CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios, que se celebra de una parte, La Fuerza Aérea del Perú – Escuela de Aviación Civil del Perú (EDACI), con RUC. Nº 20144364059, con domicilio en la Xx. Xxxxxxxx X/X Xxxxxxxxxxxx Xx Xxxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxx-Xxxx, debidamente representado por el Director de la Escuela de Aviación Civil del Perú, Coronel FAP XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, identificado con NSA. O-9416580-AB+, nombrado con R.M. Nº 003-2005 DE/FAP del 12-01-2005, a quien en adelante se le denominará "EL COMITENTE", y de la otra parte Doña XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, con RUC Nº 10429599135 identificado con D.N.I. Nº 42959913, de nacionalidad peruana, Estado Civil Soltera y con domicilio en XXXX. XXX. XX XXX XX. X XX. 0 XXXXX, a quien en adelante se le denominará "EL LOCADOR".
El presente contrato se pacta en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES
"EL COMITENTE" es una Unidad dependiente de la Fuerza Aérea del Perú - Ministerio de Defensa, y dentro de sus instalaciones requiere ejecutar diversos trabajos, motivo por cual requiere la necesidad de contratar los servicios de un personal especialista con amplia experiencia para realizar trabajos determinados que serán detallados en cláusulas posteriores.
"EL LOCADOR", es un Especialista en Asesoría en el Área Contable, debidamente acreditado con capacidad de celebrar Contratos sin ningún tipo de impedimento.
CLAUSULA SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente Contrato de Locación de Servicios "EL COMITENTE" decide contratar los servicios de "EL LOCADOR" para que se haga cargo de las labores de Asesoría en materia de Contabilidad y demás acciones que indiquen la similitud del trabajo solicitado, los mismos que se ejecutaran en la Escuela de Aviación Civil del Perú.
"EL LOCADOR", se obliga a realizar labores de Asesoría en el Área Contable.
CLAUSULA TERCERA.- DE LA VIGENCIA
El presente Contrato tendrá vigencia desde el 24 xx Xxxxx al 31 de Diciembre del 2006, tiempo en que "EL LOCADOR" manifiesta que es el adecuado para la realización de la actividad detallada en la cláusula anterior.
CLAUSULA CUARTA.- DE LA RETRIBUCION
La retribución que recibirá "EL LOCADOR", por la prestación de sus servicios al monto total y único de S/. 6,000.00 (Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles), por todo concepto; cuyo pago será efectuado en forma mensual de acuerdo a Disposición Presupuestal de la Unidad y de acuerdo a la carga laboral exigida por el Dpto. solicitante (Economía y Finanzas) dentro del plazo de vigencia del presente contrato. A dicha cantidad se le efectuarán las retenciones xx Xxx, debiendo "EL LOCADOR" presentar su recibo por Honorarios Profesionales.
CLAUSULA QUINTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1. De "EL LOCADOR":
A efectuar las actividades encomendadas en la cláusula Segunda, con la debida diligencia, responsabilidad y Garantía correspondiente.
Asumir y dar cumplimiento a las cláusulas del presente contrato, siendo el único responsable de las consecuencias derivadas de omisiones, pérdidas, daños, o errores producidos por negligencia comprobada.
Se compromete a contratar un seguro personal de salud contra todo riesgo, que tenga cobertura de gastos de atención médica, medicinas, internamiento clínico y/u hospitalización que pudiera recibir, como consecuencia de accidentes personales en la ejecución de los trabajos contratados, liberando a la EDACI de todo tipo de responsabilidades.
"EL LOCADOR", deberá prestar personalmente sus servicios en el Departamento de Economía y Finanzas de esta EDACI, así como las actividades pactadas en el presente contrato, por la peculiaridad y naturaleza de la prestación.
A guardar el más estricto secreto sobre las actividades que realice, la literatura técnica y/u otra documentación que le sea proporcionada, quedando obligado a su devolución, al finalizar los servicios por el que se le contrata.
5.2. De "EL COMITENTE":
A efectuar los pagos pactados en el presente Contrato, en la forma y montos establecidos.
A deducir las retenciones xx Xxx, previa presentación del recibo por Honorarios Profesionales.
Se reserva el derecho de oponerse a las actividades y trabajos realizados por "EL LOCADOR", si éstas no cumplen con las características y especificaciones técnicas requeridas.
A inspeccionar y verificar el avance de los trabajos encomendados por el Departamento de Economía y Finanzas de esta EDACI y observar los trabajos realizados por "EL LOCADOR", para que efectúe las correcciones si el caso así lo amerita.
CLAUSULA SEXTA.- PENALIDADES Y RESOLUCION
"EL COMITENTE", podrá resolver unilateralmente el Contrato, si incumpliese "EL LOCADOR", alguna de las obligaciones que asume en el presente contrato, quedando resuelto de pleno derecho a la recepción de dicha comunicación. Sin perjuicio de iniciar las acciones legales correspondientes de haber ocasionado algún daño o perjuicio al personal o material a la EDACI.
"EL LOCADOR", pagará una penalidad a favor de "EL COMITENTE" a razón de S/ 100.00 ( Cien y 00/100 Nuevos Soles), por el atraso en los trabajos asignados por diferentes causales imputables a su persona, lo que se deducirá de su retribución.
Después de iniciada la Locación de Servicios, sí "EL LOCADOR" interrumpiera continuamente sus actividades incumpliendo con los trabajos determinados en los plazos establecidos, resolverá de pleno derecho el presente contrato.
Asimismo "EL COMITENTE" resolverá el Contrato, cuando medie incumplimiento de carácter contractual u otras conductas que atenten con la política, la moral y la buena marcha administrativa de la EDACI.
CLAUSULA SETIMA.-APLICACIÓN DE NORMATIVIDAD
El presente Contrato es de naturaleza civil y se encuentra regulado por la normatividad del Código Civil, Artículos 1764° y siguientes en lo que le sea pertinente, y no conlleva ningún vínculo laboral entre las partes y/o pago de beneficio social alguno, quedando por lo tanto, "EL COMITENTE", exento de toda responsabilidad por las acciones, conductas o negligencias en que incurra "EL LOCADOR".
CLAUSULA OCTAVA.-COMPROMISO Y CONTRATACION DE SEGURO
Por la presente cláusula "EL LOCADOR", declara su compromiso de cumplir diligentemente todas las obligaciones que asuma en el presente contrato, bajo sanción de descalificarlo para contratar nuevamente sus servicios si no las cumpliera, sin perjuicio de la responsabilidad civil a que hubiera lugar.
Asimismo, se compromete a contratar un seguro salud conforme lo suscrito en la cláusula 5.1.3.
CLAUSULA NOVENA.- DE LA CONCLUSION:
El presente Contrato concluirá indefectiblemente a su vencimiento y/o si los trabajos fueran culminados antes de la fecha de término del mismo contrato.
CLAUSULA DECIMA.- DE LA JURISDICCION:
Ambas partes renuncian al Fuero de sus domicilios, y se someten para todos sus efectos a los Jueces y Tribunales de Lima - Perú; por así convenirlo ambas partes contratantes.
Este Contrato se suscribe en idioma castellano en dos (02) ejemplares de igual valor en Lima a los 24 días del mes Marzo del año 2006.
_______________________________ _____________________________
“ELCOMITENTE" "EL LOCADOR"
EL DIRECTOR DE LA ESCUELA DE XXXXXXXX X. XXXXXXX XXXXXXXXX
AVIACIÓN CIVIL DEL PERU DNI: 00000000
CORONEL FAP RUC: 10429599135
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
O-0000000-AB+