LICITACIÓN PÚBLICA N° 670/2017
LICITACIÓN PÚBLICA N° 670/2017
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DE LUMINARIAS VIALES, SUMINISTRO DE UN SISTEMA DE CONTROL INTELIGENTE, SUMINISTRO DE ANALIZADORES DE REDES Y RETIRO E INSTALACIÓN DE LUMINARIA CON DESTINO AL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO.
ARTÍCULO 1º: NORMATIVA:
- En todo lo no previsto por el presente Xxxxxx, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
- Tocaf
- Ley 18.362 y 371/010
- Forman parte de este pliego los siguientes Anexos:
ANEXO 1: CONDICIONES TÉCNICAS PARA XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX. XXXXX 0: SISTEMA DE GESTIÓN DE LUMINARIAS INTELIGENTES (SGLI) ANEXO 3: XXXXXXXX XX XXXX XXXXXXXXXXXXXX
XXXXX 0: FORMULARIOS: DECLARACIÓN XXXXXX XXXXXXX Y FORMULARIO CONSORCIOS
ANEXO 5: CAPACIDAD ECONÓMICA – FINANCIERA Y ANTECEDENTES ANEXO 6: CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
ANEXO 7: CRITERIOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA FINANCIERA ANEXO 8: FORMULARIO DE XXXXXXXXXX
XXXXX 0: ARCHIVOS GRÁFICOS. LAS 70.000 LUMINARIAS DISTRIBUIDAS XXXXX XXXXXXXXX.
XXXXX 00: XXXXX XX XXXXXXXXXXXX
XXXXX 00: ANALIZADORES DE REDES ELÉCTRICAS
ANEXO 12: FORMATO - ORDEN DE PRESENTACIÓN SUGERIDO
1. CAPITULO I- OBJETO ARTÍCULO 2°: OBJETO.
El objeto de la presente convocatoria es la “Adquisición de 70.000 (setenta mil) luminarias viales; el suministro de un Sistema de Gestión de Luminarias Inteligente (SGLI) para todo el parque de Luminarias, el suministro de 4 (cuatro) equipos de Análisis de Redes eléctricas y la sustitución parcial de luminarias en distintas zonas de Montevideo, de acuerdo a la presentes condiciones y las que se detallan en las Condiciones Técnicas y Anexos adjuntos, los que se consideran parte integrante del presente pliego.
a)- Descripción por ítems:
Ítem 1: Luminarias de Tipo 1: 60.000 (sesenta mil) unidades para colocar en brazos
Ítem 2: Luminarias de Tipo 2: 6.000 (seis mil) unidades para colocar en brazos
Ítem 3: Luminarias de Tipo 3: 4.000 (cuatro mil) unidades para colocar en brazos.
Ítem 4: Sistema de Gestión de Luminarias Inteligente (en adelante SGLI) (ver
Anexo 2):
- hasta 70.000 (setenta mil) módulos de control y comunicaciones de cada luminaria
- hasta 70 (setenta) Dispositivos concentradores
- Sistema Central
Ítem 5: Xxxxxx x xxxxxxxxxxx xx 00.000 (xxxx xxx) xxxxxxxxxx xxx xxxx 1 Ítem 6: Retiro e instalación de 6.000 (seis mil) luminarias del ítem 2 Ítem 7: Xxxxxx x xxxxxxxxxxx xx 0.000 (xxxxxx xxx) xxxxxxxxxx xxx xxxx 3 Ítem 8: Analizadores de Redes Eléctricas: 4 (cuatro) equipos
b)-Formas de cotizar.
Los ítems objeto de este llamado se agrupan en dos formas de cotización, pudiendo los oferentes cotizar una u ambas formas:
COTIZACIÓN 1:
12.000 (doce mil) luminarias del Ítem 1
COTIZACIÓN 2:
Ítem 1: 48.000 (cuarenta y ocho mil) luminarias con tecnología leds para colocar en escenarios del tipo 1.-
Ítem 2: 6.000 (seis mil) luminarias con tecnología Leds para colocar en escenarios del Tipo 2.-
Ítem 3: 4.000 (cuatro mil) luminarias con tecnología leds para colocar en escenarios del Tipo 3.-
Ítem 4: Sistema de Gestión de Luminarias Inteligente (SGLI):
• hasta 70.000 (setenta mil) módulos de control;
• hasta 70 (setenta) dispositivos concentradores;
• Sistema Central.-
Ítem 5: Retiro e Instalación de 10.000 (diez mil) luminarias del ítem 1 Ítem 6: Retiro e Instalación de 6.000 (seis mil) luminarias del ítem 2. Ítem 7: Retiro e Instalación de 4.000 (cuatro mil) luminarias del ítem 3. Ítem 8 : Analizadores de Redes Eléctricas: 4 (cuatro) equipos.
Los oferentes deberán cotizar obligatoriamente: la totalidad de los ítems que integran la Cotización Nº 2 así como la totalidad de los conjuntos que surgen del Anexo 8 (Formulario de Cotización).-
c)- Especificaciones técnicas y características del objeto:
Las mercaderías y servicios ofrecidos, deberán ajustarse a las características y especificaciones que se detallan en los Anexos 1, 2, 3 y 11 que se adjuntan, los cuales se consideran parte integrante del presente Xxxxxx.
d)- Plazos de entrega
Los oferentes establecerán el plazo de entrega de las mercaderías y servicios, el cual deberá cumplir con los mínimos establecidos en el ANEXO 1.
Para las cotizaciones en plaza: los oferentes establecerán el plazo de entrega que se contará en días calendario a partir del perfeccionamiento del contrato (art. 19) hasta la puesta de la mercadería en el lugar acordado de entrega.
Para condición no plaza: los oferentes establecerán el plazo de entrega que se contará en días calendario a partir del perfeccionamiento del contrato (art.19) y de la notificación de la resolución de exoneración impositiva del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta la puesta de la mercadería en el lugar acordado de entrega. No se computarán los días destinados a trámites de despacho (liberación) de aduana en Uruguay (son los días comprendidos entre el momento que se constate el arribo de la mercadería a zona fiscal, habiendo sido entregada toda la documentación necesaria para su liberación y el momento de efectiva liberación de la mercadería por la D.N.A).
El adjudicatario deberá presentar en el Servicio de Compras, Sector Importaciones, la documentación que habilite el desaduanamiento de la mercadería adjudicada en ésta condición (factura comercial, documento de embarque), póliza / certificado de seguro y lista de embarque, por cada una de las entregas a realizar, a partir del perfeccionamiento del contrato y de la notificación de la resolución de exoneración impositiva del Ministerio de Economía y Finanzas.- (Ver Anexo 1. Entregas)
La compañía aseguradora contratada deberá tener un agente en Montevideo al cual la Intendencia de Montevideo pueda dirigirse en caso de reclamos por cobros.
Todos los gastos que se originen (almacenaje, demora, etc) durante el periodo de despacho (son los días comprendidos entre el momento que se constate el arribo de la mercadería a zona fiscal, habiendo sido entregada toda la documentación solicitada EN ORDEN, necesaria para su liberación y el momento de efectiva liberación de la mercadería por la D.N.A) serán a cargo de la X.xx M. Por entre todos los gastos que se originen fuera del mencionado período serán por cuenta del adjudicatario.
Factura Proforma: El adjudicatario tendrá un plazo de 10 días calendarios como máximo contados a partir de la notificación del acto de adjudicación, ad referendum del Tribunal de Cuentas, para presentar la factura proforma en el Servicio de Compras, Sector Importaciones. En caso de demoras, los días de atraso se descontarán del plazo de entrega.
LUGAR: El adjudicatario deberá proveer galpón para el depósito de la mercadería. El traslado y la descarga de la mercadería serán de cuenta del adjudicatario.
ARTÍCULO 3°: DATOS.
Los oferentes establecerán en sus propuestas todas las especificaciones técnicas de lo ofrecido, incluyendo todo otro dato que juzguen de interés para una mejor ilustración de lo ofertado. Se entenderá que todos los datos suministrados tienen el carácter de compromiso, es decir que en el momento de la recepción, la IM exigirá una estricta correspondencia entre lo entregado y lo establecido en la propuesta así como con las muestras presentadas.
ARTÍCULO 4°: ANTECEDENTES y CAPACIDAD JURÍDICA Y FINANCIERA.
Los oferentes deberán contar con antecedentes, según lo establecido en el
Anexo 5 “Capacidad Económica-Financiera y Antecedentes”.
ARTÍCULO 5º: PLAZO PARA SOLICITAR ACLARACIONES XXX XXXXXX
No se podrán realizar consultas y/o aclaraciones sobre el pliego y recaudos.
CAPITULO II- DE LA PROPUESTAS
ARTÍCULO 6°: FORMALIDADES DE LAS PROPUESTAS.
I) Las ofertas serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, estarán firmadas por el oferente o su representante y foliadas en el margen inferior. El texto deberá ser impreso a través de cualquier medio idóneo, NO en forma manuscrita, y se agregará a la oferta una copia simple en papel, y otra copia digital, para cada uno de los sobres, con excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía.
La forma de presentación de las ofertas deberá ser clara y, a los efectos de facilitar el estudio así como garantizar una mejor comprensión de la documentación, se recomienda que se ajuste la misma al orden del presente pliego y anexos.-
Para la versión digital de cada oferta, se sugiere que se utilice una estructura de carpetas que refleje con claridad cada capítulo xxx xxxxxx así como el uso de nombres de archivos alusivos a cada tema, utilizándose preferentemente formato pdf, que permita realizar búsquedas.- Se adjunta formato/orden de presentación sugerido (Anexo 12)
Los documentos complementarios y literatura impresa que proporcione el Oferente podrán estar escritos en otro idioma, a condición de que si la Intendencia de Montevideo lo solicita, se presente traducción fidedigna al idioma español realizada por traductor público.
Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo no electrónico contra recibo, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura. Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
Costo de los recaudos: El costo xx Xxxxxx y sus recaudos es de pesos uruguayos setenta y cinco mil ($ 75.000)
De comprobarse que no fue abonado el precio de los recaudos, la oferta será rechazada sin derecho a reclamación alguna.
Forma de presentación de las ofertas:
Todo oferente presentará en el acto de recepción de propuestas, un sobre, paquete o caja, que contendrá 2 sobres cerrados, debidamente identificados como “Sobre 1” y “Sobre 2”, en cuya portada se deberá consignar:
Intendencia de Montevideo Servicio de Compras
El Nombre y No de Proveedor o el RUT
Fecha y hora para la recepción y apertura de las ofertas.
Sobre 1 o 2.
“Sobre 1”: contendrá los requisitos legales y técnicos establecidos en el presente Pliego Particular de Condiciones (en su versión física y digital), en particular la siguiente documentación:
•Nombre, contrato social, dirección, y domicilio legal en territorio nacional, al solo efecto de remitirle comunicaciones de cualquier índole relativas a la licitación, de acuerdo al formulario de presentación adjunto (Anexo 10), y Anexo 4 (en caso de corresponder);
• Currículum y Fotocopia del Título del Ingeniero Electricista responsable técnico del oferente;
• Capacidad Económica-financiera, según lo requerido en Anexo 5, a excepción de la documentación que acredite el acceso a línea de crédito;
• Constancia de presentación de muestra de cada ítem según corresponda;
• Documentación técnica de los suministros que se ofrece bajo forma de catálogos, planos, folletos, fotografías, etc., indicando en los mismo el ítem ofertado y en consonancia con las normas correspondientes;
•En la propuesta confirmará el cumplimiento de la normativa detallada en el Anexo 1.
• Condiciones técnicas excluyentes contenidas en el Anexo 1 y, si corresponde Anexo 2;
• A criterio del oferente, podrá presentar las condiciones técnicas no excluyentes contenidas en el Anexo 1 y, si corresponde Anexo 2;
Respaldo técnico de la información
Todos los documentos de la oferta que contengan información técnica prevista en el Anexo 1, deberán presentarse con la firma y contrafirma de un Ingeniero Electricista designado por la empresa como responsable técnico, el que intervendrá además como interlocutor entre la IdeM y la firma adjudicataria a lo largo del contrato entre las partes. El mismo deberá tener el título universitario reconocido por el Ministerio de Educación y Cultura del Uruguay.
La no presentación de los documentos contenidos en el presente artículo, habilitará a la Intendencia a dar por desestimada la propuesta. Asimismo, será causal de desestimación la inclusión de la propuesta económica (sobre N° 2) en la propuesta técnica (sobre N° 1)
“Sobre 2” (en versión impresa y digital): el cual se mantendrá cerrado hasta la etapa de evaluación, contendrá la propuesta económica, y en particular:
• el Formulario de cotización de precios (Anexo 8);
• documentación que acredite el acceso a línea de crédito (Anexo 5), si correspondiere;
II) MATERIAL GRÁFICO E ILUSTRATIVO.
Las propuestas deberán acompañarse de catálogos, folletos, etc. de lo ofrecido, documentación que deberá ilustrar sobre la forma de operar de los elementos, su funcionamiento, sus aplicaciones, su mantenimiento, sus dispositivos especiales, etc. La IM, si a su juicio lo juzgare oportuno, podrá solicitar a los interesados la traducción de aquellas partes que no se presentaron traducidas. Todos estos elementos serán presentados en UNA SOLA VIA, debidamente identificados y por separado de la propuesta en sí, a la que deberá agregarse por escrito, un detalle pormenorizado de todo este material, a efectos del control del mismo en el acto de apertura. Todos los elementos agregados a la propuesta, tales como catálogos, especificaciones técnicas, dibujos, fotografías, etc., se considerarán parte constitutiva de aquella y complemento de la información para definir las características de lo ofrecido, por cuya razón deberán ser individualizadas, testando todo aquello que no corresponda a lo ofertado. El oferente entregará con su oferta para los ítems cotizados:
a) catálogos informativos,
b) planos de detalle,
c) descripción de los materiales constructivos
d) toda otra información técnica que ilustre la calidad del producto ofrecido.
Si la información entregada presentase diferencias menores respecto al material cotizado, las mismas deberán ser detalladas en la oferta.
III) MUESTRAS. Requisito Obligatorio
Los oferentes deberán entregar:
1.- Para la cotización 1: tres (3) luminarias del ítem 1
2.- Para la cotización 2: tres (3) luminarias del ítem 1, una (1) luminaria del ítem 2, una (1) luminaria del ítem 3 y del ítem 4: cuatro (4) módulos de control, dos (2) concentradores y una (1) de las versiones del programa central (Demo), en carácter de muestra del material ofrecido, en la Unidad Técnica de Alumbrado Público (UTAP), sito en Xxxxxxxxx Xxxx 2477 de esta ciudad, el día hábil anterior a la fecha fijada para la apertura, en el horario de 9:00 a 13:00 hs, y de 14:00 hs a 17:00 hs. En dicha ocasión se le entregará constancia de haber presentado las muestras. Con una de las luminarias de muestra se evaluarán las condiciones formales y técnicas. Las luminarias del ítem 1 serán instaladas en un escenario equivalente al propuesto en el pliego, a los efectos de verificar con la presencia (no obligatoria) de los oferentes, los parámetros lumínicos solicitados y el desempeño del sistema de gestión de luminarias inteligente. Se deberá presentar por cada artículo y opción, la muestra correspondiente, que será considerada solamente para la Licitación de referencia, debidamente identificada.
Retiro de las muestras.
Las muestras deberán retirarse dentro de los siguientes plazos:
No Adjudicatarios: dentro de los 60 días contados a partir del día siguiente al de la comunicación del Resultado de Licitación.
Adjudicatarios: después de los sesenta días contados a partir del día siguiente al de la fecha de la recepción definitiva de todo el material.
La devolución se hará contra entrega de recibo. Una vez transcurrido dicho plazo, las muestras quedarán sin valor alguno a los efectos de su devolución y no habrá derecho a reclamación alguna. Los gastos por inconvenientes ocasionados en caso que el material entregado no coincida con la muestra original, serán de cargo del Adjudicatario. El oferente adjuntará a su oferta fotocopia de la constancia de haber presentado muestras.
IV) Los oferentes podrán presentar en el acto de apertura, conjuntamente con su oferta, la documentación exigida en el numeral VI) del presente artículo
V) DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA A EXHIBIR POR EL OFERENTE EN EL ACTO DE APERTURA: En el acto de apertura de propuestas los licitantes deberán exhibir:
1-Constancia de entrega de Xxxxxxx. Se presentará la respectiva constancia de entrega de muestra, establecida en el artículo 6, apartado
III).
2- Carta intención, si se presenta un proyecto de consorcio.
3- Documentación técnica: Requisito técnicos y financieros de Admisibilidad establecidos en el presente pliego y Anexos.
La no presentación de los documentos contenidos en el presente artículo, habilitará a la Intendencia a dar por desestimada la propuesta.
VI) DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO:
El oferente que resulte adjudicatario, al momento del depósito de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, deberá presentar, de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, la siguiente documentación:
-BSE: Constancia de Seguro contra Riesgos de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales dispuesta por el artículo 61 de la ley 16.074, expedida por el Banco de Seguros del Estado, vigente.
-Notarial: Certificado notarial que acredite que el firmante de la oferta tiene facultades suficientes para representar a la empresa en esta clase de actos. El Escribano certificará además, respecto a la persona jurídica o el Consorcio, la existencia, vigencia, el cumplimiento de lo dispuesto por la ley 17.904 art.
13 y ley 18.930 en caso de corresponder, y quiénes son los directores o administradores, a los efectos de lo previsto en el artículo 3º de la ley 18.244 (deudores alimentarios). Si se trata de una persona jurídica extranjera deberá presentar la documentación que acredite la personería jurídica y vigencia, debidamente legalizada y traducida en su caso, y acreditar domicilio en Montevideo. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representados por personas autorizadas, mediante poder correspondiente.
-Consorcios: Se admitirá la presentación de consorcios ya constituidos o a constituirse con una carta intención.
En este último caso, si su propuesta fuera seleccionada como la más conveniente, antes de dictada la resolución de adjudicación, los oferentes deberán cumplir con los requisitos establecidos por la ley N° 16.060 y presentar el contrato de consorcio debidamente inscripto y publicado, en un plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la notificación del dictamen o informe de la Comisión Asesora. Si la propuesta es presentada por dos o más empresas formando un consorcio, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones anteriores, deberán establecer un domicilio único que será el domicilio legal y unificar la representación con facultades suficientes para actuar en nombre de aquél. Las notificaciones que se realicen al representante se considerarán válidamente hechas al consorcio. Las empresas que integran el consorcio o asociación asumen la responsabilidad
solidaria y mancomunada por todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato, debiendo incluir en la propuesta una declaración suscrita por todos sus miembros asumiendo tal responsabilidad.
Cada firma que lo integra deberá cumplir los requisitos exigidos a las personas jurídicas individualmente y la documentación deberá presentarla en conjunto bajo el nombre del consorcio, pero indicando el nombre de la firma consorciada. A los efectos de la evaluación se considerarán los antecedentes en la proporción de la participación de cada empresa constituyente.
ARTÍCULO 7º: Propuesta básica, alternativas, variantes o modificaciones
Las condiciones técnicas que se establecen tienen carácter de excluyentes para la consecución del objeto de estas especificaciones, por lo tanto, la IdeM se reserva el derecho de aceptar, a su exclusivo criterio, modificaciones, alternativas o variantes, siempre que los oferentes presenten la oferta básica, debiendo estar esta última debidamente identificada.
La modificación alternativa o variante deberá ser de calidad superior a lo solicitado técnicamente por la IdeM. Tales modificaciones, alternativas o variantes deberán estipular claramente los cambios que proponen, los precios correspondientes y el plazo de entrega.
ARTÍCULO 8º: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
Las ofertas serán mantenidas por un plazo mínimo de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir del siguiente al acto de apertura de ofertas.
ARTICULO 9º. RECEPCIÓN DE OFERTAS, “SOBRE 1” y “SOBRE 2”. APERTURA
La recepción de las propuestas y la apertura se realizará en el Servicio de Compras de la Intendencia de Montevideo, Xxxxxxx Municipal, Planta Baja, sector Santiago de Chile, con acceso sobre la Avenida 18 de julio, en la fecha y hora establecidos en la convocatoria y publicación. El acto de apertura tendrá lugar en el día y hora previstos, y en presencia de los oferentes que deseen asistir. En dicho acto se procederá a la apertura del Sobre Nº 1 de cada oferente. El procedimiento de control será completado durante el periodo de evaluación. Con la apertura del sobre 1, se dará por concluida la primera apertura, permaneciendo cerrados los “sobres 2”. Los Sobres nº 2 de todos los oferentes, serán colocados en un sobre cerrado, sellado y firmado, el cual permanecerá en custodia de la Gerencia de Xxxxxxx, hasta que se anuncie el resultado de la evaluación del “sobre 1”, y se fije fecha para su apertura.
CAPITULO III- COTIZACIÓN Y FORMA DE PAGO ARTÍCULO 10°: PRECIO.
Las cotizaciones deberán realizarse de acuerdo al Anexo 8 (Formulario de Cotización)
Los precios cotizados comprenderán la entrega de los equipos completos y/o material solicitado en destino, prontos para entrar en funcionamiento y libre de todo otro gasto. El oferente deberá cotizar el precio unitario y el precio total de cada ítem. Se entenderá, a menos que el oferente establezca expresamente otra cosa en su oferta, que el precio unitario se mantiene independientemente de la cantidad de artículos adjudicados.
Los interesados podrán cotizar en las siguientes modalidades:
Para los ítems 1 a 4 e ítem 8:
A) Condición plaza: Precio en dólares estadounidenses o pesos uruguayos, comprendiendo la entrega de la mercadería en destino galpón determinado por el adjudicatario, ciudad de Montevideo, prontos para entrar en funcionamiento y libre de todo otro gasto. Los impuestos deberán detallarse por separado, en caso de que así no se haga, se entenderá que los mismos se encuentran incluidos en el precio cotizado.
B) Condición DAP, en las ubicaciones definidas en el Anexo 1, en la ciudad de Montevideo, Uruguay (Incoterms 2010) o DDU, en las ubicaciones definidas en el Anexo 1, en la ciudad de Montevideo, Uruguay (Incoterms 2000):
Precio en moneda extranjera del país de origen, o dólares estadounidenses por mercadería cotizada en condición DAP (Delivery at place) – Entregada en lugar, derechos no pagados) o DDU (Delivered, Duty Unpaid - Entrega Derechos No Pagados), con entrega en los sitios indicados, no incluyéndose recargos de importación (IVA, anticipo de IVA, IMADUNI, Recargos de Aduana y Ley Portuaria).
En este caso se deberá indicar por separado: el costo, el flete, el seguro, y el transporte interno hasta el lugar de recepción, estableciéndose si el transporte internacional se efectuará por vía marítima, aérea o terrestre, según el siguiente detalle:
Precio FOB
Flete internacional Seguro
Total CIF Flete interno
Total DAP o DDU
Estos precios deberán estar en la misma moneda. En caso que el oferente presente su oferta con procedencia Zona Franca, deberá aclarar el nombre del usuario de Zona Franca.
Para el ítem 5, 6 y 7
Los interesados cotizarán el precio en dólares estadounidenses o pesos uruguayos, en CONDICIÓN PLAZA, libre de todo otro gasto, salvo leyes sociales si correspondiera, en cuyo caso deberá establecerse el monto imponible de los trabajos. Los impuestos deberán detallarse por separado, en caso de que así no se haga, se entenderá que los mismos se encuentran incluidos en el precio cotizado.
Actualización de precios: Los precios cotizados serán firmes, no admitiéndose ajuste paramétrico.
ARTÍCULO 11°: FORMA DE PAGO:
Los pagos se realizarán de acuerdo a lo establecido en el Anexo 7 CAPITULO IV- GARANTÍAS
ARTÍCULO 12°: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
Requisito no obligatorio
Antes de la fecha prevista para la apertura de propuestas los interesados podrán depositar como garantía de mantenimiento de propuesta una cifra de
$ 100.000, cien mil pesos uruguayos, de acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del T.O.C.A.F. Esta garantía podrá constituirse mediante depósito en efectivo en pesos uruguayos, valores públicos, fianza a aval bancario, o póliza de seguro de fianza y se depositará en Tesorería General (art. 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones). Si se quiere hacer efectiva la garantía mediante cheque (pesos uruguayos o dólares estadounidenses) el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
Para hacer efectivo el depósito en garantía de mantenimiento de oferta en Tesorería General, el oferente deberá estar inscripto como proveedor en la IM por lo que se recomienda a aquellos interesados a participar en esta licitación que no lo estén, pasar por la Unidad de Atención a Proveedores del Servicio de Compras con anticipación a la fecha prevista para la apertura de dicha licitación. En caso de haber optado por realizar el depósito de mantenimiento de oferta, el mismo no podrá realizarse con posterioridad a la fecha de apertura Si el oferente opta por garantizar el mantenimiento de su oferta, se le entregará recibo de depósito de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, expedido por Tesorería de la I.M.- El recibo debe estar a nombre del oferente y cuando se postule un consorcio o proyecto de consorcio, en el recibo debe figurar como mínimo el nombre de uno de los consorciados.
En caso de no presentar la garantía de mantenimiento de oferta, el incumplimiento en el mantenimiento de la oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto máximo de su oferta. El acto administrativo o resolución que imponga la multa será título ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventuales daños y perjuicios que dicho
incumplimiento pueda haber causado a la Administración y la comunicación del hecho al Registro Único de Proveedores del Estado.
ARTÍCULO 13°: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
En caso de adjudicaciones por importes superiores al previsto por el artículo 64 del TOCAF, se deberá presentar garantía de fiel cumplimiento del contrato. El adjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para realizar el referido depósito. El mismo será el equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 19 xxx Xxxxxx Único. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo del suministro o contrato y hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si se estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por periodos sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración mediante la entrega del documento al adjudicatario.
Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta (30) días calendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar a sanciones por incumplimiento.
La garantía no podrá ser devuelta hasta la extinción de todas las obligaciones contracturales, otorgando el documento apropiado que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación.
ARTÍCULO 14: GARANTÍA BUEN FUNCIONAMIENTO.
La garantía de buen funcionamiento, se regulará de acuerdo a lo establecido en el Anexo 3
CAPÍTULO V - REGÍMENES DE PREFERENCIA
ARTÍCULO 15°: Para la presente licitación, rigen los siguientes regímenes de preferencia:
1- Preferencia de Industria Nacional
De acuerdo a lo establecido en el Art. 58 del TOCAF, y el Decreto reglamentario
13/2009 del 13/1/2009, el oferente que desee acogerse al Régimen de Preferencia de Industria Nacional, deberá solicitarlo en la oferta.
El margen de preferencia será aplicable cuando exista comparación de precios entre oferta nacional y no nacional, siempre que exista paridad de
calidad o aptitud con los bienes y servicios que no califiquen como nacionales La preferencia será de acuerdo a lo previsto por la ley y la reglamentación correspondiente y se aplicará sobre el precio del servicio o bien nacional puesto en almacenes.
Para acreditar el carácter nacional del bien o servicio, el oferente que, habiéndose acogido a la preferencia, hubiere sido preseleccionado como adjudicatario por aplicación de la misma, deberá presentar el correspondiente certificado expedido por la Cámara de Industrias del Uruguay, Cámara Mercantil x Xxxxxx Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay, dentro del plazo de cinco días hábiles a partir de la comunicación correspondiente que le hiciere la Comisión Evaluadora.
2- Preferencia MIPYMES
De acuerdo con lo dispuesto por el Art. 59 del TOCAF, y el Decreto reglamentario 371/2010 del 14/12/2010, el oferente que desee acogerse al Régimen de Preferencia MPYMES, deberá presentar el certificado expedido por la DINAPYME del Ministerio de Industria, Energía y Minería (art. 5º del Decreto 371/010), conjuntamente con su oferta.
La mera presentación del certificado otorgado por DINAPYME implica la declaración expresa del oferente, prevista por el Art. 2º del Decreto Reglamentario.
Cuando se trate de servicios que incluyan el suministro de bienes, a los efectos de obtener la preferencia el proponente deberá obligatoriamente presentar una Declaración Jurada que acredite el porcentaje de integración nacional de los mismos conforme a lo dispuesto en el Art. 8 del Decreto 371/010. En el Anexo 4 se incluye un modelo de Declaración Jurada.
De no brindarse la información requerida, la Administración no aplicará la preferencia.
De resultar pre-adjudicatario por aplicación de los mecanismos de preferencia, el oferente dispondrá de un plazo no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación del dictamen de la Comisión Evaluadora, para presentar el certificado de origen emitido por las Entidades Certificadoras. En caso de que el certificado no fuera presentado dentro del plazo previsto o fuera denegado se dejará sin efecto la aplicación del mecanismo de preferencia. (Ver Anexo 4. Formulario Declaración Jurada)
CAPITULO VI- EVALUACIÓN DE OFERTAS
ARTÍCULO 16°: EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN DE OFERTAS.
La Comisión Evaluadora designada a los efectos del estudio de las ofertas presentadas, antes de proceder a la evaluación de las mismas, determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación. De no ajustarse será rechazada, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma. Siempre que se trate de errores u omisiones de
naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluarán la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo 6 “Evaluación Técnica”.
Culminada la evaluación del Sobre Nº 1 de las ofertas, la Comisión Evaluadora elevará un informe a la Comisión Supervisora de Contrataciones de la IM, refiriendo: a) el procedimiento de licitación cumplido, b) las ofertas desestimadas por no ajustarse a los documentos de la licitación, c) las empresas precalificadas como resultado de la evaluación técnica con los puntajes correspondientes
Con el pronunciamiento de la Comisión Supervisora de Contrataciones, la Administración notificará mediante comunicación escrita, que se llevará a cabo la segunda apertura pública, indicando lugar, fecha, hora. En la misma, se notificará a los oferentes la evaluación técnica, y se procederá a la apertura de los Sobres Nº 2 de las empresas que hubieren sido precalificadas, labrándose el acta correspondiente. Los sobres Nº 2 de las ofertas que no hubieren superado la etapa de evaluación técnica, se guardarán sin abrir, en un sobre cerrado, sellado y firmado, y permanecerán en custodia de la Gerencia de Xxxxxxx, hasta la finalización del procedimiento licitatorio.
Estudio Sobre Nº 2
Realizada la apertura de los sobres Nº 2, de aquellas ofertas que hubieren superado los mínimos exigidos en la evaluación técnica, la Comisión Evaluadora procederá al estudio de las ofertas económicas, de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo 7 “Evaluación Económica Financiera”.
Culminada la evaluación del Sobre Nº 2 de las ofertas, se procederá a la evaluación final de las mismas de la siguiente manera:
Puntaje Total = Puntaje Técnico (*30) + Puntaje Económico (*70).-
Una vez obtenido los puntajes totales, Comisión Evaluadora elevará un informe a la Comisión Supervisora de Contrataciones de la IM, refiriendo el listado final de ponderación de las ofertas presentadas (suma de puntaje técnico y económico), tanto para la forma de cotización 1 como la 2, así como la reserva xx xxxxxxx, si correspondiere, y las propuestas de adjudicación correspondientes. Obtenido el pronunciamiento de la Comisión Supervisora de Contrataciones, la Administración pondrá de manifiesto el expediente, de acuerdo a lo previsto por el art. 67 del TOCAF.
ARTÍCULO 17°: MEJORAMIENTO DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES
La IM podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del TOCAF, recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio.
CAPITULO VII- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ARTÍCULO 18º: FORMA DE ADJUDICACIÓN
La IM se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.
La adjudicación será por COTIZACIÓN, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo I artículo 2ª.-
Con respecto a la cotización N° 2, en el caso de que no sea posible la adjudicación global, la misma se hará por CONJUNTOS, de acuerdo a lo que surge de los Anexos 6 (Evaluación Técnica) y 8 (Formulario de Cotización).-
ARTÍCULO 19°:PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. NOTIFICACIÓN.
La Intendencia notificará el acto de adjudicación, ad reférendum del Tribunal de Cuentas, entendiéndose notificado de la siguiente forma: a) Con la recepción de la Resolución de adjudicación en su domicilio, la cual podrá ser enviada en forma válida vía fax, o correo electrónico. b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras. A partir de la fecha de la notificación antes mencionada, se computará el plazo para recurrir.
El contrato se entenderá perfeccionado conforme a los establecido en el artículo 69 del TOCAF, una vez cumplido lo dispuesto por el artículo 211, literal B de la Constitución de la República, Intervención del Tribunal de Cuentas, de la siguiente manera: 1) Con la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario, la cual podrá ser enviada en forma válida vía fax, o correo electrónico. 2) Con la recepción de la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la IM podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes. A estos efectos, y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado. En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
ARTICULO 20º: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
En caso de que se trate de servicios, el oferente deberá cumplir:
1) El adjudicatario está obligado a la ejecución de todos los trabajos establecidos en su propuesta, realizándolos en un todo de acuerdo con el pliego de condiciones, memoria descriptiva, detalles a entregarse en el transcurso de los trabajos y con las instrucciones verbales y/o escritas que personalmente se le indicarán al responsable de la empresa. La omisión o errores de cálculo en la presentación de la propuesta no le otorgará derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
2) Serán de cuenta del contratista todos los gastos originados por el pago de Sueldos y Jornales con sus correspondientes cargas sociales los que deberán ser abonados al personal de acuerdo a lo establecido por Decreto ley 14.159 de fecha 21.02.1974, en la redacción dada por el artículo 719 de la ley 16.170.
3) Deberá proveer todos los materiales detallados en la memoria, así como uniformes con identificación de la empresa y del operario, enseres personales, calzado acorde, así como todo otro elemento necesario para el cumplimiento de las tareas de rutina o aquellas que se acuerden en forma específica.
4) Todo el personal que la empresa designe deberá:
-Ser mayor de 18 años.
-Tener carné de salud extendido por los Organismos incorporados al Sistema de Carné de Salud básico, debiendo mantenerse vigente mientras dure el vínculo entre la Administración y la empresa. Quien no posea este documento no podrá ingresar a trabajar.
-Estar inscripto en el Banco de Previsión Social.
-Tener Seguros sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (ley 16.074).
-Tener al día las planillas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
-Poseer Cédula de Identidad vigente.
5) La empresa adjudicataria deberá controlar que los operarios no realicen tareas en condiciones contrarias a las normas de seguridad laboral.
6) La Empresa deberá cumplir con todas las normas legales en materia de salarios, seguros, leyes sociales, impuestos, etc. Será obligación entregar al inicio de los trabajos y mensualmente copia de los recibos de sueldos, planillas de inscripción del MTSS, aportes al BPS y constancia de Xxxxxxx contratados.
7) El adjudicatario se compromete a tomar las medidas necesarias para evitar daños a su personal, a terceros y a propiedades o bienes públicos o
privados. De producirse daños, el adjudicatario será responsable de la reparación de los perjuicios que le sean imputables.
8) El contratista deberá reponer o indemnizar las faltas, roturas, deterioros o desperfectos causados en ocasión del desempeño de su actividad. Indemnizará por daños causados a funcionarios municipales o a terceros, cuando se constate responsabilidad de sus operarios por omisión o negligencia o trato inadecuado de los equipos y materiales.
9) Se prohíbe el uso de publicidad ajena a la empresa en la vestimenta y en los equipos.
10) El adjudicatario contratará todos los seguros obligatorios previstos por la reglamentación vigente, debiendo incluir como mínimo el seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y los seguros contra daños a terceros. Los seguros deberán ser contratados en una institución habilitada por la Superintendencia de Empresas Aseguradoras del Banco Central del Uruguay.
Obligaciones especiales:
a) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que no existieran laudos o convenios colectivos vigentes para la rama de actividad laboral, la Empresa adjudicataria quedará obligada a pagar por lo menos el salario mínimo nacional. La IM, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición. En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la IM se reserva el derecho de rescindirlo en la forma y condiciones previstas en este pliego.
La IM exigirá a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza del seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados. En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de M. tiene la potestad de retener, de los pagos
debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada. El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.
b) Ley 18.099 en concordancia con ley 18.251- La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado. La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la I.deM. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, daños y perjuicios ocasionados a terceros. Los antes referidos gastos serán reembolsados a la IM ajustados por el Índice de Precios al Consumo.
ARTÍCULO 21°: RECEPCIÓN PROVISORIA Y DEFINITIVA.
La recepción de los artículos y servicios se realizarán de acuerdo a lo establecido en el Anexo 1.–
ARTÍCULO 22°: RESCISIÓN Y SANCIONES.
La falta de cumplimiento parcial o total de cualesquiera de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, habilitará a la IM a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser: desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores. La rescisión por incumplimiento del Contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 23°: MULTAS
Podrán ser de aplicación las siguientes multas por incumplimiento:
• Multa por atraso en la entrega: se podrá aplicar una multa de 0.005% (cero con cinco milésimas) del valor de los bienes adjudicados que no hubieran sido entregados en los plazos y condiciones dispuestos en el punto 2 “Xxxxx xx xxxxxxx” xxx Xxxxx 0, por cada día de atraso en la entrega.
• Multa por atraso en la instalación: se podrá aplicar una multa equivalente al 0.005% (cero con cinco milésimas) del valor de los Items 1,2,3,5,6 y 7 adjudicados, por los Items 1,2 y 3 que no hubieran sido instalados en los plazos y condiciones dispuestos en el punto 3 “Cronograma de instalación” xxx Xxxxx 0, por cada día de atraso en la instalación.
• Multa por incumplimiento de las disposiciones de embalaje: se podrá aplicar una multa de 0.05% (cero con cero cinco por ciento) del valor del contrato ante el incumplimiento de las disposiciones de embalaje establecidas en el Anexo 1.
• Multa por atraso en Atención de eventos (Anexo 2, punto 7). Por cada día de atraso, se generará una multa equivalente al 0.005% (cero con cinco milésimas) del valor del componente afectado.
La IM ejecutará los créditos por las multas que correspondan mediante los mecanismos legales vigentes, sin afectar el repago.
ARTÍCULO 24º: INCUMPLIMIENTO.
La omisión del adjudicatario en el cumplimiento del contrato sin causa debidamente justificada habilitará a la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato así como también la aplicación de las sanciones genéricas establecidas en el art. (RESCISIÓN Y SANCIONES).
ARTÍCULO 25º: RIESGO Y RESPONSABILIDAD
Será de exclusivo cargo del Contratista todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato, ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la Administración o a sus empleados, a los efectos transportados o a su propio personal.
ARTÍCULO 26°: CESIÓN DEL CONTRATO.
El Adjudicatario no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el consentimiento expreso por escrito de la IM, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.
ARTICULO 27°: CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL.
La IM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, tener al día el Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la IM. Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, piso 1 ½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
ARTÍCULO 28°: REGISTRO DE PROVEEDORES.
Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM para poder presentarse a la licitación. Si ya estuvieran inscritos en el XXXX, en estado “Activo”, se migran al Registro de la Intendencia, con solo mencionar dicha situación en la oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia. De no hallarse registrados en ninguno de los dos Registros al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un
número de registro provisorio. Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el XXXX (Registro Único de Proveedores Estatales). Una vez en estado “ACTIVO” en XXXX quedarán en condiciones de ser migrados en el Registro de Proveedores de la I.M.
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado. Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX. De lo contrario podrá consultar via mail o personalmente en el Servicio de Compras- Atención a Proveedores, Xxxxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxx, e-mail: xxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
ARTÍCULO 29: RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
La recepción y apertura de propuestas se realizará en la Sala de Acuerdos de la Intendencia de Montevideo, Edificio Sede (Avenida 18 de Julio, 1360, Piso 2º) en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales.