INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES
INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES
PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA
– FINDETER EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS FIDUBOGOTÁ S.A.
CONVOCATORIA PAF-EUC-I-095-2021
OBJETO: CONTRATAR LA “INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LOS ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN SACÚDETE RECREO DEPORTIVO UBICADO EN LA URBANIZACIÓN XXXXXXXXX EN EL MUNICIPIO DE JAMUNDI DEPARTAMENTO XX XXXXX DEL CAUCA”
FECHA DE PUBLICACIÓN 19 DE ENERO DE 2022
De conformidad con el CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES, SUBCAPÍTULO I GENERALIDADES en el numeral
1.29. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES, se informa a los participantes de la Convocatoria PAF-EUC-I-095- 2021 que mediante el presente documento se presenta informe definitivo de requisitos habilitantes y la respuesta a las observaciones, con las siguientes consideraciones:
1. INFORMACIÓN DE LOS PROPONENTES
De conformidad con el acta de cierre del proceso publicada el día siete (07) de enero de dos mil veintidós (2022), en el marco de la presente convocatoria se presentaron nueve (09) ofertas para verificación y evaluación de acuerdo con la planilla de radicación, conforme con lo siguiente:
N° | PROPONENTE (Según Orden Acta de Cierre) | INTERESADO INDIVIDUAL O INTEGRANTE DEL INTERESADO PRURAL | NIT PERSONA JURIDICA |
1. | CONSORCIO INTEROBRAS XXXXX 2022 | XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | C.C. 51.803.384 |
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | C.C. 19.260.302 | ||
2. | CONSORCIO SACUDETE PC- 095 | PROYECTISTAS ASOCIADOS SAS | NIT: 900.426.155-7 |
CONSTRUCTORA TEATINO XXXXXX LTDA – CONSTRUTEV LTDA | NIT: 830.512.601-5 | ||
3. | XXXXX BOGOTÁ XXXXXXXX | XXXXX BOGOTÁ XXXXXXXX | NIT: 79.557.205-1 |
4. | PROCIVING SAS | PROCIVING SAS | NIT: 900.905.675-0 |
5. | XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX | XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX | C.C. 52.147.488 |
6. | SOLIUN SAS | SOLIUN SAS | NIT: 900.768.458-0 |
7. | CONSORCIO XXXXXXXX XXXXXXX | AJ DISEÑO E INTERVENTORIA DE OBRAS CIVILES | NIT: 900.753.938-9 |
XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX | C.C. 91.514.205 | ||
8. | XXXXXXX INGENIERÍA SAS | XXXXXXX INGENIERÍA SAS | NIT: 800.200.907-5 |
9. | CONSORCIO JCB - 07 - 095 | JCB INGENIERÍA SAS. | NIT: 900.920.349-7 |
CIELOS RASOS Y DIVISIONES SAS | NIT: 860.067.526-0 |
2. INFORME PRELIMINAR DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
El día catorce (14) de enero de dos mil veintidós (2022), se presentó en Comité de Contratación No. 10, el INFORME PRELIMINAR DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIÓN, con el siguiente
resultado:
No. | NOMBRE DEL PROPONENTE | JURÍDICA | FINANCIERA | TECNICA | RESULTADO |
1 | CONSORCIO INTEROBRAS XXXXX 2022 | CUMPLE | NO CUMPLE | CUMPLE | NO HABILITADA |
2 | CONSORCIO SACUDETE PC-095 | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | HABILITADA |
3 | XXXXX BOGOTÁ XXXXXXXX | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | HABILITADA |
4 | PROCIVING SAS | CUMPLE | CUMPLE | NO CUMPLE | NO HABILITADA |
5 | XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | HABILITADA |
6 | SOLIUN SAS | NO CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | NO HABILITADA |
7 | CONSORCIO XXXXXXXX XXXXXXX | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | HABILITADA |
8 | XXXXXXX INGENIERÍA SAS | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | HABILITADA |
9 | CONSORCIO JCB - 07 - 095 | NO CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | NO HABILITADA |
3. INFORME DEFINITIVO DE REQUISITOS HABILITANTES -RESPUESTA A OBSERVACIONES
Durante el término comprendido desde el 17 de enero de 2022 hasta las 05:00 pm del día 18 de enero de 2022, los proponentes presentaron documentos de subsanación y observaciones al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, los cuales fueron objeto de validación para la consolidación del informe definitivo de verificación de requisitos habilitantes.
A continuación, y de manera enunciativa, se detallan las observaciones y subsanaciones presentadas durante el periodo de traslado:
1. De: Prociving Sas <xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx>
Enviado: lunes, 17 de enero de 2022 11:10 a. m.
Para: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx <xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx>
Cc: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx <xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx>
Asunto: RESPUESTA INFORME PRELIMINAR - CONVOCATORIA No. PAF-EUC-I-095-2021
Subsanación: |
Señores PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA – FINDETER EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS |
Bogotá D.C. – Colombia Referencia: CONVOCATORIA No. PAF-EUC-I-095-2021, cuyo objeto es “CONTRATAR LA “INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LOS ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN SACÚDETE RECREO DEPORTIVO UBICADO EN LA URBANIZACIÓN XXXXXXXXX EN EL MUNICIPIO DE JAMUNDI DEPARTAMENTO XX XXXXX DEL CAUCA”.” Asunto: RESPUESTA INFORME PRELIMINAR DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES. Respetado(s) Señor(es), El suscrito, XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.013.623.379, obrando en su calidad de representante legal de PROCIVING SAS, identificada con NIT. 900.905.675-0, con amplias y suficientes atribuciones al efecto, por medio de la presente, y de conformidad con el contenido del documento INFORME PRELIMINAR DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES, se permite emitir respuesta a las observaciones y/o solicitudes requeridas. Conforme a lo anterior, a continuación, se relacionan las observaciones establecidas por el comité evaluador designado, las cuales se transcriben a saber. Contrato No. 286-2019, que tiene por objeto “REALIZAR LA INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, JURIDICA, SOCIAL, AMBIENTAL Y FINANCIERA DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA DERIVADO DEL PROCESO FDLRUU-LP-236-2018 CUYO OBJETO ES: “REALIZAR LA CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO, ADECUACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS PARQUES VECINALES Y DE BOLSILLO POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, A MONTO AGOTABLE DE LA LOCALIDAD XXXXXX XXXXX XXXXX".”. “Teniendo en cuenta que el contrato aportado contempla objetos, actividades o alcances diferentes a las requeridos, toda vez que incluye "MANTENIMIENTO, ADECUACIÓN Y RECUPERACIÓN", es necesario dar aplicación a lo establecido en la experiencia específica en relación a que sólo se tendrá en cuenta para la acreditación de la condición de valor, los montos asociados a las actividades relacionadas con la experiencia específica, excepto en el evento en que la documentación aportada acredite la INTERVENTORIA A LA: CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN DE PARQUES, O PARQUES RECREO DEPORTIVOS, X XXXXXX O ESCENARIOS DEPORTIVOS O, ESPACIO PÚBLICO O URBANISMO CON UN ÁREA INTERVENIDA MÍNIMA de 1700 M2, caso en el cual la entidad tendrá en cuenta el valor total del contrato. Sin embargo, con la documentación aportada por el proponente no se evidencia el área intervenida o los montos asociados únicamente a la actividad de CONSTRUCCIÓN ejecutada dentro del objeto contractual. Por tanto, se requiere subsanar aportando documentación adicional que cumpla con las reglas de acreditación de la experiencia especifica requerida y que permita evidenciar lo anteriormente expuesto con el fin de tener en cuenta el valor total del contrato. Por lo anterior, el contrato NO es tenido en cuenta para efectos de ésta evaluación.” De conformidad con lo anterior, en primera instancia se aclara que, en el marco del Contrato No. No. 286 de 2019, se realizó la interventoría a la ejecución de las siguientes actividades y cantidades, las cuales se constatan directamente del Acta de Cantidades de Obra final del contrato de obra al cual se realizó interventoría. | ||||
Actividad | Unidad Medida | Cantidad Ejecutada | ||
AdoquinArcill e=0.06 p<5% 4.2-1 blando+xxxxX-2100 | m2 | 260,18 | ||
CanchaAsfalto e=0.05 R-IDRD 4.3-A blandoGeotextil | m2 | 931,54 | ||
Desmonte, corte y reinstalacion adoquin + arena | m2 | 383,12 | ||
Piso Caucho recicl 6cm (EPDM 1cm+SBR 5cm sum+inst) | m2 | 201,61 | ||
Piso Caucho recicl 8cm (EPDM 1cm+SBR 7cm sum+inst) | m2 | 125,37 |
Piso Caucho recicl 11cm (EPDM 1cm+SBR 10cm sum+ins | m2 | 1.071,79 | ||
RECUBRIMIENTO SINTETICO SPORT MASTER PARA CAMPOS MULTIPLES | m2 | 4.411,45 | ||
Área Total Intervenida | 7.385,06 m2 | |||
Así mismo, y en aras de brindar mayor claridad en lo expuesto, adjunto a la presente comunicación se remite Acta de Cantidades de Obra final del contrato de obra al cual se realizó interventoría mediante Contrato No. No. 286 de 2019, y el cual hace parte integral del mismo, subrayándose y/o resaltando las actividades que acreditan la ejecución de de INTERVENTORIA A LA: CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN DE PARQUES, O PARQUES RECREO DEPORTIVOS, X XXXXXX O ESCENARIOS DEPORTIVOS O, ESPACIO PÚBLICO O URBANISMO CON UN ÁREA INTERVENIDA MÍNIMA de 1700 M2, con cual se evidencia el cumplimiento del total de requisitos establecidos en el documento de términos de referencia de la CONVOCATORIA No. PAF-EUC-I-095-2021. | ||||
Respuesta subsanación: | ||||
De conformidad con la verificación realizada al documento aportado para subsanar, se encuentra que este NO cumple con el requerimiento realizado en el informe preliminar de verificación de requisitos habilitantes de orden técnico al proponente PROCIVING SAS, por lo tanto, la propuesta obtiene calificación RECHAZADA en este aspecto. No presentó observaciones al informe preliminar de verificación de requisitos habilitantes. |
2. De: Licitaciones Soliun <xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx>
Enviado: martes, 18 de enero de 2022 2:55 p. m.
Para: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx <xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx>
Asunto: SUBSANACION PROPONENTE SOLIUN SAS - PROCESO PAF-EUC-I-095-2021
Subsanación: |
Por medio del presente nos permitimos allegar la subsanación del proceso relacionado en el asunto, del proponente SOLIUN SAS |
Respuesta subsanación: |
De conformidad con la verificación realizada al documento aportado para subsanar, se encuentra que este cumple con el requerimiento realizado en el informe preliminar de verificación de requisitos habilitantes de orden jurídico al proponente SOLIUN SAS, por lo tanto, la propuesta obtiene calificación HABILITADA en este aspecto. No presentó observaciones al informe preliminar de verificación de requisitos habilitantes. |
Nota 1: Una vez verificado el buzón de correspondencia, se informa por su administrador que solo se recibieron los dos
(2) correos electrónicos citados en el numeral 3. INFORME DEFINITIVO DE REQUISITOS HABILITANTES - RESPUESTA A OBSERVACIONES del presente documento y, por lo tanto, no se presentó documentación para observar y/o subsanar el informe preliminar publicado el 14 de enero de 2022 por parte de los proponentes No. 1 CONSORCIO INTEROBRAS XXXXX 2022 y No. 9 CONSORCIO JCB - 07 – 095, generándose de esta forma la calificación final de rechazados en las evaluaciones individuales financiera y jurídica respectivamente.
Nota 2: Se actualizan con este informe definitivo, las evaluaciones financieras de los proponentes No.3 XXXXX BOGOTÁ XXXXXXXX y No.7 CONSORCIO XXXXXXXX XXXXXXX, toda vez que se recibieron las respectivas confirmaciones de las carta cupo de crédito por parte de las entidades bancarias sin afectar la calificación inicial.
En este orden de ideas, y con fundamento en las razones expuestas en las evaluaciones que hacen parte integral del presente informe, la Entidad determina el Consolidado del Informe Definitivo de Verificación de Requisitos Habilitantes, así:
No. | NOMBRE DEL PROPONENTE | JURÍDICA | FINANCIERA | TECNICA | RESULTADO |
1 | CONSORCIO INTEROBRAS XXXXX 2022 | CUMPLE | RECHAZO | CUMPLE | RECHAZADA |
2 | CONSORCIO SACUDETE PC-095 | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | HABILITADA |
3 | XXXXX BOGOTÁ XXXXXXXX | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | HABILITADA |
4 | PROCIVING SAS | CUMPLE | CUMPLE | RECHAZO | RECHAZADA |
5 | XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | HABILITADA |
6 | SOLIUN SAS | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | HABILITADA |
7 | CONSORCIO XXXXXXXX XXXXXXX | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | HABILITADA |
8 | XXXXXXX INGENIERÍA SAS | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | HABILITADA |
9 | CONSORCIO JCB - 07 - 095 | RECHAZO | CUMPLE | CUMPLE | RECHAZADA |
4. CONCENTRACIÓN DE CONTRATOS
No. | PROPONENTE | NUMERAL 2.1.4 DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA. | REPORTES |
1 | CONSORCIO INTEROBRAS XXXXX 2022 | NO SE ENCUENTRA CONCENTRADO | NO TIENE REPORTES HASTA LA FECHA |
2 | CONSORCIO SACUDETE PC- 095 | NO SE ENCUENTRA CONCENTRADO | Bogotá: 1. PAF-EUC-I-062-2020 (Proyectistas Asociados SAS) 2. PAF-JU-I-060-2021 (Proyectistas Asociados SAS) |
3 | XXXXX BOGOTÁ XXXXXXXX | NO SE ENCUENTRA CONCENTRADO | NO TIENE REPORTES HASTA LA FECHA |
4 | PROCIVING SAS | NO SE ENCUENTRA CONCENTRADO | BBVA: 1. No. PAF-SENA-I-025-2021 Bogotá: 2. PAF-ATF-I-061-2021 |
5 | XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX | NO SE ENCUENTRA CONCENTRADO | NO TIENE REPORTES HASTA LA FECHA |
6 | SOLIUN SAS | NO SE ENCUENTRA CONCENTRADO | BBVA: 1. No. PAF-ICBFGS-I-050- 2021. |
7 | CONSORCIO XXXXXXXX XXXXXXX | NO SE ENCUENTRA CONCENTRADO | NO TIENE REPORTES HASTA LA FECHA |
8 | XXXXXXX INGENIERÍA SAS | NO SE ENCUENTRA CONCENTRADO | Bogotá: 1. PAF-ATF-I-001-2020 |
9 | CONSORCIO JCB - 07 - 095 | NO SE ENCUENTRA CONCENTRADO | BBVA: 1. No. PAF-DAPREII-I-019- 2021 (JCB Ingeniería SAS) 2. PAF-DNP-I-052-2021. (Cielos Rasos y Divisiones SAS) Bogotá: 3. PAF-ATF-I-086-2021 |
Al presente informe se anexa las verificaciones de requisitos habilitantes jurídicos, financieros y técnicos de los proponentes cuyo resultado cambió, las cuales forman parte integral del mismo.
Para constancia, se expide el día diecinueve (19) de enero de dos mil veintidós (2022).
PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA
– FINDETER EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS FIDUBOGOTÁ S.A.
INFORME INDIVIDUAL DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS JURÍDICOS HABILITANTES CONVOCATORIA N° PAF-EUC-I-095-2021
OBJETO: CONTRATAR LA “INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LOS ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN SACÚDETE RECREO DEPORTIVO UBICADO EN LA URBANIZACIÓN XXXXXXXXX EN EL MUNICIPIO DE JAMUNDI XXXXXXXXXXXX XX XXXXX XXX XXXXX”
XXXXXXXXXX Xx. 0: SOLIUN SAS NIT. 900.768.458-0 Representante Legal XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX CC. No. 79.573.492 | ||||
ASPECTOS POR VERIFICAR | NUMERALES DE LA CONVOCATORIA | FOLIOS DEL PROPONENTE | CALIFICACIÓN CUMPLE/ NO CUMPLE | OBSERVACIONES |
Carta de presentación de la propuesta | 2.1.1.1. Formato 1 | 2-3 | CUMPLE | Aporta carta de presentación de la propuesta de fecha 07 de enero de 2022, suscrita por XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, identificado con la CC. 1.077.968.979 en calidad de representante legal del proponente. |
Acreditación de la existencia y la representación legal | 2.1.1.2. | 6-11 | CUMPLE | Nombre: SOLIUN S A S Fecha de expedición del certificado: 21 de diciembre de 2021. Objeto Social: Está relacionado con el objeto a contratar. Facultades: El representante legal tiene facultades para comprometer a la sociedad y no registra limitaciones para contratar. Domicilio: Bogotá D.C Término de Constitución: por Acta no. 001 de Asamblea de Accionistas del 3 de septiembre de 2014, inscrita en la Cámara de Comercio el 10 de septiembre de 2014. Término de Duración: Indefinida. Revisor Fiscal: No registra. |
Documento de constitución de Proponente plural | 2.1.1.3. | No Aplica | No Aplica | No aplica |
Fotocopia del documento cédula de ciudadanía o su equivalente del Representante Legal de la persona jurídica/Persona natural | 2.1.1.4. | 13 | CUMPLE | Aporta el documento de identificación del representante legal del proponente. |
Verificación Certificado de responsabilidad fiscal de la Contraloría General de la República | 2.1.1.5. | 20 y 21 | CUMPLE | Aportados de fecha 03 de enero de 2022. No se encuentra reportado como responsable fiscal |
Verificación Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación | 2.1.1.6. | 23 y 24 | CUMPLE | Aportados de fecha 03 de enero de 2022. No está reportado como responsable disciplinario |
Verificación de Antecedentes Penales y Requerimientos Judiciales | 2.1.1.7. | 26 | CUMPLE | Aportados de fecha 03 de enero de 2022. No reporta asuntos pendientes con las autoridades judiciales |
Consulta en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas - RNMC | 2.1.1.7. | 28 | CUMPLE | Aportados de fecha 03 de enero de 2022. No se encuentra vinculado en el sistema RNMC. |
Garantía de seriedad de la oferta Cierre: 07 de enero de 2022 Hasta: mínimo 07 xx xxxx de 2022. Valor Presupuesto oficial: ($$156,992,080,00) 10%$15,699,208,00 | 2.1.1.8. | 29 a 39 | CUMPLE (subsanó) | Aseguradora: Segurexpo Bancoldex-CESCE Formato: PÓLIZA DE SEGUROS DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES PARTICULARES Póliza No.: 136664 Tomador: SOLIUN SAS Asegurado: PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA – FINDETER EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS identificado con NIT. 830.055.897-7 Beneficiario: EL FORMATO DE LA PÓLIZA NO LO DETERMINA. (subsanó) Convocatoria: está correcto el número de la convocatoria y el objeto de la convocatoria. Participación e identificación integrantes: No aplica. Cubrimiento de eventos: Enuncia de manera expresa los Cuatro (4) eventos de cobertura de la Garantía de Seriedad de la Oferta de acuerdo con lo indicado en los literales a) al d) del Sub |
numeral 1 del numeral 2.1.1.8 de los términos de referencia. Valor asegurado: $ 15,699,208.00 Vigencia de los amparos: Desde el 07 de enero de 2022 hasta el 06 xx xxxxx de 2022. Soporte de pago: NO APORTA. (subsanó) DEBE SUBSANAR El proponente debe adjuntar soporte de pago de la prima correspondiente y anexo modificatorio de la póliza de seriedad No 136664 allegada con la propuesta, en el que se aclare que el CONTRATANTE es el beneficiario de la póliza, conforme con lo siguiente: “2.1.1.8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. (…) EL PROPONENTE se constituirá como TOMADOR Y AFIANZADO, y EL CONTRATANTE como ASEGURADO Y BENEFICIARIO. (…) 2. El proponente deberá constituir a su xxxxx, y presentar con su oferta, una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia que ampare la seriedad de la propuesta en FORMATO ENTRE PARTICULARES con las siguientes características: a. PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA – FINDETER EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS identificado con NIT. 830.055.897-7 ” (…) II. El proponente debe aportar el soporte de pago de la prima |
correspondiente. No se admitirá la certificación de No expiración por falta de pago, ni el soporte de transacción electrónica. Subsanación Mediante correo presentado en oportunidad (De: Licitaciones Soliun <xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx> Enviado: martes, 18 de enero de 2022 2:55 p. m. Para: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx <xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx> Asunto: SUBSANACION PROPONENTE SOLIUN SAS - PROCESO PAF-EUC-I-095-2021 ) se allegan los siguientes documentos: 1. Endoso Nro 2 de la Póliza No.: 136664 en el que se aclara que: POR MEDIO DEL PRESENTE ANEXO Y SEGUN CONDICIONES INCIALES PROCESO DE CONTRATACION SE ACLARA QUE EL ASEGURADO Y BENEFIARIO DE LA PRESENTE POLIZA PATRIMONIO AUTONOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TECNICA - FINDETER EQUIPAMENTOS PUBLICOS IDENTIFICADO CON NIT 830.055.897-7 2. se aporta recibo de caja emitido por la aseguradora en el que se encuentra relacionada la Póliza No.: 136664. De esta forma se da cumplimiento al requisito. | ||||
Copia del Registro Único Tributario - RUT | 2.1.1.9. | 41-45 | CUMPLE | Presenta Certificado de Registro Único Tributario. |
Certificación de cumplimiento de aportes Parafiscales y Seguridad Social | 2.1.1.10. – Formato 2 | 48 | CUMPLE | Aporta formato diligenciado, de fecha 07 de enero de 2022, suscrito por el representante legal de la persona Jurídica. |
Requerimiento titulación como Ingeniero Civil. | 2.1.1.11. | 14-19 | CUMPLE | El representante de la persona jurídica acredita su calidad de Ingeniero Civil, adjunta copia de la matrícula profesional No. 25202-60105 CDN y del certificado de vigencia de matrícula profesional expedida por el COPNIA fecha 11 xx xxxxxx de 2021, |
se consulta el 13 de enero de 2022. | ||||
Abono de la oferta | 2.1.1.12 | No Aplica | No Aplica | No Aplica |
Certificación del revisor fiscal (Sociedades Anónimas) | 2.1.1.13 | No Aplica | No Aplica | No Aplica |
Registro Único de Proponentes. (En caso de estar inscrito) | 2.1.1.14 | 52-112 | VERIFICADO | Aporta RUP del 21/12/2021. Se consulta el RUES, fecha 13 de enero de 2022 y el proponente No reporta multas ni sanciones. |
Consulta de las listas nacionales e internacionales de lavados de activos. | 2.1.1.15. | Consultado | VERIFICADO | No tiene anotaciones que le impidan contratar. Consulta de fecha 13 de enero de 2022. |
CONCEPTO: Verificados los documentos de la oferta contra los requisitos exigidos en la CONVOCATORIA No. PAF-EUC-I-095-2021, se tiene que la propuesta presentada por SOLIUN SAS, CUMPLE con lo establecido en los términos de referencia y en consecuencia se encuentra HABILITADA JURÍDICAMENTE. | ||||
Concentración de Contratos: Operará la Concentración de Contratos cuando un proponente bien sea de manera individual, en consorcio o unión temporal, cuente con cuatro (4) contratos celebrados o adjudicados o en ejecución con FINDETER o con los Patrimonios Autónomos –FINDETER. En el evento de que el contrato haya terminado deberá allegarse la respectiva acta de recibo a satisfacción final o acta de liquidación con fecha de firma previa al cierre del proceso de selección. Para el proponente plural, la concentración de contratos se generará por la sumatoria de los contratos celebrados o adjudicados o en ejecución por FINDETER o los Patrimonios Autónomos – FINDETER, de cada uno de los integrantes, afectando solidariamente al proponente. La propuesta del proponente que configure la citada concentración de contratos incurrirá en causal de rechazo. NOTA 1: La regla de concentración de contratos será verificada durante todo el desarrollo del proceso de selección pero será tenida en cuenta en la evaluación definitiva e incluso hasta la adjudicación del contrato o después de firmado, como causal de terminación del mismo. Así las cosas, el proponente que resultare concentrado será RECHAZADO, o no se firmará el contrato después de adjudicado o podrá pedirse la terminación del mismo después de firmado. NOTA 2: Esta regla no aplica cuando se haya presentado un único proponente para el proceso de selección o cuando sea el único proponente habilitado. NOTA 3: En la eventualidad que todos los proponentes se encuentren incursos en la regla de concentración de contratos, la entidad procederá a adjudicar la convocatoria al proponente ubicado en el primer lugar en el orden de elegibilidad”. Realizada la consulta de concentración se informa que se encuentra en proceso de certificación. Fiduprevisora: No tiene reportes hasta la fecha. Fidubogota: No tiene reportes hasta la fecha |
FiduBBVA: 1. No. PAF-ICBFGS-I-050-2021.
Fiduagraria: No tiene reportes hasta la fecha.
Findeter: No tiene reportes hasta la fecha.
INFORME INDIVIDUAL DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS JURÍDICOS HABILITANTES CONVOCATORIA N° PAF-EUC-I-095-2021
OBJETO: CONTRATAR LA “INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LOS ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN SACÚDETE RECREO DEPORTIVO UBICADO EN LA URBANIZACIÓN XXXXXXXXX EN EL MUNICIPIO DE JAMUNDI DEPARTAMENTO XX XXXXX DEL CAUCA”
PROPONENTE No. 9. CONSORCIO JCB – 07 – 095 Representante XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XX. Xx. 00.000.000 Xxxxxxxxxx Xx. 0 JCB INGENIERIA S A S. NIT. 900.920.349-7 Representante Legal XXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX CC. No. 63.484.572 Porcentaje de participación 70% Integrante No. 2. CIELOS RASOS Y DIVISIONES SAS NIT. No. 860.067.526-0 Representante Legal: XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX CC 51.820.818 Porcentaje de participación 30% | ||||||||
ASPECTOS POR VERIFICAR | NUMERALES DE 79.239.700 LA CONVOCATORIA | FOLIOS PROPONENTE | DEL | CALIFICACIÓN CUMPLE/ NO CUMPLE | OBSERVACIONES | |||
Carta de propuesta | presentación | de | la | Formato 1 2.1.1.1 | 02 a 04 | CUMPLE | Aporta carta de presentación de la propuesta del día 07 de enero de 2022, suscrita por XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX CC. No. 74.333.938 en calidad de representante del proponente plural. |
Acreditación de la existencia y la representación legal | 2.1.1.2. | Xxxxxxxxxx Xx. 0. 00 x 00 Xxxxxxxxxx Xx. 0. 67 a 78 | CUMPLE | Integrante No. 1. JCB INGENIERIA S A X. Xxxxx de expedición: 28 de diciembre de 2021 Objeto Social: Está relacionado con el objeto a contratar. Facultades: El representante legal tiene facultades para comprometer a la sociedad, registra una limitación en la cuantía para contratar, sin embargo, no aplica para la presente convocatoria. Limitaciones: El Gerente requerirá autorización previa de la asamblea general para la ejecución de todo acto o contrato que exceda de un monto mayor a dos mil (2.000) SMLMV, lo cual genera que cuando se excede esta suma por acto o contrato. La cuantía de la presente convocatoria no excede la limitación establecida, por lo tanto, el Representante Legal no tiene restricciones para contratar. Domicilio: Bogotá D.C Término de Constitución: Documento Privado del 4 de noviembre de 2015, inscrito en Cámara de Comercio el 21 de diciembre de 2015 Término de Duración: Indefinido. Revisor Fiscal: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx C.C. No. 79718265 T.P. No. 136824- T Integrante No. 2. CIELOS RASOS Y DIVISIONES SAS Fecha de expedición: 29 de diciembre de 2021. Objeto Social: Está relacionado con el objeto a contratar. Facultades: El representante legal tiene facultades para comprometer a la sociedad, tampoco registra limitaciones. Domicilio: Bogotá D.C Término de Constitución: Escritura Pública del 28 de septiembre de 1978 y registrado en cámara de comercio el 25 de octubre de 1978. Término de Duración: Indefinida. Revisor Fiscal: No registra. |
Documento constitución del proponente plural (si aplica): | 2.1.1.3. 2.1.1.3.1. | 08 a 11 | CUMPLE | 7 de enero de 2022 Objeto: El objeto del documento de conformación del consorcio corresponde al de la convocatoria. Representante: Se designa al representante del proponente. Domicilio: Bogotá Tipo: Consorcio Responsabilidad: Solidaria. Participación: Se establece el porcentaje de participación de los integrantes del proponente plural, Duración: el plazo de ejecución del contrato y un (01) año más. |
Fotocopia del documento del Representante Legal de la persona jurídica/Persona natural | 2.1.1.4. | 12, 14 y 66 | CUMPLE | Se aportan las CC del representante del Consorcio y de todos los integrantes de este en su condición de persona natural o representante legal de persona jurídica. |
Certificado de responsabilidad fiscal de la Contraloría General de la República | 2.1.1.5. | Consultado | CUMPLE | Consultados el 12 de enero de 2022 No está reportado como responsable fiscal |
Certificado de antecedentes de la Procuraduría General de la Nación | 2.1.1.6. | Consultado | CUMPLE | Consultados el 12 de enero de 2022 Sin reportes de sanciones disciplinarias. |
Constancia Antecedentes Judiciales | 2.1.1.7. | Consultado | CUMPLE | Consultados el 12 de enero de 2022 Sin reportes de antecedentes penales. |
Reporte en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas - RNMC | 2.1.1.7. | Consultado | CUMPLE | Consultados el 12 de enero de 2022 Sin reportes de sanciones penales |
Garantía de seriedad de la oferta Cierre: 07 de enero de 2022 Hasta: mínimo 07 xx xxxx de 2022. Valor Presupuesto oficial: ($156,992,080,00) 10%$15,699,208.00 | 2.1.1.8. | 121 a 131 | NO CUMPLE NO SUBSANA INCURRE CAUSAL DE RECHAZO 1.37.26 Cuando el proponente no subsane o subsane en forma | Aseguradora: Seguros Mundial S.A. Formato: Póliza de cumplimiento particular Póliza No.: NB-100191364 Tomador: CONSORCIO JCB – 07 – 092 Beneficiario/Asegurado: PATRIMONIO AUTONOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TECNICA - FINDETER EQUIPAMIENTOS PUBLICOS con NIT 830.055.897-7 Convocatoria: está correcto el número de la convocatoria y el objeto de la convocatoria. Participación e identificación integrantes: Están correctamente relacionados |
extemporánea. 1.37.28 Cuando el proponente no cumpla con los requisitos habilitantes establecidos en los términos de referencia | Cubrimiento de eventos: Enuncia de manera expresa los Cuatro (4) eventos de cobertura de la Garantía de Seriedad de la Oferta de acuerdo con lo indicado en los literales a) al d) del Sub numeral 1 del numeral 2.1.1.8 de los términos de referencia. Valor asegurado: $15,699,208.00 Vigencia de los amparos: Desde el 07 de enero de 2022 hasta el 23 xx xxxx de 2022. Soporte de pago: No allega soporte de pago – NO SUBSANÓ DEBE SUBSANAR Deberá allegar el soporte de pago de la garantía de seriedad NB- 100191364, de conformidad con los establecido en los términos de referencia: “2.1.1.8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. (…) II. El proponente debe aportar el soporte de pago de la prima correspondiente. No se admitirá la certificación de No expiración por falta de pago, ni el soporte de transacción electrónica.” XXXXXXX Xx proponente no presenta documentos de subsanación e incurre en las siguientes causales de rechazo: 1.37.26 Cuando el proponente no subsane o subsane en forma extemporánea. 1.37.28 Cuando el proponente no cumpla con los requisitos habilitantes establecidos en los términos de referencia | |||
Copia del Registro Único Tributario - RUT | 2.1.1.9. | 24 y 79 a 84 | CUMPLE | Se Aporta RUT por parte de los integrantes del proponente plural |
Certificación de cumplimiento de | 2.1.1.10. – | 118, 119 y 197 a 198 | CUMPLE | Integrante 1 |
aportes Parafiscales y Seguridad Social | Formato 2 | Aporta formato diligenciado, de fecha 07 de enero de 2022, suscrita por la Revisora Fiscal de la persona Jurídica. Aporta fotocopia de la cédula de ciudadanía, matrícula profesional y antecedentes de la junta central de contadores vigente (05/11/2021) Integrante 2 Aporta formato diligenciado, de fecha 07 de enero de 2022, suscrita por el representante legal de la persona Jurídica. | ||
Requerimiento titulación como ingeniero civil o arquitecto. | 2.1.1.11. | N/A | N/A | No Aplica |
Abono de la oferta | 2.1.1.12 | 05 a 07 | CUMPLE | Abona la oferta Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx identificado con CC 7.228.304 quien es Ingeniero Civil, y aporta certificado vigente de Antecedentes disciplinario expedido por el COPNIA de fecha 27 de octubre de 2021. |
Certificación del revisor fiscal (Sociedades Anónimas) | 2.1.1.13 | N/A | N/A | No Aplica |
Registro Único de Proponentes. | 2.1.1.14 | 26 a 65 y 85 a 117 | VERIFICADO | Integrante 1: Aporta RUP de fecha 26/08/2021, se consulta en el RUES de 12 de enero de 2022 y el proponente no reporta multas ni sanciones. Integrante 2: Aporta RUP de fecha 19/10/2021, se consulta en el RUES de 12 de enero de 2022 y el proponente no reporta multas ni sanciones. |
Declaración de no inclusión en las listas nacionales e internacionales de lavados de activos. | 2.1.1.15. | Consultado | VERIFICADO | No tiene anotaciones que le impidan contratar. Consulta del 12 de enero de 2022. |
CONCEPTO: Verificados los documentos de la oferta contra los requisitos exigidos en la CONVOCATORIA No. PAF-EUC-I-095-2021, se tiene que la propuesta presentada, por el CONSORCIO JCB – 07 – 095, NO CUMPLE con lo establecido en los términos de referencia y en consecuencia se encuentra RECHAZADA JURÍDICAMENTE.
Concentración de Contratos:
Operará la Concentración de Contratos cuando un proponente bien sea de manera individual, en consorcio o unión temporal, cuente con cuatro (4) contratos celebrados o adjudicados o en ejecución con FINDETER o con los Patrimonios Autónomos –FINDETER. En el evento de que el contrato haya terminado deberá allegarse la respectiva acta de recibo a satisfacción final o acta de liquidación con fecha de firma previa al cierre del proceso de selección.
Para el proponente plural, la concentración de contratos se generará por la sumatoria de los contratos celebrados o adjudicados o en ejecución por FINDETER o los Patrimonios Autónomos – FINDETER, de cada uno de los integrantes, afectando solidariamente al proponente.
La propuesta del proponente que configure la citada concentración de contratos incurrirá en causal de rechazo.
NOTA 1: La regla de concentración de contratos será verificada durante todo el desarrollo del proceso de selección pero será tenida en cuenta en la evaluación definitiva e incluso hasta la adjudicación del contrato o después de firmado, como causal de terminación del mismo. Así las cosas, el proponente que resultare concentrado será RECHAZADO, o no se firmará el contrato después de adjudicado o podrá pedirse la terminación del mismo después de firmado.
NOTA 2: Esta regla no aplica cuando se haya presentado un único proponente para el proceso de selección o cuando sea el único proponente habilitado.
NOTA 3: En la eventualidad que todos los proponentes se encuentren incursos en la regla de concentración de contratos, la entidad procederá a adjudicar la convocatoria al
proponente ubicado en el primer lugar en el orden de elegibilidad”.
Realizada la consulta de concentración se informa que se encuentra en proceso de certificación.
Fiduprevisora: No tiene reportes hasta la fecha
Fidubogota: No tiene reportes hasta la fecha
FiduBBVA: Qué JCB Ingeniería SAS. integrante del CONSORCIO JCB - 07 - 095, es adjudicatario de la Convocatoria, No. PAF-DNP-I-052-2021y Cielos Rasos y Divisiones SAS integrante del CONSORCIO JCB - 07 – 095 es adjudicatario de la Convocatoria PAF-DNP-I-052-2021 y PAF-ICBFGS-I-049-2021. Suman dos (2) contratos
Fiduagraria: No tiene reportes hasta la fecha
Findeter: No tiene reportes hasta la fecha.
No. Revisión | 2 |
Fecha Evaluación: |
19/01/2022 |
Convocatoria: |
PAF-EUC-I-095-2021 |
Presupuesto: |
$ 156.992.080 |
Municipio: |
JAMUNDÍ - XXXXX DEL CAUCA |
Nombre Proponente: |
CONSORCIO INTEROBRAS VALLE 2022 |
Tipo Proponente: |
Consorcio |
No. Carpeta: |
1 |
Nit:
Integrante 1: |
XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX |
Integrante 2: |
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX |
Xxxxxxxxxx 0: |
Nit 1: |
51.803.384 |
Nit 2: |
19260302 |
Nit 3: |
Part. (%) 1: |
50% |
Part. (%) 2: |
50% |
Part. (%) 3: |
Int 1: |
NACIONAL |
Int 2: |
NACIONAL |
Int 3: |
Integrante 4: | Nit 4: | Part. (%) 4: | Int 4: | |||
Integrante 5: | Nit 5: | Part. (%) 5: | Int:5 | |||
REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN FINANCIERO
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | |||||
Fecha Carta CC: | 03-ene-22 | ||||
Monto Carta CC: | $ 31.398.416 | ||||
Expedida por: | BANCOLOMBIA | ||||
Part. (%) | 50% |
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | Requerimientos a los Requisitos Habilitantes Financieros | Observaciones | |||||
Se debe presentar certificación de cupo de crédito y expedida por una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia. | XXXXXX | El proponente no subsanó el periodo de vigencia de la certificación de cupo de crédito el cual no especificaba disponibilidad a la fecha de adjudicación del proceso. Por lo anterior queda incurso en la CAUSAL DE RECHAZO: 1.37.26 Cuando el proponente no subsane o subsane en forma extemporánea. | |||||
Razón social de la entidad financiera que expide la certificación | CUMPLE | ||||||
Nombre completo, cargo y firma del funcionario de la entidad financiera autorizado para expedir la certificación. | CUMPLE | ||||||
Ninguno de los integrante(s) que aporte la carta cupo de crédito podrán tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal menor al treinta por ciento (30%). | CUMPLE | ||||||
La fecha de expedición de la certificación de cupo de crédito debe ser inferior a treinta (30) días de antelación a la fecha de cierre de la presente convocatoria. En el evento en el que se modifique la fecha de cierre, se mantendrá para estos efectos, la prevista en el cronograma de la convocatoria y no el de las adendas que la modifiquen. | CUMPLE | ||||||
El valor del cupo crédito o la sumatoria de los cupos aportados debe ser igual o superior a TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECISÉIS PESOS ($31.398.416,00). En caso de no cumplir dicha condición, SERA CAUSAL DE RECHAZO. | CUMPLE | ||||||
La certificación de cupo de crédito debe ir dirigida a la convocatoria | CUMPLE | ||||||
La certificación de cupo de crédito pudo ser verificada con la entidad bancaria? | SI | Correo del 13-1-22 |
VALOR | LÍMITE | EVALUACIÓN | |
CUPO DE CRÉDITO | $ 31.398.416 | $ 31.398.416 | CUMPLE |
RECHAZADO
No. Revisión | 2 |
Fecha Evaluación: |
18/01/2022 |
Convocatoria: |
PAF-EUC-I-095-2021 |
Presupuesto: |
$ 156.992.080 |
Municipio: |
JAMUNDÍ - XXXXX DEL CAUCA |
Integrante 1: |
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX |
Xxxxxxxxxx 0: |
Nit 1: |
79.557.205-1 |
Nit 2: |
Part. (%) 1: |
100% |
Part. (%) 2: |
Int 1: |
Nacional |
Int 2: |
Integrante 3: | Nit 3: | Part. (%) 3: | Int 3: | |||
Integrante 4: | Nit 4: | Part. (%) 4: | Int 4: | |||
Integrante 5: | Nit 5: | Part. (%) 5: | Int:5 | |||
Nombre Proponente: |
XXXXX BOGOTA XXXXXXXX |
Nit: |
79.557.205-1 |
Tipo Proponente: |
P. Jurídica |
No. Carpeta: |
3 |
REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN FINANCIERO
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX | |||||
Fecha Carta CC: | 27-dic-21 | ||||
Monto Carta CC: | $ 31.398.416 | ||||
Expedida por: | BANCOLOMBIA | ||||
Part. (%) | 100% |
XXXXX BOGOTA XXXXXXXX | Requerimientos a los Requisitos Habilitantes Financieros | Observaciones | |||||
Se debe presentar certificación de cupo de crédito y expedida por una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia. | CUMPLE | ||||||
Razón social de la entidad financiera que expide la certificación | CUMPLE | ||||||
Nombre completo, cargo y firma del funcionario de la entidad financiera autorizado para expedir la certificación. | CUMPLE | ||||||
Ninguno de los integrante(s) que aporte la carta cupo de crédito podrán tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal menor al treinta por ciento (30%). | N/A | ||||||
La fecha de expedición de la certificación de cupo de crédito debe ser inferior a treinta (30) días de antelación a la fecha de cierre de la presente convocatoria. En el evento en el que se modifique la fecha de cierre, se mantendrá para estos efectos, la prevista en el cronograma de la convocatoria y no el de las adendas que la modifiquen. | CUMPLE | ||||||
El valor del cupo crédito o la sumatoria de los cupos aportados debe ser igual o superior a TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECISÉIS PESOS ($31.398.416,00). En caso de no cumplir dicha condición, SERA CAUSAL DE RECHAZO. | CUMPLE | ||||||
La certificación de cupo de crédito debe ir dirigida a la convocatoria | CUMPLE | ||||||
La certificación de cupo de crédito pudo ser verificada con la entidad bancaria? | SI | CORREO DEL 18 - 1- 2022 |
VALOR | LÍMITE | EVALUACIÓN | |
CUPO DE CRÉDITO | $ 31.398.416 | $ 31.398.416 | CUMPLE |
CUMPLE
FORMATO EVALUACIÓN FINANCIERA |
INFORMACIÓN PROPONENTE |
No. Revisión | 2 |
Fecha Evaluación: |
19/01/2022 |
Convocatoria: |
PAF-EUC-I-095-2021 |
Presupuesto: |
$ 156.992.080 |
Municipio: |
JAMUNDÍ - XXXXX DEL CAUCA |
Nombre Proponente: |
CONSORCIO XXXXXXXX XXXXXXX |
Tipo Proponente: |
Consorcio |
No. Carpeta: |
7 |
Nit:
Integrante 1: |
AJ DISEÑOS E INTERVENTORIA DE OBRAS CIVILES |
Integrante 2: |
XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX |
Xxxxxxxxxx 0: |
Nit 1: |
900753938-9 |
Nit 2: |
91514205 |
Nit 3: |
Part. (%) 1: |
50% |
Part. (%) 2: |
50% |
Part. (%) 3: |
Int 1: |
Nacional |
Int 2: |
Nacional |
Int 3: |
Integrante 4: | Nit 4: | Part. (%) 4: | Int 4: | |||
Integrante 5: | Nit 5: | Part. (%) 5: | Int:5 | |||
REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN FINANCIERO
AJ DISEÑOS E INTERVENTORIA DE OBRAS CIVILES | XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX | 0 | 0 | ||
Fecha Carta CC: | 6-ene-22 | ||||
Monto Carta CC: | $ 148.400.000 | ||||
Expedida por: | DAVIVIENDA | ||||
Part. (%) | 50% | 50% |
AJ DISEÑOS E INTERVENTORIA DE OBRAS CIVILES | XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX | 0 | 0 | 0 | Requerimientos a los Requisitos Habilitantes Financieros | Observaciones | |
Se debe presentar certificación de cupo de crédito y expedida por una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia. | CUMPLE | ||||||
Razón social de la entidad financiera que expide la certificación | CUMPLE | ||||||
Nombre completo, cargo y firma del funcionario de la entidad financiera autorizado para expedir la certificación. | CUMPLE | ||||||
Ninguno de los integrante(s) que aporte la carta cupo de crédito podrán tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal menor al treinta por ciento (30%). | CUMPLE | ||||||
La fecha de expedición de la certificación de cupo de crédito debe ser inferior a treinta (30) días de antelación a la fecha de cierre de la presente convocatoria. En el evento en el que se modifique la fecha de cierre, se mantendrá para estos efectos, la prevista en el cronograma de la convocatoria y no el de las adendas que la modifiquen. | CUMPLE | ||||||
El valor del cupo crédito o la sumatoria de los cupos aportados debe ser igual o superior a TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECISÉIS PESOS ($31.398.416,00). En caso de no cumplir dicha condición, SERA CAUSAL DE RECHAZO. | CUMPLE | ||||||
La certificación de cupo de crédito debe ir dirigida a la convocatoria | CUMPLE | ||||||
La certificación de cupo de crédito pudo ser verificada con la entidad bancaria? | SI | Certificacion confirmada con fecha 14 de enero de 2022 por DAVIVIENDA |
VALOR | LÍMITE | EVALUACIÓN | |
CUPO DE CRÉDITO | $ 148.400.000 | $ 31.398.416 | CUMPLE |
CUMPLE
Verificación de Requisitos Habilitantes de Orden Técnico | |||||
Convocatoria No. Objeto: Fecha de diligenciamiento: Tipo de Proponente: No de Proponente: Proponente: Representante Legal: | PAF-EUC-I-095-2021. CONTRATAR LA “INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LOS ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN SACÚDETE RECREO DEPORTIVO UBICADO EN LA XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXXXXX XX XXXXX XXX XXXXX” 17/01/2022 PERSONA JURIDICA 4 PROCIVING S.A.S. XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX X.X.: 1.013.623.379 1. Verificación de Requisitos Habilitantes del Proponente | ||||
Evaluación correspondiente a: | |||||
Verificación de requisitos habilitantes | |||||
Definitivo verificación de requisitos habilitantes | X | ||||
No | Integrante Consorcio o Unión Temporal y/o Nombre Persona Jurídica y/o Nombre Persona Natural, según aplique | NIT o CC | Participación en la presente propuesta (Consorcio o UT) | ¿Aporta Experiencia Específica? (SI/NO) | |
1 | PROCIVING S.A.S. | 900.905.675-0 | 100,00% | SI | |
Para la presente convocatoria los proponentes deberán aportar máximo TRES (03) contratos terminados y recibidos a satisfacción antes de la fecha de cierre del proceso, cuya experiencia corresponda a: • INTERVENTORIA A LA: CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN DE PARQUES O PARQUES RECREO DEPORTIVOS, X XXXXXX O ESCENARIOS DEPORTIVOS, O ESPACIO PÚBLICO O URBANISMO. Los contratos con los que se pretenda acreditar la experiencia deberán estar recibidos a satisfacción (a manera de ejemplo: cumplido al 100% el objeto del contrato o ejecutado en su totalidad o sin pendientes de ejecución) previamente a la fecha de cierre del proceso, que cumplan las siguientes condiciones: | |||||
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE: | ASPECTO | CONDICIÓN DE CUMPLIMIENTO | No de Contrato | Cantidad Certificada (en SMMLV o la unidad de medida correspondiente de la estructura) | CUMPLE |
a. | La sumatoria del valor de los contratos aportados, deberá ser igual o mayor a 1.5 veces el valor del PRESUPUESTO ESTIMADO (PE), expresado en SMMLV. | 286-2019. | 0,00 | NO | |
343-FDLU-2019. | 124,95 | ||||
1-15-32100-1325-2019. | 96,50 | ||||
TOTAL | 221,45 | ||||
b. | Uno (1) de los contratos aportados, debe ser igual o mayor a 0.70 veces el PRESUPUESTO ESTIMADO (PE) del proceso expresado en SMMLV. | 343-FDLU-2019. | 124,95 | SI | |
TOTAL | 124,95 | ||||
En los casos en que el contrato aportado contemple objetos, actividades o alcances diferentes a las requeridos, sólo se tendrá en cuenta para la acreditación de la condición de valor, los montos asociados a las actividades relacionadas con la experiencia específica, excepto en el evento en que la documentación aportada acredite la ejecución de INTERVENTORIA A LA: CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN DE PARQUES, O PARQUES RECREO DEPORTIVOS, X XXXXXX O ESCENARIOS DEPORTIVOS O, ESPACIO PÚBLICO O URBANISMO CON UN ÁREA INTERVENIDA MÍNIMA de 1700 M2, caso en el cual la entidad tendrá en cuenta el valor total del contrato Nota 1: La experiencia específica del proponente deberá ser acreditada mediante los documentos establecidos como válidos en el numeral de REGLAS DE ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA. Nota 2: Para efectos de la presente convocatoria se tendrán en cuenta las siguientes definiciones1: PARQUES Y/O PARQUES RECREO DEPORTIVOS: Aquellos espacios integrados por zonas verdes o duras de uso colectivo, senderos o vías peatonales o ciclo rutas o zonas de control ambiental donde se puedan desarrollar actividades terrestres en espacios articulados, abiertos y destinados a la recreación o al deporte o a la contemplación. CAMPOS Y/O ESCENARIOS DEPORTIVOS: Espacio deportivo al aire libre o bajo techo que permite la práctica de diferentes deportes ya sea individuales o de conjunto. ESPACIO PÚBLICO O URBANISMO: Para efectos del presente proceso de selección se entenderán y aceptarán como proyectos de espacio público únicamente los siguientes: Parques o parques urbanos o alamedas o ciclo rutas o andenes o, vías urbanas articuladas en adoquín y/o concreto estampado, plazas, plazoletas, senderos peatonales, bahías vehiculares en adoquín y/o concreto estampado, ejes ambientales, malecones, escenarios culturales y de espectáculos al aire libre. CONSTRUCCIÓN: Toda obra civil orientada al desarrollo de una edificación nueva ya sea en terrenos no construidos previamente o como producto de una demolición AMPLIACIÓN: Toda obra civil orientada al incremento del área construida, de una infraestructura existente. Nota 3: Todos los contratos válidos para la acreditación de la experiencia deben haber sido ejecutados en el territorio nacional de Colombia. Nota 4: LA SUBSANACIÓN O ACLARACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE SOLO PODRÁ EFECTUARSE SOBRE LA EXPERIENCIA APORTADA. | |||||
Presupuesto Estimado PE - Total Para el Aspecto a. (1,5 veces el PE) | $ 156.992.080,00 | Pesos SMMLV | |||
235,49 | |||||
Para el Aspecto b. (0.7 veces el PE) | 109,89 | SMMLV | |||
Contrato 1: No | 286-2019. | |||||
Objeto: | REALIZAR LA INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, JURIDICA, SOCIAL, AMBIENTAL Y FINANCIERA DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA DERIVADO DEL PROCESO FDLRUU-LP-236-2018 CUYO OBJETO ES: “REALIZAR LA CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO, ADECUACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS PARQUES VECINALES Y DE BOLSILLO POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, A MONTO AGOTABLE DE LA LOCALIDAD XXXXXX XXXXX XXXXX". | |||||
Día/Mes/Año | Componente que acredita | Cantidad | ||||
Fecha de terminación | 19/01/2021 | a. (1,5 veces el valor del PE) | 0,00 | |||
Valor Contrato Ejecutado (pesos): | $ 530.108.595,00 | b. (0.7 veces el valor del PE) | 0,00 | |||
Valor Contrato Ejecutado (SMMLV): | 0,00 | |||||
Valor Contrato Ejecutado (SMMLV) afectado por el porcentaje de participación: | 0,00 | |||||
Tipo de Proponente en el contrato ejecutado: | CONSORCIO | |||||
Porcentaje de Participación en el contrato referido: | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN CONTRATO EJECUTADO (%) | 25,00% | INTEGRANTE (S) DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL QUE APORTA (N) LA EXPERIENCIA O PERSONA NATURAL Y/O JURÍDICA | DAM SOLUCIONES E INGENIERÍA S.A.S. 50% GRUPO CONSULTOR KAPITAL 25% PROCIVING S.A.S. 25% | ||
Observaciones y/o Requerimientos Técnicos: | El proponente presenta la siguiente documentación para acreditar el contrato relacionado: Documento sin foliar: CERTIFICACIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA, emitido por el FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE XXXXXX XXXXX XXXXX, debidamente suscrito. En la que acredita número del contrato, objeto del contrato, fecha de terminación, valor ejecutado, integrantes y porcentajes de participación. Teniendo en cuenta que el contrato aportado contempla objetos, actividades o alcances diferentes a las requeridos, toda vez que incluye "MANTENIMIENTO, ADECUACIÓN Y RECUPERACIÓN", es necesario dar aplicación a lo establecido en la experiencia específica en relación a que sólo se tendrá en cuenta para la acreditación de la condición de valor, los montos asociados a las actividades relacionadas con la experiencia específica, excepto en el evento en que la documentación aportada acredite la INTERVENTORIA A LA: CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN DE PARQUES, O PARQUES RECREO DEPORTIVOS, X XXXXXX O ESCENARIOS DEPORTIVOS O, ESPACIO PÚBLICO O URBANISMO CON UN ÁREA INTERVENIDA MÍNIMA de 1700 M2, caso en el cual la entidad tendrá en cuenta el valor total del contrato. Sin embargo con la documentación aportada por el proponente no se evidencia el área intervenida o los montos asociados únicamente a la actividad de CONSTRUCCIÓN ejecutada dentro del objeto contractual. Por tanto, se requiere subsanar aportando documentación adicional que cumpla con las reglas de acreditación de la experiencia especifica requerida y que permita evidenciar lo anteriormente expuesto con el fin de tener en cuenta el valor total del contrato. Por lo anterior, el contrato NO es tenido en cuenta para efectos de ésta evaluación. | |||||
Observaciones Subsanación | El proponente presenta subsanación a través de correo electrónico del lunes, 17 de enero de 2022 11:10 a. m, en la que presenta lo siguiente: ACTA DE CANTIDADES DE OBRA FINAL DEL CONTRATO DE OBRA AL CUAL SE REALIZÓ INTERVENTORÍA. (contrato 236-2018). El proponente no allegó documentación con el fin de aclarar lo solicitado por la Entidad, por el contrario presenta observación de áreas intervenidas a las cuales se le realizó la interventoría, se procede a revisar el ACTA DE CANTIDADES DE OBRA FINAL DEL CONTRATO DE OBRA aportada, en la cual no es claro evidenciar si las áreas intervenidas corresponden a la CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACION de parques o parques recreo deportivos, x xxxxxx o escenarios deportivos, o espacio público o urbanismo como está establecida en la experiencia especifica. Por lo anterior, NO es posible tomar en cuenta el presente contrato para la acreditación de la experiencia específica. | |||||
Contrato 2: No | 343-FDLU-2019. | |||||
Objeto: | REALIZAR LA INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,FINANCIERA, SOCIAL, AMBIENTAL, LEGAL, CONTABLE Y SST AL CONTRATO DE OBRA CUYO OBJETO ES “REALIZAR POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN FORMULA DE REAJUSTE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DE LA ETAPA II Y III DEL PARQUE VECINAL URBANIZACIÓN MIRAVALLE I, II Y III ETAPAS, EL CORTIJO, SAN XXXX XXXXXXXX Y SAN XXXX COD. 05-042 DE LA LOCALIDAD XX XXXX EN BOGOTÁ D.C.". | |||||
Fecha de terminación Valor Contrato Ejecutado (pesos): Valor Contrato Ejecutado (SMMLV): Valor Contrato Ejecutado (SMMLV) afectado por el porcentaje de participación: Tipo de Proponente en el contrato ejecutado: Porcentaje de Participación en el contrato referido: Observaciones y/o Requerimientos Técnicos: | Día/Mes/Año | Componente que acredita | Cantidad | |||
5/03/2021 | a. (1,5 veces el valor del PE) | 124,95 | ||||
$ 454.081.077,00 | b. (0.7 veces el valor del PE) | |||||
499,80 | ||||||
124,95 | ||||||
CONSORCIO | ||||||
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN CONTRATO EJECUTADO (%) | 25,00% | INTEGRANTE (S) DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL QUE APORTA (N) LA EXPERIENCIA O PERSONA NATURAL Y/O JURÍDICA | DAM SOLUCIONES E INGENIERÍA S.A.S. 50% GRUPO CONSULTOR KAPITAL 25% PROCIVING S.A.S. 25% | |||
El proponente presenta la siguiente documentación para acreditar el contrato relacionado: Documento sin foliar: ACTA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA, emitido por el FONDO DE DESARROLLO LOCAL XX XXXX, debidamente suscrito. En la que acredita número del contrato, objeto del contrato, fecha de terminación y valor ejecutado. Documento sin foliar: COPIA DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA, emitido por el FONDO DE DESARROLLO LOCAL XX XXXX, debidamente suscrito. En la que acredita número del contrato, objeto del contrato, fecha de terminación y valor ejecutado. Documento sin foliar: DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN CONSORCIAL debidamente suscrito por las partes. Con la documentación aportada por el proponente se da cumplimiento a las reglas de acreditación de la experiencia. | ||||||
Contrato 3: No | 1-15-32100-1325-2019. | ||||
Objeto: | INTERVENTORÍA PARA LA OPTIMIZACIÓN XXXXXXXXXX XXX XXXXXX 00 XX XXXXXXXXX XX XXXX 0 FASE II. | ||||
Fecha de terminación Valor Contrato Ejecutado (pesos): Valor Contrato Ejecutado (SMMLV): Valor Contrato Ejecutado (SMMLV) afectado por el porcentaje de participación: Tipo de Proponente en el contrato ejecutado: Porcentaje de Participación en el contrato referido: Observaciones y/o Requerimientos Técnicos: | Día/Mes/Año | Componente que acredita | Cantidad | ||
16/12/2020 | a. (1,5 veces el valor del PE) | 96,50 | |||
$ 308.044.776 | b. (0.7 veces el valor del PE) | ||||
350,93 | |||||
96,50 | |||||
CONSORCIO | |||||
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN CONTRATO EJECUTADO (%) | 27,50% | INTEGRANTE (S) DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL QUE APORTA (N) LA EXPERIENCIA O PERSONA NATURAL Y/O JURÍDICA | XXXX XXXX XXXXXXX XXXXX 45% EMPRESA PROYECTISTAS Y CONSTRUCTORES S.A.S. 27,5% PROCIVING S.A.S. 27,5% | ||
El proponente presenta la siguiente documentación para acreditar el contrato relacionado: Documento sin foliar: CERTIFICACIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA, emitido por ACUEDUCTO, AGUA Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ, debidamente suscrito. En la que acredita número del contrato, objeto del contrato, fecha de terminación, valor ejecutado, integrantes, porcentajes de participación y actividades ejecutadas. Teniendo en cuenta que el contrato aportado contempla objetos, actividades o alcances diferentes a las requeridos, toda vez que incluye "OPTIMIZACIÓN HIDRAULICA", es necesario dar aplicación a lo establecido en la experiencia específica en relación a que sólo se tendrá en cuenta para la acreditación de la condición de valor, los montos asociados a las actividades relacionadas con la experiencia específica, excepto en el evento en que la documentación aportada acredite la INTERVENTORIA A LA: CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN DE PARQUES, O PARQUES RECREO DEPORTIVOS, X XXXXXX O ESCENARIOS DEPORTIVOS O, ESPACIO PÚBLICO O URBANISMO CON UN ÁREA INTERVENIDA MÍNIMA de 1700 M2, caso en el cual la entidad tendrá en cuenta el valor total del contrato. Por lo que se revisa el área intervenida minima la cual efectado por el porcentaje de participación corresponde a 2455.69 M2 valor superior al requerido para tener en cuenta el valor total del contrato. Con la documentación aportada por el proponente se da cumplimiento a las reglas de acreditación de la experiencia. | |||||
Observación general: | El proponente NO CUMPLE con los requisitos de experiencia y con la condición a) establecida en el numeral 2.1.3.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE de los términos de referencia e incurre en la siguiente causal de rechazo: 1.37.28: cuando el proponente no cumpla con los requisitos habilitantes establecidos en los términos de referencia. |
Bogotá D.C., 17 de enero de 2022.
Señores
PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA – FINDETER EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS
Bogotá D.C. – Colombia
Referencia: CONVOCATORIA No. PAF-EUC-I-095-2021, cuyo objeto es “CONTRATAR LA “INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LOS ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN SACÚDETE RECREO DEPORTIVO UBICADO EN LA URBANIZACIÓN XXXXXXXXX EN EL MUNICIPIO DE JAMUNDI DEPARTAMENTO XX XXXXX DEL CAUCA”.”
Asunto: RESPUESTA INFORME PRELIMINAR DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES.
Respetado(s) Señor(es),
El suscrito, XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.013.623.379, obrando en su calidad de representante legal de PROCIVING SAS, identificada con NIT. 900.905.675-0, con amplias y suficientes atribuciones al efecto, por medio de la presente, y de conformidad con el contenido del documento INFORME PRELIMINAR DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE
SUBSANACIONES, se permite emitir respuesta a las observaciones y/o solicitudes requeridas.
Conforme a lo anterior, a continuación, se relaciona las observaciones establecidas por el comité evaluador designado, las cuales se transcriben a saber.
Contrato No. 286-2019, que tiene por objeto “REALIZAR LA INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, JURIDICA, SOCIAL, AMBIENTAL Y FINANCIERA DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA DERIVADO DEL PROCESO FDLRUU-LP-236-2018 CUYO OBJETO ES: “REALIZAR LA CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO, ADECUACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS PARQUES VECINALES Y DE BOLSILLO POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, A MONTO AGOTABLE DE LA LOCALIDAD XXXXXX XXXXX XXXXX".”.
“Teniendo en cuenta que el contrato aportado contempla objetos, actividades o alcances diferentes a las requeridos, toda vez que incluye "MANTENIMIENTO, ADECUACIÓN Y RECUPERACIÓN", es necesario dar aplicación a lo establecido en la experiencia específica en relación a que sólo se tendrá en cuenta para la acreditación de la condición de valor, los montos asociados a las actividades relacionadas con la experiencia específica, excepto en el evento en que la documentación aportada acredite la INTERVENTORIA A LA: CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN DE PARQUES, O PARQUES RECREO DEPORTIVOS, X XXXXXX O ESCENARIOS DEPORTIVOS O, ESPACIO
PÚBLICO O URBANISMO CON UN ÁREA INTERVENIDA MÍNIMA de 1700 M2, caso en el cual la
entidad tendrá en cuenta el valor total del contrato. Sin embargo, con la documentación aportada por el proponente no se evidencia el área intervenida o los montos asociados únicamente a la actividad de CONSTRUCCIÓN ejecutada dentro del objeto contractual. Por tanto, se requiere subsanar aportando documentación adicional que cumpla con las reglas de acreditación de la experiencia especifica requerida y que permita evidenciar lo anteriormente expuesto con el fin de tener en cuenta el valor total del contrato.
Por lo anterior, el contrato NO es tenido en cuenta para efectos de ésta evaluación.”
De conformidad con lo anterior, en primera instancia se aclara que, en el marco del Contrato No. No. 286 de 2019, se realizó la interventoría a la ejecución de las siguientes actividades y cantidades, las cuales se constatan directamente del Acta de Cantidades de Obra final del contrato de obra al cual se realizó interventoría.
Actividad | Unidad Medida | Cantidad Ejecutada |
AdoquinArcill e=0.06 p<5% 4.2-1 blando+xxxxX-2100 | m2 | 260,18 |
CanchaAsfalto e=0.05 R-IDRD 4.3-A blandoGeotextil | m2 | 931,54 |
Desmonte, corte y reinstalacion adoquin + arena | m2 | 383,12 |
Piso Caucho recicl 6cm (EPDM 1cm+SBR 5cm sum+inst) | m2 | 201,61 |
Piso Caucho recicl 8cm (EPDM 1cm+SBR 7cm sum+inst) | m2 | 125,37 |
Piso Caucho recicl 11cm (EPDM 1cm+SBR 10cm sum+ins | m2 | 1.071,79 |
RECUBRIMIENTO SINTETICO SPORT MASTER PARA CAMPOS MULTIPLES | m2 | 4.411,45 |
Área Total Intervenida | 7.385,06 m2 |
Así mismo, y en aras de brindar mayor claridad en lo expuesto, adjunto a la presente comunicación se remite Acta de Cantidades de Obra final del contrato de obra al cual se realizó interventoría mediante Contrato No. No. 286 de 2019, y el cual hace parte integral del mismo, subrayándose y/o resaltando las actividades que acreditan la ejecución de de INTERVENTORIA A LA: CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN DE PARQUES, O PARQUES RECREO DEPORTIVOS, X XXXXXX O ESCENARIOS DEPORTIVOS O, ESPACIO PÚBLICO O URBANISMO CON UN ÁREA INTERVENIDA MÍNIMA de 1700 M2, con cual
se evidencia el cumplimiento del total de requisitos establecidos en el documento de términos de referencia de la CONVOCATORIA No. PAF-EUC-I-095-2021.
Atentamente,
XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX X.X. No. 1.013.623.379 REPRESENTANTE LEGAL PROCIVING SAS - NIT. 900.905.675-0
6
ACTA DE CANTIDADES DE OBRA Nº FECHA
19 | ENERO | 2021 | |
dd | mm | aaaa | |
Página | de |
CONTRATO No 236 DE 2018 SUBDIRECCION
(No Contrato) (Año de suscripción) AREA
“REALIZAR LA CONSTRUCCION, MANTENIMIENTO, ADECUACION Y RECUPERACIÓN DE LOS PARQUES VECINALES Y DE BOLSILLO POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, A MONTO AGOTABLE DE LA LOCALIDAD XXXXXX XXXXX XXXXX”,
OBJETO DEL CONTRATO
CONSOLIDADDO
VR. INIC. CONTRATO: $ 4.200.000.000,00 VR. ADICIONES $ 0,00 VR. FINAL CONTRATO:
No. inicial parques por intervenir:
$ 4.200.000.000,00 No. final parques intervenidos:
(Indique el objeto del contrato suscrito)
CONDICIONES CONTRACTUALES | DIFERENCIAS [mayores (+) y menores(-)] | CONDICIONES ACTUALIZADAS | ACTA No. 1 | ACTA No. 2 | ACTA No. 3 | ACTA No. 4 | ACTA No. 5 | ACTA No. 6 | ACUMULADO | CANTIDADES POR EJECUTAR | ||||||||||||||||||
ITEM | CIO | DESCRIPCION | UND | CANT | Vr Unit Directo | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | ||
[a] | [b] | [c] | [d] | [e] | [f] | [g] | [h] | [i] | [ j ] | [ k ] | [l] | [m] |
% ejec del ítem % ejec del CTO
[a]+[d]
DESMONTE | ||||||||||||||||||||||||||||
12405 | MODULO M-5 COLUMPIO O M5A | UN | 1,0 | $ 153.223,00 | $ 153.223,00 | 2,00 | $ 306.446,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 2 | $ 306.446,00 | 2,00 | $ 306.446,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
12408 | MODULO M-3 | UN | 1,0 | $ 273.584,00 | $ 273.584,00 | 8,00 | $ 2.188.672,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 8 | $ 2.188.672,00 | 8,00 | $ 2.188.672,00 | 100,00% | 0,05% | - | $ - | |||
00000 | XXXXXXXX CERRAMIENTO M-80 | ML | 1,0 | $ 12.304,00 | $ 12.304,00 | 11,83 | $ 145.556,00 | 11,83 | $ 145.556,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | 11,83 | $ 145.556,00 | 100,00% | 0,00% | - | $ - | |||
12414 | MODULO 3A | UN | 1,0 | $ 276.119,00 | $ 276.119,00 | 3,00 | $ 828.357,00 | 1,00 | $ 276.119,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 2 | $ 552.238,00 | 3,00 | $ 828.357,00 | 100,00% | 0,02% | - | $ - | |||
12978 | BANCA M-31 | UN | 1,0 | $ 34.780,00 | $ 34.780,00 | 18,00 | $ 626.040,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 18 | $ 626.040,00 | 18,00 | $ 626.040,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
10343 | ESTRUCTURA MICROFUTBOL | JG | 1,0 | $ 103.141,00 | $ 103.141,00 | 3,00 | $ 309.423,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 3 | $ 309.423,00 | 3,00 | $ 309.423,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
00000 | Xxxxxxxx Balancin Tubo Galv.2"x2.00m/2.5m- | und | 1,0 | $ 23.723,00 | $ 23.723,00 | 2,00 | $ 47.446,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1,00 | $ 23.723,00 | - | $ - | 1 | $ 23.723,00 | 2,00 | $ 47.446,00 | 100,00% | 0,00% | - | $ - | |||
00000 | XXXXXXXX EQUIPOS BIOSALUDABLES (Demolc+retiro) | UN | 1,0 | $ 80.447,00 | $ 80.447,00 | 6,00 | $ 482.682,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 6,00 | $ 482.682,00 | - | $ - | 0 | $ - | 6,00 | $ 482.682,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
SUMINISTRO E INSTALACION | ||||||||||||||||||||||||||||
14642 | BARANDA CERRAMIENTO M-83 ES | ML | 1,0 | $ 229.758,00 | $ 229.758,00 | 390,46 | $ 89.711.309,00 | - | $ - | 96,71 | $ 22.219.896,00 | 185,44 | $ 42.606.324,00 | -62,30 | $ -14.313.923,00 | 138,03 | $ 31.713.497,00 | 32,58 | $ 7.485.516,00 | 390,46 | $ 89.711.309,00 | 100,00% | 2,14% | - | $ - | |||
14656 | BANCA M-31 | und | 1,0 | $ 333.773,00 | $ 333.773,00 | 9,00 | $ 3.003.957,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 9 | $ 3.003.957,00 | 9,00 | $ 3.003.957,00 | 100,00% | 0,07% | - | $ - | |||
14663 | ESTRUCTURA MICROFUTBOL | JG | 1,0 | $ 2.131.249,00 | $ 2.131.249,00 | 2,00 | $ 4.262.498,00 | - | $ - | - | $ - | 1,00 | $ 2.131.249,00 | - | $ - | - | $ - | 1 | $ 2.131.249,00 | 2,00 | $ 4.262.498,00 | 100,00% | 0,10% | - | $ - | |||
14673 | ESTRUCTURA VOLEIBOL | JG | 1,0 | $ 837.818,00 | $ 837.818,00 | 1,00 | $ 837.818,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1 | $ 837.818,00 | 1,00 | $ 837.818,00 | 100,00% | 0,02% | - | $ - | |||
14681 | SEÑAL SC-80 2 CARA | UN | 1,0 | $ 344.423,00 | $ 344.423,00 | 4,00 | $ 1.377.692,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 4 | $ 1.377.692,00 | 4,00 | $ 1.377.692,00 | 100,00% | 0,03% | - | $ - | |||
14684 | SEÑAL IDG-S 2 CARAS | UN | 1,0 | $ 459.129,00 | $ 459.129,00 | 3,00 | $ 1.377.387,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 3 | $ 1.377.387,00 | 3,00 | $ 1.377.387,00 | 100,00% | 0,03% | - | $ - | |||
DESMONTE SUMINISTRO E INSTALACION | ||||||||||||||||||||||||||||
14811 | BARANDA CERRAMIENTO M-83 ES | ML | 1,0 | $ 237.679,00 | $ 237.679,00 | 2,50 | $ 594.198,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 2,5 | $ 594.198,00 | 2,50 | $ 594.198,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
14835 | REDES MICROFUTBOL | JG | 1,0 | $ 134.240,00 | $ 134.240,00 | 1,00 | $ 134.240,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1,00 | $ 134.240,00 | - | $ - | 0 | $ - | 1,00 | $ 134.240,00 | 100,00% | 0,00% | - | $ - | |||
14846 | SEÑAL SC-80 2 CARA | UN | 1,0 | $ 361.219,00 | $ 361.219,00 | 8,00 | $ 2.889.752,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 2,00 | $ 722.438,00 | 4,00 | $ 1.444.876,00 | 2 | $ 722.438,00 | 8,00 | $ 2.889.752,00 | 100,00% | 0,07% | - | $ - | |||
14848 | SEÑAL IDG-S 2 CARAS | UN | 1,0 | $ 499.808,00 | $ 499.808,00 | 2,00 | $ 999.616,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 7,00 | $ 3.498.656,00 | 2,00 | $ 999.616,00 | -7 | $ -3.498.656,00 | 2,00 | $ 999.616,00 | 100,00% | 0,02% | - | $ - | |||
14852 | LAMINA SEÑAL IDG-S | UN | 1,0 | $ 138.379,00 | $ 138.379,00 | 1,00 | $ 138.379,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1 | $ 138.379,00 | 1,00 | $ 138.379,00 | 100,00% | 0,00% | - | $ - | |||
14886 | ESTACION 10- BANCA ABDOMINALES BAJO | UN | 1,0 | $ 1.545.619,00 | $ 1.545.619,00 | 1,00 | $ 1.545.619,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1 | $ 1.545.619,00 | 1,00 | $ 1.545.619,00 | 100,00% | 0,04% | - | $ - | |||
15163 | Demolicion placa de contrapiso incl.cargue+retiro | m3 | 1,0 | $ 159.423,00 | $ 159.423,00 | 18,65 | $ 2.972.748,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 18,64692 | $ 2.972.748,00 | 18,65 | $ 2.972.748,00 | 100,00% | 0,07% | - | $ - | |||
13689 | PUNTO DE SOLDADURA 6013 | UN | 1,0 | $ 4.267,00 | $ 4.267,00 | 3,00 | $ 12.801,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 3 | $ 12.801,00 | 3,00 | $ 12.801,00 | 100,00% | 0,00% | - | $ - | |||
OTROS | ||||||||||||||||||||||||||||
16069 | Modulo Sky - Gimnasio Aire libre(Sumin+Inst) | und | 1,0 | $ 5.012.167,00 | $ 5.012.167,00 | 9,00 | $ 45.109.503,00 | - | $ - | 5,40 | $ 27.065.702,00 | 0,90 | $ 4.510.950,00 | 0,10 | $ 501.217,00 | 1,60 | $ 8.019.467,00 | 1 | $ 5.012.167,00 | 9,00 | $ 45.109.503,00 | 100,00% | 1,07% | - | $ - | |||
16067 | Modulo Remo Gimnasio al aire libre(Sumi+Instal) | und | 1,0 | $ 5.056.563,00 | $ 5.056.563,00 | 5,00 | $ 25.282.815,00 | - | $ - | 4,50 | $ 22.754.534,00 | - | $ - | 0,10 | $ 505.656,00 | 0,40 | $ 2.022.625,00 | 0 | $ - | 5,00 | $ 25.282.815,00 | 100,00% | 0,60% | - | $ - | |||
16071 | Modulo Escalador Gimn. al aire libre(Sum+Inst) | und | 1,0 | $ 6.112.134,00 | $ 6.112.134,00 | 6,00 | $ 36.672.804,00 | - | $ - | 4,50 | $ 27.504.603,00 | 1,00 | $ 6.112.134,00 | 0,10 | $ 611.213,00 | 0,40 | $ 2.444.854,00 | 0 | $ - | 6,00 | $ 36.672.804,00 | 100,00% | 0,87% | - | $ - | |||
10683 | Corte horizont en concreto con pulidora e=2cm** | ML | 1,0 | $ 6.237,00 | $ 6.237,00 | 261,45 | $ 1.630.664,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 261,45 | $ 1.630.664,00 | 261,45 | $ 1.630.664,00 | 100,00% | 0,04% | - | $ - | |||
15919 | Demol. manual placa piso conc e=0.08 (cargue+retir | M2 | 1,0 | $ 16.273,00 | $ 16.273,00 | 172,87 | $ 2.813.114,00 | - | $ - | - | $ - | 182,44 | $ 2.968.846,00 | - | $ - | - | $ - | -9,57 | $ -155.733,00 | 172,87 | $ 2.813.114,00 | 100,00% | 0,07% | - | $ - | |||
13195 | Excavacion manual con retiro suelo blando** | M3 | 1,0 | $ 34.753,00 | $ 34.753,00 | 1.507,97 | $ 52.406.474,00 | 435,88 | $ 15.148.138,00 | 306,94 | $ 10.666.916,00 | 357,13 | $ 12.411.335,00 | 38,16 | $ 1.326.074,00 | 219,49 | $ 7.628.082,00 | 150,37348 | $ 5.225.929,00 | 1.507,97 | $ 52.406.474,00 | 100,00% | 1,25% | -0,00 | $ - | |||
ZONAS DURAS | ||||||||||||||||||||||||||||
PRELIMINARES | ||||||||||||||||||||||||||||
13299 | Cargue+Retiro Escombros Retroexcavadora(4Vjes/Dia) | m3 | 1,0 | $ 31.356,00 | $ 31.356,00 | 6,00 | $ 188.136,00 | 6,00 | $ 188.136,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | 6,00 | $ 188.136,00 | 100,00% | 0,00% | - | $ - | |||
15430 | Excavacion manual sin retiro mas acopio ** | M3 | 1,0 | $ 12.929,00 | $ 12.929,00 | 25,59 | $ 330.791,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 25,5852 | $ 330.791,00 | 25,59 | $ 330.791,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
DEMOLICIONES | ||||||||||||||||||||||||||||
10002 | Demolición Bordillo con compresor + cargue y retiro | ML | 1,0 | $ 12.015,00 | $ 12.015,00 | 245,71 | $ 2.952.206,00 | 59,55 | $ 715.493,00 | - | $ - | - | $ - | 80,80 | $ 970.812,00 | 58,35 | $ 701.075,00 | 47,01 | $ 564.825,00 | 245,71 | $ 2.952.206,00 | 100,00% | 0,07% | - | $ - | |||
13076 | Demolición cañuela manual(Inc.cargue y retiro) | ML | 1,0 | $ 11.760,00 | $ 11.760,00 | 38,32 | $ 450.643,00 | - | $ - | - | $ - | 17,42 | $ 204.859,00 | - | $ - | 21,30 | $ 250.488,00 | -0,4 | $ -4.704,00 | 38,32 | $ 450.643,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
10806 | Demol pav asfaltico e=0.1 (sin corte+carg+retiro | M2 | 1,0 | $ 15.221,00 | $ 15.221,00 | 1.399,64 | $ 21.303.958,00 | 60,20 | $ 916.304,00 | 159,45 | $ 2.426.988,00 | 562,03 | $ 8.554.659,00 | -20,15 | $ -306.703,00 | 330,07 | $ 5.023.935,00 | 308,0465 | $ 4.688.776,00 | 1.399,64 | $ 21.303.958,00 | 100,00% | 0,51% | - | $ - | |||
077 | DEMOLICION CIMIENTO CONCRETO Refz | m3 | 1,0 | $ 185.574,00 | $ 185.574,00 | 11,97 | $ 2.220.430,00 | 1,21 | $ 224.545,00 | - | $ - | 12,86 | $ 2.386.630,00 | - | $ - | - | $ - | -2,1056 | $ -390.745,00 | 11,97 | $ 2.220.430,00 | 100,00% | 0,05% | - | $ - | |||
10684 | Demol. manual anden conc e=0.1 incl. cargue-retiro | M2 | 1,0 | $ 20.354,00 | $ 20.354,00 | 190,67 | $ 3.880.924,00 | - | $ - | - | $ - | 98,75 | $ 2.009.917,00 | - | $ - | - | $ - | 91,9233 | $ 1.871.007,00 | 190,67 | $ 3.880.924,00 | 100,00% | 0,09% | - | $ - | |||
MOVIMIENTO DE MATERIALES | ||||||||||||||||||||||||||||
12500 | Relleno Recebo tipo afirmado tipo IDRD exten+compactación | m3 | 1,0 | $ 60.966,00 | $ 60.966,00 | 51,27 | $ 3.125.727,00 | - | $ - | - | $ - | 51,27 | $ 3.125.727,00 | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | 51,27 | $ 3.125.727,00 | 100,00% | 0,07% | - | $ - | |||
12501 | Relleno compactado Subbase granular tipo IDRD | m3 | 1,0 | $ 78.121,00 | $ 78.121,00 | 391,28 | $ 30.567.074,00 | - | $ - | 105,12 | $ 8.212.392,00 | 179,81 | $ 14.046.690,00 | 19,53 | $ 1.525.384,00 | 67,33 | $ 5.259.521,00 | 19,4965 | $ 1.523.086,00 | 391,28 | $ 30.567.074,00 | 100,00% | 0,73% | - | $ - | |||
10724 | Relleno compactado Base granular tipo IDRD | m3 | 1,0 | $ 96.726,00 | $ 96.726,00 | 416,33 | $ 40.269.587,00 | - | $ - | 105,12 | $ 10.168.224,00 | 179,81 | $ 17.391.996,00 | 19,55 | $ 1.890.599,00 | 62,33 | $ 6.028.672,00 | 49,52232 | $ 4.790.096,00 | 416,33 | $ 40.269.587,00 | 100,00% | 0,96% | - | $ - | |||
10127 | Corte dilataciones en concreto Con Pulidora | ML | 1,0 | $ 5.467,00 | $ 5.467,00 | 28,31 | $ 154.771,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 28,31 | $ 154.771,00 | 28,31 | $ 154.771,00 | 100,00% | 0,00% | - | $ - | |||
10697 | Relleno rajon manual (Inc. Compactación Mecanica) | M3 | 1,0 | $ 101.564,00 | $ 101.564,00 | 147,26 | $ 14.956.632,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 147,26312 | $ 14.956.632,00 | 147,26 | $ 14.956.632,00 | 100,00% | 0,36% | - | $ - | |||
PINTURAS DEMARCACIONES | ||||||||||||||||||||||||||||
SELLAMIENTOS | ||||||||||||||||||||||||||||
SINTETICOS Y ASFALTOS | ||||||||||||||||||||||||||||
10163 | Suministro e instalacion Geotextil T- 2400 | M2 | 1,0 | $ 8.165,00 | $ 8.165,00 | 1.569,07 | $ 12.811.463,00 | - | $ - | 643,88 | $ 5.257.280,00 | 160,75 | $ 1.312.507,00 | 434,41 | $ 3.546.954,00 | 364,44 | $ 2.975.653,00 | -34,40684 | $ -280.932,00 | 1.569,07 | $ 12.811.463,00 | 100,00% | 0,31% | - | $ - | |||
BORDILLOS CONFINAMIENTOS Y SARDINELES | ||||||||||||||||||||||||||||
12064 | Sardinel prefab.A-10 a=0.20 h=0.50L=0.8 Sin atraque | mL | 1,0 | $ 59.561,00 | $ 59.561,00 | 44,11 | $ 2.627.236,00 | - | $ - | - | $ - | 44,11 | $ 2.627.236,00 | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | 44,11 | $ 2.627.236,00 | 100,00% | 0,06% | - | $ - | |||
00000 | Xxxxxxxx prefabricadoA- 80(0.35x0.2x0.80m)ZV-conAtraque | mL | 1,0 | $ 62.008,00 | $ 62.008,00 | 802,11 | $ 49.737.237,00 | 16,46 | $ 1.020.652,00 | 129,51 | $ 8.030.656,00 | 610,60 | $ 37.862.085,00 | -9,94 | $ -616.360,00 | 239,85 | $ 14.872.619,00 | -184,37 | $ -11.432.415,00 | 802,11 | $ 49.737.237,00 | 100,00% | 1,18% | - | $ - | |||
OTRAS BASES | ||||||||||||||||||||||||||||
PISOS | ||||||||||||||||||||||||||||
14200 | CONCRETO 3000PSI MUROS e=0.15M** G.C. | M3 | 1,0 | $ 625.422,00 | $ 625.422,00 | 11,90 | $ 7.445.023,00 | - | $ - | - | $ - | 11,90 | $ 7.445.023,00 | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | 11,90 | $ 7.445.023,00 | 100,00% | 0,18% | - | $ - | |||
12001 | AdoquinArcill e=0.06 p<5% 4.2-1 blando+xxxxX-2100 | M2 | 1,0 | $ 113.320,00 | $ 113.320,00 | 260,18 | $ 29.484.108,00 | - | $ - | - | $ - | 233,69 | $ 26.481.751,00 | - | $ - | 24,46 | $ 2.771.807,00 | 2,0345 | $ 230.550,00 | 260,18 | $ 29.484.108,00 | 100,00% | 0,70% | - | $ - | |||
12017 | CanchaAsfalto e=0.05 R-IDRD 4.3- A blandoGeotextil | M2 | 1,0 | $ 109.500,00 | $ 109.500,00 | 931,54 | $ 102.003.356,00 | - | $ - | - | $ - | 365,40 | $ 40.011.300,00 | 12,60 | $ 1.379.700,00 | 540,29 | $ 59.161.317,00 | 13,2515 | $ 1.451.039,00 | 931,54 | $ 102.003.356,00 | 100,00% | 2,43% | - | $ - | |||
10433 | Desmonte y retiro adoquin | M2 | 1,0 | $ 8.528,00 | $ 8.528,00 | 484,48 | $ 4.131.620,00 | 300,01 | $ 2.558.485,00 | - | $ - | - | $ - | 48,48 | $ 413.437,00 | 108,98 | $ 929.381,00 | 27,007 | $ 230.316,00 | 484,48 | $ 4.131.620,00 | 100,00% | 0,10% | - | $ - | |||
106 | VIGA CIMIENTO Concreto 3000 PSI G.C sin refuerzo | M3 | 1,0 | $ 531.030,00 | $ 531.030,00 | 3,91 | $ 2.078.425,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 3,91395 | $ 2.078.425,00 | 3,91 | $ 2.078.425,00 | 100,00% | 0,05% | - | $ - | |||
10868 | Desmonte, corte y reinstalacion adoquin + arena | M2 | 1,0 | $ 22.175,00 | $ 22.175,00 | 383,12 | $ 8.495.651,00 | - | $ - | 353,00 | $ 7.827.775,00 | 75,25 | $ 1.668.669,00 | -278,13 | $ -6.167.533,00 | - | $ - | 232,9984 | $ 5.166.740,00 | 383,12 | $ 8.495.651,00 | 100,00% | 0,20% | - | $ - |
6
ACTA DE CANTIDADES DE OBRA Nº FECHA
19 | ENERO | 2021 | |
dd | mm | aaaa | |
Página | de |
CONTRATO No 236 DE 2018 SUBDIRECCION
(No Contrato) (Año de suscripción) AREA
“REALIZAR LA CONSTRUCCION, MANTENIMIENTO, ADECUACION Y RECUPERACIÓN DE LOS PARQUES VECINALES Y DE BOLSILLO POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, A MONTO AGOTABLE DE LA LOCALIDAD XXXXXX XXXXX XXXXX”,
OBJETO DEL CONTRATO
CONSOLIDADDO
VR. INIC. CONTRATO: $ 4.200.000.000,00 VR. ADICIONES $ 0,00 VR. FINAL CONTRATO:
No. inicial parques por intervenir:
$ 4.200.000.000,00 No. final parques intervenidos:
(Indique el objeto del contrato suscrito)
CONDICIONES CONTRACTUALES | DIFERENCIAS [mayores (+) y menores(-)] | CONDICIONES ACTUALIZADAS | ACTA No. 1 | ACTA No. 2 | ACTA No. 3 | ACTA No. 4 | ACTA No. 5 | ACTA No. 6 | ACUMULADO | CANTIDADES POR EJECUTAR | ||||||||||||||||||
ITEM | CIO | DESCRIPCION | UND | CANT | Vr Unit Directo | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | ||
[a] | [b] | [c] | [d] | [e] | [f] | [g] | [h] | [i] | [ j ] | [ k ] | [l] | [m] |
% ejec del ítem % ejec del CTO
CDCTO>> | 1.158.591.038,0 | - | |
31,54% | 365.419.613,0 | - | |
1.524.010.651,0 | - | ||
1.524.010.651 | - |
$ 1.432.372.137,00 |
$ 451.770.172,00 |
$ - |
$ 1.884.142.309,00 |
142.982.995,0 |
45.096.837,0 |
- |
188.079.832 |
329.384.514,0 |
103.887.876,0 |
- |
433.272.390 |
[a]+[d]
106645 | Piso Caucho recicl 6cm (EPDM 1cm+SBR 5cm sum+inst) | M2 | 1,0 | $ 390.167,00 | $ 390.167,00 | 201,61 | $ 78.660.632,00 | - | $ - | - | $ - | 84,37 | $ 32.916.439,00 | 84,37 | $ 32.916.439,00 | 32,93 | $ 12.846.873,00 | -0,049 | $ -19.118,00 | 201,61 | $ 78.660.632,00 | 100,00% | 1,87% | - | $ - | |||
106647 | Piso Caucho recicl 8cm (EPDM 1cm+SBR 7cm sum+inst) | M2 | 1,0 | $ 454.985,00 | $ 454.985,00 | 125,37 | $ 57.041.469,00 | - | $ - | 79,67 | $ 36.247.745,00 | - | $ - | 27,50 | $ 12.513.907,00 | 18,20 | $ 8.279.817,00 | 0 | $ - | 125,37 | $ 57.041.469,00 | 100,00% | 1,36% | - | $ - | |||
106650 | Piso Caucho recicl 11cm (EPDM 1cm+SBR 10cm sum+ins | M2 | 1,0 | $ 538.479,00 | $ 538.479,00 | 1.071,79 | $ 577.136.892,00 | 174,00 | $ 93.695.346,00 | 261,85 | $ 141.001.803,00 | 244,79 | $ 131.816.428,00 | 0,18 | $ 95.849,00 | 437,49 | $ 235.577.024,00 | -46,5191 | $ -25.049.558,00 | 1.071,79 | $ 577.136.892,00 | 100,00% | 13,74% | - | $ - | |||
HIDRAULICAS Y CARCAMOS | ||||||||||||||||||||||||||||
11702 | Tuberia PVC.S d=4" Excav y relleno recebo | ML | 1,0 | $ 53.653,00 | $ 53.653,00 | 45,16 | $ 2.422.969,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 45,16 | $ 2.422.969,00 | 45,16 | $ 2.422.969,00 | 100,00% | 0,06% | - | $ - | |||
10262 | Tuberia PVC.S d=6" Excavacion y relleno | mL | 1,0 | $ 73.604,00 | $ 73.604,00 | 17,96 | $ 1.321.928,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 17,96 | $ 1.321.928,00 | 17,96 | $ 1.321.928,00 | 100,00% | 0,03% | - | $ - | |||
10704 | Filtro frances50*50 Excav+geoNT- 1600+tubo100mm | ML | 1,0 | $ 71.892,00 | $ 71.892,00 | 31,80 | $ 2.286.166,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 31,8 | $ 2.286.166,00 | 31,80 | $ 2.286.166,00 | 100,00% | 0,05% | - | $ - | |||
14486 | Caja de inspeccion .60x.60 h=1.0+Excav(ESPEC/IDRD) | und | 1,0 | $ 415.194,00 | $ 415.194,00 | 7,00 | $ 2.906.358,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 7 | $ 2.906.358,00 | 7,00 | $ 2.906.358,00 | 100,00% | 0,07% | - | $ - | |||
00000 | Xxxxxxx T-C prefabricada (A-120) (canal) | ML | 1,0 | $ 60.514,00 | $ 60.514,00 | 73,44 | $ 4.444.148,00 | - | $ - | - | $ - | 46,67 | $ 2.824.188,00 | - | $ - | - | $ - | 26,77 | $ 1.619.960,00 | 73,44 | $ 4.444.148,00 | 100,00% | 0,11% | - | $ - | |||
EMPRADIZACIÓN | ||||||||||||||||||||||||||||
12723 | Empradizacion zonas verdesa recuperar (5cmTierra) | M2 | 1,0 | $ 10.911,00 | $ 10.911,00 | 817,81 | $ 8.923.083,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 201,20 | $ 2.195.293,00 | - | $ - | 616,60618 | $ 6.727.790,00 | 817,81 | $ 8.923.083,00 | 100,00% | 0,21% | - | $ - | |||
PLACAS Y ANDENES | ||||||||||||||||||||||||||||
ESTRUCTURAS DEPORTIVAS | ||||||||||||||||||||||||||||
10440 | Estructura xxxxxx micro futbol (instalacion) | JG | 1,0 | $ 284.386,00 | $ 284.386,00 | 1,00 | $ 284.386,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1 | $ 284.386,00 | 1,00 | $ 284.386,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
10855 | Pintura estructura microfutbol (con Brocha) | JG | 1,0 | $ 192.240,00 | $ 192.240,00 | 7,00 | $ 1.345.680,00 | - | $ - | - | $ - | 3,00 | $ 576.720,00 | - | $ - | - | $ - | 4 | $ 768.960,00 | 7,00 | $ 1.345.680,00 | 100,00% | 0,03% | - | $ - | |||
10782 | Desmonte y reinstalacion canecas | und | 1,0 | $ 62.583,00 | $ 62.583,00 | 1,00 | $ 62.583,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1 | $ 62.583,00 | 1,00 | $ 62.583,00 | 100,00% | 0,00% | - | $ - | |||
10803 | Desmonte y reinstalacion banca existente | UN | 1,0 | $ 135.692,00 | $ 135.692,00 | 7,00 | $ 949.844,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 7 | $ 949.844,00 | 7,00 | $ 949.844,00 | 100,00% | 0,02% | - | $ - | |||
00000 | Xxxxxxxx y reinstal. estruc Multiple (excavación+retiro) | JG | 1,0 | $ 285.485,00 | $ 285.485,00 | 1,00 | $ 285.485,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1 | $ 285.485,00 | 1,00 | $ 285.485,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
11774 | XXXXX XX XXXXXXXX 00000 | kg | 1,0 | $ 3.232,00 | $ 3.232,00 | 1.545,10 | $ 4.993.763,00 | - | $ - | - | $ - | 1.023,27 | $ 3.307.209,00 | - | $ - | - | $ - | 521,83 | $ 1.686.555,00 | 1.545,10 | $ 4.993.763,00 | 100,00% | 0,12% | - | $ - | |||
10851 | Pintura estructura baloncesto | JG | 1,0 | $ 442.852,00 | $ 442.852,00 | 8,00 | $ 3.542.816,00 | - | $ - | - | $ - | 3,00 | $ 1.328.556,00 | - | $ - | - | $ - | 5 | $ 2.214.260,00 | 8,00 | $ 3.542.816,00 | 100,00% | 0,08% | - | $ - | |||
OTROS | ||||||||||||||||||||||||||||
12816 | Realce caja inspecc 70*70 H=0.45m Reforzada | UN | 1,0 | $ 279.128,00 | $ 279.128,00 | 1,00 | $ 279.128,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1 | $ 279.128,00 | 1,00 | $ 279.128,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
12824 | Mantenimiento baranda (soldadura, pintura) | ML | 1,0 | $ 20.058,00 | $ 20.058,00 | 782,29 | $ 15.691.173,00 | - | $ - | - | $ - | 246,75 | $ 4.949.312,00 | 125,60 | $ 2.519.285,00 | 66,97 | $ 1.343.284,00 | 342,97 | $ 6.879.292,00 | 782,29 | $ 15.691.173,00 | 100,00% | 0,37% | - | $ - | |||
MANTENIMIENTO INFRAESTRUCTURA | ||||||||||||||||||||||||||||
PINTURA | ||||||||||||||||||||||||||||
10021 | Pintura cerramiento malla eslabonada | M2 | 1,0 | $ 13.575,00 | $ 13.575,00 | 2.846,64 | $ 38.643.138,00 | - | $ - | - | $ - | 1.278,50 | $ 17.355.638,00 | - | $ - | - | $ - | 1568,14 | $ 21.287.501,00 | 2.846,64 | $ 38.643.138,00 | 100,00% | 0,92% | - | $ - | |||
13861 | Pintura esmalte tubería 2" | ML | 1,0 | $ 6.499,00 | $ 6.499,00 | 764,10 | $ 4.965.886,00 | - | $ - | - | $ - | 322,50 | $ 2.095.928,00 | 42,00 | $ 272.958,00 | 35,00 | $ 227.465,00 | 364,6 | $ 2.369.535,00 | 764,10 | $ 4.965.886,00 | 100,00% | 0,12% | - | $ - | |||
13986 | Pintura Baranda Pasaman2"+ 3 Trav 11/2"+paral2" | ML | 1,0 | $ 29.643,00 | $ 29.643,00 | 3,50 | $ 103.751,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 3,5 | $ 103.751,00 | 3,50 | $ 103.751,00 | 100,00% | 0,00% | - | $ - | |||
13307 | Pintura estructura Futbol (con Compresor) | JG | 1,0 | $ 282.213,00 | $ 282.213,00 | 1,00 | $ 282.213,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1 | $ 282.213,00 | 1,00 | $ 282.213,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
13924 | PINTURA Y DEMARCACIÓN TABLERO BALONCESTO | und | 1,0 | $ 26.018,00 | $ 26.018,00 | 14,00 | $ 364.252,00 | - | $ - | - | $ - | 4,00 | $ 104.072,00 | - | $ - | - | $ - | 10 | $ 260.180,00 | 14,00 | $ 364.252,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | |||
CARPINTERIA METALICA | - | - | - | |||||||||||||||||||||||||
13059 | Punto Soldadura6013(Sum + instal.)Hasta 50 puntos | und | 1,0 | $ 10.034,00 | $ 10.034,00 | 150,00 | $ 1.505.100,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 150 | $ 1.505.100,00 | 150,00 | $ 1.505.100,00 | 100,00% | 0,04% | - | $ - | |||
13559 | ANGULO 11/2x11/2x1/8" (Sum + instal.)*** | ML | 1,0 | $ 24.965,00 | $ 24.965,00 | 5,00 | $ 124.825,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 5 | $ 124.825,00 | 5,00 | $ 124.825,00 | 100,00% | 0,00% | - | $ - | |||
13654 | ANGULO 1 x 1 x1/8"+Platina 5/8x1/8"(Sum + instalación | ML | 1,0 | $ 32.474,00 | $ 32.474,00 | 30,00 | $ 974.220,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 30 | $ 974.220,00 | 30,00 | $ 974.220,00 | 100,00% | 0,02% | - | $ - | |||
13696 | Tubo Xxxxxx Ø 2"(2.5mm)ASTM- 500Grad-C Sum + Instalación | ML | 1,0 | $ 29.651,00 | $ 29.651,00 | 165,50 | $ 4.907.241,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 165,5 | $ 4.907.241,00 | 165,50 | $ 4.907.241,00 | 100,00% | 0,12% | - | $ - |
I) SUBTOTAL COSTO DIRECTO PARQUE 1 (ítems originales) A.I.U SUBTOTAL OBRA + AIU (ítems originales) SUBTOTAL NO PREVISTO PARQUE 1 (ítems originales) | 438.343.816,0 | 42.575.653,0 | 412.364.708,0 | 66.720.451,0 | 1.432.372.137,0 | 1 | 34,10% | - | ||||||||||||||||||||
138.253.640,0 | 13.428.361,0 | 130.059.829,0 | 21.043.628,0 | 451.770.172,0 | - | |||||||||||||||||||||||
- | - | - | - | - | - | |||||||||||||||||||||||
576.597.456 | 56.004.014 | 542.424.537 | 87.764.079 | 1.884.142.309 | 1 | 0 | =g-a | - | ||||||||||||||||||||
#¿NOMBRE? | ||||||||||||||||||||||||||||
ITEMS NO PREVISTOS | 0 | 0 | 0 | |||||||||||||||||||||||||
NP-01 | 262 | Ensayos xxxxxxx | und | $ 114.041,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | - | $ - | #¡DIV/0! | 0,00% | - | $ - | ||||
NP-02 | 695 | Localizaición y replanteo | m2 | $ 3.071,00 | 13.784,86 | $ 42.333.311,00 | 648,60 | $ 1.991.851,00 | 4.484,61 | $ 13.772.237,00 | 6.235,19 | $ 19.148.268,00 | - | $ - | 2.268,80 | $ 6.967.485,00 | 147,662 | $ 453.470,00 | 13.784,86 | $ 42.333.311,00 | 100,00% | 1,01% | - | $ - | ||||
NP-03 | 10003 | Nivelacion y Conformacion taludes (m2) | m2 | $ 10.388,00 | 92,90 | $ 965.020,00 | 33,80 | $ 351.114,00 | - | $ - | - | $ - | 120,52 | $ 1.251.962,00 | - | $ - | -61,42242 | $ -638.056,00 | 92,90 | $ 965.020,00 | 100,00% | 0,02% | - | $ - | ||||
NP-04 | 00000 | Xxxxxxxx Xxxxx Exist.(demol. de bases y retiro) | und | $ 78.547,00 | 16,00 | $ 1.256.752,00 | 2,00 | $ 157.094,00 | - | $ - | 15,00 | $ 1.178.205,00 | - | $ - | - | $ - | -1 | $ -78.547,00 | 16,00 | $ 1.256.752,00 | 100,00% | 0,03% | - | $ - | ||||
NP-05 | 11373 | Descapote Manual y Retiro (e=10-15Cm). | m2 | $ 8.735,00 | 888,28 | $ 7.759.129,00 | 388,19 | $ 3.390.840,00 | - | $ - | 143,20 | $ 1.250.852,00 | - | $ - | 266,17 | $ 2.324.965,00 | 90,7238 | $ 792.472,00 | 888,28 | $ 7.759.129,00 | 100,00% | 0,18% | - | $ - | ||||
NP-06 | 11646 | Cerramiento lona h=2.20 mts(Exc) * | mL | $ 17.632,00 | 1.734,49 | $ 30.582.528,00 | 152,15 | $ 2.682.709,00 | 544,85 | $ 9.606.795,00 | 360,83 | $ 6.362.155,00 | - | $ - | 332,30 | $ 5.859.114,00 | 344,36 | $ 6.071.756,00 | 1.734,49 | $ 30.582.528,00 | 100,00% | 0,73% | - | $ - | ||||
NP-07 | 16741 | Relleno Recebo Base granular (Compact-rana) | m3 | $ 93.722,00 | 0,00 | $ 94,00 | 74,38 | $ 6.971.042,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | -74,379 | $ -6.970.949,00 | 0,00 | $ 94,00 | 100,00% | 0,00% | 0,00 | $ - | ||||
NP-08 | 100152 | Circuito dinamico infantil | und | $ 98.748.797,00 | 9,00 | $ 888.739.173,00 | 0,90 | $ 88.873.917,00 | 5,50 | $ 543.118.384,00 | -0,90 | $ -88.873.917,00 | 0,60 | $ 59.249.278,00 | 2,40 | $ 236.997.113,00 | 0,5 | $ 49.374.399,00 | 9,00 | $ 888.739.173,00 | 100,00% | 21,16% | - | $ - | ||||
NP-09 | 101269 | Juego barco tematico multifunción | und | $ 219.717.078,00 | 1,00 | $ 219.717.078,00 | 0,17 | $ 38.117.033,00 | 0,60 | $ 131.830.247,00 | - | $ - | 0,23 | $ 49.769.798,00 | - | $ - | 0 | $ - | 1,00 | $ 219.717.078,00 | 100,00% | 5,23% | - | $ - | ||||
NP-10 | 105806 | Muelle avión | und | $ 7.961.950,00 | 4,00 | $ 31.847.800,00 | 1,20 | $ 9.554.340,00 | 2,40 | $ 19.108.680,00 | - | $ - | 0,10 | $ 796.195,00 | 0,30 | $ 2.388.585,00 | 0 | $ - | 4,00 | $ 31.847.800,00 | 100,00% | 0,76% | - | $ - | ||||
NP-11 | 106813 | Gimnasio arbol xx xxxxxx 8 usuarios | und | $ 18.714.320,00 | - | $ - | 0,30 | $ 5.614.296,00 | - | $ - | -0,30 | $ -5.614.296,00 | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | - | $ - | #¡DIV/0! | 0,00% | - | $ - | ||||
NP-12 | 106815 | Gimnasio multifuncional 3 torre | und | $ 33.840.788,00 | - | $ - | 0,60 | $ 20.304.473,00 | - | $ - | -0,60 | $ -20.304.473,00 | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | - | $ - | #¡DIV/0! | 0,00% | - | $ - | ||||
NP-13 | 106816 | Modulo Multifuncional 6 XXXXXX | und | $ 58.639.906,00 | - | $ - | 0,30 | $ 17.591.972,00 | - | $ - | -0,30 | $ -17.591.972,00 | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | - | $ - | #¡DIV/0! | 0,00% | - | $ - | ||||
NP-14 | 106849 | Columpio mútiple 9 usuarios | und | $ 61.681.837,00 | - | $ - | 0,30 | $ 18.504.551,00 | - | $ - | -0,30 | $ -18.504.551,00 | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | - | $ - | #¡DIV/0! | 0,00% | - | $ - | ||||
NP-15 | 00000 | Xxxxxxxx CerramMalla eslabon. h=2 a 5 | ml | $ 34.042,00 | 99,56 | $ 3.389.222,00 | - | $ - | - | $ - | 33,50 | $ 1.140.407,00 | 10,00 | $ 340.420,00 | 45,94 | $ 1.563.889,00 | 10,12 | $ 344.505,00 | 99,56 | $ 3.389.222,00 | 100,00% | 0,08% | - | $ - | ||||
NP-16 | 10814 | Muro e=0.12 prensado STA/FE 2CV (m2) | ml | $ 73.249,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | - | $ - | #¡DIV/0! | 0,00% | - | $ - | ||||
NP-17 | 13793 | Malla Protección Cerram.Nylon | M2 | $ 10.595,00 | 428,24 | $ 4.537.150,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 128,25 | $ 1.358.809,00 | 299,985 | $ 3.178.341,00 | 428,24 | $ 4.537.150,00 | 100,00% | 0,11% | - | $ - | ||||
NP-18 | 15955 | Cinta AjusteConc.3000psi(a=0.20;e=0.15m)sin ref | ml | $ 29.448,00 | 144,56 | $ 4.257.003,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 7,00 | $ 206.136,00 | - | $ - | 137,56 | $ 4.050.867,00 | 144,56 | $ 4.257.003,00 | 100,00% | 0,10% | - | $ - | ||||
NP-19 | A12885 | DesmonteJuegos infantil Madera | und | $ 93.344,00 | 1,00 | $ 93.344,00 | - | $ - | - | $ - | 1,00 | $ 93.344,00 | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | 1,00 | $ 93.344,00 | 100,00% | 0,00% | - | $ - | ||||
NP-20 | 10335 | Placa contrapiso h=0.10 C:210 kg/cm2 | m2 | $ 73.710,00 | 2.013,21 | $ 148.393.525,00 | - | $ - | 443,62 | $ 32.699.230,00 | 251,91 | $ 18.568.286,00 | 334,50 | $ 24.655.715,00 | 336,63 | $ 24.812.747,00 | 646,5547 | $ 47.657.547,00 | 2.013,21 | $ 148.393.525,00 | 100,00% | 3,53% | - | $ - | ||||
NP-21 | 106624 | Torre dinámica Deslizdero Capacidad: 10 niñosEdades: 3-12 años | und | $ 29.558.138,00 | 2,00 | $ 59.116.276,00 | - | $ - | 1,80 | $ 53.204.648,00 | - | $ - | - | $ - | 0,20 | $ 5.911.628,00 | 0 | $ - | 2,00 | $ 59.116.276,00 | 100,00% | 1,41% | - | $ - | ||||
NP-22 | 00000 | XXXXXXXXXXXXXX(X-0)XxxXxxxxx(0 | und | $ 28.277.356,00 | 9,00 | $ 254.496.204,00 | - | $ - | 3,60 | $ 101.798.482,00 | 2,80 | $ 79.176.597,00 | 1,10 | $ 31.105.092,00 | 0,50 | $ 14.138.678,00 | 1 | $ 28.277.356,00 | 9,00 | $ 254.496.204,00 | 100,00% | 6,06% | - | $ - | ||||
NP-23 | N/A | RECUBRIMIENTO SINTETICO SPORT MASTER PARA CAMPOS MULTIPLES | M2 | $ 95.857,00 | 4.411,45 | $ 422.868.008,00 | - | $ - | 923,04 | $ 88.479.629,00 | 2.469,74 | $ 236.742.241,00 | -220,50 | $ -21.136.699,00 | 904,65 | $ 86.716.652,00 | 334,52106 | $ 32.066.185,00 | 4.411,45 | $ 422.868.008,00 | 100,00% | 10,07% | - | $ - |
6
ACTA DE CANTIDADES DE OBRA Nº FECHA
19 | ENERO | 2021 | |
dd | mm | aaaa | |
Página | de |
CONTRATO No 236 DE 2018 SUBDIRECCION
(No Contrato) (Año de suscripción) AREA
“REALIZAR LA CONSTRUCCION, MANTENIMIENTO, ADECUACION Y RECUPERACIÓN DE LOS PARQUES VECINALES Y DE BOLSILLO POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, A MONTO AGOTABLE DE LA LOCALIDAD XXXXXX XXXXX XXXXX”,
OBJETO DEL CONTRATO
CONSOLIDADDO
VR. INIC. CONTRATO: $ 4.200.000.000,00 VR. ADICIONES $ 0,00 VR. FINAL CONTRATO:
No. inicial parques por intervenir:
$ 4.200.000.000,00 No. final parques intervenidos:
(Indique el objeto del contrato suscrito)
CONDICIONES CONTRACTUALES | DIFERENCIAS [mayores (+) y menores(-)] | CONDICIONES ACTUALIZADAS | ACTA No. 1 | ACTA No. 2 | ACTA No. 3 | ACTA No. 4 | ACTA No. 5 | ACTA No. 6 | ACUMULADO | CANTIDADES POR EJECUTAR | ||||||||||||||||||
ITEM | CIO | DESCRIPCION | UND | CANT | Vr Unit Directo | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | CANT | Vr Parcial Directo | ||
[a] | [b] | [c] | [d] | [e] | [f] | [g] | [h] | [i] | [ j ] | [ k ] | [l] | [m] |
% ejec del ítem % ejec del CTO
[a]+[d]
NP-24 | 16565 | Modulo Bicicleta Estática-Carga Disposit. | und | $ 12.010.702,00 | 9,00 | $ 108.096.318,00 | - | $ - | 3,60 | $ 43.238.527,00 | 3,70 | $ 44.439.597,00 | 0,10 | $ 1.201.070,00 | 0,60 | $ 7.206.421,00 | 1 | $ 12.010.702,00 | 9,00 | $ 108.096.318,00 | 100,00% | 2,57% | - | $ - | ||||
NP-25 | 10738 | Cerramiento contra impacto IDRD h= 5 sin viga | ml | $ 827.590,00 | 58,56 | $ 48.463.670,00 | - | $ - | - | $ - | 29,57 | $ 24.471.836,00 | - | $ - | 24,64 | $ 20.391.818,00 | 4,35 | $ 3.600.017,00 | 58,56 | $ 48.463.670,00 | 100,00% | 1,15% | - | $ - | ||||
NP-26 | 15656 | Cerramiento contra impacto IDRD h=2.5 sin viga | ml | $ 431.646,00 | 135,01 | $ 58.276.526,00 | - | $ - | - | $ - | 5,00 | $ 2.158.230,00 | 39,00 | $ 16.834.194,00 | 51,30 | $ 22.143.440,00 | 39,71 | $ 17.140.663,00 | 135,01 | $ 58.276.526,00 | 100,00% | 1,39% | - | $ - | ||||
NP-27 | 11304 | Modulo complemento baranda M -83 angulo de 1"X 1" | UND | $ 174.711,00 | 213,00 | $ 37.213.443,00 | - | $ - | 31,00 | $ 5.416.041,00 | 67,00 | $ 11.705.637,00 | 64,00 | $ 11.181.504,00 | - | $ - | 51 | $ 8.910.261,00 | 213,00 | $ 37.213.443,00 | 100,00% | 0,89% | - | $ - | ||||
NP-28 | 00000 | Xxxxxxxx juegos tipo M-3A-STPM** | und | $ 291.805,00 | - | $ - | - | $ - | 2,00 | $ 583.610,00 | 8,00 | $ 2.334.440,00 | -1,00 | $ -291.805,00 | - | $ - | -9 | $ -2.626.245,00 | - | $ - | #¡DIV/0! | 0,00% | - | $ - | ||||
NP-29 | 14428 | Demolición Viga Ciment. Conc. Reforzado | ml | $ 9.308,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | - | $ - | #¡DIV/0! | 0,00% | - | $ - | ||||
NP-30 | 10074 | Cerramiento contra impacto IDRD h=2.5 ** | ml | $ 624.449,00 | 72,23 | $ 45.103.951,00 | - | $ - | - | $ - | 77,50 | $ 48.394.798,00 | 28,00 | $ 17.484.572,00 | - | $ - | -33,27 | $ -20.775.418,00 | 72,23 | $ 45.103.951,00 | 100,00% | 1,07% | - | $ - | ||||
NP-31 | 12495 | DEMOLICION MUROS 0.15 + Trasiego | M2 | $ 19.120,00 | 33,80 | $ 646.256,00 | - | $ - | - | $ - | 28,80 | $ 550.656,00 | 5,00 | $ 95.600,00 | - | $ - | 0 | $ - | 33,80 | $ 646.256,00 | 100,00% | 0,02% | - | $ - | ||||
NP-32 | 16832 | Compactación fondo de excavación equipos | m2 | $ 913,00 | 1.570,18 | $ 1.433.578,00 | - | $ - | - | $ - | 1.426,94 | $ 1.302.800,00 | 465,99 | $ 425.449,00 | 32,93 | $ 30.062,00 | -355,6768 | $ -324.733,00 | 1.570,18 | $ 1.433.578,00 | 100,00% | 0,03% | - | $ - | ||||
NP-33 | 333 | IMPERMEABILIZACION EDIL ESPECIAL | m2 | $ 26.512,00 | 56,52 | $ 1.498.405,00 | - | $ - | - | $ - | 60,54 | $ 1.605.143,00 | - | $ - | - | $ - | -4,026 | $ -106.737,00 | 56,52 | $ 1.498.405,00 | 100,00% | 0,04% | - | $ - | ||||
NP-34 | 10167 | Filtro geodren planar tuberia 100 mm h=1.0 ** | ml | $ 82.047,00 | 60,94 | $ 4.999.944,00 | - | $ - | - | $ - | 61,42 | $ 5.039.327,00 | - | $ - | - | $ - | -0,48 | $ -39.383,00 | 60,94 | $ 4.999.944,00 | 100,00% | 0,12% | - | $ - | ||||
NP-35 | 109168 | Circuito Equilibrio Multifunción | und | $ 84.032.246,00 | 1,00 | $ 84.032.246,00 | - | $ - | - | $ - | 0,90 | $ 75.629.021,00 | - | $ - | 0,10 | $ 8.403.225,00 | 0 | $ - | 1,00 | $ 84.032.246,00 | 100,00% | 2,00% | - | $ - | ||||
NP-36 | 11814 | Peldaños escalera contrahuella bordillo A-80 | ml | $ 168.401,00 | 67,30 | $ 11.333.387,00 | - | $ - | - | $ - | 88,00 | $ 14.819.288,00 | 20,50 | $ 3.452.221,00 | - | $ - | -41,2 | $ -6.938.121,00 | 67,30 | $ 11.333.387,00 | 100,00% | 0,27% | - | $ - | ||||
NP-37 | 00000 | XXXX BLOQUE CEMENTO ESTRUCT. | m2 | $ 69.637,00 | 38,30 | $ 2.667.097,00 | - | $ - | - | $ - | 38,30 | $ 2.667.097,00 | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | 38,30 | $ 2.667.097,00 | 100,00% | 0,06% | - | $ - | ||||
NP-38 | 12841 | Señal IDG-S 60x70 dos caras (suministro)STPM | UN | $ 761.779,00 | 24,00 | $ 18.282.696,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 6,00 | $ 4.570.674,00 | - | $ - | 18 | $ 13.712.022,00 | 24,00 | $ 18.282.696,00 | 100,00% | 0,44% | - | $ - | ||||
NP-39 | 00000 | Xxxxxxx juegos infantiles M-81(2 Traves-2")sin | ML | $ 223.824,00 | 21,74 | $ 4.865.934,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 14,00 | $ 3.133.536,00 | - | $ - | 7,74 | $ 1.732.398,00 | 21,74 | $ 4.865.934,00 | 100,00% | 0,12% | - | $ - | ||||
NP-40 | 00000 | Xxxxxxxx- Cerramiento Reja Pequeña | ML | $ 11.058,00 | 30,52 | $ 337.490,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 30,00 | $ 331.740,00 | - | $ - | 0,52 | $ 5.750,00 | 30,52 | $ 337.490,00 | 100,00% | 0,01% | - | $ - | ||||
NP-41 | 106699 | Figuras Animales Caucho | und | $ 13.700.000,00 | 4,00 | $ 54.800.000,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 2,00 | $ 27.400.000,00 | 2 | $ 27.400.000,00 | 4,00 | $ 54.800.000,00 | 100,00% | 1,30% | - | $ - | ||||
NP-42 | 108106 | Muelle Sillas Dobles Edad: 5 - 12 añosCapacidad: 30 años | UND | $ 12.538.005,00 | 1,00 | $ 12.538.005,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 0,85 | $ 10.633.197,00 | 0,1519227 | $ 1.904.808,00 | 1,00 | $ 12.538.005,00 | 100,00% | 0,30% | - | $ - | ||||
NP-43 | 106623 | Juego Carrusel 3-10 años Cap: 8 niños | und | $ 15.703.506,00 | 1,00 | $ 15.703.506,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1,00 | $ 15.703.506,00 | - | $ - | 0 | $ - | 1,00 | $ 15.703.506,00 | 100,00% | 0,37% | - | $ - | ||||
NP-44 | 12948 | Suministro e instalacion Geotextil T-2100** | M2 | $ 5.867,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 0 | $ - | - | $ - | #¡DIV/0! | 0,00% | - | $ - | ||||
NP-45 | 105803 | Columpio Canasta 2-12 añosCap: 5 niños | UND | $ 24.483.275,00 | 1,00 | $ 24.483.275,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1 | $ 24.483.275,00 | 1,00 | $ 24.483.275,00 | 100,00% | 0,58% | - | $ - | ||||
NP-46 | 10603 | Koraza sobre pañete (2 MANOS) color gris | M2 | $ 27.954,00 | 1.612,88 | $ 45.086.316,00 | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | - | $ - | 1.612,88 | $ 45.086.316,00 | 1.612,88 | $ 45.086.316,00 | 100,00% | 1,07% | - | $ - |
CDCTO>> | - | - | |
31,54% | - | - | |
- | - | ||
- | - |
2.700.213.659 |
851.647.388,0 |
- |
3.551.861.047 |
214.105.226 | 1.042.856.510 | |
67.528.788,0 | 328.916.943,0 | |
- | - | |
281.634.014 | 1.371.773.453 |
447.862.998 | 220.360.158 | 485.247.828 | 289.780.939 | |||
141.255.990,0 | 69.501.594 | 153.047.165 | 91.396.908 | |||
- | - | - | - | |||
589.118.988 | 289.861.752 | 638.294.993 | 381.177.847 |
2.700.213.658 | ||
851.647.388 | ||
- | ||
3.551.861.046 | 1 | 84,57% |
- |
- |
- |
- |
II) SUBTOTAL COSTO DIRECTO NO PREVISTO PARQUE 1 A.I.U
SUBTOTAL DE NO PREVISTOS PARQUE 1
TOTALES DEL CONTRATO
A.I.U
31,54%
365.419.613,0
-
1.303.417.560
112.625.625,0
432.804.818,0
279.509.629,0
82.929.955,0
283.106.994,0
112.440.539,0
1.303.417.561,0
-
MAYOR VALOR FACTURADO AIU ACTA 1
-
-
-
148.146.682,0
-
COBRO DE IVA SOBRE LA UTILIDAD COBRADO EN ACTA No.1
3.392.314,0
DESCUENTO POR COBRO DE IVA SOBRE LA UTILIDAD COBRADO EN ACTA No.1
-3.392.314,0
DESCUENTO POR MAYOR VALOR FACTURADO AIU ACTA 1
-
-
-
-
-148.146.682,0
RETEGARANTIA
-61.785.715,0
DIFERENCIA DE VALOR DEL ACTA No.1
1.066.557,0
DEVOLUCION RETEGARANTA
61.785.715,0
DIFERENCIA DE VALOR DEL ACTA No.1
-1.066.557,0
Vº Bº INTERVENTORIA
Vº Bº CONTRATISTA
CONSORCIO PROKD - R/L XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX. ING. XXXXXX XXXXXX
No Contrato de interventoria
REPRESENTANTE LEGAL
SUPERVISOR
CONSORCIO XXXXXX 2018- R/L XXXX XXXXXX XXXXX XXXXX.
REPRESENTANTE LEGAL
DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE PARQUES Y ESCENARIOS -V1
SUBTOTAL NO PREVISTOS OBRA + AIU ACTA No. 01
TOTAL COSTO DIRECTO DEL CONTRATO (I+II)
CDCTO>>
1.158.591.038
-
4.132.585.796
357.088.221
1.372.241.024
886.206.814
262.935.811
897.612.536
356.501.390
4.132.585.795
-
VALORES TOTALES DEL CONTRATO (ejecutado o por ejecutar)
1.524.010.651
-
5.436.003.356
560.533.684
1.715.292.561
1.165.716.443
345.865.766
1.180.719.530
467.875.372
5.436.003.356
129,43%
-
AMORTIZACION ANTICIPO (%) | 0 | 0 | 0 | 0 | |||||||||||||||
RETEGARANTIA | - | - | |||||||||||||||||
IVA | |||||||||||||||||||
VALOR NETO A PAGAR EN CADA ACTA | 0 | 0 | 0 | 560.533.684 | 1.715.292.561 | 1.165.716.443 | 345.865.766 | 1.180.719.530 | 467.875.372 | 0 | |||||||||
PAGADO | PAGADO | PAGADO | PAGADO | PAGADO | POR PAGAR |
XI) SALDO A FAVOR DE LA ENTIDAD
0
Bogotá D.C, enero 18 de 2021
Señores:
PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA
– FINDETER EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS
La ciudad
Referencia: CONVOCATORIA No PAF-EUC-I-095-2021, cuyo objeto es CONTRATAR LA “INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LOS ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN SACÚDETE RECREO DEPORTIVO UBICADO EN LA URBANIZACIÓN XXXXXXXXX EN EL MUNICIPIO DE JAMUNDI DEPARTAMENTO XX XXXXX DEL CAUCA”
Asunto: RESPUESTA A LA EVALUACION PRELIMINAR
Cordial Saludo,
Por medio de la presente nos permitimos dar respuesta a la evaluación preliminar del proceso de selección descrito en la referencia, en los siguientes términos:
1. DICE LA ENTIDAD:
EVALUACION JURÍDICA PRELIMINAR:
RESPUESTA:
En atención a lo observado por la entidad, anexo al presente se remite la garantía de seriedad de la oferta, debidamente ajustada.
Quedamos atentos,
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX REPRESENTANTE LEGAL
SOLIUN SAS 900.768.458-0
MCO9000426661 | Usuario de Autorización | MCO9000426661 | Usuario de Expedición | MCO9000426661 |
NIT: 860.009.195-9 PÓLIZA DE SEGUROS DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES PARTICULARES Xxxxx 00 xx 0-00 xxxx 00, Xxxxxx. Xxx: (571) 326 69 69 Actividad Económica 6511 – Seguros Generales. Fax: (000) 000 00 00 Responsable de IVA. No Somos Grandes Contribuyentes. concepto xx xxxxxx. xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx No efectuar retención en la fuente por BOGOTÁ, D.C. | |||||||
FECHA EXP. 05/01/2022 | SUCURSAL BOGOTA | RAMO 10 | PÓLIZA 136664 | CERTIFICADO 4110028560 | TIPO CERTIFICADO EXPEDICIÓN | NRO. ENDOSO 0 | HOJAS 1/1 |
TOMADOR | SOLIUN S.A.S. | NIT | 9007684580 | ||
DIRECCIÓN | XX 00 X 00 X 00 TO 2 AP 402 ALSACIA (110111) BOGOTA, D.C. - BOGOTÁ D.C. | TELÉFONO | x00 00000000 | CIUDAD | BOGOTA, D.C. |
GARANTIZADO | SOLIUN S.A.S. | NIT | 9007684580 | ||
DIRECCIÓN | XX 00 X 00 X 00 TO 2 AP 402 ALSACIA (110111) BOGOTA, D.C. - BOGOTÁ D.C. | TELÉFONO | x00 00000000 | CIUDAD | BOGOTA, D.C. |
ASEGURADO | PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA – FINDETER EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS | NIT | 8300558977 | ||
DIRECCIÓN | XXXXX 00 XX 0 00 X 0 (000000) XXXXXX, X.X. - | XXXXXXXX | XXXXXX | XXXXXX, X.X. |
OBJETO: GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA PRESENTADA POR EL TOMADOR/AFIANZADO EN VIRTUD DEL CONCURSO DE MERITOS ABIERTO Nº PAF-EUC-I-095-2 CUYO OBJETO ES INTERVENTORIA INTEGRAL ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TECNICA) A LOS ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN SACUDETE RECREO DEPORTIVO UBICADO EN LA URBANIZACIÓN XXXXXXXXX EN EL MUNICIPIO DE JAMUNDI DEPARTAMENTO XX XXXXX DEL CAUCA. Y CUBRIR EL PAGO DE LOS PERJUICIOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO. | |||
AMPAROS | VALOR ASEGURADO ($-Pesos Colombianos) | VIGENCIA | |
DESDE | HASTA | ||
Seriedad de oferta | 15,699,208.00 | 07/01/2022 | 06/06/2022 |
VALOR ASEGURADO | VIGENCIA DE LA PÓLIZA | |||||||||
Valor Anterior | Aumento/ Disminución | Valor Actual | Desde las 00:00 Horas | 7 | 1 | 2022 | Hasta las 24:00 Horas | 6 | 6 | 2022 |
0.00 | 0.00 | 15,699,208.00 |
TRM 1.00 | Prima Neta:$ 20,000.00 | Gastos Expedición: $ 10,000.00 | IVA(19%): $ 5,700.00 | Total a pagar: $ 35,700.00 |
INTERMEDIARIOS | COASEGURO (100% COMPAÑIA) | ||||
Intermediario | Clave | % | Coasegurador | % | Valor Asegurado |
XXXXXX XXXXXX CONSULTORES ASOCIADOS | 2978 | 100.00 |
LA XXXX EN EL PAGO DE LA PRIMA DE LA PÓLIZA O DE LOS CERTIFICADOS O ANEXOS QUE SE EXPIDAN CON FUNDAMENTO EN ELLA, PRODUCIRÁ LA TERMINACIÓN AUTOMÁTICA DEL CONTRATO Y DARÁ DERECHO AL ASEGURADOR PARA EXIGIR EL PAGO DE LA PRIMA DEVENGADA Y DE LOS GASTOS CAUSADOS CON OCASIÓN DE LA EXPEDICIÓN DEL CONTRATO DE SEGURO (ART. 1068. C de Co).
LAS PARTES ACUERDAN QUE, SALVO PACTO EN CONTRARIO, EL PAGO DE LA PRIMA SE DEBERÁ HACER A MAS TARDAR DENTRO DEL MES SIGUIENTE, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE LA INICIACIÓN DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA O, SI FUERE EL CASO, DE LOS CERTIFICADOS O ANEXOS QUE SE EXPIDAN CON FUNDAMENTO EN ELLA.
(000)0000000000000(8020)001366640000234110028560(3902)00000003570000
Referencia de Pago : 001366640000234110028560
Firma Tomador
LA PRESENTE PÓLIZA SE RIGE BAJO EL CLAUSULADO PRO FORMA - CU - 0104, REGISTRADO EN LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA.
Segurexpo - Representante Legal
Para validar los datos de la presente póliza ingresé a xxx.xxxxxxxxx.xxx - opción Servicios/Consulta Pólizas o leyendo el código QR mostrado a la derecha
SEGUREXPO DE COLOMBIA S.A.
RECIBO DE CAJA Nº. 0
SUCURSAL COLOMBIA
FECHA DE PAGO 6/1/2022
RECIBIDO DE: 319140635 SOLIUN S.A.S.
NIT o C.C. 9007684580
LA SUMA DE:
CIENTO SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS PESOS COLOMBIANOS
POR CONCEPTO DE:
COP
178.500,00
PAGA POLIZA 136652, 136664, 136668, 136675,
4110028560, 4110028570, 4110028592, 4110028597,
FORMA DE PAGO MONEDA CHEQUE/TARJETA/
BOLETA
136676,
CERTIFICADO 4110028217,
ENTIDAD
VALOR
PAYU COP 6/1/2022
Total
COP 178.500,00
COP 178.500,00
PAGADO
ESTE RECIBO NO REPRESENTA ACEPTACION DEL CHEQUE O TARJETA DE CREDITO POR PARTE DE LA COMPAÑIA, HASTA TANTO EL BANCO CONFIRME EL PAGO RESPECTIVO.
EN CONSECUENCIA, EN CASO DE DEVOLUCION DEL DOCUMENTO, SE ENTENDERA QUE LA OBLIGACION NO HA SIDO PAGADA.
Nº Transacción: 22009891 Pago automático
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE PARTICULARES
1. AMPAROS
SEGUREXPO DE COLOMBIA S.A. ASEGURADORA DE CRÉDITO Y DEL COMERCIO EXTERIOR, otorga al asegurado o
beneficiario, los amparos que se consignan en la carátula de la póliza, con sujeción a la noción de cada uno de ellos.
AMPARO DE SERIEDAD DE OFERTA
Se ampara al asegurado o beneficiario por los perjuicios causados por el proponente afianzado, cuando por incumplimiento que le sea imputable, se abstraiga de las obligaciones que se le derivaban xxx xxxxxx de condiciones de la licitación o concurso, especialmente, la de suscribir el contrato adjudicado, en los términos de la propuesta.
AMPARO DE ANTICIPO
Se ampara al asegurado o beneficiario por los perjuicios que se le causen, con motivo de la apropiación o uso incorrecto de los dineros o bienes que se le hayan entregado como anticipo al contratista afianzado, para la ejecución del contrato. Cuando se trate de bienes entregados como anticipo, para que opere el amparo estos deberán estar debidamente tasados en dinero y expresamente convenidos como tal por las partes.
AMPARO DE CUMPLIMIENTO
Se ampara al asegurado o beneficiario, contra los perjuicios derivados del incumplimiento imputable al contratista afianzado de las obligaciones que se le derivan del contrato celebrado. Este amparo no cubre el pago de las multas y el pago de la cláusula penal pecuniaria.
AMPARO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES
Se ampara al asegurado o beneficiario, contra el incumplimiento imputable al contratista afianzado, por el pago de las obligaciones laborales a que está obligado, relacionado exclusivamente con el personal utilizado para la ejecución del contrato garantizado.
AMPARO DE ESTABILIDAD DE LA OBRA
Se ampara al asegurado o beneficiario, a partir de la entrega a satisfacción del objeto del contrato y hasta por el término estipulado, contra los perjuicios derivados del deterioro que sufra la obra imputables al contratista, en condiciones normales de uso, que impidan el servicio para el cual se ejecutó. Tratándose de edificaciones, la estabilidad se determinará de acuerdo a los planos, proyecto, seguridad y firmeza de la estructura.
AMPARO DE CALIDAD DEL BIEN O SERVICIO
Se ampara al asegurado o beneficiario, por los perjuicios que le irrogue el incumplimiento, imputable al contratista afianzado, de las especificaciones o requisitos mínimos del bien o servicio, fijados en el contrato.
AMPARO DE CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS
Se ampara al asegurado o beneficiario, por los perjuicios que le irrogue el incorrecto funcionamiento de los equipos instalados o suministrados por el contratista afianzado.
AMPARO DE PROVISION DE REPUESTOS Y ACCESORIOS
Se ampara al asegurado o beneficiario, por los perjuicios que le irrogue el incumplimiento en el suministro de repuestos y accesorios, previsto en el contrato afianzado.
1.9 OTROS AMPAROS
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 13-30 | P | 05 | CU - 0104 |
Se ampara al asegurado o beneficiario contra los riesgos que se definan en las condiciones particulares o en anexos especiales de la póliza.
2. EXCLUSIONES
Esta póliza no ampara:
2.1. La fuerza mayor o caso fortuito o cualquier otra causa legal de exoneración de responsabilidad del afianzado.
2.2. El incumplimiento de las obligaciones a cargo del afianzado causado directa o indirectamente por guerras, invasión, huelga o motines, conmoción civil, perturbación del orden público, manifestaciones públicas o tumultos, decomiso o destrucción de bienes por orden de autoridades nacionales o regionales, disturbios políticos y sabotajes con explosivos o actividades guerrilleras, actos mal intencionados de terceros y terrorismo.
2.3. Daños causados por el afianzado a los bienes o al personal del asegurado o beneficiario o a personas distintas de éste ocurridos durante la ejecución del contrato, ni los derivados de la responsabilidad civil extracontractual del afianzado.
2.4. Los perjuicios derivados del incumplimiento de la obligación del afianzado de contratar otros seguros.
2.5. El uso indebido o inadecuado o la falta de mantenimiento preventivo a que esté obligado el asegurado o beneficiario.
2.6. El demérito o deterioro normal que sufran los objetos o bienes como consecuencia del mero transcurso del tiempo.
2.7. Los perjuicios diferentes a los directos sufridos por el asegurado o beneficiario como consecuencia del incumplimiento del afianzado, tales como los perjuicios indirectos, xxxxxxx, inciertos futuros, consecuenciales, subjetivos, etc.
2.8. Los perjuicios derivados del lucro cesante en que incurra el asegurado o beneficiario.
2.9. El incumplimiento del afianzado en el pago de prestaciones sociales derivadas de convenciones colectivas, pactos colectivos, contratos sindicales y cualquier otra obligación de carácter extralegal pactada entre el trabajador y el empleador.
2.10. En el amparo de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones no se cubre el pago de personal contratado por los subcontratistas del afianzado o a personas vinculadas por éste en contratos diferentes al laboral.
2.11. Salvo convenio expreso, las cláusulas penales o multas impuestas al afianzado, las cuales serán de su cargo exclusivo.
3. VIGENCIA
La vigencia de los amparos otorgados, se hará constar en las condiciones particulares. La vigencia no podrá ser inferior al término de ejecución y liquidación del contrato.
4. RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA
La responsabilidad de la aseguradora respecto de cada amparo, no excederá en ningún caso, el valor asegurado que se estipula en las condiciones particulares de ésta póliza. Es entendido que el valor asegurado responde de los perjuicios derivados del incumplimiento de la
totalidad del contrato. Si hubiere sido satisfecha parcialmente la obligación cuyo cumplimiento se afianza, la cuantía de la indemnización derivada del incumplimiento parcial, se liquidará deduciendo de la suma asegurada, la proporción equivalente a la parte cumplida de la obligación.
5. CLAUSULA DE GARANTIA. MODIFICACIONES AL CONTRATO
La aseguradora otorga el presente seguro bajo la garantía aceptada por el tomador y el asegurado o beneficiario, que durante su vigencia no se introducirán modificaciones al contrato afianzado por la presente póliza, sin la notificación y consentimiento de aquella y la expedición del certificado de modificación correspondiente.
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 00-00 | X | 00 | XX - 0000 |
6. PRIMA Y PAGO DE LA PRIMA
El pago de la prima se sujetará a lo dispuesto en el artículo 1066 de C de Co.
El no pago de la prima produce la terminación automática del contrato de seguro, según el artículo 1068 del Código de Comercio.
7. IRREVOCABILIDAD DE LA PÓLIZA
La presente póliza no expirará por revocación unilateral.
8. SINIESTRO
De acuerdo con lo establecido en el artículo 1077 del Código de Comercio, el asegurado o beneficiario, deberá demostrar la ocurrencia del siniestro y acreditar la cuantía de la pérdida.
8.1 Obligaciones en Caso de Siniestros
8.1.1 El asegurado o beneficiario debe avisar a la aseguradora, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha en que conoció o debió conocer del incumplimiento del tomador afianzado, y abstenerse de efectuar pagos del contrato hasta que no se aclare las circunstancias que dieron lugar al incumplimiento del contrato.
Cuando el asegurado o beneficiario no cumpla con estas obligaciones, la Compañía deducirá de la indemnización el valor de los perjuicios que le cause dicho incumplimiento.
8.2 Pago de la Indemnización
El asegurador deberá demostrar los hechos o circunstancias excluyentes de su responsabilidad.
El asegurador estará obligado a efectuar el pago del siniestro dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite, aun extrajudicialmente, su derecho ante el asegurador de acuerdo a lo dicho en los párrafos anteriores.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 1110 del Código de Comercio la indemnización podrá ser pagada en dinero o mediante la reposición, reparación o reconstrucción de los bienes asegurados, a opción del asegurador.
En caso de que la aseguradora opte por el pago de la indemnización mediante la ejecución directa o indirecta del contrato, el afianzado acepta la designación del nuevo contratista que haga la aseguradora y la cesión del contrato a favor de ella o de quien designe.
El incumplimiento de la obligación contenida en la cláusula quinta (5ª), así como de cualquier otra obligación o garantía a cargo del afianzado o del asegurado o beneficiario que por su naturaleza constituya una garantía en los términos del artículo 1061 del Código de Comercio, generará las sanciones previstas en dicha disposición legal así como en las que le sean concordantes.
9. REDUCCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN
Si el asegurado o beneficiario, al momento de tener conocimiento del incumplimiento o con posterioridad a éste y anterior al pago de la indemnización, fuere deudor del afianzado por cualquier concepto, la indemnización se disminuirá en el monto de las acreencias, siempre y
cuando estas sean compensables, según la ley, de conformidad con lo señalado en los artículos 1714 y ss del Código Civil.
Igualmente se disminuirá del valor de la indemnización el de los bienes que el asegurado o beneficiario haya obtenido del afianzado, judicial o extrajudicialmente, en ejercicio de las acciones derivadas del contrato cuyo cumplimiento se afianza por la presente póliza.
10. SUMA ASEGURADA
La responsabilidad de la aseguradora respecto de cada amparo, se limita al valor establecido como suma asegurada en la carátula de la póliza o en los anexos que se expidan con fundamento en ella y no excederá, en ningún caso, de dicha suma conforme a lo establecido en el artículo 1079 de Código de Comercio. El valor asegurado de la presente póliza no se restablecerá automáticamente en ningún caso.
11. SUBROGACIÓN
En virtud del pago de la indemnización, la aseguradora se subroga hasta concurrencia de su importe en todos los derechos del asegurado o beneficiario contra el afianzado.
El asegurado o beneficiario no puede renunciar, en ningún momento, a sus derechos contra el afianzado y si lo hiciere, perderá el derecho a la indemnización.
El afianzado rembolsará a la Compañía cualquier valor pagado por ésta en relación a la presente póliza, inmediatamente se efectué el pago. La Compañía, conforme a la ley, tendrá acción contra el afianzado para el reembolso de lo que haya pagado por él.
12. COEXISTENCIA DE SEGUROS
En caso de existir, al momento del siniestro, otro seguro de cumplimiento con relación al mismo contrato, el importe de la indemnización a que haya lugar, se distribuirá entre los aseguradores en proporción a las cuantías de sus respectivos seguros.
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 00-00 | X | 00 | XX - 0000 |
13. PROHIBICION DE TRANSFERIR
No se permite hacer cesión o transferencia de la presente póliza sin el consentimiento escrito de la aseguradora. En caso de incumplimiento de
ésta obligación, el amparo terminará automáticamente y la aseguradora sólo será responsable por los actos de incumplimiento que hayan ocurrido con anterioridad a la fecha de la cesión o transferencia.
14. VIGILANCIA E INSPECCION
La aseguradora quedará facultada para vigilar la ejecución del contrato que es objeto de éste seguro y para intervenir directa o indirectamente en ella por los medios que juzgue convenientes, en orden a obtener el cumplimiento de la obligación afianzada. El asegurado o beneficiario garantiza que ejercerá también dicha vigilancia.
Cuando las circunstancias lo ameriten, la aseguradora podrá inspeccionar los libros, documentos o papeles, tanto del afianzado como del asegurado o beneficiario, que tengan relación con el contrato que se afianza por la presente póliza.
15. CLAUSULAS INCOMPATIBLES
En caso de incongruencia entre las condiciones generales o particulares de la presente póliza y las del contrato afianzado, prevalecerán las primeras.
16. CERTIFICADOS DE MODIFICACIÓN
Para los casos en que la suma asegurada sea aumentada o disminuida y para aquellos en los cuales las estipulaciones del contrato original sean modificadas de acuerdo con la ley, la compañía podrá expedir un certificado de modificación del seguro, en donde exprese su conocimiento y autorización respecto de las modificaciones acordadas entre el afianzado y el asegurado beneficiario.
17. PRESCRIPCIÓN
La prescripción de las acciones derivadas del presente contrato se regirá por las normas del Código de Comercio sobre el contrato de seguro.
18. DOMICILIO
Sin perjuicio de las disposiciones procesales, para los efectos relacionados en el presente contrato se fija como domicilio de las partes la ciudad de Bogotá en la Republica de Colombia. En fe de lo anterior, se firma a los días del mes de de 2.0
El Tomador Firma Autorizada
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 00-00 | X | 00 | XX - 0000 |
MCO9000426661 | Usuario de Autorización | MCO9000426661 | Usuario de Expedición | MCO9000426661 |
NIT: 860.009.195-9 PÓLIZA DE SEGUROS DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES PARTICULARES Xxxxx 00 xx 0-00 xxxx 00, Xxxxxx. Xxx: (571) 326 69 69 Actividad Económica 6511 – Seguros Generales. Fax: (000) 000 00 00 Responsable de IVA. No Somos Grandes Contribuyentes. concepto xx xxxxxx. xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx No efectuar retención en la fuente por BOGOTÁ, D.C. | |||||||
FECHA EXP. 05/01/2022 | SUCURSAL BOGOTA | RAMO 10 | PÓLIZA 136664 | CERTIFICADO | TIPO CERTIFICADO Aclaración datos | NRO. ENDOSO 1 | HOJAS 1/1 |
TOMADOR | SOLIUN S.A.S. | NIT | 9007684580 | ||
DIRECCIÓN | XX 00 X 00 X 00 TO 2 AP 402 ALSACIA (110111) BOGOTA, D.C. - BOGOTÁ D.C. | TELÉFONO | x00 00000000 | CIUDAD | BOGOTA, D.C. |
GARANTIZADO | SOLIUN S.A.S. | NIT | 9007684580 | ||
DIRECCIÓN | XX 00 X 00 X 00 TO 2 AP 402 ALSACIA (110111) BOGOTA, D.C. - BOGOTÁ D.C. | TELÉFONO | x00 00000000 | CIUDAD | BOGOTA, D.C. |
ASEGURADO | PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA – FINDETER EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS | NIT | 8300558977 | ||
DIRECCIÓN | XXXXX 00 XX 0 00 X 0 (000000) XXXXXX, X.X. - | TELÉFONO | CIUDAD | BOGOTA, D.C. |
OBJETO: OBJETO DE LA MODIFICACION: POR MEDIO DEL PRESENTE ANEXO SE ACLARA QUE NUMERO DEL CONCURSE DE MERITOS ABIERTO ES PAF-EUC-I-095-2021. NOTA: A. LA NO SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO SIN JUSTA CAUSA POR PARTE DEL PROPONENTE SELECCIONADO. B. LA NO AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIA DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA CUANDO EL TÉRMINO PREVISTO EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA O LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN SE PRORROGUE, O CUANDO EL TÉRMINO PREVISTO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO SE PRORROGUE, SIEMPRE Y CUANDO ESAS PRÓRROGAS NO EXCEDAN UN TÉRMINO DE TRES (3)MESES. C. EL RETIRO DE LA OFERTA DESPUÉS DE VENCIDO EL TÉRMINO FIJADO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS. D. LA NO PRESENTACIÓN POR PARTE DEL PROPONENTE SELECCIONADO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO EXIGIDA POR LA ENTIDAD PARA AMPARAR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO. Y CUBRIR EL PAGO DE LOS PERJUICIOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO. OBJETO DE CONTRATO: GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA PRESENTADA POR EL TOMADOR/AFIANZADO EN VIRTUD DEL CONCURSO DE MERITOS ABIERTO Nº PAF-EUC-I-095-2 CUYO OBJETO ES INTERVENTORIA INTEGRAL ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TECNICA) A LOS ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN SACUDETE RECREO DEPORTIVO UBICADO EN LA URBANIZACIÓN XXXXXXXXX EN EL MUNICIPIO DE JAMUNDI DEPARTAMENTO XX XXXXX DEL CAUCA. Y CUBRIR EL PAGO DE LOS PERJUICIOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO. | |||
AMPAROS | VALOR ASEGURADO ($-Pesos Colombianos) | VIGENCIA | |
DESDE | HASTA | ||
Seriedad de oferta | 15,699,208.00 | 07/01/2022 | 06/06/2022 |
VALOR ASEGURADO | VIGENCIA DE LA PÓLIZA | |||||||||
Valor Anterior | Aumento/ Disminución | Valor Actual | Desde las 00:00 Horas | 7 | 1 | 2022 | Hasta las 24:00 Horas | 6 | 6 | 2022 |
15,699,208.00 | 0.00 | 15,699,208.00 |
TRM 1.00 | Prima Neta:$ 0.00 | Gastos Expedición: $ 0.00 | IVA(0%): $ 0.00 | Total a pagar: $ 0.00 |
INTERMEDIARIOS | COASEGURO (100% COMPAÑIA) | ||||
Intermediario | Clave | % | Coasegurador | % | Valor Asegurado |
XXXXXX XXXXXX CONSULTORES ASOCIADOS | 2978 | 100.00 |
LA XXXX EN EL PAGO DE LA PRIMA DE LA PÓLIZA O DE LOS CERTIFICADOS O ANEXOS QUE SE EXPIDAN CON FUNDAMENTO EN ELLA, PRODUCIRÁ LA TERMINACIÓN AUTOMÁTICA DEL CONTRATO Y DARÁ DERECHO AL ASEGURADOR PARA EXIGIR EL PAGO DE LA PRIMA DEVENGADA Y DE LOS GASTOS CAUSADOS CON OCASIÓN DE LA EXPEDICIÓN DEL CONTRATO DE SEGURO (ART. 1068. C de Co).
LAS PARTES ACUERDAN QUE, SALVO PACTO EN CONTRARIO, EL PAGO DE LA PRIMA SE DEBERÁ HACER A MAS TARDAR DENTRO DEL MES SIGUIENTE, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE LA INICIACIÓN DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA O, SI FUERE EL CASO, DE LOS CERTIFICADOS O ANEXOS QUE SE EXPIDAN CON FUNDAMENTO EN ELLA.
LA PRESENTE PÓLIZA SE RIGE BAJO EL CLAUSULADO PRO FORMA - CU - 0104, REGISTRADO EN LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA.
Firma Tomador
Segurexpo - Representante Legal
Para validar los datos de la presente póliza ingresé a xxx.xxxxxxxxx.xxx - opción Servicios/Consulta Pólizas o leyendo el código QR mostrado a la derecha
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE PARTICULARES
1. AMPAROS
SEGUREXPO DE COLOMBIA S.A. ASEGURADORA DE CRÉDITO Y DEL COMERCIO EXTERIOR, otorga al asegurado o
beneficiario, los amparos que se consignan en la carátula de la póliza, con sujeción a la noción de cada uno de ellos.
AMPARO DE SERIEDAD DE OFERTA
Se ampara al asegurado o beneficiario por los perjuicios causados por el proponente afianzado, cuando por incumplimiento que le sea imputable, se abstraiga de las obligaciones que se le derivaban xxx xxxxxx de condiciones de la licitación o concurso, especialmente, la de suscribir el contrato adjudicado, en los términos de la propuesta.
AMPARO DE ANTICIPO
Se ampara al asegurado o beneficiario por los perjuicios que se le causen, con motivo de la apropiación o uso incorrecto de los dineros o bienes que se le hayan entregado como anticipo al contratista afianzado, para la ejecución del contrato. Cuando se trate de bienes entregados como anticipo, para que opere el amparo estos deberán estar debidamente tasados en dinero y expresamente convenidos como tal por las partes.
AMPARO DE CUMPLIMIENTO
Se ampara al asegurado o beneficiario, contra los perjuicios derivados del incumplimiento imputable al contratista afianzado de las obligaciones que se le derivan del contrato celebrado. Este amparo no cubre el pago de las multas y el pago de la cláusula penal pecuniaria.
AMPARO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES
Se ampara al asegurado o beneficiario, contra el incumplimiento imputable al contratista afianzado, por el pago de las obligaciones laborales a que está obligado, relacionado exclusivamente con el personal utilizado para la ejecución del contrato garantizado.
AMPARO DE ESTABILIDAD DE LA OBRA
Se ampara al asegurado o beneficiario, a partir de la entrega a satisfacción del objeto del contrato y hasta por el término estipulado, contra los perjuicios derivados del deterioro que sufra la obra imputables al contratista, en condiciones normales de uso, que impidan el servicio para el cual se ejecutó. Tratándose de edificaciones, la estabilidad se determinará de acuerdo a los planos, proyecto, seguridad y firmeza de la estructura.
AMPARO DE CALIDAD DEL BIEN O SERVICIO
Se ampara al asegurado o beneficiario, por los perjuicios que le irrogue el incumplimiento, imputable al contratista afianzado, de las especificaciones o requisitos mínimos del bien o servicio, fijados en el contrato.
AMPARO DE CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS
Se ampara al asegurado o beneficiario, por los perjuicios que le irrogue el incorrecto funcionamiento de los equipos instalados o suministrados por el contratista afianzado.
AMPARO DE PROVISION DE REPUESTOS Y ACCESORIOS
Se ampara al asegurado o beneficiario, por los perjuicios que le irrogue el incumplimiento en el suministro de repuestos y accesorios, previsto en el contrato afianzado.
1.9 OTROS AMPAROS
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 13-30 | P | 05 | CU - 0104 |
Se ampara al asegurado o beneficiario contra los riesgos que se definan en las condiciones particulares o en anexos especiales de la póliza.
2. EXCLUSIONES
Esta póliza no ampara:
2.1. La fuerza mayor o caso fortuito o cualquier otra causa legal de exoneración de responsabilidad del afianzado.
2.2. El incumplimiento de las obligaciones a cargo del afianzado causado directa o indirectamente por guerras, invasión, huelga o motines, conmoción civil, perturbación del orden público, manifestaciones públicas o tumultos, decomiso o destrucción de bienes por orden de autoridades nacionales o regionales, disturbios políticos y sabotajes con explosivos o actividades guerrilleras, actos mal intencionados de terceros y terrorismo.
2.3. Daños causados por el afianzado a los bienes o al personal del asegurado o beneficiario o a personas distintas de éste ocurridos durante la ejecución del contrato, ni los derivados de la responsabilidad civil extracontractual del afianzado.
2.4. Los perjuicios derivados del incumplimiento de la obligación del afianzado de contratar otros seguros.
2.5. El uso indebido o inadecuado o la falta de mantenimiento preventivo a que esté obligado el asegurado o beneficiario.
2.6. El demérito o deterioro normal que sufran los objetos o bienes como consecuencia del mero transcurso del tiempo.
2.7. Los perjuicios diferentes a los directos sufridos por el asegurado o beneficiario como consecuencia del incumplimiento del afianzado, tales como los perjuicios indirectos, xxxxxxx, inciertos futuros, consecuenciales, subjetivos, etc.
2.8. Los perjuicios derivados del lucro cesante en que incurra el asegurado o beneficiario.
2.9. El incumplimiento del afianzado en el pago de prestaciones sociales derivadas de convenciones colectivas, pactos colectivos, contratos sindicales y cualquier otra obligación de carácter extralegal pactada entre el trabajador y el empleador.
2.10. En el amparo de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones no se cubre el pago de personal contratado por los subcontratistas del afianzado o a personas vinculadas por éste en contratos diferentes al laboral.
2.11. Salvo convenio expreso, las cláusulas penales o multas impuestas al afianzado, las cuales serán de su cargo exclusivo.
3. VIGENCIA
La vigencia de los amparos otorgados, se hará constar en las condiciones particulares. La vigencia no podrá ser inferior al término de ejecución y liquidación del contrato.
4. RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA
La responsabilidad de la aseguradora respecto de cada amparo, no excederá en ningún caso, el valor asegurado que se estipula en las condiciones particulares de ésta póliza. Es entendido que el valor asegurado responde de los perjuicios derivados del incumplimiento de la
totalidad del contrato. Si hubiere sido satisfecha parcialmente la obligación cuyo cumplimiento se afianza, la cuantía de la indemnización derivada del incumplimiento parcial, se liquidará deduciendo de la suma asegurada, la proporción equivalente a la parte cumplida de la obligación.
5. CLAUSULA DE GARANTIA. MODIFICACIONES AL CONTRATO
La aseguradora otorga el presente seguro bajo la garantía aceptada por el tomador y el asegurado o beneficiario, que durante su vigencia no se introducirán modificaciones al contrato afianzado por la presente póliza, sin la notificación y consentimiento de aquella y la expedición del certificado de modificación correspondiente.
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 00-00 | X | 00 | XX - 0000 |
6. PRIMA Y PAGO DE LA PRIMA
El pago de la prima se sujetará a lo dispuesto en el artículo 1066 de C de Co.
El no pago de la prima produce la terminación automática del contrato de seguro, según el artículo 1068 del Código de Comercio.
7. IRREVOCABILIDAD DE LA PÓLIZA
La presente póliza no expirará por revocación unilateral.
8. SINIESTRO
De acuerdo con lo establecido en el artículo 1077 del Código de Comercio, el asegurado o beneficiario, deberá demostrar la ocurrencia del siniestro y acreditar la cuantía de la pérdida.
8.1 Obligaciones en Caso de Siniestros
8.1.1 El asegurado o beneficiario debe avisar a la aseguradora, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha en que conoció o debió conocer del incumplimiento del tomador afianzado, y abstenerse de efectuar pagos del contrato hasta que no se aclare las circunstancias que dieron lugar al incumplimiento del contrato.
Cuando el asegurado o beneficiario no cumpla con estas obligaciones, la Compañía deducirá de la indemnización el valor de los perjuicios que le cause dicho incumplimiento.
8.2 Pago de la Indemnización
El asegurador deberá demostrar los hechos o circunstancias excluyentes de su responsabilidad.
El asegurador estará obligado a efectuar el pago del siniestro dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite, aun extrajudicialmente, su derecho ante el asegurador de acuerdo a lo dicho en los párrafos anteriores.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 1110 del Código de Comercio la indemnización podrá ser pagada en dinero o mediante la reposición, reparación o reconstrucción de los bienes asegurados, a opción del asegurador.
En caso de que la aseguradora opte por el pago de la indemnización mediante la ejecución directa o indirecta del contrato, el afianzado acepta la designación del nuevo contratista que haga la aseguradora y la cesión del contrato a favor de ella o de quien designe.
El incumplimiento de la obligación contenida en la cláusula quinta (5ª), así como de cualquier otra obligación o garantía a cargo del afianzado o del asegurado o beneficiario que por su naturaleza constituya una garantía en los términos del artículo 1061 del Código de Comercio, generará las sanciones previstas en dicha disposición legal así como en las que le sean concordantes.
9. REDUCCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN
Si el asegurado o beneficiario, al momento de tener conocimiento del incumplimiento o con posterioridad a éste y anterior al pago de la indemnización, fuere deudor del afianzado por cualquier concepto, la indemnización se disminuirá en el monto de las acreencias, siempre y
cuando estas sean compensables, según la ley, de conformidad con lo señalado en los artículos 1714 y ss del Código Civil.
Igualmente se disminuirá del valor de la indemnización el de los bienes que el asegurado o beneficiario haya obtenido del afianzado, judicial o extrajudicialmente, en ejercicio de las acciones derivadas del contrato cuyo cumplimiento se afianza por la presente póliza.
10. SUMA ASEGURADA
La responsabilidad de la aseguradora respecto de cada amparo, se limita al valor establecido como suma asegurada en la carátula de la póliza o en los anexos que se expidan con fundamento en ella y no excederá, en ningún caso, de dicha suma conforme a lo establecido en el artículo 1079 de Código de Comercio. El valor asegurado de la presente póliza no se restablecerá automáticamente en ningún caso.
11. SUBROGACIÓN
En virtud del pago de la indemnización, la aseguradora se subroga hasta concurrencia de su importe en todos los derechos del asegurado o beneficiario contra el afianzado.
El asegurado o beneficiario no puede renunciar, en ningún momento, a sus derechos contra el afianzado y si lo hiciere, perderá el derecho a la indemnización.
El afianzado rembolsará a la Compañía cualquier valor pagado por ésta en relación a la presente póliza, inmediatamente se efectué el pago. La Compañía, conforme a la ley, tendrá acción contra el afianzado para el reembolso de lo que haya pagado por él.
12. COEXISTENCIA DE SEGUROS
En caso de existir, al momento del siniestro, otro seguro de cumplimiento con relación al mismo contrato, el importe de la indemnización a que haya lugar, se distribuirá entre los aseguradores en proporción a las cuantías de sus respectivos seguros.
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 00-00 | X | 00 | XX - 0000 |
13. PROHIBICION DE TRANSFERIR
No se permite hacer cesión o transferencia de la presente póliza sin el consentimiento escrito de la aseguradora. En caso de incumplimiento de
ésta obligación, el amparo terminará automáticamente y la aseguradora sólo será responsable por los actos de incumplimiento que hayan ocurrido con anterioridad a la fecha de la cesión o transferencia.
14. VIGILANCIA E INSPECCION
La aseguradora quedará facultada para vigilar la ejecución del contrato que es objeto de éste seguro y para intervenir directa o indirectamente en ella por los medios que juzgue convenientes, en orden a obtener el cumplimiento de la obligación afianzada. El asegurado o beneficiario garantiza que ejercerá también dicha vigilancia.
Cuando las circunstancias lo ameriten, la aseguradora podrá inspeccionar los libros, documentos o papeles, tanto del afianzado como del asegurado o beneficiario, que tengan relación con el contrato que se afianza por la presente póliza.
15. CLAUSULAS INCOMPATIBLES
En caso de incongruencia entre las condiciones generales o particulares de la presente póliza y las del contrato afianzado, prevalecerán las primeras.
16. CERTIFICADOS DE MODIFICACIÓN
Para los casos en que la suma asegurada sea aumentada o disminuida y para aquellos en los cuales las estipulaciones del contrato original sean modificadas de acuerdo con la ley, la compañía podrá expedir un certificado de modificación del seguro, en donde exprese su conocimiento y autorización respecto de las modificaciones acordadas entre el afianzado y el asegurado beneficiario.
17. PRESCRIPCIÓN
La prescripción de las acciones derivadas del presente contrato se regirá por las normas del Código de Comercio sobre el contrato de seguro.
18. DOMICILIO
Sin perjuicio de las disposiciones procesales, para los efectos relacionados en el presente contrato se fija como domicilio de las partes la ciudad de Bogotá en la Republica de Colombia. En fe de lo anterior, se firma a los días del mes de de 2.0
El Tomador Firma Autorizada
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 00-00 | X | 00 | XX - 0000 |
Usuario Cargue | MCO9000426661 | Usuario de Autorización | MCO9000426661 | Usuario de Expedición | MCO9000426661 |
NIT: 860.009.195-9 PÓLIZA DE SEGUROS DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES PARTICULARES Xxxxx 00 xx 0-00 xxxx 00, Xxxxxx. Xxx: (571) 326 69 69 Actividad Económica 6511 – Seguros Generales. Fax: (000) 000 00 00 Responsable de IVA. No Somos Grandes Contribuyentes. concepto xx xxxxxx. xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx No efectuar retención en la fuente por BOGOTÁ, D.C. | |||||||
FECHA EXP. 18/01/2022 | SUCURSAL BOGOTA | RAMO 10 | PÓLIZA 136664 | CERTIFICADO | TIPO CERTIFICADO Modificación de objeto | NRO. ENDOSO 2 | HOJAS 1/1 |
TOMADOR | SOLIUN S.A.S. | NIT | 9007684580 | ||
DIRECCIÓN | XX 00 X 00 X 00 TO 2 AP 402 ALSACIA (110111) BOGOTA, D.C. - BOGOTÁ D.C. | TELÉFONO | x00 00000000 | CIUDAD | BOGOTA, D.C. |
GARANTIZADO | SOLIUN S.A.S. | NIT | 9007684580 | ||
DIRECCIÓN | XX 00 X 00 X 00 TO 2 AP 402 ALSACIA (110111) BOGOTA, D.C. - BOGOTÁ D.C. | TELÉFONO | x00 00000000 | CIUDAD | BOGOTA, D.C. |
ASEGURADO | PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA – FINDETER EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS | NIT | 8300558977 | ||
DIRECCIÓN | XXXXX 00 XX 0 00 X 0 (000000) XXXXXX, X.X. - | TELÉFONO | CIUDAD | BOGOTA, D.C. |
OBJETO: OBJETO DE LA MODIFICACION: POR MEDIO DEL PRESENTE ANEXO Y SEGUN CONDICIONES INCIALES PROCESO DE CONTRATACION SE ACLARA QUE EL ASEGURADO Y BENEFIARIO DE LA PRESENTE POLIZA PATRIMONIO AUTONOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TECNICA - FINDETER EQUIPAMENTOS PUBLICOS IDENTIFICADO CON NIT 830.055.897-7 . LOS DEMAS TERMINOS Y CONDICIONES NO MODIFICADOS CONTINUAN VIGENTES . OBJETO DE CONTRATO: POR MEDIO DEL PRESENTE ANEXO SE ACLARA QUE NUMERO DEL CONCURSE DE MERITOS ABIERTO ES PAF-EUC-I-095-2021. NOTA: A. LA NO SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO SIN JUSTA CAUSA POR PARTE DEL PROPONENTE SELECCIONADO. B. LA NO AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIA DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA CUANDO EL TÉRMINO PREVISTO EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA O LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN SE PRORROGUE, O CUANDO EL TÉRMINO PREVISTO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO SE PRORROGUE, SIEMPRE Y CUANDO ESAS PRÓRROGAS NO EXCEDAN UN TÉRMINO DE TRES (3)MESES. C. EL RETIRO DE LA OFERTA DESPUÉS DE VENCIDO EL TÉRMINO FIJADO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS. D. LA NO PRESENTACIÓN POR PARTE DEL PROPONENTE SELECCIONADO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO EXIGIDA POR LA ENTIDAD PARA AMPARAR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO. Y CUBRIR EL PAGO DE LOS PERJUICIOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO. GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA PRESENTADA POR EL TOMADOR/AFIANZADO EN VIRTUD DEL CONCURSO DE MERITOS ABIERTO Nº PAF-EUC-I-095-2 CUYO OBJETO ES INTERVENTORIA INTEGRAL ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TECNICA) A LOS ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN SACUDETE RECREO DEPORTIVO UBICADO EN LA URBANIZACIÓN XXXXXXXXX EN EL MUNICIPIO DE JAMUNDI DEPARTAMENTO XX XXXXX DEL CAUCA. Y CUBRIR EL PAGO DE LOS PERJUICIOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO. | |||
AMPAROS | VALOR ASEGURADO ($-Pesos Colombianos) | VIGENCIA | |
DESDE | HASTA | ||
Seriedad de oferta | 15,699,208.00 | 07/01/2022 | 06/06/2022 |
VALOR ASEGURADO | VIGENCIA DE LA PÓLIZA | |||||||||
Valor Anterior | Aumento/ Disminución | Valor Actual | Desde las 00:00 Horas | 7 | 1 | 2022 | Hasta las 24:00 Horas | 6 | 6 | 2022 |
15,699,208.00 | 0.00 | 15,699,208.00 |
TRM 1.00 | Prima Neta:$ 0.00 | Gastos Expedición: $ 0.00 | IVA(0%): $ 0.00 | Total a pagar: $ 0.00 |
INTERMEDIARIOS | COASEGURO (100% COMPAÑIA) | ||||
Intermediario | Clave | % | Coasegurador | % | Valor Asegurado |
XXXXXX XXXXXX CONSULTORES ASOCIADOS | 2978 | 100.00 |
LA XXXX EN EL PAGO DE LA PRIMA DE LA PÓLIZA O DE LOS CERTIFICADOS O ANEXOS QUE SE EXPIDAN CON FUNDAMENTO EN ELLA, PRODUCIRÁ LA TERMINACIÓN AUTOMÁTICA DEL CONTRATO Y DARÁ DERECHO AL ASEGURADOR PARA EXIGIR EL PAGO DE LA PRIMA DEVENGADA Y DE LOS GASTOS CAUSADOS CON OCASIÓN DE LA EXPEDICIÓN DEL CONTRATO DE SEGURO (ART. 1068. C de Co).
LAS PARTES ACUERDAN QUE, SALVO PACTO EN CONTRARIO, EL PAGO DE LA PRIMA SE DEBERÁ HACER A MAS TARDAR DENTRO DEL MES SIGUIENTE, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE LA INICIACIÓN DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA O, SI FUERE EL CASO, DE LOS CERTIFICADOS O ANEXOS QUE SE EXPIDAN CON FUNDAMENTO EN ELLA.
Firma Tomador
LA PRESENTE PÓLIZA SE RIGE BAJO EL CLAUSULADO PRO FORMA - CU - 0104, REGISTRADO EN LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA.
Segurexpo - Representante Legal
Para validar los datos de la presente póliza ingresé a xxx.xxxxxxxxx.xxx - opción Servicios/Consulta Pólizas o leyendo el código QR mostrado a la derecha
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE PARTICULARES
1. AMPAROS
SEGUREXPO DE COLOMBIA S.A. ASEGURADORA DE CRÉDITO Y DEL COMERCIO EXTERIOR, otorga al asegurado o
beneficiario, los amparos que se consignan en la carátula de la póliza, con sujeción a la noción de cada uno de ellos.
AMPARO DE SERIEDAD DE OFERTA
Se ampara al asegurado o beneficiario por los perjuicios causados por el proponente afianzado, cuando por incumplimiento que le sea imputable, se abstraiga de las obligaciones que se le derivaban xxx xxxxxx de condiciones de la licitación o concurso, especialmente, la de suscribir el contrato adjudicado, en los términos de la propuesta.
AMPARO DE ANTICIPO
Se ampara al asegurado o beneficiario por los perjuicios que se le causen, con motivo de la apropiación o uso incorrecto de los dineros o bienes que se le hayan entregado como anticipo al contratista afianzado, para la ejecución del contrato. Cuando se trate de bienes entregados como anticipo, para que opere el amparo estos deberán estar debidamente tasados en dinero y expresamente convenidos como tal por las partes.
AMPARO DE CUMPLIMIENTO
Se ampara al asegurado o beneficiario, contra los perjuicios derivados del incumplimiento imputable al contratista afianzado de las obligaciones que se le derivan del contrato celebrado. Este amparo no cubre el pago de las multas y el pago de la cláusula penal pecuniaria.
AMPARO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES
Se ampara al asegurado o beneficiario, contra el incumplimiento imputable al contratista afianzado, por el pago de las obligaciones laborales a que está obligado, relacionado exclusivamente con el personal utilizado para la ejecución del contrato garantizado.
AMPARO DE ESTABILIDAD DE LA OBRA
Se ampara al asegurado o beneficiario, a partir de la entrega a satisfacción del objeto del contrato y hasta por el término estipulado, contra los perjuicios derivados del deterioro que sufra la obra imputables al contratista, en condiciones normales de uso, que impidan el servicio para el cual se ejecutó. Tratándose de edificaciones, la estabilidad se determinará de acuerdo a los planos, proyecto, seguridad y firmeza de la estructura.
AMPARO DE CALIDAD DEL BIEN O SERVICIO
Se ampara al asegurado o beneficiario, por los perjuicios que le irrogue el incumplimiento, imputable al contratista afianzado, de las especificaciones o requisitos mínimos del bien o servicio, fijados en el contrato.
AMPARO DE CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS
Se ampara al asegurado o beneficiario, por los perjuicios que le irrogue el incorrecto funcionamiento de los equipos instalados o suministrados por el contratista afianzado.
AMPARO DE PROVISION DE REPUESTOS Y ACCESORIOS
Se ampara al asegurado o beneficiario, por los perjuicios que le irrogue el incumplimiento en el suministro de repuestos y accesorios, previsto en el contrato afianzado.
1.9 OTROS AMPAROS
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 13-30 | P | 05 | CU - 0104 |
Se ampara al asegurado o beneficiario contra los riesgos que se definan en las condiciones particulares o en anexos especiales de la póliza.
2. EXCLUSIONES
Esta póliza no ampara:
2.1. La fuerza mayor o caso fortuito o cualquier otra causa legal de exoneración de responsabilidad del afianzado.
2.2. El incumplimiento de las obligaciones a cargo del afianzado causado directa o indirectamente por guerras, invasión, huelga o motines, conmoción civil, perturbación del orden público, manifestaciones públicas o tumultos, decomiso o destrucción de bienes por orden de autoridades nacionales o regionales, disturbios políticos y sabotajes con explosivos o actividades guerrilleras, actos mal intencionados de terceros y terrorismo.
2.3. Daños causados por el afianzado a los bienes o al personal del asegurado o beneficiario o a personas distintas de éste ocurridos durante la ejecución del contrato, ni los derivados de la responsabilidad civil extracontractual del afianzado.
2.4. Los perjuicios derivados del incumplimiento de la obligación del afianzado de contratar otros seguros.
2.5. El uso indebido o inadecuado o la falta de mantenimiento preventivo a que esté obligado el asegurado o beneficiario.
2.6. El demérito o deterioro normal que sufran los objetos o bienes como consecuencia del mero transcurso del tiempo.
2.7. Los perjuicios diferentes a los directos sufridos por el asegurado o beneficiario como consecuencia del incumplimiento del afianzado, tales como los perjuicios indirectos, xxxxxxx, inciertos futuros, consecuenciales, subjetivos, etc.
2.8. Los perjuicios derivados del lucro cesante en que incurra el asegurado o beneficiario.
2.9. El incumplimiento del afianzado en el pago de prestaciones sociales derivadas de convenciones colectivas, pactos colectivos, contratos sindicales y cualquier otra obligación de carácter extralegal pactada entre el trabajador y el empleador.
2.10. En el amparo de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones no se cubre el pago de personal contratado por los subcontratistas del afianzado o a personas vinculadas por éste en contratos diferentes al laboral.
2.11. Salvo convenio expreso, las cláusulas penales o multas impuestas al afianzado, las cuales serán de su cargo exclusivo.
3. VIGENCIA
La vigencia de los amparos otorgados, se hará constar en las condiciones particulares. La vigencia no podrá ser inferior al término de ejecución y liquidación del contrato.
4. RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA
La responsabilidad de la aseguradora respecto de cada amparo, no excederá en ningún caso, el valor asegurado que se estipula en las condiciones particulares de ésta póliza. Es entendido que el valor asegurado responde de los perjuicios derivados del incumplimiento de la
totalidad del contrato. Si hubiere sido satisfecha parcialmente la obligación cuyo cumplimiento se afianza, la cuantía de la indemnización derivada del incumplimiento parcial, se liquidará deduciendo de la suma asegurada, la proporción equivalente a la parte cumplida de la obligación.
5. CLAUSULA DE GARANTIA. MODIFICACIONES AL CONTRATO
La aseguradora otorga el presente seguro bajo la garantía aceptada por el tomador y el asegurado o beneficiario, que durante su vigencia no se introducirán modificaciones al contrato afianzado por la presente póliza, sin la notificación y consentimiento de aquella y la expedición del certificado de modificación correspondiente.
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 00-00 | X | 00 | XX - 0000 |
6. PRIMA Y PAGO DE LA PRIMA
El pago de la prima se sujetará a lo dispuesto en el artículo 1066 de C de Co.
El no pago de la prima produce la terminación automática del contrato de seguro, según el artículo 1068 del Código de Comercio.
7. IRREVOCABILIDAD DE LA PÓLIZA
La presente póliza no expirará por revocación unilateral.
8. SINIESTRO
De acuerdo con lo establecido en el artículo 1077 del Código de Comercio, el asegurado o beneficiario, deberá demostrar la ocurrencia del siniestro y acreditar la cuantía de la pérdida.
8.1 Obligaciones en Caso de Siniestros
8.1.1 El asegurado o beneficiario debe avisar a la aseguradora, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha en que conoció o debió conocer del incumplimiento del tomador afianzado, y abstenerse de efectuar pagos del contrato hasta que no se aclare las circunstancias que dieron lugar al incumplimiento del contrato.
Cuando el asegurado o beneficiario no cumpla con estas obligaciones, la Compañía deducirá de la indemnización el valor de los perjuicios que le cause dicho incumplimiento.
8.2 Pago de la Indemnización
El asegurador deberá demostrar los hechos o circunstancias excluyentes de su responsabilidad.
El asegurador estará obligado a efectuar el pago del siniestro dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite, aun extrajudicialmente, su derecho ante el asegurador de acuerdo a lo dicho en los párrafos anteriores.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 1110 del Código de Comercio la indemnización podrá ser pagada en dinero o mediante la reposición, reparación o reconstrucción de los bienes asegurados, a opción del asegurador.
En caso de que la aseguradora opte por el pago de la indemnización mediante la ejecución directa o indirecta del contrato, el afianzado acepta la designación del nuevo contratista que haga la aseguradora y la cesión del contrato a favor de ella o de quien designe.
El incumplimiento de la obligación contenida en la cláusula quinta (5ª), así como de cualquier otra obligación o garantía a cargo del afianzado o del asegurado o beneficiario que por su naturaleza constituya una garantía en los términos del artículo 1061 del Código de Comercio, generará las sanciones previstas en dicha disposición legal así como en las que le sean concordantes.
9. REDUCCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN
Si el asegurado o beneficiario, al momento de tener conocimiento del incumplimiento o con posterioridad a éste y anterior al pago de la indemnización, fuere deudor del afianzado por cualquier concepto, la indemnización se disminuirá en el monto de las acreencias, siempre y
cuando estas sean compensables, según la ley, de conformidad con lo señalado en los artículos 1714 y ss del Código Civil.
Igualmente se disminuirá del valor de la indemnización el de los bienes que el asegurado o beneficiario haya obtenido del afianzado, judicial o extrajudicialmente, en ejercicio de las acciones derivadas del contrato cuyo cumplimiento se afianza por la presente póliza.
10. SUMA ASEGURADA
La responsabilidad de la aseguradora respecto de cada amparo, se limita al valor establecido como suma asegurada en la carátula de la póliza o en los anexos que se expidan con fundamento en ella y no excederá, en ningún caso, de dicha suma conforme a lo establecido en el artículo 1079 de Código de Comercio. El valor asegurado de la presente póliza no se restablecerá automáticamente en ningún caso.
11. SUBROGACIÓN
En virtud del pago de la indemnización, la aseguradora se subroga hasta concurrencia de su importe en todos los derechos del asegurado o beneficiario contra el afianzado.
El asegurado o beneficiario no puede renunciar, en ningún momento, a sus derechos contra el afianzado y si lo hiciere, perderá el derecho a la indemnización.
El afianzado rembolsará a la Compañía cualquier valor pagado por ésta en relación a la presente póliza, inmediatamente se efectué el pago. La Compañía, conforme a la ley, tendrá acción contra el afianzado para el reembolso de lo que haya pagado por él.
12. COEXISTENCIA DE SEGUROS
En caso de existir, al momento del siniestro, otro seguro de cumplimiento con relación al mismo contrato, el importe de la indemnización a que haya lugar, se distribuirá entre los aseguradores en proporción a las cuantías de sus respectivos seguros.
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 00-00 | X | 00 | XX - 0000 |
13. PROHIBICION DE TRANSFERIR
No se permite hacer cesión o transferencia de la presente póliza sin el consentimiento escrito de la aseguradora. En caso de incumplimiento de
ésta obligación, el amparo terminará automáticamente y la aseguradora sólo será responsable por los actos de incumplimiento que hayan ocurrido con anterioridad a la fecha de la cesión o transferencia.
14. VIGILANCIA E INSPECCION
La aseguradora quedará facultada para vigilar la ejecución del contrato que es objeto de éste seguro y para intervenir directa o indirectamente en ella por los medios que juzgue convenientes, en orden a obtener el cumplimiento de la obligación afianzada. El asegurado o beneficiario garantiza que ejercerá también dicha vigilancia.
Cuando las circunstancias lo ameriten, la aseguradora podrá inspeccionar los libros, documentos o papeles, tanto del afianzado como del asegurado o beneficiario, que tengan relación con el contrato que se afianza por la presente póliza.
15. CLAUSULAS INCOMPATIBLES
En caso de incongruencia entre las condiciones generales o particulares de la presente póliza y las del contrato afianzado, prevalecerán las primeras.
16. CERTIFICADOS DE MODIFICACIÓN
Para los casos en que la suma asegurada sea aumentada o disminuida y para aquellos en los cuales las estipulaciones del contrato original sean modificadas de acuerdo con la ley, la compañía podrá expedir un certificado de modificación del seguro, en donde exprese su conocimiento y autorización respecto de las modificaciones acordadas entre el afianzado y el asegurado beneficiario.
17. PRESCRIPCIÓN
La prescripción de las acciones derivadas del presente contrato se regirá por las normas del Código de Comercio sobre el contrato de seguro.
18. DOMICILIO
Sin perjuicio de las disposiciones procesales, para los efectos relacionados en el presente contrato se fija como domicilio de las partes la ciudad de Bogotá en la Republica de Colombia. En fe de lo anterior, se firma a los días del mes de de 2.0
El Tomador Firma Autorizada
Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de entidad | Tipo de documento | Ramo al cual accede | Identificación interna de la pro forma |
23-08-2004 | 00-00 | X | 00 | XX - 0000 |