PLIEGO DE LICITACION PÚBLICA
PLIEGO DE LICITACION PÚBLICA
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE HARDWARE Y SOFTWARE DETALLADO EN EL ANEXO I”
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INDICE PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 4
2. MARCO NORMATIVO 4
3. GENERALIDADES 4
4. CÓMPUTO DE PLAZOS 4
5. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL 5
6. XXXXXXXX 0
0. XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXXXX 5
8. JURISDICCION 6
9. PUESTA A DISPOSICIÓN Y GRATUIDAD DE LOS PLIEGOS 6
10. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL-ORDEN PRELACIÓN 6
11. DE LOS OFERENTES 7
11.1 CONDICIONES PARA SER OFERENTE 7
11.2 IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES 9
12. DE LAS GARANTIAS 10
12.1 GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 10
12.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 10
12.3 EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 11
12.4 MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 11
12.5 GARANTÍA DE IMPUGNACION A LA PREADJUDICACION 11
13. DE LAS OFERTAS 12
13.1 CONTENIDO DE LA OFERTA 12
13.2 FORMA DE COTIZAR 13
13.3 ALCANCE DE LAS OFERTAS Y CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS 14
13.4 FALSEAMIENTO DE DATOS 14
13.5 CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES 14
13.6 VISTA DE LAS PRESENTACIONES 15
14. DE LA EVALUACIÓN 15
14.1 DEL EXAMEN DE LAS OFERTAS 15
14.2 CONSIDERACIONES GENERALES 15
14.3 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA 16
14.4 RECHAZO 16
15. DE LA PREADJUDICACIÓN Y ADJUDICACIÓN 16
15.1 PREADJUDICACIÓN 16
15.2 IMPUGNACIÓN 16
15.3 ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES A LA PREADJUDICACION 17
15.4 ADJUDICACIÓN 17
15.5 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 17
16. DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 18
16.1 REGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL 18
16.2 SEGUROS 18
16.3 DOTACIÓN DEL PERSONAL 21
16.4 COMPORTAMIENTO, CONFIDENCIALIDAD 22
17. DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 22
17.1 PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA 23
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17.2 FORMA DE PAGO 23
17.3 VERIFICACION DE CALIDAD 23
17.4 DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 24
17.5 PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA DEL CONTRATO 24
17.6 RESCISIÓN 24
17.7 RESCISIÓN POR REITERACIÓN DE INFRACCIONES 25
17.8 EXTINCIÓN DEL CONTRATO 25
ANEXO I 27
ANEXO II 36
INDICE PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 30
2. RENGLON 1: SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE HARDWARE Y SOFTWARE 30
2.1 ALCANCE SERVICIO PARA EL EQUIPAMIENTO HPE DESCRIPTO EN EL ANEXO I 30
2.2 ALCANCE SERVICIO PARA LOS EQUIPO NUTANIX (HIPERCONVERGENCIA) 45
2.3 ALCANCE SERVICIO PARA EL LICENCIAS VEEAM AVAILABILITY SUITE 44
ANEXO I 54
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado a Licitación Pública tiene por finalidad contratar el “Servicio de mantenimiento integral de Hardware y software detallado en el Anexo I”, según los requerimientos detallados en el presente Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
2. MARCO NORMATIVO
El presente llamado a Licitación Pública se regirá por lo normado en el artículo N° 31 concordante con el primer párrafo del artículo N° 32 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017) su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19; por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC -Buenos Aires Compras-, aprobado por Disposición Nº 1073/GCABA/DGCYC/19 y las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones técnicas publicado en BAC. Todos los documentos serán considerados como recíprocamente explicativos de las cláusulas y disposiciones contractuales.
3. GENERALIDADES
El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y confeccionar las estipulaciones xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, para la Licitación de referencia.
4. CÓMPUTO DE PLAZOS
Las compras electrónicas se rigen a los fines del cómputo de plazos por la fecha y hora oficial del sitio xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Todos los plazos establecidos se computan en días hábiles administrativos, salvo disposición expresa en contrario.
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A los efectos del cómputo de plazos fijado en días hábiles administrativos, la presentación en un día inhábil se entiende realizada en primera hora del día hábil siguiente.
5. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o hechos propios o de terceros ajenos a la presente contratación, autorizará al PROVEEDOR a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Contrato oportunamente suscripto, además de las establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y las xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, salvo que se tratare de eventos previstos como caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con el artículo 1.730, sus siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por la Ley Nº 26.994 y fuese debidamente documentado y probado por el interesado y aceptado por el organismo licitante, de conformidad con lo establecido en los Artículos 136 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017) su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19. La prestación objeto de la presente Licitación reviste el carácter de esencial, necesaria y continua para el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al GCABA. En tal sentido no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse.
6. PRÓRROGA
El GCABA se reserva el derecho de prorrogar, en los términos del art. 119 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017) su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19.
7. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Se considerará como único domicilio del oferente, el domicilio válido - el declarado en calidad de constituido en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad. Teniendo en consideración, que la presente licitación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 85 del Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19; se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico
declarado por el - Administrador legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro
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Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. Toda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones Judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77/PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).
8. JURISDICCION
La participación en la presente Licitación implica por parte del oferente la renuncia a todo fuero o jurisdicción que correspondiere para atender cuestiones que susciten la presente Licitación, Adjudicación, Ejecución y Finalización del contrato, sometiéndose única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 07 Pliego de Cláusulas Generales).
9. PUESTA A DISPOSICIÓN Y GRATUIDAD DE LOS PLIEGOS
Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
El presente Pliego es gratuito.
10. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL-ORDEN PRELACIÓN
Los siguientes documentos constituyen los documentos de la Contratación y prevalecerán en el
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siguiente orden:
a) La Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017).
b) Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19 de la ley citada o la norma que en el futuro lo reemplace.
c) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
d) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Circulares Aclaratorias con o sin consulta y su Anexo I “Terminología y Definiciones”.
e) El Pliego de Especificaciones Técnicas, las Circulares Aclaratorias con o sin consulta.
f) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación.
g) La Adjudicación.
h) La ORDEN DE COMPRA
11. DE LOS OFERENTES
11.1 CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como oferentes a la presente Licitación, deberán reunirse los siguientes requisitos:
• Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia.
• Sociedades que no hubieren sido penalizadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, con siete (7) o más penalidades en el último año, como así también, las sociedades cuya sumatoria de los montos de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años no supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
• Cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta.
• Los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite.
PARA EL CASO QUE SE PRESENTEN EN U.T. (Unión Transitoria): Se ajustarán estrictamente a lo dispuesto por los Arts. 1463 a 1469 las U.T. (Uniones Transitorias), del Código Civil y Comercial de la Nación. Se deja constancia que el objeto de la U.T deberá versar sobre el objeto de la presente
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licitación. Además de lo detallado en los ítems anteriores, deberán: Al menos uno de los integrantes de la U.T. deberá acreditar mediante documentación fehaciente, el acabado cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente artículo, en el Pliego de Especificaciones Técnicas y circulares si las hubiere. Será rechazada sin más, aquella oferta en la que se presente una U.T. en la que alguno de sus integrantes no cumpla con los requisitos exigidos para la presente contratación. Las ofertas deberán contener, además de la documentación requerida para las personas jurídicas y/o empresas unipersonales anteriormente mencionadas, los documentos de compromiso de constitución de la U.T., en los que deberán constar: a. El compromiso de mantener la vigencia de la U.T., hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del Contrato. b. El compromiso de mantener la composición de la U.T. durante el plazo mencionado en el inciso anterior, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad, sin la previa aprobación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. c. Designación de un representante legal que faculte a la persona designada para obligar a la U.T. Asimismo, la U.T. deberá cumplir las siguientes condiciones: * Responsabilidad solidaria e ilimitada de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes del compromiso, sin beneficio de división ni excusión. * Cantidad y naturaleza de los aportes que cada integrante comprometa. * Fijar domicilio único. d. Copia certificada de los documentos por los que se confieran los poderes y por los que se constituya la U.T., de los que deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo. Las empresas integrantes de la U.T. serán solidaria e ilimitadamente responsables, en caso de adjudicación, por el cumplimiento del Contrato y de las obligaciones emergentes por este generadas. Los componentes de la U.T. deberán estar preinscriptos individualmente en el RIUPP, al momento de la presentación de la oferta. En ningún caso un oferente podrá presentarse en forma individual y como parte integrante de una U.T. Para el caso que la U.T. esté integrada por personas jurídicas, cada una de ellas deberá presentar acta del órgano social correspondiente de la cual surja la decisión de presentarse a esta licitación pública en Unión Transitoria. U.T. EN FORMACIÓN: En caso de que la U.T. no se encuentre constituida, podrá presentar oferta sin encontrarse inscripta como tal, acompañando en la misma un Compromiso de constitución con firmas certificadas por Escribano Público o Xxxx xx Xxx, mediante el cual los proveedores que la integran se comprometen
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a constituirse como U.T. –en caso de resultar adjudicatarios- en el plazo perentorio de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la pre-adjudicación.
11.2 IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
No podrán concurrir como oferentes a la presente licitación:
a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017), mientras dichas sanciones sigan vigentes.
b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017), mientras dichas sanciones sigan vigentes.
c) Los cónyuges de los sancionados.
d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace.
e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
f) Los inhibidos.
g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular“, Sección 3°, Capítulo “Prohibiciones en Publicidad“ del Anexo I de la Ley 451 Régimen xx Xxxxxx de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Texto Inciso incorporado por Ley 4486).
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j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.
12. DE LAS GARANTIAS
12.1 GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Las ofertas serán acompañadas mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el art. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 101 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017) su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19.
Al momento de elaborar sus propuestas, los oferentes deberán identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónico y debe ser entregada a la Unidad Operativa de Adquisiciones (Avda. Independencia 635, piso 6to.) dentro del plazo de 24 horas contado a partir del acto de apertura, bajo apercibimiento de descarte de la oferta.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el art.
17.2 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, art. 102 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto Nº 207/GCABA/19, será devuelta de conformidad a lo establecido en el art.
17.3 apartado i) xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, concordante con el art. 115 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19.
La garantía deberá constituirse bajo la modalidad establecida en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el OFERENTE declara conocer y aceptar.
12.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Será xxx XXXX POR CIENTO (10%) del valor total de la adjudicación (Art. 17.1 inciso b) Pliego de Cláusulas Generales). Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a
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tal fin en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Art. 102 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017) su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19. La misma será devuelta al ADJUDICATARIO dentro de los DIEZ (10) días de finalizado el Contrato, a entera satisfacción del GCABA (Art. 17.3 apartado ii) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales), en caso de fiel cumplimiento en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta Contratación y del Contrato.
12.3 EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La ASI tendrá derecho a ejecutar la Garantía de Adjudicación, no sólo en el caso de resolverse el contrato por culpa del ADJUDICATARIO o cuando la liquidación final de los trabajos resulte en saldo deudor de aquél, sino también en el caso de ser afectado a la reposición de equipos, reparación o reconstrucción de trabajos y/o instalaciones que tuvieren vicios o defectos. Hecha efectiva la garantía que aquí se trata, su importe podrá aplicarse al pago de cualquier crédito que la ASI tenga con el ADJUDICATARIO.
La garantía de adjudicación será devuelta una vez cumplido el contrato a entera satisfacción del organismo contratante, salvo que esté afectado por una garantía técnica.
12.4 MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual al inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 104 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19).
12.5 GARANTÍA DE IMPUGNACION A LA PREADJUDICACION
El cinco por ciento (5%) del monto de la oferta del renglón o los renglones impugnados, a criterio del Organismo Licitante. Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se
impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de
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impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. En los procedimientos gestionados a través de BAC la documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse ante la Unidad Operativa de Adquisiciones previo a formalizar la impugnación, completando los formularios correspondientes mediante BAC, dentro del plazo legal establecido.
13. DE LAS OFERTAS
13.1 CONTENIDO DE LA OFERTA
Las ofertas deben efectuarse a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en los pliegos de Bases y Condiciones y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellos en soporte electrónico.
NO SERAN ACEPTADAS OFERTAS EN FORMATO PAPEL
Art. 85- Anexo I- Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19
Se recomienda ingresar y confirmar la oferta en BAC con al menos 24 hs de anticipación respecto de la fecha y hora de apertura, de modo tal que el oferente cuente con tiempo suficiente para resolver cualquier inconveniente técnico que pueda presentar el sistema.
Ante un eventual problema técnico durante la carga de la oferta, deberá comunicarse con la mesa de ayuda BAC por teléfono al número 0000-0000 al 4810 opción 8 o por correo electrónico a la dirección: xxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
Asimismo, se deberá presentar:
a) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer y aceptar todos y cada uno de los
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aspectos y condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, y sus Anexos, Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, Circulares y todos aquellos documentos que integran la presente contratación (Anexo II del presente pliego).
b) Declaración sobre inhabilidades e incompatibilidades: Los oferentes deberán presentar la declaración de inhabilidades del Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, donde conste que el/los oferente/s y sus directivos no están alcanzados por las inhabilidades e incompatibilidades.
c) Garantía de mantenimiento de oferta.
d) Oferta Técnica. Todos los oferentes deberán incluir una oferta técnica respondiendo punto a punto donde se especifiquen todos los equipos y licencias detallados en el Anexo I.
e) Oferta Económica.
f) Carta provista por la marca del equipamiento HPE (Hewlett Packard Enterprise) ofrecido donde se certifique que el Proveedor es un Partner o Canal autorizado para brindar los Servicios Profesionales requeridos.
g) Xxxxx provista por la marca del equipamiento Nutanix ofrecido donde se certifique que el Proveedor es un Partner o Canal autorizado para brindar los Servicios Profesionales requeridos.
h) Xxxxx provista por la marca Veeam donde se acredite debidamente que es distribuidor autorizado oficialmente a comercializar las licencias que son objeto de la presente contratación.
Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP
- Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores - (Estado Registral: Inscripto) o haber iniciado el trámite (Estado Registral: Pre-Inscripto).
13.2 FORMA DE COTIZAR
La adjudicación se hará al oferente que proponga la oferta más conveniente para la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Los OFERENTES deberán cotizar el renglón solicitado indicando Precio Unitario y Precio Total, en números y letras. La moneda de cotización será el Peso ($), moneda de curso Legal en la República Argentina.
A su vez, no deberá discriminarse en el precio cotizado el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA)
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Renglón | Título | Cantidad | Precio Unitario | Precio Total |
1 | Servicio de mantenimiento integral de Hardware y software detallado en el Anexo I | 1 |
13.3 ALCANCE DE LAS OFERTAS Y CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE LLAMADO
Todas las OFERTAS deberán contener sin excepción la totalidad de los servicios y/o bienes de la contratación, bajo la modalidad descripta en el presente PLIEGO. Bajo ningún concepto serán admitidas OFERTAS parciales. No serán admitidas OFERTAS que se aparten de los términos y condiciones de los PLIEGOS. No se admitirán OFERTAS alternativas a las modalidades descriptas en Pliego Técnico.
Tampoco serán admitidas propuestas que impongan condiciones o se aparten de lo especificado en este PLIEGO.
13.4 FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad sobre la información o antecedentes determinantes para la adjudicación fuere advertida con posterioridad a la contratación, podrá ser causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
13.5 CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la presente Contratación y de las características contractuales objeto del presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la contratación, como así también de las especificaciones
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técnicas y fácticas de la misma.
La presentación de las OFERTAS no crea derecho alguno para los OFERENTES, ni obligaciones para el GCABA.
13.6 VISTA DE LAS PRESENTACIONES
El derecho a vistas con relación a las ofertas presentadas y admitidas en esta Contratación se regirá por la normativa contenida en el Decreto 1510/97 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
14. DE LA EVALUACIÓN
14.1 DEL EXAMEN DE LAS OFERTAS
La Comisión de Evaluación de Ofertas, evaluará el adecuado cumplimiento de las propuestas recibidas de lo exigido en este PLIEGO, xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, desde los puntos de vista técnico, económico, financiero y de la idoneidad del oferente, para determinar la OFERTA más conveniente para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
14.2 CONSIDERACIONES GENERALES
La Comisión de Evaluación de Ofertas examinará las ofertas que resulten elegibles desde el punto de vista formal, y luego examinará que los términos y condiciones establecidos en las Especificaciones Técnicas hayan sido aceptados por el OFERENTE sin desviaciones o reservas significativas.
La ASI deberá evaluar los aspectos técnicos de las OFERTAS, presentadas de acuerdo a lo especificado por el presente PLIEGO, para confirmar que cumple con todos los requisitos establecidos por el mismo.
En ese sentido se aclara que serán rechazadas las ofertas que contuvieran condicionamientos por los cuales se afecten los derechos de la ASI respecto de los bienes o servicios que adquiere o contrata, o se limiten las obligaciones del oferente o ADJUDICATARIO y que expresamente estén contenidas en este pliego.
Serán rechazadas las OFERTAS que contuvieran alguna discrepancia entre las Especificaciones
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Técnicas y los bienes y/o servicios ofertados, en la medida que ellas afecten la calidad, y/o la funcionalidad principal de los bienes, y/o el alcance de los servicios requeridos.
En el caso que una oferta no se ajustara estrictamente a las especificaciones técnicas, el OFERENTE tendrá la obligación de fundamentar acerca de que la discrepancia no afecta la calidad y/o funcionalidad principal requerida, y/o del alcance de los servicios requeridos, sin perjuicio que será potestad de la ASI determinar si la discrepancia produce la afectación mencionada.
14.3 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
14.4 RECHAZO
La ASI se reserva el derecho de rechazar la totalidad de las Ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que ello pueda generar reclamo alguno de los OFERENTES.
15. DE LA PREADJUDICACIÓN Y ADJUDICACIÓN
15.1 PREADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación expedirá un dictamen fundado y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta Contratación.
Sólo será pre adjudicado el oferente cuya oferta resulte la más conveniente para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica del oferente y condiciones ofertadas.
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas.
El anuncio de las pre adjudicaciones será conforme lo estipulado en el Art. 19 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
15.2 IMPUGNACIÓN
De conformidad con lo previsto en el Art. Nº 20 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales,
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los OFERENTES tendrán un plazo de TRES (3) DÍAS para formular impugnaciones, de su publicación a través del portal Buenos Aires Compras (BAC).
Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su Art. 20 inc. b), dando de esa manera intervención al Órgano Legal de Consulta.
15.3 ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES A LA PREADJUDICACION
Previo a la resolución de las impugnaciones, debe contarse con el dictamen jurídico de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y deberá darse intervención a ésta en forma previa a la resolución de la adjudicación, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº
1.218 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017).
Las impugnaciones deberán realizarse a través del Portal BAC, y deberán ser presentadas en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx 000, xxxx 0, dentro del plazo fijado en el artículo 15.2 del presente, adjuntando a la misma, la fotocopia de la boleta de depósito antes mencionada y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.
15.4 ADJUDICACIÓN
La Autoridad Competente de acuerdo a lo previsto en el Artículo 85 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19, dictará el acto administrativo de adjudicación, el que una vez suscripto, será notificado fehacientemente a través de BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes. A su vez, deberá establecerse la publicación de la adjudicación en el Portal BAC, en el sitio oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de un (1) día conforme art. 112 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017).
15.5 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la recepción en Buenos Aires Compras (BAC) de la Orden de Compra al adjudicatario en un plazo no mayor a tres (3) días a partir de la notificación. Caso contrario quedará perfeccionado en forma automática, según lo estipulado en el Art. 24 del PCG.
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16. DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
16.1 REGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL
El ADJUDICATARIO afectará la cantidad de personal que considere necesaria para llevar a cabo en forma eficiente las tareas que se solicitan a través de esta contratación.
El personal afectado a estas tareas estará bajo exclusivo cargo del ADJUDICATARIO, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, no teniendo en ningún caso el mismo, relación de dependencia con esta ASI ni con el GCABA. Consecuentemente el GCABA estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral, previsional o impositiva.
Todo el personal que el ADJUDICATARIO asigne a los trabajos inherentes a la presente contratación deberá poseer credencial identificadora de la empresa adjudicataria y contar con los correspondientes permisos de acceso, obras y otros que correspondieren.
Todos los trabajos deberán realizarse bajo estrictas normas de seguridad e higiene, las cuales podrán ser supervisadas por la ASI.
El ADJUDICATARIO será exclusivamente responsable por todos los daños y perjuicios que se pudieren ocasionar con motivo de la ejecución de las tareas encomendadas en la presente contratación.
16.2 SEGUROS
a) Generalidades
El adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio. La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad. El adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados
conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas. Si durante la
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prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso. Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
b) De las compañías aseguradoras
Las coberturas de seguros deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina. Lo dicho anteriormente y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, y del Contrato.
Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de
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dependencia:
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx., sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557 y modificatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del adjudicatario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales (En caso de corresponder):
En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia con el adjudicatario. Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto: “Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el adjudicatario, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo.” Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes: La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza Alcance de las coberturas: Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere.
Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
Muerte: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000) Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000) Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Quince mil ($ 15.000)
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3) Seguro de Responsabilidad Civil:
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a la actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros. Será responsabilidad total del adjudicatario todo accidente, daño, robo y/o perjuicio a personas o cosas, a causa de hechos directos o derivados de los trabajos a su cargo.
Suma Asegurada Mínima:
La misma será por un monto mínimo de $1.000.000 (Pesos un millón). Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas.
B) Caída de Objetos, carteles y/o letreros.
C) Carga y descarga de bienes
D) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.
E) Montaje y desmontaje de estructuras (de corresponder).
F) Bienes bajo custodia, cuidado y control (de corresponder).
G) Responsabilidad civil cruzada (de corresponder).
H) Grúas, Guinches, autoelevadores (de corresponder).
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.
16.3 DOTACIÓN DEL PERSONAL
Todo el personal afectado a estos servicios estará bajo exclusivo cargo del adjudicatario, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, no teniendo en ningún caso el mismo, relación de dependencia con el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Por otra parte queda entendido que este Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se genere por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupara para prestar los servicios que se le han contratado.
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16.4 COMPORTAMIENTO, CONFIDENCIALIDAD
Toda la información proporcionada para la ejecución de las tareas que son encomendadas, es propiedad exclusiva del GCABA. La información, ideas, conceptos, práctica y/o técnicas a cuyo conocimiento el ADJUDICATARIO acceda y/o se generen con motivo del presente trabajo, forman parte xxx xxxxxxx comercial propiedad del GCABA, por lo que se compromete a:
• Mantener absoluta reserva de las mismas.
• Custodiarlas apropiadamente.
• No divulgarlas, ni transmitirlas a terceros no autorizados.
• No explotarlas ni utilizarlas en beneficio propio y/o de terceros, salvo consentimiento previo y por escrito otorgado por el GCABA.
• En caso de que las tareas sean efectuadas por personal perteneciente al ADJUDICATARIO, este se compromete (con anterioridad al inicio de su trabajo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la empresa la responsabilidad por su cumplimiento de las mismas por su personal.
• En caso de que el ADJUDICATARIO decida subcontratar a terceros (con previo consentimiento de GCABA) para efectuar total o parcialmente su trabajo, se compromete (con anterioridad al inicio del mismo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, y de obligaciones previstas en los pliegos licitarios para el contratista de la Administración, asumiendo la empresa la responsabilidad por el cumplimiento de las mismas por parte de los terceros subcontratados.
El presente compromiso es irrevocable y seguirá siendo válido aún después de finalizada la relación con GCABA.
17. DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
En la ejecución del contrato, el ADJUDICATARIO deberá ajustarse estrictamente a los términos y condiciones que se establezcan en el presente PLIEGO y a las instrucciones que por ORDEN DE SERVICIO imparta la ASI, obligándose -entre otras acciones- a:
• Utilizar todos los medios comprometidos, pudiendo incorporar, previa aprobación de la ASI, los medios, sistemas, y métodos que aconseje la evolución tecnológica y/o características operativas, y que contribuyan a mejorar la calidad técnica de los trabajos.
• Observar las disposiciones legales relativas a la Higiene y Seguridad en el Trabajo y las
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disposiciones de carácter laboral y previsional.
• Producir dentro de las VEINTICUATRO (24) HORAS de requerida, cualquier información relativa al servicio que la ASI solicite, como así también informar inmediatamente de conocido cualquier hecho o circunstancia que pudiera incidir en la normal prestación de los servicios.
• Mantener la continuidad y regularidad de los servicios según el presente PLIEGO y la Propuesta Técnica presentada.
• Facilitar las inspecciones de cualquier tipo que disponga efectuar la ASI, en aquellas instalaciones afectadas a la prestación de los servicios.
• Responder en forma exclusiva, por cualquier daño que pudiere ocasionarse con motivo de la prestación o falencia de la prestación de los servicios.
• Conservar en óptimas condiciones de operabilidad el equipamiento comprometido en el presente llamado.
• Mantener en perfectas condiciones los sistemas de resguardo de la información, comunicación y hardware necesarios para la buena operatividad de los equipos instalados durante toda la duración del correspondiente Contrato y sus ampliaciones si las hubiere.
17.1 PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
El contrato entrará en vigencia para todo el equipamiento y licencias a partir de los 5 (cinco) días corridos de perfeccionada la Orden de compra (Documento Contractual), con un plazo de duración contractual hasta el 30/06/2021.
17.2 FORMA DE PAGO
Los importes deberán ser facturados a partir de la emisión por parte de la ASI de los PARTES DE RECEPCIÓN correspondientes. La moneda de pago será el Peso ($), moneda de curso Legal en la República Argentina.
El pago será efectuado neto de los eventuales descuentos aplicados, de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Artículos 26, 27, 28, 29, 30 y 31 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
17.3 VERIFICACION DE CALIDAD
La Agencia de Sistemas de Información a través del Director General de Integración de Sistemas,
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verificará que lo entregado sea acorde a lo solicitado en Pliego. Dicha recepción será condición necesaria para habilitar el pago al ADJUDICATARIO.
17.4 DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El incumplimiento en término de las obligaciones del contrato coloca al ADJUDICATARIO en estado xx xxxx automática y, por lo tanto, sujeto a la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto Nº 207/GCABA/19.
Se deja constancia que en caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato, igualmente le será aplicada la penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aun cuando el contrato se encontrara rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente acto administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción.
17.5 PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA DEL CONTRATO
El CONTRATO no podrá ser transferido o cedido por el ADJUDICATARIO a terceros sin previa autorización expresa del GCABA, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad. En este sentido, conforme a lo establecido en el Art. N° 134 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017): Cuando el co-contratante transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, ésta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del co-contratante, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato. Además, el contratista será pasible de los daños y perjuicios que su incumplimiento le cause a la Administración. En todos los casos el cedente continuará obligado solidariamente con el ADJUDICATARIO (cesionario) por las obligaciones y responsabilidades emergentes del CONTRATO. La transferencia autorizada del CONTRATO deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exhibida en los mismos medios y plazos que la ADJUDICACIÓN.
17.6 RESCISIÓN
Serán causales de rescisión del contrato las previstas en el artículo 130 y subsiguientes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su
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modificatorio Decreto Nº 207/GCABA/19.
17.7 RESCISIÓN POR REITERACIÓN DE INFRACCIONES
El GCABA podrá rescindir el contrato de pleno derecho cuando las multas aplicadas en concepto de infracciones cometidas alcanzaren en su monto el veinte por ciento (20%) del importe total adjudicado en la presente contratación y su actualización, de corresponder. La rescisión implicará en todos los casos la pérdida de la garantía de adjudicación en proporción a la parte no cumplida. En caso de que el importe resultante supere el monto de la garantía que se hallare vigente, se procederá a su cancelación por cualesquiera de los otros procedimientos establecidos en el artículo 131 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) reglamentada por Decreto N° 168/19 y su modificatorio Decreto N°207/19, y en caso que resultaren diferencias a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se formulará por las mismas el cargo correspondiente.
17.8 EXTINCIÓN DEL CONTRATO
La relación contractual quedará extinguida por:
a) Expiración del plazo contractual, conforme a lo previsto en este Pliego.
b) Mutuo acuerdo.
c) Quiebra y liquidación sin quiebra del Proveedor.
d) Concurso preventivo del contratista, excepto que conserve la administración de sus bienes mediante autorización judicial y en tanto no medie decisión judicial que le impida formular ofertas.
e) Rescisión por culpa del cocontratante - rechazo de la orden de compra. (Según artículo 130 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley 6.017, su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19).
f) Rescisión por culpa del cocontratante - incumplimiento del contrato. (Según artículo 131 Ley 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.017, su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19).
g) Rescisión por culpa del cocontratante - prestaciones de carácter especial. (Según artículo 132 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.017, su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y
su modificatorio Decreto 207/GCABA/19).
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h) Rescisión por culpa del cocontratante - fraude o negligencia. (Según artículo 133 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.017, su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19).
i) Rescisión por culpa del cocontratante - transferencia o cesión del contrato. (Según artículo 134 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.017, su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19).
j) Rescisión total o parcial. (Según artículo 135 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley 6.017, su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19).
k) Pérdida de garantía de cumplimiento del contrato - integración de la garantía. (Según artículo
127 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.017, su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19).
l) Rescisión por reiteración de infracciones, conforme punto 17.7.
m) Las modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del GCABA.
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ANEXO I
A. TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES
A.1. El presente Xxxxxx queda complementado con las siguientes definiciones que a continuación se detallan:
a) Boletín Oficial: Diario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el cuál se publican las normas jurídicas para que puedan ser reputadas como obligatorias para los ciudadanos.
b) Licitación Pública Nacional: Es el procedimiento de selección instrumentado en el presente Xxxxxx, mediante el cual se seleccionará la oferta más conveniente, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros y demás condiciones de la oferta.
c) UT: Unión Transitoria.
d) Oferente: Persona Jurídica ó UT que realiza una Oferta.
e) Oferta: Toda la documentación y demás información incorporada en la presentación.
f) Circular con consulta: Respuesta del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a todo pedido de aclaración.
g) Circular sin consulta: Aclaraciones de oficio que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pueda formular en el marco de la presente Licitación.
h) RIUPP: Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.
Comisión de Evaluación: Es el órgano encargado de evaluar las ofertas presentadas y proporcionar a la autoridad competente los fundamentos para la adjudicación.
j) Adjudicación: Es el acto por el cual se acepta la oferta más conveniente para el GCABA.
k) Adjudicatario: Oferente cuya propuesta haya sido declarada más conveniente, según los criterios de evaluación estipulados, por acto formal del GCABA.
l) Documentación: La totalidad de los elementos del contrato, detallados en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
m) Garantía de la oferta y de la adjudicación: Son los depósitos o seguros de caución obligatorios en los términos de esta Licitación y normas que la rigen (Art. 17 Pliego de Cláusulas Generales), constituidos en garantía del mantenimiento de la oferta o del cumplimiento del
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contrato, respectivamente.
n) GCABA: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
o) Plazo: Todos los plazos que se establezcan en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas serán computados conforme lo estipulado en la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017) Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto N° 207/GCABA/19.
p) Pliego: El presente documento, complemento xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, que tiene por objeto especificar las condiciones de la contratación y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
q) ASI: Agencia de Sistemas de Información.
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XXXXX XX DECLARACION JURADA
Por la presente declaro bajo juramento conocer y aceptar todos y cada uno de los aspectos y condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, y sus Anexos, Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, Circulares y todos aquellos documentos que integran la presente contratación.
Nombre de la firma:
CUIT de la firma:
Firma y aclaración del apoderado:
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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado a Licitación Pública tiene por finalidad contratar el “Servicio de mantenimiento integral de Hardware y software detallado en el Anexo I”, según los requerimientos detallados en el presente Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
RENGLÓN | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN |
1 | 1 | Servicio de mantenimiento integral de Hardware y software detallado en el Anexo I |
2. RENGLON 1: SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE HARDWARE Y SOFTWARE DETALLADO EN EL ANEXO I
2.1 ALCANCE SERVICIO PARA EL EQUIPAMIENTO HPE DESCRIPTO EN EL ANEXO I:
El ADJUDICATARIO deberá suministrar, a partir de la entrega de la orden de compra y hasta la finalización del contrato, un servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para todo el equipamiento HPE alojado en el Centro de Datos de la Agencia de Sistemas de Información, en adelante denominada “ASI”, descriptos, con atención en el sitio donde los mismos se encuentran instalados.
El servicio a prestar deberá ser en la modalidad: 7x24. Con un tiempo de respuesta de dos
(2) horas y un tiempo de resolución de seis (6) horas.
El PROVEEDOR deberá contemplar dentro del SERVICIO la provisión de mano de obra, viáticos, logística, repuestos, accesorios, dispositivos, cambio de partes y las tareas que fueran necesarias para asegurar el normal funcionamiento de dicho equipamiento.
El SERVICIO requerido deberá incluir y proveer como mínimo:
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o Un CENTRO DE ATENCIÓN encargado de la interacción directa con el "Centro de Operaciones de la ASI” según se describe en el punto CENTRO DE ATENCIÓN.
o El soporte técnico de mantenimiento y actualización del firmware, con sus tareas de reconfiguración si correspondiere.
o La mano de obra calificada para efectuar las tareas de mantenimiento correctivo y preventivo de equipos, en el sitio donde estos se encuentren. La restauración del servicio y el retiro de las partes o equipos fallados.
o Todos los costos a satisfacer para efectuar el trabajo de mantenimiento de los equipos y plataformas de firmware.
o El PROVEEDOR garantizará que el Servicio Mantenimiento será brindado por personal especializado de la empresa fabricante (HPE) de los productos ofrecidos.
DEL SERVICIO CONSIDERACIONES GENERALES
Los materiales, tiempos y costos de traslado y la mano de obra necesaria para efectuar la Resolución de Incidentes no deberá implicar ningún cargo adicional para la ASI.
La ASI se reserva el derecho de intervenir eventualmente sobre cualquiera de los equipos, sea a efectos de efectuar tareas de supervisión, auditoría, mantenimiento o resolución de Incidentes. Esta intervención no afectará ni invalidará la garantía de los equipos, recursos, materiales, u otros componentes constitutivos del servicio.
Cuando la magnitud de la falla requiera el traslado del equipamiento para su reparación fuera del sitio donde se encuentra instalado, el mismo deberá ser reemplazado por otro de su propio parque informático, de iguales o superiores características y funcionalidades, previa autorización fehaciente por parte de la ASI. Todos los costos serán por cuenta y responsabilidad del ADJUDICATARIO y no generará ningún costo adicional para la ASI.
El equipo retirado para su reparación, no podrá permanecer fuera de la ASI por un periodo superior a treinta (30) días hábiles.
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CENTRO DE ATENCIÓN
El ADJUDICATARIO deberá contar con un medio eficaz de comunicación denominado CENTRO DE ATENCIÓN que deberá operar durante las VEINTICUATRO (24) horas del día, los SIETE (7) días de la semana, durante la vigencia del contrato.
El ADJUDICATARIO deberá informar las vías de contacto con su CENTRO DE ATENCIÓN, considerándose todas éstas formas igualmente válidas, las cuales deberán incluir, como mínimo, lo siguiente:
• Número telefónico de cabecera. Este número telefónico deberá ser único, no se aceptarán diferentes números de teléfono de contacto para ser utilizados en diferentes franjas horarias o días de la semana.
• Una dirección única de correo electrónico de contacto.
• Un sistema de registración vía web.
Todas las vías de comunicación arriba mencionadas deberán estar disponibles durante las VEINTICUATRO (24) horas del día, los SIETE (7) días de la semana y deberán disponer de los medios donde se pueda registrar fehacientemente el pedido.
REPUESTOS Y UNIDADES DE REPOSICIÓN
Los materiales y repuestos a emplear deberán ser originales de fábrica, nuevos y sin uso, debiendo presentarse la documentación que respalde las citadas características, junto con el informe del incidente.
El ADJUDICATARIO se obligará a proveer los repuestos en tiempo y forma necesarios para garantizar la continuidad operativa de los tiempos en su funcionamiento ante eventuales fallas.
Los elementos desechados deberán ser retirados de la ASI, por el ADJUDICATARIO y a su costo.
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MANTENIMIENTO DE EQUIPOS FISICOS
El servicio de Mantenimiento Integral deberá abarcar las siguientes actuaciones, como mínimo:
• Mantenimiento preventivo.
• Mantenimiento correctivo.
PERSONAL AFECTADO
Para la prestación del servicio de Mantenimiento Integral se deberá cumplir con las pautas siguientes:
• Todo el personal del PROVEEDOR que eventualmente deba hacerse presente en el Centro de Datos deberá contar con cobertura de ART.
• Los costos de dicha cobertura quedan a exclusivo cargo y responsabilidad del ADJUDICATARIO.
• A efectos de facilitar la gestión de acceso del personal del ADJUDICATARIO a los sitios donde deban prestar servicio, el ADJUDICATARIO deberá remitir a la ASI, y mantener actualizado, el Listado de Personal, conjuntamente con copias de los certificados de cobertura de ART vigentes que correspondan.
• El Listado de Personal deberá indicar, como mínimo, los siguientes datos: apellido, nombre, número de documento, legajo, número de teléfono móvil y número de póliza de ART vigente y alcance de la cobertura.
MANTENIMIENTO PREVENTIVO ALCANCE
Consiste en las tareas técnicas de revisión preventiva que el PROVEEDOR deberá realizar con la finalidad de prevenir posibles problemas que puedan derivar en futuras fallas.
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Las magnitudes y oportunidades deberán ser coordinadas con la ASI a los efectos de no degradar el servicio brindado, pero se requiere un mínimo de una visita mensual en la que se certifique el correcto funcionamiento de la infraestructura.
INFORME DE VISITA
Una vez realizada la visita, será responsabilidad del ADJUDICATARIO informar a la ASI, mediante la presentación de un informe por escrito, cualquier irregularidad encontrada en este relevamiento, que impliquen una falla o riesgo de ocurrencia de una falla, o riesgo para la integridad de las personas, así como también proponer mejoras y tareas correctivas a realizar sobre un equipo en particular como resultado de la revisión técnica.
Luego de la recepción del informe, la ASI podrá autorizar el inicio de tareas correctivas que se hayan informado, donde cada una de las cuales será de aplicación el punto el punto PROCESO DE RESOLUCIÓN.
MANTENIMIENTO CORRECTIVO
Reparación de averías de cualquier tipo o de componentes que integran el presente servicio, para restablecer su funcionamiento en las mismas condiciones en que se encontraba antes de producida la misma. En el mantenimiento se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:
COMUNICACIÓN INICIAL
En caso de requerir asistencia, la COMUNICACIÓN INICIAL por parte de la ASI se efectuará por alguno de los medios requeridos en el punto CENTRO DE ATENCIÓN.
La llamada deberá ser atendida por el CENTRO DE ATENCIÓN del ADJUDICATARIO. La falta de respuesta o atención de la llamada por parte del mismo habilitará a la ASI a aplicar la penalidad correspondiente a la falla del SERVICIO DE MANTENIMIENTO.
Al momento de establecerse la comunicación, la ASI informará al Centro de Atención lo siguiente:
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• Equipo donde se ha detectado la falla.
• Descripción del incidente y diagnóstico inicial de la falla.
• Fecha y hora de registro de la llamada.
Como resultado de la Comunicación Inicial, el Centro de Atención deberá informar lo siguiente:
• Identificación (número de ticket del Proveedor) del caso en sus propios sistemas.
PROCESO DE RESOLUCIÓN
Una vez finalizada la Comunicación Inicial, el Centro de Atención deberá inmediatamente arbitrar los recursos necesarios para realizar el Servicio de Mantenimiento, respetando los tiempos asumidos en el pliego.
Toda comunicación posterior entre el ADJUDICATARIO (sea el Centro de Atención o el Técnico Responsable en el sitio) y la ASI relativa a una falla determinada podrá efectuarse por cualquiera de los medios previamente mencionados: teléfono o correo electrónico. En todos los casos deberá mencionarse este “número de ticket”, el cual identifica a la falla en proceso de gestión.
El Centro de Atención deberá mantener informado en todo momento al Centro de Operaciones de la ASI acerca de la evolución de la reparación hasta la efectiva resolución del incidente.
INFORME DE CIERRE: Dentro de las siguientes CUARENTA Y OCHO (48) horas de informarse la Resolución del Incidente, deberá entregarse a la ASI, EN FORMATO DIGITAL, un reporte indicando:
• Número Ticket.
• DOCUMENTACIÓN TECNICA DE TAREA REALIZADA.
• El personal que se asignó a la resolución del incidente.
• Fecha y hora de resolución.
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ACEPTACIÓN DE TRABAJOS
El Proceso de Aceptación de Trabajos consiste en una secuencia de acciones que se inicia en el momento que el Centro de Atención o el Técnico Responsable informan al Centro de Operaciones de la ASI la “Resolución del Incidente”. La secuencia mencionada es la siguiente:
• PRUEBAS EN SITIO: Este proceso se inicia en el momento en el que (1) el CENTRO DE ATENCIÓN o el Técnico Responsable reportan al Centro de Operaciones de la ASI la RESOLUCIÓN DEL INCIDENTE y (2) el Centro de Operaciones de la ASI ha verificado que las condiciones que iniciaron la solicitud del servicio de mantenimiento se han extinguido.
• PERIODO DE VERIFICACION: A partir de este evento la ASI dispone de un mínimo de DOS (2) días hábiles como PERIODO DE VERIFICACION para revisar la calidad del Servicio de Mantenimiento realizada y proceder a entregar la Aceptación o el Rechazo de la resolución.
• ACEPTACIÓN: La Aceptación sucede luego que las pruebas realizadas por el Centro de Operaciones de la ASI sobre los equipos reparados han sido exitosas e invariantes durante el PERIODO DE VERIFICACION, y que se ha recibido el Informe de Cierre por parte del PROVEEDOR. La Aceptación constará en el Ticket de la ASI.
• RECHAZO: El Rechazo de la Resolución sucede cuando el Centro de Operaciones de la ASI verifica que las pruebas realizadas sobre los equipos reparados no han sido exitosas al solo criterio de la ASI, o que no se ha recibido el Informe de Cierre.
SLA DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
El SERVICIO de mantenimiento solicitado deberá cumplirse en la modalidad: VEINTICUATRO
(24) horas, los SIETE (7) días de la semana, los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días del año. (24 x 7 x 365).
Tiempo máximo de respuesta de dos (2) horas (24 x 7).
Un Tiempo máximo de reparación para Hardware de seis (6) horas, (24 x 7).
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Piezas de repuesto originales del fabricante, de iguales o superiores características y funcionalidades a las defectuosas.
El TIEMPO DE RESPUESTA define el tiempo transcurrido entre la COMUNICACIÓN INICIAL efectuada por parte del CENTRO DE OPERACIONES de la ASI al CENTRO DE ATENCIÓN del ADJUDICATARIO informando un incidente que afecta al/(a los) equipo/(s) y la llegada del “Personal Técnico” del ADJUDICATARIO al sitio para realizar el SERVICIO DE MANTENIMIENTO.
El TIEMPO DE RESOLUCIÓN es el tiempo transcurrido desde realizada la comunicación inicial y el momento en el que la ASI registra a su total y única satisfacción la restauración del(los) equipo(s) afectado(s) por el incidente o la resolución de la tarea programada.
SERVICIO MANTENIMIENTO PARA EL SOFTWARE
El software que deberá estar cubierto por el servicio descripto es:
• HP Integrated Lights-Out 5 (iLO5) Advanced – incluido en OneView.
• HP OneView Advamced for BladeSystem
Para proveer el soporte sobre el Software deberá informar las vías de contacto con su Centro de Atención, considerándose todas estas formas igualmente válidas, las cuales deberán incluir como mínimo lo siguiente:
• Número telefónico de cabecera. Este número telefónico deberá ser único, no se aceptarán diferentes números de teléfono de contacto para ser utilizados en diferentes franjas horarias o días de la semana.
• Un sistema de registración vía web.
Todas las vías de comunicación arriba mencionadas deberán estar disponibles 7x24, y deberán disponer de los medios donde se pueda registrar fehacientemente el pedido.
El tiempo de respuesta para cada incidente ingresado no deberá superar las 4 horas.
2.2 ALCANCE SERVICIO PARA LOS EQUIPO NUTANIX (HIPERCONVERGENCIA)
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DESCRIPTO EN EL ANEXO I
El SERVICIO de mantenimiento solicitado deberá cumplirse en la modalidad: VEINTICUATRO
(24) horas, los SIETE (7) días de la semana, los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días del año. (24 x 7 x 365).
Gravedad | Descripción | Tiempo de Respuesta |
Soporte técnico | Disponibilidad | 24x7x365 |
Gravedad 1 | Un componente crítico del negocio está inoperable o no disponible, el sistema de producción se ha detenido; o existe una condición de emergencia. Requiere solución o una solución provisoria inmediata. | 1 hora |
Gravedad 2 | Operaciones de producción afectadas de forma adversa, pero el sistema de producción no está detenido; operan los productos, pero de forma seriamente restringida. | 4 horas |
Gravedad 3 | Una incidencia no relacionada con la producción; la mayoría de las funciones siguen disponibles, una condición limitada que puede ser fácilmente evitada. | 8 horas |
DEL SERVICIO CONSIDERACIONES GENERALES
Los materiales, tiempos y costos de traslado y la mano de obra necesaria para efectuar la Resolución de Incidentes no deberá implicar ningún cargo adicional para la ASI.
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La ASI se reserva el derecho de intervenir eventualmente sobre cualquiera de los equipos, sea a efectos de efectuar tareas de supervisión, auditoría, mantenimiento o resolución de Incidentes. Esta intervención no afectará ni invalidará la garantía de los equipos, recursos, materiales, u otros componentes constitutivos del servicio.
Cuando la magnitud de la falla requiera el traslado del equipamiento para su reparación fuera del sitio donde se encuentra instalado, el mismo deberá ser reemplazado por otro de su propio parque informático, de iguales o superiores características y funcionalidades, previa autorización fehaciente por parte de la ASI. Todos los costos serán por cuenta y responsabilidad del ADJUDICATARIO y no generará ningún costo adicional para la ASI.
El equipo retirado para su reparación, no podrá permanecer fuera de la ASI por un periodo superior a treinta (30) días hábiles.
CENTRO DE ATENCIÓN
El ADJUDICATARIO deberá contar con un medio eficaz de comunicación denominado CENTRO DE ATENCIÓN que deberá operar durante las VEINTICUATRO (24) horas del día, los SIETE (7) días de la semana, durante la vigencia del contrato.
El ADJUDICATARIO deberá informar las vías de contacto con su CENTRO DE ATENCIÓN, considerándose todas éstas formas igualmente válidas, las cuales deberán incluir, como mínimo, lo siguiente:
• Número telefónico de cabecera. Este número telefónico deberá ser único, no se aceptarán diferentes números de teléfono de contacto para ser utilizados en diferentes franjas horarias o días de la semana.
• Una dirección única de correo electrónico de contacto.
• Un sistema de registración vía web.
Todas las vías de comunicación arriba mencionadas deberán estar disponibles durante las VEINTICUATRO (24) horas del día, los SIETE (7) días de la semana y deberán disponer de los medios donde se pueda registrar fehacientemente el pedido.
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REPUESTOS Y UNIDADES DE REPOSICIÓN
Los materiales y repuestos a emplear deberán ser originales de fábrica, nuevos y sin uso, debiendo presentarse la documentación que respalde las citadas características, junto con el informe del incidente.
El PROVEEDOR se obligará a proveer los repuestos en tiempo y forma necesarios para garantizar la continuidad operativa de los tiempos en su funcionamiento ante eventuales fallas.
Los elementos desechados deberán ser retirados de la ASI, por el PROVEEDOR y a su costo.
MANTENIMIENTO DE EQUIPOS FISICOS
El servicio de Mantenimiento Integral deberá abarcar las siguientes actuaciones, como mínimo:
• Mantenimiento preventivo.
• Mantenimiento correctivo.
PERSONAL AFECTADO
Para la prestación del servicio de Mantenimiento Integral se deberá cumplir con las pautas siguientes:
• Todo el personal del ADJUDICATARIO que eventualmente deba hacerse presente en el Centro de Datos deberá contar con cobertura de ART.
• Los costos de dicha cobertura quedan a exclusivo cargo y responsabilidad del PROVEEDOR.
• A efectos de facilitar la gestión de acceso del personal del ADJUDICATARIO a los sitios donde deban prestar servicio, el ADJUDICATARIO deberá remitir a la ASI, y mantener actualizado, el Listado de Personal, conjuntamente con copias de los certificados de cobertura de ART vigentes que correspondan.
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• El Listado de Personal deberá indicar, como mínimo, los siguientes datos: apellido, nombre, número de documento, legajo, número de teléfono móvil y número de póliza de ART vigente y alcance de la cobertura.
MANTENIMIENTO PREVENTIVO ALCANCE
Consiste en las tareas técnicas de revisión preventiva que el ADJUDICATARIO deberá realizar con la finalidad de prevenir posibles problemas que puedan derivar en futuras fallas.
Las magnitudes y oportunidades deberán ser coordinadas con la ASI a los efectos de no degradar el servicio brindado, pero se requiere un mínimo de una visita mensual en la que se certifique el correcto funcionamiento de la infraestructura.
INFORME DE VISITA
Una vez realizada la visita, será responsabilidad del PROVEEDOR informar a la ASI, mediante la presentación de un informe por escrito, cualquier irregularidad encontrada en este relevamiento, que impliquen una falla o riesgo de ocurrencia de una falla, o riesgo para la integridad de las personas, así como también proponer mejoras y tareas correctivas a realizar sobre un equipo en particular como resultado de la revisión técnica.
Luego de la recepción del informe, la ASI podrá autorizar el inicio de tareas correctivas que se hayan informado, donde cada una de las cuales será de aplicación el punto el punto PROCESO DE RESOLUCIÓN.
MANTENIMIENTO CORRECTIVO
Reparación de averías de cualquier tipo o de componentes que integran el presente servicio, para restablecer su funcionamiento en las mismas condiciones en que se encontraba antes de producida la misma. En el mantenimiento se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:
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COMUNICACIÓN INICIAL
En caso de requerir asistencia, la COMUNICACIÓN INICIAL por parte de la ASI se efectuará por alguno de los medios requeridos en el punto CENTRO DE ATENCIÓN.
La llamada deberá ser atendida por el CENTRO DE ATENCIÓN del ADJUDICATARIO . La falta de respuesta o atención de la llamada por parte del mismo habilitará a la ASI a aplicar la penalidad correspondiente a la falla del SERVICIO DE MANTENIMIENTO.
Al momento de establecerse la comunicación, la ASI informará al Centro de Atención lo siguiente:
• Equipo donde se ha detectado la falla.
• Descripción del incidente y diagnóstico inicial de la falla.
• Fecha y hora de registro de la llamada.
Como resultado de la Comunicación Inicial, el Centro de Atención deberá informar lo siguiente:
• Identificación (número de ticket del Proveedor) del caso en sus propios sistemas.
PROCESO DE RESOLUCIÓN
Una vez finalizada la Comunicación Inicial, el Centro de Atención deberá inmediatamente arbitrar los recursos necesarios para realizar el Servicio de Mantenimiento, respetando los tiempos asumidos en el pliego.
Toda comunicación posterior entre el ADJUDICATARIO (sea el Centro de Atención o el Técnico Responsable en el sitio) y la ASI relativa a una falla determinada podrá efectuarse por cualquiera de los medios previamente mencionados: teléfono, fax o correo electrónico. En todos los casos deberá mencionarse este “número de ticket”, el cual identifica a la falla en proceso de gestión.
El Centro de Atención deberá mantener informado en todo momento al Centro de Operaciones de la ASI acerca de la evolución de la reparación hasta la efectiva resolución del incidente.
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INFORME DE CIERRE: Dentro de las siguientes CUARENTA Y OCHO (48) horas de informarse la Resolución del Incidente, deberá entregarse a la ASI, EN FORMATO DIGITAL, un reporte indicando:
• Número Ticket.
• DOCUMENTACIÓN TECNICA DE TAREA REALIZADA.
• El personal que se asignó a la resolución del incidente.
• Fecha y hora de resolución.
ACEPTACIÓN DE TRABAJOS
El Proceso de Aceptación de Trabajos consiste en una secuencia de acciones que se inicia en el momento que el Centro de Atención o el Técnico Responsable informan al Centro de Operaciones de la ASI la “Resolución del Incidente”. La secuencia mencionada es la siguiente:
• PRUEBAS EN SITIO: Este proceso se inicia en el momento en el que (1) el CENTRO DE ATENCIÓN o el Técnico Responsable reportan al Centro de Operaciones de la ASI la RESOLUCIÓN DEL INCIDENTE y (2) el Centro de Operaciones de la ASI ha verificado que las condiciones que iniciaron la solicitud del servicio de mantenimiento se han extinguido.
• PERIODO DE VERIFICACION: A partir de este evento la ASI dispone de un mínimo de DOS (2) días hábiles como PERIODO DE VERIFICACION para revisar la calidad del Servicio de Mantenimiento realizada y proceder a entregar la Aceptación o el Rechazo de la resolución.
• ACEPTACIÓN: La Aceptación sucede luego que las pruebas realizadas por el Centro de Operaciones de la ASI sobre los equipos reparados han sido exitosas e invariantes durante el PERIODO DE VERIFICACION, y que se ha recibido el Informe de Cierre por parte del PROVEEDOR. La Aceptación constará en el Ticket de la ASI.
• RECHAZO: El Rechazo de la Resolución sucede cuando el Centro de Operaciones de la ASI verifica que las pruebas realizadas sobre los equipos reparados no han sido
exitosas al solo criterio de la ASI, o que no se ha recibido el Informe de Cierre.
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2.3 ALCANCE SERVICIO PARA EL LICENCIAS VEEAM AVAILABILITY SUITE, EDICIÓN ENTERPRISE PLUS DESCRIPTO EN EL ANEXO I
El soporte deberá ser brindado a través del servicio de soporte regional. El servicio estará disponible 7x24. El contacto para el servicio es vía telefónica o vía mail.
A continuación, se detallan los SLA esperados dependiendo de la gravedad del incidente.
Gravedad | Descripción | Tiempo de Respuesta |
Gravedad 1 | Un componente de software crítico del negocio o un sistema gestionado por Veeam está inoperable o no disponible, el sistema de producción se ha detenido; o existe una condición de emergencia. Requiere solución o una solución provisoria inmediata. | 1 hora |
Gravedad 2 | Operaciones de producción afectadas de forma adversa, pero el sistema de producción no está detenido; operan los productos, pero de forma seriamente restringida. | 3 horas |
Gravedad 3 | Una incidencia no relacionada con la producción; la mayoría de las funciones siguen disponibles, una condición limitada que puede ser fácilmente evitada. | 6 horas |
Gravedad 4 | Incidencia menor o cuestión que no afecta a la función del producto y puede solucionarse fácilmente. | 8 horas |
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ANEXO I – RESUMEN EQUIPAMIENTO Y LICENCIAS INCLUIDO EN EL SERVICIO
Contrato | Descripción | Serie |
1047 1533 2326 | 1 (un) Chasis Blade HPE | |
Detallado a continuación | C7000 con 16 servidores BL460c y toda las | 2M264504C8 |
infraestructura | ||
0000 0000 0000 | 1 (un) Chasis Blade HPE | |
Detallado a continuación | C7000 con 16 servidores BL460c y toda las | CZ3742Y66C |
infraestructura | ||
1047 9476 1209 Detallado a continuación | 2 (dos) servidores HPE DL380G9 con almacenamiento | MXQ73404W8 MXQ73404W9 |
1046 8081 8060 | 2 (dos) Chasis Blade HPE | |
Detallado a continuación | C7000 con 16 servidores | 2M263500TD |
BL460c cada uno y toda las | 2M263500TC | |
infraestructura | ||
01904932 | 32 Licencias Veeam Availability Suite, Edición Enterprise Plus | N/A |
01708834 | 110 Licencias Veeam Availability Suite, Edición Enterprise Plus | N/A |
02062442 | 52 Licencias Veeam Availability Suite, Edición | N/A |
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Enterprise Plus | ||
RS-PRD-3060G6-1YR | 2 (dos) Cluster Nutanix | 19FM6H150374 19FM6H170123 |
A continuación, se detalla el contenido de los contratos de mantenimiento de HPE que deberán ser cotizados.
Número de contrato 1047 1533 2326 HPE
PARTE | DESCRIPCIÓN | NÚMERO DE SERIE |
681844-B21 | HP BLc7000 CTO 3 IN LCD Plat Enclosure | 2M264504C8 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504BR |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504BS |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504BT |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504BV |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504BW |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504BX |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504C3 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504C4 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504C5 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504C6 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504C7 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504C2 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504BY |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504BZ |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504C0 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M264504C1 |
C8S47A | Brocade 16Gb/28c PP+ Embedded SAN Switch | 1CG635G038 |
C8S47A | Brocade 16Gb/28c PP+ Embedded SAN Switch | 1CG635G02Z |
641146-B21 | HP BLc Cisco B22HP Fabric Ext Module | FOC2020R1HW |
641146-B21 | HP BLc Cisco B22HP Fabric Ext Module | FOC2020R1H8 |
C8S47A | Brocade 16Gb/28c PP+ Embedded SAN Switch | 1CG635G038 |
C8S47A | Brocade 16Gb/28c PP+ Embedded SAN Switch | 1CG635G02Z |
E5Y35AAE | HP OV 3yr 24x7 Supp Flex E-LTU | CANTIDAD 16 |
Número de contrato 1047 9476 1209 HPE
PARTE | DESCRIPCION | NÚMERO DE SERIE |
719064-B21 | HPE XX000 Xxx0 0XXX CTO Server | MXQ73404W8 |
719064-B21 | HPE XX000 Xxx0 0XXX CTO Server | MXQ73404W9 |
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QW972A | HP SN1000Q 16Gb 2P FC HBA | MY8729001C |
QW972A | HP SN1000Q 16Gb 2P FC HBA | MY8729001D |
QW972A | HP SN1000Q 16Gb 2P FC HBA | MY8729001A |
QW972A | HP SN1000Q 16Gb 2P FC HBA | MY8729001R |
K2Q28A | HPE D6020 Enclosure with Dual IO Modules | SGH742WP27 |
K2Q28A | HPE D6020 Enclosure with Dual IO Modules | SGH742WP26 |
P8B31A | HP OV w/o iLO 3yr 24x7 FIO Phys 1 LTU | CANTIDAD 2 |
BD506A | HPE iLO Adv incl 3yr TSU Flex Lic | CANTIDAD 2 |
Número de contrato 0000 0000 0000 HPE
PARTE | DESCRIPCION | NÚMERO DE SERIE |
681844-B21 | HP BLc7000 CTO 3 IN LCD Plat Enclosure | CZ3742Y66C |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y67D |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y67B |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y679 |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y677 |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y675 |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y673 |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y671 |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y66Y |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y66W |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y66T |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y66R |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y66N |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y66L |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y66J |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y66F |
863442-B21 | HPE XX000x Xxx00 10Gb/20Gb FLB CTO Blade | CZ3742Y66D |
C8S47A | Brocade 16Gb/28c PP+ Embedded SAN Switch | 1CG737G00X |
C8S47A | Brocade 16Gb/28c PP+ Embedded SAN Switch | 1CG737G019 |
641146-B21 | HP BLc Cisco B22HP Fabric Ext Module | FOC2104R14F |
641146-B21 | HP BLc Cisco B22HP Fabric Ext Module | FOC2104R159 |
E5Y41A | HP OV 3yr 24x7 Encl FIO Phys 16 Svr Lic | CANTIDAD 1 |
PLIEG-2020-12216293-GCABA-DGI4A7SINF
Número de contrato 1046 8081 8060 HPE
PARTE | DESCRIPCIÓN | NÚMERO DE SERIE |
681844-B21 | HP BLc7000 CTO 3 IN LCD Plat Enclosure | 2M263500TD |
681844-B21 | HP BLc7000 CTO 3 IN LCD Plat Enclosure | 2M263500TC |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500TB |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500T9 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500T8 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500T7 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500T6 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500T5 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500T4 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500T3 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500T2 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500T1 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500T0 |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SZ |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SY |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SX |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SW |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SV |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500ST |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SS |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SR |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SQ |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SP |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SN |
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813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SC |
813198-B21 | HPE BL460c G9 E5v4 10/20Gb FLB CTO Blade | 2M263500SB |
C8S47A | Brocade 16Gb/28c PP+ Embedded SAN Switch | 1CG632G00R |
C8S47A | Brocade 16Gb/28c PP+ Embedded SAN Switch | 1CG632G01U |
C8S47A | Brocade 16Gb/28c PP+ Embedded SAN Switch | 1CG632G00J |
C8S47A | Brocade 16Gb/28c PP+ Embedded SAN Switch | 1CG632G019 |
691367-B21 | HP BLc VC FlexFabric-20/40 F8 Module | 7C9626007J |
691367-B21 | HP BLc VC FlexFabric-20/40 F8 Module | 7C9626007H |
PLIEG-2020-12216293-GCABA-DGI4A8SINF
691367-B21 | HP BLc VC FlexFabric-20/40 F8 Module | 7C9626007M |
691367-B21 | HP BLc VC FlexFabric-20/40 F8 Module | 7C9626007L |
E5Y41A | HP OV 3yr 24x7 Encl FIO Phys 16 Svr Lic | CANTIDAD 2 |
PLIEG-2020-12216293-GCABA-DGI4A9SINF
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2020-12216293-GCABA-DGIASINF
Buenos Aires,
Miércoles 22 xx Xxxxx de 2020
Referencia: PBCP y PET- Servicio de mantenimiento integral de Hardware y software
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XXXXXX XXXX XXXXXXXX
Director General
D.G. DE INFRAESTRUCTURA MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE
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