TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN DEL GESTOR SOCIAL
TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN DEL GESTOR SOCIAL
1. DENOMINACION:
CONTRATACION DEL SERVICIO DE UN (01) GESTOR SOCIAL
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
Establecer las condiciones y características para la prestación del servicio como Gestor Social, para la ejecución de las actividades que se describen en los Términos de Referencia; siendo responsable de las acciones sociales y el fortalecimiento de capacidades de los actores clave durante la etapa de ejecución de las obras garantizando una adecuada gestión y sostenibilidad de las intervenciones.
3. SIGLAS O ACRÓNIMOS:
NE : Núcleo ejecutor
UEFSA : UNIDAD EJECUTORA 036 - 001634 "FONDO SIERRA AZUL"
RNE : Representantes del Núcleo Ejecutor.
4. PERFIL DEL GESTOR SOCIAL:
Los requisitos mínimos son los siguientes:
a) Técnico x Xxxxxxxxx en las Carreras de Sociología o Antropología o Ciencias de la Comunicación o Ciencias de la Salud o Psicología o Educación o Ingeniería o Trabajo Social.
b) Experiencia laboral general mínima de dos (02) años en el sector público y/o privado.
c) Experiencia específica de un (1) año en el sector público y/o privado en actividades de gestión social y/o relaciones comunitarias y/o capacitador social y/o educación social y/o temas sociales en general.
d) Declaración Jurada de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
e) No estar dentro del Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM.
f) Capacitación acreditada (Cursos de capacitación Y/O Cursos de Especialización y/o Diplomados) en: Gestión de Inversiones Públicas (Xxxxxxxx.Xx) y/o Gestión Pública y/o Contrataciones del Estado y/o conflictos sociales y/o liderazgo y/o promoción social y/o gestión social y/o fortalecimiento de capacidades y/o facilitación y/o desarrollo rural y/o consulta previa y/o manejo e intervención de proyectos sociales y/o interculturalidad y/o estrategias y metodologías en manejos de grupos.
g) Deseable, que resida en el ámbito de la Región a Postular. Los trabajos se realizarán en zonas alto andinas por encima de los 3,500 m.s.n.m.
La experiencia será contabilizada a partir de la obtención del xxxxx xx xxxxxxxxx y/o Titulo Técnico según corresponda, la misma debe ser acreditada mediante los siguientes documentos: a) Constancias, b) Certificados c) contratos y su
conformidad; d) Orden de servicio y su conformidad; y/o cualquier otro documento que demuestre fehacientemente la ejecución del servicio.
Los cursos de capacitación, especialización y/o diplomados de 40 horas lectivas como mínimo, caso contrario no será posible la evaluación.
5. ALCANCES DEL SERVICIO:
El servicio comprende la ejecución de las siguientes actividades:
a) Revisar y cumplir según corresponda, con la normativa vigente establecida en la ley N°31015 que autoriza la ejecución de intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural mediante núcleos ejecutores.
b) Es responsable de las acciones sociales y el fortalecimiento de capacidades de los actores clave durante la etapa de ejecución de la Inversión.
c) Promover y gestionar la ratificación de los representantes del Núcleo Ejecutor y capacitar a sus representantes en gestión y administración de los recursos del proyecto.
d) Capacitar a las familias beneficiarias en conocimientos y buenas prácticas para el uso del recurso hídrico con fines agropecuarios que garanticen la sostenibilidad del recurso y contribuyan a mejorar la calidad de vida de las familias.
e) Coordinar la realización de Asambleas, Charlas, Talleres y/o Reuniones de sensibilización con las autoridades locales y beneficiarios que conlleven a la adecuada gestión y a la sostenibilidad durante la etapa de ejecución de la Inversión.
f) Verificar y ratificar las licencias sociales, libre disponibilidad de terreno, libre disponibilidad de canteras y libre tránsito hacia las obras.
g) Articular, gestionar y coordinar con las Autoridades Locales, Representantes del Núcleo Ejecutor, Beneficiarios, Residente de Obra, Supervisor de Obra y demás personal técnico y administrativo, a fin de garantizar la sostenibilidad de la Inversión.
h) Participación en situaciones donde se evidencien conflictos sociales, gestionando soluciones bajo el enfoque de interculturalidad, de género, social, o las que considere pertinentes, a fin de evitar la inviabilidad.
i) Efectuar la asistencia social en la organización de asambleas y/o reuniones con las autoridades locales y beneficiarios de los proyectos asignados para la ejecución de siembra y cosecha de agua.
6. ENTREGABLES:
El proveedor deberá presentar tres (03) entregables, bajo el siguiente detalle:
• PRIMER ENTREGABLE: El proveedor deberá presentar un (01) informe detallado de las actividades realizadas de acuerdo al numeral 5, del presente Término de Referencia, hasta los 30 días calendario contabilizados a partir del día siguiente de la suscripción del Contrato.
• SEGUNDO ENTREGABLE: El proveedor deberá presentar un (01) informe detallado de las actividades realizadas de acuerdo al numeral 5, del presente
Término de Referencia, hasta los 60 días calendario contabilizados a partir del día siguiente de la suscripción del Contrato.
• TERCER ENTREGABLE: El proveedor deberá presentar un (01) informe detallado de las actividades realizadas de acuerdo al numeral 5, del presente Término de Referencia, hasta los 90 días calendario contabilizados a partir del día siguiente de la suscripción del Contrato
7. CONDICIONES DEL SERVICIO:
• Permanecer en el ámbito geográfico de ejecución de la intervención asignada.
• No podrá transferir total o parcialmente sus obligaciones previstas en el contrato de locación de servicios que haya suscrito con el Núcleo Ejecutor.
8. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
Las actividades se realizan en el ámbito geográfico del Territorio Hídrico Productivo donde se ejecutará de la intervención asignada.
9. PLAZO DEL SERVICIO:
El plazo de Ejecución del servicio tiene una duración de hasta noventa (90) días calendario, contabilizados desde el día siguiente de la suscripción del contrato.
10. CONFORMIDAD DEL SERVICIO:
La conformidad del servicio estará a cargo del NE y del Coordinador Regional.
En la conformidad deberá precisarse, además del cumplimiento del entregable, las penalidades que correspondan por retraso en los plazos establecidos en los Términos de Referencia u Otras penalidades para la ejecución de los descuentos de corresponder.
11. FORMA DE PAGO:
El pago de los honorarios del Gestor Social se efectuará en tres (03) armadas de igual valor cada una, previa presentación del Recibo por Honorarios y la conformidad de los RNE y del Coordinador Regional.
12. AMPLIACIÓN DE PLAZO:
Las partes acuerdan que, en caso de declaratoria de emergencia sanitaria o ambiental, desastres, casos fortuitos o fuerza mayor que impidieran la prestación del servicio, de mutuo acuerdo suspenderán o procederán a su resolución, sin generar responsabilidad civil, penal o administrativa, renunciando a iniciar cualquier reclamo.
En relación a la tramitación de la solicitud de ampliación de plazo, será de acuerdo a lo establecido a la Directiva vigente y/o su modificatoria, conforme al siguiente detalle:
“(…) a) Ampliación de Plazo
El contratista puede solicitar la ampliación de plazo pactado por cualquiera de las siguientes causales, ajenas a su voluntad.
a.1. En caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada que impidan al contratista entregar el bien o prestar el servicio en el plazo previsto en el contrato.
a.2. Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista.
La solicitud de ampliación de plazo debe ser presentada al Supervisor de Obra luego de finalizado el hecho generador sustentando las causales que impidieron la ejecución de la prestación, mediante un informe solicitado por el proveedor (…)”
En el caso de no contar con el sustento correspondiente, no se procederá con su evaluación y aprobación de la Ampliación de Plazo.
En virtud de la ampliación otorgada, el Núcleo Ejecutor amplía el plazo de la prestación del servicio directamente vinculado al contrato..
13. CONSIDERACIONES GENERALES A LOS PRODUCTOS:
Los derechos intelectuales de los productos y documentos elaborados por el contratista que resulta seleccionado son propiedad de la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul, así como toda aquella información interna de la entidad a la que tenga acceso para la ejecución del servicio.
14. PENALIDADES:
14.1. Penalidad por Xxxx en la ejecución de la prestación
En el caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicara automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso.
Se calculará de acuerdo a la siguiente formula: Penalidad diaria = 0.05 x monto
F x plazo en días
Donde F tiene los siguientes valores:
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general, consultorías en general y ejecución de obras: F = 0.40.
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general y consultorías: F=0.25.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato vigente que debió ejecutarse o en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Cuando llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx, El Núcleo Ejecutor puede resolver el contrato por incumplimiento.
Las penalidades podrán ser cobradas de la garantía, del pago parcial o final, de ser el caso.
14.2. Otras Penalidades
Otras penalidades aplicables. Según lo señala el artículo 1341° del código civil, queda establecido que, en caso de incumplimiento del presente contrato y las obligaciones asumidas por el contratado, será posible de ser sancionado este, al pago de una penalidad, la misma que tiene como efecto limitar el resarcimiento a la contraprestación.
Estas penalidades se calculan de forma independiente a la penalidad por xxxx, el mismo que se detalla a continuación:
OTRAS PENALIDADES | |||
N° | Supuestos de aplicación | Forma de cálculo | Procedimiento |
1 | Retraso en la presentación de informes | 1.5 % de la UIT, por cada día calendario de retraso | Según documento del Coordinador Regional |
2 | Ausencia Injustificada | 1/30 del monto contratado, por cada día de ausencia injustificada | Según documento del Coordinador Regional |
Nota:
Las penalidades que puedan ameritar ser aplicadas no puede exceder del 10% del monto total del contrato suscrito entre el NE y el GESTOR SOCIAL, de advertirse que las penalidades superan dicho porcentaje, el NE puede resolver el contrato por incumplimiento.
15. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN:
El contratista no deberá divulgar, revelar, entregar o poner a disposición de terceros dentro o fuera de la entidad, salvo autorización expresa de la misma, la información proporcionada por esta para la prestación del servicio y en general toda información a la que tenga acceso o la que pudiera producir con ocasión del servicio que presta, durante y después de concluida la vigencia del presente documento.
16. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA:
El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos del servicio ofertado por un plazo no menor a un (01) año, contado a partir de la conformidad otorgada por la entidad.
17. RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS:
El plazo máximo de responsabilidad del contratista por la calidad del trabajo realizado y por los vicios ocultos del servicio ofertado corresponde al periodo de
(07) años, contados a partir de la conformidad otorgada.
18. CLAUSULA ANTICORRUPCION:
EL GESTOR SOCIAL, declara y garantiza no haber – directa o indirectamente ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago, o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
EL GESTOR SOCIAL, se encuentra obligado a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente.
EL GESTOR SOCIAL, se compromete a: (i) comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y (ii) adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
El incumplimiento de la presente Xxxxxxxx, obliga a EL NUCLEO EJECUTOR a resolver automáticamente y de pleno derecho el contrato, bastando para tal efecto que remita una comunicación informando que se ha producido dicha resolución, sin perjuicio de las acciones civiles, penales y administrativas a que hubiera lugar por parte del MIDAGRI. Las prácticas ilegales de soborno, extorsión, fraude, colusión, y otros no son admisibles.
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Presidente del NE
Nombre: ………………………………………………………………………………….
DNI N°: ……………………………………………
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Secretario del NE
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Tesorero del NE
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Proveedor
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NOTA:
La cantidad de intervenciones asignadas, el lugar de intervención y el monto del servicio se precisarán en el Contrato.