ADENDA 1
XXXXXX 0
XXXXXXXXXX 000
XXXXXX XX XX XXXXXXXXXX: “COLOMBIA PRODUCTIVA está interesada en contratar el servicio de Interventoría integral (técnica, administrativa, financiera y legal) a realizarse sobre contratos de cofinanciación en el marco Programa SofisTICa de conformidad con las definiciones y condiciones establecidas en la presente invitación”.
De conformidad con lo establecido en el numeral 2.16 “MODIFICACIONES Y XXXXXXX X XXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXX”, XXXXXXXX PRODUCTIVA emite la presente adenda mediante la cual modifica algunos numerales de los términos de referencia.
Para facilitar la identificación de las modificaciones, las mismas se escriben en letra cursiva, subrayado y en color rojo. así:
PRIMERO: Se modifica el numeral 2.4. “OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA INTERVENTORÍA QUE APLICAN A TODAS LAS LÍNEAS DEL PROGRAMA SOFISTICA”, el cual quedará así:
“2.4 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA INTERVENTORÍA QUE APLICAN A TODAS LAS
LÍNEAS DEL PROGRAMA SOFISTICA
• Identificar desviaciones en el cumplimiento de las obligaciones contractuales de tipo técnico, administrativo, financiero y legal y aquellas que le sean inherentes a la convocatoria, a la naturaleza del contratista, a la propuesta, al contrato objeto de interventoría.
• Adelantar las acciones necesarias para emitir las recomendaciones oportunas para corregir las desviaciones identificadas en el cumplimiento de las obligaciones contractuales de tipo técnico, administrativo, financiero y legal y aquellas que le sean inherentes a la convocatoria, a la naturaleza del contratista, a la propuesta y al contrato objeto de interventoría.
• Contar con el personal suficiente y necesario que cumpla con el perfil e idoneidad requerido para la ejecución de las actividades de interventoría en el marco del Programa SofisTICa.
• Realizar cumplida y oportunamente el pago de los honorarios que se causen a favor de los contratistas que la interventoría llegare a contratar para ejecutar el contrato de interventoría.
• Contar con los recursos físicos, instalaciones y equipos de cómputo, muebles, enseres, insumos y demás elementos necesarios para el desarrollo eficiente y oportuno de las actividades objeto del contrato de interventoría.
• Contar con una sede o garantizar la presencia permanente en la ciudad de Bogotá D.C. con el fin de dar soporte a COLOMBIA PRODUCTIVA. Lo anterior, sin perjuicio de la cobertura nacional que el servicio de Interventoría requiere.
• Realizar la validación de los perfiles de las personas naturales o jurídicas que apoyen la ejecución de los proyectos cofinanciados, según las condiciones establecidas en cada fase de los respectivos términos de referencia de la convocatoria que aplique, y de acuerdo con los criterios y mecanismos acordados conjuntamente con COLOMBIA PRODUCTIVA.
• Verificar el cumplimiento de las obligaciones, actividades, resultados, metas, objetivo y/o propósito general y demás obligaciones establecidas en los contratos de cofinanciación derivados de las convocatorias, buscando el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos para cada instrumento conforme las condiciones que la ley exige.
• Presentar en un plazo máximo de tres (3) días hábiles los informes requeridos por COLOMBIA PRODUCTIVA y sustentarlos en los casos en que COLOMBIA PRODUCTIVA lo solicite. Todos los conceptos e informes de interventoría deben ser integrales y concluyentes sin lugar a interpretaciones, deben definir de forma clara, precisa y con los argumentos necesarios las situaciones presentadas en los proyectos o contratos respecto de los cuales se ejerce la interventoría.
• Ejecutar los mecanismos de retroalimentación a COLOMBIA PRODUCTIVA sobre avance de los proyectos, riesgos de ejecución, generación de alarmas tempranas, resultados parciales o finales, oportunidades de mejora y demás mecanismos necesarios y pertinentes a que hubiere lugar sobre los instrumentos objeto de seguimiento, así como, identificar casos de éxito y toda información relevante para realizar la debida ejecución de los instrumentos.
• Custodiar, administrar y digitalizar el archivo correspondiente a la documentación de los proyectos o contratos objeto de seguimiento, de acuerdo con los lineamientos de COLOMBIA PRODUCTIVA.
• Verificar el cumplimiento de la política de COLOMBIA PRODUCTIVA en el manejo de su imagen institucional, así como la del Ministerio de Tecnologías y las Comunicaciones durante la ejecución de los contratos.
• Vigilar permanentemente las vigencias y cobertura de las garantías constituidas por los contratistas a propósito de los contratos objeto de Interventoría, de no corresponder o tener que ser ajustadas, deberá solicitar a los contratistas el ajuste de las pólizas y revisar que correspondan a lo solicitado, emitiendo comunicación de aprobación o modificación de pólizas, con el fin de estas amparen debidamente el cumplimiento de los contratos. • Garantizar una adecuada distribución de proyectos a su equipo de trabajo interventor, que permita realizar el seguimiento oportuno y adecuado a la ejecución de los contratos y la correcta ejecución de la labor de interventoría y realizar los ajustes que COLOMBIA PRODUCTIVA sugiera en dicha distribución.
• Apoyar a COLOMBIA PRODUCTIVA en la elaboración de respuestas a los requerimientos formulados por autoridades administrativas, judiciales, entes de control u otras relacionadas, que se presenten respecto a los proyectos objeto de interventoría.
• Para aquellos contratos o proyectos en los que la interventoría logre evidenciar una presunta comisión del delito por parte del Contratista, el aliado, los usuarios finales y/o cualquier otro participe de la ejecución de los proyectos, la interventoría deberá emitir un concepto explicando de manera detallada lo encontrado, las pruebas recolectadas y que generan los indicios de la presunta comisión del delito, identificación del sujeto pasivo del delito (impersonal, personal), la tipicidad, y la recomendación para el inicio de las acciones penales.
• Presentar la información que se requiera por parte de los organismos de control o terceros y la que sea necesaria para responder y elaborar derechos de petición y/o reclamaciones derivados del proceso de interventoría que adelanta a los contratos, proyectos y/o programas.
• Contar con un sistema de información para el seguimiento, de acuerdo con lo definido en el numeral 2.3 de los presentes términos”.
SEGUNDO: Se modifica el numeral 2.18. “MODELO DE OPERACIÓN DE LA INVITACIÓN”, el
cual quedará así:
“2.18. MODELO DE OPERACIÓN DE LA INVITACIÓN
El proceso de presentación, evaluación y adjudicación de la presente invitación se llevará a cabo de la siguiente manera:
1. Los proponentes interesados en participar deberán radicar sus propuestas en el tiempo establecido en el CRONOGRAMA de esta invitación
2. Una vez recibidas las propuestas, se adelantará la apertura de sobres en la cual COLOMBIA PRODUCTIVA consolidará el listado de las propuestas presentadas y se excluirán del proceso las propuestas presentadas extemporáneamente, realizando la respectiva devolución de la propuesta.
3. COLOMBIA PRODUCTIVA procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos y documentos jurídicos, financieros y técnicos que se hayan previsto como habilitantes en la presente invitación.
4. Las propuestas que hayan sido habilitadas por el cumplimiento de los requisitos jurídicos, financieros y técnicos previstos como habilitantes en estos Términos de Referencia, serán evaluadas por un Comité de Evaluación de acuerdo con lo señalado en el CAPÍTULO EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN DE PROPUESTAS HABILITADAS
5. COLOMBIA PRODUCTIVA llamará a sustentar a los proponentes que hayan obtenido 45 puntos en los criterios técnicos de evaluación ante un panel de evaluación, para tal efecto se informará a los proponentes la fecha y hora de la sustentación.
6. Se adelantará el proceso de vinculación al Proponente que haya obtenido mayor puntaje en su propuesta.
7. Se publicará en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx los resultados del proceso conforme al cronograma establecido para tal fin”.
TERCERO: Se modifica el numeral 3.2 Requisitos Habilitantes de Carácter Jurídico, referente al
numeral e) “Garantía de seriedad de la propuesta”, la cual quedara así:
"
“3.2. Requisitos Habilitantes de Carácter Jurídico (…)
e) Garantía de seriedad de la propuesta
Todo proponente deberá garantizar la seriedad de su propuesta, con la suscripción, en Formato para Particulares, de una póliza expedida por una Compañía Aseguradora debidamente aprobada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, por un valor de CIENTO OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUATRO PESOS PESOS
M/CTE ($108.894.904) y con una vigencia igual a seis (6) meses, contados a partir de la fecha y hora de cierre de la Invitación. Con la propuesta se debe anexar la póliza, suscrita por el tomador y el recibo de pago de la prima correspondiente.
En caso de prórroga de la fecha para la selección del contratista, esta garantía deberá prorrogarse por parte del proponente a partir de la nueva fecha, cuando la vigencia anteriormente señalada, no sea suficiente para cubrir el periodo de selección del contratista.
El beneficiario será FIDUCOLDEX obrando como vocera de COLOMBIA PRODUCTIVA con NIT 000.000.000–5, el afianzado será el proponente.
La póliza deberá tomarse con el nombre o razón social del proponente que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera.
En caso de que la garantía de seriedad de la propuesta sea expedida sin el lleno de los requerimientos de estos términos de referencia, este hecho será subsanable y el proponente deberá remitir las correcciones del caso, en el término que le fije COLOMBIA PRODUCTIVA, lo cual será solicitado por escrito.
La póliza de seriedad correspondiente a las propuestas que no sean adjudicadas podrá ser devuelta a solicitud del interesado a más tardar dentro de los treinta (30) días calendario siguiente a la fecha de adjudicación del contrato producto de la presente invitación.
COLOMBIA PRODUCTIVA hará efectiva la garantía de Seriedad de la Oferta quedando el valor asegurado a su favor, hasta la concurrencia del porcentaje allí indicado y, por la totalidad xxx xxxxxx de la garantía, en los siguientes casos:
• Cuando un proponente solicite el retiro de su propuesta después de la fecha de cierre del plazo
de la presente invitación, salvo en los casos de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.
• Cuando el proponente favorecido con la adjudicación no procediere a cumplir con los requisitos para el perfeccionamiento y ejecución del contrato dentro del término señalado para que se suscriba el respectivo contrato.
• Por incumplimiento del deber de reserva de la información establecida en este documento.
Sin embargo, es de tener en cuenta que la ejecución de la garantía de seriedad de la propuesta no constituye una tasación anticipada de perjuicios; por lo que COLOMBIA PRODUCTIVA podrá perseguir en cualquier momento el reconocimiento de los perjuicios no cubiertos por el valor de dicha garantía, mediante las acciones legales conducentes.
(…) “
CUARTO: Se modifica el numeral 3.4.1. Experiencia específica del proponente, el cual quedará así:
“3.4.1. Experiencia específica del proponente
El proponente deberá presentar los soportes que acrediten la experiencia específica en el marco del servicio a ofrecer, teniendo en cuenta lo siguiente:
1. Deberá diligenciar el Anexo No. 2 “Experiencia del proponente y del equipo de trabajo”.
2. El proponente deberá presentar la experiencia específica relacionada en el anexo y esta deberá dar cuenta de mínimo dos (2) años en la prestación de servicios de Interventoría a contratos financiados o cofinanciados con recursos públicos.
La experiencia específica presentada por el proponente no será tenida en cuenta si se refiere a:
• Interventoría a contratos de obra civil.
• Interventoría a contratos de obra pública.
• Interventoría a contratos para estudios y diseños para obra pública o infraestructura.
• Interventoría a proyectos de hidrocarburos.
Los contratos presentados como experiencia específica del proponente NO pueden ser contratos ejecutados de forma simultánea.
Para acreditar la experiencia exigida el proponente deberá aportar las certificaciones emitidas por el contratante que contenga como mínimo la información relacionada de la siguiente manera:
• Nombre y NIT del contratante
• Objeto y Alcance del contrato
• Número de contratos y/o proyectos a los que se prestó el servicio de interventoría
• Fecha de suscripción del contrato
• Fecha de terminación del contrato
• Suspensiones o prórrogas
• Estado del contrato.
• Valor
• Valor ejecutado
• Naturaleza de los recursos
• Nombre, cargo y firma de quien expide la certificación
• Dirección y teléfono del contratante
• Fecha de elaboración de la certificación
Nota 1: En el Anexo No. 2 el proponente deberá señalar claramente la experiencia que presenta como habilitante. De no hacerlo COLOMBIA PRODUCTIVA tomará como habilitante la primera experiencia relacionada en el anexo, de no presentarse el Anexo, se tomarán como habilitantes
las certificaciones de experiencia en el orden presentado en la propuesta física. Las demás experiencias se tomarán como calificables.
Nota 2: En caso de no contar con las certificaciones el proponente podrá acreditar la experiencia exigida aportando los contratos de prestación de servicios de interventoría con sus respetivas actas de liquidación en donde se evidencien la información solicitada en este numeral.
El acta de liquidación debidamente suscrita por las partes servirá para acreditar la experiencia del proponente, siempre que en ella conste la información de nombre del contratante, objeto, vigencia y valor del contrato.
Respecto de los contratos en ejecución, es indispensable que se xxxxxxx certificación debidamente suscrita por la entidad contratante, que acredite y el grado de cumplimiento.
Cuando el proponente acredite experiencia obtenida en consorcios o uniones temporales, se tomará la experiencia en proporción a su participación en dicho consorcio o unión temporal, en valor equivalente al porcentaje de participación del proponente respecto del valor total del contrato. En este caso se debe anexar adicionalmente el documento de constitución del consorcio o unión temporal para determinar su participación en la ejecución del contrato aportado.
Para acreditar la experiencia específica de consorcios o uniones temporales, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
• Al menos una de las empresas del consorcio o unión temporal podrá aportar la totalidad de la experiencia específica del proponente y la totalidad de la experiencia específica del equipo de trabajo.
• Al menos una de las empresas del consorcio o unión temporal podrá aportar la totalidad
de la experiencia específica del proponente, y al menos otra de las empresas del consorcio o unión temporal podrá aportar la totalidad de la experiencia específica del equipo de trabajo.
• Al menos una de las empresas del consorcio o unión temporal podrá aportar la totalidad
de la experiencia específica del equipo de trabajo, y al menos otra de las empresas del consorcio o unión temporal podrá aportar la totalidad de la experiencia específica del proponente.
• Para acreditar la experiencia específica del proponente no se sumarán las experiencias
parciales de las empresas que hagan parte del consorcio o unión temporal.
• Para acreditar la experiencia específica del equipo de trabajo no se sumarán las experiencias parciales de las empresas que hagan parte del consorcio o unión temporal.
Todas las certificaciones expedidas en el exterior deben venir traducidas al idioma español y debidamente apostilladas o legalizadas”.
QUINTO: Se modifica numeral 4.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN, el cual quedará así:
“4.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las propuestas que cumplan con los requisitos jurídicos, financieros y técnicos habilitantes solicitados en esta Invitación serán evaluadas conforme a los siguientes criterios y la ponderación de cada uno de estos se enuncian a continuación:
Criterios de evaluación | Puntaje máximo |
Experiencia específica adicional del Proponente | 25 puntos |
Experiencia Específica adicional del Equipo de Trabajo | 20 puntos |
Metodología (calidad técnica de la propuesta) | 30 puntos |
Serán llamados a sustentar y se evaluarán las propuestas económicas de los proponentes que hayan obtenido mínimo 45 puntos de los criterios anteriores así: experiencia específica adicional del proponente mínimo 15 puntos, experiencia específica adicional del equipo de trabajo mínimo 12 puntos y metodología mínimo 18 puntos. | |
Sustentación de la propuesta | 10 puntos |
Propuesta Económica | 15 puntos |
Total | 100 puntos |
SEXTO: Se modifica el numeral 4.1.2. Experiencia específica adicional del equipo de trabajo (20 puntos), el cual quedará así:
“4.1.2. Experiencia específica adicional del equipo de trabajo (20 puntos),
El puntaje máximo de este criterio es de 20 puntos. Los años de experiencia específica del equipo de trabajo básico (Director de Interventoría, Interventor técnico – Experiencia Desarrollo Empresarial, Interventor técnico – Experiencia TI, Asesor Jurídico) adicionales al mínimo habilitante requerido, se ponderarán de la siguiente manera:
Cargo | Porcentaje de ponderación |
Director de Interventoría | 40% |
Interventor técnico – Experiencia TI | 20% |
Interventor técnico – Experiencia Desarrollo Empresarial | 20% |
Asesor Jurídico | 20% |
TOTAL | 100% |
La mayor sumatoria de experiencia ponderada obtendrá los 20 puntos de este criterio. A los demás proponentes se les asignará el puntaje de forma proporcional.
Los 20 puntos de este criterio se asignarán de la siguiente manera:
Por cada miembro adicional al solicitado en el equipo de trabajo básico y que cumpla con el perfil definido para cada cargo y sea diferente al equipo presentado para los criterios habilitantes: 2 puntos.
• El proponente que presente entre 0 y 1 año de experiencia adicional ponderada para el equipo
de trabajo: 10 puntos.
• El proponente que presente entre 1 y 2 años de experiencia adicional ponderada para el equipo de trabajo: 15 puntos.
• El proponente que presente más de 2 años de experiencia adicional ponderada para el equipo
de trabajo: 20 puntos
En todo caso, en este criterio el puntaje máximo asignado será de 20 puntos”.
Se asignarán 2 puntos adicionales por cada miembro adicional al solicitado en el equipo de trabajo básico, siempre y cuando cumpla con el perfil definido para cada cargo y sea diferente al equipo presentado para los criterios habilitantes.
SÉPTIMO: Se modifica el numeral 6. ANEXOS, el cual quedara así:
“6. ANEXOS
− Anexo No.1 Carta de presentación de la propuesta
− Anexo No.2 Experiencia del proponente y del equipo de trabajo. Este anexo debe entregarse de manera física con la propuesta y de manera digital en formato de Word, en el CD o DVD adjunto a la propuesta.
− Anexo No.3 Oferta económica. Este anexo debe entregarse de manera física con la
propuesta y de manera digital en formato de Excel, en el CD o DVD adjunto a la propuesta.
− Anexo No.4 Formato de inscripción y/o actualización de proveedores y terceros no clientes ni proveedores
− Anexo No.5 Formulario Solicitud de Vinculación Persona Jurídica − Anexo No.6 Formato
de autorización para el tratamiento de datos personales”.
La presente se publica el 6 de febrero de 2019 en la pagina web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx y xxx.xxxxxxxxxx.xxx en cumplimiento de las condiciones indicadas en los términos de referencia.