CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN DE AVILA Y EL AYUNTAMIENTO DE LAS BERLANAS, PARA EL DESARROLLO DEL
DEL XXXX XXXXXX, XXXXXXXXX (1 de 2)
Tercero
Fecha Firma: 14/09/2022
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CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN XX XXXXX Y EL AYUNTAMIENTO DE LAS BERLANAS, PARA EL DESARROLLO DEL
PROGRAMA “CRECEMOS”, CUYO OBJETO ES EL DE FACILITAR LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL EN EL AMBITO RURAL (2022)
Xxxxx, a 11 de Julio de 2022
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX (2 de 2)
Presidente
Fecha Firma: 14/09/2022
HASH: 35f57c7cc44aea5a1abfb1f3cf753295
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
De una parte, el Ilmo. Sr., Presidente de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx, D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx en representación de ésta, actuando en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 34.1.b) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 61 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que le atribuye respectivamente la representación de la Diputación y la suscripción de documentos.
De otra, xxxx Xxxxxxxxx xxx Xxxx Xxxxxx, Alcalde del Iltre. Ayuntamiento de Las Berlanas, en ejercicio de la atribuciones conferidas por el artículo 21.1.
b) de la Ley 7/1985, de dos xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Intervienen ambos en representación de las Instituciones que presiden, reconociéndose mutuamente capacidad legal para el otorgamiento y formalización del presente Convenio, en el que se establecen las obligaciones encaminadas al cumplimiento de los fines y ejercicio de las competencias que a cada una de las Entidades que representan le corresponden, a tal efecto,
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EXPONEN:
Que la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx viene suscribiendo, desde el año 2004, varios Convenios con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta xx Xxxxxxxx y León, con el objeto de establecer en los Municipios de la Provincia, centros y servicios dirigidos a la atención de niños y niñas de 0 a 3 años, como un medio que sirva para conseguir la conciliación de la vida familiar y laboral en el ámbito rural.
No obstante, desde el año 2012, el organismo autonómico competente ha previsto promover su implantación mediante la inclusión del Programa “Crecemos” en el Acuerdo Marco de Cofinanciación de los Servicios Sociales, para financiar, junto con las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos participantes, el mantenimiento de estos centros, en aquellas entidades locales del medio rural incluidas en el Programa y todo ello al amparo de lo previsto en el artículo 4, Decreto - Ley 1/2014, de 27 xx xxxxx, de medidas urgentes para la garantía y continuidad de los servicios
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
públicos en Castilla y León, que establece que las competencias que, con carácter previo a la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, se preveían como propias de los municipios en materia de participación en la gestión de la atención primaria de la salud e inspección sanitaria, en materia de prestación de servicios sociales, y de promoción y reinserción social, así como aquellas otras en materia de educación, a las que se refieren las disposiciones adicional decimoquinta y transitorias primera, segunda y tercera de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, continuarán siendo ejercidas por los municipios en los términos previstos en las Leyes correspondientes, en tanto no hayan sido asumidas por parte de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. Con respecto a la Diputación, el artículo 36.1 de la Ley de Bases reguladoras del Régimen Local establece que son competencias propias de la misma las que atribuyan en este concepto las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores públicos, atribuyéndose por las leyes sectoriales, diversas competencias en este sentido.
Así pues, el contenido del mencionado Acuerdo Marco de Cofinanciación de los Servicios Sociales, en lo que al Programa “Crecemos” para la conciliación de la vida familiar y laboral en el medio rural se refiere, incluye los objetivos, los criterios para su concesión, la determinación de la cuantía, los gastos subvencionables, los plazos de justificación, así como las obligaciones de la Entidad, que deberán tenerse en cuenta al objeto de establecer con claridad, mediante la suscripción del presente Convenio con los respetivos Ayuntamientos, las relaciones jurídicas y demás elementos de índole jurídica que posibiliten la continuidad del expresado Programa incluido en el ámbito de los Servicios Sociales, a cuyo efecto se presenta el correspondiente convenio para el año 2022 y ello con arreglo a las siguientes,
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ESTIPULACIONES
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO
Es objeto del presente Convenio determinar, de forma concreta, las fórmulas de colaboración entre la Diputación xx Xxxxx y el Ayuntamiento de Las Berlanas, durante el año 2022, para la continuidad del Programa “Crecemos”, impulsando, de este modo, la función social de la atención de niños y niñas de 0 a 3 años en el ámbito rural, como factor básico de equidad y clave para compensar desigualdades xx xxxxxxx, en centros infantiles de menos de 15 plazas por unidad, cuya finalidad es la de favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias de la provincia xx Xxxxx que viven en el medio rural, al amparo de lo establecido en el Acuerdo Marco de Cofinanciación de los Servicios Sociales.
El importe de la subvención concedida por esta Diputación deberá ser destinada a sufragar el coste salarial, incluidas las cotizaciones por cuota patronal a la Seguridad Social, de un técnico con la titulación requerida,
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
para prestar un servicio en función de las horas diarias que se oferten a las familias en el centro o unidad “Crecemos”, así como el seguro de responsabilidad civil.
SEGUNDA.- COMPROMISOS DE LA DIPUTACIÓN
Por su parte, la Diputación xx Xxxxx se compromete a:
1. Coordinar la ejecución del Programa a nivel provincial para asegurar la calidad de la atención y su correcto funcionamiento.
2. Proporcionar apoyo a las Entidades Locales en la planificación de la actividad de los centros crecemos y colaborar con los profesionales que están a cargo de los menores en dicho programa.
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Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
3. Aportar la cantidad de dieciocho mil novecientos cincuenta y cinco euros coma sesenta y siete (18.955,67€) a cargo de la partida presupuestarias 2310 46201 del presupuesto ordinario de gastos para el ejercicio 2022.
TERCERA.- COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO
De conformidad con el Acuerdo Marco de Cofinanciación de Servicios Sociales, anteriormente referenciado, cuyas estipulaciones sientan las bases para la formalización del presente Convenio, el Ayuntamiento de Las Berlanas se compromete a:
1. Inscribir el centro, de titularidad municipal, en el registro de centros de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades xx Xxxxxxxx y León para la conciliación de la vida familiar y laboral en Castilla y León, regulado por el Decreto 143/2003, de 18 de diciembre.
2. Cumplir con la exigencia en cuanto al número máximo de niños y niñas que pueden acceder al Programa, esto es, menos de 15 por unidad.
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3. En el caso de centros con más de una unidad, deberá concretarse, al término del mes siguiente a la suscripción del presente documento, la unidad incluida dentro del “Crecemos” y, por tanto, que queda afectada por lo dispuesto en el presente Convenio. Asimismo, a la entrada del Aula y en lugar visible, deberá figurar “Programa Crecemos”, mediante rotulo colocado al efecto en relación a la identidad corporativa de la Junta xx Xxxxxxxx y León.
4. Proporcionar un técnico o los que sean necesarios con la titulación requerida conforme a lo dispuesto en la estipulación sexta del vigente Convenio, que se encargará de la atención, en la unidad/centro “Crecemos”, de los niños y niñas, durante más de 7 horas al día de lunes a viernes.
5. Los municipios que no estén prestando la jornada total de 8 horas, deberán comunicar a la Diutación xx Xxxxx que no existe necesidad del servicio, teniendo la obligación de ampliar el horario de apertura siempre y cuando haya alguna familia que lo solicite.
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
6. Todo el personal que trabaje en la unidad del “Crecemos” deberá disponer de un certificado de delitos sexuales expedido por el Ministerio del Interior, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
7. Proceder a la contratación del seguro de responsabilidad civil.
8. Aportar el inmueble donde se desarrollará el Programa y los medios materiales necesarios para la prestación del Servicio y, en su caso, realizar en el mismo las obras necesarias para garantizar las condiciones mínimas indicadas por el Órgano Competente de la Junta xx Xxxxxxxx y León:
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a. Cada local donde se preste un servicio asistencial dentro del Programa “Crecemos” contará con un patio de juegos al aire libre. Este espacio podrá estar ubicado fuera de la parcela, o tratarse de una superficie pública de esparcimiento siempre que en el desplazamiento se garantice la seguridad, no sea necesario transporte colectivo y se encuentre ubicado en el entorno del centro.
b. Si el local estuviera ubicado dentro de un recinto educativo tendrá un horario de uso independiente.
9. Los recursos materiales con los que cuente el servicio han de favorecer el desarrollo de las actividades, el descanso, juego, manipulación, experimentación, relación, afectividad, etc., con garantías de seguridad.
10. Disponer de una línea telefónica.
11. Sufragar los gastos de funcionamiento del inmueble (luz, agua, electricidad, teléfono, calefacción u otros de similar naturaleza), así como los derivados del correcto funcionamiento del “Crecemos” (incluido el servicio de teleasistencia si optasen por ello), pudiendo utilizar tales gastos a la hora de justificar otros ingresos distintos a la subvención.
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12. Comprometerse a fijar como criterio prioritario de admisión a aquellos menores procedentes de familias con las que se esté interviniendo a través de los Servicios Sociales básicos de la Diputación xx Xxxxx.
13. De igual modo, aplicar como criterios de acceso los previstos en la ORDEN EDU/95/2022, de 14 de febrero, por la que se regula el proceso de admisión en las escuelas infantiles que impartan el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León (BOCYL,17 de febrero de 2022).
14. Disponer de un baremo de acceso basado en criterios objetivos conforme al principio de concurrencia competitiva y aplicarlo en los casos en los que la demanda sea superior al número de plazas disponibles.
15. Permitir la estancia gratuita en el centro Crecemos, a los niños y niñas de 0 a 3 años a cargo de mujeres víctimas de violencia de género, previa derivación por parte del CEAS, durante el tiempo indispensable para realizar los trámites oportunos que permitan a las
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
mujeres que se encuentren en dicha situación resolver la situación de crisis: denuncia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil, Policía) o ulteriores comparecencias, urgencias en el centro de salud/hospital, asesoramiento jurídico especializado previo al juicio, comparecencia en sede judicial o cualquier actividad judicial para la que sea citada y primera entrevista con la trabajadoras social del CEAS, siempre y cuando no se interfiera en el funcionamiento normal del centro.
16. Permitir la estancia gratuita de niños y niñas de 0 a 3 años previa derivación del CEAS, en aquellos casos de especial vulnerabilidad de la familia, por un tiempo limitado y por circunstancias especiales, siempre que no interfiera el funcionamiento de centro.
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17. Establecimiento de una cuota mensual de aportación de los niños y niñas que no excederá de cinco euros al día. La cuota que se establecerá deberá modularse atendiendo a criterios xx xxxxx y a la situación o tipología de familia, pudiendo establecerse bonificaciones en el caso de familias monoparentales y numerosas.
18. Aplicar los criterios de acceso previstos en la normativa para las escuelas infantiles públicas de primer ciclo de educación infantil en aquellos centros que estén calificados como educativos.
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19. En los centros no calificados como educativos, en los supuestos que exista mayor demanda que plazas disponibles, se establecerá la siguiente prioridad para el acceso de los menores al centro: familia monoparental en la que el responsable de la misma se encuentre trabajando, familia numerosa en la que trabajen ambos progenitores, resto de familias en las que ambos progenitores trabajen los dos. De continuar la mayor demanda se podrá atender a otro tipo de cargas familiares según la priorización de la tipología de familias anteriormente indicada. Los menores hijos de víctimas de violencia de género, cuando precisen plaza por traslado, podrán acceder a los centros independientemente de que haya finalizado el plazo de inscripción o el centro esté completo.
20. Aquellos centros crecemos que dispongan de plazas vacantes por no llegar al máximo de 15 podrán admitir hasta ese número a menores entre 3 y 6 años en el periodo de vacaciones escolares xx xxxxxx durante el cual el centro Crecemos permanezca abierto.
21. Cumplimiento de lo establecido tanto en el Acuerdo 27/2020 de 4 xx xxxxx de la Junta xx Xxxxxxxx y León por el que se establecen las Directrices sobre difusión de la identidad corporativa de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, así como del Decreto 119/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba la Identidad Corporativa de la Junta xx Xxxxxxxx y León respecto a la imagen institucional.
22. Además de lo dispuesto en el punto anterior, deberán identificarse los centros Crecemos con la imagen gráfica del Plan Corresponsables así como los logotipos institucionales del Ministerio de Igualdad y de la Secretaría de Estado de igualdad y contra la violencia de Género.
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
CUARTA.- VIGENCIA DEL CONVENIO
El presente Convenio extiende su vigencia desde el 1 de enero de 2022 al
31 de diciembre del 2022 siempre y cuando se continúe prestando el servicio del Programa Crecemos por el ayuntamiento firmante y exista consignación presupuestaria en los presupuestos ordinarios de Diputación para los ejercicio del 2022.
No obstante lo anterior y dadas las características del Programa iniciado, ambas partes consideran la posibilidad de suscribir, para el año 2023, un Convenio en similares términos al presente, con el objetivo de dar continuidad al Programa “Crecemos”, el cual se presenta de gran interés para el medio rural.
QUINTA.- JUSTIFICACIÓN Y PAGO DE LA SUBVENICÓN
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
El anticipo del 100% de la aportación de Diputación a este Convenio se realizará en un único pago en el primer semestre de 2022 previa la aprobación de la justificación del convenio del ejercicio del 2021 y siempre que el ayuntamiento se encuentre al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad social.
El plazo de presentación de la documentación justificativa correspondiente a la anualidad del 2022 finaliza el día 31 de enero de 2023, siendo este plazo improrrogable, y deberá realizarse por los medios establecidos en el artículo
16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A estos efectos el Ayuntamiento remitirá la siguiente documentación justificativa:
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1. Memoria de las actividades realizadas y los objetivos conseguidos, conforme al modelo que se incorpora al presente convenio (anexo I)
2. Certificación firmada por el secretario/interventor del estado de ingresos, obligaciones reconocidas y pagos realizados por ese Ayuntamiento en el desarrollo de la actividad subvencionada. Con este fin deberá remitirse debidamente cumplimentado el anexo que se incorpora al presente convenio (anexo II)
3. Certificación firmada por el secretario/interventor conforme al (anexo III) donde conste:
a. Que el Ayuntamiento ha cumplido con lo establecido en la cláusula tercera.
b. Que la subvención ha sido destinada a sufragar el coste salarial, incluidas las cotizaciones por cuota patronal a la Seguridad Social, de un técnico con la titulación requerida, que presta servicios durante al menos 5horas diarias en el Centro Crecemos, así como el seguro de responsabilidad civil,
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
c. Qué se ha informado sobre la posibilidad de ampliación horaria hasta 8 horas y estos han comunicado si desean o no la misma (Adjuntar ficha de los padres)
d. Que no se han percibido más subvenciones para la misma finalidad, o que el importe de la subvención concedida por la Diputación xx Xxxxx, junto con otras concedidas no supera el 100% del gasto realizado (adjuntar, en su caso, copia de la resolución de otras subvenciones que se hubieran percibido para la misma finalidad).
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
La presente subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que, en su caso, el beneficiario pueda recibir, para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que el resto de las subvenciones junto con la otorgada por la Diputación Provincial xx Xxxxx no supere el 100% del proyecto o la actividad.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.3 del Reglamento de la Ley de Subvenciones (Real Decreto 887/2006), transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado la misma ante el órgano administrativo competente, éste requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de quince días sea presentada a los efectos previstos en este Capítulo. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado llevará las responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones. La presentación de la justificación en el plazo adicional establecido en este apartado no eximirá al beneficiario de las sanciones que, conforme a la Ley General de Subvenciones, correspondan.
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En el caso que no realizase la justificación según el procedimiento descrito anteriormente, le será requerido por parte de Diputación xx Xxxxx el reembolso de la parte no justificada y anticipada.
SEXTA.- TITULACIÓN EXIGIBLE AL PERSONAL
La titulación que deben reunir los técnicos que participen en el Programa “Crecemos”, con independencia de que su gasto esté subvencionado, es la de maestro con la especialización en educación infantil o titulo de grado equivalente, o el título de técnico superior en educación infantil o equivalente.
SEPTIMA. - COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
Se establece una Comisión de Seguimiento del presente Convenio que velará por el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas y por la
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
consecución de los objetivos del Programa, que estará compuesta por al menos un representante de cada Institución y que se reunirá, a petición de cualquiera de las partes y en todo caso una vez al año.
La organización y funcionamiento de esta Comisión atenderá a lo previsto en la Sección 3 del Capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
OCTAVA.- CONTROL FINANCIERO
Que la subvención que se pretende formalizar queda sometida a la comprobación anual por parte del órgano interventor, de conformidad con lo previsto en el artículo 213 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 33 de la Ordenanza General de Subvenciones (BOP, 31 de diciembre de 2016).
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS
El Ayuntamiento que resulte beneficiario de la presente subvención, será el responsable de los datos personales de las familias que participen en el Programa “Crecemos”, así como que las personas que se contraten, dando cumplimiento en cualquier caso a las obligaciones establecidas tanto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Cada Ayuntamiento beneficiario como responsable del tratamiento, tendrá que:
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1. Entregar o poner a disposición de la Diputación xx Xxxxx los datos personales que se soliciten para el correcto desarrollo del Programa “Crecemos”, así como, para llevar a cabo una adecuada fiscalización de la subvención.
2. Aplicar las medidas técnicas y organizativas, que considere oportunas a tal fin de garantizar y asegurar una adecuada protección de los datos facilitados.
3. Velar en todo momento por un tratamiento de datos conforme a Derecho.
Por otro lado, la Diputación xx Xxxxx, como encargada del tratamiento, quedará sujeta a las siguientes obligaciones:
4. La Diputación se compromete a solicitar únicamente la información de carácter personal que sea necesaria para la correcta ejecución del Programa “Crecemos”, así como, para llevar a cabo la fiscalización de la subvención.
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
5. Los datos a los que tenga acceso la Diputación, serán tratado exclusivamente para la finalidad correspondiente al presente Programa, garantizando en todo caso, su integridad, conservación y confidencialidad respecto a los datos facilitados, guardando en todo caso, el oportuno secreto, que se prolongará más allá de la relación que se pueda mantener con el Ayuntamiento.
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
6. La Diputación xx Xxxxx se compromete a adoptar todas las medidas que sean necesarias para el tratamiento oportuno de los datos facilitados, y en todo caso, dando cumplimiento a las obligaciones de seguridad reconocidas en el artículo 32 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
DÉCIMA.- NORMATIVA APLICABLE
En lo no previsto en este Convenio, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y al Ordenanza General de Subvenciones (BOP, 31 de diciembre de 2016).
UNDÉCIMA. -RESOLUCIÓN DEL CONVENIO
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El presente Xxxxxxxx podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes firmantes del mismo y por decisión unilateral de cualquiera de ellas, debido a causas excepcionales, debidamente justificadas, que obstaculicen o impidan el cumplimiento de los compromisos asumidos, previa denuncia en forma fehaciente con un plazo de antelación de un mes.
Será igualmente causa de resolución el incumplimiento de las estipulaciones que constituyen su contenido, previa denuncia de cualquiera de las partes en los términos señalados en el párrafo anterior.
DUODÉCIMA.- INCUMPLIMIENTOS Y REINTEGROS
Se procederá al reintegro de la subvención cuando: (i) cuando judicial o administrativamente se haya declarado nula o se haya anulado la resolución de la concesión, en los términos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o (ii) cuando se den algunos de los supuestos establecidos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En todo caso, será de aplicación lo dispuesto en el Capítulo VI de la Ordenanza General de Subvenciones (BOP, 31 de diciembre de 2016), en relación al reintegro de las subvenciones.
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
El procedimiento que habrá de atenderse para declarar la procedencia del derecho al cobro de la subvención, será el establecido en el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
DECIMOTERCERA.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las partes firmantes se comprometen a solventar de mutuo acuerdo cuantas diferencias resulten de la interpretación y cumplimiento de este Convenio, sin perjuicio de la competencia del Orden Jurisdiccional contencioso-administrativo para el conocimiento de cuantas cuestiones y litigios pudieran surgir.
Leído el presente Convenio y enteradas debidamente las partes del contenido y alcance de sus estipulaciones, lo firman en el lugar y fecha arriba indicados.
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
EL PRESIDENTE DE LA EXCMA. EL ALCALDE DE LAS BERLANAS
DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
ANEXO I I.- DATOS DEL AYUNTAMIENTO AYUNTAMIENTO:
DIRECCIÓN:
LOCALIDAD:
PROVINCIA:
PERSONA DE CONTACTO:
TFNO: FAX:
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CORREO ELECTRÓNICO:
II.- DATOS DEL CENTRO
FECHA INICIO DEL PROGRAMA:
DIRECCIÓN DEL CENTRO:
LOCALIDAD:
PROVINCIA:
UBICACIÓN EN EL AYUNTAMIENTO: SI NO
(Si la respuesta es NO):
DIRECCIÓN DEL LOCAL:
METROS QUE MIDE:
EN EL CASO DE TENER MÁS DE 13 NIÑOS ¿PODRÍA ADAPTARSE UNA SEGUNDA AULA CON AL MENOS 30 METROS CUADRADOS? (SI/NO):
HAY BAÑOS DE NIÑOS/AS SI NO MICROONDAS SI NO
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
DESCRIPCIÓN DEL MOBILIARIO EXISTENTE: HORARIO:
MAÑANA: INICIO FINALIZACIÓN
TARDE: INICIO FINALIZACIÓN Nº TOTAL DE HORAS:
CALENDARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA: MATERIAL DEL QUE SE DISPONE (CUENTOS, JUEGOS, ETC.): TIPO DE ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN:
EDITORIAL CON LA QUE SE TRABAJA: CUOTA GENERAL:
FAMILIAS (Nº TOTAL): | |
MONOPARENTALES | |
NUMEROSAS | |
CON PERSONAS CON DISCAPACIDAD | |
INMIGRANTES | |
GITANAS | |
OTRAS ( Especificar ) |
III.- USUARIOS Y FAMILIAS
TOTAL DE NIÑOS 13 | |||
INTERVALOS DE EDAD | NIÑOS | NIÑAS | TOTAL |
0 - 1 AÑOS | |||
1 – 2 AÑOS | |||
2 – 3 AÑOS | |||
TOTAL |
Nacionalidad de los niños:
▪ Española:
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Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
Nº niños
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NACIONALIDAD
▪ Otros países:
PADRES TRABAJANDO:
• los 2: familias
• solo 1: familias
• ninguno: familias
RELACIÓN CON LOS PADRES:
• Reuniones: Anuales Mensual Otras
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
Trimestrales
Semestral
IV.- DATOS DEL PERSONAL
Nº DE PROFESIONALES DEL CENTRO:
1.- NOMBRE Y APELLIDOS:
TITULACIÓN (especificar la denominación exacta y de la especialidad) : FECHA DE NACIMIENTO:
TFNO. DE CONTACTO CON EL TÉCNICO:
ES DEL PUEBLO SI NO VIVE EN EL PUEBLO SI NO TIPO DE CONTRATO:
DEDICACIÓN SEMANAL (total, parcial):
DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA:
COSTE SALARIAL ANUAL:
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Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
2.- NOMBRE Y APELLIDOS:
TITULACIÓN (especificar la denominación exacta y de la especialidad): FECHA DE NACIMIENTO:
TFNO. DE CONTACTO CON EL TÉCNICO:
ES DEL PUEBLO SI NO VIVE EN EL PUEBLO SI NO TIPO DE CONTRATO:
DEDICACIÓN SEMANAL (total, parcial):
DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA:
COSTE SALARIAL ANUAL:
3.- NOMBRE Y APELLIDOS:
TITULACIÓN (especificar la denominación exacta y de la especialidad): FECHA DE NACIMIENTO:
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TFNO. DE CONTACTO CON EL TÉCNICO:
ES DEL PUEBLO: SI NO VIVE EN EL PUEBLO: SI NO TIPO DE CONTRATO:
DEDICACIÓN SEMANAL (total, parcial): DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA:
COSTE SALARIAL ANUAL:
VOLUNTARIADO ADSCRITO AL PROGRAMA
SI NO
NOMBRE Y APELLIDOS:
FUNCIONES DEL VOLUNTARIADO:
DEDICACIÓN SEMANAL (total, parcial): DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA:
V.- DINAMIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LA POBLACIÓN
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
ESTRUCTURAS DE COLABORACIÓN Y/O PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS/AS, INSTITUCIONES, ENTIDADES EN EL PROGRAMA.
VI.-VALORACIÓN DEL IMPACTO DEL PROGRAMA
VII.- OBSERVACIONES/INFORMACIÓN ADICIONAL
PERSONA QUE HA CUMPLIMENTADO LA MEMORIA:
FECHA:
Firma
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN XX XXXXX.
ANEXO II
D./Xx Xxxxxxxxxx/a-Interventor/a del
Ayuntamiento de Ayto.)
(Ávila), con CIF (del
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CERTIFICO: que según los datos obrantes en esta secretaría/intervención, en relación con el convenio entre la Diputación xx Xxxxx y ese ayuntamiento por el que se instrumenta la concesión de una subvención nominativa a esta entidad para la prestación del programa crecemos, suscrito con fecha……, el estado de ingresos, obligaciones reconocidas y pagos realizados correspondientes al desarrollo del programa, es el que a continuación se detalla:
Estado de gastos
Descripción gasto | Importe obligaciones reconocidas | Importe pagos realizados |
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
TOTAL |
Estado de ingresos
Agente Financiador | Importe |
Diputación | |
Ayuntamiento | |
Otros (especificar) | |
TOTAL |
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
Y, para que así conste, en cumplimiento de lo estipulado en la cláusula cuarta del convenio, expido el presente con el visto bueno del Sr. alcalde del Ayuntmiento, en….. a…..
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Y para que conste, expido la presente certificación con el Visto Bueno del Sr/x. Xxxxxxx/sa.
En a de de
Vº Bº
EL ALCALDE/SA EL SECRETARIO/A
Fdo: Fdo.:
ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN XX XXXXX.
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
XXXXX XXX (JUSTIFICACIÓN)
D./Xx Xxxxxxxxxx/a-Interventor/a del
Ayuntamiento de Ayto.)
(Ávila), con CIF (del
CERTIFICO:
e. Que el Ayuntamiento ha cumplido con lo establecido en la cláusula tercera.
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
f. Que la subvención ha sido destinada a sufragar el coste salarial, incluidas las cotizaciones por cuota patronal a la Seguridad Social, de un técnico con la titulación requerida, que presta servicios durante 7 horas diarias en el Centro “Crecemos”, así como el seguro de responsabilidad civil,
g. Qué se ha informado sobre la posibilidad de ampliación horaria hasta 8 horas y estos han comunicado si desean o no la misma (Adjuntar ficha de los padres)
h. O : Si han solicitado ampliación horaria. O : No han solicitado ampliación horaria
i. Que no se han percibido más subvenciones para la misma finalidad, o que el importe de la subvención concedida por la Diputación xx Xxxxx, junto con otras concedidas no supera el 100% del gasto realizado (adjuntar, en su caso, copia de la resolución de otras subvenciones que se hubieran percibido para la misma finalidad).
Y para que conste, expido la presente certificación con el Visto Bueno del Sr/x. Xxxxxxx/sa.
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En a de de
Vº Bº
EL ALCALDE/SA EL
SECRETARIO/A
Fdo.: Fdo.:
ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN XX XXXXX.
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
ANEXO IV
Información adicional – Protección de Datos Responsable del tratamiento
Identidad: Diputación Provincial xx
Xxxxx – NIF: P0500000E
Dirección postal: Xxxxx Xxxxxx xx xxx Xxxxxxxx, x/x 00000 XXXXX (Xxxxx). Teléfono: 000 000 000
Correo-e:
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
Delegado de Protección de Datos (DPD): xxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx
Finalidad del tratamiento
Finalidad: gestionar y tramitar solicitudes y prestaciones de Servicios Sociales.
Plazos de conservación: los previstos por la legislación aplicable respecto a la prescripción de responsabilidades.
Legitimación:
Consentimiento necesario para la tramitación de prestaciones y servicios de servicios sociales.
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Destinatarios: los datos no serán cedidos a terceros salvo obligación legal. No están previstas transferencias a terceros países u organizaciones internacionales.
Derechos
Las personas interesadas tienen derecho a:
Obtener confirmación sobre si el Diputación Provincial xx Xxxxx está tratando sus datos personales.
Acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesidades para las cuales fueron recabados.
Solicitar en determinadas circunstancias:
La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso sólo
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000
serán conservados por la
Diputación para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, la Diputación dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones. Incluido el tratamiento de sus datos para decisiones individuales automatizadas.
Los derechos podrán ejercitarse ante Diputación Provincial xx Xxxxx - Xxxxx Xxxxxx xx xxx Xxxxxxxx, x/x 00000 XXXXX (Xxxxx) indicando en el asunto: Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica (xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx).
CONVENIO
Número: 2022-0103 Fecha: 14/09/2022
Si la licitud del tratamiento de sus datos se ha basado en el consentimiento, se le informa que tiene derecho a retirar dicho consentimiento en cualquier momento.*
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendido podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos – Dirección: X/Xxxxx Xxxx, 0 - 00000 XXXXXX (Xxxxxx) – Sede electrónica: xxxxxxxx.xxx.xx.
(*) Incluir solo si la licitud del tratamiento está basada en el consentimiento de la persona afectada.
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ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN XX XXXXX
Avda. Xxxx Xxxxx XX, n.º 20 05003 – Ávila. España.
Tel. (x00) 000 000 000