Contract
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
569 Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueban las modificaciones en el modelo de contrato de financiación a comprador de bienes muebles, con letras de identificación F-CGL, y sus anexos, para ser utilizado por Compagnie Generale de Locatión et d’Equipement, SA.
Accediendo a lo solicitado por xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en representación de «Compagnie Generale de Location et d´Equipements, S.A., con domicilio social en 00 Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00000, Xxxxx xx Xxxxxxx, (Xxxxx Xxxxxxxxx), y con código de identificación fiscal ES X0000000X;
Teniendo en cuenta: Primero.
Que la mencionada entidad ha solicitado por escrito de 15 de octubre de 2020 se aprueben las modificaciones introducidas en el modelo de contrato de financiación a comprador de bienes muebles, con letras de identificación «F-CGL», y sus anexos, I «cuadro de amortización», y «anexo cancelación reserva de dominio y prohibiciones de disponer inscritas en el registro de bienes muebles, a instancia del titular o beneficiario de dichas situaciones jurídicas», aprobado por Resolución de 10 de noviembre de 2010 (BOE de 23 de noviembre de 2010), y modificado por Resoluciones de 30 xx xxxxx de 2012 (BOE de 4 xx xxxx de 2012), 00 xx xxxx xx 0000 (XXX xx 0 xx xxxxx de 2015), y 00 xx xxxx xx 0000 (XXX xx 0 xx xxxxx de 2016).
Segundo.
Que se ha emitido el preceptivo informe no vinculante por el Registrador de Bienes Muebles Central II.
Tercero.
Que el letrado adscrito a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha informado favorablemente la aprobación de las modificaciones introducidas en el modelo solicitado.
Esta Dirección General ha acordado: Primero.
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Aprobar las modificaciones introducidas en el modelo de contrato de financiación a comprador de bienes muebles, con letras de identificación «F-CGL», y sus anexos, I «cuadro de amortización», II «datos personales», y «anexo cancelación reserva de dominio y prohibición de disponer inscritas en el registro de bienes muebles, a instancia del titular o beneficiario de dichas situaciones jurídicas», aprobado por Resolución de 10 de noviembre de 2010 (BOE de 23 de noviembre de 2010), y modificado por Resoluciones de 30 xx xxxxx de 2012, (BOE de 4 xx xxxx de 2012), 00 xx xxxx xx 0000 (XXX xx 0 xx xxxxx de 2015), y 00 xx xxxx xx 0000,(XXX. xx 0 xx xxxxx de 2016), para ser utilizado por la entidad Compagnie Generale de Location et d´Equipements S.A.»
Segundo.
Disponer que se haga constar la fecha de esta Resolución y las de las anteriormente mencionadas.
Madrid, 17 de diciembre de 2020.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
Modelo “F-CGL” aprobado por Resolución R- 692/2020-11.2 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública Expediente N°_
CONTRATO DE FINANCIACIÓN A COMPRADOR DE BIENES MUEBLES SUSCRITO EL [*]
C.G.L., Compagnie Générale de Location et d’Equipements, S.A.., con domicilio social en 00 Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00000 Xxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx. Nº CIF ESN0013601J
DATOS IDENTIFICATIVOS FINANCIADORA
Denominación Social: Compagnie Générale de Location et d’Equipements, S.A. (C.G.L.), con domicilio social en Lille Métropole – Sede Social : 00 Xxxxxx xx Xxxxxxx 00000 Xxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxx, y con CIF español nº ES X0000000X, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Lille Métropole N° 303 236 186, entidad financiera debidamente autorizada por el Banco de España (en lo sucesivo la “Financiadora”), representada en este acto por
, con nº de identificación
, quien actúa en su calidad de en virtud de escritura otorgada ante Notario de D. con fecha inscrita en
DATOS PERSONALES/IDENTIFICATIVOS DEL COMPRADOR / PRESTATARIO
Sr. □ Sra. □ Sociedad □ Denominación Social o Nombre /Apellidos Domicilio Código Postal Ciudad Teléfono E-mail NIF/CIF
(En caso de persona física indicar los siguientes datos)
Estado civil Nombre y apellidos cónyuge NIF
Régimen económico matrimonial
Carácter de lo que se adquiere (indicar: privativo o ganancial) Cuota de adquisición del bien (indicar porcentajes)
(En caso de sociedad indicar los siguientes datos)
Fecha de constitución Inscrita en Representada en este acto por quien actúa en su calidad de en virtud de escritura otorgada ante Notario de D. con fecha
inscrita en
DATOS PERSONALES/IDENTIFICATIVOS DEL COMPRADOR / PRESTATARIO
Sr. □ Sra. □ Sociedad □ Denominación Social o Nombre /Apellidos Domicilio Código Postal Ciudad Teléfono E-mail NIF/CIF
(En caso de persona física indicar los siguientes datos)
Estado civil Nombre y apellidos cónyuge NIF
Régimen económico matrimonial
Carácter de lo que se adquiere (indicar: privativo o ganancial) Cuota de adquisición del bien (indicar porcentajes)
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
(En caso de sociedad indicar los siguientes datos)
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
🖎 🖎 🖎
* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
HOJA Nº - ……. – Reverso no utilizable
Modelo “F-CGL” aprobado por Resolución R- 692/2020-11.2 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Expediente N°_
Fecha de constitución Inscrita en Representada en este acto por quien actúa en su calidad de en virtud de escritura otorgada ante Notario de D. con fecha
C.G.L., Compagnie Générale de Location et d’Equipements, S.A.., con domicilio social en 00 Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00000 Xxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx. Nº CIF ESN0013601J
inscrita en
DATOS PERSONALES/IDENTIFICATIVOS DEL FIADOR (en su caso)
Sr. □ Sra. □ Sociedad □ Denominación Social o Nombre /Apellidos Domicilio Código Postal Ciudad Teléfono E-mail NIF/CIF
(En caso de persona física indicar los siguientes datos)
Estado civil Nombre y apellidos cónyuge NIF
Régimen económico matrimonial
(En caso de sociedad indicar los siguientes datos)
Fecha de constitución Inscrita en Representada en este acto por quien actúa en su calidad de en virtud de escritura otorgada ante Notario de D. con fecha
inscrita en
DATOS VENDEDOR (no interviene en este acto)
Sr. □ Sra. □ Sociedad □ Denominación Social o Nombre /Apellidos Domicilio Código Postal Ciudad Teléfono E-mail NIF/CIF
(En caso de sociedad indicar los siguientes datos)
Fecha de constitución Inscrita en
EMBARCACIÓN OBJETO DE FINANCIACIÓN
Embarcación de recreo*:
Nueva □ Ocasión □ Vela □ Motor □ Marca Modelo
Nº xx xxxxx Matrícula Nombre
Motor:
Marca Nº de serie motor(es)
* Se acompañará hoja de asiento de inscripción en el Registro de Buques y Empresas Navieras
CONDICIONES PARTICULARES
Precio de compraventa (valor al contado)
Desembolso inicial (en su caso)
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Capital inicial xxx xxxxxxxx
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
🖎 🖎 🖎
* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
HOJA Nº - ……. – Reverso no utilizable
Modelo “F-CGL” aprobado por Resolución R- 692/2020-11.2 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Expediente N°_
Relación de gastos y comisiones aplicables al contrato
FINANCIADOS: gastos de expediente
NO FINANCIADOS: gastos de formalización del contrato o inscripción de garantías, impuestos o gastos derivados de la adquisición de la embarcación.
Servicios accesorios relacionados con la celebración del contrato: CONDICIONANTES: Seguro a todo riesgo
NO CONDICIONANTES:
Importe total xxx xxxxxxxx (Capital + otros importes financiados)
Intereses por aplazamiento:
Tipo (fijo) deudor %anual
Intereses totales: Euros
TAE (Tasa Anual Equivalente) %
Interés de demora % anual (vid. Condición General 8 “XXXX EN EL PAGO”)
Coste total xxx xxxxxxxx para el prestatario
(incluye gastos, intereses, comisiones, impuestos, etc.)
Importe total adeudado por el prestatario Comisiones eventuales y futuras:
La lista de los costes de los servicios se detalla en el presente contrato (comisión por reembolso anticipado establecida en la Condición General 10 y comisión por gastos de formalización establecidos bajo el apartado Gastos e Impuestos del presente documento, así como la Condición General 14)).
Derecho de desistimiento
(Según art. 9 de la Ley 28/1998 de Venta a Plazos de Bienes Muebles y art. 28 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo; ver la Condición General 14ª del contrato).
Importe diario derecho de desistimiento:
Vd. deberá reembolsar el capital y el interés acumulado sobre dicho capital entre la fecha de disposición xxx xxxxxxxx y la fecha efectiva de reembolso del mismo, sin retraso y a más tardar, dentro de los 30 días naturales siguientes al envío de la notificación de desistimiento, de conformidad con el art. 28 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al consumo.
Gastos e Impuestos:
Los gastos derivados de la formalización de la operación y sus correspondientes importes son los siguientes: 0 €.
Asimismo, en virtud de lo dispuesto en las cláusulas 9 y 21 de las Condiciones Generales, el Prestatario deberá asumir:
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
🖎 🖎 🖎
* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
HOJA Nº - ……. – Reverso no utilizable
Modelo “F-CGL” aprobado por Resolución R- 692/2020-11.2 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Expediente N°_
(a) Cualquier tasa, gasto, impuesto o factura derivada de la posesión o mantenimiento de la embarcación hasta la fecha de la resolución del contrato, así como cualquier gasto de reparación o derivado de la entrega de la embarcación a la Financiadora.
C.G.L., Compagnie Générale de Location et d’Equipements, S.A.., con domicilio social en 00 Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00000 Xxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx. Nº CIF ESN0013601J
(b) Todo tipo de gastos, impuestos o gravámenes de cualquier clase que se originen como consecuencia de la ejecución y desarrollo de este contrato, especialmente los derivados de la inscripción del mismo en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles, así como la cancelación de la inscripción, o los honorarios o aranceles devengados por fedatarios públicos, serán de cargo del Prestatario.
Los gastos de inscripción de garantías o cualquier gasto derivado de la adquisición de la embarcación objeto de financiación no expresamente comprendido entre los conceptos financiados y recogido en el capital inicial xxx xxxxxxxx, será asumido por el Prestatario, salvo que legal o jurisprudencialmente se disponga lo contrario
Los impuestos y sus correspondientes importes a satisfacer en el marco de la operación son los siguientes: […]
Ejecución:
En caso de ejecución los conceptos e importe a satisfacer por el Prestatario a CGL corresponderán a lo dispuesto en la cláusula 9 de las Condiciones Generales.
Este préstamo se concede por una duración total de meses al tipo de interés fijo anual (tipo
deudor fijo) de un %.
La tasa anual equivalente será de un ...................% y el importe total xxx xxxxxxxx es de .................
EUR.
Vd. reembolsará el préstamo en ................cuotas de .............. EUR, ................cuotas de ..............
EUR, ................cuotas de .............. EUR, ................cuotas de .............. EUR, cuotas de
.............. EUR,................cuotas de EUR
es decir, un importe total adeudado de EUR
Periodicidad: □ mensual □ trimestral □ anual Fecha de vencimiento de la primera cuota: ..............
Este préstamo se concede para la adquisición de la embarcación referenciada, teniendo la misma un precio de venta al contado de EUR.
RECONOCIMIENTO DE DEUDA
El Prestatario reconoce adeudar a la Financiadora la cantidad total de....................................
.................................................................................EUROS (. €), que se pagarán en
...................plazos de …………. EUR,...................plazos de …………. EUR,...................plazos de
…………. EUR, ...................plazos de …………. EUR, ...................plazos de EUR,
...................plazos de EUR según resulta de los vencimientos que se detallan en el Cuadro
de Amortización que se acompaña como Anexo I al contrato.
INCUMPLIMIENTO En cualquier caso, la Financiadora podrá optar entre resolver de pleno derecho este contrato o exigir el cumplimiento total del mismo, de forma anticipada, en los supuestos y conforme a los términos previstos en la Condición General 9ª y 23ª del contrato.
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
SEGURO
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
🖎 🖎 🖎
* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
HOJA Nº - ……. – Reverso no utilizable
Modelo “F-CGL” aprobado por Resolución R- 692/2020-11.2 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Expediente N°_
El Prestatario se obliga a suscribir y mantener durante la vigencia de este contrato, o de sus prórrogas, un seguro a todo riesgo sobre el bien cuya adquisición se financia, que cubra los daños propios del mismo, incluyendo los supuestos de incendio y robo, sobre su valor real xx xxxxxxx, actualizado, desde la fecha de la firma del presente contrato, así como la responsabilidad civil frente a terceros.
En este sentido, el Prestatario se obliga a facilitar a la Financiadora un justificante o certificado de la póliza de seguro contratada, si ésta así lo solicita. El Prestatario se obliga a informar a la Financiadora en los 8 días siguientes desde la fecha en que ocurra el siniestro, de cualquier accidente que pueda sufrir la embarcación y de la cual pueda resultar en una depreciación de más del 30% del valor del bien financiado.
El Prestatario se obliga a designar como primer beneficiario de la indemnización del seguro a la Financiadora, obligándose el Prestatario a comunicarlo así al asegurador, conviniéndose que el asegurador no indemnizará, en cantidad alguna por el siniestro del bien, al prestatario, sin el consentimiento previo y por escrito de la Financiadora, la cual queda subrogada en el derecho al cobro de la indemnización que, en su caso, le pudiera corresponder al Prestatario, hasta la cantidad que quede pendiente xxx xxxxxxxx en el momento del siniestro.
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
A los efectos de lo dispuesto en la normativa española vigente de Protección de Datos de Carácter Personal , el Prestatario declara conocer y consiente expresamente:
□ Que los datos personales que constan en el presente contrato, sean incorporados a, y tratados en los ficheros automatizados existentes de la Financiadora, para las finalidades de ejecutar el presente contrato de financiación y cumplir las obligaciones que nacen de él, envío de comunicaciones comerciales, comercialización de productos financieros, de inversión o de otros propios de empresas participadas por la Financiadora.
□ Que dichos datos sean cedidos exclusivamente para las finalidades a las que se refiere el párrafo primero, a las siguientes entidades que forman parte del grupo Société Générale.
□ Que los datos sean conservados en los ficheros de la Financiadora, incluso una vez finalizada la relación contractual, exclusivamente para la remisión de información comercial, personalizada o no, sobre toda clase de servicios o productos bancarios y financieros.
Los titulares de los datos de carácter personal podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, revocación, oposición, portabilidad y limitación de tratamiento en los términos establecidos en la legislación vigente, en el domicilio social de la Financiadora, situado en 00 Xxxxxx xx Xxxxxxx 00000 Xxxxx-xx-Xxxxxxx, Xxxxxxx, pudiendo utilizar para ello cualquiera de los canales de comunicación de la Financiadora, a través de correo electrónico. Para ejercitar cualquiera de los antedichos derechos, deberá remitir un correo electrónico a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxx-xxx@xxxxxxxxxx.xx con su requerimiento y aportando una copia de su documento nacional de identidad.
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
🖎 🖎 🖎
* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
HOJA Nº - ……. – Reverso no utilizable
Modelo “F-CGL” aprobado por Resolución R- 692/2020-11.2 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Expediente N°_
C.G.L., Compagnie Générale de Location et d’Equipements, S.A.., con domicilio social en 00 Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00000 Xxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx. Nº CIF ESN0013601J
El tratamiento de los datos de carácter personal quedará regulado atendiendo a lo dispuesto en la condición general 20, así como en el ANEXO II del presente contrato.
En el supuesto de que la solicitud xx xxxxxxxx efectuada por el Prestatario pueda parecer inhabitual ya sea por el importe o por la complejidad de la solicitud, la Financiadora podrá solicitar información complementaria a la que se requirió inicialmente. El Prestatario declara conocer y consentir expresamente:
□ Que toda información facilitada pueda ser comunicada a Société Générale y/o a cualquiera de sus filiales especializadas con sede en Francia o en el extranjero.
□ En caso contrario, la Financiadora podrá rechazar la solicitud o llevar a cabo la operación de financiación.
OTROS PACTOS:
(Se podrán consignar aquellas clausulas válidas no incluidas en el modelo aprobado por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, previa calificación del Registrador.)
ACEPTACIÓN DEL CONTRATO
Las partes intervinientes manifiestan que reciben de la Financiadora un ejemplar del presente contrato, junto con las Condiciones Particulares y Generales que acompañan al mismo, que constituyen un único contrato, así como los Anexos que acompañan al presente, junto con las tarifas de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a clientes, todo lo cual declaran conocer por haber sido leído íntegramente y explicado detenidamente antes de su firma, estando de acuerdo con todos los términos.
El prestatario, declara:
Ser consumidor: □ SI □ NO
Haber recibido toda la información previa al contrato exigible conforme a la legislación aplicable así como la explicación personalizada de la misma, con la debida antelación y a su entera satisfacción □ SI □ NO
Aceptación de la oferta de financiación y perfección del contrato.
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
El Prestatario deberá comunicar a la Financiadora que acepta la oferta del crédito enviándole un ejemplar firmado del presente contrato. El Prestatario podrá desistir de su aceptación de tal oferta de
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
🖎 🖎 🖎
* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
HOJA Nº - ……. – Reverso no utilizable
Modelo “F-CGL” aprobado por Resolución R- 692/2020-11.2 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
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crédito a través del formulario de desistimiento que se adjunta al presente contrato, en los plazos y conforme a los términos previstos en la Condición General 14ª del contrato, relativa a la facultad de desistimiento del consumidor.
El presente contrato queda perfeccionado desde su firma por las Partes, y desplegará plenos efectos obligacionales para las mismas, desde el momento en que, transcurrido el plazo para que el Prestatario ejercite su derecho de desistimiento (si lo tuviera), éste no lo haya hecho.
En prueba de conformidad, firman las partes el presente contrato en ……. hojas numeradas correlativamente (incluidos Anexos) y en ejemplar/es, a un solo efecto.
En
En
En
En Fecha
En Fecha
En Fecha
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
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* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
HOJA Nº - ……. – Reverso no utilizable
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CONDICIONES GENERALES
1. PRESTATARIO. En caso de intervenir varios prestatarios, éstos se obligan con carácter solidario al cumplimiento de las obligaciones dimanantes del presente contrato.
2. FIADORES. Sin perjuicio de la responsabilidad personal e ilimitada del Prestatario, y sin perjuicio de cualquier otra garantía propia o de terceros que aquél pudiera aportar en el futuro, el/los fiador/es identificados en las Condiciones Particulares de este contrato afianzan solidariamente entre sí, y con igual carácter respecto al deudor/es principal/es, el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades de cualquier tipo y, en particular, las obligaciones de pago por principal, intereses, comisiones, penalidades, indemnizaciones, gastos, impuestos y cualquier otro concepto que pudiera derivarse para el Prestatario, como consecuencia de la formalización, cumplimiento y ejecución del presente contrato. Asimismo, se obligan al pago inmediato de forma solidaria entre si y con el deudor principal con renuncia expresa a los beneficios de excusión, división, orden, y a cualesquier otros que pudieran corresponderles con carácter general o particular, mientras no queden totalmente canceladas las obligaciones que se deriven del presente contrato. .
A efectos de lo dispuesto en el artículo 572 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, los fiadores solidarios señalan como domicilio para recibir notificaciones y requerimientos a que diere lugar el presente contrato el que como suyo han hecho constar en la comparecencia del mismo, y ello sin perjuicio de la aceptación expresa del fuero a que se someten las partes contratantes.
3. OBJETO. El presente contrato, de naturaleza mercantil, tiene por objeto la concesión por la Financiadora de un préstamo a favor del Prestatario para la adquisición de un barco de recreo a motor x xx xxxx, identificado en las condiciones particulares de este contrato.
4. DOMICILIO. Se establece a los efectos del presente contrato, que el lugar donde hayan de efectuarse las notificaciones, requerimientos y emplazamientos correspondientes, es el domicilio consignado para cada parte en las Condiciones Particulares de este contrato, quedando obligado/s a comunicarse recíproca y
fehacientemente cualquier cambio del mismo, comunicándolo asimismo al Registro de Bienes Muebles mediante escrito.
C.G.L., Compagnie Générale de Location d’Equipements, S.A.., con domicilio social en 00 Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00000 Xxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx. Nº CIF ESN0013601J
5. MONEDA. La moneda de referencia del presente contrato es el Euro. Toda suma de dinero mencionada en el presente contrato deberá ser expresada en Euros y todo pago realizado al amparo del presente contrato entre las partes deberá ser realizado en Euros.
6. INTERESES. El presente préstamo devengará, día a día, el tipo de interés pactado en las Condiciones Particulares. La fórmula para calcular los intereses es la siguiente:
I T = (INV x TIN) /(1 - (1 + TIN)^ -N ) x N - INV
Donde:
I T = Intereses totales.
TIN = Tipo periódico [tipo interés nominal / periodicidad (12 si mensual, 2 si semestral, 4 si trimestral, 1 si anual)].
N= duración total del contrato en meses. INV = Inversión inicial (capital financiado).
7. DOMICILIACIÓN. El Prestatario autoriza expresamente que el pago de los plazos y demás cantidades derivadas del presente contrato se realice a través de domiciliación bancaria. El Prestatario se compromete a firmar y enviar a la Financiadora la “ORDEN DE DOMICILIACIÓN DE ADEUDO SEPA”.
De conformidad con las normas de adeudo SEPA, el Prestatario recibirá una notificación junto con el Cuadro de Vencimientos correspondiente 14 días antes de que se produzca el primer cargo en su cuenta bancaria. Para cualquier modificación del Cuadro de Amortización o cobro de otros gastos o comisiones, el plazo para dicha notificación se reducirá a 7 días.
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
8. XXXX EN EL PAGO. Las cuotas xxx xxxxxxxx vencidas e impagadas a su vencimiento, así como las cantidades impagadas, incluyendo comisiones y gastos a cargo del Prestatario, devengarán a favor de la Financiadora un interés de demora a partir del vencimiento y hasta su completo reembolso, sin necesidad de intimación de la Financiadora. El tipo de interés
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
🖎 🖎 🖎
* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
HOJA Nº - ……. – Reverso no utilizable
Modelo “F-CGL” aprobado por Resolución R- 692/2020-11.2 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Expediente N°_
de demora será el resultado de añadir 2 puntos porcentuales al tipo de interés anual ordinario pactado contractualmente entre las partes, y que figura en las Condiciones Particulares del presente contrato, respetando los límites que legal o jurisprudencialmente estuvieren establecidos.
9. INCUMPLIMIENTO Y VENCIMIENTO ANTICIPADO. En caso de incumplimiento del contrato por parte del Prestatario y de conformidad con lo previsto en el artículo 1.124 del Código Civil, la Financiadora podrá optar entre resolver de pleno derecho este contrato o exigir su cumplimiento, pudiendo en ambos casos reclamar los daños y perjuicios correspondientes.
Sentado lo anterior, la facultad de resolución por parte de la Financiadora podrá ejercitarse en caso de incumplimiento grave y esencial del contrato por parte del Prestatario. Se entenderán en todo caso como causas justificadas de resolución los siguientes supuestos (sin limitación):
a/ Falta de pago a su vencimiento de cualesquiera cuotas periódicas, siempre que representen al menos tres (3) mensualidades, o de la última de ellas.
b/ Muerte o declaración de incapacidad del Prestatario y/o en su caso, de cualquier fiador dentro del marco del régimen de responsabilidad establecido en el derecho español común.
c/ Disolución y liquidación, en su caso, del Prestatario si este fuera persona jurídica.
d/ Siniestro total de la embarcación objeto de financiación.
e/ En cualquier momento durante la vigencia del contrato, si el Prestatario revocara, cancelara o no suscribiera la póliza de seguro a todo riesgo que cubre el bien financiado o designara otro beneficiario de la misma distinto de la Financiadora.
f/ En caso de enajenar, gravar, o de cualquier otro modo disponer del bien financiado sin autorización de la Financiadora.
g/ Cuando por caso fortuito o fuerza mayor el Prestatario no pueda cumplir con las
obligaciones esenciales que éste asume bajo el presente contrato.
h/ Si se comprobase falsedad, ocultación o inexactitud en los datos facilitados a la Financiadora por el Prestatario y que hayan servido de base para firmar este contrato.
i/ Cuando se incumpla cualquier otra obligación o condición esencial del presente contrato.
Tanto la resolución del presente contrato como la exigencia de su cumplimiento, se comunicarán al Prestatario mediante carta certificada con acuse de recibo, telegrama, télex, o de cualquier otra forma fehaciente, dirigida al domicilio indicado en el presente contrato o a aquel otro debidamente comunicado por escrito a la Financiadora.
En caso de incumplimiento grave y esencial del presente contrato por alguna de las causas antes previstas, la Financiadora tendrá derecho a optar por una cualquiera de las siguientes dos opciones:
A) Exigir el cumplimiento total y anticipado del contrato, esto es: (i) el pago de todas las cuotas devengadas y no satisfechas hasta el momento de resolución, los intereses de demora pactados contractualmente, así como cualquier otra cantidad debida por el Prestatario a la Financiadora o a terceros por razón de gastos, impuestos o suplidos, como consecuencia del presente contrato; y (ii) el pago de todas las cuotas no vencidas (comprensivas de capital e intereses) y que quedaran pendientes de pago hasta el cumplimiento íntegro del contrato, entendiéndose todo ello como vencido, y anticipándose en consecuencia la exigibilidad del pago de dichas cuotas correspondientes a los períodos no transcurridos, así como de los gastos y tributos a que estuviera obligado el Prestatario bajo el presente contrato.
B) Resolver el contrato de pleno derecho y recuperar la posesión de la embarcación objeto de este contrato en el plazo máximo de siete (7) días a partir de la correspondiente notificación, en cuyo caso, la Financiadora restituirá las prestaciones realizadas por el Prestatario, esto es, las cuotas xxx xxxxxxxx efectivamente satisfechas por el mismo desde el inicio del contrato, si bien tendrá derecho a deducir los siguientes conceptos:
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
🖎 🖎 🖎
* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
HOJA Nº - ……. – Reverso no utilizable
Modelo “F-CGL” aprobado por Resolución R- 692/2020-11.2 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Expediente N°_
a) El 10 por 100 del importe de las cuotas/plazos vencidos, en concepto de indemnización por la tenencia del bien por el Prestatario.
b) Una cantidad igual al desembolso inicial, por la depreciación comercial del bien financiado. Cuando esta cantidad no existiera o fuera superior a la quinta parte del precio de compraventa del bien, la deducción se reducirá a esta última cuantía.
c) La indemnización correspondiente por los deterioros sufridos por el bien.
Lo anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo (L 16/2011) así como en el artículo 10 de la Ley 28/1998, de
13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles.
Las partes son plenamente conscientes y están de acuerdo en la importancia que para la Financiadora tiene conocer en todo momento el estado general de la embarcación objeto de este contrato, especialmente a efectos de hacer efectivos sus legítimos intereses en caso de incumplimiento por parte del prestatario. Por dicho motivo, las partes acuerdan expresamente que, verificado un incumplimiento grave y esencial del contrato por parte del Prestatario, la Financiadora tendrá derecho –con carácter previo a escoger entre cualquiera de las dos opciones, A o B, previstas en los párrafos precedentes– a inspeccionar la embarcación objeto de financiación ya sea directamente o a través de un tercero, y a su propia xxxxx, todo ello a efectos de determinar el estado actual del bien y el nivel de desperfectos o deterioros. Por ello, el Prestatario se compromete expresa e irrevocablemente a poner la embarcación a disposición de la Financiadora para que pueda llevar a cabo la antedicha inspección, en el plazo máximo de quince (15) días naturales desde que sea requerido para ello por la Financiadora.
En caso de incumplimiento de la obligación prevista en el párrafo anterior, y dada la importancia de la misma para la efectiva satisfacción de los derechos de la Financiadora, vendrá obligado el Prestatario así como el/los Fiador/es al pago en favor de la Financiadora de una cantidad en concepto de penalidad consistente en el 5% del precio total de adquisición del bien financiado objeto del presente contrato. Lo anterior, sin perjuicio de
serle exigible al Prestatario el cumplimiento de la prestación pendiente.
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En todo caso, cualquier tasa, gasto, impuesto o factura derivada de la posesión o mantenimiento de la embarcación hasta la fecha de la resolución del contrato, así como cualquier gasto de reparación o derivado de la entrega de la embarcación a la Financiadora, serán a cargo del Prestatario.
Por otro lado, las partes establecen a los efectos del artículo 572 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que la cantidad exigible en caso de ejecución se determinará por la Financiadora, la cual expedirá certificado reflejando lo que se deduzca de sus libros y registros contables respecto de lo adeudado, de acuerdo con lo previsto en el presente contrato. Dicha cantidad será considerada como líquida, vencida y exigible siempre que dicho certificado se haya formalizado en documento fehaciente intervenido por Xxxxxxx, quien certificará que el cálculo de la cantidad es consistente con el procedimiento acordado entre las partes y que coincide con el que aparece en los correspondientes documentos contables.
En su virtud, bastará para el ejercicio de la acción ejecutiva la presentación del correspondiente título ejecutivo, expedido en la forma que resulte de la normativa notarial aplicable, y la aportación de la documentación prevenida en el número 1 del artículo 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En caso de incumplimiento conforme a lo previsto en esta Condición, la Financiadora se encuentra facultada para dirigir su acción, conjunta o separadamente contra el Prestatario y contra todos a algunos de el/los Fiador/ es, a los que previamente la Financiadora notificará debidamente el saldo deudor, en cumplimiento del artículo 572.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
A los efectos de garantizar la efectividad de lo previsto en los párrafos precedentes, el Prestatario así como el/los Fiador/es se comprometen a –en el plazo xxxxxx xx xxxx
(10) días naturales desde que fuesen requeridos en cualquier momento para ello por la Financiadora - formalizar el presente contrato por medio de póliza intervenida por Xxxxxxx y a aceptar la expedición de uno o varios testimonios ejecutivos de dicha póliza.
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* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
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Expediente N°_
En caso de incumplimiento de la obligación anterior, y dada la importancia de la misma para la efectiva satisfacción de los derechos de la Financiadora, vendrá obligado el Prestatario así como el/los Fiador/es al pago en favor de la Financiadora de una cantidad en concepto de penalidad consistente en el 3% del precio total de adquisición del bien financiado objeto del presente contrato. Lo anterior, sin perjuicio de serle exigible al Prestatario, así como el/los Fiador/es el cumplimiento de la prestación pendiente.
10. REEMBOLSO ANTICIPADO. El Prestatario podrá reembolsar en cualquier momento y anticipadamente el importe xxx xxxxxxxx pendiente de pago, de forma total o parcial, comunicándolo por escrito a la Financiadora.
En el caso de que el Prestatario ostente la condición de consumidor y sea de aplicación lo dispuesto en la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo (L 16/2011), tendrá derecho a una reducción del coste total del crédito que comprenda los intereses y costes, incluso si éstos hubieran sido ya pagados, correspondientes a la duración del contrato que quede por transcurrir. Dicho esto, en el caso de operaciones a tipo fijo, estará obligado el Prestatario a abonar una compensación del 1% del importe del capital reembolsado anticipadamente si el periodo restante entre el reembolso anticipado y la terminación acordada del contrato es superior a un año. En caso de que dicho período sea inferior a un año, la compensación será del 0,5% del importe xxx xxxxxxxx reembolsado anticipadamente.
En todo caso, ninguna compensación excederá del importe del interés que el consumidor habría pagado durante el período de tiempo comprendido entre el reembolso anticipado y la fecha pactada de finalización del contrato de crédito.
A efectos aclaratorios, por aplicación de lo dispuesto en el art. 4 de la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo (L 16/2011), lo anteriormente dispuesto no será de aplicación a los contratos xx xxxxxxxx de importe superior a 75.000 euros.
En caso de que no resulte de aplicación la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo (L 16/2011) respecto de este extremo, será de aplicación lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, de
Venta a Plazos de Bienes Muebles. En consecuencia, en estos casos, para que se admita el derecho al reembolso anticipado, los pagos parciales anticipados no podrán ser inferiores al 20% del capital financiado. Además, el Prestatario quedará obligado a abonar, por razón del pago anticipado, una comisión del 1,5% del capital reembolsado anticipadamente en los contratos con tipo de interés variable y del 3% en los contratos con tipo de interés fijo.
El pago anticipado deberá solicitarse con al menos cinco (5) días naturales de antelación respecto del pago al que se quiera aplicar.
11. CÁLCULO Y ELEMENTOS QUE COMPONEN LA T.A.E. Se entenderá por tasa anual equivalente el coste total del crédito, expresado en un porcentaje anual sobre la cuantía del crédito concedido. A efectos informativos se hace constar que dicha tasa (TAE) se obtiene aplicando la formula contenida en la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo. (Anexo I de dicha Ley).
En cuanto al cálculo de la TAE, la Tasa Anual Equivalente iguala sobre una base anual el valor actual de todos los compromisos existentes o futuros asumidos por el prestamista y por el prestatario.
La fórmula de la TAE se recoge además en el Anexo VII, de la Circular 5/2012, de 27 xx xxxxx, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos (BOE nº 161, de 6 de julio de 2012).
Para el cálculo de la TAE se tiene en cuenta todos los gastos, incluidos los intereses, las comisiones, los impuestos y cualquier otro tipo de gastos que el consumidor debe pagar en relación con el contrato de crédito y que sean conocidos por el prestamista, con excepción de los gastos de notaría. El coste de los servicios accesorios relacionados con el contrato de crédito, en particular las primas de seguro, se incluyen asimismo en este concepto si la obtención del crédito en las condiciones ofrecidas está condicionada a la celebración del contrato de servicios.
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Se exceptúan a efectos de cálculo, los gastos que el Prestatario tenga que pagar por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones con arreglo a este contrato y los gastos, distintos
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del precio de compra, que corran por cuenta del consumidor, tanto si la transacción se paga al contado como a crédito. El cálculo se efectúa bajo la hipótesis de que el contrato se mantendrá en vigor durante toda su duración y las partes cumplirán sus obligaciones en las condiciones y plazos acordados.
12. PROHIBICION DE ENAJENAR. El Prestatario no podrá enajenar, gravar o de cualquier otro modo disponer del bien financiado en tanto no se verifique el completo y puntual cumplimiento de todas sus obligaciones derivadas del presente contrato, salvo autorización expresa y por escrito de la Financiadora.
13. RESERVA DE DOMINIO. El dominio de la embarcación financiada pertenece y queda por ello reservado a favor de la Financiadora hasta el completo y puntual cumplimiento de todas las obligaciones del Prestatario derivadas del presente contrato, momento a partir del cual adquirirá de forma automática la plena propiedad sobre la embarcación.
La presente reserva de dominio se configura como una garantía contractual plena a favor de la Financiadora, expresamente reconocida por la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles así como por numerosa jurisprudencia (entre otras, STS de 00 xx xxxxx xx 0000 [xx de recurso 2279/1995]).
La reserva de dominio aquí acordada produce plenos efectos jurídicos inter partes, si bien, para que sea oponible frente a terceros, será necesaria su inscripción en el Registro de Bienes Muebles, tal y como se dispone en el artículo 15 del la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles. Dicha inscripción será encomendada al gabinete de abogados, consultora o gestoría designado/s por la Financiadora.
14. FACULTAD DE DESISTIMIENTO. En el supuesto de que el Prestatario tuviera la condición de consumidor y fuera de aplicación el régimen de la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo (L 16/2011), éste dispondrá de un plazo de catorce (14) días naturales para desistir del presente contrato, desde la fecha de suscripción del mismo, sin necesidad de indicar los motivos y sin indemnización ni compensación alguna.
Para ejercitar el derecho de desistimiento, el consumidor deberá comunicarlo a la Financiadora a través del Formulario de Desistimiento adjunto al presente contrato.
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En tal caso, el Prestatario deberá pagar a la Financiadora el capital y el interés acumulado sobre dicho capital entre la fecha de disposición xxx xxxxxxxx y la fecha efectiva de reembolso de capital, sin retraso alguno y a más tardar, dentro de los 30 días naturales siguientes al envío de la notificación de desistimiento.
Los intereses adeudados se calcularán sobre la base del tipo deudor que aparece señalado en el contrato.
La Financiadora no tendrá derecho a reclamar al consumidor ninguna otra compensación excepto, en su caso, la compensación de los gastos no reembolsables abonados por ésta a la Administración Pública.
Este derecho de desistimiento no implica en modo alguno el derecho a desistir del contrato de compraventa de la embarcación, que se regirá por su normativa específica.
A efectos aclaratorios, el derecho de desistimiento regulado por la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo (L 16/2011) no será de aplicación respecto de los contratos xx xxxxxxxx de importe superior a
75.000 euros.
Del mismo modo, y tratándose de consumidores, será de aplicación el derecho de desistimiento de 7 días hábiles previsto en el artículo 9 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles.
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En este caso, conforme a lo establecido en la letra d) del apartado 1 del art.9 de dicha ley, las partes convienen que en el supuesto de que el Prestatario ejercite la facultad de desistimiento deberá, dentro del plazo de los siete (7) días hábiles señalados en la Ley, reintegrar a la Financiadora el importe consignado en el contrato como importe nominal xxx xxxxxxxx mediante transferencia bancaria, cheque bancario o talón conformado nominativo a la Financiadora, que deberá ser entregado en sus oficinas. La Financiadora retendrá y hará suyas las cantidades percibidas del Prestatario en concepto de comisiones de formalización. El Prestatario soportara a su exclusivo cargo el importe de los gastos y suplidos abonados para
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la formalización e intervención de la operación, sin que tenga derecho a su reintegro.
15. CESION. La Financiadora se reserva el derecho de ceder libremente a cualquier tercero los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, así como la reserva de dominio constituida a su favor y cualquier otra garantía formalizada con ocasión del presente contrato, comunicando esta cesión al Prestatario. Todo ello, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 31 de la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo (L 16/2011).
16. SOMETIMIENTO. Las partes acuerdan someterse expresamente y con carácter prioritario al ámbito de aplicación de la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo (L 16/2011) y, con carácter supletorio, a la Ley 28/1998, del 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, y demás legislación civil y mercantil en vigor en cada momento.
17. TASACION DEL BIEN. El valor de tasación del bien financiado será el asignado a juicio de peritos, en función de sus años de utilización, contados desde la fecha indicada en el cuadro de amortización en el que se entregó el bien al Prestatario y hasta la fecha de tasación del bien.
18. EXTRACTO DE CUENTA. El prestatario tiene derecho a recibir gratuitamente un extracto de cuenta en forma de cuadro de amortización, previa solicitud y en cualquier momento a lo largo de toda la duración del presente contrato, singularmente en caso de amortización de capital.
19. AUTORIZACIÓN DE PAGO. El Prestatario autoriza expresa e irrevocablemente a la Financiadora para que, de ser necesario, ésta abone el importe xxx xxxxxxxx directamente al vendedor o proveedor del bien identificado en las Condiciones Particulares a cuenta del precio de compraventa, otorgando por tanto la más completa y eficaz carta de autorización.
20. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La Financiadora garantiza el pleno cumplimiento de la normativa vigente de Protección de Datos de Carácter Personal.
El cliente queda informado y presta su consentimiento a la incorporación de sus datos a los ficheros automatizados existentes de la Financiadora y al tratamiento automatizado de
los mismos, para las finalidades de envío de comunicaciones comerciales, comercialización de productos financieros, de inversión y de otros propios en los términos establecidos en el ANEXO II del presente contrato.
El tratamiento de datos de carácter personal es desarrollado en el ANEXO II del presente contrato.
21. GASTOS E IMPUESTOS. Todo tipo de gastos, impuestos o gravámenes de cualquier clase que se originen como consecuencia de la ejecución y desarrollo de este contrato, especialmente los derivados de la inscripción del mismo en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles, así como la cancelación de la inscripción, o los honorarios o aranceles devengados por fedatarios públicos, serán de cargo del Prestatario.
22. CONTRATOS VINCULADOS. Si resultara de aplicación la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo, y siempre y cuando el presente contrato tuviera la consideración de un “contrato de crédito vinculado” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la mencionada Ley, el consumidor, además de poder ejercitar los derechos que le correspondan frente al proveedor de los bienes adquiridos mediante un contrato de crédito vinculado, podrá ejercitar esos mismos derechos frente a la Financiadora, siempre y cuando concurran todos los siguientes requisitos:
- Que los bienes objeto del contrato no hayan sido entregados en todo o en parte, o no sean conformes con lo pactado en el contrato.
- Que el consumidor haya reclamado judicial o extrajudicialmente, por cualquier medio acreditado en derecho, contra el proveedor y no haya obtenido la satisfacción a la que tiene derecho.
Si el consumidor ha ejercitado su derecho de desistimiento respecto a un contrato de suministro de bienes o servicios financiado total o parcialmente mediante un contrato de crédito vinculado, dejará de estar obligado por éste último contrato sin penalización alguna para el consumidor.
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Todo lo anterior, regulado en el art. 29 de la mencionada Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo no será de aplicación a los contratos xx xxxxxxxx de importe superior a 75.000 euros, según lo dispuesto en el art. 4 de la misma Ley.
23. SANCIONES Y EMBARGOS. Ni el Prestatario ni, según el mejor conocimiento del Prestatario, sus directivos, administradores y empleados, ni ninguno de los subcontratistas o agentes del Prestatario designados con el fin de ejecutar el presente contrato (en adelante el "Prestatario" a los efectos de la presente cláusula) son Personas Sancionadas.
"Persona Sancionada" significa toda persona designada o destinataria de Sanciones, o que de alguna otra forma sea objeto de Sanciones (incluyendo, sin limitación, por: a) ser propiedad o estar bajo el control directo o indirecto de cualquier persona que sea un destinatario designado de Sanciones, o b) por estar ubicada u organizada con arreglo a las leyes de cualquier país que esté sujeto a Sanciones generales o nacionales). Por "Sanciones" se entiende cualesquiera sanciones económicas o financieras, embargos comerciales o medidas similares adoptadas, aplicadas o ejecutadas por cualquiera de las siguientes autoridades (o por cualquier agencia de cualquiera de las siguientes): a) las Naciones Unidas; y/o b) los Estados Unidos de América; y/o c) la Unión Europea o cualquier Estado miembro presente o futuro de la misma; y/o d) el Xxxxx Unido.
El Prestatario se compromete a no utilizar, directa o indirectamente, la embarcación financiada en virtud de los términos de este contrato, de ninguna manera que constituya una violación de las Sanciones por parte del Prestatario.
El Prestatario garantiza que (i) ninguna Persona Sancionada tendrá ningún interés legal o beneficioso en la embarcación financiada bajo los términos de este contrato, y (ii) el uso de la embarcación financiada bajo el presente contrato no resultará en una violación de las Sanciones.
La Financiadora podrá suspender y/o resolver el contrato en cualquier momento, con efecto
inmediato y sin compensación alguna, sin perjuicio de cualquier otra disposición del contrato o de las Condiciones Generales, si el Prestatario se convierte en una Persona Sancionada o incumple sus declaraciones y compromisos asumidos bajo la presente cláusula.
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En caso de resolución por parte de la Financiadora, se aplicarán los términos y condiciones de la cláusula “incumplimiento y vencimiento anticipado " aquí prevista.
24. ACUERDO ÚNICO, MODIFICACIONES E INEFICACIA PARCIAL. Las partes acuerdan expresamente que el contrato reemplaza todos los acuerdos verbales y/o escritos previos entre las partes en relación con el mismo objeto del contrato.
Ninguna modificación o renuncia de los derechos atribuidos por este contrato será válida si no se realiza por escrito y es firmada por las correspondientes partes.
En el caso de que cualquier cláusula o estipulación del contrato fuera nula o anulable, por cualquier resolución legal, administrativa o arbitral, ésta se tendrá por no puesta. En cuanto al contrato, éste seguirá siendo obligatorio para las pares en los mismos términos, siempre que pueda subsistir sin dichas cláusulas.
25. LEGISLACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. El presente contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes españolas. Las partes se someten, para cuantas cuestiones y controversias se susciten respecto de la interpretación, aplicación, cumplimiento y ejecución, así como para el ejercicio de cuantas acciones y reclamaciones pudieran corresponderles en el presente contrato a los Juzgados y Tribunales que correspondan de acuerdo con la legislación aplicable.
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Expediente N°_
En
En
En
En Fecha
En Fecha
En Fecha
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ANEXO I AL CONTRATO XX XXXXXXXX DE FINANCIACIÓN A COMPRADOR DE BIENES MUEBLES
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ANEXO I
CUADRO DE AMORTIZACIÓN
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CLIENTE: DIVISA: EUR
cve: BOE-A-2021-569
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N° VENCIMIENTO AMORTIZACION DEL CAPITAL INTERESES GASTOS IMPORTE PLAZO CAPITAL PENDIENTE
En
En
En
En Fecha
En Fecha
En Fecha
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* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
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ANEXO II DATOS PERSONALES
COMPRADOR / PRESTATARIO:
COMPRADOR / PRESTATARIO:
Financiación a Comprador de Bienes Muebles.
FIADOR:
de conformidad con la cláusula 20 del Contrato de
de conformidad con la cláusula 20 del Contrato de
Financiación a Comprador de Bienes Muebles.
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Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
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* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
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Expediente N°_
FIRMA DE LA FINANCIADORA
Suscrito por [▪] en representación de CGL en su calidad de [▪]
Fecha de la firma:
Lugar de la firma: Marcq-en-Baroeul, Francia
FIRMA DEL COMPRADOR / PRESTATARIO / FIADOR
Lugar de la firma: [▪]
Fecha de la firma: [▪]
Suscrito por [▪]
Lugar de la firma: [▪]
Fecha de la firma: [▪]
Suscrito por [▪]
TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
La Financiadora lleva a cabo, en calidad de responsable del tratamiento de datos, el tratamiento de datos personales a los fines descritos en el párrafo "Propósito del tratamiento de datos" aquí previsto (en adelante, los “Propósitos”). La Financiadora ha designado un Oficial de Protección de Datos Personales (el “DPO”). Bajo datos personales se entiende cualquier información que se pueda utilizar para identificar directa o indirectamente a una persona física (apellido, nombre, dirección postal o electrónica, número de teléfono, número de cliente, etc.). El tratamiento de datos personales aplicado por la Financiadora tiene por objeto, en particular, recopilar, registrar, estructurar y utilizar datos personales (en lo sucesivo, los "datos") relativos a Ud. Para los Propósitos, la Financiadora procesa datos relativos a su identidad, su posición personal, profesional, económica, financiera y bancaria, así como, cuando sea necesario, a los miembros de su familia.
Los datos son obligatorios y son requeridos para que la Financiadora pueda decidir si firma el Contrato con Ud. La Financiadora no puede aceptar la solicitud del Contrato si no se proporciona dicha información. Cualquier declaración falsa o ilegal puede estar sujeta a un procesamiento específico para prevenir y gestionar irregularidades.
¿Cómo se recopilan los datos?
Los datos procesados por la Financiadora se recopilan a través de diferentes procedimientos:
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Expediente N°_
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* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
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Expediente N°_
- ya sea directamente de Ud. por medio de formularios o por personas (un intermediario, personal de la Financiadora, etc.) que trabajan en la implementación o la gestión del Contrato (cambio de domicilio o datos bancarios, etc.); o
- de terceros: (i) durante la celebración del Contrato o su gestión, la Financiadora consulta, con el fin de gestionar el riesgo de impagos, la Base de Datos Nacional xx Xxxxxxx sobre Incidentes de Reembolso de Crédito Doméstico (Fichier National des Incidents de Remboursement des Crédits aux Particuliers-FICP) y la Base de Datos Nacional xx Xxxxxxx sobre Cheques (Fichier Central des Chèques-FCC) y recoge los datos sobre las personas en cuestión, y (ii) la Financiadora investiga y recopila de terceras organizaciones (bases de datos privadas, etc.) datos con respecto a las personas en cuestión con el fin de llevar a cabo controles en el contexto de sus obligaciones para prevenir el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo, y la aplicación de sanciones financieras.
Propósitos y base legal para el tratamiento de datos
Los datos y aquellos que ya puedan estar en poder de la Financiadora y la información recopilada en una fecha posterior se procesan para los Propósitos descritos en la siguiente tabla. El tratamiento se lleva a cabo sobre bases legales definidas en la misma tabla.
Las bases legales consisten en: (i) el cumplimiento por parte de la Financiadora de una obligación legal, regulatoria o administrativa (la ley obliga la Financiadora a procesar los datos) o (ii) la realización de las medidas precontractuales requeridas para concluir el Contrato (las medidas precontractuales y el tratamiento de datos asociado son requeridos por la Financiadora para tomar su decisión de aceptar el Contrato con las personas en cuestión o de otra manera) o (iii) la ejecución del Contrato (sería imposible para la Financiadora realizar el Contrato sin procesar los datos) o (iv) la Financiadora persigue sus intereses legítimos (los datos se procesan en particular para satisfacer los intereses comerciales y económicos de la Financiadora sujeto a los derechos y los intereses fundamentales de las personas en cuestión) o ( v) el consentimiento otorgado la Financiadora por las personas en cuestión para el tratamiento de sus datos para uno o más propósitos específicos que requieren dicho consentimiento.
Propósitos | Base legal |
• Identificación de las personas en cuestión: recopilación y verificación de la | Las obligaciones legales, regulatorias o administrativas de la Financiadora |
prueba de identidad y prueba de domicilio y actividad | |
• Prevenir y manejar situaciones de sobreendeudamiento | |
• Gestionar los incidentes de pago definidos y declarar estos incidentes al FICP | |
• Comunicación de la Financiadora a las empresas autorizadas del Grupo Société | |
Générale y a las autoridades de inspección, supervisión, administrativas, | |
fiscales o legales autorizadas, en particular a los fines de la gestión del riesgo | |
operacional, informes de supervisión y auditoría financiera, y para prevenir el | |
blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y para la aplicación de | |
sanciones financieras o para cumplir con requisiciones legales | |
• Estudiar solicitudes de financiación, evaluación, selección y gestión de riesgos | Realización de |
de crédito y riesgos de quiebra, preparación de modelos estadísticos, decisión | las medidas |
de otorgar o negarse a otorgar financiación | precontractuales requeridas para |
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concluir el Contrato | |
• Preparar y gestionar las garantías reales o personales requeridas por la Financiadora durante la celebración del Contrato • Emitir y conservar los certificados electrónicos con respecto a las firmas electrónicas en el caso de cualquier uso de este procedimiento de firma • Operaciones de gestión (contrato, reclamaciones, etc.), relaciones con clientes, gestión y prevención de incidentes de pago y recuperación. • Actualización de los datos que ya posea la Financiadora después de su actualización por las personas en cuestión | Ejecución del Contrato |
• Operaciones para prevenir y gestionar irregularidades | |
• Procesamiento de la gestión de documentos electrónicos: procesamiento que | |
consiste en digitalizar los documentos relacionados con el Contrato para facilitar | |
su consulta por parte del personal responsable de la gestión del Contrato. | |
• Operaciones de marketing, incluidas por medios electrónicos (correo | |
electrónico, SMS y MMS), llevadas a cabo por la Financiadora para las personas | |
en cuestión, que sean signatarios del Contrato (a menos que se opongan | Permitir a la |
mediante el envío de un correo electrónico a la dirección indicada en la cláusula | Financiadora |
20 del Contrato) con el fin de ofrecerles productos y servicios similares a los | que persiga sus |
cubiertos por el Contrato | intereses |
• Realización por la Financiadora de consultas y encuestas a las personas en | legítimos |
cuestión para recabar sus opiniones y comentarios sobre los productos y | |
servicios de la Financiadora, organización y gestión de concursos y sorteos, y | |
la asignación, alquiler o intercambio de archivos de clientes. | |
• Escuchar y grabar llamadas telefónicas con el personal de la Financiadora: | |
estas grabaciones y llamadas supervisadas permiten a la Financiadora mejorar | |
su enfoque de calidad con sus clientes y capacitar y evaluar a su personal. | |
• Comunicación conforme a las disposiciones de la cláusula 20 del Contrato: - a las entidades del Grupo Société Générale y los otros socios bancarios de la Financiadora sujetas a la confidencialidad de datos profesionales requeridos para realizar los Propósitos enumerados en el artículo antes mencionado - a los socios comerciales de la Financiadora en relación con los datos para supervisar las relaciones comerciales y el marketing, incluso por medios electrónicos (correo electrónico, SMS y MMS), sujeto al acuerdo de las personas en cuestión, que sean signatarios del Contrato, en el presente documento. | Consentimiento otorgado por las personas en cuestión |
¿Quiénes son los destinatarios de los datos?
Los datos están destinados para la Financiera y sus departamentos y personal hasta los límites de sus funciones y los límites necesarios para realizar los Propósitos descritos en el párrafo anterior.
En el contexto del cumplimiento de sus obligaciones legales, regulatorias o administrativas, la Financiera puede comunicar los datos a las empresas autorizadas del Grupo Société Générale y a las autoridades de inspección, supervisión, administrativas, fiscales o legales autorizadas, en particular a los efectos de gestión
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Expediente N°_
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
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* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
HOJA Nº - ……. – Reverso no utilizable
Modelo “F-CGL” aprobado por Resolución R- 692/2020-11.2 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Expediente N°_
del riesgo operacional, informes de supervisión y auditoría financiera, y para prevenir el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo y para la aplicación de sanciones financieras o para cumplir con requisiciones legales. Los datos de las personas en cuestión se incluirán, en caso de incidencias de pago definidas, en la Base de Datos Nacional xx Xxxxxxx sobre Incidentes de Reembolso de Crédito Doméstico (FICP) gestionada por la Banca xx Xxxxxxx de conformidad con las disposiciones de la cláusula "Ejecución del contrato".
La Financiera puede comunicar los datos a sus subcontratistas y agentes hasta los límites requeridos para el cumplimiento de los Propósitos. En este contexto, los datos pueden transferirse a subcontratistas ubicados en países que no son miembros del Espacio Económico Europeo. En tal caso, para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos, un marco contractual específico y exigente determinará las condiciones del trabajo realizado por dichos subcontratistas. Este marco contractual se basa en una decisión de adecuación de la Comisión Europea o en las cláusulas contractuales estándar de las plantillas adoptadas por la Comisión Europea (la información sobre las decisiones de adecuación y las cláusulas contractuales estándar están disponibles (en francés) en la página web de la CNIL: xxx.xxxx.xx - "Mes démarches" y luego "Transférer des données hors de l'UE") y (en castellano) en la página web de la AEPD: xxxxx://xxx.xxxx.xx/xx/xxxxxxxx-x-xxxxxxx/xxxxxx-xxx-xxxxxxx/xxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx- internacionales.
De conformidad con las disposiciones de la cláusula "Confidencialidad bancaria" del Contrato, la Financiera podrá comunicar los datos a entidades del Grupo Société Générale y otros socios bancarios sujetos a confidencialidad profesional.
Sujeto al consentimiento otorgado por las personas en cuestión, que son signatarios del Contrato, marcando las casillas correspondientes en los Términos y Condiciones Especiales del Contrato, sus datos se enviarán a los socios comerciales de la Financiera para fines de marketing, incluso mediante medios electrónicos (correo electrónico, SMS y MMS).
Duración del almacenamiento de sus datos
En el caso de que se otorgue la financiación, los datos se conservarán durante la vigencia de la relación contractual más cualquier período legal. Si no se concede la financiación, los datos se conservarán durante 14 meses.
Cualquier grabación de conversaciones telefónicas con el personal de la Financiadora se mantendrá durante no más de 6 meses.
Sus derechos
En el caso de que la Financiera rechace la financiación, las personas en cuestión, que sean signatarias del Contrato, pueden solicitar una reunión para hacer sus comentarios. Para hacerlo, deben enviar su solicitud a la siguiente dirección indicada más adelante.
Cualquiera de las antedichas personas signatarias del Contrato tiene los siguientes derechos:
- un derecho de acceso, que les permita obtener la comunicación de los datos que les conciernen procesados por Prestamista o Financiador;
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Expediente N°_
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
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* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
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- un derecho a la rectificación, que les permita solicitar la corrección y actualización de los datos que les conciernen;
- un derecho a la cancelación, que les permita solicitar la cancelación de datos si (i) los datos ya no son necesarios para los Propósitos o (ii) la persona en cuestión ha retirado el consentimiento en el que se basa el procesamiento o (iii) la persona en cuestión se opuso al tratamiento por razones relacionadas con una situación específica y no existe un motivo imperativo y legítimo para el procesamiento o (iv) la persona en cuestión objetó el procesamiento de los datos relacionados con ellos con fines comerciales o (v) los datos han estado sujetos a procesamiento ilícito o (vi) los datos deben ser eliminados para cumplir con una obligación legal que está prevista por la legislación de la Unión Europea o la legislación francesa;
- un derecho de limitación, que les permita obtener del Prestamista o Financiador una suspensión del procesamiento de los datos relativos a ellos si (i) la exactitud de los datos es cuestionada por la persona en cuestión, durante un período que permita a la Financiera verificar la exactitud de los datos o (ii) el procesamiento es ilícito y la persona en cuestión se opone a la eliminación de los datos y en su lugar requiere una restricción sobre el uso de los mismos o (iii) la Financiera ya no necesita los datos para el procesamiento pero la persona en cuestión sigue requiriendo los datos para el reconocimiento legal, el ejercicio o la defensa de los derechos o (iv) la persona en cuestión objetó el procesamiento por razones relacionadas con una situación específica, durante la verificación con respecto a la pregunta de si las razones legítimas perseguidas por la Financiera prevalecen sobre las de la persona en cuestión;
- un derecho de portabilidad, que les permita recibir los datos relativos a ellos en un formato estructurado o solicitar que los datos se transfieran directamente a responsable del tratamiento. Este derecho se limita a los datos proporcionados por la persona en cuestión, que la Financiera procesa de manera automática (por lo tanto, se excluyen los archivos en papel) en el contexto de la ejecución del Contrato o cuando el procesamiento depende de su consentimiento. Cualquier información creada por la Financiera, como un número de perfil de cliente, contrato o cliente y cualquier procesamiento implementado por la Financiera para cumplir con sus obligaciones regulatorias y por su interés legítimo (por ejemplo, marketing) están excluidos de este derecho de portabilidad;
- un derecho de oposición que les permita, por razones relacionadas con una situación específica, oponerse al tratamiento de sus datos. También pueden oponerse, sin coste alguno, al uso de los datos para fines de marketing, incluso por medios electrónicos.
Estos derechos pueden ser ejercidos por correo tradicional o correo electrónico de acuerdo con el procedimiento indicado en la Condición General 20 del Contrato.
En virtud de las disposiciones del artículo 40-1 de la xxx xxxxxxxx 78.17 de 6 de enero de 1978 sobre computación, archivos y libertades [el equivalente francés de la Ley de Protección de Datos], las personas en cuestión tienen derecho a definir directivas relacionadas con el archivo, la eliminación y comunicación de datos después de su fallecimiento.
El derecho de acceso al procesamiento de datos implementado para la prevención del blanqueo de dinero y la lucha contra la financiación del terrorismo debe ser ejercitado con la Comisión Nacional de Protección de Datos francesa (Commission Nationale de l'Informatique et des Libertés—CNIL) o con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
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Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
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* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
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Las personas en cuestión también pueden retirar su consentimiento si el procesamiento de los datos depende únicamente de dicho consentimiento, entendiéndose que este desistimiento puede imposibilitar que la Financiera proporcione el producto o servicio requerido o suscrito.
Para conocer mejor sus derechos, las personas en cuestión también pueden consultar el sitio web de la CNIL en la siguiente dirección: xxxx://xxx.xxxx.xx o en el sitio web de la AEPD en la siguiente dirección: xxxxx://xxx.xxxx.xx. También tienen derecho a presentar una queja ante la CNIL y/o la AEPD.
CONFIDENCIALIDAD PROFESIONAL
De conformidad con el artículo L. 511-33 del Código Monetario y Financiero francés (Code Monétaire et Financier), la Financiera está sujeta a confidencialidad profesional.
Sin embargo, esta confidencialidad se levanta en virtud de las disposiciones legales para cumplir con las obligaciones legales regulatorias o administrativas de la Financiera. Los datos personales y financieros relativos a las personas en cuestión mencionados en la cláusula de "Reglamento General de Protección de Datos" también podrán ser comunicados por la Financiera a las autoridades legales, administrativas, fiscales o de auditoría y supervisión autorizadas y a las empresas autorizadas de Société Générale Group, en particular a los fines de la gestión del riesgo operacional, informes de supervisión y auditoría financiera, y para prevenir el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo, y para la aplicación de sanciones financieras o para cumplir con requisiciones legales.
En virtud del artículo L. 511-33 del Código Monetario y Financiero francés, la Financiera podrá compartir datos sobre las personas en cuestión con, en particular, corredores y aseguradores que sean socios de la Financiera a los fines de la suscripción a, y el cumplimiento y la administración de cualquier póliza de seguro que se pueda contratar, así como cualquier reclamación, sus subcontratistas, mediadores y funcionarios del tribunal, funcionarios judiciales, representantes y proveedores de servicios que trabajen en operaciones de recuperación.
Usted también autoriza expresamente al Prestamista o Financiador para que comunique a las entidades del Grupo Société Générale y sus socios bancarios sujetos a confidencialidad profesional, sus datos personales y financieros cubiertos por confidencialidad profesional y los datos sobre la identidad de las personas en cuestión, la solicitud de financiación, su estudio, su otorgamiento y su gestión, la evaluación y prevención de riesgos de crédito y la prevención de impagos, dentro de los límites requeridos para los siguientes propósitos: actualizar cualquiera de los datos de las personas en cuestión en su poder, gestionar las relaciones con los clientes, estudiar las solicitudes de financiación, la evaluación, selección y gestión de sus riesgos crediticios y riesgos de quiebra, preparar modelos estadísticos, gestionar su financiación y evitar impagos, realizar consultas, encuestas y operaciones de marketing, incluso por medios electrónicos, si las personas en cuestión han dado su consentimiento. Se puede comunicar a las personas en cuestión una lista de las entidades del Grupo Société Générale y sus socios bancarios antes mencionados mediante el envío de una simple solicitud a la Financiera Tiene la opción de retirar su consentimiento para compartir datos personales en cualquier momento.
Finalmente, sujeto a su acuerdo expreso marcando la casilla a este efecto incluida en los Términos y Condiciones Especiales de este contrato, usted autoriza expresamente a la Financiera a comunicar sus datos personales y financieros cubiertos por confidencialidad profesional a sus socios en los límites
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
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Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
🖎 🖎 🖎
* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
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requeridos para los siguientes propósitos: monitorear las relaciones comerciales y el marketing, incluso por medios electrónicos, si las personas en cuestión han dado su consentimiento. Tiene la opción de retirar su consentimiento para compartir datos personales en cualquier momento.
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Expediente N°_
Firma de Prestatario/s* Firma de Fiador/es* Firma de entidad financiera CGL
🖎 🖎 🖎
* Para las sociedades, añadir sello de la empresa, firma y antefirma.
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C.G.L., Compagnie Générale de Location et d’Equipements, S.A.., con domicilio social en 00 Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00000 Xxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx. Nº CIF ESN0013601J
ANEXO DE CANCELACIÓN DE RESERVA DE DOMINIO Y PROHIBICIÓN DE DISPONER INSCRITAS EN EL REGISTRO DE BIENES MUEBLES, A INSTANCIA DEL TITULAR O BENEFICIARIO DE DICHAS SITUACIONES JURÍDICAS
A) Titular o beneficiario de la situación jurídica, solicitante de la cancelación
Razón social
………………………………………………………………………………………………………………………………………
Domicilio social
………………………………………………………………………………………………………………………………………
Código de identificación fiscal
………………………………………………………………………………………………………………………………………
Representante suscriptor de la solicitud
………………………………………………………………………………………………………………………………………
Datos de representación / poderes
………………………………………………………………………………………………………………………………………
B) Identificación del bien
Embarcación de recreo:
Nueva □ Ocasión □ Vela □ Motor □ Marca Modelo
Nº xx xxxxx Matrícula
Nombre
Motor:
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Marca
Nº de serie motor(es)
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Expediente N°_
C.G.L., Compagnie Générale de Location et d’Equipements, S.A.., con domicilio social en 00 Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00000 Xxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx. Nº CIF ESN0013601J
C) Situación jurídica afectante al bien, cuya cancelación se solicita : (márquese la opción que proceda)
□ Reserva de dominio
□ Prohibición de disponer
D) Identificación del contrato inscrito que dio lugar a la situación jurídica cuya cancelación se pretende:
Entidad titular suscriptora del contrato inscrito
Nº de impreso:
Fecha y datos de la inscripción:
(En caso de no disponer de nº de impreso y/o de la fecha o datos de la inscripción rellenar los campos siguientes):
Nombre del comprador o prestatario:
NIF/CIF del comprador o prestatario:
E) Causa de cancelación (márquese la opción que proceda) :
□ Condonación de la deuda
□ Pago ordinario del crédito
□ Pago anticipado del crédito
En caso de pago anticipado del comprador a plazos, importe de la comisión
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma de la entidad solicitante reconocida por la entidad de crédito
En ……………………………. a ……………………… de ……………….. de …………………..
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FORMULARIO DE DESISTIMIENTO CONTRATO XX XXXXXXXX
C.G.L., Compagnie Générale de Location et d’Equipements, S.A.., con domicilio social en 00 Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00000 Xxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx. Nº CIF ESN0013601J
El presente formulario de desistimiento debe ser enviado a la Financiadora dentro de los plazos y condiciones determinadas por la ley e indicadas en la Condición General 14ª “FACULTAD DE DESISTIMIENTO” del presente contrato.
A la atención de : CGL, Compagnie Générale de Location d'Equipements, Service Clients ‐ 0 Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx – 44200 Nantes – FRANCIA
Por la presente le comunico/comunicamos (*)
que desisto de mi/desistimos del contrato xx xxxxxxxx (*) Suscrito el día (*)
Nombre del Prestatario Dirección
Firma del Prestatario
En
cve: BOE-A-2021-569
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
En Fecha
xxxxx://xxx.xxx.xx BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X