PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIO EXTERNO DE ASESORAMIENTO CONTABLE, TRIBUTARIO Y MERCANTIL PARA LA FUNDACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO LA PAZ A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO...
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIO EXTERNO DE ASESORAMIENTO CONTABLE, TRIBUTARIO Y MERCANTIL PARA LA FUNDACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO LA PAZ A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD. PNCP 08/11
1.-OBJETO XXX XXXXXX.
El objeto del presente pliego de prescripciones técnicas es la definición de los trabajos a realizar para la prestación de un servicio externo de asesoramiento contable, tributario y mercantil para la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario La Paz (en adelante FIBHULP).
El presente pliego ha sido elaborado de conformidad con los requisitos establecidos en la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público y en las Instrucciones Internas que rigen la contratación no sujeta a regulación armonizada de la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario La Paz.
2.- OBJETO DEL CONTRATO
Para el cumplimiento de sus objetivos, la FIBHULP necesita contar con el adecuado asesoramiento contable, tributario y mercantil que le permita instrumentar todas las decisiones que deba adoptar en su tráfico ordinario. Para ello se hace necesaria la externalización de servicios administrativos y de asesoramiento de la FIBHULP a prestar por la empresa seleccionada.
La prestación de servicios incluirá la totalidad de las necesidades administrativas y de asesoramiento que requiere el desarrollo de la FIBHULP y del Instituto de Investigación Biomédica del Hospital Universitario La Paz.
Las prestaciones a realizar a favor de la FIBHULP y que a continuación se describen, deberán desarrollarse con estricta sujeción al presente pliego, al pliego de cláusulas administrativas particulares y al contrato resultante del presente procedimiento.
3.- DISPOSICIONES LEGALES
La prestación del servicio externo de asesoramiento se llevará a cabo atendiendo a la normativa legal aplicable a las Fundaciones, y en particular: Ley 50/2002, de 26 de Diciembre, de Fundaciones; Xxx 0/0000, xx 0 xx xxxxx, xx Xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx; Ley 49/2002, de 23 de Diciembre, de Régimen Fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales del mecenazgo; Xxx 00/0000, xx 00 xx Xxxxxxx, xx xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; RD 1098/2001, de 12 de Octubre,
por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; Decreto 49/2003, de 3 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx; Ley 16/2003, de 28 xx xxxx, de Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud; RD 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria; Real Decreto 776/1998, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades en todo aquello que no se oponga al Plan General Contable del año 2007 (Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre).
4.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El servicio externo de asesoramiento se llevará a cabo en distintos campos, que pueden resumirse de la siguiente forma:
A) Asesoramiento tributario y contable. No obstante, el carácter global del asesoramiento a prestar, con carácter mínimo y a título meramente enunciativo, los servicios en materia financiera y contable cubrirán:
- Externalización de los procesos de cierre contable mensual. Este proceso de cierre mensual será elaborado directamente por personal de la compañía externa en el programa contable de la Fundación.
- Supervisión y apoyo en la gestión financiera y de cumplimiento de las obligaciones tributarias de la entidad.
- Colaboración en la preparación y confección de los distintos documentos de pagos a proveedores y acreedores.
- Apoyo a la gestión económica de proyectos de ámbito nacional como europeas.
- Colaboración en la preparación de la documentación fiscal solicitada por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
- Asesoramiento en los contratos que se celebren, a través de procedimiento concursal o mediante solicitud de ofertas (según cuantía) de excedentes de tesorería.
- Elaboración de las distintas declaraciones fiscales que la FIBHULP debe aportar a las autoridades tributarias.
- Colaboración con los auditores externos en la revisión de cuentas anuales.
- Planteamiento y análisis previo de las consecuencias fiscales que se derivan de toda operación económica que pudiera afectar a la FIBHULP.
- Todas aquellas cuestiones que en el ámbito financiero, tributario y contable se planteen y afecten a los intereses de la FIBHULP.
B) Asesoramiento en materia civil y mercantil respecto de las cuestiones que puedan surgir en la actividad ordinaria de la FIBHULP, y en particular con los siguientes contratos: contratos de ensayos clínicos y adendas a los mismos, contrato de colaboración en actividades de interés general, contratos de investigación, contratos de patentes…
C) Asesoramiento en materia de contratación pública, teniendo en cuenta su carácter especial como Poder Adjudicador integrante del Sector Público no calificable de Administración Pública. Este asesoramiento incluirá, entre otras, las siguientes prestaciones:
- Determinación de la normativa aplicable al procedimiento concreto.
- Supervisión y asesoramiento en la elaboración de los documentos contractuales: pliegos de cláusulas administrativas particulares, técnicos y contrato.
- Asistencia a la Comisión de Valoración en cada uno de los expedientes de contratación.
- Colaboración en la resolución de los recursos que pudieran interponerse en el curso del procedimiento.
D) Asesoramiento para el desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria, que incluirá entre otras las siguientes prestaciones:
- Colaboración y supervisión en la elaboración de los indicadores de recursos, proceso y resultado.
- Asesoramiento en el mantenimiento del Plan de Integración.
- Asesoramiento fiscal, tributario, contable y mercantil en todo lo relacionado con el desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria.
4.1.- CARACTERÍSTICAS QUE DEBERÁ REUNIR EL SERVICIO
1- Servicio continuo de asesoramiento fiscal, tributario, contable y mercantil, a través de consultas on-line con plazo de respuesta no superior a 24 horas, desde su formulación por medio de conversación telefónica o correo electrónico.
2- Elaboración de memorias, informes y cualquier documento que la FIBHULP requiera.
3- Gestión presencial de una persona con cualificación y experiencia en las distintas materias del objeto del contrato, (mínimo una jornada de trabajo completa semanal).
4- Conformidad con los criterios establecidos en las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos.
5- Conocimiento del funcionamiento de órganos colegiados. 6- Disponibilidad de la misma persona para asistir a:
• Comisión Delegada del Patronato (se reúne al menos una vez al mes).
• Patronato (se reúne al menos dos veces al año).
7- Para la prestación del servicio objeto del presente contrato se exige asignar a su ejecución un equipo de trabajo integrado por personal especializado en las materias objeto del asesoramiento:
• Titulación superior universitaria.
• Experiencia en el asesoramiento a Fundaciones de Investigación Biomédica del Sector Público y/o centros públicos de Investigación Biomédica.
• Conocimiento y uso de las herramientas informáticas relacionadas con el objeto del contrato.
5. FUNCIONES Y COMPETENCIAS
La FIBHULP supervisara la ejecución del contrato; adoptará las decisiones y dictará las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
Las funciones del adjudicatario serán las que tengan por objeto desarrollar las prescripciones del presente pliego y se concretan en el asesoramiento permanente a la FIBHULP en las materias objeto del contrato.
6. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de 24 meses a contar desde su firma.
7. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
El presupuesto base de licitación para los dos años de duración del contrato asciende, con carácter máximo, a un total de 120.000, IVA EXCLUIDO.
Al referido importe deberá añadirse el Impuesto sobre el Valor Añadido que a continuación se expresa como partida independiente:
Total (IVA EXCLUIDO): 120.000 euros.
Impuesto sobre el Valor Añadido: 21.600 euros. Total IVA INCLUIDO: 141.600 euros.
POR LA FUNDACIÓN, FECHA Y FIRMA:
CONFORME:
EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA