CONTRATO DE EDICIÓN
REUNIDOS DE UNA PARTE,
Di7 SL, entidad domiciliada en Binissalem, x/ Xxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx, 0X Xxxxxxxxxx (Xxxxx Xxxxxxx) CIF X00000000 y, en su representación Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx con el DNI. 00000000 X en adelante denominado el EDITOR.
Y DE OTRA PARTE,
Nombre / DNI / dirección del autor/a o autores/as
actuando en su nombre y derecho y en adelante denominado el AUTOR / A.
RECONOCIÉNDOSE ambas partes en las calidades con que actúan, en plena capacidad legal para este acto, convienen suscribir el presente CONTRATO DE EDICIÓN de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS:
1.- El AUTOR cede al EDITOR los derechos de edición, publicación, distribución, promoción, difusión y venta en exclusiva en todo el mundo de la obra con título " “ para su explotación comercial en forma de libro impreso o en formato digital en lengua CATALANA.
2. La presente edición tiene carácter de exclusiva y confiere legitimación al EDITOR, con la independencia de la del AUTOR, para perseguir las violaciones que afectan a las facultades que se le confieren por el presente contrato.
3.- Como contraprestación por la cesión de los derechos de edición, publicación, distribución, promoción, difusión y venta que se contemplan en la cláusula 1, el AUTOR percibirá el 10% del precio de venta al público sin IVA por cada uno de los ejemplares vendidos y cobrados de las ediciones impresas y un 25% sobre las ediciones digitales. Las liquidaciones anuales de los derechos de autor, se realizará antes del 30 xx xxxx del año siguiente. El EDITOR notificará al AUTOR las ventas anuales.
Como adelanto a cuenta de dicha cantidad, el AUTOR percibirá la cantidad de ……, que corresponde al valor de liquidación del 50% de los ejemplares de la primera edición. El pago se realizará, en los 30 días posteriores a la formalización de este contrato, correspondiendo. Los pagos se realizarán a través de transferencia bancaria a la cuenta/as que se asignen a tal efecto con la retención de impuestos establecidos por la ley.
4.- El AUTOR se compromete a entregar al EDITOR todos los materiales originales del libro antes del día
…. de …. El AUTOR responde ante el EDITOR de la autoría y originalidad de la obra y del ejercicio pacífico de los derechos que cede mediante el presente contrato, manifestando que sobre los mismos no tiene contraído ni contraerá compromiso o gravamen alguno que atente contra los derechos que al EDITOR correspondan, de acuerdo con lo estipulado en el presente escrito.
5.- El EDITOR efectuará una PRIMERA edición de …. ejemplares. Asimismo, durante la vigencia de este contrato el EDITOR podrá realizar las reimpresiones que estime convenientes, informando de ello al AUTOR y realizando las correspondientes liquidaciones de derechos, que el EDITOR remitirá al AUTOR anualmente durante el primer cuatrimestre de cada año. El EDITOR deberá consensuar con el AUTOR cualquier cambio en las características físicas del libro en caso de reedición.
6.- El EDITOR deberá facilitar la información necesaria para que el AUTOR pueda efectuar la comprobación de tirada dentro de los 3 primeros meses posteriores a su impresión. El EDITOR facilitará al AUTOR las pruebas de grabado e imprenta destinadas a la corrección. Si el AUTOR no efectúa dicha supervisión el EDITOR queda facultado a obtener por sí mismo la corrección de las mismas, sin que le quepa responsabilidad alguna si el resultado de dicha corrección no fuese satisfactorio para el AUTOR. El AUTOR deberá hacer las correcciones imprescindibles y que no supongan nunca una proporción superior a un 10% del total. Toda corrección superior irá a cargo del AUTOR.
7.- El EDITOR viene obligado a poner a la venta la obra en un plazo no superior a los 12 meses a contar desde la fecha de entrega de los originales, los cuales deberán ser restituidos al AUTOR cuando se haya ultimado la edición de la obra.
8.- El EDITOR se compromete a una explotación continua y a dar a la obra difusión comercial conforme a los usos habituales de sector y destinará un máximo del 5% de ejemplares de cada tirada para promocionar la obra. Así mismo entregará al AUTOR, sin cargo alguno, 30 ejemplares de su obra en la primera edición y 10 ejemplares por cada reimpresión que se efectúe de la misma. Además, facilitará al AUTOR los ejemplares que éste solicite con el descuento correspondiente. Los aludidos ejemplares no podrán ser destinados al comercio y sobre los mismos el AUTOR no percibirá derecho alguno.
9.- El AUTOR conserva los derechos de explotación de cada uno de los dibujos y textos que forman parte de la obra para todos los países y lenguas del mundo. El AUTOR conserva también los derechos de explotación de la obra en formato de libro para todas las lenguas no comprendidas en el pacto primero de este contrato. EL EDITOR tendrá derecho preferente para la explotación de la obra en otros idiomas, por iniciativa propia o siempre que iguale la oferta en firme de otro editor.
10.- El presente contrato tiene una duración máxima de cinco (5) años a contar desde la fecha de firma del contrato por ambas partes. Extinguido el contrato este se renovará automáticamente por periodos de un año sin que medie notificación previa por parte del EDITOR. En el supuesto de que alguna de las dos partes desee rescindir el presente contrato una vez pasados los cinco (5) primeros años, deberá notificarlo por escrito (mediante carta certificada) a la otra parte con un mínimo de dos (2) meses de antelación a la fecha de renovación automática del presente contrato.
11.- El AUTOR faculta al EDITOR para la detracción, declaración e ingreso en el Tesoro Público de aquellas cantidades que, por cualquier concepto impositivo hubiera de satisfacer el AUTOR, derivadas de los rendimientos de la propiedad intelectual objeto de este contrato, en todos aquellos impuestos, o gravámenes, en que la Editorial tenga, por disposición legal, la condición de sustituto del AUTOR- contribuyente.
12.- Cuanto a las causas de resolución y extinción de este contrato, ambas partes se someten expresamente a lo previsto en los artículos 68, 69 y 70 de la Ley 22/1987 de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual.
Respecto al derecho del EDITOR a vender como saldo la edición o a destruir los ejemplares de la obra, ambas partes acuerdan someterse a lo dispuesto en el artículo 67 de la antecitada Ley.
13.- Para resolver cuantas divergencias pudieran surgir como consecuencia de la interpretación o aplicación del presente contrato, ambas partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de Palma de Mallorca- con expresa renuncia a cualquier otro fuero.
Así queda convenido, y para que conste, extienden y firman el presente documento por duplicado o triplicado aunque a un sólo efecto, en
Binissalem, a de
EL AUTOR: EL EDITOR: