INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE I D R D
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE I D R D
ESTUDIO DEL SECTOR
CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO GENERAL Y CAFETERÍA CON SUMINISTRO DE PERSONAL, MAQUINARIA, HERRAMIENTA E INSUMOS PARA LAS INSTALACIONES DE LOS PARQUES ADMINISTRADOS POR EL IDRD CATALOGADOS COMO GRANDES ESCENARIOS, PARQUES METROPOLITANOS, ZONALES Y REGIONALES, EN LA SEDE ADMINISTRATIVA Y DE ARCHIVO DE LA ENTIDAD.
Julio de 2020
TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
I. IDENTIFICACIÓN DEL BIEN Y/O SERVICIO
1. Objeto a Contratar
2. Denominación Técnica del Servicio
II. ANÁLISIS TÉCNICO, REGULATORIO Y DE RIESGOS
1. Análisis Técnico
2. Análisis Regulatorio
3. Análisis de Riesgos
III. ANÁLISIS FINANCIERO y ORGANIZACIONAL
IV. ANÁLISIS ECONÓMICO DEL SECTOR
A. ASPECTOS GENERALES
B. ESTUDIO DE LA DEMANDA
1) Acuerdos Marco
2) Listas de precios y/o Grandes superficies
3) Comparativo Histórico de la Entidad
4) Comparativo Histórico de Otras Entidades
5) Análisis de la Demanda
C. ESTUDIO DE LA OFERTA
1) Proveedores del bien o servicio
D. ESTUDIO XX XXXXXXX
1) Análisis de Precios
2) Presupuesto Oficial
E. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
V. ANEXOS:
- Ficha técnica para adquisición de bienes o servicios
- Análisis financiero y organizacional
- Análisis de precios
SERVICIO DE ASEO Y CAFETERÍA
ESTUDIO DEL SECTOR
Según el Decreto 1082 de 2015, en su artículo 2.2.1.1.1.6.1, el cual señala: “La Entidad Estatal debe hacer durante la etapa de planeación el análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica, y de Análisis de Riesgo. La Entidad Estatal debe dejar constancia de este análisis en los Documentos del Proceso", y el artículo 2.2.1.1.1.6.3. Evaluación del Riesgo “Evaluación del Riesgo. La Entidad Estatal debe evaluar el Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente”; el Instituto Distrital de Recreación y Deporte – I.D.R.D, siguiendo las recomendaciones de Colombia Compra Eficiente a través de la Guía para Elaboración de Estudios del Sector, Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación, Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación y el Manual de la Modalidad de Selección de Mínima Cuantía, procede a realizar el presente Estudio del Sector como parte del Proceso de Contratación, en cumplimiento de los principios de planificación, responsabilidad y transparencia consagrado en la Ley 80 de 1993.
I. IDENTIFICACIÓN DEL BIEN Y/O SERVICIO
El IDRD tiene a su cargo la administración de los Parques que conforman el Sistema Distrital de Parques, a los cuales se les debe garantizar su sostenibilidad y uso adecuado, como se establece en el artículo segundo numeral sexto del Acuerdo 4 de 1978, “por medio del cual se crea el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, el cual faculta al IDRD para el mantenimiento y administración de los Parques Distritales”.
De otra parte, en el Decreto 190 de 2004, “Por medio del cual se compilan las disposiciones contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003”, se establece que el IDRD elaborará un programa de mantenimiento, dotación, administración y preservación de parques urbanos de la Red General la cual estará a cargo del IDRD, directamente o a través de terceros, de acuerdo con las normas vigentes. Es oportuno mencionar que el IDRD dentro de su estructura orgánica no cuenta en su planta con personal que pueda prestar el servicio de aseo y cafetería.
Adicionalmente es importante mencionar que, dentro del proyecto de inversión, “Sostenibilidad y Mejoramiento de Parques, Espacios de Vida”, se definió como uno de los objetivos específicos “Administrar, operar y mantener parques y escenarios del Sistema Distrital, ofreciendo espacios modernos y dinámicos para el uso y disfrute de la comunidad”,
motivo por el cual es indispensable contar con el servicio de aseo en parques administrados por el IDRD. Adicionalmente a lo anterior, en el proyecto de inversión de la Subdirección Administrativa y Financiera, se cuenta con un recurso para atender la prestación del servicio de aseo y cafetería en la sede administrativa y en la sede archivo del IDRD, mediante el proyecto de inversión “Servicios de limpieza general”.
Considerando lo establecido en la Resolución No. 007 del 00 xx xxxxx xx 0000 xx xx Xxxxx Directiva por medio de la cual se determinó la nueva estructura orgánica del IDRD; que éste no cuenta con personal que pueda prestar el servicio de aseo general de los parques, escenarios deportivos administrados por el IDRD y en la Sede Administrativa y que es una actividad necesaria para evitar el deterioro físico y ambiental de la infraestructura de los parques y de la sede administrativa.
La Resolución No. 385 del 12 xx xxxxx de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social Decretó la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, con el fin de prevenir y controlar la propagación del COVID-19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos.
Lo anterior, en concordancia con el artículo 2 de la Constitución Política prevé que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento los deberes sociales del Estado y de los particulares.
El artículo 5 de la Ley 1751 de 2015 establece que el Estado es responsable de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud, y señala, en su artículo 10, como deberes de las personas frente al derecho fundamental, los de "propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad” y el de "actuar de manera solidaria ante situaciones que pongan en peligro la vida y la salud de las personas.”
Así mismo, la Organización Internacional del Trabajo - OIT, mediante comunicado del 18 xx xxxxx de 2020, instó a los Estados a adoptar medidas urgentes para i) proteger a los trabajadores y empleadores y sus familias de los riesgos para la salud generadas por el coronavirus COVID-19; ii) proteger a los trabajadores en el lugar de trabajo; iii) estimular la economía y el empleo, y iv) sostener los puestos trabajo y los ingresos, con el propósito respetar los derechos laborales, mitigar los impactos negativos y lograr una recuperación rápida y sostenida.
Las evidencias muestran que la propagación del Coronavirus COVID-19 continúa, a pesar de los esfuerzos estatales y de la sociedad, y dado que, en ausencia de medidas farmacológicas como la vacuna y los medicamentos antivirales, son las medidas no farmacológicas las que tienen mayor costo/efectividad. Las medidas incluyen la higiene de manos, la higiene respiratoria, el distanciamiento social, el aislamiento voluntario y la cuarentena, medidas que, en concepto de los expertos, se deben mantener hasta tanto la
evaluación del riesgo indique que la situación se encuentra superada. Los empleadores están obligados a proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, establecer métodos de trabajo con el mínimo de riesgos para la salud dentro del proceso de producción; la protección debe extenderse a las personas que, en su carácter de contratistas, vinculación diferente a la laboral, prestan sus servicios en la sede de la entidad o empresa.
En consecuencia, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus es necesario adoptar los protocolos generales de bioseguridad que deben ser implementados y adoptados por todas las actividades económicas sociales y todos los sectores de la administración pública sin perjuicio de las especificidades propias de los protocolos que se estimen pertinentes para cada sector.
Es de especial aplicación y necesario cumplir con los requerimientos de la Resolución No. 666 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19.
Por lo anterior, se hace necesario contratar la prestación del servicio general de aseo con suministro de personal, maquinaria, herramienta e insumos para las instalaciones de los parques administrados por el IDRD catalogados como parques metropolitanos, zonales y regionales, así como los grandes escenarios y en la sede administrativa y en la sede archivo de la entidad.
1. Objeto a Contratar: Contratar la prestación del servicio de aseo general y cafetería con suministro de personal, maquinaria, herramienta e insumos para las instalaciones de los parques administrados por el IDRD catalogados como grandes escenarios, parques metropolitanos, zonales y regionales, en la sede administrativa y de archivo de la entidad.
2. Denominación Técnica del Servicio: Teniendo en cuenta el Clasificador de United Nations Standard Products and Services Code (UNSPSC) desarrollado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Corporación DUN& Xxxxxxxxxx (D&B), el cual en su versión en español corresponde al portal de Colombia Compra Eficiente, el presente proceso se encuentra clasificado bajo las siguientes codificaciones:
CLASIFICACIÓN UNSPSC A TERCER NIVEL | ||||
CÓDIGO | GRUPO | SEGMENTO | FAMILIA | CLASE |
76111500 | [F] Servicios | 76 Servicios de Limpieza, Descontaminación y Tratamiento de Residuos | 11 Servicios de aseo y limpieza | 15 Servicios de limpieza y mantenimiento de edificios generales y de oficinas |
76111600 | [F] Servicios | 76 Servicios de Limpieza, Descontaminación y Tratamiento de Residuos | 11 Servicios de aseo y limpieza | 16 Servicios de limpieza de componentes de edificios |
90101700 | [F] Servicios | 90 Servicios de Viajes, Alimentación, Alojamiento y Entretenimiento | 10 Restaurantes y catering (servicios de comidas y bebidas) | 17 Servicios de cafetería |
70111700 | [F] Servicios | 70 Servicios de Contratación Agrícola, Pesquera, Forestal y de Fauna | 11 Horticultura | 17 Parques, jardines y huertos |
La identificación del sector requerido para “la prestación del servicio de aseo y cafetería”, se encuentra bajo la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas CIIU Rev. 4 A.C. así:
Sección N Actividades de servicios administrativos y de apoyo
División 81 Actividades de servicios a edificios y paisajismo (jardines, zonas verdes) Clase 8121 Limpieza general interior de edificios
Clase 8129 Otras actividades de limpieza de edificios e instalaciones industriales Clase 8130 Actividades de paisajismo y servicios de mantenimiento conexos
División 82 Actividades administrativas y de apoyo de oficina y otras actividades de apoyo a las empresas
Clase 8299 Otras actividades de servicio de apoyo a las empresas n.c.p.
II. ANÁLISIS TÉCNICO, REGULATORIO Y DE RIESGOS
Dando cumplimiento a lo definido en el Decreto número 1082 de 2015, en su artículo 2.2.1.1.1.6., deber de análisis de las Entidades Estatales; al artículo 2.2.1.1.1.6.3. Evaluación del Riesgo, y la guía para la elaboración de estudio del sector de CCE (G-EES- 02), el análisis técnico, regulatorio y de riesgos, se procedió a elaborar la Ficha Técnica para Adquisición de Bienes o Servicios radicada con memorando No. 2020600206633 y alcance 20206000237853 de julio 7/2020, que hace parte del presente documento como Anexo No. 1.
III. ANÁLISIS FINANCIERO y ORGANIZACIONAL
Dando cumplimiento a lo definido en el Decreto número 1082 de 2015, en su artículo 2.2.1.1.1.6., deber de análisis de las Entidades Estatales, y la guía para la elaboración de estudio del sector de– CCE (G-EES-02), el análisis financiero y organizacional, se encuentra contenido en memorando No.20203300214583 y que hace parte del presente documento como Anexo No. 2.
IV. ANÁLISIS ECONÓMICO DEL SECTOR
A. ASPECTOS GENERALES
De acuerdo con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Cámara de la Industria Cosmética y de la ANDI el segmento Bienes de Aseo y Cafetería hace parte del sector cosméticos y productos de aseo, el cual se compone por 3 subsectores: (i) cosméticos, (ii) aseo del hogar y (iii) absorbentes. La razón por la cual se agrupan resulta de la capacidad de las Empresas Fabricantes de utilizar la misma maquinaria e instalaciones para la producción y comercialización de los bienes. Lo anterior da lugar a la combinación de los productos de aseo y cosméticos en informes sectoriales, bases de datos y otras fuentes de información.
A nivel nacional el sector está compuesto por 1.090 empresas, de las cuales aproximadamente el 40% son de cosméticos y el 60% de aseo y absorbentes (Fuente: Empresas vigiladas y registradas en el INVIMA). Dentro de las empresas del sector hay productoras, comercializadoras, maquiladoras y proveedoras de insumos. Alrededor del 40% de las empresas están ubicadas en Bogotá, seguido de Antioquia con el 23% y del Valle del Cauca con el 13%.
1) Variables Macro, Meso y Micro económicas. Introducción cifras del sector PRODUCTO INTERNO BRUTO (PIB)
En el primer trimestre de 2020pr, el Producto Interno Bruto, en su serie original, crece 1,1% respecto al mismo periodo de 2019pr. Las actividades económicas que más contribuyen a la dinámica del valor agregado son:
⮚ Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca crece 6,8% (contribuye 0,5 puntos porcentuales a la variación anual).
⮚ Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria; Educación; Actividades de atención de la salud humana y de servicios sociales crece 3,4% (contribuye 0,5 puntos porcentuales a la variación anual).
⮚ Actividades inmobiliarias crece 2,6 % (contribuye 0,3 puntos porcentuales a la variación anual).
Producto Interno Bruto
Tasas de crecimiento en volumen 2014-I-2020pr -I
Respecto al trimestre inmediatamente anterior, el Producto Interno Bruto en su serie corregida de efecto estacional y calendario decrece 2,4%. Esta variación se explica principalmente por la siguiente dinámica:
⮚ Construcción decrece 11,4%.
⮚ Industrias manufactureras decrece 4,5%.
⮚ Actividades artísticas, de entretenimiento y recreación y otras actividades de servicios; Actividades de los hogares individuales en calidad de empleadores decrece 3,9%.
Valor agregado por grandes ramas de actividad económica Tasas de crecimiento en volumen
2014-I-2020pr -I
Establecer un conjunto de regularidades formales y sistemáticas que nos indique el comportamiento histórico del segmento de servicios en Colombia no es un trabajo fácil, ya que no existe mediciones establecidas, lo que normalmente encontramos es una segmentación general en el sector de servicios, en donde se incluyen grupos heterogéneos de subsectores con dinámicas y características muy diferentes.
En nuestro caso, servicios de aseo y cafetería, no existe como una categoría, lo que nos permite incluirnos en la categoría de “Actividades de servicios administrativos y de apoyo”, en donde vemos que estas registraron un crecimiento en el primer trimestre de 2020 de 2,9% en su serie original, respecto al mismo periodo de 2019. Respecto al trimestre inmediatamente anterior en su serie corregida de efecto estacional y calendario, el valor agregado de las actividades de servicios administrativos y de apoyo crece 0,6%.
En este caso el DANE ha establecido por medio de una muestra mensual, una medición de las principales variables del sector en el corto plazo, a través de la generación de índices de variaciones de los ingresos y del personal ocupado en la categoría, al igual que genera unas tendencias de comportamiento del segmento en donde vemos que estas actividades registraron un crecimiento de 5,6% en el 2018 en los ingresos nominales y una disminución de 0,3% en el personal ocupado respecto al mismo periodo de 2017.
ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (IPC)
IPC Variaciones - Total nacional Junio 2019 - 2020
En el mes xx xxxxx de 2020, el IPC registró una variación de -0,38% en comparación con mayo de 2020, ocho divisiones se ubicaron por encima del promedio nacional (-0,38%): Salud (0,33%), Bebidas alcohólicas y tabaco (0,21%), Educación (0,00%), Restaurantes y hoteles (- 0,04%), Información y comunicación (-0,06%), Alimentos y bebidas no alcohólicas (-0,11%), Recreación y cultura (-0,16%) y por último, Bienes y servicios diversos (-0,23%). Por debajo se ubicaron: Transporte (-0,53%), Alojamiento, agua, electricidad, gas y otros combustibles (- 0,53%), Muebles, artículos para el hogar y para la conservación ordinaria del hogar (-0,58%) y por último, Prendas de vestir y calzado (-2,06%).
IPC Variación y contribución mensual Según divisiones de gasto
Junio 2019 - 2020
Los mayores aportes a la variación mensual del IPC (-0,38%), se ubicaron en las divisiones de: Salud, Bebidas alcohólicas y tabaco y Educación, las cuales aportaron 0,01 puntos porcentuales a la variación total.
2) Cadena de Suministro
El mercado de Bienes y Servicios de Aseo y Cafetería está compuesto por 4 eslabones, cada uno con un actor principal:
• Primer eslabón: Desarrollado por los proveedores de materias primas tales como las empresas de la industria química, los productores de aceites y grasas, las empresas papeleras, las empresas de la industria de plásticos, los agricultores, y las empresas de metal y aluminio.
• Segundo eslabón: Lo conforman las Empresas Fabricantes las cuales utilizan materias primas para la producción de Bienes de Aseo y Cafetería, venden sus productos a las Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería y a las Entidades Estatales directamente, o a través de Empresas Distribuidoras. Estas últimas, garantizan un volumen de venta elevado, reduciendo el desgaste administrativo y logístico. Algunas Empresas Fabricantes cuentan incluso con su propia línea distribuidora encargada de integrar el tercer eslabón de la cadena en el negocio.
• Tercer eslabón: Lo desarrollan las Empresas Distribuidoras que cuentan con la capacidad de ofrecer Bienes de Aseo y Cafetería y la totalidad del portafolio de productos de diferentes características y calidad. Estas empresas venden los Bienes de Aseo y Cafetería a las Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería o directamente a las Entidades Estatales.
• Cuarto eslabón: Constituido por las Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería que administran personal y proveen los insumos para prestar el servicio en las Entidades Estatales. Colombia Compra Eficiente evidenció un cierto grado de integración vertical, pues algunas Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería fabrican los insumos que requieren para ejecutar las actividades propias de su actividad económica.
Las Empresas Fabricantes, las Empresas Distribuidoras y las Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería importan materias primas, insumos, elementos y maquinaria para llevar a cabo sus actividades comerciales. Los insumos importados más relevantes son los líquidos limpiadores concentrados, carros exprimidores de traperos, carros de limpieza, carros de bebidas y maquinaria. Los transportadores cumplen un papel relevante en la logística y transporte de materias y Bienes de Aseo y Cafetería para los demás actores de la cadena de suministro.
Cadena de suministro de Bienes de Aseo y Cafetería y Servicios de Aseo y Cafetería
Fuente: Colombia Compra Eficiente
3) Exportaciones del Sector cosmético y aseo
El sector de cosméticos y aseo en Colombia se encuentra posicionado en la economía nacional, es líder en la región andina y es el xxxxxx xxxxxxx en América Latina. Colombia tiene grandes oportunidades de ser competitivo a nivel internacional, teniendo presente la riqueza del país en términos de biodiversidad y la creciente preocupación por el bienestar personal, la prevención del envejecimiento genera que la población prefiera productos naturales, con funcionalidades y que además permitan un aporte a la salud y el bienestar. Son oportunidades de desarrollo e innovación para el sector cosmético y aseo.
De acuerdo con cámara de la industria cosmética y de aseo de la ANDI, Colombia tradicionalmente ha sido muy competitiva y las exportaciones han generado que se hagan inversiones. En concordancia el director de la ANDI refirió que “Antes, un país que producía mucho, tanto en materias primas como en terminados, era Venezuela, pero por la coyuntura política mucha industria se desplazó hasta Colombia por temas de competitividad y estabilidad”.
La Cámara de la Industria Cosmética y de Aseo de la ANDI confirma el crecimiento xxx xxxxxxx durante el 2018 con respecto al año anterior en tres categorías de productos: cosméticos (4,3%), aseo (6,9%) y absorbentes (5,3%)8 En los productos de aseo el escenario es similar con un mercado de 1.067 millones de dólares en el 2018. Cifra que corresponde a un crecimiento del 6,9% ante los resultados del año anterior.
En esta categoría el país también ocupa el cuarto lugar entre los países de la región. La lista de productos más consumidos es encabezada por todos aquellos usados en el cuidado de la ropa, en primer lugar; cuidado de superficies, en el segundo, y blanqueadores. Las tiendas minoristas también son el principal canal de distribución (98,9%).
Para el año 2017, los jabones, productos y preparaciones orgánicos tensoactivos de tocador representaron exportaciones por más 41,3 millones de dólares con una participación del 9,4%. Para la categoría de absorbentes, se consolidó un mercado de $1.199 millones de dólares, que ubica a Colombia en el quinto lugar, precedido por Brasil ($6.654 millones de dólares), México ($4.672 millones de dólares), Argentina (2.635 millones de dólares) y Perú (1.663 millones de dólares). Los principales productos son los pañales, el papel higiénico y aquellos destinados a la protección sanitaria, con un 99,8% de preferencia por las tiendas minoristas como canales de distribución.
Según las cifras del DANE en las exportaciones, Francia, Estados Unidos, Xxxxxxxx, Xxxxxxx y Xxxxx Unido son los países con mayor demanda de los cosméticos locales. Los principales productos exportados son aceites esenciales y risonoides, perfumes, jabones, shampoo y preparaciones para el maquillaje de los labios.
Exportaciones Colombianas (millones de dólares) sector de cosméticos y aseo
4) Importaciones del Sector cosmético y aseo
Teniendo en cuenta que no todos los productos del sector cosméticos y aseo son objeto de importación, Colombia Compra Eficiente seleccionó los productos que integran este sector de acuerdo con las importaciones según capítulos del Arancel de Aduanas.
En el siguiente grafico es posible evidenciar la dinámica de las importaciones del sector cosméticos y aseo para el periodo de enero x xxxx de 2018 y 2019. Aceites esenciales, perfumería, cosméticos ocupa el primer lugar con una participación del 63% dentro del total, el valor estimado es de 227.600 dólares CIF y 251.661 dólares CIF para el periodo analizado en 2018 y 2019 respectivamente; seguido por jabones, ceras artificiales, pastas con un porcentaje de participación del 26%, y un valor de 96.406 dólares CIF y 100.338 dólares CIF para el periodo analizado en 2018 y 2019 respectivamente; y en tercer lugar se encuentra el café, té, yerba mate y especias, con una participación del 11% y un valor de
27.191 dólares CIF y 54.422 dólares CIF para el periodo analizado en 2018 y 2019 respectivamente.
Fuente: Colombia Compra Eficiente
5) Perspectivas del Sector
El COVID-19 ha llevado a que el sector de aseo en América Latina crezca, especialmente en productos desinfectantes como los blanqueadores, mientras que en el caso del sector de cosméticos y productos de aseo personal se han presentado más oportunidades de negocio y reinvención.
En la región, las empresas han aumentado su producción en todas las líneas de aseo, y se han visto beneficiadas por el uso de e-commerce y los aumentos en los precios de estos productos.
En Colombia las cifras antes de que se declarara la emergencia nacional demuestran el crecimiento de ambos sectores. De acuerdo con Statista, en el transcurso de la última semana de febrero las ventas de limpiadores y detergentes líquidos crecieron un 31%, las de limpiadores xx xxxxxx un 29% y las de lavaloza un 28%. Respecto a productos de aseo personal, en este mismo periodo de tiempo, las ventas de pañitos húmedos y jabón de manos aumentaron un 44% y 35% respectivamente.
Sin duda, este último ha sido uno de los productos que ha experimentado mayor consumo recientemente. Euromonitor International estima que las ventas en el mundo de jabones líquidos tendrán un crecimiento de 11,1% en 2020, y en Colombia, las perspectivas de crecimiento en ventas calculan un crecimiento anual superior al 7% durante los próximos cinco años (2020 - 2024), alcanzando una cifra de más de USD 34 millones.
Por otro lado, las exportaciones de productos de aseo nacional aumentaron un 17,1% en el periodo enero-febrero 2020, en comparación con el mismo periodo del año anterior, mostrando que la demanda internacional también tuvo un crecimiento importante.
Se espera que a nivel internacional estas ventas hayan aumentado y sigan en crecimiento en los meses posteriores a febrero, ya que las necesidades y los hábitos de los consumidores en el sector de aseo y limpieza han incrementado. Según Nielsen, anteriormente se buscaban atributos relacionados con la sostenibilidad, ingredientes naturales o calidad, mientras que ahora los más buscados son aquellos relacionados con la eliminación de gérmenes, inmunidad y una promoción general de salud.
En ese sentido, a nivel nacional se estima que las ventas del sector de belleza y cuidado personal en Colombia, presenten un crecimiento exponencial en los próximos cinco años (2020 – 2024), alcanzando un crecimiento promedio anual de ventas de 1,5%, por USD
3.297 millones en 2024.
Este escenario se convierte en una gran oportunidad para apostarle al sector colombiano. Desde hace varios años, el país se ha posicionado como un centro de producción regional de productos de aseo, siendo el destino ideal para aquellos inversionistas extranjeros que buscan expandir sus negocios.
Desde ProColombia, hemos identificado diferentes oportunidades de inversión en los sectores de aseo y cosméticos. El establecimiento de centros de logística, distribución e investigación y desarrollo para abastecer el mercado local y regional, así como la instalación de plantas de producción, específicamente para productos de marca blanca, sector cuyas
ventas han crecido casi 4 veces en los últimos 6 años, se presentan como una gran oportunidad.
Igualmente, la instalación de plantas que permitan la transformación de aceite xx xxxxx en materias primas para detergentes y jabones, son escenarios prometedores teniendo en cuenta las altas importaciones que estas tienen actualmente en el país.
Fuente: Procolombia xxxxx://xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxx-00/xx-xxxxxxxxxxx-xxx-xxxxxx-xx- aseo-y-cosmeticos-en-colombia-continua
B. ESTUDIO DE LA DEMANDA
1) Acuerdos Marco y Otros instrumentos de agregación de demanda
Los Acuerdos Marco son herramientas de agregación de demanda que permiten a las Entidades adquirir de manera ágil los Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes1.
Realizada consulta en el portal web de la agencia de contratación estatal xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/xxxx/xxxxxxx%00xxxxx se verifica que existe Acuerdo Marco que incluye la totalidad de los servicios que se requiere contratar por parte del Instituto.
Acuerdo Marco del servicio integral de aseo y cafetería con vigencia del 27 de diciembre/ 2019 a diciembre 27/2021. El objeto del Instrumento de Agregación de Demanda/ Acuerdo Marco es establecer:(i) las condiciones para la contratación Servicio Integral de Aseo y Cafetería al amparo del Acuerdo Marco; (ii) las condiciones en las cuales las Entidades Compradoras se vinculan al Acuerdo Marco; y (iii) las condiciones para el pago del Servicio Integral de Aseo y Cafetería por parte de las Entidades Compradoras.
Adicionalmente se encontró el Instrumento de Agregación de Demanda IAD Emergencia COVID-19 que estará vigente hasta que cese el estado de emergencia sanitaria causada por el virus COVID 19, prevista inicialmente hasta el 31 xx xxxxxx de 2020 pero que puede extenderse de acuerdo con las disposiciones del Gobierno Nacional. En el cual se encuentran productos de aseo.
2) Grandes Superficies
Así mismo, dentro de los diferentes mecanismos de agregación de demanda, que permiten al Estado obtener mayor valor por dinero en el sistema de contratación pública al eliminar costos de intermediación y al hacer más ágil y simple los procesos de contratación, una vez
1 xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx-xxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxx
consultado el link: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx- colombiano/grandes-superficies, se verifica que existen en dichos catálogos algunos de los insumos requeridos en el proceso pero no reúne los servicios que requieren contratar por parte del Instituto.
3) Comparativo Histórico de la Entidad
Con el fin de conocer el comportamiento de las adquisiciones de estos elementos en años anteriores por parte del IDRD, se realizó una búsqueda de los procesos realizados con objeto similar. A continuación, se relacionan los contratos ejecutados por el IDRD con el mismo tipo de objeto contractual y las principales variables en los últimos años:
Se observa que en las últimas cinco (5) vigencias el IDRD adquirió el servicio de aseo y cafetería a través del IAD-AM Aseo y Cafetería.
4) Comparativo Histórico de Otras Entidades
La siguiente tabla muestra las 30 Entidades Estatales que destinaron más recursos para la adquisición de Servicio Integral de Aseo y Cafetería al amparo de la Segunda Generación del Acuerdo Marco. Cuatro (4) Entidades Estatales representan el 41,29% del total de las compras realizadas; el 23,33% del valor de las Órdenes de Compra correspondió a la Secretaria de Educación, seguido por el Municipio de Medellín con un 8,47%, la Secretaria Distrital de Integración Social con 5,79% y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar con 3,71%.
Entidades Compradoras de la Primera Generación del Acuerdo Marco en la TVEC
Con el fin de conocer la forma en que las Entidades Estatales adquieren los Servicios de Aseo y Cafetería, los Bienes de Aseo y Cafetería y aquellos servicios complementarios, Colombia Compra Eficiente revisó la información de contratación disponible en el SECOP I y en el SECOP II de las vigencias 2016 - 2018. Colombia Compra Eficiente encontró un total de 7.982 contratos de Servicios de Aseo y Cafetería, los Bienes de Aseo y Cafetería y aquellos servicios complementarios, por un valor de $465.702.623.777 millones de pesos en el periodo analizado. Encontrando información limitada de las compras realizadas por las Entidades Estatales del orden nacional, dado el artículo 46 del Decreto 1510 del 17 de julio de 2013, en el cual, estas entidades están obligadas a adquirir artículos de Servicios de Aseo y Cafetería, los Bienes de Aseo y Cafetería y aquellos servicios complementarios por medio del Acuerdo Marco.
Valor anual de contratos
Los Servicios de Aseo y Cafetería y la adquisición de Bienes de Aseo y Cafetería tienen los más altos porcentajes de adquisición, una tendencia que coincide con las compras de la Tienda Virtual del Estado Colombiano. En 2017 y 2018 se refleja una disminución considerable en el SECOP I y II en las adquisiciones de los Servicios de Aseo y Cafetería dada la adhesión de las Entidades Estatales a la Segunda Generación del Acuerdo Marco.
El siguiente grafico muestra la distribución del valor de contratos por modalidad de selección del proveedor con la información del SECOP I y el SECOP II para el período 2016 - 2018. El 33% del valor fue adjudicado bajo la modalidad de Régimen Especial, donde se destaca la Empresa Colombiana de Petróleos –ECOPETROL- y el Banco Agrario, los cuales han adjudicado varios contratos por un alto valor. Un 21% de valor fue adjudicado bajo la modalidad de Licitación Pública, lo cual puede explicarse en la necesidad de las Entidades Compradoras en adquirir los Servicios de Aseo y Cafetería, los Bienes de Aseo y Cafetería y aquellos servicios complementarios con un proveedor que cumpla con las exigencias que demanda el mercado y que pueda responder con los requisitos específicos que tiene cada Entidad.
Modalidad de contratación de Servicios de Aseo y Cafetería, de bienes de Aseo y Cafetería y aquellos servicios complementarios.
5) Análisis de la Demanda
Con base en la información recopilada hasta el momento en el análisis de la demanda, se observa que existen ciertas características comunes entre entidades a través del periodo analizado, tales como:
Con la información obtenida del portal de Internet Colombia Compra Eficiente se puede evidenciar que el IDRD en vigencias anteriores adquirió mediante la modalidad de Acuerdo Marco de Precios la prestación del servicio de aseo y cafetería.
Entre 2016 y 2018, un 36% de los contratos tuvo una duración mayor a seis (6) meses y menor o igual a un (1) año. Esto puede indicar que las Entidades Estatales, generalmente demandan los Servicios de Aseo y Cafetería, la adquisición de Bienes de Aseo y Cafetería y aquellos servicios complementarios por un año, teniendo en cuenta que al tener personal que ofrecen diferentes servicios, realizar los empalmes con las empresas genera traumatismos en las Entidades Compradoras.
Las Entidades en su mayoría, realizan el pago al Proveedor mediante la presentación de actas mensuales suscritas por el proveedor y el supervisor encargado de efectuar los pagos de la Entidad. Una vez sean entregados los productos y se efectúe la prestación del servicio por parte de los operarios de acuerdo con lo solicitado por el supervisor del contrato y previo recibo a satisfacción con cargo y planificación al PAC, la Entidad paga al proveedor por facturación mensual.
Las Entidades Estatales requieren: (i) un operario de jardinería; (ii) un operario de mantenimiento que pueda prestar el servicio de mantenimiento preventivo y mantenimiento correctivo por días de trabajo; (iii) una dotación básica para el personal de aseo y cafetería que esté compuesta por uniforme, calzado, guantes, tapabocas y rejilla para pelo.
Adicionalmente, Colombia Compra Eficiente identificó que las Entidades Estatales demandan mayor alcance en los servicios de mantenimiento locativo. Sin embargo, la caracterización xxx xxxxxxx y la complejidad del servicio no permiten estandarizar las actividades para incluirlo en la Tercera Generación del Acuerdo Marco.
Las Entidades Estatales solicitan una garantía de cumplimiento con los siguientes amparos:
(i) cumplimiento del contrato entre en 10% y 20% del valor total del contrato y la vigencia es por el término de la ejecución del contrato y cuatro (4) meses más y (ii) salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales del cinco (5%) del valor del contrato y la vigencia es por el termino de ejecución del contrato y tres (3) años más; y (iii) responsabilidad civil extracontractual equivalente al 30% y la vigencia es por el termino de duración del contrato que las ampare por las actuaciones, hechos u omisiones de los proveedores o de sus operarios que representen un daño a las instalaciones o a sus funcionarios durante la ejecución de los contratos.
C. ESTUDIO DE LA OFERTA
Considerando la amplia gama de proveedores en el mercado en la prestación del servicio, las siguientes empresas pueden estar en el marco como posibles oferentes:
1) Proveedores del bien o servicio
⮚ Las empresas que se encuentran bajo la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas CIIU Rev. 4 A.C, con los siguientes códigos: 8121 Limpieza general interior de edificios
8129 Otras actividades de limpieza de edificios e instalaciones industriales
⮚ Los proveedores de la segunda Generación del Acuerdo Marco en la TVEC, dentro de las cuales se encuentran:
⮚ Principales proveedores de Servicios de Aseo y Cafetería, de bienes de Aseo y Cafetería y aquellos servicios complementarios (Para la vigencia de 2016 – 2018 el SECOP I y el SECOP II registran un total de 4677 proveedores de Servicios de Aseo y Cafetería, de Bienes de Aseo y Cafetería y aquellos servicios complementarios. La siguiente tabla presenta el número de contratos adjudicados a cada proveedor, el monto contratado y su respectiva participación en el mercado).
D. ESTUDIO XX XXXXXXX
AIU (Administración, Imprevistos y Utilidad)
La figura de AIU es utilizada en los contratos de las empresas de construcción, cooperativas de trabajo asociado, empresas de servicios temporales y empresas de servicios de vigilancia y aseo. La presentación del AIU en la oferta del proponente pretende incluir los costos que se derivan del contrato, como los gastos de administración, honorarios, arrendamientos e imprevistos, que no tienen una relación directa con la ejecución del contrato. Adicionalmente, el proveedor incluye en este monto, la utilidad que espera generar tras el cumplimiento de su obligación contractual.
De acuerdo con el artículo 462-1 del Estatuto Tributario para la facturación del IVA con contratos que contienen AIU el proponente debe aplicar un IVA del 19% sobre el porcentaje del AIU así: (i) si el AIU es inferior o igual a un 10%, la base gravable debe ser del 10% del valor del contrato; o (ii) si el AIU es superior al 10%, la base gravable debe ser el porcentaje de AIU indicado por el valor del contrato. Colombia Compra Eficiente comparó los porcentajes máximos de AIU que establecieron los proveedores de la Segunda Generación del Acuerdo Marco.
Estadística descriptiva del AIU ofrecido en la Segunda Generación del Acuerdo Marco
La Media armónica de los AIU propuestos por los proveedores del AMP es de 6,1%, al obtener la media aritmética de este valor con el promedio del valor del AIU de la segunda generación del AMP (5,9%) se estima que para el proceso debe ser del 6%.
1) Análisis de Precios
Con base en los valores de las cotizaciones recibidas, se aplicó la metodología establecida en el Instructivo para el Análisis de Precios (Área de Costos y Estudios Económicos), obteniéndose los valores oficiales para cada uno de los servicios solicitados en la Ficha Técnica (Ver Análisis de Precios Adjunto) – Anexo 3.
2) Presupuesto Oficial
En el análisis de precios adelantado, es posible fijar los valores oficiales de los ítems previstos en la ficha técnica, para el que se obtuvo la Sumatoria de los Precios Unitarios por un valor de VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL
OCHO PESOS ($29.792.008,oo) moneda legal colombiana. . (Ver Análisis de precios Adjunto) – Anexo 3.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Presupuesto Oficial para el proceso obedece a proyecciones adelantadas por el área técnica, de acuerdo a los estudios de costos realizados anteriormente y teniendo en cuenta las cantidades y el tiempo requerido para la prestación del servicio. Por lo tanto, el valor del presupuesto oficial será establecido por el área técnica de las Subdirecciones Administrativa y Financiera y Técnica de Parques.
E. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Al consultar los procesos de contratación para el prestar el servicio de aseo y cafetería, se observa que hay entidades que adelantan procesos similares y existe pluralidad suficiente de oferentes que pueden garantizar la adecuada prestación del servicio.
Se debe tener en cuenta que el AM de Aseo y cafetería III limita el valor del descuento realizado por los proponentes así: “El Proponente deberá tener en cuenta que, durante la operación secundaria los Proveedores podrán realizar descuentos para cada uno de sus
bienes, cuyo valor final no sean inferior a la diferencia entre (i) el precio establecido en la hoja “listado de menores precio techo” del simulador y (ii) el 20% de dicho valor”. Así mismo con el AIU en donde se menciona “El AIU ofrecido por el Proponente debe ser mayor o igual al seis por ciento (6%)”.
Con el ánimo de que el proceso tenga en cuenta las mejores prácticas adelantadas por otras entidades, a continuación, se hará referencia de aquellos requerimientos adicionales que pueden conllevar a la consecución de elementos de alta calidad y que sean la mejor respuesta a las necesidades de la entidad:
• Solicitar al contratista las certificaciones de cumplimiento ambiental correspondiente: Eco-etiqueta, certificación ambiental, certificación ISO 14001, buenas prácticas ambientales con relación al ahorro y uso eficiente del agua y/o certificación del Ministerio de Ambiente, sello verde local o internacional según aplique, manejo adecuado de residuos y que garantice que el proceso de elaboración de los elementos es amigable con el medio ambiente de acuerdo con lo establecido en la guía ambiental del sector plástico emitida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Así mismo, que no se encuentra incluido en el registro único de infractores ambientales (RUIA).
• Acreditar el cumplimiento de protocolos de seguridad industrial y salud en el trabajo SG-SST y demás necesarias en el desarrollo de la actividad.
F. ANEXOS:
- Anexo No.1: Análisis Técnico, Regulatorio y de Riesgos.
- Anexo No.2: Análisis Financiero y Organizacional.
- Anexo No.3: Análisis de Precios.
Elaboró
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Contratista – Área Costos y Estudios Económicos
Revisó,
XXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX
Responsable Área Costos y Estudios Económicos