXXXXXXX XXXX XXXX ya que en caso de rechazar la misma, se debería realizar nuevamente un procedimiento licitatorio, lo cual ocasionaría un gasto infundado al erario municipal;
QUE en el análisis del aspecto económico de la oferta se observa que la empresa cotizó por un mismo importe que el establecido en el presupuesto oficial, ajustándose también a las especificaciones técnica requeridas;
QUE en el acto de análisis y evaluación de la oferta los funcionarios que guardan situación de revista con la dependencia solicitante toman la palabra y expresan que dicha empresa cuenta con óptimos antecedentes en los servicios brindados en contrataciones anteriores, sin que se registren quejas ni observaciones, reconociendo además una buena calidad en los servicios efectuados en otras oportunidades. Concluyendo dicha Comisión aconseja: 1º Declarar Admisible la oferta presentada por la firma XXXXXXXX XXXX XXXX, 2º Preadjudicar a la firma mencionada por la suma total de $ 298.700,00 (Pesos doscientos noventa y ocho mil setecientos con 00/100), por considerar la más conveniente para la Municipalidad y 3º Compensar toda deuda que mantenga dicha firma con la Municipalidad xx Xxxxx, al momento de efectuarse el pago de la Licitación;
QUE la Dirección General de Asesoría Legal de la Subsecretaría de Planificación y Control Económico 58/61 comparte lo vertido por la Comisión de Preadjudicación y agrega que el oferente XXXXXXXX XXXX XXXX no ha presentado Certificado de Libre Deuda o Regulación Fiscal, solicitando la compensación de la deuda, con el pago de la Licitación. Conforme surge xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares: Art. 1 Inc. F)…Certificado de Libre deuda o Certificado de Regularización Fiscal…ó Certificado de Solicitud de Compensación y acto administrativo firme o sentencia judicial…. En esta oportunidad el tema a considerar es a pedido del único oferente, si puede regularizar su situación fiscal compensando la deuda con el pago de la licitación Nº 69/14, claramente lo que le importa al Estado Municipal y lo que en la última instancia pretende, es que su proveedor no sea deudor de este municipio y si lo es, debe regularizar su situación pagando la deuda, formalizando un plan de pagos o compensando la misma;
QUE compensando la deuda, quedaría su situación totalmente regularizada, sin embargo se plantea la circunstancia de que si el “rigor formal” de la presentación del Certificado de Compensación, resulta óbice para la adjudicación;
QUE no escapa que la compensación, es beneficiosa para el Fisco, en el sentido de que se cobra toda la deuda actualizada, sin los riesgos ni tardanzas que implicaría un plan de pagos, pues se retiene directamente de los fondos destinados al pago de la Licitación;
QUE no resulta menor el hecho del tiempo que ha transcurrido con el inconveniente del extravío del expediente, iniciando una reconstrucción, pues se agrava la situación, frente a la imperiosa necesidad de contar con los ataúdes para entrega en sepelios de gente sin recursos;
QUE se podría evaluar en cada caso concreto si por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, propios del estado administrador, se podría flexibilizar las exigencias de determinadas formas, siempre que ello no quiebra el principio rector de igualdad y libre concurrencia;
QUE es dable aclarar que conforme manifiesta Procuración xxx Xxxxxx de la Nación: “ ..que son ajenos a la competencia de la Dirección General de Asesoría Legal de la Subsecretaría de Planificación y Control Económico, los temas técnicos, económicos y aquellos en que se evalúen razones de oportunidad, merito o conveniencia ya que la ponderación de cuestiones técnicas que no hacen al asesoramiento estrictamente jurídico debe realizarse de conformidad a los informes de especialistas en la materia, los que merecen plena fe siempre que sean suficientemente serios, precisos y razonables, no adolezcan de arbitrariedad aparente y no aparezcan elementos de juicio que destruyan su valor (conf. Dictámenes PTN: 2014:47;212:87);
QUE correspondería declarar admisible y adjudicar a la firma XXXXXXXX XXXX XXXX, en el marco de lo dispuesto en el Articulo Nº 9 de la Ley Provincial Nº 6.838 y del Artículo Nº 09, pto. 1) del Decreto Municipal Nº 0931/96;
QUE en fecha 05/12/2014 la firma mencionada solicita bajo Expte. Nº 80939-SG-14, compensación de deuda en concepto de multas de automotores al momento de efectuarse el pago de la licitación, adjuntando así también planilla de deuda actualizada al 09/12/12, emitida por el Subsecretario de Ingresos Públicos, donde surge que dicha empresa adeuda a esta Comuna la suma de $ 8.914,19;
QUE con motivo a la vigencia del presupuesto financiero 2015, Dirección de Presupuesto (fs. 69) y Subsecretaría de Finanzas (fs. 70) han tomado nueva intervención en las actuaciones;
QUE de conformidad a lo dispuesto por el Artículo Nº 101 del Decreto Nº 0931/96, modificado según Decreto Nº 992/12, corresponde emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.-APROBAR la Licitación Pública Nº 69/14 llevada a cabo por Dirección de Concursos de Precios y Licitaciones Públicas, para la “ADQUISICIÓN DE ATAÚDES DESTINADOS A LA SECRETARIA DE
ACCIÓN SOCIAL” con un presupuesto oficial de $ 298.700,00 (Pesos doscientos noventa y ocho mil setecientos con 00/100).-
ARTICULO 2º.-DECLARAR ADMISIBLE la oferta presentada por la firma XXXXXXXX XXXX XXXX.-
ARTICULO 3º.-ADJUDICAR el único ítem de la contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, a la firma XXXXXXXX XXXX XXXX, CUIT Nº 23-00000000-9 por la suma de $
298.700,00 (Pesos doscientos noventa y ocho mil setecientos con
00/100), por resultar la más conveniente a los intereses del Estado Municipal.-
ARTICULO 4º.-COMPENSAR deuda por tributos que mantenga la firma XXXXXXXX XXXX XXXX con la Municipalidad xx Xxxxx, al momento de efectuarse el pago de la Licitación.-
ARTICULO 5º.-DAR por Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 6º.-REMITIR el Expediente de referencia con copia legalizada del presente Instrumento Legal al Tribunal de Cuentas Municipal, conforme lo establecido por el Art. 15 de la Ordenanza Nº 5.552, modificada por Ordenanza Nº 14.257.-
ARTICULO 7º.-NOTIFICAR a la firma adjudicataria, posterior al informe emitido sin observaciones del Tribunal de Cuentas Municipal para que constituya garantía de adjudicación por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del monto adjudicado.-
ARTICULO 8°.-CUMPLIDO con el trámite y el procedimiento de lo dispuesto en el Art. Nº 6, comunicar publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XX XXXXX XX 0000
RESOLUCION Nº 317 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 14594-SG-15 y NOTA SIGA Nº 9238/15.-
VISTO el expediente de referencia, correspondiente a la Licitación Pública Nº 22/15, convocada para la “ADQUISICIÓN DE RESMAS PARA DISTINTAS AREAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD
XX XXXXX”, autorizada mediante Resolución Nº 161/15 (fs. 18/18 vta.) de esta Secretaría, y;
CONSIDERANDO:
QUE según Acta Extraprotocolar Municipal Nº 33 (fs. 67) se presentaron a formular ofertas dos (02) Empresas del rubro, correspondientes a las firmas HERSAPEL S.R.L. e IMPRENTA MAESTRO S.H.;
QUE la Comisión Evaluadora elaboró el informe de Preadjudicación a fs. 161/163, aconsejando: 1º Declarar Inadmisibles las ofertas presentadas por las firmas IMPRENTA MAESTRO S.H., por incumplimiento del art. 1º inc. g) xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares y art. 02 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales y la oferta alternativa de la firma HERSAPEL S.R.L., por incumplimiento del art. 14, inc. d, xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares, 2º Declarar Admisible la oferta principal presentada por la firma HERSAPEL S.R.L. la cual cumplió con todos los requisitos formales solicitados en los Pliegos, 3º Preadjudicar los ítems Nºs 01 y 02 de la oferta principal a la firma HERSAPEL S.R.L., por la suma de $ 1.011.085,00 (Pesos un millón once mil ochenta y cinco con 00/100), importe que se encuentra en un 2,97% por debajo del presupuesto oficial por ser conveniente a los intereses del Estado Municipal en lo que respecta a calidad, precio e idoneidad de la oferta;
QUE la Dirección General de Asesoría Legal de la Subsecretaría de Planificación y Control Económico 168/172 comparte lo vertido por la Comisión de Preadjudicación y manifiesta que correspondería declarar admisible y adjudicar a la firma HERSAPEL S.R.L., en el marco de lo dispuesto en el Articulo Nº 9 de la Ley Provincial Nº 6.838 y del Artículo Nº 09, pto. 1) del Decreto Municipal Nº 0931/96;
QUE de conformidad a lo dispuesto por el Artículo Nº 101 del Decreto Nº 0931/96, modificado según Decreto Nº 992/12, corresponde emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
formalizó el día 18/07/2014, por lo que se concluye que el contribuyente presentó el mismo, en legal tiempo y forma, como así también se verifican cumplidos los extremos legales previstos en el articulado 113º de la Ley de Procedimientos Administrativos, con lo que respecta a la acreditación de interés legítimo para peticionar;
ARTICULO 1º.-APROBAR la Licitación Pública Nº 22/15 llevada a cabo por Dirección de Concursos de Precios y Licitaciones Públicas, para la “ADQUISICIÓN DE RESMAS PARA DISTINTAS ÁREAS DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX” con un presupuesto oficial de $ 1.042.000,00 (Pesos un millón cuarenta y dos mil con 00/100).-
ARTICULO 2º.-DECLARAR INADMISIBLES las ofertas presentadas por las firmas IMPRENTA MAESTRO S.H. y la oferta alternativa de la firma HERSAPEL S.R.L.-
ARTICULO 3º.-DECLARAR ADMISIBLE la oferta principal presentada por la firma HERSAPEL S.R.L.
ARTICULO 4º.-ADJUDICAR los ítems Nºs 01 y 02 de la contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, a la firma HERSAPEL S.R.L., CUIT Nº 30-63371747-4 por la suma de $
1.011.085,00 (Pesos un millón once mil ochenta y cinco con 00/100), por resultar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal.-
ARTICULO 5º.-DAR por Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 6º.-REMITIR el Expediente de referencia con copia legalizada del presente Instrumento Legal al Tribunal de Cuentas Municipal, conforme lo establecido por el Art. 15 de la Ordenanza Nº 5.552, modificada por Ordenanza Nº 14.257.-
ARTICULO 7º.-NOTIFICAR a la firma adjudicataria, posterior al informe emitido sin observaciones del Tribunal de Cuentas Municipal para que constituya garantía de adjudicación por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del monto adjudicado.-
ARTICULO 8°.-CUMPLIDO con el trámite y el procedimiento de lo dispuesto en el Art. Nº 6, comunicar publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XX XXXXX XX 0000
RESOLUCION N° 335.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPTE. Nº 157276-SH-2008 y NOTA SIGA Nº 11214/14.-
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto a fs. 126 por la Xxx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en contra de la Resolución S/N° de fecha 02/07/2014, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, mediante la cual resuelve disponer el desistimiento del trámite de Cese de Actividades Comerciales Nº 0001-00000542, Xxxxxx Xx 00000, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Resolución General Nº 019/2013, y;
CONSIDERANDO:
QUE en el citado Recurso la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxx, manifiesta que en mayo de 2008 fue solicitada la baja con fecha estimativa de cierre el 30/12/08, habiéndose cerrado antes de aquella;
QUE Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría emite dictamen a fs. 136/138 en el cual, luego de efectuar el análisis manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 76º y ccs. del Código Tributario Municipal. Atento a que la Resolución de fs. 124 fue notificada el día 15/07/2014, y que la presentación del Recurso se
QUE a fs. 59 obra informe del Inspector Fiscal de la Dirección de Fiscalización, en el cual deja constancia que en el domicilio en donde estaba constituido el padrón referenciado se encuentra desarrollando actividad comercial la Sra. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxxxxx;
QUE considerando lo expuesto Xx Xxxxx, lo cual resulta determinante para las actuaciones, Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría cree necesario destacar que de fs. 85 a 89, 96 y 97 obra informe de la Dirección de Fiscalización por el cual se determina los montos actualizados de deuda del Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx 00000;
QUE a fs. 107, 108, 11, 112, 113, 121 y 122 se notificó fehacientemente a la contribuyente de la obligación de regularizar situación del Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx 00000 y multa por aviso de cierre fuera de término. A fs. 123 la Dirección de Cierre de Xxxxxxxx emite informe por el cual destaca que no se dio el cumplimiento del pago requerido, en consecuencia eleva actuaciones a los efectos de que se proceda al desistimiento del cese de actividad comercial según lo dispuesto por Resolución General Nº 19/2013;
QUE la Ordenanza Nº 14894 dispone “Condonar la deuda por multa por comunicación de cese de actividades fuera de término, a aquellos contribuyentes y/o terceros responsables que, habiendo abonado la totalidad de los gravámenes y tasas por la actividad realizada hasta la fecha de cese, hayan realizado la presentación de la comunicación de cese de actividades hasta el 31/12/2013, denunciando fechas de cese de actividades anteriores al 31/12/2010”. En tanto que el Art. 2º expresa: “Condonar la deuda por gravámenes y tasas por la actividad realizada hasta la fecha de cese y la deuda por multa por comunicación de cese de actividades fuera de término, a aquellos contribuyentes y/o terceros responsables que hayan realizado la presentación de la comunicación de cese de actividades hasta el 31/12/2013, denunciando fechas de cese de actividades hasta el 31/12/2008.”;
QUE por todo lo expuesto, Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría aconseja declarar abstracto lo requerido en el respectivo Recurso Jerárquico interpuesto a fs. 126 por la Xxx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en contra de la Resolución S/N° de fecha 02/07/2014, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx;
QUE corresponde emitir el Instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-DECLARAR abstracto el pedido efectuado por Xxx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, D.N.I. Nº 2698, en contra de la Resolución S/N° de fecha 02/07/2014, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, por los motivos citados en el considerando.-
ARTICULO 2º.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3°.-NOTIFICAR a la Xxx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 4°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
RESOLUCION N° 336.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
SALTA, 31 DE JULIO DE 2015
del Art. 46º del Código Tributario Municipal, en relación a los períodos adeudados del Ejercicio Fiscal 2009, en concepto de Impuesto a la Radicación de Automotores;
REFERENCIA: EXPTE. N° 21936-SG-2015 y NOTA SIGA Nº 7025/15.-
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto a fs. 27/27 vta. por la Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, en contra de la Resolución Nº 714 de fecha 20/04/2015 (fs. 23), emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, mediante la cual resuelve hacer lugar a la solicitud de prescripción en relación a los períodos adeudados del Ejercicio Fiscal 2008 y rechaza por improcedente la solicitud de prescripción del período Ejercicio Fiscal 2009, en concepto de Impuesto a la Radicación de Automotores, correspondiente al vehículo Dominio Nº FKE- 292, y;
CONSIDERANDO:
QUE en la interposición del Recurso la Xxx. Xxxx, solicita se reconsidere la prescripción solicitada en razón de que la notificación que rola a fs. 21 nunca fue recepcionada en su domicilio, por lo que no tomó conocimiento de la misma;
QUE Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría emite dictamen a fs. 43/49 en el cual, luego de efectuar el análisis manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 76º y ccs. del Código Tributario Municipal. Atento a que la Resolución de fs. 23 fue notificada el día 22/04/2015, y que la presentación del Recurso se formalizó el día 12/05/2015 por lo que concluye que el contribuyente presentó el mismo, en legal tiempo y forma;
QUE el Art. 46º del Código Tributario Municipal establece que “Las acciones y poderes xxx xxxxx para determinar y exigir el pago de los tributos y para aplicar y hacer efectivas las multas previstas en este Código prescriben: a) por el transcurso de cinco (5) años en el caso de contribuyentes inscriptos, y en el impuesto inmobiliario y a los automotores, b) por el transcurso xx xxxx (10) años en el caso de contribuyentes no inscriptos. La acción de repetición de tributos prescribe por el transcurso xx xxxx (10) años”;
QUE el Art. 47º del citado instrumento legal dispone, por su parte, que “Comenzará a correr el término de prescripción del poder fiscal para determinar el tributo y facultades accesorias del mismo, así como la acción para exigir el pago, desde el primero de enero siguiente al año en que se produzca el vencimiento de los plazos generales para la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del tributo. Cuando no mediare la obligación de presentar la declaración jurada el término de prescripción comenzara a correr a partir desde el primero de enero siguiente al año en que se produzca el hecho imponible que dé lugar a la obligación tributaria respectiva.”;
QUE el Art. 52º establece que “Se suspenderá por un año el curso de la prescripción de las acciones y poderes fiscales: a) desde la fecha de notificación de la intimación administrativa de pagos de tributos determinados, cierta o presuntivamente, con relación a las acciones y poderes fiscales para exigir el pago intimado; b) desde la fecha de notificación de la resolución condenatoria por la que se aplique multa con respecto a la acción penal.”;
QUE de las constancias obrantes en los autos se desprende que la notificación que rola a fs. 21, y que fuera invocada por la Dirección General xx Xxxxxx para rechazar por improcedente la solicitud de prescripción del Ejercicio Fiscal 2009, no fue diligenciada en debida forma atento que la misma fue devuelta por el oficial notificador interviniente, solicitando nuevas referencias respecto del domicilio de la contribuyente. Asimismo, y conforme surge del informe agregado a fs. 37, no se registran nuevas ni recientes notificaciones respecto del vehículo identificado con el Dominio Nº FKE- 292, por lo que Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría entiende que se encuentran verificadas las previsiones legales contenidas en el inc. a)
QUE por todo lo expuesto Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaria sugiere, hacer lugar al Recurso Jerárquico interpuesto por la Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, contra la Resolución Nº 714 de fecha 20/04/2015, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, debiéndose emitir el Instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-HACER LUGAR al Recurso Jerárquico interpuesto por la Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxx D.N.I. Nº 20.190.000, en contra de la Resolución Nº 714 de fecha 20/04/2015, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, por los motivos expuestos en el considerando.-
ARTICULO 2°.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3°.-NOTIFICAR a la Sra. la Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 4°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XX XXXXX XX 0000
RESOLUCION Nº 337.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPTE. Nº 16684-SH-2009 y NOTAS SIGA Nºs 4136/10, 15330/13 y 20097/14.-
VISTO el Recurso de Aclaratoria interpuesto a fs. 157 por el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, en contra de la Resolución Nº 576/15 de fecha 28/11/2014, emitida por esta Secretaría (fs. 153/153 vta.), mediante la cual se le Hace lugar Parcialmente al Recurso interpuesto en contra de la Resolución Nº TM Nº 6506/2013 de la Dirección General xx Xxxxxx y se Hace lugar a la solicitud de prescripción con respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene por los períodos fiscales 04/2005 a 12/2007 del Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx 00000, y;
CONSIDERANDO:
QUE en la interposición de dicho Recurso el Xx. Xxxxx, solicita la prescripción de los períodos requeridos, esto a partir de haber operado a la fecha de presentación el plazo de prescripción dispuesto por leyes de fondo. Asimismo solicita que la multa ratificada en la Resolución en queja debe ser graduada tomando como base los períodos no prescriptos;
QUE a fs. 164/168 Dirección General de Asesoría Legal, de esta Secretaría emite dictamen en el cual manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos para formular el Recurso de Aclaratoria según lo dispuesto por el Art. 176 de la Ley de Procedimientos Administrativos. Asimismo se verifican cumplidos los extremos legales previstos en el articulado 113º de la mencionada Ley, con lo que respecta a la acreditación de interés legítimo para peticionar.
QUE el Recurso de Aclaratoria procede para solicitar aclaratoria de los actos impugnables, a fin de que sean corregidos errores materiales, subsanadas omisiones o aclarados conceptos oscuros, siempre que ello no importe una modificación esencial. Asimismo se agrega que el pedido deberá interponerse dentro del plazo de tres (3) días posteriores a la notificación y resolverse en el mismo término. Se puede considerar
como el remedio que se concede a las partes para obtener del órgano que emitió una resolución subsane las deficiencias materiales o conceptuales que contenga. Asimismo vale agregar que son errores materiales los de copia o aritméticos, los equívocos en que hubiese incurrido el órgano acerca de los nombres y calidad de la parte y la contradicción que pudiese existir entre los considerandos y la parte, o conceptuales. Como se dijo, el recurso referenciado es una herramienta para aclarar alguna discordancia entre la idea y los vocablos utilizados. Todo esto siempre que no se altere lo sustancial de la decisión. La doctrina expone, a modo de robustecer lo anteriormente expuesto, que “el recurso de aclaratoria es el remedio concedido para obtener que el mismo órgano que dicte una resolución, subsane las deficiencias de orden material conceptual que la afecten, o bien la integre de conformidad con las cuestiones oportunamente introducidas al proceso como materia de debate, supliendo las omisiones de que adolece el pronunciamiento.” Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Manual de derecho Procesal Civil – Lexis Nexis);
QUE sin dejar de considerar lo expuesto Xx Xxxxx, lo cual resulta ya relevante como ya se expresó respecto a las facultades de las jurisdicciones locales para legislar sobre la materia y atento lo expuesto por la Corte en causas como “Filcrosa s/Quiebra” es bueno aquí plantear posiciones contrarias, basadas en que los argumentos allí señalados contrarrestan los referidos a la innegable autonomía dogmática del Derecho Tributario, ya que la misma letra del art. 75, inc. 12 de la Constitución Nacional“…sin que alteren jurisdicciones locales”, en una indudable intención de resguardar estas de los alcances de la legislación común como herramienta de avasallamiento por parte del poder central. Asimismo, siendo el Derecho Tributario una rama del ordenamiento jurídico, cuenta con principios, institutos, conceptos, objetos propios, tal manifestación de su autonomía calificadora, no podrá resultar no exclusiva ni excluyente del derecho tributario en el orden federal, sino tamicen en los distintos órdenes locales también. Por su parte el Tribunal Superior de la Ciudad de Buenos Aires, en la causa “Sociedad Italiana de Beneficencia en Bs. As. c/D.G.R.”, con posterioridad al fallo Filcrosa expuso “que la facultad del Congreso Nacional para dictar Códigos Civiles, Comercial, Penal, de Minería, del trabajo y Seguridad Social en cuerpos separados o unificados…sin que tales códigos alteren las jurisdicciones locales”. “Desde el punto de vista del diseño constitucional argentino, la jurisdicción tributaria local no se encuentra regulada por las disposiciones de los cuerpos normativos enunciados en el precepto citado”. Continua diciendo el fallo que “Es claro que la percepción de tributos por el Estado es indispensable para la existencia del gobierno. No son pocas la oportunidades en las que la legislación tiene en especial consideración la naturaleza de las actividades del acreedor para conferirle facultades de las que no gozan créditos”…”los legisladores locales, con relación a aquellas materias no comprendidas en la delegación constitucional al gobierno federal (vg. Materia administrativa y tributaria), pueden establecer plazos de prescripción que se sujeten a pautas objetivas de razonabilidad, que no sean arbitrarias y que no constituyan una vía indirecta de afectación de los derechos de los habitantes, supuestos que no se verifican en la especie…”. Por último, es necesario hacer referencia a lo dispuesto por la Corte de Justicia xx Xxxxx, a partir de lo cual se ha manifestado a favor de la autonomía del Derecho Tributario local en el fallo “D.G.R. C/ELSAES SOC. COM. POR ACCIONES” manifestando “que no resultan entendibles los agravios relacionados con la aplicación de lo dispuesto por la Ley de Procedimiento Administrativo, dada la naturaleza especial de la Ley Tributaria, por las relaciones que regula. En consecuencia, no cabe recurrir a otra normativa no a la interpretación basada en lo prescripto por leyes vigentes en otras jurisdicciones debido a que existe una disposición expresa al respecto” (tomo 75:923);
QUE los municipios son entes gubernamentales autónomos, aunque sujetos a una serie de limitaciones, pero que bajo ningún concepto ello puede implicar el desconocimiento de la autonomía de que gozan las comunas de provincia y cuyo reconocimiento esta expreso en el artículo Nº 123 de la Constitución Argentina, el cual señala que cada
provincia dicta su propia constitución, conforme a lo dispuesto por el artículo 5º asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional es la capacidad que tienen las comunas de dictarse su propia ley, darse sus propias instituciones y de gobernarse por medio de ellas, sin que ningún otro órgano ejerza sobre ellas autoridad alguna que desnaturalice dicha potestad, aun cuando debe dejarse sentada la facultad constitucional que poseen las provincias de reglar el alcance y contenido de la mencionada autonomía municipal, ello en virtud de la supremacía que otorga el sistema federal del gobierno;
QUE sobre lo solicitado por el contribuyente en cuanto a que la multa debe ser graduada teniendo en cuenta los períodos no prescriptos, vale hacer mención que resulta relevante para las actuaciones lo dispuesto en el Art. 66 del Código Tributario Municipal cuando manifiesta que “El incumplimiento del ingreso, total o parcial, de la obligaciones tributarias constituirá omisión y será reprimida con multa graduable desde un diez por ciento (10%) hasta un noventa por ciento (90%) del tributo omitido, siempre que no exista error excusable en la aplicación al caso concreto de las disposiciones de este Código u Ordenanzas Tributarias Especiales. La misma sanción corresponderá a los Agentes de Percepción que omitan actuar como tales. La reiteración de esta infracción será reprimida con multa graduable entre el diez por ciento (10%) y el doscientos por ciento (200%) del tributo omitido”, como así también poner en relieve que la infracción prevista en el Art. Nº 66 del Código Tributario Municipal es de tipo culposo, no doloso, Es que se tipifica una infracción, la cual requiere la omisión del ingreso del tributo al cual el contribuyente se encuentra obligado-carácter subjetivo-. Por lo destacado, entonces la normativa vigente establece multa a aquellos contribuyentes que incurren en incumplimiento total o parcial de las obligaciones tributarias, cuyo porcentaje se establecerá en base a aquella suma no cancelada, tal como se procedió en las actuaciones;
QUE por todo lo expuesto Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría, sugiere rechazar el Recurso de Aclaratoria interpuesto por el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, en contra de la Resolución Nº 576 de fecha 28/11/2014, emitida por emitida por esta Secretaría;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-RECHAZAR el Recurso de Aclaratoria interpuesto por el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx D.N.I Nº 8.579.919, en contra de la Resolución 576 de fecha 28/11/2014, emitida por esta Secretaría, y confirmar la misma en todas sus partes.-
ARTICULO 2°.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3°.-NOTIFICAR al Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 4°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XX XXXXX XX 0000
RESOLUCION N° 339 SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPTE. N° 24235-SG-2015.-
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto a fs. 01/02 por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxx, apoderado de la firma Ahynarca S.A. en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18284 de fecha 12/03/2015 de la Dirección Gral. xx Xxxxxx, mediante la cual se aplica multa de $ 295,67
equivalente al 30% del tributo omitido por infracción al art. 66 del Código Tributario Municipal por determinación de deuda por los períodos 01 a 12/2008 y 01 a 09/2009. Asimismo se le comunica que adeuda la suma de $ 985,56 con mas sus intereses a la fecha del total y definitivo pago correspondiente al dominio VFH-234, y;
CONSIDERANDO:
QUE en la interposición del citado Recurso el Xx. Xxxxxx solicita se deje sin efecto la misma y manifiesta que niega haber recibido notificación en fecha 28/01/14 de la Instrucción de Sumario Actuaciones Prejudiciales Nº 18284/15, por cuanto es imposible que se haya notificado el año pasado cuando las actuaciones son de este año. Asimismo, y para el supuesto de que fue este año, niega también haber recibido la notificación que se menciona; niega adeudar los períodos que se reclaman en concepto de impuesto automotor, en razón de que su representada, siendo titular registral del dominio VFH 234, vendió dicho dominio en fecha setiembre 2009, por lo que no corresponde se le impute ninguna deuda. Por su parte, y sin perjuicio de lo manifestado precedentemente, solicita, a favor de su representado, la aplicación del instituto de la prescripción contemplado en el Código Tributario Municipal para el dominio en cuestión, y por los períodos que se detallan en los considerandos de la resolución cuestionada, respecto del impuesto a la radicación de automotores. Manifiesta también no haber realizado ni consentido acto alguno interruptivo de la prescripción que se solicita. Sostiene en relación a la multa de $ 295,67 fundado en lo dispuesto en el art. 66 del Código Tributario Municipal por la omisión de pago en tiempo y forma del impuesto automotor del dominio VFH 234, sostiene que la misma resulta a todas luces inconstitucional, por cuanto viola en forma flagrante la disposición expresa y clara contenida en el art. 20 de nuestra carta magna provincial que dice que nadie puede ser penado dos veces por el mismo hecho. Afirma también que la disposición del art. 66 del C.T.M. es inconstitucional, por cuanto por el mismo hecho se lo sanciona dos veces, una con los intereses que aplica y otra con la multa que impone, violando de esa manera el principio constitucional mencionado. Asimismo, solicita que por carecer de competencia la Administración para declarar la inconstitucionalidad de la disposición cuestionada, se remitan las actuaciones al Juzgado Civil que por turno corresponda a fin de que se expida sobre el planteo de inconstitucionalidad formulado;
QUE Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría emite dictamen a fs. 28/32 donde se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 76 y ccs. del Código Tributario Municipal. Atento a que la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18284 de fecha 12/03/2015, fue notificada según cédula de notificación de fs. 13 el día 25 xx Xxxxx del 2015 y que la presentación del Recurso se formalizó el día 17 xx Xxxxx del 2015 presentada en legal tiempo y forma considerando también que se encuentran cumplimentadas las disposiciones del art. 115 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en tanto y en cuanto dispone que “La persona que se presente en las actuaciones administrativas por un derecho o interés que no sea propio, aunque le competa ejercerlo en virtud de presentación legal, deberá acompañar con el primer escrito los documentos que acrediten la calidad invocada”, de la documentación agregada a fs. 07 se desprende que el Xx. Xxxxxx, acredita interés legítimo suficiente para actuar en las actuaciones administrativas;
QUE la notificación consiste en una comunicación formal del Acto Administrativo de que se trate, y de la que se hace depender la eficacia de aquel, y constituye una garantía para las partes intervinientes dentro de un procedimiento administrativo, tanto para el agente como para la propia administración. Se puede decir que la notificación permite al agente conocer el acto y, en su caso, impugnarlo. La Administración, tal como se verifica a fs. 09 efectúa la pertinente notificación de la Instrucción al contribuyente respecto de las Actuaciones Prejudiciales Nº 18284/15. No obstante ello, y en cuanto a las manifestaciones vertidas por el Xx. Xxxxxx, en su carácter de apoderado de la firma Ahynarca S.A., en cuanto niega haber recibido notificación en fecha 28/01/2014 de la Instrucción de Sumario porque es imposible que se
haya notificado el año pasado cuando las actuaciones son de este año, surge de las constancias obrantes en autos que el recurrente incurre en un grave error de interpretación, por cuanto la misma tuvo lugar, conforme se desprende de la misma notificación, en fecha 28/01/2015. Asimismo, y en cuanto a la negativa de haber recibido la notificación que se menciona, resulta necesario traer x xxxxxxxx lo dispuesto por el art. 149 de la Ley de Procedimientos Administrativos, en cuanto establece que “… Cuando el empleado no encontrase la persona a la cual va a notificar y ninguna de las otras personas de la casa quisiera recibirla, la firmará en la puerta de la misma, dejando constancia en el ejemplar destinado a ser agregado en el expediente…”circunstancia ésta que se encuentra debidamente denunciada, conforme surge del informe que obra a fs. 09 vta. del Oficial Notificador interviniente;
QUE de la documentación adjuntada a las actuaciones resulta que el vehículo marca Xxxxxxxx Xxxx, modelo OF 1318/15/20, año 1992 e identificado con el dominio VFH 234, durante los períodos 06 a 09/2009, a nombre de la firma Ahynarca S.A., con domicilio en la Ciudad xx Xxxxx;
QUE el vehículo objeto de las actuaciones, se encuentra radicado en la Ciudad xx Xxxxx, por lo que resulta comprendido dentro de lo normado por el art. 253 del Código Tributario Municipal, en cuanto establece que “por los vehículos automotores en general, acoplados, casas rodantes, motocicletas, motonetas, micro-cuopes y afines, radicados en jurisdicción del municipio xx Xxxxx, se abonará un impuesto de acuerdo con la escala y clasificación que fije la Ordenanza Tributaria Anual. Salvo prueba en contrario, se considerará radicado en el municipio xx Xxxxx todo vehículo automotor o acoplado que sea de propiedad o tenencia de personas domiciliadas dentro de la jurisdicción municipal. El impuesto será proporcional al tiempo de radicación del vehículo”;
QUE en relación a la multa establecida en las actuaciones, y que fuera objeto de impugnación por parte del recurrente, vale destacar, en primer lugar, que la Constitución de la Provincia xx Xxxxx dispone, en su art. 170, que “Esta Constitución reconoce al Municipio como una comunidad natural que, asentada sobre un territorio y unida por relaciones de vecindad y arraigo, tiende a la búsqueda del bien común local. Los Municipios gozan de autonomía política, económica, financiera y administrativa…”. Atento lo expuesto, surge que el manejo de los recursos originarios de la esfera comunal resulta un instrumento indispensable para activar la vocación autonómica como así también la reconocida facultad de los municipios de crear y recaudar impuestos. Por su parte, es importante mencionar, también, que el art. 5º de la Constitución Nacional establece que “Cada Provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo, republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional, y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria. Bajo estas condiciones el Gobierno Federal garantiza a cada Provincia el goce y ejercicio de sus instituciones”, de donde se desprende que las provincias tienen la obligación de incluir en sus constituciones un régimen municipal, con sus principales características. Es así que en el orden económico y financiero, este aspecto de la autonomía municipal comprende “la libre creación, recaudación e intervención de las rentas para satisfacer los gastos del gobierno propio y satisfacer sus fines, que no son otros que el bien común de la sociedad local” (Xxxxxxxxx, Xxxxxxx. Ob. Cit.);
QUE el art. 56 del Código Tributario Municipal establece que “La falta de pago total o parcial de pago de los tributos, retenciones, percepciones, anticipos y demás obligaciones de pago establecidas en este Código u Ordenanzas Especiales, devengarán desde sus respectivos vencimientos hasta el día de pago o regularización, y sin necesidad de intimación alguna, una tasa de interés resarcitorio mensual o la proporción diaria que corresponda en caso de fracción de mes. La tasa de interés y su mecanismo de aplicación serán establecidos por la Secretaría de Hacienda… Los intereses se devengarán sin perjuicio de la actualización establecida en el Título XIII y de las sanciones que pudieran corresponder por infracciones a las normativas vigentes…”;
QUE el art. 66 del mencionado ordenamiento legal dispone que “El incumplimiento del ingreso, total o parcial, de las obligaciones tributarias constituirá omisión será reprimida con multa graduable desde un diez por ciento (10%) hasta un noventa por ciento (90%) del tributo omitido, siempre que no exista error excusable en la aplicación al caso concreto de las disposiciones de este Código u Ordenanzas Tributarias Especiales. La misma sanción corresponderá a los Agentes de Retención o Percepción que omitan actuar como tales. La reiteración de esta infracción será reprimida con multa graduable entre el diez por ciento (10%) y el doscientos por ciento (200%) del tributo omitido”;
QUE en relación al pedido de prescripción realizado por el recurrente, el art. 46 del Código Tributario Municipal establece que “Las acciones y poderes xxx xxxxx para determinar y exigir el pago de los tributos y para aplicar y hacer efectivas las multas previstas en este Código, prescriben: a) por el transcurso de cinco (5) años en el caso de contribuyentes inscriptos y en el impuesto inmobiliaria y a los automotores; b) por el transcurso xx xxxx (10) años en el caso de contribuyentes no inscriptos. La acción de repetición de tributos prescribe por el transcurso xx xxxx (10) años”. Por su parte, el art. 47 dispone que “Comenzará a correr el término de prescripción del poder fiscal para determinar el tributo y facultades accesorias del mismo, así como la acción para exigir el pago, desde el primero de enero siguiente al año en que se produzca el vencimiento de los plazos generales para la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del tributo. Cuando no mediare la obligación de presentar la declaración jurada el término de prescripción comenzará a correr a partir desde el primero de enero siguiente al año en que se produzca el hecho imponible que de lugar a la obligación tributaria respectiva”. Surge, del análisis de las normas antes transcriptas y de las constancias obrantes en autos, que se encuentran verificados los recaudos legales exigidos por la normativa vigente para otorgar el beneficio de la prescripción, respecto del ejercicio fiscal 2008 en relación al Impuesto a la Radicación de Automotores del vehículo identificado con el dominio VFH 234, no así respecto de los períodos Enero a Septiembre de 2009, por cuanto no se encuentran cumplidos los plazos legales previstos por el art 46 del Código Tributario Municipal;
QUE el recurrente, al momento de la interposición del Recurso Jerárquico, no aporta a las actuaciones, elemento probatorio nuevo. Al respecto, la doctrina tiene dicho que “Habitualmente, la Administración, al dictar el acto recurrido, tenía ya todos los elementos de juicio. Si adopta una decisión lo lógico es que la mantenga, a no ser que excepcionalmente se le aporten nuevos elementos, a la vista de los cuales resuelva rectificar lo decidido” (Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx, Manual de Derecho Administrativo – Madrid, Trívium, 1999, pp. 417-18);
QUE por todo lo expuesto se aconseja hacer lugar parcialmente al Recurso Jerárquico interpuesto por el Xx. Xxxxxx, apoderado de la firma Ahynarca S.A., en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18284 de fecha 12/03/2015 de la Dirección Gral. xx Xxxxxx, y por consiguiente declarar prescripta la deuda en concepto de Impuesto Automotor respecto del vehículo identificado con el dominio VFH 234 correspondiente al ejercicio fiscal 2008 y rechazar, por improcedente, el pedido de prescripción correspondiente a los períodos Enero a septiembre de 2009;
QUE corresponde emitir el Instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-HACER LUGAR parcialmente al Recurso Jerárquico interpuesto por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxx, D.N.I. Nº 14.295.702, en carácter de apoderado de la firma Ahynarca S.A., en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18284 de fecha 12/03/15, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx por los motivos expuestos en el considerando.-
ARTÍCULO 2º.- HACER LUGAR a la solicitud de prescripción formulada por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxx con respecto a la deuda en concepto de Impuesto Automotor, por el ejercicio fiscal 2008 del Dominio VFH 234.-
ARTÍCULO 3º.-RECHAZAR por improcedente el pedido de prescripción en concepto de Impuesto Automotor, correspondiente a los períodos fiscales Enero a Septiembre de 2009 del Dominio HFV 234.-
ARTICULO 4º.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PÚBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 5°.-NOTIFICAR al Xx. Xxxxxxx Xxxxxx, del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 6°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XX XXXXX XX 0000
RESOLUCION Nº 340.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 00000-XX-00, 00000-XX-00, 45905- XX-00, 00000-XX-00 y NOTAS SIGA Nºs 4909/11, 69234/07, 7630/11, 12042/11, 12775/13 y 12719-TC-13.-
VISTO el Recurso de Revocatoria interpuesto a fs. 151/152 por el Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, con el patrocinio letrado del Dr. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx en contra de la Resolución Nº 309 de fecha 06/09/2013, emitida por esta Secretaria, y;
CONSIDERANDO:
QUE en la interposición de dicho Recurso el Xx. Xxxxxxxx, expone que resulta absolutamente falso haber incurrido en negligencia en confección del acta de habilitaciones, ni datos escasos, en razón de tratarse de una habilitación transitoria en la planta baja y playa de estacionamiento a los fines de realizar la inauguración y promoción del local. Destaca también que el área habilitada se encontraba en condiciones para su normal funcionamiento, siendo confirmado y ratificado por el certificado expedido por Bomberos de la Provincia. Por ultimo agrega que durante los 25 años que presto servicios en el Municipio siempre actuó de manera eficaz y haciendo cumplir normativa vigente. Afirma que resulta incongruente la suspensión emitida, la cual afecta y lesiona sus derechos;
QUE a fs. 168/172 Dirección General de Asesoría Legal de Secretaría de Hacienda emite dictamen en el cual manifiesta que en primer término se procede a verificar que el correspondiente Recurso de Revocatoria fue presentado en legal tiempo y forma, es decir se presento dentro de los diez (10) días hábiles según lo establece el Art. Nº 177 de la Ley de Procedimientos Administrativos;
QUE según se desprende de las actuaciones y su correspondiente análisis y verificación, las mismas se desarrollaron dentro de los causes ordinarios del procedimiento administrativo, es decir se dio cumplimiento en todas sus formas a lo dispuesto por el Reglamento de Investigaciones Administrativas aprobado por el Decreto Nº 842/10. Tanto es así que con la finalidad de esclarecer el hecho denunciado a fs. 1, es decir si se ha cometido o no una falta disciplinaria, se respetaron las garantías reconocidas también en nuestra Carta Magna; dándole al agente la oportunidad de defensa y de ofrecimiento de pruebas, realizando las correspondientes audiencias testimoniales e indagatorias y formulando el informe final del art. Nº 76 de la normativa ya referenciada. Resaltando que todo esto concluyó con la comprobación fehaciente del acto por el cual los agentes fueron sancionados, todo esto fundamentalmente mediante los mismos informes realizados por los inspectores y posterior relevamiento por parte de otros inspectores;
QUE considerando que en la etapa anterior al dictado de las Resolución Nº 309/13 se pudo ofrecer y producir prueba se destaca que en la interposición del Recurso el agente no aportó nuevos elementos probatorios a las actuaciones. Considerando lo anteriormente expuesto y como se destaca en la doctrina, “habitualmente la Administración, al dictar el acto recurrido, tenia ya todos los elementos de juicio. Si adopta una decisión lo lógico es que la mantenga, a no ser que excepcionalmente se le aporten nuevos elementos, a la vista de los cuales resuelva rectificar lo decidido” (Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx, Manual de Derecho Administrativo – Madrid, Trivium, 1999, pp. 417-18);
QUE todas las ramas jurídicas poseen sus propias sanciones que se aplican en caso de incumplimiento de sus normas; en este caso sea Decreto o Convenio Colectivo de Trabajo también. Como se ha expresado en reiteradas oportunidades la Procuración General xxx Xxxxxx “Mientras el Derecho Penal reprime las conductas tipificadas en el Código Penal, el Derecho Administrativo Disciplinario castiga a los agentes por la violación de sus deberes como tales, en pos del buen funcionamiento de la Administración Publica. Son distintas las finalidades de uno y otro, y también distintas las conductas que se penan. Por tanto, el sumario administrativo disciplinario es, en principio, independiente de la causa penal que se origine en los mismos hechos”. (Dictámenes 253:113). Asimismo podríamos mencionar, que la administración tiene potestad disciplinaria, es decir la facultad de imponer sanción ante un incumplimiento del agente e infringe determinada normativa disciplinaria, tal como lo afirma la Procuración General xx Xxxxxx “La potestad disciplinaria de la Administración Publica tiene por finalidad asegurar y mantener el normal funcionamiento de los ser-vicios a su cargo, por lo cual la imposición de las sanciones disciplinarias resulta ser el ejercicio de una facultad inherente al poder de administrar” (conf. Dict. 121:166; 199:175; y Fallos 254:43);
QUE por todo lo expuesto Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaria aconseja, rechazar el Recurso de Revocatoria interpuesto por el Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, debiéndose emitir el Instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
BATERIAS Y LAMPARAS PARA MÓVILES Y MOTOCICLETAS DEL DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD”, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 53/53 vta. Dirección de Control del Gasto efectúa efectúa el análisis formal del pedido;
QUE a fs. 53 vta. Subsecretaría de Planificación y Control Económico manifiesta que el monto del gasto ascendería a la suma de $ 60.940,00 (Pesos sesenta mil novecientos cuarenta con 00/100), resolviendo autorizar la continuación del trámite respectivo;
QUE a fs. 60 Dirección General de Presupuesto informa la existencia xx xxxxxxx presupuestaria correspondiente para la presente erogación;
QUE a fs. 61 Subsecretaría de Finanzas informa la factibilidad financiera e indica la siguiente condición de pago: 15 días Fact. Conf.;
QUE a fs. 62 Dirección General de Contrataciones indica que teniendo en cuenta el presupuesto oficial, el mismo se encuadra en lo dispuesto en el Artículo Nº 10 inc. b) de la Ley Provincial Nº 6.838 y Artículo Nº 10, inc. b), punto 1) del Decreto Municipal Nº 0931/96, razón por la cual solicita autorización para la convocatoria a Concurso de Precios;
QUE conforme lo establece el Decreto Nº 0931/96, Art. Nº 3, inciso 4) la Dirección General de Contrataciones, adjuntó proyecto xx xxxxxx que regirá el llamado a Concurso de Precios;
QUE a fs. 65 Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial sugiere funcionarios para integrar la Comisión de Preadjudicación, quienes tendrán a su cargo el estudio, evaluación, verificación y análisis del acto convocatorio pertinente, conforme lo establecido por el Artículo Nº 32 del Decreto Nº 0931/96;
QUE de conformidad a lo dispuesto por el artículo 101 del Decreto Reglamentario Nº 0931/96, modificado según Decreto Nº 0992/12, corresponde emitir el instrumento legal pertinente;
EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-RECHAZAR el Recurso de Revocatoria interpuesto por
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX RESUELVE:
el Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, con el patrocinio letrado del Dr. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx en contra de la Resolución Nº 309 de fecha 06/09/2013, emitida por la Secretaria de Hacienda y confirmar la misma en todas sus partes.-
ARTICULO 2°.-TOMAR razón DIRECCION GENERAL DE SUMARIOS, SUBSECRETARIA DE RECURSOS HUMANOS y SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS.-
ARTICULO 3°.-NOTIFICAR al Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx y al Dr. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 4°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XX XXXXXX XX 0000
RESOLUCION Nº 345 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 30351-SV-15.-
VISTO la Nota de Pedido Nº 01421/15 (fs. 04/06), mediante la cual Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, solicita la “ADQUISICIÓN DE
ARTICULO 1º.-APROBAR el PLIEGO DE CONDICIONES que regirá el
llamado a CONCURSO DE PRECIOS para la “ADQUISICIÓN DE BATERIAS Y LAMPARAS PARA MÓVILES Y MOTOCICLETAS DEL DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD DE LA SECRETARIA DE
TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL”, el cual forma parte del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.-AUTORIZAR a DIRECCION DE CONCURSOS DE
PRECIOS Y LICITACIONES PÚBLICAS dependiente de Dirección General de Contrataciones a convocar el llamado a CONCURSO DE PRECIOS, para la contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, por una inversión aproximada de PESOS SESENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 60.940,00).-
ARTICULO 3º.-DESIGNAR la COMISION DE PRE-ADJUDICACION
que tendrá a su cargo el estudio, evaluación, verificación y análisis de la convocatoria, la que estará integrada de la siguiente manera:
Sr. XXXX XXXXXX: Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial. Xx. XXXX X. XXXXXXXX: Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial.
Dra. XXXXXXX XXXXX: Dirección General de Control del Gasto.
Xx. XXXXXXX XXXXXX: Dirección de Concurso de Precios y Licitaciones Públicas.
ARTICULO 4º.-DEJAR establecido que los integrantes de la Comisión de Preadjudicación designados en el Artículo Nº 3, no percibirán
retribución alguna, siendo sus funciones complementarias a las asignadas en sus respectivos decretos de designación o aprobación de Contrato.-
ARTICULO 5º.-NOTIFICAR por Dirección General de Coordinación de la Secretaría de Hacienda, del contenido del presente Instrumento Legal a los Señores miembros de la Comisión de Preadjudicación.-
ARTICULO 6º.-DAR por Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 7º.-TOMAR conocimiento por Dirección General de Contrataciones.-
ARTICULO 8º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
EL PLIEGO CORRESPONDIENTE A LA RESOLUCION Nº 345 DE LA SECRETARIA DE HACIENDA SE ENCUENTRA A DISPOSICION EN LA OFICINA DEL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL.-
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XX XXXXXX XX 0000
RESOLUCION Nº 346 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 27638-SG-2014; NOTA SIGA Nº 9725/2014.-
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto a fs. 06 por el Xx. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 16196 de fecha 29/05/2014 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, mediante la cual aplica una multa de $ 454,57 por infracción al Art. Nº 66 del Código Tributario Municipal por omisión de pago en tiempo y forma por los períodos 01 a 12/2011 y comunica que adeuda la suma de $ 1.515,24 con más interés a la fecha del total y definitivo pago en concepto de Impuesto Automotor del Dominio HEN 160, y;
CONSIDERANDO:
QUE en la interposición de dicho Recurso el Xx. Xxxxxxx solicita se declare la nulidad de la Resolución antes mencionada y la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado. Manifiesta, al respecto, que el vicio del acto se encuentra debidamente probado ya que la resolución apelada no hace mención en todo su texto a su descargo efectuado en fecha 07/05/14;
QUE a fs. 21 obra agregado informe SUCERP de la Municipalidad xx Xxxxx, respecto del vehículo marca Renault, modelo Kangoo, año 2008 e identificado con el dominio HEN 160;
QUE Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría a fs. 33/37 emite dictamen en el cuál, luego de efectuar el análisis manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 76 y ccs. del Código Tributario Municipal. Atento a que la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 16196/2014, fue notificada según cédula de notificación de fs. 14 el día 06 xx Xxxxx del 2014, y que la presentación del Recurso se formalizó el día 25 xx Xxxxx del 2014, por lo que se concluye que fue presentado en legal tiempo y forma;
QUE el vehículo marca Renault, modelo Kangoo e identificado con dominio HEN 160, se encuentra registrado a nombre del Xx. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, con domicilio en calle Zuviría Nº 1.596 de esta Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx;
QUE el vehículo se encuentra radicado en la Ciudad xx Xxxxx desde fecha 26/01/2011 por lo que resulta comprendido dentro de lo normado por el Art. Nº 253 del Código Tributario Municipal que establece “los
vehículos automotores en general, acoplados, casas rodantes, motocicletas, motonetas, micro-coupes y afines, radicados en jurisdicción del municipio xx Xxxxx, se abonará un impuesto de acuerdo con la escala y clasificación que fije la Ordenanza Tributaria Anual .Se considerará radicado en el municipio xx Xxxxx todo vehículo automotor o acoplado que sea de propiedad o tenencia de personas domiciliadas dentro de la jurisdicción municipal, El impuesto será proporcional al tiempo de radicación del vehículo”;
QUE el incumplimiento de las obligaciones tributarias se encuentra regulado por el art. 66 del Código Tributario Municipal. Dicha norma establece que “El incumplimiento del ingreso, total o parcial, de las obligaciones tributarias constituirá omisión y será reprimida con multa graduable desde un diez por ciento (10%) hasta un noventa por ciento (90%) del tributo omitido, siempre que no exista error excusable en la aplicación al caso concreto de las disposiciones de este Código u Ordenanzas Tributarias Fiscales…”;
QUE el deber jurídico de contribuir con las arcas fiscales también pesa sobre el contribuyente para satisfacer de esa manera a la necesidad colectiva. Es así que el Código Tributario Municipal establece, en su art. 21, que “los contribuyentes y demás responsables estarán obli
gados a cumplir con los deberes formales necesarios para facilitar la verificación, fiscalización, determinación y recaudación de los tributos”, entre los que cabe mencionar el deber de “comunicar, en el plazo de 15 días, cualquier hecho que provoque: a) una modificación del hecho imponible b) la generación de un nuevo hecho imponible c) la extinción de un hecho imponible”. No obstante lo dispuesto por la primera parte del inc. g) del art. 256, en relación a la exención del Impuesto a la Radicación del Automotor de los vehículos provenientes de otra jurisdicción, de la documentación agregada a las actuaciones no surge que el contribuyente haya solicitado la exención al pago del tributo mencionado por el período fiscal 2011, respecto al vehículo identificado con el dominio HEN 160;
QUE el incumplimiento de dicha norma no es excusable, toda vez que la obligación recae exclusivamente sobre el contribuyente, no pudiendo éste alegar, para excusarse del tributo al cual se encuentra comprendido, de su propia culpa y/o negligencia;
QUE en la interposición del Recurso Jerárquico el contribuyente no aportó nuevos elementos probatorios a las actuaciones. Considerando lo anteriormente expuesto y como se destaca en la doctrina, “habitualmente la Administración, al dictar el acto recurrido, tenía ya todos los elementos de juicio. Si adopta una decisión lo lógico es que la mantenga, a no ser que excepcionalmente se le aporten nuevos elementos a la vista de los cuales resuelva rectificar lo decidido” (Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx, Manual de Derecho Administrativo- Madrid, Trívium, 1999, pp. 417- 18);
QUE por todo lo expuesto la Dirección General de Asesoría Legal, sugiere rechazar el Recurso Jerárquico interpuesto por el Xx. Xxxxxxx, en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 16196 de fecha 29/05/14, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, correspondiendo la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.-RECHAZAR el Recurso Jerárquico interpuesto por el Xx. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, D.N.I Nº 16.016.561, en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 16196 de fecha 29 xx Xxxx del 2014 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx y confirmar la misma en todas sus partes.-
ARTICULO 2º.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3º.-NOTIFICAR al Xx. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 4º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SAXXX, 00 XX XXXXXX XX 0000
RESOLUCION Nº 347 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 24228-SG-2015.-
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto a fs.1 por la Sra. Xxxxxx de los Xxxxxxx Xxxxxxx, en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18112 de fecha 03/03/2015 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, mediante la cual se resuelve aplicar multa de $ 1.259,53 (Pesos Un Mil Doscientos Cincuenta y Nueve con 53/100), equivalente al 30% del tributo omitido por infracción al art. 66 del Código Tributario por los períodos 01 a 12/2008, 01 a 12/2009, 01 a 12/2010, 01 a 12/2011, 01 a 12/2012, 01 a 12/2013 y 01 a 12/2014 y comunica que a la fecha adeuda la suma de $ 4.198,44 (Pesos Cuatro Mil Ciento Noventa y Ocho con 44/100), con mas sus intereses a la fecha del total y definitivo pago, en concepto de Impuesto Automotor, correspondiente al Dominio CNG 975, y;
CONSIDERANDO:
QUE en la interposición de dicho Recurso la Xxx. Xxxxxxx manifiesta que si bien el vehículo Dominio CNG 975 fue inscripto a su nombre en el momento de su adquisición ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, con fecha 28/02/2003 lo vendió a la sociedad denominada “Mediterráneo Automotores S.A.”, hoy denominada “XXXXXXXX XXXXXXXXX e HIJOS S.A.”, con domicilio en la Av. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 xx xxxx Xxxxxx xx Xxxxx. Solicita se la libere de la responsabilidad del pago de la deuda que arroja la Actuación Prejudicial Nº 18112/2015, que asciende a la suma de $ 7.617,98, ya que la misma comprende y se genera a partir del período 1 del año 2008 y se proceda a reclamar la totalidad de la deuda a la sociedad Mediterráneo Automotores S.A. hoy Xxxxxxxx Xxxxxxxxx e Hijos S.A. por ser el dueño del vehículo desde el 28/02/2003 y único responsable del pago de la misma;
QUE a fs. 29/33 Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría de Hacienda emite dictamen en el cual manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 76 y ccs. del Código Tributario Municipal. Atento a que la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18112/15 fue notificada según cédula de notificación de fs. 21 el día 10/03/2015 y que la presentación del Recurso se formalizó el día 17/04/2015, se concluye que fue presentado extemporáneamente, por cuanto se encuentra vencido, en exceso, el plazo legal de quince (15) día previsto por el art. 76 del ordenamiento legal antes mencionado para la interposición del Recurso Jerárquico;
QUE sin dejar de considerar lo expuesto, lo cual resulta ya determinante en las actuaciones, resulta necesario destacar que de la documentación adjuntada resulta que el vehículo marca Chevrolet, modelo GMT Silverado D. Turbo Luxe, año 1999 e identificado con el dominio CNG 975, se encuentra registrado a nombre de la Sra. Xxxxxx de los Xxxxxxx Xxxxxxx, D.N.I. Nº 26.025.944, con domicilio en la Ciudad xx Xxxxx;
QUE el Dominio antes mencionado se encuentra radicado en la Ciudad xx Xxxxx, por lo que resulta comprendido dentro de lo normado por Art. Nº 253 del Código Tributario Municipal, en cuanto establece que “Por los vehículos automotores en general, acoplados, casas rodantes, motocicletas, motonetas, micro-coupes y afines, radicados en jurisdicción del municipio xx Xxxxx, se abonará un impuesto de acuerdo con la escala y clasificación que fije la Ordenanza Tributaria Anual. Salvo prueba en contrario, se considerará radicado en el municipio xx
Xxxxx todo vehículo automotor o acoplado que sea de propiedad o tenencia de personas domiciliadas dentro de la jurisdicción municipal. El impuesto será proporcional al tiempo de radicación del vehículo”;
QUE el art. 254 del mencionado ordenamiento legal establece que “Son contribuyente del impuesto de este Título los propietarios de los vehículos enumerados en el art. 253”;
QUE el deber jurídico de contribuir con las arcas fiscales también pesa sobre el contribuyente para satisfacer de esa manera a la necesidad colectiva. Es así que el Código Tributario Municipal establece, en su art. 21, que “los contribuyentes y demás responsables estarán obligados a cumplir con los deberes formales necesarios para facilitar la verificación, fiscalización, determinación y recaudación de los tributos”, entre los que se mencionara “el deber de comunicar, en el plazo de 15 días, cualquier hecho que provoque: a) una modificación del hecho imponible b) la generación de un nuevo hecho imponible c) la extinción de un hecho imponible”;
QUE la Xxx. Xxxxxxx no aportó nuevos elementos probatorios a las actuaciones. Considerando lo anteriormente expuesto y como se destaca en la doctrina, “habitualmente, la Administración, al dictar el acto recurrido, tenía ya todos los elementos de juicio. Si adopta una decisión, lo lógico es que la mantenga, a no ser que excepcionalmente se le aporten nuevos elementos, a la vista de los cuales resuelva rectificar lo decidido” (Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx, Manual de Derecho Administrativo- Madrid, Trívium, 1999, pp. 417- 18);
QUE la Dirección General de Asesoría Legal de ésta Secretaria, sugiere rechazar el Recurso Jerárquico interpuesto a fs. 01 por la Xxx. Xxxxxxx contra la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18112 de fecha 03/03/2015 de la Dirección General xx Xxxxxx de la Municipalidad xx Xxxxx;
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX XESUELVE:
ARTICULO 1º.-RECHAZAR por extemporáneo el Recurso Jerárquico interpuesto por la Sra. XXXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18112 de fecha 03/03/2015 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx y confirmar la misma en todas sus partes.-
ARTICULO 2º.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3º.-NOTIFICAR a la Sra. Xxxxxx de los Xxxxxxx Xxxxxxx del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 4º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SAXXX, 00 XX XXXXXX XX 0000
RESOLUCION Nº 348.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPTE. Nº 46295-SG-2013 y NOTA SIGA Nº 2152/14.-
VISTO el Recurso de Aclaratoria interpuesto a fs. 26/27 por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx, en contra de la Resolución Nº 067 de fecha 04/02/2014, emitida por esta Secretaría (fs. 24/24 vta.), mediante la cual se Rechaza el Recurso Jerárquico interpuesto en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 14407 de fecha 14/06/2013 de la Dirección General xx Xxxxxx, y;
CONSIDERANDO:
QUE en la interposición de dicho Recurso el Xx. Xxxxxxx, expresa que la interpretación del Organismo consiste en desconocer una denuncia de venta de un vehículo ante el Registro Automotor correspondiente y en absorber funciones delegadas por la Provincia a la Nación en lo referente a la legislación del Código Civil, en referencia a la obligaciones propter rem. Sostiene también que el Organismo desconoce que con la denuncia de venta ante el registro correspondiente, la misma hace de registro ante terceros y que al estar el vehículo vendido y no tener la posesión del mismo, las obligaciones posteriores corresponden al anterior posesionario. Afirma también que el Organismo resuelve en forma diferente dos casos similares con respecto a la validez de las denuncias de ventas. Solicita, por su parte, la nulidad de la supuesta intimación extra judicial, toda vez que la misma lleva ínsita una contradictoria lectura técnica legal, por cuanto se le llama intimación extra judicial y se encuentra suscripta por el Xx. Xxxx xx Xxxxxx y supuestamente dentro de un proceso contravencional iniciado en su contra, lo cual vulnera claramente sus legítimos derechos, toda vez que por esta vía se lo lleva a confusión y se lo pone en una situación de indefensión. Sostiene también que con la supuesta notificación extrajudicial se pretende y se persigue una verdadera actitud de recaudación en expresa mengua del debido proceso y del derecho de defensa en juicio. Afirma, por su parte, que no se persigue el procedimiento ya establecido en la Ley Nº 24.449 y decretos reglamentarios vigentes en la materia;
QUE el art. 176 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia xx Xxxxx establece que procede solicitar aclaratoria de los actos impugnables no está atacando a la Resolución Nº 067/2014 por un error material, o para subsanar omisiones o aclarar conceptos oscuros en que aquella pudo haber incurrido. Sin perjuicio de ello, del análisis efectuado se constata que no se configuran en la Resolución antes mencionada ninguno de los supuestos legales previstos por la Ley de Procedimientos Administrativos en su art. 176;
QUE a fs. 35/39 Dirección General de Asesoría Legal, de esta Secretaría emite dictamen en el cual manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos para formular el Recurso de Aclaratoria según lo dispuesto por el Art. 176 de la Ley de Procedimientos Administrativos. Atento a que la Resolución Nº 067/14 fue notificada el día 06/02/2014, y que la presentación del Recurso se formalizó el día 11/02/2014 se concluye que fué presentado en legal tiempo y forma;
QUE el art. 176 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia xx Xxxxx establece que procede solicitar aclaratoria de los actos impugnables “a fin de que sean corregidos errores materiales, subsanadas omisiones o aclarados conceptos oscuros, siempre que ello no importe una modificación esencial”, agregándose que el pedido deberá interponerse dentro del plazo de tres (3) días posteriores a la notificación;
QUE el Recurso de Aclaratoria se puede considerar como el remedio que se concede al administrado para obtener del órgano que emitió una resolución, un nuevo acto decisorio que subsane las deficiencias materiales o conceptuales que aquella contenga. Son errores materiales los de copia o aritméticos, los equívocos en que hubiese incurrido el órgano acerca de los nombres y calidad de la parte y la contradicción que pudiese existir entre los considerandos y la parte, o conceptuales. Como se dijo, el Recurso de Aclaratoria constituye una herramienta para aclarar, alguna discordancia entre la idea y los vocablos utilizados. Ello siempre y cuando no se altere lo sustancial de la decisión. Al respecto y a modo de robustecer lo anteriormente manifestado, tiene dicho la doctrina que “el recurso de aclaratoria es el remedio concedido para obtener que el mismo órgano que dicte una resolución subsane las deficiencias de orden material o conceptual que la afecten, o bien la integre de conformidad con las cuestiones oportunamente introducidas al proceso como materia de debate,
supliendo las omisiones de que adolece el pronunciamiento”, (Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx de Derecho Procesal Civil, Lexis Nexis);
QUE no obstante lo manifestado en los parágrafos anteriores, lo cual resulta ya determinante en las actuaciones, es necesario destacar en cuanto a las manifestaciones vertidas por el recurrente en la presentación que obra a fs. 26 y reiterando lo previamente dictaminado en autos, que el Municipio xx Xxxxx no desconoce, de manera alguna la denuncia de venta efectuada por el contribuyente ante el registro de la Propiedad del Automotor, por cuanto la misma no exime, conforme surge de la jurisprudencia nacional también local (Provincia de Entre Xxxx c/Estado Nacional y Municipalidad xx Xxxxx c/Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx s/Ejecución Fiscal, respectivamente) de la responsabilidad tributaria, vale decir, del pago del impuesto de la patente del automotor y de las infracciones de tránsito, tratándose éstos de impuestos locales que no están alcanzados por la aplicación de la Ley Nº 25.232. Es decir, entonces y que ante la existencia de una denuncia de venta, el titular registral denunciante sigue obligado al pago del impuesto de la patente del automotor y de las multas por infracciones de tránsito, aun cuando no detente el uso del vehículo, siendo la transmisión o transferencia del dominio el único modo de desobligarse al pago de los tributos mencionados;
QUE considerando lo expresado por el contribuyente, en cuanto manifiesta que con la notificación se pretende y se persigue una verdadera actitud de recaudación en expresa mengua del debido proceso y del derecho de defensa en juicio, se destaca que como es opinión de la gran parte de la doctrina, el debido proceso adjetivo “…supone el descargo y la prueba, la publicidad, la transparencia, la vista el acceso irrestricto a las actuaciones, la motivación de los actos y el cumplimiento de los procedimientos especiales requeridos por la ley para determinados actos y decisiones. En cualquier caso, no resultan admisibles interpretaciones que proponen restringir o limitar indebidamente el alcance del debido proceso. En ningún caso será legítimo prescindir de su observancia y cumplimiento”. (Xxxxxxxx, Xxxxxxx, Procedimiento Administrativo, 1era Edic., Buenos Aires, Xxxxxxx, 2003,p.43), agregándose también que “En definitiva, el debido proceso es el derecho a la justicia lograda en un procedimiento que supere las grietas que otrora lo postergaron a una simple cobertura del derecho de defensa en juicio. No estaremos hablando más de reglas, sino de principios” (Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx, el debido proceso en la actualidad en “El debido proceso”. Editorial Rubinzal Culzoni, argentina 2004). Al respecto, es necesario remitirnos a las constancias que obran en las actuaciones, de donde se desprende, a todas luces que el procedimiento se llevó a cabo en conformidad con la totalidad de normas y principios que establecen nuestro ordenamiento legal, lo que permitió al contribuyente cumplimentar, en debido tiempo y forma sin habérsele menguado ningún derecho y/o garantía reconocidos por la Constitución Nacional;
QUE por todo lo expuesto Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría, sugiere rechazar el Recurso de Aclaratoria interpuesto por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx, en contra de la Resolución Nº 067 de fecha 04/02/2014, emitida por esta Secretaría;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-RECHAZAR el Recurso de Aclaratoria interpuesto por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx, D.N.I Nº 20.707.015, en contra de la Resolución Nº 067 de fecha 04/02/2014, emitida por esta Secretaría, y confirmar la misma en todas sus partes.-
ARTICULO 2°.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3°.-NOTIFICAR al Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx, del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 4°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
RESOLUCION Nº 350 SECRETARIA DE HACIENDA
SALTA, 06 XX XXXXXX 2015
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SAXXX, 00 XX XXXXXX XX 0000
RESOLUCION Nº 349 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 18668-SV-2015.-
VISTO el expediente de referencia, correspondiente a la Licitación Pública Nº 34/15, convocada para la “ADQUISICIÓN DE 6 (SEIS) MOTOCICLETAS DESTINADAS A LA SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y
SEGURIDAD VIAL”, autorizada mediante Resolución Nº 243/15 (fs. 35/35 vta.) de esta Secretaría, y;
CONSIDERANDO:
QUE según Acta Extraprotocolar Municipal Nº 45 (fs. 88), en el Acta de Apertura de sobres no se presentó ninguna Empresa a formular oferta;
QUE la Dirección de Concursos de Precios y Licitaciones Públicas a fs. 89 solicita la emisión del instrumento legal pertinente que Declare Desierta la convocatoria antes citada, debiendo realizarse una Contratación Directa en los términos del Artículo Nº 13 inc. b) de la Ley Provincial Nº 6.838, el cual dice: “Cuando los procedimientos en los artículos anteriores no hubiesen logrado su finalidad. La contratación deberá hacerse con bases y especificaciones semejantes a las del Procedimiento fracasado y en su caso, con invitación a los oferentes originales, además de los que estime necesarios la entidad. La publicidad del acto se ajustará a lo que determine la reglamentación”;
QUE de conformidad a lo dispuesto por el Artículo Nº 101 del Decreto Nº 0931/96, modificado según Decreto Nº 0992/12, corresponde emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX XESUELVE:
ARTICULO 1°.-DECLARAR DESIERTO el llamado a Licitación Pública Nº 34/15, por los motivos citados en el considerando.-
ARTICULO 2º.-AUTORIZAR a la DIRECCION DE CONCURSOS DE
PRECIOS Y LICITACIONES PÚBLICAS, dependiente de la Dirección General de Contrataciones a contratar bajo la modalidad de CONTRATACION DIRECTA LIBRE ELECCION POR NEGOCIACION
DIRECTA, en los términos del Artículo Nº 13 inc. b) de la Ley Provincial Nº 6.838, la “ADQUISICIÓN DE 6 (SEIS) MOTOCICLETAS DESTINADAS A LA SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD
VIAL”, por una inversión aproximada de PESOS CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 ($ 423.666,00).-
ARTICULO 3º.-ESTABLECER que la autorización de la Convocatoria mencionada en el Artículo Nº 2, son con las bases y especificaciones semejantes a las del procedimiento fracasado, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincil Nº 6.838, Art. 13, inc. b).-
ARTICULO 4º.-DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 5º.-TOMAR conocimiento por Dirección General de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 22088-SG-2015.-
VISTO el expediente de referencia, correspondiente a la Licitación Pública Nº 35/15, convocada para la “ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTOS MUSICALES CON DESTINO A LA BANDA DE
MÚSICA DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX”, autorizada mediante Resolución Nº 258/15 (fs. 26/26 vta.) de esta Secretaría, y;
CONSIDERANDO:
QUE según Acta Extraprotocolar Municipal Nº 46 (fs. 79), en el Acta de Apertura de sobres no se presentó ninguna Empresa a formular oferta;
QUE la Dirección de Concursos de Precios y Licitaciones Públicas a fs. 80 solicita la emisión del instrumento legal pertinente que Declare Desierta la convocatoria antes citada, debiendo realizarse una Contratación Directa en los términos del Artículo Nº 13 inc. b) de la Ley Provincial Nº 6.838, el cual dice: “Cuando los procedimientos en los artículos anteriores no hubiesen logrado su finalidad. La contratación deberá hacerse con bases y especificaciones semejantes a las del Procedimiento fracasado y en su caso, con invitación a los oferentes originales, además de los que estime necesarios la entidad. La publicidad del acto se ajustará a lo que determine la reglamentación”;
QUE de conformidad a lo dispuesto por el Artículo Nº 101 del Decreto Nº 0931/96, modificado según Decreto Nº 0992/12, corresponde emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX XESUELVE:
ARTICULO 1°.-DECLARAR DESIERTO el llamado a Licitación Pública Nº 35/15, por los motivos citados en el considerando.-
ARTICULO 2º.-AUTORIZAR a la DIRECCION DE CONCURSOS DE
PRECIOS Y LICITACIONES PÚBLICAS, dependiente de la Dirección General de Contrataciones a contratar bajo la modalidad de CONTRATACION DIRECTA LIBRE ELECCION POR NEGOCIACION
DIRECTA, en los términos del Artículo Nº 13 inc. b) de la Ley Provincial Nº 6.838, la “ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTOS MUSICALES CON DESTINO A LA BANDA DE MÚSICA DE LA MUNICIPALIDAD XX
XXXXX”, por una inversión aproximada de PESOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS CON 66/100 ($ 78.622,66).-
ARTICULO 3º.-ESTABLECER que la autorización de la Convocatoria mencionada en el Artículo Nº 2, son con las bases y especificaciones semejantes a las del procedimiento fracasado, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial Nº 6.838, Art. 13, inc. b).-
ARTICULO 4º.-DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 5º.-TOMAR conocimiento por Dirección General de Contrataciones.-
ARTICULO 6°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SAXXX, 00 XX XXXXXX XX 0000
ARTICULO 6°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
RESOLUCION N° 352.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPTES. N°s 24733-SG-2011 y NOTA SIGA Nº 19806/14.-
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto a fs. 38 por el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en contra de la Resolución S/Nº de fecha 06/11/2014, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, mediante la cual dispone el desistimiento del trámite de Cese de Actividades Comerciales Nº 0001- 00003038, Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx 00000, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General Nº 019/2013, y;
CONSIDERANDO:
QUE en la interposición del Recurso el Xx. Xxxxxxx Xxxxxx manifiesta que desde el mes de julio del año 2013 reside en la Ciudad xx Xxxxxxx por lo que no tuvo acceso a la notificación cursada. Asimismo destaca que a la fecha ha regularizado su situación tributaria;
QUE Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría a fs. 65/67 emite dictamen en el cual, manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 76º y ccs. del Código Tributario Municipal. Atento a que la Resolución de fs. 36 fue notificada el día 13/11/2014, y que la presentación del Recurso se formalizó el día 02/12/2014, por lo que concluye que el contribuyente presentó el mismo, en legal tiempo y forma, como así también se verifican cumplidos los extremos legales previstos en el articulado 113º de la Ley de Procedimientos Administrativos, con lo que respecta a la acreditación de interés legítimo para peticionar;
QUE a fs. 49 Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaria solicita se informe si existen a la fecha antecedentes de condonación de deuda respecto al Padrón Comercial referenciado. A fs. 63 la Dirección de Fiscalización emite informe donde verifica que surge deuda. Asimismo a fs. 61/62 adjunta planilla determinativa de deuda;
QUE la Administración, tal como se verifica a fs. 34, efectúa la correspondiente notificación al contribuyente, respecto a la deuda pendiente de regularización como así también el posterior desistimiento por incumplimiento;
QUE como consta a fs. 61/62 el Xx. Xxxxxxx Xxxxxx, responsable xxx Xxxxxx Comercial Nº 72893, mantiene saldo de deuda, intimados oportunamente, por lo cual no se constata lo manifestado en presentación jerárquica por el contribuyente;
QUE el Código Tributario Municipal en su Art. 65º expone “Los infractores a las disposiciones de este Código, de las Ordenanzas Tributarias Especiales, de las disposiciones reglamentarias dictadas por el Organismo Fiscal y de las resoluciones e instrucciones dictadas administrativamente que establezcan o requieran el cumplimiento de deberes formales tendientes a determinar la obligación tributaria o a verificar y fiscalizar el cumplimiento que de ella hagan los responsables, serán reprimidas con multas cuyos montos mínimos y máximos serán fijados por Ordenanza Tributaria Especial Anual, sin perjuicio de las que pudieran corresponder por otras infracciones.“;
QUE por todo lo expuesto Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría aconseja rechazar el Recurso Jerárquico interpuesto por Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en contra de la Resolución S/Nº de fecha 06/11/2014 de la Dirección General xx Xxxxxx;
QUE corresponde emitir el Instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-RECHAZAR el Recurso Jerárquico interpuesto por el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, D.N.I. Nº 29.733.607 en contra de la Resolución S/Nº de fecha 06/11/2014, emitida por Dirección General xx Xxxxxx y confirmar la misma en todas sus partes.-
ARTICULO 2°.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3°.-NOTIFICAR al Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 4°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XX XXXXXX XX 0000
RESOLUCION Nº 353 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 17823-SG-2015.-
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto a fs. 01 por el comandante principal de Gendarmería Nacional, Estado Nacional Argentino, Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18142/2015 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, mediante la cual aplica una multa de $ 1.225,45 por infracción al Art. Nº 66 del Código Tributario Municipal del Catastro Nº 62701 en relación a los períodos fiscales 01 a 12/2010, 01 a 12/11, 12/12, 01 a 12/13 y 01 a 11/14 y asimismo se requiera el pago de deuda por la suma de $ 4.084,84 con mas sus intereses a la fecha de pago del total y definitivo por los conceptos ya referenciados, y;
CONSIDERANDO:
QUE en la interposición de dicho Recurso el Xx. Xxxxxxx manifiesta, a partir de que por medio de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18142/15 se aplicó multa por infracción al Art. Nº 66 del Código Tributario Municipal y se requirió el pago de deuda en concepto de Inmobiliario Urbano y Tasa General de Inmueble del Catastro Nº 62701 en relación a los períodos fiscales 01 a 12/10, 01 a 12/11, 12/12, 01 a 12/13 y 01 a 11/14, que dicho inmueble cumple funciones operativas y administrativas por lo que solicita se contemple la deuda;
QUE Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría a fs. 34/36 emite dictamen en el cuál, luego de efectuar el análisis manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 76 y ccs. del Código Tributario Municipal. Atento a que la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18142/2015, fue notificada según cédula de notificación de fs. 11 el día 10 xx Xxxxx del 2015, y que la presentación del Recurso se formalizó el día 13 xx Xxxxx del 2015, por lo que se concluye que fue presentado en legal tiempo y forma;
QUE según la cuenta corriente adjuntada a las actuaciones respecto al estado de deuda del catastro ya referenciado, aquel registra antecedentes de exención en concepto de Impuesto Inmobiliario Urbano a los períodos fiscales 01 a 12/12 y 01 a 12/13;
QUE en relación a lo manifestado en cuanto considera que la exención del pago en concepto de Inmobiliario Urbano y Tasa General de Inmueble del Catastro Nº 62701 está vigente respecto los períodos fiscales que se le reclama, lo dispuesto por los Articulados Nº 108 y Nº 247 del Código Tributario Municipal cuando por medio del primero mencionado se establece que “Para gozar de las exenciones establecidas en el artículo anterior, excepto las indicadas en los incisos
a) y h), los contribuyentes deberán solicitar su reconocimiento a la Municipalidad mediante la presentación de una Declaración Jurada, acompañando la prueba que justifique la procedencia del beneficio. Las exenciones indicadas en el artículo 107º regirán a partir del 1º de Enero del año siguiente al de la presentación de la solicitud respectiva y caducarán el 31 de diciembre del año en el cual se hubiera modificado la situación o condiciones que determinaron su procedencia…”Mientras que por el Art. Nº 247 se dispone que “Para gozar de las exenciones establecidas en el artículo anterior, excepto en caso de las objetivas, los contribuyentes deberán solicitar su reconocimiento a la Municipalidad
mediante la presentación de una Declaración Jurada, acompañando la prueba que justifique la procedencia del beneficio. Las exenciones indicadas en el articulado 246º, excepto los incisos n) y o) regirán a partir del 1º de Enero del año siguiente al de la presentación de la solicitud respectiva y caducarán el 31 de diciembre del año en el cual se hubiera modificado la situación o condiciones que determinaron su procedencia…”; es decir que la normativa es clara cuando dispone que para poder gozar de la exención ya mencionada debe solicitarse para cada ejercicio fiscal que se pretenda;
QUE a partir de lo manifestado por el Xx. Xxxxxxx en su presentación, la condonación de deudas municipales es potestad del Concejo Deliberante de la Ciudad xx Xxxxx, esto en su facultad de poder condonar deudas por tasas, contribuciones y/o impuestos de orden municipal;
QUE por todo lo expuesto la Dirección General de Asesoría Legal, sugiere hacer lugar parcialmente al Recurso Jerárquico interpuesto por la Gendarmería Nacional, Estado Nacional Argentino, por medio de su comandante principal, Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18142/2015, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx y adeuda con respecto al concepto de Impuesto Inmobiliario Urbano por los períodos fiscales 01 a 12/2010, 01 a 12/2011 y 01 a 11/2014 como así también en relación a la Tasa General de Inmueble por los períodos fiscales 01 a 12/2010, 01 a 12/2011, 01 a 12/2012, 01 a 12/2013 y 01 a 11/2014, todo esto en relación al Xxxxxxxx Xx 00000; aplicando multa establecida correspondientemente por la suma que surja de los períodos fehacientemente adeudados;
QUE corresponde emitir el Instrumento Legal pertinente;
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.-HACER LUGAR PARCIALMENTE al Recurso Jerárquico interpuesto por la Gendarmería Nacional, Estado Nacional Argentino, comandante principal Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18142/2015 de fecha 05 xx Xxxxx del 2015 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx.-
ARTÍCULO 2º.-COMUNICAR al contribuyente que adeuda con respecto al concepto de Impuesto Inmobiliario Urbano por los períodos fiscales 01 a 12/10, 01 a 12/11 y 01 a 11/14 como así también en relación a la Tasa General de Inmueble por los períodos fiscales 01 a 12/10, 01 a 12/11, 01 a 12/12, 01 a 12/13 y 01 a 11/14, todo esto en relación al Catastro Nº 62701.-
ARTICULO 3º.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4º.-NOTIFICAR al Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 5º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 XX XXXXXX XX 0000
RESOLUCION Nº 354 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTES Nºs 55602-SV-2013 y 64544-SV-2014.-
VISTO la Nota de Pedido Nº 00910/15 (fs. 21/22), mediante la cual Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial solicita la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA LA INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SEMÁFOROS EN DIFERENTES INTERSECCIONES DE LA CIUDAD”,
y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 28 Dirección General de Control del Gasto efectúa, el análisis formal del pedido;
QUE a fs. 28 vta. Subsecretaría de Planificación y Control Económico manifiesta que el monto del gasto ascendería a la suma de $ 986.700,00 (Pesos novecientos ochenta y seis mil setecientos con 00/100), resolviendo autorizar la continuación del trámite respectivo;
QUE a fs. 30 Dirección de Presupuesto informa la existencia xx xxxxxxx presupuestaria correspondiente para la presente erogación;
QUE a fs. 31 Subsecretaría de Finanzas informa la factibilidad financiera e indica la siguiente condición de pago: 30% Contado, 35% 30 días y 35% 60 días;
QUE a fs. 32 la Dirección General de Contrataciones indica que teniendo en cuenta el presupuesto oficial, el mismo se encuadra en lo dispuesto en el Artículo Nº 09 inc. b) de la Ley Provincial Nº 6.838 y Artículo Nº 9, punto 1) del Decreto Reglamentario Nº 0931/96, modificado por Decreto Nº 1196/14, razón por la cual solicita autorización para la convocatoria a Licitación Pública;
QUE conforme lo establece el Decreto Nº 0931/96, Art. Nº 3, inciso 4) la Dirección General de Contrataciones, adjuntó proyecto xx xxxxxx que regirá el llamado a Licitación Pública;
QUE a fs. 35 Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, sugiere funcionarios para integrar la Comisión de Preadjudicación, quienes tendrán a su cargo el estudio, evaluación, verificación y análisis del acto convocatorio pertinente, conforme lo establecido por el Artículo Nº 32 del Decreto Nº 0931/96;
QUE de conformidad a lo dispuesto por el Artículo Nº 101 del Decreto Reglamentario Nº 0931/96, modificado según Decreto Nº 0992/12, corresponde emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.-APROBAR el PLIEGO DE CONDICIONES que regirá el
llamado a LICITACIÓN PÚBLICA para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA LA INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SEMÁFOROS EN DIFERENTES INTERSECCIONES DE LA CIUDAD”,
el cual forma parte del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.-AUTORIZAR a la DIRECCIÓN DE CONCURSOS DE
PRECIOS Y LICITACIONES PÚBLICAS dependiente de la Dirección General de Contrataciones a convocar el llamado a LICITACION PÚBLICA, para la contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, por una inversión aproximada de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 986.700,00).-
ARTICULO 3º.-DESIGNAR la COMISION DE PREADJUDICACION
que tendrá a su cargo el estudio, evaluación, verificación y análisis de la convocatoria, la que estará integrada de la siguiente manera:
Xx. XXXXXXXX DI XXXXXX XXXXX: Director General de Estudios Técnicos- Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial.
Xx. XXXXXXX XXXXXX: Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial. Dra. XXXXXXX XXXXX: Dirección General de Control del Gasto.
Xx. XXXXXXX XXXXXX: Dirección de Concurso de Precios y Licitaciones Públicas.
ARTICULO 4º.-DEJAR establecido que los integrantes de la Comisión de Preadjudicación designados en el Artículo Nº 3, no percibirán retribución alguna, siendo sus funciones complementarias a las
asignadas en sus respectivos decretos de designación o aprobación de Contrato.-
ARTICULO 5º.-NOTIFICAR por Dirección General de Coordinación de la Secretaría de Hacienda, del contenido del presente Instrumento Legal a los Señores miembros de la Comisión de Preadjudicación.-
ARTICULO 6º.-DAR por Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 7º.-TOMAR conocimiento por Dirección General de Contrataciones.-
ARTICULO 8º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
EL PLIEGO CORRESPONDIENTE A LA RESOLUCION Nº 354 DE LA SECRETARIA DE HACIENDA SE ENCUENTRA A DISPOSICION EN LA OFICINA DEL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL.-
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 12 XX XXXXXX DE 2015
RESOLUCION N° 355.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPTES. N° 52194-SH-2009, 38706-SG-12 y NOTA SIGA Nº 5085/15.-
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto a fs. 73 por la Xxx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx, en contra de la Resolución Nº TM 6822 de fecha 06/01/2015 (fs.64/67), mediante la cual no se hace lugar al descargo formulado por la contribuyente en contra de la Resolución Nº 5680/12, se le hace saber que adeuda la suma de $ 4.877,81 (Pesos cuatro mil ochocientos setenta y siete con 81/100) por los períodos fiscales 01 a 12/2005, 01 a 12/2006, 01 a 12/2007 y 01 a 12/2008. Asimismo se aplica una multa por la suma de $ 1.463,34 (Pesos mil cuatrocientos sesenta y tres con 34/100) equivalente al 30% del tributo omitido, en relación a la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene correspondiente al Padrón Comercial Nº 64.581, y;
CONSIDERANDO:
QUE en la interposición de dicho Recurso la Sra. Ola, solicita la prescripción de deuda en relación a la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene correspondiente al Padrón Comercial Nº 64.581 por los Ejercicios Fiscales 2005 a 2008;
QUE Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría a fs. 82/84 emite dictamen en el cual, luego de efectuar el análisis manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 76 y ccs. del Código Tributario Municipal. Atento a que la Resolución de fs. 64 fué notificada el día 23/02/2015, y que la presentación del Recurso se formalizó el día 10/04/2015, se concluye que fue presentado extemporáneamente;
QUE sin dejar de considerar lo expuesto, lo cual resulta determinante para las actuaciones la Ordenanza Nº 14787 en la cual en su Art. Nº 1 se dispone “Declarar prescriptas las acciones y poderes del Organismo Fiscal para exigir el pago de tributos municipales, aplicar y hacer efectivas las multas por infracciones vinculadas a los mismos, correspondientes a obligaciones y períodos fiscales devengados hasta el 31 de diciembre del año 2007 inclusive, con excepción de aquellos casos en los que, respecto de tales tributos y/o multas, se hayan verificado algunas de las causales de interrupción del curso del plazo de prescripción previstas por el artículo 53 del Código Tributario Municipal, Ordenanza Nº 6330, texto ordenado por Ordenanza Nº 13.254 y sus modificatorias”. Xxxxxx a lo expuesto, sin dejar de considerar que la presentación es extemporánea, se cumplimenta con la Ordenanza
descripta, debiéndose declarar por prescripto lo adeudado en relación a la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, correspondiente al Padrón Comercial Nº 64.581 por el Ejercicio Fiscal 2005 a 2007;
QUE habiéndose cumplido los plazos para interponer el Recurso Jerárquico, es que se aconseja rechazar por extemporáneo;
QUE corresponde emitir el Instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-RECHAZAR por extemporáneo el Recurso Jerárquico interpuesto por la Xxx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx, D.N.I. Nº 22.455.233, en contra de la Resolución Nº TM 6822 de fecha 06/01/2015, emitida por Dirección General xx Xxxxxx.-
ARTICULO 2°.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3°.-NOTIFICAR a la Xxx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx, del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 4°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
Salta, 02 de Julio de 2014.
RESOLUCION N° 01.144/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 70.989 – SG - 2014
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XXX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- EXTENDER a favor del Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, D.N.I. Nº 8.387.104.-, el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (CAAM), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA 75.397
correspondiente al rubro “CONFITERIA CON ESPECTACULO”, desarrollada en un local que gira con el nombre de fantasía “KIKA´S” sito en xxxxx Xxxxxxxx xx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx,
Art. 2°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la notificación de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 3°: LA titular de la actividad deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Informe de Auditoría Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Art. 4°: NOTIFICAR al Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, D.N.I. Nº 8.387.104.-
, la presente Resolución.
Art. 5°.- HACER SABER que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/ 78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- REMITIR en caso de corresponder, las presentes actuaciones a la Dirección de General de Habilitaciones, para la prosecución de los tramites pertinentes.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Xxxxx, 00 xx Xxxxx xx 0000.
RESOLUCION N° 01.145/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXPTE. N° 64.610-SG-2013
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Artículo 1°.- APROBAR el Estudio de Impacto Ambiental y Social, referido al proyecto de obra denominado “EDIFICIO DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR”, de propiedad de la Xxx. XXXXXXXX XXXXX XXXX,
L.C. Nº 6.047.133.- y el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXX, D.N.I. 11.081.842, a construirse en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección H, Manzana 101, Parcela 17 a, Matrícula 93.666, localizado en la xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx.
Artículo 2°.- EMITIR la presente DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL (D.I.A.S.) de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Ordenanza N° 12.745.
Artículo 3°.- LOS titulares del proyecto deberán dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Artículo 4°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXXXX XXXXX XXXX, L.C. Nº 6.047.133.- y el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXX, D.N.I. 11.081.842 la
presente Resolución.
Artículo 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Artículo 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 3 de julio de 2015.
RESOLUCION N°1146/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL Ref. Expte. N° 840-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad “BAR - CONFITERIA CON ESPECTACULO” desarrollada por la Xxx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. N° 33.696.056, en un local sito en xxxxx Xxxxxxxx Xx 000, xx xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxx.
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad BAR - CONFITERIA CON ESPECTACULO presentada por la Xxx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. N° 33.696.056,
desarrollada en un lugar sito en calle Balcarce N°892, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentran confeccionadas y EMITIR la Declaración de Impacto Ambiental y Social.
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la Xxx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. N° 33.696.056, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° 75.398, correspondiente a la actividad BAR - CONFITERIA CON ESPECTACULO, a desarrollarse en un lugar sito en xxxxx Xxxxxxxx Xx000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxx.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años contados a partir de la notificación de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- EN particular, y en función al tipo de actividad, el titular deberá asumir los siguientes compromisos ambientales: 1. Realizar en períodos no mayores a seis (6) meses mediciones de ruidos durante el desarrollo de alguno de los espectáculos en vivo. Dichas mediciones deben estar realizadas por un Profesional idóneo, habilitado por COPAIPA, presentando en el informe las recomendaciones o sugerencias que surjan a partir de los resultados obtenidos. Dichos informes deben ser presentados ante la Subsecretaría de Servicios Públicos y Control Ambiental, o la que en el futuro la reemplace, durante el trámite de Renovación del C.A.A.M., o cuando la misma así lo solicite. En caso de no cumplimentar lo solicitado, el presente Certificado caducará indefectiblemente.
Art. 6°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I.
N° 33.696.056, la presente Resolución.
Art. 7°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 8°:.- COMUNÍCAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 3 de julio de 2015.
RESOLUCION N°1147/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL Ref. Expte. N° 10301-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como xx Xxxxxxx Impacto Ambiental y Social, a la actividad “LOCAL BAILABLE CON ESPECTACULOS – SALON DE FIESTAS SIN SERVICIO DE LUNCH”
desarrollada por el Xx. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXX, D.N.I.N°
20.858.041, en un local sito en Avda. Xxxxxxxx Xxxxxxx N° 1.220, en esta ciudad.
Art. 2°.- EL proponente deberá presentar por duplicado y copia en soporte informático, un Informe de Auditoría Ambiental y Social de seguimiento, acorde a lo descripto por el artículo 26º de la Ordenanza 12.745.-
Especialmente deberá tener en cuenta, entre otros, los siguientes requisitos:
• El responsable del proyecto deberá presentar el Informe de Auditoría Ambiental y Social firmado por un profesional que acredite, mediante constancia, estar inscripto en el Registro de Evaluadores de la Secretaria de Medio de Ambiente de la Provincia, creado por el Art.41de la ley 7.070 o la que en futuro la reemplace, quien es responsable por la veracidad, corrección técnica y efectos de lo expresado en dicho informe. Asimismo dicho profesional deberá estar habilitado por el respectivo consejo y/o Colegio Profesional.
• Los consultores individuales deberán adjuntar los instrumentos formales pertinentes que acrediten su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la Provincia, y la vigencia de la matrícula profesional habilitante, expedidos por la autoridad o entidad competente (art.3º y 4º Res. Nº 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
• En caso de que el Informe de Auditoría Ambiental y Social sea realizado con participación de una firma de consultora, la misma deberá estar firmado por su responsable técnico y por el responsable legal de la firma quienes asumen la responsabilidad prevista en el artículo 11 de la Ordenanza Nº 12.745.
• El equipo profesional responsable de la elaboración de los Informes de Impacto Ambiental y Social deberá sumar las incumbencias que abarque todas las áreas temáticas o aspectos contenidos en las respectivas presentaciones (art. 1º y 2º Res. 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
• Los organismos competentes en las respectivas materias no darán curso a los Informes de Impacto Ambiental y Social sometidos a su consideración, que no sean suscriptos por el titular de la obra o activad y por o los consultores registrados y/o habilitados. Asimismo tampoco darán curso al Informe de Auditoría Ambiental y Social que abarquen áreas temáticas o aspectos que no estén comprendidos en las incumbencias profesionales del consultor firmante o de los profesionales integrantes de las firmas consultoras. (art.7º Dec. Pcial.Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00)
• Los informes realizados por firmas consultoras, deberán ser rubricados por los profesionales encargado de cada uno de los aspectos abarcados en el Informe de Auditoría Ambiental y Social y por el Director técnico de la misma (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03
plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 5°:.- COMUNÍCAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 03 de Julio de 2015.
RESOLUCION N° 01.148/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXPTE. N° 64.610-SG-2013
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Artículo 1°.- EXTENDER a favor de la Xxx. XXXXXXXX XXXXX XXXX,
L.C. Nº 6.047.133.- y el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXX, D.N.I. 11.081.842.-, el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (CAAM), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA N° 75.399, correspondiente al proyecto de obra denominado “EDIFICIO DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR”, a construirse en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección H, Manzana 101, Parcela 17 a, Matrícula 93.666, localizado en la xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx.
Artículo 2°.- LOS titulares del proyecto de obra deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el EsIAS para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Artículo 3°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXXXX XXXXX XXXX, L.C. Nº 6.047.133.- y el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXX, D.N.I. 11.081.842.-, la
presente Resolución.
Artículo 4°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Artículo 5°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00).
• En este caso particular, por haber presentado con anterioridad Informes de Auditoría referentes a la actividad del local comercial en cuestión, debe incorporarse en el Informe un análisis de los cambios (si corresponde) que hubo en el desarrollo de la actividad en este último período, las consecuencias (impactos) de los mismos (si aplica); y así
RESOLUCION N°1149/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL Ref. Expte. N° 59386-SG-2014
POR ELLO:
Xxxxx, 0 xx xxxxx xx 0000.
también de los resultados de los planes de gestión ambiental propuestos en el Estudio/Informe anterior, al cumplimiento y eficacia de las acciones propuestas, y a medidas alternativas en caso de no haberse podido cumplir o de no haber resultado eficaces.
Art. 3°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXX,
D.N.I.N° 20.858.041, la presente Resolución.
Art. 4°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78),
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad “SALON DE FIESTAS” desarrollada por la Sra. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, D.N.I. N° 31.948.660, en un
local sito en calle Xx. Xxxxxx Xxxxx N° 123, en jurisdicción de la Municipalidad xx Xxxxx.
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad SALON DE FIESTAS presentada por la Sra. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, D.N.I. N° 31.948.660, desarrollada en un
lugar sito en calle Xx. Xxxxxx Xxxxx N°123, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentran confeccionadas y EMITIR la Declaración de Impacto Ambiental y Social.
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la Sra. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, D.N.I. N° 31.948.660, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° 75.400, correspondiente a la actividad SALON DE FIESTAS, a desarrollarse en un lugar sito en xxxxx Xx. Xxxxxx Xxxxx Xx000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxx.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años contados a partir de la notificación de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- EN particular, y en función a la actual situación de que aún no se tiene previsto el desarrollo de un evento nocturno, el titular deberá asumir el siguiente compromiso ambiental: 1. En cuanto se programe algún evento nocturno en el local, programar y realizar mediciones de ruidos durante el desarrollo del evento. Dichas mediciones deben estar realizadas por un Profesional idóneo, habilitado por COPAIPA, presentando en el informe las recomendaciones o sugerencias que surjan a partir de los resultados obtenidos; o bien coordinar las mismas con el personal de Inspecciones Ambientales de la Municipalidad xx Xxxxx. Dicho informe debe ser adjuntado en el Expediente de referencia o presentado ante la Subsecretaría de Servicios Públicos y Control Ambiental, o la que en el futuro la reemplace en el caso de que la misma así lo solicite. En caso de no cumplimentar lo solicitado, el presente Certificado caducará indefectiblemente.
Art. 6°.- NOTIFICAR a la Sra. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX,
D.N.I. N° 31.948.660, la presente Resolución.
Art. 7°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 8°:.- COMUNÍCAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 6 de julio de 2015.
RESOLUCION N° 1150/14 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REF.: EXP. N° 36129-SG-2013.
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR el Informe de Auditoria Ambiental y Social, referido a la obra denominada “EDIFICIO DE VIVIENDAS”, de propiedad de la firma EFEVEDE S.A, CUIT Nº 30-70834887-9, sito en calle Xxxx Xxxxx Nº 568 de esta ciudad, e identificado con la nomenclatura catastral Sección B, Manzana 57, Parcela 25, Matricula 37.768 del Departamento Capital.
Art. 2°.- EMITIR la presente DECLARACIÓN DE IMPACTO
AMBIENTAL Y SOCIAL (D.I.A.S.) de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Ordenanza N° 12.745.
Art. 3°: EL titular de la obra deberán dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Informe de Auditoria Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Art. 4°: NOTIFICAR a la firma EFEVEDE S.A, CUIT Nº 30-70834887-
9, la presente Resolución.
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 7 de julio de 2015.
RESOLUCION N° 1151/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL EXPTE Nº 36.129-SG-2013
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- EXTENDER a favor de la firma EFEVEDE S.A, CUIT Nº 30- 70834887-9, el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (CAAM), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA N° 75.401,
correspondiente a la obra denominada “XXXXXXXX XX XXXXXXXXX”, xxxx xx xxxxx Xxxx Xxxxx Xx 568 de esta ciudad, e identificado con la nomenclatura catastral Sección B, Manzana 57, Parcela 25, Matricula 37.768 del Departamento Capital
Art. 2°.- EL titular de la obra deberán dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Informe de Auditoria Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Art 3°.- NOTIFICAR a la firma EFEVEDE S.A, CUIT Nº 30-70834887-9,
la presente Resolución.-
Art. 4°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 5°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 07 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1152/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 23047/08
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE IMPLEMENTOS INDUSTRIALES - CARGA Y REACONDICIONAMIENTO DE CILINDROS DE OXIGENO Y AFINES,
código de actividad Nº 618012 - 624240 - 951927, desarrollada por la firma XXXXX S.R.L., CUIT Nº 33-70818342-9, en un local sito en Calle XXXXXXXXXX Nº 672, catastro Nº 6600 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE IMPLEMENTOS INDUSTRIALES - CARGA Y REACONDICIONAMIENTO DE CILINDROS DE OXIGENO Y AFINES,
presentada por el Xx. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, desarrollada en un local sito en Calle XXXXXXXXXX Nº 672, catastro Nº 6600 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma XXXXX S.R.L., CUIT Nº 33- 70818342-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-75403
correspondiente a la actividad VENTA DE IMPLEMENTOS INDUSTRIALES - CARGA Y REACONDICIONAMIENTO DE
CILINDROS DE OXIGENO Y AFINES, código de actividad Nº 618012 - 624240 - 951927 a desarrollarse en el local sito en Calle XXXXXXXXXX Nº 672, catastro Nº 6600 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 07 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1153/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 30024-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad PANADERIA ARTESANAL, código de actividad Nº 311715 - 621080 - 311723, desarrollada por el Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX, en un local sito en Manzana 22 - CASA Nº 27, Bº
SAN XXXXXX, catastro Nº 125547 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PANADERIA ARTESANAL, presentada por el Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX D.N.I. 20,727,671, desarrollada en un local sito en Manzana 22 - CASA Nº 27, Bº SAN XXXXXX, catastro Nº 125547 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75404 correspondiente a la actividad PANADERIA ARTESANAL, código de actividad Nº 311715 - 621080 - 311723 a desarrollarse en el local sito en Manzana 22 - CASA Nº 27, Bº SAN XXXXXX, catastro Nº 125547 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 07 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1154/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 26166-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad BAR - CONFITERIA SIN ESPECTACULOS, código de actividad Nº 631035 - 631051, desarrollada por el Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX, en un local sito en Xxxxx XXXXXX Xx 000 - Xxxxx 0, catastro Nº 1244 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad BAR - CONFITERIA SIN ESPECTACULOS, presentada por el Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX D.N.I. 33,584,533,
desarrollada en un local sito en Xxxxx XXXXXX Xx 000 - Xxxxx 0, catastro Nº 1244 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL
MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-75405 correspondiente a la actividad BAR - CONFITERIA SIN ESPECTACULOS, código de actividad Nº 631035 - 631051 a desarrollarse en el local sito en Xxxxx XXXXXX Xx 000 - Xxxxx 0, catastro Nº 1244 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX
la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 07 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1155/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 25485-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad BAR SIN ESPECTACULOS, código de actividad Nº 631035, desarrollada por el Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, en un local sito en Xxxxxxx XXXXX XXXX Xx 0000, catastro Nº 63787 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad BAR SIN ESPECTACULOS, presentada por el Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX D.N.I. 30,508,547, desarrollada en un local sito en Xxxxxxx XXXXX XXXX Xx 0000, catastro Nº 63787 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75406 correspondiente a la actividad BAR SIN ESPECTACULOS, código de actividad Nº 631035 a desarrollarse en el local sito en Xxxxxxx XXXXX XXXX Xx 0000, catastro Nº 63787 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días;
REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 07 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1156/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 24503-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad FIAMBRERIA - DESPENSA, código de actividad Nº 621056 - 624403, desarrollada por el Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX, en un local sito en Xxxxxxx XXXXXXX Xx 000, catastro Nº 11422 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FIAMBRERIA - DESPENSA, presentada por el Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX D.N.I. 33,753,894, desarrollada en un local sito en Xxxxxxx XXXXXXX Xx 000, catastro Nº 11422 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75407
correspondiente a la actividad FIAMBRERIA - DESPENSA, código de actividad Nº 621056 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Avenida URUGUAY Nº 979, catastro Nº 11422 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 07 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1157/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 29392-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA, código de actividad Nº 621013, desarrollada por el Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX, en un local sito en Calle ESPAÑA Nº 2101, catastro Nº 15449 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA SIN CAMARA, presentada por el Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX D.N.I. 22,467,446, desarrollada en un local sito en Calle ESPAÑA Nº 2101, catastro Nº 15449 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75408 correspondiente a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA, código de actividad Nº 621013 a desarrollarse en el local sito en Calle ESPAÑA Nº 2101, catastro Nº 15449 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
en Calle XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX Nº 384, catastro Nº 69375 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-75409 correspondiente a la actividad ROTISERIA, código de actividad Nº 621056 a desarrollarse en el local sito en Xxxxx XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX Xx 000, xxxxxxxx Xx 00000 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
XXXXXXXX la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 07 de Julio de 2015
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 07 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1158/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 24820-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ROTISERIA, código de actividad Nº 621056, desarrollada por el Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, en un local sito en Calle XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX Nº 384, catastro Nº 69375 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ROTISERIA, presentada por el Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX D.N.I. 27,974,254, desarrollada en un local sito
RESOLUCION N° 1159/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 27241-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad PESCADERIA, código de actividad Nº 621048, desarrollada por el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXX, en un local sito en Xxxxxxx XXXXXXXXXXXXX Xx 0000, catastro Nº 22652 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PESCADERIA, presentada por el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXX D.N.I. 11,080,106, desarrollada en un local sito en Xxxxxxx XXXXXXXXXXXXX Xx 0000, catastro Nº 22652 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75410 correspondiente a la actividad PESCADERIA, código de actividad Nº 621048 a desarrollarse en el local sito en Xxxxxxx XXXXXXXXXXXXX Xx 0000, catastro Nº 22652 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente
al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXX la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto
RESOLUCION N° 1161/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 67931/07
POR ELLO:
Salta, 07 de Julio de 2015
de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 07 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1160/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 35717-SG-2012
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad RADIO DIFUSORA, código de actividad Nº 941328, desarrollada por la Xxx. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, en un local sito en Calle BUENOS AIRES Nº 476, catastro Nº 69862 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RADIO DIFUSORA, presentada por la Xxx. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX D.N.I. 28,259,880, desarrollada en un local sito en Calle BUENOS AIRES Nº 476, catastro Nº 69862 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. MARIANELA NATALIA BORJA
, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75411
correspondiente a la actividad RADIO DIFUSORA, código de actividad Nº 941328 a desarrollarse en el local sito en Calle BUENOS AIRES Nº 476, catastro Nº 69862 de esta ciudad.
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad TELECABINAS - INTERNET - FOTOCOPIADORA,
presentada por la Sra. GABRIELA VERONICA POGONZA IBAÑEZ,
D.N.I. Nº 23,749,033 , desarrollada en un local sito en Calle SANTA ELENA Nº 2530, catastro Nº 82813 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. GABRIELA VERONICA POGONZA IBAÑEZ, D.N.I. Nº 23,749,033 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-58835 correspondiente a la actividad TELECABINAS - INTERNET - FOTOCOPIADORA, código de actividad Nº 720046 - 720013 - 832979 a desarrollarse en el local sito en Calle SANTA ELENA Nº 2530, catastro Nº 82813 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. GABRIELA VERONICA POGONZA
IBAÑEZ la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 07 de Julio de 2015
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIANELA NATALIA BORJA la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
RESOLUCION N° 1162/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 21949/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PINTURERIA, presentada por el Sr. JOSE ARMANDO ZELAYA, D.N.I. Nº 08,173,078 , desarrollada en un local sito en Calle JUJUY Nº 1097, catastro Nº 133667 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. JOSE ARMANDO ZELAYA, D.N.I. Nº 08,173,078 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
57836 correspondiente a la actividad PINTURERIA, código de actividad Nº 624071 a desarrollarse en el local sito en Calle JUJUY Nº 1097, catastro Nº 133667 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. JOSE ARMANDO ZELAYA la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 08 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1163/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 68045-SG-2014
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CONFITERIA SIN ESPECTACULOS - DESPENSA,
código de actividad Nº 631019 - 624403, desarrollada por la Sra. SUSANA GOMEZ, en un local sito en Avenida DEL LIBANO S/ Nº ESQ. MONSEÑOR TAVELLA, catastro Nº 93222 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CONFITERIA SIN ESPECTACULOS - DESPENSA,
presentada por la Sra. SUSANA GOMEZ D.N.I. 11,834,897, desarrollada en un local sito en Avenida DEL LIBANO S/ Nº ESQ. MONSEÑOR TAVELLA, catastro Nº 93222 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. SUSANA GOMEZ , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75412 correspondiente a la actividad CONFITERIA SIN ESPECTACULOS - DESPENSA,
código de actividad Nº 631019 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Avenida DEL LIBANO S/ Nº ESQ. MONSEÑOR TAVELLA, catastro Nº 93222 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. SUSANA GOMEZ la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 08 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1164/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 5968-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad PIZZERIA - ROTISERIA - TODO PARA LLEVAR -
VENTA DE BEBIDAS ENVASADAS, código de actividad Nº 631027 - 621056 - 624403, desarrollada por la Sra. CAROLINA ELISABETH ATENCIO, en un local sito en Calle PEDERNERA Nº 518, catastro Nº 11961 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PIZZERIA - ROTISERIA - TODO PARA LLEVAR - VENTA
DE BEBIDAS ENVASADAS, presentada por la Sra. CAROLINA ELISABETH ATENCIO D.N.I. 32,434,353, desarrollada en un local sito en Calle PEDERNERA Nº 518, catastro Nº 11961 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. CAROLINA ELISABETH ATENCIO , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75413
correspondiente a la actividad PIZZERIA - ROTISERIA - TODO PARA LLEVAR - VENTA DE BEBIDAS ENVASADAS, código de actividad Nº 631027 - 621056 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Calle PEDERNERA Nº 518, catastro Nº 11961 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. CAROLINA ELISABETH ATENCIO la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
RESOLUCION N° 1165/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 7468-SG-2013
POR ELLO:
Salta, 08 de Julio de 2015
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE CAÑOS Y ACCESORIOS DE PVC Y
SANITARIOS, presentada por el Sr. ALEJANDRO DANIEL VARGAS,
D.N.I. Nº 25,122,771 , desarrollada en un local sito en Calle
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS - VENTA
DE PESCADOS CONGELADOS - MERCADITO, código de actividad Nº 624403 - 621021 - 621048, desarrollada por la Sra. BASILIA NATIVIDAD MADRAZO FIGUEROA, en un local sito en Calle PEDERNERA Nº 505, catastro Nº 127729 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS - VENTA DE
PESCADOS CONGELADOS - MERCADITO, presentada por la Sra. BASILIA NATIVIDAD MADRAZO FIGUEROA D.N.I. 29,816,927,
desarrollada en un local sito en Calle PEDERNERA Nº 505, catastro Nº 127729 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. BASILIA NATIVIDAD MADRAZO FIGUEROA , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-75414 correspondiente a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS - VENTA DE PESCADOS
CONGELADOS - MERCADITO, código de actividad Nº 624403 - 621021 - 621048 a desarrollarse en el local sito en Calle PEDERNERA Nº 505, catastro Nº 127729 de esta ciudad.
OLAVARRIA Nº 197, catastro Nº 14560 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. ALEJANDRO DANIEL VARGAS,
D.N.I. Nº 25,122,771 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 62841 correspondiente a la actividad VENTA DE CAÑOS Y ACCESORIOS DE PVC Y SANITARIOS, código de actividad Nº 624209 - 624217 a desarrollarse en el local sito en Calle OLAVARRIA Nº 197, catastro Nº 14560 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. ALEJANDRO DANIEL VARGAS la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 08 de Julio de 2015
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. BASILIA NATIVIDAD MADRAZO
FIGUEROA la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 08 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1166/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 230003/09
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
RESOLUCION N° 1167/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 39137-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA SIN CAMARA - ALMACEN POR MENOR,
presentada por el Sr. AMBROSIO VAZQUEZ, D.N.I. Nº 12,575,931 , desarrollada en un local sito en Calle EL CLARIN Nº 3392, catastro Nº 45658 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. AMBROSIO VAZQUEZ, D.N.I. Nº 12,575,931 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-69888
correspondiente a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA - ALMACEN POR MENOR, código de actividad Nº 621013 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Calle EL CLARIN Nº 3392, catastro Nº 45658 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución,
dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. AMBROSIO VAZQUEZ la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 08 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1168/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 20801/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad EDUCACION PRIVADA - NIVEL PRIMARIO Y SECUNDARIO
- DESPENSA, presentada por la Sra. HILDA ESTELA TIRAO, D.N.I. Nº 04,749,889 , desarrollada en un local sito en Calle PELLEGRINI Nº 962, catastro Nº 1668 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. HILDA ESTELA TIRAO, D.N.I. Nº 04,749,889 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
59778 correspondiente a la actividad EDUCACION PRIVADA - NIVEL PRIMARIO Y SECUNDARIO - DESPENSA, código de actividad Nº 931012 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Calle PELLEGRINI Nº 962, catastro Nº 1668 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. HILDA ESTELA TIRAO la presente Resolución.-
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 20225/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad DESPENSA - FOTOCOPIADORA - SUB-AGENCIA DE
TOMBOLA - CABINAS TELEFONICAS, código de actividad Nº 624403
- 832979 - 622036 - 720046, desarrollada por la Sra. ANGELINA CARMEN MERCADO, en un local sito en Calle SANTA FE Nº 795, catastro Nº 6343 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad DESPENSA - FOTOCOPIADORA - SUB-AGENCIA DE
TOMBOLA - CABINAS TELEFONICAS, presentada por la Sra. ANGELINA CARMEN MERCADO D.N.I. 11,819,171, desarrollada en
un local sito en Calle SANTA FE Nº 795, catastro Nº 6343 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. ANGELINA CARMEN MERCADO , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-75415 correspondiente a la actividad DESPENSA - FOTOCOPIADORA - SUB-AGENCIA DE TOMBOLA - CABINAS
TELEFONICAS, código de actividad Nº 624403 - 832979 - 622036 - 720046 a desarrollarse en el local sito en Calle SANTA FE Nº 795, catastro Nº 6343 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. ANGELINA CARMEN MERCADO la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 08 de Julio de 2015
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 08 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1170/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 228514/09
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
RESOLUCION N° 1169/15
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad DESPENSA - ELABORACION Y VENTA DE EMPAREDADOS FRIOS Y CALIENTES TODO PARA LLEVAR -
ARTICULOS DE LIBRERÍA - FOTOCOPIADORA, presentada por el Sr. NASARIO ARIAS, D.N.I. Nº 12,712,694 , desarrollada en un local sito en Calle ESPAÑA Nº 282, catastro Nº 145810 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. NASARIO ARIAS, D.N.I. Nº 12,712,694 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-61677
correspondiente a la actividad DESPENSA - ELABORACION Y VENTA DE EMPAREDADOS FRIOS Y CALIENTES TODO PARA LLEVAR -
ARTICULOS DE LIBRERÍA - FOTOCOPIADORA, código de actividad Nº 621056 - 624403 - 624055 - 832979 a desarrollarse en el local sito en Calle ESPAÑA Nº 282, catastro Nº 145810 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. NASARIO ARIAS la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 08 de Julio de 2015
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. MARTINA GARZON PAREDES la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 08 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1172/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 22908/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE REPUESTOS Y ACCESORIOS DEL
AUTOMOTOR, presentada por el Sr. ANDRES MARCELO GUAYMAS, D.N.I. Nº 21,639,672 , desarrollada en un local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 1572, catastro Nº 14805 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
RESOLUCION N° 1171/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 15422-SG-2011
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ALMACEN POR MENOR CON VENTA DE CARNES -
VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS, presentada por la Sra. MARTINA GARZON PAREDES, D.N.I. Nº 94,024,600 , desarrollada en un local sito en Calle LOS ARISTOCRATAS Nº 1251, catastro Nº 37157 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. MARTINA GARZON PAREDES,
D.N.I. Nº 94,024,600 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 70446 correspondiente a la actividad ALMACEN POR MENOR CON VENTA DE CARNES - VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS, código de actividad Nº 624403 - 621013 - 621072 a desarrollarse en el local sito en Calle LOS ARISTOCRATAS Nº 1251, catastro Nº 37157 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. ANDRES MARCELO GUAYMAS,
D.N.I. Nº 21,639,672 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 58153 correspondiente a la actividad VENTA DE REPUESTOS Y ACCESORIOS DEL AUTOMOTOR, código de actividad Nº 624284 a desarrollarse en el local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 1572, catastro Nº 14805 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. ANDRES MARCELO GUAYMAS la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCION N° 1173/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 69606/07
POR ELLO:
Salta, 08 de Julio de 2015
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VETERINARIA (CURACION MENOR SIN INTERNACION),
presentada por el Sr. JORGE GARNICA RUGGIERO, desarrollada en un local sito en Calle ADOLFO G. ALSINA Nº 325, catastro Nº 86510 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA EL AUTOMOTOR Y SUS
ACCESORIOS, presentada por la Sra. MARIA ESTER GUILLEN,
D.N.I. Nº 10,167,255 , desarrollada en un local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 1481, catastro Nº 107045 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. MARIA ESTER GUILLEN, D.N.I. Nº 10,167,255 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
56439 correspondiente a la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA EL AUTOMOTOR Y SUS ACCESORIOS, código de actividad Nº 624284 a desarrollarse en el local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 1481, catastro Nº 107045 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIA ESTER GUILLEN la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 08 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1174/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 40664-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VETERINARIA (CURACION MENOR SIN INTERNACION), código de actividad Nº 933228, desarrollada por la firma ARMAGA S.R.L., CUIT Nº 30-70958692-7, en un local sito en Calle ADOLFO G. ALSINA Nº 325, catastro Nº 86510 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma ARMAGA S.R.L., CUIT Nº 30- 70958692-7 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-75416
correspondiente a la actividad VETERINARIA (CURACION MENOR SIN INTERNACION), código de actividad Nº 933228 a desarrollarse en el local sito en Calle ADOLFO G. ALSINA Nº 325, catastro Nº 86510 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. JORGE GARNICA RUGGIERO la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 10 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1175/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 25388/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad AGENCIA DE REMIS, presentada por el Sr. ANGEL FRANCISCO PEREZ, D.N.I. Nº 7,674,789 , desarrollada en un local sito en Calle VICENTE LOPEZ Nº 1490, catastro Nº 2812 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma GENERAL REMIS S.R.L., CUIT Nº 30-70009350-2 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
61319 correspondiente a la actividad AGENCIA DE REMIS, código de actividad Nº 711314 a desarrollarse en el local sito en Calle VICENTE LOPEZ Nº 1490, catastro Nº 2812 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. ANGEL FRANCISCO PEREZ la presente
Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente
RESOLUCION N° 1177/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 25095-SG-2015
POR ELLO:
Salta, 13 de Julio de 2015
al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 13 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1176/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 8027-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA, COLOCACION Y REPARACION DE CAÑOS DE
ESCAPE, código de actividad Nº 951315, desarrollada por el Sr. GABRIEL ANTONIO CHOQUE, en un local sito en Avenida ENTRE RIOS Nº 1072, catastro Nº 106992 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA, COLOCACION Y REPARACION DE CAÑOS DE
ESCAPE, presentada por el Sr. GABRIEL ANTONIO CHOQUE D.N.I. 27,974,411, desarrollada en un local sito en Avenida ENTRE RIOS Nº 1072, catastro Nº 106992 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. GABRIEL ANTONIO CHOQUE , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75417 correspondiente a la actividad VENTA, COLOCACION Y REPARACION DE CAÑOS DE
ESCAPE, código de actividad Nº 951315 a desarrollarse en el local sito en Avenida ENTRE RIOS Nº 1072, catastro Nº 106992 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. GABRIEL ANTONIO CHOQUE la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CONFITERIA SIN ESPECTACULOS - DESPENSA,
código de actividad Nº 631019 - 624403, desarrollada por la Sra. GABRIELA ROXANA ALANIS, en un local sito en Calle POLONIA Nº 2370, catastro Nº 42042 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CONFITERIA SIN ESPECTACULOS - DESPENSA,
presentada por la Sra. GABRIELA ROXANA ALANIS D.N.I. 26,014,078, desarrollada en un local sito en Calle POLONIA Nº 2370, catastro Nº 42042 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. GABRIELA ROXANA ALANIS , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75418 correspondiente a la actividad CONFITERIA SIN ESPECTACULOS - DESPENSA,
código de actividad Nº 631019 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Calle POLONIA Nº 2370, catastro Nº 42042 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. GABRIELA ROXANA ALANIS la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 13 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1178/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 20882/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad SERVICIO DE SANEAMIENTO Y SIMILARES (INCLUYE RECOLECCION DE RESIDUOS, LIMPIEZA, EXTERMINIO,
FUMIGACION Y DESINFECCION), presentada por la Sra. MYRNA GRACIELA STRADELLA, D.N.I. Nº 02,898,301 , desarrollada en un local sito en Calle LA CAPITAL MAR DEL PLATA Nº 2589, catastro Nº 71157 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. MYRNA GRACIELA STRADELLA, D.N.I. Nº 02,898,301 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-50429 correspondiente a la actividad SERVICIO DE SANEAMIENTO Y SIMILARES (INCLUYE RECOLECCION DE RESIDUOS, LIMPIEZA, EXTERMINIO, FUMIGACION Y
DESINFECCION), código de actividad Nº 920010 a desarrollarse en el local sito en Calle LA CAPITAL MAR DEL PLATA Nº 2589, catastro Nº 71157 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. MYRNA GRACIELA STRADELLA la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 13 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1179/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 7091-SG-2014
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES, código de actividad Nº 624381, desarrollada por la firma H V EQUIPAMIENTOS COMERCIALES S.R.L., CUIT Nº 30-71433527-4,
en un local sito en Calle ARTURO OÑATIVIA Nº 534, catastro Nº 68744 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES, presentada por la Sra. ADRIANA CECILIA VALDEZ, desarrollada en un local sito en Calle ARTURO OÑATIVIA Nº 534, catastro Nº 68744 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma H V EQUIPAMIENTOS COMERCIALES S.R.L., CUIT Nº 30-71433527-4 el CERTIFICADO DE
APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-75419 correspondiente a la actividad VENTA DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES, código de actividad Nº 624381 a desarrollarse en el local sito en Calle ARTURO OÑATIVIA Nº 534, catastro Nº 68744 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. ADRIANA CECILIA VALDEZ la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1180/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 21684-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE ABERTURAS (ALUMINIO), código de actividad Nº 616087, desarrollada por la firma CASAL ABERTURAS S.R.L., CUIT Nº 30-71477864-8, en un local sito en Avda. CHILE Nº 0, catastro Nº 98016 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE ABERTURAS (ALUMINIO), presentada por la Sra. NANCY VALERIA MARIN, desarrollada en un local sito en Avda. CHILE Nº 0, catastro Nº 98016 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma CASAL ABERTURAS S.R.L., CUIT Nº 30-71477864-8 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
75420 correspondiente a la actividad VENTA DE ABERTURAS (ALUMINIO), código de actividad Nº 616087 a desarrollarse en el local sito en Avda. CHILE Nº 0, catastro Nº 98016 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. NANCY VALERIA MARIN la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1181/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 56837-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA EL AUTOMOTOR,
presentada por la Sra. DORA LILIANA ARMENGOT, D.N.I. Nº 16,517,235 , desarrollada en un local sito en Avda. GRAL. SAN MARTIN Nº 1650, catastro Nº 14858 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma TODO RENAULT S.R.L., CUIT Nº 33-71246686-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
70371 correspondiente a la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA EL AUTOMOTOR, código de actividad Nº 624284 a desarrollarse en el local sito en Avda. GRAL. SAN MARTIN Nº 1650, catastro Nº 14858 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. DORA LILIANA ARMENGOT la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1182/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 21957-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad EMPRESA DE VIAJES Y TURISMO - DISEÑO GRAFICO
- DIGITALIZACION DE IMÁGENES, código de actividad Nº 719110 - 342017, desarrollada por la firma LOMINA S.R.L., CUIT Nº 30- 71221006-7, en un local sito en Calle ESPAÑA Nº 788, catastro Nº 3471 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad EMPRESA DE VIAJES Y TURISMO - DISEÑO GRAFICO -
DIGITALIZACION DE IMÁGENES, presentada por el Sr. JOSE CARLOS LENCINA, desarrollada en un local sito en Calle ESPAÑA Nº 788, catastro Nº 3471 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma LOMINA S.R.L., CUIT Nº 30- 71221006-7 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-75421
correspondiente a la actividad EMPRESA DE VIAJES Y TURISMO - DISEÑO GRAFICO - DIGITALIZACION DE IMÁGENES, código de
actividad Nº 719110 - 342017 a desarrollarse en el local sito en Calle ESPAÑA Nº 788, catastro Nº 3471 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. JOSE CARLOS LENCINA la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1183/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 201600/10
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad COLEGIO DE EDUCACION PRIMARIA Y SECUNDARIA,
presentada por el Sr. RODOLFO LUIS CARMONA, D.N.I. Nº 14,406,759 , desarrollada en un local sito en Avda. DEL GOLF Nº 196, catastro Nº 45980 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma ESCUELA DEL CERRO S.R.L., CUIT Nº 30-67307850-4 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
64444 correspondiente a la actividad COLEGIO DE EDUCACION PRIMARIA Y SECUNDARIA, código de actividad Nº 931012 a desarrollarse en el local sito en Avda. DEL GOLF Nº 196, catastro Nº 45980 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. RODOLFO LUIS CARMONA la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1184/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 229382/09
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad TALLER DE REPARACION Y VENTA DE MAQUINARIAS AGRICOLAS - VENTA DE REPUESTOS - FABRICACION DE
MAQUINARIAS AGRICOLAS, presentada por el Sr. GUSTAVO ADRIAN ROVALETTI, D.N.I. Nº 08,354,105 , desarrollada en un local sito en Avda. CHILE Nº 1650, catastro Nº 155935 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma CORNEJO ROVALETTI S.R.L., CUIT Nº 30-61518038-2 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
63351 correspondiente a la actividad TALLER DE REPARACION Y VENTA DE MAQUINARIAS AGRICOLAS - VENTA DE REPUESTOS -
FABRICACION DE MAQUINARIAS AGRICOLAS, código de actividad Nº 951211 - 382213 - 624241 - 618039 a desarrollarse en el local sito en Avda. CHILE Nº 1650, catastro Nº 155935 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. GUSTAVO ADRIAN ROVALETTI la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78),
plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1185/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 35406-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE CELULARES - ACCESORIOS Y REPARACION, código de actividad Nº 624381 - 951218, desarrollada por el Sr. NICOLAS ALEJANDRO NAVARRO, en un local sito en Calle ISLAS MALVINAS Nº 257, catastro Nº 14540 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE CELULARES - ACCESORIOS Y REPARACION,
presentada por el Sr. NICOLAS ALEJANDRO NAVARRO D.N.I. 28,886,429, desarrollada en un local sito en Calle ISLAS MALVINAS Nº 257, catastro Nº 14540 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. NICOLAS ALEJANDRO NAVARRO , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-75422 correspondiente a la actividad VENTA DE CELULARES - ACCESORIOS Y REPARACION, código de actividad Nº 624381 - 951218 a desarrollarse en el local sito en Calle ISLAS MALVINAS Nº 257, catastro Nº 14540 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. NICOLAS ALEJANDRO NAVARRO la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1186/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 60331-SG-2013
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, código de actividad Nº 621021, desarrollada por la Sra. LUISA GLADYS CASTILLO, en un local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 782 - Puesto 1 - Sector C, catastro Nº 4551 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, presentada por la Sra. LUISA GLADYS CASTILLO D.N.I. 20,707,509, desarrollada en un local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 782 - Puesto 1 - Sector C, catastro Nº 4551 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. LUISA GLADYS CASTILLO , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75423 correspondiente a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, código de actividad Nº 621021 a desarrollarse en el local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 782 - Puesto 1 - Sector C, catastro Nº 4551 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. LUISA GLADYS CASTILLO la presente Resolución.-
esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad AUTOSERVICIO - VENTA DE AVES FAENADAS Y
DERIVADOS (SIN CAMARA), presentada por la Sra. DINA CLAUDIA VEDIA VILLENA D.N.I. 31,035,909, desarrollada en un local sito en Avenida ZACARIAS YANCI Nº 1167, catastro Nº 100877 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. DINA CLAUDIA VEDIA VILLENA , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75424
correspondiente a la actividad AUTOSERVICIO - VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS (SIN CAMARA), código de actividad Nº 624403 - 621021 a desarrollarse en el local sito en Avenida ZACARIAS YANCI Nº 1167, catastro Nº 100877 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. DINA CLAUDIA VEDIA VILLENA la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1187/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 19885-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad AUTOSERVICIO - VENTA DE AVES FAENADAS Y
DERIVADOS (SIN CAMARA), código de actividad Nº 624403 - 621021, desarrollada por la Sra. DINA CLAUDIA VEDIA VILLENA, en un local sito en Avenida ZACARIAS YANCI Nº 1167, catastro Nº 100877 de
RESOLUCION N° 1188/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 32137-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ROTISERIA, código de actividad Nº 621056, desarrollada por el Sr. JULIO ALBERTO ARAMAYO, en un local sito en Calle 20 DE FEBRERO Nº 640, catastro Nº 2069 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ROTISERIA, presentada por el Sr. JULIO ALBERTO ARAMAYO D.N.I. 26,222,950, desarrollada en un local sito en Calle 20 DE FEBRERO Nº 640, catastro Nº 2069 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. JULIO ALBERTO ARAMAYO , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75425 correspondiente a la actividad ROTISERIA, código de actividad Nº 621056 a
desarrollarse en el local sito en Calle 20 DE FEBRERO Nº 640, catastro Nº 2069 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación
RESOLUCION N° 1190/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 82094-SG-2014
POR ELLO:
Salta, 14 de Julio de 2015
del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. JULIO ALBERTO ARAMAYO la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1189/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 21929/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad DEPOSITO Y VENTA DE ARTICULOS COMESTIBLES CON
CAMARA FRIGORIFICA, presentada por la Sra. MARIA CELESTE VILA, D.N.I. Nº 27,027,100 , desarrollada en un local sito en Calle RUY DIAZ DE GUZMAN Nº 650, catastro Nº 142989 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma VILA S.A., CUIT Nº 30- 70965915-0 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-58312
correspondiente a la actividad DEPOSITO Y VENTA DE ARTICULOS COMESTIBLES CON CAMARA FRIGORIFICA, código de actividad Nº 619108 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Calle RUY DIAZ DE GUZMAN Nº 650, catastro Nº 142989 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIA CELESTE VILA la presente Resolución.-
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad LAVADERO ECOLOGICO DE AUTOMOTORES A
DOMICILIO (MOVIL), código de actividad Nº 711632, desarrollada por el Sr. LUIS ALBERTO PEIRO, en un local sito en Avenida DEL BICENTENARIO DE LA BATALLA DE SALTA Nº 702 - Gondola
ANOA-S01-GO002, catastro Nº 6057 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad LAVADERO ECOLOGICO DE AUTOMOTORES A
DOMICILIO (MOVIL), presentada por el Sr. LUIS ALBERTO PEIRO
D.N.I. 16,350,968, desarrollada en un local sito en Avenida DEL BICENTENARIO DE LA BATALLA DE SALTA Nº 702 - Gondola ANOA-S01-GO002, catastro Nº 6057 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. LUIS ALBERTO PEIRO , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75194 correspondiente a la actividad LAVADERO ECOLOGICO DE AUTOMOTORES A
DOMICILIO (MOVIL), código de actividad Nº 711632 a desarrollarse en el local sito en Avenida DEL BICENTENARIO DE LA BATALLA DE SALTA Nº 702 - Gondola ANOA-S01-GO002, catastro Nº 6057 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. LUIS ALBERTO PEIRO la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
RESOLUCION N° 1191/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 23176/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad BAR - ALBERGUE TRANSITORIO, presentada por el Sr. MIGUEL GONZALEZ, D.N.I. Nº 13,347,464 , desarrollada en un local sito en Avda. GATO Y MANCHA S/ Nº Bº DON EMILIO, catastro Nº 97370 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma FANTASIAS S.R.L., CUIT Nº 30-63114432-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
58227 correspondiente a la actividad BAR - ALBERGUE TRANSITORIO, código de actividad Nº 631035 - 632031 a desarrollarse en el local sito en Avda. GATO Y MANCHA S/ Nº Bº DON EMILIO, catastro Nº 97370 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. MIGUEL GONZALEZ la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1192/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 67976/07
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad INSTITUTO DE ENSEÑANZA DE INGLES Y FORMACION DOCENTE - VENTA E GOLOSINAS - GASEOSAS - EMPAREDADOS
FRIOS, presentada por la Sra. VIRGINIA CABRERA, D.N.I. Nº 26,045,516 , desarrollada en un local sito en Calle GRAL. ALVARADO Nº 315, catastro Nº 2626 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma INSTITUTO FRANKLIN S.R.L., CUIT Nº 30-71021187-2 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
56352 correspondiente a la actividad INSTITUTO DE ENSEÑANZA DE INGLES Y FORMACION DOCENTE - VENTA E GOLOSINAS -
GASEOSAS - EMPAREDADOS FRIOS, código de actividad Nº 931013
- 624381 - 621056 a desarrollarse en el local sito en Calle GRAL. ALVARADO Nº 315, catastro Nº 2626 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. VIRGINIA CABRERA la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1193/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 66293/06
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad DEPOSITO DE BEBIDAS ENVASADAS, presentada por el Sr. JUAN DURAN, D.N.I. Nº 92,222,766 , desarrollada en un local sito en Calle JUAN ESTEBAN TAMAYO Nº 385, catastro Nº 14177 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma J & J S.R.L., CUIT Nº 30- 70965335-7 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-54038
correspondiente a la actividad DEPOSITO DE BEBIDAS ENVASADAS, código de actividad Nº 612057 a desarrollarse en el local sito en Calle JUAN ESTEBAN TAMAYO Nº 385, catastro Nº 14177 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. JUAN DURAN la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1194/15
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 25585-SG-2013
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad DESPENSA - VENTA DE PAN Y COCCION, presentada por el Sr. LUIS FEDERICO DI PASQUO, D.N.I. Nº 20,982,476 ,
desarrollada en un local sito en Avenida DEL BICENTENARIO DE LA BATALLA DE SALTA Nº 5, catastro Nº 41920 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. LUIS FEDERICO DI PASQUO,
D.N.I. Nº 20,982,476 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 71866 correspondiente a la actividad DESPENSA - VENTA DE PAN Y COCCION, código de actividad Nº 624403 - 621080 a desarrollarse en el local sito en Avenida DEL BICENTENARIO DE LA BATALLA DE SALTA Nº 5, catastro Nº 41920 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. LUIS FEDERICO DI PASQUO la presente
Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1195/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 201023-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE TELAS - ARTICULOS DE TAPICERIA - ILUMINACION - VENTA DE MUEBLES - DECORACION, presentada por la Sra. DANIELA VERONICA SLOTOWSKY, D.N.I. Nº 26,566,011 ,
desarrollada en un local sito en Calle DR. FLORENTINO AMEGHINO Nº 507, catastro Nº 3040 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. DANIELA VERONICA SLOTOWSKY, D.N.I. Nº 26,566,011 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-68645 correspondiente a la actividad VENTA DE TELAS - ARTICULOS DE TAPICERIA - ILUMINACION - VENTA DE
MUEBLES - DECORACION, código de actividad Nº 624381 - 624225 - 624020 a desarrollarse en el local sito en Calle DR. FLORENTINO AMEGHINO Nº 507, catastro Nº 3040 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. DANIELA VERONICA SLOTOWSKY la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1196/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 230257/09
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FABRICA DE PASTAS SECAS Y FRESCAS, presentada por el Sr. JUAN IGNACIO BUDONNET, D.N.I. Nº 13,482,622 ,
desarrollada en un local sito en Calle SUBOF. 2do J. RODRIGUEZ Nº 399, catastro Nº 92820 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. JUAN IGNACIO BUDONNET, D.N.I. Nº 13,482,622 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON INDUSTRIAL SLA-
5355 correspondiente a la actividad FABRICA DE PASTAS SECAS Y FRESCAS, código de actividad Nº 311758 - 311766 a desarrollarse en el local sito en Calle SUBOF. 2do J. RODRIGUEZ Nº 399, catastro Nº 92820 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. JUAN IGNACIO BUDONNET la presente
Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1197/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 24431/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE ARIDOS, código de actividad Nº 616079, desarrollada por el Sr. JORGE ANDRES MAMANI, en un local sito en Calle J.M. LEGUIZAMON Nº 1360, catastro Nº 22020 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE ARIDOS, presentada por el Sr. JORGE ANDRES MAMANI D.N.I. 10,976,971, desarrollada en un local sito en Calle J.M. LEGUIZAMON Nº 1360, catastro Nº 22020 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. JORGE ANDRES MAMANI , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75426 correspondiente a la actividad VENTA DE ARIDOS, código de actividad Nº 616079 a desarrollarse en el local sito en Calle J.M. LEGUIZAMON Nº 1360, catastro Nº 22020 de esta ciudad.
R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA Y REPARACION DE TELEFONIA CELULAR
(SERVICE), presentada por el Sr. OSCAR JESUS PEREA, D.N.I. Nº 25,802,324 , desarrollada en un local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 587, catastro Nº 11292 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. OSCAR JESUS PEREA, D.N.I. Nº 25,802,324 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-60126
correspondiente a la actividad VENTA Y REPARACION DE TELEFONIA CELULAR (SERVICE), código de actividad Nº 624381 - 959944 a desarrollarse en el local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 587, catastro Nº 11292 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. OSCAR JESUS PEREA la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. JORGE ANDRES MAMANI la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 01.199/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXPTE. N° 04.185-SG-2014
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Artículo 1°.- APROBAR el Estudio de Impacto Ambiental y Social, referido al proyecto de obra denominado “EDIFICIO DE VIVIENDAS”, de propiedad de la Sra. NELIDA BAISSAC DE LAVAQUE, D.N.I. Nº 3.280.835.-, a construirse en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección E, Manzana 22 c, Parcela 04, Matrícula 9.475, localizado en la calle Islas Malvinas Nº 250, de la ciudad de Salta.
Artículo 2°.- EMITIR la presente DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL (D.I.A.S.) de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Ordenanza N° 12.745.
RESOLUCION N° 1198/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 225166/09
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
Artículo 3°.- LA titular del proyecto deberán dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Artículo 4°.- NOTIFICAR a la Sra. NELIDA BAISSAC DE LAVAQUE,
D.N.I. Nº 3.280.835.-, la presente Resolución.
Artículo 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Artículo 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL, archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de julio de 2015.
catastro 93.142, sección D, manzana 52, parcela 10ª, sito en calle Zabala esquina Santa Fe de la Ciudad de Salta.
Artículo 2°.- EMITIR la presente DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL (D.I.A.S.) de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Ordenanza N° 12.745.
Artículo 3°.- EL titular de la actividad deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Informe de Auditoria Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
RESOLUCION N° 01.200/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 6.582-SG-2014.
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Artículo 1°.- APROBAR el Informe de Auditoría Ambiental y Social referido al rubro “SALON DE ENTRETENIMIENTO DE JUEGOS DE AZAR – CONFITERIA SIN ESPECTACULO (EXCLUSIVO PARA
CLIENTES)”, desarrollado por la firma SIGAR S.A., en un local que gira con el nombre de fantasía CASINO BOULEVARD, sito en Av. Bicentenario de la Batalla de Salta Nº 702, de la ciudad de Salta.
Artículo 2°.- EMITIR la presente DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL (D.I.A.S.) de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Ordenanza N° 12.745.
Artículo 3°.- EL titular de la actividad deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Informe de Auditoria Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Artículo 4°.- NOTIFICAR a la firma SIGAR S.A., la presente Resolución.
Artículo 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Artículo 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL, archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 14 de Julio de 2015.
Artículo 4°.- NOTIFICAR al Sr. Ricardo Miguel Keticoglu, D.N.I. Nº 20.707.620, la presente Resolución.
Artículo 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Artículo 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL, archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1202/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
REFERENCIA: EXP. N° 202773/10 - 37396-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RESIDENCIAL CATEGORIA "B", presentada por la Sra. LAURA CRISTINA MARQUEZ, D.N.I. Nº 14,281,178 , desarrollada en
un local sito en Calle GRAL. ALVARADO Nº 71, catastro Nº 30751 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. LAURA CRISTINA MARQUEZ,
D.N.I. Nº 14,281,178 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 70091 correspondiente a la actividad RESIDENCIAL CATEGORIA "B", código de actividad Nº 632015 a desarrollarse en el local sito en Calle GRAL. ALVARADO Nº 71, catastro Nº 30751 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
RESOLUCION N° 1201/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 71739-SG-2014
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Artículo 1°.- APROBAR el Estudio de Impacto Ambiental y Social referido al proyecto de obra y actividad “ESTACION DE SERVICIO PARA EXPENDIO DE GNC”, a ejecutarse en un predio identificado con
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. LAURA CRISTINA MARQUEZ la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1203/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 28981-SG-2015
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad FOTOCOPIADORA, código de actividad Nº 832979, desarrollada por el Sr. SANDRO IVAN HIDALGO, en un local sito en Calle SANTIAGO DEL ESTERO Nº 229, catastro Nº 51290 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FOTOCOPIADORA, presentada por el Sr. SANDRO IVAN HIDALGO D.N.I. 18,668,800, desarrollada en un local sito en Calle SANTIAGO DEL ESTERO Nº 229, catastro Nº 51290 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. SANDRO IVAN HIDALGO, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75427 correspondiente a la actividad FOTOCOPIADORA, código de actividad Nº 832979 a desarrollarse en el local sito en Calle SANTIAGO DEL ESTERO Nº 229, catastro Nº 51290 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. SANDRO IVAN HIDALGO la presente Resolución.-
R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad PANADERIA - ALMACEN POR MENOR, código de actividad Nº 621080 - 311715 - 311723 - 624403, desarrollada por el Sr. FERNANDO MATIAS BURGOS, en un local sito en Calle TERESA CADENA DE HESSLING Nº 1488, catastro Nº 56388 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PANADERIA - ALMACEN POR MENOR, presentada por el Sr. FERNANDO MATIAS BURGOS D.N.I. 24,338,915, desarrollada en
un local sito en Calle TERESA CADENA DE HESSLING Nº 1488, catastro Nº 56388 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. FERNANDO MATIAS BURGOS , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75428 correspondiente a la actividad PANADERIA - ALMACEN POR MENOR, código de actividad Nº 621080 - 311715 - 311723 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Calle TERESA CADENA DE HESSLING Nº 1488, catastro Nº 56388 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. FERNANDO MATIAS BURGOS la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de Julio de 2015
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1204/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 26534-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
RESOLUCION N° 1205/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 19250-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA Y REPARACION DE TELEFONOS CELULARES
Y ACCESORIOS - TELECABINAS - DESPENSA, código de actividad Nº 624381 - 951218 - 720046 - 624403, desarrollada por el Sr. HERNAN MATIAS HERRERA, en un local sito en Calle ITUZAINGO Nº 417, catastro Nº 22460 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA Y REPARACION DE TELEFONOS CELULARES Y
ACCESORIOS - TELECABINAS - DESPENSA, presentada por el Sr.
HERNAN MATIAS HERRERA D.N.I. 32,365,091, desarrollada en un local sito en Calle ITUZAINGO Nº 417, catastro Nº 22460 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. HERNAN MATIAS HERRERA, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75429 correspondiente a la actividad VENTA Y REPARACION DE TELEFONOS CELULARES
Y ACCESORIOS - TELECABINAS - DESPENSA, código de actividad Nº 624381 - 951218 - 720046 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Calle ITUZAINGO Nº 417, catastro Nº 22460 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. HERNAN MATIAS HERRERA la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1206/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 203460/10
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VETERINARIA Y VENTA DE ACCESORIOS, presentada por el Sr. JORGE ANDRES FRAUNHOFER, D.N.I. Nº 17,791,304 ,
desarrollada en un local sito en Calle URQUIZA Nº 1021, catastro Nº 98798 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. JORGE ANDRES FRAUNHOFER,
D.N.I. Nº 17,791,304 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 69156 correspondiente a la actividad VETERINARIA Y VENTA DE ACCESORIOS, código de actividad Nº 933228 a desarrollarse en el local sito en Calle URQUIZA Nº 1021, catastro Nº 98798 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. JORGE ANDRES FRAUNHOFER la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1207/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 21913/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PLAYA DE ESTACIONAMIENTO, presentada por la Sra. AIDA ISABEL CARTER, D.N.I. Nº 11,283,640 , desarrollada en un local sito en Calle DEAN FUNES Nº 32, catastro Nº 1206 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. AIDA ISABEL CARTER, D.N.I. Nº 11,283,640 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
57584 correspondiente a la actividad PLAYA DE ESTACIONAMIENTO, código de actividad Nº 711616 a desarrollarse en el local sito en Calle DEAN FUNES Nº 32, catastro Nº 1206 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. AIDA ISABEL CARTER la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1208/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 17508-SG-2011
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PINTURERIA - FERRETERIA, presentada por el Sr. ROLANDO DANIEL RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 11,311,448 , desarrollada
en un local sito en Avenida CONSTITUCION NACIONAL Nº 778, catastro Nº 62138 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. ROLANDO DANIEL RODRIGUEZ,
D.N.I. Nº 11,311,448 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 66522 correspondiente a la actividad PINTURERIA - FERRETERIA, código de actividad Nº 624071 a desarrollarse en el local sito en Avenida CONSTITUCION NACIONAL Nº 778, catastro Nº 62138 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIA TERESITA DEL VALLE FRIAS
la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de Julio de 2015
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. ROLANDO DANIEL RODRIGUEZ la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1209/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 73682-SG-2011
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA MOTOS,
presentada por la Sra. MARIA TERESITA DEL VALLE FRIAS, D.N.I. Nº 22,714,787 , desarrollada en un local sito en Calle MITRE Nº 980, catastro Nº 4116 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. MARIA TERESITA DEL VALLE FRIAS, D.N.I. Nº 22,714,787 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-68469 correspondiente a la actividad VENTA DE REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA MOTOS, código de actividad Nº 624270 a desarrollarse en el local sito en Calle MITRE Nº 980, catastro Nº 4116 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente
RESOLUCION N° 1210/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 24335-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad RESTAURANTE - BAR - CONFITERIA SIN ESPECTACULOS - DESPENSA - SERVICIO DE CATERING, código
de actividad Nº 631019 - 631035 - 631051 - 624403, desarrollada por la firma ERMAYA S.R.L., CUIT Nº 30-71150999-9, en un local sito en Avda. RODRIGUEZ DURAÑONA Nº 822, catastro Nº 159021 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RESTAURANTE - BAR - CONFITERIA SIN ESPECTACULOS - DESPENSA - SERVICIO DE CATERING,
presentada por la Sra. MARIA ANABELLA ALFARANO, desarrollada en un local sito en Avda. RODRIGUEZ DURAÑONA Nº 822, catastro Nº 159021 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma ERMAYA S.R.L., CUIT Nº 30- 71150999-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-75430
correspondiente a la actividad RESTAURANTE - BAR - CONFITERIA SIN ESPECTACULOS - DESPENSA - SERVICIO DE CATERING,
código de actividad Nº 631019 - 631035 - 631051 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Avda. RODRIGUEZ DURAÑONA Nº 822, catastro Nº 159021 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIA ANABELLA ALFARANO la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78),
plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de Julio de 2015.
RESOLUCION N° 01.211/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXPTE. N° 04.185-SG-2014
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Artículo 1°.- EXTENDER a favor de la Sra. NELIDA BAISSAC DE LAVAQUE, D.N.I. Nº 3.280.835.-, el CERTIFICADO DE APTITUD
AMBIENTAL MUNICIPAL (CAAM), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA N° 75.431, correspondiente al proyecto de obra denominado “EDIFICIO DE VIVIENDAS” a construirse en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección E, Manzana 22 c, Parcela 04, Matrícula 9.475, localizado en la calle Islas Malvinas Nº 250, de la ciudad de Salta.
Artículo 2°.- LA titular del proyecto de obra deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el EsIAS para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Artículo 3°.- NOTIFICAR a la Sra. NELIDA BAISSAC DE LAVAQUE,
D.N.I. Nº 3.280.835.-, la presente Resolución.
Artículo 4°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Artículo 5°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL, archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de Julio de 2015.
RESOLUCION N° 01.212/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REF.: EXP. N° 6.582-SG-2014
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Artículo 1°.- RENOVAR a favor de la firma SIGAR S.A., el
CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (CAAM),
registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA N° 50.508 correspondiente al rubro “SALON DE ENTRETENIMIENTO DE JUEGOS DE AZAR – CONFITERIA SIN ESPECTACULO
(EXCLUSIVO PARA CLIENTES), desarrollado en un local que gira con el nombre de fantasía CASINO BOULEVARD, sito en Av. Bicentenario de la Batalla de Salta Nº 702, de la ciudad de Salta.
Artículo 2°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la notificación de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Artículo 3°.- LA titular del proyecto de obra deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el EsIAS para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Artículo 4°.- NOTIFICAR a la firma SIGAR S.A., la presente Resolución.-
Artículo 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Artículo 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL, archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 15 de julio de 2015.
RESOLUCION N° 1213/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REF.: EXP. N° 71379-SG-2014
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Artículo 1°.- EXTENDER a favor del Sr. Ricardo Miguel Keticoglu,
D.N.I. Nº 20.707.620, el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (CAAM), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA N°
75.432 para el proyecto de obra y actividad “ESTACION DE SERVICIO PARA EXPENDIO DE GNC”, a ejecutarse en un predio identificado con catastro 93.142, sección D, manzana 52, parcela 10ª, sito en calle Zabala esquina Santa Fe de la Ciudad de Salta.
Artículo 2°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la notificación de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Artículo 3°.- EL titular del proyecto de obra deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Artículo 4°.- NOTIFICAR al Sr. Ricardo Miguel Keticoglu, D.N.I. Nº 20.707.620, la presente Resolución.-
Artículo 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Artículo 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL, archivar.-
ZUÑIGA
RESOLUCION N° 1214/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 66612/07
POR ELLO:
Salta, 16 de Julio de 2015
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad TALLER MECANICO, código de actividad Nº 951315, desarrollada por el Sr. LUIS ALBERTO CARDENAS, en un local sito en Calle JURAMENTO Nº 3272, catastro Nº 44774 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad PANADERIA - ALMACEN POR MENOR, código de actividad Nº 621080 - 311715 - 311723 - 624403, desarrollada por el Sr. NORBERTO RAMON CARDOZO, en un local sito en Calle LOS MIRLOS Nº 4709, catastro Nº 140076 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PANADERIA - ALMACEN POR MENOR, presentada por el Sr. NORBERTO RAMON CARDOZO D.N.I. 22,554,134, desarrollada
en un local sito en Calle LOS MIRLOS Nº 4709, catastro Nº 140076 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. NORBERTO RAMON CARDOZO , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75433 correspondiente a la actividad PANADERIA - ALMACEN POR MENOR, código de actividad Nº 621080 - 311715 - 311723 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Calle LOS MIRLOS Nº 4709, catastro Nº 140076 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad TALLER MECANICO, presentada por el Sr. LUIS ALBERTO CARDENAS D.N.I. 29,164,511, desarrollada en un local sito en Calle JURAMENTO Nº 3272, catastro Nº 44774 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. LUIS ALBERTO CARDENAS , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75434 correspondiente a la actividad TALLER MECANICO, código de actividad Nº 951315 a desarrollarse en el local sito en Calle JURAMENTO Nº 3272, catastro Nº 44774 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. LUIS ALBERTO CARDENAS la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 16 de Julio de 2015
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. NORBERTO RAMON CARDOZO la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 16 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1215/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 34785-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
RESOLUCION N° 1216/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 15908-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, código de actividad Nº 621021, desarrollada por la firma GRANJA LA LINDA S.R.L., CUIT Nº 30-71466866-4, en un local sito en Avda. ENTRE RIOS Nº 1294, catastro Nº 30581 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, presentada por el Sr. MATIAS ANIBAL BATISTA, desarrollada en un local sito en Avda. ENTRE RIOS Nº 1294, catastro Nº 30581 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma GRANJA LA LINDA S.R.L., CUIT Nº 30-71466866-4 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
75435 correspondiente a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, código de actividad Nº 621021 a desarrollarse en el local sito en Avda. ENTRE RIOS Nº 1294, catastro Nº 30581 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. MATIAS ANIBAL BATISTA la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 16 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1217/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 225459/11
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad INSTITUTO DE ENSEÑANZA PARA PERSONAS
ESPECIALES, presentada por la Sra. EVANA DANIELA PONCE,
D.N.I. Nº 18,545,025 , desarrollada en un local sito en Pasaje GONZALO DE ABREU Nº 1538, catastro Nº 12113 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma FUNDACION SERALFIN, CUIT Nº 30-71111010-7 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
66657 correspondiente a la actividad INSTITUTO DE ENSEÑANZA PARA PERSONAS ESPECIALES, código de actividad Nº 931013 a desarrollarse en el local sito en Pasaje GONZALO DE ABREU Nº 1538, catastro Nº 12113 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. EVANA DANIELA PONCE la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78),
plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 16 de julio de 2015
RESOLUCION N° 1218/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
REFERENCIA: EXP. Nº 231.085/09 – 200.163/10
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Artículo 1°: EL Solicitante deberá presentar por duplicado y con copia en soporte informático, un Informe de Auditoria Ambiental y Social de seguimiento, acorde a lo prescripto por el artículo 26º y concordantes de la ordenanza N° 12.745.-
Especialmente deberá tener en cuenta, entre otros, los siguientes requisitos:
• El responsable del proyecto deberá presentar el Informe de Auditoría Ambiental y Social firmado por un profesional que acredite, mediante constancia, estar inscripto en el Registro de Evaluadores de la Secretaria de Medio de Ambiente de la Provincia, creado por el Art.41de la ley 7.070 o la que en futuro la reemplace, quien es responsable por la veracidad, corrección técnica y efectos de lo expresado en dicho informe. Asimismo dicho profesional deberá estar habilitado por el respectivo consejo y/o Colegio Profesional.
• Los consultores individuales deberán adjuntar los instrumentos formales pertinentes que acrediten su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la Provincia, y la vigencia de la matrícula profesional habilitante, expedidos por la autoridad o entidad competente (art.3º y 4º Res. Nº 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
• En caso de que el Informe de Auditoría Ambiental y Social sea realizado con participación de una firma de consultora, la misma deberá estar firmado por su responsable técnico y por el responsable legal de la firma quienes asumen la responsabilidad prevista en el artículo 11 de la Ordenanza Nº 12.745.
• El equipo profesional responsable de la elaboración de los Informes de Impacto Ambiental y Social deberá estar integrado por un Coordinador y por un equipo de profesionales el cual sumadas las incumbencias dadas por el título de grado, abarque todas las áreas temáticas o aspectos contenidos en las respectivas presentaciones (art. 1º y 2º Res. 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
• Los organismos competentes en las respectivas materias no darán curso a los Informes de Impacto Ambiental y Social sometidos a su consideración, que no sean suscriptos por el titular de la obra o activad y por o los consultores registrados y/o habilitados. Asimismo tampoco darán curso al Informe de Auditoría Ambiental y Social que abarquen áreas temáticas o aspectos que no estén comprendidos en las incumbencias profesionales del consultor firmante o de los profesionales integrantes de las firmas consultoras. (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00)
• Los informes realizados por firmas consultoras, deberán ser rubricados por los profesionales encargado de cada uno de los aspectos abarcados en el Informe de Auditoría Ambiental y Social y por el Director técnico de la misma (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00).
• Por tratarse de una Renovación de CAAM, debe incorporarse en el Informe un análisis de los cambios (si corresponde) que hubo en el desarrollo de la actividad en este último período, las consecuencias (impactos) de los mismos (si aplica); y así también de los resultados de los planes de gestión ambiental propuestos en el Estudio/Informe anterior, al cumplimiento y eficacia de las acciones propuestas, y a medidas alternativas en caso de no
RESOLUCION N° 1220/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 25044/08
POR ELLO:
Salta, 17 de Julio de 2015
haberse podido cumplir o de no haber resultado eficaces.
Art. 2°.- NOTIFICAR al la firma ENTRETENIMIENTO Y JUEGOS DE
AZAR S.A., C.U.I.T. N° 30-70010743-0, la presente Resolución.-
Art. 3°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 4°.- COMUNÍQUESE, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 17 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1219/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 3479-SG-2013
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FRACCINAMIENTO DE BICARBONATO DE SODIO,
presentada por el Sr. ARIEL FABIAN SAENZ, D.N.I. Nº 20,125,197 , desarrollada en un local sito en Avda. RODRIGUEZ DURAÑONA Nº 350, catastro Nº 105132 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma SANTIAGO SAENZ S.A., CUIT Nº 33-55030089-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
71076 correspondiente a la actividad FRACCINAMIENTO DE BICARBONATO DE SODIO, código de actividad Nº 619108 a desarrollarse en el local sito en Avda. RODRIGUEZ DURAÑONA Nº 350, catastro Nº 105132 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. ARIEL FABIAN SAENZ la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FABRICA DE BOLSAS DE POLIETILENO, presentada por la Sra. BARBARA TERROBA PANZA, D.N.I. Nº 27,790,633 ,
desarrollada en un local sito en Calle LA RIOJA Nº 732, catastro Nº 100902 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma MUNDO PACK S.R.L., CUIT Nº 30-70835005-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
50628 correspondiente a la actividad FABRICA DE BOLSAS DE POLIETILENO, código de actividad Nº 351326 - 615080 a desarrollarse en el local sito en Calle LA RIOJA Nº 732, catastro Nº 100902 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. BARBARA TERROBA PANZA la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 17 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1221/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 6807-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad BAR - RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS, código de actividad Nº 631035 - 631019, desarrollada por el Sr. JESUS LUIS VELAZQUEZ, en un local sito en Calle CATAMARCA Nº 708, catastro Nº 7665 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ZUÑIGA
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad BAR - RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS, presentada por el Sr. JESUS LUIS VELAZQUEZ D.N.I. 34,084,574, desarrollada en un local sito en Calle CATAMARCA Nº 708, catastro Nº 7665 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. JESUS LUIS VELAZQUEZ , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75436 correspondiente a la actividad BAR - RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS, código de actividad Nº 631035 - 631019 a desarrollarse en el local sito en Calle CATAMARCA Nº 708, catastro Nº 7665 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. JESUS LUIS VELAZQUEZ la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 17 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1222/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 32421-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad GIMNASIO - VENTA DE ROPA Y ACCESORIOS, código de actividad Nº 949027 - 623016, desarrollada por la Sra. ELSA NOEMI DANNA, en un local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 1125 - local 3, catastro Nº 77441 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad GIMNASIO - VENTA DE ROPA Y ACCESORIOS, presentada por la Sra. ELSA NOEMI DANNA D.N.I. 16,277,093, desarrollada en un local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 1125 - local 3, catastro Nº 77441 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. ELSA NOEMI DANNA , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75437 correspondiente a la actividad GIMNASIO - VENTA DE ROPA Y ACCESORIOS, código de actividad Nº 949027 - 623016 a desarrollarse en el local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 1125 - local 3, catastro Nº 77441 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. ELSA NOEMI DANNA la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 17 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1223/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 32903-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad FOTOCOPIADORA - DISEÑO GRAFICO, código de actividad Nº 832979 - 342017, desarrollada por el Sr. JOSE LUIS MARTINEZ, en un local sito en Calle GRAL. GÜEMES Nº 561 - Local 1, catastro Nº 3908 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FOTOCOPIADORA - DISEÑO GRAFICO, presentada por el Sr. JOSE LUIS MARTINEZ D.N.I. 22,634,722, desarrollada en un local sito en Calle GRAL. GÜEMES Nº 561 - Local 1, catastro Nº 3908 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. JOSE LUIS MARTINEZ , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75438 correspondiente a la actividad FOTOCOPIADORA - DISEÑO GRAFICO, código de actividad Nº 832979 - 342017 a desarrollarse en el local sito en Calle GRAL. GÜEMES Nº 561 - Local 1, catastro Nº 3908 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. JOSE LUIS MARTINEZ la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 17 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1224/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° X2004008660
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FABRICA DE PALLETS DE MADERA (CATEM), presentada por el Sr. SERGIO ATILIO MOSCA, D.N.I. Nº 25,411,376 , desarrollada en un local sito en Avenida RODRIGUEZ DURAÑONA Nº 870, catastro Nº 143962 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. SERGIO ATILIO MOSCA, D.N.I. Nº 25,411,376 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON INDUSTRIAL SLA-5158
correspondiente a la actividad FABRICA DE PALLETS DE MADERA (CATEM), código de actividad Nº 331139 a desarrollarse en el local sito en Avenida RODRIGUEZ DURAÑONA Nº 870, catastro Nº 143962 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
en un local sito en Calle ESCUADRON DE LOS GAUCHOS Nº 1137, catastro Nº 30714 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. MARIA ESTER GASPAR, D.N.I. Nº 05,747,032 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
64601 correspondiente a la actividad RESIDENCIAL PARA LA TERCERA EDAD, código de actividad Nº 934011 a desarrollarse en el local sito en Calle ESCUADRON DE LOS GAUCHOS Nº 1137, catastro Nº 30714 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIA ESTER GASPAR la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 17 de Julio de 2015
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. SERGIO ATILIO MOSCA la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 17 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1225/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 65745/06
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RESIDENCIAL PARA LA TERCERA EDAD, presentada por la Sra. MARIA ESTER GASPAR, D.N.I. Nº 05,747,032 , desarrollada
RESOLUCION N° 1226/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 228949/09
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE ARTICULOS DE ELECTRICIDAD - PINTURERIA
- HERRAMIENTAS, presentada por el Sr. GUSTAVO DANIEL LOMBARDI, D.N.I. Nº 25,411,912 , desarrollada en un local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 617, catastro Nº 4963 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. GUSTAVO DANIEL LOMBARDI,
D.N.I. Nº 25,411,912 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 62133 correspondiente a la actividad VENTA DE ARTICULOS DE ELECTRICIDAD - PINTURERIA - HERRAMIENTAS, código de actividad Nº 624225 - 624071 a desarrollarse en el local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 617, catastro Nº 4963 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. GUSTAVO DANIEL LOMBARDI la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 17 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1227/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 78384-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad IMPRENTA (IMPRESIÓN DIGITAL), presentada por el Sr. MIGUAL ANGEL ALANCAY, D.N.I. Nº 11,539,782 , desarrollada en un local sito en Calle SANTIAGO MORALES Nº 780, catastro Nº 59674 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. MIGUAL ANGEL ALANCAY, D.N.I. Nº 11,539,782 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
71067 correspondiente a la actividad IMPRENTA (IMPRESIÓN DIGITAL), código de actividad Nº 832979 a desarrollarse en el local sito en Calle SANTIAGO MORALES Nº 780, catastro Nº 59674 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA EL AUTOMOTOR,
presentada por el Sr. LUIS GABRIEL LAZARTE, D.N.I. Nº 28,260,969 , desarrollada en un local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 1321, catastro Nº 155669 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. LUIS GABRIEL LAZARTE, D.N.I. Nº 28,260,969 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
70185 correspondiente a la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA EL AUTOMOTOR, código de actividad Nº 624284 a desarrollarse en el local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 1321, catastro Nº 155669 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. LUIS GABRIEL LAZARTE la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 17 de julio de 2015
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. MIGUAL ANGEL ALANCAY la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 17 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1228/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 17182-SG-2012
POR ELLO:
RESOLUCION Nº 1229/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL Ref.: Expte. Nº 24865-SG-2015
Catastro Nº 6401
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
ARTICULO 1º.- CATEGORIZAR como de Mediano Impacto Ambiental y Social, al proyecto de la obra “Edificio de Viviendas (38
U.F. + 20 cocheras)”, de propiedad de la firma DISCON S.R.L. - domicilio en calle Alvear N° 397 1° piso de la ciudad de Salta, a desarrollarse en un predio ubicado en catastro 6401, sección H, manzana 16, parcela 24 ubicado en calle Balcarce N° 1.346, en esta ciudad.
ARTICULO 2º: EL proponente deberá presentar por duplicado y copia en soporte informático un Estudio de Impacto Ambiental y Social acorde a lo descripto por el artículo 12º de la Ordenanza 12.745; el mismo deberá contemplar en su análisis todas las etapas del proyecto de obra.
Especialmente deberá tener en cuenta, los siguientes requisitos:
• El responsable del proyecto deberá presentar el Estudio de Impacto Ambiental y Social firmado por un profesional que acredite, mediante constancia, estar inscripto en el Registro de Evaluadores de la Secretaria de Medio de Ambiente de la Provincia, creado por el Art.41de la ley 7.070 o la que en futuro la reemplace, quien es responsable por la veracidad, corrección técnica y efectos de lo expresado en dicho informe. Asimismo dicho profesional deberá estar habilitado por el respectivo consejo y/o Colegio Profesional.
• Los consultores individuales deberán adjuntar los instrumentos formales pertinentes que acrediten su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la Provincia, y la vigencia de la matrícula profesional habilitante, expedidos por la autoridad o entidad competente (art.3º y 4º Res. Nº 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
• En caso de que el Estudio de Impacto Ambiental y Social sea realizado con participación de una firma de consultora, la misma deberá estar firmado por su responsable técnico y por el responsable legal de la firma quienes asumen la responsabilidad prevista en el artículo 11 de la Ordenanza Nº 12.745.
• El equipo profesional responsable de la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental y Social deberá estar integrado por un Coordinador y por un equipo de profesionales el cual sumadas las incumbencias dadas por el título de grado, abarque todas las áreas temáticas o aspectos contenidos en las respectivas presentaciones(art. 1º y 2º Res. 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
• Los organismos competentes en las respectivas materias no darán curso a los Estudios de Impacto Ambiental y Social sometidos a su consideración, que no sean suscriptos por el titular de la obra o actividad y por o los consultores registrados y/o habilitados. Asimismo tampoco darán curso al Estudio de Impacto Ambiental y Social que abarquen áreas temáticas o aspectos que no estén comprendidos en las incumbencias profesionales del consultor firmante o de los profesionales integrantes de las firmas consultoras. (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00)
• Los informes realizados por firmas consultoras, deberán ser rubricados por los profesionales encargado de cada uno de los aspectos abarcados en el Estudio de Impacto Ambiental y Social y por el Director técnico de la misma (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00).
• El Estudio de Impacto Ambiental y Social presentado deberá, además de cumplimentar con lo establecido en la Ordenanza Nº 12.745 y sus modificatorias, contener un capítulo específico destinado a desarrollar la “incidencia que el proyecto acarreará a los servicios públicos de la ciudad de Salta” y otro que contemple el impacto que la ejecución de la obra y el edificio terminado pueda causar al entorno urbano, el paisaje y al patrimonio arquitectónico”.
• Asimismo, deberá hacerse referencia en el Documento técnico presentado, a las etapas de la obra referentes a la provisión de los servicios (luz, agua. Gas, otros), mencionando a modo general las etapas de ejecución de estas pequeñas obras y el análisis de los potenciales impactos que generarán con sus respectivas acciones de prevención/mitigación.
ARTICULO 3º: NOTIFICAR a la firma DISCON S.R.L., C.U.I.T. N° 30-
66069708-6, la presente Resolución.
ARTICULO 4º: HACER SABER que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días ; REVOCATORIA: diez (10) días ; (art. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 5º: COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1230/15
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 65127-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FABRICA Y VENTA DE PASTAS, presentada por la Sra. ANDREA PAOLA LUCERO, D.N.I. Nº 30,638,220 , desarrollada en un local sito en Calle CASEROS Nº 994, catastro Nº 91765 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma LA NUEVA CERRILLANA S.R.L., CUIT Nº 30-71245852-2 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-72211 correspondiente a la actividad FABRICA Y VENTA DE PASTAS, código de actividad Nº 311758 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Calle CASEROS Nº 994, catastro Nº 91765 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. ANDREA PAOLA LUCERO la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1231/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 29588-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad IMPRENTA - FOTOCOPIADORA, código de actividad Nº 342017 - 832979, desarrollada por la Sra. SANDRA MONICA RUSSO, en un local sito en Calle LERMA Nº 386, catastro Nº 17067 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad IMPRENTA - FOTOCOPIADORA, presentada por la Sra. SANDRA MONICA RUSSO D.N.I. 18,704,900, desarrollada en un local sito en Calle LERMA Nº 386, catastro Nº 17067 de la ciudad de Salta,
de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR
la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. SANDRA MONICA RUSSO , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75439 correspondiente a la actividad IMPRENTA - FOTOCOPIADORA, código de actividad Nº 342017 - 832979 a desarrollarse en el local sito en Calle LERMA Nº 386, catastro Nº 17067 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. SANDRA MONICA RUSSO la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1232/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 29335-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS, código de actividad Nº 631019, desarrollada por la Sra. MAIRA JIMENA ALMENDRAS PANTOJA, en un local sito en Calle MENDOZA Nº 1901, catastro Nº 16808 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS, presentada por la Sra. MAIRA JIMENA ALMENDRAS PANTOJA D.N.I. 36,802,602,
desarrollada en un local sito en Calle MENDOZA Nº 1901, catastro Nº 16808 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. MAIRA JIMENA ALMENDRAS PANTOJA , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-75440 correspondiente a la actividad RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS, código de actividad Nº 631019 a desarrollarse en el local sito en Calle MENDOZA Nº 1901, catastro Nº 16808 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente
al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. MAIRA JIMENA ALMENDRAS
PANTOJA la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1233/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 10540-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, código de actividad Nº 621021, desarrollada por la Sra. MARIA GABINA CASTILLO, en un local sito en Calle LAS CIGÜEÑAS S/ Nº ESQ. LOS TUCANES, catastro Nº 72813 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, presentada por la Sra. MARIA GABINA CASTILLO D.N.I. 30,420,392, desarrollada en un local sito en Calle LAS CIGÜEÑAS S/ Nº ESQ. LOS TUCANES, catastro Nº 72813 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. MARIA GABINA CASTILLO , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75441 correspondiente a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, código de actividad Nº 621021 a desarrollarse en el local sito en Calle LAS CIGÜEÑAS S/ Nº ESQ. LOS TUCANES, catastro Nº 72813 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIA GABINA CASTILLO la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1234/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 34093-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, código de actividad Nº 621013, desarrollada por el Sr. ARIEL FERNANDO DURAN, en un local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 3390, catastro Nº 112603 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, presentada por el Sr. ARIEL FERNANDO DURAN D.N.I. 25,884,723, desarrollada en un local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 3390, catastro Nº 112603 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. ARIEL FERNANDO DURAN , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75442 correspondiente a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, código de actividad Nº 621013 a desarrollarse en el local sito en Avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 3390, catastro Nº 112603 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. ARIEL FERNANDO DURAN la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1235/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 78352-SG-2013
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ROTISERIA, código de actividad Nº 621056, desarrollada por la Sra. JESICA VERONICA VERIAS, en un local sito en Calle VICARIO DIEZ ZAMBRANO Nº 518, catastro Nº 26252 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ROTISERIA, presentada por la Sra. JESICA VERONICA VERIAS D.N.I. 35,048,167, desarrollada en un local sito en Calle VICARIO DIEZ ZAMBRANO Nº 518, catastro Nº 26252 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. JESICA VERONICA VERIAS , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75443 correspondiente a la actividad ROTISERIA, código de actividad Nº 621056 a desarrollarse en el local sito en Calle VICARIO DIEZ ZAMBRANO Nº 518, catastro Nº 26252 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. JESICA VERONICA VERIAS la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1236/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 29375-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad TALLER DE ALINEACION DE AUTOMOVILES, código de actividad Nº 951315, desarrollada por el Sr. GERMAN GONZALO ZAMBRANO, en un local sito en Calle ITUZAINGO S/ Nº ESQ. JOAQUIN CASTELLANOS, catastro Nº 19216 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad TALLER DE ALINEACION DE AUTOMOVILES, presentada por el Sr. GERMAN GONZALO ZAMBRANO D.N.I. 34,225,734,
desarrollada en un local sito en Calle ITUZAINGO S/ Nº ESQ. JOAQUIN CASTELLANOS, catastro Nº 19216 de la ciudad de Salta, de
acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. GERMAN GONZALO ZAMBRANO
, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75444
correspondiente a la actividad TALLER DE ALINEACION DE AUTOMOVILES, código de actividad Nº 951315 a desarrollarse en el local sito en Calle ITUZAINGO S/ Nº ESQ. JOAQUIN CASTELLANOS, catastro Nº 19216 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. GERMAN GONZALO ZAMBRANO la
presente Resolución.-
dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. GRISELDA LUISA SOTELO la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1237/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 25655-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS -
DESPENSA, código de actividad Nº 621021 - 624403, desarrollada por la Sra. GRISELDA LUISA SOTELO, en un local sito en Calle TUCUMAN Nº 1298, catastro Nº 69362 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS - DESPENSA,
presentada por la Sra. GRISELDA LUISA SOTELO D.N.I. 21,456,207, desarrollada en un local sito en Calle TUCUMAN Nº 1298, catastro Nº 69362 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. GRISELDA LUISA SOTELO , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75445 correspondiente a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS -
DESPENSA, código de actividad Nº 621021 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Calle TUCUMAN Nº 1298, catastro Nº 69362 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución,
RESOLUCION N° 1238/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 49945-SG-2011
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE MUEBLES - PUERTAS Y VENTANAS,
presentada por el Sr. FELIX IMPA LLANOS, D.N.I. Nº 92,968,815 , desarrollada en un local sito en Bº JAIME DAVALOS, Manz. 189 - Lote 2 - Avda. JUAN DOMINGO PERON S/ Nº , catastro Nº 122324 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. FELIX IMPA LLANOS, D.N.I. Nº 92,968,815 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-69901
correspondiente a la actividad VENTA DE MUEBLES - PUERTAS Y VENTANAS, código de actividad Nº 624020 - 616087 a desarrollarse en el local sito en Bº JAIME DAVALOS, Manz. 189 - Lote 2 - Avda. JUAN DOMINGO PERON S/ Nº , catastro Nº 122324 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. FELIX IMPA LLANOS la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCION N° 1239/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 227880/09
.
POR ELLO:
Salta, 20 de Julio de 2015
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. NORMA ROSALIA YAPURA,
D.N.I. Nº 06,383,080 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 69035 correspondiente a la actividad ELABORACION Y DISTRIBUCION DE EMBUTIDOS - CAMARA FRIGORIFICA, código de actividad Nº 311162 - 611115 a desarrollarse en el local sito en Bº JUAN PABLO II (NORTE) Manz. 386 A - Lote Nº 21, catastro Nº 94203
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE ARTICULOS DE ILUMINACION Y PANTALLAS,
presentada por el Sr. JORGE HORACIO LAGOS DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 26,898,508 , desarrollada en un local sito en Calle GRAL. ALVARADO Nº 1187, catastro Nº 9452 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. JORGE HORACIO LAGOS DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 26,898,508 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-61337 correspondiente a la actividad VENTA DE ARTICULOS DE ILUMINACION Y PANTALLAS, código de actividad Nº 624225 a desarrollarse en el local sito en Calle GRAL. ALVARADO Nº 1187, catastro Nº 9452 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. JORGE HORACIO LAGOS DOMINGUEZ
la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1240/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 204854/10
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ELABORACION Y DISTRIBUCION DE EMBUTIDOS -
CAMARA FRIGORIFICA, presentada por la Sra. NORMA ROSALIA YAPURA, D.N.I. Nº 06,383,080 , desarrollada en un local sito en Bº JUAN PABLO II (NORTE) Manz. 386 A - Lote Nº 21, catastro Nº 94203 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. NORMA ROSALIA YAPURA la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1241/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 22981/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CORRALON, presentada por el Sr. LEONARDO MIGUEL ARRUDI, D.N.I. Nº 18,229,659 , desarrollada en un local sito en Bº SANTA ANA II y III - Manz. 3 - Casa Nº 1, catastro Nº 110674 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. LEONARDO MIGUEL ARRUDI,
D.N.I. Nº 18,229,659 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 58686 correspondiente a la actividad CORRALON, código de actividad Nº 624209 a desarrollarse en el local sito en Bº SANTA ANA II y III - Manz. 3 - Casa Nº 1, catastro Nº 110674 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. LEONARDO MIGUEL ARRUDI la presente
Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78),
plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1242/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 26771/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ROTISERIA - RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS,
presentada por la Sra. MARIA DELIA RENFIGES, D.N.I. Nº 20,755,465
, desarrollada en un local sito en Bº SAN CARLOS, Calle SIN NOMBRE SECCFION "R" - Manz. 53 - Casa Nº 1, catastro Nº 125661 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. MARIA DELIA RENFIGES, D.N.I. Nº 20,755,465 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
65407 correspondiente a la actividad ROTISERIA - RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS, código de actividad Nº 621056 - 631019 a desarrollarse en el local sito en Bº SAN CARLOS, Calle SIN NOMBRE SECCFION "R" - Manz. 53 - Casa Nº 1, catastro Nº 125661 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS, presentada por la Sra. MARIA EUGENIA MAMANI, D.N.I. Nº 24,888,508 , desarrollada
en un local sito en Calle LA RIOJA Nº 391, catastro Nº 4282 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. MARIA EUGENIA MAMANI,
D.N.I. Nº 24,888,508 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 70596 correspondiente a la actividad RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS, código de actividad Nº 631019 a desarrollarse en el local sito en Calle LA RIOJA Nº 391, catastro Nº 4282 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIA EUGENIA MAMANI la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIA DELIA RENFIGES la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 20 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1243/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 46095-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
RESOLUCION N° 1244/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 202932/10
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad GIMNASIO - DESPENSA - VENTA DE BEBIDAS
ANALCOHOLICAS, presentada por la Sra. BELINDA ENRIQUETA MARTINEZ RENIERO, D.N.I. Nº 16,884,000 , desarrollada en un local sito en Avenida ENTRE RIOS Nº 865, catastro Nº 149584 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. BELINDA ENRIQUETA MARTINEZ RENIERO, D.N.I. Nº 16,884,000 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-71158 correspondiente a la actividad
GIMNASIO - DESPENSA - VENTA DE BEBIDAS ANALCOHOLICAS,
código de actividad Nº 949027 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Avenida ENTRE RIOS Nº 865, catastro Nº 149584 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución,
dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. BELINDA ENRIQUETA MARTINEZ
RENIERO la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1245/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 25077/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ROTISERIA, presentada por el Sr. MARIANO ALEJANDRO VACA, D.N.I. Nº 21,633,105 , desarrollada en un local sito en Calle IGNACIO ALVAREZ THOMAS Nº 714, catastro Nº 78174 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. MARIANO ALEJANDRO VACA,
D.N.I. Nº 21,633,105 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 68412 correspondiente a la actividad ROTISERIA, código de actividad Nº 621056 a desarrollarse en el local sito en Calle IGNACIO ALVAREZ THOMAS Nº 714, catastro Nº 78174 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. MARIANO ALEJANDRO VACA la presente
Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1246/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 67270-SG-2011
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA MOTOS, presentada por la Sra. MARIA GRACIELA ALDERETE, D.N.I. Nº 11,282,810 ,
desarrollada en un local sito en Local 1 - Calle JUJUY Nº 646, catastro Nº 13344 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. MARIA GRACIELA ALDERETE,
D.N.I. Nº 11,282,810 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 68182 correspondiente a la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA MOTOS, código de actividad Nº 624270 a desarrollarse en el local sito en Local 1 - Calle JUJUY Nº 646, catastro Nº 13344 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIA GRACIELA ALDERETE la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1247/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 21309-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad LAVADERO DE ROPA, presentada por el Sr. ERNESTO JESUS LOPEZ SANABRIA, L.E. Nº 8,174,172 , desarrollada en un local sito en Avenida LUIS PATRON COSTAS Nº 257, catastro Nº 30159 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. ERNESTO JESUS LOPEZ SANABRIA, L.E. Nº 8,174,172 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-69160 correspondiente a la actividad LAVADERO DE ROPA, código de actividad Nº 952028 a desarrollarse en el local sito en Avenida LUIS PATRON COSTAS Nº 257, catastro Nº 30159 de
esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. ERNESTO JESUS LOPEZ SANABRIA la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1248/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 32419-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad COLOCACION DE EQUIPOS DE GNC - VENTA DE
REPUESTOS - REGULACION, código de actividad Nº 951315 - 624284, desarrollada por la firma MERCADO MARTA LILIANA - TORRES CAROLINA SUSANA S.H., CUIT Nº 30-71484829-8, en un
local sito en Calle SAN JUAN Nº 974, catastro Nº 5665 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad COLOCACION DE EQUIPOS DE GNC - VENTA DE
REPUESTOS - REGULACION, presentada por la Sra. CAROLINA SUSANA TORRES, desarrollada en un local sito en Calle SAN JUAN Nº 974, catastro Nº 5665 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma MERCADO MARTA LILIANA - TORRES CAROLINA SUSANA S.H., CUIT Nº 30-71484829-8 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.)
registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-75446 correspondiente a la actividad COLOCACION DE EQUIPOS DE GNC - VENTA DE
REPUESTOS - REGULACION, código de actividad Nº 951315 - 624284 a desarrollarse en el local sito en Calle SAN JUAN Nº 974, catastro Nº 5665 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. CAROLINA SUSANA TORRES la
presente Resolución.-
RESOLUCION N° 1249/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 34230-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad MERCADITO CON VENTA DE CARNE SIN CAMARA
FRIGORIFICA - SERVICIO DE COBRANZA, presentada por la Sra. MARIA RUTH ORTEGA, D.N.I. Nº 25,579,781 , desarrollada en un local sito en Calle COMODORO RIVADAVIA Nº 3425, catastro Nº 100789 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. MARIA RUTH ORTEGA, D.N.I. Nº 25,579,781 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
71053 correspondiente a la actividad MERCADITO CON VENTA DE CARNE SIN CAMARA FRIGORIFICA - SERVICIO DE COBRANZA,
código de actividad Nº 624403 - 621013 - 959944 a desarrollarse en el local sito en Calle COMODORO RIVADAVIA Nº 3425, catastro Nº 100789 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIA RUTH ORTEGA la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1250/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 38403-SG-2011
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS
Y CONTROL AMBIENTAL DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FRACCIONAMIENTO DE MIEL Y ELABORACION DE
BEBIDAS ANALCOHOLICAS (JUGUITOS), presentada por el Sr.
CARLOS ALBERTO CEBALLOS, D.N.I. Nº 20,707,011 , desarrollada
en un local sito en Calle PARQUE NACIONAL LOS GLACIARES Nº 1369, catastro Nº 151531 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. CARLOS ALBERTO CEBALLOS,
D.N.I. Nº 20,707,011 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 68310 correspondiente a la actividad FRACCIONAMIENTO DE MIEL Y ELABORACION DE BEBIDAS ANALCOHOLICAS (JUGUITOS), código de actividad Nº 311340 - 313432 a desarrollarse en el local sito en Calle PARQUE NACIONAL LOS GLACIARES Nº 1369, catastro Nº 151531 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. CARLOS ALBERTO CEBALLOS la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1251/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 51865-SG-2011
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, presentada por la Sra. PATRICIA VALERIA AGUAYSOL, D.N.I. Nº 29,893,509 ,
desarrollada en un local sito en Calle FELIPE VARELA Nº 465, catastro Nº 69261 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. PATRICIA VALERIA AGUAYSOL, D.N.I. Nº 29,893,509 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-71322 correspondiente a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, código de actividad Nº 621013 a desarrollarse en el local sito en Calle FELIPE VARELA Nº 465, catastro
Nº 69261 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. PATRICIA VALERIA AGUAYSOL la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de julio de 2015.
RESOLUCION N°1252/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL Ref. Expte. N° 7901-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad “RESTAURANTE – BAR CON ESPECTACULO” desarrollada por la Sra. GLADIS ESTER OVANDO, D.N.I. N° 11.169.349, en un local sito en Avda. Sarmiento N° 277, en jurisdicción de la Municipalidad de Salta.
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RESTAURANTE BAR CON ESPECTACULO presentada por el Sr .Juan Gómez en carácter de autorizado de la Sra. GLADIS ESTER OVANDO, D.N.I. N° 11.169.349, desarrollada en un lugar sito en Avda. Sarmiento N°277, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentran confeccionadas y EMITIR la Declaración de Impacto Ambiental y Social.
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la Sra. GLADIS ESTER OVANDO,
D.N.I. N° 11.169.349, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° 75.447, correspondiente a la actividad RESTAURANTE - BAR CON ESPECTACULO, a desarrollarse en un lugar sito en Avda. Sarmiento N°277, de la Ciudad de Salta.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años contados a partir de la notificación de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- EN particular, y en función al tipo de actividad, el titular deberá asumir los siguientes compromisos ambientales: 1.Realizar en períodos no mayores a seis (6) meses mediciones de ruidos durante el desarrollo de alguno de los espectáculos en vivo. Dichas mediciones deben estar realizadas por un Profesional idóneo, habilitado por COPAIPA, presentando en el informe las recomendaciones o sugerencias que surjan a partir de los resultados obtenidos. Dichos informes deben ser
presentados ante la Subsecretaría de Servicios Públicos y Control Ambiental, o la que en el futuro la reemplace, durante el trámite de Renovación del C.A.A.M., o cuando la misma así lo solicite. En caso de no cumplimentar lo solicitado, el presente Certificado caducará indefectiblemente.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
Art. 6°.- NOTIFICAR a la Sra. GLADIS ESTER OVANDO, D.N.I. N°
11.169.349, la presente Resolución.
Art. 7°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 8°:.- COMUNÍCAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1253/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 16620-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA
MOTOS, código de actividad Nº 624270, desarrollada por la firma MOTO CABRERA S.A., CUIT Nº 30-71254010-5, en un local sito en Calle JUJUY Nº 650, catastro Nº 13345 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA MOTOS,
presentada por el Sr. ABEL FRANCISCO CABRERA, desarrollada en un local sito en Calle JUJUY Nº 650, catastro Nº 13345 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma MOTO CABRERA S.A., CUIT Nº 30-71254010-5 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
75448 correspondiente a la actividad VENTA DE REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA MOTOS, código de actividad Nº 624270 a desarrollarse en el local sito en Calle JUJUY Nº 650, catastro Nº 13345 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. ABEL FRANCISCO CABRERA la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
RESOLUCION N° 1254/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 55540-SG-2014
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA VEHICULOS
PESADOS, código de actividad Nº 624284, desarrollada por la firma
SERVICAM REPUESTOS S.R.L., CUIT Nº 33-71424029-9, en un local
sito en Avda. DE LAS AMERICAS Nº 1055, catastro Nº 50308 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA VEHICULOS PESADOS,
presentada por el Sr. MARIANO JAVIER SCHONHALS, desarrollada en un local sito en Avda. DE LAS AMERICAS Nº 1055, catastro Nº 50308 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma SERVICAM REPUESTOS S.R.L., CUIT Nº 33-71424029-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-75449 correspondiente a la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA VEHICULOS PESADOS, código de actividad Nº 624284 a desarrollarse en el local sito en Avda. DE LAS AMERICAS Nº 1055, catastro Nº 50308 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. MARIANO JAVIER SCHONHALS la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1255/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 203082/10
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS
Y CONTROL AMBIENTAL DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad COBERTURA DE SALUD EN CONSULTORIOS, presentada por el Sr. OSCAR NICOLAS FARAH, D.N.I. Nº 27,972,127 ,
desarrollada en un local sito en Calle SANTIAGO DEL ESTERO Nº 11, catastro Nº 836 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma COBERTURA DE SALUD S.A., CUIT Nº 30-70776189-6 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
64420 correspondiente a la actividad COBERTURA DE SALUD EN CONSULTORIOS, código de actividad Nº 933112 a desarrollarse en el local sito en Calle SANTIAGO DEL ESTERO Nº 11, catastro Nº 836 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. OSCAR NICOLAS FARAH la presente Resolución.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma M & A REPRESENTACIONES S.R.L., CUIT Nº 33-70240016-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-75450 correspondiente a la actividad VENTA DE EQUIPAMIENTO COMERCIAL - BICICLETAS - MOTOS - DEPOSITO
CON ESTACIONAMIENTO PROPIO, código de actividad Nº 618020 - 624271 - 624270 - 711616 a desarrollarse en el local sito en Calle PELLEGRINI Nº 468, catastro Nº 6169 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. DIEGO FERNANDO ORIHUELA la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1256/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº X2006012344
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE EQUIPAMIENTO COMERCIAL - BICICLETAS - MOTOS - DEPOSITO CON ESTACIONAMIENTO
PROPIO, código de actividad Nº 618020 - 624271 - 624270 - 711616, desarrollada por la firma M & A REPRESENTACIONES S.R.L., CUIT Nº 33-70240016-9, en un local sito en Calle PELLEGRINI Nº 468, catastro Nº 6169 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE EQUIPAMIENTO COMERCIAL - BICICLETAS - MOTOS - DEPOSITO CON ESTACIONAMIENTO PROPIO, presentada
por el Sr. DIEGO FERNANDO ORIHUELA, desarrollada en un local sito en Calle PELLEGRINI Nº 468, catastro Nº 6169 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
RESOLUCION N° 1257/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 21656/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ALBERGUE TRANSITORIO Y BAR, presentada por la Sra. EMILCE GRACIELA OLITTE, D.N.I. Nº 13,844,117 , desarrollada en un local sito en Ruta Nacional 51 - Km 37 1/2 (ACTUAL RUTA 9) Km Nº 1593, catastro Nº 88703 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma BIEDU S.R.L., CUIT Nº 30- 61703760-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-57936
correspondiente a la actividad ALBERGUE TRANSITORIO Y BAR, código de actividad Nº 631035 - 632031 a desarrollarse en el local sito en Ruta Nacional 51 - Km 37 1/2 (ACTUAL RUTA 9) Km Nº 1593, catastro Nº 88703 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. EMILCE GRACIELA OLITTE la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78),
plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015.
RESOLUCION N° 01.258/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXPTE. N° 26.482-SG-2013
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Artículo 1°.- APROBAR el Estudio de Impacto Ambiental y Social, referido al proyecto de obra y actividad denominado “CENTRAL DE TELEFONIA”, de propiedad de la firma TELECOM ARGENTINA S.A., a desarrollarse en un predio identificado con la nomenclatura catastral Sección T, Manzana 65, Parcela 1 a, Matrícula 109.175, localizado en calle Sucre esquina Jiménez Zapiola, Bº Grand Bourg, de la ciudad de Salta.
Artículo 2°.- EMITIR la presente DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL (D.I.A.S.) de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Ordenanza N° 12.745.
Artículo 3°.- LA titular del proyecto deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Artículo 4°.- NOTIFICAR a la firma TELECOM ARGENTINA S.A., la presente Resolución.
Artículo 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Artículo 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL, archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1260/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 17618-SG-2011
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad EDUCACION INICIAL, PRIMARIO Y SECUNDARIO - PILETA
DE NATACION, presentada por la Sra. EDDA MARIA CATALINA MARCUZZI DE LEONARDUZZI, L.C. Nº 2,960,039 , desarrollada en un
local sito en Calle ESPAÑA Nº 1650, catastro Nº 11864 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma UZZI COLLEGE S.R.L., CUIT Nº 33-70880937-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
66528 correspondiente a la actividad EDUCACION INICIAL, PRIMARIO Y SECUNDARIO - PILETA DE NATACION, código de actividad Nº 931012 - 949027 a desarrollarse en el local sito en Calle ESPAÑA Nº 1650, catastro Nº 11864 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. EDDA MARIA CATALINA MARCUZZI
DE LEONARDUZZI la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1261/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 50568-SG-2013
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad TALLER DE CHAPA Y PINTURA, código de actividad Nº 951315, desarrollada por el Sr. CRISTIAN NICOLAS HERNANDEZ GERONIMO, en un local sito en Calle 12 DE OCTUBRE Nº 2095, catastro Nº 92288 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad TALLER DE CHAPA Y PINTURA, presentada por el Sr. CRISTIAN NICOLAS HERNANDEZ GERONIMO D.N.I. 31,948,125,
desarrollada en un local sito en Calle 12 DE OCTUBRE Nº 2095, catastro Nº 92288 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. CRISTIAN NICOLAS HERNANDEZ GERONIMO , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-75451 correspondiente a la actividad TALLER DE CHAPA Y PINTURA, código de actividad Nº 951315 a desarrollarse en el local sito en Calle 12 DE OCTUBRE Nº 2095, catastro Nº 92288 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución,
dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. CRISTIAN NICOLAS HERNANDEZ
GERONIMO la presente Resolución.-
RESOLUCION N° 1263/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 52241/05
POR ELLO:
Salta, 21 de Julio de 2015
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA AUTOMOTORES EN
GENERAL, presentada por el Sr. LIDOR MELECIO GUZMAN, D.N.I. Nº 07,850,905 , desarrollada en un local sito en Avda. GRAL. SAN MARTIN Nº 1550, catastro Nº 40211 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
RESOLUCION N° 1262/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 68927/07
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CLUB SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVO (GIMNASIO - SALON DE FIESTAS - RESTAURANTE O COMEDOR), presentada por el Sr. DIEGO CARLOS CARVALLO QUINTANA, D.N.I. Nº
12,601,409 , desarrollada en un local sito en Calle PASEO GÜEMES Nº 54, catastro Nº 4692 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma CLUB 20 DE FEBRERO, CUIT Nº 30-53903264-6 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
56175 correspondiente a la actividad CLUB SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVO (GIMNASIO - SALON DE FIESTAS - RESTAURANTE O
COMEDOR), código de actividad Nº 949027 - 631019 - 949020 a desarrollarse en el local sito en Calle PASEO GÜEMES Nº 54, catastro Nº 4692 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. DIEGO CARLOS CARVALLO QUINTANA
la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma RENOCAR S.R.L., CUIT Nº 30- 67303858-8 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-53467
correspondiente a la actividad VENTA DE REPUESTOS PARA AUTOMOTORES EN GENERAL, código de actividad Nº 624284 a desarrollarse en el local sito en Avda. GRAL. SAN MARTIN Nº 1550, catastro Nº 40211 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. LIDOR MELECIO GUZMAN la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1264/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 26528/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad DISTRIBUIDORA Y VENTA DE PRODUCTOS DE PANIFICACION Y REPOSTERIA CON FRACCIONAMIENTO,
presentada por el Sr. LUIS FERMIN GARCIA, D.N.I. Nº 10,220,555 , desarrollada en un local sito en Calle J.M. LEGUIZAMON Nº 391, catastro Nº 4411 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma BONIFACIO MONGE S.R.L., CUIT Nº 30-65142628-2 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
60051 correspondiente a la actividad DISTRIBUIDORA Y VENTA DE PRODUCTOS DE PANIFICACION Y REPOSTERIA CON
FRACCIONAMIENTO, código de actividad Nº 619108 - 311723 a desarrollarse en el local sito en Calle J.M. LEGUIZAMON Nº 391, catastro Nº 4411 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. LUIS FERMIN GARCIA la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1265/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 43087-SG-2011
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad SALON DE ESTETICA CORPORAL - CONFITERIA SIN ESPECTACULO - GIMNASIO - CANCHA DE FUTBOL 5, código de
actividad Nº 959936 - 631051 - 949027, desarrollada por la firma SOL DEL VALLE S.R.L., CUIT Nº 30-68126700-6, en un local sito en Calle LOS MANDARINOS Nº 170, catastro Nº 148227 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad SALON DE ESTETICA CORPORAL - CONFITERIA SIN ESPECTACULO - GIMNASIO - CANCHA DE FUTBOL 5, presentada
por el Sr. MIGUEL ANGEL MENACHO, desarrollada en un local sito en Calle LOS MANDARINOS Nº 170, catastro Nº 148227 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma SOL DEL VALLE S.R.L., CUIT Nº 30-68126700-6 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
75452 correspondiente a la actividad SALON DE ESTETICA CORPORAL - CONFITERIA SIN ESPECTACULO - GIMNASIO -
CANCHA DE FUTBOL 5, código de actividad Nº 959936 - 631051 - 949027 a desarrollarse en el local sito en Calle LOS MANDARINOS Nº 170, catastro Nº 148227 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. MIGUEL ANGEL MENACHO la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1266/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 66870/06
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE JUGUETES - RODADOS PARA BEBES Y
ACCESORIOS, presentada por el Sr. RUBEN EDUARDO BARRIOS,
D.N.I. Nº 11,283,232 , desarrollada en un local sito en Calle LA FLORIDA Nº 50, catastro Nº 73837 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma BARRILETE S.A., CUIT Nº 30- 70862989-4 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-62611
correspondiente a la actividad VENTA DE JUGUETES - RODADOS PARA BEBES Y ACCESORIOS, código de actividad Nº 624047 - 624381 a desarrollarse en el local sito en Calle LA FLORIDA Nº 50, catastro Nº 73837 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. RUBEN EDUARDO BARRIOS la presente
Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCION N° 1267/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 4880-SG-2013
POR ELLO:
Salta, 21 de Julio de 2015
Especialmente deberá tener en cuenta, entre otros, los siguientes requisitos:
• El responsable del proyecto deberá presentar el Informe de Auditoría Ambiental y Social firmado por un profesional que acredite, mediante constancia, estar inscripto en el Registro de Evaluadores de la Secretaria de Medio de Ambiente de la Provincia, creado por el Art.41de
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ALMACEN POR MENOR - VENTA DE AVES FAENADAS Y
SUS DERIVADOS - ROTISERIA, presentada por la Sra. ROSANA DE LOS ANGELES PONCE, D.N.I. Nº 18,818,908 , desarrollada en un local sito en Calle ROQUE SAENZ PEÑA S/Nº ESQ. SALVADOR MAZZA - Local Nº 4, catastro Nº 67075 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. ROSANA DE LOS ANGELES PONCE, D.N.I. Nº 18,818,908 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-72158 correspondiente a la actividad ALMACEN POR MENOR - VENTA DE AVES FAENADAS Y SUS DERIVADOS -
ROTISERIA, código de actividad Nº 624403 - 621021 - 621056 a desarrollarse en el local sito en Calle ROQUE SAENZ PEÑA S/Nº ESQ. SALVADOR MAZZA - Local Nº 4, catastro Nº 67075 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. ROSANA DE LOS ANGELES PONCE
la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 21 de julio de 2015
RESOLUCION N° 1268/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 200.141/10
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Artículo 1°: EL Solicitante deberá presentar por duplicado y con
la ley 7.070 o la que en futuro la reemplace, quien es responsable por la veracidad, corrección técnica y efectos de lo expresado en dicho informe. Asimismo dicho profesional deberá estar habilitado por el respectivo consejo y/o Colegio Profesional.
• Los consultores individuales deberán adjuntar los instrumentos formales pertinentes que acrediten su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la Provincia, y la vigencia de la matrícula profesional habilitante, expedidos por la autoridad o entidad competente (art.3º y 4º Res. Nº 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
• En caso de que el Informe de Auditoría Ambiental y Social sea realizado con participación de una firma de consultora, la misma deberá estar firmado por su responsable técnico y por el responsable legal de la firma quienes asumen la responsabilidad prevista en el artículo 11 de la Ordenanza Nº 12.745.
• El equipo profesional responsable de la elaboración de los Informes de Impacto Ambiental y Social deberá estar integrado por un Coordinador y por un equipo de profesionales el cual sumadas las incumbencias dadas por el título de grado, abarque todas las áreas temáticas o aspectos contenidos en las respectivas presentaciones (art. 1º y 2º Res. 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
• Los organismos competentes en las respectivas materias no darán curso a los Informes de Impacto Ambiental y Social sometidos a su consideración, que no sean suscriptos por el titular de la obra o activad y por o los consultores registrados y/o habilitados. Asimismo tampoco darán curso al Informe de Auditoría Ambiental y Social que abarquen áreas temáticas o aspectos que no estén comprendidos en las incumbencias profesionales del consultor firmante o de los profesionales integrantes de las firmas consultoras. (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00)
• Los informes realizados por firmas consultoras, deberán ser rubricados por los profesionales encargado de cada uno de los aspectos abarcados en el Informe de Auditoría Ambiental y Social y por el Director técnico de la misma (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00).
• Por tratarse de una Renovación de CAAM, debe incorporarse en el Informe un análisis de los cambios (si corresponde) que hubo en el desarrollo de la actividad en este último período, las consecuencias (impactos) de los mismos (si aplica); y así también de los resultados de los planes de gestión ambiental propuestos en el Estudio/Informe anterior, al cumplimiento y eficacia de las acciones propuestas, y a medidas alternativas en caso de no haberse podido cumplir o de no haber resultado eficaces.
Art. 2°.- NOTIFICAR al la Sra. ANICETA GANEM, D.N.I. N° 5.415.001,
la presente Resolución.-
Art. 3°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 4°.- COMUNÍQUESE, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
copia en soporte informático, un Informe de Auditoria Ambiental y Social de seguimiento, acorde a lo prescripto por el artículo 26º y concordantes de la ordenanza N° 12.745 .-
RESOLUCION N° 1269/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
Salta, 21 de julio de 2015.
REFERENCIA: EXPTE. N° 066800 -SG - 2014
Por ello
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE:
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
Art. 1º: RECTIFICAR parcialmente el artículo 1° de la Resolución Nº 0837/14, dejando establecido que el rubro correcto a desarrollar por la firma “PLANTA REVESA S.R.L.”, CUIT Nº 30-68127031-7, es
archivar.-
ZUÑIGA
“ESTACION DE SERVICIO DE EXPENDIO DE GNC”
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
Art. 2º: ESTABLECER que la vigencia del CAAM no se extiende más allá del vencimiento del plazo de dos (2) años establecido en la Resolución Nº 0837/14, de la Subsecretaría de Servicios Públicos y Control Ambiental, a computarse a partir de su notificación, caducando automáticamente al vencimiento de dicho plazo. Por lo que la titular deberá solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
.
Art. 3°: NOTIFICAR a la firma “PLANTA REVESA S.R.L.”, CUIT Nº
30-68127031-7, la presente Resolución.-
Art. 4°: SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (Arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 5°: COMUNICAR, publicar en el Boletín Municipal y archivar.
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1270/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 68591/07
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad TALLER MECANICO CON INSTALACION DE GNC,
presentada por el Sr. OSCAR FERNANDO AREVALO, D.N.I. Nº 16,150,873 , desarrollada en un local sito en Calle ZUVIRIA Nº 734, catastro Nº 4460 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. OSCAR FERNANDO AREVALO,
D.N.I. Nº 16,150,873 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 50584 correspondiente a la actividad TALLER MECANICO CON INSTALACION DE GNC, código de actividad Nº 951315 a desarrollarse en el local sito en Calle ZUVIRIA Nº 734, catastro Nº 4460 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. OSCAR FERNANDO AREVALO la
presente Resolución.-
RESOLUCION N° 1271/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 38891-SG-2013
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad PANADERIA, código de actividad Nº 621080 - 311715 - 311723, desarrollada por el Sr. ALEJANDRO JAVIER DI STEFANO KUNCAR, en un local sito en Calle EDUARDO GAUNA S/ Nº ESQ. ALVARADO Nº 2403, catastro Nº 23082 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PANADERIA, presentada por el Sr. ALEJANDRO JAVIER DI STEFANO KUNCAR D.N.I. 23,130,786, desarrollada en un local sito en Calle EDUARDO GAUNA S/ Nº ESQ. ALVARADO Nº 2403, catastro Nº 23082 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. ALEJANDRO JAVIER DI STEFANO KUNCAR , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-73153 correspondiente a la actividad PANADERIA, código de actividad Nº 621080 - 311715 - 311723 a desarrollarse en el local sito en Calle EDUARDO GAUNA S/ Nº ESQ. ALVARADO Nº 2403,
catastro Nº 23082 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. ALEJANDRO JAVIER DI STEFANO
KUNCAR la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1272/15
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 20772/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RESIDENCIAL CATEGORIA "A", presentada por la Sra. ASUCENA CASTELLANO, L.C. Nº 9,498,867 , desarrollada en un local sito en Pasaje CALIXTO GAUNA Nº 336, catastro Nº 2819 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. ASUCENA CASTELLANO, L.C. Nº 9,498,867 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
63996 correspondiente a la actividad RESIDENCIAL CATEGORIA "A", código de actividad Nº 632015 a desarrollarse en el local sito en Pasaje CALIXTO GAUNA Nº 336, catastro Nº 2819 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. ASUCENA CASTELLANO la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1273/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 59078-SG-2013
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, código de actividad Nº 621013, desarrollada por el Sr. ARMANDO MARCELO LOPEZ, en un local sito en Manzana 438 A - 3ra Etapa - Lote Nº 14, Bº SOLIDARIDAD, catastro Nº 136613 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, presentada por
el Sr. ARMANDO MARCELO LOPEZ D.N.I. 35,929,025, desarrollada
en un local sito en Manzana 438 A - 3ra Etapa - Lote Nº 14, Bº SOLIDARIDAD, catastro Nº 136613 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. ARMANDO MARCELO LOPEZ , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75453 correspondiente a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, código de actividad Nº 621013 a desarrollarse en el local sito en Manzana 438 A - 3ra Etapa - Lote Nº 14, Bº SOLIDARIDAD, catastro Nº 136613 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. ARMANDO MARCELO LOPEZ la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1274/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 29232-SG-2013
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ELABORACION DE PAN SIN ATENCION AL PUBLICO,
código de actividad Nº 311715 - 311723 - 621080, desarrollada por el Sr. JOSE WALTER GUARI, en un local sito en Pasaje JOSE ECHENIQUE Nº 632, catastro Nº 33602 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ELABORACION DE PAN SIN ATENCION AL PUBLICO,
presentada por el Sr. JOSE WALTER GUARI D.N.I. 17,047,118, desarrollada en un local sito en Pasaje JOSE ECHENIQUE Nº 632, catastro Nº 33602 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. JOSE WALTER GUARI , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75454 correspondiente a la actividad ELABORACION DE PAN SIN ATENCION AL PUBLICO,
código de actividad Nº 311715 - 311723 - 621080 a desarrollarse en el local sito en Pasaje JOSE ECHENIQUE Nº 632, catastro Nº 33602 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. JOSE WALTER GUARI la presente
RESOLUCION N° 1276/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 22597-SG-2014
POR ELLO:
Salta, 22 de Julio de 2015
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1275/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 226022/11
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad HERRERIA ARTISTICA, presentada por el Sr. OSCAR SEBASTIAN GUANCA, D.N.I. Nº 29,978,275 , desarrollada en un local sito en Calle LA OPINION (BS. AS.) ESQ. FORTIN YUNCA s/ Nº ,
catastro Nº 80880 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. OSCAR SEBASTIAN GUANCA,
D.N.I. Nº 29,978,275 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 66825 correspondiente a la actividad HERRERIA ARTISTICA, código de actividad Nº 941216 a desarrollarse en el local sito en Calle LA OPINION (BS. AS.) ESQ. FORTIN YUNCA s/ Nº , catastro Nº 80880 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. OSCAR SEBASTIAN GUANCA la presente
Resolución.-
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad SALON DE EVENTOS SIN SERVICIO DE LUNCH,
código de actividad Nº 949016, desarrollada por la Sra. EMA NOEMI VILLALBA, en un local sito en Calle JUAN DE D. USANDIVARAS Nº 1290, catastro Nº 48431 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad SALON DE EVENTOS SIN SERVICIO DE LUNCH,
presentada por la Sra. EMA NOEMI VILLALBA D.N.I. 27,302,879, desarrollada en un local sito en Calle JUAN DE D. USANDIVARAS Nº 1290, catastro Nº 48431 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. EMA NOEMI VILLALBA , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75455 correspondiente a la actividad SALON DE EVENTOS SIN SERVICIO DE LUNCH,
código de actividad Nº 949016 a desarrollarse en el local sito en Calle JUAN DE D. USANDIVARAS Nº 1290, catastro Nº 48431 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. EMA NOEMI VILLALBA la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCION N° 1277/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 69858/07
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad MERCADITO - ELABORACION DE EMBUTIDOS CON
CAMARA FRIGORIFICA - PANADERIA, presentada por el Sr.
ANDRES GASTON PALAVECINO, D.N.I. Nº 23,175,380 , desarrollada
en un local sito en Calle ZUVIRIA Nº 3052, catastro Nº 19100 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. ANDRES GASTON PALAVECINO,
D.N.I. Nº 23,175,380 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 62057 correspondiente a la actividad MERCADITO - ELABORACION DE EMBUTIDOS CON CAMARA FRIGORIFICA - PANADERIA, código de actividad Nº 624403 - 311162 - 311115 - 621080 - 311715 - 311723 a desarrollarse en el local sito en Calle ZUVIRIA Nº 3052, catastro Nº 19100 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIA ISABEL RADICH la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. ANDRES GASTON PALAVECINO la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1278/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 205459/10
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad COMPRA Y VENTA DE MUEBLES Y OBJETOS USADOS,
presentada por la Sra. MARIA ISABEL RADICH, D.N.I. Nº 11,538,122 , desarrollada en un local sito en Calle VICENTE LOPEZ Nº 1127, catastro Nº 17270 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. MARIA ISABEL RADICH, D.N.I. Nº 11,538,122 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
65820 correspondiente a la actividad COMPRA Y VENTA DE MUEBLES Y OBJETOS USADOS, código de actividad Nº 624020 - 624322 a desarrollarse en el local sito en Calle VICENTE LOPEZ Nº 1127, catastro Nº 17270 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente
RESOLUCION N° 1279/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 26453-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ELABORACION Y VENTA DE PAPAS FRITAS - VENTA DE PANCHOS - EMPAREDADOS FRIOS - DESPENSA, código de
actividad Nº 621056 - 624403 - 621056, desarrollada por la Sra. MARIANA DE LOS ANGELES VILTE, en un local sito en Calle ITUZAINGO Nº 202 - Local 5, catastro Nº 88963 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ELABORACION Y VENTA DE PAPAS FRITAS - VENTA DE
PANCHOS - EMPAREDADOS FRIOS - DESPENSA, presentada por la
Sra. MARIANA DE LOS ANGELES VILTE D.N.I. 31,948,147,
desarrollada en un local sito en Calle ITUZAINGO Nº 202 - Local 5, catastro Nº 88963 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Sra. MARIANA DE LOS ANGELES VILTE , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75456
correspondiente a la actividad ELABORACION Y VENTA DE PAPAS FRITAS - VENTA DE PANCHOS - EMPAREDADOS FRIOS -
DESPENSA, código de actividad Nº 621056 - 624403 - 621056 a desarrollarse en el local sito en Calle ITUZAINGO Nº 202 - Local 5, catastro Nº 88963 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Sra. MARIANA DE LOS ANGELES VILTE la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78),
plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1280/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 37482-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad OFICINA ADMINISTRATIVA - SERVICIO DE
DESINFECCION, presentada por el Sr. HORACIO SANTIAGO TEJERINA, D.N.I. Nº 12,692,750 , desarrollada en un local sito en Calle LOS ARCES Nº 416, catastro Nº 96580 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Sr. HORACIO SANTIAGO TEJERINA,
D.N.I. Nº 12,692,750 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 70111 correspondiente a la actividad OFICINA ADMINISTRATIVA - SERVICIO DE DESINFECCION, código de actividad Nº 959944 - 920010 a desarrollarse en el local sito en Calle LOS ARCES Nº 416, catastro Nº 96580 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Sr. HORACIO SANTIAGO TEJERINA la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1281/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 1865-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad HOTEL - RESTAURANTE - CONFITERIA SIN
ESPECTACULOS, código de actividad Nº 632015 - 631019 - 631051, desarrollada por la firma GABA S.R.L., CUIT Nº 30-71471844-0, en un local sito en Calle JUJUY Nº 305, catastro Nº 1972 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad HOTEL - RESTAURANTE - CONFITERIA SIN
ESPECTACULOS, presentada por el Sr. JORGE LUIS GABARAIN, desarrollada en un local sito en Calle JUJUY Nº 305, catastro Nº 1972 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma GABA S.R.L., CUIT Nº 30- 71471844-0 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-75457
correspondiente a la actividad HOTEL - RESTAURANTE - CONFITERIA SIN ESPECTACULOS, código de actividad Nº 632015 - 631019 - 631051 a desarrollarse en el local sito en Calle JUJUY Nº 305, catastro Nº 1972 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. JORGE LUIS GABARAIN la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1282/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 75664-SG-2013
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad AUTOSERVICIO CON VENTA DE CARNE - ELECTRODOMESTICOS EN PEQUEÑA ESCALA - CAMARA DE
FRIO, código de actividad Nº 624403 - 621013 - 624233, desarrollada por la firma DIA ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-68584975-1, en un
local sito en Calle LV4 RADIO PATAGONIA ARG. S/ Nº 0, catastro Nº 145665 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad AUTOSERVICIO CON VENTA DE CARNE - ELECTRODOMESTICOS EN PEQUEÑA ESCALA - CAMARA DE
FRIO, presentada por el Sr. HORACIO WALTER LAVIA, desarrollada en un local sito en Calle LV4 RADIO PATAGONIA ARG. S/ Nº 0,
catastro Nº 145665 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma DIA ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-68584975-1 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
75458 correspondiente a la actividad AUTOSERVICIO CON VENTA DE CARNE - ELECTRODOMESTICOS EN PEQUEÑA ESCALA -
CAMARA DE FRIO, código de actividad Nº 624403 - 621013 - 624233 a desarrollarse en el local sito en Calle LV4 RADIO PATAGONIA ARG. S/ Nº 0, catastro Nº 145665 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. HORACIO WALTER LAVIA la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015
actividad Nº 624403 - 621013 - 624233 a desarrollarse en el local sito en Calle PELLEGRINI Nº 257, catastro Nº 769 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Sr. HORACIO WALTER LAVIA la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de Julio de 2015.
RESOLUCION N° 01.284/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 26.482-SG-2013
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
RESOLUCION N° 1283/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 55629-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad AUTOSERVICIO CON CAMARAS FRIGORIFICAS - VENTA DE CARNE ENVASADA - ELECTRODOMESTICOS EN
PEQUEÑA ESCALA, código de actividad Nº 624403 - 621013 - 624233, desarrollada por la firma DIA ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-68584975- 1, en un local sito en Calle PELLEGRINI Nº 257, catastro Nº 769 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad AUTOSERVICIO CON CAMARAS FRIGORIFICAS - VENTA DE CARNE ENVASADA - ELECTRODOMESTICOS EN PEQUEÑA
ESCALA, presentada por el Sr. HORACIO WALTER LAVIA, desarrollada en un local sito en Calle PELLEGRINI Nº 257, catastro Nº 769 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Artículo 1°.- EXTENDER a favor de la firma TELECOM ARGENTINA S.A., el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (CAAM), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA N° 75.460
correspondiente al proyecto de obra y actividad denominado “CENTRAL DE TELEFONIA”, a desarrollar en un predio identificado con la nomenclatura catastral Sección T, Manzana 65, Parcela 1 a, Matrícula 109.175, localizado en calle Sucre esquina Jiménez Zapiola, Bº Grand Bourg, de la ciudad de Salta.
Artículo 2°.- LA titular del proyecto de obra deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el EsIAS para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.
Artículo 3°.- NOTIFICAR a la firma TELECOM ARGENTINA S.A., la presente Resolución.-
Artículo 4°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Artículo 5°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL, archivar.-
ZUÑIGA
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 22 de julio de 2015.
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma DIA ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-68584975-1 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
75459 correspondiente a la actividad AUTOSERVICIO CON CAMARAS FRIGORIFICAS - VENTA DE CARNE ENVASADA - ELECTRODOMESTICOS EN PEQUEÑA ESCALA, código de
RESOLUCION N°1286/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
Ref. Expte. N° 65685/06
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad “CONFITERIA - RESTAURANTE CON ESPECTACULO – PANADERIA – PASTELERIA – ELABORACION
DE HELADOS – VENTA DE HELADOS” desarrollada por la firma MAPA S.R.L., C.U.I.T. N° 30-70755454-8, en un local sito en calle Caseros N° 602, esq. Mitre, en jurisdicción de la Municipalidad de Salta.
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CONFITERIA - RESTAURANTE CON ESPECTACULO – PANADERIA – PASTELERIA – ELABORACION DE HELADOS –
VENTA DE HELADOS presentada por la firma. MAPA S.R.L., C.U.I.T. N° 30-70755454-8, desarrollada en un lugar sito en calle Caseros N° 602 esq. Mitre, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentran confeccionadas y EMITIR la Declaración de Impacto Ambiental y Social.
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma. MAPA S.R.L., C.U.I.T. N° 30- 70755454-8, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
75.462, correspondiente a la actividad CONFITERIA - RESTAURANTE CON ESPECTACULO – PANADERIA – PASTELERIA – ELABORACION DE HELADOS – VENTA DE HELADOS, a
desarrollarse en un lugar sito en calle Caseros N° 602, esq. Mitre, de la Ciudad de Salta.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años contados a partir de la notificación de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- EN particular, y en función al tipo de actividad, el titular deberá asumir los siguientes compromisos ambientales: 1. Realizar en períodos no mayores a seis (6) meses mediciones de ruidos durante el desarrollo de alguno de los espectáculos en vivo. Dichas mediciones deben estar realizadas por un Profesional idóneo, habilitado por COPAIPA, presentando en el informe las recomendaciones o sugerencias que surjan a partir de los resultados obtenidos. Dichos informes deben ser presentados ante la Subsecretaría de Servicios Públicos y Control Ambiental, o la que en el futuro la reemplace, durante el trámite de Renovación del C.A.A.M., o cuando la misma así lo solicite. En caso de no cumplimentar lo solicitado, el presente Certificado caducará indefectiblemente.
Art. 6°.- NOTIFICAR a la firma. MAPA S.R.L., C.U.I.T. N° 30-
70755454-8, la presente Resolución.
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad DESPENSA - CABINAS TELEFONICAS - FOTOCOPIADORA, código de actividad Nº 624403 - 720046 - 832979, desarrollada por el Sr. ALEJANDRO EZEQUIEL LEDESMA, en un local sito en Avenida ZACARIAS YANCI S/ Nº Y Pje. SOLA, catastro Nº 36992 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad DESPENSA - CABINAS TELEFONICAS -
FOTOCOPIADORA, presentada por el Sr. ALEJANDRO EZEQUIEL LEDESMA D.N.I. 26,308,440, desarrollada en un local sito en Avenida ZACARIAS YANCI S/ Nº Y Pje. SOLA, catastro Nº 36992 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Sr. ALEJANDRO EZEQUIEL LEDESMA , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-75463 correspondiente a la actividad DESPENSA - CABINAS TELEFONICAS - FOTOCOPIADORA, código de actividad Nº 624403 - 720046 - 832979 a desarrollarse en el local sito en Avenida ZACARIAS YANCI S/ Nº Y Pje. SOLA, catastro Nº 36992 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
Art. 7°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 8°:.- COMUNÍCAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1287/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 13738-SG-2015
RESOLUCION N° 1288/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 21767/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad INSTITUTO PRIVADO DE ENSEÑANZA XX XXXXXX,
presentada por la Xxx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 11,283,789 , desarrollada en un local sito en Xxxxx XXX XXXX Xx 0000,
catastro Nº 38049 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Xxx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX,
D.N.I. Nº 11,283,789 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL XXX- 00000 correspondiente a la actividad INSTITUTO PRIVADO DE ENSEÑANZA XX XXXXXX, código de actividad Nº 931013 a desarrollarse en el local sito en Xxxxx XXX XXXX Xx 0000, catastro Nº 38049 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1289/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 24531/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, presentada por el Xx. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 16,000,363 ,
desarrollada en un local sito en Calle ZUVIRIA Nº 1603, catastro Nº 5371 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Xx. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 16,000,363 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-66901 correspondiente a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, código de actividad Nº 621021 a desarrollarse en el local sito en Calle ZUVIRIA Nº 1603, catastro Nº 5371 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
RESOLUCION N° 1290/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 23332/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad AUTOSERVICIO DE NO COMESTIBLES (BAZAR),
presentada por el Xx. XXXXXX XXXXXX, D.N.I. Nº 18,832,448 , desarrollada en un local sito en Calle MENDOZA Nº 880, catastro Nº 3035 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Xx. XXXXXX XXXXXX, D.N.I. Nº 18,832,448 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-60142
correspondiente a la actividad AUTOSERVICIO DE NO COMESTIBLES (BAZAR), código de actividad Nº 619108 - 616036 a desarrollarse en el local sito en Calle MENDOZA Nº 880, catastro Nº 3035 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXX XXXXXX la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX la
presente Resolución.-
RESOLUCION N° 1291/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 21757/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RESIDENCIAL CATEGORIA "B" CON SERVICIO DE
XXXXXXXX, presentada por la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXX, D.N.I. Nº 25,663,288 , desarrollada en un local sito en Calle TUCUMAN Nº 755, catastro Nº 393 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXX, D.N.I. Nº 25,663,288 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL XXX-
00000 correspondiente a la actividad RESIDENCIAL CATEGORIA "B" CON SERVICIO DE DESAYUNO, código de actividad Nº 632015 - 631051 a desarrollarse en el local sito en Calle TUCUMAN Nº 755, catastro Nº 393 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXX la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1292/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 20487/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad OPTICA - CONTACTOLOGIA, presentada por el Xx. XXXX XXXXX XXXXXX, L.E. Nº 7,067,139 , desarrollada en un local sito en Calle LA FLORIDA Nº 29, catastro Nº 9692 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Xx. XXXX XXXXX XXXXXX, L.E. Nº 7,067,139 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-56841
correspondiente a la actividad OPTICA - CONTACTOLOGIA, código de actividad Nº 624306 a desarrollarse en el local sito en Calle LA FLORIDA Nº 29, catastro Nº 9692 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente
al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXX XXXXX XXXXXX la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1293/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 11632-SG-2013
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, presentada por la Xxx. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, D.N.I. Nº 34,190,753 ,
desarrollada en un local sito en Calle XXXXXX XXXXXX Nº 1312, catastro Nº 119073 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Xxx. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, D.N.I. Nº 34,190,753 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-71649 correspondiente a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, código de actividad Nº 621013 a desarrollarse en el local sito en Calle XXXXXX XXXXXX Nº 1312, catastro Nº 119073 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1294/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
REFERENCIA: EXP. N° 38044-SG-2012
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ALMACEN POR MENOR - VENTA DE AVES FAENADAS Y SUS DERIVADOS - VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS, presentada por el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº
92,511,493 , desarrollada en un local sito en Bº 0xx XX XXXX - Xxxx. 000 X - Xxxx Xx 20, catastro Nº 123163 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 92,511,493 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-70885 correspondiente a la actividad ALMACEN POR MENOR - VENTA DE AVES FAENADAS Y SUS DERIVADOS -
VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS, código de actividad Nº 624403 - 621021 - 621072 a desarrollarse en el local sito en Bº 0xx XX XXXX - Xxxx. 000 X - Xxxx Xx 20, catastro Nº 123163 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX la
presente Resolución.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CENTRO TERAPEUTICO PARA NIÑOS DISCAPACITADOS,
presentada por la Xxx. XXXX XXXXX XXXXXXXX, desarrollada en un local sito en Bº SOLIDARIDAD, Xxxx. 449 A - Lote Nº 11, catastro Nº 136779 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma SEMBRANDO ESPERANZA, CUIT Nº 30-70869889-6 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL XXX-
00000 correspondiente a la actividad CENTRO TERAPEUTICO PARA NIÑOS DISCAPACITADOS, código de actividad Nº 933198 a desarrollarse en el local sito en Bº SOLIDARIDAD, Xxxx. 449 A - Lote Nº 11, catastro Nº 136779 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXX XXXXX XXXXXXXX la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1295/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 15828-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CENTRO TERAPEUTICO PARA NIÑOS DISCAPACITADOS, código de actividad Nº 933198, desarrollada por la firma SEMBRANDO ESPERANZA, CUIT Nº 30-70869889-6, en un
local sito en Bº SOLIDARIDAD, Xxxx. 449 A - Lote Nº 11, catastro Nº 136779 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
RESOLUCION N° 1296/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 41996-SG-2012
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS - DERIVADOS - CARNICERIA - PESCADOS CONGELADOS - ALMACEN POR
MENOR, código de actividad Nº 621021 - 621013 - 621048 - 624403, desarrollada por la firma DISTRIBUIDORA DEL LITORAL S.R.L., CUIT Nº 30-71235444-1, en un local sito en Xxxx. XXXXX XXXXXXXXX Xx 0000, catastro Nº 156855 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE AVES FAENADAS - DERIVADOS - CARNICERIA
- PESCADOS CONGELADOS - ALMACEN POR MENOR, presentada
por la Xxx. XXXXX XXXXXX XXXXXX, desarrollada en un local sito en Xxxx. XXXXX XXXXXXXXX Xx 0000, catastro Nº 156855 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma DISTRIBUIDORA DEL LITORAL S.R.L., CUIT Nº 30-71235444-1 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-75465 correspondiente a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS - DERIVADOS - CARNICERIA - PESCADOS CONGELADOS - ALMACEN POR MENOR, código de
actividad Nº 621021 - 621013 - 621048 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Xxxx. XXXXX XXXXXXXXX Xx 0000, catastro Nº 156855 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXX XXXXXX XXXXXX la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1297/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 227875/09
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION,
presentada por el Xx. XXXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 05,409,104 , desarrollada en un local sito en Calle LA RIOJA Nº 938, catastro Nº 6693 de la ciudad xx Xxxxx de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma XXXXXXXX XXXXX - XXXXXXXX XXXXXXX X.X., CUIT Nº 33-70004126-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-61918 correspondiente a la actividad
VENTA DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION, código de
actividad Nº 624209 a desarrollarse en el local sito en Calle LA RIOJA Nº 938, catastro Nº 6693 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXX XXXXXXXX la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1298/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 64390-SG-2012
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad LAVADERO DE AUTOMOTOR, presentada por el Xx. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 08,202,822 , desarrollada
en un local sito en Calle OLAVARRIA Nº 708, catastro Nº 28866 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Xx. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX,
D.N.I. Nº 08,202,822 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL XXX- 00000 correspondiente a la actividad LAVADERO DE AUTOMOTOR, código de actividad Nº 711632 a desarrollarse en el local sito en Calle OLAVARRIA Nº 708, catastro Nº 28866 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 23 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1299/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 25804/08
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE REPUESTOS METALURGICOS - MAQUINAS INDUSTRIALES - FERRETERIA - PINTURERIA - PLAYA
DE ESTACIONAMIENTO PARA CLIENTES, código de actividad Nº
617091 - 618012 - 624071 - 711616, desarrollada por la firma
PROMET PRODUCTOS METALURGICOS S.R.L., CUIT Nº 30-
68130512-9, en un local sito en Avda. CHILE Nº 1680, catastro Nº 92659 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE REPUESTOS METALURGICOS - MAQUINAS INDUSTRIALES - FERRETERIA - PINTURERIA - PLAYA DE
ESTACIONAMIENTO PARA CLIENTES, presentada por el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXX, desarrollada en un local sito en Avda. CHILE Nº 1680, catastro Nº 92659 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma PROMET PRODUCTOS METALURGICOS S.R.L., CUIT Nº 30-68130512-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-75466 correspondiente a la actividad VENTA DE REPUESTOS METALURGICOS - MAQUINAS INDUSTRIALES - FERRETERIA - PINTURERIA - PLAYA DE
ESTACIONAMIENTO PARA CLIENTES, código de actividad Nº 617091 - 618012 - 624071 - 711616 a desarrollarse en el local sito en Avda. CHILE Nº 1680, catastro Nº 92659 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y
EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75467 correspondiente a la actividad FORRAJERIA - DESPENSA, código de actividad Nº 624145 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Xxxx XXXXXXXX 00 - Xx Xx 3,5, catastro Nº 45043 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXX la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1300/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 60015-SG-2013
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad FORRAJERIA - DESPENSA, código de actividad Nº 624145 - 624403, desarrollada por el Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, en un local sito en Xxxx XXXXXXXX 00 - Xx Xx 3,5, catastro Nº 45043 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FORRAJERIA - DESPENSA, presentada por el Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX D.N.I. 29,893,154, desarrollada en un local sito en Xxxx XXXXXXXX 00 - Xx Xx 3,5, catastro Nº 45043 de la ciudad de
RESOLUCION N° 1301/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 32292-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE MUEBLES - COLCHONES Y SOMNIERS,
código de actividad Nº 624020 - 422283, desarrollada por el Xx. XXXXX XXXXX XXXXX, en un local sito en Xxxxxxx XXXX. XXX XXXXXX Xx 0000, catastro Nº 14537 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE MUEBLES - COLCHONES Y SOMNIERS,
presentada por el Xx. XXXXX XXXXX XXXXX D.N.I. 04,708,075, desarrollada en un local sito en Xxxxxxx XXXX. XXX XXXXXX Xx 0000, catastro Nº 14537 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXX XXXXX XXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75468 correspondiente a la actividad VENTA DE MUEBLES - COLCHONES Y SOMNIERS,
código de actividad Nº 624020 - 422283 a desarrollarse en el local sito en Xxxxxxx XXXX. XXX XXXXXX Xx 0000, catastro Nº 14537 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente
al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXX XXXXX XXXXX la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto
RESOLUCION N° 1303/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 31669-SG-2015
POR ELLO:
Salta, 27 de Julio de 2015
de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1302/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 64386-SG-2014
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA, código de actividad Nº 621013, desarrollada por el Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, en un local sito en Avenida XXXXXXXX XXXXXXXXX Nº 933, catastro Nº 296 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA SIN CAMARA, presentada por el Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX X.X.X. 16,578,912, desarrollada en un local sito en Avenida XXXXXXXX XXXXXXXXX Nº 933, catastro Nº 296 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75469 correspondiente a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA, código de actividad Nº 621013 a desarrollarse en el local sito en Avenida XXXXXXXX XXXXXXXXX Nº 933, catastro Nº 296 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX la presente
Resolución.-
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ELABORACION Y VENTA DE PRODUCTOS DE
PANIFICADORA - PASTELERIA Y COPETIN, código de actividad Nº 621080 - 311715 - 311723 - 311731 - 311936, desarrollada por el Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, en un local sito en Xxxxx XXXXXX XXXXXXX Xx 0000, catastro Nº 96341 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ELABORACION Y VENTA DE PRODUCTOS DE
PANIFICADORA - PASTELERIA Y COPETIN, presentada por el Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX D.N.I. 34,006,209, desarrollada en un
local sito en Xxxxx XXXXXX XXXXXXX Xx 0000, catastro Nº 96341 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75470 correspondiente a la actividad ELABORACION Y VENTA DE PRODUCTOS DE
PANIFICADORA - PASTELERIA Y COPETIN, código de actividad Nº 621080 - 311715 - 311723 - 311731 - 311936 a desarrollarse en el local sito en Xxxxx XXXXXX XXXXXXX Xx 0000, catastro Nº 96341 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX la presente
Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
RESOLUCION N° 1304/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 11982-SG-2015
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CARNICERIA CON CAMARA (AUXILIAR) - VENTA DE POLLO REBOZADO - VENTA DE PESCADOS - DESPENSA, código
de actividad Nº 621013 - 621021 - 621048 - 624403, desarrollada por la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX, en un local sito en Pasaje 11 - CASA Nº 359, Bº SANTA XXX I, catastro Nº 84664 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA CON CAMARA (AUXILIAR) - VENTA DE POLLO REBOZADO - VENTA DE PESCADOS - DESPENSA,
presentada por la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX D.N.I. 26,713,507, desarrollada en un local sito en Pasaje 11 - CASA Nº 359, Bº SANTA XXX I, catastro Nº 84664 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-75471 correspondiente a la actividad CARNICERIA CON CAMARA (AUXILIAR) - VENTA DE POLLO REBOZADO - VENTA DE
PESCADOS - DESPENSA, código de actividad Nº 621013 - 621021 - 621048 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Pasaje 11 - CASA Nº 359, Bº XXXXX XXX X, xxxxxxxx Xx 00000 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1305/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 10664-SG-2012
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad SALA MATERNAL, presentada por la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 22,456,796 , desarrollada en un local sito en Calle XXXXX XXXXX XXXX Nº 3298, catastro Nº 131868 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX,
D.N.I. Nº 22,456,796 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL XXX- 00000 correspondiente a la actividad SALA MATERNAL, código de actividad Nº 931012 a desarrollarse en el local sito en Calle XXXXX XXXXX XXXX Nº 3298, catastro Nº 131868 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX la
presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1306/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 38915-SG-2013
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FIAMBRERIA - DESPENSA - VENTA DE EMPAREDADOS
XXXXX PARA LLEVAR, presentada por el Xx. XXXXXXXX XXXXXX XXXXX, D.N.I. Nº 12,506,943 , desarrollada en un local sito en Local 1 "B" - Xxxx. XXXX. XXXXX Xx 000, xxxxxxxx Xx 00000 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Xx. XXXXXXXX XXXXXX XXXXX, D.N.I. Nº 12,506,943 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL XXX-
00000 correspondiente a la actividad FIAMBRERIA - DESPENSA - VENTA DE EMPAREDADOS FRIOS PARA LLEVAR, código de
actividad Nº 621056 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Local 1 "B" - Xxxx. XXXX. XXXXX Xx 000, xxxxxxxx Xx 00000 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXXX XXXXXX XXXXX la presente
Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1307/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 21739-SG-2012
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FERRETERIA - ARTICULOS DE CORRALON SIN VENTA
DE ARIDOS, presentada por la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX, D.N.I. Nº 18,736,234 , desarrollada en un local sito en Avenida FCO. XX XXXXXXXXXX Nº 489, catastro Nº 56021 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX, D.N.I. Nº 18,736,234 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-71319 correspondiente a la actividad FERRETERIA - ARTICULOS DE CORRALON SIN VENTA DE ARIDOS, código de
actividad Nº 624071 - 624209 - 624217 a desarrollarse en el local sito en Avenida FCO. XX XXXXXXXXXX Nº 489, catastro Nº 56021 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Y CONTROL AMBIENTAL DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RESIDENCIAL CATEGORIA "B", presentada por la Xxx. XXX XXXXXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 22,455,141 , desarrollada en un local sito en Calle GRAL. XXXXXXXX Nº 751, catastro Nº 98814 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor de la Xxx. XXX XXXXXXXX XXXXXXX,
D.N.I. Nº 22,455,141 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL XXX- 00000 correspondiente a la actividad RESIDENCIAL CATEGORIA "B", código de actividad Nº 632015 a desarrollarse en el local sito en Calle GRAL. XXXXXXXX Nº 751, catastro Nº 98814 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXX XXXXXXXX XXXXXXX la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX
XXXXXXXXXX la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1308/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 72434-SG-2012
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS
RESOLUCION N° 1309/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
REFERENCIA: EXP. N° X2005015142 - 59675-SG-2013
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad PIZZERIA, código de actividad Nº 631027, desarrollada por la Xxx. XXXXX XXXX, en un local sito en Avenida GRAL. SAN XXXXXX Nº 782 - Puesto 12 A, catastro Nº 4551 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PIZZERIA, presentada por la Xxx. XXXXX XXXX D.N.I. 12,220,176, desarrollada en un local sito en Avenida GRAL. SAN XXXXXX Nº 782 - Puesto 12 A, catastro Nº 4551 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Xxx. XXXXX XXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75472 correspondiente a la actividad PIZZERIA, código de actividad Nº 631027 a desarrollarse en el local sito en Avenida GRAL. SAN XXXXXX Nº 782 - Puesto 12 A, catastro Nº 4551 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución,
RESOLUCION N° 1311/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 20192/08
POR ELLO:
Xxxxx, 00 xx Xxxxx xx 0000
dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXX XXXX la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1310/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 49443-SG-2012
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad GIMNASIO - DESPENSA, presentada por el Xx. XXXX XXXXX XXXX, D.N.I. Nº 21,319,771 , desarrollada en un local sito en Calle ITUZAINGO Nº 550, catastro Nº 93187 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Xx. XXXX XXXXX XXXX, D.N.I. Nº 21,319,771 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-71159
correspondiente a la actividad GIMNASIO - DESPENSA, código de actividad Nº 949027 - 624403 a desarrollarse en el local sito en Calle ITUZAINGO Nº 550, catastro Nº 93187 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXX XXXXX XXXX la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad TALLER MECANICO DE AUTOS, presentada por el Xx. XXXXXXX XXXXX XXXXX, D.N.I. Nº 07,260,085 , desarrollada en un local sito en Calle ESPAÑA Nº 2182, catastro Nº 25312 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
Art 2°.- RENOVAR a favor del Xx. XXXXXXX XXXXX XXXXX, D.N.I. Nº 07,260,085 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-62333
correspondiente a la actividad TALLER MECANICO DE AUTOS, código de actividad Nº 951315 a desarrollarse en el local sito en Calle ESPAÑA Nº 2182, catastro Nº 25312 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXX XXXXX XXXXX la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1312/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 22161/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad OFICINA ADMINISTRATIVA DE VENTA DE LUBRICANTES
CON DEPOSITO DE LUBRICANTES, presentada por el Xx. XXXX XX XXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 22,936,863 , desarrollada en un local sito en Avda. CHILE Nº 1275, catastro Nº 129413 de la ciudad xx Xxxxx de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma COMBUSTIBLES DEL NORTE S.A., CUIT Nº 30-68128447-4 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-60822 correspondiente a la actividad OFICINA ADMINISTRATIVA DE VENTA DE LUBRICANTES CON DEPOSITO
DE LUBRICANTES, código de actividad Nº 959944 - 624161 a desarrollarse en el local sito en Avda. CHILE Nº 1275, catastro Nº 129413 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXX XX XXXX XXXXXXX la presente Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1313/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 26867/08
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad BASE OPERATIVA UNICA Y EXCLUSIVA DEL
SERVICIO PUBLICO DE REMISES, código de actividad Nº 711314, desarrollada por la firma XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX Y OTROS S.H., CUIT Nº 30-70946243-8, en un local sito en Xxxxx XXXXX XXXXXXX - (XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX) X/ Xx , xxxxxxxx
Xx 00000 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad BASE OPERATIVA UNICA Y EXCLUSIVA DEL SERVICIO
PUBLICO DE REMISES, presentada por el Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, desarrollada en un local sito en Xxxxx XXXXX XXXXXXX - (XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX) X/ Xx , xxxxxxxx Xx 00000
de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX Y OTROS S.H., CUIT Nº 30-70946243-8 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-75473 correspondiente a la actividad
BASE OPERATIVA UNICA Y EXCLUSIVA DEL SERVICIO PUBLICO
DE REMISES, código de actividad Nº 711314 a desarrollarse en el local sito en Xxxxx XXXXX XXXXXXX - (XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX) X/ Xx , xxxxxxxx Xx 00000 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente
al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1314/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 22443/08
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad COMERCIALIZACION, DISTRIBUCION Y REPRESENTACION DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION Y
ARTICULOS PARA EL HOGAR, presentada por el Xx. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 25,218,149 , desarrollada en un local sito en Calle J.M. XXXXXXXXXX Nº 1023, catastro Nº 12379 de la ciudad xx Xxxxx de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
Art 2°: -RENOVAR a favor de la firma XXXXXX XXXXX XXXXXXX Y CIA. S.R.L., CUIT Nº 30-68123725-5 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-59356 correspondiente a la actividad COMERCIALIZACION, DISTRIBUCION Y REPRESENTACION DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION Y ARTICULOS PARA EL
HOGAR, código de actividad Nº 624233 - 624209 a desarrollarse en el local sito en Calle J.M. XXXXXXXXXX Nº 1023, catastro Nº 12379 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
Art. 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX la presente
Resolución.-
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCION N°1315/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
Ref. Expte. N° 225687/11
POR ELLO:
Xxxxx, 00 xx xxxxx xx 0000.
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad TALLER DE REPARACION DE MUEBLES XX XXXXXX
(CARPINTERIA EN PEQUEÑA ESCALA), presentada por el Xx. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX D.N.I. 26,899,745, desarrollada
en un local sito en Calle LA RAZON Nº 2406, catastro Nº 80994 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
ARTICULO. 1°.- APROBAR El Informe de Auditoría Ambiental y Social de seguimiento de la actividad VENTA DE PIROTECNIA MINORISTA elaborado por la Licenciada Xxxxxx Xxxxx y presentado por
la Xxx. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX, D.N.I. N° 18.536.171, desarrollada
en un lugar sito en calle Juramento N° 2.932, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentran confeccionadas y EMITIR la Declaración de Impacto Ambiental y Social.
Art. 2°.- RENOVAR a favor de la Xxx. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX,
D.N.I. N° 18.536.171, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° 71.317, correspondiente a la actividad VENTA DE PIROTECNIA MINORISTA, desarrollada en un lugar sito en xxxxx Xxxxxxxxx Xx 0.000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxx.
Art. 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años contados a partir de la notificación de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 4°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX, D.N.I. N°
18.536.171, la presente Resolución.
Art. 3°: EXTENDER a favor del Xx. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-75474 correspondiente a la actividad TALLER DE REPARACION DE MUEBLES XX XXXXXX (CARPINTERIA EN PEQUEÑA
ESCALA), código de actividad Nº 331139 a desarrollarse en el local sito en Calle LA RAZON Nº 2406, catastro Nº 80994 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX la
presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
Art. 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 6°:.- COMUNÍCAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1316/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 48586-SG-2012
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad TALLER DE REPARACION DE MUEBLES XX XXXXXX
(CARPINTERIA EN PEQUEÑA ESCALA), código de actividad Nº 331139, desarrollada por el Xx. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, en un local sito en Calle LA RAZON Nº 2406, catastro Nº 80994 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
RESOLUCION N° 1317/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. N° 225472/11
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad BAR SIN ESPECTACULOS - ROTISERIA, código de actividad Nº 621056 - 631035, desarrollada por la Xxx. XXX XXXXX XXXXXXX, en un local sito en Calle XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX Nº 419, catastro Nº 3911 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad BAR SIN ESPECTACULOS - ROTISERIA, presentada por la Xxx. XXX XXXXX XXXXXXX D.N.I. 16,815,726, desarrollada en un local sito en Calle XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX Nº 419, catastro Nº 3911 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°: EXTENDER a favor de la Xxx. XXX XXXXX XXXXXXX , EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.),
registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-75475 correspondiente a la actividad BAR SIN ESPECTACULOS - ROTISERIA, código de actividad Nº 621056 - 631035 a desarrollarse en el local sito en Calle
XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX Nº 419, catastro Nº 3911 de esta ciudad.
Art. 4°: EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXX XXXXX XXXXXXX la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 27 de Julio de 2015
RESOLUCION N° 1318/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL REFERENCIA: EXP. Nº 25685/08
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX
XX XX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX RESUELVE
Art. 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad SINDICATO - FARMACIA SOCIAL - SALON DE REUNIONES DEL CUERPO DE DELEGADOS (PLANTA ALTA NO SALON DE FIESTAS) - OBRA SOCIAL SINDICAL - CONSULTORIOS
EXTERNOS, código de actividad Nº 935018 - 624101 - 939919 - 933120, desarrollada por la firma UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR SEC. SALTA, CUIT Nº 33-54628863-9, en un local sito
en Xxxxx XXX XXXX Xx 000, catastro Nº 4355 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad SINDICATO - FARMACIA SOCIAL - SALON DE REUNIONES DEL CUERPO DE DELEGADOS (PLANTA ALTA NO SALON DE FIESTAS) - OBRA SOCIAL SINDICAL - CONSULTORIOS
EXTERNOS, presentada por el Xx. XXXXX XXXXXX XXXX, desarrollada en un local sito en Xxxxx XXX XXXX Xx 000, catastro Nº 4355 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR SEC. SALTA, CUIT Nº 33-54628863-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.)
registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-75476 correspondiente a la actividad SINDICATO - FARMACIA SOCIAL - SALON DE REUNIONES DEL CUERPO DE DELEGADOS (PLANTA ALTA NO SALON DE FIESTAS) - OBRA SOCIAL SINDICAL - CONSULTORIOS
EXTERNOS, código de actividad Nº 935018 - 624101 - 939919 - 933120 a desarrollarse en el local sito en Xxxxx XXX XXXX Xx 000, catastro Nº 4355 de esta ciudad.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución,
dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXX XXXXXX XXXX la presente Resolución.-
Art. 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
Art. 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL,
archivar.-
XXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 28 de julio de 2015.
RESOLUCION N°1319/15 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL Ref. Expte. N° 6478-SG-2015
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL AMBIENTAL
DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad “RESTAURANTE CON ESPECTACULO” desarrollada por la firma. PEÑA LOS XXXXXXXX XX XXXXX S.R.L.,
C.U.I.T. N° 30-71416765-7, en un local sito en xxxxx Xxxxxxxx Xx 000, xx xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxx.
Art. 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RESTAURANTE CON ESPECTACULO presentada por el Xx
.Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx en carácter de socio de la firma. PEÑA LOS XXXXXXXX XX XXXXX S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71416765-7,
desarrollada en un lugar sito en calle Balcarce N°885, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentran confeccionadas y EMITIR la Declaración de Impacto Ambiental y Social.
Art. 3°.- EXTENDER a favor de la firma. PEÑA LOS XXXXXXXX XX XXXXX S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71416765-7, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL N° 75.477, correspondiente a la actividad RESTAURANTE CON ESPECTACULO, a desarrollarse en un lugar sito en xxxxx Xxxxxxxx Xx000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxx.
Art. 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos
(2) años contados a partir de la notificación de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
Art. 5°.- EN particular, y en función al tipo de actividad, el titular deberá asumir los siguientes compromisos ambientales: 1. Realizar en períodos no mayores a seis (6) meses mediciones de ruidos durante el desarrollo de alguno de los espectáculos en vivo. Dichas mediciones deben estar realizadas por un Profesional idóneo, habilitado por COPAIPA, presentando en el informe las recomendaciones o sugerencias que surjan a partir de los resultados obtenidos. Dichos informes deben ser presentados ante la Subsecretaría de Servicios Públicos y Control Ambiental, o la que en el futuro la reemplace, durante el trámite de Renovación del C.A.A.M., o cuando la misma así lo solicite. En caso de no cumplimentar lo solicitado, el presente Certificado caducará indefectiblemente.