INDICE
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL CONTRATO DEL SERVICIO INTEGRAL DE ALUMBRADO PÚBLICO EXTERIOR DEL MUNICIPIO DE BOLLULLOS DE LA MITACIÓN.
INDICE
ARTÍCULO 1.- CONDICIONES GENERALES. ARTÍCULO 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 3.- REQUISITOS GENERALES.
ARTÍCULO 4.- CESIÓN DE USO Y EXPLOTACIÓN DE LA INSTALACIÓN. ARTÍCULO 5.- GESTIÓN ENERGÉTICA DE LA INSTALACIÓN (PRESTACIÓN P1). ARTÍCULO 6.- MANTENIMIENTO E INSPECCIÓN (PRESTACIÓN P2).
ARTÍCULO 7.- GARANTÍA TOTAL (PRESTACIÓN P3).
ARTÍCULO 8.- OBRAS DE MEJORA Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES E INVERSIÓN EN AHORRO ENERGÉTICO (PRESTACIÓN P4).
ARTÍCULO 9.- OTRAS ACTUACIONES.
ARTÍCULO 10.- SEGURO DE LA INSTALACIÓN.
ANEXO.- PLAN DE OPTIMIZACIÓN ENERGÉTICA DEL AYUNTAMIENTO DE BOLLULLOS DE LA MITACIÓN.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL CONTRATO DEL SERVICIO INTEGRAL DE ALUMBRADO PÚBLICO EXTERIOR DEL MUNICIPIO DE BOLLULLOS DE LA MITACIÓN
ARTÍCULO 1.- CONDICIONES GENERALES.
El objeto de este pliego es regular y definir el alcance y condiciones mínimas de las prestaciones que habrán de regir para la contratación de los servicios energéticos y mantenimiento con garantía total de las instalaciones de alumbrado público exterior (en lo sucesivo, la instalación) pertenecientes al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
Los servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones obligatorias:
▪ Gestión Energética (Prestación P1)
▪ Mantenimiento (Prestación P2)
▪ Garantía Total (Prestación P3)
▪ Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones e Inversión en Ahorro Energético (Prestación P4)
La Empresa de Servicios Energéticos contratada, será responsable de la ejecución de estas prestaciones, limitándose el Ayuntamiento a disponer de la estructura técnica de supervisión para establecer los planes, coordinar los trabajos, controlar las realizaciones y, en general, verificar y asegurar que las prestaciones estén en condiciones de satisfacer sus exigencias.
ARTÍCULO 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Los trabajos a realizar por la Empresa de Servicios Energéticos abarcan a todas las instalaciones conectadas a la Red de Alumbrado Público Exterior que se ubican dentro del término municipal del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, a todos y cada uno de sus componentes.
ARTÍCULO 3.- REQUISITOS GENERALES.
La Empresa de Servicios Energéticos (en lo sucesivo, ESE) aceptará la instalación en las condiciones de la fecha de licitación, haciéndose cargo de la misma, a la que prestará el servicio correspondiente, de acuerdo con las especificaciones de este Pliego. A este respecto la ESE manifiesta que tiene completo conocimiento de:
▪ La naturaleza de las instalaciones.
▪ Estado de todas las instalaciones y equipos de las mismas cuya gestión se le encomienda.
▪ Las condiciones particulares de acceso ligadas a la seguridad y a la especificidad de sus instalaciones.
Esta aceptación de la instalación actual, independientemente de su tipo, estado y calidad, le obliga a mantener los elementos existentes sin que puedan ser sustituidos por otros, salvo en los casos especificados en este Pliego, o cuando previamente haya sido autorizada para ello por el Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
Es por tanto necesario que los licitadores realicen el estudio de las instalaciones actualmente existentes, antes de redactar su oferta, considerando su estado, y para ello, pueden solicitar al Ayuntamiento autorización para tener acceso a las mismas siempre que no interfieran en su funcionamiento. Asimismo, podrá tener acceso al X.X.X. (Plan Optimización Energética), correspondiendo a la licitadora la verificación de los datos, motivado por posibles cambios o modificaciones de lo últimos años.
Para visitar las instalaciones, el Ayuntamiento determinará fecha y hora de visita de las instalaciones con personal de la empresa encargada del servicio de mantenimiento en la actualidad (empresa externa), siendo por cuenta de la empresa interesada en licitar, los costes de personal derivados de sucesivas visitas, sellándose el certificado de haberse realizado la visita de las instalaciones.
Si como consecuencia de la visita se pusiese de manifiesto irregularidades o deficiencias en las instalaciones, la ESE lo pondrá en conocimiento del Ayuntamiento. De común acuerdo entre las partes se determinará las condiciones en las que la ESE se hará cargo de estas instalaciones.
Durante la vigencia del contrato, la ESE se hará cargo de todas las instalaciones de alumbrado público que realice o reciba de terceros el Ayuntamiento, debiéndose prestar el servicio correspondiente de acuerdo con lo especificado en el presente contrato.
No obstante, si la instalación ha sido recibida de terceros y no cumple lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Técnicas generales aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de obras municipales, la ESE deberá hacerlo constar con vistas a la realización de obras para su adecuación por parte de los responsables.
La ESE aceptará la resolución que le transmita el Ayuntamiento y, en su caso, se haría cargo de la instalación en las condiciones existentes y de acuerdo con las especificaciones de este Pliego.
Todos los materiales que se utilicen, tanto en las instalaciones definitivas como en las provisionales, deberán estar de acuerdo con las condiciones técnicas generales que se establezcan, respetando cuanto se indica sobre niveles y uniformidad de las iluminaciones.
En todas las instalaciones podrán utilizarse nuevos materiales si la evolución tecnológica así lo aconseja, previa comprobación y autorización del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
Las nuevas instalaciones, las ampliaciones de las existentes y las modificaciones cuando corresponda, cumplirán el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior y la normativa municipal.
En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto del contrato, será de obligatorio cumplimiento toda la normativa técnica vigente y de seguridad e higiene, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de las instalaciones.
Básicamente se contemplará en todo momento el cumplimiento del Reglamento de Baja Tensión (REBT) y sus instrucciones técnicas complementarias, especialmente la ITC-BT 09 que se refiere a instalaciones de alumbrado exterior con prescripciones específicas para la seguridad de las mismas, el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE) y sus instrucciones técnicas complementarias ITC- EA-01 a ITC-EA-07, la normativa vigente de la compañía gestora de las líneas de distribución eléctrica que pueda afectar a la homologación de equipos y disposiciones eléctricas y el Plan General de Ordenación Urbana de Bollullos de la Mitación junto con las Ordenanzas Municipales.
La ESE aportará la ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones, sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
La ESE deberá conservar toda la documentación perteneciente al municipio que se vaya generando a lo largo del tiempo de duración del contrato y se la entregará al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación a la finalización del mismo. No obstante, irá entregando copias puntuales de los informes que se vayan realizando, de las certificaciones y otros documentos que se generen.
ARTÍCULO 4.- CESIÓN DE USO Y EXPLOTACIÓN DE LA INSTALACIÓN.
El Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación cede, por este contrato, el uso y la explotación de la instalación, a favor del adjudicatario, la ESE, quien por su parte la acepta, en los términos y condiciones que se especifican a continuación.
La ESE, desde el momento de la firma del contrato, será el único y exclusivo responsable de utilizar y explotar dicha INSTALACIÓN con la diligencia y cuidado que su destino exija, operándola de acuerdo con los manuales de operación y mantenimiento establecidos por el Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, y manteniéndola en perfecto estado de uso y funcionamiento, constituyéndose así la ESE en el único y exclusivo responsable de cualquier daño que pudiera ocasionarse en la prestación de este Servicio Público como consecuencia de la omisión o negligencia en la realización de tales tareas.
La INSTALACIÓN sólo podrá ser dedicada al uso previsto en el presente contrato.
Serán por cuenta y cargo de la ESE todos los gastos necesarios que la INSTALACIÓN pudiera requerir con ocasión de su uso, explotación, mantenimiento, conservación y reparaciones, tanto ordinarias como extraordinarias.
La transformación, modificación, supresión, retirada y/o alteración de cualesquiera partes o elementos componentes de la INSTALACIÓN, no podrá ser llevada a cabo durante la vigencia del presente contrato sin la previa y expresa autorización del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
ARTÍCULO 5.- GESTIÓN ENERGÉTICA DE LA INSTALACIÓN. PRESTACIÓN P1.
La gestión energética de la INSTALACIÓN contemplada en la Prestación P1 comprenderá su accionamiento, vigilancia y control, la reposición de los materiales, lámparas y otros componentes que se deterioren y la reposición de sus averías, todas las operaciones que exija el correcto funcionamiento de la misma, y el suministro de la energía requerida para el funcionamiento de la misma.
5.1.- GESTIÓN DE LAS FACTURAS Y PAGOS DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO
La ESE se compromete a hacer suministrar, a su cuenta, la electricidad necesaria para asegurar el funcionamiento y la utilización normal de la INSTALACIÓN, gestionando todas las pólizas de abono necesarias y asumiendo su pago mediante la domiciliación bancaria con la compañía comercializadora de electricidad.
Para ello, en el plazo máximo de una semana a la firma del contrato, la ESE habrá comunicado de forma fehaciente a la actual compañía comercializadora de electricidad sus datos bancarios para la domiciliación de la factura de consumo de electricidad de la INSTALACIÓN, remitiendo copia del escrito al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
El importe del consumo de electricidad de la INSTALACIÓN comprendido entre la fecha del día siguiente a la firma del contrato y la fecha de la lectura final de la última factura emitida por la compañía comercializadora de electricidad será prorrateado y abonado por la ESE al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
La ESE está obligada a conservar las facturas de suministro eléctrico durante el plazo que dure el contrato. Durante este tiempo dichas facturas estarán a disposición del Ayuntamiento para consultar cuantos datos sean necesarios.
La ESE llevará un registro mensual desglosado de la facturación de cada cuadro de mando. Este registro se mantendrá durante el tiempo de duración del contrato y se entregará al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación a la conclusión de dicho contrato.
La ESE podrá negociar y contratar el suministro de electricidad de la INSTALACIÓN con compañías comercializadoras.
Las garantías de calidad en el suministro y aprovisionamiento de electricidad dadas por la ESE serán las mismas aportadas por los organismos y las empresas distribuidoras o comercializadoras de electricidad.
5.2.- GESTIÓN DE CONDUCCIÓN Y VIGILANCIA DE LA INSTALACIÓN
La ESE realizará bajo responsabilidad las prestaciones siguientes:
▪ El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior.
▪ Las regulaciones necesarias.
▪ El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos.
▪ La vigilancia general de las instalaciones.
▪ Las rondas e inspecciones corrientes.
El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a diez minutos.
En el plazo de un mes desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que se entregará al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado, Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato.
La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento.
El horario propuesto por el Ayuntamiento de Bollullos podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del público, presente una mayor eficiencia energética, siempre sin contravenir el Decreto 357/2010, de 3 xx Xxxxxx. Este horario será aprobado por el Ayuntamiento antes de su puesta en funcionamiento.
Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación.
5.3.- GESTIÓN DE SEGUIMIENTO DEL FUNCIONAMIENTO
La ESE llevará un registro mensual de los consumos de cada cuadro de mando, desglosando las potencias activa y reactiva y el factor de potencia. Este registro se mantendrá durante el tiempo de duración del contrato y se entregará al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación a la conclusión de dicho contrato.
Así mismo, la ESE llevará un registro anual de los niveles de iluminación, de la eficiencia energética y del resplandor luminoso de la INSTALACIÓN, clasificando los niveles de cada zona de acuerdo al Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE) y el Decreto 357/2010, de 3 xx Xxxxxx, por el que aprueba el Reglamento para la protección de la calidad del cielo nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética.
Anualmente la ESE elaborará un informe de gestión del suministro y de los niveles de iluminación y eficiencia energética, con las conclusiones más significativas. Este informe será entregado al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
5.4.- LEVANTAMIENTO DE PLANOS E INVENTARIO DE LA INSTALACIÓN
Durante los seis primeros meses de contrato, la ESE levantará planos de todas las instalaciones de alumbrado público y elaborará un inventario de todos los elementos y equipos:
▪ Numeración y codificación de todos los puntos de luz.
▪ Datos de los distintos puntos de luz: numeración, emplazamiento, características y marca de las luminarias, características y marca de los soportes, características y marca de las lámparas, relación cuantitativa y cualitativa de los distintos tipos de conductores instalados y ubicación del centro de mando desde donde se alimenta.
▪ Inventario y esquemas de los cuadros de mando, relación de elementos de protección y maniobra instalados con tipos y marcas, número de líneas y circuitos.
▪ Inventario por calle, sector y total de todos los puntos de luz instalados, potencia instalada, luminarias de cada tipo, soportes de cada tipo y otros datos significativos.
Los planos y el inventario se entregarán al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, en formato electrónico y en formato papel, al finalizar los seis primeros meses de contrato.
Durante la vigencia del contrato, cada vez que se produzcan modificaciones que alteren o varíen los datos anteriores, la ESE actualizará los planos, datos esquemas e inventario, poniéndolos a disposición del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
ARTÍCULO 6.- MANTENIMIENTO E INSPECCIÓN. PRESTACIÓN P2.
El mantenimiento e inspecciones de la INSTALACIÓN contemplado en la Prestación P2 seguirán las prescripciones de la normativa vigente que la ESE deberá ejecutar para llevar a cabo las labores de mantenimiento, verificación e inspección de las instalaciones conectadas a la Red de Alumbrado Público Exterior, y que comprenderán:
▪ Conservación y mantenimiento de los centros de mando, incluyendo todos sus componentes eléctricos y electrónicos.
▪ Conservación y mantenimiento de los tendidos de cables subterráneos y aéreos, conexiones, cajas de empalme, cajas de fusibles, etc.
▪ Conservación y limpieza de arquetas con sus tapas, que deberán estar perfectamente atornilladas y
enrasadas.
▪ La reposición de portezuelas, retirada y sustitución de báculos, columnas, brazos, y otros elementos que por accidente u otras causas resulten dañados, salvo que sean debidos a actos vandálicos.
▪ Conservación de luminarias, lámparas y faroles, sobre soporte o fachada, así como las de todos los elementos para su correcto funcionamiento, tales como tornillos, tuercas, posición del portalámparas, adecuación del cierre y estado de la junta en las cerradas, cierres reactancias, condensadores, conexiones, portalámparas, instalación eléctrica y elementos originarios que pueden faltar, aunque sólo tengan una función estética.
▪ Conservación en perfecto estado de las acometidas de las instalaciones de alumbrado público.
▪ Cualquier otro elemento o equipo perteneciente a las instalaciones de alumbrado público exterior que no estuviera recogido entre los anteriores.
Periódicamente, como resultado de las labores de mantenimiento, la ESE emitirá al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación informes sobre los trabajos e inspecciones que se vayan realizando y sobre las incidencias que se produzcan.
6.1.- ELABORACIÓN DE UN PLAN DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO.
La ESE deberá presentar durante el primer mes, desde el inicio del contrato, al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, un Plan de Mantenimiento Preventivo y de Inspecciones de la INSTALACIÓN.
En el Plan de Mantenimiento e Inspecciones se detallarán tareas, periodicidad, planificación en cada sector del municipio y fechas de inicio y fin de dichas tareas en cada sector.
El Plan de Mantenimiento Preventivo incluye la realización de las tareas de limpieza de las instalaciones.
La ESE emitirá informes periódicos en los que se indique el grado de avance del Plan de Mantenimiento Preventivo, desglosado por tareas y zonas.
6.2.- MANTENIMIENTO PREVENTIVO MÍNIMO EN EQUIPOS DE REGULACIÓN Y CONTROL.
Periódicamente se llevará a cabo una revisión de comprobación, ajuste y anotación del funcionamiento y de los parámetros fundamentales de los relojes astronómicos ubicados en los cuadros de maniobra.
La ESE efectuará las reparaciones de los fallos detectados y emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
6.3.- MANTENIMIENTO PREVENTIVO MÍNIMO EN CUADROS DE MANIOBRA.
Periódicamente se llevará a cabo una comprobación visual de su estado y de los parámetros de funcionamiento (tensión, aparatos de medida, ausencia de protecciones automáticas disparadas).
Periódicamente se hará una comprobación y anotación de funcionamiento de los parámetros fundamentales. También se llevará a cabo una limpieza.
Periódicamente se realizará una revisión general de todos sus elementos, sin desmontaje, y se comprobarán los aislamientos y el equilibrado de fases y la instalación eléctrica.
La ESE emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
6.4.- MANTENIMIENTO PREVENTIVO MÍNIMO EN LUMINARIAS.
Periódicamente se llevará a cabo una comprobación visual del estado de sustitución sistemática de lámparas, tubos de fluorescencias, reactancias y cebadores por agotamiento de su vida útil.
Periódicamente se comprobará el funcionamiento nocturno de todos los puntos de luz de cada zona, corrigiendo aquéllos que se encuentren fuera de servicio.
La ESE emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
Cada cuatro años, como mínimo, se llevará a cabo una limpieza. La limpieza de las luminarias cerradas comprenderá la limpieza de la carcasa, del interior del reflector y del cierre exterior e interior xxx xxxxxx. La limpieza de las luminarias abiertas, de los faroles y de los globos afectará a todos sus componentes y elementos. En las luminarias LED la limpieza será exterior. Se trasladará el informe correspondiente de las acciones realizadas al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
6.5.- INSPECCIONES DE LA INSTALACIÓN.
La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, armarios, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público.
Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo.
Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento.
La ESE elaborará y presentará al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación un informe semestral sobre las inspecciones y actuaciones realizadas.
El Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACIÓN. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento el acceso a la INSTALACIÓN y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos.
Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica.
La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla.
Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.
6.6.- VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN REGLAMENTARIA DE LA INSTALACIÓN.
En virtud del artículo 13 del Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia
energética mediante verificaciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo con el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por R.D. 842/2002, de 2 xx Xxxxxx, y por organismos de control, autorizados para este campo reglamentario según lo dispuesto en el R.D. 2200/1995, de 28 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial.
La ESE llevará a cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación en el momento en que se obtenga alguno de estos certificados.
ARTÍCULO 7.- GARANTÍA TOTAL. PRESTACIÓN P3.
La ESE conservará constantemente en funcionamiento y en buen estado el material y los componentes de la INSTALACIÓN, haciendo cuantas reparaciones o reposiciones sean necesarias, con la mayor brevedad y sin necesidad de requerimiento previo, cualquiera que sea la causa que lo motivó.
En general, las averías deberán ser reparadas en menos de veinticuatro horas, y las que afecten a centros de mando de forma inmediata, aunque pueda tener carácter provisional su puesta en servicio.
Si en otro tipo de averías su reparación exigiese, por motivos justificados, un mayor plazo, se informará de ello al Ayuntamiento.
Si durante la vigencia del contrato se modificasen los elementos de las instalaciones o se adoptasen nuevos sistemas de control de las mismas, la ESE quedará obligada a aceptar la conservación de los mismos.
La reposición de los diversos elementos se efectuará con materiales de las mismas características y calidades que los primitivos, los cuales serán comprobados por los técnicos del Ayuntamiento, quienes podrán rechazar los materiales que no cumplan estas condiciones.
Así mismo, las soluciones adoptadas en las tareas de mantenimiento y reposición deberán guardar la estética y la uniformidad del resto de las instalaciones del área.
En el caso de que el Ayuntamiento considere que el material que debe reponerse es de características anticuadas o inadecuadas a las circunstancias del momento, podrá exigir a la ESE que los sustituya por los productos ajustados a la actual tecnología.
La ESE queda obligada a la localización y reparación a su cargo, salvo que haya sido consecuencia de actos vandálicos, de todas las averías que puedan originarse en las instalaciones objeto de este contrato.
Cualquier punto de luz averiado o cuyo flujo luminoso sea inferior al mínimo correspondiente al final de su vida, deberá ser reparado antes de 48 horas de su baja o, en aquellos casos en los que por su importancia o singularidad lo requiera, en el plazo fijado por el Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
Existirá un servicio telefónico en las oficinas de la ESE a lo largo de las 24 horas del día que reciba los avisos que desde el Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación se trasladen.
A partir de las llamadas recibidas, la ESE creará un registro electrónico donde se reflejará la fecha y la hora de cada llamada, el aviso recibido y las acciones realizadas para subsanar la posible avería. Este registro estará permanentemente actualizado y a disposición del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
La ESE tendrá que señalizar la vía pública de acuerdo con las Ordenanzas Municipales y Reglamentos en vigor o con las instrucciones que reciba por parte del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, siendo de su exclusiva responsabilidad los daños y perjuicios que puedan derivarse por el incumplimiento de esta obligación, independientemente de cualquier otra responsabilidad civil o penal.
ARTÍCULO 8.- OBRAS DE MEJORA Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES E INVERSIÓN EN AHORRO ENERGÉTICO. PRESTACIÓN P4.
La ESE ejecutará, a su cargo, las inversiones de ahorro propuestas en la Memoria Técnica presentada en el documento nº 2 de su oferta para la mejora y renovación de las instalaciones e inversión en ahorro energético.
El Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación apuesta por la eficiencia y ahorro energético y la protección del Medio Ambiente, mediante la implantación de tecnologías que los potencie.
En el caso de que la ESE oferte luminarias con tecnología LED para la remodelación de las instalaciones actuales deberán cumplir con los requisitos de calidad exigidos por el Ayuntamiento.
Los requisitos que deben cumplir las luminarias con tecnología LED son:
▪ Certificados IMQ y ENEC de la luminaria en su conjunto.
▪ No se permite la adaptación de las luminarias existentes. Serán desestimadas todas aquellas ofertas que adapten a luminarias existentes equipos con tecnología LED y/o serán desestimadas aquellas ofertas que aún siendo la carcasa nueva adapten en su interior equipos con tecnología LED.
▪ Debe poseer un regulador electrónico integrado en el aparato que, a través de un dimmer dedicado, permita varios regímenes de funcionamiento con al menos los siguientes perfiles:
o Perfil fijo: 100%: no realiza ninguna reducción de flujo.
o Perfil fijo reducido: La reducción del valor del flujo emitido se mantiene constante durante el funcionamiento de la instalación.
o Perfil reducido variable: Posibilidad de programar perfiles elegidos a través de un software
dedicado.
o Perfil reducido variable con autoaprendizaje: Permite modificar la duración del período de emisión hasta el 100% de 1 a 5 horas, y al reconocimiento de la medianoche, de adaptar el flujo emitido en función de las exigencias.
▪ Pantalla cóncava de PMMA certificado en laboratorios acreditados IMQ con prueba de resistencia al fuego hasta 650 °C.
▪ Clase de aislamiento II o III.
▪ Grado de protección espacio alimentación IP67.
▪ Grado de protección alojamiento lámpara IP 67.
▪ Luminaria de tipo Cut-Off, con emisión de flujo nula en el hemisferio superior.
▪ RAL 9007 (básico).
En la oferta se justificará la distribución de los diferentes tipos de lámpara elegidos.
La ESE gestionará la ejecución, puesta en marcha, pruebas y legalización de la nueva INSTALACIÓN de acuerdo con el calendario incluido en la oferta.
La ESE inspeccionará y supervisará por su cuenta las fases de suministro, montaje y puesta en marcha de la nueva INSTALACIÓN y de sus pruebas de funcionamiento, asumiendo las responsabilidades que se pudieran derivar por cualesquiera daños y/o perjuicios, ya sean directos o indirectos que pudieran causarse en el proceso de renovación de la INSTALACIÓN por ella misma o sus proveedores.
El calendario de ejecución, puesta en marcha y pruebas podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre la ESE y el Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, en el caso de que concurrieran causas de fuerza mayor o surgieran imprevistos que impidieran el cumplimiento de los plazos inicialmente estipulados.
La aceptación de la nueva INSTALACIÓN por parte del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación tendrá lugar una vez se hubiere verificado su correcto y adecuado funcionamiento, mediante la realización de las pruebas adecuadas para cada equipo y para el conjunto de la instalación. Dichas pruebas serán realizadas bajo responsabilidad de la ESE y de sus proveedores en presencia de un representante del Ayuntamiento. Las mismas verificarán el cumplimiento de preceptos recogidos en el Reglamento de Eficiencia Energética e Instalaciones de Alumbrado Exterior.
No tendrá lugar la aceptación de la nueva INSTALACIÓN cuando, durante la realización de las pruebas de funcionamiento, se pusiera notoriamente de manifiesto cualquier tipo de deficiencias, defectos, fallos y/o anomalías derivadas de un incorrecto diseño, vicios o defectos de los elementos o equipos que conforman la nueva instalación, montaje, puesta en marcha o mediciones luminotécnicas de las misma.
Una vez resulten satisfactorias las pruebas y mediciones, el Ayuntamiento suscribirá conjuntamente con la ESE, por duplicado, un Certificado de Aceptación de la nueva INSTALACIÓN, por el que se entenderá a los efectos de este contrato como reconocimiento expreso del primero de haber recibido ésta a su entera satisfacción.
Una vez suscrito el Certificado de Aceptación, la ESE asume las responsabilidades de gestión, mantenimiento y garantía de la nueva INSTALACIÓN en las mismas condiciones contempladas en el contrato para las Prestaciones P1, P2 y P3.
La adecuación de la INSTALACIÓN debida a modificaciones en la normativa reguladora de la distribución y/o comercialización de la electricidad, y en la legislación actualmente vigente será a cargo del Ayuntamiento.
En virtud de lo pactado en el presente contrato, a la finalización del mismo todos los elementos y componentes adquiridos por la ESE para la nueva INSTALACIÓN, serán propiedad del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación. Consecuentemente, la ESE no podrá contraer préstamos, tomar créditos ni asumir obligaciones de ninguna especie por las que cualquier elemento, o la instalación en su conjunto, pueda quedar afecto como garantía de su cumplimiento de las mismas.
ARTÍCULO 9.- OTRAS ACTUACIONES.
9.1.- ROBO DE ELECTRICIDAD, OBRAS AJENAS Y OTRAS CAUSAS.
La ESE deberá desconectar de inmediato las instalaciones ajenas a la INSTALACIÓN que pudieran estar conectadas a la misma de forma inmediata y comunicarlo al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
La ESE está obligada a detectar y comprobar la realización de cualquier trabajo ajeno a la Red de Alumbrado Público, realizado por otras empresas y que puedan afectar a la misma, poniendo diariamente en conocimiento del Ayuntamiento las incidencias que por estos motivos se produzcan.
La ESE revisará a su cargo las nuevas instalaciones de alumbrado realizadas por terceros antes de su recepción por el Ayuntamiento, a quien informará de la bondad de la ejecución de las mismas o de las deficiencias apreciadas.
Durante el plazo de garantía de estas nuevas instalaciones, la ESE dará parte de las incidencias sobre dichas instalaciones de forma expresa y singularizada.
9.2.- OPERACIONES CASUALES.
La ESE estará a disposición del Ayuntamiento para cuantas reuniones sean necesarias para colaborar en obras y proyectos del Ayuntamiento que puedan afectar a la Red de Alumbrado Público Exterior.
ARTÍCULO 10.- SEGURO DE LA INSTALACIÓN.
La ESE se obliga a concertar, previo conocimiento y aprobación del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, y por cuantía suficiente en las sumas aseguradas, la póliza o pólizas de seguros que cubran de manera suficiente al menos:
▪ Daños a terceros y responsabilidad civil por la explotación.
▪ Incendio.
▪ Robo y expoliación.
La ESE se obliga a remitir al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, de manera inmediata, y en todo caso, en un plazo no superior a treinta días naturales desde la fecha de su formalización, copia acreditativa de dichas pólizas y de todas sus renovaciones, no quedando obligado este último con la Aseguradora al pago de las primas que serán de única cuenta y cargo de la ESE.
El periodo durante el cual deberán mantenerse en vigor tales pólizas coincidirá con la duración del presente contrato, estando sujeto a las mismas prórrogas que el mismo pudiese sufrir.
La ESE informará por escrito al Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, en caso de siniestro y con independencia de su gravedad, dentro del mismo plazo en que venga obligado a comunicar su acaecimiento a la entidad aseguradora, precisando su naturaleza, la fecha, el lugar y las circunstancias del mismo, así como la índole y valoración provisional de los daños producidos.
Podrá abonar el Ayuntamiento las mejoras que puedan ocasionarse con motivo de las sustituciones de elementos deteriorados por estas causas y las modificaciones que se realicen para evitar o minorizar causas de robo o vandalismo, todo ello a iniciativa del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
En Bollullos de la Mitación, a 2 de Noviembre de 2010.