LLAMADO A ASPIRANTES A DESEMPEÑAR EL CARGO DE INGENIERO CIVIL JUNIOR BASES
LLAMADO A ASPIRANTES A DESEMPEÑAR EL CARGO DE INGENIERO CIVIL JUNIOR BASES
Tipo de Vínculo: Contrato de función pública.
Nombre del puesto: Ingeniero Civil Junior (vial, hidráulico, construcción o estructural)
Período de postulación: hasta el 09/06/2017.
Tipo de Tarea: Apoyo al Ingeniero de la Dirección de Obras en la gestión general del Departamento, tanto técnica como administrativamente. Control de obras. Las obras a controlar son las internas de la Intendencia así como aquellas realizadas por terceros en régimen de contratación. Colaborar en la confección y revisión de proyectos que le sean solicitados.
Tipo de llamado: de Mérito y Evaluación por el Tribunal.
Lugar de desempeño: Dirección del Departamento de Obras.
Tiempo de contratación: Máximo 18 meses en régimen de contratos de 6 meses. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación de desempeño, el funcionario podrá ser incorporado en forma definitiva. La Administración podrá rescindir el contrato en caso de evaluación no satisfactoria o razones de mejor servicio.
Cantidad de Puestos: UN puesto.
Otras condiciones de trabajo
Escalafón: Técnico Profesional Grado: 10, remuneración vigente $ 33.528,62 (base 30 horas)
Carga horaria: 30 horas semanales, con posible extensión a 40 horas.
Requisitos excluyentes:
A) Para la inscripción:
• Cédula de identidad vigente y en buen estado.
• Ser ciudadano natural, o legal con más de tres años de obtenida la ciudadanía.
B) Para el cargo:
• Título de Ingeniero Civil expedido o revalidado por la Universidad de la República.
• Edad: hasta 35 años
• Preferentemente radicado en Salto o con posibilidades de radicación en la ciudad.
• Disponibilidad de 6 a 8 horas de lunes a viernes.
C) Para la contratación:
• Certificado de Buena Conducta
• Carné de Salud Laboral vigente.
Incompatibilidades:
Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y firmar declaración jurada referente a:
A- Incompatibilidades
1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa. 2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.
B- Prohibiciones
1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 xx xxxxxx de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013). 2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada. 3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 xx xxxxxx de 2007. En forma previa al a contratación deberá suscribir declaración jurada de no mantener proceso administrativo o judicial de tipo alguno con la Xxxxxxxxxxx xx Xxxxx.
Medios de Postulación: mediante formulario disponible en página web (xxxxx.xxx.xx) y documentos que acrediten los requisitos excluyentes en Gestión Humana (Xxxx Xxxxxx Xxxxx
32) en horario de 9:15 a 16:15. El plazo es improrrogable. Etapas del proceso:
Instalación del Tribunal. Estará integrado por un representante del Intendente, un delegado del Director de Obras, un delegado gremial.
Instancia de Selección: Para la preselección de candidatos se generará un orden de prelación para cuya conformación se considerará el factor escolaridad y relación de méritos presentados. No se tendrá en cuenta ningún mérito o antecedente que no esté fehacientemente acreditado
Factores a considerar: El Tribunal considerará los factores de evaluación que se señalan a continuación para establecer el puntaje de los candidatos. El máximo posible será 70 puntos.
Escolaridad: hasta 30 puntos, calculando el promedio de las calificaciones obtenidas; se otorgará el máximo puntaje al que tenga el promedio mayor de aprobación, estableciéndose luego un orden decreciente.
Relación de méritos: hasta 40 puntos en base a los siguientes parámetros: a) Experiencia profesional en el ámbito público o privado; b) Otros estudios cursados, participación en seminarios, congresos o similares; c) Trabajos publicados o ponencias sobre el tema. Los postulantes que alcancen un mínimo del 70 % en los dos factores anteriores quedarán preseleccionados, accediendo a las siguientes instancias:
Entrevista con el Tribunal, hasta 30 puntos. Se evaluará especialmente con puntaje de 10 puntos cada uno los siguientes ítems: 1) Tacto y capacidad de adaptación con el grupo de trabajo, valorándose al postulante en relación al grupo en el que actuaría; 2) Habilidad y destreza en el desempeño del cargo, teniendo en cuenta las aptitudes que inciden directamente en la forma como ejecutaría las tareas asignadas, capacidad de resolver situaciones con autonomía, y habilidades para el cargo al cual se postula; 3) responsabilidad relacionada con el servicio y con el usuario, grado de compromiso que el concursante asume con los objetivos del servicio.
Fallo final y aprobación por el Intendente. La no concurrencia a cualquiera de las instancias a que sea citado o el no cumplimiento de los requisitos exigidos, implicará la automática descalificación.
Los puntajes obtenidos serán notificados al participante en forma personal mediante correo electrónico a una casilla que deberá declarar en su postulación.