AYUNTAMIENTO DE ÁVILA
23 xx xxxx de 2016 Nº 97
SUMARIO
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO XX XXXXX
– Decreto de Alcaldía sobre aclaración de la delegación en
materia de contratación 2
– Contratación del servicio de explotación del quiosco-bar sito en
el parque xxx Xxxx, Ctra. de Burgohondo s/n 4
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX DE LA ADRADA
– Convocatoria para la adjudicación del contrato del servicio de explotación del restaurante-cafetería del Centro de Día de la
Tercera Edad 6
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX DE SAN XXXXX
– Pliego de condiciones para adjudicar inmueble de kiosco-bar
en área recreativa río Xxxxxx, en paraje Bujarro 9
AYUNTAMIENTO DE MUÑOMER DEL PECO
– Exposición pública de la cuenta general del presupuesto 2015 20
AYUNTAMIENTO DE SAN XXXXXX DE LA XXXX DEL ALBERCHE
– Convocatoria de nombramiento de vecino para ocupar el cargo
de xxxx xx xxx titular 21
AYUNTAMIENTO DE MOMBELTRÁN
– Exposición pública cuenta general 2015 22
AYUNTAMIENTO DE CANDELEDA
– Aprobación inicial del reglamento de honores y distinciones 23
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 XX XXXXX
– Despido/ceses en general 71/2016 a instancia de Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx contra Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx y
FOGASA 24
xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx xxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx Depósito Legal AV-1-1-1958
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1.351/16
EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX
Secretaría General
A N U N C I O
Por medio del presente se hace público el Decreto dictado en el día de fecha por la Al- caldía Presidencia con el siguiente tenor:
Dictado en su día decreto de delegaciones de la Alcaldía Presidencia con fecha 30 xx xxxxx de 2015 (número 2.937) y toda vez que se ha planteado dudas respecto a una de las materias delegadas ya que aparece la materia de contratación en el área de Hacienda, Desarrollo Económico e Innovación y ello podría entenderse que entra en contradicción con la delegación conferida a la Junta de Gobierno Local como órgano de contratación y la facultad genérica delegada a cada xxxxxxxx xx Xxxxxxx de disponer cuanto concierna a las materias propias de las áreas que corresponden a cada una de dichas delegaciones, y que abarcan, tanto la dirección como la gestión de los Servicios Municipales correspon- dientes a ellas adscritas, incluidas las facultades de decisión mediante actos administrati- vos que afecten a terceros, con excepción de las resoluciones que conllevan la autorización y/o disposición de gastos.
Y considerando que ello se patentiza en el modo en que son tramitados y tratados los diversos expedientes en las diferentes comisiones informativas en función del área que im- pulse la contratación concernida.
En uso de las facultades que le están conferidas y al amparo de lo establecido en los artículos 21.3, de la Ley 7/1.985 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en los artículos 43, 44, 114 y ss. y 121 del R.D. 2568/1.986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y los artículos 13 y concordantes de la Ley 30/1.992 de 26 de noviem- bre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis- trativo Común, y en aras a una mayor claridad que disipe dichas dudas, esta Alcaldía HA RESUELTO:
1º.- Disponer que la facultad de contratación que consta en el área de Hacienda, Des- arrollo Económico e Innovación se refiere exclusivamente a la gestión económica de la contratación, aprobación de gastos y pagos o dación de cuenta de cuanto concierne jus- tamente a la dimensión económica de la misma.
2º.- Dentro de las facultades genéricas de cada Xxxxxxxx xx Xxxxxxx se especifica ex- presamente que incluye el impulso, dirección y seguimiento de los procedimientos con- tractuales que resulten necesarios para la materialización de sus diversas competencias o
facultades que se residencian en cada una de las áreas delegadas sin perjuicio de la re- solución que corresponda a la Junta de Gobierno Local como órgano de contratación.
3º.- De este Decreto se dará cuenta a los interesados para su conocimiento y efectos oportunos, así como al Pleno Corporativo en la primera sesión que celebre, surtiendo efec- tos desde el día de la fecha, sin perjuicio de la publicación de tales delegaciones en el Bo- letín Oficial de la Provincia.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44,2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado mediante Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviem- bre.
Ávila, 19 xx xxxx de 2016
El Xxxxxxx, Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1.358/16
EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX
Secretaría General
A N U N C I O
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 19 xx xxxx de 2016, se ha dis- puesto la siguiente contratación:
1. Entidad adjudicadora: datos generales y datos para la obtención de la infor- mación.
a) Organismo. Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
b) Dependencia que tramita el expediente. Secretaría General. Contratación.
c) Obtención de documentación e información:
1) Dependencia: Secretaría General.
2) Domicilio: Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxx, 0.
3) Localidad y Código Postal: Xxxxx – 05001. 4) Teléfono: 000-000000.
5) Correo electrónico: xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx
6) Dirección de Internet del Perfil del Contratante: xxx.xxxxx.xx
7) Fecha límite de obtención de documentación e información: hasta finalizar el plazo de presentación de proposiciones.
d) Número de expediente: 20/2016.
2. Objeto del contrato.
a) Tipo: Servicio.
b) Descripción: EXPLOTACIÓN DEL QUIOSCO-BAR SITO EN EL PARQUE XXX XXXX, CTRA. DE BURGOHONDO S/N DE ESTA CIUDAD.
c) Lugar de ejecución: Ávila.
d) Duración: El plazo de la explotación será de SEIS AÑOS, a contar desde la firma del contrato, prorrogable inicialmente hasta el 31 de diciembre de 2023 y con posibilidad de una segunda prórroga hasta el 31 de diciembre de 2024.
3. Tramitación y procedimiento.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Criterios de adjudicación: varios criterios según Anexo III xxx xxxxxx, incorporando la siguiente documentación:
- Memoria descriptiva de la propuesta de prestación del servicio
- Mejoras ofertadas.
- Oferta económica.
4. Valor estimado del contrato: 2.000 euros.
5. Presupuesto base de licitación.
a) Canon de licitación: 1.500 € (250 €/año).
6. Garantías exigidas.
Provisional: se dispensa
Definitiva: 5% del precio adjudicación.
7. Requisitos específicos del contratista.
a) Solvencia técnica o profesional y, económica y financiera, según cláusula 4ª xxx xxxxxx.
8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación.
a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día coin- cidiera en sábado, se prorroga al primer día hábil siguiente.
b) Modalidad de presentación. Sobres cerrados conforme a la cláusula 11ª xxx xxxxxx.
c) Lugar de presentación:
1. Dependencia: Secretaría - Contratación
2. Domicilio: Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxx, 0
3. Localidad y Código Postal: Ávila - 05001
4. Dirección electrónica: xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx
9. Apertura de ofertas.
a) Descripción. Apertura de los sobres “B” documentación general y “C” propuesta téc- nica mediante juicio de valor, y posterior apertura de los sobres “A” oferta económica, según cláusula 14ª xxx xxxxxx de condiciones.
b) Dirección. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxx, 0.
c) Localidad y código postal. Xxxxx - 05001.
d) Xxxxx y hora. El mismo día de la apertura del sobre “B”, si no existieran deficien- cias subsanables o al día siguiente de finalizar el plazo de subsanación de aquéllas, si las hubiera.
10. Gastos de publicidad.
El importe de los anuncios hasta un máximo de 1.000 euros.
Ávila, 20 xx xxxx de 2016.
El Xxxxxxx, Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1.279/16
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX DE LA ADRADA
A N U N C I O
De conformidad con la Resolución de Alcaldía nº 2016-0206 de fecha 9 xx xxxx de 2.016, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, con un único criterio de adjudicación, al precio más alto, para la adjudicación del contrato del servicio de Explotación del Restaurante-Cafete- ría del Centro de Día de la Tercera Edad xx Xxxxxxx de la Adrada, conforme a los siguientes datos:
1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la infor- mación:
a) Organismo: Alcalde
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría
c) Obtención de documentación e información: Oficinas Municipales y perfil de con- tratante
1. Dependencia
2. Domicilio: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx, 0
3. Localidad y Código Postal: Xxxxxxx de la Adrada, 05420 4. Teléfono: 000000000
5. Telefax: 918660236
6. Correo electrónico: xxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
7. Dirección de internet del Perfil de Contratante: www.sotillodelaadrada.sedelec- xxxxxxx.xx
8. Fecha límite de obtención de documentación e información: dos días hábiles an- teriores a la finalización del plazo de presentación de ofertas.
d) Número de expediente: 333/2016
2. Objeto del contrato.
a) Tipo: Procedimiento Abierto, Oferta Económicamente más Ventajosa, Único Crite- rio de Adjudicación, al Precio más alto
b) Descripción: Explotación del Restaurante-Cafetería del Centro de Día de la Tercera Edad xx Xxxxxxx de la Adrada
c) División por lotes y número de lotes/unidades: no procede
d) Lugar de ejecución/entrega: Xxxxxxx de la Adrada
1. Domicilio Cl. Xx. Xxxx Xxxxxxxx, 34
2. Localidad y Código Postal: Xxxxxxx de la Adrada 05420
e) Plazo de ejecución/entrega: Dos años
f) Admisión de Prórroga: Sí
g) Establecimiento de un Acuerdo Marco (en su caso) No procede
h) Sistema Dinámico de Adquisición (en su caso) No procede
i) CPV (Referencia de Nomenclatura): 55511000-5 “Servicios de cantina y otros servi- cios de cafetería para clientela restringida”
3. Tramitación y procedimiento.
a) Tramitación: ORDINARIA
b) Procedimiento: Contrato de Servicios por Procedimiento Abierto, Oferta Económi- camente más Ventajosa, Único Criterio de Adjudicación, al Precio más alto
c) Subasta electrónica: no procede
d) Criterios de Adjudicación: Precio más alto
4. Valor estimado del contrato: 4.000 euros
5. Presupuesto base de licitación. 2.000 euros
a) Importe Neto 2.000. Importe total 2.420 euros.
6. Garantía exigidas.
Provisional: no procede
Definitiva (%) 5% del precio de adjudicación.
7. Requisitos específicos del contratista: según Pliego de Cláusulas aprobado al efecto.
8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: en el plazo de 15 días naturales desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el BOP. Si el último día fuera sábado o fes- tivo se prolongará hasta el día siguiente hábil.
b) Modalidad de presentación: Según Pliego de Cláusulas aprobado al efecto
c) Lugar de presentación:
1. Dependencia. Registro General de Entrada del Ayuntamiento
2. Domicilio. Pz de la Concordia, 1
3. Localidad y Código Postal. Xxxxxxx de la Adrada 05420
4. Dirección electrónica: xxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
9. Apertura de ofertas: Al tercer día hábil siguiente al de finalización del plazo de pre- sentación de las ofertas, a las 10 horas, que se publicará en el Perfil de contratante.
10. Gastos de Publicidad: Gastos del anuncio de licitación en el BOP En Xxxxxxx de la Adrada, a 9 xx xxxx de 2016.
El Xxxxxxx, Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1.349/16
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX DE SAN XXXXX
MODELO XX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato
El contrato tiene por objeto otorgar el uso privativo de un bien de calificado patrimonial, para la instalación de kiosco de bebidas dentro del área recreativa río Xxxxxx mediante la modalidad de concesión administrativa, de conformidad con los establecido en el Real De- creto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las En- tidades Locales. El inmueble está incluido en el Inventario de Bienes del Ayuntamiento xx Xxxxxx de San Xxxxx al tomo VIII, folios 9, 12 y 13.
Descripción del inmueble: kiosco-bar construido en una sola planta, con una superfi- cie de 80,90 m2. La carpintería exterior es metálica y la carpintería interior es xx xxxxxx tipo castellana. Los solados son de terrazo. Consta de las siguientes estancias:
● Aseso público para señoras. Cuenta con cuatro cabinas con los correspondien- tes inodoros y dos lavabos, con acceso directo desde el exterior.
● Aseo público para caballeros formado por dos urinarios, dos cabinas con dos in- odoros y dos lavabos.
● Tres dependencias, con distintas superficies y usos diversos.
● Sala de frío, sin motor de enfriamiento.
● Aseo para empleados compuesto por un inodoro y un lavabo.
● El kiosco-Bar no dispone de luz ni agua corriente. El agua se obtiene de un ma- nantial. Existe un depósito regulador desde donde parten las tuberías para el abastecimiento del kiosco-bar y la fuente.
● Depuradora de aguas residuales modelo OXI-5800-L
● Merendero cubierto con solera de hormigón
● Tres conjuntos de mesas y xxxxxx xx xxxxxx.
● Una barbacoa de obra sin chimenea ni matachispas
● Cerramiento xx xxxxxx para contenedores de basura
a) Situación geográfica: Paraje “Bujarro”, Polígono 1 Parcela 4, localidad: Arenas de San Xxxxx; Provincia: Ávila.
b) Superficie: 80,92 m2.
c) Destino del bien: kiosco de bebidas área recreativa río Xxxxxx, de acuerdo a lo dis- puesto en el artículo 43.d.2 de la Ley 14/2010 de 9 de diciembre de Turismo xx Xxxxxxxx y León, que establece “entendiendo por tal el establecimiento que sirva, en barra o mesa, en el propio local o en dependencias anejas, principalmente bebidas y en su caso tapas, pin- chos raciones y bocadillos”
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial, tal y como establece el artículo 19.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación de la concesión será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negocia- ción de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económica- mente más ventajosa deberá de atenderse a varios criterios vinculados al objeto del con- trato, de conformidad con el artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con la cláusula decimoquinta de este Pliego.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las espe- cificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
CLÁUSULA CUARTA. Canon
El canon que sirve de base a la licitación se fija en 1.500 euros anuales más IVA, ac- tualizado al índice de precios al consumo, se abonará con una periodicidad anual antes del día 1 xx xxxxxx de cada año de la concesión.
CLÁUSULA QUINTA. Órgano de Contratación
A la vista del importe del contrato que asciende a 1.500 euros anuales más IVA, el ór- gano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de con- formidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será la Junta de Gobierno Local en virtud de competencia delegada.
CLÁUSULA SEXTA. Duración
El plazo de utilización del bien de dominio público será de dos años con carácter pro- rrogable por otros dos años.
Esta primera prórroga está condicionada a obtener las autorizaciones, que deberán producirse en estas fechas, por parte de la Dirección General del Medio Natural de la Con- sejería de Medio Ambiente de la Junta xx Xxxxxxxx y León en Valladolid y del Servicio Xxxxx- torial de Medio Ambiente de la Junta xx Xxxxxxxx y León en Ávila. En caso de no producirse estas autorizaciones, la concesión quedará resuelta, sin que el licitador tenga derecho a re- clamar al Ayuntamiento cantidad alguna por daños o perjuicios de cualquier índole.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Obras o Instalaciones a Realizar por el Concesionario
Las obras o instalaciones a realizar por el concesionario y a su xxxxx, que han sido fi- jadas por el Arquitecto Técnico Municipal, son las siguientes:
- Grifo de pedal de agua fría y caliente en la barra.
- Instalar un lava-vasos.
- Instalar un dosificador de jabón y toallas de un solo uso en los aseos y las reposi- ciones que sean necesarias.
- Instalar un cartel en la fuente con la leyenda “AGUA NO POTABLE”
El adjudicatario deberá acometer dichas obras antes de la explotación de la primera anualidad y revertirán al Ayuntamiento íntegras, una vez finalizado el plazo de concesión. Dichas obras serán comprobadas y certificadas por los Servicios Técnicos del Ayunta- miento.
Cualquier otra obra que necesite acometer el adjudicatario para su explotación deberá ser a su xxxxx, revirtiendo al ayuntamiento una vez finalizado el plazo de concesión. Estas obras, antes de su inicio, deberán ser autorizadas y aprobadas por el Ayuntamiento.
Asimismo no deberá quitar ningún elemento de la concesión, sin autorización expresa del Ayuntamiento.
CLÁUSULA OCTAVA. Deberes y Facultades del Concesionario
- Derecho a usar de forma privativa, limitativa y excluyente la porción del dominio pú- blico objeto de la concesión.
- Obtener las previas licencias y autorizaciones pertinentes para el ejercicio de la ac- tividad.
- Gestionar y explotar la actividad.
- Obligación de pagar el canon establecido en el presente Xxxxxx. Este comportará el deber del concesionario de abonar el importe de los daños y perjuicios que se causaren a los bienes o al uso general o servicio al que estuvieren destinados.
- Obligación de mantener en buen estado la porción del dominio público utilizado y las obras que debe realizar conforme a la cláusula séptima de este Pliego..
- Obligación de abandonar y dejar libres a disposición de la Entidad Local, dentro del plazo fijado, los bienes objeto de la utilización, reconociendo la potestad de aquella para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento.
- Obligación de la limpieza diaria de la depura de aguas residuales, así como mante- ner la energía eléctrica necesaria para su funcionamiento.
- Obligación de la limpieza diaria de todas las instalaciones del kiosco-Bar, incluidas las instalaciones anejas al mismo.
- Obligación de mantener limpia la tubería del manantial que surte al kiosco-bar.
CLÁUSULA NOVENA. Facultades de la Corporación
- Dejar sin efecto la concesión antes del vencimiento si lo justificaren circunstancias so- brevenidas de interés público, mediante resarcimiento de los daños que causaren, o sin él cuando no procediere.
- Inspeccionar en cualquier momento los bienes objeto de concesión, las instalaciones y construcciones.
- Dejar sin efecto el contrato suscrito ante el incumplimiento de las obligaciones asu- midas por el concesionario.
- Entregar el inmueble al concesionario y respetar el uso.
CLÁUSULA DÉCIMA. Reversión
Al término del plazo de la concesión, revertirán a la Corporación los bienes objeto de la concesión, debiendo el contratista entregarlos con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados.
Durante un período de tiempo anterior a la reversión, que será de un mes, el órgano competente de la Administración adoptará las disposiciones encaminadas a que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Extinción de la Concesión
La concesión otorgada se extingue:
- Por vencimiento del plazo.
- Por desaparición del bien sobre el que hayan sido otorgadas.
- Por desafectación del bien.
- Por renuncia del concesionario.
- Por rescate.
- Por resolución judicial.
- Por incumplimiento de las obligaciones del contratista.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Es- tados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presenta- ción de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan regla- mentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Perma- nente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito te- rritorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las pro- hibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sec- tor Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, podrá realizarse:
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta po- sibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario:
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o va- xxxx de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debida- mente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las refe- rencias de dicho volumen de negocios.
3.2. En los contratos de servicios, la solvencia técnica de los empresarios se acredi- tará por uno o varios de los siguientes medios:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos cer- tificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad com- petente.
b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la em- presa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de ca- lidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empre- sario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El con-
xxxx versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los me- dios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la ca- lidad.
e) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
f) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
g) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su per- sonal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justifica- tiva correspondiente.
h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispon- drá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documenta- ción acreditativa pertinente.
i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propó- sito de subcontratar
CLÁUSULA DÉCIMOTERCERA. Presentación de Proposiciones
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx, 0, en horario de atención al público, dentro del plazo de quince días contados desde la publicación del anuncio del contrato en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electró- nicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha y hora de la presentación del envío y anunciar al órgano de contratación, dentro de la fecha y hora establecidos como plazo de presentación, la remisión de la oferta mediante fax o te- legrama en el que se consigne el título completo del contrato y el nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por Secretario municipal.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación, con posterioridad a la fecha de terminación del plazo seña- lado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, ade- más, los requisitos establecidos en la Disposición Adicional Decimosexta del Texto Refun- dido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición sin perjuicio de los esta- blecido en los artículos 147 y 148 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individual- mente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el em- presario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres ce- rrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para la con- cesión administrativa del bien inmueble Bien Patrimonial. Quiosco de bebidas».
La denominación de los sobres es la siguiente:
- Sobre «A»: Documentación Administrativa.
- Sobre «B»: Proposición Económica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre se incluirá los siguientes documentos así como una relación nu- merada de los mismos:
SOBRE «A».- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por Secretario de la Corporación.
- Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
- Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su docu- mento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Pú- blico aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vi- gentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
e) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe del 2% del presupuesto del contrato.
f) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero ju- risdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
SOBRE «B».- PROPOSICIÓN ECONÓMICA
a) Proposición económica:
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notifica-
ciones en ..................................................................., nº. ......, con DNI nº. ,
en representación de la Entidad ................................................., con CIF nº. .........................
enterado de la convocatoria de oferta, para la concesión administrativa del bien de domi- nio público Quiosco de bebidas área recreativa río Xxxxxx sito en Paraje Bujarro Polígono 1 Parcela 4, procedimiento abierto oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia nº. ........., de fecha
................., y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometién- dome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de ...............................................
..................... euros y euros correspondientes al Im-
puesto sobre el Valor Añadido.
En ..................................................., a ....................... de .............................. de 20 .
Firma del licitador,
Fdo.: ».
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Garantía Provisional
Los licitadores deberán constituir una garantía provisional por importe del 2% del pre- supuesto del contrato, que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudi- cación del contrato.
La garantía provisional se depositará en la Tesorería Municipal.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será re- tenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o pro- ceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se can- celará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económica- mente más ventajosa se atenderá a un único criterio de adjudicación que será necesaria- mente el precio.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposi- ción Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público apro- bado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo
21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Cor- poración o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Cor- poración. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesora-
miento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
- El Alcalde o concejal en quien delegue que actuará como Presidente de la Mesa.
- El secretario de la corporación que actuará como Vocal.
- La Interventora que actuará como Vocal.
- El portavoz del P.S.O.E que actuará como Vocal
- El portavoz del U.C.I.N que actuará como Vocal
- El portavoz del I.U que actuará como Vocal
- El portavoz del Por Arenas que actuará como Vocal
- Un funcionario, que actuará como Secretario de la Mesa.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Apertura de Proposiciones
La Mesa de Contratación se constituirá el quinto día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 12:00 horas, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos y a con- tinuación procederá a la apertura de los sobres “B”
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el li- citador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación pre- sentada.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes téc- nicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Requerimiento de Documentación
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta econó- micamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarías y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprome- tido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Re-
fundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legisla- tivo 3/2011, de 14 de noviembre, y de haber constituido la garantía definitiva que sea pro- cedente.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Garantía Definitiva
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 3% de la oferta económica presentada, ex- cluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en efectivo en la Tesorería municipal.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Re- fundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legisla- tivo 3/2011, de 14 de noviembre, y transcurrido [un año/6 meses (11)] desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a su devolución o cancelación una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el citado artículo 100.
CLÁUSULA VIGESIMOPRIMERA. Ofertas con Valores Anormales o Despropor- cionados
El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas se apreciará en función de los siguientes parámetros:
- La licitación al alza no podrá superar los 4.500 euros más IVA anuales.
CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA . Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, si- multáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado con- tra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
● En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las xxxx- nes por las que se haya desestimado su candidatura.
● Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación tam- bién en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
● En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la pro- posición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
● En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe pro- cederse a su formalización.
CLÁUSULA VIGESIMOTERCERA. Formalización de la concesión
La formalización de la concesión en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudi- cación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA VIGESIMOCUARTA. Régimen Jurídico del Contrato
El presente contrato tiene carácter administrativo especial y se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, serán de aplicación el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de no- viembre y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009; supletoriamente se apli- carán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Pú- blico aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
En Arenas de San Xxxxx, a 17 xx xxxx de 2016.
El Alcalde-Presidente, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1.278/16
AYUNTAMIENTO DE MUÑOMER DEL PECO
A N U N C I O
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Re- guladora de las Haciendas locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial xx Xxxx- tas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2015, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán pre- sentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
En Muñomer del Peco, a 6 xx xxxx de 2016. El Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1.280/16
AYUNTAMIENTO DE SAN XXXXXX DE LA XXXX DEL ALBERCHE
A N U N C I O
Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se hace saber a todos los vecinos de este municipio que, dentro del plazo allí establecido, se procederá por el Pleno de esta Corporación a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxxx y León, con sede en Burgos, el nombramiento de vecino de este municipio para ocupar el cargo de XXXX XX XXX TITU- LAR en el mismo.
Los interesados en dicho nombramiento tendrán que presentar en la Secretaria de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, por escrito, en un plazo de treinta días na- turales, contados desde el siguiente al de la exposición pública del presente edicto, acom- pañada de los siguientes documentos:
- Fotocopia del D.N.I.
- Declaración de no estar incurso en causas de incompatibilidad o incapacidad para el cargo.
- Documentos acreditativos de sus méritos y/o de los títulos alegados.
Los solicitantes serán informados en este Ayuntamiento de los requisitos y causas de incapacidad e incompatibilidad para el desempeño del cargo.
San Xxxxxx de la Xxxx del Alberche a 11de mayo de 2016. El Alcalde, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1.281/16
AYUNTAMIENTO DE MOMBELTRÁN
A N U N C I O
XXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX DE LA XXXX, Alcalde-Presidente de esta Entidad: AYUNTAMIENTO DE MOMBELTRÁN
HACE SABER:
Que en la Secretaría de esta Entidad se encuentra expuesta al público la Cuenta Ge- neral de la Contabilidad referida al Ejercicio 2015, para su examen y formulación, por es- crito, de las reclamaciones y observaciones que procedan.
Dicha Cuenta General, dictaminada favorablemente por LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS de esta Corporación con fecha 11 xx xxxx de 2016, está formada por los Es- tados y Cuentas Anuales: Balance de Situación, Cuenta de Resultados, Liquidación del Presupuesto, los Estados de Ejecución de la Agrupación de Presupuestos Cerrados y los Estados de Tesorería, así como sus Anexos y justificantes.
PLAZO DE EXPOSICIÓN: 15 días hábiles desde la fecha de inserción de este Anun- cio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: Los quince días de exposición más los ocho días há- biles siguientes.
ÓRGANO ANTE EL QUE SE RECLAMA: PLENO de la CORPORACIÓN.
OFICINA DE PRESENTACIÓN: Secretaría de la Corporación. Mombeltrán, a 11 xx xxxx de 2016.
El Alcalde-Presidente, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx de la Xxxx.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1.282/16
AYUNTAMIENTO DE CANDELEDA
A N U N C I O
El Pleno del Ayuntamiento de Candeleda, en sesión extraordinaria celebrada el día 7 xx xxxx de 2016, acordó la aprobación inicial del Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Candeleda, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se so- mete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial xx Xxxxx, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se elevará a definitivo dicho acuerdo
En Candeleda, 10 xx xxxx de 2016
El Alcalde, X. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx.
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Número 1.338/16
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 XX XXXXX
X X X X X X
Xx. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Letrado de la Administración de Justicia del Juz- gado de lo Social n° 001 xx XXXXX, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000071/2016 de este Juz- gado de lo Social, seguidos a instancia xx Xx. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX contra la empresa XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, sobre DESPIDO, se ha dictado la si- guiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
" Que estimando como estimo la demanda formulada por la parte actora, XXXX XXX- TRIZ XXXXXXXXX XXXXXX, contra la parte demandada, la empresaria XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXX, sobre despido, xxxx declarar y declaro la improcedencia del llevado a cabo y la extinción de la relación laboral que unía a las partes, condenando a la parte de- mandada a que indemnice a la parte actora en la cantidad de 925'65 Euros.
Contra esta Sentencia cabe Recurso de Suplicación".
Y para que sirva de notificación en legal forma a XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia xx XXXXX.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el su- puesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sen- tencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Ávila, a doce xx Xxxx de dos mil dieciséis.
El/La Letrado de la Administración de Justicia, Ilegible