PLIEGO DE CONDICIONES Y BASES DE CONCURSO PARA LA ADJUDICACION DE ARRENDAMIENTO DE ESPACIOS PARA:
PLIEGO DE CONDICIONES Y BASES DE CONCURSO PARA LA ADJUDICACION DE ARRENDAMIENTO DE ESPACIOS PARA:
INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE BEBIDAS REFRESCANTES, CALIENTES Y DE PRODUCTOS SÓLIDOS EN DEPENDENCIAS GESTIONADAS POR LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE ARROYOMOLINOS S.A.U.
PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA
ÍNDICE DE DOCUMENTOS:
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE CLÁSULAS ADMINISTRATIVAS Y BASES DEL CONCURSO
PLIEGO DE CONDICIONES Y BASES DE CONCURSO PARA LA ADJUDICACION DEL ARRENDAMIENTO PARCIAL DE ESPACIO PARA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE BEBIDAS REFRESCANTES, CALIENTES Y DE PRODUCTOS SÓLIDOS EN DEPENDENCIAS GESTIONADAS POR LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE ARROYOMOLINOS S.A.U.
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES.
PRIMERA.- OBJETO DEL CONCURSO.
El objeto del presente concurso es la adjudicación y enajenación, del arrendamiento parcial de espacios interiores en distintos edificios y dependencias gestionados por EMUVISA S.A.U., en virtud de encomiendas de gestión que ceden la posesión y disposición de estos espacios para su explotación y aprovechamiento.
Los espacios objeto de arrendamiento para explotación de máquinas expendedoras se corresponden inicialmente con los siguientes:
- Centro Deportivo “La Dehesa”. X/ Xxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxxxxx. (edificio cedido por el Ayuntamiento de Arroyomolinos en virtud de encomienda de gestión y explotación).
- Centro xx Xxxxx “Las Matillas”. X/ xx Xxxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxxxxx. (edificio propio de EMUVISA S.A.U.).
- Centro Logístico de Jardinería. Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxx x Xxxxx 000 xx Xxxxxxxxxxxxx. (edificio cedido por el Ayuntamiento de Arroyomolinos en virtud de encomienda de gestión parques y jardines).
La instalación de todos los equipos se realizará a partir de la fecha de suscripción del contrato correspondiente, con excepción de las maquinas a instalar en el Centro deportivo “La Dehesa”, que solo podrán instalarse a a partir de 01 de julio de 2017.
El presente concurso para la enajenación de dicho derecho de arrendamiento, se sujetará a las siguientes bases y condiciones.
SEGUNDA.- FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La forma de adjudicación es la de concurso que se regirá por los criterios de valoración siguientes:
Para la valoración de las propuestas presentadas se otorgarán un total de 70 puntos máximos, con el desglose que se expone a continuación:
Valoración Sobre C. Propuesta económica
1.- OFERTA ECONÓMICA: Máximo 50 puntos, distribuidos en función de los siguientes criterios:
Para la aplicación objetiva de estos criterios se concederá la máxima puntuación a la oferta más ventajosa en estos criterios (entendiéndose esta como la mayor porcentaje sobre la recaudación de las máquinas y siempre que supere los mínimos establecidos).
El resto de ofertas se puntuarán en proporción inversa a aquella, según la siguiente fórmula:
P= PMxO
OMV
Donde P, es la puntuación de cada oferta; PM es la puntuación máxima; OMV la cantidad a que asciende la oferta más ventajosa y O es la oferta a puntuar.
Valoración Sobre B. Propuesta Técnica
2.- ASPECTOS TÉCNICOS: Máximo 15 puntos: se valorará el análisis y presentación de la propuesta técnica del área a arrendar, de forma que se concederán:
Se valorará en función de la memoria presentada, prestando especial atención al programa de explotación, modelos de máquinas a instalar y el listado de precios de venta al público de los productos ofertados, así como posibles mejoras con respecto a lo exigido sin coste para el Ayuntamiento.
3.- MEJORAS. Máximo 5 puntos; Se valorará cualquier otra propuesta adicional a las condiciones básicas que supongan un beneficio al conjunto de la propuesta, siempre que se encuentren incluidas en la propuesta económica.
TERCERA.- PRECIOS DE LICITACIÓN.
Como precio base de licitación se establece la aplicación de un porcentaje mínimo de ingreso a favor de EMUVISA S.A.U., aplicado sobre la recaudación de las máquinas expendedoras a instalar, en contraprestación por el arrendamiento y aprovechamiento lucrativo de los espacios ocupados.
El porcentaje mínimo de licitación será del 30% sobre la recaudación de los equipos a instalar, excluidos impuestos.
No se admitirán proposiciones económicas por debajo del porcentaje de licitación.
CUARTA.- GARANTÍA Y TASA PARA TOMAR PARTE EN EL CONCURSO.
No se exige la constitución de garantía provisional para acudir al presente concurso, siendo la garantía definitiva como garante de las obligaciones desprendidas de la adjudicación, fijada en el importe de 450,00 € (CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS).
Esta garantía deberá constituirse mediante depósito en metálico en la cuenta corriente de EMUVISA nº XX00 0000 0000 0000 0000 0000, o bien mediante aval bancario emitido por una entidad financiera autorizada para operar en España, a primer requerimiento.
No se aceptará seguro de caución.
QUINTA.- FORMA DE LIQUIDACIÓN y PAGO.
Por la instalación y explotación de las máquinas expendedoras, EMUVISA S.A.U. recibirá, de la empresa adjudicataria, el porcentaje resultante de la adjudicación respecto de la recaudación mensual existente en cada máquina.
El pago, o ingreso mediante transferencia bancaria, se realizará mensualmente y por el conjunto de todas las máquinas instaladas. Se aportará, para comprobación de cada ingreso, un informe indicando la identificación, localización, recaudación y servicios realizados por cada máquina instalada en las distintas dependencias, adjuntando los albaranes visados de las recaudaciones.
A efectos de lo anterior, en el momento en que se vaya a proceder a la extracción de la recaudación, habrá de estar presente, en cada centro, una persona que forme parte del personal de EMUVISA S.A.U, para que supervise dicha recaudación firmando o sellando los albaranes de conformidad.
El abono del precio contratado, se efectuará en la cuenta bancaria designada por EMUVISA por mensualidades anticipadas el primer día laborable de cada mes.
El retraso xx xxxx días en el pago de la renta pactada, será causa suficiente para que la parte arrendadora pueda resolver el presente contrato por incumplimiento de la arrendataria e incoar el procedimiento de desahucio ó desinstalación de las máquinas objeto, con reclamación de las cantidades adeudadas, siendo en tal caso cuantos gastos y/o costas que ello pudiera ocasionar por cuenta del arrendatario.
El adjudicatario se obliga a cumplir las obligaciones fiscales de retenciones e ingresos establecidas en la norma y a entregar anualmente al arrendador el correspondiente certificado de retenciones.
SEXTA.- NORMAS RELATIVAS A LOS CONCURSANTES.
6.1.- Capacidad para concursar.
Podrán presentarse a la licitación las personas naturales o jurídicas, que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no estén comprendidas en ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del RD Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo TRLCSP) como prohibiciones de contratar. Así mismo, deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Podrá contratarse con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto.
Será requisito, así mismo, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitante, tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales, o bien se acredite debidamente que dispone de una organización con los elementos personales y materiales suficientes.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, siempre y cuando se acredite que tiene
efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
No se exigirá clasificación empresarial a los licitadores.
6.2.- Admisión de solicitudes.
Las personas o entidades que deseen tomar parte en esta convocatoria presentarán sus ofertas en el Registro General de EMUVISA (C/ Madrid 31, 28939. Arroyomolinos. Madrid) en el plazo máximo de 15 días NATURALES desde la publicación del anuncio en el perfil del contratante ó invitación recibida, en tres sobres cerrados, rubricados y rotulados convenientemente de modo inequívoco con la designación de CONCURSO PARA LA ADJUDICACIÓN DE DERECHO DE ARRENDAMIENTO PARCIAL DE ESPACIO PARA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE BEBIDAS REFRESCANTES, CALIENTES Y DE PRODUCTOS SÓLIDOS EN DEPENDENCIAS GESTIONADAS POR LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA
VIVIENDA Y SUELO DE ARROYOMOLINOS S.A.U., así como: la identificación del sobre, el contenido del mismo, el nombre del licitador, dirección, número de teléfono y de fax, dirección de correo electrónico y nombre del apoderado.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente un índice de su contenido enunciado numéricamente.
La presentación de las ofertas supone, por parte del licitador, la aceptación incondicional de las cláusulas y condiciones del presente pliego.
6.3.- Documentación.
El ofertante deberá presentar la siguiente documentación:
6.3.1.- SOBRE A.- Personalidad del ofertante:
− Fotocopia del DNI del solicitante, tanto del anverso como del reverso, o documento que lo sustituya en cada caso (pasaporte o tarjeta de residencia).
− Si el solicitante actuara en representación de cualquier persona natural o jurídica, se acompañará fotocopia de la escritura pública de apoderamiento o cargo del firmante.
− Cuando el solicitante sea una persona jurídica se acompañará fotocopia de la documentación acreditativa de su personalidad jurídica y de la inscripción, en su caso, en el Registro Mercantil u otro que fuere obligatorio.
− Declaración expresa, asumiendo el cumplimiento de todas las obligaciones que derivan del presente Pliego de Condiciones.
− Declaración de no hallarse incurso en alguna de las prohibiciones de contratar que establece el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Con arreglo a lo dispuesto en el art. 146.4 TRLCSP, la documentación REFERIDA AL APARTADO 6.3.1 podrá sustituirse por una declaración responsable del licitador indicado que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. El licitador deberá acreditar su solvencia económica y financiera por, al menos, uno de los siguientes medios:
-Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Declaración favorable de una entidad financiera con expresa referencia a la capacidad del contratista para hacer frente a las responsabilidades y obligaciones del presente contrato. Deberá acreditar que la empresa es solvente para ejecutar este contrato, indicando la denominación y/o cuantía del mismo.
-Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
SOLVENCIA TÉCNICA. El licitador deberá adjuntar:
-Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Criterio de selección: Se considerará acreditada esta solvencia por aquellas entidades que hayan realizado, en los últimos tres años, trabajos directamente relacionados con el objeto del contrato, debiendo presentar una relación de las distintas actividades realizadas en dicho periodo, similares a las solicitadas, en que incluya una descripción mínima de las mismas, así como importes, fechas y beneficiarios públicos o privados, debiendo aportar de al menos tres de ellas, certificados de buena ejecución expedidos por la entidad pública o privada solicitante del trabajo.
Los licitadores están obligados a acreditar la veracidad de la documentación aportada, en caso de ser requeridos por EMUVISA, mediante la presentación de documentos originales o copias autentificadas notarialmente. En caso de no aportarse, se considerará que renuncian a la oferta presentada con pérdida de la garantía constituida.
6.3.2.- SOBRE B.- Proposición técnica:
En cuanto a la documentación técnica se aportará:
- Documento titulado “MEMORIA DE SERVICIO”, incluyendo descripción de servicio ofertado del objeto del contrato, que exprese las características del servicio a prestar, especificando adecuadamente la metodología, la plantilla y los medios asignados, así como mejoras ofertadas con respecto a lo exigido sin coste para el Ayuntamiento. Dicha memoria contendrá:
- Fichas técnicas de los modelos de máquinas ofertados, con fotografías. Especificando sus consumos energéticos e indicando el gas refrigerante utilizado.
- Programa de explotación en el que se indicará:
o Periodicidad en las visitas para la renovación y comprobación del estado de los productos.
o Periodicidad en la limpieza de las máquinas, metodología.
o Mantenimiento, modo de actuación en caso de avería, indicando plazos de reparación o de sustitución de máquinas.
o Actuación ante posibles incidencias.
- Listado con precios de venta al público de los productos ofertados, especificando marca, ingredientes, tamaño, dosificación, etc.
2.1 Un documento titulado “MEJORAS”, donde el licitante puede incluir cualquier otro extremo que considere de interés para EMUVISA y que redunde en una mejora de los servicios que presta el centro deportivo y redunde en una mejora económica para EMUVISA.
6.3.3.- SOBRE C.- Proposición económica:
1.1. PROPUESTA DE CANON
Se indicará por el licitador el porcentaje sobre los ingresos a favor de EMUVISA.
Solo se admitirán y valorarán todas aquellas propuestas económicas que igualen o superen el porcentaje mínimo de arrendamiento mensual establecido en el presente pliego de condiciones.
SÉPTIMA.- SELECCIÓN DE OFERTAS.
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, el Director de la Asesoría Jurídica expedirá una certificación donde se relacionen las proposiciones recibidas o, en su caso, la ausencia de licitadores que, junto a los sobres, remitirá al Secretario de la Mesa de Contratación.
A continuación, por el Comité Asesor de Contratación, en funciones xx Xxxx de Contratación, procederá a la apertura de las ofertas.
El Comité Asesor de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre A. A los efectos de la expresada calificación, el Presidente ordenará la apertura de los sobres, y el Secretario levantará acta de los documentos que figuren en cada uno de ellos. Si el Comité observare defectos materiales subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados, y concederá un plazo no superior a 7 días hábiles, para que el licitador los corrija o los subsane, siendo excluidas las ofertas que no atiendan a dicho requerimiento. Xxxxx excluidas todas las solicitudes que no hayan sido suscritas con arreglo al modelo establecido al efecto, las formuladas por quienes no reúnan las condiciones establecidas en la BASE SEXTA y las que no vayan acompañadas, en su caso, de todos y cada uno de los documentos a que se refiere dicha base.
El Comité, una vez calificada la documentación a que se refiere el párrafo anterior y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de solvencia, o en su caso a la clasificación exigida, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
El Comité de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días naturales.
A continuación, el Presidente del Comité procederá a la apertura y lectura del sobre B. Seguidamente el Comité de Contratación podrá solicitar los informes técnicos que estime oportunos a fin de poder efectuar una correcta valoración de las ofertas presentadas por los licitadores admitidos.
Los criterios de valoración serán los fijados en el presente pliego.
Cuando se tome en consideración más de un criterio, deberá precisarse la ponderación relativa atribuida a cada uno de ellos, que podrá expresarse fijando una banda de valores con una amplitud
adecuada. En el caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, se indicará igualmente en cuales de ellas se irán aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
Una vez calificado el sobre B se procederá a la apertura del sobre C, levantándose acta en el que se detallarán las ofertas presentadas.
Se facilitará a continuación a los licitadores detalle de las ofertas recibidas, abriéndose en ese momento la fase de NEGOCIACIÓN, en la que, sobre el precio, los licitadores podrán presentar dentro del plazo de 3 días hábiles, propuestas de mejora a la baja del precio.
Finalmente por el Comité Asesor de Contratación se elevará al Consejo de Administración, para en su caso, la adjudicación, la propuesta que se considere más ventajosa.
OCTAVA.- ADJUDICACIÓN.
Es obligación del adjudicatario abonar la garantía por el importe correspondiente a 450,00 € (CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS). Esta garantía deberá constituirse en depósito en metálico en la cuenta corriente de EMUVISA nº XX00 0000 0000 0000 0000 0000, o bien mediante aval bancario emitido por una entidad financiera autorizada para operar en España, a primer requerimiento. No se aceptará seguro de caución.
Todo ello deberá ser entregado en el plazo improrrogable de quince días hábiles, desde la recepción de la notificación de la adjudicación.
Si el titular de la oferta seleccionada no cumpliera en el plazo señalado lo anteriormente expuesto, quedará decaído en su derecho y, en tal supuesto, EMUVISA se resarcirá en concepto de daños y perjuicios con el importe de la garantía constituida para tomar parte en el concurso, pudiendo adjudicar el derecho de arrendamiento al ofertante cuya proposición hubiese obtenido la siguiente mejor puntuación y así sucesivamente.
EMUVISA resolverá sobre la adjudicación del arrendamiento, pudiendo alternativamente declarar desierto el concurso sin que tengan derecho los licitadores a reclamación alguna. Igualmente EMUVISA podrá, antes de proceder a la adjudicación, desistir del procedimiento o renunciar a la celebración del contrato si considerase perjudicial para el interés público la adjudicación en las condiciones propuestas o si, por razones sobrevenidas, considerase necesario el bien para el cumplimiento de fines públicos, sin que la instrucción del expediente, la celebración del concurso o
la valoración de las proposiciones presentadas generen derecho alguno para quienes optaron a su adquisición.
NOVENA.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Además de las obligaciones ya contempladas, son obligaciones del adjudicatario:
- Mantener y conservar el mobiliario disponible para la exposición de productos en condiciones de decoro, orden y limpieza adecuados para mantener la imagen del centro deportivo, así como permanentemente provisto de producto con precios actualizados.
- Mantener información de contacto de las persona o empresa responsable de los productos, así como información sobre mecanismos de reclamación para los consumidores de los productos expuestos.
- Mantener información disponible sobre tarifas actualizadas de productos y medios de compra ó pedido, bien a través de atención directa o telemática.
- El personal destinado al servicio deberá tener una cualificación y categoría laboral suficiente y acorde al tipo de trabajo a realizar. El personal estará debidamente identificado y contará con un uniforme normalizado.
- El adjudicatario será el único responsable de las faltas o daños que cometa el personal a su cargo en el ejercicio de sus funciones, quedando EMUVISA exento de toda responsabilidad por tal motivo. Si como consecuencia de una inadecuada o defectuosa prestación de los servicios se produjeran daños a terceros, el adjudicatario vendrá obligado a su reparación, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderle al amparo de los Pliegos que regulan el contrato y demás legislación que sea de aplicación.
- El personal que preste servicios, deberá estar legalmente contratado y al día en el pago de sus cotizaciones de la Seguridad Social, debiendo el adjudicatario dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.
- En caso de falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestido, así como falta de respeto por parte de dicho personal, será responsable la empresa adjudicataria, sin perjuicio de las responsabilidades personales que pudiera alcanzar a cada individuo por su actuación.
- El contratista estará obligado a facilitar a EMUVISA toda la información requerida sobre cualquier aspecto relacionado con el servicio, confeccionando con la frecuencia que se requiera partes e informes de los trabajos realizados.
- El adjudicatario deberá cumplir en su integridad el contenido del Proyecto ofertado, tanto en lo relativo a los mínimos exigidos en el presente Pliego, como en lo relativo a
las características de los elementos y actividades que proponga y que serán descritos en el mismo.
- El adjudicatario se compromete a no utilizar el nombre de EMUVISA en sus relaciones con terceras personas a efectos de facturación de proveedores, siendo la persona o empresa adjudicataria la única responsable de las obligaciones que contraiga con ocasión de suministros o servicios de cualquier clase.
- Será obligación de la entidad adjudicataria contar con cualquier tipo de certificación, inscripción o autorización necesaria para el correcto cumplimiento del contrato según la legislación que le sea de aplicación.
- Serán por cuenta del adjudicatario toda clase de impuestos, gravámenes, contribuciones, tasas y arbitrios establecidos o que se establezcan por el Estado, Comunidad Autónoma o Administración Local por la instalación y explotación de las máquinas de vending afectadas por la autorización objeto de este pliego.
- La empresa adjudicataria asumirá los gastos derivados del cumplimiento de las normas, procedimientos y requisitos medioambientales y de seguridad que le sean de aplicación.
- En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos, la entidad adjudicataria y el personal encargado de la realización de los trabajos, guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual.
- Correr con los gastos correspondientes a impuestos y contribuciones que graven la actividad y que sean necesarios para el proceso de la misma.
- Cumplimiento de todos los requisitos y obtención de todas las autorizaciones o licencias exigidas por la legislación general y sectorial para el desarrollo del objeto de la actividad a desarrollar, así mismo queda obligado a cumplir todas las normas legales vigentes que afecten al desarrollo de su actividad, quedando EMUVISA totalmente al margen de cualquier asunto o cuestión que pudiese plantear en relación con tal actividad. Todas las tasas, impuestos, permisos, trámites o licencias a solicitar por el adjudicatario para el establecimiento de la actividad correrán de su cuenta.
- Correrá con los gastos de vigilancia de sus instalaciones y demás objetos o utensilios que se encuentren en el contenido. EMUVISA no se responsabilizará de la vigilancia de dicha zona, por lo que no responderá de ninguna reclamación que al efecto se realice.
- Deberá cumplir las obligaciones de coordinación de actividades empresariales en calidad de titular del centro de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Vendrá obligado a suscribir un seguro de Responsabilidad Civil con, al menos, las garantías de R. Civil de Explotación y Locativa (frente al propietario del inmueble), por una cuantía mínima de 150.000,00 €. En todo caso, el arrendatario deberá facilitar a la propiedad copia completa de las pólizas contratadas así como, anualmente, copia del recibo acreditativo del pago de la prima que acredite la vigencia de la cobertura.
- Deberá cuidar que el personal que acuda a las instalaciones arrendadas, guarde una conducta acorde con el cuidado de las mismas y respetuosa con el resto de los usuarios.
- La falta de utilización de las máquinas durante un periodo de 2 meses, será motivo de resolución del contrato de arrendamiento, a no ser que obedezca a justa causa.
- El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, industrial, medio-ambiental, de Seguridad Social y tributaria y demás disposiciones vigentes que le sean aplicables en relación a la actividad que desarrolla, sin que el incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para EMUVISA, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
- El adjudicatario responderá de la calidad de los servicios prestados y de las faltas que hubiere y será su obligación indemnizar los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de la explotación de su actividad empresarial y profesional.
- El adjudicatario vendrá obligado a permitir el acceso a EMUVISA a las servidumbres que existen en el local o en el subsuelo del mismo para reparación o modificación de las mismas.
Las anteriores obligaciones así como cualquier otra incluida en la oferta o en el presente pliego, serán expresamente recogidas en el contrato de enajenación, garantizándose su cumplimiento conforme a la BASE UNDÉCIMA.
DÉCIMA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se formalizará en un plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación. El contrato se formalizará en documento privado, pudiendo no obstante, elevarse a Escritura Pública cuando lo solicite el arrendatario, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. En este plazo y antes de la firma del contrato de arrendamiento, el adjudicatario presentará copia de las pólizas de los seguros establecidos en el presente pliego.
En el acto mismo de la formalización del contrato y con la firma del mismo, el adjudicatario firmará el presente pliego de cláusulas particulares, dejando constancia con ello de su conocimiento y conformidad.
Cuando por causas imputables al adjudicatario, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, EMUVISA podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía definitiva.
Se establece un periodo de carencia de TRES meses, a contar desde la firma de formalización del contrato, a fin de que el arrendatario realice los trámites y obras necesarias para la puesta en marcha de la actividad.
UNDÉCIMA.- GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. FACULTAD RESOLUTORIA.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas de la adjudicación faculta a EMUVISA a instar la resolución del contrato y a exigir el resarcimiento por los daños y perjuicios.
La resolución faculta a EMUVISA a retener en concepto de cláusula penal e indemnización por daños y perjuicios, como mínimo, el importe de una anualidad xx xxxxx, quedando en su poder, y sin derecho a indemnización, cuantas obras e instalaciones de carácter fijo hubieren sido realizadas en el local, y siendo de cuenta del comprador los gastos judiciales y extrajudiciales que se originen por la resolución, incluidos los honorarios y derechos de letrado y procurador.
DUODÉCIMA.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y CLAUSULA DE SUMISIÓN EXPRESA
Para cuantas cuestiones surjan en orden a la interpretación y ejecución del contrato de compraventa, las partes se someten a la competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Arroyomolinos, 26 de enero de 2017,
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DEL ARRENDAMIENTO PARCIAL DE ESPACIO EN PLANTA BAJA DE “CENTRO XX XXXXX LAS MATILLAS”, PARA EXPLOTACION XX XXXXXX DEPORTIVA XX XXXXX
Xxxxx Xx Xxxxxxx 0, 00000. Xxxxxxxxxxxxx (XXXXXX)
ÍNDICE GENERAL
1. CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES
1.1. OBJETO GENERAL Y JUSTIFICACIÓN
1.2. EMPLAZAMIENTO DE LAS INSTALACIONES
1.3. DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO
1.4. SOLVENCIA TÉCNICA Y APTITUD DE LOS LICITADORES
1.5. PRECIO DEL CONTRATO
1.6. CONSUMOS ENERGÉTICOS
1.7. GARANTÍAS
1.8. NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN
2. CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
2.1. PUNTOS DE VENTA
2.1.1.OBTENCIÓN DE PERMISOS, LICENCIAS Y AUTORIZACIONES
2.1.2.MANTENIMIENTO CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA
2.2. CONDICIONES DE LA ACTIVIDAD 2.2.1.OBJETO DE LA ACTIVIDAD
2.2.2.SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y EXPLOTACIÓN
2.2.3.XXXXXXXX Y NORMAS GENERALES
2.2.3.1. Horarios
3. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A APORTAR (Sobre B)
4. DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA A APORTAR
5. CRITERIOS DE VALORACION
5.1. OFERTA ECONÓMICA
5.2. ASPECTOS TÉCNICOS
5.3. MEJORAS
6. ANEXO. PLANOS
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DEL ARRENDAMIENTO PARCIAL DE ESPACIO PARA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE BEBIDAS REFRESCANTES, CALIENTES Y DE PRODUCTOS SÓLIDOS EN DEPENDENCIAS GESTIONADAS POR LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE ARROYOMOLINOS S.A.U.
1. CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES
1.1. OBJETO GENERAL Y JUSTIFICACIÓN
El presente pliego pretende regular, establecer y planificar las condiciones técnicas que han de regir, por el procedimiento de concurso público, el contrato para el arrendamiento parcial de espacios para instalación y explotación de maquinas expendedoras de bebidas refrescantes, calientes y productos sólidos en los siguientes edificios gestionados por EMUVISA S.A.U.:
Se trata de arrendar espacios para la instalación de maquinas para la venta de bebidas y productos alimenticios al público general y/o al personal que utiliza estas dependencias. Dos de las ubicaciones son establecimientos de pública concurrencia de uso deportivo con un uso promedio superior a las 3.000 personas y el último se corresponde con el centro operacional de jardinería con una plantilla superior a las 100 personas.
1.2. EMPLAZAMIENTO DE LAS INSTALACIONES
Los espacios objeto de arrendamiento incluidos en este pliego se ubican ocupando parcialmente los siguientes edificios:
• Centro Deportivo “La Dehesa”. X/ Xxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxxxxx. (edificio cedido por el Ayuntamiento de Arroyomolinos en virtud de encomienda de gestión y explotación).
• Centro xx Xxxxx “Las Matillas”. X/ xx Xxxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxxxxx. (edificio propio de EMUVISA S.A.U.).
• Centro Logístico de Jardinería. Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxx x Xxxxx 000 xx Xxxxxxxxxxxxx. (edificio cedido por el Ayuntamiento de Arroyomolinos en virtud de encomienda de gestión parques y jardines).
1.3. DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO
El plazo máximo de duración del arrendamiento será de DOS AÑO a contar desde la firma del mismo, prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de CUATRO AÑOS, en caso de acuerdo entre ambas partes. La prórroga de los contratos será por mutuo acuerdo de las partes y habrá de formalizarse por escrito mediante cláusula adicional al contrato principal debiendo haber sido comunicada la solicitud de prórroga por escrito por el arrendador con al menos dos meses de antelación a la finalización del contrato.
Ambas partes se reconocen el derecho de rescisión unilateral anticipada al vencimiento del contrato o sus prórrogas, en todo caso por incumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato o por causa debidamente justificada de la inviabilidad de continuidad, debiendo mediar para ello comunicación escrita con al menos tres meses de antelación al efecto de la misma.
En ninguno de los casos el adjudicatario tendrá derecho a percibir o reclamar indemnización por concepto alguno, cuando finalice el contrato de arrendamiento, sea cual sea la duración de éste.
1.4. SOLVENCIA TÉCNICA Y APTITUD DE LOS LICITADORES
Los concursantes licitadores interesados deberán acreditar la solvencia técnica por los medios que se indican en el pliego de condiciones administrativas, asumiendo las obligaciones establecidas en el Pliego de condiciones técnicas que rigen el concurso.
1.5. PRECIO DEL CONTRATO 0.0.0.XXXXX MÍNIMO (porcentaje)
Como precio base de licitación se establece la aplicación de un porcentaje mínimo de ingreso a favor de EMUVISA S.A.U., aplicado sobre la recaudación de las máquinas expendedoras a instalar, en contraprestación por el arrendamiento y aprovechamiento lucrativo de los espacios ocupados.
El porcentaje mínimo de licitación será del 30% sobre la recaudación de los equipos a instalar, excluidos impuestos.
No se admitirán proposiciones económicas por debajo del porcentaje de licitación
1.5.2.CONSUMOS ENERGÉTICOS
Los consumos energéticos de agua y luz que se desprendan de la actividad serán asumidos por EMUVISA, de forma que la renta de arrendamiento que resulte de la adjudicación incluirá los conceptos de consumos energéticos..
1.6. GARANTÍAS
No se exige la constitución de garantía provisional para acudir al presente concurso, siendo la garantía definitiva como garante de las obligaciones desprendidas de la adjudicación, fijada en el importe de 450,00 € (CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS).
Esta garantía deberá constituirse mediante depósito en metálico en la cuenta corriente de EMUVISA nº XX00 0000 0000 0000 0000 0000, o bien mediante aval bancario emitido por una entidad financiera autorizada para operar en España, a primer requerimiento.
No se aceptará seguro de caución.
1.7. NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN
NORMATIVA EN MATERIA LABORAL
El concesionario estará en todo momento al corriente del pago de las cuotas de la seguridad social y demás prestaciones que legalmente le correspondan por el personal que contrate para el desarrollo de los servicios, siendo responsable del cumplimiento de todas las obligaciones fiscales y laborales que le sean de aplicación por el estatuto general de trabajadores y/o los convenios colectivos de aplicación.
El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, industrial, medio-ambiental, de Seguridad Social y tributaria y demás disposiciones vigentes que le sean aplicables en relación a la actividad que desarrolla, sin que el incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para EMUVISA, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
Así mismo será de obligado cumplimiento por parte del Contratista la siguiente normativa: Ley 31/1995 de Prevención de riesgos Laborales.
R.D. 773/1997, sobre disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas a la utilización por los trabajadores de Equipos de Protección Individual (E.P.I.).
Ley 54/2003 de Reforma del Marco Normativo de la P.R.L.
R.D. 171/2007 en materia de Coordinación de Actividades Empresariales.
El contratista aportará los siguientes documentos relativos a la normativa anteriormente mencionada:
La Evaluación de Riesgos y Planificación de la actividad preventiva (según el Art. 16 de la Ley 31/95)
Las medidas de Protección y Prevención a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse para cada tarea en concreto (E.P.I.).
Certificado que acredite que los trabajadores que van a ser asignados a las tareas contratadas conocen la evaluación de riesgos y han recibido información y formación específica y suficiente en materia de Prevención de los Riesgos inherentes a su puesto de trabajo (según art. 19 Ley 31/95).
Certificado que acredite que los trabajadores que van a ser asignados a las tareas contratas, han sido considerados aptos para el desempeño de las mismas por los Servicios Médicos de acuerdo con el ar. 22 de la Ley 31/95. Este certificado incluirá una relación nominal como en el caso anterior y será igualmente actualizado cuando se produzcan variaciones del personal asignado o en los procedimientos de trabajo.
El personal que desempeñe sus funciones para el desarrollo del servicio objeto de estos pliegos estará en posesión del carné de manipulador de alimentos.
Dependerá exclusivamente de la empresa y por tanto, ésta tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su cualidad de patrono, debiendo cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo referidas al personal a su cargo.
En caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido al personal con ocasión del ejercicio de sus trabajos con la contrata, la empresa adjudicataria cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance, en modo alguno, a EMUVISA S.A.U.
2. CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
2.1. PUNTOS DE VENTA
Los puntos de venta, la tipología de productos y el número de maquinas expendedoras a instalar serán los siguientes:
• Centro Deportivo “La Dehesa”. X/ Xxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxxxxx:
✓ 1 ud. MAQUINA EXPENDEDORA DE BEBIDAS REFRESCANTES NO ALCOHÓLICAS
✓ 1 ud. MAQUINA EXPENDEDORA DE CAFÉ E INFUSIONES
✓ 1 ud MAQUINA EXPENDEDORA DE ALIMENTOS ENVASADOS (Bollería industrial, snacks y sándwiches)
• Centro xx Xxxxx “Las Matillas”. X/ xx Xxxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxxxxx:
✓ 1 ud. MAQUINA EXPENDEDORA DE BEBIDAS REFRESCANTES NO ALCOHÓLICAS
✓ 1 ud. MAQUINA EXPENDEDORA DE CAFÉ E INFUSIONES
✓ 1 ud MAQUINA EXPENDEDORA DE ALIMENTOS ENVASADOS (Bollería industrial, snacks y sándwiches)
• Centro Logístico de Jardinería. Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxx x Xxxxx 000 xx Xxxxxxxxxxxxx:
✓ 1 ud. MAQUINA EXPENDEDORA DE BEBIDAS REFRESCANTES NO ALCOHÓLICAS
✓ 1 ud. MAQUINA EXPENDEDORA DE CAFÉ E INFUSIONES
✓ 1 ud MAQUINA EXPENDEDORA DE ALIMENTOS ENVASADOS (Bollería industrial, snacks y sándwiches)
La instalación de todos los equipos se realizará a partir de la fecha de suscripción del contrato correspondiente, con excepción de las maquinas a instalar en el Centro deportivo “La Dehesa”, que solo podrán instalarse a a partir de 01 de julio de 2017.
La relación de máquinas a instalar podrá aumentar o disminuir, así como cambiar de ubicación en atención a las necesidades que se planteen, siempre bajo la indicación y autorización del Ayuntamiento de Arroyomolinos.
Quedan excluidas de este contrato las máquinas expendedoras de tabaco y bebidas alcohólicas, así como las máquinas recreativas y de juegos xx xxxx.
2.1.1 OBTENCIÓN DE PERMISOS, LICENCIAS Y AUTORIZACIONES
Serán a cargo de la empresa adjudicataria los gastos de transporte, instalación, puesta en marcha, mantenimiento, abastecimiento de productos para su dispensación, limpieza, desinstalación y otros gastos asociados a la explotación de las máquinas expendedoras, así como las licencias o autorizaciones administrativas que sean precisas.
Toda obra o instalación de adecuación para el ejercicio de la actividad será ejecutada y costeada por el adjudicatario, o por terceros contratados al efecto por aquel, proyectadas y dirigidas bajo su exclusiva responsabilidad y en cumplimiento de todos los requisitos y obtención de todas las autorizaciones o licencias exigidas por la legislación general y sectorial para el desarrollo del objeto de la actividad. Así mismo queda obligado a cumplir todas las normas legales vigentes que afecten al desarrollo de su actividad, quedando EMUVISA totalmente al margen de cualquier asunto o cuestión que pudiese plantear en relación con tal actividad. Todas las tasas, impuestos, permisos, trámites o licencias a solicitar por el adjudicatario para el establecimiento de la actividad correrán de su cuenta.
Una vez resuelto el contrato, la empresa adjudicataria deberá retirar las máquinas expendedoras en un plazo no superior a quince días, siendo por su cuenta los eventuales gastos que se deriven, así como el saneamiento de los posibles desperfectos imputables a la instalación, uso y retirada de las máquinas.
2.1.2. MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA
Durante la vigencia del contrato la empresa adjudicataria deberá garantizar el correcto funcionamiento de las máquinas instaladas, llevando a cabo las posibles reparaciones o el cambio de una máquina por otra cuando no pueda ser reparada en su lugar de ubicación. Toda máquina deberá ser reparada en un plazo no superior a 48 horas, si no fuera posible su reparación en dicho plazo, la empresa adjudicataria deberá sustituirla por otra de características similares en el plazo máximo de tres días hábiles. La empresa adjudicataria asumirá la reparación de las máquinas en cualquier caso, inclusive en supuestos de
catástrofes naturales, vandalismo o daños intencionados, quedando EMUVISA S.A.U. exento de toda responsabilidad en esta materia.
Las máquinas se mantendrán en todo momento en perfecto estado de limpieza e higiene, conservación y funcionamiento. Asimismo, la retirada y gestión de los residuos que se produzcan como consecuencia del funcionamiento de las máquinas (cajas, bolsas, posos, peladuras, etc.) corresponderá al adjudicatario.
El adjudicatario se responsabiliza de las condiciones higiénicas y sanitarias de los artículos y productos que estén a la venta, debiendo adoptar todas las medidas necesarias para impedir que sean servidas bebidas o comidas que no reúnan las condiciones higiénicas y sanitarias exigibles.
2.2. CONDICIONES DE LA ACTIVIDAD
2.2.2. OBJETO DE LA ACTIVIDAD
El adjudicatario se compromete y obliga a prestar de forma conveniente y eficaz, con arreglo a las técnicas y hábitos del negocio, el servicio y explotación de máquinas para la dispensación automática de productos (vending)
2.2.3. PRODUCTOS COMERCIALIZABLES
El licitador adjudicatario deberá , en cada punto de servicio, dispensar los siguientes artículos:
Bebidas calientes: Café, chocolate e infusiones Bebidas frías: Aguas, refrescos y zumos
Productos alimenticios sólidos: Bollería industrial, snacks y sándwich.
Los precios de venta al público serán los presentados a la licitación en la oferta. Para los precios de nuevos productos o no contemplados inicialmente y para la modificación de los precios originales, será necesaria la autorización previa del Ayuntamiento de arroyomolinos.
2.2.4. COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS
Las máquinas expendedoras ofertadas cumplirán con la legislación vigente y se adjuntarán todos los certificados que les atañan. Deberán figurar en la máquina, en lugar visible, los siguientes datos:
- Homologación administrativa de las máquinas empleada.
- Identificación del responsable y su teléfono para supuestos de avería y reclamaciones.
- Descripción de las condiciones de funcionamiento y de los productos o servicios, incluido el precio.
- Indicación clara de los productos que son ambiental y/o socialmente mejores (de Comercio Justo, de agricultura ecológica, de producción integrada etc.)
Las máquinas deberán incorporar un sistema de devolución del dinero para los supuestos de inexistencia de mercancía o funcionamiento deficiente, disponiendo de los correspondientes monederos con capacidad para devolver cambio y aceptar monedas de 5 céntimos de euro como mínimo.
Las máquinas estarán dotadas de un sistema electrónico que facilite su correcto funcionamiento y la buena calidad del servicio, así como estar dotadas de todas aquellas protecciones que garanticen la seguridad.
Deberán estar diseñadas, construidas y conservadas de forma que se prevenga el riesgo de contaminación de los productos a suministrar. Las superficies que estén en contacto con los alimentos estarán en buen estado y serán fáciles de lavar y, cuando sea necesario, de desinfectar; ello requerirá materiales lisos, lavables y no tóxicos.
Las máquinas contarán con instalaciones o dispositivos precisos para el mantenimiento y la vigilancia de las condiciones adecuadas de la temperatura de los productos alimenticios. Los productos ofertados deberán de cumplir las reglamentaciones técnico-sanitarias pertinentes. Los productos cumplirán lo dispuesto en el Real Decreto 640/2006 de 26 xx xxxx en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios, así como las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comida preparada según el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre.
Los productos a suministrar deben de cumplir la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio.
Las máquinas serán de última generación, con consumos energéticos bajos. Los licitadores presentarán una lista con las máquinas que proponen indicando los consumos de las mismas.
Los gases refrigerantes de las máquinas instaladas no deben contener HCFCs o HFCs, este extremo deberá quedar acreditado en la documentación técnica.
Los envases para las bebidas calientes deberán ser 100% biodegradables. Las máquinas no podrán llevar publicidad, salvo la propia de los productos que expende.
2.2.5. REPOSICION DE PRODUCTOS y STOCK
El licitador adjudicatario:
- Será el responsable del stock de los productos.
- Deberá hacer una renovación de los productos periodicamente.
- Será el responsable de la custodia xxx xxxxxxx donde están los productos.
2.2.6. SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y EXPLOTACIÓN
El licitador adjudicatario viene obligado a suscribir un seguro de Responsabilidad Civil con, al menos, las garantías de R. Civil de Explotación y Locativa (frente al propietario del inmueble), por una cuantía mínima de 150.000,00 €. En todo caso, el arrendatario deberá facilitar a la propiedad copia completa de las pólizas contratadas así como, anualmente, copia del recibo acreditativo del pago de la prima que acredite la vigencia de la cobertura.
2.2.7. HORARIO Y NORMAS GENERALES DE ACTIVIDAD
2.2.7.1. Horario
Para el desarrollo de la actividad, el licitador adjudicatario del arrendamiento deberá considerar los horarios de apertura de los diferentes centros que a esta fecha se corresponden con lo siguiente:
Lunes a Viernes 9:00-23:00h
Sábados 9:00-21:00h
Domingos 9:00-14:00h y 17:00- 21:00h
2. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A APORTAR (Sobre B)
Proposición técnica:
En cuanto a la documentación técnica se aportará:
- Documento titulado “MEMORIA DE SERVICIO”, incluyendo descripción de servicio ofertado del objeto del contrato, que exprese las características del servicio a prestar, especificando adecuadamente la metodología, la plantilla y los medios asignados, así como mejoras ofertadas con respecto a lo exigido sin coste para el Ayuntamiento. Dicha memoria contendrá:
- Fichas técnicas de los modelos de máquinas ofertados, con fotografías. Especificando sus consumos energéticos e indicando el gas refrigerante utilizado.
- Programa de explotación en el que se indicará:
o Periodicidad en las visitas para la renovación y comprobación del estado de los productos.
o Periodicidad en la limpieza de las máquinas, metodología.
o Mantenimiento, modo de actuación en caso de avería, indicando plazos de reparación o de sustitución de máquinas.
o Actuación ante posibles incidencias.
- Listado con precios de venta al público de los productos ofertados, especificando marca, ingredientes, tamaño, dosificación, etc.
2.2 Un documento titulado “MEJORAS”, donde el licitante puede incluir cualquier otro extremo que considere de interés para EMUVISA y que redunde en una mejora de los servicios que presta el centro deportivo y redunde en una mejora económica para EMUVISA.
Proposición económica:
PROPUESTA DE CANON
Se indicará por el licitador el porcentaje sobre los ingresos a favor de EMUVISA.
Solo se admitirán y valorarán todas aquellas propuestas económicas que igualen o superen el porcentaje mínimo de arrendamiento mensual establecido en el presente pliego de condiciones.
Para la valoración de las propuestas presentadas se otorgarán un total de 70 puntos máximos, con el desglose que se expone a continuación:
Valoración Sobre C. Propuesta económica
1.- OFERTA ECONÓMICA: Máximo 50 puntos, distribuidos en función de los siguientes criterios:
Para la aplicación objetiva de estos criterios se concederá la máxima puntuación a la oferta más ventajosa en estos criterios (entendiéndose esta como la mayor porcentaje sobre la recaudación de las máquinas y siempre que supere los mínimos establecidos).
El resto de ofertas se puntuarán en proporción inversa a aquella, según la siguiente fórmula:
P= PMxO
OMV
Donde P, es la puntuación de cada oferta; PM es la puntuación máxima; OMV la cantidad a que asciende la oferta más ventajosa y O es la oferta a puntuar.
Valoración Sobre B. Propuesta Técnica
2.- ASPECTOS TÉCNICOS: Máximo 15 puntos: se valorará el análisis y presentación de la propuesta técnica del área a arrendar, de forma que se concederán:
Se valorará en función de la memoria presentada, prestando especial atención al programa de explotación, modelos de máquinas a instalar y el listado de precios de venta al público de los productos ofertados, así como posibles mejoras con respecto a lo exigido sin coste para el Ayuntamiento.