CONTRATO DE COMODATO DE XXXXXXXX CELEBRADO ENTRE EL BANCO DAVIVIENDA Y XXXXXXXXXXXXXXXX
CONTRATO DE COMODATO DE XXXXXXXX CELEBRADO ENTRE EL BANCO DAVIVIENDA Y XXXXXXXXXXXXXXXX
Entre los suscritos, el señor , mayor de edad, casado una vez, Administrador de Negocios, vecino de San Xxxx, Escazú, con cédula de identidad número - - , en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, de la sociedad de esta plaza denominada BANCO DAVIVIENDA (XXXXX RICA) S.A., domiciliada en la ciudad de San Xxxx, Escazú, Guachipelin, en el noveno piso del Edificio Meridiano (Torre Davivienda), sito en el Distrito Escazú, Cantón Central, de la Provincia de San Xxxx, cédula jurídica número tres- ciento uno- cero cuarenta y seis mil ocho- veintisiete, personería que consta en la Sección Automatizada del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional bajo las citas de inscripción tres- ciento uno- cero cuarenta y seis mil ocho, y quien para efectos del presente contrato se denominará EL COMODANTE, de una parte y de la otra, XXXXXXXXX, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía XXXXXXXXXXXXXX, actuando en el presente acto en nombre y representación del XXXXXXX, con domicilio principal en la ciudad de XXXXXXX, quien para efectos del presente contrato se denominará EL COMODATARIO hemos celebrado el presente contrato de COMODATO el cual se rige por las siguientes clausulas :
CLAUSULA PRIMERA.- OBJETO: EL COMODANTE entrega en calidad de COMODATO al COMODATARIO, y este recibe al mismo título, XXXXXXXXX (descripción del bien) de su propiedad, el cual se identifica de la siguiente manera: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
PARAGRAFO PRIMERO: EL COMODANTE declara que los bienes descritos son de su propiedad y garantiza que al momento de la entrega, los mismos se encuentran en perfecto estado de funcionamiento.
PARAGRAFO SEGUNDO: EL COMODATARIO declara que a la fecha de firma del presente contrato, ha recibido los bienes objeto del comodato en buen estado de conservación y en perfecto estado de funcionamiento. De las diligencias de entrega y restitución se dejara constancia de acta firmada por las partes.
PARAGRAFO TERCERO- En el evento que el COMODATARIO por cualquier causa no restituya o se niegue a entregar el bien al COMODANTE al vencimiento del presente contrato, pagará a título de indemnización un valor, equivalente al valor comercial del bien mueble a la fecha de vencimiento del presente contrato, valor que será determinado por dos peritos, cada uno en representación de las partes, en caso de incumplimiento.
EL COMODANTE podrá hacer exigible dicho valor por la vía ejecutiva, para lo cual solo bastará la simple afirmación de éste del incumplimiento.
CLAUSULA SEGUNDA.- LOCALIZACION DE LOS BIENES MUEBLES: Los
bienes muebles descritos en la cláusula primera deben permanecer durante la vigencia del presente contrato en sede de XXXXXXXXXXXXXXXX, es decir, en la siguiente dirección: XXXXXXXXXXXXX, en la ciudad de XXXXXXXXX. EL
COMODATARIO, no podrá cambiar el sitio de ubicación de los bienes entregados en COMODATO sin la previa y escrita autorización del COMODANTE.
CLAUSULA TERCERA. -- DESTINACIÓN Y USO AUTORIZADO: - EL
COMODATARIO podrá utilizar el bien objeto de este contrato de COMODATO
única y exclusivamente para los siguientes propósitos: XXXXXXXXXXX
CLAUSULA CUARTA. - CESION: EL COMODATARIO no podrá ceder a ningún título el uso que se le otorga sobre los bienes muebles. Salvo autorización expresa por parte de EL COMODANTE.
CLAUSULA QUINTA. - REPARACIONES: EL COMODANTE autoriza
expresamente a EL COMODATARIO para que realice las reparaciones que sean necesarias para mantener el bien en correcto estado de funcionamiento, las cuales deben ser realizadas por empresas idóneas.
CLAUSULA SEXTA. - OBLIGACIONES DEL COMODATARIO: El
COMODATARIO en desarrollo y cumplimiento del presente contrato de comodato se compromete a cumplir las siguientes obligaciones:
1. Cuidar, custodiar y emplear el mayor cuidado, en la conservación de los bienes recibidos a título de comodato, haciéndose responsable de cualquier deterioro que no provenga de la naturaleza o uso legítimo de los mismos.
2. Usar y gozar de los bienes dados en comodato únicamente para el fin autorizado, en la cláusula tercera.
3. Abstenerse de trasladar los bienes dados en comodato sin la autorización previa y escrita del Comodante.
4. Efectuar el mantenimiento y las reparaciones que requieran los bienes para su normal funcionamiento, por su cuenta y riesgo.
5. Permitirá, por parte del COMODANTE, la revisión previa y posterior de los bienes entregados en calidad de comodato, a fin de verificar el estado de los mismos al inicio de la ejecución del contrato y a su finalización. Y durante la ejecución del mismo, si así lo requiriera.
6. Restituirá el bien dentro de los cinco (5) días siguientes a la terminación del contrato de comodato o a la fecha de solicitud de entrega que formule EL COMODANTE.
7. Las demás consagradas en otras cláusulas del presente contrato y que le sean propias de acuerdo con las disposiciones legales.
CLAUSULA SEPTIMA - DURACIÓN: El presente contrato tendrá una duración de XXXXX (años, meses, días), contados a partir de la firma del acta de entrega de los bienes suscrita entre las partes.
CLÁUSULA OCTAVA .-TERMINACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO: El
presente contrato termina por el vencimiento del término estipulado. No obstante lo anterior, se prorrogará automáticamente al vencimiento del mismo por un periodo
igual al inicialmente pactado, si alguna de las partes no indica lo contrario mediante comunicación escrita dirigida a la otra parte, con sesenta (60) días de anticipación a la terminación del plazo inicial.
CLÁUSULA NOVENA .-TERMINACIÓN UNILATERAL ANTICIPADA No obstante,
cualquiera de las partes podrá darlo por terminado unilateralmente en cualquier momento, de manera total o parcial, para lo cual bastara con dirigir una comunicación escrita a la otra parte con una antelación no menor a treinta (30) días calendario, a la fecha en la cual se pretenda entregar o solicitar la restitución del bien mueble.
CLAUSULA DECIMA - DEVOLUCION DE LOS BIENES: A la terminación del
contrato. EL COMODATARIO devolverá los bienes en el mismo estado en que los recibió, salvo el deterioro natural producido por el uso legítimo para el cual se encuentran destinados.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA. - SUPERVISION: La supervisión y control del presente contrato corresponderá por parte del Banco Davivienda, a XXXXXXXXXX.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA - MODIFICACIONES: Cualquier modificación al presente contrato deberá constar por escrito y se firmará por los Representantes Legales o Apoderados con facultades suficientes de las partes.
PARÁGRAFO: LAS PARTES se obligan durante todo el tiempo de ejecución del presente contrato a no aplicar bajo ninguna circunstancia acciones, omisiones, presunciones o suposiciones basadas en aceptaciones tácitas o conductas concluyentes, so pena del pago de indemnización de perjuicios por consecuencias derivadas del incumplimiento contenido en el presente parágrafo.
CLAUSULA DECIMA TERCERA. -DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman
parte integrante del presente contrato de comodato: a) Certificado de existencia y representación legal y c) Acta de entrega de los bienes
CLAUSULA DECIMA CUARTA - NOTIFICACIONES: Para todos los efectos legales y contractuales el domicilio de las partes y su dirección será la siguiente: EL COMODANTE: San Xxxx, Escazú, Guachipelin, en el noveno piso del Edificio Meridiano (Torre Davivienda).
Cualquier cambio de domicilio o residencia deberá ser notificado por escrito a la otra parte, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su ocurrencia. Toda comunicación remitida a las direcciones antes indicadas surtirá efectos de notificación.
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX.- ORIGINAL DE CONTRATO: Se firmará un solo
ejemplar del presente contrato y de cada uno de sus anexos, los cuales deberán estar debidamente firmados por las partes y estarán en custodia y administración
del Banco Davivienda, por lo tanto, el Banco se compromete a enviar una copia digital (PDF) a la dirección de correo electrónico que deje registrado el Contratista y en caso de requerir una copia física autenticada, el Banco Davivienda la suministrará en cualquier momento, previa solicitud escrita por parte del CONTRATISTA.
CLÁUSULA DECIMA SEXTA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El
presente contrato se perfecciona con su suscripción por parte de los contratantes en donde manifiestan su consentimiento y aceptación. Sus efectos están vigentes desde la fecha de su iniciación hasta su terminación, conforme a las condiciones aquí pactadas.
En constancia de lo anterior se firma en un ejemplar con el mismo valor probatorio, en San Xxxx, Xxxxx Rica, a los XXXXXXX (XX) días del mes de XXXXX del año XXXX.
EL COMODATARIO se obliga a entregar a DAVIVIENDA el original de este documento, a reconocer ante Notario Público su firma y el contenido del presente contrato.
XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXX