BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA1
BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA1
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 007-2018-MPCP-CSO
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA
ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO:
“CREACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LA CC.NN. PUERTO FIRMEZA, DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA XX XXXXXXX XXXXXXXX - UCAYALI”
1 Estas Bases se utilizarán para la contratación del servicio de consultoría de obra. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:
Consultoría de obra: Servicios profesionales altamente calificados consistentes en la elaboración del expediente técnico de obras o en la supervisión de obras. Tratándose de elaboración de expediente técnico la persona natural o jurídica encargada de dicha labor debe contar con una experiencia especializada no menor de 1 año; en el caso de supervisiones de obra la experiencia especializada debe ser no menor de 2 años.
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N°350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial.
- Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE.
El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP en la especialidad y categoría correspondiente.
Para registrarse como participante en un procedimiento de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente y estar habilitados ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, se puede ingresar a la siguiente dirección electrónica: xxx.xxx.xxx.xx.
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxx.xxxxx.xxx.xx.
Importante
En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a dos (2) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 del Reglamento.
Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación.
Para formular consultas y observaciones se debe emplear el formato incluido en el Anexo N°
1 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del comité de selección mediante pliego absolutorio se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de dos (2) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones.
La absolución se realiza de manera motivada, debiendo emplearse el formato incluido en el Anexo N° 2 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten extemporáneamente, en un lugar distinto al señalado en las bases o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
Importante
1.6. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
La integración de las bases se realiza al día hábil siguiente de vencido el plazo para la absolución de consultas y observaciones.
Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en el calendario del procedimiento.
Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases.
El comité de selección no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente, conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento.
Los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma.
Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones.
Importante
1.7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los documentos que acompañan las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las ofertas se presentan por escrito, debidamente foliadas, en dos (2) sobres cerrados, uno de los cuales contiene la oferta técnica y, el otro, la económica.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
El monto de la oferta económica debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio de consultoría de obra a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en su oferta económica los tributos respectivos.
El monto total de la oferta económica y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
1.8. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS2
En caso la presentación de ofertas se realice en ACTO PÚBLICO, debe tenerse en consideración lo siguiente:
La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia xx xxxxxxx o xxxx xx xxx en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria.
La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que
2 De acuerdo a lo establecido en el numeral 5 del artículo 67 del Reglamento, la presentación de ofertas se puede realizar en acto privado o público, lo que debe determinarse en la sección específica de las bases.
se exija formalidad alguna para ello.
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems.
Importante
El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido.
El comité de selección solo abre los sobres que contienen las ofertas técnicas, y anuncia el nombre de cada uno de los proveedores; asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 62 del Reglamento. De no presentar lo requerido, la oferta se considera no admitida. Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público.
En caso el comité de selección no admita la oferta el postor puede solicitar que se anote tal circunstancia en el acta debiendo el notario o xxxx xx xxx mantenerla en custodia hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución.
Después de abierto cada sobre que contiene la oferta técnica, el notario o xxxx xx xxx procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta técnica.
Las ofertas económicas deben permanecer cerradas y quedar en poder xxx xxxxxxx público o xxxx xx xxx hasta el acto público de otorgamiento de la buena pro.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o xxxx xx xxx, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 62 del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.
En caso la presentación de ofertas se realice en ACTO PRIVADO, debe tenerse en consideración lo siguiente:
La presentación de las ofertas en acto privado se realiza en la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, dentro del plazo estipulado en la sección específica de las bases. La Entidad entrega al postor un cargo de recepción de la oferta en el que conste fecha y hora.
La Entidad debe preservar la seguridad, integridad y confidencialidad de toda oferta, encargándose de que el contenido de la misma sea revisado únicamente después de su apertura.
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems.
Importante
En la apertura del sobre que contiene la oferta técnica, el comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 62 del Reglamento y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la
sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
En caso las ofertas no sean admitidas serán devueltas una vez consentida la buena pro, salvo que el postor solicite su devolución previamente.
1.9. CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La calificación y evaluación de los postores se realiza conforme los requisitos de calificación y factores de evaluación que se indican en la sección específica de las bases.
La evaluación técnica y económica se realiza sobre la base de:
Oferta técnica : 100 puntos Oferta económica : 100 puntos
1.9.1 CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS
Previo a la calificación, el comité de selección determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
Posteriormente, determina si las ofertas técnicas cumplen los requisitos de calificación previstos en la sección específica de las bases; de no ser así, descalifica las ofertas técnicas.
Solo pasan a la etapa de evaluación las ofertas técnicas que cumplen con lo señalado en el párrafo anterior.
1.9.2 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS
La evaluación se realiza conforme a los factores de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
Las reglas de la evaluación técnica son las siguientes:
a) El comité de selección evalúa las ofertas de acuerdo con los factores de evaluación previstos en la sección específica de las bases.
b) Las ofertas técnicas que contengan algún tipo de información que forme parte de la oferta económica son descalificadas.
c) Las ofertas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo detallado en la sección específica de las bases serán descalificadas.
1.9.3 APERTURA Y EVALUACIÓN DE OFERTAS ECONÓMICAS
En caso la apertura de ofertas económicas se realice en ACTO PÚBLICO, debe tenerse en consideración lo siguiente:
Las ofertas económicas se abren en acto público en la fecha, hora y lugar detallado en la sección específica de las bases y con la presencia xxx xxxxxxx público o xxxx xx xxx que las custodió. Solo se abren las ofertas económicas de los postores que alcanzaron el puntaje técnico mínimo indicado en la sección específica de las bases. En dicho acto se anuncia el nombre de los postores, el puntaje de evaluación técnico obtenido y el precio total de las ofertas.
El comité de selección devuelve las ofertas que excedan el valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) y aquellas que se encuentren por debajo en un veinte por ciento (20%) del promedio de todas las ofertas admitidas incluido el valor referencial.
De no estar conformes, los postores pueden solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o xxxx xx xxx mantener en custodia la oferta económica hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto o en fecha posterior el postor solicite su devolución.
El comité de selección evalúa las ofertas económicas, asignando un puntaje de cien
(100) a la oferta más próxima al promedio de las ofertas válidas que quedan en competencia, incluyendo el valor referencial, y otorga a las demás ofertas puntajes, según la siguiente fórmula:
Donde:
i = Oferta.
Pi = Puntaje de la oferta económica i. Oi = Oferta económica i.
Om = Oferta económica de monto o precio más próximo al promedio de las ofertas válidas incluido el valor referencial.
PMOE = Puntaje máximo de la oferta económica.
Las dos barras ǀǀ representan el valor absoluto. En ese sentido, para la aplicación de la fórmula, se debe considerar que el valor absoluto de un número es su valor numérico sin tener en cuenta su signo, sea este positivo (+) o negativo (-).
Importante
La determinación del puntaje total de las ofertas se realiza de conformidad con el artículo 64 del Reglamento y los coeficientes de ponderación previstos en la sección específica de las bases.
En el caso de contratación de consultorías de obras a ser prestadas fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo valor referencia no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP3. Lo mismo aplica en el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando algún ítem no supera el monto señalado anteriormente.
Importante
En caso la apertura de ofertas económicas se realice en ACTO PRIVADO, debe tenerse en consideración lo siguiente:
3 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
Solo se abren las ofertas económicas de los postores que alcanzaron el puntaje técnico mínimo indicado en la sección específica de las bases.
El comité de selección devuelve las ofertas que excedan el valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) y aquellas que se encuentren por debajo en un veinte por ciento (20%) del promedio de todas las ofertas admitidas incluido el valor referencial.
El comité de selección evalúa las ofertas económicas, asignando un puntaje de cien
(100) a la oferta más próxima al promedio de las ofertas válidas que quedan en competencia, incluyendo el valor referencial, y otorga a las demás ofertas puntajes, según la siguiente fórmula:
Donde:
i = Oferta.
Pi = Puntaje de la oferta económica i. Oi = Oferta económica i.
Om = Oferta económica de monto o precio más próximo al promedio de las ofertas válidas incluido el valor referencial.
PMOE = Puntaje máximo de la oferta económica.
Las dos barras ǀǀ representan el valor absoluto. En ese sentido, para la aplicación de la fórmula, se debe considerar que el valor absoluto de un número es su valor numérico sin tener en cuenta su signo, sea este positivo (+) o negativo (-).
Importante
La determinación del puntaje total de las ofertas se realiza de conformidad con el artículo 64 del Reglamento y los coeficientes de ponderación previstos en la sección específica de las bases.
En el caso de contratación de consultorías de obras a ser prestadas fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo valor referencial no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP4. Lo mismo aplica en el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando algún ítem no supera el monto señalado anteriormente.
Importante
1.10. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento.
Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite
4 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.
1.11. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En caso el otorgamiento de la buena pro se realice en ACTO PÚBLICO, debe tenerse en consideración lo siguiente:
La buena pro se otorga en el acto público de apertura de sobres económicos luego de la evaluación correspondiente según lo indicado en el numeral 1.9.3 de la presente sección.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectúa siguiendo estrictamente el orden señalado en el numeral 2 del artículo 69 del Reglamento.
En el caso de ofertas que superen el valor referencial, hasta el límite máximo previsto en el artículo 28 de la Ley, para que el comité de selección otorgue la buena pro se debe contar con la certificación de crédito presupuestario suficiente y la aprobación del Titular de la Entidad, previa opinión favorable del área usuaria, salvo que el postor que hubiera obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica. El plazo para otorgar la buena pro no excede de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.
En caso no se pueda otorgar la buena pro, el comité de selección sigue el mismo procedimiento con el postor que ocupó el segundo lugar. En caso no se otorgue la buena pro, debe continuar con los demás postores, respetando el orden de prelación.
El otorgamiento de la buena pro en acto público se presume notificado a todos los postores en la fecha del acto, oportunidad en la que se entrega a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la calificación y evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publica el mismo día en el SEACE.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o xxxx xx xxx, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen.
En el acto de otorgamiento de la buena pro, se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.
En caso que el otorgamiento de la buena pro se realice en ACTO PRIVADO, debe tenerse en consideración lo siguiente:
La buena pro se otorga luego de la evaluación correspondiente según lo indicado en el numeral 1.9.3 de la presente sección.
En el supuesto que dos (2) o más ofertas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectúa observando estrictamente el orden señalado en el numeral 2 del artículo 69 del Reglamento.
Para la aplicación del criterio de desempate a través de sorteo se requiere la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control, notario o xxxx xx xxx.
En el caso de ofertas que superen el valor referencial, hasta el límite máximo previsto en el artículo 28 de la Ley, para que el comité de selección otorgue la buena pro se debe contar con la certificación de crédito presupuestario suficiente y la aprobación del Titular de la Entidad, previa opinión favorable del área usuaria, salvo que el postor que hubiera obtenido el
mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica. El plazo para otorgar la buena pro no excede de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.
En caso no se pueda otorgar la buena pro, el comité de selección sigue el mismo procedimiento con el postor que ocupó el segundo lugar. En caso no se otorgue la buena pro, debe continuar con los demás postores, respetando el orden de prelación.
El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la calificación y evaluación.
1.12. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, la Entidad realiza la inmediata verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada, la Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo establecido en la Ley y en el Reglamento. Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal de Contrataciones del Estado para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente.
Importante
CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por su Titular, cuando el valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. Cuando el valor referencial sea mayor a dicho monto, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación.
Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 117 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento, el plazo de ejecución contractual se inicia el día siguiente del perfeccionamiento del contrato, desde la fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso.
3.3. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
En los contratos de consultoría de obra que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento.
Importante
3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
3.3.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.
Importante
LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL.
ADVERTENCIA
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 131 del Reglamento.
3.6. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases.
3.7. PENALIDADES
3.7.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.
3.7.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.8. PAGOS
El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo máximo de veinte (20) días de producida la recepción.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley y en el artículo 149 del Reglamento.
3.9. CONSTANCIA DE PRESTACIÓN
Otorgada la conformidad de la prestación, la Entidad otorga al contratista, una constancia de prestación de consultoría de obra según el formato establecido en el Capítulo VI de la sección específica de las bases, la cual es entregada conjuntamente con la liquidación. Solo se puede diferir la entrega de la constancia en los casos en que hubiera penalidades, hasta que estas sean canceladas.
3.10. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.
3.11. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL XX XXXXXXX XXXXXXXX
RUC Nº : 2015457292
Domicilio legal : XX. XXXXX Xx 000 PUCALLPA Teléfono: : (061) 575241
Correo electrónico: : xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del servicio de consultoría de obra para ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO: “CREACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LA CC.NN. PUERTO FIRMEZA, DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA XX XXXXXXX XXXXXXXX - UCAYALI”
1.3. VALOR REFERENCIAL5
El valor referencial asciende a S/.52,824.33 (CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON 33/100 SOLES), incluidos los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de NOVIEMBRE 2017.
Valor Referencial (VR) | Límite Superior6 |
S/.52,824.33 | S/. 58,106.76 |
(CINCUENTA Y DOS MIL | (CINCUENTA Y OCHO MIL |
OCHOCIENTOS VEINTICUATRO | CIENTO SEIS CON 76/100 |
CON 33/100 SOLES) | SOLES) |
Las ofertas económicas no pueden exceder los límites del valor referencial de conformidad con el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley.
Importante
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, debe tomarse en cuenta la regulación de la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento.
Importante para la Entidad
5 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las bases aprobadas.
6 De acuerdo a lo señalado en el artículo 27 del Reglamento, el límite superior se calcula considerando dos decimales y sin efectuar el redondeo en el segundo decimal.
Valor Referencial (VR) | Límite Superior | |
Con IGV | Sin IGV | |
S/.52,824.33 (CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON 33/100 SOLES) | S/. 58,106.76 (CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO SEIS CON 76/100 SOLES) | S/. 49,243.01 (CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 01/100 SOLES) |
De conformidad con lo señalado en el numeral 2 de la citada Disposición Complementaria Final, en las bases se debe establecer además del valor referencial, los límites de este, con y sin IGV, tal como se indica a continuación:
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante FORMATO 02 N° 012-2018-MPCP-GM DE FECHA 00 XX XXXXXXX XXX 0000.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
0083 2343898 4000192 18 040 0089 : Construcción de Sistema de Agua Potable y Alcantarillado
0084 : Construcción de Sistema de Agua Potable y Desagüe
2.6 : Adquisición de Activos No Financieros
2.6. 8 1. 3 1 : Elaboración de Expedientes Técnicos
Fte. Fto. : 5. Recursos Determinados
Rubro 07 : Fondo de Compensación Municipal
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de selección.
Importante
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA
Los servicios de consultoría de obra materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de TREINTA (30) días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación.
En el caso de supervisión de obras, el plazo inicial del contrato debe estar vinculado al del contrato de la obra a ejecutar y comprender hasta la liquidación de la obra, de conformidad con el artículo 10 de la Ley.
Importante
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES
Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo efecto deben cancelar S/. 10.00 (Diez y 00/100 Soles) en la caja de la Entidad.
El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su reproducción.
Importante
1.10. BASE LEGAL
- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año fiscal 2018.
- Ley Nº 30694- Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto Sector Publico para el año fiscal 2018.
- Ley 27806 - Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria | : | 08/03/2018 |
Registro de participantes7 A través del SEACE | : | Desde las: 00:01 horas del 09/03/2018 Hasta las: 19/03/2018 horas del 07:29 |
Formulación de consultas y | : | Del: 09/03/2018 |
observaciones a las bases | Al: 12/03/2018 | |
A través del | : | Formato para formular consultas y observaciones del |
Anexo N° 01 de la Directiva “Disposiciones sobre la | ||
formulación y absolución de consultas y observaciones”8 | ||
En Mesa de Partes o la que haga | : | Xx. XXXXX Xx 000 CALLERIA, en el horario de 07:30 a |
sus veces en la Entidad en | 16:00 HORAS | |
Absolución de consultas y observaciones a las bases | : | 13/03/2018 |
Integración de bases | : | 14/03/2018 |
Presentación de ofertas * En acto privado en | : : | 19/03/2018 MESA DE PARTES DE LA ENTIDAD – XX. XXXXX Xx 000 CALLERIA, en el horario9 de 07:30 A 15:30 HORAS |
Calificación y evaluación de ofertas | : | 19/03/2018 |
Otorgamiento de la buena pro | : | 19/03/2018 |
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxx.xxxxx.xxx.xx, pestaña 1. Inicio, opción Documentos y Publicaciones, página Manuales y Otros (Proveedores).
Importante
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta se presenta en dos (2) sobres cerrados en original, dirigido al comité de selección de la Adjudicación Simplificada N° 007-2018-MPCP-CSO, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Oferta técnica. El sobre será rotulado:
7 El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento.
8 Para acceder al formato ingrese a xxxx://xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx_xxxxxxxxxx_xxxxxxxxxx.
9 Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho (8) horas.
Señores
MUNICIPALIDAD PROVINCIA DE XXXXXXX XXXXXXXX
XX. TACNA N° 480 CALLERIA
Att.: Comité de selección
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA N° 004-2018-MPCP-CSO
Denominación de la convocatoria: Contratación del servicio de consultoría de obra para ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO: “CREACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LA CC.NN. PUERTO FIRMEZA, DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA XX XXXXXXX XXXXXXXX - UCAYALI”
OFERTA TÉCNICA
[NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
SOBRE Nº 2: Oferta económica. El sobre será rotulado:
Señores
MUNICIPALIDAD PROVINCIA DE XXXXXXX XXXXXXXX
XX. TACNA N° 480 CALLERIA
Att.: Comité de selección
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA N° 004-2018-MPCP-CSO
Denominación de la convocatoria: Contratación del servicio de consultoría de obra para ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO: “CREACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LA CC.NN. PUERTO FIRMEZA, DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA XX XXXXXXX XXXXXXXX - UCAYALI”
OFERTA ECONÓMICA
[NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
2.2.1. SOBRE N° 1 – OFERTA TÉCNICA
La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.2.1.1. Documentación de presentación obligatoria
A. Documentos para la admisión de la oferta
a.1) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1)
a.2) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31 del Reglamento. (Anexo Nº 2)
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
a.3) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
a.4) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio de consultoría de obra.
(Anexo Nº 4).
a.5)
arta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 13).
El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
Importante
B. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
El postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases.
2.2.1.2. Documentación de presentación facultativa:
a) Certificado de inscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso10 11. En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por estas empresas, deben presentar la constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad12.
c) Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Factores de Evaluación” establecidos en el Capítulo IV de la presente sección de las bases, a efectos de obtener el puntaje previsto en dicho Capítulo para cada factor.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, consignar lo siguiente:
d) Los postores que soliciten el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deben presentar la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 11).
En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa
Importante para la Entidad
10 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 69 del Reglamento.
11 Dicho documento se tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según lo señalado en el artículo 126 del Reglamento.
12 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 69 del Reglamento.
formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneración del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaración jurada antes señalada.
En el caso de contratación de consultorías de obra que se presten fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo valor referencial del procedimiento de selección no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), consignar lo siguiente:
e) Los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio de consultoría de obra, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región, pueden presentar la solicitud de bonificación por servicios prestados fuera de la provincia de Lima y Callao, según Anexo Nº 12. Cuando se trate de consorcios, esta solicitud debe ser presentada por cada uno de los consorciados.
Lo mismo aplica en el caso de procedimientos por relación de ítems cuando el monto del valor referencial de algún ítem no supere dicho monto, en cuyo caso debe consignarse el o los ítems, en los cuales los postores pueden solicitar la referida bonificación, adicionando el siguiente párrafo:
Dicha solicitud se puede presentar en el ítem único
Las ofertas técnicas que contengan algún tipo de información que forme parte de la oferta económica son descalificadas.
Importante
2.2.2. SOBRE N° 2 – OFERTA ECONÓMICA
El Sobre Nº 2 debe contener la siguiente información obligatoria:
El monto de la oferta económica en SOLES y el detalle de precios unitarios, cuando dicho sistema haya sido establecido en las bases. (Anexo Nº 10)
El monto total de la oferta económica y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
El comité de selección devuelve las ofertas que no se encuentren dentro de los límites del valor referencial previstos en el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley.
Importante
Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio y en la carta de compromiso del personal clave, son subsanables.
Importante
2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS
Una vez evaluadas las ofertas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las ofertas es el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 Pei
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i Pei = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
Se aplicarán las siguientes ponderaciones:
c1 = 0.80
c2 = 0.20
Dónde: c1 + c2 = 1.00
2.4. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. CARTA FIANZA
b) Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. CARTA FIANZA
c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
d) Código de cuenta interbancaria (CCI).
e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
f) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
h) Estructura de costos o detalle de los precios unitarios de la oferta económica13.
Importante
13 Incluir solo en caso que la convocatoria del procedimiento sea bajo el sistema a suma alzada.
En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
En los contratos de consultoría de obras que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. En caso que el postor ganador de la buena pro no haya presentado el certificado de inscripción en el REMYPE en su oferta, puede presentarlo con los documentos para el perfeccionamiento del contrato.
De conformidad con la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento, dentro del supuesto de hecho de la infracción establecida en el literal h) del artículo 50.1 de la Ley, referida a la presentación de información inexacta, se encuentra comprendida la presentación de garantías que no hayan sido emitidas por las empresas indicadas en el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley.
Adicionalmente, se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada, tales como:
a) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.
b) Ficha RUC.
De conformidad con el artículo 234 del Reglamento, las Entidades son responsables de verificar la vigencia de la inscripción en el RNP del postor ganador de la buena pro en el perfeccionamiento del contrato, ingresando al portal web del OSCE xxx.xxxx.xxx.xx sección RNP.
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.
La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
Importante
2.5. PERFECCIONAMIENTO EL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección general de las bases, debe presentar la documentación requerida en MESA DE PARTES DE LA ENTIDAD (JR. TACNA N° 480 CALLERIA).
Esta disposición solo debe ser incluida en el caso que la Entidad considere la entrega de adelantos:
2.6. ADELANTOS14
14 Si la Entidad ha previsto la entrega de xxxxxxxxx, debe prever el plazo en el cual el contratista debe solicitar el adelanto, así como el plazo de entrega del mismo, conforme a lo previsto en el artículo 148 del Reglamento.
“La Entidad otorgará adelantos directos por el 30% del monto del contrato original.
El contratista debe solicitar los adelantos dentro de los ocho (8) días de iniciado la supervisión, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos15 mediante CARTA FIANZA acompañada del comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procede la solicitud.
La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de quince (15) días siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.
2.7. FORMA DE PAGO
La Entidad realizará el pago de la contraprestación a favor del contratista en pagos parciales mediante valorizaciones mensuales proporcionales al avance de la obra.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
- Informe del funcionario responsable del ÁREA RESPONSABLE emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago
2.8. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
2.9. REAJUSTE DE LOS PAGOS
No habrá reajustes
15 De conformidad con el artículo 129 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
De conformidad con el artículo 8 del Reglamento, el área usuaria es responsable de la adecuada formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad técnica y reducir la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de contratación.
Importante
1. GENERALIDADES:
a) Entid ad Contratante : Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx
b) RUC N° : 20154572792
c) Domicilio Legal : Xx. Xxxxx Xx 000 – Callería – Coronel Xxxxxxxx – Ucayali
2. ANTECEDENTES:
Actualmente, el Sistema de Red de saneamiento en la provincia xx Xxxxxxx Xxxxxxxx es deficiente e insuficiente y necesita ser mejorado debido al mal estado de conservación y mantenimiento.
Se tiene como antecedente el proyecto: código SNIP 161101 del Proyecto: CONSTRUCCION XX XXXX Y TANQUE ELEVADO + RED COMUNIDAD NATIVA PUERTO FIRMEZA, DISTRITO DE YARINACOCHA -
CORONEL XXXXXXXX - UCAYALI, viabilizado con Informe Técnico N° 088-210-DPEI (OPI)-SGPP-MDY con fecha 19 xx Xxxxxx del 2010, Estado actual : cerrado, consta de Construcción xx Xxxx Tubular Ø4, Construcción de Tanque Elevado de Polipropileno (5m3), con Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 699.77 Ml De Redes de Distribución + 35 Conexiones Domiciliarias, Caseta de Fuerza con Generador y Capacitación en Mantenimiento y uso de Las Instalaciones.
Con fecha 02 de diciembre del 2015 ingreso a la oficina del área de Obras el Documento de la CC.NN. PUERTO FIRMEZA – Distrito de Yarinacocha, se coordinó con el Jefe de Comunidad Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, los moradores y los miembros del comité de agua y desagüe quienes manifestaron su malestar por la falta de agua existente en su CC.NN.
Con informe N° 09 -2016-MPCP-GIO-SGEP-/SHOB, de fecha 04 xx xxxxx del 2016, se realizó la inspección Técnica a la comunidad nativa Puerto Firmeza, que se encuentra ubicado en el Distrito de Yarinacocha, Provincia xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Departamento de Ucayali, inspección que se realizó y de los cuales se detalla a continuación:
La Comunidad Nativa “Puerto Firmeza” se encuentra ubicado en la carretera con dirección a la Comunidad Nativa San Xxxxxxxxx de Yarinacocha (Margen Izquierda) Distrito de Yarinacocha, Provincia xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Departamento de Ucayali. La Comunidad Nativa “Puerto Firmeza” actualmente cuenta con 495 habitantes.
Se verifico que efectivamente la Comunidad Nativa “Puerto Firmeza”, en la actualidad tienen un tanque elevado de agua pero que no está funcionando debido a que el xxxxxxxx xx xxxxxx se encuentra en deterioro, no permitiendo el llenando del tanque ya que el xxxxxxxx puede derrumbarse, no cuentan con servicio de desagüe, es por lo mismo que la población hace sus necesidades a la orilla del rio, o tienen letrinas en mal estado de funcionamiento por la falta de mantenimiento, por lo que la población tiene la necesidad de los servicio básicos y por ende requieren que se elabore el Proyecto de Agua y Desagüe con redes domiciliarias (un aprox. de 1 500 ml), , lo cual es esencial para mejorar la calidad de vida del pueblo en general, para el buen desempeño de la salud, los moradores exigen pronta solución.
El recorrido de la Ciudad de Pucallpa a la comunidad Nativa Puerto Firmeza es de 1 hora aproximadamente en chalupa (bote con motor fuera xx xxxxx), teniendo como vía de acceso el transporte fluvial y terrestre.
Siendo política de la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, promover e impulsar el desarrollo socioeconómico sostenido social y armónico de la provincia, teniendo en cuenta los sectores estratégicos y crear las condiciones que permitan elevar el nivel de vida de los sectores con menores ingresos de la comunidad, por ello prioriza la elaboración del Expediente Técnico: “CREACION DEL SERVICIO DE AGUA
POTABLE Y DESAGUE EN LA CC.NN. PUERTO FIRMEZA, DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA XX XXXXXXX XXXXXXXX –UCAYALI” CODIGO SNIP 382470.
3. MARCO LEGAL
Decreto Legislativo N° 1252 (publicado el 01/12/16) Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga La Ley N° 27293, Ley Del Sistema Nacional De Inversión Pública)
Decreto Supremo N° 027-2017-EF (publicado el 23/02/17) que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252
Decreto Legislativo N° 1341 (publicado el 06/01/17), Decreto Legislativo Que Modifica La Ley Nº 30225, Ley De Contrataciones Del Estado
Constitución Política del Perú
Ley general del Presupuesto de la República y sus Modificatorias.
Ley 27444 ley de procedimiento administrativo general
Ley N°27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
Anexo SNIP 23. Pautas para los términos de referencia o planes de contratación o elaboración de estudios de Preinversión.
Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – Ley Nº 27446.
D.S. – 001-2010 - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento- Ley N° 27792
Reglamento de la ley de Recursos Hídricos Nº 29338.
4. OBJETIVOS DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA:
a. El Objetivo principal es la Elaboración del Expediente Técnico del Proyecto Inversión Pública: “CREACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DESAGUE EN LA CC.NN. PUERTO FIRMEZA, DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA XX XXXXXXX XXXXXXXX –UCAYALI” CODIGO SNIP 382470, destinado al mejoramiento de las condiciones de vida de la población.
Con este proyecto se busca atender las necesidades de la población, que debe contar con un buen servicio de saneamiento.
b. Determinar el procedimiento teórico y técnico que regirá el desarrollo de la Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de la Obra, así como las pautas de organización y requerimiento de la infraestructura de esparcimiento y recreación a proyectar; los lineamientos generales del proyecto, los procedimientos, limitaciones, exigencias y requisitos mínimos para la prestación del Servicio.
c. Los aportes y ofrecimientos que formule el Consultor en su Oferta Técnica, pasarán a complementar e integrar los presentes Términos de Referencia, y, por consiguiente, al Contrato. El Consultor estará obligado a su cumplimiento, al haberlo ofertado voluntariamente, habiendo, además, servido para la calificación que le mereció la Buena Pro.
5. UBICACIÓN
Se encuentra ubicado en: Departamento : Ucayali
Provincia : Coronel Xxxxxxxx
Distrito : Yarinacocha Localidad : CC.NN. Puerto firmeza Coordenadas UTM: 537695.71 m E
9087451.61 m S
6. DE LA INGENIERIA BASICA
ALCANCES DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS
Coordinaciones Iniciales
Esta actividad consistirá en la revisión y posterior culminación de gestiones iniciadas (si las hubiere) para solucionar posibles problemas que pudieran presentarse al inicio de las actividades de la Elaboración del Expediente técnico como en la Ejecución de Obra, debiendo verificar en el campo la información recibida.
Así mismo la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, entregará una copia del Perfil Técnico de la Obra, para la Elaboración del Expediente Técnico de Obra, siendo necesaria y obligatoria para la elaboración del mismo.
Verificaciones Físicas
Es necesaria la comprobación del Estado Situacional de las instalaciones existentes, Redes de Agua, Alcantarillado y Telefonía (profundidad, calidad, ubicación, cantidad, entre otros), datos que servirán al Equipo del Responsable del Proyecto como parámetro decisivo para la verificación de los Diseños Definitivos de los trabajos a realizar. Para ello, es responsabilidad del Jefe de Proyecto la realización de excavaciones de verificación en el terreno y sondeos necesarios, por tipo de instalación, tomando en cuenta la ubicación, interferencias, profundidad; los cuales servirán para un diseño adecuado, reduciendo la posibilidad de generar trabajos adicionales.
Recopilación de Información
- Reconocimiento del terreno a fin de verificar in situ la realidad de la problemática, se deberá efectuar un minucioso recorrido de la zona donde se ejecutará el Proyecto para comprobar las condiciones en que se encuentra la misma. En este reconocimiento, comprobará cualquier modificación que se haya presentado en el área del Proyecto respecto de la información existente, procurando actualizar cualquier cambio producido por nuevas instalaciones o construcciones, cambios en la topografía o cualquier otra característica física del área del Proyecto.
- Se recopilará y revisará toda la información existente que esté relacionada con el Proyecto que se va a desarrollar, teniendo como base para la elaboración, el estudio elaborado en la etapa de Pre Inversión para el Proyecto, teniendo en consideración el Marco Normativo vigente del Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley Nº 27293, modificada por las Leyes Nº 28522 y 28802, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Directiva N° 001-2011- EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública.
1. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO
En esta etapa del proyecto se describirá la situación existente, se determinará la brecha oferta – demanda y se realizará el análisis técnico de las alternativas. Se deberá seguir una estructura similar a la presentada a continuación:
Aspectos Generales
Nombre del proyecto y Localización
Institucionalidad
Xxxxx de Referencia
Identificación
Diagnóstico de la situación actual
Definición del problemas y su causa - Planteamiento del proyecto
Desarrollo de Planos situación sin proyecto
Formulación
Determinación de la brecha oferta - demanda
Análisis Técnico de las alternativas
Desarrollo de planos con proyecto
Costo a Precios xx Xxxxxxx
Metrados
Presupuestos
Análisis de costos unitarios
Evaluación social del proyecto
Evaluación social
Evaluación privada
Análisis de sostenibilidad
Estudio Impacto Ambiental
Gestión de proyecto
Matriz de Xxxxx xxxxxx
Conclusiones y Recomendaciones Resumen Ejecutivo
Considera el resumen general del proyecto, exponiendo en forma genérica, pero clara el contenido y objetivo del mismo conteniendo los siguientes puntos:
a. Nombre del proyecto
b. Antecedentes
c. Ubicación del Proyecto (Acceso al área en estudio, Condición climática y Altitud de la zona)
d. Objetivo del Proyecto
e. Descripción del Área en Estudio (Área y perímetro del terreno, Límites y medidas perimétricas, Área construida existente)
f. Diagnóstico de la situación actual (Diagnóstico de la situación actual por cada Especialidad, Conclusiones y Recomendaciones del Levantamiento Topográfico; Conclusiones y Recomendaciones del Estudio de Mecánica de Suelos, de Geología, Geomorfología y Geotecnia, Canteras y Fuentes de Agua. Conclusiones y Recomendaciones de la Evaluación y Levantamiento de Servicios Básicos
g. Metas del Proyecto (Metas Físicas expresadas en Áreas y Ambientes)
h. Descripción técnica del proyecto
x. Xxxx de la Zona y Plano de Ubicación
j. Valor Referencial de Ejecución de Obra (Desagregado por Especialidades, Obras Exteriores, Gastos Generales, Utilidades e IGV),
k. Fuente de Financiamiento,
l. Modalidad de Ejecución,
m. Plazo de Ejecución de Obra,
n. Costo de la Supervisión de Obra (Desagregado)
Anexos
2. ESTUDIOS A PRESENTAR
Estudio Topográfico. -
Deberá ponerse especial atención a las condiciones topográficas existentes a las vías y a lo largo de todo el tramo en estudio, garantizándose la información necesaria que permita diseñar todas las estructuras que se requieran. Se determinará la ubicación y se dejarán materializadas las referencias necesarias en el terreno las cuales servirán para trabajos posteriores
Se realizará el levantamiento topográfico en escala 1:500, indicando de manera clara las curvas de nivel con una equidistancia de 0.50 metros.
Indicar los linderos, perímetro, ángulos, diagonales y área del terreno, efectuando la comparación analítica entre la realidad física y los documentos de propiedad, en cuanto a las dimensiones del terreno; exponiendo las posibles causales que lo originan.
Sistema de Coordenadas, los Planos Definitivos que se presentarán a la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, estarán referidos al Sistema de Coordenadas UTM - Datum WGS-84. Asimismo, estos planos estarán enlazados en altura a los Bench Marks (BM), y deberán tener fotografías indicando BM o BM’S y lugares a tener en consideración.
Estudios de Mecánica de Suelos
El Consultor deberá presentar el Estudio de Mecánica de Suelos acorde a lo señalado en la norma E-050 del Reglamento Nacional de Edificaciones, proporcionando la clasificación del suelo, perfil estratigráfico señalando el nivel freático, capacidad portante, etc. de ser el caso.
El Informe de Estudio de Suelos y Canteras deberá acompañarse de los respectivos certificados de los ensayos de laboratorio, planos de ubicación de sondajes y calicatas, perfil estratigráfico por cada sondaje, etc.
a. Trabajo de campo Calicatas
- Excavación de calicatas (01 calicata por cuadra), de 1.50 - 2.50 m. (Cabe indicar que si fuera necesario se excavará hasta encontrar suelo firme) de profundidad según las estructuras a cimentar, la distancia y ubicación de los sondeos podrá variar en función de la homogeneidad del suelo y de las estructuras a proyectar.
- Toma de muestras alteradas representativas de cada uno de los estratos encontrados en los sondeos.
- Registro del perfil del suelo en cada sondeo, ubicando el nivel freático en caso de ser hallado.
b. Ensayo de Laboratorio
- En muestras alteradas
- Clasificación de Suelos SUCS y AASTHO.
- Granulometría
- Ensayos de Humedad natural.
- Límites xx Xxxxxxxxx (Limite líquido, limite plástico, índice de plasticidad).
- Ensayo xx Xxxxx Directo.
- Ensayo de California Bearing Ratio (CBR) – Xxxxxxx
- Análisis Químicos de los Suelos (contenido orgánico, Ph., sales solubles totales, cloruros, sulfatos).
c. Estudios de Canteras
- Se determinará las canteras, potencia y las características de los materiales, por medio de ensayos de laboratorio (análisis granulométrico, contenido de humedad, peso unitario, peso específico, abrasión y densidad relativa). Indicar la ubicación, accesibilidad, disponibilidad y condiciones de explotación.
- Se realizará diseño de mezcla concreto, para las diferentes resistencias propuestas en el proyecto.
- Se determinará las fuentes de agua, se tomarán muestras y se verificará su calidad para la construcción de la obra.
d. Trabajo de Gabinete
- Análisis e interpretación de los resultados de campo y laboratorio.
- Registro de los perfiles de suelos de los sondeos, de acuerdo con los resultados de los ensayos de laboratorio, ubicando el nivel freático en caso de haber sido detectado.
- Recomendaciones de drenaje en caso necesario.
e. Presentación del Informe Técnico del Estudio de Mecánica de Suelos
Se presentará en triplicado y deberá contener lo siguiente:
- Resumen Ejecutivo
- Memoria Descriptiva.
- Descripción de los trabajos de campo y ensayos de laboratorio.
- Plano del Área de Estudio.
- Plano de Ubicación de los Sondeos y Calicatas con sus respectivas fotografías.
- Certificados de los ensayos de laboratorio.
- Fotografías.
- Especificaciones Técnicas.
- Canteras para materiales de construcción, su ubicación y las características de los materiales de las canteras.
- Diseño de Mezcla Concreto.
- Fuentes de agua, ubicación y calidad.
- Panel Fotográfico.
- Conclusiones y Recomendaciones.
Estudio de Impacto Ambiental.
Se deberá remitir a la DIRECCION DE ASUNTOS SOCIO AMBIENTALES – MTC, la Declaración Jurada y todo su sustento correspondiente en cumplimiento al Art. 23°Proyectos, Actividades, Obras y Otros no comprendidos en el SEIA, para proyectos que no requieren de Certificación Ambiental y que es necesario que se remita a la DIRECCION DE ASUNTOS SOCIO AMBIENTALES – MTC, para su respectivo seguimiento y fiscalización.
Cabe señalar que el proyecto en mención se encuentra sujeto al Art. 23°Proyectos, Actividades, Obras y Otros no comprendidos en el SEIA.
La Sub Gerencia de Áreas Verdes y Gestión Ambiental de la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, realizara la Evaluación Ambiental Preliminar, mediante el ANEXO VI - Reglamento de la Ley del SEIA. Identificará los potenciales impactos positivos y negativos que generará el proyecto en sus diferentes etapas; diseño, construcción, operación y mantenimiento, proporcionando los lineamientos a seguir para la mitigación de los efectos negativos que podrían darse.
Contenido Mínimo:
I. Datos generales del titular y de la entidad autorizada para la elaboración de la Evaluación Preliminar
II. Descripción del Proyecto
III. Aspectos del medio físico, biótico, social, cultural y económico
IV. Plan de Participación Ciudadana
V. Descripción de los posibles impactos ambientales
VI. Medidas de Prevención, Mitigación o Corrección de los Impactos Ambientales.
VII. Plan de seguimiento y control
VIII. Plan de contingencias
IX. Plan de cierre o Abandono
X. Cronograma de Ejecución
XI. Presupuesto Implementación
Así mismo los documentos deberán contener:
1. Contrato de consultoría
2. Resolución Ministerial de Consultoría
3. Ficha SNIP
4. Certificado de Habilidad Profesional
5. Pago por derecho (TUPA)
6. Resolución de Categorización
7. Planos de ubicación señalando de área de influencia directa e indirecta (1/500)
8. Fotos
9. Acta de Reunión del proyecto.
10. Información digital en CD.
Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA)
El profesional especialista, deberá presentar la certificación, son exigencias que los organismos especializados del estado otorguen y tengan como objetivo la protección de los Restos Arqueológicos. Dichos permisos están en concordancia con las normativas de carácter ambiental y los permisos ambientales de los diversos sectores.
El certificado de inexistencia de restos Arqueológicos (CIRA) es un documento oficial emitido por el Instituto Nacional de Cultura mediante el cual se pronuncia de manera oficial y de manera técnica en relación al contenido o no de vestigios arqueológicos en un terreno.
Por lo general el recurrente solicita la expedición xx XXXX con la finalidad de usar el predio objeto del trámite para actividades mineras, de explotación energética, vías de comunicación, obras hidráulicas, instalación o plantas de producción, desarrollo agrícola, etc.
7. DE LA INGENIERÍA DEL PROYECTO
Los proyectistas serán los responsables de realizar la compatibilización de los diversos componentes con la finalidad de evitar discrepancias, luego de lo cual se procederá a entregar a la Entidad para su revisión respectiva.
o Planos
A escala adecuada.
o Metrados
Los Metrados constituyen la expresión cuantitativa de los trabajos que se van a realizar durante la ejecución de la obra y deberán incluir el sustento por partida de cada especialidad (Arquitectura, Estructura, Instalaciones Sanitarias, Instalaciones Eléctricas), con la plantilla respectiva y con los gráficos y/o croquis explicativos (obligatorio) que el caso requiera (Norma 600-03 de la Resolución de Contraloría N° 072-98-CG) firmados por el especialista responsable.
La presentación de los metrados será en hoja de cálculo electrónica, tipo Excel. No se admitirán memorias de cálculo de metrados elaborados en forma manual, debiendo ser la planilla de metrados clara, precisa y fácil de identificar.
Los Metrados del proyecto integral deberán ser elaborados por un Ingeniero Civil de acuerdo a las Normas vigentes y en coordinación con los Proyectistas de todas las especialidades, con la planilla de sustento de Metrados respectiva. Una vez consolidados los Metrados de todas las especialidades, se elaborará el presupuesto tomando como sustento la base de datos de análisis
de costos unitarios proporcionada por la GIO – SGEP y los precios de materiales de la zona obtenidas por los profesionales responsables del Perfil Técnico de la MPCP.
o Especificaciones Técnicas
Debe tener presente que cada partida de la obra constituye un costo parcial. Por lo tanto, la determinación de cada uno de estos costos requiere de su correspondiente análisis de costos; es decir, la cuantificación técnica de la cantidad de recursos (mano de obra, materiales, etc.) que se requieren para ejecutar la unidad de la partida; en consecuencia, NO SE ACEPTARAN ANALISIS DE COSTOS UNITARIOS ESTIMADOS, GLOBALES o sin su cuantificación técnica respectiva.
Deberá elaborarse de conformidad con la Norma 600-02 de la Resolución de Contraloría N° 072- 98-CG. Se elaborará para cada partida que conforma el Presupuesto de la Obra, definiendo la naturaleza de los trabajos, procedimientos constructivos, unidad de medida y forma de pago.
Las Especificaciones Técnicas constituyen las reglas que definen las prestaciones específicas del contrato, vale decir:
Descripción de los trabajos.
Unidad de Medida.
Métodos de Medición.
Procedimiento constructivo.
Cada partida que conforma el presupuesto de la obra deberá contener sus respectivas Especificaciones Técnicas, detallando con precisión las reglas que definen la naturaleza de la presentación. La numeración de las especificaciones técnicas deberá corresponder exactamente con la numeración de la partida dentro de la estructura del presupuesto.
Deberán elaborarse para cada una de las partidas que conforman el presupuesto de obra, deberán definir las características de los materiales, equipos a emplear, procedimientos constructivos, métodos de control de calidad, normas de medición y formas de pago, requeridos en la ejecución de la obra.
o Análisis de Precios Unitarios
Los análisis de precios unitarios se efectuarán para cada partida del proyecto, y deberán considerarse la composición e incidencia de mano de obra, equipo, materiales y herramientas; los rendimientos serán considerados de acuerdo al ámbito de ubicación de la obra.
o Presupuesto
- El Presupuesto de Obra se elaborará considerando todas las partidas necesarias y suficientes para la buena ejecución de la obra.
- El Presupuesto de obra deberá ser calculado basado en los metrados de obra y los análisis de precios unitarios, diferenciando los costos directos, indirectos. Se deberán considerar el desagregado de los Gastos Generales.
- Incluir partidas de Seguridad y Salud en el Presupuesto.
- El presupuesto de la obra deberá reflejar el seguimiento del proceso constructivo.
o Culminados los Metrados y presupuestos por especialidad, deberá realizarse la revisión y compatibilización final entre los documentos que conforman el Perfil Técnico a fin de que la Entidad correspondiente proceda a la aprobación del Perfil Técnico, en el que se considerará lo siguiente:
Hoja de Consolidado del Presupuesto
El presupuesto debe ser presentado en Software S10, en forma digitalizada e impresa en papel bond formato A4 y debe incluir:
- Los Presupuestos deberán ser separados por componentes de acuerdo a la hoja de resumen de metrados, indicando costo directo, gastos generales, utilidad e impuestos.
- Análisis de costos unitarios del total del presupuesto, los mismos que incluyen los precios de los materiales sin IGV, puestos en obra es decir que incluyan el flete, con rendimientos de mano de obra concordantes con la MPCP.
- Listado de insumos del presupuesto total, por especialidad y desglosado en: materiales, mano de obra, equipo e insumos comodines.
- Fórmulas Polinómica del presupuesto total y por especialidad.
- Hoja de Resumen según modelo.
- Cronograma general de ejecución de la obra.
Listado de insumos por especialidad
- Se presentarán 03 cotizaciones de los insumos como mínimo (de los más representativos y de los que requiera el evaluador) y un cuadro comparativo de las cotizaciones.
- La relación de insumos deberá presentarse en forma ordenada alfabéticamente.
Fórmulas Polinómicas
Cronograma General de Ejecución de Xxxx
- Programación y Cronogramas
o Deberá elaborar una programación de todas las actividades a realizar durante la ejecución de la obra, considerando las restricciones que puedan existir para el normal desenvolvimiento de las obras, empleando el método PERT-CPM, de preferencia con el software MS Project, identificando las actividades o partidas que se hallen en la ruta crítica del proyecto.
o Se presentará un Calendario de Avance de Obra, Cronograma Valorizado de Obra, Calendario de Adquisición de Materiales y un Calendario de desembolsos.
- Cronograma Valorizado de Avance de Obra
o Deberá consignarse un programa detallado de la obra, distribuido en el tiempo de ejecución y debidamente valorizado. De preferencia, deberá usarse el Software MS Project, presentando el diagrama xx Xxxxxx Xxxxx, con indicación gráfica de la ruta crítica.
8. PRESENTACIÓN DEL EXPEDIENTE TECNICO
Luego de 30 días calendario, el Consultor deberá presentar el Expediente Técnico, en tamaño A-4, en tres ejemplares (01 Original, 02 Copias), con sello y firma del Jefe de Proyecto, en todas sus páginas, y el profesional responsable de cada especialidad.
A nivel de planos deberá ser presentado en original y dos copias debidamente sellado y firmado por los profesionales colegiados de acuerdo a la especialidad, siendo presentados en tamaño DIN A1, los dibujos realizados en software de diseño asistido por computadora (CAD) y empleando el tipo de membrete proporcionado por la Municipalidad, adicionalmente el Proyectista deberá entregar la información completa del Expediente Técnico en un medio magnético, en sus respectivos formatos (Word, Excel, Autocad, X00, Xx Project, entre otros).
9. ACTIVIDADES A REALIZAR
Mantener reuniones periódicas con personal de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Infraestructura y Obras de la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx de forma obligatoria a fin de evaluar permanentemente el avance del Proyecto.
Levantar las observaciones que pudieran realizar los miembros de la SGEP-MPCP, encargada de la Evaluación del Proyecto, en un plazo máximo de 10 días calendario.
Realizar una charla a los dirigentes de la zona, informando los alcances del presente proyecto.
Cumplir con el Cronograma de Actividades (30 Días Calendario).
Elaborar el Expediente Técnico del Proyecto de acuerdo al Cronograma siguiente:
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DESAGUE EN LA CC.NN. PUERTO FIRMEZA
10. PLAZO DE REVISION Y FORMA DE PAGO
INFORME | PLAZO DE ENTREGA CONSULTORIA | OBSERVACIONES |
PRIMER ENTREGABLE (30%) | 05 días calendarios contados a partir del siguiente día de firmado el contrato | A la entrega del plan de trabajo correspondiente a la elaboración del expediente tecnico |
SEGUNDO ENTREGABLE (50%) | 25 días calendarios contados a partir del siguiente día de aprobado el plan de trabajo | A la entrega del expediente técnico. |
TERCER ENTREGABLE (20%) | 10 días calendarios contados a partir del siguiente día de remitirse las observaciones | Al levantamiento de observaciones, con la conformidad del informe final mediante el cual el evaluador de la UF-UE aprueba el Expediente técnico del proyecto |
NOTA: Una vez realizada el levantamiento de observaciones, el responsable del proyecto deberá hacer entrega de 01 copias original + 01 copia + 01 CD con el archivo digital del expediente técnico. Si en caso no cumpliera con el levantamiento de observaciones en el plazo establecido, Se le comunicará 02 veces con carta simple, y una tercera con carta notarial que deberá entregar el expediente en un máximo de 07 días |
calendarios, al no cumplir con el plazo indicado se procederá a resolver el contrato.
11. DURACION DE LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO.
El plazo para la presentación del Expediente Técnico será de 30 días calendarios contados a partir del siguiente día de firmado el contrato
12. PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA ELABORAR EL EXPEDIENTE TÉCNICO
ESPECIALISTA | FUNCIONES |
Jefe de Proyecto - Ingeniero Civil o Economista | Titulado, colegiado. Con estudios de especialización referidos a Expedientes Técnicos. Con experiencia en formulación de Expediente Técnicos en obras de Infraestructura sanitaria, Tendrá a su cargo la dirección del servicio y en particular procederá a la revisión y aprobación del estudio en general. Estas actividades, podrán ser priorizadas de acuerdo a las coordinaciones que oportunamente se efectúen entre la Entidad – Gerencia de Infraestructura y/o áreas responsables y el especialista del Equipo Proyectos, además resolverán los alcances del servicio expresamente requerido y derivado. |
Especialista en Costos y Presupuestos (Ing. Civil) | Elaborar los metrados, así como elaborar el presupuesto, costos unitarios y relación de insumos del proyecto. |
Equipo de Asistencia Técnica | |
Técnico en costos y metrados | Elaborar los metrados, así como elaborar el presupuesto, costos unitarios y relación de insumos del presupuesto. |
Técnico CAD | Realizar los dibujos técnicos de la especialidad de topografía, diseño de estructuras sanitarias y obras de arte, así como los de Mitigación ambiental. |
13. PERFIL Y EVALUACION DEL EQUIPO PROFESIONAL
13.1 PERSONAL DE PARA LA ELABORACION DEL PROYECTO:
a) Jefe de Proyecto (Ing. Civil)
Profesional titulado, colegiado y habilitado, Con experiencia en formulación de Expediente Técnicos en obras de Infraestructura sanitaria, acreditado mediante conformidades de servicio, contratos, constancias, certificados y cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional, de haber Elaborado o Participado en Tres (3) expedientes técnicos de infraestructura sanitaria. Deberá contar con cursos o especializaciones en elaboración de expedientes técnicos.
b) Especialista en costos y presupuestos (Ing. civil)
Profesional titulado, colegiado y habilitado, con experiencia en la elaboración de los metrados, así como elaborar el presupuesto, costos unitarios y relación de insumos de expedientes técnicos en general, acreditado mediante conformidades de servicio,
contratos, constancias, certificados y cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional, de haber Elaborado o Participado en Tres (3) Expedientes Técnicos.
13.2 EQUIPO DE ASISTENCIA TECNICA.
a) Asistente en Metrados y Presupuestos (bachiller en Ing. Civil o Técnico en Construcción Civil)
Profesional con experiencia en formulación de Expedientes técnicos, acreditado mediante conformidades de servicio, contratos, constancias, certificados y cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional, con experiencia mínima de 06 meses.
b) Asistente CAD (bachiller en Ing. Civil o Técnico en Construcción Civil)
Profesional con experiencia en dibujo en CAD, acreditado mediante conformidades de servicio, contratos, constancias, certificados y cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional, con experiencia mínima de 06 meses.
13.3 PERSONAL EXTERNO.
c) Especialista Instalaciones Sanitarias (Ing. Sanitario)
Profesional titulado, colegiado y habilitado, con experiencia en formulación de proyectos de inversión pública en infraestructura sanitaria a nivel de Expediente técnico, como especialista en infraestructura sanitaria, acreditado mediante conformidades de servicio, contratos, constancias, certificados y cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional, con experiencia mínima de 01 año.
14. PRESUPUESTO
La estructura de costos asciende a S/. 52,824.33 (Cincuenta y dos mil ochocientos veinticuatro con 33/100 nuevos soles), incluyendo Impuestos xx xxx y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el valor de los servicios a contratar.
En caso que hubiese observaciones en el Expediente Técnico, se tendrá un plazo máximo de 7 (siete) días calendario para la absolución de observaciones, desde el día siguiente de haber recibido la documentación con dichas observaciones,
Cabe señalar que:
Todo cálculo o aseveración, estimación o dato, deberá estar justificado en lo conceptual y en lo analítico; no se aceptarán estimaciones o apreciaciones sin el debido respaldo.
El Expediente Técnico se deberá adjuntar con su respectivo CD Magnético con la información solicitada (obligatoria).
15. SUPERVISIÓN, COORDINACIÓN Y CONTROL DEL EXPEDIENTE TÉCNICO.
La Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, recibirá los avances, valorizaciones, informes, consultas y solicitudes del Contratista del proyecto, la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos será quién aprobará, archivará, absolverá, coordinará e informará lo conveniente para el control, avance y terminación del Expediente Técnico.
La Sub Gerencia de Estudios y Proyectos designara un coordinador para las coordinaciones respectivas en la elaboración del Expediente Técnico.
El Proyectista tendrá 7 días hábiles para el Levantamiento de Observaciones de los Informes presentados, además de ello debe anexar las hojas y planos observados del Expediente Técnico, para la verificación que las observaciones realizas fueron levantadas. Durante la Elaboración del Expediente Técnico, se realizarán como mínimo dos (02) coordinaciones, verificadas mediante el Acta correspondiente, que servirán de sustento para la emisión de la conformidad de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos y el Jefe de Proyecto; siendo las reuniones mínimas en las siguientes etapas:
En la Entrega de Calendario de Actividades para la elaboración del Expediente Técnico (plazo máximo de 05 días calendario a la Suscripción del Contrato).
En el levantamiento de observaciones (máximo 7 días hábiles de la entrega de la documentación para subsanar las observaciones).
Es necesario aclarar que se adjuntará las copias de dichas actas en la presentación del Expediente Técnico final.
El Expediente Técnico, deberá estar debidamente respaldado por la firma de los profesionales responsables.
16. PENALIDADES
La Penalidad por Xxxx se genera en caso de retraso injustificado en la entrega del Estudio; la entidad aplicará al Proveedor de Servicios una penalidad por cada día de retraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual.
Penalidad diaria = 0.10 x Monto Contratado
0.40 x Plazo en días
En caso que el consultor no cumpliera con los requerimientos del presente servicio, la Entidad estará en la potestad de efectuar las penalidades según disposiciones específicas:
Las personas naturales y/o jurídicas – consultores, que incumplan los contratos en la elaboración de estudios de las Componentes de especialidades como parte del expediente técnico, de proyectos, se le aplicaran las siguientes penalidades:
a) Imponer una multa pecuniaria equivalente al 10% del monto del contrato por incumplimiento del mismo
b) Devolución íntegra de los adelantos percibidos por el consultor si las hubiera.
c) Los montos de la multa pecuniaria serán abonados en la cuenta de la Entidad, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendarios de emitida el documento resolutivo, en la que se resuelve la liquidación por daños y perjuicios ocasionados a la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, por parte del Consultor.
d) En caso de incumplimiento de los Incisos a), b) y c); el Consultor será inhabilitado para realizar contratos con la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, por cinco (02) años, asimismo debe cumplir con el pago de la multa pecuniaria y la devolución de los adelantos percibidos.
e) En caso de incumplimiento de los Incisos a), b), c) y d), el consultor se hará merecedor de una inhabilitación permanente, es decir no podrá realizar ningún tipo de contrato con la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
f) La acción estipulada en el inciso e), a fin de darle la formalidad del caso, deberá ser comunicado al consultor mediante acto resolutivo, caso contrario, se procederá a la publicación correspondiente en el diario de mayor circulación a nivel regional.
17. CONFIDENCIALIDAD
La información obtenida del Contratante y la documentación elaborada dentro de los alcances del presente servicio no podrán ser divulgadas a terceros o usadas para otros fines que no sean los del presente contrato.
18. CONCLUSIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO
El servicio concluye con la entrega del Consultor a la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx de la documentación indicada en los párrafos precedentes, que deberán ser a entera satisfacción de la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, así como la presentación de una Carta Notarial de compromiso por un tiempo de tres (03) años a quedar a disposición de la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, para cualquier consulta relacionada con el estudio, dentro de los plazos solicitados. A la presentación de la documentación antes señalada, Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx extenderá la conformidad del servicio, a través de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos, es necesario mencionar que el Consultor ante una solicitud de Consulta se niegue o no responda en el tiempo solicitado se notificara de la situación al Tribunal de Contracción por incumplimiento de sus obligaciones.
19. RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR
Sin exclusión de las obligaciones que correspondan a El Consultor, conforme a los dispositivos legales y reglamentarios vigentes y que son inherentes a la elaboración del perfil Técnico contratado, éste se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente:
a. Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la elaboración del perfil Técnico.
b. Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Términos de Referencia.
c. Entre el 5 y 10 día posterior a la firma del contrato, El Consultor visitará el terreno que será materia de aplicación en la elaboración del perfil Técnico, previa coordinación con el Coordinador, para lo cual suscribirá el Acta de Reconocimiento del Terreno. En dicho reconocimiento participará el Jefe de Proyecto y el Coordinador nombrado por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos.
d. Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar el estado y características topográficas, geográficas, batimetría, climáticas, Estudio de Suelos, Canteras y Fuentes de Agua y de servicios básicos, análisis de impacto ambiental todos correspondientes a la localidad y al terreno sobre el que se ejecuta el proyecto.
e. El Consultor es responsable por presentar el Proyecto Definitivo ante la Municipalidad efectuando los trámites que correspondan, así como el seguimiento respectivo hasta obtener la conformidad de los mismos, subsanando las observaciones que estas Entidades le puedan hacer.
f. El Consultor es responsable por presentar toda la documentación que requiera la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Salubridad, Parques y Jardines de la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, efectuando el trámite correspondiente, así como el seguimiento respectivo hasta obtener la conformidad, subsanando las observaciones que esta Entidad le pudiera hacer.
g. El Consultor es responsable de presentar el proyecto ante las Empresas Concesionarias, Empresas Prestadoras de Servicios (de ser el caso); efectuando los trámites que correspondan, así como el seguimiento respectivo hasta obtener la aprobación de los mismos, subsanando las observaciones que estas Entidades le pudieran hacer.
h. Determinar las características y la capacidad portante del terreno, mediante la ejecución del Estudio de Mecánica de Suelos, canteras y fuentes de agua.
i. Garantizar la participación del personal profesional mínimo que se exige en el presente documento, así como de los servicios, equipos y personal técnico y auxiliar que garanticen la buena y oportuna elaboración del perfil Técnico.
j. Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales y con el plazo total programado para la elaboración del perfil Técnico.
k. Asumir la responsabilidad, total y exclusiva, por la calidad del perfil Técnico ejecutado, para lo cual mantendrá coordinación permanente con La Entidad sobre los trabajos a elaborar.
l. El Consultor está obligada a aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas municipales, parámetros urbanísticos y edificatorios, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo del perfil Técnico, así como para sustentar adecuadamente la documentación técnica que formulará para La Entidad.
m. De ser necesario, el Consultor brindará las máximas facilidades para el cumplimiento de sus funciones al Coordinador que designará La Entidad, así como al Equipo Revisor que, eventualmente, tendrá a su cargo la revisión de los documentos que vaya elaborando El Consultor.
n. El Contrato establecerá las demás responsabilidades y obligaciones esenciales de El Consultor; las que se complementarán con los aquí listados.
o. En atención a que el Consultor es el responsable absoluto del Estudio que realiza, deberá garantizar su calidad y responder por el trabajo realizado, dentro de los términos que establecen las normas durante los siguientes tres (3) años, desde la fecha de aprobación del perfil Técnico, por lo que, en caso de ser requerido por la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, para absolver consultas u observaciones sobre el perfil Técnico.
p. En caso de no contestar por escrito en un plazo máximo de 05 días calendario y/o no concurrir a la citación antes indicada, se hará conocer su negativa al OSCE y a la Contraloría General de la República, para los efectos legales consiguientes, en razón de que el servicio prestado es un acto administrativo por el cual es responsable ante el Estado.
q. Es responsabilidad del Consultor la presentación completa y oportuna de la documentación establecida para cada una de las Etapas de esta consultoría.
20. RESOLUCION DE CONTRATO
Las formalidades de la Resolución del Contrato se regirán por lo estipulado en el Artículo 44º de la Ley de Contrataciones del Estado.
La Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx podrá resolverse con arreglo x Xxx en los casos que el Consultor:
a) Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello. En caso de obligaciones contractuales no esenciales, la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx podrá resolver el Contrato solo si, habiéndolo requerido dos (02) veces, el Consultor no ha verificado su cumplimiento.
b) Ausencia del Jefe de Proyecto, en las reuniones programas (02 reuniones con la respectiva citación) con la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos.
c) No cuente con la capacidad económica y técnica para la continuación de la prestación del servicio, pese a haber sido requerido la corrección de tal situación.
d) El Consultor acumule el monto máximo de penalidades por xxxx en la ejecución de la prestación de servicio.
NOTA:
El CONSULTOR podrá coordinar con la Municipalidad si es que ve por conveniente incorporar un nuevo componente que no se haya contemplado en el Perfil Técnico del Proyecto, para eso deberá solicitarlo a la entidad.
21. PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por los términos de referencia y anexos.
3.1. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN16
A | CAPACIDAD LEGAL |
A.1 | REPRESENTACIÓN |
Requisitos: Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. Promesa de consorcio con firmas legalizadas 17 , en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5) Importante para la Entidad De conformidad con el artículo 28 del Reglamento, en caso que el área usuaria haya establecido un número máximo de consorciados y/o el porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato para el integrante que acredite mayor experiencia, consignar el o los párrafos siguientes: De conformidad con el artículo 28 del Reglamento, el número máximo de consorciados es de 02 integrantes. La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. Acreditación: Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. Promesa de consorcio con firmas legalizadas. | |
A.2 | HABILITACIÓN |
Requisitos: CONTAR CON REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES – CAPITULO DE CONSULTOR DE OBRAS Acreditación: COPIA DEL RNP. Importante |
16 La Entidad puede adoptar solo los requisitos de calificación contenidos en el presente capítulo, de acuerdo al artículo 28 del Reglamento. Los requisitos de calificación son fijados por el área usuaria en el requerimiento.
17 En caso de presentarse en consorcio.
En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe acreditar este requisito. | |||
B | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL | ||
B.1 | CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE | ||
FORMACIÓN ACADÉMICA | |||
Requisitos: a) Jefe de Proyecto - Ingeniero Civil o Economista b) Especialista en Costos y presupuestos - Ingeniero Civil c) Asistente en Metrados y Presupuestos – Bachiller en Ing. Civil o Técnico en Construcción Civil; d) Asistente CAD - Bachiller en Ing. Civil o Técnico en Construcción Civil; Acreditación: Se acreditará con copia simple de TÍTULO PROFESIONAL, SEGÚN CORRESPONDA. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido al personal clave propuesto para la ejecución del servicio de consultoría de obra. | |||
Importante | |||
De conformidad con el artículo 159 del Reglamento el supervisor, debe cumplir con las mismas calificaciones profesionales establecidas para el residente de obra. | |||
B.2 | EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE | ||
Requisitos: a) Jefe de Proyecto - Ingeniero Civil o Economista Profesional titulado, colegiado y habilitado, con experiencia en formulación de estudios a nivel de Expediente Técnico en Infraestructura Sanitaria, acreditado mediante conformidades de servicio, contratos, constancias, certificados y cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional, de haber Elaborado o Participado en Tres (3) Estudios de Proyectos a nivel de EXPEDIENTE TECNICO y la dedicación será exclusiva. Con experiencia mínima de 01 año. b) Especialista En Costos y Presupuestos (Ingeniero Civil) Profesional titulado, colegiado y habilitado, con experiencia en formulación de estudios a nivel de Expediente Técnico en Infraestructura Sanitaria, acreditado mediante conformidades de servicio, contratos, constancias, certificados y cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional, de haber Elaborado o Participado en Tres (3) Estudios de Proyectos a nivel de EXPEDIENTE TECNICO y la dedicación será exclusiva. Con experiencia mínima de 01 año. c) Asistente en Metrados y Presupuestos – Bachiller en Ing. Civil o Técnico en Construcción Civil Profesional titulado, colegiado y habilitado, con experiencia en formulación de estudios a nivel de Expediente Técnico en Edificaciones Educativas y/o recreativas, acreditado mediante conformidades de servicio, contratos, constancias, certificados y cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional, de haber Elaborado o Participado en Tres (3) Estudios de Proyectos a nivel de EXPEDIENTE TECNICO y la dedicación será exclusiva. Con experiencia mínima de 06 meses d) Asistente CAD - Bachiller en Ing. Civil o Técnico en Construcción Civil Profesional titulado, colegiado y habilitado, con experiencia en formulación de estudios a nivel de Expediente Técnico en Edificaciones Educativas y/o recreativas, acreditado mediante conformidades de servicio, contratos, constancias, certificados y cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional, de haber Elaborado o Participado en Tres (3) Estudios de Proyectos a nivel de EXPEDIENTE TECNICO y la dedicación será exclusiva. Con experiencia mínima |
de 06 meses Acreditación: La experiencia del personal se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal clave propuesto. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido al personal clave propuesto para la ejecución del servicio de consultoría de obra. | |||
Importante | |||
De conformidad con el artículo 159 del Reglamento el supervisor, debe cumplir con la misma experiencia establecida para el residente de obra. | |||
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR | ||
C.1 | TIEMPO MÍNIMO DE EXPERIENCIA18 | ||
Requisitos: El postor debe acreditar UN (1) AÑO TRATÁNDOSE DE ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO de experiencia efectiva especializada en servicios de consultoría de obra iguales o similares al objeto de la convocatoria. Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes: Saneamiento en General y Edificaciones Acreditación: El tiempo de experiencia efectiva del postor se acreditará con copia simple de contratos y su respectiva conformidad o liquidación del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido al Tiempo Mínimo de Experiencia del Postor. El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad servirá para acreditar el tiempo mínimo de experiencia del postor. |
B | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL |
B.3 | EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO |
Requisitos: - COMPUTADORA EQUIPADA - IMPRESORA LASER - PLOTTER A1 - GPS - ESTACION TOTAL Con una antigüedad no mayor a cuatro años a la fecha de la presentación Acreditación: Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento estratégico requerido. | |
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR |
C.2 | EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD |
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a TRES (03) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN, por la contratación de servicios de consultoría de obra correspondiente a la actividad de ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS, objeto de la convocatoria, durante los seis (06) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas. Acreditación: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO, ENTRE OTROS], |
18 De conformidad con el tiempo mínimo de experiencia establecido en la definición “consultoría de obras” que consta en el Anexo Único de Definiciones del Reglamento.
correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las diez (10) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad. El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad servirá para acreditar la experiencia en la actividad. | |||
Importante | |||
En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. | |||
C.2 | EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD | ||
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a DOS (02) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN, por la contratación de servicios de consultoría de obra correspondiente a la actividad de ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS, objeto de la convocatoria, durante los seis (06) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes: Saneamiento en General Acreditación: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO, ENTRE OTROS], correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las diez (10) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de |
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad. El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad servirá para acreditar la experiencia en la actividad. | |||
Importante | |||
En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. |
Las consultas y observaciones no deben emplearse para formular pretensiones que desnaturalicen la decisión de compra adoptada por la Entidad. Si como resultado de una consulta u observación debe modificarse el requerimiento, debe solicitarse la autorización del área usuaria y remitir dicha autorización a la dependencia que aprobó el expediente de contratación para su aprobación, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento.
Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente. Para ello, las Entidades deben establecer de manera clara y precisa los requisitos que deben cumplir los postores a fin de acreditar su calificación en el literal B del numeral 2.2.1.1 concordante con el numeral 3.2 de esta sección de las bases.
El cumplimiento de los Términos de Referencia se realiza mediante la presentación de una declaración jurada. De ser el caso, adicionalmente la Entidad puede solicitar documentación que acredite el cumplimiento del algún componente de estos. Para dicho efecto consignará de manera detallada los documentos que debe presentar el postor en el literal a.4) del numeral 2.2.1.1 de esta sección de las bases.
Importante
CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje: 100 Puntos)
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
A. METODOLOGÍA PROPUESTA | Presenta 4 tópicos (Metodología completa: PLAN DE TRABAJO: |
Criterio: | |
Se evaluará la metodología propuesta por el postor para la ejecución de la consultoría de obra, el cual consta de las siguientes etapas: Factor 1: conocimiento y descripción de proyecto Factor 2: plan de trabajo Factor 3: cronograma de ejecución Factor 4: descripción de las actividades . | Factor 1 : 05 Puntos Factor 2 : 05 Puntos Factor 3 : 05 Puntos Factor 4 : 05 Puntos Presenta los cuatros factores puntaje total 20 puntos |
Acreditación: Se acreditará mediante la presentación del documento que sustente la metodología propuesta. | No desarrolla la metodología que sustente la oferta 0 puntos |
B. CALIFICACIONES Y/O EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE | [70] puntos |
B.1 CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE | [20] puntos |
B.1.1 FORMACIÓN ACADÉMICA: | |
JEFE DE PROYECTO Criterio: | |
Se evaluará en función del nivel de formación académica del personal clave propuesto como JEFE DE PROYECTO, considerándose los siguientes niveles: | XXXXX 00 : 20 PUNTOS XXXXX 00 : 10 PUNTOS |
XXXXX 0 : SISTEMAS DE SEGURIDAD O RIESGO EN OBRAS | |
Acreditación: | |
Se acreditarán con copia simple de CONSTANCIA O CERTIFICADO O TITULO | |
B.2 EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE | [50] puntos |
JEFE DE PROYECTO Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal clave propuesto en JEFE DE PROYECTO. Se considerarán como trabajos o prestaciones similares a los siguientes: Saneamiento y/o Edificaciones | Más de 12 meses: [30] puntos Más de 06 hasta 12 meses: [10] puntos |
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
ESPECIALISTA EN COSTOS Y PRESUPUESTO Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal clave propuesto en ESPECIALISTA EN COSTOS Y PRESUPUESTOS. Se considerarán como trabajos o prestaciones similares a los siguientes: Edificaciones en general | Más de 12 meses: [20] puntos Más de 06 hasta 12 meses: [10] puntos |
Acreditación: | |
Mediante la presentación de cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. | |
C. OTROS FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA | 10] puntos |
C.1 PLAN DE RIESGOS | |
Criterio: | |
Se evaluará el plan de riesgos propuesto por el postor para la ejecución de la consultoría de obra FACTOR 1 Situación General. FACTOR 2 Identificación de Peligros. FACTOR 3 Análisis de Vulnerabilidad. FACTOR 4 Conclusiones, Recomendaciones | Desarrolla el plan de riesgos que sustenta la oferta Factor 1: 03 puntos Factor 2: 03 puntos Factor 3: 02 puntos Factor 4: 02 puntos |
Acreditación: | |
Se acreditará mediante la presentación del documento que sustente el plan de riesgos propuesto. | |
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos19 |
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor debe obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los Términos de Referencia ni los requisitos de calificación.
Las ofertas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo especificado son descalificadas.
Importante
19 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.
EVALUACIÓN ECONÓMICA (Puntaje: 100 Puntos)
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
A. PRECIO | |
Evaluación: Se evaluará considerando la oferta económica del postor. Acreditación: Se acreditará mediante el documento que contiene la oferta económica ( Anexo N° 8) | La evaluación consistirá en asignar un puntaje de cien (100) a la oferta más próxima al promedio de las ofertas válidas que quedan en competencia incluyendo el valor referencial y otorgar a las demás ofertas puntajes, según la siguiente fórmula: |
i = Oferta Pi = Puntaje de la oferta económica i Oi = Oferta económica i Om = Oferta económica de monto o precio más próximo al promedio de las ofertas válidas incluido el valor referencial PMOE = Puntaje máximo de la oferta económica | |
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos |
CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.
Importante
Conste por el presente documento, la contratación del servicio de consultoría de obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………],
con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [ ]
del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en
los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [ ], el comité de selección adjudicó la buena pro de la ADJUDICACIÓN
SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN] para la contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos
detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN].
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos xx Xxx.
Este monto comprende el costo del servicio de consultoría de obra, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio de consultoría de obra materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO20
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR SI SE TRATA DE PAGO ÚNICO, PAGOS PARCIALES O PAGOS PERIÓDICOS O SEGÚN TARIFA EN EL CASO DE PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN DE OBRAS CONVOCADOS BAJO EL SISTEMA DE CONTRATACIÓN DE TARIFAS], luego de la recepción
formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los veinte (20) días de producida la recepción.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
20 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 149 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO, DESDE LA FECHA QUE SE ESTABLEZCA EN EL CONTRATO O DESDE LA FECHA EN QUE SE CUMPLAN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LAS MISMAS EN ESTE ULTIMO CASO].
De preverse en los Términos de Referencia la ejecución de actividades de instalación, implementación u otros que deban realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecución, se debe consignar lo siguiente:
“El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS TÉRMINOS
DE REFERENCIA] es de [ ] días calendario, el mismo que se computa desde [INDICAR
CONDICIÓN CON LA QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].”
Importante para la Entidad
Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora21, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato22: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO
DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente:
“De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”
Importante
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
21 La oferta ganadora comprende a la oferta técnica y oferta económica del postor ganador de la buena pro.
22 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 23 : [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA
EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Sólo en el caso que la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se debe incluir la siguiente cláusula:
CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO24
“LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO
DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original.
EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos25 mediante [INDICAR TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] acompañada
del comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud.
LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.”
Importante para la Entidad
Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda.
CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD].
De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco
(5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar.
Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.
23 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de servicios que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
24 Si la Entidad ha previsto la entrega de xxxxxxxxx, debe consignar el plazo en el cual el contratista debe solicitar el adelanto, así como el plazo de entrega del mismo, conforme a lo previsto en el artículo 148 del Reglamento.
25 De conformidad con el artículo 129 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías podrán ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] año(s) contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.
En los contratos de consultoría de obras para elaborar los expedientes técnicos de obra, se debe reemplazar el último párrafo de esta cláusula por el siguiente:
“El plazo máximo de responsabilidad del contratista por vicios ocultos puede ser reclamada por la Entidad por [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] año(s)
después de la conformidad de obra otorgada por LA ENTIDAD”.
Importante para la Entidad
Incorporar a las bases de consultoría de obras para la elaboración de expedientes técnicos o eliminar, según
corresponda.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto
F x Plazo en días
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato vigente o ítem que debió ejecutarse o en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Adicionalmente a la penalidad por xxxx se aplicará la siguiente penalidad:
Penalidades | |||
N° | Supuestos de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
1 | En caso culmine la relación contractual entre el contratista y el personal ofertado y la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado. | [INCLUIR LA FORMA DE CÁLCULO, QUE NO PUEDE SER MENOR A LA MITAD DE UNA UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA (0.5 UIT) NI MAYOR A UNA (1) UIT] por cada día de ausencia del personal. | Según informe del [CONSIGNAR EL ÁREA USUARIA A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO]. |
2 | (…) |
De haberse previsto establecer penalidades distintas a la penalidad por xxxx, incluir dichas penalidades, los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar, conforme el artículo 134 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Importante
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Estos dos tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el literal d) del inciso 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: ANTICORRUPCIÓN
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A.
Además, EL CONTRATISTA se compromete a comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven
mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El arbitraje será institucional y resuelto por [INDICAR SI SERÁ ÁRBITRO ÚNICO O TRIBUNAL ARBITRAL CONFORMADO POR TRES (3) ÁRBITROS]. LA ENTIDAD propone las siguientes
instituciones arbitrales: [INDICAR COMO MÍNIMO DOS (2) INSTITUCIONES ARBITRALES]26.
Al momento de la presentación de su oferta, el postor elegirá a una de las instituciones arbitrales propuestas por la Entidad, señalando un orden de prelación con relación a las demás, de ser el caso. Si el postor no cumple con realizar la elección, se procederá de conformidad con el inciso 185.3 del artículo 185 del Reglamento.
Asimismo, el postor puede consentir o no la propuesta de la Entidad sobre el número de árbitros que resuelven las controversias. Si el postor no está de acuerdo con la propuesta o no se pronuncia al respecto en su oferta o si la Entidad no formula ninguna propuesta, se procederá de conformidad con el inciso 189.1 del artículo 189 del Reglamento.
Importante
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.8 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [. ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
26 Preferentemente, las instituciones arbitrales deberán encontrarse ubicadas en el lugar del perfeccionamiento del contrato.
“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”
CAPÍTULO VI
CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE CONSULTORÍA DE OBRA
De conformidad con el artículo 145 del Reglamento, se deja expresa constancia de la culminación de la prestación derivada del contrato mencionado en el numeral 3 del presente documento.
1 DATOS DEL DOCUMENTO | Número del documento | |
Fecha de emisión del documento |
2 DATOS DEL CONTRATISTA | Nombre, denominación o razón social | |||
RUC | ||||
EN CASO EL CONTRATISTA SEA UN CONSORCIO, ADEMÁS SE DEBERÁ REGISTRAR LA SIGUIENTE INFORMACIÓN: | ||||
Nombre o razón social del integrante del consorcio | RUC | % | Descripción de las obligaciones | |
3 DATOS DEL CONTRATO EJECUTADO | Número del contrato | ||||
Tipo y número del procedimiento de selección | |||||
Objeto del contrato | Elaboración de Expediente Técnico | Supervisión de Obra | |||
Descripción del objeto del contrato | |||||
Fecha de suscripción del contrato | |||||
Xxxxx total ejecutado del contrato | |||||
Plazo de ejecución contractual | Plazo original | días calendario | |||
Ampliación(es) de plazo | días calendario | ||||
Total plazo | días calendario | ||||
Fecha de inicio de la obra | |||||
Fecha final de la obra |
En caso de elaboración de Expediente Técnico | ||
4 DATOS DEL EXPEDIENTE TÉCNICO | Denominación del proyecto | |
Ubicación del proyecto | ||
Monto del presupuesto |
En caso de Supervisión de Obras | ||
5 DATOS DE LA OBRA | Denominación de la obra | |
Ubicación de la obra | ||
Número de adicionales de obra | ||
Monto total de los adicionales | ||
Número de deductivos | ||
Monto total de los deductivos |
Monto total de la obra |
6 APLICACIÓN DE PENALIDADES | Monto de las penalidades por xxxx | |
Monto de otras penalidades | ||
Monto total de las penalidades aplicadas |
7 DATOS DE LA ENTIDAD | Nombre de la Entidad | |
RUC de la Entidad | ||
Nombres y apellidos del funcionario que emite la constancia | ||
Cargo que ocupa en la Entidad | ||
Teléfono de contacto |
8 | |
NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL FUNCIONARIO COMPETENTE |
ANEXOS
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio.
Importante
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.
4.- No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como respetar el principio de integridad.
5.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
6.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las disposiciones aplicables en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
Importante
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones existentes, el postor que suscribe ofrece el servicio de consultoría de obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con los Términos de Referencia que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de documentación que acredite el cumplimiento de los términos de referencia, conforme a lo indicado en el acápite relacionado al contenido de las ofertas de la presente sección de las bases.
Importante
ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a prestar el servicio de consultoría de obra objeto del presente procedimiento de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 5
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO].
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 118 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].
Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [. ].
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1. OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1]
[ % ] 27
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2. OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2]
[ % ] 28
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
27 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
28 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
TOTAL OBLIGACIONES 100%29
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..………………………………………….
Consorciado 1
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad
..…………………………………………..
Consorciado 2
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas.
Importante
29 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
ANEXO Nº 6
DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL CLAVE PROPUESTO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
AJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que la información del personal clave propuesto es el siguiente:
NOMBRES Y APELLIDOS | DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD U OTRO ANÁLOGO | CARGO | ESPECIALIDAD | N° DE FOLIO EN LA OFERTA | TIEMPO DE EXPERIENCIA ACREDITADA | N° DE FOLIO EN LA OFERTA |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
El postor debe presentar dentro de su oferta la carta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según Anexo Nº 13.
Importante
POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LA CC.NN. PUERTO FIRMEZA, DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA XX XXXXXXX XXXXXXXX - UCAYALI””
ANEXO Nº 7
TIEMPO MÍNIMO DE EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla el siguiente TIEMPO DE EXPERIENCIA ESPECIALIZADA:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | FECHA DE INICIO | FECHA DE CULMINACIÓN | TIEMPO DE EXPERIENCIA DEL CONTRATO | TIEMPO ACUMULADO | N° DE FOLIO EN LA OFERTA |
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
4 | |||||||
5 | |||||||
6 | |||||||
7 | |||||||
8 |
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | FECHA DE INICIO | FECHA DE CULMINACIÓN | TIEMPO DE EXPERIENCIA DEL CONTRATO | TIEMPO ACUMULADO | N° DE FOLIO EN LA OFERTA |
9 | |||||||
10 | |||||||
… | |||||||
TOTAL TIEMPO DE EXPERIENCIA ESPECIALIZADA ACUMULADA: [CONSIGNAR EL TIEMPO TOTAL ACUMULADO EN AÑOS, MESES Y DÍAS, SEGÚN CORRESPONDA] |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado
Importante
ANEXO Nº 8
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO/ COMPROBANTE DE PAGO | FECHA30 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA31 | MONTO FACTURADO ACUMULADO32 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 |
30 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
31 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
32 Consignar en la moneda establecida en las bases.
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO/ COMPROBANTE DE PAGO | FECHA30 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA31 | MONTO FACTURADO ACUMULADO32 |
9 | ||||||||
10 | ||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 9
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO/ COMPROBANTE DE PAGO | FECHA33 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA34 | MONTO FACTURADO ACUMULADO35 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 |
33 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
34 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
35 Consignar en la moneda establecida en las bases.
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO/ COMPROBANTE DE PAGO | FECHA33 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA34 | MONTO FACTURADO ACUMULADO35 |
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 | ||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 10
OFERTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
CONCEPTO | PRECIO UNITARIO O TARIFA36 | OFERTA ECONÓMICA [CONSIGNAR MONTO TOTAL DE LA OFERTA ECONÓMICA EN LA MONEDA DE LA | |
CONVOCATORIA | |||
TOTAL |
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta económica es la siguiente:
]
La oferta económica incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio de consultoría de obra a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en su oferta económica los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
En caso de procedimientos según relación de ítems, consignar lo siguiente:
“El postor debe presentar su oferta económica en documentos independientes, en los ítems que se presente”.
En caso de contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, consignar lo siguiente:
“El postor debe detallar en su oferta económica, el monto correspondiente a la prestación principal y las prestaciones accesorias”.
En caso de una convocatoria bajo el sistema a precios unitarios, consignar lo siguiente: “El postor debe consignar los precios unitarios y subtotales de su oferta económica”.
En caso de una convocatoria a suma alzada, consignar lo siguiente:
“El postor debe consignar el monto total de la oferta económica, sin perjuicio, que de
Importante para la Entidad
36 Solo incluir esta columna en el caso de una convocatoria bajo el sistema a precios unitarios o tarifas.
resultar favorecido con la buena pro, presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para el perfeccionamiento del contrato, según lo previsto en el numeral
2.4 de la sección específica de las bases”.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, consignar lo siguiente:
“La oferta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo N° 11), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV”.
Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se incorporen deben ser eliminadas.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, incluir el siguiente anexo:
Importante para la Entidad
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
ANEXO Nº 11
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
Presente.-
Ref.- ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes:
1.- Que el domicilio fiscal de la xxxxxxx00 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la Amazonía; y
4.- Que la empresa no presta servicios fuera de la Amazonía. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados
Importante
37 En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras xx xxxxxx de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.”
En el caso de contratación de servicios consultoría de obra que se presten fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo valor referencial del procedimiento de selección o de algún ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00) debe consignarse este anexo:
Importante para la Entidad
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
ANEXO Nº 12
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN XXX XXXX POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS PRESTADOS FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [INCLUIR EN CASO CORRESPONDA, EN PROCEDIMIENTOS POR RELACIÓN DE ÍTEMS, CONSIGNANDO EL N° DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS DOSCIENTOS MIL SOLES (S/ 200,000.00])
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA], solicito la asignación de la bonificación xxx xxxx por ciento (10%) sobre el puntaje total en [EN EL CASO DE PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN SEGÚN RELACIÓN DE ÍTEMS, CONSIGNAR EL ÍTEM O ITEMS, SEGÚN CORRESPONDA, EN LOS QUE SE SOLICITA LA
BONIFICACIÓN] debido a que mi representada se encuentra domiciliada en [CONSIGNAR DOMICILIO DEL POSTOR], la que está ubicada en la provincia [CONSIGNAR PROVINCIA O PROVINCIA COLINDANTE AL LUGAR EN EL QUE SE PRESTARÁ EL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA, LA QUE PODRÁ PERTENECER O NO AL MISMO DEPARTAMENTO O REGIÓN].
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor
Para asignar la bonificación, el comité de selección, verifica el domicilio consignado por el postor en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
Cuando se trate de consorcios, esta solicitud debe ser presentada por cada uno de los consorciados
Importante
ANEXO Nº 13
CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL CLAVE
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Yo [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS] identificado con documento de identidad N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DNI O DOCUMENTO DE IDENTIDAD ANÁLOGO], domiciliado en
[CONSIGNAR EL DOMICILIO LEGAL], declaro bajo juramento:
Que, me comprometo a prestar mis servicios en el cargo de [CONSIGNAR EL CARGO A DESEMPEÑAR] para ejecutar [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en caso que el postor [CONSIGNAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR38]
resulte favorecido con la buena pro y suscriba el contrato correspondiente.
Para dicho efecto, declaro que mis calificaciones y experiencia son las siguientes:
A. Calificaciones
Carrera o Especialidad | |||
Universidad | |||
Bachiller | Título Profesional | ||
Fecha de expedición del grado o título |
B. Experiencia
[CONSIGNAR LA EXPERIENCIA SEGÚN LO REQUERIDO EN EL CAPÍTULO III DE LA PRESENTE SECCIÓN DE LAS BASES].
N° | Cliente o Empleador | Objeto de la contratación | Fecha de inicio | Fecha de culminación | Tiempo |
1 | |||||
2 | |||||
(…) |
La experiencia total acumulada es de: [CONSIGNAR LA EXPERIENCIA TOTAL ACUMULADA EN AÑOS, MESES Y DÍAS SEGÚN CORRESPONDA]
Asimismo, manifiesto mi disposición de ejecutar las actividades que comprenden el desempeño del referido cargo, durante el periodo de ejecución del contrato.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del personal
De conformidad con el numeral 3 del artículo 31 del Reglamento la carta de compromiso del personal clave, debe contar con la firma legalizada de este.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Importante
38 En el caso que el postor sea un consorcio se debe consignar el nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.