CONTRATO DE EDICIÓN
Entre la Editorial de la Universidad Provincial del Sudoeste (EDIUPSO, en adelante), con domicilio en la calle Ciudad de Cali N° 320 de la ciudad de Bahía Blanca, representada en este acto por el señor. . . . . . . . . . . . . . . en su carácter de . . . . . . . . . . . . . . . de la misma, quien se identifica y acredita identidad con . DNI XXX, por una parte, llamado en adelante "el editor", y por la otra el señor XXXXXXXXX, domiciliado en la calle . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . de la ciudad de . . . . . . . . . . . . . . . quien se identifica con DNI . . . . . . . . . . , en adelante llamado "el autor" convienen en celebrar el presente contrato de edición, conforme a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERO: El AUTOR cede y transfiere en forma gratuita al EDITOR la obra titulada ………………………………………………………………………………….., de manera exclusiva y en cualquiera de los posibles soportes, y comprensiva de la totalidad de los derechos vinculados a la impresión, difusión y eventualmente su venta; y en el idioma castellano o lenguas extranjeras. Quedan incluidos en la cesión a favor de LA EDITORA los derechos a explotar la obra a través de cualquier otro medio ya sea mediante soporte magnético, digital, e-book, soportes sonoros, serialización radiofónica, radiodifusión, acceso on line, etc, siempre que no impliquen transformación de la obra.
SEGUNDO: Las partes manifiestan que esta cesión se realiza a título gratuito con el objetivo que el EDITOR difunda la obra en el ámbito académico y científico y lograr así su más amplia difusión. En consecuencia, el EDITOR pondrá a disposición del público general los ejemplares de la obra cedida, en cualquier formato, de manera gratuita. Sin perjuicio de ello, las partes podrán acordar en el futuro la comercialización de la obra mediante la venta al público, lo cual podrán convenir mediante acuerdo específico.
TERCERO: El presente contrato posee un plazo de .................. meses/años a contar desde la entrega definitiva de la obra por el AUTOR al EDITOR. Para el supuesto que el EDITOR decidiera imprimir la obra en soporte papel, el AUTOR lo autoriza a realizar hasta DOS (2) ediciones, con una tirada máxima xx xxxx mil ejemplares cada una. En caso de que el EDITOR resuelva una nueva edición o reimpresión de la obra, comunicará al AUTOR dicha decisión con una antelación de noventa (90) días, a fin de acordar la conveniencia de actualización de la obra. En cualquier caso, el EDITOR podrá reimprimir o reeditar la obra sin actualizaciones.
CUARTO: El AUTOR hará entrega de los originales de la obra al EDITOR en soporte digital y recibirá hasta dos juegos de pruebas xx xxxxxx en forma sucesivas, comprometiéndose a leerlas y corregirlas dentro de un plazo de 20 (veinte) días corridos, siendo el único responsable de las correcciones. Las últimas pruebas las devolverá con su visto bueno para la impresión o publicación a través de medios digitales.
QUINTO: El AUTOR garantiza al EDITOR que la obra no infringe las leyes sobre derechos de autor, ni ningún otro derecho, comprometiéndose a mantener indemne al EDITOR por cualquier reclamo proveniente de un tercero que pudiera tener por causa la edición.
SEXTO: El EDITOR deberá depositar la suma que prevé la ley 11.723 responsabilizándose de ello ante el AUTOR. Asimismo el sellado xx xxx del presente contrato será a cargo exclusivo del EDITOR, como condición esencial para su existencia.
SÉPTIMO: El EDITOR se reserva el derecho exclusivo de establecer el precio de venta en el supuesto caso de comercialización de la obra, y la forma de su distribución y/o comercialización, pudiendo hacerse tanto en formato digital como papel y cualquier otra forma existente.
OCTAVO: El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente autoriza a la parte afectada por el incumplimiento a rescindir de puro derecho y con el mero vencimiento del plazo, el contrato, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
XXXXXX: El autor faculta al editor para perseguir incluso judicialmente a quienes realicen ediciones fraudulentas o plagien la obra objeto de este contrato.
DÉCIMO: En caso de controversia, las partes establecen la competencia de los Tribunales con asiento en la ciudad de Bahía Blanca, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.
En prueba de conformidad, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de . . . . . . . . . . . . . . . , a los . . . . . días del mes de . . . . . . . . . . . . . . . de 201X.---