Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO DE 100.000 EJEMPLARES DE LA BREVE ANTOLOGÍA DE XXXXXX XXXXXXX AL CENTRO ANDALUZ DE LAS LETRAS POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO ABIERTO CON PUBLICIDAD.
I.- CLÁUSULAS GENERALES DEL CONTRATO
I.1 DEFINICIÓN Y OBJETO DEL CONTRATO
I.2 NATURALEZA Y LEGISLACIÓN APLICABLE
I.3 PRESUPUESTO, PRECIO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO
I.4 CAPACIDAD PARA CONTRATAR
II.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
II.1 FORMA DE ADJUDICACIÓN
II.2 DOCUMENTACIÓN, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
II.3 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO, NOTIFICACIÓN Y
PUBLICACIÓN
II.4 GARANTÍA DEFINITIVA.
II.5 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
III.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
III.1 PLAZO DE EJECUCIÓN Y ENTREGA DE LOS BIENES
III.2 PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
III.3 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA. OBRAS
ACCESORIAS DE INSTALACIÓN Y MONTAJE
III.4 COORDINADOR DEL SUMINISTRO
III.5 CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. RECEPCIÓN DEL
SUMINISTRO
III.6 ABONO
III.7 PLAZO DE GARANTÍA
III.8 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. PENALIDADES
III.9 RECURSOS Y JURISDICCIÓN
I.- CLÁUSULAS GENERALES DEL CONTRATO
I.1.- DEFINICIÓN Y OBJETO DEL CONTRATO
El contrato tendrá como objeto el suministro a la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, de la Junta de Andalucía, para el Centro Andaluz de las Letras, de una edición de 100.000 ejemplares de una Breve Antología de Xxxxxx Xxxxxxx, que deberá tener las características que se incluyen el pliego de prescripciones técnicas.
I.2.- NATURALEZA Y LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato es de carácter administrativo y se regirá por lo establecido en este Pliego, en el que se incluye los pactos y condiciones definidoras de los derechos y obligaciones que asumirán el órgano de contratación, ofertantes y adjudicatarios.
Para lo no previsto en él, serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y sus disposiciones de desarrollo, así como en lo que no se opongan en la citada Ley, el Reglamento General de Contratación aprobado por decreto 3410/75 de 25 de noviembre.
Igualmente se regirá por el Pliego de Prescripciones Técnicas donde se recogerán las principales características técnicas que ha de reunir el objeto de contrato.
Asimismo se estará a lo establecido por las normas de Derecho Comunitario que le sean de aplicación.
En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas, y cualquier otro documento contractual, prevalecerá lo previsto en este Pliego.
I.3.- PRESUPUESTO, PRECIO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO
I.3.1. El presupuesto total del suministro, incluido XXX y demás tributos que sean de aplicación es el que figura en el ANEXO I, y su financiación corresponderá a la EPG con cargo al concepto presupuestario que figura en el mismo apartado.
A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas comprenden no solo el precio del contrato sino también el IVA y cuantos tributos sean de aplicación.
I.3.2. Existencia de crédito
Se hace constar expresamente que existe crédito suficiente para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Administración del cumplimiento de este contrato.
I.3. 3. Revisión de precios
La revisión de precios tendrá lugar de acuerdo con la fórmula o sistema que se establezca en el anexo IV de este Pliego.
I.4.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están facultados para contratar con la Administración, en el presente concurso, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica, estén preferentemente radicadas en Andalucía, y no se hallen comprendidos en algunas de las circunstancias recogidas en el artículo 20 del TR de la LCAP, conforme con lo establecido en el presente Pliego.
II.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
II.1.- FORMA DE ADJUDICACIÓN
El contrato de suministro se adjudicará por el procedimiento de concurso abierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 180.2, en relación con el 120 y siguientes, que rigen las normas generales y especiales del contrato de obras en el TR de la LCAP.
II.2.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO
La documentación se incluirá en original o copias auténticas o autenticadas de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.
a) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del ofertante.
Si se trata de ofertante individual, presentará copia compulsada notarial o administrativamente del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
Si el ofertante fuere persona jurídica se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
Para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en los Registros o presentar las certificaciones previstas reglamentariamente.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
Asimismo se deberá justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Este último informe no será necesario si el contrato es de cuantía inferior a la prevista en el artículo 177,2 del TR de la LCAP en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial de Comercio.
Igualmente todas las empresas extranjeras, deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Tratándose de unión de empresarios se estará a lo dispuesto en la cláusula 4.2.
b) Documentación acreditativa a la representación
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente de su DNI, así como documentación acreditativa de la representación bastanteada por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, éste poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, si el ofertante fuera persona jurídica. Si se trata de un poder especial para un acto concreto, no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
c) Documentación relativa a la solvencia económica, financiera y técnica.
La acreditación se realizará por uno o varios de los medios previstos en los artículos 16. y 18. del Texto Refundido de la LCAP que se detallan a continuación, y que se indicarán en el ANEXO V.
Informe de Instituciones Financieras.
Justificante de tener contratado un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
En caso de personas físicas, presentación de las cuentas anuales o extracto de los mismos si fuera obligatoria su publicación en el Estado donde se encuentren establecidas.
Declaración de la cifra de negocios global y de las obras o trabajos realizados por la empresa en los tres últimos ejercicios.
La solvencia técnica se acreditará mediante la aportación de los siguientes documentos:
Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años.
Descripción del equipo técnico, medidas empleadas para asegurar la calidad y medios de estudio e investigación.
Indicación de los técnicos o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, especialmente de las encargadas del control de calidad, así como en su caso, grado de estabilidad en el empleo del personal integrado en la empresa.
Certificaciones establecidas por los Institutos o Servicios Oficiales u homologados encargados del control de calidad.
d) Para los suministros de fabricación que pudieran afectar derechos de propiedad intelectual, en los que la EPG no actuase como editora, los ofertantes aportarán al menos un compromiso de contrato de edición con el autor o herederos de la obra de que se trate, ello sin perjuicio de que el adjudicatario deba acreditar la celebración del citado contrato de edición antes de la formalización del contrato e suministro.
e) Declaración responsable otorgada por el ofertante ante una autoridad administrativa, Notario público u Organismo Profesional cualificado de no estar incurso en ninguno de los casos de prohibición de contratar con la Administración previstos en el artículo 20 del TR de la LCAP.
La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia bien de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de estar dado de alta y al corriente en el Impuesto de Actividades Económicas o bien de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos relativos a tales obligaciones. Ello sin perjuicio de que la justificación acreditativa, de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social, deba exigirse antes de la adjudicación a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato, a cuyo efecto se les concederá un plazo máximo de cinco días hábiles.
Las personas físicas, mediante declaración responsable, o los administradores de las personas jurídicas, mediante la oportuna certificación expedida por su órgano de dirección o representación competente, deberán acreditar que no están incursos en los supuestos a que se refiere la Ley 12/1995, de 00 xx xxxx, xx xx Xxxxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx; Ley 5/1984, de 24 xx xxxxx, modificada por Ley 4/1990, de 23 xx xxxxx, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sobre incompatibilidades de Altos Cargos y Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Quienes estuvieren inscritos en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía creado por el Decreto 189/1997 de 22 de julio, dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda, podrán sustituir la documentación acreditativa de la personalidad y capacidad de obrar, así como, en su caso de estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social por la correspondiente certificación del Registro y declaración expresa emitida por el ofertante de que no han modificado los datos que obran en el mismo.
f) Proposición Económica, que se ajustará a lo previsto en el Anexo III
II.3.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO, NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN
II.3.1. Terminado el plazo de recepción de solicitudes, se procederá a la apertura de los sobres A y B recibidos.
Si se observaran defectos materiales en la documentación presentada, podrá concederse un plazo de tres días para que el licitador subsane dichos defectos.
II.3.2. La Mesa de Contratación, a la vista de las subsanaciones ordenadas y de la documentación aportada, se reunirá para adoptar el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de los licitadores al concurso.
II.3.3. Apertura de proposiciones. En el lugar, día y hora señalado en el anuncio y en acto público, la Mesa de Contratación procederá a la apertura del sobre conteniendo la proposición económica.
II.3.4. Propuesta de adjudicación. La Comisión de Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. La valoración de las ofertas se realizará conforme a los criterios y ponderaciones establecidos en el presente Pliego.
Los que vayan a resultar adjudicatarios, deberán presentar justificación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social, así como de que no tienen deudas tributarias con la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo máximo de cinco días hábiles, a contar desde que tal obligación les sea exigida.
II.3.5. Adjudicación del Contrato.
La Mesa de Contratación elevará las proposiciones económicas con el acta o actas levantadas, el informe técnico, las observaciones que, en su caso, puedan realizarse, y la propuesta que estime pertinente, al órgano que haya de efectuar la adjudicación del contrato. El órgano de contratación procederá a la adjudicación correspondiente, que será notificada al adjudicatario y publicada o, en su caso, declarará desierto el concurso.
II.4.- GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario antes de la formalización del contrato y en el plazo máximo de 15 días naturales, contados desde la recepción por el contratista de la notificación de la adjudicación, deberá presentar el resguardo acreditativo de haber constituido por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 36 del TR de la LCAP, una garantía definitiva, equivalente al 4% del importe de adjudicación que figurará en el ANEXO I, a disposición del órgano de contratación, en las Cajas Provinciales de Depósitos de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.
Conforme al artículo 102.8 de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, dichas Cooperativas gozarán de una reducción al 25% de dicha garantía.
Cuando a consecuencia de la modificación del contrato, el precio del mismo experimente variación, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y el precio del contrato vigente en cada momento.
II.5.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier Registro Público.
Cuando el adjudicatario solicite la formalización del contrato en escritura pública, los gastos derivados de su otorgamiento serán por cuenta del mismo, debiendo éste aportar a la Administración copia simple de dicha escritura pública.
Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por el adjudicatario el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas.
III.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
III.1.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y ENTREGA DE LOS BIENES
El plazo de ejecución del contrato será consignado en el ANEXO I, contados a partir del día siguiente al de la fecha de la notificación de la adjudicación del contrato.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
III.2.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
El órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos Administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
III.3.- OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA. OBRAS ACCESORIAS DE INSTALACIÓN Y MONTAJE
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos que forman parte integrantes del mismo, de las instrucciones y normas de toda índole promulgadas por la Administración, que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
El empresario quedará obligado con respecto al personal que emplee en la fabricación, entrega, instalación o montaje del suministro objeto del contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral y de Seguridad Social.
En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas pudieran imponerle los Organismos competente.
En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
El empresario se obliga a la realización de las obras de instalación y montaje del suministro si las hubiere, siempre que por el tiempo que precise la ejecución de la misma, y el porcentaje que represente en el coste total, no deba considerarse la obra como elemento principal y el suministro como accesorio. A estos efectos, el contratista expresará en su oferta el coste que representa la instalación dentro del total. Dicha obligación figurará ANEXO I.
III.4.- COORDINADOR DEL SUMINISTRO
La Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales (E.P.G.P.C.) se reserva el derecho a efectuar cuantas comprobaciones estime conveniente, de las calidades de los bienes durante su fabricación y a fijar el procedimiento a seguir en el reconocimiento del material al tiempo de la empresa.
A estos efectos la E.P.G.P.C. tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada, cuando lo solicite, del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales a emplear con la finalidad de comprobar si los mismos corresponden al material ofertado por el empresario, levantándose en su caso, Acta de disconformidad que podrá dar lugar a la resolución del contrato.
La E.P.G.P.C. podrá nombrar un técnico encargado de la dirección, comprobación e inspección de las obligaciones del contratista, si por las características del contrato lo estimase necesario o conveniente.
III.5.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO
III.5.1. Cumplimiento
El contrato de suministro se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y la satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto.
III.5.2. Recepción
En cualquier caso, la constatación por la Administración del cumplimiento, exigirá por parte de la misma de un acto formal y positivo de recepción dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega del objeto del contrato.
La recepción constatará que el material suministrado se encuentra en destino y en condiciones de uso, a satisfacción de la E.P.G.P.C, previa comprobación de las calidades y cantidades mediante acto formal y positivo, que expresará en la correspondiente Acta.
Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos, se hará constar así en el Acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado, en virtud del artículo 191 del TR de la LCAP.
III.6.- ABONO
El contratista tiene derecho al abono del precio convenido en el contrato del suministro correspondiente a los bienes, efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
El pago podrá hacerse de una sola vez o fraccionarse, en función de los plazos parciales que se hubieren establecidos.
El pago del precio se efectuará previa presentación de factura por triplicado ejemplar, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se presente para el contrato, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno.
III.7.- PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía es el fijado en el apartado N del ANEXO I y comenzará a contarse a partir del día siguiente al de la recepción del suministro.
Si durante el plazo de garantía se acreditara la existencia de vicios o defectos en el suministro, tendrá derecho la Administración de reclamar del empresario la reposición de los bienes inadecuados o la reparación de los mismos, si fuera suficiente.
Durante el plazo de garantía el contratista tiene derecho a ser oído y a vigilar la aplicación de los bienes suministrado.
Si la Administración estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos, e imputables al empresario, se estará a lo dispuesto en el artículo 192 del TR de la LCAP.
Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los anteriores apartados, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
III.8.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. PENALIDADES
El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato.
Si llegado el término del plazo final, el contratista hubiera incurrido en demora por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, en las formas y condiciones establecidas en el artículo 96 del TR de la LCAP, por la resolución del contrato con pérdida de la garantía definitiva o por imposición de las penalidades establecidas en el mismo.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por daños y perjuicios originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 97.2 del TR de la LCAP.
III.9.- RECURSOS Y JURISDICCIÓN
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente el recurso de reposición o el oportuno recurso contencioso administrativo.
ANEXO I
CUADRO RESUMEN DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
A |
Expediente nº: CAL-003/02
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B |
Título: Edición de una Breve Antología de Xxxxxx Xxxxxxx para el Centro Andaluz de las Letras.
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C |
Objeto del Contrato: Edición de una Breve Antología de Xxxxxx Xxxxxxx y su envío a 700 puntos de Andalucía, que se determinarán en el contrato (principalmente a la red de bibliotecas públicas andaluzas).
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D |
Destinatario: Centro Andaluz de las Letras (Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales de la Junta de Andalucía) Lugar de entrega: x/ Xxxxxx xx 00, 0x 00000-XXXXXX
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E |
Presupuesto: Máximo 72.121,45 Euros /Iva incluido
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F |
Aplicación Presupuestaria:
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G |
Tramitación del Gasto: Ordinaria x Anticipada □
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H |
Revisión del Precio: Si □ No x Resolución fecha:
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I |
Plazo Ejecución: La entrega de la edición deberá ser antes del 01/04/03 y su distribución en los puntos que indique el Centro Andaluz de las Letras deberá estar realizada antes del 23/04/03 acreditándose la recepción de la misma en todos los puntos antes de esa fecha.
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J |
Forma de Pago: Unico □x Parciales □x En otros bienes: Si □ No□ |
K |
Obras Accesorias: No
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L |
Garantía Provisional: : Si □ x No □
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M |
Garantía Definitiva: 4% importe de adjudicación
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N |
Plazo Garantía: Un año
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ANEXO II
SUMINISTRO, PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PUBLICIDAD
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. __________________________________________________________________con residencia en _________________________________________________ provincia de
_____________________ calle____________________________________núm.______
según Documento Nacional de Identidad número_____________________enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la Adjudicación del contrato de Suministros (1):
________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________por
el sistema de: _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ se compromete, en nombre (propio o de la empresa que representa) a tomar a su cargo la ejecución de los trabajos, con estricta sujeción a los requisitos exigidos, de acuerdo con las condiciones ofertadas y por la cantidad de (2)____________________________________________________________________________________________________________________ IVA incluido, equivalente a _______________________euros.
( Lugar, fecha y firma del proponente)
Expresar denominación y clave del expediente
Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de pesetas por las que se compromete el proponente a su ejecución.
ANEXO III
MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA A CUMPLIMENTAR POR UNIONES DE EMPRESARIOS AGRUPADOS TEMPORALMENTE PARA CONCURRIR A CONTRATOS DE SUMINISTRO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.-
Los empresarios que se relacionan, agrupados temporalmente para ofertar de forma conjunta en el procedimiento para la contratación del suministro de (indicar título y nº de expediente), y estableciendo como domicilio a efectos de notificación…………………………………………………………………………………y teléfono……………..
1) D……………………………………………..D.N.I./N.I.F……………………. mayor de edad, profesión……………………………………., vecino de………………………., provincia de……………….. con domicilio en……………………………y teléfono……………En nombre propio o representación de………………………………, lo que acredita en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Participa en la ejecución del contrato en un porcentaje de:……………………
(2) D……………………………………………..D.N.I./N.I.F……………………. mayor de edad, profesión……………………………………., vecino de………………………., provincia de……………….. con domicilio en……………………………y teléfono……………En nombre propio o representación de………………………………, lo que acredita en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Participa en la ejecución del contrato en un porcentaje de:……………………
MANIFIESTAN LO SIGUIENTE
Se comprometen a ejecutar la prestación a la que concursa con estricta sujeción a los requisitos y condiciones exigidas por el precio de…………………………………………………….(expresar claramente escrita en letra y número la cantidad de pesetas por las que se comprometen) IVA incluido y demás tributos que le sean de aplicación, equivalente a ……………………………….euros.
(lugar, fecha, firma y sello)
ANEXO IV
REVISIÓN DE PRECIOS
Aplicación de fórmula de revisión de precios:
□ Si x No
Fórmula o Sistema aplicable:
(En caso de no aplicarse fórmula de revisión)
Causas de la improcedencia de la aplicación de la revisión de precios:
Por ser el plazo de ejecución de sólo un mes
ANEXO V
JUSTIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD ECONÓMICA-FIANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
A efectos de la justificación de la capacidad económica-financiera o técnica o profesional, se aportarán los documentos que figuren marcados en las casillas correspondientes:
DOCUMIENTOS ECONÓMICOS-FINANCIEROS:
□ Informe de instituciones financieras.
□ Justificante de tener contratado un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
□ En caso de personas físicas, presentación de las cuentas anuales o extractos de las mismas si fuera obligatoria su publicación en el Estado donde se encuentren establecidas.
X Declaración de la cifra de negocios global y de los suministros realizados por la empresa en los tres últimos ejercicios.
DOCUMENTOS TÉCNICOS O PROFESIONALES:
X Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años.
□ Descripción del equipo técnico, medidas empleadas para asegurar la calidad y medios de estudios e investigación.
□ Indicación de los técnicos o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, especialmente de las encargadas del control de calidad, así como en su caso, grado de estabilidad en el empleo del personal integrado en la empresa.
□ Certificaciones establecidas por los Institutos o Servicios Oficiales homologados encargados del control de calidad.
Vº.B.:
ANEXO VI
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
A.- ASPECTOS TÉCNICOS: La edición deberá estar hecha con los siguientes parámetros técnicos:
FORMATO: 140 X 198 MM (A6).
CAJA COMPOSICIÓN: Normalizada 1:1,4: (100x141)
NÚMERO DE PÁGINAS: 64 a una tinta en papel verjurado 90 grs.
CUBIERTA CON SOLAPAS: En cartulina verjurada de 300 grs. A dos tintas, con un tamaño adecuado al formato de las páginas.
Deberá indicarse el plazo de entrega de la edición, que en ningún caso podrá ser posterior al 01/04/03.
Cualquier presupuesto que no se ajuste a las características solicitadas u omita alguno de los datos requeridos, será desestimado.
B.- ASPECTOS ECONÓMICOS
En el precio estarán incluidos:
Los derechos de autor, si correspondiese su pago (Aunque la negociación de los mismos la realizará el Centro Andaluz de las Letras).
El picado de los textos.
La corrección de las pruebas.
El diseño de la portada (Según modelo que facilitará el Centro Andaluz de las Letras)
La maquetación.
La impresión.
La encuadernación.
Cualquier otro concepto necesario para la producción final.
El envío a 700 puntos de Andalucía, que determinará el Centro Andaluz de las Letras en su momento, aunque serán principalmente puntos incluidos en la red de bibliotecas públicas andaluzas. Los envíos deberán haber llegado a sus destinos antes del 23 xx Xxxxx del año 2003, y el editor deberá acreditar a la EPGPC dicho extremo fehacientemente.
Deberá indicarse claramente precio con y sin IVA por unidad y por el total de la tirada. Así mismo se diferenciará en el presupuesto el total por la edición del libro del total por la distribución del mismo.
La retribución del antólogo, que será propuesto por el Centro Andaluz de las Letras, correrá a cargo de la EPGPC.
Respecto a los derechos de autor, se incrementarán al presupuesto presentado, con manifestación expresa, por parte de cada editor, de que los ha hecho efectivos al depositario de los mismos, una vez que el Centro Andaluz de las Letras le hubiere comunicado su importe.
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