COMPRA DIRECTA
COMPRA DIRECTA
JARDÍN DE LLUVIA PARA PASEO ORINOCO
RECAUDOS
Rigen para este llamado los siguientes recaudos:
• TOCAF.
• Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de Obra Pública aprobado por la Intendencia de Montevideo por Resolución Nº 5811/15, de fecha 07/12/2015 (en adelante “Pliego Único de Obras). Decreto N° 257/015.
• Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras (en adelante PCGCO), en todo aquello que no contradiga al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de Obra Pública. Decreto N° 257/015 y resolución de la IM. 5811/15.
• Pliego General de Condiciones para Obras de Alcantarillado (en adelante PGCOA) y de la Ordenanza Sanitaria (Decreto Nº 2781 de la Junta Departamental de Montevideo de 6 xx xxxxx de 1940)
• Pliego General de Condiciones para la construcción de Pavimentos de Hormigón (en adelante PGCCPH) y Pliego General de Condiciones para la Construcción de veredas (en adelante PGCCV), (estos dos últimos de la División Vialidad y Alumbrado Público del Departamento de Acondicionamiento Urbano).
• Pliego General de Condiciones para la Ejecución de Mezclas Asfálticas en Caliente de la I.M. (Octubre 2001) (PGCEMAC).
• Títulos II y III, "De las remociones en la vía pública", del volumen VII del Digesto Municipal- " De las Obras.
• El presente Pliego de Condiciones Particulares (en adelante PCP)
• Órdenes e instrucciones que por sí diere o transmitiere por medio de los funcionarios a su cargo, el Ingeniero Director de las Obras.
• Formulario de Presentación de oferta (Anexo 1)
• Rubrado ( Anexo 2)
• Planos y gráficos que se adjuntan (Anexo 3).
• Especificaciones Técnicas Generales y Memorias (Anexo 4)
OBJETO
Los trabajos objeto de este contrato consisten en la construcción de un jardín de lluvia para la esquina de Orinoco y Río de la Plata.
VISITA AL LUGAR
Por el solo hecho de presentarse aceptan conocer el lugar donde se realizarán los trabajos, así como no tener dudas respecto del objeto de los mismos.
PRESENTACION DE LA OFERTA
La presentación de la oferta deberá realizarse estrictamente de acuerdo con el formulario propuesto en el ANEXO 1. Asimismo, en base al rubrado, el oferente cotizará los diferentes rubros de acuerdo al detalle establecido en el ANEXO 2.
Los oferentes podrán presentar en el acto de apertura, conjuntamente con su oferta, la documentación exigida en el literal G) del presente artículo.
La empresa deberá estar inscripta en la Categoría II Ingeniería, Especialidades F. Obras hidráulicas, de saneamiento y otros fluidos y B Pavimentos, con una capacidad de contratación por un monto superior al valor de oferta, incluidos el IVA y la totalidad de los aportes por cargas sociales. Decreto 208/2009 del 4/5/2009.
Documentación a presentar por el adjudicatario:
a) BSE: El oferente que resulte adjudicatario, al momento del depósito de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato deberá presentar, de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, la Constancia de Seguro contra Riesgos de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales dispuesta por el artículo 61 de la ley 16.074, expedida por el Banco de Seguros del Estado, vigente.
b) Notarial: El oferente que resulte adjudicatario, en caso de ser una persona
jurídica, deberá presentar, de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, un certificado notarial que acredite que el firmante de la oferta tiene facultades suficientes para representar a la empresa en esta clase de actos. El Escribano certificará, además, la existencia, vigencia de la sociedad, el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 17.904 art. 13 y leyes 18.930 y 19.484 en caso de corresponder, y quienes son los directores o administradores, a los efectos de lo previsto en el artículo 3º de la Ley 18.244 (deudores alimentarios).
Si se trata de una persona jurídica extranjera deberá presentar la documentación que acredite la personería jurídica y vigencia, debidamente legalizada y traducida en su caso, y acreditar domicilio en Montevideo. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representados por personas autorizadas, mediante poder correspondiente.
I) Detalle de la Propuesta:
1) Representante Técnico. Los oferentes designarán en sus propuestas un profesional, Ingeniero Civil, (título profesional) , que se encargará de la organización y control de la obra debiendo tener permanente y estricta vigilancia sobre la misma y que se constituirá en el interlocutor válido ante el Director de la Obra.
En la propuesta la empresa oferente consignará su nombre, y el profesional Ingeniero deberá suscribir la misma en señal de aceptación y agregar el CURRICULUM VITAE, en el cual conste mínimo 5 años de experiencia en obras similares, referidas a saneamiento y drenaje pluvial.
2) Plazo de ejecución: Se indicará claramente el plazo de ejecución de las obras, incluidas obras accesorias, el cual no podrá ser superior a 2 meses. En caso de no incluirse en la oferta, se entenderá que es el máximo admitido.
ANTECEDENTES
Los licitantes deberán poseer antecedentes y/o referencias de realización de trabajos de saneamiento o drenaje, realizados exclusivamente para Organismos Públicos (OSE, Intendencias, MTOP, MVOTMA, Mevir).
El licitante deberá presentar esta información en su propuesta, y proporcionar todos los datos señalados en el cuadro de presentación de antecedentes, a efectos de que sean tenidos en cuenta en el momento del estudio de las propuestas por la Administración.
Presentación de antecedentes.
Obra y Comitente | Breve descripción | Metraje | Periodo de ejecución | Referencias (Nombre, teléfono, mail de contacto) |
La acreditación de esta información se realizará, para cada contrato de obra, presentando copia de la Planilla de rubrado definitiva (metrajes efectivamente ejecutados) y el Acta de recepción definitiva, o la última Acta de recepción provisoria, cuya fecha debe ser posterior al 1° de enero del año 2015.
Toda la información presentada tiene carácter de Declaración Jurada; en caso de no presentar el listado con los datos solicitados, o de constatarse datos erróneos o falsos, se podrá desestimar la oferta, independientemente de otras acciones que puedan realizar la Administración.
ASPECTOS CUANTITATIVOS:
PRECIO
El precio deberá establecerse en moneda nacional uruguaya, en forma detallada según rubrado, consignando, además, el precio total de la obra.
Se indicará el valor imponible por rubro y total, de la mano de obra de la propuesta. El IVA se deberá detallar en forma separada del precio.
El precio incluirá costo de los materiales, equipo, herramientas, mano de obra y beneficio de la empresa.
Se indicarán claramente los precios unitarios, los metrajes y los precios totales.
En todos los casos el precio de los materiales será considerado como puesto en Obra.
RUBROS
Las empresas proponentes adjuntarán a sus ofertas el rubrado según modelo que se indica en el Anexo 2.
Se aclara que cada rubro que integra la propuesta, deberá indicar la cantidad o metraje y su precio unitario con la inclusión total de costos, beneficios, etc.
Licitación por Rubros: Los oferentes deberán respetar las cantidades y/o metrajes incluidos en el modelo de rubrado.
En caso de diferencias entre los montos parciales y totales, se tomará como válido el cálculo más conveniente para la Administración. Los trabajos serán liquidados en base a las cantidades efectivamente ejecutadas.
IMPREVISTOS
La cantidad presupuestada, calculada para la ejecución de los trabajos proyectados, se incrementará en un quince por ciento (15%), de lo que resultará el monto total de la propuesta.
El referido porcentaje, que figurará en renglón separado con la denominación de "TRABAJOS IMPREVISTOS" pertenece a la administración y la Dirección de Obra podrá disponer de él para las obras de carácter imprevisto que durante el curso de los trabajos considere necesario ejecutar.
MODIFICACIONES
El Contratista no podrá considerar como adicionales ningún trabajo que, estando mencionado en las Especificaciones Técnicas o en los pliegos, no estuviera en los planos o viceversa.
Se deja especial constancia que durante el transcurso de los trabajos, cuando la Dirección de Obra diese una orden que signifique una modificación, por pequeña que sea, del precio de lo contratado, o un adicional, el Contratista deberá hacerlos constar
y pedir que se le dé la correspondiente comunicación por escrito, pues de lo contrario quedará tácitamente entendido que la orden dada no significa un adicional y no podrá reclamar el pago del precio correspondiente.
Los trabajos adicionales o economías de obra deberán comunicarse al Contratista por Orden de Servicio, entendiéndose salvo indicación en contrario, que los presupuestos respectivos acompañados de los cómputos, análisis de precios, etc., serán presentados dentro de los cinco (5) días de emitida la referida Orden para su aprobación por la Dirección de Obra.
En caso de encomendarse trabajos no previstos en el contrato deberá acordarse previamente el valor unitario y la cantidad de trabajo a ejecutar.
Todo trabajo ejecutado y no autorizado no será reconocido como adicional al contrato.
MONTO DE LA MANO DE OBRA IMPONIBLE
En función de la Resolución 2255/93 del 28 xx xxxxx de 1993 se establece que de acuerdo al régimen de unificación de aportes patronales y obreros de la Industria de la Construcción, establecidas por Decreto ley Nº 14.411 los aportes al Banco de Previsión Social quedarán a cargo de la Intendencia de Montevideo.
A los efectos de la adjudicación y para el estudio y cotejo de las ofertas, se tendrá en cuenta los aportes calculados por la Empresa y declarados en la propuesta, para lo cual, los oferentes deberán declarar el monto de mano de obra imponible para cada rubro y la sumatoria total.
Registro de la obra:
La empresa deberá agendarse en la web de la IM para inscripción de obra pública. El día y hora agendado, enviara al correo xxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx:
.Formularios F10 y F2 de inscripción de obra publica, firmados y sellados por el técnico de la obra por la IdeM,
.Constancia provisoria del MTSS,
.Adjudicación
.Cedula de todos los firmantes.
Todo en un único documento en formato PDF con el asunto: NOMBRE DE LA EMPRESA.
Tener en cuenta que el envío de documentación incompleta o con errores, no suspende el plazo para la inscripción (72 horas), por lo que es imprescindible verificar los requisitos de la documentación antes de enviar el mail, así como enviar la documentación con una antelación considerable.
Los pagos xx xxxxx sociales por la I.M., se realizarán en base a las planillas de aportes que presente la empresa contratista mensualmente. Dichos pagos por cuenta de la
I.M. se harán hasta el tope indicado por la empresa en su propuesta, superado el tope antes establecido, los siguientes pagos los realizará la I.M. mediante la retención del importe que corresponda a la empresa.
De acuerdo al art. 7 lit. a) del Decreto ley 14.411 del 7/8/75:
"Cuando las planillas presentadas por el contratista o subcontratista, superan los jornales determinados por paramétrica, o los reconocidos por el Organismo Contratante, la diferencia injustificada, será abonada por los empresarios, contratistas o subcontratistas, quienes serán sujetos pasivos por deuda propia."
El monto por exceso xx xxxxx sociales se retendrá de cualquier contrato que la empresa tenga activo con la Intendencia de Montevideo.
Presentación de nóminas y facturas xx xxxxx sociales
Las empresas deberán consultar al director de obra asignado, el calendario de vencimientos para la solicitud de códigos, y para el envío de la factura.
Las empresas deberán enviar al director de obra (dentro de los plazos fijados por el área contratante) la nomina, para que se le envíe el código para validación.
Una vez emitida la factura, se debe enviar nomina + factura al director de obra con copia al correo xxxxx.xxx@xxx.xxx.xx, adjuntos en archivos separados, en formato PDF con el asunto: MES DE CARGO-NOMBRE DE EMPRESA- Nº DE OBRA.
Recordar que la confirmación de recepción de la factura a pagar la otorga el director de obra.
Es responsabilidad de la empresa verificar con el director de obra, los vencimientos de solicitud de códigos y de envío de factura para el pago. De no hacerlo en tiempo y forma, la empresa deberá realizar el pago de las facturas del mes y solicitar mediante carta al director de obra, la devolución del dinero.
La falta de pago de las facturas, deja a los obreros sin protección del BSE.
Serán de cargo de dichas empresas los importes por concepto de MULTAS Y RECARGOS que fije el B.P.S. y serán descontados de las liquidaciones subsiguientes.
En caso de no tener jornales en el mes, puede presentar nómina en $0 o declarar inactividad mediante formulario F9 (con firma y sello de técnico y representante).
Cierre de la Obra
La empresa deberá agendarse en la web de la IdeM.
El día y hora asignados, debe enviar al correo xxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx el formulario F9 firmado, sellado por el técnico de la obra.
Dicho cierre deberá hacerse dentro de los treinta (30) días de terminada la obra, para evitar multas y recargos.
Las multas que puedan surgir por atrasos en los plazos para el registro y cierre de la obra, serán de cargo de la empresa contratista, al igual que las que se generen por presentar la planilla mensual fuera de plazo.
EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN DE OFERTAS
Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación.
De no ajustarse será rechazada, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo al siguiente criterio: MENOR PRECIO OFERTADO SIN CONSIDERAR EL DESCUENTO PRONTO PAGO
GARANTÍA DE CONSERVACIÓN
De cada pago que la Administración realice se retendrá un monto equivalente al diez por ciento (10%), como Garantía de Conservación, para garantir la conservación de las obras.
El adjudicatario podrá optar al momento de la liquidación, por constituir esta garantía por cualquiera de las formas admitidas para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y de mantenimiento de oferta (valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza). Pero, hecha la opción por uno de los instrumentos mencionados precedentemente, no se podrá, salvo autorización de la IM, sustituir un instrumento por otro.
La garantía de conservación será devuelta luego de recibirse definitivamente las obras, una vez que el Servicio competente haya informado sobre la procedencia de la devolución, que el contratista haya presentado el formulario de cambio de estado de obra ante BPS (F9) solicitando el cierre de la misma ante Contaduría General, y
siempre que el contratista no haya incurrido en multas cuyos pagos se encuentran pendientes y en caso de que no exista contra él reclamación alguna por daños y perjuicios derivados de la ejecución.
CONDICIONES GENERALES DE LA OBRA
El adjudicatario, una vez notificado y presentada la documentación que a tales efectos le sea requerida, quedará habilitado para dar comienzo a los trabajos, esto incluye la firma del acta de inicio de obra.
Las obras deberán iniciarse dentro del plazo de quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del Contrato.
Una vez iniciadas las obras, no podrán suspenderse, salvo motivo de fuerza mayor probado fehacientemente, y debidamente asentado en el libro de la obra y refrendado por ambas partes.
Para poder iniciar las obras el adjudicatario deberá presentar:
1) Plan de Prevención de Seguridad del MTSS.
2) Certificado del MTOP que habilite a contratar.
3) Formularios para la inscripción de la obra en BPS
4) Plan de gestión de Residuos de Obras Civiles aprobado.
El Contratista trabajará dentro de la jornada legal, en el horario que convenga con la Dirección de Obra; para hacerlo en horas extraordinarias o días festivos, deberá solicitar autorización por escrito a dicha Dirección con 48 horas de anticipación, por lo menos, sin perjuicio de cumplir con toda otra disposición de carácter nacional o departamental. El Contratista podrá habilitar, también con autorización, más de un turno de trabajo con obreros diferentes, corriendo por su cuenta todos los gastos que, por concepto de instalaciones, consumos, aumentos de jornales, gastos de gestión, etc. pudieran ocasionarse.
Se colocará un cartel metálico portátil mientras duren los trabajos. Serán de 1.40 de base por 0.90 de alto, con bastidor confeccionado en tubos xx xxxxx de dos pulgadas
de diámetro.
Los textos, gráficos e imágenes se realizarán en vinilo xx xxxxx, de acuerdo al siguiente modelo:
En todos los casos el cartel será diseñado por el Equipo de Comunicación Institucional (1950 2366, 3215, xxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx). Para tal fin se necesitan los siguientes datos: - Departamento de la Intendencia desde donde se realiza la obra: Nombre de Obra, Licitación Abreviada / Pública: nº, Monto de contrato, Inicio de contrato, Cantidad de Jornadas, Empresa, Responsable Técnico (de la empresa).
SEGURIDAD E HIGIENE EN OBRA
1) El Contratista estará obligado a aceptar y mantener la obra en las condiciones de seguridad que pauta el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Decreto 125/014 y Anexos. A su vez dar cumplimiento a la Ley 5.032 que establece la responsabilidad en la prevención de Accidentes de Trabajo.
A estos efectos, la Dirección de Obra podrá solicitar las constancias de autorización de andamiaje y condiciones generales de la obra cuando lo estime conveniente. El incumplimiento en la presentación de las constancias, así como la no observación de las normas de seguridad dispuestas, podrán ser sancionados con la detención de los trabajos sin que esto implique una prórroga en el plazo de terminación.
2) El Contratista está obligado a cumplir con la Ley 16074, Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. "Art. 61. Será necesaria la exhibición de la documentación que acredite el cumplimiento de la presente ley para importar, exportar, intervenir en las licitaciones públicas, reforma de estatutos, liquidación o disolución total o parcial de establecimientos comerciales o industriales y distribución de utilidades o dividendos”.
3) Ley 18.251 en concordancia con Ley 18.099. “Artículo 4º. (Información sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social).- Todo patrono o empresario que utilice subcontratistas, intermediarios o suministradores de mano de obra tiene derecho a ser informado por éstos sobre el monto y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales, así como las correspondientes a la protección de la contingencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que a éstos correspondan respecto de sus trabajadores”.
La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales, originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado.
La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la X.xx M. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes de trabajo, daños y perjuicios ocasionados a terceros.
Los antes referidos gastos serán reembolsados a la I. de M. ajustados por el Indice de Precios al Consumo.
4) Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad - El Decreto 481/09 dispone la inscripción obligatoria de todas aquellas obras de construcción cuya ejecución supere las treinta (30) jornadas de trabajo en el Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad.
Quienes estén comprendidos en la obligación de registrarse y no hayan cumplido debidamente con dicha condición, serán pasibles de clausura por parte de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS) del MTSS.
5) El Contratista deberá cumplir con el Decreto 103/96 referente a la homologación de Normas UNIT para asegurar estándares de calidad para los equipos de protección personal y la maquinaria en general.
6) Disposiciones Generales
6.1 La Dirección de Obra podrá solicitar las constancias de autorización de andamiaje y condiciones generales de la obra cuando lo estime conveniente. El incumplimiento en la presentación de las constancias, así como la no observación de las normas de seguridad dispuestas, podrán ser sancionados con la detención de los trabajos sin que esto implique una prórroga en el plazo de terminación.
6.2 La empresa adjudicataria deberá tener un Técnico Prevencionista durante el desarrollo de todos los trabajos. El mismo será responsable de todo lo concerniente a la seguridad y salud ocupacional (inclusive de los eventuales subcontratos). Dicho Técnico deberá estar registrado en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social según Resolución 23/6/95 donde crea el Registro Nacional de Asesores en Seguridad e Higiene en el Trabajo para la industria de la construcción, y determina las funciones del asesor en seguridad, así como los requisitos del mismo.
6.3 Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral (convenio colectivo suscrito vigente), en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las
asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que los laudos vigentes queden sin efecto la remuneración mínima será un Salario Mínimo Nacional. Asimismo, deberá cumplir con la normativa vigente en materia de protección de los trabajador/es en el ejercicio de la libertad sindical.
La Intendencia de Montevideo, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.
En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de rescindirlo en forma unilateral sin derecho a indemnización alguna, por responsabilidad imputada al adjudicatario.
La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de exigir a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados.
En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de
M. tiene la potestad de retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.
El incumplimiento por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas
contratadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.
6.4 Resolución Nº 2518/09, del 22/6/09, las empresas contratantes deberán incluir en las planillas de trabajo un mínimo equivalente al 5%, del personal afectado a tareas de peones o similares a personas liberadas que se encuentren en la bolsa de trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados.
6.5 El contratista se compromete a que : 1) Todo personal dispone de aptitud de salud laboral vigente, adecuada a los trabajos a realizar. 2) Todas las instalaciones, máquinas, equipos y herramientas (propias) a emplear están aptas para su uso, son inspeccionadas y mantenidas apropiadamente disponiendo de registros de estas actuaciones; 3) Todo el personal está dotado de los medios de protección colectivos y personales que corresponden a las tareas a realizar según la normativa legal vigente, están aptos para su uso, son inspeccionados y mantenidos apropiadamente, y su uso correcto es controlado por nuestra supervisión en el lugar de trabajo, disponiendo de registros de estas actuaciones; 4) Todo el personal cuenta con la formación necesaria en materia de Seguridad e Higiene en el trabajo según lo indicado por la normativa legal vigente, disponiendo de registros de estas actuaciones; 5) Adoptarán todas las medidas preventivas y correctivas indicadas por la normativa legal vigente así como las solicitadas especialmente por la IM cuando así lo indique; 6) Se informará en forma inmediata y fehaciente a la IM todos los accidentes de trabajo ocurridos en ocasión o durante la prestación del servicio, haciéndole llegar en caso de accidente grave o mortal el informe técnico de investigación correspondiente, en un plazo máximo de 48 horas; 7) En caso de emplear subcontratistas exigirán fehacientemente que cumplan con todas las obligaciones emergentes de su grupo de actividad en materia de Seguridad e Higiene en el trabajo. 8) En el marco de la Ley 19196 del 25/03/2014 adoptarán los medios de resguardo y seguridad laboral previstos en la ley y su reglamentación, de forma de evitar poner en peligro grave y concreto la vida, salud o integridad física del trabajador.
6.6. Resolución No. 2.516/92 del Intendente de Montevideo de 4 xx xxxxx de 1992, que en su numeral 1°. expresa: "Establecer que tanto los vehículos particulares directamente contratados por esta Intendencia, como los que pertenecen a empresas privadas con relaciones contractuales con este Municipio, deben estar empadronados en los registros de esta Comuna".
TERMINACIONES:
Todos los trabajos deberán resultar completamente terminados y ejecutados hasta en sus detalles mínimos, con la mayor prolijidad, haciéndose entrega de la obra en perfecto estado de limpieza y utilización.
EXCEDENTES:
El Contratista queda obligado a disponer a su cargo de los excedentes de la obra, cualquiera sea su naturaleza, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Gestión de Residuos de Obras Civiles (PGROC) que cumplirá con lo establecido en la normativa (Resolucion de la IM Nº2036/21) y en las Especificaciones Técnicas Particulares (Anexo 4).
VOLQUETAS Y CUALQUIER OTRO TIPO DE ELEMENTO QUE SIRVA PARA EL ACOPIO Y TRANSPORTE DE RESIDUOS:
Las empresas adjudicatarias de licitaciones de obra solo podrán utilizar para el transporte de residuos (residuos de obras civiles, excavaciones, demoliciones, construcciones, etc.) volquetas registradas y/o pertenecientes a empresas inscriptas y habilitadas por el Registro Único Obligatorio de Empresas Transportadoras de Residuos Sólidos acorde a la normativa departamental vigente (Digesto Departamental, Volumen VI, Parte Legislativa, Título IV, Capítulo I, Sección V, D.1928.1 a 1928.15 y Volumen V, Libro IV, Parte Reglamentaria, Título IX, Capítulo II.I, R.424.110.1 a R.424.110.19).
Por más información dirigirse al Sector Contralor de los Servicios de Volqueta, División Limpieza, Departamento de Desarrollo Ambiental, Piso 6, Unidad de Contratos, tels. 1950 3135 – 1950 3136.
SERVICIOS
Serán de cargo del Contratista todas las gestiones y obras para la desconexión de los servicios suministrados por IM, UTE, ANTEL, OSE, MONTEVIDEOGAS, TV Cable u otras. Asimismo, se tomarán todas las medidas del caso para evitar
cualquier tipo de inconvenientes con los tendidos existentes de las empresas u organismos citados-sean subterráneas o aéreas-dando previo aviso de los posibles inconvenientes. Asimismo, el Contratista deberá reparar a la brevedad y a su costo, los desperfectos de cualquier índole que pudiere ocasionar a públicos y/o privados como consecuencia de la realización de los trabajos licitados.
ARTÍCULO 26º: OBLIGACIONES
Por la cantidad establecida en su propuesta el Contratista estará obligado a ejecutar los trabajos estipulados en el proyecto, de acuerdo a las reglas del buen construir, Pliegos de Condiciones, Especificaciones Técnicas, y planos, sin que le sirva de excusa o derecho alguno alegar cálculos erróneos u omisiones en la presentación de la misma.
Se ratifica que todo trabajo o elemento indicado en alguna de las piezas integrantes de los recaudos (planos, planillas, Especificaciones Técnicas, pliegos), aunque haya sido omitido en las restantes, deberá ser incluido en la propuesta, de tal modo que, si algún rubro o trabajo solicitado en los recaudos no apareciera expresamente desglosado, se considerará incluido y considerado en el precio de la propuesta, por lo que se exigirá su realización.
Durante la construcción de la obra, el Contratista deberá respetar las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas referentes a la Prevención de Accidentes de Trabajo, siendo único responsable de los accidentes que se pudieran producir a sus obreros o a terceros.
El Contratista será responsable de los daños dentro del predio y en las propiedades ajenas y bienes muebles durante los trabajos. Esto incluye, líneas telefónicas, eléctricas y canalizaciones de cualquier tipo y propiedades adyacentes al predio de la obra.
Desde el comienzo hasta la terminación completa de los trabajos, estará a cargo del Contratista el cuidado de la totalidad de las obras, tanto permanentes como provisionales.
Deberá además tener presente:
Que deberá aplicarse la totalidad del equipo y personal técnico de dirección y contralor superior responsable indicados en la propuesta.
Que de acuerdo a la Resolución N°89/14/6300 del Departamento de Desarrollo Ambiental de la I.M., deberá instrumentar durante el desarrollo de la obra para la totalidad del personal afectado a los trabajos, al menos dos actividades sobre no discriminación y equidad de género, centradas en las siguientes temáticas:
• Explotación sexual de niños/as y adolescentes con inclusión de consecuencias laborales y penales;
• Relacionamiento entre hombres y mujeres a nivel laboral.
Para las actividades mencionadas se deberá presentar previamente para su aprobación por la Dirección de Obra, un Plan de actuación donde figuren en forma detallada los responsables de su implementación, forma de trabajo y cronograma. Al finalizar las actividades deberá presentarse un informe de evaluación.
Deberá implementar, en un período de tiempo a convenir con la Dirección de Obra, un protocolo de acoso sexual laboral.
El Director de Obra podrá ordenar la detención de los trabajos en caso de existir incumplimiento en la presentación de las constancias indicadas o de comprobar la no observancia de las disposiciones establecidas anteriormente y en este P.C.P., en particular las referentes a las normas de seguridad, vestuario para el personal, uso de equipos, herramientas y personal responsable presentados en la propuesta, sin que esto implique una prórroga en el plazo del Contrato. En caso de contumacia o persistencia de las irregularidades, a pesar de las observaciones que se realicen, la Intendencia de Montevideo podrá rescindir el Contrato con pérdida de la garantía de fiel cumplimiento, sin perjuicio de las multas que pudieran corresponder.
RECEPCIONES
Recepción provisoria
La recepción provisoria se realizará dentro de los quince (15) días calendario de
finalizadas totalmente las obras. Será certificada por un acta de finalización de obra provisoria, donde se hará constar las observaciones que el Director de Obra estime y corresponda. -
En particular se deberá tener presente:
• Que la empresa entregará las obras objeto de recepción en perfecto estado de limpieza, no tolerándose presencia de sedimentos en los colectores. Todas las tareas necesarias para que los colectores o los elementos integrantes de la Red de Saneamiento que fueran afectados por los trabajos realizados, vuelvan a la condición de servicio antes indicada, serán de exclusiva cuenta de la empresa.
• Que las recepciones provisionales de los pavimentos removidos y repuestos se realizarán en forma independiente de los demás trabajos y en forma periódica, y en particular se exigirá para proceder a la Recepción Provisoria la recepción de los tramos realizados por parte de la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana.
• Que regirán los criterios de aceptación detallados en el ítem 8 del Anexo 4 Especificaciones técnicas de este P.C.P., en forma específica, se podrá realizar la inspección con cámara de TV (ésta a cargo de personal y equipos de la IM).
Recepción definitiva
La recepción definitiva se hará siempre que las obras estén en perfectas condiciones de construcción y conservación después de haber transcurrido 6 meses a partir de la fecha de la recepción provisoria correspondiente; en este caso será firmada un acta de recepción definitiva entre las partes.
RIESGO Y RESPONSABILIDAD
Será de exclusivo cargo del Contratista todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato, ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la Administración o a sus empleados, a los efectos transportados o a su propio
personal.
El adjudicatario está obligado a la ejecución de todos los trabajos establecidos en su propuesta, la omisión o errores de cálculo en la presentación de la misma no le otorgarán derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
MULTAS
A Por atraso en la iniciación.
- Si el Contratista no iniciare las obras dentro del plazo establecido en este pliego, la Intendencia de Montevideo podrá aplicarle una multa de 10 U.R (diez Unidades Reajustables) por cada día hábil de atraso.
A) Por incumplir órdenes de la Dirección de los trabajos.
- Si el Contratista no cumpliera con las órdenes impartidas por la Dirección de la Obra, la Intendencia de Montevideo podrá aplicarle una multa de 4 U.R (cuatro Unidades Reajustables) por cada día hábil xx xxxx.
En caso de que el Contratista entienda que esas órdenes le perjudican o son contrarias a la buena ejecución de la obra, deberá igualmente cumplirlas, pudiendo presentar posteriormente reclamación fundada.
La reclamación será presentada ante la Dirección del Servicio, quien se expedirá sobre el punto.
B) Por incumplimiento de plazos parcial y de finalización.
- Si el Contratista no terminase las obras en el plazo estipulado, la Intendencia de Montevideo podrá aplicarle una multa de 10 U.R. (diez Unidades Reajustables) por cada día hábil de atraso.
- Si el Contratista no cumpliera con las obras de conservación intimadas, se le aplicará una multa de 40 U.R (cuarenta Unidades Reajustables) por cada intimación realizada.
C) Por falta de aviso en tiempo sobre el desvío del transporte de pasajeros.
Si el Contratista no diera aviso al Servicio de Ingeniería de Tránsito de la
necesidad de proceder al desvío de vehículos del transporte colectivo de pasajeros con por lo menos 72 horas de anticipación, se le aplicará una multa de UR 30 (treinta Unidades Reajustables) cada vez que esto ocurra, la cual le será descontada del siguiente pago a efectuársele.
D) Por inadecuada disposición del material sobrante.
Cuando el Contratista no cumpliera con lo establecido en este P.P.C, referente a la forma y plazos de alejamiento del material y detritus retirado en los trabajos, se le aplicará una multa de UR 50 (cincuenta Unidades Reajustables) toda vez que se constate una irregularidad.
E) Por incumplimiento de los Títulos II y III "De las Remociones en la Vía Pública".
Si el Contratista no cumpliera lo establecido en los Títulos de Remociones en la Vía Pública del Digesto por:
• realización xx xxxxx de pavimento de calzadas o aceras sin la obtención previa del permiso establecido en el artículo D.2215;
• retiro de la señalización antes de la liberación del pavimento al uso público;
• violación de la prohibición de estacionar dentro de los tres metros a cada lado del lugar donde se efectúa el corte de pavimento;
• falta xx xxxxxxxx que cubran todo el desarrollo de los cortes o en condiciones inadecuadas;
• falta de señales en las calzadas o aceras o en condiciones inadecuadas;
• falta de cajones para retener los materiales extraídos o a utilizar en las obras o en condiciones inadecuadas;
• incumplimiento de los plazos para reposición de veredas o construcción del pavimento vehicular definitivo;
• incumplimiento de las exigencias de los artículos D.2236.5 y D.2236.6;
• será sancionado con las multas establecidas en el Titulo III, artículos D.2240 a D.2241.9, que le serán descontadas del siguiente pago a efectuársele por la Administración.
F) Por falta de los equipos y vehículos ofertados.
En caso de que el Contratista no dispusiera en el momento de iniciar sus
actividades, de todos los equipos ofertados o si durante el desarrollo de los trabajos se interrumpiera el servicio de alguno de ellos, cualquiera sea el motivo, sin ser sustituido inmediatamente por otro de características no inferiores, se le aplicará una multa de hasta UR 50 (cincuenta Unidades Reajustables) por día hábil de incumplimiento.
Si la falta llegara a un mes (1) calendario, se podrá considerar rescindido el contrato con pérdida total de la garantía de fiel cumplimiento, sin perjuicio de la imposición de las multas que pudieran haberse aplicado por otros motivos.
G) Por presencia de personal sin los equipos de protección y vestuario necesario.
Como se expresa en estos recaudos, el Contratista deberá suministrar y exigir a su personal el uso de los equipos de protección necesarios y del vestuario completo aprobado. La comprobación de cualquier incumplimiento, habilitará a aplicar una multa de hasta UR 5 (cinco Unidades Reajustables) por cada caso, que se descontará del siguiente pago a efectuarse, sin perjuicio que, además, el Director de Obra podrá exigir el retiro de aquéllos trabajadores en falta o que no estén cumpliendo con normas de seguridad laboral, hasta tanto se regularice la situación.
LIQUIDACION Y FORMA DE PAGO
Se pagará con la recepción de los trabajos.
Se deberá presentar copia de las planillas de declaración de personal del B.P.S. del mes de los trabajos que se facturan.
Respecto a los Requisitos para presentación de facturas el adjudicatario deberá consultar en xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx- tematicas/proveedores/requisitos-para-presentacion-de-facturas-y-autoconsulta
CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL O CERTIFICADO ÚNICO DE
PROVEEDOR.
La IM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, tener al día el Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la IM.
Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, Atrio xx Xxxxxxx del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
REGISTRO DE PROVEEDORES.
Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM para poder presentarse a la licitacion.-.
Si ya estuvieran inscriptos en el XXXX, en estado “Activo”, se migran al Registro de la Intendencia, con solo mencionar dicha situación en la oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia.
De no hallarse registrados en ninguno de los dos Registros , se les adjudicará un número de registro provisorio. A tales efectos, se recomienda solicitarlo previamente al acto de apertura, al correo electrónico: xxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, o personalmente, agendándose previamente al link xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxx-xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx, indicando número de RUT o C.I.; razón social, o nombre y apellido; dirección, teléfono/celular
Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el XXXX (Registro Único de Proveedores Estatales).
Una vez en estado “ACTIVO” en RUPE quedarán en condiciones de ser migrados en el Registro de Proveedores de la I.M..
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar la compra
al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX.
De lo contrario podrá consultar al Servicio de Compras – Atención a Proveedores, vía correo electrónico al e-mail xxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, o personalmente.
En caso de optar por concurrir presencialmente (Edificio Sede, Planta Baja, Puerta 002) se recomienda realizar agenda previa en el siguiente Link: xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxx-xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx
ANEXO 1 – Formulario de Presentación de oferta
(Oferente) domiciliado a los efectos legales en la calle Nº , del Departamento de Montevideo, teléfono , fax , se compromete a realizar los trabajos de ……………………. con arreglo a las especificaciones técnicas publicadas (Compra directa Nº xxxx, por el Monto total
de Pesos Uruguayos que responde al siguiente detalle:
TRABAJOS PRESUPUESTADOS I.V.A.
MONTO PARCIAL IMPREVISTOS 15 % MONTO TOTAL
(Son pesos uruguayos )
Asimismo, declaro haber tenido
$
$
$
$
$
a la vista los recaudos indicados e
inspeccionado el lugar donde se realizará la obra y me someteré a las Leyes y Tribunales del País con exclusión de todo otro recurso.
El monto de mano de obra imponible es de $ (sin incluir imprevistos).
El plazo de terminación y entrega de los trabajos será de DIAS
CALENDARIO.
El representante técnico de la empresa es el Ingeniero Civil ------------------------
Bonificación ofrecida por pronto pago (obligatorio) ………………………………
Montevideo,
FIRMA: ......................................................
de
de
CONTRAFIRMA:
C.I. Nº
ANEXO 2 – RUBRADO. CUADRO MODELO
PRESUPUESTO | |||||||
Rubro | Descripción | Unidad | Metraje | Precio Unitario ($) | Precio Total ($) | Monto Imponible Unitario ($) | Monto Imponible Total ($) |
1 | Implantación | gl | 1 | ||||
2 | Limpieza final de obra | gl | 1 | ||||
3 | Gestión de Residuos de Obras Civiles | gl | 1 | ||||
4 | Jardín de Lluvia | gl | 1 | ||||
5 | Boca de desagüe 0.40x0.40m, tapa perforada extrareforzada | u | 1 | ||||
6 | Colectores de PVC 110 mm (entre 0 y 1m de profundidad) | m | 12 | ||||
7 | Cámara 0.40x0.40m, fondo permeable | u | 1 | ||||
8 | Cámara 1 de 0.60x0.60m con tapa extrareforzada | u | 1 | ||||
9 | Conexión tipo A (con sifón) | u | 1 | ||||
10 | Remoción y reposición de pavimento asfáltico | m2 | 6 | ||||
11 | Remoción y reposición de vereda | m2 | 3 | ||||
12 | Cartel informativo | u | 1 | ||||
Subtotal | $ | 0 | 0 | ||||
Leyes sociales (71,8% del Monto Imponible) | $ | 0 | |||||
IVA | $ | 0 | |||||
Total (incluye IVA) | $ | 0 | |||||
Imprevistos (15%) | $ | 0 | |||||
Total General (incluye IVA, leyes sociales e imprevistos) | $ | 0 |
Se adjuntan archivos Excel para utilizar como modelo.
Descripción de Rubrado
La construcción del jardín de lluvia incluye los siguientes ítems:
- repicado, remoción y retiro de carpeta asfáltica y adoquines,
- excavación de zanja por medios mecánicos (hasta 1,25 m de profundidad con carga en camión),
- sustrato vegetal, arena terciada, plantación,
- muro con bloques huecos de 40x20x12cm,
- muro de contención (incluye hormigón, armadura, encofrado y bloques de coronación),
- caja sedimentadora con malla electrosoldada,
- manto drenante (granulemtría 5cm-10cm),
- geotextil permeable (no tejido),
- reja (varillas Ø10, h = 60 cm, incluye anclaje),
- delimitador vial de PVC,
- piezas especiales PVC (sombrerete, Tee), .
El jardín de lluvia se construirá en el área de pavimento xx xxxxxxx correspondiente al asfalto, no se deberá realizar intervención en área de hormigón.
ANEXO 3 – Planos
Planos de Proyecto Proyecto 4750
• 1 Jardines de lluvia Orinoco y Río de la Plata
• 2 Plano Jardín en calle
• 3 Cartel Jardin de lluvia
ANEXO 4 – Especificaciones Técnicas y Memorias
• Especificaciones Técnicas Generales
• 4 Procedimiento constructivo jdll Orinoco
• 5 Nota Jardines Jdll EH SEPS 202202