OBJETO DE CONTRATACIÓN: “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR”
CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA ORDEN DE SERVICIO Nro. 13-2021
OBJETO DE CONTRATACIÓN: “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR”
LUGAR FECHA: Quito, 06 de Julio de 2021
Mediante Resolución PRES-CES-No.009-2018, de 22 de enero de 2018 y sus posteriores reformas, se resolvió: “(…) Artículo 2.- Delegar al/la director/a de Gestión Administrativa del Consejo de Educación Superior, CES, las siguientes atribuciones: 1. Autorizar las contrataciones para la adquisición de bienes o prestación de servicios no normalizados, exceptuando los de consultoría, cuya cuantía sea inferior a multiplicar el coeficiente 0,0000002 del Presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico; así como también, suscribir todos los documentos legales para su perfeccionamiento y orden de gasto. (…)”.
La presente contratación se fundamenta en el numeral 1 del Art. 52.1 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, el Art. 60 del Reglamento General de la mencionada Ley y, los artículos 330 y 336 de la Codificación y Actualización de las resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, expedida mediante Resolución SERCOP No. 072-2016, de 31 xx xxxxxx de 2016; y sus posteriores reformas.
El Art. 336 de la Codificación y Actualización de las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, expedida mediante Resolución SERCOP No. 072-2016, de 31 xx xxxxxx de 2016. “Uso de la herramienta electrónica y concurrencia de ofertas.- En todas las contrataciones que se efectúen por el procedimiento de Ínfima Cuantía, las entidades contratantes establecidas en el artículo 1 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, deberán utilizar obligatoriamente la herramienta denominada "Necesidades Ínfimas Cuantías" que se encuentra disponible en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, en la cual se publicarán las necesidades de contratación conforme a lo señalado en el presente capítulo”.
Con Informe Nro. 23 de “Búsqueda en Catálogo Electrónico del SERCOP”, de 18 xx xxxxx de 2021, elaborado por Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Analista de Compras Públicas 1; y, aprobado por Xxxxxx Xxxxxxx, Director de Gestión Administrativa, se concluyó que la “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL
CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR”, no se encuentra en el Catálogo Electrónico del Portal Institucional del SERCOP.
Con Informe Técnico de Necesidad, de 23 xx xxxxx de 2021, elaborado por Xxxxxx Xxxxxxxx, Servidor Público 5; y, revisado y aprobado por Xxxxxx Xxxxxxx, Servidor Público 7 del Consejo de Educación Superior, se concluyó: “Es indispensable la contratación de la ‘ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS
PÁGINAS WEB DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR‘, para de esta manera contar con los siguientes beneficios: - Privacidad y seguridad para usuarios internos y externos. - Reducción del riesgo de robo y uso indebido de datos e información. - Impacto positivo en los factores de ranking de Navegadores. - Permite el uso de HTTP/2 para mejorar el rendimiento de la web. - Reconocido por diferentes firewalls, lo que impide ser bloqueado por las políticas de seguridad de los mismos.” y se recomendó realizar esta contratación: “de acuerdo a las especificaciones técnicas y al plazo requerido en este documento“.
Con Informe de Estudio xx Xxxxxxx, de 23 xx xxxxx de 2021, elaborado por Xxxxxx Xxxxxxxx, Servidor Público 5; y, revisado y aprobado por Xxxxxx Xxxxxxx, Servidor Público 7 del Consejo de Educación Superior, para la contratación de la “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL CONSEJO DE
EDUCACIÓN SUPERIOR”, se han considerado 3 proformas, las cuales se adjuntan al Informe. El resumen de la propuesta económica de cada proforma se desglosa en el mismo.
De conformidad a las Especificaciones Técnicas, de 23 xx xxxxx de 2021, elaborado por Xxxxxx Xxxxxxxx, Servidor Público 5; y, revisado y aprobado por Xxxxxx Xxxxxxx, Servidor Público 7 del Consejo de Educación Superior, para la contratación de la “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL
CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR”, se establecieron las especificaciones y los parámetros para la contratación, con un presupuesto referencial de USD 159,00 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA), más IVA; y el plazo de ejecución del servicio contratado, será de quince (15) días, contados desde la suscripción de la orden de servicio.
Con Memorando Nro. CES-CAF-DAD-2021-0341-M, de 23 xx xxxxx de 2021, suscrito por Xxxxxx Xxxxxxx, Servidor Público 7 del Consejo de Educación Superior, solicita a Xxxxxx Xxxxxxx, Director de Gestión Administrativa del Consejo de Educación Superior, la autorización para la creación de la necesidad para la contratación de la “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL CONSEJO DE
EDUCACIÓN SUPERIOR”, mismo que es autorizado con nota en el sistema de gestión documental quipux la cual indica: “(…) AUTORIZADO CREACIÓN DE NECESIDAD Y TRÁMITE RESPECTIVO SEGÚN NORMATIVA LEGAL VIGENTE.”
Con certificación XXX 0000, Xxx. 000, emitida con Memorando Nro. CES-DGE-2021- 0110-M de 24 xx xxxxx de 2021, la Directora de Gestión Estratégica (E), señala: “En referencia al Memorando Nro. CES-CAF-DAD-2021-0343-M de 24 xx xxxxx de 2021, mediante el cual la Dirección de Gestión Administrativa solicita la certificación de la actividad: ‘Adquisición de certificado de seguridad SSL para las páginas web del Consejo de Educación Superior‘ que consta en el POA del Consejo de Educación Superior CES. En tal virtud, me permito certificar que la mencionada actividad, consta en el POA 2021 del Consejo de Educación Superior CES, siendo la Dirección de Gestión Administrativa responsable de su ejecución (…)”, por un valor de USD 178,08 (CIENTO XXXXXXX X XXXX XXX 00/000 XXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXX XX XXXXXXX), incluido el IVA.
Con certificación PAC Nro. CES-DGA-PAC-2021-18, emitida con Memorando Nro. CES- CAF-DAD-2021-0345-M, de 24 xx xxxxx de 2021, se certificó que la contratación de la “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL
CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR”, consta en el Plan Anual de Contratación PAC 2021 del Consejo de Educación Superior.
Mediante certificación presupuestaria Nro. 92, emitida con Memorando Nro. CES-CAF- DFI-2021-0152-M de 25 xx xxxxx de 2021, el Director Financiero del CES, certificó la disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria No. 01 00 000 001 530702 1701 001 0000 0000, denominada “Arrendamiento y Licencias de Uso de Paquetes Informáticos”; y, la existencia de recursos suficientes para cubrir las obligaciones derivadas para la contratación de la “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR”, por un valor total de USD 178,08 (CIENTO XXXXXXX X XXXX XXX 00/000 XXXXXXX XX XXX XXXXXXX
XXXXXX XX XXXXXXX), incluido el IVA.
Mediante Memorando Nro. CES-CAF-DAD-2021-0347-M, de 25 xx xxxxx de 2021, Xxxxxx Xxxxxxx, Servidor Público 7 del Consejo de Educación Superior, solicitó a Xxxxxx Xxxxxxx, Director de Gestión Administrativa de este Consejo de Estado, la autorización de inicio del proceso por ínfima cuantía para la contratación de la “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL CONSEJO DE
EDUCACIÓN SUPERIOR”; el cual fue autorizado con nota y sumilla inserta en el mismo documento.
De acuerdo a lo establecido en el Art. 336 de la Codificación y Actualización de las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, expedida mediante Resolución SERCOP No. 072-2016, de 31 xx xxxxxx de 2016, se hizo uso de la herramienta electrónica y concurrencia de ofertas denominada "Necesidades Ínfimas Cuantías"; por lo que se publicó el día 25 xx xxxxx de 2021 en la herramienta en mención del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública la contratación para la “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS
PÁGINAS WEB DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR”, con el código de necesidad de ínfima cuantía Nro.: NIC-1768163410001-2021- 40001, de lo cual el día 28 xx xxxxx hasta las 16:28:00, se recibieron 2 proformas digitales a través del mail registrado en la publicación de la necesidad de ínfima cuantía, de acuerdo a la fecha y hora señalada.
Por los antecedentes expuestos, comunico a Usted, OBANDO FUENTES XXXXXXX XXXXXX, “SMARTICS” con RUC: 1715546576001, que el Consejo de Educación Superior, ha resuelto adjudicarle, de acuerdo al cuadro comparativo de fecha 0 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxx de servicio para la contratación de la “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR”, por un valor de USD 140,01 (CIENTO CUARENTA CON 01/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), incluido el IVA.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO A CONTRATARSE
Se requiere la contratación de la “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR”, según las
siguientes especificaciones técnicas:
El servicio a contratarse debe contemplar las siguientes características:
- Certificado SSL Básico y Configuración.
- Licenciamiento por un año.
El Contratista deberá entregar de forma obligatoria:
- Un documento por escrito donde se certifique el licenciamiento adquirido por un año.
ALCANCE
Adquirir el Certificado SSL para que sea instalado en el servidor de la página WEB del Consejo de Educación Superior, que es usado para las actividades inherentes de sus funcionarios, servidores y público en general de este Consejo de Estado.
PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del servicio contratado será de quince
(15) días, contados desde la suscripción de la orden de servicio.
FORMA DE PAGO: El pago se realizará contra la prestación del servicio a entera satisfacción del Consejo de Educación Superior (CES), para lo cual se deberá presentar la siguiente documentación habilitante:
Para el pago el Contratista deberá presentar la siguiente documentación habilitante:
⮚ Factura (Original) con los siguientes datos:
• CLIENTE: CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
• RUC: 1768163410001
• DIRECCIÓN: Xxxxxxxxx X0-000 x Xxxxxxxxx Xxxx
• TELEFÓNO: (0) 000 00 00
⮚ Certificado de validez y vigencia de la licencia adquirida. La vigencia de la licencia es de 365 días.
⮚ Para el caso de personas Naturales los documentos serán los siguientes;
• Copia de la cédula.
• Copia de la papeleta de votación actualizada.
• Copia del RUC
• Copia del certificado bancario.
⮚ Para el caso de personas Jurídicas los documentos serán los siguientes:
• Copia de la cédula del representante legal.
• Copia de la papeleta de votación actualizada del representante legal.
• Copia del Nombramiento vigente del representante legal.
• Copia del RUC.
• Copia del certificado bancario.
El Consejo de Educación Superior presentará la siguiente documentación habilitante:
• Informe de Satisfacción.
RESPONSABLE/ADMINISTRADOR DE LA ORDEN DE SERVICIO: El Consejo de
Educación Superior, designa como responsable de la presente orden de servicio a Xxxx Xxxxxxxx, Servidor Público 5, Analista de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del CES del Consejo de Educación Superior, quien será responsable de velar por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la contratación del servicio requerido, establecidas en la presente orden de servicio. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, previo informe motivado.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Las obligaciones del contratista son las siguientes:
⮚ Realizar la entrega oportuna y en el plazo establecido, la contratación para la “ADQUISICIÓN DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD SSL PARA LAS PÁGINAS WEB DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR”.
⮚ Cumplir a cabalidad con las especificaciones técnicas requeridas.
⮚ Presentar la documentación solicitada, para efectuar el pago correspondiente.
⮚ Designar un ejecutivo para solucionar cualquier inconveniente o requerimiento que pudiera presentarse por parte del Consejo de Educación Superior.
⮚ El contratista cumplirá con las obligaciones que se deriven de manera natural y legalmente del objeto de la contratación y puedan ser exigibles por constar en cualquier documento del proceso o en norma legal específicamente aplicable al mismo.
MULTAS
La CONTRATISTA conviene en pagar al Consejo de Educación Superior por concepto de multa, la cantidad equivalente al uno por mil (1X1000), del saldo pendiente por ejecutarse del valor total de la orden de servicio, de acuerdo a lo establecido en el Art. 71 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP).
Si el valor de las multas excede el 5% del valor de la orden de servicio, el Consejo de Educación Superior (CES), podrá dar por terminada anticipada y unilateralmente el Contrato.
A excepción que el incumplimiento en la ejecución del servicio, sea provocado por caso fortuito o fuerza mayor, conforme lo contemplado en el Art. 30 del Código Civil, debidamente notificado mediante oficio, hasta máximo 2 días de ocurrido el caso; y aceptado por el responsable/administrador de la orden de servicio.
Aprobado por:
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx
Director de Gestión Administrativa CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR – CES
ACTIVIDAD | NOMBRE | CARGO | FIRMA |
Elaborado Por: | Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx X. | Xxxxxxxx de Compras Públicas 1 | Firmado electrónicamente por: XXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX |
ACEPTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE SERVICIO
Firmado electrónicamente por:
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Firma:
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX “SMARTICS”
RUC: 1715546576001
Condiciones de la aceptación de la orden de servicio:
Con la presente firma acepto todas las condiciones establecidas en la presente orden de servicio. Estoy consciente que la fecha de recepción de la misma da inicio a la contabilización del plazo para la ejecución de la entrega del servicio, detallado en el presente documento.