PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE GESTION DE SERVICIO PÚBLICO, MEDIANTE CONCESION ADMINISTRATIVA, DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE LAS PISCINAS MUNICIPALES CLIMATIZADAS DE GARRIDO Y DE LA ALAMEDILLA, Y LAS PISCINAS MUNICIPALES...
Ref. CP/AL-2013/741
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE GESTION DE SERVICIO PÚBLICO, MEDIANTE CONCESION ADMINISTRATIVA, DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE LAS PISCINAS MUNICIPALES CLIMATIZADAS XX XXXXXXX Y DE LA ALAMEDILLA, Y LAS PISCINAS MUNICIPALES DE LA ALDEHUELA, DEL PARQUE DEPORTIVO XXXX XXXXXXXX XXXXXX, DE PIZARRALES, DE SAN XXXX Y XX XXXXXXX, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, Y VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
CAPÍTULO I: CONDICIONES GENERALES
ART. 1º. OBJETO.
El objeto del contrato es la gestión del servicio público, en su modalidad de concesión administrativa, de las piscinas municipales definidas en el art.1 Pliego de Cláusulas Técnicas, de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente Pliego y en el citado Pliego de Cláusulas Técnicas, así como de cualquier otra piscina, tanto xx xxxxxx como climatizada, que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx pase a gestionar o construir dentro de la duración de este contrato y que decida adscribir a la concesión, así como la conversión de la piscina xx xxxxxx de San Xxxx en climatizada. Asimismo, el objeto del contrato alcanza también la realización de las obras de reforma y adecuación de las piscinas municipales previstas en el Anexo nº 2 del presente Pliego.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx)
ART.2º. PRESUPUESTO ANUAL Y TIPO DE LICITACIÓN.
El presupuesto estimado anual del contrato alcanza la cifra de 2.515.071,55 €, quedando fijado el tipo de licitación en la subvención máxima anual al déficit de explotación a percibir por el concesionario, que asciende a la cantidad de 784.744,46 €.
ART. 3º. NATURALEZA JURÍDICA.
A. Normas generales.
El presente contrato tiene carácter administrativo, y ambas partes quedan sometidas expresamente, para cuanto no esté previsto en el presente Xxxxxx, a lo dispuesto en el R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP).
Asimismo se regirá por las disposiciones y normas de Derecho Comunitario que le sean de aplicación; por los preceptos contenidos en el Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx y en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas(en adelante RGLCAP);así como por las previsiones que en materia de contratación y de servicios públicos locales establezca la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local (en adelante LRBRL) y en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, de disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (en adelante TRRL). Supletoriamente se aplicará las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto, las de derecho privado.
B. Prerrogativas de la Administración y jurisdicción competente.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa.
Contra tales acuerdos podrá interponerse recurso potestativo de reposición en vía administrativa conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso- administrativo conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ART. 4º. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DE LA CONCESIÓN.
El expediente de contratación es de tramitación ordinaria por procedimiento abierto y pluralidad de criterios de valoración de las ofertas.
Cada empresario no podrá presentar más de una proposición ni individualmente, ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. Y quien participa individualmente no podrá hacerlo en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la no admisión de las ofertas o solicitudes de participación.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económica más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150 del TRLCSP y descritos en el artículo 13 de este Pliego.
ART. 5º. TITULARIDAD DEL SERVICIO.
La explotación se realizará mediante la modalidad de concesión administrativa recogida en el artículo 277 del TRLCSP, en la que se encomendará a una persona física o jurídica la prestación a su cargo del servicio público de las Piscinas Municipales xx Xxxxxxxxx, de manera
que gestionará el servicio a su propio riesgo y xxxxxxx, autorizándole la percepción de la tarifa como contraprestación del mismo.
La codificación de la nomenclatura de la CPA 2002 (Reglamento CE nº 204/2002 de la Comisión Europea de 19 de diciembre de 2001, por el que se modifica el Reglamento CEE Nº 3696/93 del Consejo) correspondiente al servicio objeto del contrato es 92.61 "Servicios de gestión de instalaciones deportivas".
La codificación de la nomenclatura de la CPV (Reglamento CE nº 2195/2002, Recomendación de la Comisión Europea de 30 de julio de 1996) correspondiente al servicio objeto del contrato es: 92610000-0 "Servicios de explotación de instalaciones deportivas".
Las necesidades administrativas a satisfacer mediante el presente contrato son las especificadas en el Pliego de Cláusulas Técnicas que lo rige.
ART. 6º. RÉGIMEN JURÍDICO Y REVERSIÓN DE BIENES AFECTOS A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO OBJETO DE LA CONCESIÓN.
Al finalizar la concesión revertirán al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, en pleno dominio, los siguientes bienes:
6.1. Las edificaciones, instalaciones, obras y, en general, los bienes de toda clase, de carácter no consumible, que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx entregue al contratista para la gestión del Contrato. (En el Anexo II xxx Xxxxxx de Cláusulas Técnicas se recoge a título informativo una relación del material con el que están dotadas las Piscinas municipales).
6.2. Las obras, mejoras, instalaciones y, en general, los bienes de toda clase, de carácter no consumible, que el concesionario construya, instale o adquiera, con autorización del Ayuntamiento, para su adscripción a los servicios de la piscina, así como las reparaciones y reposiciones de los existentes.
6.3. En ambos casos, la situación y estado de conservación de dichos bienes al producirse la reversión, serán los siguientes:
6.3.1. Las obras, edificaciones, instalaciones y bienes inmuebles deberán encontrarse en perfecto estado de conservación, ya que es obligación del concesionario ejecutar, por su cuenta, todas las obras de reparación necesarias, mantenimiento y conservación de las mismas.
6.3.2. Los aparatos, herramientas, máquinas y bienes muebles adscritos al servicio deberán encontrarse en el momento de la reversión en perfectas condiciones, ya que es obligación del concesionario mantenerlos en perfecto estado de conservación y funcionamiento durante todo el tiempo de duración del contrato y sustituirlos a su xxxxx por otros similares cuando por el transcurso del tiempo o por cualquier otra causa perdieran ese estado.
Durante un período de seis meses anteriores a la reversión, el Ayuntamiento adoptará las disposiciones encaminadas a que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas.
ART. 7º. DURACIÓN DE LA CONCESIÓN.
La concesión tendrá una duración máxima xx XXXX (10) años contados desde el día siguiente al de la firma del contrato por las partes. No obstante lo anterior, la duración del contrato podrá ser prorrogada anualmente hasta un máximo de 5 años más por mutuo y expreso acuerdo de las partes, de conformidad con lo dispuesto en el art. 23 del TRLCSP, previa la tramitación del oportuno expediente.
ART. 8º. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Podrán concurrir a la adjudicación del contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición para contratar en virtud de lo establecido en el artículo 60 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Tratándose de personas jurídicas, las prestaciones objeto del contrato deberán estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales les sean propios.
La Administración a tenor de lo establecido en el artículo 59 del TRLCSP, podrá contratar con uniones de empresas. En este caso, las prestaciones objeto del contrato deben estar incluidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad de cada empresa componente de la UTE, si bien, respecto de la solvencia requerida (en los términos que a continuación se expresan) bastará que sea justificada por una o varias de las componentes de la UTE. Quienes deseen participar en Unión temporal de empresas deberán presentar asimismo, un escrito de proposición en el que se indiquen los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriben, la participación de cada una de ellas y el nombramiento de una persona física representante o apoderada única con poderes bastantes para ejercitar los derecho y cumplir con las obligaciones que se deriven del contrato (ANEXO Nº 5), sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados para cobros y pagos de cuantía significativa, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicataria. Este documento deberá estar firmado por la representación de cada una de las empresas componentes de la unión. Sólo en caso de que el contrato sea adjudicado a la unión temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública.
A. Criterios de solvencia económica y financiera.
Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera. Los licitadores, tanto nacionales como extranjeros, deberán justificar su solvencia económica y financiera por los siguientes documentos y ajustándose a los criterios que a continuación se definen:
A.1. Tratándose de personas jurídicas:
A.1.1. Declaraciones de que la cifra media de negocio de los trabajos realizados por la empresa en los últimos tres ejercicios no es inferior a
2.000.000 € anuales.
A.2. Tratándose de personas físicas:
A.2.1. Declaración de que la cifra media de negocio de los trabajos realizados por el empresario en los últimos tres ejercicios no es inferior a
2.000.000 € anuales.
B. Criterios de solvencia técnica y profesional.
En virtud de lo establecido en el artículo 79 del TRLCSP, los medios de acreditación de esta solvencia técnica o profesional para los contratos de gestión de servicios públicos son los mismos que para los contratos de servicios recogidos en el artículo 78 del mencionado texto. La acreditación de esta solvencia en este caso vendrá dada por:
B.1. Para el caso de la realización de obras en las instalaciones, clasificación empresarial solicitada o en el caso de que no sea el licitador quien vaya a realizar las obras, declaración expresa de que la empresa que vaya a realizarlas tendrá dicha clasificación o clasificaciones.
B.2. Ser titular en los últimos tres años vencidos y anteriores a la licitación del presente contrato de uno o varios contratos de gestión total o parcial (servicios auxiliares deportivos) de piscinas de titularidad pública o instalaciones deportivas de titularidad pública que incluyan piscinas, y que por sí mismo o en conjunto sumen una cifra de negocio no inferior a 784.744,46 € / año.
C. Clasificación de la empresa que realice las obras.
C.1. La clasificación será C 4 d; C 6 d.
C.2. En el que caso de que la empresa licitadora no fuera a ejecutar las obras deberá incluir en el sobre una declaración expresa de esta circunstancia, comprometiéndose a que la empresa que las lleve a cabo tenga la clasificación exigida.
ART. 9º. GARANTÍAS.
El licitador que presente la oferta más ventajosa estará obligado a constituir, en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una fianza definitiva por el 5 % del importe de la inversión obligatoria a ejecutar (obra), sin IVA. Este aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento haga la recepción de la obra. A partir de ese instante se sustituirá por una segunda fianza definitiva por el 5 % del presupuesto del contrato del primer año de explotación ofrecido por el adjudicatario, excluido IVA, que responderá del cumplimiento por el concesionario de las obligaciones derivadas de la gestión y explotación de las piscinas objeto del presente contrato.
La garantía definitiva deberá actualizarse cada cinco años según la evolución experimentada en términos porcentuales por el coste de explotación del periodo.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de los medios recogidos en el artículo 96 del TRLCSP, con los requisitos establecidos en art. 55 y ss. del RGLCAP, o mediante garantía global con los requisitos establecidos en el art. 98 del TRLCSP. En el caso de constituirse en metálico, se aportará el justificante del ingreso en BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y XXXXX, S.A., cuenta número 2104-0000-17-1100004993. En
caso de no cumplir dicho requisito por causas imputables al mismo se declarará resuelto el contrato.
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 del TRLCSP. La devolución de la misma y su cancelación se efectuarán de conformidad con lo dispuesto en el art. 102 del TRLCSP y 65.2 y 65.3 del RGLCAP.
ART. 10º. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Las proposiciones se presentarán en el Servicio de Contratación y Bienes del Excmo. Ayuntamiento, hasta las trece horas en el plazo de treinta días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el art. 159.2 del TRLCSP, publicándose, asimismo, en el Perfil de Contratante de este Ayuntamiento (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx) de conformidad con el art. 142.4 del TRLCSP.
Dentro del mismo plazo, también podrán presentarse por correo, conforme a lo establecido en el art. 80.4 del RDL 1098/2001, finalizando el plazo de presentación de proposiciones a las trece horas.
Cuando se envíe por correo se incluirán los sobres indicados en el apartado siguiente en el interior de otro sobre, debiendo justificarse la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama, con el siguiente literal:
Servicio de Contratación del Ayuntamiento Salamanca: Xxxxx Xxxxx xx 0, 00000 (Xxxxxxxxx). Fax: 000 00 00 00
Telf.: 000 00 00 00, extensión 9517 ó 9590
Texto: PRESENTADA POR CORREO OFERTA (fecha).- Firma (la empresa licitante).
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación, si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación.
Terminado el plazo de recepción, la oficina receptora expedirá certificación relacionada de la documentación recibida o de la ausencia de licitadores, en su caso, la que, juntamente con aquélla, remitirá al Secretario de la mesa de contratación.
Las empresas interesadas podrán examinar la documentación en las dependencias señaladas en el anuncio de licitación, pudiendo obtener cuantas aclaraciones fueren precisas mediante llamada telefónica, consulta telegráfica, teléfono, fax o correo electrónico en el número y dirección que igualmente se exprese en el citado anuncio.
A efectos de obtención por los licitadores de la información se estará a lo previsto en el artículo 158 del TRLCSP. El órgano de contratación no estará obligado a atender las solicitudes de xxxxx xx Xxxxxxx y documentación complementaria cuando éstos sean accesibles a través del perfil de contratante.
El acceso al perfil de contratante se realizará a través del portal institucional del Ayuntamiento xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada por parte del empresario de las cláusulas de este Pliego sin salvedad alguna, y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
ART. 11º. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados.
En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente.
Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico.
SOBRE Nº1 (Cerrado)
TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido.
Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO:
A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP.
A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.
B. Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública de la que resulte poder suficiente, debidamente inscrito en el Registro Público que corresponda y que deberá estar bastanteado por el Oficial Mayor del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, previo pago de la tasa prevista en el art. 4.11 de la Ordenanza Fiscal nº 24 (tasa por expedición de documentos administrativos.
C. Documento Nacional de Identidad del representante o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
D. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, acreditarán su personalidad y capacidad en la forma descrita anteriormente y aportarán un compromiso de constitución de unión temporal, con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración.
E. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera. Los licitadores, tanto nacionales como extranjeros, deberán justificar su solvencia económica y financiera por los siguientes documentos y ajustándose a los criterios que a continuación se definen:
E.1. Tratándose de personas jurídicas:
E.1.1. Declaraciones de que la cifra media de negocio de los trabajos realizados por la empresa en los últimos tres ejercicios no es inferior a
2.000.000 € anuales.
E.2. Tratándose de personas físicas:
E.2.1. Declaración de que la cifra media de negocio de los trabajos realizados por el empresario en los últimos tres ejercicios no es inferior a
2.000.000 € anuales.
F. Documentos acreditativos de la solvencia técnica o profesional. Los licitadores acreditarán su solvencia técnica o profesional por todos y cada uno de los medios indicados en este Pliego. A tal efecto acompañarán documento acreditativo de la clasificación empresarial exigida en este Pliego para la realización de las obras en las instalaciones o, en su caso, la declaración a la que se refiere el apartado C del artículo 8 del presente Xxxxxx. Asimismo acompañarán certificaciones expedidas por los organismos públicos correspondientes acreditativas de los extremos señalados en el apartado B.2. del citado artículo.
G. Declaración responsable, de la que se acompaña modelo en el Anexo Nº 3, en la que se contengan los siguientes aspectos:
No estar incurso el empresario en ninguna de las circunstancias que prohíben contratar con la Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del TRLCSP. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
No obstante, la justificación acreditativa de estos últimos requisitos se exigirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa una vez realizada la propuesta de adjudicación por la Mesa de contratación, debiendo aportarse antes de la adjudicación.
X. Xx presentación por los empresarios de Estados miembros de la Unión Europea de certificado comunitario de clasificación otorgará los efectos previstos en el artículo 84 de TRLCSP.
SOBRE Nº2 (Cerrado)
TÍTULO: “CRITERIOS CUYA VALORACIÓN ESTÁ SUJETA A JUICIOS DE VALOR.
PROYECTO TÉCNICO DE GESTIÓN” . DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido y versará sobre aquellos aspectos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación señalados en Pliego.
CONTENIDO:
A. Gestión funcional: Organización interna del servicio que deberá referirse a:
A.1. Gestión de RRHH.
A.2. Recursos materiales.
A.3. Imagen y promoción de las instalaciones.
A.4. Plan de mantenimiento y conservación de las instalaciones.
A.5. Oferta de servicios.
B. Gestión deportiva: Deberá especificarse la forma de gestión para:
B.1. Incluir todos los aspectos relativos a la organización y programación de cursos y actividades (fechas, horarios y previsión de usuarios en los cursos de natación o de natación libre y cualquier otra circunstancia a juicio de los licitadores).
B.2. Otras actividades propuestas por los licitadores. Se valorará debidamente la relación de las actividades deportivas y de ocio propuestas. Deberá incluirse en el Proyecto todos los aspectos relativos a la gestión de estas actividades que se describan, al objeto de su valoración.
C. Obras y estudio xx xxxxxxx: Propuesta sobre la climatización de la piscina municipal de San Xxxx y sobre la elaboración del estudio xx xxxxxxx (estudio de demanda), al que se refiere el apartado D del artículo 16 del presente pliego. En su caso, Memoria o Anteproyecto de las obras adicionales de reforma o adecuación de las piscinas que pretenda realizar el concesionario para mejorar su funcionalidad.
SOBRE Nº3 (Cerrado)
TÍTULO: “CRITERIOS EVALUABLES POR MEDIO DE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS O PORCENTAJES. OFERTA ECONÓMICA”.
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. CONTENIDO:
A. Proposición económica formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo nº1 de este Pliego.
B. La proposición económica se presentará debidamente firmada por quien tenga poder suficiente, pudiendo ser rechazada conforme a lo establecido en el artículo 84 del RLCAP.
C. Cada licitador no podrá presentar más que una sola oferta. No se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otra empresa, si lo hubiese hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal.
D. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de todas las ofertas por él presentadas.
E. Las ofertas que excedan del importe máximo de subvención al déficit de explotación anual señalado en el art. 2 de este Pliego serán rechazadas.
F. Igualmente, se incluirá en este sobre el Estudio Económico Financiero de la concesión, para su estudio por parte de los servicios técnicos municipales, que se ajustará en su estructura al estudio incorporado al ANEXO Nº 7 del presente pliego. Con dicho estudio se acompañará la propuesta de tarifas del licitador.
ART. 12º. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.
Finalizado el plazo de admisión de documentación, se constituirá la Mesa de Contratación del Ayuntamiento, procediendo a la calificación de la documentación incluida en el sobre nº1.
Si observara defectos u omisiones subsanables procederá en la forma prevista en el artículo 81.2 del RGCAP, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador corrija o subsane los mismos.
Si los defectos u omisiones no fueran subsanados o, en su caso, no fueran subsanables, la documentación será rechazada.
Realizadas las actuaciones anteriores, el acto público de apertura pública del sobre nº 2 se celebrará en el lugar y día señalados en el perfil del contratante, dándose traslado de lo en ellos contenido al equipo técnico encargado de realizar la valoración de los criterios sujetos a un juicio de valor.
Una vez efectuadas las actuaciones anteriores, se procederá al acto de apertura del sobre nº 3, criterios evaluables por medio de fórmulas o porcentajes, que será pública y se celebrará por la mesa de contratación en lugar, día y hora que previamente haya anunciado en el
Perfil del Contratante de este Ayuntamiento, dándose en a conocer en dicho acto el resultado de la valoración del sobre nº 2.
ART. 13º. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
A. Criterios sujetos a fórmulas o porcentajes o criterios no sujetos a juicios de valor : 51 PUNTOS
A.1. SUBVENCIÓN MÁXIMA ANUAL AL DÉFICIT DE EXPLOTACIÓN que corresponde abonar al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. Se valorará con 31 puntos la oferta que establezca la subvención anual más baja, otorgando 0 puntos a aquella propuesta que iguale la subvención máxima. El resto de las ofertas se valorarán conforme a la siguiente fórmula:
Puntos oferta
Siendo:
a. La oferta más ventajosa aquélla que establezca una menor subvención por parte del Ayuntamiento.
b. La oferta a valorar aquélla que se está analizando
Valores anormales o desproporcionados: Se establecerán según el artículo 152 del TRLCSP y el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
A.2. NO REVISIÓN DE LA SUBVENCIÓN ANUAL AL DÉFICIT DE EXPLOTACIÓN. Se valorará con un máximo de 20 puntos, otorgándose 4 puntos por cada año que no se realice revisión del importe de la subvención, en la forma señalada en el artículo 16.B. del presente Xxxxxx, repartiéndose de la siguiente forma:
No revisión de subvención transcurrido el primer año 4 puntos
No revisión de subvención transcurrido el segundo año 8 puntos
No revisión de subvención transcurrido el tercer año 12 puntos
No revisión de subvención transcurrido el cuarto año 16 puntos
No revisión de subvención transcurrido el quinto año 18 puntos
No revisión de subvención durante toda la vigencia del contrato.. 20 puntos
B. Criterios sujetos a juicios de valor: 49 PUNTOS
B.1. Proyecto Técnico de Gestión: 23 puntos.
Para la valoración de este punto se tomará en consideración:
- Propuesta de gestión de recursos humanos: 2 puntos.
- Plan de promoción del servicio y captación de usuarios: 6 puntos.
- Plan de mantenimiento y conservación de las instalaciones / plan de limpieza: 5 puntos.
- Desarrollo de la oferta de servicios y programa deportivo, especificando las condiciones impuestas en el Pliego Técnico: 10 puntos.
B.2. Cualquier otra propuesta que mejore la calidad del servicio ofertado por el licitador: 26 puntos.
- Nuevos servicios y actividades propuestos por el licitador, diferentes de los establecidos en el pliego de cláusulas técnicas: 15 puntos.
- Propuestas para mejorar el control y seguimiento por parte del Ayuntamiento de los ingresos de explotación del concesionario: 5 puntos.
- Propuesta arquitectónica de la Climatización de la piscina Municipal de San Xxxx, ajustada a la ficha de información urbanística incorporada al Anexo nº 2 del presente Pliego: 3 puntos.
- Propuesta sobre la elaboración del estudio xx xxxxxxx, que permitirá conocer la demanda de usuarios de la posible piscina Climatizada Municipal de San Xxxx: 3 puntos.
ART. 14º. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
A. Adjudicación del contrato.
La Mesa de contratación, una vez valorados los criterios de selección y visto el informe técnico, procederá a formular la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
El órgano de contratación, una vez clasificadas las proposiciones por orden decreciente, adjudicará el contrato al licitador que suscriba la proposición que resulte más ventajosa de acuerdo con los criterios marcados en el presente Pliego y en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones.
B. Documentación previa a la adjudicación del contrato.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta que obtenga mayor puntuación para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento presente la siguiente documentación:
B.1. Alta y, en su caso, último recibo del I.A.E., complementado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
B.2. Certificación acreditativa expedida por el órgano competente, en la forma y con los efectos previstos en los artículos 13, 15 y 16 del RLCAP, de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes.
Además, el adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, que podrá verificar de oficio el cumplimiento de dicha obligación.
B.3. Certificación acreditativa expedida por el órgano competente, en la forma y con los efectos previstos en los artículos 14, 15 y 16 del RGCAP, de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
B.4. Cuando no exista obligación de presentar la justificación a que se refieren los artículos 13 y 14 del RGCAP, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
B.5. Documento acreditativo de la constitución de la garantía definitiva y, en su caso, complementaria. Estas garantías deberán prestarse en alguna de las formas establecidas en el artículo 96 del TRLCSP.
La garantía responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 del TRLCSP.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
C. Adjudicación del contrato y notificación a los licitadores.
Presentada la documentación por el licitador, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante en los términos expuestos en el artículo 151.4 del TRLCSP, por ser objeto del recurso especial en materia de contratación.
En todo caso, en la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al art. 156.3 del TRLCSP.
D. Documentación de formalización del contrato.
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx los siguientes documentos originales:
C.1. Recibo de haber abonado todos los anuncios de licitación por un importe aproximado de 500 euros
C.2. Una copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil exigido con la cobertura de 300.000 euros.
C.3. Cuantos documentos complementarios fuesen requeridos por el órgano de contratación.
E. Documento de formalización del contrato.
El adjudicatario queda obligado a formalizar el contrato en documento administrativo, que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento
título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
El concesionario estará obligado a firmar en el acto de formalización del contrato, en prueba de conformidad con los mismos, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Cláusulas Técnicas.
El contrato no podrá formalizarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos (art. 156.3 del TRLCSP).
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, será de aplicación lo previsto en el art. 156.4 del TRLCSP.
En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, se deberá acreditar su constitución en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato, debiendo aportar el NIF asignado a la UTE.
ART. 15º. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
A. Abonos al Concesionario.
El Ayuntamiento realizará al concesionario mensualmente un pago a cuenta de una doceava parte de la subvención al déficit de explotación (cuyo importe total no podrá superar el máximo ofertado por el licitador), que finalmente resulte para cada año.
B. Obligaciones y gastos exigibles al Concesionario.
B.1. Obligaciones laborales y sociales: El concesionario estará obligado a la subrogación del personal existente en la actualidad (ver ANEXO Nº 6) y quedará obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo, respecto de los trabajos objeto del contrato, sin que, en caso de incumplimiento, se derive responsabilidad para el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
No se podrá acometer ningún ERE de extinción, sin la previa autorización municipal.
B.2. Cumplimiento de plazos y penalidades por demora e indemnización de daños y perjuicios. El concesionario estará obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato, así como de sus plazos parciales si los hubiera. Si llegado el término de cualquiera de dichos plazos, parciales o final, el concesionario hubiera incurrido en demora por causas imputables al mismo, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades conforme al régimen previsto en el artículo 212 del TRLCSP. La aplicación y pago de estas penalidades no excluye la indemnización a que el Ayuntamiento pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al concesionario (artículo 99.2 del RGCAP).
En todo caso la constitución en xxxx del concesionario no requerirá intimación previa por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
B.3. Otros gastos. El concesionario está obligado a satisfacer los gastos que se deriven de los anuncios de licitación obligatorios por un importe aproximado de 500 euros y en su caso los que se deriven de la formalización del contrato en escritura pública, las indemnizaciones a que den lugar las ocupaciones temporales, los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otra información de organismos oficiales o particulares, los correspondientes a pruebas, ensayos, prospecciones, etc., y en general, cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la prestación del servicio.
B.4. Tributos. Tanto en las propuestas que formulen los licitadores como en el presupuesto del contrato se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los impuestos, tarifas, arbitrios y obligaciones de cualquier clase que correspondan a la concesión y a sus bienes y actividades, expedidos por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. (IBI, ICIO, tasa por licencia de obras, tasa de recogida de basuras, tarifas por el suministro de agua, alcantarillado, depuración, etc.) o por otras Administraciones.
En el supuesto de que algún tributo tenga una única liquidación (ICIO, tasa por licencia de obras, Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados…), la justificación documental de su abono se hará en la primera anualidad, prorrateándose después a afectos de subvención únicamente durante los diez años del plazo de duración inicial del contrato.
C. Otros derechos y obligaciones del concesionario.
Además de los derechos y obligaciones generales derivados del régimen jurídico del presente contrato, son derechos y obligaciones específicos del contratista los siguientes:
C.1. Prestar a su riesgo y xxxxxxx el servicio de piscina municipal durante el período y horario establecido, garantizando a los usuarios el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas.
C.2. Percibir la subvención al déficit de explotación del servicio, así como las tarifas que paguen los usuarios correspondientes por la prestación del servicio.
C.3. Destinar las instalaciones municipales para el uso al que estén afectadas y mantenerlas adecuadamente.
C.4. Admitir a toda persona que cumpla los requisitos establecidos en las normas del servicio.
C.5. Exponer, tanto a la entrada xxx xxxxxxx como en su interior y en lugar visible, unas normas higiénico- sanitarias destinadas a los usuarios.
C.6. Disponer en todo momento de personal suficiente y técnicamente capacitado para realizar una prestación del servicio satisfactoria, y en concreto deberá disponer de cómo mínimo un socorrista, acreditado por el organismo competente, con grado de formación suficiente en salvamento,
reanimación y prestación de primeros auxilios, durante todo el tiempo de funcionamiento de las piscinas.
C.7. Suscribir la póliza de seguros de responsabilidad civil suficiente y por al menos 300.000,00 €.
C.8. Ejecutar las obras y reparaciones (previstas en ANEXO Nº 2) en los plazos señalados en el presente pliego.
C.9. Elaborar el estudio xx xxxxxxx al que se refiere el apartado D. del artículo 16 del presente pliego.
C.10. El concesionario deberá llevar una contabilidad separada de la concesión en la que se desglose el resultado de explotación total e individualizado de cada una de las piscinas.
D. Derechos del Ayuntamiento.
Además de los señalados en la legislación vigente, y de los establecidos en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas, el Ayuntamiento tendrá los siguientes derechos:
D.1. Inspeccionar en cualquier momento la prestación del servicio, las instalaciones objeto del contrato y tener en cualquier momento acceso a la documentación relacionada con dicha prestación.
D.2. Comprobar la calidad de los servicios prestados, así como realizar cualquier actuación que estime oportuna con el fin de recabar información sobre los usuarios y la adecuada prestación del servicio.
D.3. Cualquier otra recogida en el Pliego de Cláusulas Técnicas.
E. Obligaciones del Ayuntamiento.
Además de las señaladas en la legislación vigente y de las establecidas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas, el Ayuntamiento tendrá las siguientes obligaciones:
E.1. Poner a disposición del concesionario las instalaciones objeto de gestión y explotación en buen estado para el desarrollo del servicio.
E.2. Tomar las decisiones necesarias para la correcta ejecución del servicio.
E.3. Cualquier otra recogida el Pliego de Cláusulas Técnicas.
E.4. Establecer y garantizar el equilibrio económico del contrato, en beneficio de la parte que corresponda, en los supuestos del art. 282 del TRLCSP.
ART. 16º.- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
X. Xxxxx estimado del contrato y modificaciones del mismo.
El valor estimado del contrato (presupuesto anual reflejado en el artículo 2º por los diez años previstos de duración más otros cinco de posible prórroga, más el importe de las obras a realizar obligatoriamente por el concesionario en virtud del presente Xxxxxx, y más el importe máximo de los posibles modificaciones del contrato hasta el límite fijado en este artículo) asciende a 47.833.074,25 €. Las posibles ampliaciones del contrato se podrán producir por:
A) La adscripción de nuevas piscinas no previstas en este pliego
B) La climatización de la piscina municipal de San Xxxx.
Todo ello hasta un máximo de un 20% del presupuesto total de explotación del contrato, contando su duración inicial y posible prórroga.
B. Subvención por el déficit de la explotación.
El importe máximo anual de la subvención a satisfacer por el Ayuntamiento al concesionario por el déficit de la gestión y explotación del servicio será el ofertado por el adjudicatario del contrato, no pudiendo nunca ser superior a 65.395,37 € mensuales (784.744,46 € anuales), sin perjuicio de las revisiones que procedan según se establece en el párrafo siguiente.
La subvención máxima al déficit de explotación se actualizará cada año aplicando la variación experimentada en el índice nacional de la subclase Servicios recreativos y deportivos, con un coeficiente reductor del 15%, una vez transcurrido el primer año de explotación de las piscinas municipales, siendo el mes a tomar como referencia el mes anterior al correspondiente a la actualización. La revisión surtirá efecto en el mes siguiente al de la actualización en el supuesto de que el inicio de la explotación no sea el primer día del mes.
La subvención al déficit de explotación se abonará de forma mensual, desde el primer mes de explotación de las instalaciones, siendo objeto de liquidación y regularización por años naturales, prorrateándose en función de los meses del año natural, en el supuesto de que éste no sea completo.
El concesionario deberá presentar el primer trimestre de cada año natural las cuentas anuales de la concesión correspondientes al ejercicio vencido, acompañando una auditoría externa de las referidas cuentas, así como los justificantes de gastos ajustados a la normativa aplicable (facturas, nóminas, TC1, TC2, documentos de valor probatorio) y la documentación acreditativa y fehaciente de los ingresos, para poder proceder a liquidar y regularizar la subvención. Asimismo serán de aplicación las siguientes normas:
a).- La justificación de los gastos con operaciones vinculadas no podrá superar el 30% del total de gastos de explotación, excluidos gastos generales y beneficio industrial.
b).- La cuantía de los gastos generales y beneficio industrial se obtiene de aplicar el 10% a los gastos de explotación, excluidos los gastos correspondientes a tributos y gastos financieros de explotación. Este porcentaje es máximo y podrá ser modificado en su oferta por el licitador.
c).- La estructura de los gastos deberá respetar la del estudio económico-financiero del ANEXO Nº 7 del presente pliego; sin embargo, su distribución, sin sobrepasar el 100%, podrá oscilar entre los siguientes intervalos:
- Consumos externos: | 0%-10% |
- Suministros: | 15%-35% |
- Mantenimiento: | 0%-10% |
- Servicios profesionales: | 0%-10% |
- Otros: | 0%-10% |
- Personal: | 45%-60% |
- Tributos: | 0%-10% |
- Gastos Financieros: | 0%-10% |
Total: | 91,3208% (100%-8,6792% G.G. y B.I.) |
d).- En ningún caso serán subvencionables los costes financieros derivados de la constitución de las garantías ni los gastos de mejora o ampliación de la póliza del seguro de responsabilidad civil.
e) El Ayuntamiento en cualquier momento podrá comprobar y, en su caso, rechazar de manera motivada, total o parcialmente, los justificantes de gastos e ingresos de la subvención.
f) Los gastos no justificados, en los términos antes señalados, se considerarán como no realizados en el momento de la regularización y liquidación de la subvención. No se considerará gasto subvencionable el IVA soportado deducible o cualquier otro impuesto, tasa o arbitrio que sea deducible.
g).- La disminución de los ingresos de explotación sobre los previstos en el estudio económico propuesto por el licitador o estimado por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, no podrá representar, en ningún supuesto, el incremento de la subvención máxima al déficit de explotación solicitada por el concesionario.
C. Subvención por compensación de inversiones.
El adjudicatario está obligado a realizar una inversión para la mejora de las piscinas municipales según detalle y cuantía que figuran en el ANEXO Nº 2, parte 1ª; “Reforma Adecuación y Mejora de las Piscinas Municipales”.
En los años 2014 y 2015, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx aportará al concesionario una subvención para financiar las inversiones ya citadas, por un importe máximo igual al de la obra realmente ejecutada, acreditada por el concesionario ante el Ayuntamiento mediante la presentación de las correspondientes certificaciones de obra, debidamente conformadas por la dirección facultativa. No será objeto de compensación a través de la subvención el IVA soportado deducible de la inversión.
El importe máximo de la subvención no superará en ningún caso la cantidad de 2.561.786,35 € correspondientes al presupuesto, sin I.V.A. (que no es objeto de subvención), de las obras de reforma, adecuación y mejora de las piscinas municipales, recogido en el Anexo nº 2 del presente Pliego.
La subvención se justificará de la siguiente forma: hasta un máximo de 146.992,15 € antes de finalizar el ejercicio 2014 y el resto como máximo en el primer semestre de 2015; la subvención se abonará por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, de una sola vez o con pagos parciales, como máximo en el trimestre siguiente a la aprobación de la justificación por el Ayuntamiento en lo que respecta al ejercicio 2014, y en lo que respecta al ejercicio 2015 como máximo en el semestre siguiente a la aprobación de la justificación de la inversión. En el caso de que se produjera la modificación contemplada en el artículo 16.A. del presente Pliego en relación con la climatización de la Piscina de San Xxxx, una vez recibidas las obras por el Ayuntamiento y justificada la inversión en la forma prevista para las obras de reforma y adecuación de las piscinas, el Ayuntamiento abonaría al concesionario adicionalmente, y dentro del semestre siguiente a la justificación de la inversión, una subvención por las obras de cubrición y climatización de la Piscina de San Xxxx, en la cuantía máxima reflejada en el Anexo nº 2 (una vez descontado el I.V.A.).
D. Obras a realizar
El adjudicatario estará obligado a ejecutar las obras de reforma, adecuación y mejora previstas en el ANEXO Nº 2 del presente pliego. A tal efecto el adjudicatario entregará ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx los proyectos de ejecución de las diferentes obras, en los plazos reflejados en el ya citado ANEXO Nº 2.
Como criterio general las obras en las piscinas xx xxxxxx se realizarán, en la medida de lo posible, durante el invierno, sin interferir en la apertura prevista de las mismas. Las reparaciones menores de las piscinas climatizadas se llevarán a cabo durante el verano, interfiriendo lo menor posible en la apertura de las mismas.
En el supuesto de que el adjudicatario hubiera ofertado la realización de obras de reforma o adecuación adicionales a las reflejadas en el Anexo nº 2 de este Pliego con el objeto de mejorar la funcionalidad de las instalaciones, las mismas deberán incorporarse a los proyectos de ejecución a los que se refiere el párrafo primero de este apartado, y ejecutarse en los plazos que se señalen en el plan de actuación que se presente al efecto. En todo caso estas obras deberán ser aprobadas por el Ayuntamiento y no podrán suponer mayor coste para la Corporación.
El Ayuntamiento podrá en cualquier momento, y siempre que no haya trascurrido la mitad de la duración del contrato, modificar este último, encomendando al concesionario la ejecución de las obras de climatización de la piscina Municipal de San Xxxx. Con el fin de que el Ayuntamiento cuente con la más precisa información posible para la toma de decisión en el sentido señalado, el concesionario vendrá obligado a realizar, a su xxxxx, y a entregarlo antes del 30 de octubre del 2014, un estudio xx xxxxxxx en relación con la posible demanda de utilización de la piscina Municipal climatizada de San Xxxx.
En el supuesto de que el Ayuntamiento decidiera encomendar al concesionario la climatización de la piscina Municipal de San Xxxx, se deberá restablecer, al momento de la recepción de las obras, el equilibrio económico financiero del contrato, en la forma prevista en el apartado F del presente artículo. A tal efecto la inversión máxima a compensar al concesionario no superará la cantidad señalada en el Anexo nº2, debiendo entregar el correspondiente proyecto, así como ejecutar las mismas, en el plazo previsto en dicho Anexo.
E. Existencia de crédito.
Las obligaciones económicas derivadas del presente contrato se financiarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:
342.10-479.01
342.10-770.01
Al tratarse de un gasto de carácter plurianual, la adjudicación de este contrato estará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito suficiente y adecuado en los respectivos presupuestos y en las correspondientes aplicaciones presupuestarias de la anualidad de que se trate.
F. Modificación del contrato y mantenimiento del equilibrio económico.
El régimen jurídico aplicable a este contrato para la modificación del mismo y el mantenimiento de su equilibrio económico es el establecido en el artículo 282 del TRLCSP, debiendo seguirse, en su caso, el siguiente procedimiento de modificación:
1. Propuesta de modificación formulada por el Servicio Municipal de Deportes
2. Acreditación de la existencia de crédito adecuado y suficiente
3. Emisión de los respectivos informes jurídico y de fiscalización
4. Aprobación del gasto y de la modificación por el órgano competente
Se entiende que el equilibrio económico financiero del contrato se mantiene si las tarifas y subvención se revisan conforme establece el presente pliego. En ningún caso existirá
desequilibrio económico financiero del contrato cuando se produzca una disminución en los ingresos de explotación sobre los previstos en el estudio económico financiero propuesto por el licitador en su oferta, o desviación respecto a los ingresos estimados por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
F.1. Equilibrio económico.
El restablecimiento del equilibrio económico deberá realizarse en todo caso en el supuesto de la conversión de la piscina xx xxxxxx de San Xxxx en climatizada, de modo que, sin perjuicio de lo previsto en el art. 16 letra c) del presente pliego, deberá procederse a la revisión de la subvención al déficit de explotación que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx aporta al concesionario. A tal efecto, se deberá determinar la relación existente entre los ingresos y gastos que resulte de la nueva situación de la piscina de San Xxxx, elaborándose entre las partes el correspondiente estudio económico-financiero, que deberá ser aprobado por el órgano de contratación.
G. Suspensión del contrato.
Si el Ayuntamiento acordara la suspensión del contrato se levantará, inexcusablemente, el acta correspondiente con el contenido y a los efectos que se determinan en el artículo 220 del TRLCSP y en el artículo 103 del RGCAP.
H. Prestación de los trabajos.
El contratista deberá prestar el servicio correspondiente a tenor de las exigencias y en las condiciones establecidas en el Pliego de Cláusulas Técnicas.
I. Memoria anual.
Al finalizar cada temporada, en el mes de octubre de cada año, el contratista presentará una Memoria anual de la prestación del servicio.
ART. 17º. TARIFAS Y SU REVISIÓN.
X. Xxxxxxx.
A.1. Las tarifas deberán ser aprobadas por el Ayuntamiento.
A.2. Las tarifas aprobadas vincularán a la empresa oferente y permanecerán en vigor hasta su modificación expresa por el Ayuntamiento. En las mismas se considerará incluido el IVA así como cualquier otro tributo o gravamen.
A.3. Dichas tarifas tienen naturaleza de precio privado, por lo que el concesionario, en los términos del contrato con los usuarios, podrá cobrarlas y reclamarlas judicialmente en caso de impago.
A.4. Para el ejercicio 2014, y desde la formalización del contrato, se aplicarán las tarifas propuestas por el licitador, previa aprobación por el Ayuntamiento. El licitador tomará como referencia para su oferta las tarifas recogidas en la Ordenanza Municipal nº 51, reguladora de los precios por la utilización de las piscinas municipales, sin que en ningún caso puedan ser inferiores a las previstas en dicha Ordenanza.
A.5. Las Tarifas de servicios nuevos propuestos por el concesionario deberán contar con la autorización y aprobación del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx,
siendo aprobadas en cualquier caso las tarifas propuestas en la oferta en el momento de la adjudicación.
B. Revisión de Xxxxxxx.
Las tarifas, una vez transcurrido el primer año de explotación de las piscinas municipales, serán objeto de actualización con el mismo porcentaje de revisión que se aplique a la subvención al déficit de explotación.
ART. 18º.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El Ayuntamiento, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 de la TRLCSP y 94 del RGCAP, podrá ejercer de una manera continuada y directa la inspección y vigilancia de la gestión del servicio público contratado, sin perjuicio de que pueda confiar tales funciones a cualquiera de sus órganos.
El concesionario acompañará en sus visitas inspectoras al personal municipal, las cuales tendrán libre acceso a todos los lugares donde se esté desarrollando la ejecución del contrato.
El contratista está obligado a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato y dentro de los plazos señalados en el mismo.
En todo caso, el Ayuntamiento conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios de que se trate.
ART. 19º.- EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN.
A. Reversión.
Al finalizar la concesión revertirán al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, en pleno dominio, los bienes señalados en el artículo 6 del presente Xxxxxx.
B. Resolución del contrato.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en los Pliegos; en los fijados en los artículos 223 del TRLCSP y en los establecidos en el artículo 286 del TRLCSP.
Cuando el contrato se resuelva por causa imputable al contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
C. Devolución y cancelación de la garantía definitiva.
Se establece un período de garantía de dos meses, una vez finalizada la concesión. La garantía definitiva se devolverá conforme a lo establecido en el artículo 102 del TRLCSP.
ART. 20º.- RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACION.
Conforme al art. 40, apartado 1.c) del TRLCSP, al ser un contrato de gestión de servicios públicos incluido en el supuesto enumerado en dicho apartado, serán susceptibles de recurso
especial en materia de contratación los actos señalados en el art. 40 de referido TRLCSP, siguiéndose la tramitación prevista en los arts. 41 a 49 de dicho texto legal.
Salamanca, 8 xx Xxxx de 2.014
La Adjunto Jefe del Servicio de Contratación y Bienes
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx
III.- ANEXOS AL PRESENTE PLIEGO
Los Anexos que se relacionan a continuación constituyen parte integrante del presente Pliego de cláusulas administrativas particulares:
ANEXO Nº1.- Modelo de proposición económica. ANEXO Nº2.- Obras a realizar.
ANEXO Nº3.- Modelo de declaración responsable. ANEXO Nº4.- Tipos de garantía.
ANEXO Nº5.- Compromiso de constitución de U.T.E.
ANEXO Nº6.- Plantilla de personal sujeta a subrogación.
ANEXO Nº7.- Estudio Económico-Financiero.
ANEXO Nº 1: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Don ………………..………………. mayor de edad, vecino de ,
con domicilio en ……………………………………………………..., titular del DNI nº
……………… , actuando en su propio nombre y derecho o en representación de
……………………………. con domicilio en ………………………..., a efectos de su participación en la licitación de referencia.
EXPONGO:
Primero.- Que enterado del Procedimiento Abierto para la adjudicación del contrato de gestión de servicio público, mediante concesión administrativa, de las piscinas municipales climatizadas xx Xxxxxxx y de la Alamedilla, y de las piscinas municipales de la Aldehuela, del parque deportivo Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, de Pizarrales, de San Xxxx, y xx Xxxxxxx, se compromete a efectuarla en la forma determinada en los Pliegos de Cláusulas administrativas particulares y técnicas, presentando la siguiente OFERTA:
a).- Se compromete a gestionar el servicio público con arreglo a la Memoria de Gestión presentada y al Estudio Económico-Financiero que se aporta con la presente proposición, y con una subvención anual por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx de……………………….. euros; que hace un total de ………………… euros. (Se consignará en número y en letra).
b).- Asume la no revisión de la subvención anual al déficit de explotación transcurridos………….años desde el inicio del contrato (se consignará, en su caso, el número de años en letra).
Segundo.- Acepto incondicionalmente los Pliegos de clausulas Administrativas y técnicas.
Tercero.- Declaro reunir todos y cada uno de las condiciones exigidas para contratar con esa Entidad Local.
(Lugar, fecha y firma del licitador)
ESTUDIO ECONÓMICO-FINANCIERO | ||
GASTOS | TOTAL AÑO | % |
Aprovisionamientos | ||
TOTAL CONSUMOS EXTERNOS | - € | |
Suministros | ||
Teléfono | ||
TOTAL SUMINISTROS | - € | |
TOTAL MANTENIMIENTO | - € | |
Seguros R.C. | ||
Auditorías | ||
Gestoría/Riesgos Lab. | ||
TOTAL SERVICIOS PROFESIONALES | - € | |
Material de Oficina | ||
Publicidad y Propaganda | ||
Otros Gastos | ||
TOTAL OTROS | - € | |
Sueldos y Salarios | ||
Vestuario | ||
Formación | ||
TOTAL PERSONAL | - € | |
Subtotal Gastos | - € | |
% Gastos Generales y Bº Industrial | - € | |
Tributos | ||
Gastos Financieros | ||
TOTAL GASTOS | - € | |
INGRESOS | AÑO | % |
Venta de entradas | ||
A.M.P.A.S. | ||
Clases Individuales | ||
Venta de Material Acuático | ||
Abono Temporada de Invierno | ||
Abono Temporada xx Xxxxxx | ||
Entradas xx Xxxxxx | ||
Cumpleaños | ||
Cursos | ||
Nuevas Actividades | ||
Asociaciones | ||
Subcontrataciones | ||
Clubes | - € | |
TOTAL INGRESOS | ||
SUBVENCIÓN Al DÉFICIT DE EXPLOTACIÓN | - € |
ANEXO Nº 2: OBRAS A REALIZAR.
Se establecen varios tipos de intervenciones:
GRUPO 1 - Intervención leve en revestimientos, impermeabilizaciones y acabados. PIZARRALES 1,5 MESES de ejecución de obra.
GRUPO 2 - Intervención media en revestimientos, impermeabilizaciones y acabados.
ALDEHUELA 3 MESES de ejecución de obra.
GRUPO 3 - Intervención intensa, incluyendo parte de estructura, climatización, así como cualquier otra, según criterio del adjudicatario, necesaria para un correcto funcionamiento de las mismas.
ALAMEDILLA/XXXXXXX/SINDICAL/TEJARES/SAN XXXX (verano)................... 5 MESES de
ejecución de obra.
GRUPO 4 - Intervención muy intensa: cubrir piscina exterior y otras reformas en la instalación.
SAN XXXX 8 MESES de ejecución de obra.
Se considerarán los plazos de ejecución de obra desde la concesión municipal de licencia.
Se establece un plazo de dos meses desde la firma del contrato para la presentación de los proyectos de ejecución ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx en los grupos 1 y 2, así como de tres meses en los grupos 3 y 4 (sin perjuicio de que estos plazos puedan ser reducidos por el interés municipal y del concesionario, a propuesta de éste último).
Los proyectos se ajustarán a lo establecido en la Memoria Técnica que se incorpora al presente Anexo en lo que respecta a las obras de reforma, adecuación y mejora de las piscinas, sin perjuicio de que los licitadores puedan introducir soluciones técnicas alternativas para subsanar las deficiencias detectadas en las instalaciones. En el caso de la cubrición y climatización de la Piscina de San Xxxx el proyecto deberá ajustarse a la propuesta arquitectónica presentada por el adjudicatario en su oferta La distribución de cuantías de inversión por instalación, capítulos o partidas que a continuación se reseña y la recogida en la Memoria antes referida es meramente orientativa, pudiendo sufrir en la redacción de los proyectos o en la ejecución de las obras variaciones entre las mismas, sin que en ningún caso la subvención a abonar por el Ayuntamiento al concesionario, según lo establecido en el artículo 16 C del presente Xxxxxx, pueda superar las cuantías recogidas en las Partes 1ª y 0x xx xxxx Xxxxx respectivamente.
Los licitadores podrán ofertar la realización, a su xxxxx, de obras adicionales de reforma o adecuación de las piscinas municipales diferentes a las previstas en este Anexo con el objeto de mejorar su funcionalidad. Dichas obras deberán incluirse en los proyectos de ejecución antes señalados con identificación separada de las contempladas en este Anexo.
Los licitadores deberán presentar con sus ofertas un plan detallado de la inversión a acometer en cada una de las piscinas, así como un plan de actuación que incluya una planificación de tiempos para el desarrollo y puesta en funcionamiento de cada una de las piscinas en función de su necesidad de uso, para que el servicio a prestar se vea lo menos afectado posible. En cualquier caso, dicho plan deberá respetar los plazos previstos en este Anexo respecto de las obras en él recogidas.
PARTE 1ª: REFORMA ADECUACIÓN Y MEJORAS EN LAS PISCINAS MUNICIPALES
PRESUPUESTO REFORMA, ADECUACIÓN Y MEJORAS PISCINAS MUNICIPALES | |
Piscina Alamedilla | 332.661,53 € |
Piscina xx Xxxxxxx | 316.412,72 € |
Piscina de la Sindical | 414.167,19 € |
Piscina de Pizarrales | 13.927,54 € |
Piscina xx Xxxxxxx | 674.143,38 € |
Piscina de la Aldehuela | 122.257,68 € |
Piscina San Xxxx | 185.153,25 € |
Control Calidad y gestión Residuos | 31.500,00 € |
TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL | 2.090.223,29 € |
13,00 % Gastos generales | 271.729,03 € |
6,00 % Beneficio industrial | 125.413,40 € |
21,00 % I.V.A. | 522.346,80 € |
TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA | 3.009.712,52 € |
HONORARIOS PROFESIONALES PRESUPUESTO REFORMA, ADECUACIÓN Y MEJORAS PISCINAS MUNICIPALES | |
Arquitecto (redacción de proyectos) | 60.574,94 € |
Coordinador de seguridad y salud | 13.845,69 € |
TOTAL HONORARIOS SIN I.V.A. | 74.420,63 € |
21 % IVA | 15.628,33 € |
TOTAL HONORARIOS CON I.V.A. | 90.048,96 € |
TOTAL REFORMA Y ADECUACIÓN PISCINAS MUNICIPALES | 3.099.761,48 € |
PARTE 2ª CUBRICIÓN Y CLIMATIZACIÓN PISCINA SAN XXXX
PRESUPUESTO CUBRICIÓN Y CLIMATIZACIÓN PISCINA SAN XXXX | |
ESTRUCTURA | 567.162,98 € |
CLIMATIZACIÓN | 295.089,08 € |
INSTALACIÓN ELÉCTRICA | 58.198,13 € |
ACRISTALAMIENTO | 40.984,59 € |
INSTALACIÓN ENERGÍA SOLAR | 38.525,52 € |
PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL | 999.960,30 € |
13,00 % Gastos generales | 129.994,83 € |
6,00 % Beneficio industrial | 59.997,61 € |
21 % I.V.A. de contrata | 249.890,07 € |
TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA | 1.439.842,81 € |
HONORARIOS PROFESIONALES PRESUPUESTO CUBRICIÓN Y CLIMATIZACIÓN PISCINA SAN XXXX | |
Arquitecto (redacción de proyectos) | 29.599,96 € |
Coordinador de seguridad y salud | 6.765,70 € |
TOTAL HONORARIOS SIN I.V.A. | 36.365,66 € |
21 % IVA | 7.636,79 € |
TOTAL HONORARIOS CON I.V.A. | 44.002,45 € |
TOTAL CUBRICIÓN Y CLIMATIZACIÓN PISCINA SAN XXXX | 1.483.845,26 € |
ANEXO Nº 3: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
D/D.ª.....................................................................................................................................
...............................................................
DNI. Nº......................................................................................................................
En nombre y representación de la persona física/jurídica: …………………………
……………………………………………………………………………………, con domicilio en (calle/plaza).............................................................................................
Nº……....., población......................................................, Provincia..........................., Código Postal...................., N.I.F./C.I.F……………………
DECLARO RESPONSABLEMENTE:
Que ni el firmante, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y no forma parte de los Órganos de Gobierno o Administración de la misma ningún alto cargo a los que se refiere la Ley 12/1995, de 11 xx xxxx de Incompatibilidades de Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General de Estado, hallándose la persona física/jurídica representada, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Asimismo, me comprometo a aportar los certificados requeridos y en el plazo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (cinco días hábiles) y su reglamento de desarrollo, en el caso de resultar adjudicatario.
Y para que así conste a los efectos oportunos, expido y firmo la presente. En...................................................., a........ de.................................. de …….
ANEXO Nº 4: TIPOS DE GARANTÍA
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE VALORES ANOTADOS (CON INSCRIPCIÓN)
Xxx (nombre y apellidos) en representación de……. NIF…………. Con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida…………. Código postal……..
localidad………….
PIGNORA a favor de: (órgano administrativo, organismo autónomo o entidad de derecho público) los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorarte y se identifican como sigue:
NÚMERO VALORES | Emisión (entidad emisora), clase de valor y fecha de emisión | Código Valor | Referencia del Registro | Valor nominal Unitario | Valor de realización de los valores a la fecha de inscripción |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículos que impone/n la constitución de esta garantía) para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF……….. con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida………. Código postal…………. Localidad por la cantidad de: (en letra
y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos con las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
(Nombre o razón social del pignorante) (Firma/s) Con mi intervención el Notario (Firma)
Don……… con DNI……… en representación de (entidad adherida encargada del
registro contable) certifica la inscripción de la prenda,
(fecha) (firma)
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE PIGNORACIÓN DE PARTICIPACIONES DE FONDOS DE INVERSIÓN
Don (nombre y apellidos), en representación de…….. NIF……., con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida…. código postal… localidad
PIGNORA a favor de: (órgano administrativo, organismo autónomo o entidad de derecho público) las siguientes participaciones, de las cuales es titular pignorante y que se identifican como sigue:
Número de participación | Identificación del fondo de inversión, nombre y número de registro administrativo de la CNMV | Entidad Gestora | Entidad Depositaria | Valor liquidativo a la fecha de inscripción | Valor total |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículos que impone/n la constitución de esta garantía) para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF……….. con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida………. Código postal…………. Localidad por la cantidad de: (en letra
y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos con las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. La entidad Gestora del fondo se compromete a mantener la prenda sobre las participaciones señaladas, no reembolsando, en ningún caso, al partícipe el valor de las participaciones a favor de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas a primer requerimiento de los mismos.
(Nombre o razón social del pignorante) (Firma/s) Con mi intervención el Notario (Firma).
Don……… con DNI……… en representación de……… (entidad gestora del fondo) certifica la constitución de la prenda sobre las participaciones indicadas
(fecha) (firma)
MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF…, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida código postal,………. Localidad y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados),
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA a: (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF….. en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía) para responder de las obligaciones siguientes: (detallar objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), ante (órgano administrativo, organismo autónomo o ente público) por importe de: (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que (indicación del órgano de contratación) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice s cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria
(lugar y fecha)
Razón social de la entidad) (firma de los apoderados)
Bastanteo de poderes por la Asesoría Jurídica de la CGD o Abogacía del Estado | ||
Provincia | Fecha | Número o código |
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número (1) (en adelante asegurador) con domicilio en…. Calle…. y NIF…. Debidamente representado por (2), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que3 se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA A (3) NIF…. En concepto de tomador del seguro, ante (4), en adelante asegurado, hasta el importe de (euros)(5) en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicos, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6), en concepto de garantía (7), para responde de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la forma, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, no la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, en los términos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (4), o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación, devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
Lugar y fecha Firma asegurador
Bastanteo de poderes por la Asesoría Jurídica de la CGD o Abogacía del Estado | ||
Provincia | Fecha | Número o código |
Instrucciones para la cumplimentación del modelo
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados
(3) Nombre de la persona asegurada
(4) Órgano de contratación
(5) Importe, en letra, por el que se constituye el seguro
(6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.…) el contrato en virtud del cual se presta la caución
(7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc.…
ANEXO Nº 5: COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UTE.
D./Dña.................................................................., con DNI - Pasaporte nº ,
actuando en nombre propio / nombre y representación de la empresa ,
D./Dña.................................................................., con DNI - Pasaporte nº ,
actuando en nombre propio / nombre y representación de la empresa ,
D./Dña.................................................................., con DNI - Pasaporte nº ,
actuando en nombre propio / nombre y representación de la empresa ,
Manifiestan lo siguiente:
- Su voluntad de constituir una Unión Temporal de Empresas (UTE) comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatarios del contrato, a formalizar dicha UTE en escritura pública.
- Que la participación que cada empresa ostentará en la Unión temporal de Empresas será la siguiente (expresada en porcentaje):
…………
…………
…………
- Que, a los efectos mencionados, designan como representante único de dicha unión temporal de Empresas a D./Dña……………………………., con DNI nº………………………………….
- Que igualmente designan como domicilio único y valido para las notificaciones que les curse la administración el siguiente:
C/……………………………………….nº…………piso/puerta…………..
Código postal…………………… Localidad………………………………..
Provincia ......................................................
En ……………….……a…………. de……………………..de…………..
(firma de los representantes legales de todos los integrantes de la UTE) Fdo……….….……….. Fdo………..………….. Fdo……………………..
ANEXO Nº 6. PLANTILLA DE PERSONAL SUJETA A SUBROGACIÓN
NOMBRE | ANTIGÜEDAD | CATEGORIA | CONTRATO | JORNADA |
S.A.A. | 14/03/2000 | MONITOR | 200 | T.P. |
M.R.A.F. | 23/10/2010 | LIMPIADORA | 200 | T.P. |
R.C.O. | 04/01/2011 | MONITOR | 501 | T.P. |
I.C.C. | 04/10/2011 | MONITOR | 501 | T.P. |
M.C.J. | 20/02/1997 | TAQUILLERO | 100 | J.C. |
R.M.C.V. | 13/02/2006 | TAQUILLERA | 200 | T.P. |
I.D.M. | 07/10/2011 | MONITOR | 501 | T.P. |
J.E.E.C. | 07/10/2000 | MONITOR | 300 | T.P. |
V.V.F.F. | 02/10/2000 | MONITOR | 200 | T.P. |
P.G.G. | 24/05/2013 | PEÓN | 501 | T.P. |
M.G.F. | 03/10/2011 | FISIOTERAPEUTA | 389 | T.P. |
C.G.H. | 03/12/2005 | TAQUILLERA | 100 | J.C. |
M.G.P. | 02/10/1998 | MONITOR | 200 | T.P. |
A.G.T. | 03/10/2011 | FISIOTERAPEUTA | 289 | T.P. |
P.M.G.B. | 02/10/2000 | MONITOR | 300 | T.P. |
M.I.G.R. | 01/10/2009 | MONITOR | 200 | T.P. |
J.M.G.A. | 04/04/1994 | MONITOR | 200 | T.P. |
C.G.B. | 04/10/2011 | MONITOR | 289 | T.P. |
J.L.G.H. | 04/10/2011 | MONITOR | 501 | T.P. |
O.G.R. | 08/11/2008 | PEÓN | 401 | J.C. |
J.G.V. | 05/10/2000 | PEÓN | 100 | J.C. |
C.G.S. | 15/10/1998 | CELADOR | 200 | T.P. |
E.H.M. | 03/10/2011 | MONITOR | 289 | T.P. |
A.H.N. | 04/10/2011 | MONITOR | 501 | T.P. |
J.H.S. | 01/10/2011 | MONITOR | 501 | T.P. |
M.A.H.H. | 21/10/2003 | LIMPIADORA | 230 | T.P. |
F.L.A. | 11/04/2011 | PEÓN | 501 | T.P. |
J.L.C. | 27/06/2005 | MONITOR | 200 | T.P. |
T.L.C. | 02/10/2000 | MONITOR | 200 | T.P. |
M.C.M.P. | 02/10/2006 | MONITOR | 200 | T.P. |
M.A.M.P. | 18/05/2009 | LIMPIADORA | 200 | T.P. |
F.D.M.G. | 08/10/2008 | TAQUILLERO | 501 | T.P. |
J.L.M.M. | 17/04/2012 | PEÓN | 501 | T.P. |
J.M.P. | 04/04/1994 | CELADOR | 200 | T.P. |
I.M.R. | 05/10/2000 | PEÓN | 100 | J.C. |
I.M.V. | 28/09/2000 | LIMPIADORA | 200 | T.P. |
J.P.M. | 01/10/2009 | MONITOR | 200 | T.P. |
J.J.M.M. | 03/10/2011 | MONITOR | 501 | T.P. |
M.T.M. | 03/02/1992 | AUX. ADMINISTRATIVO | 200 | T.P. |
A.M.V. | 14/03/2012 | FISIOTERAPEUTA | 501 | T.P. |
J.P.J. | 28/09/2000 | LIMPIADORA | 200 | T.P. |
P.P.A. | 02/10/2000 | MONITOR | 200 | T.P. |
L.R.G. | 31/05/2005 | LIMPIADORA | 100 | J.C. |
L.R.C. | 03/10/2011 | MONITOR | 501 | T.P. |
M.A.R.G. | 04/04/1994 | MONITOR | 200 | T.P. |
S.R.M. | 03/10/2005 | MONITOR | 300 | T.P. |
M.S.J.C. | 01/02/1999 | SOCORRISTA | 200 | T.P. |
R.S.F. | 18/09/2000 | TAQUILLERA | 100 | J.C. |
A.J.S.M. | 04/10/1994 | MONITOR | 100 | J.C. |
R.S.S. | 05/10/2000 | OFICIAL 1º MTO. | 150 | J.C. |
E.S.V. | 04/04/1994 | TAQUILLERA | 109 | J.C. |
J.F.S.S. | 17/04/2012 | PEÓN MTO. | 501 | T.P. |
E.S.T. | 28/09/2009 | FISIOTERAPEUTA | 200 | T.P. |
F.S.M. | 05/10/2000 | OFICIAL 2ª MTO. | 100 | J.C. |
A.V.H. | 01/10/2009 | MONITOR | 200 | T.P. |
J.M.V.F. | 03/10/2005 | MONITOR | 200 | T.P. |
J.M.G.J. | 12/06/2001 | SOCORRISTA | 300 | T.P. |
J.M.S.A. | 17/06/1988 | SOCORRISTA | 300 | T.P. |
M.G.G. | 08/06/1990 | CELADOR | 300 | T.P. |
C.D.C. | 01/07/1999 | TAQUILLERA | 300 | T.P. |
C.G.S. | 12/06/1999 | TAQUILLERA | 300 | T.P. |
A.L.M. | 12/06/2000 | CELADOR | 300 | T.P. |
L.S.A. | 12/06/1999 | TAQUILLERA | 300 | T.P. |
S.G.B. | 12/06/1999 | CELADOR | 300 | T.P. |
ANEXO Nº 7 ESTUDIO ECONÓMICO-FINANCIERO | ||
GASTOS | TOTAL AÑO | % |
Aprovisionamientos | 71.661,36 € | |
TOTAL CONSUMOS EXTERNOS | 71.661,36 € | 2,8493% |
Suministros | 592316,84 | |
Teléfono | 8.211,22 € | |
TOTAL SUMINISTROS | 600.528,06 € | 23,8772% |
50.000,00 € | ||
TOTAL MANTENIMIENTO | 50.000,00 € | 1,9880% |
Seguros R.C. | 8.467,68 € | |
Auditorías | 10.000,00 € | |
Gestoría/Riesgos Lab. | 27.237,94 € | |
TOTAL SERVICIOS PROFESIONALES | 45.705,62 € | 1,8173% |
Material de Oficina | 11.235,90 € | |
Publicidad y Propaganda | 19.159,51 € | |
Otros Gastos | 84.551,97 € | |
TOTAL OTROS | 114.947,38 € | 4,5703% |
Sueldos y Salarios | 1.266.936,38 € | |
Vestuario | 14.946,00 € | |
Formación | 18.158,63 € | |
TOTAL PERSONAL | 1.300.041,01 € | 51,6900% |
Subtotal Gastos | 2.182.883,43 € | 86,7921% |
10% Gastos Generales y Bº Industrial | 218.288,34 € | 8,6792% |
Tributos | 77.135,93 € | 3,07% |
Gastos Financieros | 36.763,85 € | 1,46% |
TOTAL GASTOS | 2.515.071,55 € | 100,00% |
INGRESOS | AÑO | % |
Venta de entradas | 69.479,07 € | 4,02% |
A.M.P.A.S. | 26.593,45 € | 1,54% |
Clases Individuales | 2.332,80 € | 0,13% |
Venta de Material Acuático | 13.129,36 € | 0,76% |
Abono Temporada de Invierno | 155.031,55 € | 8,96% |
Abono Temporada xx Xxxxxx | 1.880,96 € | 0,11% |
Entradas xx Xxxxxx | 368.721,54 € | 21,31% |
Cumpleaños | 6.296,07 € | 0,36% |
Cursos | 936.343,55 € | 54,11% |
Nuevas Actividades | 29.500,00 € | 1,70% |
Asociaciones | 73.478,12 € | 4,25% |
Subcontrataciones | 47.540,62 € | 2,75% |
Clubes | - € | 0,00% |
TOTAL INGRESOS | 1.730.327,09 € | 100,00% |
SUBVENCIÓN Al DÉFICIT DE EXPLOTACIÓN | 784.744,46 € |