En Madrid, a uno de febrero de dos mil diez. REUNIDOS
En Madrid, a uno de febrero de dos mil diez.
REUNIDOS
De una parte, XXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, mayor de edad y D.N.I nº 88.888.888 X, con domicilio en la c/ Xxxxx nº 13, 6º-A de Madrid, en concepto de ARRENDATARIO
Y de otra, XXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, mayor de edad y D.N.I nº 888.888, con domicilio en la c/ Xxxxxx nº 7 xx Xxxxxxx en concepto de ARRENDADORA.
INTERVIENEN
Ambas partes interienen en su propio nombre y derecho, reconociéndose la plena capacidad legal para el otorgamiento del presente contrato de arrendamiento y,
EXPONEN
PRIMERO.- Que XXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX es propietario de la finca urbana sita en Vellosillo (Xxxxxxx), C/Xxxxxx, nº 3. Inscrita en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxxxx, Xxxx X, Libro X, Folio X, Finca X. Con referencia catastral XXXXXX. .
SEGUNDO.- Que XXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, en lo sucesivo el arrendatario, tiene su residencia habitual en la c/ Xxxxx nº 13, 6º-A de Madrid, y estando alquilar dicha vivienda por la temporada comprendida entre los días 15 de julio a 15 xx xxxxxx de 2.010, llevan a cabo el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA, en base a las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- Régimen jurídico-
El presente contrato se califica de contrato para uso distinto de vivienda, conforme establece el artículo 3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (en adelante XXX), al ser el uso al que se destina distinto del previsto en el el artículo 2 de la XXX, satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
SEGUNDA.- Destino
Teniendo el arrendatario, XXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, su domicilio familiar en la c/ Xxxxx nº 13, 6º-A de Madrid, donde convive con su esposa y sus dos hijos, declara que arrienda la vivienda descrita en el presente contrato para servir de residencia de su familia durante el periodo vacacional descrito.
Será causa de resolución del contrato el hecho de que el arrentario o cualquiera de sus familiares destinare la vivienda a domicilio familiar.
TERCERA.- Legislación aplicable.-
El presente contrato se otorga conforme a lo establecido en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y se regirá por lo libremente pactado en el presente contrato, y en todo lo no recogido en el mismo, por lo determinado en el Título III de la citada Ley, y supletoriamente por lo dispuesto en el Código Civil.
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxx, término judicial donde se encuentra la finca.
CUARTA.- De la duración:
El arrendamiento se hace por la temporada comprendida entre los días 15 de julio a 15 xx xxxxxx de 2.010, dejando de tener igencia a las 0 horas del día 16 xx xxxxxx de 2.010.
QUINTA.- Del precio:
El precio de este arrendamiento será de 1.600 euros por todo el periodo, a pagar en un solo plazo con anterioridad a la fecha prevista para el comienzo de vigencia del contrato: 15 de julio de 2.010.
El pago se hará en la cuenta corriente que designe al efecto la arrendadora. Dentro de este importe se incluyen los gastos generales, tributos, servicios y suministros del inmueble.
SEXTA.- Estado de conservación y mobiliario
El inmueble se entrega en condiciones normales de servir para el uso a que se destina, obligándose el arrendatario a devolverlo, al término del contrato, en el mismo estado de conservación.
Se encuentra amueblada, con el mobiliario, enseres y objetos que se determinan en el inventario que se adjunta al presente contrato y que forma parte integrante del mismo.
SÉPTIMA.- Responsabilidad
El arrendatario manifiesta haber procedido al examen de la vivienda arrendada así como del mobiliario en ella incluido, y que se corresponde al inventario que se adjunta en el presente contrato, reconociendo hallarse en perfecto estado para su uso y ocupación.
El arrendatario será responsable tanto de sus propios actos como de los que cometan los restantes ocupantes de la vivienda, aún siendo estos ocasionales, a efectos de la posible indemnización que por daños y perjuicios de los mismos pueda derivarse tanto a los efectos del párrafo anterior, como de una posible indemnización de daños y perjuicios.
OCTAVA.- Fianza.-
A la firma del presente contrato el arrendatario entrega al arrendador la cantidad de 3.200 EUROS, importe de dos meses xx xxxxx, en concepto de fianza, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de este contrato y responder de los posibles daños en las instalaciones de la finca, así como de la reparación o sustitución, en su caso, del mobiliario y enseres reseñados en el Anexo al contrato.
NOVENA.-Fijación de domicilio a efectos de notificaciones.
Queda fijado el domicilio del arrendatario el que figura en el exponendo segundo (lugar habitual de residencia del arrendatario), todo ello a efectos de recibir cualquier notificación derivada del conjunto de derechos y obligaciones derivados de este contrato.
Leído el presente documento por ambas partes y en prueba de su conformidad, lo firman y rubrican por duplicado en todas las páginas en el lugar y fecha reseñadas en el encabezamiento.