CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
Las presentes Condiciones Generales de Contratación suponen la regulación básica de los servicios de consultoría prestados por MIO CONSULTING INTELIGENCIA DE NEGOCIO S.L. (en adelante, “MIO CONSULTING") para su incorporación a todos los contratos celebrados por dicha compañía y únicamente podrán ser modificadas o sustituidas mediante condiciones particulares que deberán en todo caso ser suscritas por las partes para cada servicio.
1. Identificación de la compañía
MIO CONSULTING INTELIGENCIA DE NEGOCIO S.L. es una compañía con
domicilio social en el Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00 Xx. 24, Madrid, provista de CIF X-00000000. Se halla inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 40.070, Folio 1, Hoja M- 711896. En adelante el “MIO CONSULTING”.
2. Definiciones
• “Cliente”: toda persona que solicite servicios a MIO CONSULTING se denomina CLIENTE.
• “Condiciones Particulares": condiciones específicas establecidas en una Orden de Compra que rigen la prestación de los Servicios y que prevalecen sobre estas Condiciones Generales en caso de conflicto.
• “Duración Actual del Contrato”: corresponde al período de vigencia inicial de este Acuerdo si este no ha transcurrido en su totalidad, o al periodo de renovación una vez transcurrido completamente el periodo de vigencia inicial o sus prórrogas.
• “Orden de Compra”: documento generado por MIO CONSULTING y acordado por las Partes que establece los Servicios que MIO CONSULTING prestará al CLIENTE, incluyendo sus correspondientes Condiciones Particulares y que hace referencia a este Acuerdo Marco entre las Partes.
• “Periodo Inicial de Vigencia del Pedido”: la duración del primer contrato con el CLIENTE para un determinado servicio según se detalla en las condiciones particulares de la Orden de Compra de servicios.
• “Período Actual del Pedido”: corresponde al Período de Vigencia Inicial si este no ha transcurrido en su totalidad, o al periodo de renovación una vez transcurrido completamente el Periodo de Vigencia Inicial o sus prórrogas.
• “Servicios”: Servicios prestados por MIO CONSULTING al CLIENTE bajo una o más Órdenes de Compra, que incluirán normalmente servicios de consultoría, pero que pueden incluir también otro tipo de servicios propios o de terceros.
• “Propiedad Intelectual”: significa todos y cada uno de los conocidos actualmente y/o existentes (a) derechos asociados con trabajos con autoría o contenidos intelectuales, incluyendo copyrights, derechos xxxxxxx e intelectuales; (b) marcas registradas, propiedad industrial, marcas comerciales; (c) secretos industriales, comerciales y know-how; (d) patentes, derechos de patentes, derechos de diseño, y otros derechos propietarios de cualquier tipo y naturaleza además de marcas registradas, marcas comerciales, y derechos similares; (e) todos los registros, aplicaciones, extensiones, renovaciones, o reemisiones de las anteriores, en cualquier caso y bajo cualquier jurisdicción de cualquier país.
3. Duración y renovación del Acuerdo
La Orden de Compra estará vigente y será vinculante para las Partes durante el período de tiempo que así se recoja en la Orden de Compra.
Las Partes acuerdan que, dada la naturaleza de los Servicios, la resolución anticipada sin causa de una Orden de Compra por parte del CLIENTE, conllevará la obligación de éste de pagar el precio de los Servicios conforme éste sea definido en la correspondiente Orden de Compra.
Las presentes Condiciones Generales serán de aplicación en tanto exista entre las Partes al menos una Orden de Compra en vigor.
En todo caso y con independencia de la terminación anticipada o no de la relación contractual, el CLIENTE vendrá obligado a satisfacer a MIO CONSULTING los gastos de terceros en que MIO CONSULTING haya incurrido para la prestación del servicio hasta la efectiva terminación del mismo y que hubieran sido aprobados previamente por el
CLIENTE, y ello aunque a fech a de la terminación de la relación, dichos gastos de terceros no se encontraran determinados.
4. Normas relativas a la formalización de las Órdenes de Compra
El CLIENTE deberá solicitar a MIO CONSULTING los servicios interesados por medio de una persona debidamente autorizada o legitimada para obligar a la empresa.
Cada servicio trae causa de sus propias condiciones técnicas y comerciales, detalladas en la Orden de Compra y en las Condiciones Particulares.
Se entenderá que MIO CONSULTING queda obligada a la prestación de los servicios interesados cuando:
(I) el CLIENTE remita la Orden de Compra y las Condiciones Particulares generadas por MIO CONSULTING debidamente cumplimentadas y firmadas;
(II) el CLIENTE manifieste su aceptación de la Orden de Compra y las Condiciones Particulares generadas por MIO CONSULTING, por medio escrito;
El CLIENTE deberá rellenar de forma correcta los datos de facturación solicitados. La información incorrecta será causa que facultará a MIO CONSULTING para la suspensión inmediata de los servicios y la resolución del contrato sin derecho a indemnización de ningún tipo a favor del CLIENTE.
En el caso de servicios recurrentes, las Condiciones Particulares podrán establecer un Período inicial de Vigencia que siempre y en todo caso será de obligatorio cumplimiento para el CLIENTE. Transcurrido dicho período inicial de vigencia, el contrato se prorrogará automáticamente por plazos mensuales o los que establezcan las señaladas condiciones particulares hasta que una de las partes comunique a la otra su voluntad de extinguirlo con una antelación mínima de treinta (30) días a la finalización.
El CLIENTE no podrá ceder los derechos y/o obligaciones adquiridas en virtud de los contratos suscritos con MIO CONSULTING a ningún tercero, inclusive subrogándose en su posición contractual, excepto que medie el consentimiento expreso de MIO CONSULTING.
Las partes se obligan a actuar en todo momento conforme a la buena fe contractual y observando el máximo respeto a la legalidad y normativas vigentes.
5. Obligaciones de MIO CONSULTING
MIO CONSULTING estará obligado a la prestación de los servicios contratados conforme a lo especificado y con el alcance descritos la Orden de Compra. MIO CONSULTING se compromete a emplear todos los medios humanos y materiales a su alcance para la correcta prestación de los servicios contratados por el CLIENTE.
Dada la naturaleza de los proyectos de consultoría, el CLIENTE se compromete como elemento esencial del proyecto a participar activamente y con los recursos necesarios en los proyectos de consultoría contratados conforme se especifica en la siguiente cláusula.
En ningún caso MIO CONSULTING será responsable por ningún daño indirecto, tales como a título enunciativo son: Pérdidas de ingresos o beneficios presentes o futuros, de datos, daño reputacional...
En todo caso, la responsabilidad total agregada por todos los conceptos que debiera asumir MIO CONSULTING conforme a lo establecido en el presente Contrato, por algún incumplimiento de su obligación de prestar los servicios, quedará limitada al precio cobrado por MIO CONSULTING por el concreto servicio respecto del cual surja la responsabilidad reclamada por el CLIENTE.
6. Obligaciones del CLIENTE
El CLIENTE se compromete a pagar los Servicios indicados en cada Orden de Compra de acuerdo con las condiciones de pago establecidas.
El CLIENTE se compromete a participar activamente, en los plazos acordados y con los recursos necesarios en los proyectos de consultoría contratados, y al menos a título enunciativo, conforme se especifica a continuación:
(I) El CLIENTE deberá proporcionar en el plazo acordado a MIO CONSULTING información correcta y actualizada conforme sea preciso para la realización de los Servicios.
(II) En caso de que la prestación de los Servicios pueda implicar el desarrollo, diseño o implantación de elementos de hardware o software, el CLIENTE deberá colaborar a través de uno o varios técnicos con cualificación, experiencia, poder de decisión, y conocimientos suficientes para la satisfactoria consecución de los Servicios.
(III) El CLIENTE deberá proporcionar a MIO CONSULTING , sus agentes, subcontratistas, consultores y sus empleados, de manera oportuna y sin cargo, el acceso a las instalaciones del CLIENTE, a sus oficinas, a los datos y a otras dependencias y recursos que se requiera razonablemente para la prestación de los Servicios.
(IV) Cuando los Servicios se prestarán en las instalaciones del CLIENTE, éste será responsable (a su propio cargo) de preparar y mantener las instalaciones pertinentes para el suministro de los Servicios y notificará a MIO CONSULTING de todas las medidas de salud, seguridad y otras normas que se aplican a las instalaciones del CLIENTE.
7. Precio y condiciones de pago.
El CLIENTE deberá pagar a MIO CONSULTING los servicios contratados en la forma establecida en cada Orden de Compra.
En caso de no indicarse nada en la Orden de Compra, las facturas giradas por MIO CONSULTING serán pagaderas en el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha de su emisión mediante transferencia bancaria.
El CLIENTE deberá completar de forma correcta y mantener de forma actualizada los datos de facturación solicitados en la Ficha del CLIENTE. La facturación de MIO CONSULTING, a falta de previsión específica en la Orden de Compra se realizará de manera mensual a mes vencido, pudiendo existir de conformidad con el acuerdo que tal efecto se llegue, una cuota de puesta en marcha (kickoff) pagadera en el momento de la firma de la Orden de Compra.
En caso de que la prestación de los servicios implicara la contratación de productos y servicios de terceros que no estuvieran incluidos en el precio pagadero a MIO CONSULTING, ésta podrá repercutir el coste de dichos terceros con antelación a la facturación de los servicios contratados conforme se haya pactado.
La falta de pago en el tiempo pactado por parte del CLIENTE, conllevará el devengo automático de un interés equivalente al tipo de interés legal vigente en cada momento incrementado en dos (2.-) puntos sobre la cantidad impagada.
El CLIENTE vendrá obligado al pago a partir del momento en que MIO CONSULTING entregue los servicios contratados, independientemente que para el uso de los mismo sea necesaria algún tipo de actuación por parte del CLIENTE.
Si se establece un período de vigencia inicial, el CLIENTE queda obligado a pagar el importe de los servicios contratados hasta el final de dicho período con independencia de que utilice el servicio o de que informe a MIO CONSULTING su intención de resolver el contrato.
8. Servicios Específicos.
Los Servicios vendrán definidos en la Orden de Compra que las Partes suscriban para cada proyecto.
9. Contradicción y prevalencia.
En caso de contradicción entre las condiciones generales de contratación y las condiciones particulares recogidas en la Orden de Compra, el orden de prevalencia a efectos de su validez será el siguiente:
(I) Condiciones Particulares; prevalecen sobre
(II) Condiciones Generales de Contratación
10. Propiedad intelectual.
MIO CONSULTING manifiesta ser titular de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial necesarios para la correcta prestación de los Servicios al CLIENTE.
El CLIENTE podrá únicamente usar, copiar, distribuir y modificar para fines internos propios el producto de los Servicios (En adelante también los “Resultados”), no comunicando a terceros ni realizando comunicación pública de los Resultados sin el consentimiento previo y escrito de MIO CONSULTING.
MIO CONSULTING conservará todo derecho sobre la metodología, procedimiento, técnica, idea… incorporados o relativos a los Resultados, sin que en ningún caso la revelación de ellos se considere dentro del alcance de los Servicios.
De igual modo, el CLIENTE no adquirirá ningún derecho o licencia sobre ningún producto, servicio, entregable, documento… que le fuera puesto a su disposición en cumplimiento de los servicios contratados y que fueran propiedad de terceros.
11. Marcas comerciales.
MIO CONSULTING no concede al CLIENTE ningún derecho en relación con las marcas y nombres comerciales, marcas de servicio o patentes de su propiedad, ni tampoco en relación con cualquier marca o patente de cualquiera de los productos de terceros que MIO CONSULTING pudiera utilizar y/o distribuir.
El CLIENTE autoriza expresamente a MIO CONSULTING para el uso de su logo y marca comercial exclusivamente en los catálogos y presentaciones comerciales de MIO CONSULTING, así como en su página web, únicamente a los efectos de indicar la relación comercial entre ambas empresas.
12. Personal de MIO CONSULTING .
Los servicios contratados se realizarán en los locales de MIO CONSULTING, existiendo la posibilidad de que, eventualmente, el personal de la misma se desplace al domicilio del CLIENTE.
La relación entre las partes tiene exclusivamente carácter mercantil, no existiendo vínculo laboral alguno entre el CLIENTE y el personal de MIO CONSULTING aun cuando eventualmente se desplazare aquel a otros domicilios diferentes de su centro de trabajo. En ningún caso podrán considerarse estos desplazamientos como un supuesto de cesión de personal.
MIO CONSULTING declara que dicho personal está contratado de conformidad con la legislación laboral y pone a disposición del CLIENTE los documentos necesarios (TC1, TC2, contrato de trabajo, etc.) para su verificación.
Por razones de seguridad, únicamente MIO CONSULTING designará a los profesionales autorizados para realizar las pruebas sobre la plataforma del CLIENTE en caso de ser necesario.
El CLIENTE se compromete a no solicitar o contratar directa o indirectamente personal de MIO CONSULTING ni de ninguna empresa participada por MIO CONSULTING durante toda la duración del presente contrato y durante los dos años siguientes a la terminación del mismo. En caso de infracción del presente compromiso, el CLIENTE se compromete a pagar inmediatamente a MIO CONSULTING a título de cláusula penal, una indemnización a tanto alzado por un importe igual a dos años del último salario bruto de la persona solicitada o contratada, incrementado con todos los gastos de contratación de una
persona que ocupe su puesto, sin perjuicio de otra responsabilidad por daños y perjuicios que pudiera derivarse.
En el caso de que MIO CONSULTING concerte con otras empresas de MIOGROUP o con terceros la realización parcial de la prestación de los servicios, todas las condiciones indicadas en el presente Contrato para el personal de MIO CONSULTING serán de igual aplicación a todos los subcontratistas que participen de la ejecución de los servicios.
13. Confidencialidad
A estos efectos, tendrá la consideración de información confidencial, toda información que tenga su origen en la prestación de los Servicios y sea susceptible de ser revelada de palabra, por escrito o por cualquier otro medio o a través de cualquier soporte, actualmente conocido o que se invente en el futuro. En todo caso, tendrán consideración de información confidencial, a título meramente enunciativo y no limitativo, los descubrimientos, conceptos, ideas, conocimientos, técnicas, diseños, dibujos, borradores, diagramas, modelos, muestras, gráficos, Know-how, códigos fuente, así como cualquier información de tipo técnico, financiero o comercial o de estructura organizativa de cualquiera de las Partes adquiridas como consecuencia de la relación existente entre las mismas.
Tendrá la consideración de información confidencial, toda información que tenga su origen en la prestación de los servicios y sea susceptible de ser revelada de palabra, por escrito o por cualquier otro medio o a través de cualquier soporte, actualmente conocido o que se invente en el futuro. En todo caso, tendrán consideración de información confidencial, a título meramente enunciativo y no limitativo, los descubrimientos, conceptos, ideas, conocimientos, técnicas, diseños, dibujos, borradores, diagramas, modelos, muestras, gráficos, Know-how, códigos fuente, así como cualquier información de tipo técnico, financiero o comercial o de estructura organizativa de cualquiera de las partes adquiridas como consecuencia de la relación existente entre las mismas. En especial tendrán la consideración de Información Confidencial, sin carácter limitativo:
(a) Conceptos, propuestas e ideas referentes a planificación estratégica, servicios o productos futuros y propuestos de las Partes o sus subsidiarias o afiliadas;
(b) Secretos comerciales, procedimientos, herramientas y módulos de descubrimiento y análisis, ideas, conceptos, procesos, obras de autoría, dibujos,
"know-how", diseños de proyecto, técnicas, programas de software, códigos fuente, códigos objeto y demás documentos de origen de software;
(c) Información relativa a planes de investigación, desarrollo, ofrecimientos de nuevos servicios o productos, marketing y venta, planes comerciales, previsiones comerciales, presupuestos y estados financieros no publicados, licencias y acuerdos de distribución, precios y costes, proveedores y clientes;
(d) Existencia de cualesquiera discusiones, negociaciones o acuerdos comerciales; y
(e) El propio interés de las Partes en el proyecto que significa la prestación de los Servicios
(f) Cualquier información relativa a las habilidades y retribución de empleados, contratistas u otros agentes de las Partes, o de sus subsidiarias o afiliadas. Las copias y/o reproducciones de esta información también tendrán la consideración de Información Confidencial a los efectos del presente Acuerdo.
(En adelante Información Confidencial).
La obligación de confidencialidad aquí establecida, que comenzó en el momento en que se inició cualquier contacto entre las Partes que dio lugar a un conocimiento y/o intercambio de la información o documentación referida, será aplicable, por tanto, con carácter retroactivo, a toda aquella Información Confidencial que las Partes hubieran podido transmitirse con anterioridad a la fecha de la firma del presente Contrato.
Los deberes de confidencialidad derivados de lo establecido en el presente Contrato y aplicables a las Partes y las medidas adoptadas para asegurar su cumplimiento, tendrán aplicación a nivel internacional.
Cualquiera de las Partes podrá pedir a la otra en cualquier momento de la vigencia de la relación comercial, que destruya la Información Confidencial que haya sido suministrada en cualquier soporte por la parte que solicite su destrucción, sin perjuicio de que dicha Información Confidencial hubiera ya sido aportada en cualquier proceso para la prestación de los servicios.
Las obligaciones de confidencialidad aquí establecidas tendrán una duración indefinida con independencia de la finalización del presente Contrato, de cualquiera de sus Anexos o de las Órdenes de Compra y sus condiciones particulares.
Las Partes se comprometen a no transmitir, comunicar, copiar, reproducir, ni por cualquier otro procedimiento, ceder información o material facilitado por la otra parte a terceros, así como a no permitir a ninguna otra persona, empresa o sociedad la copia, reproducción o divulgación, sea total, parcial o de cualquier forma, de información o materiales facilitados o mostrados por la otra parte en cualquier momento sin la autorización previa expresa de la parte que suministró la información o material, manifestada expresamente y por escrito.
En virtud de lo anterior, las Partes asumen la obligación de no revelar, ni permitir a nadie revelar la Información Confidencial, así como a restringir el acceso a ella sólo a aquellas personas cuya intervención sea necesaria para el desarrollo de los Servicios y que deban tener acceso a la misma en relación con los fines antes mencionados. No obstante lo anterior, las Partes deberán proporcionar a la parte que lo solicite, a petición de ésta, una relación escrita de las personas que tienen acceso a la Información Confidencial.
Las Partes podrán utilizar la Información Confidencial conforme lo establecido en este Acuerdo para la correcta prestación de los servicios. La utilización de la Información Confidencial para cualquier uso distinto de la ejecución de los servicios, por parte de las Partes o por las personas que a través de éstas hayan podido tener acceso a la misma, queda taxativamente prohibida, incluso aunque se haya finalizado la prestación, y, en caso de ser utilizada, la parte incumplidora responderá frente a la otra por los daños y perjuicios ocasionados, sin perjuicio de las acciones legales que le correspondan.
Las restricciones indicadas anteriormente no se aplicarán a aquella información que:
(a) es, a la fecha de este Contrato, públicamente conocida;
(b) pasa a ser pública tras la firma del Contrato sin que exista vulneración del mismo;
(c) haya sido transmitida a las Partes por un tercero sobre el que no pesa obligación de confidencialidad; y
(d) haya sido excluida expresamente por las Partes como Información confidencial.
(e) Sea divulgada en virtud de resolución de autoridad administrativa o judicial.
No obstante lo anterior, MIO CONSULTING podrá, tanto en su sitio web como en sus acciones comerciales ya sean éstas realizadas on line u off line, nombrar e identificar la denominación y nombre comercial del CLIENTE a los solos efectos de identificarlo como CLIENTE de MIO CONSULTING, sin que ello pueda suponer en ningún caso la revelación
de ningún dato relacionado con la prestación de servicios realizada por MIO CONSULTING al CLIENTE.
14. Protección de datos
Las Partes señalan que cada una será responsable de los ficheros de los que sean titulares, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante " RGPD").
Las Partes no prevén que para la correcta prestación de los Servicios, MIO CONSULTING tenga que acceder a datos de carácter personal de los que el CLIENTE sea responsable. En caso contrario, las Partes procederán a suscribir Contrato de Encargado de tratamiento conforme es establecido en el RGPD.
MIO CONSULTING informa al CLIENTE que los datos de carácter personal recogidos en virtud de la presente relación contractual, serán incorporados a un fichero de datos cuyo responsable del tratamiento será la sociedad MIO CONSULTING INTELIGENCIA DE NEGOCIO, S.L. con domicilio social en Xxxxxx, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, Xxxxxx 00 con CIF número X-00000000, con la finalidad del correcto desenvolvimiento de la relación contractual aquí formalizada. De conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, se le informa que puede acceder, rectificar y suprimir sus datos, proceder a la portabilidad de los mismos, limitar el tratamiento u oponerse al mismo; tiene asimismo derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas, así como a obtener información clara y transparente sobre el tratamiento de datos, mediante el envío de comunicación dirigida a MIO CONSULTING INTELIGENCIA DE NEGOCIO, S.L. con domicilio social en Xxxxxx, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, Xxxxxx 00 , 00000, o mediante correo electrónico enviado indicando BAJA. El CLIENTE se compromete a mantener actualizada la información de carácter personal facilitada en el contexto de la relación contractual entre MIO CONSULTING y el CLIENTE por lo que, en caso de que se produzca alguna modificación en los datos que se faciliten, deberá proceder a actualizarlos dirigiéndose a MIO CONSULTING a las direcciones física o electrónicas indicadas.
15. Otras disposiciones
• Fuerza Mayor. Xxxxxxx parte será responsable por el incumplimiento del presente Acuerdo por causas de fuerza mayor. Si el evento de Fuerza Mayor prevalezca por un período continuo de más de 1 mes, cualquiera de las partes podrá rescindir este acuerdo dando un aviso por escrito de 10 días a toda la otra parte. Al expirar este período de notificación, este Acuerdo terminará. Dicha terminación se hará sin perjuicio de los derechos de las partes respecto de cualquier incumplimiento de este acuerdo que se produzca antes de dicha terminación.
• Modificaciones. Ninguna modificación de este Acuerdo será válida a menos que sea por escrito y esté firmada por o en nombre de cada una de las partes.
• Renuncia. La renuncia a cualquier derecho o recurso en virtud de este Acuerdo solo es efectiva si se realiza por escrito y no se considerará una renuncia a cualquier incumplimiento o incumplimiento posterior. Una falla o demora por una Parte para ejercer cualquier derecho o recurso provisto bajo este Acuerdo o por la ley no constituirá una renuncia a ese o cualquier otro derecho o recurso, ni excluirá o restringirá cualquier ejercicio adicional de ese o cualquier otro derecho o remedio. El ejercicio único o arcial de cualquier derecho o recurso previsto en este Acuerdo o por ley excluirá o restringirá el ejercicio posterior de dicho derecho o recurso.
• Remedios acumulativos. A menos que se especifique lo contrario, los derechos derivados de este Acuerdo son acumulativos y no excluyen los derechos establecidos por la ley.
• Integridad contractual. Si cualquier tribunal o autoridad competente determina que alguna disposición de este Acuerdo (o parte de cualquier disposición) fuera inválida, ilegal o inaplicable, esa disposición o disposición parcial se considerará, en la medida necesaria, eliminada del mismo, y la validez y la aplicabilidad de las demás disposiciones de este Acuerdo continuará en pleno vigor y efecto.
• Acuerdo completo. Este Acuerdo (incluyendo cada Orden de Compra) constituye el acuerdo completo entre las Partes y reemplaza y extingu e todos los borradores, arreglos, entendimientos o acuerdos previos entre ellos, ya sean escritos u orales, relacionados con el objeto del presente Acuerdo. Cada Parte reconoce que, al celebrar este Acuerdo, no se basa en ninguna representación o garantía (ya sea de forma inocente o negligente) y no tendrá ninguna reparación
con respecto a esta, que no esté establecida en este Acuerdo. Cada Parte acuerda que su única responsabilidad con respecto a las representaciones y garantías que se establecen en este Acuerdo (ya sea de forma inocente o negligente) será por incumplimiento de contrato. Nada en esta cláusula limitará o excluirá ninguna responsabilidad por fraude.
• Cesión contractual. El CLIENTE no podrá, sin el previo consentimiento por escrito de MIO CONSULTING, ceder, transferir, cargar, hipotecar, subcontratar o negociar de cualquier otra manera con todos o cualquiera de sus derechos u obligaciones bajo este Acuerdo
• Subcontratación. MIO CONSULTING puede subcontratar sus obligaciones bajo
este Acuerdo siempre que siga siendo principalmente responsable por su desempeño excepto donde el subcontratista sea específicamente designado por el CLIENTE, en cuyo caso las obligaciones de MIO CONSULTING se limitarán a la gestión de la relación con el subcontratista, pero no extenderán al empleo el subcontratista.
• Relación mercantil. Nada en este Acuerdo está destinado a, o funcionará para, crear una sociedad entre las Partes, o para autorizar a cualquiera de las Partes a actuar como agente para el otro, y ninguna de las Partes tendrá autoridad para actuar en nombre o en nombre de o de otra manera vincular al otro de cualquier manera (incluida la realización de cualquier representación o garantía, la xxxxxxxx de cualquier obligación o responsabilidad y el ejercicio de cualquier derecho o poder).
• Notificaciones. Una notificación dada a una Parte bajo o en conexión con este Acuerdo deberá ser por escrito, en castellano y firmado por o en nombre de la Parte que lo otorga. Los avisos se entregarán válidamente si se entregan personalmente, correo comercial, burofax, por fax, por correo electrónico con acuse de recibo confirmado, o por entrega registrada a la dirección notificada por las Partes oportunamente. Si una notificación se ha enviado o entregado correctamente de acuerdo con esta cláusula, se considerará que se ha recibido:
a) si se entrega personalmente o por xxxxxxx, en el momento de la entrega; b) si se entrega por mensajería comercial, en el momento de la firma del recibo del correo; c) si se envía por fax, en el momento de la transmisión; d) si se envía por correo electrónico, en el momento del envío, a menos que se reciba una notificación de falta de entrega; o e) si se envía por correo prepago de primera
clase o entrega grabada, a las [9.00 a.m.] del [segundo] día posterior a la publicación.
16. Ley aplicable y tribunales competentes
El presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes españolas. Con expresa renuncia al fuero que pudiera corresponderles, ambas partes se someten a la Jurisdicción y Competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.
Las partes designarán en la Hoja de Pedido su domicilio, de manera que cualquier notificación efectuada en el mismo surtirá plenos efectos aun cuando el destinatario se niegue a recogerla.
La declaración de nulidad de una cláusula de las presentes Condiciones Generales de Contratación no invalidará el resto de cláusulas, las cuales se mantendrán vigentes durante toda la relación contractual.