Acuerdo entre
Acuerdo entre
LA ENTIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO Y EL EMPODERAMIENTO DE LAS MUJERES (“ONU Mujeres”)
y
el MINISTERIO DE LAS MUJERES Y DE LA DIVERSIDAD DE LA PROVINCIA DE NEUQUÉN, ARGENTINA (el Donante)
(cada uno de ellos una “Parte” y colectivamente “las Partes”)
CONSIDERANDO que el Donante se compromete por el presente Acuerdo a aportar fondos a ONU Mujeres para la ejecución del proyecto denominado “Asistencia técnica para la implementación de la Escuela de Liderazgo y Conducción para Mujeres 2” en la provincia de Neuquén (el “Proyecto”), según se describe en el Documento de Proyecto aprobado por ONU Mujeres [Anexo A. Prodoc templante Escuela Liderazgo] que se adjunta a este Acuerdo como Anexo A (“el Documento del Proyecto”);
CONSIDERANDO que ONU Mujeres está preparada para recibir y administrar dicha contribución para la ejecución del Proyecto;
CONSIDERANDO que ONU Mujeres ejecutará directamente el Proyecto o designará un socio en la ejecución del proyecto para que lo ejecute;
POR ELLO, ONU Mujeres y el Donante acuerdan lo siguiente:
1. Este Acuerdo entrará en vigor en la fecha de la última firma por una de las Partes (la “Fecha de entrada en vigor”) y deberá permanecer en vigor hasta la entrega del último estado financiero final certificado, como se indica en el párrafo 7 que aparece a continuación, a menos que se termine con anterioridad conforme a los términos de este Acuerdo.1
2. Si procede, de conformidad con el párrafo 10 (a) de la Resolución 72/279 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 31 xx xxxx de 2018, el Donante acuerda que la cantidad correspondiente al 1% de la contribución realizada a ONU Mujeres se pagará al fondo del sistema del Coordinador Residente de las Naciones Unidas. Esta cantidad, referida como “cargo en concepto de servicios de coordinación” será custodiada por ONU Mujeres hasta su transferencia a la Secretaría de las Naciones Unidas, para ser posteriormente depositada en un Fondo Fiduciario Especial de las Naciones Unidas, el cual ha sido establecido para financiar el Sistema del Coordinador Residente de la ONU, y está gestionado por la Secretaría de las Naciones Unidas.
El Donante reconoce que una vez que el cargo en concepto de servicios de coordinación haya sido transferido por ONU Mujeres a la Secretaría de las Naciones Unidas, ONU Mujeres no se hace responsable del uso del cargo en concepto de servicios de coordinación y no asume ningún
1 Si el Donante desea incluir una fecha de terminación específica, use el siguiente texto: “Este Acuerdo permanecerá vigente desde la Fecha de Entrada en Vigor hasta [INSERTE LA FECHA], a menos que se rescinda con anterioridad conforme a los términos previstos en este Acuerdo”. Véanse la Guía del Acuerdo con el Donante, sección 5.17, para obtener más información.
tipo de responsabilidad. La responsabilidad fiduciaria recae sobre las Secretaría de las Naciones Unidas como gerente del sistema del Coordinador Residente.
El cargo en concepto de servicios de coordinación es complementario y no forma parte de la Contribución, que incluye la comisión de recuperación de gastos de ONU Mujeres y es adicional a los gastos que realiza ONU Mujeres en la implementación de la actividad o actividades financiadas por la Contribución. ONU Mujeres no absorberá la cantidad del cargo en concepto de servicios de coordinación, ni financiará este cargo con la Contribución, ni con otros recursos. Asimismo, no existe un requisito por el que la Secretaría de las Naciones Unidas deberá reembolsar el cargo en concepto de servicios de coordinación, en parte o en su totalidad, en el caso en que las actividades financiadas por la Contribución no se lleven a cabo en su totalidad por ONU Mujeres. Si el Donante lo considera necesario, y sobre todo cuando la escala de los recursos concernientes o el riesgo reputacional justifique la devolución de los gastos de transacción, podrá presentar una solicitud de reembolso directamente a la Secretaría de las Naciones Unidas a través de la Oficina de las Naciones Unidas de Coordinación del Desarrollo. La responsabilidad de reembolsar el concepto de servicios de coordinación recae en la Secretaría y no en ONU Mujeres.
3. El Donante aportará a ONU Mujeres la cantidad de pesos argentinos equivalente a USD 62 000 (dólares sesenta y dos mil) (“la Contribución”) según el tipo de cambio de Naciones Unidas para la fecha de la transacción acordada en calendario de que se especifica a continuación. La Contribución y, si procede, el cargo en concepto de servicios de coordinación se depositará en la cuenta bancaria siguiente:
Nombre de la entidad bancaria: CITIBANK N.A
Nombre de la cuenta: UNITED NATIONS DEVELOPMENT PROGRAMME- BUENOS AIRES XXXXX
Número de cuenta: 0/801292/038
CBU:0168888-1 00008012920385
CUIT NRO.: 30-68307705-0
Tipo de Cuenta: Cuenta Cte.
Moneda: Pesos argentinos
Número de identificación de transferencia electrónica: Acuerdo ONU Mujeres
Referencia: ONU Mujeres Escuela de la Liderazgo 2 Neuquén Calendario de pagos Cantidad Inmediata a la firma del acuerdo: USD 62 0002
4. El Donante informará a ONU Mujeres cuando el pago de la Contribución, se haya realizado a través del envío de un mensaje de correo electrónico con información del pago a xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx; cc.: Xxxxxxxx Xxxxxxx, xxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx; Xxxxx Xxxx, xxxxx.xxxx@xxxxxxxx.xxx
2 Consulta tasa de cambio en: xxxxx://xxxxxxxx.xx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxx/XxxxxxxxxxxXxxxx.xxx
5. Si el pago de la contribución se efectúa en una moneda diferente al dólar de los Estados Unidos (“USD”), el valor del pago se determinará aplicando el tipo de cambio operacional de las Naciones Unidas vigente en el momento del pago de la contribución.
6. ONU Mujeres deberá recibir y administrar la Contribución de acuerdo con su normativa, reglas, políticas y procedimientos.
7. a) ONU Mujeres proporcionará al Donante los siguientes informes, que elaborará de acuerdo con los procedimientos y formatos estándar de ONU Mujeres:
(i) Un informe anual de los avances logrados por el Proyecto en los seis (6) meses posteriores a cada período anual de elaboración de informes y/o un informe final en el que se resuman las actividades y los resultados del Proyecto en el plazo de seis (6) meses desde la fecha de finalización o extinción operacional del Proyecto;
(ii) Un estado financiero anual certificado al 31 de diciembre, que deberá presentarse a más tardar el 30 xx xxxxx del año siguiente; y
(iii) Un estado financiero final certificado, que deberá presentarse a más tardar el 30 xx xxxxx del año siguiente a la conclusión financiera del Proyecto.
b) En caso de existir múltiples donantes que contribuyen al Proyecto, se preparará un único informe de los avances logrados y el estado financiero, el cual será enviado a los múltiples donantes.
8. Tras la presentación del estado financiero final certificado, se devolverá al Donante cualquier saldo no gastado superior a mil (1.000) USD, a menos que las Partes hayan estipulado lo contrario por escrito. Si múltiples donantes contribuyeron al Proyecto, cualquier reembolso de saldos no gastados se efectuará en cantidades proporcionales a la contribución individual de cada donante.
9. La Contribución estará sujeta a una comisión de recuperación de gastos del 8%para cubrir los gastos generales de apoyo a la gestión. Además, en la medida en que se vinculen con el Proyecto de forma inequívoca, todos los gastos directos de implementación, incluidos los costos de cualquier socio en la ejecución del Proyecto, se identificarán en el presupuesto del Proyecto y serán asumidos por este en consecuencia.
10. El seguimiento del Proyecto se realizará de conformidad con el Documento del Proyecto según corresponda.
11. Toda evaluación del Proyecto se encomendará a evaluadores externos independientes y se llevará a cabo con arreglo a la Política de evaluación de ONU Mujeres y a las normas y criterios del Grupo de Evaluación de las Naciones Unidas.
12. La propiedad del equipo y los suministros adquiridos usando la Contribución se determinará de conformidad con la normativa, las reglas, las políticas y los procedimientos de ONU Mujeres, incluido cualquier acuerdo con el gobierno anfitrión pertinente, si corresponde, y será objeto de un acuerdo independiente.
13. ONU Mujeres tendrá derechos sobre toda la de propiedad intelectual (“PI”) y otros derechos de propiedad que incluyen, sin limitaciones, las patentes, derechos de autor y marcas comerciales, con relación a los productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, o documentos y otros materiales desarrollados en virtud de este Acuerdo y que guarden relación directa o se produzcan, preparen o recojan como consecuencia o durante la ejecución de este Acuerdo (“Derechos de PI”). ONU Mujeres tratará estos Derechos de PI conforme a su normativa, las reglas, las políticas y los procedimientos, y asimismo conforme a las disposiciones pertinentes de cualquier acuerdo básico de asistencia celebrado entre ONU Mujeres y el gobierno anfitrión en cuestión.
14. La Contribución estará sujeta exclusivamente a los procedimientos de auditoría interna y externa de conformidad con la normativa, las reglas, las políticas y los procedimientos de ONU Mujeres.
15. Sujeto a su normativa, reglas, políticas y procedimientos, ONU Mujeres tomará las medidas adecuadas para dar publicidad al proyecto. La información que se entrega a la prensa, a los beneficiarios del Proyecto, todo el material publicitario relacionado, los anuncios oficiales, los informes y las publicaciones, destacarán los resultados logrados y reconocerán el papel del gobierno anfitrión, si corresponde, el donante, y cualquier otra entidad pertinente.
16. El Donante reconoce que está familiarizado con los ideales y los objetivos de ONU Mujeres y declara que su nombre y su logotipo no pueden asociarse con causas políticas o sectarias, ni usarse de ninguna otra forma que contravenga la condición, la reputación y la neutralidad de ONU Mujeres. Cualquier uso del nombre o el logotipo de ONU Mujeres por parte del Donante será objeto de consulta entre las Partes y estará sujeto al consentimiento previo por escrito de ONU Mujeres.
17. Además, en caso de que el Donante sea una organización no gubernamental o una entidad privada, en ningún caso se autorizará el uso del nombre de ONU Mujeres, su abreviación o su logotipo para fines comerciales, y el Donante no expresará, de modo directo o indirecto, que las actividades, los productos o los servicios del Donante cuentan con la aprobación o el respaldo de ONU Mujeres.
18. Se comprende y acepta que toda la información externa e interna con relación a este Acuerdo, excepto aquella que cualquiera de las Partes explícitamente haya categorizado como confidencial, está sujeta exclusivamente a los requisitos de divulgación y transparencia de ONU Mujeres de conformidad con su normativa, reglas, políticas y procedimientos, así como la Iniciativa Internacional para la Transparencia de la Ayuda. Las Partes aceptan que los documentos proporcionados o generados en relación con este Acuerdo pueden ponerse a disposición del público solamente después de que ambas Partes hayan otorgado su consentimiento escrito para esa divulgación.
19. Cualquiera de las Partes puede rescindir el Acuerdo, previa notificación por escrito a la otra Parte con treinta (30) días de anticipación. Sin perjuicio de la rescisión, ONU Mujeres seguirá conservando los saldos no utilizados hasta que se hayan satisfecho todos los compromisos y obligaciones en que se haya incurrido en el marco de la ejecución del Proyecto, y hasta que todas
las actividades del Proyecto hayan finalizado. Cualquier suma restante se acreditará a la cuenta de ONU Mujeres bajo el epígrafe “Otros ingresos”, a menos que las Partes acuerden otra solución por escrito. Si múltiples donantes contribuyeron al Proyecto, cualquier reembolso de saldos no gastados se efectuará en cantidades proporcionales a la contribución individual de cada donante.
20. El presente Acuerdo solo podrá modificarse mediante acuerdo escrito entre las Partes.
21. Si el Donante es una entidad gubernamental, toda controversia entre las Partes que guarde relación con este Acuerdo se resolverá por negociación u otro medio convenido de arreglo; de lo contrario se someterá a arbitraje a petición de cualquiera de las Partes.
22. Si el Donante es una organización no gubernamental o una entidad privada, cualquier controversia o reclamo que guarde relación con este Acuerdo o cualquier incumplimiento del mismo se resolverán de acuerdo con las Reglas de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) que se encuentren actualmente en vigor, a menos que se solucione por negociación directa. Las decisiones del tribunal arbitral se fundamentarán en los principios generales del derecho comercial internacional. Las Partes quedarán obligadas por el laudo que resulte de ese arbitraje, que constituirá la decisión definitiva de esa controversia o reclamo. En caso de que, en el curso de la negociación directa anteriormente mencionada, las Partes deseen lograr un arreglo amistoso de esa disputa, controversia o reclamo por conciliación, esta tendrá lugar conforme al Reglamento de Conciliación de la CNUDMI actualmente en vigor.
23. Ninguno de los artículos del presente Acuerdo o de los aspectos relacionados con este podrá interpretarse como una renuncia, expresa o tácita, a cualquiera de las prerrogativas e inmunidades de las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios.
EN FE DE LO CUAL, los abajo firmantes, debidamente facultados para ello, han firmado el presente Acuerdo en español por duplicado.
En nombre y representación del Donante: En nombre y representación de ONU Mujeres:
Nombre: | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Nombre: | Xxxxxxx Xxxxxxx | |||
Firma: | Firma: | Directora Regional Adjunta para las | ||||
Ministra de las Mujeres | y | de | la | Américas y el Caribe de ONU Mujeres y Representante a.i. de | ||
Cargo: | Diversidad de Neuquén | Cargo: | Argentina | |||
Fecha: | Fecha: | 23/05/2023 |
Provincia del Neuquén 1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Hoja Adicional de Firmas
Número: IF-2023-01281228-NEU-PLANIF#MMD
NEUQUEN, NEUQUEN
Viernes 9 xx Xxxxx de 2023
Referencia: ACUERDO ONU MUJERES Y MMD
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Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961 Date: 2023.06.09 14:02:19 -03'00'
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Directora General
MMD-Dirección General de Planificación Ministerio de Mujeres y Diversidad
Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961
Date: 2023.06.09 14:02:20 -03'00'