JUNTA DE ANDALUCIA
JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTONOMO CADIZ
CONVENIO O ACUERDO:
CONVENIO PROVINCIAL DE HOSTELERÍA XX XXXXX
Expediente: 11/01/0015/2024 Fecha: 06/02/2024
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX Código 11000065011981.
Visto el texto del Acta de Acuerdo de la Comisión Negociadora sobre revisión Tabla Salarial para 2023, así como incremento salarial quinto año de vigencia 2024 del convenio colectivo del SECTOR DE HOSTELERIA PARA LA PROVINCIA XX XXXXX, suscrito por las partes el día 24-01-2023 y presentado en el registro telemático del Registro de Convenios Colectivos el día 25-01-2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28 xx xxxx, sobre registro y depósito de convenios colectivos de Trabajo Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo; Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.
RESUELVE:
Primero: Ordenar la inscripción del Acta de Acuerdo de la Comisión Negociadora sobre revisión Tabla Salarial para 2023, así como incremento salarial quinto año de vigencia 2024 del convenio colectivo del SECTOR DE HOSTELERIA PARA LA PROVINCIA XX XXXXX en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
ANEXO III
TABLA SALARIAL DEFINITIVA 2024
REVISION SALARIAL 2023 E INCREMENTO 2024 (0,6% + 2%)
GRUPO PROFESIONAL | CATEGORÍA ESTABLECIMIENTOS | ||
A | B | C | |
GRUPO 1 | 1.383,92 | 1.269,80 | 1.199,85 |
GRUPO 2 | 1.348,04 | 1.199,08 | 1.175,48 |
GRUPO 3 | 1.321,72 | 1.180,23 | 1.161,38 |
GRUPO 4 | 1.288,27 | 1.166,04 | 1.144,79 |
GRUPO 5 | 1.184,28 | 1.151,90 | 1.144,79 |
Trabajadores menores de 18 años, sin contrato de aprendizaje, sea cual sea el establecimiento al que pertenezcan, percibirán 953,03 Euros mensuales.
El Salario Mínimo de Convenio para este año ascenderá a la cantidad de 1.144,79 Euros mensuales.
RETRIBUCIONES CONTRATO PARA LA FORMACION | |
CONTRATO DE FORMACION 1º AÑO: | 811,79 Euros |
CONTRATO DE FORMACION 2º AÑO: | 874,23 Euros |
CONTRATO DE FORMACION 3º AÑO: | 930,48 Euros |
CONCEPTOS SALARIALES | |
PLUS TRANSPORTE GENERAL | 2,76 Euros/día trabajo. |
PLUS TRANSPORTE FUERADELCASCO URBANO | 3,62 Euros/día trabajo. |
ANTIGÜEDAD | 597,08 Euros/base calculo. |
ROPA DE TRABAJO | 23,23 Euros/mes. |
MANUTENCION | 35,64 Euros/mes. |
ALOJAMIENTO | 7,23 Euros/mes. |
QUEBRANTO DE MONEDA | 28,43 Euros/mes. |
DESGASTE DE UTILES Y HERRAMIENTAS | 35,54 Euros/trimestral. |
PREMIOS DE NATALIDAD | 135,00 Euros por nacimiento |
AYUDA ESTUDIOS | 10,24 Euros/mes. |
SERVICIOS EXTRAORDINARIOS | |
CAMAREROS/AS (Hasta 4 horas) | 81,95 Euros. |
COCINEROS/AS (Hasta 4 horas) | 87,13 Euros. |
HORA | 20,51 Euros. |
Cádiz.
Cádiz a 6 de febrero de 2024. DELEGADO TERRITORIAL DE LA
DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESAYTRABAJOAUTONOMO, Fdo.: XXXXXX XXXXXXX XXXXX.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO PROVINCIAL DE HOSTELERÍADE CÁDIZPARALAAPLICACIÓN DE LACLAUSULADE REVISIÓN 2023 E INCREMENTO SALARIAL XXX XXXXXX AÑO DE VIGENCIA 2024
Por la parte Empresarial | |
XX.XX.XX. | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx. |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxx | |
Por la Representación Social | |
CCOO | Titulares |
Xxxxxx Xxxxxx de Oca Xxxxx (Barrosa Garden) | |
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Ap. Sol Sancti Petri) | |
Xxxxxx Pan Xxxxxxxx (Hotel Montecastillo) | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Hotel Xxxxxx Xxxx) | |
Xxxxxx Xxxxx Xxxx. Xxxxxxx (Hotel Aldiana) | |
Xx Xxxxxxx Xxxxxxxx Doña (NH Almenara) | |
Xx xxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx (Barrosa Garden) | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxx (H Royal Ándalus) | |
Asesores | |
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx | |
UGT | Titulares |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Romerijo) | |
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx (H Xxxx Xxxxxx) | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (X Xxxxx Xxxxxx) | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx (H Barrosa Park) | |
Asesores | |
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx |
En la ciudad xx Xxxxx, siendo las 12,00 horas del día 24 de enero de 2024, se reúnen los componentes de la Comisión Negociadora del Convenio Provincial de Hostelería xx Xxxxx en los locales de CCOO, actuando en representación de la patronal la Asociación Empresarial HORECA y en representación de los trabajadores/ras, los sindicatos CCOO y UGT, todos ellos representados por las personas al margen referenciadas, que, reconociéndose, mutuamente, como interlocutores válidos, acuerdan:
PRIMERO. - Dar cumplimiento al Art. 17 Cláusula de Revisión, por la que se procede a la aplicación de un 0,6% (exceso de la diferencia entre el 3,1% IPC Real 2023 y el 2,5 %) para la actualización de la base de cálculo de todos los conceptos económicos y salariales vigentes al 31/12/2023. Esta operación no genera atrasos.
SEGUNDO, - Dar cumplimiento al quinto párrafo del Art. 16 Incremento Salarial para el quinto año de vigencia del Convenio 2024, con la aplicación del 2% de incremento, con efectos retroactivos al 01/01/2024, sobre las cuantías resultantes de la Cláusula de Revisión para el año 2023, quedando los importes definitivos detallados a continuación en los Anexos III y IV.
SERVICIO EXTRAORDINARIO DE NOCHEVIEJA Y COTILLÓN 51,21 EUROS/ HORA, CON UN MÍNIMO DE 4 HORAS Y A 20,51 EUROS/HORA, LAS QUE EXCEDAN DE LAS 4 INICIALES.
ANEXO IV
TABLA SALARIAL DEFINITIVA 2024
REVISION SALARIAL 2023 E INCREMENTO 2024 (0,6% + 2%) GRUPOS PROFESIONALES ASIMILADOS
CASINOS, SALONES RECREATIVOS, SALONES DE JUEGO, XXXXX XX XXXXXX Y MINIPARQUE INFANTIL.
GRUPOS PROFESIONALES | A | B |
JEFE 1ª CASINOS | 1.383,94 | 1.340,47 |
JEFE 2ª CASINOS | 1.348,04 | 1.316,91 |
OFICIAL 1ª CASINOS | 1.324,05 | 1.281,59 |
CONSERJE CASINOS | 1.324,05 | 1.281,59 |
OFICIAL 2ª CASINOS | 1.302,60 | 1.257,97 |
ORDENANZA SALON | 1.288,27 | 1.255,64 |
PORTERO CASINOS | 1.288,27 | 1.255,64 |
VIGILANTE NOCHE | 1.288,27 | 1.255,64 |
BOTONES (+18 AÑOS) | 1.288,27 | 1.255,64 |
TELEFONISTA | 1.288,27 | 1.255,64 |
JARDINERO | 1.288,27 | 1.255,64 |
PERSONAL LIMPIEZA | 1.161,44 | 1.144,79 |
ENCARGADO BILLAR | 1.269,44 | |
MANTENEDOR | 1.202,36 | |
MOZO BILLAR | 1.202,36 | |
DEPENDIENTE | 1.202,36 |
Los trabajadores menores de 18 años sin contrato de aprendizaje, sea cual sea el establecimiento al que pertenezcan, percibirán 953,03 Euros mensuales.
A: Especial 1ª y 2ª | B: 3ª y 4ª |
TERCERO. - La actualización de la nómina y el abono de los atrasos que se generen serán abonados como fecha tope antes del 31 xx xxxxx de 2024.
CUARTO. - Finalmente, se acuerda por los miembros de la Comisión Negociadora legitimar a Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, como la persona designada para llevar a cabo el Registro de la Revisión Salarial 2023 e Incremento xxx xxxxxx año de vigencia 2024, a través de los medios telemáticos, conforme a lo establecido en
el Real Decreto 713/2010 de 28 xx xxxx, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo.
ASÍ SE ACUERDA y para que conste a los efectos oportunos, se extiende la presente Acta, que es firmada por todos los asistentes en prueba de conformidad. Todo ello en la ciudad y fecha al principio expresadas.
Firmas. Nº 19.066
CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTONOMO CADIZ
ANUNCIO
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 13.3 del Real Decreto 416/2015, de 29 xx xxxx y a los efectos previstos en el mismo, que con fecha 24 de enero de 2024, se resolvió inscribir en esta Oficina Pública la modificación de estatutos del sindicato denominado:
“Sindicato de Apoyo al Personal Docente e Investigador Precario en siglas SIA-PDIP con número de depósito 11100012 ”.
En el Acta Asamblea Extraordinaria del Sindicato de Apoyo al Personal Docente e Investigador Precario (SiA-PDIP) de 15 de diciembre de 2023 consta que se reúne en segunda convocatoria de forma telemática la Asamblea General del Sindicato SiA-PDIP en sesión Extraordinaria presidida por X. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, actúa como secretario D. Xxxxxxxxx X. Xxxxx Xxxx. Por una cuestión burocrática, se hace necesario aclarar la sede social y el domicilio fiscal del sindicato. Se propone que la sede social sea en el CASEM, en la Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales de la UCA, para lo que es necesario un cambio en los estatutos. Se aprueba por asentimiento realizar el cambio. El certificado aparece suscrito por D. Xxxxxxxxx X. Xxxxx Xxxx de todo lo cual da fe como Secretario junto a la firma electrónica de otros miembros del Sindicato.
Cádiz, a 01/02/24. EL XXXXXXX TERRITORIAL. Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx. Nº 19.338
ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO XX XXXXX DE LA FRONTERA
EDICTO
Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 27 de diciembre de 2023 ha sido aprobada definitivamente la Desafectación de la superficie de 358,04 Ha en el paraje denominado Los Majadales, integrante del Monte Público “Xxxxxx xx Xxxxx”, excluido del número 16 del Catálogo de Monte de Utilidad Pública y, del Catálogo xx xxxxxx públicos de Andalucía mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de fecha 22 xx xxxx de 2023, modificando su calificación de bien de dominio público a bien patrimonial, lo que se hace púbico para general conocimiento.
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este en el BOP, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el BOP, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Asimismo, se comunica que quién desee consultar el expediente podrá realizar dicha consulta en la Sección de Patrimonio sita en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, en horario de oficina de 9:00 horas a 13:30 horas.
En Conil de la Frontera a 17 de enero de 2024. LA ALCALDESA. Fdo.: Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx.
Nº 9.765
CONCEPTO: Precio Público por el servicio de ayuda a domicilio
ENERO : | 01/02/2024 – 10/02/2024, ambos inclusive |
FEBRERO: | 01/03/2024 – 10/03/2024, ambos inclusive |
MARZO: | 01/04/2024 – 10/04/2024, ambos inclusive |
ABRIL: | 01/05/2024 – 10/05/2024, ambos inclusive |
MAYO: | 01/06/2024 – 10/06/2024, ambos inclusive |
JUNIO : | 01/07/2024 – 10/07/2024, ambos inclusive |
JULIO: | 01/08/2024 – 10/08/2024 , ambos inclusive |
AGOSTO: | 01/09/2024 – 10/09/2024 , ambos inclusive |
SEPTIEMBRE: | 01/10/2024 – 10/10/2024, ambos inclusive |
OCTUBRE: | 01/11/2024 – 10/11/2024, ambos inclusive |
NOVIEMBRE: | 01/12/2024 – 10/12/2024 , ambos inclusive |
DICIEMBRE: | 01/01/2025 – 10/01/2025, ambos inclusive |
Advertir:
- Estos calendarios podrán ser modificados cuando concurran motivos, de índole técnica debidamente justificados, que impidan la gestión de los recursos económicos indicados en la fechas señalados, informándose de tal circunstancia a los ciudadanos con la suficiente antelación.
- Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos de periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso las costas que se produzcan.
En Puerto Real, 31/01/2024. ELCONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA
Y PATRIMONIO. Fdo.: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx. Fdo.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
Nº 17.352
AYUNTAMIENTO DE SAN XXXXX
Expte: 6852/2023. El Sr. Alcalde de este Ilustre Ayuntamiento de San Xxxxx, D. Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx en uso de las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente:
DECRETO
VISTO lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, de Bases de Régimen Local, art. 176 del R.D.L. 781/86, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y el art. 12 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, Estatuto Básico del Empleado Público.
Visto el decreto número 2023-3658 de fecha 25/07/2023, que dispone el nombramiento como personal de empleo eventual de confianza y asesoramiento de este Ayuntamiento a D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
Visto el decreto número 2023-4059 de fecha 12/08/2023, que dispone el nombramiento como personal de empleo eventual de confianza y asesoramiento de este Ayuntamiento a D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
Por el presente, en uso de las atribuciones que me están conferidas tengo a bien DISPONER:
Primero.- Cesar a D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx del cargo de asesor de gestión de Alcaldía en Distrito, con efectos desde el día de la fecha de la firma del presente decreto, agradeciéndole los servicios que ha venido prestando.
Segundo.- Cesar a D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx del cargo de asesor de gestión de Alcaldía en Distrito, con efectos desde el día de la fecha de la firma del presente decreto, agradeciéndole los servicios que ha venido prestando.
Tercero.- Notificar el presente acuerdo a los interesados, RR.HH.,
Intervención y Tesorería.
Cuarto.- Dar cuenta al pleno en la próxima sesión que se celebre.
En San Xxxxx, a 02/02/24. El Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Ayuntamiento de San Xxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx. Firmado. La Secretaria General, Xxx Xxxxx xx Xxxxxx. Firmado.
Nº 18.028
AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL
ANUNCIO DE COBRANZA
Mediante Decreto de la Tenencia de Alcaldía del Delegado de Hacienda y Patrimonio se aprueba el calendario de cobranza 2024, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia xx Xxxxx y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Puerto Real, titular de deudas de vencimiento períodico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza de los siguientes conceptos:
CONCEPTO: PPPNT de la gestión integral de residuos y las tasas de abastecimiento y saneamiento de aguas cuya gestión corresponde a GRUPO ENERGÉTICO PUERTO REAL, S.A.:
AYUNTAMIENTO DE SAN XXXXX
ANUNCIO
Expediente 3315/2022. En la sesión ordinaria celebrada por elAyuntamiento Pleno el día cinco de octubre de dos mil veintitrés, se aprobó definitivamente, la propuesta de aprobación definitiva del documento denominado Estudio de Detalle de la zona VI del Subsector 52-53, Urbanización Sotogrande, T.M. de San Xxxxx, promovido por XXXXXXXX ARCHITECTS SLP, en el PUNTO 3.3, figura inscrito y depositado en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos, Bienes y Espacios Catalogados, xxx Xxxxxxx Ayuntamiento de San Xxxxx, con el número A24, e inscrito en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos con el número 9849, lo que se hace público para su general conocimiento.
San Xxxxx, a 02/02/24. El Alcalde-Presidente xxx Xxxxxxx Ayuntamiento, Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx. Firmado.
PRIMER BIMESTRE: | 23/02/2024 – 24/04/2024, ambos inclusive |
SEGUNDO BIMESTRE: | 25/04/2024 – 26/06/2024, ambos inclusive |
TERCER. TRIMESTRE: | 27/06/2024 – 28/08/2024, ambos inclusive |
CUARTO BIMESTRE: | 29/08/2024 – 30/10/2024, ambos inclusive |
QUINTO BIMESTRE | 31/10/2024 – 31/12/2024, ambos inclusive |
SEXTO BIMESTRE: | 30/12/2024 – 03/03/2025, ambos inclusive |
Nº 18.065
AYUNTAMIENTO XX XXXX
EDICTO
Aprobadas por este Ayuntamiento la Lista Cobratoria que seguidamente se indican, relativas al presente ejercicio de 2024, por el presente se exponen el público durante el plazo de Quince Días, contados a partir del siguiente al de publicación de este
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el cual los interesados legítimos podrán examinarlas y formular las alegaciones que estimen oportunas. Dichas Listas Cobratorias se encuentran expuestas en la Oficina de Atención al Ciudadano en horario de 9,00 a 13,30 de días laborables.
De conformidad con lo previsto en elArt. 14.2.c) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las cuotas comprendidas en las referidas Listas Cobratorias solo podrá interponerse recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública de los Padrones que nos ocupan.
Las Listas Cobratorias referidas se contraen a la siguiente:
* Tasa Municipal por instalaciones en terrenos de uso público (Casetas Fijas instaladas en el Recinto Ferial).
En cumplimiento delArt. 102.3 de la Ley General Tributaria, se hace constar que el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones, por los tributos y ejercicio referidos, se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas éstas el día en que finaliza la exposición pública de las Listas Cobratorias que se indican.
Asimismo, se acordó fijar como fecha de pago en periodo voluntario de las cuotas resultantes, y relativas al tributo referido anteriormente, desde el día 01 de FEBRERO hasta el próximo 05 xx XXXXX de 2024.
El pago de los mismos podrá efectuarse mediante el ingreso en cualquiera de las siguientes Entidades Bancarias, como gestora y colaboradoras en la recaudación municipal, o a través de Domiciliación Bancaria: CAJASUR BBK; CAJA RURAL DEL SUR; UNICAJA; BANCO SANTANDER; BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA y CAIXA.
Transcurridos los plazos indicados se iniciará el procedimiento ejecutivo pertinente, efectuándose el cobro de las cuotas no satisfechas con los recargos establecidos en las normas de aplicación e intereses de demora correspondientes.
Lo que se hace público para general conocimiento de los afectados legítimos. 31/01/24. LADELEGADADE HACIENDA, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx. Firmado.
Nº 18.127
AYUNTAMIENTO DE UBRIQUE
ANUNCIO
De conformidad con el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx Xxxxx por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público, una vez aprobado definitivamente, el Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio de 2024, cuyo resumen por capítulos es el que figura a continuación, así como la Plantilla de la Corporación para dicho año, cuyo detalle aparece seguidamente.
2 de febrero de 2024. EL ALCALDE. Fdo. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
Patronato Mpal. | |||
INGRESOS | Ayuntamiento | Radio Ubrique | P.M.Deportes |
Cap.I.- Impuestos directos | 4.486.110,32 | ||
Cap.II.- Impuestos Indirectos | 149.566,00 | ||
Cap.III.- Tasas y otros ingresos | 1.146.325,60 | 17.052,60 | 317.400,00 |
Cap.IV.- Transferencias corrientes | 5.976.724,21 | 185.279,03 | 682.500,00 |
Cap.V.- Ingresos patrimoniales | 4.580,68 | 1,00 | |
TOTAL INGRESOS CORRIENTES: | 11.763.306,81 | 202.332,63 | 999.900,00 |
Cap.VI.- Enajenac.inversion.reales | 543.510,00 | ||
Cap.VII.-Transferencias de capital | 0,00 | 800,00 | |
Cap. VIII.- Variación activos fcros. | 15.000,00 | 0,00 | 2.000,00 |
Cap.IX.- Variación pasivos fcros. | 0,00 | ||
TOTAL INGRESOS DE CAPITAL: | 558.510,00 | 800,00 | 2.000,00 |
TOTAL | 12.321.816,81 | 203.132,63 | 1.001.900,00 |
GASTOS | |||
Cap.I.- Gastos de personal | 7.273.776,48 | 196.032,63 | 687.984,51 |
Cap.II.- Gastos bienes ctes. y servic. | 2.442.450,72 | 6.150,00 | 197.915,49 |
Cap.III.- Gastos financieros | 125.352,67 | 150,00 | |
Cap.IV.- Transferencias corrientes | 1.662.722,91 | 90.000,00 | |
TOTAL GASTOS CORRIENTES: | 11.504.302,78 | 202.332,63 | 975.900,00 |
Cap.VI.- Inversiones reales | 589.865,18 | 800,00 | 24.000,00 |
Cap.VII.-Transferencias de capital | 26.000,00 | ||
Cap. VIII..- Variación activos financ. | 15.000,00 | 2.000,00 | |
Cap.IX.- Variación pasivos fcros. | 186.648,85 | ||
TOTAL GASTOS DE CAPITAL: | 817.514,03 | 800,00 | 26.000,00 |
TOTAL | 12.321.816,81 | 203.132,63 | 1.001.900,00 |
PLANTILLA DE PERSONAL 2024
DENOMINACION | N.º Plazas | Grupo | C.D. |
PERSONAL FUNCIONARIO | |||
A.- Funcionarios con Habilitación Nacional | |||
Secretario/a General | 1 | A1 | 30 |
Interventor/a | 1 | A1 | 30 |
Tesorero/a | 1 | A1 | 28 |
DENOMINACION | N.º Plazas | Grupo | C.D. |
B.- Funcionarios de la Corporación | |||
1) Escala de Administración General | |||
Subescala Técnica Superior | |||
Asesor/a jurídico/a | 1 | A1 | 23 |
Subescala Administrativa | |||
Administrativo/a | 7 | C1 | 18 |
Inspector/a de obras | 1 | C1 | 18 |
Subescala Auxiliar | |||
Auxiliar Administrativo/a | 10 | C2 | 17 |
Subescala Subalterno | |||
Conserje | 4 | A. P. | 14 |
Ordenanza | 1 | A. P. | 14 |
2) Escala de Administración Especial | |||
Subescala Técnica Superior | |||
Economista | 1 | A1 | 25 |
Arquitecto/a | 1 | A1 | 25 |
Técnico/a de Contratación | 1 | A1 | 25 |
Letrado/a Ases. Jurídica | 1 | A1 | 23 |
Subescala Gestión | |||
Arquitecto/a Técnico/a | 1 | A2 | 22 |
Subescala Servicios Especiales | |||
Auxiliar Informático/a-Programador/a | 1 | C1 | 14 |
Subescala de Servicios especiales. Clase Policía Local | |||
Subinspector/a | 1 | A2 | 26 |
Oficial | 8 | C1 | 20 |
Agente | 19 | C1 | 18 |
DENOMINACION | N.º Plazas | Grupo | C.D. |
PERSONAL LABORAL | |||
C.- Personal Laboral | |||
Equivalente al Grupo A1 | |||
Psicólogo/a | 1 | A1 | 23 |
Arqueólogo/a | 1 | A1 | 23 |
Técnico/a Superior | 1 | A1 | 23 |
Equivalente al Grupo A2 | |||
Técnico/a de Medio Ambiente | 1 | A2 | 21 |
Trabajador/a Social | 3 | A2 | 20 |
Educador/a Social | 1 | A2 | 20 |
Ingeniero/a Técnico/a Informático/a | 1 | A2 | 20 |
Técnico/a OMIC. | 1 | A2 | 18 |
Técnico/a de Juventud | 1 | A2 | 18 |
Profesor/a Escuela Música (Fijo disc.) | 6 | A2 | 18 |
Profesor/a Escuela Música (Fijo disc.) (T.P.) | 2 | A2 | 18 |
Técnico/a de Ludoteca (T.P.) | 1 | A2 | 18 |
Equivalente Grupo C1 | |||
Administrativo/a | 1 | C1 | 18 |
Delineante | 1 | C1 | 17 |
Responsable Banda de Música (T.P.) | 1 | C1 | 17 |
Agente Dinamización Ciudadana | 1 | C1 | 16 |
Técnico/a de Cultura | 1 | C1 | 16 |
Técnico/a Museo | 1 | C1 | 16 |
Técnico/a Turismo | 3 | C1 | 16 |
Dinamizador/a Guadalinfo | 1 | C1 | 14 |
Equivalente al Grupo C2 | |||
Encargado/a obras | 2 | C2 | 18 |
Auxiliar Administrativo/a | 4 | C2 | 17 |
Auxiliar de Biblioteca | 1 | C2 | 17 |
Vigilante Medioambiental | 1 | C2 | 17 |
Vigilante Medioambiente Turnos | 1 | C2 | 17 |
Auxiliar en Gestión turística | 1 | C2 | 15 |
Conductor/a Grúa Mecánico/a | 1 | C2 | 15 |
Oficial 1ª Electricista | 4 | C2 | 15 |
Oficial 1ª Obras | 4 | C2 | 15 |
Oficial Fontanero/a | 1 | C2 | 15 |
Oficial Xxxxxxx/a | 1 | C2 | 15 |
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX
XXXXXX
RESUMEN | |
F. Habilitados Nacionales | 3 |
Funcionarios Corporación | 58 |
Laborales | 116 |
TOTAL | 177 |
Nº 18.131
•Lainstalación de puntos de recarga para vehículoseléctricosenterrenos de dominiopúblico.”
DENOMINACION | N.º Plazas | Grupo | C.D. |
Conductor/a Vehículo | 1 | C2 | 15 |
Auxiliar Ayuda a Domicilio | 10 | C2 | 14 |
Auxiliar Museo | 2 | C2 | 14 |
Oficial de Mantenimiento | 1 | C2 | |
Monitor centro de drogodependencias | 1 | C2 | |
DENOMINACION | N.º Plazas | Grupo | C.D. |
PERSONAL LABORAL | |||
C.- Personal Laboral | |||
Equivalente a agrupaciones profesionales Grupo E | |||
Atención al ciudadano | 1 | A. P. | 14 |
Conserje Colegio | 4 | A. P. | 14 |
Coordinador/a de Instalaciones deportivas | 1 | A. P. | 14 |
Limpiador/a (T.P.) | 8 | A. P. | 14 |
Limpiador/a (T.P.) (F.D.) | 14 | A. P. | 14 |
Operario de Mantenimiento | 1 | A. P. | 14 |
Ordenanza | 1 | A. P. | 14 |
Peón/a Encargado/a de Almacenes | 1 | A. P. | 14 |
Peón/a Servicios Varios | 1 | A. P. | 14 |
Sepulturero/a | 2 | A. P. | 14 |
Conserje (T.P.) | 1 | A. P. | 14 |
Peón/a Obras | 8 | A. P. | 14 |
Peón/a Pintor/a | 2 | A. P. | 14 |
Vigilante | 2 | A. P. | 14 |
Vigilante (T.P.) | 2 | A. P. | 14 |
Conserje Hogar Pensionista (T.P.) | 1 | A. P. |
Se suprime la Tarifa Séptima en el artículo 5.2 de la Ordenanza Fiscal, que quedaría con la siguiente redacción:
“ARTÍCULO 5. CUOTA TRIBUTARIA (...)
“2. En los demás casos, la cuota se determinará mediante la aplicación de la siguiente tarifa:
TARIFAPRIMERA. PALOMILLAS,TRANSFORMADORES, CAJAS DE AMARRE, DISTRIBUCIÓN Y DE REGISTRO, CABLES, RAÍLES Y TUBERÍAS Y OTROS ANÁLOGOS.
• Xxxxxxxxxx para el sostén de cables. Cada una, al año: 0,44 euros.
• Transformadores, por cada m2 o fracción, al año: 0,90 euros.
• Caja de amarre, distribución y de registro. Cada una, al año: 1,14 euros.
• Cables de trabajo colocados en la vía pública o terrenos de uso publico. Por metro lineal o fracción, al día: 0,03 euros.
• Cables de alimentación de energía eléctrica, colocados en la vía pública o terrenos de uso publico. Por metro lineal o fracción, al año: 0,03 euros
• Cables de conducción eléctrica, subterráneas o aérea. Por cada metro lineal o fracción, al año: 0,03 euros
• Ocupación del subsuelo, suelo o vuelo de la vía pública o terrenos de uso publico con cables no especificados en otros epígrafes. Por cada metro lineal o fracción, al año: 0,03 euros
• Ocupación de la vía pública con tuberías para la conducción de agua o gas. Por cada metro lineal o fracción al año: 0,03 euros
• Ocupación del subsuelo con conducciones de cualquier clase. Cuando el ancho no exceda de 50 centímetros. Por metro lineal o fracción al año: 0,03 euros.
Cuando exceda de dicha anchura se pagará por cada 50 centímetros de exceso y por cada metro lineal, al año 0,03 euros
TARIFA SEGUNDA. POSTES.
• Postes con diámetro superior a 50 centímetros. Por cada poste y año: 2,26 euros
• Postes con diámetro inferior a 50 centímetros y superior a 10 centímetros. Por cada poste y año: 1,71 euros
• Postes con diámetro inferior a 10 cm. Por cada poste y año: 1,43 euros
Si el poste sirve para sostén de cables de energía eléctrica, pagará con arreglo a la tarifa si la corriente es de baja tensión, el doble si es de media tensión y el triple si es de alta tensión.
TARIFA TERCERA. BÁSCULAS, APARATOS Y MAQUINAS AUTOMÁTICAS.
• Por cada báscula, al año. 3 5,12 euros.
• Cabinas fotográficas y máquinas de xerocopias. Por cada m2 o fracción, al año. 35,12 euros
• Aparatos o máquinas de venta de expedición automática de cualquier producto o
servicio, no especificados en otros epígrafes, al año. 17,57 euros TARIFA CUARTA. APARATOS SURTIDORES DE GASOLINA Y
ANÁLOGOS.
• Ocupación de la vía pública o terrenos municipales con aparatos surtidores de gasolina. Por m2 o fracción al año. 35,12 euros.
• Ocupación del subsuelo de la vía pública con depósitos de gasolina. Por cada m3 o fracción, al año. 1,14 euros.
Con fecha 30 de noviembre de 2023 el Pleno Corporativo, reunido en sesión ordinaria, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación del Suelo, Vuelo y Subsuelo de dominio público local, acuerdo y expediente quedan expuestos al público en la Secretaría General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx por plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, durante los cuales se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas.
Cumplido el trámite de exposición pública previsto en el apartado primero del artículo 17 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacienda Locales, realizada en el B.O.P. xx Xxxxx número 232, de 7 de diciembre de 2023, no se han presentado alegaciones o reclamaciones al expediente, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero del mencionado precepto se entienden definitivamente adoptados los acuerdos, cuyo texto íntegro es el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Suprimir la exacción de la Tasa por ocupación del dominio público local por la Instalación xx xxxxx de pisos, lucernarios, respiraderos, puertas de entrada, bocas de carga o elementos análogos que ocupen el suelo o subsuelo de toda clase de vías públicas locales para dar luces, ventilación, acceso de personas o entrada de artículos a sótanos o semisótanos.
SEGUNDO.- Suprimir la exacción de la tasa por ocupación del vuelo de toda clase de vías públicas locales con elementos constructivos cerrados, terrazas, miradores, balcones, marquesinas, toldos, paravientos y otras instalaciones semejantes, voladizas sobre la vía pública o que sobresalgan de la línea de fachada.
TERCERO.- Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación del Suelo, Vuelo y Subsuelo de dominio público local, en los términos que se indican a continuación:
Se modifica el Artículo 5 de la Ordenanza Fiscal, que quedaría con la
siguiente redacción:
“ARTICULO 2. HECHO IMPONIBLE
Constituye el hecho imponible de este tributo el aprovechamiento especial o la utilización privativa del dominio público local de alguna de las siguientes formas reguladas en la presente Ordenanza:
• Ocupación del suelo, vuelo y subsuelo de terrenos de uso público local.
• Tendidos, tuberías y galerías para las conducciones de energía eléctrica, agua, gas o cualquier otro fluido incluidos los postes para líneas, cables, palomillas, cajas de amarre, de distribución o de registro, transformadores, rieles, básculas, aparatos para venta automática y otros análogos que se establezcan sobre vías públicas u otros terrenos de dominio público local o vuelen sobre los mismos.
TARIFA QUINTA. RESERVA ESPECIAL DE LA VÍA PÚBLICA.
• Reserva especial de la vía pública o terrenos de uso publico para las prácticas de las denominadas autoescuelas o similares:
Por los primeros 50 m2 o fracción, al mes:
En las calles de 1ª y 2ª categorías. 17,57 euros
En las calles de 3ª y 4ª categorías. 10,76 euros
Por cada m2 de exceso, al mes:
En las calles de 1ª y 2ª categorías. 1,14 euros
En las calles de 3ª y 4ª categorías. 0,57 euros.
TARIFA SEXTA. GRÚAS.
• Por cada grúa utilizada en la construcción, cuyo brazo o pluma ocupe en su recorrido el vuelo de la vía pública, al día. 1,14 euros.
Las cuantías que correspondan abonar a la grúa por la ocupación del vuelo es compatible con la que, en su caso, proceda por tener su base o apoyo en la vías pública.
El abono de esta Tasa no exime de la obligación de obtener la autorización municipal de instalación.
TARIFASÉPTIMA. PUNTO DE RECARGAVEHÍCULOS ELÉCTRICOS
• Siendo preceptivo en las concesiones demaniales destinadas a instalación de puntos de recarga para vehículos la existencia de un procedimiento de licitación pública, el importe de la tasa consistirá en el valor económico de la proposición sobre la que recaiga la concesión. Para el cálculo del presupuesto base de licitación, sobre el que los licitadores podrán ofertar al alza, será requisito previo la existencia de un informe técnico que cuantifique el valor de la ocupación privativa.
CUARTO.- La anterior modificación entrará en vigor a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de su aprobación definitiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
2 de febrero de 2024. LAALCALDESA, Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx
Nº 18.136
AYUNTAMIENTO DE PUERTO XXXXXXX
XXXXXX
En Puerto Xxxxxxx, a 06 de febrero de 2024.
Por la presente comunico que por Resolución de Alcaldía núm. 173/2024, de fecha 05 de febrero de 2024, se ha resuelto lo que a continuación se transcribe:
PRIMERO. Cesar a D. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx con DNI 48. 837-K como
personal eventual con fecha 05 de febrero de 2024 por incompatibilidad en el puesto.
SEGUNDO. Comunicar el presente cese al interesado, así como publicarlo
en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
TERCERO. Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de Puerto Xxxxxxx de la misma en la próxima sesión que se celebre.
A efectos de publicidad, en Puerto Xxxxxxx, el 6 de febrero de 2023. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo.: D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Nº 18.281
AYUNTAMIENTO DE PUERTO XXXXXXX
XXXXXX
Expte. 2023ADP_02000020. Asunto: Modificación de Reglamento de las
Bolsas de Trabajo.
El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Puerto Xxxxxxx, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de noviembre de 2023, acordó:
“7. EXPEDIENTE 2023/DDT_02/00008. Aprobación, si procede, de
Modificación de Reglamento de las Bolsas de Trabajo.
Se somete a votación la siguiente propuesta de acuerdo, aprobándose por unanimidad de los presentes:
PRIMERO.- Aprobación la modificación del Reglamento de funcionamiento de las Bolsas de Empleo del Excmo. Ayuntamiento de Puerto Xxxxxxx, con la redacción que a continuación se recoge:
Reglamento de funcionamiento de la Mesa General de Negociación del Excmo. Ayuntamiento de Puerto Xxxxxxx, con la redacción que a continuación se recoge: AYUNTAMIENTO DE PUERTO XXXXXXX XXXXXX REGLAMENTO DE GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DELAYUNTAMIENTO DE PUERTO XXXXXXX. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
En lo relativo al acceso a la función pública y, de modo más concreto, la contratación de personal laboral temporal por parte de este Ayuntamiento, el mismo debe inspirarse en los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad enunciados por los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución Española, así como los principios adicionales regulados por el artículo 55 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público, tales como la publicidad y transparencia en los procedimientos.
Este Ayuntamiento, al igual que el resto de Administraciones Públicas, genera en su actividad diaria necesidades laborales que deben ser cubiertas por personal de forma temporal, siendo de interés común que los necesarios procesos selectivos se realicen de la forma más ágil y eficiente posible.
1.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El presente Reglamento tiene por objeto, regular el funcionamiento de las bolsas de trabajo que el Ayuntamiento de Puerto Xxxxxxx convoque para cubrir sus necesidades de contrataciones laborales temporales.
Este Reglamento afectará a todas las bolsas de trabajo de la Entidad Local a partir de su entrada en vigor, ésta será una vez sea aprobado por el Pleno de la Corporación y publicado en el BOP xx Xxxxx.
2.- DEFINICIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO. SITUACIONES.
Se entiende por bolsa de trabajo a los efectos del presente Reglamento, cada uno de los listados o grupos de aspirantes a cubrir un puesto laboral temporal en el Ayuntamiento de Puerto Xxxxxxx.
Las bolsas de trabajo se formarán conforme a un principio de especialización laboral, y cada una de ellas estará compuesta por solicitantes de empleo de una misma categoría o grupo profesional, sin perjuicio que pudieran agruparse varias actividades afines en una misma bolsa.
En ningún caso, la mera pertenencia a una bolsa de trabajo implicará derecho alguno a obtener contrato laboral, garantizándose únicamente que, cuando el Ayuntamiento de Puerto Xxxxxxx, considere conveniente su utilización, se respetará el orden establecido en la bolsa de trabajo correspondiente.
Situaciones en las que se puede encontrar un/a candidato/a.
La persona que figure en una bolsa de trabajo se encontrará en alguna de
las siguientes situaciones:
- Disponible: Situación desde la que el/la aspirante es susceptible de recibir llamamiento para su contratación laboral.
- Ocupado/a: La persona no está desempleada, presta servicio por cuenta ajena o bien actúa por cuenta propia.
- Suspendido/a: Situación producida por encontrarse el/la candidato/a en alguno de los supuestos establecidos en el apartado 5 de este Reglamento.
- Excluido/a temporal definitivo: Situación que una vez declarada, imposibilita efectuar posteriores ofertas de contratación al ser expulsado/a definitivamente de la bolsa de trabajo.
3.- GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO.
Cuando las necesidades de los diversos servicios del Ayuntamiento así lo requieran, se procederá mediante resolución de Alcaldía que así lo disponga, y en la que se justificará la necesidad de contratar, de conformidad con el orden preestablecido en cada bolsa, al llamamiento de las personas que integren la lista, por riguroso orden de puntuación obtenida.
3.1.- Localización de los/las candidatos/as.
El/la candidato/a en situación disponible será avisado/a por vía telefónica, para ello se acudirá al número de contacto que venga reflejado en la solicitud de inclusión de la bolsa de trabajo. El/la aspirante debe actualizar el citado número de contacto comunicando cualquier cambio que pueda afectar a su localización.
Para localizar al/la aspirante que corresponda contratar se le llamará al número de teléfono indicado en la solicitud, en el intervalo horario de ocho de la mañana a ocho de la tarde. Se realizarán un máximo de tres intentos separados por un mínimo de treinta quince minutos. Superados los tres intentos sin localizar al/la solicitante constará como una renuncia. De los citados intentos se tomará nota en el expediente para su posterior comprobación, si fuera necesaria.
3.2- Llamamiento de los/las candidatos/as.
Localizado el/la candidato/a a contratar, si éste/a rechaza la oferta de trabajo sin encontrarse en ninguno de los supuestos recogidos en los apartados 4 y 5 de este Reglamento, le constará como una renuncia.
En el caso de que presenten alta en bolsa, ésta empezará a contar a partir del día siguiente a la fecha de entrada en registro o sede electrónica.
Como norma general las bajas médicas tendrán preferencia para ser cubiertas, salvo que la coordinación estime lo contrario para salvaguardar el buen funcionamiento del servicio.
3.3.- Contratación.
Obtenida la conformidad del interesado a quien corresponda el llamamiento, se procederá a su contratación laboral, realizándose los cambios oportunos en el listado de la bolsa correspondiente pasando a situación de ocupado. En el momento de su incorporación al puesto de trabajo el aspirante deberá de cumplir con los requisitos exigidos en la normativa aplicable para la realización de los trabajos objeto de dicho puesto. De no ser así, perderá su opción de contratación.
La modalidad contractual será la establecida por la legislación vigente para la contratación laboral de carácter temporal.
4.- SITUACIÓN DE OCUPADO
a) Los/as aspirantes quedarán en situación de ocupados/as si comunican mediante la sede electrónica o registro de entrada del Ayuntamiento en el plazo de 3 días naturales, solicitud general adjuntando informe de vida laboral actualizada al día del llamamiento.
b) Al finalizar la situación de prestación de servicio por cuenta ajena o cuenta propia aportada para adquirir la situación de ocupado/a, deberá comunicarlo mediante solicitud con vida laboral a través de la sede electrónica o registro de entrada del Ayuntamiento en el plazo de 3 días naturales desde que se produjo el cambio a la situación de desempleado/a, comunicando el paso a situación DISPONIBLE.
Se verificará el cumplimiento en los supuestos recogidos en los apartados a) y b) del punto anterior, de los plazos de comunicación y su concordancia con la documentación aportada, en caso de incumplimiento se penalizará con una renuncia al candidato/a.
5.- SITUACIÓN DE SUSPENSIÓN.
Los/as aspirantes podrán quedar en situación de suspensión, conservando su puesto en la lista de la respectiva bolsa de trabajo, si informan a la Entidad Local en el momento del llamamiento de que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones, y lo acreditan documentalmente mediante solicitud general por registro de entrada o sede electrónica, en un plazo no superior a tres días naturales.
a) Estar en situación de incapacidad temporal en el momento del llamamiento, que imposibilite su incorporación al puesto de trabajo. El/la aspirante deberá justificar documentalmente la situación, mediante un informe médico que acredite la citada situación.
b) Estar en situación de riesgo en el embarazo acreditada documentalmente por un facultativo/a competente.
c) Encontrarse en el período de descanso por maternidad biológica, adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, en estos últimos casos de menores de 6 años, acreditados a través de certificado de nacimiento o libro de familia o de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial que constituya la adopción.
d) Matrimonio.
e) Hospitalización de familiar de primer grado.
f) Estar al cuidado de un dependiente de primer grado.
El/la candidato/a se mantendrá en situación de suspensión de llamamiento hasta que finalicen las situaciones recogidas anteriormente. Estas se deberán de comunicar en el plazo de tres días naturales y acreditar documentalmente en el plazo máximo de 10 días naturales a contar desde el día posterior al fin de las mismas.
Se verificará el cumplimiento en los supuestos recogidos en los apartados
a) b) c) d) e) y f) del punto anterior, de los plazos de comunicación y su concordancia con la documentación aportada, en caso de incumplimiento se penalizará con una renuncia al candidato/a.
6.- EXCLUSIÓN DEFINITIVO DE UNA BOLSA DE TRABAJO.
6.1 Serán excluidos/as temporalmente definitivamente los candidatos/as de la
bolsa de trabajo donde se encuentren inscritos/as, si se da alguna de las siguientes causas:
a) Reunir tres renuncias a puestos ofertados, ya sean consecutivas o no
b) No atender a tres llamadas en el mismo día.
c) Los supuestos del punto 6.2
6.2 Serán excluidos/as definitivamente los candidatos/as de la bolsa de trabajo
donde se encuentren inscritos/as, si se da alguna de las siguientes causas:
a) Simular uno de los supuestos recogidos en el apartado cuatro y cinco, para provocar su pase a la situación de ocupado o suspensión, y así no perder el lugar en la bolsa de trabajo.
b) La renuncia por escrito a seguir perteneciendo a una bolsa de trabajo.
c) Haber sido despedido/a previa incoación de expediente disciplinario.
La exclusión definitiva consistirá en la expulsión de la bolsa.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA El presente Reglamento sustituye, en materia de gestión de Bolsas de Trabajo, a cualquier texto precedente que regule la misma materia.
DISPOSICIÓN FINAL El presente Reglamento entrará en vigor tras su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
SEGUNDO.- Publicar dicho Reglamento en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx, así como en el tablón electrónico del Ayuntamiento de Puerto Xxxxxxx, por un plazo mínimo de treinta días, para que los interesados puedan presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.”
Lo que se hace público para general conocimiento de la población, en Puerto Xxxxxxx, a 05/02/24. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo.: D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
Nº 18.338
AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
ANUNCIO
NOMBRAMIENTO FUNCIONARIO XX XXXXXXX PLAZA ASESOR JURÍDICO OEP 2021 EXTRAORDINARIA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
Con fecha 16 de enero de 2024 el Sr. Alcalde-Presidente ha dictado Decreto, inscrito en el Libro de Resoluciones de la Alcaldía al número 00100/2024, del siguiente tenor literal:
“””Resultando que ha finalizado el proceso selectivo para cubrir en propiedad una plaza de Asesor Jurídico, Técnico de Administración Especial, encuadrada en la Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1, vacante en la plantilla de personal e incluida en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2021 Extraordinaria de estabilización de empleo temporal, por el sistema de concurso, previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público., mediante el sistema de concurso de méritos, turno libre y cuyas Bases de la convocatoria fueron publicadas en el BOP xx Xxxxx n.º 228, de 29 de noviembre de 2022.
Resultando que el Tribunal Calificador en fecha 19 de diciembre de 2023 ha efectuado propuesta de nombramiento a favor del aspirante que ha obtenido la puntuación definitiva más alta en el proceso selectivo.
Considerando Informe de la Letrada de la Oficina de Personal, de 10 enero de 2024, manifestando que el aspirante propuesto ha presentado, dentro de plazo, los documentos previstos en la Base segunda de las que rigen la citada convocatoria.
Y visto Informe de la Interventora de Fondos n.º 034/ 2024, de 12 de enero,
de fiscalización favorable a la tramitación del expediente.
En virtud de las atribuciones que me confiere la base 9ª de este proceso selectivo, el art. 47 del Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local vengo a RESOLVER:
Primero.- Nombrar a D. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, provisto del NIF ***5111**, funcionario xx xxxxxxx de este Excmo. Ayuntamiento, para ocupar la plaza de Asesor Jurídico, Técnico de Administración Especial, encuadrada en la Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1, código de plantilla N920.003.
Segundo.- Ordenar la publicación del nombramiento en el Tablón de Edictos
de la página web corporativa y en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
Tercero.- Comunicar al interesado que el plazo de toma de posesión será de 1 mes a contar desde el día siguiente al que sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el RD 707/1979, de 5 xx xxxxx, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas, en virtud de lo establecido en la Base undécima de la Convocatoria.
Cuarto.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión ordinaria que se celebre de la presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 del RD 2568/1986, de 28 de Noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.”””
Lo que se hace público para general conocimiento.
En La Línea de la Concepción a 22/01/24. EL ALCALDE, Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx. XXX XX, LA SECRETARIA GENERAL, Fdo.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Nº 18.484
AYUNTAMIENTO XX XXXXX
Acuerdo del Pleno delAyuntamiento deAlgar (Cádiz) por el que se aprueba inicialmente el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2024.
Aprobado inicialmente en sesión ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 31 de enero de 2024 el Presupuesto Municipal, Bases de Ejecución y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2024, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
De conformidad con el acuerdo adoptado, el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presentaren reclamaciones. 05/02/24. El Sr. Alcalde-Presidente, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx. Firmado.
Nº 18.534
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX
ANUNCIO
La Sra. Alcaldesa-Presidenta ha adoptado, con fecha 6 de febrero de 2024, Decreto resolviendo lo siguiente:
“DECRETO DE ALCALDÍA. Documento firmado electrónicamente. Visto que en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx núm. 222, de fecha
22 de noviembre de 2023, se publicaron las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para ocupar los puestos de la Oferta de Empleo Público de Estabilización del Ayuntamiento xx Xxxxxx en cumplimiento de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobadas mediante Decreto de fecha 24 de noviembre de 2022.
Resultando que se ha incluido a la aspirante Dña. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx en el listado correspondiente al puesto de “Monitor Ludoteca” cuando la misma solicitó en plazo participar en el proceso selectivo de “Limpiadora”.
Habiéndose observado que esta circunstancia se trata de un error material conforme al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComúndelasAdministraciones Públicassegúnelcual:“LasAdministraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
En base a lo anteriormente expuesto y conforme al artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local RESUELVO:
PRIMERO.- Rectificar el citado error material incluyendo a la aspirante Dña. Xxxxxxxx XxxxxxxXxxxxx con D.N.I. ****590** en el listado definitivo de “Limpiadora”, por tratarse de la plaza en la que solicitó participar, en lugar del listado de “Monitor Ludoteca”.
SEGUNDO.- Publicar la presente Resolución en el Tablón de Anuncios
de la Corporación y Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
TERCERO.- Esta resolución agotará la vía administrativa. Contra la citada Resolución cabrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de UN MES desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.
Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en la fecha que aparece al
margen del presente Decreto.”
Lo que se comunica para general conocimiento.
06/02/24. LAALCALDESA. Fdo./ Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Nº 18.547
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL CAMPO DE GIBRALTAR EDICTO
SE HACE SABER: Que han sido confeccionado por los Servicios Económicos deARCGISA, sociedad instrumental de esta Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, los padrones y listas cobratorias correspondientes al 4º trimestre de 2023 de las PRESTACIONES PATRIMONIALES DE CARÁCTER PÚBLICO NO TRIBUTARIO DE LOS SERVICIOS MANCOMUNADOS “ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA EN BAJA”, “SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES”, “RECOGIDA DE RESIDUOS MUNICIPALES” y de “DEPÓSITO, TRATAMIENTO, ELIMINACIÓN Y/O APROVECHAMIENTO DE
RESIDUOS MUNICIPALES”, todos ellos en el municipio de LOS BARRIOS, los cuales estarán expuestos al público en la Oficina del Servicio mancomunado Abastecimiento, Saneamiento y Residuos de la Sociedad ARCGISA sita en Xxxxxxx X0 Xxxxxx 000, 00000 Xxxxxxxxxx-Xxx Xxxxxxx (junto al Parque de Bomberos) en horario de atención. al público de 08:30 a 14:00 horas y en la Sede de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar situada en el Parque de las Acacias s/n de Algeciras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, así como en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica de Mancomunidad (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. xxxxxxxxxxxxxx.xx), durante el plazo de quince días contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Plazo durante el cual los interesados podrán examinar los referidos documentos, y presentar las alegaciones o reclamaciones que tengan por convenientes.
En cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por los conceptos y trimestre referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine el plazo de exposición al público de los padrones a los que se refiere el presente Anuncio.
Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 c) del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones mencionados podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el Presidente de la Mancomunidad de Municipios, en el plazo de un mes que empezará a computarse a partir del día siguiente al citado de finalización de la exposición pública xxx xxxxxx al que se refiere el presente Anuncio, y una vez sean resueltas las alegaciones que pudiesen haber sido presentadas.
Por otro lado, se hace saber que el periodo voluntario para hacer efectivo el pago de los recibos del mencionado concepto, correspondiente al periodo anteriormente indicado, será desde el día 23/01/2024 al 05/04/2024, o en todo caso el de dos meses establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, computado desde el día en el que finalice el de exposición al público xxx xxxxxx, si éste fuese mayor. Los interesados podrán realizar el pago en las oficinas del Servicio Provincial de Recaudación, sita en C/. Xxxxxx xxx Xxx, 0 00000 - Xxx Barrios y entidades financieras colaboradoras.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario, se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 28 de la citada Ley General Tributaria, que son los siguientes:
1. El recargo ejecutivo, que será el 5 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.
2. El recargo de apremio reducido, que será del 10 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto para las deudas apremiadas en el apartado 5 del artículo 62 de la referida Ley Tributaria.
3. El recargo de apremio ordinario, que será del 20 por 100, y será aplicable cuando no concurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores. El recargo de apremio ordinario será compatible con los intereses de demora.
Cuando resulte exigible el recargo de apremio reducido no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del periodo ejecutivo.
Lo que se hace público para general conocimiento de todos los posibles interesados.
En Algeciras, a 30/01/24. LA PRESIDENTA, Fdo.: Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Nº 19.043
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL CAMPO DE GIBRALTAR EDICTO
SE HACE SABER: Que ha sido confeccionado por los Servicios Económicos de ARCGISA, sociedad instrumental de esta Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, el padrón y listas cobratorias correspondientes al 4º Trimestre de 2023, de la “PRESTACIÓN PATRIMONIAL DE CARÁCTER PÚBLICO NO TRIBUTARIO DEL SERVICIO MANCOMUNADO DE TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES EN ELMUNICIPIO DEALGECIRAS (ZONA3 y ZONA4)”, documentos
que estarán disponibles al público en las oficinas de la Empresa Municipal de Agua del Ayuntamiento deAlgeciras, EMALGESA, sita en laAvenida Xxxxxx xxx Xxxxxx s/n (Centro Cívico de la Reconquista) C.P. 11201 de Algeciras, y en la Sede de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar situada en el Parque de las Acacias s/n de Algeciras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, así como en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica de Mancomunidad (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. xxxxxxxxxxxxxx.xx), durante el plazo de quince días contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Plazo durante el cual los interesados podrán examinar los referidos documentos, y presentar las alegaciones o reclamaciones que tengan por convenientes.
En cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por los conceptos y trimestre referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine el plazo de exposición al público de los padrones a los que se refiere el presente Anuncio.
Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 c) del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones mencionados podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el Presidente de la Mancomunidad de Municipios, en el plazo de un mes que empezará a computarse a partir del día siguiente al citado de finalización de la exposición pública xxx xxxxxx al que se refiere el presente Anuncio, y una vez sean resueltas las alegaciones que pudiesen haber sido presentadas.
Por otro lado, en cumplimiento de lo previsto en el citado artículo 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, se hace saber que, el periodo voluntario para hacer efectivo el pago de los recibos de la mencionada Prestación Patrimonial correspondientes al periodo inicialmente indicado, será el mismo período voluntario en el que se pongan al cobro las tarifas por prestación de los servicios de abastecimiento de agua potable y alcantarillado- saneamiento que apruebe y recaude el Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, que nunca podrá ser inferior al de dos meses establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y que consta reflejado en el recibo conjunto que es girado trimestralmente al efecto a los interesados obligados tributarios por la Empresa Municipal de Agua del Ayuntamiento de Algeciras (EMALGESA), como entidad encargada de la recaudación de la Prestación Patrimonial mencionada, siendo el lugar de pago el de las oficinas de la citada EMALGESA, sitas en la Avenida Xxxxxx xxx Xxxxxx s/n (Centro Cívico de la Reconquista) C.P. 11201 de Algeciras, o el de las entidades financieras colaboradoras que tenga concertadas al efecto dicha empresa.
Transcurrido el mencionado plazo de ingreso voluntario, se iniciará, de oficio o a instancia de la empresa concesionaria recaudadora, el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 28 de la citada Ley General Tributaria, que son los siguientes:
1. El recargo ejecutivo, que será el 5 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.
2. El recargo de apremio reducido, que será del 10 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto para las deudas apremiadas en el apartado 5 del artículo 62 de la referida Ley Tributaria.
3. El recargo de apremio ordinario, que será del 20 por 100, y será aplicable cuando no concurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores. El recargo de apremio ordinario será compatible con los intereses de demora.
Cuando resulte exigible el recargo de apremio reducido no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del periodo ejecutivo.
Lo que se hace público para general conocimiento de todos los posibles interesados.
En Algeciras, a 01/02/24. LA PRESIDENTA, Fdo.: Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Nº 19.064
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL CAMPO DE GIBRALTAR EDICTO
SE HACE SABER: Que ha sido confeccionado por los Servicios Económicos de ARCGISA, sociedad instrumental de esta Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, el padrón y listas cobratorias correspondientes al 4º trimestre de 2023, de la “PRESTACIÓN PATRIMONIAL DE CARÁCTER PÚBLICO NO TRIBUTARIO DEL SERVICIO MANCOMUNADO DE ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN BAJA EN EL MUNICIPIO DE LA LÍNEA DE LA
CONCEPCIÓN (ZONA 3)”, documentos que estarán disponibles al público en las Oficinas de la “Empresa Gestora de Aguas Linenses”, sita en la Xxxxx Xxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx, 0 C.P. 11300 de La Línea, y en la Sede de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar situada en el Parque de las Acacias s/n de Algeciras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, durante el plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial
de la Provincia, periodo durante el cual los interesados podrán examinar los referidos documentos, y presentar las alegaciones o reclamaciones que tengan por convenientes. En cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por los conceptos y trimestre referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine el plazo de exposición al público de los padrones a los que se refiere el presente Anuncio.
Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 c) del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones mencionados podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el Presidente de la Mancomunidad de Municipios, en el plazo de un mes que empezará a computarse a partir del día siguiente al citado de finalización de la exposición pública xxx Xxxxxx al que se refiere el presente Anuncio, y una vez sean resueltas las alegaciones que pudiesen haber sido presentadas.
Por otro lado, en cumplimiento de lo previsto en el citado artículo 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, se hace saber que, al tener encomendadas las funciones de recaudación de las liquidaciones y recibos a los que se refiere el presente Edicto la empresa concesionaria del servicio, “Empresa Gestora de Aguas Linenses S.L.”, el periodo voluntario para hacer efectivo el pago de los recibos de la mencionada Prestación Patrimonial (PPCPNT) correspondiente al periodo inicialmente indicado, será el dispuesto en cada caso por la citada empresa concesionaria, que nunca podrá ser inferior al de dos meses establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y que consta reflejado en el recibo que es girado trimestralmente al efecto a los interesados obligados tributarios por la indicada “Empresa Gestora de Aguas Linenses, S.L.”, siendo el lugar de pago el de las oficinas de la citada empresa concesionaria, sitas en la Calle San Xxxxx xx Xxxxxxxxx s/n C.P. 11300 de La Línea de la Concepción, o el de las entidades financieras colaboradoras que tenga concertadas al efecto dicha empresa. Transcurrido el mencionado plazo de ingreso voluntario, se iniciará, de oficio o a instancia de la empresa concesionaria recaudadora, el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo
28 de la citada Ley General Xxxxxxxxxx, que son los siguientes:
1. El recargo ejecutivo, que será el 5 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.
2. El recargo de apremio reducido, que será del 10 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto para las deudas apremiadas en el apartado 5 del artículo 62 de la referida Ley Tributaria.
3. El recargo de apremio ordinario, que será del 20 por 100, y será aplicable cuando no concurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores. El recargo de apremio ordinario será compatible con los intereses de demora.
Cuando resulte exigible el recargo de apremio reducido no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del periodo ejecutivo.
Lo que se hace público para general conocimiento de la normativa vigente. En Algeciras, a 02/02/24. LA PRESIDENTA, Fdo.: Xxxxxx X. Xxxxx
Xxxxxxxx. Nº 19.067
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL CAMPO DE GIBRALTAR EDICTO
SE HACE SABER: Que han sido confeccionado por los Servicios Económicos deARCGISAsociedad instrumental de esta Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar los padrones y listas cobratorias correspondientes al 4º trimestre de 2023, de las PRESTACIONES PATRIMONIALES DE LOS SERVICIOS MANCOMUNADOS DE “ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA EN BAJA”, de “SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES”, de “RECOGIDADE RESIDUOS MUNICIPALES” y de “DEPÓSITO, TRATAMIENTO, ELIMINACIÓN Y/OAPROVECHAMIENTO DE RESIDUOS MUNICIPALES, todos
ellos en el municipio xx XXXXXXXXX DE LAFRONTERA, los cuales estarán expuestos al público en la Oficina del Servicio mancomunado Abastecimiento, Saneamiento y Residuos de la Sociedad ARCGISA sita en Xxxxxxx X0 Xxxxxx 000, 00000 Xxxxxxxxxx- Xxx Xxxxxxx (junto al Parque de Bomberos) en horario de atención. al público de 08:30 a 14:00 horas y en la Sede de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar situada en el Parque de las Acacias s/n de Algeciras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, así como en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica de la Mancomunidad (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx), durante el plazo de quince días contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Plazo durante el cual los interesados podrán examinar los referidos documentos, y presentar las alegaciones o reclamaciones que tengan por convenientes.
Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 c) del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones mencionados podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante La Presidenta de la Mancomunidad de Municipios en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al citado de finalización de la exposición pública xxx xxxxxx correspondiente.
En cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por los conceptos y trimestre referenciados se notifican colectivamente,
entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termina la exposición al
público de los padrones.
Por otro lado, se hace saber que el periodo voluntario para hacer efectivo el pago de los recibos del mencionado concepto, correspondiente al periodo anteriormente indicado, será desde el día 19/02/2024 al 22/04/2024, o en todo caso el de dos meses establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, computado desde el día en el que finalice el de exposición al público xxx xxxxxx, si éste fuese mayor. Los interesados podrán realizar el pago en cualquier oficina de CAIXABANK y de BANCO XX XXXXXXXXX de lunes a viernes, en el horario establecido para las Entidades Financieras, o a través de la Oficina Virtual de ARCGISA en la dirección xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xx., accesible igualmente en la página web de dicha empresa xxxxx://xxxxxxx.xx.
Transcurrido el mencionado plazo de ingreso voluntario, se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 28 de la citada Ley General Tributaria, que son los siguientes:
1. El recargo ejecutivo, que será el 5 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.
1. El recargo de apremio reducido, que será del 10 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto para las deudas apremiadas en el apartado 5 del artículo 62 de la referida Ley Tributaria.
2. El recargo de apremio ordinario, que será del 20 por 100, y será aplicable cuando no concurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores. El recargo de apremio ordinario será compatible con los intereses de demora.
Cuando resulte exigible el recargo de apremio reducido no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del periodo ejecutivo.
Lo que se hace público para general conocimiento de todos los posibles interesados.
En Algeciras, a 05/02/24. LA PRESIDENTA, Fdo.: Xxxxxx X. Xxxxx
Xxxxxxxx.
Nº 19.074
AYUNTAMIENTO DE SAN XXXXX
Expte.: 6852/2023. El Sr. Alcalde de este Ilustre Ayuntamiento de San Xxxxx, D. Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx en uso de las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente:
DECRETO
VISTO el decreto n.º 2024-0462 de fecha 28/01/2024. mediante el cual se ampliaba la jornada laboral xx Xx. Xxx Xxxxxxxx Xxxxx, como personal de empleo eventual de confianza y asesoramiento de este Ayuntamiento, Asesor de Gestión de Alcaldía en Distrito, con una retribución de 35.000 € brutos/anuales.
VISTO que en el referido decreto se ha detectado error material consistente en la retribución, ya que la misma no es de 35.000 € brutos/anuales, sino de 30.000
€ brutos/anuales.
VISTO lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, de Bases de Régimen Local, art. 176 del R.D.L. 781/86, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y el art. 12 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, Estatuto Básico del Empleado Público.
Visto que en sesión extraordinaria del Ayuntamiento Pleno de fecha 30/06/2.023, al punto sexto, se aprobó el acuerdo sobre el personal de confianza, estableciéndose en el mismo para los Asesores de Gestión de Alcaldía en Distritos que podrán “ … ser cubiertos por personal a jornada completa o a media jornada en horarios de mañana/tarde.”
Visto el informe de la Secretaría General de fecha 07/07/2.023 que obra en el expediente.
Visto el decreto número 2023-4539 de fecha 13/09/2023, disponiendo el nombramiento como personal de empleo eventual de confianza y asesoramiento de este Ayuntamiento a Xx. Xxx Xxxxxxxx Xxxxx, como Asesor de Gestión de Alcaldía en Distrito a media jornada, en horario de mañana.
Por el presente, en uso de las atribuciones que me están conferidas tengo a bien, DISPONER:
PRIMERO.- Anular el decreto n.º 2024-0462 de fecha 28/01/2024.
SEGUNDO.-Ampliar la jornada laboral xx Xx.Xxx Xxxxxxxx Xxxxx, personal de empleo eventual de confianza y asesoramiento de esteAyuntamiento,Asesor de Gestión de Alcaldía en Distrito, pasando de media jornada a jornada completa, con efectos desde el 1 de febrero de 2024, con el régimen propio de este personal y con las retribuciones acordadas en la sesión plenaria de fecha 30 xx xxxxx de 2.023, fijadas en:
- 30.000 € brutos/anuales.
SEGUNDO.- Notificar el presente acuerdo al interesado, RR.HH.,
Intervención y Tesorería.
TERCERO.- Dar cuenta al pleno en la próxima sesión que se celebre. En San Xxxxx, a 05/02/24. El Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Ayuntamiento de San
Xxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx. Firmado. La Secretaria General, Xxx Xxxxx xx Xxxxxx. Firmado.
Nº 19.101
AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Los Barrios (Cádiz), en virtud de las competencias que me confiere el ordenamiento jurídico, vengo en dictar el siguiente,
DECRETO
Departamento: Alcaldía-Presidencia. Expte./Ref: 2024/DYN_01/000196. Asunto: Delegación de Funciones xx Xxxxxxx. Interesado: Dña. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Visto el Decreto de Alcaldía n.º 171, de fecha 2 de febrero de 2024,
nombramiento Tenientes xx Xxxxxxx mandato.
Visto que corresponde a los tenientes xx xxxxxxx, en cuanto a tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones.
Dado que durante el día 7 de febrero de 2024, el Sr. Alcalde se encontrará ausente del Municipio, resulta necesario sustituir al alcalde en todas sus funciones propias del cargo.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, VENGO EN RESOLVER:
Primero.- Delegar en Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, primer xxxxxxxx xx xxxxxxx la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local, durante 7 de febrero de 2024 por ausencia xxx Xxxxxxx.
Segundo.- El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Tercero.- La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Cuarto.- En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Quinto.- La presente resolución será publicada en el BOP de la provincia, tablón electrónico y en el Portal de Transparencia de este Ayuntamiento.
Sexto.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión ordinaria que se celebre de la presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.
Así lo dijo, manda y firma el Sr.Alcalde-Presidente del Excmo.Ayuntamiento de Los Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, a 6/2/24. De lo que como Secretaria- Interventora doy fe y se procede a su transcripción al Libro de Resoluciones.
06/02/2024. EL ALCALDE, Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx. LA SECRETARIA-INTERVENTORA, (P.D. 1725 de 26/09/2023) Fdo.: Xxxxx Xxxxxxx
Xxxxxx.
Nº 19.125
AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
ANUNCIO
RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA POR LA QUE SE APRUEBA LA LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS, COMPOSICIÓN NOMINAL DEL TRIBUNAL, FECHA, LUGAR Y HORA DE COMIENZO DEL PRIMER Y SEGUNDO EJERCICIO DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE 2 PLAZAS DE INSPECTOR DE LA POLICÍA LOCAL POR PROMOCIÓN INTERNA.
En relación con la provisión para cubrir en PROPIEDAD 2 PLAZAS DE INSPECTOR DE LA POLICÍA LOCAL, a través del procedimiento de selección de CONCURSO-OPOSICIÓN, mediante el sistema de acceso por PROMOCIÓN INTERNA, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Excmo.Ayuntamiento, y de conformidad con las bases 5ª, 6ª y 7ª de la convocatoria, que fueron aprobadas mediante Decreto de Alcaldía n.º 9301 de 10 de octubre de 2023, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx n.º 201 de 23 de octubre de 2023, extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 233 de 5 de diciembre de 2023, y extracto en el Boletín Oficial del Estado n.º 307 de fecha 25 de diciembre de 2023, anunciándolas y abriendo el plazo de solicitudes.
Que una vez finalizado el plazo de admisión de las mismas, esta Alcaldía, de acuerdo con lo dispuesto en las Bases anteriormente mencionadas y supletoriamente por los artículos 11 y 20.1 del R.D. 364/1995, de 10 xx xxxxx, y el artículo 4.e y 4.f del R.D. 896/1991, de 7 xx xxxxx, así como artículos 11 y 20 del Reglamento que aprueba el Decreto 2/2002, de 9 de enero, y demás disposiciones legales que le sean de aplicación:
HA RESUELTO:
PRIMERO.- Aprobar la lista provisional de admitidos y excluidos de dicho proceso, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos.
Transcurrido dicho plazo, se dictará resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que será publicada en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Algeciras (xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx), donde tendrá que seleccionar dentro de la opción temas de publicación, la correspondiente a CONVOCATORIAS DE PERSONAL, todo ello de conformidad con las Bases.
LISTADO PROVISIONAL DE ASPIRANTES ADMITIDOS:
Nº | APELLIDOS | NOMBRE | ***DNI** |
1 | XXXXX XXXXXXXXX | XXXXXX | ***6350** |
2 | XXXXXX XXXXXXXXXXX | XXXXXX | ***5655** |
3 | XXXXX XXXX | XXXXX | ***6801** |
LISTADO PROVISIONAL DE ASPIRANTES EXCLUIDOS:
• NINGUNO.
SEGUNDO.- El Tribunal que calificará las pruebas selectivas, estará
compuesto por los señores que a continuación se relacionan: PRESIDENTE:
• Titular: D. XXXXXXX XXXX XXXXX.
• Suplente: D. XXXX XXXXXX XXXXX XXXX. SECRETARIO:
• Titular: D. XXXX XXXX XXXXX XXXX.
• Suplente: Funcionario en quien delegue. VOCALES:
• Titular: D. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX.
• Suplente: D. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX.
• Titular: D. XXXX XXXXXX XXXXXXX.
• Suplente: D. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX.
• Titular: D. XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX.
• Suplente: D. XXXXXX XXXXX XXXX XXXX.
• Titular: D. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX.
• Suplente: Xx. XXXXXXXXX CHAMBER VIERA.
TERCERO.- Se convocará a los mismos para la realización de las pruebas correspondientes a la Segunda fase: Oposición, Primera parte Teórica y Segunda parte Práctica, del procedimiento selectivo, el día 3 xx xxxxx de 2024, a las 10 horas y 30 minutos, en el edificio “Antiguo Hospital Militar”, en el aula Magna (1ª Planta), sita X/ Xxxxxxx XX x.x 0 de esta ciudad, debiendo ir provistos de:
• Los opositores se presentarán provistos del Documento Nacional de Identidad, así como de bolígrafo con carcasa transparente de tinta azul.
• El copiar o utilizar audífonos no terapéuticos, “pinganillos”, etc.., conlleva la exclusión inmediata del proceso selectivo.
• No entrar en contacto con otros aspirantes por ningún medio. Esto conlleva la expulsión inmediata del proceso selectivo.
• Los móviles tienen que estar apagados (ni siquiera en modo silencioso o vibración) y guardados, nunca encima de la mesa.
• No utilizar corrector ortográfico ni tachaduras. Siga las instrucciones que se detallarán
para la confección de la prueba tipo test.
• Los aspirantes podrán llevar agua, en envases de plástico y sin etiqueta.
• La retirada del opositor a instancias de los miembros del Tribunal por no cumplir con los criterios establecidos supone la exclusión del proceso selectivo.
• No se permitirá el acceso de enseres personales (mochilas, bolsos, relojes, etc. ni de dispositivos electrónicos, auriculares o dispositivos auditivos de ningún tipo). Los teléfonos móviles deberán permanecer apagados desde el acceso a las pruebas.
CUARTO.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Los sucesivos anuncios relacionados con la presente convocatoria se publicarán en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Algeciras (xxxxx://xxxx. xxxxxxxxx.xx), donde tendrá que seleccionar dentro de la opción temas de publicación, la correspondiente a CONVOCATORIAS DE PERSONAL, todo ello de conformidad con las Bases.
6 de febrero de 2024. Fdo.: XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX. EL ALCALDE-PRESIDENTE
TERCERO: Convocar a las personas aspirantes para la realización del primer ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio que a continuación se describe, el 24 de febrero de 2024, a las 10:00 horas, en el IES “El Convento”, situado en la Xxxxx xx xxx Xxxxxx x.x 0, 00000 Xxxxxx.
Conforme a lo establecido en la Base 7ª, el ejercicio consistirá en contestar, durante un tiempo máximo de 60 minutos, un examen tipo test de carácter práctico con veinte preguntas más cinco de reserva, con tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, sobre la materia del Anexo VI.
Las preguntas de reserva sólo serán valoradas en el caso de que sustituyan a alguna otra que haya sido objeto de anulación. Estas cinco preguntas de reserva habrán de ser contestadas dentro del tiempo de los 60 minutos de que consta el ejercicio.
Cada respuesta acertada sumará 3 puntos. Las respuestas no acertadas o no contestadas ni sumarán ni restarán puntos. Para superar la prueba los aspirantes deberán obtener una puntuación mínima de 30 puntos sobre los 60 puntos totales de esta fase, en caso contrario, quedarán eliminados del proceso de selección.
CUARTO: Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Electrónica (xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx) y Web Corporativa (xxxxx://xxx.xxxxxx.xx), para el conocimiento de las personas interesadas y a los efectos de abstención y recusación del órgano de selección, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
QUINTO: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo xx Xxxxx de la Frontera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con lo previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO I ADMITIDAS:
Apellidos y nombre | DNI **** | |
1 | Cazalla Xxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx | ***1217** |
2 | Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx | ***8872** |
3 | Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx | ***1454** |
4 | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | ***6923** |
5 | Xxxxx Xxxx, Xxxxx Xxxxxxx | ***0152** |
6 | Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx | ***5155** |
7 | Xxxx Xxxxx, Xxxx Xxxxxxx | ***0490** |
8 | Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx | ***5457** |
9 | Xxxxxx Xxxx, Xxxx | ***4547** |
10 | Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx | ***2395** |
11 | Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx | ***6994** |
12 | Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx | ***5076** |
13 | Real Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxx | ***5625** |
14 | Real Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxx | ***0492** |
15 | Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxx | ***6367** |
16 | Xxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx | ***6042** |
17 | Xxxx Xxxxxxx, Xxxx | ***1913** |
18 | Xxxx Xxxxx, Xxxxxx | ***2167** |
Nº 19.350
AYUNTAMIENTO DE BORNOS
ANUNCIO
Por Decreto de la Alcaldía núm. 172/2024, de 29 de enero, ha sido aprobada la lista definitiva e personas admitidas y excluidas correspondientes al proceso selectivo que a continuación se indica:
Expirado el plazo para presentar reclamaciones y subsanar los posibles defectos que hayan motivado la exclusión y omisión de los aspirantes en el proceso de selección que se sigue en esta Corporación para la estabilización de empleo público temporal en el Ayuntamiento de Bornos, conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para cobertura de una plaza de Oficial de Vías y Servicios mediante el sistema de Concurso- Oposición, personal laboral, de conformidad con lo establecido en la Base 5ª de la Convocatoria, esta Alcaldía HA RESUELTO:
PRIMERO: Aprobar las lista definitiva de personas admitidas y excluidas,
la cual queda integrada de la forma que se indica en el Anexo X.
XXXXXXX: Nombrar al órgano de selección, que estará integrado por las siguientes personas:
Titulares: | Suplentes: | |
Presidente: | Xxxxxx Xxxxxxx Xxx | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx |
Vocales: | Xxxxx Xxxxx Xxxxxx | Xxxxx Xxxxx Xxxxx |
Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | |
Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxxx Manchado | |
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | |
Secretario: | Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx |
EXCLUIDAS:
Apellidos y nombre | DNI**** | Causa de exclusión | |
1 | Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx | ***6323** | No subsana |
2 | Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx | ***8306** | No subsana |
3 | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxx | ***9803** | No subsana |
Lo que se hace público para general conocimiento.
Bornos, 29 de enero de 2024. El Alcalde, P.D. La 1ª. Teniente de Alcaldía, Fdo.: Xxxxx Xxxx Xxxx Xxxxx. Decreto 1270/2023, 6 de julio.
Nº 21.143
AYUNTAMIENTO DE BORNOS
ANUNCIO
Por Decreto de la Alcaldía núm. 171/2024, de 29 de enero, ha sido aprobada la lista definitiva e personas admitidas y excluidas correspondientes al proceso selectivo que a continuación se indica:
Expirado el plazo para presentar reclamaciones y subsanar los posibles defectos que hayan motivado la exclusión y omisión de los aspirantes en el proceso de selección que se sigue en esta Corporación para la estabilización de empleo público temporal en el Ayuntamiento de Bornos, conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para cobertura de una plaza de Auxiliar de Limpieza de Edificios Municipales mediante el sistema de Concurso-Oposición, personal laboral, de conformidad con lo establecido en la Base 5ª de la Convocatoria, esta Alcaldía HA RESUELTO:
PRIMERO: Aprobar las lista definitiva de personas admitidas y excluidas,
la cual queda integrada de la forma que se indica en el Anexo I.
Apellidos y nombre | DNI **** | |
32 | Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx | ***5555** |
33 | Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | ***4889** |
34 | Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxx | ***8398** |
35 | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxx | ***5045** |
36 | Xxxx Xxxxxx, Xxxxx | ***5456** |
37 | Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxx | ***0784** |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxxx | ***7992** |
39 | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx | ***3913** |
00 | Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxx | ***6220** |
41 | Xxxxxx Xxxx, Xxxxx | ***5193** |
42 | Xxxxx Xxxxxx, Xxxxx | ***1653** |
43 | Xxxxx Xxxxxxxx, Xxx | ***3701** |
00 | Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx | ***2395** |
45 | Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx | ***3636** |
00 | Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx | ***6984** |
00 | Xxxxx Xxxxx, Xxx Xxxxxxxx | ***5740** |
48 | Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxx | ***9951** |
49 | Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx | ***3807** |
50 | Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | ***5588** |
00 | Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx | ***6967** |
52 | Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx xxx Xxxxxxx | ***1555** |
53 | Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxx | ***3598** |
54 | Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx | ***3686** |
55 | Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx | ***8408** |
00 | Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx | ***6985** |
00 | Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxx | ***3941** |
58 | Xxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx | ***9988** |
59 | Xxxx Xxxxx, Xxxxxxx | ***5907** |
60 | Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | ***8910** |
61 | Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx | ***4550** |
62 | Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx | ***3279** |
63 | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx | ***0183** |
64 | Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx | ***7082** |
65 | Xxxxxxxx Xxxx, Xxx Xxxxx | ***5488** |
66 | Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx | ***3085** |
SEGUNDO: Nombrar al órgano de selección, que estará integrado por las siguientes personas:
Titulares: | Suplentes: | |
Presidente: | Xxxxxx Xxxxxxx Xxx | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx |
Vocales: | Xxxxx Xxxxx Xxxxxx | Xxxxx Xxxxx Xxxxx |
Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | |
Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxxx Manchado | |
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | |
Secretario: | Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx |
TERCERO: Convocar a las personas aspirantes para la realización del primer ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio que a continuación se describe, el 24 de febrero de 2024, a las 10:00 horas, en el IES “El Convento”, situado en la Xxxxx xx xxx Xxxxxx x.x 0, 00000 Xxxxxx.
Conforme a lo establecido en la Base 7ª, el ejercicio consistirá en contestar, durante un tiempo máximo de 60 minutos, un examen tipo test de carácter práctico con veinte preguntas más cinco de reserva, con tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, sobre la materia del Anexo VI.
Las preguntas de reserva sólo serán valoradas en el caso de que sustituyan a alguna otra que haya sido objeto de anulación. Estas cinco preguntas de reserva habrán de ser contestadas dentro del tiempo de los 60 minutos de que consta el ejercicio.
Cada respuesta acertada sumará 3 puntos. Las respuestas no acertadas o no contestadas ni sumarán ni restarán puntos. Para superar la prueba los aspirantes deberán obtener una puntuación mínima de 30 puntos sobre los 60 puntos totales de esta fase, en caso contrario, quedarán eliminados del proceso de selección.
CUARTO: Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Electrónica (xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx) y Web Corporativa (xxxxx://xxx.xxxxxx.xx), para el conocimiento de las personas interesadas y a los efectos de abstención y recusación del órgano de selección, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
QUINTO: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo xx Xxxxx de la Frontera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con lo previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Anexo I
ADMITIDAS:
EXCLUIDAS:
Apellidos y nombre | DNI**** | Causa de exclusión | |
1 | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxx | ***3121** | No subsana |
0 | Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx | ***9016** | No subsana |
3 | Xxxxxx Xxxx, Xxxxx Xxxx | ***8197** | No subsana |
4 | Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxx | ***9854** | No subsana |
5 | Xxxx Xxxxx, Xxxxxx | ***3899** | No subsana |
6 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx,Xxxxxxx | ***6367** | No subsana |
7 | Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx | ***3627** | No subsana |
8 | Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx | ***3662** | No subsana |
9 | Xxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx | ***7016** | No subsana |
10 | Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx | ***3828** | No subsana |
11 | Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx | ***6368** | No subsana |
Lo que se hace público para general conocimiento.
Bornos, 29 de enero de 2024. El Alcalde, P.D. La 1ª. Teniente de Alcaldía, Fdo.: Xxxxx Xxxx Xxxx Xxxxx. Decreto 1270/2023, 6 de julio.
Apellidos y nombre | DNI **** | |
1 | Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxx | ***2621** |
2 | Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx | ***5497** |
3 | Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx | ***6608** |
4 | Xxxxxxx Cena, Xxxxxx | ***5159** |
5 | Xxxxxxx Cena, Xxxxxxxxx | ***5159** |
6 | Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxx | ***8810** |
7 | Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx | ***6831** |
8 | Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx | ***3763** |
0 | Xxxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxx xxx Xxxxxx | ***6748** |
10 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx xxx Xxxxxx | ***4544** |
11 | Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxx | ***2266** |
12 | Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxx Xxxxxx | ***5921** |
13 | Xxxx Xxxxxx, Xxxxx | ***0267** |
14 | Xxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxx | ***6007** |
15 | Xxxxx Xxxxx, Xxxx | ***5626** |
16 | Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxx | ***6852** |
00 | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | ***7213** |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx | ***5038** |
19 | Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx | ***7956** |
20 | Xxxxxx Xxxxx, Xxxx | ***7347** |
21 | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx | ***3600** |
22 | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxx | ***1843** |
23 | Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx | ***6868** |
24 | Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx | ***4553** |
25 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx | ***0401** |
26 | Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxx | ***5849** |
00 | Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxx | ***6755** |
28 | Xxxxxxx Xxxxx, Xxxx | ***7050** |
00 | Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx | ***5095** |
30 | Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx | ***3687** |
31 | Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx | ***8559** |
Nº 21.145
AYUNTAMIENTO DE BORNOS
ANUNCIO
Por Decreto de la Alcaldía núm. 171/2024, de 29 de enero, ha sido aprobada la lista definitiva e personas admitidas y excluidas correspondientes al proceso selectivo que a continuación se indica:
Expirado el plazo para presentar reclamaciones y subsanar los posibles defectos que hayan motivado la exclusión y omisión de los aspirantes en el proceso de selección que se sigue en esta Corporación para la estabilización de empleo público temporal en el Ayuntamiento de Bornos, conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para cobertura de dos plazas de Peón de Servicios Generales mediante el sistema de Concurso-Oposición, personal laboral, de conformidad con lo establecido en la Base 5ª de la Convocatoria, esta Alcaldía HA RESUELTO:
Apellidos y nombre | DNI **** | |
31 | Real Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxx | ***0492** |
32 | Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx | ***6985** |
33 | Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx | ***2984** |
34 | Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx | ***3435** |
00 | Xxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx | ***6042** |
36 | Xxxx Xxxxxxx, Xxxx | ***1913** |
37 | Xxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxx | ***7089** |
38 | Xxxx Xxxxx, Xxxxxx | ***2167** |
PRIMERO: Aprobar las lista definitiva de personas admitidas y excluidas,
la cual queda integrada de la forma que se indica en el Anexo I.
Titulares: | Suplentes: | |
Presidente: | Xxxxxx Xxxxxxx Xxx | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx |
Vocales: | Xxxxx Xxxxx Xxxxxx | Xxxxx Xxxxx Xxxxx |
Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | |
Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxxx Manchado | |
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | |
Secretario: | Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx |
SEGUNDO: Nombrar al órgano de selección, que estará integrado por las siguientes personas:
TERCERO: Convocar a las personas aspirantes para la realización del primer ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio que a continuación se describe, el 24 de febrero de 2024, a las 11:30 horas, en el IES “El Convento”, situado en la Xxxxx xx xxx Xxxxxx x.x 0, 00000 Xxxxxx.
Conforme a lo establecido en la Base 7ª, el ejercicio consistirá en contestar, durante un tiempo máximo de 60 minutos, un examen tipo test de carácter práctico con veinte preguntas más cinco de reserva, con tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, sobre la materia del Anexo VI.
Las preguntas de reserva sólo serán valoradas en el caso de que sustituyan a alguna otra que haya sido objeto de anulación. Estas cinco preguntas de reserva habrán de ser contestadas dentro del tiempo de los 60 minutos de que consta el ejercicio.
Cada respuesta acertada sumará 3 puntos. Las respuestas no acertadas o no contestadas ni sumarán ni restarán puntos. Para superar la prueba los aspirantes deberán obtener una puntuación mínima de 30 puntos sobre los 60 puntos totales de esta fase, en caso contrario, quedarán eliminados del proceso de selección.
CUARTO: Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Electrónica (xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx) y Web Corporativa (xxxxx://xxx.xxxxxx.xx), para el conocimiento de las personas interesadas y a los efectos de abstención y recusación del órgano de selección, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
QUINTO: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo xx Xxxxx de la Frontera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con lo previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Anexo I
Apellidos y nombre | DNI **** | |
1 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx | ***5601** |
2 | Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxx | ***6772** |
3 | Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx | ***6831** |
0 | Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxx | ***0717** |
5 | Cazalla Xxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx | ***1217** |
6 | Cazalla Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx | ***3982** |
7 | Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxx Xxxxxx | ***5921** |
8 | España Xxxxxxx, Xxxxxxxx | ***1354** |
9 | Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx | ***4601** |
10 | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | ***3988** |
11 | Xxxxxx Xxxxx, Xxxx | ***7347** |
12 | Xxxxx Xxxx, Xxxxx Xxxxxxx | ***0152** |
13 | Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx | ***5155** |
00 | Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx | ***5095** |
15 | Labrador Xxxxxx, Xxxx Xxxxxx | ***0719** |
16 | Xxxx Xxxx, Xxxx Xxxxxx | ***8505** |
17 | Xxxxxx Xxxxx, Xxxx Xxxxxx | ***8419** |
18 | Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx | ***6671** |
19 | Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx | ***5589** |
00 | Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx | ***1238** |
21 | Xxxx Xxxxx, Xxxx Xxxxxxx | ***0490** |
22 | Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx | ***6280** |
23 | Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx | ***5457** |
24 | Xxxxxx Xxxx, Xxxx | ***4547** |
25 | Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx | ***6994** |
26 | Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx | ***2395** |
27 | Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx | ***5076** |
00 | Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx | ***6967** |
29 | Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxx | ***6089** |
30 | Real Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxx | ***5625** |
Admitidas:
Excluidas:
Apellidos y nombre | DNI**** | Causa de exclusión | |
1 | Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxx Xxxx | ***3809** | No subsana |
2 | Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx | ***6323** | No subsana |
3 | Xxxx Xxxxx, Xxxxxx | ***3899** | No subsana |
4 | Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxx | ***8398** | No subsana |
5 | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxx | ***9803** | No subsana |
6 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx | ***6367** | No subsana |
7 | Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx | ***0000** | No subsana |
Lo que se hace público para general conocimiento.
Bornos, 29 de enero de 2024. El Alcalde, P.D. La 1ª. Teniente de Alcaldía, Fdo.: Xxxxx Xxxx Xxxx Xxxxx. Decreto 1270/2023, 6 de julio. Nº 21.147
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 JEREZ DE LA FRONTERA EDICTO
N.I.G.: 1102044420210000147. Procedimiento Ordinario 60/2021. Negociado: 6. Materia: Reclamación de Cantidad. De:XXXXX XXXXXX XXXX XXXX. Abogado/a: XXXXXX XXXXXXX XXXXXX. Contra: TIZAYUCA, SL.
Letrada de la Administración de Justicia D.x Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx hago saber:
Que en los autos ORD 60/2021 que se tramitan en este órgano judicial, se ha acordado:
- Notificar a TIZAYUCA, SL, por medio de edicto, el/la Sentencia Núm. 18/2024, dictado/a en dicho proceso cuya copia se encuentra a su disposición en esta oficina judicial, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma.
AUTOS núm. 60/21 SENTENCIA núm. 18/24
En Jerez de la Frontera, a veintitrés de enero de dos mil veinticuatro.
La ILMA. XXX. XXXX XXXXX DE LA XXXXXXX XXXXXX UGENA,
MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 2 xx Xxxxx de la Frontera, tras haber visto los presentes autos sobre CANTIDAD seguidos a instancia de XXX XXXXX XXXXXX XXXX XXXX contra XXXXXXXX SL, emplazado el FONDO DE GARANTÍA
SALARIAL, EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA
FALLO
Que estimando la demanda formulada XXX XXXXX XXXXXX XXXX XXXX contra TIZAYUCA SL, emplazado el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo estimar y estimo la demanda y se condena a la empresa al abono de 2.000 €, más el 10% de interés xx xxxx, sin pronunciamiento para el FOGASA.
Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma es
firme y frente a ella no cabe formular recurso dada la cuantía de la reclamación.
Así por esta mi sentencia lo ordeno, mando y firmo.
Se advierte al/a la destinatario/a que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
Y para que sirva de comunicación a TIZAYUCA, SL, en ignorado paradero,
expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de/l .
B.O.P.
EnJerezDeLaFrontera,a24/1/24.LALETRADADELAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. XXXXXXX XXXXXXXX XXXX. Firmado. Nº 17.140
Asociación de la Prensa xx Xxxxx Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia
Administración: Xxxxx Xxxxx, xx 0. 11001 CADIZ Teléfono: 000 000 000 (4 líneas). Fax: 000 000 000 Correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx xxx.xxxxxxxx.xx
INSERCIONES: (Previo pago)
Carácter tarifa normal: 0,107 euros (IVA no incluido). Carácter tarifa urgente: 0,212 euros (IVA no incluido).
PUBLICACION: de lunes a viernes (hábiles).
Depósito Legal: CAI - 1959