CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
ESTUDIOS PREVIOS SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA
(Artículo 2.2.1.1.2.1.1 Decreto 1082 de 2015)
En desarrollo de lo previsto en el Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública, se anexa el estudio previo para contratar la actualización del aplicativo para el Registro en Línea y la gestión digital de las solicitudes en el portal web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
1. CONSIDERACIONES GENERALES Y DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD ESTATAL QUE SE PRETENDE SATISFACER MEDIANTE LA CONTRATACIÓN.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor es una Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio del Interior, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
Tenemos como Misión, fortalecer la debida y adecuada protección de los titulares de derecho de autor y de los derechos conexos contribuyendo al desarrollo de una cultura de respeto hacia éstos, y adicionalmente fomentar la creatividad productiva, mediante el establecimiento de condiciones que permitan a la comunidad de autores, creadores y desarrolladores de obras protegidas por el derecho de autor, beneficiarse de sus obras y con ello impulsar el desarrollo de las industrias culturales y de tecnología, de manera que contribuya al crecimiento económico del país.
Inculcamos la noción del derecho de autor como un nuevo concepto de riqueza que genera empleo, impulsa el desarrollo de la nación, protege la creación de las obras literarias y artísticas que contribuyen a engrandecer la cultura, el conocimiento, el arte, el entretenimiento y la calidad de vida, y responde a los retos impuestos por los avances tecnológicos y el crecimiento del ecosistema digital elaborado por el gobierno actual.
Convertimos el conocimiento en oportunidad, formando a los funcionarios de la entidad para que sean promotores y difusores del respeto por el derecho de autor y los derechos conexos y para ello constituimos alianzas estratégicas, a nivel nacional e internacional, con los sectores público y privado para hacer realidad una cultura de respeto por el derecho de autor y los derechos conexos.
Teniendo en cuenta el alto impacto que han cobrado las nuevas tecnologías de la información en el ámbito nacional y en el desarrollo de las entidades públicas, dichos elementos tecnológicos se han convertido en herramientas computacionales e informáticas que procesan, sintetizan, recuperan y presentan información incorporada de la forma más variada, para registrar, almacenar y difundir contenidos digitalizados; la Dirección Nacional de Derecho de Autor no puede estar ajena a esta realidad, por lo que debe dotarse de instrumentos que le permitan el logro de dicho cometido, máxime cuando se han expedido normas que generan dicha obligación para las entidades del Estado.
La Ley 1341 de 2009, a través de la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – TIC-, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones, establece en su artículo 2:
“Principios orientadores. La investigación, el fomento, la promoción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones son una política de Estado que involucra a todos los sectores y niveles de la administración pública y de la Sociedad, para contribuir al desarrollo educativo, cultural, económico, social y político e incrementar la productividad, la competitividad, el respeto a los Derechos Humanos
inherentes a la inclusión social. Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deben servir al interés general y es deber del Estado promover su acceso eficiente y en igualdad de oportunidades, a todos los habitantes del territorio nacional”.
Asimismo, el Artículo 5º de la mencionada ley señala:
“Las Entidades del Orden Nacional y Territorial y las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, TIC “Las Entidades del orden nacional y territorial promoverán, coordinarán y ejecutarán planes, programas y proyectos tendientes a garantizar el acceso y uso de la población, las empresas y las entidades públicas a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Para tal efecto, dichas autoridades incentivarán el desarrollo de infraestructura, contenidos y aplicaciones, así como la ubicación estratégica de terminales y equipos que permitan realmente a los ciudadanos acceder a las aplicaciones tecnológicas, que beneficien a los ciudadanos, en especial a los vulnerables y de zonas marginadas del país”.
Adicionalmente, el Decreto 2573 de 2014, “Por el cual se establecen los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en línea, se reglamenta parcialmente la Ley 1341 de 2009 y se dictan otras disposiciones”, señala que:
“Artículo 4. Principios y fundamentos de la en línea. Estrategia de Gobierno en se desarrollará conforme a los principios del debido proceso igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, eficacia, economía y consagrados en los artículos 209 de la Constitución Política, 3° de la Ley 489 de 1998 y 3° de la Ley 1437 de 2011.
Así mismo, serán fundamentos de la Estrategia los siguientes:
Excelencia en el servicio al ciudadano: Propender por el fin superior de fortalecer la relación de los ciudadanos con el Estado a partir de la adecuada atención y provisión de los servicios, buscando la optimización en el uso de los recursos, teniendo en cuenta el modelo de Gestión Pública Eficiente al Servicio del Ciudadano y los principios orientadores de la Política Nacional de Eficiencia Administrativa al Servicio del Ciudadano.
Apertura y reutilización de datos públicos: Abrir los datos públicos para impulsar la participación, el control social y la generación de valor agregado.
Estandarización: Facilitar la evolución de la gestión de TI del Estado colombiano hacia un modelo estandarizado que aplica el marco de referencia de arquitectura empresarial para la gestión de TI.”
El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Prosperidad para todos” en su capítulo 2, Colombia en Paz, señala, en lo que tiene que ver con la Propiedad Intelectual y que constituye un objetivo misional de la Dirección Nacional de Derecho de Autor:
“2.1.4. Lineamientos de Propiedad Intelectual Es importante elevar la capacidad nacional para que se dé un manejo adecuado a la propiedad intelectual en las diversas instancias y actividades de CT+I que se desarrollan en el país. Para ello se fortalecerá el talento humano que cuente con competencias suficientes para la gestión de la propiedad intelectual. También se debe reconocer la importancia de la propiedad intelectual como un estímulo al acto de investigar, proponer y crear nuevas ideas, promoviendo una cultura del respeto y promoción de una cultura de legalidad. Para ello es necesario apoyar la creación de un xxxxx xxxxx en el que todos los competidores tanto locales como internacionales operen libres de las distorsiones que supone el obtener una ventaja recurriendo a la usurpación o violación de derechos de propiedad intelectual. Con el liderazgo del Ministerio de Justicia y el apoyo de la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual, se trabajará en la creación de una política de observancia específica en esta materia que guíe el actuar de los operadores jurídicos que conocen de estos casos”.
En cumplimiento de la misión y con el fin de fortalecer la creatividad productiva de los derechos de autor e industrias creativas en el país, la DNDA formuló un Proyecto de Inversión ante el Departamento Nacional de Planeación para ejecutar en la vigencia 2017, el cual fue aprobado por este departamento, con la ficha BPIN No. 2016011000109 procediendo el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a asignar una partida presupuestal de conformidad con el Decreto de Presupuesto 2170 de diciembre 27 de 2016 por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2017 por valor de $ 475´000.000,oo.
Somos conscientes que las tecnologías de la información y las comunicaciones cambian rápidamente y forman una gran parte, a veces imperceptible, de todos los aspectos de nuestra vida y de las organizaciones y es por eso que la DNDA pretende adaptar la tecnología para que cada uno de sus servidores se convierta en una extensión de la entidad, brinde soluciones a tiempo en cualquier parte del mundo y a cualquier hora y los usuarios puedan acceder a nuestros servicios y encontrar una respuesta oportuna a sus inquietudes.
Por otra parte, y acorde con la misión de la entidad relacionada con el registro de obras literarias, artísticas, musicales, audiovisuales, soporte lógico y fonogramas, surgió la necesidad de contar con un sistema que permitiera el registro en línea, y para ello la Dirección Nacional de Derecho de Autor puso a disposición del público en el año 2006, con el apoyo del Programa Agenda de Conectividad del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones un aplicativo que permite a los usuarios realizar sus solicitudes de Registro a través de Internet, el cual ha permitido que actualmente la mayoría de solicitudes de Registro se reciban por este medio, como consta en la siguiente gráfica y tabla:
Ilustración No.1: Registros por año (Fuente: Aplicativo Xxxxxx)
Cantidad de registros por año
Año | Cantidad |
2006 | 22.152 |
2007 | 25973 |
2008 | 31114 |
2009 | 37600 |
2010 | 45910 |
2011 | 51064 |
2012 | 56161 |
2013 | 65413 |
2014 | 65138 |
2015 | 69596 |
2016 | 71875 |
Total | 541996 |
Tabla No.1 Relación de registros por año (Fuente: Aplicativo Xxxxxx)
Posteriormente, en el año 2008 se desarrolló una mejora al aplicativo con el fin de permitir la automatización de algunas labores administrativas del trámite, puesto que la facilidad que para el usuario significaba el poderlo hacer a través de Internet aumentó en un 39% el número de solicitudes que se debían atender, si bien el recurso humano que permitía la atención de dicho trámite continuaba siendo el mismo que en el año 2006 (y aún hasta la fecha).
Así mismo, y teniendo en cuenta la evolución normal y constante que sufren los aplicativos y portales, y más como el de la Dirección Nacional de Derecho de Autor que permite al usuario acceder al trámite de Registro en Línea, se consideró necesario incluir en el Proyecto de Inversión una actividad que permitiera el Fortalecimiento del Portal Web de la DNDA, incluyendo en dicho fortalecimiento los elementos que contribuyeran a mantener su vigencia y permitir al usuario de la Entidad continuar accediendo a la información, trámites y servicios que allí se publican de una manera amable y eficiente; por lo anterior, y en desarrollo del objetivo señalado en la ficha BPIN con código No. 2011-01100-0222, “Fortalecimiento del Portal Web de la DNDA” se contrató en el año 2015 el desarrollo de las siguientes actividades, conforme lo establecido en el contrato DNDA 015-2015:
1. Desarrollo de nuevas funcionalidades para el Portal Web de la DNDA
a. Desarrollo de un aplicativo para dispositivos móviles (App) para la solicitud de inscripción de registro de obras artísticas y audiovisuales.
b. Módulo geo referencial de consultas de Registro.
c. Módulo para la gestión documental de consultas jurídicas.
d. Módulo de consulta del tablero de indicadores de la DNDA.
2. Brindar el soporte para la puesta en producción de módulos portal web de la DNDA
Dicho contrato se ejecutó durante el año 2015, se realizó la publicación de los módulos y el lanzamiento del App de Registro para dispositivos móviles, con base en el cual los usuarios de al DNDA han podido realizar registros de obras artísticas (fotografías) y audiovisuales, tanto en la tienda de Apple, App Store, (xxxxx://xxxxxx.xxxxx.xxx/xx/xxx/xxxxxxx-xxx-xxxxx/xx0000000000?xxx0), como en la tienda de aplicaciones Android, Google Play (xxxxx://xxxx.xxxxxx.xxx/xxxxx/xxxx/xxxxxxx?xxxxx.xxx.xxxxxxxx.xxxx&xxxxx_000).
Es preciso indicar que, en el año 2016 se realizó el contrato para el desarrollo de los siguientes módulos y mantenimiento adaptativo del portal Web:
1. Módulo Asuntos Jurisdiccionales: Desarrollo, personalización e implementación de un BPM Open Source, con el fin de que el mismo permita el control administrativo y documental de la gestión de los procesos a tramitar por parte de la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales.
2. Módulo Aplicativo Vigilancia Sociedades de Gestión Colectiva: Desarrollo de un aplicativo Web de apoyo a las labores de vigilancia de las Sociedades de Gestión Colectiva que cumpla con lo establecido en las Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF, y la entrada en vigencia del Plan Único de Cuentas emitido por la DNDA.
3. Xxxxxx Xxx Xxxxxxx: Desarrollo de una red de Contactos que sirva para que los creadores colombianos puedan ser contactados por un promotor cultural o las industrias del derecho de autor para hacer negocios y de esta manera monetizar sus creaciones, y que así mismo permita el monitoreo, gestión y control de los contactos que a través de ella se generen.
4. Mantenimiento adaptativo del Portal web de la DNDA y sus aplicativos de Registro en Línea y Gestión Documental bajo la modalidad de bolsa de horas por parte de un desarrollador experto en Java y Javascript.
En atención a las anteriores consideraciones, se requiere continuar con el desarrollo del Portal Web de la DNDA con el fin de mantener su actualización y vigencia acorde con los nuevos requerimientos de los usuarios, las actuales exigencias legales y dando continuidad a lo establecido en la Estrategia de Gobierno en Línea, razón por la cual en cumplimiento del proyecto de inversión a ejecutar en 2017, aprobado mediante la ficha BPIN 2016011000109 denominado “Fortalecimiento de la Creatividad Productiva de los Derechos de Autor e Industrias Creativas en el país” se hace necesario contratar la ejecución de las actividades denominadas:
• Actualizar el registro en línea.
• Realizar la gestión digital de las solicitudes
El objetivo General de ejecutar estas actividades, es fortalecer los mecanismos que buscan la efectividad de los derechos que tienen los autores de creaciones artísticas y literarias en Colombia, con el propósito de darle alcance al portal en el siguiente sentido:
a) Promover las herramientas y ventajas de los derechos de autor que tienen los creadores en las obras artísticas y literarias.
b) Xxxxxxxxxx el conocimiento a los funcionarios y operadores de la rama judicial, Fiscalía y autoridades latinoamericanas, sobre derecho de autor.
c) Fortalecer la articulación, el control, vigilancia e inspección de las Sociedades de Gestión Colectiva
d) Xxxxxxxxxx y modernizar los mecanismos de observancia de los derechos de autor y conexos.
e) Propender el cumplimiento y eficiencia sobre las exigencias del Gobierno en Línea
La necesidad de realizar las actividades relacionadas, es necesaria por el incremento en la cantidad de solicitudes de registro recibidas cada año, la cual ha aumentado como se muestra en el siguiente gráfico y la siguiente tabla:
Ilustración No.2 Solicitudes recibidas por año, periodo 2008-2016 (Fuente: Aplicativo Xxxxxx)
Año | Cantidad de solicitudes recibidas |
2008 | 35.257 |
2009 | 42.647 |
2010 | 52.619 |
2011 | 59.034 |
2012 | 63.796 |
2013 | 75.610 |
2014 | 73.756 |
2015 | 87.673 |
2016 | 91.867 |
Tabla No.2: Relación de solicitudes recibidas por año. (Fuente: Aplicativo Xxxxxx)
Este proceso tiene por objeto mantener la vigencia del aplicativo que soporta el Registro en Línea y la gestión documental institucional, toda vez que, todas las solicitudes de registro que se reciben, bien sea presencialmente o a través de Internet o del App Protege tus obras, son radicadas y tramitadas a través del mismo, lo cual constituye la gestión digital de las mismas.
Para complementar dicha gestión digital de las solicitudes, de las cuales ya se reciben a través de Internet y de dispositivos móviles las correspondientes a Registro en Línea, también se requiere incluir lo pertinente a los formularios de Peticiones, Quejas y Reclamos, en sus diferentes modalidades, los cuales deben ser desarrollados de manera tal que permita el cumplimiento de la normatividad vigente, a saber:
• Ley 1755 de 2015 Por la cual se regula el derecho de petición
Artículo 17. Decreto 103 de 2015. Seguimiento a las solicitudes de información pública. En la recepción de solicitudes de información pública los sujetos
obligados deben indicar al solicitante un número o código que permita hacer seguimiento al estado de su solicitud, la fecha de recepción y los medios por los cuales se puede hacer seguimiento a la misma.
Al respecto se ha incluido en el objeto contractual el desarrollo de formularios para la recepción de PQRS que permitirán, como parte de sus funcionalidades, informar al peticionario el número de radicado de su solicitud en línea, de manera independiente al horario laboral, con el fin de que tenga los medios para hacer seguimiento a su petición, conforme lo ordenado por la mencionada Ley.
Adicionalmente, conforme lo establecido en el Artículo 76 de la Ley 1474 de 2011, “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”, se requiere implementar un formulario que permita dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 76, y de él puntualmente a lo relacionado con la publicación de un espacio en su portal para denunciar actos de corrupción:
Artículo 76. Oficina de Quejas, Sugerencias y Reclamos. Reglamentado por el Decreto Nacional 2641 de 2012. En toda entidad pública, deberá existir por lo menos una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad.
La oficina de control interno deberá vigilar que la atención se preste de acuerdo con las normas legales vigentes y rendirá a la administración de la entidad un informe semestral sobre el particular. En la página web principal de toda entidad pública deberá existir un link de quejas, sugerencias y reclamos de fácil acceso para que los ciudadanos realicen sus comentarios.
Todas las entidades públicas deberán contar con un espacio en su página web principal para que los ciudadanos presenten quejas y denuncias de los actos de corrupción realizados por funcionarios de la entidad, y de los cuales tengan conocimiento, así como sugerencias que permitan realizar modificaciones a la manera como se presta el servicio público.
Derogado por el art. 237, Decreto Nacional 019 de 2012. La oficina de xxxxxx, sugerencias y reclamos será la encargada de conocer dichas quejas para realizar la investigación correspondiente en coordinación con el operador disciplinario interno, con el fin de iniciar las investigaciones a que hubiere lugar.
El Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción señalará los estándares que deben cumplir las entidades públicas para dar cumplimiento a la presente norma.
Parágrafo. En aquellas entidades donde se tenga implementado un proceso de gestión de denuncias, quejas y reclamos, se podrán validar sus características contra los estándares exigidos por el Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción.
En tal sentido, en virtud del presente proceso se contratará el desarrollo de un formulario para denuncias por actos de corrupción, uno para denuncias por actos de corrupción específica en procesos de contratación, así como un mecanismo a través del cual los ciudadanos peticionarios podrán consultar el estado de su solicitud.
A su vez, estos mecanismos de facilitación de presentación y consulta del estado de peticiones, quejas y reclamos a través del Portal de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, permiten el cumplimiento de lo establecido en el Manual de Gobierno en Línea1 con respecto a la transparencia, puntualmente a lo establecido con respecto a los componentes de Información e Iteracción en Línea:
“El acceso a la información es un derecho constitucional y una condición básica para la reducción de los riesgos de corrupción, pues eleva los niveles de transparencia en la gestión pública. La transparencia a su vez aporta elementos al cuidado de los recursos públicos y genera condiciones de fortalecimiento de la confianza de los diferentes actores en su relación con la administración pública, la cual se convierte en un elemento clave para la gobernabilidad y la creación de capital social.
Componente de INTERACCIÓN EN LÍNEA
Anteriormente las personas se conectaban a internet solamente para consumir información. No obstante, de la mano con los avances tecnológicos se han presentado modificaciones en el comportamiento de la gente. Es así como la tecnología habilitó los espacios de comunicación en doble vía y la población comenzó a hacer uso masivo de éstos. De forma natural la sociedad entendió que la interacción con el Estado podría beneficiarse de la implementación de tecnología en estos procesos y es cuando se abre una ventana de oportunidad para implementar soluciones basadas en la tecnología para atender uno de los momentos de mayor interacción entre las entidades y el Estado: las peticiones. De esta forma el canal electrónico para adelantar una petición (solicitud de información, queja, reclamo o denuncia) se ha posicionado como un espacio que permite mayor agilidad y transparencia en la interacción, generando un contexto en donde la ciudadanía cuenta con mejores condiciones para la exigencia de sus derechos.
Objetivo
Habilitar, implementar e integrar diferentes espacios de interacción con los usuarios a través de la sede electrónica y disponer de opciones de consulta interactiva de información y de soporte en línea. Actividades
Para alcanzar la situación expuesta en la visión, la entidad deberá desarrollar las siguientes actividades:
• 1 ACTIVIDAD HABILITAR ESPACIOS DE INTERACCIÓN.
• 2 ACTIVIDAD HABILITAR ESPACIOS ELECTRÓNICOS PARA INTERPONER PETICIONES.
Estos espacios de interacción mencionados en la Estrategia de Gobierno en Línea, serán provistos por los formularios y funcionalidades a desarrollar en la ejecución del ítem 2 de la Ficha técnica del presente documento, los cuales permitirán a su vez
1 Manual de Estrategia de Gobierno en Línea, Portal Mintic, xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxx- aa-files/eb0df10529195223c011ca6762bfe39e/manual-3.1.pdf
mejorar la calidad de la comunicación y de los servicios ofrecidos a los usuarios del Portal de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
Este mejoramiento también es coherente con los fundamentos de la Estrategia de Gobierno en Línea, la cual a su vez tiene tres grandes ejes o componentes que deben ser cumplidos por parte de las entidades del Estado, conforme lo establecido en el Articulo 5 del Decreto Número 2573 de 20142, que a la letra establece
“Artículo 5. Componentes. Los fundamentos de la Estrategia serán desarrollados a través de 4 componentes que facilitarán la masificación de la oferta y la demanda del Gobierno en Línea”.
1. TIC para Servicios. Comprende la provisión de trámites y servicios a través de medios electrónicos, enfocados a dar solución a las principales necesidades y demandas de los ciudadanos y empresas, en condiciones de calidad, facilidad de uso y mejoramiento continuo.
2. TIC para el Gobierno abierto. Comprende las actividades encaminadas a fomentar la construcción de un Estado más transparente, participativo y colaborativo involucrando a los diferentes actores en los asuntos públicos mediante el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
3. TIC para la Gestión. Comprende la planeación y gestión tecnológica, la mejora de procesos internos y el intercambio de información. Igualmente, la gestión y aprovechamiento de la información para el análisis, toma de decisiones y el mejoramiento permanente, con un enfoque integral para una respuesta articulada”.
Registro en Línea – Módulo usuarios
El esquema general de funcionamiento a través del cual se integran los procesos misionales de la Entidad se integra a través de la base de datos conforme se muestra en la siguiente imagen:
Red Naranja
Registro en
Línea – Módulo funcionarios
Base de
datos AUTOR
Gestión
documental
App para
Registro de Obras
“Protege tus
Indicadores de
gestión
Grafica 1: Aplicativos Registro en Línea
2 xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/000/xxxxxxxx-00000_xxxxxxxxx.xxx
En lo referente al funcionamiento del módulo de Registro en Línea ello hace parte y es coherente con el logro mencionado en dicha estrategia correspondiente al mantenimiento evolutivo, en cuyo Manual se menciona3:
Logro Sistemas de Información:
LOGRO Sistemas de Información Busca potenciar los procesos y servicios que presta la entidad a través de la gestión de los sistemas de información | |
CRITERIO | SUBCRITERIO |
Ciclo de Vida de los Sistemas de Información | La entidad cuenta con los mecanismos para realizar el mantenimiento evolutivo, gestión de cambios y corrección de fallos en los sistemas de información. |
En tal sentido las solicitudes realizadas por la Oficina de Registro requieren ser atendidas mediante el mantenimiento adaptativo del aplicativo SIGEDO para el trámite de las solicitudes de Registro.
2. ANALISIS ECONÓMICO DEL SECTOR
2.1. ASPECTOS GENERALES XXX XXXXXXX
2.1.1. ANÁLISIS DE LA OFERTA
De acuerdo con el ESTUDIO EXPLORATORIO PROSPECTIVA DE LA INDUSTRIA TI
EN COLOMBIA 2015, estudio del sector elaborado por el Observatorio TI, que es una iniciativa del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Colombia en alianza con la Federación Colombiana de la Industria de Software y Tecnología Informáticas Asociadas – FEDESOFT, las principales líneas de negocio y facturación del sector de industrias de Tecnologías de la Información en Colombia en el 2016 fueron principalmente:
● Desarrollo a la medida
● Servicios de software
● Licenciamiento de software nacional
● Servicios de outsourcing
● Hardware comercialización
● Otro
● Licenciamiento de software extranjero
● Hardware ensamblado
3 Estrategia de Gobierno en Línea, xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/000/xxxxxxxx- 7941_manualGEL.pdf
Ilustración 3: Frecuencia de facturación de TI por tipo (Fuente: Observatorio TI 2016)
2.1.1.1. FACTURACIÓN POR SECTORES Sector privado
El análisis de tendencias de facturación por sectores, dentro del sector privado, se encuentra liderado por el sector comercio, conforme se muestra en la siguiente gráfica:
Ilustración 4: Facturación por sectores - Sector privado (Fuente: Observatorio I 2016)
Entre tanto, en las empresas del sector gobierno, la gráfica por sectores muestra al Gobierno central liderando la facturación de servicios de TI, seguido por el sector salud y posteriormente por sector educación, así:
Ilustración 5: Facturación de servicios de TI sectores: Sector público (Fuente: Observatorio TI 2016)
2.1.1.2. OFERTA DE PROFESIONALES EGRESADOS DE PROGRAMAS DE TI
De acuerdo al análisis comparativo de los egresados anualmente de los programas relacionados con las ingenierías TI versus los egresados de todos los programas de ingeniería, y también de ingenierías relacionadas con temas tecnológicos (electrónica, telecomunicaciones, eléctrica), teniendo en cuenta tanto los niveles de formación universitarios, tecnológico y técnico, se calcula que cada año se gradúan menos profesionales en carreras relacionadas con TI en comparación con otras ingenierías, aumentándose de esta manera la brecha digital, conforme se muestra en la siguiente gráfica4:
Ilustración No.6: Universitarios históricos 2001-2014 (Fuente: Informe de Caracterización del sector de Software y Tecnologías de la información en Colombia, Fedesoft - Mintic)
4 Observatorio TI, Informe egresados carreras TI, xxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xx/xx-xxxxxxx/xxxxxxx/0000/00/XXXXXXXXX- PROGRAMAS-TI.pdf
Realizado dicho análisis de acuerdo al nivel académico, se encuentra un crecimiento de la tasa de egresados xx xxxxxxxx de TI a nivel universitario es decreciente (-3.9%), como se muestra en la siguiente gráfica:
Ilustración No.7: Universitarios históricos y proyectados 2001-2025 (Fuente: Informe de Caracterización del sector de Software y Tecnologías de la información en Colombia, Fedesoft - Mintic)
En el sector académico de estudiantes xx xxxxxxxx relacionadas con TI a nivel tecnólogo la tendencia es creciente, relacionada con las becas que para tal efecto son entregadas por el MINTIC, conforme se muestra en la siguiente gráfica:
Ilustración No.8: Ingenieros vs Ingenieros tecnología sector TI (Fuente: Informe de Caracterización del sector de Software y Tecnologías de la información en Colombia, Fedesoft - Mintic)
Los tecnólogos presentan un crecimiento pronunciado desde el año 2010, cambiando la tendencia decreciente que hasta ese momento presentaban, incremento relacionado con las becas otorgadas desde dicho año por el Mintic.
En cuanto al nivel técnico el análisis estadístico realizado con la herramienta de suavizamiento exponencial simple, el crecimiento de cantidad de egresados de todas las carreras técnicas es de 18.6% anual, en tanto que las de aquellas relacionadas con la tecnología es de un 2.5%, lo cual se puede observar en la siguiente gráfica de egresados
xx xxxxxxxx técnicas de todas las ingenierías, versus la de ingenierías del sector TI.
Ilustración No.9: Egresados de todas las ingenierías Vs Egresados Ingenierías sector TI (Fuente: Informe de Caracterización del sector de Software y Tecnologías de la información en Colombia, Fedesoft - Mintic)
En conclusión, de persistir este comportamiento y teniendo en cuenta los estudios realizados por el MinTic y Fedesoft en los últimos años, la tendencia decreciente de egresados xx xxxxxxxx de TI a todos los niveles impactará el talento digital en dicho sector, pues la demanda de las empresas es mucho mayor por profesionales, que es decreciente en oferta, que por tecnólogos, cuya oferta está aumentando.
2.1.1.3. PROSPECTIVA DE LA INDUSTRIA TIC
De acuerdo al documento ESTUDIO EXPLORATORIO – XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXX 00000, publicado por el observatorio TI, as tecnologías y tendencias estratégicas vigentes a 2016 se identifican también con base en pronósticos xx Xxxxxxx e IBM debido a su perspectiva histórica, y se comparan con pronósticos de otras reconocidas firmas de analistas como Markess International, Ovum y Pew Research Center.
Las 10 tecnologías estratégicas identificadas para 2016 por Gartner (2015.2), que marcan algunas continuidades, pero también rupturas con las de años anteriores, son las siguientes:
1. Redes de dispositivos móviles y aplicaciones interconectados que abarcan campos cada vez más amplios de los negocios y la vida cotidiana.
2. Experiencias de usuario en que se mezclan lo físico, lo virtual y lo electrónico hasta confundirse en un solo entorno.
3. Incremento de las aplicaciones y materiales para impresión 3D.
4. Información en todo: como consecuencia del Internet en todo, la información textual, alfanumérica, gráfica, multimedia y cartográfica se integran y articularán para generar nuevos tipos y enormes volúmenes de información.
5. Máquinas inteligentes avanzadas que irán más allá de los protocolos tradicionales de computación para ser capaces de percibir y aprender por sí solas.
5 Fedesoft, Estudio exploratorio: Prospectivas de la industria TI en Colombia 2015, xxxx://xxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx/XxxxxxxxxXxxxxxxxxxx0000.xxx
6. Dispositivos y software de nueva generación capaces de funcionar de manera autónoma e interactuar con el usuario como precursores de los robots.
7. Arquitectura de seguridad adaptable basada en software autoprotegible y análisis de usuarios.
8. Arquitectura de sistemas avanzados capaces de soportar la interacción de la red de dispositivos y el desarrollo de la inteligencia artificial sobre nuevos conceptos de computación.
9. Arquitecturas para la red de aplicaciones y servicios, capaces de integrar aplicaciones basadas en la nube con la red de dispositivos y con la gran cantidad de interfaces de usuario que soportarán.
10. Plataformas para el Internet de las cosas, orientadas a soportar los flujos generados por la red de aplicaciones, dispositivos y usuarios (máquinas, personas, hardware).
La prospectiva global de mercados para el período 2015-•-2025 está condicionada por tendencias y tecnologías estratégicas aparecidas en años anteriores que se han expuesto en páginas anteriores. Sin embargo, dada la dinámica del sector, al abordar un horizonte prospectivo mayor a 5 años no se puede asumir directamente de los antecedentes históricos el comportamiento de la innovación tecnológica. Es imprescindible basar la prospectiva en un modelo que dé cuenta de los ciclos vitales particulares de estas tendencias y tecnologías estratégicas: aparición, crecimiento, auge y declive se suceden en ocasiones con gran rapidez condicionando el conjunto de la prospectiva tecnológica.
2.1.1.4. EL ENTORNO LATINOAMERICANO
Según Xxxx (2015), cuyo estudio fue patrocinado por la CEPAL y la CAF6, la estructura y la dimensión del ecosistema digital en América Latina se ha transformado de manera radical, pasando xx xxxxxxx de valor aisladas basadas en conectividad y distribución de contenidos al encadenamiento integrado de dichos productos y servicios según nuevos modelos de negocio. Con base en ello se plantea la necesidad de definir una visión de futuro para la región, basada en una visión integrada del ecosistema digital. Si esto no se hace, los países de la región corren el riesgo de transformarse en consumidores de productos, aplicaciones y contenidos producidos fuera del continente. Para el autor la complejidad de la agenda digital reside en el hecho de que paralelamente con la digitalización se deben resolver las brechas existentes en cuanto a acceso y utilización de las nuevas tecnologías. En ese contexto, la prospectiva regional debe crear 1) una visión objetivo, 2) una masa crítica de tareas a realizar, 3) la institucionalidad necesaria para la construcción de alianzas público-privada y 4) la identificación de factores claves habilitantes para la implementación de las propuestas. La agenda regional debe combinar enfoques verticales y transversales que articulen el desarrollo de la industria digital, la adopción de tecnologías digitales en procesos productivos y la formación del recurso humano para la ejecución de los dos componentes anteriores. Los aspectos a mejorar son múltiples. América Latina está muy distanciada de los centros mundiales de innovación en cuanto a disponibilidad de financiamiento, y en general los factores de entorno (específicamente el marco legal y fiscal) no propician el aumento de la inversión privada. Ante esta situación, el autor destaca entre otros la contribución del sector público la creación de Xxxx.Xx. Sin embargo, aún se requiere mejorar la coordinación entre fuentes de financiamiento y la articulación entre programas digitales y objetivos de desarrollo, y adicionalmente implementar estrategias para reducir los costos de fricción derivados de la falta de información a emprendedores, falta de seguimiento y duplicación de esfuerzos entre entidades. Adicionalmente se requiere una reorientación de fondos del Estado de un
enfoque científico a uno más empresarial. Este factor está relacionado con el hecho de que el 30% de los recursos está destinado al capital humano, en términos de becas e investigación básica, lo cual dificulta la transición de la investigación científica a la relacionada con el emprendimiento.
2.1.1.5. POSICIONAMIENTO DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE Y SERVICIOS RELACIONADOS EN EL MERCADO INTERNACIONAL
De acuerdo a publicación de la UNCTAD7, existe una relación directa entre la evolución de las TIC y el sector de software: el desarrollo de tecnologías que amplían el acceso a Internet incluso a través de dispositivos móviles ha impactado positivamente el desarrollo la de las TICs y aumentado a su vez el requerimiento de mayores servicios de licenciamiento y desarrollo ampliando las posibilidades de las industrias dedicadas a este sector. Ello confirma la creciente necesidad por la utilización de las TIC en sectores como la administración pública, salud, educación y otros servicios, lo cual a su vez requiere del desarrollo de aplicaciones de software especialmente adaptadas a las necesidades específicas de cada sector.
El resultado de esto es el dinamismo del sector de desarrollo y mantenimiento de software, lo cual hace que el recurso humano que se dedica a estas labores encuentre un amplio espacio para sus actividades. Incluso son innumerables los ejemplos de empresas pequeñas que cuentan con el talento humano, tanto a nivel de desarrollo como de habilidad para encontrar aquellas aplicaciones que el mercado requiere, que en relativamente poco tiempo pueden publicar y lograr un amplio mercado a nivel local y mundial, pues el acceso a Internet a través de dispositivos móviles hace que no sea necesaria una gran infraestructura para llegar a públicos muy diversos; basta con tener un buen producto que satisfaga eficientemente una necesidad, disponer su publicación a través de las tiendas virtuales, y el mismo mercado y la publicación a través de las redes sociales se encarga de facilitar su divulgación.
Por otra parte, el cambio xxx xxxxxxx hace que se facilite la distribución incluso gratuitamente de aplicaciones, de las cuales se recupera con creces la inversión a través de diferentes medios, como por ejemplo la publicidad que se puede vender desde las páginas a través de las cuales se descargan, o a través del acceso a otras aplicaciones que si requieren pago, o también de la disposición de versiones gratuitas de 30 días (Trial) que pueden ser probadas antes de acceder a la versión completa, la cual sí requiere un pago.
Conforme datos tomados de la UAE DIAN –Subdirección de Gestión de Análisis Operacional, “Reporte estadístico consolidado de las exportaciones durante el año 2014”, “Por código CIIU la actividad económica del sector que más exporta es la de comercio al por menor de computadores, equipos periféricos, programas de informática y equipos de telecomunicaciones en establecimientos, con un 38,7% del total, seguida por las actividades de consultoría informática y actividades de administración de instalaciones informáticas, con un 22,8%; la exportación en actividades de desarrollo de sistemas informáticos representa el 18,7% de las exportaciones. Colombia exportó en el año 2014 un total de 16.946.263 de USD”.
2.1.1.6. EXPORTACIONES
Conforme el Informe de Caracterización del Sector de Software en Colombia, de fecha de diciembre de 2015, “Las exportaciones del sector pasaron de US$ 246.5 millones en
7 Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), The Information Economy Report
2012, “The software industry and developing countries”.
el 2013 a US $ 241.7 millones en el 2014, y en el primer trimestre de 2015 continuó su decrecimiento con US $ 103 millones. Esta situación se presenta a pesar que la devaluación del peso frente al dólar –entre el 2013 y 2014- ocasionando una ganancia en competitividad de los productos y servicios desarrollados en el país. Esto indica que la industria local de TI adolece de capacidades y herramientas suficientes para aprovechar las oportunidades xx xxxxxxx a nivel externo, lo cual se puede ver agravado por la revaluación que se está dando en el 2015”.
La siguiente gráfica muestra por destino el monto comparativo de las exportaciones de 2013 y de 2015:
Ilustración No.10: Monto comparativo de las exportaciones del sector de TI 2013-2015 (Fuente: Informe de Caracterización del sector de Software y Tecnologías de la información en Colombia, Fedesoft - Mintic)
La composición porcentual de los principales compradores de los productos del sector TI no ha variado en el periodo analizado: Estados Unidos es el principal comprador con una participación que oscila entre el 28% y el 30% del total de exportaciones, seguido por España (12%) y Ecuador (10%), México (8%), Chile (6%) y Perú (5%). Estos datos indican que no han surgido nuevos países compradores de los productos y servicios nacionales de software y servicios de TI y, por otra parte, que los principales clientes externos de la industria nacional TI no se encuentran en el vecindario de la región, por lo que dichos mercados cercanos pueden a su vez constituir nichos de interés para la penetración de la oferta nacional.
2.1.1.7. COMPORTAMIENTO FINANCIERO DEL SECTOR TI
Conforme el Informe de Caracterización del Sector de Software en Colombia, de fecha de diciembre de 2015, “El margen bruto promedio del sector TI en el 2014 fue de 53%, y el margen operacional promedio fue de 11.4%, lo cual implica que sus costos operacionales tienen un peso representativo en su estructura contable. El margen neto de utilidad promedio de fue de 3,2%. Las empresas más rentables de la industria son las dedicadas a la prestación de servicios xx xxxxxxxx web (9,63% de utilidad neta), seguidas por las empresas de consultoría y relacionados (5,52%), otras actividades de servicios de información (5,5%). Sólo el subsector de procesamiento de datos, hosting y relacionadas tuvo un margen negativo (--‐8.9).”
Ilustración No.11: Rentabilidad de las empresas de TI en 2014 (Fuente: Informe de Caracterización del sector de Software y Tecnologías de la información en Colombia, Superintendencia de Sociedades)
En cuanto a la capacidad de las empresas para remunerar a sus accionistas (medida por el ROE--‐ Return Over Equity) se observa que el sub--‐sector de actividades de desarrollo exhibe el mejor comportamiento (40.1%) seguido por consultoría y relacionados (13,5%), portales web (10,3%) y otras actividades de TI (5%). En contraste, el subsector de actividades de procesamiento de datos, hosting y relacionados destruye valor de accionistas, pues presenta un ROE de --‐11%.
Ilustración No.12: Resumen de indicadores financieros industrias Sector TI, Superintendencia de Sociedades)
“El conjunto de estos indicadores financieros indican que el sector TI presenta, en promedio, niveles de rentabilidad aceptables, pero elevados niveles de endeudamiento. Ello indica que el crecimiento de las empresas está siendo apalancado
fundamentalmente por recursos de crédito, con los consecuentes costos financieros que de ello se deriva. Esta realidad invita a revisar qué tan adecuados son los productos financieros disponibles en el mercado en término de plazos, tasas y condiciones de cara a las necesidades crediticias específicas de las empresas de TI en Colombia”.8
2.2. ANÁLISIS DE LA DEMANDA
2.2.1. MERCADO FINAL DE PROCESOS.
Las organizaciones de todo tipo, empresas o administraciones, modernizan sus procesos con las Tecnologías de la Información, bien adquiriendo paquetes de software y configurándolos a sus propias necesidades, bien contratando servicios de consultoría o de desarrollo a medida a sus necesidades o bien creando sus propios departamentos de TI, solos o con proveedores externos. Con relación a este eje de aplicación de las TI, todas las organizaciones son potencialmente mercados relevantes para este Plan Estratégico de Mercadeo y Ventas de software y servicios asociados ya que todas las organizaciones demandan la mejora de calidad y productividad de sus procesos empresariales.
2.2.2. ADQUISICIONES MEDIANTE PROCESOS DE SELECCIÓN DE OTRAS ENTIDADES ESTATALES:
Con el fin de identificar el tipo de entidades públicas que han demandado el servicio, se realizó una consulta en el Sistema Electrónico de Contratacion Publica SECOP II, encontrando los siguientes contratos:
CONTRATO No. | ENTIDAD | OBJETO | VALOR | MODALIDAD DE CONTRATACIÓN |
530 | BOGOTÁ D.C. - SECRETARÍA DISTRITAL DEL HABITAT | Solución integral de e-learning para el desarrollo y puesta en funcionamiento de cursos virtuales mediante la modalidad de software como servicio saas | $ 59.821.497 | Selección Abreviada de Menor Cuantía |
168-2016 | CUNDINAMARCA - ALCALDÍA MUNICIPIO DE MADRID | Prestación de servicio de instalación, implementación, mantenimiento y autorización del uso y goce de un soporte lógico (software), de los módulos de contabilidad, tesorería, presupuesto, impuesto predial, RETEICA, ICA, nomina, almacén e inventarios, módulo de seguimiento y control al plan de desarrollo y gestión documental, para la alcaldía municipal | $ 110.000.000 | Selección Abreviada de Menor Cuantía |
8 CARACTERIZACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN EN
COLOMBIA 2015, Mintic – Fedesoft, xxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xx/xx- content/uploads/2016/02/EstudiodeCaracterizaci%C3%B3n2015.pdf
00000 | XXXXXXXXX - XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX - MEDELLÍN | Adquirir elementos de hardware, software y comunicaciones para los estudiantes y profesores del área de Infraestructura, que permita proveer una plataforma de trabajo para apoyar el desarrollo de habilidades analíticas y funcionales mediante la creación, implantación, mantenimiento y administración de redes de comunicaciones e infraestructura de TI con el desarrollo de las prácticas de las materias y módulos del área APIT y el desarrollo de proyectos de grado y proyectos integradores | $ 137.396.919 | Selección Abreviada de Menor Cuantía |
082 | ARAUCA - INSTITUTO DE DESARROLLO DE ARAUCA - IDEAR | Actualización de todos los módulos del software financiero MAFE utilizado en el instituto de desarrollo de Arauca - idear (contratos, contabilidad, presupuesto y tesorería) por cambio en marco normativo | $ 127.600.000 | Selección Abreviada de Menor Cuantía |
SA-2016- 0490 | CUNDINAMARCA - ALCALDÍA MUNICIPIO XX XXXX | Desarrollo, configuración, suministro, implementación, adaptación, capacitación, mantenimiento y soporte de un aplicativo Software que permita realizar el registro, control y seguimiento de los beneficiarios a los programas deportivos y culturales que ofrece la administración municipal. | $ 25.000.000 | Selección Abreviada de Menor Cuantía |
CTO285-17 | BOGOTÁ D.C. - TRANSMILENIO | Realizar la actualización, mantenimiento, desarrollo, ajuste del software de sitios WEB y hosting, a fin de garantizar el óptimo funcionamiento de los sitios WEB de TRANSMILENIO S.A.: | $ 141.000.000 | Selección Abreviada de Menor Cuantía |
2.2.3. ADQUISICIONES PREVIAS EN LA DNDA
No. CONTRATO | MODALIDAD | OBJETO | CUANTÍA | CONTRATISTA |
DNDA 24- 2012 | Licitación Pública | Realización del rediseño, construcción, desarrollo e implementación del nuevo Portal Institucional de la DNDA. | $ 208.000.000 Adición $ 38.040.000 | UNION TEMPORAL PORTAL DNDA |
DNDA 043- 2013 | Contratación Mínima Cuantía | Efectuar las pruebas sobre las funcionalidades críticas del módulo de Registro en Línea y Gestión Documental del Portal Web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor en la modalidad de pruebas de humo (Smoke Test) de manera que permita verificar que el aplicativo cumpla con los requerimientos básicos del usuario solicitante | $ 16.500.000 | EJE PROCESOS EFECTIVOS LTDA |
DNDA 015- 2015 | Selección Abreviada de Menor Cuantía | Contratar a todo costo el fortalecimiento del Portal Web de la DNDA | $ 148.000.000 | XXXXXXXX BUSINESS TECHNOLOGY S.A. |
DNDA 023- 2016 | Selección Abreviada de Menor Cuantía | Contratar a todo costo el fortalecimiento del Portal Web de la DNDA | $ 189.001.120 | XXXXXXXX BUSINESS TECHNOLOGY S.A. |
2.3. ASPECTOS LEGALES
De acuerdo con la normativa colombiana en materia de Derecho de Autor, el software se encuadra dentro de la protección de las obras literarias reguladas a través de la Ley 23 de 1982, y Ley 44 de 1993, y así mismo del artículo 3 de la Decisión Andina 351 de 1993 en el cual se define el programa de ordenador de la siguiente manera: “Expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra forma que, al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada, es capaz de hacer que un ordenador, un aparato electrónico o similar capaz de elaborar informaciones, ejecute determinada tarea u obtenga determinado resultado. El programa de ordenador comprende también la documentación técnica y los manuales de uso”.
Igualmente, el artículo 23 del mismo cuerpo normativo indica que “los programas de ordenador se protegen en los mismos términos que las obras literarias. Dicha protección se extiende tanto a los programas operativos como a los programas aplicativos, ya sea en forma de código fuente o código objeto”.
El objeto del presente proceso es la actualización del aplicativo para el Registro en Línea y la gestión digital de las solicitudes que se encuentra enmarcado dentro de los aspectos legales que son protegidos por la normatividad señalada anteriormente y da cumplimiento a la estrategia de Gobierno en línea.
3. OBJETO A CONTRATAR Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
3.1. OBJETO A CONTRATAR
Contratar a todo costo la actualización del aplicativo para el Registro en Línea y la gestión digital de las solicitudes, de conformidad con el estudio previo, documento técnico y pliego de condiciones, con el fin de ejecutar la actividad del proyecto de inversión “Fortalecimiento de la Creatividad Productiva de los Derechos de Autor e Industrias Creativas en el país”, aprobado por el DNP para la vigencia 2017 que se encuentra detallado en la ficha BPIN 2016011000109.
3.2. CLASIFICACIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR EN EL CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS:
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 se especifica la descripción del objeto a contratar identificado con el Cuarto Nivel del Clasificador de Bienes y Servicios dentro de los siguientes productos:
81000000 | 81110000 | 81111500 | 81111500 | Ingeniería de software o hardware |
81000000 | 81110000 | 81111500 | 81111502 | Diseños de aplicaciones para computadores personales (pc) |
81000000 | 81110000 | 81111500 | 81111504 | Servicios de programación de aplicaciones |
81000000 | 81110000 | 81112200 | 81112205 | Mantenimiento de software de sistemas de gestión de bases de datos |
3.3. ALCANCE DEL OBJETO
Para efectos de llevar a cabo el fortalecimiento del Portal Web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor conforme lo aprobado en la ficha BPIN 2016011000109, el proponente seleccionado se compromete a cumplir, además de las obligaciones detalladas en la ficha técnica, a las inherentes al contrato y las derivadas de las disposiciones legales vigentes, con el desarrollo de las actividades que se mencionan a continuación:
● Realizar el levantamiento técnico de información necesario para realizar las actividades detalladas en la ficha técnica del presente proceso.
● Desarrollar las funcionalidades contratadas.
● Generar y entregar a la DNDA en medio físico y digital la documentación correspondiente de las soluciones para cada uno de los ítems:
● Cronograma de actividades propuesto
● Casos de uso
● Entrega a satisfacción de cada una de las funcionalidades contratadas de conformidad con lo especificado en la respectiva ficha técnica.
● Medio digital incluyendo:
o Código fuente (última versión)
o Manual técnico
● Instalación funcional en la infraestructura de la DNDA
3.3.1. FICHA TÉCNICA- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
Los siguientes son los requisitos mínimos que deben cumplir los oferentes para realizar la actualización de Registro en Línea y la gestión digital de las solicitudes:
DETALLE DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS |
ITEM 1: Actualizar el registro en línea |
Realizar la actualización del aplicativo Registro en Línea, para lo cual se desarrollarán las siguientes actividades básicas: 1. Incorporación en la base de datos de Registro en Línea AUTOR de los elementos adicionales que se incorporaron en la base de datos AUTOR_PRODUCCION así: • Generación del script de actualización para incluir los elementos de la base de datos AUTOR_PRODUCCION en la base de datos AUTOR • Verificación de funcionalidad de la base de datos actualizada con los aplicativos Registro en Línea (Módulo de usuarios y Módulo Administrador) con el cual se realiza la gestión digital de las solicitudes. • Actualización del direccionamiento de la base de datos. 2. Realización de las siguientes actualizaciones en el módulo de Registro en Línea a través del cual se realiza la gestión de solicitudes de Registro: ● Grabación en mayúscula sostenida de todos los datos de tipo texto. ● Eliminación de los puntos, comas y en general caracteres especiales al momento de registrar números de documento. ● Modificación de la generación del consecutivo de salidas a través del cual se realiza el descargue de las solicitudes. |
● Unificación de la presentación de los reportes identificados como Registro, Certificados de Registro y Certificados de Registro en Trámite, de manera que queden como los que se encuentran en producción, y de los cuales para tal efecto se entrega una muestra. ● Generación de las siguientes consultas (en pantalla e impresas), para lo cual se entregarán los correspondientes filtros y procedimientos almacenados, así: ● Consulta de registro por: ● Código de registro ● Título ● Número de radicación ● Número de expediente ● Titulo anterior ● Firmado en (Ciudad) ● Fecha de registro (Rango desde – hasta) ● Fecha de solicitud (Rango desde - hasta) ● Interviniente persona natural o No. Identificación o Tipo de documento o Nombres o Seudónimo o Nacionalidad o Ciudad o Fallecido (si/no) o Clase de obra o Clasificación o Contrato obra registrada o Duración o Elementos aportados de soporte lógico o Formato audiovisual o Formato fonograma o Genero o Ritmo – género o Subsector editorial o Correo electrónico ● Interviniente persona jurídica o Número de identificación o Nombres o Ciudad o Tipo de persona jurídica ● Relación contrato o Transferencia de derechos o Cesión e inclusión en fonograma o Edición de obra o Ejecución de obra o Exclusividad artística o Licenciamiento o Prestación de servicios o Representación o Traducción o Poder general o Otro o Cesión y edición de obra o Cesión y ejecución de obra o Cesión y prestación de servicios o Autorización utilización obras o Seudónimo o Pronunciamientos judiciales o Obra por encargo ● Clase de registro ● Usuarios |
● Tipo de personas (intervinientes) o Autor o Titular derecho patrimonial o Productor o Parte interviniente o Artista/intérprete/ejecutante o Otro ● Ubicación de la obra o App o Registro en Línea o Registro físico ● Rangos de códigos de registro ● Estado del expediente ● Consulta de registros por: o Rango de fechas o Nacionalidad del autor (Colombia / Extranjero) o Sitio de residencia del solicitante (Colombia / Extranjero) o Clase de registro ● Consultas de correspondencia: ● Básica o Número de entrada o Título o asunto o Rango de fechas o Persona jurídica remitente ▪ Nombre – Razón social ▪ Número de identificación (NIT) o Solicitante /remitente ▪ Identificación ▪ Tipo de documento ▪ Nombres ▪ Primer apellido ▪ Segundo apellido ▪ Ciudad ● Avanzada o Por dependencia o Por clasificación de entradas o Por estado del trámite o Por medio de correspondencia o Por funcionario asignado ● Informes paramétricos: ● Registros efectuados ● Solicitudes de registro ● Solicitudes de registro rechazadas ● Solicitudes de registro devueltas ● Tiempo de trámite para la inscripción de obras, prestaciones y contratos ● Tiempo de expedición de certifica ● dos, obras y respuestas ● Índice de libros ● Reporte de obras registradas ● Consulta de solicitudes de registro por: ● Rango de fechas ● Persona jurídica remitente (Nombre, Nit) ● Requiere respuesta (Si, No, Todas) ● Contestadas (Si, No, Todas) ● Persona natural remitente (Identificación, Tipo de documento, Nombres, Apellido1, Apellido2, Ciudad, Correo electrónico) ● Dependencias ● Clasificación de entradas y salidas |
● Estado del trámite ● Por medio de correspondencia (App, En Línea, Físico) ● Módulo de actualización de tablas maestras Se debe desarrollar un formulario de actualización (CRUD) para las tablas maestras, similar al que tiene el Xxxxxx: ● Clase de Registros ● Propiedades de registros ● Clase de contrato o acto ● Dependencia ● Clasificación de correspondencia o Clasificación o Asignación Clasificación o Anexos o Anexos por Clasificación ● Medios de correspondencia ● Lugares ● Países ● Ciudades ● Personas o Natural o Jurídica o Calidad de la persona ● Actividad / sector ● Tipos o Actividad autor o Documentos o Personas o Trámites o Transiciones o Etapas o Eventos o Ubicaciones o Días no hábiles o Devoluciones o rechazos ● Se debe implementar funcionamiento de los cambios de etapa del trámite de Registro a través del sistema de bandejas que funciona en el aplicativo de Registro en Línea actual así: o Consulta de solicitudes para digitar Funcionalidades: ● Permite consultar directamente los archivos que hacen parte de la solicitud, incluido el formulario ● Presenta formulario de actualización para la solicitud seleccionada ● Asigna código de registro ● Al finalizar la actualización, cambia de etapa a la entrada actualizada a la bandeja Consulta de solicitudes para firma o Consulta e impresión masiva de certificados y registros Funcionalidades: ▪ Presenta relación de solicitudes listas para imprimir certificados y/o registros ▪ Permite impresión individual o masiva de certificados o registros que hayan surtido satisfactoriamente el trámite. ▪ Permite incluir o no la firma mecánica del registrador, extraída paramétricamente de la base de datos, y que corresponde al Jefe de la Oficina de Registro (Tabla Dependencia) |
o Consulta de solicitudes para firma Funcionalidades: ● Permitir imprimir masiva o individualmente los registros seleccionados como resultado de la consulta ● Cambia el estado de las solicitudes seleccionadas a Consulta de solicitudes para salida o Consulta de solicitudes para salida Funcionalidades: ● Permitir consultar relación de solicitudes pendientes de salida ● Permite generar salida (individual o masiva) de las seleccionadas ● Cambia el estado a Registradas o Consulta de solicitudes para verificar Funcionalidades: ● Consultar dentro de rango de fecha y tipo de obra todas las solicitudes recibidas en línea, y así mismo los archivos correspondientes ● Permite registrar o devolver individual o masivamente las solicitudes seleccionadas Cuando se trate de Devolver, permite: ● Generar un oficio justificatorio de la devolución a partir de una plantilla administrable, con la posibilidad de ser guardado en ruta paramétrica modificable por el funcionario y ser accesible por parte del usuario solicitante a través del Portal de la DNDA. ● Generar un mensaje de correo al solicitante en el que se adjunte el oficio junto con un mensaje parametrizable y modificable al momento de realizar el envío. ● Debe así mismo generar la salida de correspondencia, con el tipo documental ‘Devolución’ y en el asunto los números de las entradas que se estén devolviendo. ● Cambiar a Devuelto el estado del expediente al que corresponda la entrada Cuando se trate de Registrar ● Generar el código de Registro (Libro-Tomo-Partida) ● Cambiar la etapa a ‘Consulta de solicitudes para firma’ ● En el módulo de Registro, permitir cambios de etapa individuales o masivos con base en los siguientes filtros: ● Número de radicado ● Rango de fechas ● Número de documento del solicitante ● Categoría de la obra (literaria inédita, editada, etc.) ● Estado actual a Nuevo estado ● Medio de radicación ● Título de la obra ● Estado ● Permitir bloquear y desbloquear para edición cualquier registro. ● Reversión de registros: Permite el cambio de estado y borrado del código de registro (libro – tomo – partida) de cualquier registro aprobado con anterioridad. ● En Correspondencia, permitir consultar y editar cualquier entrada o salida de correspondencia. ● Verificar que todos los datos de tipo texto ingresen en mayúsculas ● Permitir que una salida pueda descargar cualquier cantidad de entradas que no hayan sido descargadas previamente. ● Corregir el consecutivo de salida (salta en pares) |
● Impedir el ingreso de cualquier carácter especial en el registro de número de documento (Nit, Cédula, etc.) ● Impedir que se puedan generar de una entrada varias salidas ● En la creación de Salidas de Correspondencia, cargar al momento de realizar la salida los elementos de la entrada: ● Dependencia ● Destinatario (Remitente) ● Al realizar una nueva salida, dejar por defecto la dependencia ‘Oficina de Registro’ ● Cambiar el título ‘Enviada por ‘a ‘Medio de correspondencia’ ● Dejar por defecto ‘Persona natural’ en el tipo de persona del destinatario ● Generación automática de números de identificación aleatorios únicos para aquellos terceros que no tengan número de documento, con el fin de evitar afectar la integridad referencial, los cuales ingresarán con el tipo de documento SIN. ● Permitir acceso directo en el módulo de creación de Entradas y Salidas de Correspondencia al CRUD de maestras de personas Naturales y Jurídicas, con el fin de que se puedan adicionar directamente personas (naturales o jurídicas) al momento de realizar una nueva entrada o salida. ● En la generación de salidas de correspondencia: o Permitir, relacionar y descargar en el oficio de devolución tantas entradas como se requiera o Eliminar ‘Descarga en cero’ ● Incluir en todos los formularios de registro de obras un vínculo a la información sobre política de protección de datos de la DNDA (xxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx-xx-xxxxx) Requerimientos transversales: ● No se podrá realizar ningún cambio en la base de datos que afecte el funcionamiento de los aplicativos Xxxxxx y Registro en Línea, los cuales se encuentran actualmente en producción. ● Todas las consultas deben ser exportables a Excel y PDF ● El lenguaje sobre el cual se desarrolla el aplicativo de gestión digital de las solicitudes es Java ● El oferente deberá realizar todas las recomendaciones que considere pertinentes para garantizar el mejor rendimiento posible de los aplicativos. ● El oferente deberá realizar los ajustes menores que faciliten el ingreso y trámite de las solicitudes de registro, y que se requieran para garantizar una experiencia amable a los usuarios de los mismos. |
Ítem 2: Realizar la gestión digital de las solicitudes |
Descripción del requerimiento Facilitar a los usuarios la gestión digital de sus solicitudes mediante el desarrollo de los siguientes formularios: Formulario 1: PQRS: Este formulario debe iniciar con un texto parametrizable que diga: Apreciado ciudadano: Al diligenciar el formulario, tenga en cuenta lo siguiente: En cualquier caso su requerimiento puede realizarse de manera anónima o identificada. Si usted opta por presentar su comunicación en forma anónima, no será posible que reciba de manera directa una respuesta por parte de la Dirección Nacional de Derecho de Autor. Los campos con (*) son obligatorios. ● El formulario debe solicitar los siguientes datos: ● ¿Desea que su petición sea anónima? Si No Si marca SI, le debe aparecer una notificación tipo Pop Up, donde le advierta de nuevo: Si usted opta por presentar su comunicación en forma anónima, no será |
posible que reciba de manera directa respuesta por parte de la Dirección Nacional de Derecho de Autor. Y deberá de darle la posibilidad de oprimir un botón que diga Aceptar. Una vez acepte esta condición, se le deberán deshabilitar los espacios donde se le solicitan todos los datos personales y solo dejar como obligatorios: Medio a través del cual desea recibir la respuesta: Autorizo me respondan vía: • Correo electrónico • Correo certificado Los cuales NO podrán ser obligatorios. Y los espacios para diligenciar el tipo de solicitud, asunto, comentario, adjuntar archivo, política de tratamiento de datos personales. ● Tipo de contacto: • Ciudadano • Empresa ● Nombres y apellidos ● Tipo de documento, se debe desplegar una lista con las siguientes opciones: ● Cédula de ciudadanía ● Cédula de extranjería ● Nit ● Nuir ● Pasaporte ● Tarjeta de Identidad ● Número de documento ● Dirección de correspondencia ● Teléfono ● Correo electrónico ● Departamento (se debe desplegar listado de departamentos) ● Municipio (De acuerdo al departamento elegido, se debe desplegar listado de los municipios de ese departamento ● Información poblacional: Se debe preguntar lo siguiente: Usted hace parte de alguna de estas poblaciones: • Indígena • Persona con algún tipo de discapacidad • Negra, Afrocolombiana, Palanquero y Xxxxxx • Rom • Víctima • Ninguna de las anteriores ● Persona con algún tipo de discapacidad • Auditiva • Visual • Motora • Cognitiva • Ninguna de las anteriores ● Tipo de solicitud: se debe desplegar un listado que le permita escoger entre una de las siguientes solicitudes: • Queja • Reclamo • Sugerencia ● Felicitación • Consulta • Solicitud de Información • Solicitud de documentos • Denuncias por Actos de Corrupción Internos • Denuncias por Actos de Corrupción Externos. ● Medio a través del cual desea recibir la respuesta: Autorizo me respondan vía: • Correo electrónico • Correo certificado |
Nota1: Si se selecciona la opción Correo certificado se debe exigir el diligenciamiento del campo Dirección de correspondencia. ● Asunto: Se debe desplegar un listado que le permita escoger entre uno de los siguientes temas: • Calidad del servicio • Capacitaciones • Centro de Conciliación y Arbitraje • Contratación ● Asesoría jurídica • Asuntos Jurisdiccionales • Registro de Obras • Sociedades de Gestión Colectiva • Red Naranja • Rendición de Cuentas • Otro ● Comentario: Texto de la comunicación del solicitante ● Adjuntar archivo: Debe permitir adjuntar hasta tres (3) archivos en cualquiera de los siguientes formatos administrables DOC, DOCX, PDF, PNG, JPG y de máximo 5.0 MB. ● Aceptación términos de uso: (este ítem aplica para todos los formularios de la presente contratación, incluyendo solicitudes anónimas). Para poder remitir los datos del formulario se debe marcar autorizar primero el siguiente texto parametrizable: La Dirección Nacional de Derecho de Autor -DNDA- conforme a las disposiciones contenidas en la ley 1581 de 2012 y su decreto reglamentario, como custodio responsable y/o encargado del tratamiento de datos personales, propenderá por la seguridad y confidencialidad de los datos sensibles o personales que se hayan recogido y tratado en operaciones tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de aquella información que se reciba de terceros a través de los diferentes canales de recolección de información. Además, debe presentarse al usuario el siguiente texto parametrizable: Nota 2: Si no se marca la aceptación, se debe mostrar mensaje paramétrico informando al usuario que debe leer y aceptar las condiciones de uso para que su mensaje pueda ser registrado. Nota 3: Excepto por la solicitud de la Dirección de correspondencia y el Teléfono, todas las preguntas deben ser de carácter obligatorio (parametrizable). Como se indicó en la Nota1, en caso que el usuario seleccione la opción de enviar respuesta por Correo certificado, se debe exigir el diligenciamiento del campo Dirección de correspondencia. Si no diligencia todos los campos, le debe aparecer en rojo los espacios que le falta por diligenciar y no podrá dejarlo enviar la solicitud hasta que diligencie el formulario correctamente. Nota 4: Se deberá identificar con un asterisco rojo, los campos que son obligatorios. Nota 5: Información del número de radicación: Una vez le de enviar a la solicitud, debe generar un número de radicado que contenga de manera inmediata, estilo pop up: Su solicitud ha sido radicada con el N° XXXX. La cual se le responderá a través del medio que seleccionó en el formulario y en los tiempos que determina la Ley 1755 de 2015, contenidos en el Manual para el Registro de Solicitudes (el cual debe tener un hipervínculo a dicho manual dentro del sitio web). Nota 6: Todos los formularios deben tener al final, un captcha de seguridad (prueba xx Xxxxxx completamente automática y pública para diferenciar ordenadores de humanos). |
Formulario 2: PQRS Contratación: Es similar al formulario de PQRS general, solo que, en lo referente al asunto, únicamente se les activará Contratación. Este formulario debe ir ubicado en el vínculo de contratación dentro del sitio web. Formulario 3: PQRS Centro de Conciliación: Es similar al formulario de PQRS general, solo que, en lo referente al asunto, únicamente se les activará Centro de Conciliación y Arbitraje. Este formulario debe ir ubicado en el vínculo del Centro de Conciliación y Arbitraje dentro del sitio web. Formulario 4: Denuncias por Actos de Corrupción: Es similar al de PQRS general, ubicado como una de las opciones de Atención al Ciudadano dentro del sitio web, con el título Denuncias por Actos de Corrupción; en lo referente al Tipo de solicitud, únicamente se les activarán estas dos opciones: ● Denuncias por Actos de Corrupción Internos ● Denuncias por Actos de Corrupción Externos. Formulario 5: Evaluación del servicio: Debe llevar las siguientes preguntas: ● Número de documento: Si ya está inscrito, le debe traer la información personal que ingresó cuando se inscribió. Si no está inscrito, se le invita a registrarse en el portal web de la DNDA mediante texto paramétrico y vínculo hacia el formulario de inscripción para poder continuar con la calificación de los servicios institucionales. El cuestionario sólo se activará para usuarios inscritos, presentando las siguientes preguntas: ● Calidad del servicio: |
Cómo califica el servicio en cuanto a: | Excelente | Bueno | Regular | Malo | No aplica |
Amabilidad de los servidores | |||||
Registro de obras, actos y contratos | |||||
Calidad del servicio de asesoría jurídica escrita | |||||
Calidad del servicio de asesoría jurídica telefónica | |||||
Calidad del servicio de asesoría jurídica presencial | |||||
Rapidez del trámite efectuado | |||||
Calidad de las capacitaciones en derecho de autor y derechos conexos |
● Canales de atención: ¿Cuál es el canal de su preferencia para contactarse con la Dirección Nacional de Derecho de Autor? ● Presencial ● Telefónico ● Correo electrónico ● Portal web ● Redes sociales ● Chat ● Otro, cual ● ¿Qué opinión le merece la atención recibida a través del canal de su preferencia? ● Portal Web ● Aceptación de términos y condiciones: También debe contener el siguiente texto parametrizable, el cual debe tener un recuadro para que el ciudadano acepte (como pasa en términos y condiciones): Autorización tratamiento de datos personales: la Dirección Nacional de Derecho de Autor -DNDA- conforme a las disposiciones contenidas en la ley 1581 de 2012 y su decreto reglamentario, como custodio responsable y/o encargado del tratamiento de datos personales, propenderá por la seguridad y confidencialidad |
¿Qué opinión le merece la atención recibida a través del canal de su preferencia? | Excelente | Bueno | Regular | Malo | No aplica |
Es fácil encontrar la información | SI | NO |
La información publicada satisface mis expectativas | ||
La información publicada es útil. | ||
La navegación por el Portal se hace de forma simple e intuitiva |
Cómo califica: | Excelente | Bueno | Regular | Malo | No aplica |
El diseño del sitio web | |||||
La calidad de los contenidos del Portal web de la DNDA | |||||
La funcionalidad del aplicativo de Registro en Línea | |||||
La funcionalidad del portal web Red Naranja |
de los datos sensibles o personales que se hayan recogido y tratado en operaciones tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de aquella información que se reciba de terceros a través de los diferentes canales de recolección de información. ● Información del número de radicación: Una vez diligenciado, debe generar un número de radicado que contenga el siguiente de manera inmediata, estilo pop up: Su calificación ha sido radicada con el N°XXXX. Gracias por calificar nuestros servicios. Su opinión es un insumo fundamental para conseguir la excelencia. Formulario Calificación Respuesta PQRS: Se debe desarrollar un formulario que permita al usuario evaluar el servicio, el cual sólo se activará cuando el usuario tenga un número de radicado de una solicitud y que la misma ya tenga una respuesta de salida a su PQRS. - Para acceder al formulario, el sistema le mostrará un mensaje diciendo: La Dirección Nacional de Derecho de Autor desea conocer su grado de satisfacción con la respuesta brindada. Por favor ingrese el número de radicado (puede ser el de entrada o el de salida) de su solicitud: (una vez ingrese el número de radicado, si la DNDA ya le había respondido, se le desplegará el formulario de calificación, si la solitud todavía no tiene radicado de respuesta (salida), le saldrá la misma información que cuando consulta el estado de su trámite: Ejemplo: No. Radicado: 20176000180372 Fecha 2017-04-17 14:01:16 Radicado: Remitente: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx: 'Felicitaciones - Excelente la implementación del Programa Nacional de Atención al ciudadano' Dpto / Mpio: Antioquia / E-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx Medellín Dirección: Xxx 00 Xx. 00-00 Xxxx. 000 Tipo de SUGERENCIA Estado En Trámite Solicitud: actual: Dependencia SECRETARIA GENERAL Actual: Respuestas a la solicitud Web No. Respuesta Fecha Respuesta Anexos - Las preguntas del formulario son las siguientes: ● Indique por favor el número de radicado con el que quedo registrada su Petición, Queja, Reclamo, Sugerencia o Solicitud. * ● ¿Califique el nivel de satisfacción de la respuesta dada por la DNDA a su solicitud? * ● Excelente ● Buena ● Regular ● Deficiente ● No ha recibido respuesta ● ¿Sus inquietudes fueron resueltas por la Entidad? ● Todas ● La mayoría |
● La mitad ● Ninguna ● El tiempo en obtener la respuesta a su solicitud y/o PQR fue de: * ● Entre 1 y 5 días hábiles ● Entre 5 y 10 días hábiles ● Entre 10 y 15 días hábiles ● Entre 15 y 30 días ● Más de 30 días hábiles ● ¿Tiene algún comentario sobre aspectos positivos y/o a mejorar en el trámite de PQRS presentadas a través de la página web de la Entidad? ● También debe contener el siguiente texto, el cual debe tener un recuadro para que el ciudadano acepte (como pasa en términos y condiciones): Autorización tratamiento de datos personales: la Dirección Nacional de Derecho de Autor -DNDA- conforme a las disposiciones contenidas en la ley 1581 de 2012 y su decreto reglamentario, como custodio responsable y/o encargado del tratamiento de datos personales, propenderá por la seguridad y confidencialidad de los datos sensibles o personales que se hayan recogido y tratado en operaciones tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de aquella información que se reciba de terceros a través de los diferentes canales de recolección de información. Formulario de inscripción al portal web: Incorporar en el formulario de inscripción las siguientes modificaciones: ● Sector ● Artes plásticas ● Artes escénicas ● Audiovisual ● Fotografía ● Legal o jurídico ● Literario ● Musical ● Software ● Otro (*) Si selecciona otro, especificar cuál (no le dejará seguir, si no especifica el sector) (*) Cual: ● Información poblacional Usted hace parte de alguna de estas poblaciones: • Indígena • Persona con algún tipo de discapacidad • Negra, Afrocolombiana, Palenquero y Raizal • Rom • Víctima • Ninguna de las anteriores ● Nota: o Se debe garantizar correcto funcionamiento de los mecanismos de recuperación de contraseña mediante mensaje personalizado a la cuenta del solicitante o Se debe garantizar correcto funcionamiento de la actualización de datos por parte del usuario inscrito Formulario de consulta del estado del trámite: Desarrollo de un formulario de consulta del estado de cualquier trámite radicado ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor: Se debe generar un formulario que permita al usuario consultar por los siguientes filtros el estado de sus solicitudes: • Número de documento • Número de radicado |
● Si el usuario se ha inscrito a través del Portal, dirección de correo electrónico al que fue remitida la respuesta. El resultado de la consulta debe mostrar al solicitante en pantalla uno de los siguientes mensajes: • Si ha sido atendido: Su comunicación fue atendida en la fecha , el número de radicación de salida es----. Verifique el medio por el cual autorizó su respuesta. Si tiene algún inconveniente, puede comunicarse al teléfono (000) 0000000 Ext. 130. • Si no ha sido atendido: Dependencia en la que se encuentra ● Si el usuario se ha inscrito a través del Portal, dirección de correo electrónico al que fue remitida la respuesta. Desarrollo de la funcionalidad para la radicación automática de comunicaciones que se reciban a través de la cuenta xxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx ● Generar número de radicación; para tal efecto se incorporarán al Sistema de Gestión Documental de la DNDA los siguientes parámetros: o Hora y Fecha o Asunto o Comentario o Archivos adjuntos (ruta a repositorio desde el cual podrán ser consultados por los funcionarios de la DNDA a través del aplicativo SIGEDO) o Dependencia: Todas las comunicaciones serán radicadas a la Unidad de Comunicaciones y Servicio al Ciudadano o Medio de ingreso: Correo institucional o Clasificación: Solicitud de información ● Se debe informar al usuario el número de radicado y un vínculo al formulario a través del cual podrá hacer seguimiento a sus solicitudes (Item 2.6) Realizar ajustes funcionales al módulo de ingreso de las solicitudes que permita: ● Desarrollar funcionalidad para duplicar cualquier entrada ● Actualizar los datos de la maestra de personas naturales directamente al momento de realizar la radicación ● Realizar la actualización y eliminación del expediente cuando se presenten cambios en la entrada ● Generación de los informes de: o Entrega de obras (Xxxx Xxxxxx xxxx -Informes-Control diario-Entrada-fecha- # de radicación y dependencia) o Entrega diaria de reparto (Ruta -Informes-Control diario-Entrada-fecha-# de radicación y dependencia) o Consulta de correspondencia ● Inclusión en el formulario de manejo de personas naturales de los campos de seudónimo: o Notaría en que se registró o Número de escritura o Ciudad de registro del seudónimo o Fecha de registro del seudónimo ● Colocar por defecto la fecha actual en la creación de entradas (campo Documento Origen) Requerimientos transversales ● Si el usuario ya se encuentra inscrito en el Portal de la DNDA, el formulario cargará los datos de su inscripción con el fin de que no deba diligenciarlos nuevamente. ● Se debe implementar componente de seguridad para evitar en los formularios acceso de Robots (Captcha) |
● Toda la información deberá ser obligatoria, excepto teléfono y dirección (administrable), pero si el usuario selecciona, en cuanto a medio para recibir la respuesta, la opción ‘Correo certificado’, se le debe requerir de manera obligatoria la dirección de correspondencia. ● Todas las comunicaciones realizadas por cualquiera de los formularios de PQRS o emitidas a través del correo electrónico institucional xxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx deben generar número de radicación y tiempo máximo de respuesta, e informarle al usuario dicho número en un texto parametrizable tipo pop-up para cada formulario; para tal efecto se incorporarán al Sistema de Gestión Documental de la DNDA (SIGEDO) los siguientes parámetros: o Hora y Fecha o Asunto o Comentario o Hasta 3 archivos adjuntos (ruta a repositorio desde el cual podrán ser consultados por los funcionarios de la DNDA a través del aplicativo SIGEDO) o Dependencia: Todas las comunicaciones serán radicadas a la Unidad de Comunicaciones y Servicio al Ciudadano o Medio de ingreso: Correo institucional o Clasificación: Solicitud de información o Tiempo máximo de respuesta: Correspondiente al tipo documental de la solicitud, parametrizable de acuerdo a la información de la respectiva tabla maestra de la base de datos (Clasificación). ● Todos los formularios deben permitir hacerles seguimiento a través del vínculo al formulario de Consulta del estado del trámite. ● Realizar los ajustes menores que faciliten el ingreso y trámite de las solicitudes recibidas, y que se requieran para garantizar una experiencia amable a los usuarios. ● De todos los formularios se debe capturar y exportar la información con las respuestas en un archivo plano que se pueda abrir en Excel, debidamente titulado. ● Los datos que se muestren deben ser administrables, tales como mensajes en pantalla, tamaños y tipos de archivos adjuntos, texto de las preguntas, obligatoriedad de las respuestas. ● Todos los datos recogidos en los formularios, se deberán poder descargar en Excel. El oferente deberá realizar los ajustes menores que faciliten el ingreso y trámite de las solicitudes de registro, y que se requieran para garantizar una experiencia amable a los usuarios de los mismos |
3.3.2. ESPECIFICACIONES TRANSVERSALES
3.3.2.1. Requerimientos de software
A fin de mantener uniformidad con los demás desarrollos del Portal de la DNDA se deberán usar las siguientes herramientas:
● Lenguajes de programación: Java, Javascript
● Base de datos: Sql Server 2012
● Servidor Web: Apache o IIS
3.3.2.2. Consideraciones para el desarrollo:
• Todo el código desarrollado queda para el uso perpetuo de la DNDA, sin ninguna restricción en cuanto a la posibilidad de realizarle mantenimiento.
• En caso de que se utilice software ya existente en el mercado, debe garantizarse que el mismo cumpla con lo anotado en el ítem anterior, es decir, licencia de uso perpetuo para la DNDA, sin restricciones en cuanto a la posibilidad de realizarle mantenimiento ni necesidad de adquirir licencias o de realizar pagos adicionales para su uso.
• No se tomarán en cuenta propuestas realizadas sobre el modelo Saas (Software as a Service), pues de lo que se trata es de desarrollos específicos (Software a la medida) realizados para uso perpetuo e irrestrictivo de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
• La presentación gráfica de los ítems debe corresponder a la imagen institucional, para lo cual se entregará el Manual de Imagen Corporativa de la DNDA.
• Durante el tiempo que dure el desarrollo hasta su aprobación y entrega, el proveedor deberá contar con una infraestructura propia y funcional que le permita realizar y publicar en ambiente web el desarrollo de cada ítem, así como ejecutar y controlar el Plan de pruebas.
• El proveedor deberá así mismo ofrecer un mecanismo para el registro de observaciones o incidencias y se controle su solución.
3.3.2.3. GARANTÍA DE CALIDAD.
Habrá una garantía de calidad con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más contados a partir de la terminación del mismo, la cual comprenderá corrección de errores del objeto contractual; en todo caso el fin de esta garantía es que lo que se contrató funcione a entera satisfacción de la Entidad.
3.3.2.4. Tiempo total para entrega del proyecto:
El tiempo total de desarrollo y entrega del objeto contractual a entera satisfacción de la Entidad es de dos (2) meses y diez (10) dias, en todo caso no debe exceder el 31 de diciembre de 2017, durante los cuales se deberá realizar el levantamiento de información, desarrollo, pruebas y puesta en producción.
3.4. PRODUCTOS A ENTREGAR
3.4.1. Ítem 1. Actualización de Registro en Línea
• Cronograma de actividades propuesto
• Casos de uso
• Entrega a satisfacción de cada una de las funcionalidades contratadas conforme lo especificado en la respectiva ficha técnica
• Medio digital incluyendo:
• Código fuente (última versión)
• Manual técnico
• Instalación funcional en la infraestructura de la DNDA
3.4.2. Ítem 2. Gestión digital de las solicitudes
• Cronograma de actividades propuesto
• Casos de uso
• Entrega a satisfacción de cada una de las funcionalidades contratadas conforme lo especificado en la respectiva ficha técnica
• Medio digital incluyendo:
• Código fuente (última versión)
• Manual técnico
• Instalación funcional en la infraestructura de la DNDA
3.5. Plan de trabajo
Se debe presentar durante la primera semana de ejecución un plan de trabajo detallando actividades y cronograma de desarrollo, el cual debe ser aprobado por el supervisor técnico del contrato.
Nota: Toda la documentación entregada debe ser presentada y aprobada por el supervisor técnico del Contrato.
3.6. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
El contrato que se suscriba en desarrollo del presente proceso de contratación será un contrato de prestación de servicios.
3.7. FORMA DE PAGO
Con sujeción a las apropiaciones presupuestales, al Programa Anual Mensualizado de Caja, a la situación de fondos por parte de la Dirección General de Crédito Público y xxx Xxxxxx Nacional y al correspondiente trámite administrativo, la DIRECCIÓN pagará al CONTRATISTA el valor que se suscriba en el contrato de acuerdo con el avance de la entrega de los ítems objeto del contrato, previa presentación del respectivo informe de avance suscrito por parte del contratista, así:
a. El contratista recibirá un pago xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del contrato concluida la etapa de levantamiento de información y entregados satisfactoriamente el cronograma de trabajo y los casos de uso aprobados por parte de la DNDA.
b. Se hará un giro del cuarenta por ciento (40%) del valor total del contrato a la entrega a satisfacción de lo especificado en la ficha técnica del ítem 1, Actualización de Registro en Línea, debidamente aprobado y verificado por el supervisor funcional y el supervisor técnico conforme los requerimientos establecidos en la Ficha técnica.
c. Se hará un giro del cuarenta por ciento (40%) del valor total del contrato a la entrega a satisfacción del ítem 2, Gestión digital de las solicitudes, debidamente aprobado y verificado por el supervisor funcional y el supervisor técnico conforme los requerimientos establecidos en la Ficha técnica.
d. Se hará un giro xxx xxxx por ciento (10%) del valor total una vez se realice la entrega a satisfacción del medio digital en dos copias, con la siguiente información:
● Código fuente
● Manual técnico
o Requerimientos hardware
o Requerimientos software
o Manual de instalación
● Manual de usuario
● Instalación funcional en la infraestructura de la DNDA
● Contrato de Cesión de derechos
El contratista deberá adjuntar la factura digital a través del “Plan de pagos” del SECOP II debiendo ingresar a la ejecución del contrato y adicionalmente radicar en físico el original de la factura comercial en la Oficina de Atención al ciudadano de la DNDA acompañada de la certificación que sobre el cumplimiento del contrato expida los supervisores designados por la Entidad y de la certificación donde se verifique el cumplimiento por parte del CONTRATISTA de las obligaciones con el sistema general de seguridad social (sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones) y aportes parafiscales (cajas de compensación familiar, ICBF y SENA), mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal cuando éste exista o por el Representante Legal (Artículo 50 Ley 789 de 2002). Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de los miembros integrantes que sean personas jurídicas deberá aportar el certificado aquí exigido, a más de lo reglamentado para el efecto en el Decreto 129 de 2010.
El contratista deberá llevar un estricto control de los servicios prestados. La entidad no responderá por el valor de los servicios que el contratista haya prestado en exceso del valor del contrato.
En todo caso se realizarán los descuentos xx Xxx que deben corresponder al valor total del contrato, la propuesta presentada y los bienes y servicios suministrados.
Sin embargo, estos pagos quedan sujetos a la aprobación del PAC por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y cumplimiento de requisitos por parte del contratista como la factura y certificación xx xxx y salvo de salud, pensión y parafiscales.
El pago se realizará a través de la cuenta de ahorros y/o corriente que disponga el contratista, acorde con la certificación expedida por la entidad financiera aportada por el contratista en su oferta.
Estos giros se realizarán dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al recibo a satisfacción del servicio de capacitación de cada periodo a facturar.
3.8. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato será por el término de dos (2) meses y diez (10) días, contados a partir de la suscripción del acta de inicio entre el supervisor y el contratista, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato, en todo caso sin exceder del 31 de diciembre de 2017.
El lugar de ejecución será en la ciudad de Bogotá, en la calle 28 No. 13A-15 Piso 17, sede de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, en donde se brindarán las condiciones para que se lleve a cabo el desarrollo de los requerimientos establecidos en la Ficha Técnica. Adicionalmente el futuro contratista deberá contar con una Sede técnicamente adecuada para realizar las actividades de desarrollo en la ciudad de Bogotá.
NOTA. Por la importancia de la actividad desplegada por el contratista del mejoramiento de los servicios prestados a través del portal WEB, así como la posibilidad de dar una mayor eficacia al seguimiento del contrato, en virtud de la labor de supervisión, es imprescindible para la DNDA tener un contacto constante y personalizado con el Contratista en la ciudad de Bogotá, a través de reuniones de seguimiento y ajustes sobre
el avance del desarrollo de los ítems objeto del contrato, el cual debe ser directo e inmediato, entre contratista, contratante y los integrantes del equipo de trabajo, en los momentos que ello sea necesario.
Por lo anterior, es condición indispensable, que el contratista elegido tenga una sucursal y/o sede y/o domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C., de tal forma que se facilite la programación de las reuniones que se demanden y que sean necesarias para corregir y ajustar las dificultades de orden administrativo, académico, técnico entre otros, que puedan presentarse durante la ejecución del contrato.
3.9. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Además de las condiciones técnicas establecidas en el numeral tres (3) de los presentes estudios sobre el alcance del objeto, de lo establecido en las fichas técnicas, el CONTRATISTA deberá cumplir a cabalidad y en forma oportuna las siguientes obligaciones:
3.9.1. Generales:
a. Garantizar la disponibilidad de tiempo y dedicación necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones como contratista.
b. Obrar con lealtad, responsabilidad y buena fe durante la ejecución del contrato.
c. Cumplir con el objeto del contrato, presentando los informes parciales y finales sobre el cumplimiento de éste al supervisor del contrato para que le sea expedida la certificación del cumplimiento correspondiente, documento indispensable para el pago.
d. Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones que formule el supervisor del contrato y el Director General con el fin de que el servicio se realice a entera satisfacción de la Entidad.
e. Pagar los impuestos si a ello hubiere lugar.
f. Hacer todas las recomendaciones que considere necesarias en relación con el desarrollo y ejecución del contrato.
g. No ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público, en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.
h. No efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación.
i. Dar cumplimiento al artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
j. Asumir a través de la suscripción del contrato, las consecuencias previstas en la solicitud de oferta del proceso de contratación, siempre que se verifique el incumplimiento de los compromisos anticorrupción.
k. Mantener indemne a la entidad frente a reclamaciones judiciales y extrajudiciales por los daños y perjuicios que se deriven de los actos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que sean sub-contratistas o dependan del contratista.
l. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza del contrato y de las exigencias legales.
m. No ceder ni subcontratar el presente contrato, sin la autorización previa y escrita de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, so pena de las sanciones a lugar.
n. Constituir las garantías requeridas por la entidad.
o. Cumplir con los pagos a los sistemas de seguridad social y aportes parafiscales de todos sus empleados, lo cual se acreditará en la forma y oportunidades establecidas en la ley y en el contrato.
p. Comunicar a la DNDA el número de una cuenta corriente o de ahorros en una entidad financiera y/o en caso de no tenerla, efectuar la constitución y apertura de una cuenta de ahorros, para la realización de los pagos mensuales de servicios por consignación.
q. Las demás contenidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, y normas concordantes vigentes que sean aplicables, y aquellas obligaciones que se desprendan de la naturaleza contractual.
3.9.2. Obligaciones Específicas:
a. Cumplir con las condiciones establecidas en el alcance del objeto.
b. Establecer un cronograma de ejecución de actividades y procesos donde se describan responsables, roles y funciones para el desarrollo y ejecución del Contrato, previo acuerdo con el Supervisor del contrato.
c. Realizar las actividades descritas en los ítems 1 y 2 señaladas en la ficha técnica.
d. Entregar los informes correspondientes a cada uno de los ítems contratados previo visto bueno del supervisor técnico.
e. Suministrar todos los recursos técnicos y el apoyo logístico que se requiera para llevar a cabo el desarrollo del contrato.
f. Garantizar la calidad de sus servicios.
g. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato.
h. Emitir los conceptos relacionados con el objeto contractual a solicitud del supervisor del contrato.
i. Atender con prontitud y diligenciar las actividades solicitadas en cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato.
j. Las demás que se requieran y que se relacionen con el objeto del contrato.
3.10. OBLIGACIONES DE LA DIRECCIÓN
En desarrollo del objeto de este contrato, LA DIRECCIÓN contrae las siguientes obligaciones:
a. Suministrar información necesaria, completa y oportuna para desarrollar el objeto del contrato.
b. Señalar en forma clara y expresa las pautas que debe seguir EL CONTRATISTA en sus actuaciones y los objetivos que debe perseguir.
c. Entregar la información necesaria para el desarrollo del objeto del contrato.
d. Dar respuesta oportuna a las solicitudes del CONTRATISTA, definir las situaciones necesarias para la ejecución y adelantar los trámites a que haya lugar por su parte para garantizar la debida ejecución;
e. Tramitar los pagos de oficio en los términos acordados en este contrato, con base en certificaciones de prestación efectiva del servicio.
f. Facilitar en su sede de la Calle 28 No 13 A 15 Piso 17 el ambiente de trabajo necesario, tal como equipos de cómputo, puestos de trabajo y conectividad, para que el equipo de desarrollo del oferente pueda en horario de oficina realizar las actividades correspondientes bajo la supervisión de la Coordinación de Sistemas, sin perjuicio de que las labores administrativas y de coordinación de las labores de dicho equipo se puedan realizar en la sede del oferente.
4. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA CONTRATACIÓN
La selección del contratista para los servicios de actualización del aplicativo para el Registro en Línea y la gestión digital de las solicitudes en el portal web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor DNDA se realizará mediante la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA de acuerdo con Artículo 2 numeral 2 literal b) de la Ley 1150 de 2007, artículos 2.2.1.2.1.2.20 y 2.2.1.2.4.2.2.del Decreto 1082 de 2015, teniendo en cuenta que por su cuantía y objeto se ajusta a lo dispuesto en la citada Ley.
4.1. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN
Las adquisiciones de bienes, servicios y obras que se pretendan contratar y que no excedan los 280 SMLMV se deberán adelantar por el procedimiento de selección abreviada tal y como lo establece el numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, el cual señala: “La selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual”.
Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica del contrato a celebrar, sus prestaciones y la cuantía del mismo que asciende a la suma de 95,63 SMLMV, el cual no supera la cuantía tope del proceso de selección abreviada de menor cuantía pues esta será de hasta 280 SMLMV, lo cual se ajusta al presupuesto aprobado y a la necesidad de la Entidad.
Por lo anterior el presente proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA, en virtud de lo establecido en el literal
b) del numeral 2º del Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015.
Por último, en materia de publicidad del proceso de selección se debe observar y cumplir lo dispuesto por el Artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, referente a la
publicación en el SECOP II de los documentos del proceso y los actos administrativos del proceso de contratación dentro de los tres días siguientes a su expedición.
Los conflictos que surgieren entre LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR y los proponentes con ocasión del presente proceso de selección, serán resueltos de conformidad con la legislación colombiana.
4.2. NORMATIVIDAD APLICABLE
x. XXX 80 DE 1993
x. XXX 1150 DE 2007
x. XXX 1474 DE 2011
d. DECRETO 19 DE 2012
e. DECRETO 1082 DE 2015
5. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO
Para realizar el análisis que soporta el valor estimado del contrato que se pretende realizar, se tomaron como referencia el sondeo de precios xx xxxxxxx con empresas dedicadas al desarrollo y mantenimiento de software que funcionan en Colombia. Lo anterior permite reducir costos en la contratación de la administración garantizando los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, eficiencia, equidad, transparencia, responsabilidad y control social.
Adicionalmente, con el objeto de propender por el cumplimiento y eficiencia sobre las exigencias del Gobierno en Línea se incluyó en el proyecto inversión 2017 el Mejoramiento de los servicios prestados a través del portal Web, desarrollando las actividades denominadas “Realizar la gestión digital de las solicitudes” y “Actualizar el registro en Línea” que se encuentran consignadas en la ficha BPIN 2016011000109 por un valor total de SETENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS ($70.548.135.oo).
5.1. VARIABLES UTILIZADAS PARA CALCULAR EL VALOR DEL PRESUPUESTO
Teniendo en cuenta las consideraciones del objeto a contratar, se realizó un estudio xx xxxxxxx, acorde con el objeto del contrato que se pretende celebrar, obteniendo los siguientes resultados:
Estudio xx xxxxxxx:
Empresa | Valor |
Smart Business Integrators – SBI | $ 77.350.000 |
Zürich | $ 64.630.566 |
GESCOM | $ 69.000.000 |
Digital Online | $ 71.146.530 |
Promedio | $ 70.531.774 |
Con base en el sondeo anterior, se puede establecer razonablemente que el costo promedio del presente proceso es de SETENTA MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($70.531.774,oo)
incluido XXX, y todos los demás impuestos tasas y contribuciones a que hubiere lugar. Por tanto, teniendo en cuenta el Estudio xx Xxxxxxx y el presupuesto oficial asignado para el presente proceso en el proyecto de inversión, se asignara un presupuesto oficial por valor de SETENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS ($70.548.135,oo) MCTE.
5.2. PRESUPUESTO ESTIMADO
Luego de valorar las necesidades de la Entidad para atender el proceso de contratación para el fortalecimiento del portal web de la DNDA, producto de la ejecución del proyecto de inversión aprobado para la vigencia 2017 y la realización de estudios xx xxxxxxx, se estableció como presupuesto oficial estimado la suma de SETENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS
($70.548.135.oo) MCTE, incluido XXX, todos los demás impuestos y tributos, tasas, contribuciones, costos y gastos de toda índole en que el contratista deba incurrir en relación con lo originado en el presente contrato, que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación.
Las obligaciones que se contraigan en desarrollo de este proceso se respaldan con recursos del presupuesto de la Entidad, según el certificado de disponibilidad presupuestal que se indican a continuación:
No. de CDP | Fecha CDP | Dependencia | Valor CDP |
Rubro C-3706-1000-1: “Fortalecimiento de la Creatividad Productiva de los Derechos de Autor e Industrias creativas en el País” | Agosto 10 de 2017 | Subdirección Administrativa | $70.548.135. |
5.3. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial del presente contrato es la suma de SETENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS
($70.548.135.oo) MCTE, incluido IVA y impuestos, tributos, contribuciones, aportes parafiscales o cualquier otro descuento que hubiere de realizarse por Ley, amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 12817 del 10 xx xxxxxx de 2017 con cargo al rubro C-3706-1000-1 “Fortalecimiento de la Creatividad Productiva de los Derechos de Autor” expedido por la Subdirectora Administrativa.
6. MONTO DE LOS COSTOS PARA LA ENTIDAD ASOCIADOS A LA REALIZACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
6.1. COSTOS ASOCIADOS AL PROCESO DE SELECCIÓN
Todos los costos asociados a la presentación de la propuesta estarán a cargo del oferente.
El análisis, evaluación de la oferta, visitas a las instalaciones del oferente y adjudicación, estarán a cargo del contratante.
6.2. COSTOS ASOCIADOS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Todos los costos asociados a la ejecución del contrato como la supervisión y exigencia en el cumplimiento del mismo estarán a cargo del Contratante.
Todos los costos asociados a la ejecución del contrato como los costos que se generen por visitas de verificación y supervisión del personal a cargo del contratista, ajustes del servicio y las demás que estén vinculadas con el cumplimiento del objeto contractual estarán a cargo del Contratista.
7. INVITACIÓN A MIPYMES Y PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE CONTRATACION
De conformidad con lo establecido en el capítulo II del título IV, artículo 2.2.1.2.4.2.2 y siguientes del Decreto 1082 de 2015, y atendiendo a la cuantía del presupuesto oficial de la presente contratación, se tiene que realizó la conversión xxx xxxxx a moneda nacional con la tasa establecida por Colombia Compra Eficiente consistente en DOS MIL CIENTO OCHENTA PESOS CON TRESCIENTOS VEINTIOCHO CENTAVOS
($2.180,328) M/CTE, que multiplicado por US$125.000 dólares americanos arroja la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL PESOS ($272.541.000) M/CTE.
Por lo anterior, y en consideración a que el presupuesto oficial del presente proceso corresponde a la suma de SETENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS ($70.548.135.oo) MCTE, que NO supera el
tope de US$125.000, la presente convocatoria se limita a la participación de XXXXXXX.
De conformidad con lo anterior y con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.4.2.2 numeral 2) del Decreto 1082 del 2015, se cita a las MIPYMES, que tengan interés en participar en el presente proceso de convocatoria limitada para lo cual deberán enviar manifestación de interés de participar a la DNDA. La mencionada manifestación deberá ser presentada por lo menos un (1) día hábil antes de la apertura del proceso de contratación, término señalado en el Cronograma xxx xxxxxx de condiciones, manifestación que además deberá contener el cumplimiento de su condición de MIPYME; hecho éste que se acreditará con la certificación expedida por el Contador o Revisor Fiscal, según sea el caso, el cual conste que la Mipyme tiene el tamaño empresarial establecido conforme con la ley y deberá acompañarse el certificado expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad que sea competente para acreditar su domicilio y antigüedad de conformidad con el Artículo 2.2.1.2.4.2.2 primer inciso del Decreto 1082 de 2015, la cual debe tener como mínimo un (1) año de existencia a la fecha de la presente convocatoria.
En la presente convocatoria, podrán participar Uniones Temporales o Consorcios, los cuales solo podrán estar integrados únicamente por MIPYME; contando para el efecto cada Consorcio o Unión como una (1) sola MIPYME; cumpliendo cada una de los integrantes con los requisitos del Decreto 1082 de 2015 y deberán estar inscritos en el RUT.
Las manifestaciones de interés en participar en el presente proceso con convocatoria limitada a MIPYMES, deberán ser publicada por el SECOP II mediante comunicación escrita y firmada por el Representante Legal de la Mipyme interesada dentro del plazo establecido en el cronograma del proceso.
Conjuntamente con la manifestación de interés las MIPYMES, deberán presentar los siguientes documentos:
• Certificación expedida por el representante legal y contador o revisor fiscal (de éste último cuando la organización este obligado a dicha figura por ley o por estatutos) en el cual se acredite la condición de MIPYME.
• RUT (Registro Único Tributario).
• Certificado de existencia y representación legal expedida por la Cámara de Comercio o por la autoridad que sea competente.
• Constitución del Consorcio o Unión Temporal, en caso de presentarse bajo dichas modalidades.
• Fotocopia de la Tarjeta Profesional del Contador o del Revisor Fiscal en los términos del artículo 37 de la Ley 222 de 1995 (aplica para personas naturales y jurídicas).
• Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores con vigencia no superior a tres meses contados a partir de la fecha de su expedición.
8. AVISO INFORMACION SELECCIÓN ABREVIADA
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, la DNDA publica el aviso de información de la selección abreviada de menor cuantía a través de las páginas xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
9. CORRESPONDENCIA
Los proponentes deberán hacerlo a través de SECOP II en el siguiente Link:
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX
10. PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO EN EL SECOP II
10.1. PREPARACIÓN Y PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
La propuesta deberá ser presentada a través del SECOP ll en el siguiente LINK: htts//xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XXxxXxxxxXXX
Los proponentes deben estar registrados en el SECOP II para poder participar en el proceso de selección.
El idioma del proceso de selección es el castellano, y por tanto, se solicita que todos los documentos y certificaciones a los que se refiere la invitación a ofertar emitidos en idioma diferente al xxxxxxxxxx, xxxx presentados en su idioma original y en traducción simple al castellano.
No se aceptarán propuestas enviadas en físico por correo o fax, tampoco serán tenidas en cuenta las que lleguen después de la hora prevista para el cierre del proceso de selección.
Todos los documentos de la oferta en los cuales se requiere la firma de la persona que los expide, deben venir suscritos, en caso de firma digital se allegara para el efecto la certificación de la entidad certificadora correspondiente de la firma digital.
Si el oferente no presenta con su oferta la documentación de verificación requerida en debida forma, la DNDA requerirá al proponente a fin de que la aporte o subsane lo pertinente dentro del plazo que le señale para el efecto.
10.2. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CIERRE DEL PROCESO:
El plazo para la presentación de las propuestas empezará a correr a partir de la publicación xxx xxxxxx de condiciones definitivo en SECOP II y terminará en la fecha y hora establecidas para el cierre, la cual se señala en el Cronograma del proceso contenido en la plataforma del SECOP II y en el “CRONOGRAMA DEL PROCESO”, del presente proceso de Selección Abreviada.
11. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITEN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE
La Dirección Nacional de Derecho de Autor, previo análisis comparativo de las ofertas que se ciñan a los requisitos establecidos en el pliego de condiciones, seleccionará el ofrecimiento más favorable a la Entidad y a los fines que ella busca, aplicando los mismos criterios para todas, lo que permite asegurar una selección objetiva y la escogencia del ofrecimiento más favorable para la entidad, teniendo en cuenta para el efecto lo dispuesto por el artículo 5 de la ley 1150 de 2007.
En primera instancia, serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgará puntaje alguno a los proponentes: CAPACIDAD JURÍDICA, CAPACIDAD FINANCIERA, CAPACIDAD
TÉCNICA (Experiencia y Requisitos técnicos mínimos) Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL. La verificación de tales factores será CUMPLE/ NO CUMPLE y habilitarán a los proponentes para participar en la segunda fase del proceso.
11.1. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
Los proponentes deben estar registrados en el SECOP II para poder participar en el proceso de selección.
Al presente proceso de selección de CONTRATISTA podrán comparecer:
1. De manera singular
2. De manera plural bajo las modalidades de consorcio o unión temporal y tengan la capacidad de ejecutar el objeto contractual requerido por la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR.
NOTA 1: El proponente singular o el proponente plural deberán cumplir con todos los requerimientos establecidos en el presente proceso.
NOTA 2: El proponente singular o el proponente plural deberán presentar propuesta para ejecutar la totalidad del objeto contractual, por lo cual, si la propuesta se presenta bajo alguna de estas dos formas (singular o plural) no se aceptará la presentación de propuestas parciales por ítem.
11.2. CAPACIDAD JURÍDICA – DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA
11.2.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA (ANEXO No. 1)
Este documento debe venir firmado por el representante legal de la sociedad, si se trata de una persona jurídica o por el representante legal del consorcio o unión temporal, si la propuesta se presenta bajo esta modalidad asociativa.
El proponente deberá presentar este documento de acuerdo con el modelo suministrado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR.
Quien suscriba la carta de presentación de la propuesta deberá:
a. Tener la calidad de representante legal o apoderado del proponente, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la propuesta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatario) y liquidarlo.
b. En caso de ser consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender la de presentar la propuesta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.
11.2.2. Documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal (ANEXOS No. 2 y 3)
Además de los documentos requeridos para las personas naturales o jurídicas, los miembros del consorcio o unión temporal (según el caso), deberán aportar el documento Original de constitución firmado por los integrantes, el cual deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley 80 de 1993. El documento de constitución de la figura asociativa deberá contener como mínimo la información señalada en los anexos que se consignen en el pliego de condiciones, así como la información que además se considere pertinente, y cumplir los siguientes requisitos:
a. Si los proponentes desean participar como Consorcio o Unión Temporal, en este último caso deberán señalar las condiciones y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la DNDA.
b. Designar la persona que para todos los efectos legales representará al Consorcio o Unión Temporal, quien además deberá tener facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal. En el documento se deben señalar también las reglas básicas que regularán las relaciones entre los miembros del Consorcio o Unión Temporal y su responsabilidad.
c. Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deben cumplir los requisitos legales y acompañar los documentos requeridos en el presente Pliego de Condiciones, para efectos legales, como si fueran a participar en forma independiente.
d. El objeto social de todos los integrantes del consorcio o unión temporal debe permitirles desarrollar las actividades propias del objeto de este proceso de selección.
e. La propuesta debe estar firmada por el Representante que hayan designado los integrantes del consorcio o unión temporal o por intermedio de su agente comercial y/o mandatario con poder debidamente conferido para el efecto, de acuerdo con la ley, casos en los cuales deberán adjuntarse el (los) documentos (s) que lo acredite (n) como tal.
f. En caso de resultar adjudicatarios del proceso de selección, para la suscripción del contrato deberán presentar el respectivo Número de Identificación Tributaria – NIT, como consorcio o unión temporal.
g. Los integrantes del consorcio o unión temporal no pueden ceder sus derechos a terceros, sin obtener la autorización previa y expresa de la DNDA. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.
h. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán presentar los documentos de existencia y representación legal que, para cada uno de los integrantes, expida la Cámara de Comercio ó la autoridad competente, ya sean personas Naturales o Jurídicas, así como el certificado de Inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes.
i. Los representantes legales de las personas jurídicas que conformen o hagan parte de un Consorcio o Unión Temporal, aportarán con la propuesta la autorización o
poder de la Junta de Socios, que los faculte para ofrecer, contratar y conformar Consorcios o Uniones Temporales. Este requisito se exigirá en los casos en que esta facultad se encuentre restringida o no esté explícita. En caso que el representante legal del Consorcio o Unión Temporal o de cualquiera de los integrantes de estos exceda las limitaciones que le otorga el órgano competente, o el acuerdo de integración, se rechazará la propuesta.
j. El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la propuesta en consorcio o unión temporal, deberá ir acompañado de los documentos (certificados xx xxxxxx de comercio, actas de junta directiva, poderes, etc.) que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante.
k. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán tener en cuenta que, de conformidad con el Artículo 7° de la Ley 80 de 1993, la adjudicación del contrato conlleva la responsabilidad solidaria por su celebración y ejecución.
l. La duración de las personas jurídicas que se constituyan como Consorcio o Unión Temporal, deberá ser por lo menos la misma del plazo del contrato derivado del presente proceso de selección y un (1) año más.
m. Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal no podrán integrar otro Consorcio o Unión Temporal que haya presentado propuesta para el presente proceso, ni tampoco podrán hacerlo de manera independiente; en caso de ocurrir será causal de rechazo para las propuestas que éste integre o presente.
n. No se aceptan propuestas bajo la modalidad de promesa de conformación de Consorcios o Uniones Temporales.
o. Las Uniones Temporales, deberán registrar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros o de lo contrario se entenderá que se presentan a título de consorcio.
11.2.3. CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE PAGO DE APORTES DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES (Anexos No. 4 y 5)
De conformidad con lo estipulado en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 37 del decreto 1703 de 2002, Decreto 1072 de 2015 y Ley 828 de 2003 el proponente deberá anexar certificación expedida por el Revisor Fiscal y/o representante legal, en la cual se indique que la empresa cumple con el pago de las contribuciones al Sistema Integral de Seguridad Social – Empresa Promotora de Servicios de Salud (EPS), Fondo de Pensiones (AFP) y Administradora de Riesgos Laborales (ARL), así como de Aportes Parafiscales – Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Cajas de Compensación Familiar – a que haya lugar, de todos los empleados a su cargo.
En el evento de no estar obligado de contar con Revisor Fiscal, esta certificación deberá ser expedida por el Representante Legal de la empresa, indicando expresamente la no obligatoriedad de contar con el mismo.
Cada una de las personas jurídicas, miembros de un consorcio o unión temporal, deberán anexar esta certificación en forma individual.
La obligación de presentar las certificaciones de cumplimiento del Artículo 50 de la ley 789 de 2002 no aplica para personas jurídicas extranjeras, salvo en el caso en el que participen sucursales de éstas legalmente constituidas en Colombia, caso en el cual
deberán presentar la certificación mencionada en el primer párrafo de este numeral o una certificación del representante legal de la sucursal en la que manifieste que la sucursal no tiene empleados y, por lo tanto, no deben cumplir con lo señalado en la ley 789 de 2002.
Las personas naturales deberán presentar copias de los respectivos aportes de acuerdo con los requisitos xx Xxx.
● En caso tal que NO se encuentre obligado a pagar aportes parafiscales o cuota de aprendizaje por algún período DEBERÁ INDICAR DICHA CIRCUNSTANCIA, especificando la razón y los períodos exentos.
● En caso tal que NO se encuentre obligado a cancelar aportes parafiscales por virtud de la Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012 – Impuesto CREE), DEBERÁ INDICAR DICHA CIRCUNSTANCIA.
En las anteriores circunstancias, las personas jurídicas lo harán mediante certificación expedida y firmada por el revisor fiscal si lo tiene o contador público (aportar copia de la tarjeta profesional y copia de la cédula de ciudadanía).
Si el proponente es una persona natural la acreditación de este pago se hará mediante declaración juramentada.
Xxxxxx proponente que tenga resoluciones de cobro (actos administrativos en firme) por concepto de aportes parafiscales, incumplimiento de contrato de aprendizaje o multas impuestas por el Ministerio del Trabajo, podrá participar, salvo que exista acuerdo de pago suscrito y al día, previo al cierre del proceso.
11.2.4. GARANTÍA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO - ORIGINAL
El proponente deberá constituir y anexar a su propuesta, una garantía que ampare la seriedad de su propuesta, en los términos y condiciones estipulados en el presente estudio previo, expedida por una compañía aseguradora, por una entidad bancaria colombiana o a través de un patrimonio autónomo cada una de estas vigiladas por la Superintendencia Financiera, se deberá realizar a favor de la Dirección Nacional de Derecho de Autor NIT.800.185.929-2. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la propuesta, la vigencia de ésta garantía deberá ser igualmente ampliada de conformidad con lo requerido por la entidad.
La garantía debe ser tomada a nombre del proponente, si es persona jurídica deberá contener el nombre o razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de la Cámara de Comercio o su equivalente establezca que la firma podrá identificarse con la sigla.
Cuando se trate de consorcio o unión temporal deberá ser tomada a nombre de la forma asociativa indicando el nombre de todos y cada uno de los integrantes con su respectivo porcentaje de participación y NIT, teniendo en cuenta lo señalado anteriormente.
La vigencia de la garantía de seriedad de la oferta deberá ser como mínimo de cuatro
(4) meses contados a partir de la fecha de cierre del proceso.
La cuantía xxx xxxxxx deberá ser mínimo por el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial.
La garantía de seriedad de la oferta deberá contener los amparos señalados en la ley, y en especial los establecidos en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015,
además deberá indicar textualmente el número, año y objeto del proceso y deberá ser suscrita por quien la expide.
Una vez perfeccionado y legalizado el contrato, la entidad devolverá la garantía de seriedad de la propuesta a los proponentes no seleccionados, dentro de los diez (10) días siguientes, previa solicitud del proponente, dejando copia de la misma dentro de la propuesta, con constancia de que el original fue devuelto. En el evento que el proceso sea declarado desierta, el original de la garantía de seriedad de la propuesta, serán devueltos a todos los proponentes, si así lo solicitaren.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta como indemnización por perjuicios, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de mayores perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la misma.
EL PROPONENTE DEBERÁ APORTAR JUNTO CON LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA EL RECIBO DEL PAGO DE LA PRIMA.
11.2.5. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
11.2.5.1. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DEL PROPONENTE y/o REGISTRO MERCANTIL
Si el proponente es una persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal de conformidad con las normas de su país de origen, atendiendo lo establecido en el presente documento para la presentación de documentos expedidos en el extranjero.
De acuerdo con el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, la vigencia de la sociedad no podrá ser inferior al término de ejecución del contrato y un (1) año más; y su objeto social deberá permitirle desarrollar el objeto del presente proceso.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada sociedad integrante de los mismos, deberá comprobar su existencia y representación, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio, el cual deberá contener la información y cumplir las mismas exigencias anteriormente citadas.
La fecha de expedición no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la estipulada como fecha límite para presentar propuestas. En caso de prórroga del plazo de la licitación, el certificado tendrá validez con respecto a la primera fecha de cierre.
Si la propuesta fuere suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la capacidad jurídica de la sucursal y/o de su representante mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal, cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta.
Las personas naturales deberán presentar certificado de inscripción en Cámara de Comercio o registro mercantil en el cual conste que su actividad mercantil registrada la
cual debe ser directamente relacionada con la que se pretende contratar. El registro mercantil debe estar vigente a la fecha de presentación de la propuesta.
Para el caso de Organismos Internacionales, deben presentar el documento legal e idóneo que pruebe la existencia y representación Legal del organismo, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con fecha de expedición de la presente vigencia, en donde conste el nombre del representante legal y que cuenta con personería jurídica.
11.2.5.2. CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
Además de los documentos requeridos para las personas naturales o jurídicas, los miembros del consorcio o unión temporal (según el caso), deberán aportar el documento Original de constitución firmado por los integrantes, el cual deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley 80 de 1993. El documento de constitución de la figura asociativa deberá contener como mínimo la información señalada en los anexos que se consignen en el pliego de condiciones, así como la información que además se considere pertinente, y cumplir los siguientes requisitos:
a. Si los proponentes desean participar como Consorcio o Unión Temporal, en este último caso deberán señalar las condiciones y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la DNDA.
b. Designar la persona que para todos los efectos legales representará al Consorcio o Unión Temporal, quien además deberá tener facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal. En el documento se deben señalar también las reglas básicas que regularán las relaciones entre los miembros del Consorcio o Unión Temporal y su responsabilidad.
c. Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deben cumplir los requisitos legales y acompañar los documentos requeridos en el presente Pliego de Condiciones, para efectos legales, como si fueran a participar en forma independiente.
d. El objeto social de todos los integrantes del consorcio o unión temporal debe permitirles desarrollar las actividades propias del objeto de este proceso de selección.
e. La propuesta debe estar firmada por el Representante que hayan designado los integrantes del consorcio o unión temporal o por intermedio de su agente comercial y/o mandatario con poder debidamente conferido para el efecto, de acuerdo con la ley, casos en los cuales deberán adjuntarse el (los) documentos (s) que lo acredite (n) como tal.
f. En caso de resultar adjudicatarios del proceso de selección, para la suscripción del contrato deberán presentar el respectivo Número de Identificación Tributaria – NIT, como consorcio o unión temporal.
g. Los integrantes del consorcio o unión temporal no pueden ceder sus derechos a terceros, sin obtener la autorización previa y expresa de la DNDA. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.
h. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán presentar los documentos de existencia y representación legal que, para cada uno de los integrantes, expida la Cámara de Comercio ó la autoridad competente, ya sean personas Naturales o Jurídicas, así como el certificado de Inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes.
i. Los representantes legales de las personas jurídicas que conformen o hagan parte de un Consorcio o Unión Temporal, aportarán con la propuesta la autorización o poder de la Junta de Socios, que los faculte para ofrecer, contratar y conformar Consorcios o Uniones Temporales. Este requisito se exigirá en los casos en que esta facultad se encuentre restringida o no esté explícita. En caso que el representante legal del Consorcio o Unión Temporal o de cualquiera de los integrantes de estos exceda las limitaciones que le otorga el órgano competente, o el acuerdo de integración, se rechazará la propuesta.
j. El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la propuesta en consorcio o unión temporal, deberá ir acompañado de los documentos (certificados xx xxxxxx de comercio, actas de junta directiva, poderes, etc.) que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante.
k. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán tener en cuenta que, de conformidad con el Artículo 7° de la Ley 80 de 1993, la adjudicación del contrato conlleva la responsabilidad solidaria por su celebración y ejecución.
l. La duración de las personas jurídicas que se constituyan como Consorcio o Unión Temporal, deberá ser por lo menos la misma del plazo del contrato derivado del presente proceso de selección y un (1) año más.
m. Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal no podrán integrar otro Consorcio o Unión Temporal que haya presentado propuesta para el presente proceso, ni tampoco podrán hacerlo de manera independiente; en caso de ocurrir será causal de rechazo para las propuestas que éste integre o presente.
n. No se aceptan propuestas bajo la modalidad de promesa de conformación de Consorcios o Uniones Temporales.
o. Las Uniones Temporales, deberán registrar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros o de lo contrario se entenderá que se presentan a título de consorcio.
11.2.5.3. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS
Las personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia, que presenten propuesta deberán adjuntar a la misma el respectivo certificado de la Cámara de Comercio de su domicilio, expedido con máximo un (1) mes de anterioridad al cierre del presente proceso de selección y deberá la sociedad tener como mínimo una vigencia igual a la del plazo del contrato y un año más contados desde la fecha de presentación de la propuesta.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia y representación legal conforme a la legislación de su país de origen, a través de documento expedido dentro del mes anterior al cierre del presente proceso de contratación. En todo caso, esta información podrá ser certificada directamente por el representante legal o por los órganos competentes de la sociedad en el caso en que no se encuentre incorporada en el certificado mencionado, de acuerdo con las leyes que rijan este tipo de actos en el país de origen.
Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia podrán presentar la propuesta mediante apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para presentar la propuesta, para suscribir el contrato, así como para representarlas judicial o extrajudicialmente. Deberán mantener dicho apoderado por el término de vigencia del contrato y seis (6) meses más como mínimo, a menos que, de
conformidad con las normas legales vigentes, tengan la obligación de establecer sucursal en Colombia. En todo caso, el oferente extranjero deberá cumplir con los mismos requisitos, procedimientos, permisos y licencias previstos para el oferente Colombiano y acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su país, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 3 de la Ley 816 de 2003 y demás normas concordantes.
Se advierte que los documentos expedidos por particulares no requieren legalización. En relación con los documentos públicos, se anota que por medio de la Ley 455 del 4 xx xxxxxx de 1998, el Congreso Nacional aprobó la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros”, la cual entró en vigencia en Colombia a partir del 30 de enero de 2000, y suprimió la exigencia de legalización diplomática o consular para los documentos públicos que han sido ejecutados en el territorio de un Estado parte y que deben ser presentados en el territorio de otro Estado parte del Convenio.
Para contratar, la persona jurídica oferente deberá demostrar que su duración no será inferior a la duración del contrato y un (1) año más contado a partir de la fecha de liquidación del mismo.
De conformidad con lo anterior, y según lo expone el Ministerio de Relaciones Exteriores en la Circular AC/LG/641/2001 de fecha 24 de enero del 2001, los documentos públicos provenientes de los Estados parte y contemplados en la Convención no requieren de la autenticación consular ni de la posterior legalización por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores al entrar en vigencia el Convenio y, por lo tanto, deben ser admitidos tan solo con el sello de APOSTILLE colocado por la autoridad competente designada por el país que produjo el documento.
Se excluyen del convenio en mención los documentos expedidos por agentes diplomáticos o consulares y los documentos administrativos que se ocupen directamente de operaciones comerciales o aduaneras. Estos documentos públicos se siguen rigiendo según lo estipulado en los Artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil, 480 del Código de Comercio y la Resolución 2201 del 22 xx xxxxxx de 1997, esto es, certificación consular y legalización por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores - Área de Gestión de Legalizaciones.
Los documentos expedidos por Estados que no forman parte de la Convención seguirán requiriendo de la autenticación consular y de la posterior legalización ante la cancillería colombiana.
11.2.6. AUTORIZACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL Y/O APODERADO
Cuando el representante legal de la persona jurídica, tenga limitaciones para presentar propuestas o para contratar o comprometer a la sociedad, deberá anexar la AUTORIZACIÓN del órgano social correspondiente, que lo autorice para presentar la propuesta y suscribir el contrato en el caso que le sea adjudicado.
Si el proponente actúa a través de un representante o apoderado, deberá acreditar mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la propuesta y firmar el contrato respectivo.
11.2.7. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES - CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES (RUP)
De conformidad con las regulaciones del artículo 2.2.1.1.1.5.1. del Decreto 1082 de 2015:
“Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley.
La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes xx xxxxx de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP.
La persona inscrita en el RUP puede actualizar la información registrada relativa a su experiencia y capacidad jurídica en cualquier momento.
Los inscritos en el RUP pueden en cualquier momento solicitar a la Cámara de Comercio
cancelar su inscripción.”
Por lo anterior, los proponentes deben allegar el certificado de inscripción y/o renovación en el RUP, expedido por la respectiva la Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días calendario anteriores al cierre del presente proceso de selección en el cual conste su inscripción y clasificación en el Registro Único de Proponentes (RUP), cuya información debe estar vigente y en firme a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
Adicional a la verificación de los requisitos certificados en el RUP la exigencia del mismo se hace para verificar la no existencia de sanciones que lo puedan inhabilitar. Tratándose de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no se les exigirá RUP.
Nota 1: Las propuestas cuyo certificado de Registro Único de Proponentes aportado NO SE ENCUENTRE VIGENTE Y SU INFORMACIÓN EN FIRME A LA FECHA DEL CIERRE DEL PROCESO, NO SERÁ OBJETO DE EVALUACIÓN
Nota 2: El Certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentre en firme. La firmeza de la inscripción se adquiere pasados diez (10) días hábiles siguientes a la publicación sin que se haya presentado recurso de reposición en contra de la información inscrita.
Adicionalmente, cuando se renueve o actualice el Registro Único de Proponentes, la información que ha sido objeto de modificación continuará vigente hasta que el acto de inscripción correspondiente de la nueva información quede en firme.
Nota 3: En el caso que una propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal cada uno de los integrantes debe estar inscrito en el RUP de la Cámara de Comercio a la fecha de cierre del proceso en la clasificación señalada, y entre todos los integrantes deben cumplir la clasificación señalada, teniendo en cuenta la previsión señalada en el Artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 xx xxxx 26 de 2015.
En el evento de no presentar el RUP, la Entidad lo requerirá a efectos de realizar la respectiva evaluación, documento que deberá ser expedido con fecha acorde con las condiciones establecidas en el pliego, es decir con fecha no superior a 30 días hábiles antes del cierre del proceso.
Nota: En caso de no presentarse este documento con la propuesta, la DNDA podrá requerirlo en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo dentro del término establecido por la Entidad, so pena de incurrir en causal de rechazo.
Serán causales de rechazo de la PROPUESTA, aplicables a este numeral:
a) La presentación de documentos distintos a los expresamente exigidos en este numeral.
b) Que en el certificado exista constancia de multas y/o sanciones impuestas al proponente en relación con el objeto contractual de la presente invitación dentro del término establecido.
c) Que el Certificado Único de Proponentes aportado, no posea la clasificación y calificación que se exige el presente numeral.
El contenido del documento exigido en este numeral será subsanable, a excepción de la información solicitada en el literal a) de este numeral.
11.2.8. FOTOCOPIA CÉDULA DE CIUDADANÍA
Si el proponente es persona jurídica, deberá aportar junto con su propuesta, fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal o quien haga sus veces, ampliada al 150% y totalmente legible.
Si el proponente es consorcio y/o unión temporal, deberá aportar junto con su propuesta fotocopia de la cédula de ciudadanía de cada uno de los representantes legales o quienes hagan sus veces de los integrantes de la figura asociativa, ampliada al 150% y totalmente legible.
Si el proponente es persona natural deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía, ampliada al 150% y totalmente legible.
11.2.9. BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
La DNDA verificará si el interesado se encuentra señalado en el último Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. En todo caso, el proponente podrá adjuntar dicha certificación a su propuesta.
11.2.10. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
La DNDA consultará y verificará en la página Web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios de quienes van a participar en el presente proceso de conformidad con lo establecido en la Ley 1238 de 2008. En todo caso el proponente podrá anexar a la propuesta dicho certificado actualizado.
11.2.11. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES
La DNDA consultará y verificará, de la página Web de Policía Nacional de Colombia los antecedentes penales de quienes van a participar en el presente proceso.
11.2.12. LIBRETA MILITAR
Si el proponente es persona natural hombre menor de 50 años, deberá junto con su propuesta adjuntar fotocopia de la libreta militar ampliada al 150% y totalmente legible. En caso de pérdida deberá anexar certificación de la Dirección de Reclutamiento donde conste que la situación militar se encuentra definida.
11.2.13. PROPUESTA POR INTERMEDIO DE UN REPRESENTANTE
Si el proponente participa en el presente proceso de contratación por intermedio de un representante, deberá adjuntar en la propuesta el poder debidamente otorgado que lo acredite como tal, de conformidad con los requisitos legales establecidos para el efecto.
11.2.14. COMPROMISO ANTICORRUPCION (ANEXO No. 15)
El proponente deberá aportar con su propuesta, el Anexo No. 15 (Compromiso anticorrupción) debidamente diligenciado.
En caso de consorcio o unión temporal esta declaración deberá ser, además, suscrita por cada uno de los integrantes que lo conforman.
11.2.15. MANIFESTACIÓN ESCRITA DE INTERÉS EN PARTICIPAR (Anexo 18)
Dentro del proceso de selección abreviada, los interesados deben manifestar por escrito su interés en participar, dentro de la fecha y hora establecida en el cronograma correspondiente.
En el documento además de la expresión clara del interés en participar deberá señalar las formas de contacto y comunicación eficaces a fin de informar a cada interesado sobre la fecha y hora de la audiencia pública de sorteo en caso de que tenga lugar.
11.2.16. COMPROMISO DE TRANSPARENCIA (ANEXO No. 9)
El proponente deberá aportar con su propuesta, el Anexo No. 9 (Compromiso de Transparencia), debidamente diligenciado.
En caso de consorcio o unión temporal esta declaración deberá ser, además, suscrita por cada uno de los integrantes que lo conforman.
11.3. DOCUMENTOS FINANCIEROS
Atendiendo lo señalado en el artículo 6 de la ley 1150 de 2007, en concordancia con el Decreto 1082 xx xxxx 26 de 2015, la Dirección Nacional de Derecho de Autor realizará la verificación de las condiciones financieras con la información contenida en el certificado del RUP vigente del proponente. El citado análisis no otorga puntaje alguno, pero conducirá a determinar si el oferente tiene capacidad financiera cumpliendo con lo requerido en el estudio previo y en el pliego de condiciones y podrá ser habilitado.
La capacidad financiera se acreditará con el cumplimiento de la totalidad de los requisitos señalados a continuación:
11.3.1. CAPACIDAD FINANCIERA
De conformidad con lo establecido en el numeral 15 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, Artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2013 y el Decreto 1082 de 2015, en los numerales 3 y 4 del artículo 2.2.1.1.5.3 de acuerdo con la actividad a contratar, la capacidad financiera y organizacional será objeto de verificación a todos los proponentes que participen en el presente proceso de contratación.
Para la verificación de los requisitos habilitantes financieros y organizacionales, la entidad tomará la información del Registro Único de Proponentes que deberá ser aportado por los proponentes, el cual debe estar vigente y en firme a la fecha de
adjudicación del proceso, conforme a las prescripciones del Decreto 1082 del 2015, tomando como base la información financiera correspondiente al cierre a 31 de diciembre del 2016.
El proponente, deberá cumplir con los siguientes indicadores financieros, calculados sobre la información a diciembre 31 de 2016, para tal efecto se evaluará con CUMPLE o NO CUMPLE, cada uno de ellos:
INDICADOR | CÁLCULO | REQUISITO HABILITANTE |
Nivel de endeudamiento | Pasivo Total/Activo Total | Igual o inferior al 70% |
Liquidez | Activo Corriente/Pasivo Corriente | Igual o superior a 1 |
Indicador de cobertura de intereses | Utilidad Operacional/Gastos de Intereses | Igual o superior a 1 NO será declarado INHÁBIL el proponente que obtenga valor “Indeterminado” en este indicador. |
Capital de Trabajo | Activo corriente-Pasivo Corriente | Debe ser Igual o superior al 50% del presupuesto Oficial para este proceso de contratación |
En caso de presentarse la propuesta a través de Consorcio o Unión Temporal para efectos de verificar la capacidad financiera se tomará la información reportada por cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal y se sumarán los correspondientes indicadores con el fin de liquidar los índices consolidados de cada figura conforme al porcentaje de participación.
La verificación financiera NO asigna puntaje alguno, pero habilita o no habilita la propuesta, se efectúa con el fin de revisar el manejo financiero y la realidad económica de la empresa.
En caso de no presentarse la información financiera del Registro Único de Proponentes de la forma exigida en los párrafos anteriores, la Dirección Nacional de Derecho de Autor evaluará la propuesta desde el punto de vista financiero como NO HÁBIL
La información financiera debe ser presentada en moneda legal colombiana, por ser esta la Unidad de cuenta contable por expresa disposición legal, de conformidad con los Artículos 50 y 51 del Decreto 2649 de 1993.
Los indicadores financieros para Consorcios o Uniones Temporales, serán calculados tomando la sumatoria de cada una de las partidas correspondientes de los estados financieros de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal y no por el porcentaje de participación de sus integrantes.
11.3.2. Copia del Registro Único Tributario - RUT
El proponente debe allegar fotocopia del Registro Único Tributario RUT-ACTUALIZADO, en el que indique a qué régimen pertenece.
En caso de consorcios y/o uniones temporales, cada uno de sus integrantes debe presentar este documento.
11.4. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
La capacidad organizacional de los proponentes se verificará de la información reportada por el proponente y certificada por el Registro Único de Proponentes (RUP) con corte a 31 de diciembre de 2016.
En el evento que la capacidad organizacional del proponente no se ajuste al mínimo indicado en el presente numeral, se considera que la oferta no cumple con lo requerido, por lo tanto, en caso de que el proponente no cumpla alguno de los requisitos que se establecen a continuación, se considerará NO HABILITADO.
INDICADOR | CÁLCULO | REQUISITO HABILITANTE |
Rentabilidad sobre Patrimonio | Utilidad Operacional sobre Patrimonio | Igual o superior a 5% |
Rentabilidad sobre Activos | Utilidad Operacional sobre activo total | Igual o superior a 5% |
Cuando el proponente sea consorcio o unión temporal la capacidad organizacional, se acreditará con el promedio de la información registrada en el RUP de cada uno de sus integrantes.
En caso de presentarse la propuesta a través de Consorcio o Unión Temporal, para efectos de verificar la capacidad organizacional se tomará la información reportada por cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal y se sumarán los correspondientes indicadores con el fin de liquidar los índices consolidados de cada figura conforme al porcentaje de participación.
En el evento que la capacidad organizacional del proponente no se ajuste al mínimo indicado en el presente numeral, se considera que la oferta no cumple con lo requerido, por lo tanto en caso de que el proponente no cumpla alguno de los requisitos que se establecen a continuación, se considerará NO HABILITADO.
En el caso que, para este proceso de contratación, hubiere proponentes extranjeros, conforme al artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015, éstos deberán aportar los estados financieros con corte a diciembre 31 de 2016, debidamente auditados con el objeto de acreditar los Indicadores financieros y organizacionales exigidos por la DNDA. Si los Estados financieros fueron aprobados con fecha posterior al quinto día hábil del mes xx xxxxx de 2017, pueden presentarlos suscritos por el representante legal junto con un pre informe de auditoría en el cual el auditor o el revisor fiscal certifique que: (a) la información financiera presentada a la Entidad Estatal es la entregada al auditor o revisor fiscal para cumplir su función de auditoría; y (b) el proponente en forma regular y para ejercicios contables anteriores ha adoptado normas y principios de contabilidad generalmente aceptados para preparar su información y estados financieros. Esta información debe ser actualizada llegada la fecha máxima de actualización de acuerdo con la legislación del país de origen.
-Los estados financieros aportados por proponentes extranjeros deben estar apostillados y acompañados de una traducción simple al idioma español, con los valores re- expresados a la moneda funcional colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos.
11.4.1. IDENTIFICACIÓN DEL DOMICILIO
El proponente deberá acreditar su domicilio mediante el certificado de existencia y representación legal y/o registro mercantil, expedido por la cámara de comercio, que cuenta con una sucursal y/o sede y/o domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C. Es vital el cumplimiento de dicho requisito en virtud de la labor de supervisión, siendo imprescindible para la DNDA tener un contacto constante y personalizado con el Contratista en la ciudad de Bogotá, a través de reuniones de seguimiento y ajustes sobre el avance académico, tutorial y técnico relacionado con la plataforma en funcionamiento,
el cual debe ser directo e inmediato, entre contratista, contratante y los integrantes del equipo de trabajo, en los momentos que ello sea necesario.
En caso de que la propuesta sea presentada por Xxxxxxxxxx y/o Uniones Temporales, el integrante que tenga el mayor porcentaje de participación deberá acreditar que cuenta con una sucursal y/o sede y/o domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C.; si el porcentaje es igual, cualquiera de ellos podrá acreditar que su domicilio principal es la ciudad de Bogotá.
11.4.2. REGISTRO DEL LUGAR DE DOMICILIO EN EL CERTIFICADO XX XXXXXX DE COMERCIO Y EN EL RUT ACTUALIZADOS
Para comprobar la existencia consolidada del proponente y su actividad comercial relacionada con el objeto contractual, la dirección consignada como domicilio y/o sede principal en el certificado xx Xxxxxx de Comercio debe corresponder a la misma registrada en el RUT.
Para el caso de Consorcios y/o Uniones Temporales, se verificará esta misma condición para cada uno de los integrantes que la conforman.
Así mismo para constatar que el proponente realiza operaciones reales y cuenta igualmente con domicilios físicos reales, el proponente deberá anexar los siguientes documentos que son la base de verificación del presente numeral:
a) Constancia de la titularidad de una cuenta corriente activa en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, con fecha de expedición no mayor a un (1) mes por la entidad financiera que corresponda.
Para el caso de consorcios o Uniones Temporales, esta exigencia de la titularidad de la cuenta corriente activa, solo aplica para el integrante que tenga el domicilio principal en la ciudad de Bogotá.
b) Original y/o copia de un recibo de servicio público domiciliario cancelado (agua, luz, teléfono, gas y los demás cuya prestación se encuentre sujeta a vigilancia por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios), con fecha de pago no mayor a dos (2) meses, que corresponda a la dirección informada en el certificado del Registro Único Tributario.
11.5. CONDICIONES TÉCNICAS HABILITANTES
11.5.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE (Anexo N° 6)
La Dirección Nacional de Derecho de Autor verificará la experiencia de los proponentes de la información reportada ante el Registro Único de Proponentes (RUP), de acuerdo con las siguientes reglas:
11.5.1.1. Se considerará habilitado el proponente que haya reportado ante el RUP experiencia en la ejecución total de mínimo dos (2) y máximo cinco (5) contratos ejecutados en los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso cuyo objeto se encuentre identificado en el Clasificador de Bienes y Servicios mínimo con uno (1) de los dos (2) siguientes códigos:
Clase | |
81112200 | Mantenimiento y soporte de software |
Clase | |
81111500 | Ingeniería de software o hardware |
Se tendrá como válido el presente requisito habilitante si de la verificación que se haga del certificado RUP que aporte el proponente se acredita su cumplimiento en mínimo dos
(2) y máximo cinco (5) contratos reportados que cumplan individualmente o en conjunto la condición requerida para la cuantía (100%) del presupuesto oficial y actividad según la clasificación UNSPC.
En caso que los contratos reportados a través del RUP que acreditan la experiencia tengan algún tipo de multa o sanción, no serán tenidos en cuenta por parte de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
11.5.1.2. En caso de no encontrarse la información de experiencia en el certificado RUP se permitirá la acreditación de este requisito anexando certificación de mínimo dos
(2) y máximo cinco (5) contratos totalmente ejecutados en los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del proceso, cuyo objeto haya sido actividades similares al objeto contractual y su valor sumado sea como mínimo el 100% del valor del presupuesto oficial calculado en S.M.M.L.V., al momento de la finalización del respectivo contrato. Cuando el proponente no ha podido obtener las certificaciones mediante las cuales pretende acreditar la experiencia se permitirá su acreditación presentando: a) copia del respectivo o respectivos contratos, b) Mediante actas de liquidación debidamente suscritas por las partes.
En caso de presentarse certificaciones por adiciones a los contratos principales éstas se verificarán en conjunto con el contrato principal al que están adicionando.
En caso de presentar certificaciones globales deberán desglosar el monto en SMLMV y el objeto para el cual aplica dicha certificación que hará parte de la experiencia requerida para el presente proceso.
Si la certificación viene liquidada en moneda diferente al peso, la DNDA procederá a su convertibilidad a pesos colombianos ($), tomando como base la TRM (tasa representativa xxx xxxxxxx) reportada por el Banco de la República a la fecha de terminación del respectivo contrato.
Si los contratos se hubiesen iniciado antes del período señalado, sólo se tendrá en cuenta el porcentaje de ejecución comprendido en las fechas a las que ya se ha hecho alusión (dentro de los cinco años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección); porcentaje que debe estar discriminado en la certificación aportada. En ningún caso se considerará la experiencia de contratos que se reporten vigentes a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
NOTA 1: La DNDA se reserva el derecho de verificar la información consignada en las certificaciones que presenten los proponentes.
NOTA 2: Para verificar el valor de los contratos certificados, la DNDA realizará la conversión a salarios mínimos legales mensuales vigentes SMLMV del valor del presupuesto oficial (SMLMV año 2017) y del valor del contrato que se indique en el formato de experiencia o certificación correspondiente, para lo cual se hará la conversión al valor del SMLMV del año de celebración del respectivo contrato.
Tabla Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV)
PERÍODO | VALOR SMMLV |
Enero 1 de 2013 a Dic. 31 de 2013 | $ 589.500.00 |
Enero 1 de 2014 a Dic. 31 de 2014 | $ 616.000.00 |
Enero 1 de 2015 a Dic. 31 de 2015 | $ 644.350.00 |
Enero 1 de 2016 a Dic. 31 de 2016 | $ 689.454.00 |
Enero 1 de 2017 a Dic. 31 de 2017 | $ 737.717.00 |
NOTA 3: En todo caso, además de lo anterior, los proponentes como cabeza de la documentación aportada para el cumplimiento de este requisito habilitante deberán además diligenciar y firmar el Anexo Experiencia del Proponente que para tal fin se disponga en el pliego de condiciones, so pena de ser calificada como NO CUMPLE.
LA DNDA se reserva el derecho de solicitar cualquier otro documento adicional para verificar la información relacionada en el Anexo donde consigne la experiencia del proponente.
11.5.2. ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS ANEXO 10 A
La Dirección Nacional de Derecho de Autor requiere en el componente técnico del presente proceso contratar a todo costo el fortalecimiento del Portal Web de la DNDA mediante la implementación de:
Ítem 1: Actualización Registro en Línea
Ítem 2: Gestión digital de las solicitudes. Lo anterior con el fin de ejecutar la actividad del proyecto de inversión “Fortalecimiento de la creatividad productiva de los derechos de autor e industrias creativas en el país”, aprobado por el DNP para la vigencia 2017 que se encuentra detallado en la ficha BPIN 2016011000109.
Para efectos de la verificación técnica el proponente deberá manifestar en la columna "Propuesto y garantizado" de los anexos correspondientes a la ficha técnica (Anexo 10 A), la frase "ENTERADOS, OFERTAMOS Y NOS COMPROMETEMOS".
11.5.3. EQUIPO HUMANO MÍNIMO REQUERIDO
Para la ejecución del contrato que se derive del presente proceso, el proponente deberá presentar en su propuesta como requisito habilitante la totalidad del siguiente equipo mínimo de trabajo, con la correspondiente documentación que acredite los siguientes requisitos:
Descripción | Funciones | Perfil | Experiencia específica | Porcentaje (%) de dedicación durante el proceso |
A) Un (1) Gerente del Proyecto | Planear, gestionar y asegurar la ejecución de las actividades, tareas, recursos, calidad y otros relacionados con el cumplimiento del objeto del presente proceso, quien será el enlace | Profesional en las áreas de Ingeniería o Ciencias Administrativ as, con estudios de posgrado en áreas afines a Gerencia | Experiencia mínima de 3 años desempeñándose como Coordinador o gerente de Proyectos relacionados con desarrollo y/o mantenimiento de software. | 25% a lo largo de la duración del contrato |
entre el proveedor y el (la) supervisor (a) del contrato nombrado por la DNDA. | de Proyectos. | |||
B) Un (1) Documentador | Levantamiento de información de requerimientos, casos de uso, etc. Documentador de las soluciones entregadas. | Profesional en Ingeniería de Sistemas x xxxxxxxx afines | Mínimo 1 año de experiencia profesional como documentador de procesos de desarrollo de software | 25% a lo largo de la duración del contrato |
C) Tres (3) | *Realizar el análisis, | Profesional | *Dos (2) años de | 100% a lo |
Ingenieros de | diseño y desarrollo | en Ingeniería | experiencia | largo de la |
Sistemas para | de las soluciones a | de sistemas | comprobable y | ejecución del |
desarrollo de las | implementar | x xxxxxxxx | certificada en | Ítem 1 |
soluciones a | conforme lo | afines | desarrollo y/o | |
implementar | especificado en la | mantenimiento de | ||
establecidas en | ficha técnica, Ítem 1: | aplicaciones en | ||
el Ítem 1 de la | Actualización | lenguajes Java y | ||
Ficha Técnica, | Registro en Línea | Javascript. | ||
Actualización | * 1 año experiencia | |||
Registro en | en desarrollo de | |||
Línea | aplicaciones con | |||
base de datos Sql | ||||
Server | ||||
D) Un (1) | Apoyar el análisis, | Profesional | *Dos (2) años de | 100% a lo |
Ingeniero de | diseño y desarrollo | en Ingeniería | experiencia | largo de la |
sistemas para | de las soluciones a | de sistemas | comprobable y | ejecución del |
desarrollo de las | implementar | x xxxxxxxx | certificada en | Ítem 2 |
soluciones y/o | conforme lo | afines | desarrollo y/o | |
módulos a | especificado en la | mantenimiento de | ||
implementar | ficha técnica, Ítem 2, | aplicaciones en | ||
establecidas en | Gestión digital de | lenguajes Java y | ||
la Ficha | solicitudes | Javascript. | ||
Técnica, Ítem 2, | *Mínimo seis (6) | |||
Gestión digital | meses experiencia | |||
de las | comprobable en | |||
solicitudes | desarrollo de | |||
soluciones bajo el | ||||
CMS Liferay | ||||
*Mínimo un año de | ||||
experiencia | ||||
comprobable en | ||||
desarrollo de | ||||
aplicaciones con | ||||
base de datos SQL | ||||
Server |
NOTA: Xxx perjuicio del personal mínimo requerido relacionado en el cuadro anterior, y del adicional ofrecido a efectos de la evaluación técnica, el proponente adjudicatario deberá poner a disposición del proyecto y durante toda la ejecución contractual, todo el personal adicional que se requiera para el cabal cumplimiento del objeto contractual.
11.5.3.1. REQUISITOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA.
A continuación, se relacionan los requerimientos mínimos que deben cumplir cada uno de los integrantes del equipo en cuanto a experiencia profesional relacionada con el objeto del presente proceso de contratación:
a) La experiencia específica de los integrantes del equipo de trabajo se acreditará a través de certificaciones que cumplan las exigencias señaladas en el cuadro anterior, para lo cual deberá presentar mínimo UNA (1) certificación de contratos que hayan sido ejecutados y terminados en Colombia en los cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.
b) Se deberá adjuntar en la propuesta la hoja de vida de cada uno de los miembros del equipo de trabajo mínimo requerido. En caso de inconsistencia entre la información consignada en el formato de relación de experiencia del recurso humano mínimo requerido y la información contenida en los documentos que la soportan, prevalecerá esta última.
c) Las certificaciones de experiencia del recurso humano mínimo requerido serán expedidas por quienes directamente los contrataron o por la entidad para la que se realizaron los trabajos y en los que estos participaron.
d) Las certificaciones de experiencia requieren que los trabajos o proyectos se encuentren terminados y que hayan sido realizados por la persona a la que se acredita la experiencia y que dicha experiencia corresponda con la requerida para este proceso. Así mismo, las certificaciones deben establecer el tiempo de experiencia exigido en el rol certificado. Por otro lado, cuando las certificaciones de experiencia no permitan deducir toda la información necesaria para confirmar la experiencia específica solicitada, el oferente deberá adjuntar la documentación adicional necesaria.
e) Si el proponente es el mismo que certifica la experiencia del profesional propuesto, además de esta certificación, se deberá presentar fotocopia del contrato suscrito entre el proponente y el integrante del equipo de trabajo, a través del cual se realizaron los trabajos certificados. En caso de no existir contrato suscrito, deberá allegar certificación de la junta directiva o junta de socios (la que corresponda), con el visto bueno del revisor fiscal o contador (en caso de no existir revisor fiscal), para acreditar la experiencia el profesional propuesto. Las certificaciones que acrediten la experiencia del personal propuesto, se considerarán expedidas bajo gravedad de juramento.
f) Las certificaciones firmadas por el mismo personal profesional propuesto, es decir, las auto certificaciones, no serán tenidas en cuenta.
g) Cuando una de las personas relacionadas en la propuesta como integrante del equipo de trabajo mínimo requerido, sea el mismo representante legal del proponente, para persona jurídica, no se requerirá la presentación de la carta de compromiso correspondiente, pues dicho compromiso queda entendido con la presentación de la oferta, a través de la carta de presentación de la misma.
h) La experiencia profesional será tenida en cuenta conforme lo establecido en el artículo 229 del Decreto 019 de 2012. En caso que el personal propuesto tenga experiencia en el exterior la documentación que suministre, deberá cumplir con lo preceptuado en la Ley 455 de 1998 y en el Decreto 106 de 2001.
i) En todo caso, para ejercer en Colombia, los nacionales colombianos graduados en ingeniería en el exterior, deben ostentar la respectiva Matrícula Profesional como autorización estatal de dicho ejercicio. Así mismo, los ingenieros titulados y domiciliados en el extranjero, deberán estarse a lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley 842 de 2003, para la ejecución del contrato, en todo caso debe acreditar haber tramitado y obtenido la homologación del título ante el Ministerio de Educación Nacional.
j) La DNDA podrá solicitar aclaraciones a los documentos que acreditan la experiencia de los profesionales propuestos siempre y cuando con las mismas no se
mejore la oferta en sus aspectos ponderables.
k) Se deberán aportar también los siguientes documentos de cada integrante del equipo de trabajo mínimo requerido:
● Fotocopia del título profesional o del acta de grado.
● Fotocopia de la tarjeta profesional
● Fotocopia de la Cédula de ciudadanía.
● Soportes de experiencia.
l) Si se tratan de estudios obtenidos en el exterior, se deberá presentar la convalidación del título expedida por el Ministerio de Educación – SNIES, de acuerdo con lo señalado en la Ley 30 de 1992 y la Resolución 5547 de 2005.
m) Se deberá aportar carta de compromiso debidamente suscrita por el profesional y dirigida al proponente donde manifieste su absoluta disponibilidad para participar durante toda la ejecución del contrato en caso de ser adjudicatario.
n) La documentación requerida se tendrá en cuenta como insumo para la evaluación técnica de cada una de las propuestas.
11.5.3.2. Condiciones de las certificaciones de experiencia específica
En todo caso el oferente deberá aportar la certificación expedida por la entidad contratante y suscrita por el funcionario competente, en la que se reflejen como mínimo los siguientes requisitos:
a) Nombre de la empresa Contratante y NIT (Si lo hubiere)
a) Dirección
b) Teléfono
c) Nombre del Contratista.
d) Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
e) Número del contrato (si tiene).
f) Objeto del contrato.
g) Valor del contrato.
h) Estado del contrato (En caso que la certificación no indique que el estado del contrato es liquidado, el proponente podrá adjuntar la correspondiente acta de liquidación y/o terminación debidamente suscrita).
j) Fecha de suscripción, inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
k) Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año).
l) En las certificaciones se debe evidenciar el cumplimiento expresado en términos xx xxxxx, excelente, regular o malo.
m) Nombre y firma de quien expide la certificación. (La certificación deberá estar firmada por el funcionario competente para suscribirla).
Cuando exista diferencia entre la información relacionada y la consagrada en los soportes presentados, prevalecerá la información de los soportes.
En caso de que las certificaciones aportadas que acreditan experiencia sean expedidas por una entidad privada con quien se haya suscrito el contrato o se haya prestado el servicio, junto con la respectiva certificación deberá anexarse copia del contrato correspondiente.
Así mismo, en el evento que las certificaciones no contengan la información señalada que permita su evaluación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del
contrato o de los documentos soportes que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.
NOTA 1: Cuando los proponentes pretendan hacer valer experiencia obtenida en el exterior deberán tener en cuenta que los documentos extendidos en el exterior y/o que consten en idioma distinto del español, deberán ser aportados a la propuesta con la correspondiente traducción oficial y con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 4.1.13 xxx xxxxxx de condiciones sobre la apostilla, autenticación consular y demás.
Nota 2: Los contratos verbales no serán tenidos en cuenta para acreditar experiencia ni tampoco las facturas u órdenes de servicio que pretendan comprobar su existencia y ejecución. No serán válidas las certificaciones expedidas por el mismo contratista, ni se aceptan contratos en ejecución.
Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del oferente individual o del integrante del oferente plural que desea hacer valer la experiencia, y/o documento de constitución del consorcio o Unión Temporal, en el cual conste dicho porcentaje de participación.
Si el contrato que se pretende hacer valer como experiencia fue cedido o recibido en cesión, la certificación deberá especificar la fecha de la cesión y discriminar el valor del contrato ejecutado por el cedente y el cesionario.
El valor que se contabilizará para los efectos de los valores requeridos en este numeral, será aquel que se certifique como ejecutado, es decir no se tendrá en cuenta el valor no ejecutado.
Si la certificación incluye varios contratos, se debe identificar en forma precisa si son contratos adicionales al principal o son contratos nuevos, indicando en cada uno de ellos sus plazos, valor y calificación individualmente.
11.5.3.3. REGLAS PARA LA VALORACIÓN DE LA EXPERIENCIA:
Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la experiencia específica será la sumatoria de las experiencias de los integrantes.
La experiencia adquirida en consorcio o unión temporal será tenida en cuenta de acuerdo con el porcentaje de participación en la unión temporal o consorcio, en la cual fue adquirida.
Si el proponente adjunta a su propuesta certificaciones adicionales a las máximas requeridas por la entidad, solo se tendrán en cuenta aquellas que representen el mayor valor ejecutados y siempre que se encuentren relacionadas en el Anexo dispuesto para tal fin.
En caso que se relacione más de un contrato en una sola certificación, para efectos de verificación se tomará la experiencia específica del proponente directamente relacionado con los servicios y/o actividades solicitados por la entidad, de cada contrato individualmente considerado, en orden de mayor a menor valor ejecutado siempre que cumplan con las especificaciones establecidas en el presente documento y en el pliego de condiciones.
Cuando el valor de los contratos con los cuales se pretenda acreditar la experiencia se encuentre expresado en moneda extranjera se atenderán las siguientes reglas:
Para el caso de contratos en dólares americanos, se hará la conversión a pesos colombianos con la TRM publicada en las estadísticas del Banco de la República publicadas en su página oficial, para la fecha de suscripción del contrato.
Para el caso de contratos en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo a las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República en su página oficial teniendo en cuenta la fecha de suscripción del contrato, y seguidamente a pesos colombianos.
Cuando la experiencia a aportar haya sido obtenida con la DNDA el proponente podrá acreditar la misma tal como está establecido en el presente pliego o aportando copia de los contratos suscritos, sin perjuicio de que la entidad verifique internamente la real ejecución de los mismos.
La DNDA podrá en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección, verificar y solicitar ampliación de la información presentada por el oferente para la acreditación de la experiencia.
Cuando en las certificaciones mediante las cuales se pretende acreditar experiencia se encuentren también relacionados bienes y/o servicios de características disímiles a las del objeto del presente proceso contractual, se tendrá en cuenta únicamente la experiencia correspondiente a la relacionada con el objeto del presente proceso de selección. Para el efecto, debe discriminarse claramente el(los) valor(es) parcial(es) de los diferentes bienes o servicios incluidos en dicha certificación.
Las certificaciones que den cuenta de imposición de multas al contratista experiencia a tener en cuenta será en contratos ejecutados a satisfacción, entendiéndose por ésta, aquella en la cual el contratista no haya sido objeto de multas o declaratorias de incumplimiento. En el evento en que alguna de dichas circunstancias se presente frente a la experiencia acreditada no se tendrá en cuenta la respectiva certificación NOTA: La DNDA se reserva el derecho de comprobar la autenticidad de los documentos aportados, así como de verificar el cumplimiento a cabalidad de los contratos que el oferente aporte.
11.5.4. RECURSOS TÉCNICOS
El proponente deberá contar con un ambiente propio en el que pueda realizar el alojamiento y publicación de las soluciones durante su desarrollo y publicación, la cual debe poder ser accesible desde los puestos de trabajo de la DNDA, con el fin de realizar la visualización y revisión de las soluciones implementadas.
De acuerdo con las características específicas de este proceso y para efectos de la evaluación técnica, los proponentes deberán cumplir con las exigencias, que, como requisitos mínimos habilitantes, son solicitados en la presente convocatoria pública, teniendo en cuenta el anexo técnico que hace parte de ésta.
La no presentación de la propuesta, o la presentación sin el cumplimiento de la totalidad de las especificaciones técnicas, será causal de RECHAZO TÉCNICO de la misma.
11.5.5. CAPACIDAD TECNICA OPERACIONAL.
El proponente deberá certificar mediante documento escrito y firmado por el representante legal que dentro de su infraestructura operativa cuenta como mínimo con lo siguiente:
11.5.5.1. Área de Soporte Técnico.
El proponente interesado en el presente proceso de contratación se compromete a atender siempre lo requerido por el supervisor del contrato y cuenta con el personal, la infraestructura y los equipos necesarios para llevar a cabo el proyecto para entregarlo a entera satisfacción de la DNDA.
Lo anterior debe ser acreditado mediante documento escrito firmado por el representante legal.
11.5.6. VISITA TÉCNICA A LAS INSTALACIONES DEL OFERENTE
La DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR podrá realizar una visita de verificación técnica a las instalaciones donde funcionan cada uno de los proponentes, con el fin de verificar los requisitos exigidos en el numeral 11.5 del presente documento, de conformidad con la información entregada por cada uno en su propuesta.
Finalmente, la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR podrá realizar una visita de verificación técnica a la planta física del proponente (s) durante la etapa de evaluación y antes de la adjudicación del contrato.
11.6. PROPUESTA ECONÓMICA INCLUIDO IVA E IMPUESTOS. (SECOP II)
El valor de la oferta del proponente, será la que publique en la línea de “Lista de precios” del cuestionario del SECOP II. El valor publicado debe corresponder al valor total del servicio relacionado con los ítems 1 y 2 que detalla la ficha técnica (Anexo No 10A) y debe incluir I.V.A. y todos los demás impuestos tasas y contribuciones a que hubiere lugar. |
12. PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La evaluación de las propuestas se efectuará a través de un estudio jurídico, financiero, económico y técnico, el cual se realizará dentro de la fecha establecida para el efecto en el cronograma que rige el presente proceso.
Tal procedimiento, comprenderá una verificación inicial respecto del cumplimiento en los requisitos habilitantes (capacidad jurídica, capacidad financiera, condiciones de experiencia, capacidad técnica, capacidad organizacional) cuyo resultado será HABILITADO O INHABILITADO.
12.1 EVALUACION DE LAS PROPUESTAS ELEGIBLES.
Una vez la DNDA haya determinado que la (s) propuesta (s) cumplan los requisitos habilitantes, se catalogará como HABILITADA y se procederá a su evaluación y comparación.
La oferta más favorable para la entidad será aquella que obtenga el mayor puntaje de acuerdo con la evaluación de los criterios establecidos en el pliego de condiciones, por tanto, la ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se hará con base en un máximo de cien (100) puntos distribuidos de la siguiente forma:
FACTOR | PUNTAJE |
Apoyo a la industria nacional | 10 puntos |
Evaluación técnica | 50 puntos |
Evaluación económica | 40 puntos |
Total puntaje | 100 puntos |
12.1.1. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 10 PUNTOS
De conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje xxxxxx xx xxxx (10) puntos. Este artículo establece que “...dentro de los criterios de calificación de las propuestas, un puntaje comprendido entre el diez (10) y el veinte por ciento (20%), para estimular la industria colombiana cuando los proponentes oferten bienes o servicios nacionales.
Tratándose de bienes o servicios extranjeros, la entidad contratante establecerá un puntaje comprendido entre el cinco (5) y el quince por ciento (15%), para incentivar la incorporación de componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos.
Si una vez efectuada la calificación correspondiente, la oferta de un proponente extranjero se encuentra en igualdad de condiciones con la de un proponente nacional, se adjudicará al nacional”.
De igual manera, conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto 19 de 2012, se otorgará tratamiento de servicio de origen nacional a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.
Adicionalmente, en el artículo 2.2.1.2.4.2.1 del Decreto 1082 de 2015 se señala que “La Entidad Estatal debe establecer en los pliegos de condiciones para la contratación, dentro de los criterios de calificación de las propuestas, los incentivos para los bienes, servicios y oferentes nacionales o aquellos considerados nacionales con ocasión de la existencia de trato nacional”.
Con base en lo anterior, los puntajes que se asignarán en cada uno de los casos serán:
Protección a la Industria Nacional Puntaje máximo | |
Servicios prestados por el oferente cuya empresa se haya constituido de acuerdo con la legislación nacional por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia de acuerdo con la legislación nacional o aplica principio de reciprocidad o hacen parte de un TLC en materia de compras estatales. | 10 |
Servicios prestados por el oferente cuya empresa se haya constituido de acuerdo con la legislación nacional por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia y personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional sin aplicación principio de reciprocidad ni TLC. | 8 |
Servicios prestados por el oferente cuya empresa se haya constituido por personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional o extranjera. | 6 |
12.1.2. EVALUACION TECNICA (50 puntos)
El puntaje máximo establecido para la evaluación técnica es de cincuenta (50) puntos, que se asignarán de la siguiente manera:
12.1.2.1. Ingeniero de desarrollo adicional al mínimo requerido (30 puntos)
El proponente que ofrezca personal adicional al mínimo requerido con el fin de apoyar las labores de desarrollo de lo especificado en la ficha técnica, ítems 1 y 2, tendrán una asignación de puntaje así:
Descripción | Recurso ofrecido | Puntos adicionales |
C) y D) Un (1) Ingeniero de sistemas para desarrollo de las soluciones y/o ítems 1 y 2 establecidos en la Ficha Técnica, Gestión digital de las solicitudes y Registro en línea. | Un (1) Ingeniero de sistemas adicional con el perfil requerido en el numeral 11.5.3 literal C) y D) | 20 puntos adicionales |
Dos (2) Ingenieros de sistemas adicionales con el perfil requerido numeral 11.5.3 literal C) y D) | 30 puntos adicionales |
Este ofrecimiento deberá ser formalizado mediante comunicación firmada por el representante legal del proponente en donde garantice la disponibilidad del personal adicional ofrecido durante el tiempo de duración del contrato y debe cumplir las mismas condiciones del recurso humano mínimo requerido.
12.1.2.2. EXTENDER LA GARANTÍA DE CALIDAD (máximo de 20 puntos)
El proponente que ofrezca una garantía de calidad adicional a la establecida en el numeral 2.3.2.3 del presente documento, se asignará un puntaje adicional así:
TERMINO ADICIONAL | PUNTAJE |
Tres (3) meses adicionales | 10 puntos |
Seis (6) meses adicionales | 20 puntos |
NOTA: La garantía de calidad adicional ofrecida por el proponente deberá estar cobijada con el mecanismo de cobertura del riesgo que para el efecto se constituya.
12.1.3. EVALUACIÓN ECONÓMICA 40 PUNTOS
Este factor corresponde al precio ofertado por el proponente para la ejecución total del objeto contractual y será la que publique en la línea de “Lista de precios” del cuestionario del SECOP II, valor que debe incluir todos los impuestos, tasas, contribuciones, costos directos e indirectos y gastos de toda índole en que los proponentes puedan incurrir para la presentación de su oferta, suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato resultante de este proceso de selección, que estarán a cargo del proponente o contratista. El factor económico será evaluado teniendo en cuenta que recibirá 40 PUNTOS quien ofrezca el menor precio del total de la oferta para el objeto a contratar. Las demás ofertas obtendrán un puntaje proporcional descendente, de acuerdo con el resultado que se obtenga al practicar una regla de tres inversa, es decir, a mayor precio menor puntaje.
El oferente debe presentar la propuesta económica de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones, exclusivamente en pesos colombianos, discriminando únicamente el I.V.A., y sin decimales.
13. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Sólo serán causales de rechazo de las propuestas las circunstancias previstas en el estudio previo y pliego de condiciones y las expresamente señaladas en la ley. Por lo
tanto, de conformidad con lo señalado en el numeral 6 del artículo 2.2.1.1.2.1.3 del decreto 1082 de 2015, la DNDA rechazará las propuestas en los siguientes eventos y en los demás expresamente señalados como tal:
a. Cuando el proponente se encuentre incurso en las causales de inhabilidades, incompatibilidad o en conflicto de interés fijados por la Constitución y la Ley, para presentar la propuesta.
b. Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta.
c. Existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente ya sea en forma individual o en calidad de integrante de un consorcio o unión temporal.
d. Cuando en la propuesta económica publicada en SECOP II, el proponente presente un valor superior al 100% del valor del presupuesto oficial estimado.
e. Cuando el objeto social contenido en el Certificado xx Xxxxxx de Comercio no corresponda o no tenga relación con el que se pretende contratar.
f. Cuando la DNDA detecte inconsistencias que no puedan ser resueltas por los proponentes mediante pruebas que aclaren la información presentada.
g. Cuando el proponente señale su desacuerdo o imposibilidad de cumplir las obligaciones y condiciones previstas en el pliego de condiciones, o presente condicionamiento para la adjudicación.
h. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente o se presente en un lugar diferente de la plataforma de Secop II.
i. Cuando el proponente no se encuentre registrado en la plataforma transaccional del Estado denominada Secop II a través de la cual se adelantará el proceso de contratación.
j. Cuando la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos habilitantes, o para la aclaración de los referidos a los factores técnicos y el proponente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones determinados por la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR.
k. Cuando presentada la propuesta mediante consorcio, unión temporal, luego de la fecha señalada para la entrega de propuestas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desista o sea excluido de participar en el consorcio o unión temporal.
l. Cuando de conformidad con la información con la cual cuenta la entidad, se estime que el valor de una oferta resulta artificialmente baja y no logre demostrar que el valor de su propuesta responde a circunstancias objetivas tanto del proponente como de su oferta.
m. Cuando el proponente en forma individual o cada uno de los miembros del consorcio y/o unión temporal no acredite respecto del RUP la clasificación exigida por la entidad.
n. Cuando la inscripción y/o actualización y/o renovación del RUP del proponente en forma individual o cualquiera de los miembros del consorcio y/o unión temporal no se encuentre en firme a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
o. Cuando el proponente, no se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales de conformidad con el Artículo 50 de la ley 789 de 2003 y artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
p. Cuando de forma simultánea con la oferta no se presente la garantía de seriedad del ofrecimiento.
q. Cuando se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
r. Cuando el representante legal de cualquiera de los miembros del consorcio o unión temporal, no cuente con la capacidad suficiente para comprometer a quien representa, conforme al certificado de existencia y representación legal de la respectiva sociedad y no aporte los documentos que lo habiliten.
s. Cuando el proponente y/o cualquiera de los integrantes de los consorcios y/o uniones temporales no posean la capacidad para presentar oferta, entendida ésta como la facultad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones a nombre propio y/o de otro.
t. Cuando verificada la información y/o documentación aportada por cualquiera de los proponentes y/o de los integrantes del consorcio y/o unión temporal, se adviertan inconsistencias o se determine por parte de la entidad que no corresponden a la realidad.
u. Cuando el proponente no cumpla con cualquiera de los aspectos técnicos solicitados por la entidad.
v. La omisión en la presentación de la PROPUESTA TÉCNICA
w. La omisión en la presentación de la PROPUESTA ECONÓMICA o la presentación defectuosa de la misma. Cuando la propuesta no se ajuste a todos y cada uno de los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones.
x. Cuando la propuesta o alguno de sus folios sea firmada por una persona diferente al representante legal del proponente o representante del consorcio o unión temporal o apoderado.
y. Cuando el lugar de funcionamiento actual de la planta física del proponente no cumpla con alguno de los criterios descritos en el presente documento y el pliego de condiciones.
z. Además de las causales de rechazo establecidas en el presente documento y el pliego, serán causales de rechazo las contenidas en las normas legales vigentes.
14. CRITERIOS PARA DIRIMIR EMPATES
Se entenderá que hay empate cuando dos o más proponentes habilitados obtengan el mismo puntaje en la evaluación.
En caso de presentarse un empate entre dos o más proponentes, se aplicarán los siguientes criterios de desempate de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del decreto 1082 de 2015:
1) Se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el factor técnico.
2) Si persiste el empate se preferirá la oferta del proponente que ofrezca bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
3) Si persiste el empate se preferirá la oferta del proponente que haya obtenido el mayor xxxxxxx en la evaluación económica.
4) Si persiste el empate preferir la oferta presentada por una Mipyme nacional.
5) Si persiste el empate preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
6) Si persiste el empate preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
7) Si persiste el empate éste se dirimirá mediante sorteo por balotas, para lo cual en la audiencia los Representantes Legales (o delegados debidamente facultados) de las propuestas empatadas procederán a escoger las balotas, se numerarán de acuerdo al número de proponentes. En primer lugar se realizará un sorteo para establecer cuál será el orden en que cada proponente escogerá la balota. Realizado este primer sorteo los proponentes procederán a escoger balota en el orden que se haya determinado y se adjudicará el proceso de selección al proponente que saque la balota con el número mayor y cuyo resultado es aceptado de antemano por los proponentes involucrados en el empate sin lugar a reclamación alguna. En todo caso sólo podrán participar en el sorteo los proponentes que estén presentes en la audiencia.
15. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES INVOLUCRADOS EN LA CONTRATACIÓN (Ver matriz de Riesgos anexa)
En desarrollo de lo señalado en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el articulo 1 y numeral 9 del artículo 12 del Decreto–Ley 4170 de 2011, el Documento CONPES 3714,
el Decreto 1082 de 2015, y artículo 25, numerales 7 y 12 de la Ley 80 de 1993, y con el fin de valorar el alcance del objeto contractual requerido por la entidad, como sustento y justificación de los factores de selección adoptados para el presente proceso licitatorio se procede a realizar el análisis de riesgos de la contratación, su tipificación, estimación y asignación.
Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionados en el presente numeral y como principio general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todos aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean
previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación. La Dirección Nacional de Derecho de Autor no estará obligada a efectuar reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista.
Sólo en el evento que se demuestre por parte del contratista pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por la entidad, se procederá al restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato.
En atención a la anterior normatividad, en el presente estudio previo se tuvieron en cuenta las indicaciones establecidas en el Manual para la identificación y cobertura del Riesgo en los procesos de contratación emitido por Colombia Compra Eficiente y se siguieron los siguientes pasos para establecer los riesgos:
1. Se estableció el contexto en el cual se adelanta el proceso, es decir, se identificaron los riesgos comunes a los procesos de contratación en la DNDA.
2. Se identificaron y clasificaron los riesgos del proceso de implementación del Fortalecimiento del Portal Web de la DNDA así:
● Clase: General y específico
● Fuente: Interno y Externo
● Etapa: Planeación, Selección, Contratación y Ejecución
Tipo: Riesgos Económicos, Riesgos Sociales o Políticos, Riesgos Operacionales, Riesgos Financieros, Riesgos Regulatorios, Riesgos de la Naturaleza, Técnicos, entre otros.
3. Se evaluaron y calificaron los riesgos identificados estableciendo el impacto de los mismos frente al logro de los objetivos del proceso de contratación y su probabilidad de ocurrencia.
Esta evaluación permitió asignar a cada riesgo una calificación en términos de impacto y de probabilidad, lo cual permitió establecer la valoración de los riesgos identificados y las acciones que se deben efectuar.
4. Asignar y tratar los riesgos: se estableció un orden de prioridades de acuerdo al objeto contractual y su alcance con el fin de evitar el riesgo, transferirlo, aceptarlo, reducir la probabilidad y las consecuencias.
5. Monitorear y revisar la gestión de los riesgos: Se realizó un análisis de cada uno de los riesgos incluidos en la matriz anexa proponiendo un plan de tratamiento los cuales serán revisados constantemente durante la ejecución del contrato y de ser necesario se deben hacer ajustes al plan de tratamiento de acuerdo con las circunstancias que se presenten durante la ejecución del contrato.
Este monitoreo deberá garantizar que los controles son eficaces y eficientes, obtener información adicional para mejorar la valoración del riesgo, analizar y aprender a partir de los eventos, cambios, éxitos y fracasos, detectar cambios en el contexto externo e interno que exijan revisión de los tratamientos del riesgo e identificar nuevos riesgos que puedan surgir.
No obstante lo anterior, hasta la fecha límite prevista en el cronograma del proceso para la solicitud de aclaraciones, los posibles oferentes o interesados en participar en el proceso deberán manifestar a la entidad, teniendo en cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico del mismo, de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del Código de Comercio, según el cual, las partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el período precontractual, so pena de indemnizar los perjuicios que se causen.
En consecuencia, la Entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias previsibles por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sido manifestadas por el mismo, en dicha audiencia o en tal plazo.
NOTA: Debe entenderse que los mecanismos contenidos en el contrato, permiten mantener las condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la propuesta por parte del contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la ecuación del equilibrio contractual, en los términos señalados en la Ley 80 de 1993.
16. MECANISMO DE COBERTURA DEL RIESGO:
De conformidad con lo establecido en los artículos 2.2.1.2.3.1.1 y siguientes del Decreto 1082 de 2015, el proponente adjudicatario se obliga a constituir a su xxxxx y a favor de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato y los demás riesgos asociados, la cual consistirá en una póliza expedida por una compañía de seguros, entidad bancaria o patrimonio autónomo legalmente autorizada para funcionar en Colombia, constituida a partir de la fecha de suscripción del contrato y que contenga los siguientes amparos:
a) Cumplimiento: por un valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo, contado a partir de la fecha de suscripción del contrato, y seis (6) meses más.
b) Xxxxxxxx y prestaciones sociales: por un valor correspondiente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de firma del contrato.
c) Calidad del servicio: por un valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más contados a partir de la terminación del contrato.
NOTA 1: De conformidad con el artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015, cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio o Promesa de Sociedad Futura la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes.
NOTA 2: En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución del contrato y/o se adicione en valor, EL CONTRATISTA se compromete, dentro de los tres (03) días siguientes a la firma de la minuta respectiva, a presentar el certificado de modificación de la garantía de conformidad con el nuevo plazo y/o valor pactados.
NOTA 3: EL CONTRATISTA deberá mantener las garantías en plena vigencia y validez en los términos expresados en esta cláusula y deberá pagar las primas y cualesquiera otras expensas necesarias para constituirlas, mantenerlas, prorrogarlas o adicionarlas.
17. SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato resultante del presente proceso será designado por la Directora General a través de Acto Administrativo, así:
SUPERVISOR TÉCNICO: Será el Coordinador de la Unidad de Sistemas o quien haga sus veces, en lo relacionado con los aspectos técnicos del software desde el punto de vista de su estructura lógica, programación, lenguaje, requerimientos de máquina, funcionamiento y demás temas técnicos implícitos netamente con el objeto del contrato.
SUPERVISOR FUNCIONAL: Será el Jefe de la dependencia que por sus actividades y tareas requiere el funcionamiento de Registro en línea y la Gestión digital de las solicitudes, que para el caso es el Jefe de la Oficina de Registro y/o quien haga sus veces y su responsabilidad es realizar un análisis meramente funcional para verificar que cumple con las necesidades institucionales funcionando a entera satisfacción de la Entidad.
18. INDICACIÓN SI LA CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO.
En cumplimiento a lo estipulado en el artículo 2.2.1.2.4.1.1. del Decreto 1082 de 2015 la DNDA, establece si el servicio objeto del presente proceso de selección se encuentra cobijado por los acuerdos y tratados internacionales que vinculen al estado colombiano, para lo cual se verificó:
a) Si la cuantía del proceso se somete al capítulo de compras públicas
b) Si la Entidad se encuentra cobijada bajo el capítulo de compras públicas
c) Si los bienes y servicios a contratar no se encuentran excluidos del capítulo de compras.
ACUERDOS INTERNACIONALES COMERCIALES VIGENTES O TRATADOS DE LIBRE COMERCIO | VALORES A PARTIR DE LOS CUALES SON APLICABLES LOS ACUERDOS COMERCIALES | LA CUANTÍA DEL PROCESO LO SOMETE AL CAPITULO DE COMPRAS PUBLICAS | LA ENTIDAD ESTATAL SE ENCUENTR A INCLUIDA EN LA COBERTUR A DEL CAPITULO DE COMPRAS PUBLICAS | LOS BIENES Y SERVICIOS A CONTRATAR SE ENCUENTRAN EXCLUIDOS DE LA COBERTURA DEL CAPITULO DE COMPRAS PUBLICAS |
1. TLC COLOMBIA - ESTADOS UNIDOS | $172'701.000 COP | NO | SI | SI |
TLC COLOMBIA - COSTARICA | US$ 77,494,oo | NO | SI | SI |
2. TLC COLOMBIA- CHILE | $160'816.000 COP | NO | SI | SI |
TLC COLOMBIA - ALIANZA PACIFICA (Chile, Perú, Mexico) | Chile. 163’842.000 COP Perú: $311’299.000 COP México: $163’842.000 XXX | XX | XX | XX |
XXX XXXXXXXX - XXXXXXXXX XXXXX (Xxxxxxxx – Xxxxxxxxx - Xxxxxxxx) | Valor de la menor cuantía de la Entidad | NO | NO | SI |
7. TLC COLOMBIA- ESTADOS AELC (EFTA) | $553’848.000 | NO | NO | SI | |
8. TLC COLOMBIA- CANADÁ | $172'701.000 | NO | SI | SI | |
TLC COLOMBIA – COREA | $229’378.000 | NO | SI | NO | |
TLC COLOMBIA – UNION EUROPEA (Suiza, Liechtenstein, | $558’839.000 COP | NO | NO | SI | |
Noruega e Islandia) |
De acuerdo a la verificación realizada sobre los TRATADOS DE LIBRE COMERCIO, ACUERDOS INTERNACIONALES VIGENTES PARA EL ESTADO COLOMBIANO y la
excepción consistente en la modalidad de contratación de Selección Abreviada con convocatoria limitada a MIPYMES el presente proceso no se somete al capítulo de compras públicas.
Los anteriores tratados y acuerdos pueden ser consultados en la página Web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx y/o xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
El presente estudio previo se expide a los cinco (5) días del mes de septiembre de 2017.
DOCUMENTO ORIGINAL FIRMADO POR LOS SUSCRITOS XXXXXXX XXXXX XXXXXX
Coordinador de la Unidad de Sistemas
(Requisitos y Criterios Técnicos)
XXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX
Jefe de la Oficina de Registro (Concepto Funcional)
Anexo: Matriz de Riesgos,
Estudio xx xxxxxxx,
Manual de imagen Institucional Contrato de cesión de derechos, CDP 12817 del 10 xx xxxxxx de 2017