PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA RESPETUOSOS CON EL ENTORNO DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y LOS COLEGIOS PUBLICOS LANDAKO HERRI IKASTETXEA, ZABALARRA ESKOLA Y JULENE AZPEITIA...
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA RESPETUOSOS CON EL ENTORNO DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y LOS COLEGIOS PUBLICOS LANDAKO HERRI IKASTETXEA, ZABALARRA ESKOLA Y XXXXXX XXXXXXXX HAURRESKOLA DEPENDIENTES DEL AYUNTAMIENTO DE DURANGO
1- OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente contrato, bajo la fórmula de Concurso Público, la limpieza integral, desinfección, desratización y desinsectación de la totalidad de edificios municipales, incluidos los OO. AA. y los Colegios Públicos: LANDAKO HERRI IKASTEXEA, ZABALARRA ESKOLA y XXXXXX XXXXXXXX HAURRESKOLA dependientes del Ayuntamiento de DURANGO.
La recogida selectiva de los diferentes materiales de deshecho se realizará de acuerdo a los criterios que en esta materia establezca el Ayuntamiento de Durango.
También es objeto de este contrato la limpieza de la totalidad de los ventanales, cristaleras y vidrieras que existen en los edificios, objeto del contrato.
2- AMBITO ESPACIAL
Se considera ámbito espacial del presente contrato, la totalidad de las dependencias interiores de los edificios municipales, independientemente de los usos que de ellos se hagan y que estén dentro xxx xxxxxxx vinculado a cada uno de los que se relacionan en el Anexo I. Se considerarán como dependencias interiores todo tipo de anejos que aún encontrándose físicamente en el exterior de lo que es propiamente el edificio, se hallen dentro xxx xxxxxxx del mismo.
3- CONSIDERACIONES GENERALES
Todos los servicios contratados se prestarán con sujeción estricta a lo especificado en el presente Pliego de Condiciones Técnicas y en el de Condiciones Económico-Administrativas, así como a lo dispuesto en el documento administrativo mediante el que se formalice el contrato y en el de la oferta seleccionada.
Por esta razón, los licitadores especificarán, dentro del Estudio Técnico-Económico que han de presentar, todas y cada una de las diferentes prestaciones ofertadas, definiendo su modo de ejecución, su contenido y su alcance y la formación de los equipos o grupos de trabajo que se adscriban a las mismas, tanto de personal como de materiales y medios auxiliares, todo ello conforme a la exigencias más detalladas, considerándose como mínimas las fijadas en el presente Pliego.
4- ACTUALES Y NUEVOS EDIFICIOS
El adjudicatario estará obligado a aceptar por el mero hecho de haber concurrido a la licitación, la situación en que se encuentran los edificios objeto del contrato, sin que tenga
derecho a reclamar compensación alguna por el sobreesfuerzo que exija el exacto cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Por otro lado, aquellos edificios que sean de nueva construcción o de nueva adquisición y cualesquiera que pasen a disposición de este Ayuntamiento, podrán integrarse en el contrato, siempre que el Ayuntamiento lo considere oportuno, en las Condiciones Técnicas y Económicas de prestación del servicio que se establecen como óptimas en el presente Pliego. Cuando por razones especiales de su configuración o utilización se requieran prestaciones diferentes a las inicialmente contratadas, se valorarán a través del correspondiente precio contradictorio, previa definición detallada de las concretas prestaciones a que se obligue el adjudicatario.
5- DURACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS
El contrato tendrá una duración de DOS (2) AÑOS, siendo susceptible de prórroga por periodos anuales y por mutuo acuerdo, sin que la duración total, incluidas las prórrogas, pueda exceder de CUATRO (4) AÑOS.
La parte que estuviera interesada en la prórroga del contrato deberá, indefectiblemente, comunicar de manera fehaciente a la otra, tal voluntad, con una antelación mínima de TRES
(3) MESES antes de la finalización original o de alguna de sus prórrogas. La parte requerida deberá, a su vez, manifestar su voluntad de asumir la prórroga en el plazo de TREINTA (30) DIAS contados a partir de la recepción de aquella.
En caso de no seguirse el procedimiento indicado en el párrafo anterior, no operará la prórroga y el contrato quedará resuelto el día de la finalización del plazo original o de la prórroga que estuviera operando.
6- REVISIÓN DE PRECIOS
La revisión de precios tendrá lugar anualmente y se efectuará con arreglo al Índice de Precios al Consumo Estatal elaborado por el Instituto Nacional de Estadística.
7- PRECIOS CONTRADICTORIOS
Se podrá establecer un nuevo precio contradictorio cuando a instancia del Ayuntamiento se modifique alguna de las Condiciones Generales de la oferta.
La modificación o formalización de nuevos Convenios Colectivos pactados entre el Adjudicatario y los Trabajadores, no dará lugar a la revisión de los precios ofertados.
Se determinará el nuevo precio unitario deduciéndolo de los existentes y acordándolo contradictoriamente entre los Servicios Municipales y el Contratista.
8- MODIFICACIÓN DEL AMBITO ESPACIAL
El Adjudicatario estará obligado a aceptar las ampliaciones del ámbito del contrato por la incorporación de nuevos edificios municipales o ampliación de los existentes no incluidos en la relación inicial, siempre que el Ayuntamiento así lo acuerde dentro del límite legal del 20% del importe del contrato, IVA incluido.
El costo de la limpieza de las nuevas dependencias se reflejará en la certificación mensual.
Dicho reflejo solo tendrá lugar una vez que se apruebe la ampliación por el órgano de contratación pertinente.
El adjudicatario soportará la reducción del ámbito espacial del contrato, provisional ó definitivamente, siempre que sea debido a causas justificables como derribos, remodelaciones, obras, etc.
9- CONFLICTOS INTERNOS DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Si la no prestación de los servicios fuese motivada por una huelga del personal empleado por el contratista, o por cualquier otra causa del ámbito empresarial del adjudicatario, el Ayuntamiento podrá optar entre rescindir el contrato ó exigir su cumplimiento, sin perjuicio de ejercer la facultad sancionadora que se le reconoce en el presente Xxxxxx.
En ambos casos, el Adjudicatario deberá hacerse cargo de los daños y perjuicios que se le irroguen al Ayuntamiento por la no prestación de los servicios. Con independencia de las sanciones que correspondan, el Ayuntamiento procederá a realizar automáticamente los descuentos por los servicios no prestados en la certificación mensual correspondiente.
10- CLASIFICACION Y SOLVENCIA EMPRESARIAL
Las empresas concursantes deberán justificar documentalmente como condición indispensable, la clasificación empresarial en esta clase de servicios:
Grupo U, Subgrupo 1, Categoría D
Las empresas licitadoras deberán así mismo aportar cuanta documentación permita avalar la experiencia en servicios análogos.
11- PRECIO DE LICITACION
El precio anual máximo de licitación será, IVA excluido, de 1.678.699,27 EUROS. Dicho precio incluye el precio de los Edificios Municipales, sus Organismos Autónomos y Colegios Públicos citados. La ejecución de los trabajos se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, excluyéndose expresamente la revisión de precios.
La oferta deberá desglosar el precio por centro de trabajo según el desglose que aparece en el
Anexo I.
12- FORMA DE PAGO
Según la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria.
13- FINANCIACION DEL CONTRATO
La financiación del presente contrato se realizará exclusivamente con cargo a la partida del económico 22701 Limpieza de Edificios Municipales y de sus 0.O.A.A. de los Presupuestos Generales del ejercicio 2011 sin perjuicio de la obligación de reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
14- LOCALES Y DEPENDENCIAS OBJETO DE LOS SERVICIOS
La limpieza de todos los edificios objeto del presente Contrato abarcará tanto las dependencias interiores como exteriores, tales como aulas, despachos, salones, gimnasios, bibliotecas, consultorios, talleres, pasillos, vestíbulos, aseos, sótanos, desvanes, cocinas, comedores, patios y escaleras interiores y exteriores, etc. y en definitiva todos aquellos otros espacios constituyentes del edificio, con la única excepción de las xxxxx xx xxxxxxxx y dependencias vinculadas a las instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria que serán objeto de otro contrato.
La limpieza se efectuará así mismo sobre todos y cada uno de los elementos de decoración de mobiliario, o de complemento que existan en las dependencias anteriores, realizando sobre ellos las operaciones, con los medios y frecuencias que fueran necesarias.
A título orientativo se señalan los siguientes elementos: mobiliario, puntos de luz, puertas y xxxxxx, cristales, cortinas, persianas, lavabos, inodoros, urinarios, duchas, radiadores, techos, paredes, suelos, alfombras y moquetas, metales, antepechos de escaleras, pasamanos, elementos decorativos, patios, espacios abiertos, etc.
15- INDICADORES DE RENDIMIENTO
Los valores de los indicadores de rendimiento tienen un carácter de referencia de cara a la mayor racionalización de la forma de realizar los trabajos y su aproximación a standares de alto rendimiento. Tienen un carácter no vinculante, pero han de actuar como objetivo deseable de alcanzar tanto en el momento de la presentación de las ofertas, como en las modificaciones y/o ampliaciones que puedan acordarse durante la vigencia del contrato.
Los ratios expresados en m2 de superficie por hora de operario, considerados para conjuntos de edificios de tipología similar y siempre que la superficie de cada edificio o local supere los 960 m2 serán los siguientes:
Administración 135 - 140
Docencia | 145 - 150 |
Seguridad | 120 - 130 |
Sanitario Asistencia | 110 - 120 |
Almacenes Industriales | 160 - 180 |
Lúdicos | 140 - 145 |
Aseos | 90 - 100 |
16- ORGANIZACION DE LOS TRABAJOS DE LIMPIEZA
El Adjudicatario se responsabiliza de efectuar las operaciones de limpieza sobre los distintos elementos constituyentes de las dependencias con la frecuencia que para las mismas y cada tipo de edificio se señalan en el Anexo I.
El Adjudicatario deberá en todo momento adoptar las medidas de organización que resulten más convenientes para aproximar al máximo los rendimientos de sus equipos a los ratios que se señalan en el artículo anterior.
El Contratista desarrollará el tipo de trabajo, con la utilización de la maquinaria, medios auxiliares y productos, que resulten más adecuados, tanto en función de las características materiales y de textura de los parámetros como del mobiliario y complementos que deban ser objeto de limpieza.
En cualquier caso la organización que adopte el Contratista deberá observar los siguientes criterios:
1. La limpieza en las zonas donde se requiere desinfección debe extremarse y aplicar procedimientos y sistemas que aseguren un nivel de desinfección superior, especialmente al gran volumen de personas que usan las instalaciones públicas, especialmente los lavabos, baños y duchas.
2. La limpieza de las oficinas, salas diversas, vestíbulos y otras zonas comunes, requiere una limpieza de mantenimiento que asegure un estado correcto de aspecto y calidad que permita su utilización por los usuarios.
3. Se utilizarán siempre los medios necesarios para una adecuada limpieza de los centros, carros completamente equipados con los productos de limpieza y utensilios, maquinaria, escaleras, etc.
4. Se utilizará material diferente para los despachos, salas diversas, vestíbulos, pasillos y otras zonas comunes que para los baños y duchas, lavabos y gradas. Las bayetas serán distintas para su identificación mediante código de color de distinta utilización.
Todo el material de limpieza se limpiará convenientemente después de cada jornada de trabajo. Se limpiarán a fondo con agua y detergente los útiles empleados. Finalmente, se sumergirán en una solución de lejía al 10% durante 15 minutos. Se aclarará y se dejará secar.
17- LIMPIEZAS DE MANTENIMIENTO - GENERALES - ESPECIALES
A- LIMPIEZA DE MANTENIMIENTO
Son las labores a realizar diariamente más las fijadas en los cuadros de régimen de frecuencias. Suponen la periodicidad habitual base para el cálculo del importe del contrato.
B- LIMPIEZA GENERAL
Se entiende como Limpieza General una limpieza en profundidad destinada a recuperar el buen estado de suelos, mobiliario, etc.
La Limpieza General comprenderá todo lo reflejado en la limpieza de mantenimiento, así como la limpieza húmeda de radiadores, salidas de aire, persianas, mamparas, mobiliario por arriba y por abajo, sobre todo xx xxxxxx y mesas, rótulos y letreros, decapado y abrillantado de suelos, abrillantado a fondo del mobiliario, cuadros y elementos decorativos incluidos, limpieza externa de puntos de luz y en general la limpieza de aquellos elementos no descritos anteriormente.
Se realizarán en LANDAKO HERRI IKASTETXEA, ZABALARRA ESKOLA y XXXXXX XXXXXXXX
HAURRESKOLA tres veces al año coincidiendo con los períodos vacacionales. Así mismo en cada uno de los tres períodos se realizarán las campañas de desratización, desinfección y desinsectación.
En el resto de los edificios se realizará con la frecuencia que demande según su utilización, es decir, los suelos, mobiliario, paredes y techos deberán tener un aspecto impecable, por lo que si la limpieza de los mismos o el decapado de los suelos hubiera de hacerlo con frecuencia mayor que la fijada, deberá realizarse.
El importe de las Limpiezas Generales se considera incluido en el importe anual de la limpieza de los Centros.
C- LIMPIEZAS ESPECIALES
Se consideran Limpiezas Especiales aquellas que se realicen con carácter excepcional y por una sola vez, tales como la limpieza de fin de obra de edificios o dependencias nuevas o reformadas, o como consecuencia de sucesos extraordinarios (incendio, etc.)
Los trabajos consistirán en una limpieza total, tanto del continente como del contenido, incluso el tratamiento específico correspondiente a cada tipo de suelo.
Estas limpiezas serán valoradas en base al cuadro de precios unitarios y de maquinaria que el Contratista deberá ofertar.
18- LIMPIEZA DE PAVIMENTOS INTERIORES
Debido a que los pavimentos presentan una gran parte de la suciedad que se genera en una dependencia o centro, se prestará especial atención a su mantenimiento. Por este motivo se prescribe un tratamiento adecuado de los diversos suelos, cuando las circunstancias lo permitan, de manera que se facilitará su limpieza posterior, además de conseguir un mayor nivel de higiene y de aspecto estético-brillante.
En general, en los interiores de los edificios se aplicará el barrido húmedo sustituyendo el barrido convencional.
Los pavimentos porosos como el terrazo y mármol, se fregarán mecánicamente y se decaparán previamente para eliminar restos de suciedad por el uso intenso y continuo, sobre todo en las partes centrales y de paso y por los restos de tratamientos parciales (capas de aplicaciones de emulsiones). Anualmente, se vitrificarán con producto cristalizador de primera calidad y máquina rotativa con xxxx xx xxxxx, gruesa para el terrazo y fina para el mármol.
En el terrazo, no se deben usar soluciones alcalinas o ácidas porque deteriorará la superficie del terrazo, perdiendo su brillo. En general se utilizarán detergentes neutros.
Los suelos xx xxxxxx son más densos, es decir, menos porosos y absorbentes. Se evitará aplicar materiales ácidos o alcalinos porque dañan el mármol y hacen que presente un aspecto apagado.
En zonas de mucho tránsito, se permitirá un tratamiento más frecuente de estos pavimentos, con aplicaciones periódicas de emulsiones de polímeros.
El mantenimiento diario de estos pavimentos con barrido húmedo es más fácil y rápido si está bien tratado. El fregado de los mismos permitirá eliminar las manchas resistentes con mayor facilidad.
Los suelos xx xxxxxx serán encerados con cera dura antideslizante, no obstante, en el resto de superficies se elegirá siempre el producto de calidad más antideslizante.
Otros pavimentos duros como granito, gres, etc. se aspirarán o se aplicará el barrido húmedo diariamente. Se fregarán para eliminar manchas y otros restos de suciedad adherida.
En el hormigón se tomarán las mismas medidas de precaución que con los suelos de terrazo x xxxxxx. En los suelos de gres no deben usarse ácidos.
En todos los materiales se deberá tener en cuenta su composición inicial y utilizar productos medioambientales correctos en aras de conseguir un desarrollo sostenible, todo ello de acuerdo a las especificaciones descritas en el punto 48 del presente PLIEGO
19- LIMPIEZA XX XXXXXXX Y TECHOS
Bimensualmente, y siempre que fuera preciso, se llevará a cabo una limpieza xx xxxxxxx interiores y exteriores hasta una altura de 3,5 m., techos, cornisas, molduras y elementos análogos utilizando los medios más adecuados.
20- LIMPIEZA XX XXXXXXXXX
En todos los edificios objeto de este Concurso, la limpieza xx xxxxxxxxx tendrá un tratamiento específico, con una periodicidad mínima de una vez al mes. En el caso de las vidrieras, debido a los medios extraordinarios a utilizar (andamios) se limpiarán con frecuencia anual.
21- LIMPIEZA DE PASAMANOS BARANDILLAS Y ESCALERAS
Se deberán limpiar diariamente los pasamanos, escaleras y barandillas no metálicas.
22- LIMPIEZA DE MOBILIARIO Y EQUIPOS INFORMÁTICOS
Se limpiarán diariamente todo el mobiliario y sus accesorios.
El exterior de los equipos informáticos se deberá mantener sin acumulación de polvo y las pantallas y sus filtros se limpiarán periódicamente con los productos adecuados existentes en el mercado.
23- LIMPIEZA DE PUNTOS DE LUZ
Se realizará con periodicidad semestral sin desmontar aparato alguno.
24- LIMPIEZA DE W.C.
Se deberán mantener limpios y desinfectados todos los aseos y duchas, sometiéndose a las directrices que al respecto reciban de los Servicios Técnicos Municipales.
25- SUMINISTRO DE PAPEL HIGIENICO Y DERIVADOS
El Adjudicatario contemplará el suministro del papel higiénico, Cubre-tapas, gel limpiador, jabonetas, ambientador, seca-manos y bobinas de celulosa, en la totalidad de los servicios, según lo utilizado en cada dependencia.
El Adjudicatario asegurará el suministro, adecuado a cada local, suficiente para dar cobertura a la totalidad de los servicios existentes en los diversos edificios, responsabilizándose de su continua reposición durante la vigencia del contrato.
En los Centros Educativos, el suministro estará controlado por los Responsables designados por la Dirección de los mismos, quedando excluidos expresamente el jabón y las bobinas.
26- LIMPIEZAS VACACIONALES EN EL CENTRO ESCOLAR
Se realizarán tres limpiezas generales coincidentes con los tres períodos vacacionales.
27- RECOGIDAS SELECTIVAS
El Adjudicatario estará obligado a fomentar este tipo de recogida con el objeto de concienciar la recuperación de los residuos aprovechables.
Los materiales de las fracciones recogidas serán gestionados por el Servicio de Recogida de
R.S.U. contratado por el Ayuntamiento.
En ningún caso estará autorizado el Adjudicatario para comercializar o para deshacerse de los materiales al margen del procedimiento anterior o del que se pueda establecer.
28- HORARIOS
Como norma general todas las limpiezas deberán realizarse en los mismos horarios existentes actualmente, si bien será facultad del Ayuntamiento proceder a algún cambio para que no distorsione la actividad principal del edificio.
29- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Con el fin de prestar el servicio en la forma que se indica en el presente Pliego, el Adjudicatario asume el compromiso de desarrollar y dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:
1. Tener la organización técnica, económica y de personal suficiente para la adecuada realización del servicio.
2. Ejercer directamente la prestación de] servicio en las condiciones contenidas en este Pliego y en la oferta, sin posibilidad de subcontratar o ceder, salvo las tareas que expresamente se señalen.
3. Nombrar un Representante debidamente acreditado que canalice las relaciones entre el Adjudicatario y el Responsable Técnico Municipal.
4. Llevar a cabo el servicio con los medios humanos y mecánicos establecidos en la oferta y aceptar y colaborar con el Ayuntamiento en su actividad de control y vigilancia, tanto en sentido cuantitativo como de calidad.
5. Poner a disposición del Ayuntamiento la totalidad de los medios humanos y maquinaria, cuando concurran circunstancias especiales o de urgencia que lo hagan necesario.
6. Informar al Ayuntamiento sobre las variaciones contractuales, incrementos y disminuciones del personal que tiene asignados a los centros objeto del contrato,
con la antelación suficiente para que el Ayuntamiento pueda dar a conocer sus consideraciones en el caso de que lo crea oportuno.
7. Acreditar y justificar, siempre que le sea requerido por el Ayuntamiento el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales, en materia de seguridad social, laboral, etc. mediante la exhibición de la documentación y/o comprobantes que puedan ser exigidos al Adjudicatario.
8. Aportar la información que, al margen de lo establecido en este Pliego, se solicite al Adjudicatario de forma específica sobre: procesos de trabajo, tareas efectuadas, tiempo invertido, constitución de equipos, sustituciones del personal, etc.
9. Entregar a persona responsable de cada centro los objetos que los operarios puedan encontrar durante la realización de los trabajos o su permanencia en los locales y/o dependencias incluidas en el ámbito del contrato.
30- MATERIAL Y MAQUINARIA
Serán por cuenta del Adjudicatario el suministro de todos los útiles y material de limpieza y maquinaria para prestar estos servicios. Todos estos medios serán de uso exclusivo para los servicios objeto del presente Concurso, no pudiéndose utilizar en ningún otro caso, salvo órdenes expresas del Responsable Municipal.
El agua y la energía eléctrica, necesarias para la prestación de los servicios será facilitada por el Ayuntamiento.
31- DISPONIBILIDAD DE MATERIAL
El Contratista deberá tener constantemente a disposición el material necesario para prestar los servicios, por lo que deberá contar con los equipos de reserva que considere convenientes, debiendo indicar en su oferta el Plan de Reservas propuesto.
32- TRABAJOS DIVERSOS
El Adjudicatario vendrá obligado a realizar aquellos trabajos que eventualmente y aunque no sean los específicos de su adjudicación le sean encargados por el Ayuntamiento de Durango con la única limitación de que sean similares a alguna de las operaciones contratadas y que el personal las efectúe de acuerdo con su categoría laboral.
El costo de los mismos se fijará contradictoriamente, debiéndose aprobar con anterioridad a su ejecución por el Órgano de Contratación Municipal
33- DERECHOS DEL CONTRATISTA
El Adjudicatario tendrá, además de todos aquellos que en legalidad le correspondan, los siguientes derechos:
1. Recibir con cargo al Ayuntamiento los suministros de agua luz y energía con que se encuentran dotados los edificios, en cuantía necesaria para llevar a cabo los servicios.
2. A quedar exento de responsabilidad, si por cualquier causa ajena a su voluntad, el Adjudicatario no pudiese realizar los servicios por falta de suministro de cualquiera de los elementos antes señalados.
3. Recibir el importe mensual certificado en los plazos señalados por la Ley
4. A la aplicación puntual de la revisión de precios en la forma señalada en el Pliego.
34- RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL CONTRATISTA
La Empresa Adjudicataria, sin perjuicio del régimen normativo y demás condiciones laborales del Convenio Colectivo de aplicación en el sector, vendrá obligada a retribuir a su personal destinado para la ejecución de los trabajos en el ámbito de este Contrato, de acuerdo con las condiciones que se establecen en el Documento Anexo III y que se considera parte integrante del presente Pliego de Condiciones Técnicas.
El Ayuntamiento podrá, en el momento en que lo considere oportuno, exigir de la Empresa Adjudicataria la acreditación documental del cumplimiento de la exigencia retributiva señalada.
35- DISPONIBILIDAD DEL PERSONAL
La Empresa Adjudicataria deberá disponer del personal necesario, en número y con cualificación suficiente para efectuar los trabajos especificados en el presente Pliego de Condiciones.
Deberá disponer igualmente, al frente de los mismos de un Titulado Universitario, Superior o Medio, con formación y experiencia en este tipo de trabajos.
El Ayuntamiento de Durango NO tendrá relación jurídica, ni laboral, ni de otra índole con el personal de la empresa adjudicataria durante el plazo de vigencia del Contrato, ni al término del mismo.
El Adjudicatario no podrá pretextar la falta de personal para suspender o retrasar los servicios ofertados o que expresamente le ordene el Ayuntamiento, debiendo disponer en todo momento del necesario para su ejecución.
Todo el personal empleado en la realización de los servicios, deberá estar perfectamente uniformado, conforme al modelo previamente aceptado por el Ayuntamiento de Durango.
Los licitadores presentarán en boceto los tipos de uniforme que propongan para el personal.
36- PERSONAL PERTENECIENTE AL CONTRATO ANTERIOR
En cumplimiento de lo establecido en el vigente Convenio Colectivo para el sector de la Limpieza de Edificios y Locales de Bizkaia, en el anexo II se adjunta la relación de personal que actualmente se encuentra prestando los servicios de limpieza a través de la Contrata. En dicha relación se incluye la información pormenorizada a que se refiere el art. 27 del mencionado Convenio.
37- RELACION DE PERSONAL AL INICIO DE LOS TRABAJOS
El Adjudicatario, en el plazo de quince días posteriores a la firma del contrato y previamente al Acta de inicio de los trabajos, presentará la relación de personal, por centros con el nombre, D.N.I., categoría, antigüedad y tipo de contrato de cada operario/a.
38- VARIACIONES DE PLANTILLA
Durante la vigencia del contrato, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con la que se inicia el Contrato, bien sea por jubilación, defunción. baja voluntaria, despido, invalidez temporal, invalidez permanente, etc. o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, el Adjudicatario está obligado a comunicar por escrito tal hecho a los Servicios Municipales. En la comunicación deberá incluirse además los datos indicados en el artículo anterior correspondientes a la persona o personas que le sustituyen.
39- AUMENTO 0 REDUCCION DE PLANTILLA
Si por causas justificadas, tales como crecimiento del ámbito del contrato, fuera necesario realizar un aumento de la plantilla presentada en la oferta, el Adjudicatario elaborará previamente un estudio o informe justificativo de tal necesidad.
Este estudio deberá tener como referencia a todos los efectos, los ratios óptimos de rendimiento que se indican en el presente Pliego según los tipos de edificios.
40- VESTUARIO
Todo el personal de los servicios deberá ir uniformado. La calidad y cantidad del vestuario del personal se regirá en todo momento según lo acordado por los Convenios Colectivos y por la Normativa de Seguridad e Higiene en el Trabajo
41- IDENTIFICACION
Todo el personal deberá estar perfectamente identificado en orden a la seguridad de los servicios.
42- SEGURIDAD DEL PERSONAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL
El Adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, según la vigente normativa sobre Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Deberá suscribir la póliza de Responsabilidad Civil que cubra posibles daños a terceros y al propio Ayuntamiento en la realización de los trabajos con un mínimo de 600.000 euros.
43- ASEO Y DECORO DEL PERSONAL
El Adjudicatario se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto a los usuarios de los edificios objeto del Contrato y por analogía del resto de las faltas recogidas en el Convenio Colectivo para el sector de Limpieza de Edificios y Locales de Bizkaia.
Tales hechos darán lugar a la imposición de las sanciones que se establecen en este Pliego.
44- MODIFICACION DE LA JORNADA
Si durante la vigencia de este Contrato se acordase entre la Empresa Adjudicataria y sus trabajadores la reducción o modificación de la jornada de trabajo, ello no repercutirá en la calidad ni cantidad de los servicios contratados, ni tendrá repercusión alguna para el Ayuntamiento en el costo del contrato. De la citada reducción o modificación se dará cuenta al Responsable Técnico Municipal.
45- CONTROL DE CALIDAD
Es facultad del Ayuntamiento someter la prestación de los servicios de limpieza a la inspección y control de calidad de forma continuada, bien con personal propio o bien a través de los órganos que puedan contratarse a tal efecto.
La realización de los controles tiene como finalidad obtener unas prestaciones satisfactorias de acuerdo con las condiciones exigidas en este Pliego.
Existe una normativa de calidad ISO-9001 donde se definen una serie de elementos del sistema y se establecen unos requisitos básicos de funcionamiento, que deberán ser empleados por el Adjudicatario.
46 - SISTEMAS DE CONTROL
La verificación del cumplimiento de los servicios se realizará mediante un sistema de control de las prestaciones, con la periodicidad que el Ayuntamiento considere conveniente, basado en los siguientes aspectos: El control de actividades y la evaluación del nivel de limpieza Los licitadores podrán proponer otras modalidades de control, que si procediesen, podrán ser tenidas en cuenta por el Ayuntamiento.
47- DESCUENTOS SOBRE CERTIFICACION
El Ayuntamiento tendrá derecho a aplicar descuentos sobre certificación, cuando se produzcan las siguientes circunstancias:
- Cuando se produzca el cierre temporal de cualquier dependencia o centro se descontará el importe correspondiente a la superficie afectada.
- Cuando se produzca el cierre definitivo de cualquier dependencia o instalación, hasta que se produzca la correspondiente modificación del contrato.
- Cuando por cualquier causa imputable al Adjudicatario no se realizasen los servicios o se realizasen de forma deficiente.
48- CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES DE RESPETO AL ENTORNO
Un servicio de limpieza respetuoso con el entorno de los edificios, es aquel que ayuda a evitar la proliferación de microorganismos nocivos para la salud, pero también implica:
• Problemas de salud laboral, por el mal uso o la exposición continuada a productos tóxicos y nocivos para la salud.
• Impacto sobre el medio ambiente, por la utilización de sustancias peligrosas y nocivas que impactan sobre el medio acuático.
• Resistencias de los organismos patógenos a los desinfectantes, si su uso no se limita o no es el adecuado.
En ese sentido, los criterios medioambientales de obligado cumplimiento deberán cumplirse en dos apartados:
1.- Condiciones ambientales para las empresas.
2.- Condiciones ambientales para los productos de limpieza. 1.- Condiciones ambientales de las empresas.
Las empresas licitadoras deberán garantizar la aplicación de forma sistemática de buenas prácticas de gestión ambiental en la ejecución del contrato. Para ello, deberán acreditar la disposición de un SGA certificado para el servicio de limpieza, tipo EMAS, ISO 14.001, EKOSCAN o equivalente.
Disponer de un/a coordinador/a con formación en salud ocupacional, estándares de seguridad, métodos de limpieza y aspectos ambientales relacionados con el servicio.
Adjuntar el CV de dicha persona.
2.- Condiciones ambientales para los productos de limpieza y maquinaria.
Se prohíbe el uso de:
• Ambientadores
• Pastillas o sustancias perfumadas para urinarios
• Productos en spray
• Desinfectantes o productos con desinfectantes ( lejía ) para la limpieza general, excepto en los aseos
Todos los envases de productos de limpieza estarán correctamente etiquetados.
El licitador deberá presentar el listado de los diferentes productos que usará en el transcurso del servicio contratado, indicando, para cada uno de ellos, su función o superficie de aplicación (limpia-cristales, para moquetas, etc. ), la dosificación de uso y la ficha de seguridad, según el Real Decreto 255/2003.
Los envases han de disponer de aparatos de dosificación precisos.
Los productos de limpieza (excepto casos justificados como los desinfectantes) cumplirán con los requisitos de alguna ecoetiqueta Tipo I como el Cisne Nórdico, Etiqueta Ecológica Europea o equivalente en cuanto a la presencia de compuestos químicos en la formulación del producto.
De esta forma, todos los productos (excepto en los casos de desinfectantes) deberán disponer alguna de las siguientes ecoetiquetas oficiales y/o equivalentes a ellas:
Etiqueta Ecológica Europea | Xxxxx Xxxx | Xxxxx Nórdico | |
Productos de limpieza | X | X | |
Papel higiénico | X | X | X |
Papel seca-manos | X | X | X |
Jabón de manos | X | X | |
Bolsas de basura | X |
Los trapos de limpieza y mopas/fregonas serán de microfibra para reducir la generación de residuos, el consumo de agua y de otros productos químicos.
Los equipos de limpieza como aspiradoras o pulidoras, no generarán ruidos mayores de 70 dB(A).
Se valorarán:
• Niveles de ruido inferiores
• Aspiradoras en seco y sin bolsas
• Consumos de agua y energía
Para la valoración, el licitador deberá adjuntar una relación de la maquinaria que usará en el servicio, su potencia, niveles de ruido, consumo de agua y energía.
El cumplimiento de las condiciones descritas deberá documentarse mediante una memoria ambiental al que se deberán adjuntar en los siguientes anexos:
ANEXO II
La empresa licitadora deberá presentar cumplimentado el Anexo II en que se detalla el cumplimiento de las especificaciones obligatorias y la página donde se avala dicho cumplimiento.
El no cumplimiento de los criterios obligatorios o la no aportación del aval correspondiente que acredite el cumplimiento de los mismos, descarta automáticamente la consideración de la oferta para siguientes fases en el procedimiento de adjudicación.
Nombre de Empresa
CRITERIOS OBLIGATORIOS | SI | Tipo de aval en la Pág. memoria |
El listado de productos se especifica en el Anexo III | Anexo III | |
El listado de maquinaria se especifica en el Anexo IV | Anexo IV | |
Se prohíbe el uso de : • Ambientadores • Pastillas o sustancias perfumadas para urinarios • Productos en spray • Desinfectantes o productos con desinfectantes (lejía) para la limpieza general, excepto en los aseos | 1 | |
Los envases han de disponer de aparatos de dosificación precisos | 2 | |
Los productos (excepto en los casos de desinfectantes ) disponen de alguna de las siguientes ecoetiquetas oficiales y/o equivalentes | 3 y Anexo III | |
Los trapos y mopas/fregonas son de microfibras | 4 | |
Los equipos tienen emisiones sonoras menores de 70 dB | 5 y Anexo IV |
ANEXO III
Listado de productos propuestos por la empresa licitadora:
TIPO DE PRODUCTO | SUPERFICIE DE APLICACIÓN | FABRICANTE NOMBRE COMERCIAL | VOLUMEN DEL ENVASE (l.) | DOSIFICACION Ml/litro | FASES DE RIESGO (R) | ECOETIQUETA ECOLOGICA (1) |
Limpiador multiusos | ||||||
Limpia-cristales | ||||||
Limpiador seco para moquetas |
Desinfectante | n.a. | |||||
Definir otros productos de limpieza | ||||||
Papel higiénico | n.a. | |||||
Papel manos | n.a. | |||||
Jabón manos | n.a. | |||||
Bolsas basura | n.a. |
(1) – Ecoetiqueta que posee o criteros de la ecoetiqueta con los que cumple el producto n.a.= no aplica
ANEXO IV
Tipo de maquinaria | Fabricante y nombre comercial | Potencia (kW) | Emisiones de ruido (Lwa) (Db) | Consumo de agua (litros/m2 u hora) | Consumo energético |
Aspirador 1 | |||||
Aspirador 2 | |||||
Friega suelos automático | |||||
Pulidora | |||||
Otras máquinas |
1. EL PROGRAMA DE LIMPIEZA
El objeto de la licitación
Es objeto de la licitación para la prestación de los servicios de limpieza de todos los centros dependientes del Ayuntamiento de Durango.
A fin de poder licitar, es requisito indispensable haber visitado los centros, los cuales les expedirán un certificado de haber realizado dicha visita " in situ".
Se adjunta relación de los centros, con las horas previstas por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento.
2. TIPOS DE LIMPIEZA
* La limpieza interior del conjunto de las zonas ubicadas en los distintos centros.
* La limpieza de zonas exteriores de urbanización y acceso a los edificios. 2.1 La limpieza interior de edificios
El ámbito de la misma.
Se incluyen las distintas zonas ubicadas en los diversos centros: Mobiliario, los equipamientos fijos, los elementos decorativos, techos, etc., ubicados en los mismos, quedando excluido de ello sólo lo que, en cada centro, se haya acordado por escrito en ocasión de las visitas al mismo.
También se incluye la limpieza de los siguientes elementos: Diferentes suelos, escaleras y terrazas.
Mobiliario: mesas, sillones, sillas, frentes y laterales de armarlos, mostradores, ordenadores, diversos aparatos de ofimática, etc.
Alfombras, lámparas, cuadros maceteros, persianas, etc., y demás elementos decorativos.
Lavabos, inodoros, urinarios, duchas y demás equipamientos sanitarios como jaboneras, escámanos, porta rollos, escobillas wc, etc. Alicatados.
Paredes, mamparas, pilares, ventanas, puertas, pasamanos, espejos, ascensores, barandillas.
Techos, rejas de aire acondicionado, luces, portalámparas, etc. Cristales de todos los centros.
El conocimiento por parte del licitador de todos estos elementos, de su importancia, y de su estado, así como de los cambios previstos en relación a ellos, será objeto de visita al centro señalado anteriormente, no pudiendo el licitador alegar más adelante falta de conocimiento al respecto.
2.2 El servicio de limpieza en interiores.
Introducción.
A fin de dar una idea de las periodicidades en la intensidad y la calidad de limpieza solicitada por el Ayuntamiento de Durango damos a continuación una definición de servicio de limpieza, que se entiende para un centro de características medias, y que deberá ofertarse obligatoriamente para los centros objeto de esta licitación.
Se han desglosado en tres tipos de servicio:
2.2.1 LIMPIEZA DIARIA. Es la que se ha de realizar para dejar los suelos, elementos, etc. en condiciones óptimas de limpieza.
Tal y como su nombre indica se realizará con la frecuencia de 5/6 días/semana.
2.2.2 LIMPIEZA PERIODICA. Es la que ha de procurar mantener y proteger de forma adecuada todos los suelos, elementos varios, etc., a fin de que no se deterioren.
Dicha limpieza se realizará en las periodicidades semanales, quincenales y mensuales.
2.2.3 LIMPIEZA PRINCIPAL. Es la que se entiende como "'Limpieza y mantenimiento a fondo" estará destinada a recuperar el buen estado de los suelos, elementos desgastados con el tiempo, principalmente en las zonas de más uso.
Dicha limpieza se realizara en las periodicidades trimestrales, semestrales y anuales.
2.2.4 TRATAMIENTOS PERMANENTES. Se aplicarán tratamientos permanentes, en las zonas de más uso.
3. TRABAJOS Y PERIODICIDADES
Las frecuencias para cada tipo de tratamiento o servicio en cada uno de los centros, vienen expresadas en los anexos 2 al 16.
No obstante, este servicio de limpieza no será con toda probabilidad, el programa que se contrate para un centro concreto. La empresa ofertante podrá presentar un servicio de limpieza alternativo que por su experiencia, estimen más ajustados al entorno y a la actividad de ese centro, y por tanto, con una relación calidad / precio más favorable.
4. CONTENIDO GENÉRICO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA
Teniendo en cuenta que existen unas alfombras de prevención para proteger y alargar la vida de los suelos y sus tratamientos, la empresa ofertante podrá ofrecer este servicio, como alternativo.
Dichas alfombras deberán cubrir los accesos desde el exterior, cuyo tamaño será el adecuado, de acuerdo con la configuración constructiva de cada acceso externo y de las medidas técnicamente adecuadas en orden a reducir la entrada de polvo en el edificio por encima del 72%
El mantenimiento de limpieza de dichas alfombras de prevención se realizará de acuerdo con el tránsito controlado de cada uno de estos accesos con el fin de mantener los niveles de entrada de polvo en el edificio en los niveles ya reseñados del 72%.
4.1 Limpieza de elementos varios y aseos.
Se realizarán las siguientes operaciones:
Limpieza de los aparatos sanitarios, griferías accesorios, aseos .....
Se concederá especial atención en la limpieza de estas instalaciones que son el xxxxxx xxx xxxxx de limpieza que se respira en un edificio y que, por el uso al que van destinados requieren el mayor grado de higiene posible.
Se evitarán el uso de ácidos, que si bien tiene un efecto limpiador inmediato y espectacular, producen daños irreparables.
Se usaran detergentes neutros o débilmente alcalinos que evitan la formación de calcificaciones y se caracterizan por sus efectos especialmente conservantes así como bayetas no abrasivas que puedan rayar las superficies esmaltadas y se aplicarán en su caso desinfectantes limpiadores no abrasivos con poder rematente y desodorizante que no se limiten a enmascarar los olores, sino que vayan destinados a suprimirlos, eliminando los gérmenes que los producen.
Se ha de proceder a la reposición de toallas, papel higiénico, jabón de tocador y / o jabón liquido.
4.2 Teléfonos.
Todos los aparatos telefónicos de sobremesa serán desempolvados y fregados diariamente procediéndose a su desinfección especialmente del auricular, por ser esta la parte más crítica en la que se requiere, por higiene una mayor atención.
Con respecto a los vestuarios se aplicarán idénticas precauciones y métodos de limpieza apuntados anteriormente y muy especialmente en los platos de ducha y en sus propios recintos. Los locales ocupados por los vestidores, en los que se ubican las taquillas, recibirán el mismo especial cuidado, limpiándose asimismo periódicamente las superficies de las mismas.
4.3 Ofimática.
Las máquinas de escribir, las calculadoras de sobremesa, ordenadores personales, pantallas de teleproceso, techado de ambos, impresoras, fotocopiadoras y fax deberán estar exentos de polvo, limpiándose a continuación mediante un paño humedecido bien escurrido al que se podrá adicionar algún producto neutro apropiado para este uso.
Se pondrá especial cuidado en no proyectar spray alguno ni líquidos limpiadores sobre los teclados sea, cual fuese este, ya que los mismos podrían dañar los mecanismos interiores.
La realización de este trabajo deberá estar a cargo de personal especializado en este menester.
Recogida de papeles, residuos sólidos y desperdicios en el suelo mesas, sillas y en otros elementos auxiliares.
Vaciado xx xxxxxxxxx y papeleras y limpieza y desinfectado de los mismos.
Limpieza del mobiliario de los elementos del polvo, huellas, manchas, etc.
De forma general, cualquier operación que sea necesaria en cada momento para mantener el buen estado de limpieza del conjunto de los locales, muebles y demás accesorios apoyados sobre ellos que son objeto de esta licitación.
4.4 Limpieza principal.
Se prestará atención en los siguientes elementos:
• Puertas, ventanales, xxxxxx.
• Barandillas, pasamanos, etc.
• Cortinas, persianas venecianas.
• Mamparas.
• Partes frontales del mobiliario
• Rótulos, letreros, etc..
y, de forma general, los diferentes elementos que por su situación sean motivo de observación.
4.5 Techos.
En la limpieza de techos, se incluyen las bocas de aire acondicionado, luces empotradas o apliques.
Les corresponde a los ofertantes precisar la tecnología, medios y productos que emplearán en cada caso, en función de los materiales y dificultades de trabajo.
4.6 Limpieza de exteriores.
Aceras y bordillos de acceso a los edificios. 4.7 Desinfección, desinsectación.
Debido a las características de los centros se desinfectará y desinsectará determinadas zonas con una periodicidad trimestral para evitar las plagas, telarañas, etc.
La empresa ofertante podrá aplicar los métodos de nebulización y por aspersión o spray. 4.8 Mantenimiento y/o abrillantado de suelos.
El mantenimiento y abrillantado se ha de realizar de acuerdo con las periodicidades y métodos descritos
Sobre suelos duros se podrá tener en cuenta el método por diamantación, las empresas ofertantes lo podrán proponer como servicio alternativo.
4.9 Lavado y mantenimiento de la moqueta.
Se eliminarán las manchas lo más rápido posible mediante métodos que no dañen a las mismas a fin de que no se fije la suciedad con el tiempo.
4.10 Piscinas.
Se ha de prestar una atención especial en las zonas de playa, los pasillos y accesos a las mismas, así mismo en los vestuarios y servicios, donde se ha de tener en cuenta su higiene, a fin de evitar infecciones, y los típicos, "'Pie de Atleta".
Por consiguiente las empresas ofertantes han de usar productos detergentes algicidas, desinfectantes y bactericidas los cuales enumeraran en la Relación de Productos.
5. CONDICIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LAS DIFERENTES ZONAS DE LOS CENTROS.
Estas condiciones generales se dan con independencia de los materiales que constituyen las zonas a limpiar en cada centro.
5.1 Suelos.
Limpieza diaria:
Limpieza según material y eliminación de manchas y huellas. Recogida de papeles, residuos, papeleras.
Limpieza superficial de elementos ubicados en la zona (mobiliario, ... ).
Limpieza periódica:
Limpieza de las zonas de mayor uso con tratamiento adecuada en cada caso. Limpieza de fondo de elementos ubicados en la zona mobiliario).
Limpieza principal:
Limpieza general del conjunto de la zona con medios mecánicos.
5.2 Techos
Limpieza diaria:
Limpieza de partes más sensibles en particular bocas de aire, entorno de las mismas.
Limpieza de manchas y huellas del conjunto del techo Limpieza periódica:
Limpieza de partes más sensibles en particular bocas de aire, entorno de las mismas. Limpieza en manchas y huellas M conjunto del techo.
Limpieza de luminarias (reflector, rejilla, tubos, marco, etc.).
Limpieza principal:
Tratamiento global del conjunto del techo.
5.3 Elementos mobiliarios y paredes.
Limpieza diaria:
Limpieza de manchas y huellas y en particular en puertas de acceso y elementos de mucho uso mostradores, pasamanos, expendedores de bebidas, papeleras,...
Limpieza superficial de elementos ubicados en la zona (mobiliarios,....
Limpieza periódica:
Eliminación de polvo, grasas, etc. en alturas de acceso directo, sin medios especiales, con tratamiento sistemático y específico de zonas particularmente sucias (entorno bocas, aparatos de aire, cuadros, recodos, mangueras contra incendios,. ).
Limpieza principal:
Limpieza uniforme de la totalidad del parámetro y de los elementos adosados a él, con utilización de medios mecánicos.
5.4 Servicios sanitarios y vestuarios.
Limpieza diaria:
Limpieza con desinfección de los aseos uso sanitarios, lavabos, etc...). Reaprovisionamiento de papel, jabón, etc.
Limpieza principal:
Limpieza del conjunto de los aseos.
6. CONTROL DE LA CALIDAD DE LA LIMPIEZA
El adjudicatario, será directamente responsable de la calidad del servicio, así como de los servicios periódicos y de los tratamientos en general.
Igualmente será responsable de la calidad de los tratamientos permanentes de mantenimiento, del estado de las dependencias o elementos de las mismas, sometidas a estos tratamientos permanentes, en función de la necesidad de cada centro.
El Ayuntamiento de Durango a fin de verificar la calidad del servicio implantará un método de observaciones puntuales con una clasificación de niveles de calidad y de valoración.
Todo ello contrastado de forma permanente entre. las dos partes para favorecer el desarrollo correcto de la prestación, en condiciones óptimas.
El Ayuntamiento de Durango pretende que los tratamientos de limpieza contemplen que no solamente sean correctivos, sino también preventivos y protectores, con ello se contribuye a conservar el valor de su patrimonio.
7. MÉTODO DE LAS OBSERVACIONES
Semanalmente
En horas de servicio se realizará mediante una ruta de observaciones en los diferentes centros.
Estas observaciones se realizarán conjuntamente entre los responsables de la empresa adjudicataria y del servicio de mantenimiento del Ayuntamiento.
Se anotarán las anomalías observadas y la gravedad de la misma, y en su caso se anotará el operario responsable.
Se anotarán igualmente las medidas de corrección y de su día de ejecución. Se observará en el mismo recorrido si se han tomado las medidas correctas.
De las observaciones, se calcularán los niveles de calidad y de limpieza de acuerdo con la Tabla de Valoración.
El diseño de los partes diarios que se utilizarán serán definidos por el Ayuntamiento, no obstante si la empresa adjudicataria tiene editados unos partes que se ajusten a lo anteriormente citado, se normalizarán los mismos por el citado Ayuntamiento.
8. NIVELES DE CALIDAD.
Estos niveles corresponden a una clasificación razonable de la percepción de la limpieza.
Muy bueno: La dependencia objetivo de análisis presenta un estado de orden y limpieza óptimo, sin manchas, olores y otros indicios de suciedad o residuos, quedando patente el brillo de su suelo, la limpieza de sus cristales u toros elementos más sensibles o más propicios a quedar, sucios o desordenados.
Bueno: La dependencia objeto de análisis presenta un estado de orden y limpieza normal, sin mancha, olores, polvo u otros indicios de suciedad aunque un exporte o una persona algo exigente puede apreciar área puntuales, o un estado general aceptable pero sin alcanzar el nivel anterior.
Regular: La dependencia objeto de¡ análisis presenta un estado de orden y limpieza insuficiente, con manchas u olores o polvo u otros indicios de suciedad apreciables por cualquier persona.
Malo: La dependencia objeto de análisis presenta un estado de orden y limpieza indiscutiblemente deficiente, con desperdicios, manchas, suciedad u olores importantes y evidentes.
En caso de diferencias de criterios entra las dos partes, sobre la apreciación del nivel de limpieza o sobre los tratamientos se procederá de la forma siguiente:
Se realizará un ensayo o prueba para apreciar las diferencias entre lo que es y lo que debería ser el ensayo o prueba, se realizará por el personal del adjudicatario.
El Ayuntamiento se reservará la potestad de rehacerlo por si mismo, mediante personal competente.
9. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
9.1 La planificación del servicio.
La facultad de control y dirección de trabajo y de los trabajadores, corresponde a la empresa adjudicataria, por disponer la misma de una titularidad independiente al Ayuntamiento, así como de organización autónoma.
No obstante con el fin de poder ajustar el prestación a la necesidad del servicio, a los condicionantes de cada temporada y a efectos de garantizar la operatividad y la seguridad del centro, el Contratista presentará la planificación anual por centros.
9.2 La organización del adjudicatario en cada centro.
Para asegurar una correcta ejecución de sus trabajos y una fluidez de comunicación con el Ayuntamiento los mecanismos de planificación y control de la prestación definidos en páginas anteriores, el adjudicatario dispondrá obligatoriamente de una estructura de mando:
Designada oficialmente por el contratista.
Capaz de dialogar en todo momento de los problemas que pueden surgir. Capaz de trasladar las órdenes pertinentes hacia los medios operativos.
Supervisarla con una dedicación máxima en el centro o centros adjudicados, conforme a lo previsto en la propuesta de licitador y en el contrato de adjudicación.
El Ayuntamiento podrá solicitar la sustitución de este responsable, si, a su juicio no sirviera como intermediario.
Cada licitador deberá precisar la necesidad que tiene de zonas en los centros para los conceptos de oficinas, vestuario, almacén, etc.. Serán cedidos gratuitamente por el Ayuntamiento, su equipamiento será totalmente a cargo de la empresa.
9.3 Otros aspectos del servicio.
Transmitir al público y al personal de los centros, una imagen óptima de orden y limpieza, a través de:
El perfecto estado de conservación y limpieza de los equipos y medios materiales con que se trabaja.
El perfecto estado de presentación del personal.
Un trato en todo momento correcto con el público y el personal de los centros.
La tarjeta de identificación individual puede ser de la empresa o del Ayuntamiento, llevada de forma permanente y visible por parte del conjunto del personal asignado al servicio.
Cumplir las reglas de seguridad según el Reglamente de Seguridad e Higiene. Cumplimiento de horario de actuación.
Desarrollar la actividad de limpieza de tal forma que en ningún momento, se vea perturbado el normal funcionamiento del centro, ni el de ninguna de sus dependencias.
Emplear productos o materiales de primera calidad y marcas de reconocida solvencia, y perfectamente adecuados a la superficie objeto del servicio. A tal fin, el adjudicatario someterá al inicio de la contrata, y con ocasión de cualquier utilización nueva de un producto, la aprobación previa de su uso por parte del Departamento Técnico del Ayuntamiento de Durango y aportará la correspondiente Ficha Técnica.
Serán desechados aquellos productos para los que existan sospechas fundadas de toxicidad o cualquier otra clase de riesgo para las personas, el mobiliario o los elementos de acabado y recubrimiento. Igualmente se desecharán los detergentes no biodegradables. Así mismo no se permitirá el uso de ácido en la limpieza de pavimentos xx xxxxxx natural
o artificial, ni el de disolventes puros o productos básicos en la de pavimentos flexibles, vinílicos, de goma, etc..
ANEXO I
CENTRO | DIAS/SEMANA | HORAS/SEMANA | COSTE |
1-ZABALARRA ESKOLA | 5 | 71,25 | |
2-ALMACEN BRIGADA | 5 | 10 | |
3-LANDAKO ESKOLA | 5 | 182,50 | |
4-EDIFICIO CONSISTORIAL | 5/6 | 119 | |
5-E.P.A. | 5 | 20 | |
6-XXXXXX XXXXXXXX HAUR. | 5 | 20 | |
7-HOGAR 3ª EDAD | 5/6 | 55,50 | |
0-XXXXXX XXXXXX | 0 | 0 | |
0-XXXXXXXXX | 1 | 1 | |
10-TURISMO | 5 | 8 | |
11-PINONDO ETXEA | 5 | 49 | |
12-MERCADO | 5 | 9 | |
13-SOTANOS XXXXXXX. | 0 | 00 | |
00-XXXXX XXXXXXX | 5 | 7,50 | |
15-SANITARIOS PÚBLICOS | 6 | 9 | |
16-MATXINESTARTA | 5 | 7 | |
17-SAC | 5 | 11 | |
18-LUDOTEKA | 7 | 14 | |
19-DURANGO IRRATIA | 3 | 3 | |
20-ASTRONOMIA | 2 | 2 | |
21-XXXXX XX XXXXX | 5 | 11 | |
22-GIMNASIO LANDAKO | 5 | 15 | |
23-ESCUELA MÚSICA | 5 | 35 | |
24-EUSKALTEGI | 5 | 22 | |
25-XXXXXXXX KULT. | 6 | 9 | |
26-SAN XXXXXXX K.G. | 5 | 21 | |
27-LIBURUTEGI XXXXXX | 0 | 00 | |
00-XXXXXXX XXXXX | 1 | 1,50 | |
29-VESTUARIOS FÚTBOL | 6/1 | 39 | |
30-POLID.LANDAKO II | 6 | 148 | |
31-CRISTALES | 6/5 | 64,15 | |
32-AZTERLAN | 5 | 20 | |
33-XXXXXXX GARAI | 6 | 12 |
ANEXO II
CATEGORIA | ANTIGÜEDAD | H./SEMANA | T.CONTRATO |
Limpiadora | 02/09/1981 | 18,75 | 300 |
Limpiadora | 18/10/2005 | 22,5 | 502 |
Limpiadora | 07/10/2003 | 25 | 501 |
Limpiadora | 02/09/1981 | 15 | 501 |
Limpiadora | 02/06/1987 | 10 | 501 |
Limpiadora | 02/10/2007 | 27,5 | 200 |
Limpiadora | 01/03/1999 | 30,5 | 200 |
Limpiadora | 01/09/2006 | 27,5 | 501 |
Limpiadora | 27/03/1987 | 30 | 501 |
Limpiadora | 28/04/2003 | 17 | 401 |
Limpiadora | 06/09/2010 | 27,5 | 510 |
Limpiadora | 02/03/1998 | 27,5 | 300 |
Limpiadora | 01/09/1996 | 27,5 | 501 |
Limpiadora | 02/05/1984 | 35 | 401 |
Limpiadora | 11/02/2002 | 20 | 200 |
Limpiadora | 02/11/1973 | 35 | 100 |
Limpiadora | 02/05/2000 | 29 | 200 |
Limpiadora | 27/09/2010 | 20 | 510 |
Limpiadora | 23/10/2003 | 10 | 502 |
Limpiadora | 01/07/2003 | 20 | 300 |
Limpiadora | 28/12/1999 | 20 | 300 |
Limpiadora | 08/01/1998 | 27 | 401 |
Limpiadora | 08/10/2001 | 18 | 200 |
Limpiadora | 04/12/2007 | 2,5 | 501 |
Limpiadora | 05/10/1989 | 22 | 501 |
Limpiador | 02/11/1998 | 15 | 501 |
Limpiadora | 01/07/2003 | 15 | 300 |
Peon Espdo. | 05/06/1989 | 35 | 100 |
Peon Espdo. | 06/06/1989 | 29,15 | 100 |
Limpiadora | 08/01/2001 | 18 | 401 |
Enc Gral | 29/01/1990 | 35 | 100 |
Limpiadora | 02/09/1997 | 14 | 401 |
Limpiadora | 05/03/2008 | 9 | 501 |
Limpiadora | 14/09/1994 | 30 | 501 |
Limpiadora | 07/10/1995 | 17,5 | 501 |
Limpiadora | 04/12/1997 | 9 | 501 |
Limpiadora | 02/09/1981 | 17 | 300 |
Limpiadora | 06/04/1995 | 9 | 501 |
Limpiador | 10/07/2002 | 10 | 401 |
Limpiador | 20/09/2010 | 10 | 410 |
Limpiadora | 28/04/1998 | 14 | 401 |
Limpiadora | 06/04/2001 | 14 | 501 |
Limpiadora | 01/07/2003 | 14 | 300 |
Limpiadora | 02/06/1987 | 11 | 501 |
Limpiadora | 28/04/2010 | 15 | 401 |
Limpiadora | 02/05/1986 | 35 | 401 |
Limpiadora | 06/04/2005 | 11 | 501 |
Limpiadora | 08/10/2001 | 11 | 200 |
Limpiadora | 05/01/1990 | 9 | 501 |
Limpiadora | 01/09/2010 | 9 | 510 |
Limpiadora | 05/01/1990 | 24 | 501 |
Limpiadora | 02/09/1997 | 21 | 401 |
Limpiadora | 06/04/2010 | 12 | 501 |
Limpiadora | 27/06/1989 | 35 | 401 |
Limpiadora | 02/09/1981 | 15 | 300 |
Limpiadora | 02/09/1981 | 12 | 300 |
Limpiador | 10/07/2008 | 33 | 401 |
Limpiadora | 04/12/2007 | 26 | 501 |
Limpiador | 20/09/2010 | 33 | 410 |
Limpiadora | 05/10/1998 | 14 | 501 |
Limpiadora | 05/01/1990 | 24 | 501 |
Limpiadora | 01/09/2010 | 24 | 510 |
Limpiadora | 03/05/2010 | 18 | 502 |
Limpiadora | 04/10/2010 | 18 | 502 |
Limpiadora | 11/05/2010 | 18 | 502 |
Limpiadora | 23/10/2010 | 18 | 502 |
Limpiadora | 15/04/1997 | 24 | 200 |
Limpiadora | 03/05/2010 | 18 | 502 |
Limpiadora | 01/03/1993 | 20 | 502 |
ANEXO III
ACUERDO REGULADOR DE LAS CONDICIONES LABORALES DE LOS/AS TRABAJADORES/AS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE DURANGO
ÁMBITO DE APLICACIÓN:
El Acuerdo será de aplicación desde el 1 de Enero del 2003, para todo el personal actual y futuro que presta servicio en locales y edificios dependientes del Ayuntamiento de Durango y sus Organismos Autónomos, en concreto al personal que actualmente presta servicio por cuenta y órdenes de la empresa EULEN, S.A., en dichos centros (Ver Anexo II).
RETRIBUCIONES:
La Retribución General Básica, cuya cuantía cotizará a la Seguridad Social en su totalidad, comprenderá los siguientes conceptos:
Salario Base: El Salario Base, a los efectos xxx Xxxxxx de Condiciones será el convenido para categoría profesional en el Convenio Colectivo de Edificios y Locales para la provincia de Bizkaia, a cuya cantidad se le añadirá el importe que actualmente perciben los/as trabajadores/as en concepto de Plus de Transporte, que se integrará en el Salario Base, desapareciendo dicho plus como concepto retributivo.
Complemento Salarial: Los firmantes acuerdan fijar una cantidad mensual (15 pagas) de 269,33 Euros (4.039,95 € anuales), consolidables en concepto de Complemento Salarial, que se consignará en la nómina con dicha denominación y complementará al Sueldo Base y la Antigüedad.
1. Los conceptos económicos aquí estipulados se consolidarán en los años sucesivos y se incrementarán en la cuantía estipulada en el Xxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx x Xxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
2. Los trabajadores a tiempo parcial percibirán un Complemento Salarial proporcional a su jornada de trabajo.
3. El abono del Complemento Salarial, se encuentra supeditado al Art. 21 del Convenio de referencia y al Absentismo Laboral de cada persona (proporcional a los días trabajados). A estos efectos, no tendrán consideración de absentismo laboral y por ello corresponderá el abono del Complemento Salarial en las situaciones derivadas de:
• El Crédito horario Sindical.
• Las licencias y permisos retribuidos.
• La incapacidad temporal por maternidad, riesgo de embarazo, hospitalización ó intervención quirúrgica (al inicio ó durante la misma).
• El accidente en todas sus modalidades (laboral, no laboral, tránsito, etc.) ANTIGÜEDAD:
Los Trienios se aplicarán sobre los porcentajes establecidos en el Convenio Provincial de Edificios y Locales de Bizkaia, calculados sobre la suma xxx XXXXXXX BASE (el cual incluye el plus transporte) y el Complemento Salarial del año correspondiente.
CLÁUSULA ADICIONAL:
Se acuerda entre las partes firmantes que los términos del presente acuerdo se harán constar obligatoriamente, en lodos sus conceptos, en los PLIEGOS DE CONDICIONES referidos al Servicio de Limpieza de Edificios y/o Locales dependientes del Ayuntamiento de Durango y sus Organismos Autónomos. Así mismo será de obligatoria aplicación para las empresas
adjudicatarias del servicio, haciéndose constar expresamente la subrogación nominal de las/os trabajadoras/es así como sus condiciones salariales: antigüedad, complemento salarial etc.
Durango, a 15 xx xxxxx de 2011 El Técnico de Servicios
Fdo. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx