Contract
CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO Y SERVICIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE ILUMINACIÓN EXTERIOR DEL MUNICIPIO XX XXXXXX
- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS -
1. OBJETO
El objeto de este Pliego es regular y definir el alcance y condiciones mínimas de las prestaciones que habrán de regir para la contratación de los servicios energéticos y mantenimiento con garantía total de las instalaciones de alumbrado exterior pertenecientes al Ayuntamiento xx Xxxxxx (en adelante, el Ayuntamiento).
Los Servicios/Suministros a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones obligatorias:
- Gestión Energética (Prestación P1)
- Mantenimiento (Prestación P2)
- Garantía Total (Prestación P3)
- Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía, Inversiones en ahorro energético y Mejoras voluntarias (Prestación P4)
La Empresa de Servicios Energéticos (en adelante, la ESE) contratada será responsable de la ejecución de estas Prestaciones, limitándose el Ayuntamiento a disponer de la estructura técnica de supervisión para establecer los planes, coordinar los trabajos, controlar las realizaciones y, en general, verificar y asegurar que las prestaciones estén en condiciones de satisfacer sus exigencias.
Por otro lado, el Adjudicatario vendrá obligado a sustituir todos aquellos equipos e instalaciones obsoletas, fuera de normativa o causa justificada, a propuesta de la Administración titular de las instalaciones que se indiquen en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, sin coste alguno añadido para el Ayuntamiento.
Además de las prestaciones enumeradas en este contrato, es primordial para el Ayuntamiento xx Xxxxxx mejorar y modernizar las instalaciones de alumbrado exterior de la localidad, así como promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que fomenten el ahorro de energía y la eficiencia energética, por todo ello, la solución adoptada deberá basarse obligatoriamente en tecnología LED.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Los trabajos a realizar por la ESE abarcan a todas las instalaciones de iluminación conectadas a la Red de Alumbrado Exterior que se ubican dentro del término municipal del Ayuntamiento, así como a todos y cada uno de sus componentes (en adelante, la INSTALACIÓN)
3. REQUISITOS GENERALES
La ESE aceptará la INSTALACIÓN en las condiciones de la fecha de formalización del contrato, haciéndose cargo de la misma, a la que prestará el servicio correspondiente de gestión, mantenimiento y garantía de acuerdo con las especificaciones de este Pliego. A este respecto la ESE manifiesta que tiene completo conocimiento de:
a) La naturaleza de la INSTALACIÓN.
b) El estado de todas las instalaciones y equipos de la INSTALACIÓN cuya explotación le es encomendada.
c) Las condiciones particulares de acceso ligadas a la seguridad y a la especificidad de sus instalaciones.
Esta aceptación de la INSTALACIÓN actual, independientemente de su tipo, estado y calidad, le obliga a la ESE a mantener los elementos existentes sin que puedan ser sustituidos por otros, salvo en los casos especificados en este Pliego, o cuando previamente haya sido autorizada para ello por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Es por tanto necesario que los licitadores realicen el estudio de las instalaciones actualmente existentes antes de redactar su oferta, considerando su estado, y para ello pueden solicitar al Ayuntamiento xx Xxxxxx autorización para tener acceso a las mismas siempre que no interfieran en su funcionamiento.
Para visitar las instalaciones, el Ayuntamiento determinará fecha y hora de visita de las instalaciones con personal del servicio de mantenimiento del Ayuntamiento.
Para visitar las instalaciones se pondrán en contacto con el Ayuntamiento xx Xxxxxx, sellándose el certificado de haberse realizado la visita a cada una de las instalaciones.
Si como consecuencia de la visita se pusiese de manifiesto irregularidades o deficiencias en las instalaciones, la ESE lo pondrá en conocimiento del Ayuntamiento.
3.1. Instalaciones futuras
Durante la vigencia del contrato, la ESE se hará cargo de todas las instalaciones de alumbrado público que realice o reciba de terceros el Ayuntamiento, debiéndose prestar el servicio correspondiente de acuerdo con lo especificado en el presente contrato.
Todos los materiales que se utilicen, tanto en las instalaciones definitivas como en las provisionales, deberán estar de acuerdo con las condiciones técnicas generales que se establezcan, respetando cuanto se indica sobre niveles y uniformidad de las iluminaciones.
En todas las instalaciones podrán utilizarse nuevos materiales si la evolución tecnológica así lo aconseja, previa comprobación y autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
3.2. Cumplimiento de la Reglamentación
En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto del presente Contrato, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica y de seguridad e higiene vigentes que puedan ser de aplicación por las características las instalaciones y las prestaciones asumidas con el presente Contrato.
Básicamente se contemplará en todo momento el cumplimiento del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) y sus instrucciones técnicas complementarias, especialmente la ITC-BT 09 que se refiere a instalaciones de alumbrado exterior con
prescripciones específicas para la seguridad de las mismas, el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE) y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-01 a ITC-EA-07, las normas particulares vigentes de la empresa suministradora de energía aprobadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo de las líneas de distribución eléctrica que pueda afectar a la homologación de equipos y disposiciones eléctricas y el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento xx Xxxxxx junto con sus Ordenanzas Municipales.
Si se propone como mejora voluntaria la sustitución de la iluminación actual por equipos LED del campo de fútbol municipal deberá aplicarse la norma UNE-EN 12193 (Clase III).
La ESE aportará la ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones, sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento xx Xxxxxx.
La ESE, en cumplimiento del Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, tendrá suscrito un Convenio del que aportará certificación oportuna, para el Sistema Integrado de Gestión de Residuos de Aparatos de Alumbrado (xxxxxxx xx xxx, luminarias y equipos auxiliares) incluidos en la categoría 5 del Anejo I del citado Real Decreto.
Igualmente, La ESE acreditará de forma fehaciente que las lámparas y/o luminarias retiradas son enviadas a una INSTALACIÓN de reciclado autorizada para realizar dichas operaciones. En el caso de las lámparas, se justificará que el traslado a dicha INSTALACIÓN se hará mediante Gestor Autorizado de Residuos Peligrosos con código LER 200121 y tanto para las lámparas como para las luminarias deberá presentar, además, certificado de la entrada de los residuos en la planta de reciclado.
3.3. Documentación
La ESE deberá conservar toda la documentación perteneciente al municipio que se vaya generando a lo largo del tiempo de duración del contrato y se la entregará al Ayuntamiento xx Xxxxxx a la finalización del mismo, en formato digital. No obstante, irá entregando copias puntuales de los informes que se vayan realizando, de las certificaciones y otros documentos que se generen.
4. CESION DE USO Y EXPLOTACION DE LA INSTALACIÓN.
El Ayuntamiento xx Xxxxxx cede, por este Contrato, el uso y la explotación de la INSTALACIÓN, en favor de la ESE, quien por su parte la acepta, en los términos y condiciones que se especifican a continuación.
La ESE, desde el momento de la firma del Contrato, será el único y exclusivo responsable de utilizar y explotar dicha INSTALACIÓN con la diligencia y cuidado que su destino exija, operándola de acuerdo con los manuales de operación y mantenimiento establecidos por el Ayuntamiento, y manteniéndola en perfecto estado de uso y funcionamiento, constituyéndose así la ESE en el único y exclusivo responsable de cualesquiera daños que
pudieran ocasionarse en la prestación de este Servicio Público como consecuencia de la omisión o negligencia en la realización de tales tareas.
La INSTALACIÓN sólo podrá ser dedicada al uso previsto en el presente contrato.
Serán por cuenta y cargo de la ESE todos los gastos necesarios que la INSTALACIÓN pudiera requerir con ocasión de su uso, explotación, mantenimiento, conservación y reparaciones, tanto ordinarias como extraordinarias.
La transformación, modificación, supresión, retirada y/o alteración de cualesquiera partes o elementos componentes de la INSTALACIÓN no podrá ser llevada a cabo durante la vigencia del presente contrato sin la previa y expresa autorización del Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Al término del contrato, el uso y explotación revertirá al Ayuntamiento, siendo la ESE la encargada de realizar todos los trámites de gestión a su coste.
5. GESTIÓN ENERGÉTICA DE LA INSTALACIÓN. PRESTACIÓN P1
La gestión energética de la INSTALACIÓN contemplada en la Prestación P1 comprenderá su accionamiento, vigilancia y control; la reposición de los materiales, lámparas y otros componentes que se deterioren y la reparación de sus averías; todas las operaciones que exija el correcto funcionamiento de la misma, y el suministro de la energía requerida para el funcionamiento de la misma.
El Adjudicatario se compromete a suministrar la energía eléctrica en cantidad y calidad suficiente para asegurar el funcionamiento y la utilización normal de las instalaciones de Alumbrado Público.
• Para ello, gestionará todos los contratos de compra de electricidad.
• El Adjudicatario controlará tanto la cantidad como la calidad de los aprovisionamientos.
Las garantías de calidad en el suministro y aprovisionamiento dadas por el Adjudicatario se limitarán a las garantías dadas por los organismos o empresas distribuidoras o comercializadoras.
• El Adjudicatario podrá negarse únicamente a suministrar energías cuando existan graves disturbios, o cuando por cualquier causa se ponga en juego la seguridad de las instalaciones que le han sido confiadas o afecten totalmente o en parte a las instalaciones sometidas a las prescripciones del presente Pliego de Condiciones Técnicas. Igualmente cuando las circunstancias afecten a la seguridad de las personas o de los transportes.
En ese caso, deberá avisar al Ayuntamiento en el plazo más corto, y conjuntamente decidirán las medidas a tomar para restablecer las condiciones normales de suministro y uso.
• El Servicio de Gestión Energética comprende:
– El importe correspondiente a la energía consumida por las instalaciones objeto de este contrato se pagará directamente por el Ayuntamiento a la empresa suministradora de energía.
– La diferencia entre el precio bimestral del contrato y el importe bimestral pagado por el Ayuntamiento a la empresa suministradora de energía según lo indicado en el párrafo anterior, se pagará por el Ayuntamiento al contratista.
– El pago del precio del contrato será bimestral a partir de la recepción por parte del Ayuntamiento de la facturación emitida por la empresa suministradora de energía eléctrica.
– El Ayuntamiento dará acceso a la E.S.E. de todos los datos de facturación, para que puedan hacer gestión de la misma.
– La E.S.E. llevará un registro mensual desglosado de la facturación de cada cuadro de mando. Este registro se mantendrá durante el tiempo de duración del contrato y se entregará al Ayuntamiento para consultar cuantos datos sean necesarios.
– La E.S.E. podrá negociar y contratar el suministro de electricidad de la INSTALACIÓN más conveniente para la explotación, con las compañías comercializadoras, pero siempre, con titularidad municipal.
– Las garantías de calidad en el suministro y aprovisionamiento de electricidad dadas por los organismos y empresas distribuidoras o comercializadoras, contratadas por la E.S.E., serán las mismas que tiene que cumplir la E.S.E.
5.1. Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN.
La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes.
– El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior.
– Las regulaciones necesarias.
– El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos.
– La vigilancia general de las instalaciones.
– Las rondas e inspecciones corrientes.
El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (en más o en menos).
En el plazo de dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato.
La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
El horario propuesto por el Ayuntamiento xx Xxxxxx podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades del servicio, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes:
– Horario de invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado.
– Horario xx xxxxxx: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado.
Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación.
Las reducciones de flujo de luz por debajo de esta cifra del 50% podrán ser establecidas y negociadas por las partes, en función de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones.
Se establece como requisito imprescindible la utilización de sistemas de Telegestión dedicados al alumbrado por cuadro de mando. Dichos sistemas de Telegestión, podrán utilizarse para realizar los apagados y encendidos, y/o las regulaciones horarias de flujo siempre que lo permitan. Si en algún caso, y con la ayuda de los sistemas de Telegestión, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por la ESE, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…etc). Dichos puntos de luz nunca podrán ser apagados en ningún caso, según lo establecido en el REEIAE, mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento xx Xxxxxx. En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, será propuesta por la ESE, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato Ayuntamiento xx Xxxxxx.
5.2 Gestión de seguimiento del funcionamiento
La ESE llevará un registro mensual de los consumos de cada cuadro de mando, desglosando las potencias activa y reactiva y el factor de potencia. Este registro se mantendrá durante el tiempo de duración del contrato y se entregará al Ayuntamiento xx Xxxxxx a la conclusión de dicho contrato.
Así mismo, la ESE llevará un registro anual de los niveles de iluminación, de la eficiencia energética y del resplandor luminoso de la INSTALACIÓN, clasificando los niveles de cada
zona de acuerdo al Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE) y el Decreto 357/2010, de 3 xx Xxxxxx, por el que aprueba el Reglamento para la protección de la calidad del cielo nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética.
La ESE mantendrá el factor de potencia de las instalaciones de alumbrado público exterior, sin variar las características de las mismas, en el valor de 0,9 como mínimo, a nivel xx xxxxxxx de mando y control.
Anualmente la ESE elaborará un informe de gestión del suministro y de los niveles de iluminación y eficiencia energética, con las conclusiones más significativas. Este informe será entregado al Responsable Municipal del Contrato Ayuntamiento xx Xxxxxx.
El sistema informático de gestión a utilizar por la ESE permitirá gestionar o realizar las siguientes operaciones:
• Debe tener una base de datos que contenga el inventario de las instalaciones del alumbrado público. Esta plataforma tendrá que ser capaz de emitir los listados e informes siguientes:
– Ubicación y descripción e imágenes de los puntos de luz y cuadros de maniobra.
– Calificaciones energéticas de las instalaciones por calle
– Codificación de los cuadros y puntos de luz
– Trabajos pendientes: Averías detectadas pendientes de reparar y procesos de conservación preventiva pendientes de ejecutar.
– Fichas de cada punto de luz con si historial de xxxxxxx.
– Operaciones de conservación preventiva.
– Fichas de cada cuadro de maniobra con su historial.
– Potencia activa y reactiva y el factor de potencia por línea de mando y cuadro de maniobra.
– Consumos energéticos de cada uno de los cuadros de maniobra diarios, mensuales y anuales, o entre dos fechas definidas por el operador.
– Historial de xxxxxxx por cada modelo de luminaria o proyector.
• Mostrar la información sobre un plano digitalizado del Municipio donde se encuentren graficadas las instalaciones de alumbrado (cuadros de mando, puntos de luz y circuitos) y todos los datos del inventario que será compatible con el utilizado por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. También debe quedar indicada el área donde se ubica la infraestructura para planificar correctamente posteriores actuaciones, e indicar sobre plano la ubicación de las incidencias generadas previamente.
• El sistema debe permitir introducir nuevas instalaciones, verificando el cumplimiento con las Normativas de aplicación y generando informes de subsanación en el caso que no se cumplan, con el objetivo de recepcionar adecuadamente instalaciones nuevas.
Los licitadores tendrán que presentar las plantillas tipo de las fichas y los listados que se generarán desde la plataforma informática.
El sistema informático que se implante será accesible por los servicios técnicos del Ayuntamiento mediante acceso en servidor web, para crear o visualizar avisos, inventario, o verificar el estado de incidencias asociadas al mantenimiento pendientes de reparar.
5.3 Levantamiento de planos e inventario de la INSTALACIÓN
Durante los seis primeros meses de contrato, la ESE levantará planos de todas las instalaciones de alumbrado público y elaborará un inventario de todos los elementos y equipos:
✓ Numeración y codificación de todos los puntos de luz.
✓ Datos de los distintos puntos de luz: numeración, emplazamiento, características y marca de las luminarias, características y marca de los soportes, características y marca de las lámparas, relación cuantitativa y cualitativa de los distintos tipos de conductores instalados y ubicación del centro de mando desde donde se alimenta.
✓ Inventario y esquemas de los cuadros de mando, relación de elementos de protección y maniobra instalados con tipos y marcas, número de líneas y circuitos.
✓ Inventario por calle, sector y total de todos los puntos de luz instalados, potencia instalada, luminarias de cada tipo, soportes de cada tipo y otros datos significativos.
Los planos y el inventario se entregarán al Ayuntamiento xx Xxxxxx, en formato electrónico y en formato papel, al finalizar los seis primeros meses de contrato.
Durante la vigencia del contrato, cada vez que se produzcan modificaciones que alteren o varíen los datos anteriores, la ESE actualizará los planos, datos, esquemas e inventario, poniéndolos a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Los datos alfanuméricos de la base de datos y los datos gráficos de la cartografía tendrán que poderse integrar totalmente en el sistema utilizado por el programa de gestión propio y/o los servicios técnicos del Ayuntamiento.
Los licitadores explicarán en su oferta de forma detallada el sistema informático que proponen utilizar, sus características de funcionamiento y los datos que permiten almacenar y gestionar.
6. MANTENIMIENTO E INSPECCIÓN. PRESTACIÓN P2
Las labores de mantenimiento y las inspecciones de la INSTALACIÓN contempladas en la Prestación P2 serán ejecutadas por la ESE de acuerdo con las prescripciones de la normativa vigente, y comprenderán:
• Conservación y mantenimiento de los centros de mando, incluyendo todos sus componentes eléctricos y electrónicos.
• Conservación y mantenimiento del sistema de gestión centralizado xx xxxxxxx de mando, debiendo además actualizarlo cuando se produzcan modificaciones durante la vigencia del contrato.
• Conservación y mantenimiento de los tendidos de cables subterráneos y aéreos, conexiones, cajas de empalme, cajas de fusibles, etc.
• Conservación y limpieza de arquetas con sus tapas, que deberán estar perfectamente atornilladas y enrasadas.
• La reposición de portezuelas, retirada y sustitución de báculos, columnas, brazos, y otros elementos que por accidente u otras cusas resulten dañados.
• Conservación de luminarias, lámparas y faroles, sobre soporte o fachada, así como las de todos los elementos para su correcto funcionamiento, tales como inclinación de la luminaria, fijación y sujeción de la misma, adecuado apriete de tornillos, tuercas, posición del portalámparas, adecuación del cierre y estado de la junta en las cerradas, cierres, reactancias, condensadores, conexiones, portalámparas, INSTALACIÓN eléctrica y elementos originarios que puedan faltar, aunque sólo tengan una función estética.
• Conservación en perfecto estado de las acometidas de las instalaciones de alumbrado público.
• Cualquier otro elemento o equipo perteneciente a las instalaciones de alumbrado público exterior que no estuviera recogido entre los anteriores.
Trimestralmente, como resultado de las labores de mantenimiento, la ESE emitirá al Ayuntamiento xx Xxxxxx informes sobre los trabajos e inspecciones que se vayan realizando y sobre las incidencias que se produzcan.
6.1 Elaboración de un Plan de Mantenimiento Preventivo
La ESE deberá presentar durante el primer mes, desde el inicio del contrato, al Ayuntamiento xx Xxxxxx, un Plan de Mantenimiento Preventivo y de Inspecciones de la INSTALACIÓN apoyándose en la normativa vigente, y más concretamente con el Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT), con el resto de normativa vigente que sea de aplicación.
En el Plan de Mantenimiento e Inspecciones se detallarán tareas, periodicidad, planificación en cada sector del municipio y fechas de inicio y fin de dichas tareas en cada sector.
Las labores de mantenimiento a realizar en las Instalaciones Eléctricas deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos en instalaciones eléctricas de media y baja tensión, y formado específicamente en tareas de mantenimiento de este tipo de sistemas.
El Plan de Mantenimiento Preventivo incluye la realización de las tareas de limpieza de las instalaciones.
La ESE emitirá informes periódicos en los que indique el grado de avance del Plan de Mantenimiento Preventivo, desglosado por tareas y zonas.
6.2 Mantenimiento preventivo mínimo en equipos de regulación y control
Trimestralmente se llevará a cabo una revisión de comprobación, ajuste y anotación del funcionamiento y de los parámetros fundamentales (verificación del tarado, regulación, accionamientos) de los relojes astronómicos ubicados en los cuadros de maniobra y sistemas de encendido y apagado.
Estas comprobaciones y ajustes se podrán hacer a través del sistema de Telegestión que se proponga si así se considera oportuno, y siempre que se justifique y se compruebe la veracidad de la información recogida y la fiabilidad de las maniobras ejecutadas.
La ESE efectuará las reparaciones de los fallos detectados y emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
6.3 Mantenimiento preventivo mínimo en cuadros de maniobra
Trimestralmente se llevará a cabo una comprobación visual de su estado y de los parámetros de funcionamiento (tensión, aparatos de medida, ausencia de protecciones automáticas disparadas)
Trimestralmente se hará una comprobación y anotación de funcionamiento de los parámetros fundamentales (consumos, revisión termográfica). También se llevará a cabo una limpieza.
Anualmente se realizará una revisión general de todos sus elementos, sin desmontaje, y se comprobarán los aislamientos (reapretado de bornes, comprobación y medidas de puestas a tierra) y el equilibrado de fases y la INSTALACIÓN eléctrica.
La ESE emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
6.4 Mantenimiento preventivo mínimo en luminarias
Trimestralmente se llevará a cabo una comprobación visual del estado de los puntos de luz.
Además, al menos cada quince días, se comprobará el funcionamiento nocturno de todos los puntos de luz de cada zona, corrigiendo aquéllos que se encuentren fuera de servicio.
La ESE emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Cada dos años, se llevará a cabo una limpieza como mínimo. La limpieza de las luminarias cerradas comprenderá la limpieza de la carcasa, del interior del reflector y del cierre exterior e interior xxx xxxxxx. La limpieza de las luminarias abiertas, de los faroles, de los globos y de las luminarias LED afectará a todos sus componentes y elementos. Se trasladará el informe correspondiente de las acciones realizadas al Ayuntamiento xx Xxxxxx.
6.5 Mantenimiento preventivo mínimo en columnas o soportes.
Periódicamente, cuatro (4) veces al año, se llevará a cabo una comprobación visual del estado de las columnas, báculos, brazos, soportes u otros elementos de sujeción de luminarias, así como de las portezuelas.
La ESE emitirá un informe del estado de los elementos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Periódicamente, cada dos (2) años, se llevará a cabo una limpieza como mínimo. La limpieza comprenderá la cara exterior de los soportes, las portezuelas y las protecciones eléctricas. Se trasladará el informe correspondiente de las acciones realizadas al Ayuntamiento xx Xxxxxx.
6.6 Mantenimiento preventivo mínimo en líneas eléctricas
Trimestralmente se llevará a cabo una comprobación visual del estado y parámetros de funcionamiento (canalizaciones y revisión termográfica general)
La ESE emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Responsable Municipal del Contrato Ayuntamiento xx Xxxxxx.
6.7 Inspecciones de la INSTALACIÓN
La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadros, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público.
Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo.
El plazo para inspeccionar la totalidad de la zona será de tres meses, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadas.
Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento xx Xxxxxx tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACIÓN. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento xx Xxxxxx el acceso a la INSTALACIÓN y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos.
Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica.
La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento xx Xxxxxx, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla.
Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.
6.8 Verificación e inspección reglamentaria de la INSTALACIÓN
En virtud del artículo 13 del Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones e inspecciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, y por organismos de control autorizados para este campo reglamentario, según normativa vigente.
El calendario será el que se indica a continuación:
– Verificación inicial, previa a su puesta en servicio: todas las instalaciones.
– Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada.
– Verificaciones cada cinco años: las instalaciones de hasta 5 kW de potencia instalada.
– Inspecciones cada cinco años: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada.
La ESE llevará a cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento xx Xxxxxx a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados al Ayuntamiento xx Xxxxxx en el momento en que se obtenga alguno de estos certificados.
Como resultado de la inspección o verificación, el organismo de control o el instalador autorizado, según el caso, emitirá un certificado de inspección o de verificación, respectivamente, en el cual figurarán los datos de identificación de la INSTALACIÓN, las medidas realizadas y la posible relación de defectos, con su clasificación, y la calificación de la INSTALACIÓN.
Sólo se aceptarán certificados de inspección o de verificación con resultado favorable sin defectos. En el caso de que se indique en los certificados que existen defectos graves o muy graves se solucionarán inmediatamente por la ESE. En el caso de que se indique en los certificados que existen defectos leves se solucionarán por la ESE, en un plazo no superior a 15 días naturales. Se volverá a realizar otra inspección o verificación de la INSTALACIÓN con la intención de obtener un resultado favorable sin defectos.
6.9 Centro de Mantenimiento
La ESE dispondrá de un Centro de Mantenimiento compuesto por el personal y medios contemplados en su oferta. Se entiende por Centro de Mantenimiento el conjunto de medios humanos y materiales de la ESE que estará más en contacto con los técnicos municipales, y a través del cual se cursarán las órdenes de trabajo, notas de servicio, informes, etc., sirviendo de nexo de unión entre la ESE y el Ayuntamiento xx Xxxxxx.
6.10 Disposición de superficie y stock de recambios
Para asegurar el buen servicio, la ESE estará obligada a tener en sus almacenes el stock de materiales suficiente para poder atender cualquier avería o accidente que se produzca.
La ESE tendrá que almacenar en sus instalaciones y gestionar un inventario informatizado de todos los materiales que por cualquier motivo sean retirados de la vía pública, complementario del inventario de las instalaciones en funcionamiento.
7. GARANTÍA TOTAL. PRESTACIÓN P3
La ESE conservará constantemente en funcionamiento y en buen estado el material y los componentes de la INSTALACIÓN, haciendo cuantas reparaciones o reposiciones sean necesarias, con la mayor brevedad y sin necesidad de requerimiento previo, cualquiera que sea la causa que lo motivó.
Es por ello que la ESE queda obligada a la localización y reparación a su cargo de todas las averías que puedan originarse en las instalaciones objeto de este contrato.
En general, las averías deberán ser reparadas en menos de veinticuatro horas, y las que afecten a centros de mando en menos de dos horas, aunque pueda tener carácter provisional su puesta en servicio.
Si en otro tipo de averías su reparación exigiese, por motivos justificados, un mayor plazo, se informará de ello al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento.
Cualquier punto de luz averiado o cuyo flujo luminoso sea inferior al mínimo correspondiente al final de su vida, deberá ser reparado antes de 48 horas de su baja o, en aquellos casos en los que por su importancia o singularidad lo requiera, en el plazo fijado por el Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Si durante la vigencia del contrato se modificasen los elementos de las instalaciones o se adoptasen nuevos sistemas de control de las mismas, la ESE quedará obligada a aceptar la conservación de los mismos.
La reposición de los diversos elementos se efectuará con materiales de las mismas características y calidades que los primitivos, los cuales serán comprobados por los técnicos del Ayuntamiento xx Xxxxxx, quienes podrán rechazar los materiales que no cumplan estas condiciones.
Así mismo, las soluciones adoptadas en las tareas de mantenimiento y reposición deberán guardar la estética y la uniformidad del resto de las instalaciones del área.
En el caso de que el Ayuntamiento xx Xxxxxx considere que el material que debe reponerse es de características anticuadas o inadecuadas a las circunstancias del momento, podrá exigir a la ESE que los sustituya por productos ajustados a la actual tecnología.
Para la prestación de los servicios de conservación de las instalaciones y reparación de averías, la ESE establecerá un “servicio xx xxxxxxx” integrado por al menos un equipo disponible las 24 horas del día. El equipo dispondrá de un vehículo provisto xx xxxxxxxx hidráulica para una altura de trabajo de 12 metros, sistema de comunicación y dispositivo GPS para optimizar y minimizar los desplazamientos, y estará dotado del personal, medios técnicos y repuestos que lo capaciten para resolver inmediatamente cualquier incidencia, o tomar las medidas necesarias para evitar el posible peligro de los usuarios de la vía pública o deterioro de la INSTALACIÓN. El /los vehículos se encontrarán en un local predeterminado, dotado de sistema de comunicación.
La ESE propondrá al Ayuntamiento xx Xxxxxx la organización del servicio xx xxxxxxx y el número de equipos necesarios en función de las características del municipio. Dicha propuesta necesitará la aceptación del AYUNTAMIENTO xx Xxxxxx.
Igualmente existirá un servicio telefónico xx xxxxxxx en las oficinas de la ESE a lo largo de las 24 horas del día que reciba los avisos y reclamaciones, dotado de grabador de llamadas que le permita grabar el informe sobre la anomalía denunciada y de sistema de comunicación para poner en conocimiento del/los equipos xx xxxxxxx la deficiencia. El Ayuntamiento podrá examinar, cuando lo estime pertinente, las cintas grabadas, para lo cual deberán ser almacenadas hasta que no se autorice su destrucción por parte del Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
A partir de las llamadas recibidas, la ESE creará un registro electrónico donde se reflejará la fecha y la hora de cada llamada, el aviso recibido y las acciones realizadas para subsanar la posible avería. Este registro estará permanentemente actualizado y a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Estos servicios se prestarán todos los días del año en idénticas condiciones.
La ESE deberá disponer del correspondiente detector de averías subterráneas de forma que facilite la rápida determinación del punto donde se encuentra y que evite tener que descubrir canalizaciones de una longitud superior a los tres metros.
Para la realización de las tareas de reparación, serán por cuenta de la ESE todos los trabajos de apertura de zanjas o calas, incluida la reposición de pavimentos, para cuyo fin se les facilitará el correspondiente permiso de obras por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
La ESE tendrá que señalizar la vía pública de acuerdo con las Ordenanzas Municipales y Reglamentos en vigor o con las instrucciones que reciba por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx, siendo de su exclusiva responsabilidad los daños y perjuicios que puedan derivarse por el incumplimiento de esta obligación, independientemente de cualquier otra responsabilidad civil o penal.
En todo caso deberá coordinar con el Ayuntamiento el uso temporal de las vías de circulación rodada, colocar la señalización vertical necesaria con señales reglamentarias de tráfico y carteles indicadores que garanticen en todo momento la seguridad de peatones y vehículos, siendo responsable la ESE de los accidentes que se puedan producir por incumplimiento de esto último. En caso de ser necesario, la señalización estará suficientemente iluminada durante las horas nocturnas.
Deberá estar perfectamente vallado todo obstáculo tanto en aceras como en calzadas, ya sean materiales, maquinaria, unidades de obra sin terminar o personal.
Será obligación de la ESE mantener limpias las obras que pudiera realizarse y sus inmediaciones de escombros y materiales, y hacer desaparecer las instalaciones provisionales que no sean precisas, así como adoptar las medidas y ejecutar los trabajos necesarios para que las obras ofrezcan un buen aspecto.
Cuando una avería afecte, por sus características, a tres o más puntos de luz consecutivos, y se precise de un tiempo de reparación que superase las 48 horas, la ESE estará obligada a realizar a su cargo una INSTALACIÓN provisional, con tendido de cables, sustitución de componentes, etc., que permita al menos una restitución cuantitativa y cualitativa del 50% de la iluminación normal.
7.1 Aseguramiento de la INSTALACIÓN.
Dentro del concepto de garantía Total, la ESE asume todos los riesgos por daños y pérdidas totales o parciales de los elementos y/o equipos que conforman la INSTALACIÓN, incluso por robo, por incendio, cualquiera que sea la causa a que responda, al tener encomendado el mantenimiento y conservación de la misma.
Con tal motivo la ESE se obliga a concertar, previo conocimiento y aprobación del Ayuntamiento, y por cuantía suficiente en las sumas aseguradas, la póliza o pólizas de seguros que cubran de manera suficiente al menos:
• Seguro todo riesgo de la INSTALACIÓN.
• Daños a terceros y responsabilidad civil por la explotación.
• Incendio, explosión, rayo y adicionales incluidos los riesgos extensivos de daños por huelgas y acciones tumultuosas con inclusión de la prima del consorcio de compensación de seguros para riesgos catastróficos.
• Robo y expoliación
La ESE se obliga a remitir al Ayuntamiento previamente a la fecha de su formalización, copia acreditativa de dichas Pólizas y de todas sus renovaciones, no quedando obligado este último con la Aseguradora al pago de las primas que serán de única cuenta y cargo de la ESE.
El beneficiario de la póliza o pólizas que suscriba para garantizar tales riesgos será el Ayuntamiento. El pago de la indemnización o indemnizaciones en caso de siniestro, deberá ser por tanto satisfecho directamente al Ayuntamiento por la Entidad Aseguradora.
El periodo durante el cual deberán mantenerse en vigor tales pólizas coincidirá con la duración del presente contrato, estando sujeto a las mismas prórrogas que el mismo pudiere sufrir.
Estas pólizas podrán ser sustituidas por una franquicia anual destinada a cubrir el importe de reposición de los elementos de la INSTALACIÓN afectados por cualquiera de estos riesgos.
La ESE informará por escrito al Ayuntamiento, en caso de siniestro y con independencia de su gravedad, dentro del mismo plazo en que venga obligado a comunicar su acaecimiento a la entidad aseguradora, precisando su naturaleza, la fecha, el lugar y las circunstancias del mismo, así como la índole y valoración provisional de los daños producidos.
En caso de siniestro, el importe de la indemnización recibida de la Compañía Aseguradora será destinado por el Ayuntamiento a la reconstrucción o reparación de LA INSTALACIÓN, transfiriendo los importes recibidos, directamente a la ESE a estos solos efectos.
La ESE completará por su cuenta y cargo la sustitución de los elementos y/o equipos siniestrados, los trabajos necesarios y los importes que no estén incluidos en la indemnización del seguro o que correspondan a franquicias, y que sean necesarios para la total reposición y nueva puesta en operación de LA INSTALACIÓN en caso de siniestro.
Podrá abonar el Ayuntamiento las mejoras que puedan ocasionarse con motivo de las sustituciones de elementos deteriorados por estas causas (cambio a material normalizado si no lo fuera el que se sustituye, cambio de luminarias abiertas a cerradas, etc.) y las modificaciones que se realicen para evitar o minimizar las causas de robos o vandalismo (cambios a luminarias a más altura, protecciones diversas adicionales, desplazamientos a lugares más idóneos, etc.), todo ello a iniciativa del propio Ayuntamiento.
8. OBRAS DE MEJORA Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES CONSUMIDORAS DE ENERGÍA, INVERSIONES EN AHORRO ENERGÉTICO Y MEJORAS VOLUNTARIAS. PRESTACIÓN P4
La ESE ejecutará, a su cargo, las inversiones de ahorro propuestas en la Memoria Técnica presentada en el Documento B2 de su oferta para la Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía, Inversiones en ahorro energético y Mejoras voluntarias. Con esta prestación se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones que fomenten el ahorro de energía y la eficiencia energética.
La ESE realizará la renovación de toda la INSTALACIÓN existente, por instalaciones con tecnología LED y sistema de Telegestión (que tendrá que cumplir como mínimo las características indicadas en el ANEXO VI), incluyendo las reformas necesarias para adaptar a la normativa vigente los cuadros de mando y subcuadros, así como el resto de la INSTALACIÓN y la obra civil necesaria.
La ESE gestionará la ejecución, puesta en marcha, pruebas y legalización de la nueva INSTALACIÓN de acuerdo con el calendario incluido en la oferta.
La ESE realizará la ingeniería, la gestión y los trámites necesarios para la legalización y adecuación de la nueva INSTALACIÓN a la normativa vigente.
La ESE inspeccionará y supervisará por su cuenta las fases de suministro, montaje y puesta en marcha de la nueva INSTALACIÓN y de sus pruebas de funcionamiento, asumiendo las responsabilidades que se pudieran derivar por cualesquiera daños y/o perjuicios, ya sean
directos o indirectos que pudieran causarse en el proceso de renovación de la INSTALACIÓN por ella misma o sus Proveedores.
El calendario de ejecución, puesta en marcha y pruebas podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre la ESE y el Ayuntamiento xx Xxxxxx, en el caso de que concurrieran causas de fuerza mayor o surgieran imprevistos que impidieran el cumplimiento de los plazos inicialmente estipulados
La aceptación de la nueva INSTALACIÓN por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx tendrá lugar una vez se hubiere verificado su correcto y adecuado funcionamiento, mediante la realización de las pruebas adecuadas para cada equipo y para el conjunto de LA INSTALACIÓN. Dichas pruebas serán realizadas bajo la responsabilidad de la ESE y de sus Proveedores en presencia del Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx Xxxxxx. Las mismas verificarán el cumplimiento de preceptos recogidos tanto en el Reglamento de Eficiencia Energética e Instalaciones de Alumbrado Exterior como en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.
No tendrá lugar la aceptación de la nueva INSTALACIÓN cuando, durante la realización de las pruebas de funcionamiento, se pusiera notoriamente de manifiesto cualquier tipo de deficiencias, defectos, fallos y/o anomalías derivadas de un incorrecto diseño, vicios o defectos de los elementos o equipos que conforman la nueva INSTALACIÓN, montaje, puesta en marcha o mediciones luminotécnicas de la misma.
Una vez resulten satisfactorias las pruebas y mediciones, el Ayuntamiento xx Xxxxxx suscribirá conjuntamente con la ESE y por duplicado ejemplar, un Certificado de Aceptación de la nueva INSTALACIÓN, por el que se entenderá a los efectos de este contrato como reconocimiento expreso del primero de haber recibido ésta a su entera satisfacción.
Una vez suscrito el Certificado de Aceptación, la ESE asume las responsabilidades de gestión, mantenimiento y garantía de la nueva INSTALACIÓN en las mismas condiciones contempladas en el Contrato para las Prestaciones P1, P2 y P3.
La adecuación de la INSTALACIÓN debida a modificaciones en la normativa reguladora de la distribución y/o comercialización de la electricidad, y en la legislación actualmente vigente será a cargo de la ESE.
En virtud de lo pactado en el presente contrato, a la finalización del mismo todos los elementos y componentes adquiridos por la ESE para la nueva INSTALACIÓN, serán propiedad del Ayuntamiento xx Xxxxxx. Consecuentemente, la ESE no podrá contraer préstamos, tomar créditos ni asumir obligaciones de ninguna especie por las que cualquier elemento, o LA INSTALACIÓN en su conjunto, pueda quedar afecto como garantía de cumplimiento de las mismas.
Los datos reflejados en el ANEXO I y referidos a la INSTALACIÓN existente, servirán como orientación informativa para los licitadores, aunque no será un documento contractual, debiendo el licitador llevar a cabo su estudio propio y las comprobaciones precisas in situ para tomar los datos necesarios para la oferta y propuesta, considerando su estado.
9. RENOVACIÓN CON TECNOLOGÍA LED.
Todos los materiales tendrán que ser de primera calidad. La ESE deberá incluir en su oferta técnica una propuesta detallada de las actuaciones que comprendería la Prestación P4, así como las especificaciones técnicas de cada uno de los materiales propuestos y los certificados, homologaciones y condiciones de funcionamiento de todos los componentes y equipos que se prevén instalar. No se utilizará ningún material que no cumpla normativas vigentes sobre alumbrado público y que no esté debidamente homologado y certificado. Para ello, se exigirá a las empresas licitadoras la presentación de los Certificados y ensayos indicados en el ANEXO I, para cada uno de los modelos de luminaria propuesta, suponiendo la falta de cualquiera de estos documentos la EXCLUSIÓN del procedimiento de adjudicación.
En los ANEXOS III y IV se indican las características principales que deben cumplir las luminarias o proyectores con tecnología LED que se instalen, además del dispositivo de control electrónico y cualquier elemento o módulo necesario para su funcionamiento.
Como norma general, las luminarias se sustituirán por una luminaria completa nueva con tecnología LED. Sólo se permitirá la adaptación de luminarias existentes a la tecnología LED cuando esté expresamente contemplado en este pliego o con autorización expresa del Ayuntamiento.
10. OTRAS ACTUACIONES
10.1 Alumbrado festivo y Navideño
En la celebración de actos festivos, deportivos, culturales, o cualquier otra naturaleza que el Ayuntamiento considere de interés general, la ESE podrá ser responsable, si el Ayuntamiento así lo determina, del perfecto funcionamiento de las instalaciones de su alumbrado ornamental durante su desarrollo en la zona que se indique y por el tiempo que se determine.
En este caso el Ayuntamiento facilitará a la ESE los elementos y componentes de las instalaciones del alumbrado ornamental, y la ESE se hará cargo de la adecuación, montaje y desmontaje de las instalaciones de los mismos.
Esto podrá incluir, dependiendo de las características de cada evento, la inspección previa de la INSTALACIÓN y subsanación de las deficiencias detectadas, variaciones en el horario de funcionamiento, el cierre parcial o total de la INSTALACIÓN y el montaje y/o desmontaje de determinados elementos.
Los importes económicos por este servicio, en las condiciones especificadas en este apartado, serán asumidos por la ESE.
10.2 Robo de electricidad, obras ajenas y otras causas
La ESE deberá desconectar de inmediato las instalaciones ajenas a la red de la INSTALACIÓN que pudieran estar conectadas a la misma de forma fraudulenta, y comunicarlo al Ayuntamiento xx Xxxxxx.
La ESE está obligada a detectar y comprobar la realización de cualquier trabajo ajeno a la Red de Alumbrado Público, realizado por otras empresas y que puedan afectar a la misma, poniendo diariamente en conocimiento del Ayuntamiento xx Xxxxxx las incidencias que por estos motivos se produzcan.
En ningún caso el Ayuntamiento xx Xxxxxx será responsable de los daños que se puedan ocasionar por estos trabajos, debiendo la ESE hacer frente a la reparación y costo de los citados daños, pudiendo hacer uso en cualquier momento de las reclamaciones a terceros que hubiera lugar.
La ESE revisará a su cargo las nuevas instalaciones de alumbrado realizadas por terceros antes de su recepción por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, a quien informará de la calidad de la ejecución de las mismas o de las deficiencias apreciadas.
Durante el plazo de garantía de estas nuevas instalaciones, la ESE dará parte de las incidencias sobre dichas instalaciones de forma expresa y singularizada.
10.3 Adecuación de las instalaciones a la normativa vigente
Se consideran trabajos incluidos en este apartado aquellos derivados de las
inspecciones para la legalización de las instalaciones no legalizadas en el inicio del contrato.
Las instalaciones municipales de alumbrado exterior público que no estén legalizadas a día xx xxx y en las que el Adjudicatario realice cualquier tipo de actuación, será necesario que se efectúe su legalización.
Cuando, según criterios de los servicios técnicos municipales, el estado de una INSTALACIÓN aconseje ser renovada, total o parcialmente, esta podrá efectuarse de acuerdo con el presupuesto elaborado por la ESE y que previamente tendrá que ser aprobado por los servicios técnicos municipales.
Las obras y trabajos incluidos en este apartado serán aquellos que no estén ya incluidos en la P4 como adecuación de instalaciones ya previstas en este Pliego.
10.4 Operaciones casuales, puntuales y Provisionales
Por estos conceptos se incluyen los trabajos siguientes:
– Trabajos de cambio de potencia, retirada y desplazamiento de puntos de luz o centros de mando.
– Trabajos de conexiones y desconexiones del alumbrado exterior público.
– Instalaciones o actos promovidos por el Ayuntamiento u otras entidades, siempre con la autorización del técnico municipal y a petición del Ayuntamiento.
– Traslados, instalaciones por obras realizadas por el Ayuntamiento u otras entidades con la autorización municipal y siempre a petición del Ayuntamiento.
La ESE estará a disposición del Ayuntamiento para cuantas reuniones sean necesarias para colaborar en obras y proyectos del Ayuntamiento que puedan afectar a la Red de Alumbrado exterior público.
Estas operaciones se realizarán tanto por iniciativa municipal como a petición de terceros, previa autorización de los servicios técnicos municipales.
Este punto también incluye los medios complementarios tanto de mano de obra como de material que solicite el Ayuntamiento xx Xxxxxx por traslados, pruebas de laboratorio, retirada de pancartas, encendidos y apagados esporádicos, etc.
10.5 Nuevas instalaciones
Durante la vigencia de este Contrato, la ESE se hará cargo de todas las nuevas instalaciones, que realice o reciba de terceros el Ayuntamiento, debiéndose prestar el servicio correspondiente de acuerdo con lo especificado en el presente Contrato.
No obstante, si la INSTALACIÓN ha sido recibida de terceros y no cumple lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Técnicas generales aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de obras municipales, la ESE deberá hacerlo constar con vistas a la realización de obras para su adecuación por parte de los responsables.
La ESE aceptará la resolución que le transmita el Ayuntamiento y, en su caso, se haría cargo de la INSTALACIÓN en las condiciones existentes y de acuerdo con las especificaciones de este Pliego.
10.6 Forma de prestación y programa de trabajo
En función de la magnitud de las actuaciones a realizar, o por requerimiento expreso del Ayuntamiento, la ESE estará obligada a presentar, antes de comenzar los trabajos, un plan de ejecución que será sometido a la aprobación del responsable del Ayuntamiento.
Una vez aprobado, el plan adquirirá carácter contractual. Los parámetros que regirán la magnitud de las actuaciones serán determinados por el Ayuntamiento.
Antes de iniciar la obra se procederá al replanteo de la misma sobre el terreno, existiendo la posibilidad de realizar modificaciones parciales, tanto en aquel momento, como durante la ejecución de los trabajos siempre que ambas partes estén de acuerdo.
La obra deberá finalizar en la fecha establecida, ya sea la fecha inicialmente prevista o la determinada en una posterior ampliación del plazo.
El contratista pondrá a disposición del responsable del Ayuntamiento un libro de obra en el que periódicamente se anotará la ejecución y las variaciones que puedan ocurrir.
Con el objeto de cumplir lo especificado en el apartado anterior, el contratista deberá organizar unos grupos de trabajo que actuarán básicamente durante la jornada diurna. Estos grupos de trabajo deberán estar capacitados para efectuar la INSTALACIÓN completa de puntos de luz, incluyendo obra civil.
ANEXO I: ESTUDIO ENERGÉTICO DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR DEL MUNICIPIO XX XXXXXX.
Se incluye en este anexo documentos de la auditoría energética realizada en el alumbrado público xx Xxxxxx por la empresa ANESCA SERVICIOS ENERGÉTICOS.
La descripción de las instalaciones contenida en la Documentación Técnica aneja tiene únicamente un valor informativo y en ningún caso la empresa Adjudicataria podrá reclamar indemnizaciones o derechos en el caso de que el inventario de las instalaciones no corresponda exactamente a la realidad.
Este estudio energético incluye:
o Inventario de las instalaciones de alumbrado.
o Consumos energéticos de las instalaciones de alumbrado.
o Niveles de iluminación para los viales tipo.
o Inversiones propuestas para la renovación y mejora de las instalaciones de alumbrado.
ANEXO II: REQUISITOS MÍNIMOS A CUMPLIR POR LOS ELEMENTOS A INSTALAR.
Certificados y ensayos para las luminarias con tecnología led
Además de acatar en su totalidad los requerimientos técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de alumbrado exterior incluidos en este Pliego y en el documento Requerimientos Técnicos Exigibles para Luminarias con Tecnología LED de Alumbrado Exterior, se presentarán los certificados y ensayos necesarios para el cumplimiento de los mismos y que se incluyen en la siguiente tabla:
CERTIFICADOS Y ENSAYOS EMITIDOS POR UNA ENTIDAD ACREDITADA | ||
1 | Marcado CE: Declaración de Conformidad y Expediente Técnico tanto de la luminaria como de sus componentes. | |
2 | Certificados sobre el grado de hermeticidad de la luminaria completa o en su defecto de cada uno de los elementos auxiliares y necesarios para el correcto funcionamiento de la luminaria. (Recomendado IP6x). | |
3 | Fotometría de la luminaria estabilizada en temperatura según Xxxxx EN 13032. | |
4 | Medidas eléctricas de tensión, corriente de alimentación, potencias y factor de potencia de la luminaria. | |
5 | Eficacia de la luminaria (mínimo 90 lm/W). | |
6 | Medidas de Flujo en función de la temperatura ambiente de funcionamiento (-10ºC a 35ºC). | |
7 | Medida del Índice de Reproducción Cromática. (Mínimo Ra 70). | |
8 | Medida de Temperatura de Color. (Rango admitido: 2.700K – 4.000K (+300)). | |
9 | Certificado del cumplimiento de las normas UNE-EN 60598-1 (Luminarias. Requisitos generales y ensayos), UNE-EN 60598-2.3 (luminarias) y UNE-EN 00000-0-0 (proyectores). | |
10 | Certificado del cumplimiento de las normas UNE-EN 62031 (requisitos de seguridad para módulos LED) y UNE-EN 62471 (seguridad fotobiológica de lámparas y de aparatos que utilizan lámparas). | |
11 | Certificado del cumplimiento de las normas UNE-EN 00000-0-00 y UNE-EN 62384 para los dispositivos de control electrónico. | |
12 | Certificado del cumplimiento de las normas UNE-EN 55015 (límites perturbación radioeléctrica) y UNE-EN 61547 (inmunidad CEM) y UNE-EN 61000-3 (compatibilidad electromagnética, CEM). |
ANEXO III: CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS A CUMPLIR POR LAS LUMINARIAS
Modelo funcional
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Materiales | El cuerpo y la fijación de la luminaria, estará formada por piezas de fundición de aluminio inyectado de aleación del tipo EN AC-43000, EN AC 43400, EN AC 44100 según la norma UNE EN 1706 | |
Tipo acabados | La pintura exterior de la carcasa deberá de cumplir satisfactoriamente el ensayo de envejecimiento acelerado de 1.000 horas según UNE EN ISO 11507:2007 | |
Mantenimiento de los sistemas integrados | Sustitución o acceso independiente de los sistemas integrantes (grupo óptico y equipo auxiliar) | |
Grado de protección (IP) de los compartimentos del sistema óptico y equipo auxiliar | ≥ 65 | |
Grado de protección IK global | ≥08 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 3 sistemas ópticos diferentes (fotometrías) | |
Temperatura de color máxima | 4000K + 300K | |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas de regulación | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, y/o Flujo de luz ajustable | |
Se incorporará la protección contra sobre tensiones perjudiciales en la red, incluidas las causados por rayos. | Sí, integrado en la luminaria | |
FHS/ULOR instalado | Máximo 3% según cuadro 25 del Reglamento CE 245/2009 | |
Clase eléctrica | Disponible clase I y clase II |
Modelo ambiental
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Materiales | El cuerpo y la fijación de la luminaria, estará formada por piezas de fundición de aluminio inyectado de aleación del tipo EN AC-43000, EN AC 43400, EN AC 44100 según la norma UNE EN 1706 | |
Tipo acabados | La pintura exterior de la carcasa deberá de cumplir satisfactoriamente el ensayo de envejecimiento acelerado de 1.000 horas según UNE EN ISO 11507:2007 | |
Mantenimiento de los sistemas integrados | Sustitución o acceso independiente de los sistemas integrantes (grupo óptico y equipo auxiliar) | |
Grado de protección (IP) de los compartimentos del sistema óptico y equipo auxiliar | ≥ 65 | |
Grado de protección IK global | ≥08 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 3 sistemas ópticos diferentes (fotometrías) | |
Temperatura de color máxima | 4000K + 300K | |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas de regulación | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, y/o Flujo de luz ajustable | |
Se incorporará la protección contra sobre tensiones perjudiciales en la red, incluidas las causados por rayos. | Sí, integrado en la luminaria | |
FHS/ULOR instalado | Máximo 3% según cuadro 25 del Reglamento CE 245/2009 | |
Clase eléctrica | Disponible clase I y clase II |
Modelo farol
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Materiales | El cuerpo y la fijación de la luminaria, estará formada por piezas de fundición de aluminio inyectado de aleación del tipo EN AC-43000, EN AC 43400, EN AC 44100 según la norma UNE EN 1706 o por xxxxx xx xxxxx inoxidable AISI304 de 1,5mm de espesor según Normas UNE-EN ISO 9445 y UNE-EN 10088. | |
Tipo acabados | La pintura exterior de la carcasa deberá de cumplir satisfactoriamente el ensayo de envejecimiento acelerado de 1.000 horas según UNE EN ISO 11507:2007 | |
Grado de protección (IP) de los compartimentos del sistema óptico y equipo auxiliar | ≥ 65 | |
Grado de protección IK global | ≥09 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 2 sistemas ópticos diferentes de distribución simétrica y asimétrica(fotometrías) | |
Temperatura de color máxima | 4000K + 300K | |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas de regulación | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, y/o Flujo de luz ajustable | |
Se incorporará la protección contra sobre tensiones perjudiciales en la red, incluidas las causados por rayos. | Sí, integrado en la luminaria | |
FHS/ULOR instalado | Según cuadro 25 del Reglamento CE 245/2009 | |
Clase eléctrica | Disponible clase I y clase II |
(*)Otros materiales serán especificados según criterios particulares.
Modelo túneles y pasos inferiores
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Materiales | El cuerpo y la fijación de la luminaria, estará formada por piezas de fundición de aluminio inyectado de aleación del tipo EN AC-43000, EN AC 43400, EN AC 44100 según la norma UNE EN 1706 | |
Tipo acabados | La pintura exterior de la carcasa deberá de cumplir satisfactoriamente el ensayo de envejecimiento acelerado de 1.000 horas según UNE EN ISO 11507:2007 | |
Grado de protección (IP) de los compartimentos del sistema óptico y equipo auxiliar | ≥ 66 | |
Grado de protección IK global | ≥09 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 3 sistemas ópticos diferentes (fotometrías) | |
Temperatura de color máxima | 4000K + 300K | |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas de regulación | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, y/o Flujo de luz ajustable | |
Se incorporará la protección contra sobre tensiones perjudiciales en la red, incluidas las causados por rayos. | Sí, integrado en la luminaria | |
Clase eléctrica | Disponible clase I |
Modelo proyector
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Materiales | El cuerpo y la fijación de la luminaria, estará formada por piezas de fundición de aluminio inyectado de aleación del tipo EN AC-43000, EN AC 43400, EN AC 44100 según la norma UNE EN 1706 | |
Tipo acabados | La pintura exterior de la carcasa deberá de cumplir satisfactoriamente el ensayo de envejecimiento acelerado de 1.000 horas según UNE EN ISO 11507:2007 | |
Grado de protección (IP) de los compartimentos del sistema óptico y equipo auxiliar | ≥ 66 | |
Grado de protección IK global | ≥09 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 3 sistemas ópticos diferentes (fotometrías) | |
Temperatura de color máxima | 4000K + 300K | |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas de regulación | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, y/o Flujo de luz ajustable | |
Se incorporará la protección contra sobre tensiones perjudiciales en la red, incluidas las causados por rayos. | Sí, integrado en la luminaria | |
Clase eléctrica | Disponible clase I y clase II |
ANEXO IV: CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS A CUMPLIR PARA ADAPTACIONES DE LUMINARIAS EXISTENTES A TECNOLOGÍA LED
Esta transformación además de cumplir las prescripciones incluidas en los diferentes apartados del documento requerimientos técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de alumbrado exterior CEI-IDAE, deberá satisfacer:
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Grado de protección (IP) del sistema óptico y del equipo auxiliar | ≥ 65 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 2 sistemas ópticos diferentes de distribución simétrica y asimétrica (fotometrías) | |
Grado de protección IK del sistema óptico | ≥08 | |
Temperatura de color máxima | 4000K + 300K | |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas de regulación | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, y/o Flujo de luz ajustable | |
Se incorporará la protección contra sobre tensiones perjudiciales en la red, incluidas las causados por rayos. | Sí, integrado en la luminaria | |
FHS/ULOR instalado | Según cuadro 25 del Reglamento CE 245/2009 |
ANEXO V: CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS A CUMPLIR PARA LOS CENTROS DE MANDO Y CONTROL
Característica | Obligatoria | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Los cuadros serán integrales. Se compondrán de 2 o 3 módulos integrados en la misma envolvente (Acometida y medida, mando y protección para 2 módulos y con regulación para 3 módulos). | Sí | |
Tensión de trabajo de 400/230V F+N, potencia de hasta 43,64 Kw 400V 63A. | Sí | |
Grado de protección del conjunto IP65, IK 10 (Excepto módulo estabilizador-reductor con grado de protección XX00, XX00 si dispone del mismo). | Sí | |
Los módulos interiores de acometida, mando y protección estarán formados por xxxxx xx xxxxx aislamiento Clase II. | Sí | |
Temperatura de trabajo: De -20 ºC hasta 45 ºC. | Sí | |
Envolvente exterior de xxxxx xx xxxxx inoxidable de 2 mm. De espesor AISI 304 y tejadillo para protección de lluvia, con tratamiento de imprimación Wash-primer RFGS- 766 y secativo RFCS-751 y pintura exterior normalizada sintética | Sí | |
El zócalo y bancada serán xx xxxxx inoxidable AISI 304 pulido. | Sí | |
Cerraduras de triple acción con xxxxxxx xx xxxxx inoxidable y empuñadura antivandálica ocultable con soporte para bloqueo por candado y detector de puertas abiertas. | Sí | |
El módulo de acometida y medida contendrá la acometida eléctrica según las normas particulares de la Compañía Eléctrica, la caja general de protección y los contadores electrónicos para tarifa integrada. | Sí |
Característica | Obligatoria | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
El módulo de mando y protección contendrá el interruptor general IGA, contactor (es) de potencia según la intensidad nominal en categoría AC3, protecciones de las líneas de salida con interruptores magneto térmicos y diferenciales rearmables de 300mA de reconexión automática y display con teclado (de 4 a 6 salidas), protecciones de circuito de maniobra, alumbrado interior con lámpara protegida Clase II y toma de corriente auxiliar. | Sí | |
Protección contra descargas atmosféricas y sobretensiones combinada clase I+II basada en tecnología de vía de chispas. Corriente de xxxxxx xx xxxx 50Ka y capacidad de apagado de la corriente consecutiva de 25KAms /100 Ams. | Sí | |
El cableado de potencia del centro de mando será de sección mínima de 6 mm². | Sí | |
Los bornes de conexión para las líneas de salida de los circuitos de alumbrado exterior serán de sección mínima 35 mm² con prensaestopas PG29 para protección de cada línea. | Sí | |
Los cuadros satisfacen la Directiva Comunitaria de Baja Tensión 93/98/CEE, Directiva Comunitaria de Compatibilidad Electromagnética 89/336/CEE. | Sí | |
Los cuadros satisfacen la Norma para conjuntos de aparamenta en baja tensión UNE-EN 60439-1, Xxxxx xx xxxxx de protección para envolventes UNE-EN 60529 (IP) y Xxxxx xx xxxxx de protección para envolventes UNEEN 50102 (IK). | Sí | |
Los cuadros tienen que cumplir el Reglamento para Baja Tensión Real Decreto 842/2002. | Sí | |
La producción de los cuadros estará asegurada según la Norma UNE-EN ISO 9001/2000 con Certificado AENOR ER- 0420/1996. | Sí |
ANEXO VI: CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS A CUMPLIR PARA EL SISTEMA DE TELEGESTIÓN
Característica | Obligatoria | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Software basado en una aplicación web con acceso por usuario y contraseña | Sí | |
La comunicación entre los centros de mando y el servidor central se deberá realizar a través de GPRS o red LAN (RJ-45) | Sí | |
Detección de fallos inmediata | Sí | |
Detección de vandalismo en la INSTALACIÓN eléctrica (robo de energía, interrupción de la alimentación) | Sí | |
Posibilidad de encendido/apagado del centro de mando a través de SMS desde móvil autorizado | Sí | |
Control de consumos: medición de los consumos energéticos y representación gráfica por hora, día, semana, mes y año | Sí | |
Exportación de los datos de consumo a Excel | Sí | |
La configuración de encendido/apagado de los centros de mando se puede configurar de forma remota para un centro de mando o todo el municipio de una vez, configurando cada Equipo con las mismas coordenadas | Sí | |
Se muestran las alarmas y detección de fallos, y el sistema es capaz de generar informes con ellos. | Sí | |
El sistema detecta e informa de fallo general de tensión en el centro de mando | Sí | |
El sistema puede detectar fallos en cada una de las fases de los circuitos de salida. | Sí | |
El sistema registra las horas de funcionamiento de la INSTALACIÓN | Sí | |
El sistema permite encender y apagar el alumbrado de forma remota | Sí | |
El sistema permite detectar corrientes de fuga y emitir una alarma si se rebasa el límite establecido, con detector adecuado | Sí | |
El sistema permite generar alarmas de puerta de centro de mando abierta | Sí | |
El sistema es inmune a los picos de tensión generados por la activación/desactivación de los contactores de maniobra, con protección adecuada | Sí |
Característica | Obligatoria | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
El sistema permite hacer lecturas en tiempo real de tensiones, corrientes, factor de potencia y consumos de cada fase independientemente. | Sí | |
El sistema permite comprobar el estado de la comunicación GPRS y medir su calidad (fuerza de la señal y número de antenas que pueden dar servicio), bien directamente o desde un smartphone | Sí | |
El sistema permite controlar en tiempo real las protecciones contra descargas atmosféricas del centro de mando bien sea el sistema de regulación con Equipos estabilizadores reductores en cabecera de línea o mediante el sistema de regulación punto a punto. | Sí | |
El sistema permite ir alojado en envolvente o armario con el grado de protección mínimo XX00 x XX00, exigido por el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, y en concreto su ITC-BT-09. | Sí |