MANIFIESTAN
MANIFIESTAN
Que ambas partes se encuentran interesadas en el alquiler de la autocaravana descrita en el presente documento, en adelante EL VEHÍCULO o LA AUTOCARAVANA, para lo que establecen las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO
El objeto del presente contrato es el alquiler sin conductor para uso privado y personal como vehículo de turismo y ocio por parte del arrendatario del vehículo autocaravana modelo ROLLER TEAM KRONOS 265TL
SEGUNDA.- PERSONAS AUTORIZADAS A CONDUCIR EL VEHÍCULO
Está autorizado a conducir la autocaravana únicamente el arrendatario, que manifiesta expresamente tener más de veinticinco (25) años y estar en posesión del correspondiente permiso de conducir (B1), vigente, y con más de dos años de antigüedad, incorporándose al presente contrato copia del mismo, así como de su DNI.
El arrendatario podrá designar en este mismo acto el/los conductores que, cumpliendo sus mismos requisitos de edad y tipo y antigüedad del permiso de conducir, podrán sustituirle en la conducción, responsabilizándose expresamente de que solo puedan conducir aquellos que han sido declarados conductores en el presente documento, cuyos datos quedan incorporados al presente documento, así como la/s copia/s de sus correspondientes DNI y permisos de conducir.
En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional.
En caso de no cumplir los requerimientos anteriores se considerará que la caravana no ha sido recogida y serán de aplicación las condiciones de cancelación previstas en el documento de reserva formalizado entre las partes para el presente arrendamiento.
TERCERA.A. PRECIO
El precio se determina para el alquiler de la autocaravana por cada día de arrendamiento y por los kilómetros efectivamente recorridos, de acuerdo al siguiente detalle:
Precio por día de alquiler: Dependiendo temporada.
Máximo de kilómetros por día de alquiler (acumulado): Trescientos kilómetros (300 kilómetros).
Precio por kilómetro en caso de exceso: Veinticinco céntimos de euro (0,25 euros) por kilómetro.
Este límite de kilómetros no es de aplicación en los arrendamientos superiores a siete (7) días de duración.
El precio total del arrendamiento debe ser abonado en este acto, de forma previa o simultánea a la entrega de la autocaravana, pago con tarjeta o ingreso en la cuenta bancaria designada a tal efecto y comunicada al arrendatario.
TERCERA.B.SERVICIOS OPCIONALES
En caso de que el arrendatario necesite servicios adicionales tales como, barbacoa
+ pinzas, cadenas de nieve o ropa de cama durante su estancia, éste lo solicitará a la arrendadora informando ésta del precio que ello conlleva y siendo contabilizado en el documento de reserva, en el lugar correspondiente.
CUARTA.- DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO
El arrendamiento comienza al momento de la entrega de la autocaravana, conforme al documento anexo al presente contrato, y finaliza el día
, en que el
arrendatario deberá devolverla en el mismo lugar de la entrega, esto es, en Cánoves i Samalús, Avinguda Ca L’Esmandia, 50, antes de las 19,00 horas.
QUINTA.- FIANZA
El arrendatario entrega en este acto, y la arrendadora recibe, la cantidad de 800 euros ( ochocientos euros) en concepto de fianza. Dicha fianza no supone, en ningún caso y bajo ningún concepto, limitación cuantitativa respecto de ninguna de las responsabilidades del arrendatario frente al arrendador.
La fianza será devuelta después de ser examinada la autocaravana por la arrendadora, tras la devolución de la misma, y una vez comprobado que no se ha producido ningún daño, en el plazo máximo de 2 días hábiles desde el día siguiente a la entrega. En el caso de existir daños o desperfectos y estos no puedan ser evaluados en modo inmediato, la empresa arrendadora dispondrá de un plazo de 40 días para valorar el importe de los daños, realizar la liquidación y devolver la fianza si procede o reclamar la diferencia entre esta y el coste de los daños o desperfectos.
En caso de detectarse desperfectos por mal uso, la arrendadora dictaminará el importe que el arrendatario debe abonar por tal concepto, del que se deducirá la fianza depositada, aceptando el arrendatario el pago de la diferencia en el caso de que el coste de dichos desperfectos supere el valor de la fianza depositada.
SEXTA.- ENTREGA Y DEVOLUCIÓN DE LA AUTOCARAVANA
La autocaravana se entrega en perfecto estado de uso, conservación y en perfectas condiciones mecánicas, de seguridad y salubridad, de conformidad con el arrendatario, que así lo manifiesta y acepta por haber realizado una inspección visual y haber efectuado diversas maniobras de conducción con anterioridad a su entrega, confirmando que se encuentra en perfecto estado de uso y firmando el documento de entrega de vehículo en el que se hace descripción de su estado, así como de las instrucciones generales de uso, condiciones del seguro, relación de equipamiento, accesorios, menaje y funcionamiento de los elementos que componen el vehículo y de la ficha técnica del vehículo, que indica el peso máximo autorizado y las dimensiones.
La autocaravana se entrega con el depósito de combustible lleno y así debe devolverse. En caso contrario, el arrendatario deberá pagar por el precio del combustible
necesario para llenar el depósito al precio vigente del carburante en la estación de servicios más próxima al centro de alquiler, además de un suplemento de 20€ por gestión y desplazamiento.
La autocaravana deberá devolverse en el domicilio de entrega, identificado en este contrato, y en los plazos que han quedado establecidos en el mismo.
En caso de devolución del vehículo antes del fin del período de arrendamiento o en el caso de períodos de alquiler no utilizados no implicarán reembolso alguno al arrendatario.
Si el arrendatario deseara prorrogar el arrendamiento, deberá comunicarlo al arrendador con una anticipación mínima de tres días hábiles a la finalización del contrato. La prórroga estará condicionada a la aceptación de la arrendadora, que dependerá de la disponibilidad del vehículo. A estos efectos, la aceptación o denegación de la prórroga se confirmará al arrendatario mediante mensaje directo por cualquier medio de comunicación que permita la constancia de las condiciones de la prórroga.
Los retrasos no autorizados en la devolución de los bienes arrendados se penalizarán por cada día de retraso con un incremento del triple del precio diario establecido en el presente contrato por cada día de retraso. Por cada hora de retraso en la entrega del vehículo, se penalizará conforme al anterior importe prorrateado por el tiempo, en horas, del efectivo retraso, aplicándose el importe de una hora a la fracción de tiempo inferior a la misma.
En el momento de la devolución del vehículo, este tendrá que regresar en las mismas condiciones en que ha sido entregado, (depósito de combustible lleno, lubricante al justo nivel, en buenas condiciones higiénicas, en perfecto estado de limpieza interior y exterior, con el depósito de WC y los depósitos de aguas residuales completamente vacíos). En caso contrario se cobrará un suplemento, de acuerdo con las estipulaciones siguientes, en concepto de limpieza.
Si en el momento de la devolución del vehículo se comprobará que es necesaria su limpieza, interior o exterior, o el vaciado del WC, se cobrará un suplemento de acuerdo a los siguientes conceptos:
- Veinte euros (20,00 euros) por las aguas residuales.
- Ochenta euros (80,00 euros) por las aguas del WC.
- Setenta y cinco euros (75,00 euros) por la limpieza interior.
- Cincuenta euros (50,00 euros) por la limpieza exterior.
En el caso de que por su naturaleza o complejidad la limpieza requiera de intervención por parte de profesionales externos el arrendatario deberá abonar el coste efectivo de la misma.
En caso de pérdida por cualquier causa de las llaves de la autocaravana el arrendatario deberá abonar a la arrendadora la cantidad de 300€ por este concepto. La misma cantidad deberá abonar el arrendatario a la arrendadora en caso de pérdida o destrucción por cualquier causa de la documentación del vehículo.
El arrendatario no se libera de su responsabilidad contractual hasta que no ha devuelto el vehículo al propietario, así como los documentos adjuntos y las llaves del mismo, y en todo caso siempre que la arrendadora no haya recibido ninguna multa relativa a una infracción que haya tenido lugar durante el alquiler, o ningún ticket pendiente de pago por peajes o similar, ni se haya señalado ningún daño exterior y/o interior en la ficha de control del estado del vehículo el día de regreso.
En caso contrario, el arrendatario es responsable ante la arrendadora y debe respetar las cláusulas del contrato de alquiler hasta la resolución del incidente y del/los problema/s declarado/s.
SÉPTIMA.- CONDICIONES DE USO. PROHIBICIONES Y OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO
El arrendatario se obliga a cuidar diligentemente de los bienes arrendados, tanto la autocaravana como los accesorios, mobiliario, ajuar, menaje y demás objetos que se detallan en documento anexo al presente documento, cerrándolo adecuadamente, y a conducir con la mayor diligencia y cuidado, responsabilizándose y respondiendo de cualquier deterioro que se produzca en los mismos, obligándose a indemnizar a la arrendadora de cualquier desperfecto en los bienes arrendados cualquiera que sea la causa que origine los desperfectos.
Específicamente, el arrendatario se compromete a controlar regularmente el estado de los neumáticos y a comprobar los niveles de aceite, líquido refrigerante del motor y demás que correspondan al vehículo, respondiendo a su xxxxx, del correcto mantenimiento del vehículo mientras lo tenga en su posesión, y a tener la autocaravana adecuadamente estacionada y custodiada cuando no la utilice y a protegerla del deterioro por hielo, pedrisco, nieve, o cualquier otro fenómeno atmosférico que pueda causar daños al vehículo.
El arrendatario responde de cualquier multa, sanción y otras responsabilidades en las que pudiera incurrir por infringir la legislación vigente en materia de circulación, de estacionamiento, de utilización de espacios públicos y de cualquier otra naturaleza durante el periodo de vigencia del alquiler, respondiendo también en caso de que, por causa imputable al arrendatario, el vehículo fuese retenido o embargado, siendo responsable y haciéndose cargo de los posibles gastos y el lucro cesante durante el periodo de tiempo que dure la indisponibilidad de la autocaravana, aplicándose un cargo xxx xxxxx del precio/día según la tarifa aplicada.
El arrendatario utilizará el vehículo arrendado única y exclusivamente para el uso turístico al que está destinado y al objeto de desplazarse y pernoctar en territorio nacional y extranjero, salvo las limitaciones que más adelante se definirán, sin que en ningún caso realice con la autocaravana actividad alguna distinta, quedando expresamente prohibido:
a) Destinar el vehículo a cualquier actividad contraria a la moral, a las leyes, el orden público y las buenas costumbres.
b) Transportar más personas que las autorizadas en el contrato y que en todo caso serán las que como máximo refleja la ficha técnica del vehículo.
c) Realizar carreras, concursos, o participar en cualquier evento automovilístico, así como tirar, empujar o arrastrar otro vehículo y el transporte de cualquier tipo de mercancías u objetos, especialmente transportar materiales inflamables, explosivos, productos tóxicos o peligrosos, y desarrollar cualquier otro servicio o finalidad distinta a la convenida por las partes, ni transitar fuera de la red viaria ni realizar
giros o maniobras sin tener en cuenta la longitud del vehículo. Asimismo queda prohibida la circulación sobrepasando la velocidad máxima autorizada para cada vía para esta autocaravana.
d) Arrendar ni subarrendar el vehículo objeto del presente contrato, ni ceder su uso a terceros, ni prestarlo o permitir que el vehículo se conduzca por personas que no se encuentren expresamente autorizadas por el arrendador bajo ningún concepto.
e) Conducir el vehículo bajo la influencia de alcohol, drogas o cualquier medicamento o sustancia que pueda limitar o afectar en todo o en parte las funciones cognitivas del conductor.
f) Xxxxx expresamente prohibido viajar a cualquier país que se encuentre en guerra o conflictos bélicos. Específicamente, queda prohibido circular con la autocaravana fuera de los límites de los siguientes países: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Croacia, Rep. Checa, Chipre, Dinamarca, Estonia, Rep. Eslovaca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza.
g) Queda expresamente prohibido al Arrendatario variar cualquier característica del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo expresa autorización escrita por parte de Arrendador.
h) Circular sobrepasando el límite del Peso Máximo Autorizado que en este caso es de
3.500 kg, siendo el peso de la autocaravana
3.000 kg o por lugares que tengan menos de 3,20 metros de altura.
i) No está permitido fumar en la autocaravana. (Ley 42/2010, de 30 de diciembre).
j) No se admitirán animales de compañía.
El incumplimiento de las dos últimas prohibiciones (letras i y j) ocasionará la pérdida directa y total de la fianza entregada, que se destinará a la desodorización, limpieza y desinfección de la autocaravana, todo ello sin perjuicio de la obligación del arrendatario de su devolución en perfecto estado y de cualesquiera otros daños y perjuicios que pudieran derivarse
del incumplimiento de las expresadas prohibiciones.
OCTAVA.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE O INCIDENTE GRAVE
El arrendatario se compromete a informar, de forma inmediata, de cualquier siniestro a la arrendadora, y a transmitirle inmediatamente cuantas cartas, citaciones o notificaciones que a dicho siniestro se refiera y a prestar completa colaboración a la arrendadora y a la Compañía Aseguradora en la investigación y defensa de cualquier reclamación y proceso. En el momento del siniestro o accidente, el arrendatario adoptará las siguientes medidas:
No reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del siniestro, salvo la Declaración Amistosa de Accidentes.
Obtendrá la filiación completa y direcciones de las personas implicadas en el accidente, así como la filiación y dirección de los posibles testigos. Anotará los detalles del accidente. Se completará el impreso de parte amistoso debidamente cumplimentado y firmado y lo entregará a la arrendadora como muy tarde a la entrega del vehículo si no le ha sido posible hacerlo con anterioridad.
Informará puntualmente por teléfono a la arrendadora y le remitirá posteriormente, dentro de un plazo máximo de 24 horas, vía fax, correo electrónico o cualquier otro sistema de mensajería, toda la información y documentación necesaria a los efectos de formalizar el correspondiente parte de accidente.
No abandonará el vehículo sin tomar las adecuadas medidas de protección y custodia a los fines de evitar males mayores. Contactará en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la aseguradora.
Avisará inmediatamente a la autoridad policial si la culpabilidad de otra persona implicada en el accidente debe ser investigada o si hay personas heridas.
En caso de robo, hurto o incendio del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves
del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas de producirse los hechos.
En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, la arrendadora podrá reclamar al arrendatario los daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro cesante de la arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
Quedan expresamente excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos de la autocaravana no imputables a la arrendadora.
Información adicional que se suministra al arrendatario. Por motivos de seguridad, el vehículo arrendado se encuentra equipado con un dispositivo de geolocalización. El citado dispositivo activará automáticamente una señal a la arrendadora en el supuesto que el vehículo se desplace fuera de los países en que se encuentra prevista la utilización de la autocaravana, y en el caso de accidente, se activará previa comunicación con la arrendadora por parte del arrendatario y para facilitar su auxilio y localización.
NOVENA.- ACTUACIÓN EN CASO DE AVERÍA
La arrendadora entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de fallos mecánicos o averías debido al funcionamiento anormal del vehículo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.
En caso de observar en el cuadro de mandos del vehículo la activación de algún testigo óptico o acústico o percibir cualquier circunstancia que indique la existencia de una posible avería, se detendrá el vehículo inmediatamente en lugar seguro, debiendo contactar con la arrendadora o con la compañía de Asistencia concertada por la misma.
A los efectos de la prestación de los servicios de asistencia en carretera, el arrendatario, a estos efectos, deberá contactar con la aseguradora conforme a la
información que se le facilita en el documento anexo a este contrato.
Posteriormente, se trasladará la autocaravana mediante la asistencia a un servicio oficial previamente autorizado por la arrendadora o por la compañía aseguradora.
Cualquier reparación a cargo de la arrendadora por importe superior a 150 euros deberá ser autorizada por la misma, devolviendo este dicho importe al arrendatario a la entrega del vehículo. Por debajo de dicho importe, el arrendatario podrá realizar el pago directamente sin permiso de la arrendadora. En caso de que el arrendatario no se encargue de solucionarlo, dará a la arrendadora un plazo razonable para hacerlo.
Es necesaria en ambos casos la presentación de una factura oficial a nombre de la arrendadora, junto con las piezas eventualmente reemplazadas. En caso contrario no se podrá exigir reembolso alguno.
En caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente a la arrendadora, de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.
En caso de pinchazo o de rotura de algún neumático durante el periodo de alquiler, el arrendatario se hará cargo de dicho coste, sin posibilidad alguna de reclamar el reembolso de dicho pago al arrendador.
DÉCIMA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO POR INUTILIZACIÓN DE LA AUTOCARAVANA
En caso de que la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación por cualquier motivo, la arrendadora no está obligada a ofrecer un vehículo de sustitución, en cuyo caso quedará rescindido el presente contrato, debiendo proceder de la siguiente manera:
- Si se debe a culpa, dolo o negligencia del arrendatario, quedará rescindido el contrato sin derecho a devolución alguna del precio pagado, sin perjuicio de la responsabilidad por los daños causados conforme a lo establecido en el presente contrato.
- Si no mediare culpa, dolo o negligencia del arrendatario, quedará rescindido el contrato debiendo devolver la arrendadora únicamente el importe correspondiente a la fracción de tiempo no consumido, sin derecho por parte del arrendatario a indemnización alguna por ningún concepto.
En estos supuestos, el traslado de los ocupantes de la autocaravana y de sus enseres personales se realizará conforme a las estipulaciones contenidas en el contrato de seguro de Asistencia en carretera contratado por la arrendadora y cuyas circunstancias constan en el documento anexo al presente.
DECIMOPRIMERA.- SEGURO DE LA AUTOCARAVANA
La autocaravana dispone de seguro a todo riesgo con franquicia de 800 euros y asistencia en viaje 24 horas. En caso de siniestro corren a cargo del arrendatario únicamente el coste de los daños propios hasta el límite del importe de la franquicia, salvo que el culpable sea un tercero, debidamente cumplimentado y firmado por ambas partes.
Tampoco procederá exención alguna sobre el importe de la franquicia si el arrendatario hubiera causado un daño de forma premeditada o negligente o hubiera dejado de cumplir con las obligaciones expresadas en el presente contrato en relación al procedimiento a seguir en caso de accidente y/o avería.
Así mismo el arrendatario se compromete a no tener una conducta que pueda causar la anulación o la inaplicabilidad de la protección garantizada por la póliza del seguro, que declara haber leído también en las condiciones generales a las cuales se adhiere.
No están cubiertos por el seguro los efectos personales, vestidos u otros bienes transportados por el arrendatario, y además el seguro es nulo en caso de conducir en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas o si el arrendatario haya facilitado falsas informaciones sobre su identidad, dirección, etc. o haya presentado documentos falsificados o inexactos.
El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo, que se
le reclamen a la arrendadora, excepto si se debe a causas imputables a éste último.
El arrendatario bajo ningún concepto quedará eximido de sus responsabilidades, civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento culpable, negligente o doloso.
En el supuesto de ser de aplicación la regla de equidad de la póliza por conducción de persona que no cumpla los requisitos de edad mínima (25 años) o de antigüedad del permiso de conducir (2 años), o de denegación total o parcial por parte de la aseguradora de un siniestro como consecuencia de cualquier motivo imputable al arrendatario, éste asume la total responsabilidad sobre los daños producidos, tanto materiales como personales, así como el pago de cuantos gastos y costas se originen para la reparación, compensación y/o reclamación, incluso al propio arrendatario, de dichos daños, con total indemnidad de la arrendadora respecto a terceros. En este caso, el arrendatario entregará a la arrendadora la cantidad de CINCO MIL EUROS (5.000,00 euros) en concepto de garantía por los posibles importes que ésta deba avanzar en su caso.
DECIMOSEGUNDA.- INTEGRIDAD DEL PACTO Y ANULABILIDAD
Este contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre los comparecientes.
Asimismo, los comparecientes reconocen que, en caso de existir, documentos anexos y/o adjuntos al presente contrato, estos forman parte o integran el mismo, a todos los efectos legales.
A tal efecto se hace constar que a la firma del presente contrato se acompaña como ANEXO I que incorpora las características que el mismo indica.
Además, si se diese el caso de que una o varias cláusulas devenieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del contrato toda su fuerza vinculante entre los comparecientes. Llegado este caso, los comparecientes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y/o de buena fe un nuevo texto
para aquellas cláusulas o partes del contrato afectadas.
DECIMOTERCERA.- INCUMPLIMIENTO
De forma general, el incumplimiento por cualquiera los comparecientes de las obligaciones que emanan para estos mismos del presente contrato dará derecho a los comparecientes que sí hubieren cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación incumplida, sin perjuicio de las obligaciones específicas definidas en el presente documento y de las indemnizaciones por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dichos incumplimientos.
DECIMOCUARTA.- NOTIFICACIONES
Todas las comunicaciones que en virtud de este documento deban ser enviadas lo serán por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra parte, y se interpretarán como correctamente enviadas si se dirigen a las direcciones de las mismas que figuran en este contrato y su anexo. Cada compareciente puede, por medio de notificación escrita enviada a los demás comparecientes, cambiar la dirección a la que deban mandarse cualesquiera comunicaciones.
Serán válidas, no obstante, las notificaciones que se realicen directamente al propio compareciente, suscribiendo éste su recepción, en cuyo caso serán válidas
cualquiera que fuera el lugar en el que se hubiere verificado.
DECIMOQUINTA.- FUERO Y LEGISLACIÓN
Los comparecientes reconocen quedar obligadas por el presente contrato así como sus correspondientes anexos, si los hubiere, y sus efectos jurídicos y se comprometen a su cumplimiento de buena fe.
Todo litigio relativo, especialmente, pero no únicamente, a la formación, validez, interpretación, firma, existencia, ejecución o terminación de este contrato y, en general, a la relación establecida entre los comparecientes en relación al mismo será sometido a la legislación catalana y, subsidiariamente, a la española.
Las referencias aquí realizadas a cualquier norma legal o reglamentaria, o disposición de las mismas, deben entenderse realizadas a las normas o preceptos que puedan sustituirlas en el futuro.
En caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al presente contrato, o en relación al o derivado del mismo, los comparecientes acuerdan que se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Granollers.
Los comparecientes, encontrando conforme cuánto se ha expuesto y pactado en el presente documento, lo firman en el lugar y fecha mencionados.
LA ARRENDADORA
EL ARRENDATARIO
ANEXO AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE AUTOCARAVANA MARCA ROLLER TEAM MODELO KRONOS 265TL MATRÍCULA
I. Mobiliario, ajuar, útiles y otros bienes que incorpora el arrendamiento:
EXTERIOR | GARAJE |
Portabicicletas para 3 bicicletas | Manivela elevación xx xxxxx |
Antena tdt | Escoba y recogedor |
Placas solar 120W | Manguera con accesorios |
Toldo Thule extraíble | Cable eléctrico de 15 mts. |
Tres cerraduras de seguridad | Adaptador europeo |
Cámara trasera | Aislante térmico para cabina |
Dos botellas gas propano | Placa señalización bicicletas |
Pastillas WC | |
Cuñas niveladoras | |
Mesa y Sillas | |
Escalera aluminio cama elevable | |
Tendedero con pinzas | |
Barbacoa (opcional) | |
Cadenas de nieve (opcional) |
ELEMENTOS FIJOS INTERIORES | EQUIPAMIENTO DE CABINA |
Nevera + Congelador 140L | Soporte para móvil |
Tres fuegos gas propano | Retrovisor con cámara trasera |
Dos televisores de 19” y 21’5” | Extintor |
Dos baterías de alimentación | Chaleco + Triángulo |
Calefacción Truma 4 | Kit antipinchazos |
Juego bombillas y fusibles | |
Radio Bluetooth, USB y Mp3 | |
Aire acondicionado | |
Geolocalizador |
INTERIOR | |
Kit vajilla de bambú | Vasos agua/café |
Kit de cubiertos | Kit olla, sartén y cazo |
Cafetera italiana | Madera y cuchillo xx xxxxx |
Cuchillo del pan | Sacacorchos, abridor, abrelatas |
Tapa sartén | Encendedor fuegos |
Kit limpieza ( estropajo, bayeta y | detergente lavavajillas) |
Dos trapos de cocina | Mantel y Salvamanteles |
Cucharón y Rasera | Tijeras de cocina |
Ensaladera de Bambú | Colador |
Toallas lavabo/baño (opcional) | Papel WC |
Dos mandos a distancia | Manivela elevación cama |
Ropa de cama | |
funda protectora de colchones | (incluidas) |
almohadas | (incluidas) |
fundas protectoras almohadas | (incluidas) |
sábana bajera ajustable | (opcional) |
funda nórdica | (opcional) |
edredón nórdico | (opcional) |