Condiciones generales de suministro y servicio de Boll & Kirch Filterbau GmbH
Condiciones generales de suministro y servicio de Boll & Xxxxx Filterbau GmbH
Contenido
1 Cuestiones generales 1
2 Contratación 2
3 Obligaciones de colaboración del cliente 2
4 Momento de la prestación 3
5 Suministro de mercancía 3
6 Precios 4
7 Condiciones de pago 4
8 Reserva de dominio 5
9 Recepción 6
10 Responsabilidad por vicios y defectos 6
11 Responsabilidad 7
12 Fuerza mayor 8
13 Concesión de derechos 9
14 Obligación de confidencialidad 9
15 Otros 9
1 Cuestiones generales
1.1 Las presentes condiciones generales de suministro y servicio se aplicarán a todos los contratos que tengan por objeto el pedido de mercancías y prestaciones por parte el contratante (en lo sucesivo, "cliente") x Xxxx & Xxxxx Filterbau GmbH (en lo sucesivo, "Xxxx & Xxxxx").
1.2 Estas condiciones generales de suministro y servicio se aplicarán a los futuros contratos con el cliente, aun
cuando las condiciones generales de suministro y servicio no se pacten de nuevo de forma específica.
1.3 Xxxx & Xxxxx no reconoce las condiciones del cliente que se opongan a sus condiciones, se desvíen de las mismas o las complementen, salvo cuando Xxxx & Xxxxx las haya reconocido por escrito, expresa y específicamente a través de la firma de un administrador con facultades suficientes a tal efecto, en lugar de las presentes condiciones generales de suministro y servicio.
1.4 Las condiciones generales de suministro y servicio de Boll & Xxxxx también serán de aplicación cuando, conociendo las condiciones contractuales del cliente, que se opongan o se desvíen de sus condiciones, Xxxx & Xxxxx realiza la prestación sin reservas.
1.5 Salvo que en las presentes condiciones generales de suministro y servicio se disponga expresamente otra cosa, todas las declaraciones y comunicaciones en el marco de la relación contractual y comercial con el cliente precisarán de la forma escrita (también por fax) o electrónica.
1.6 Las presentes condiciones generales de suministro y servicio, junto con el contrato correspondiente (es decir, el pedido y/o la confirmación del pedido), recogen de forma exhaustiva los acuerdos de las partes relativos al objeto contractual de que se trate. No existen acuerdos verbales complementarios.
1.7 Los acuerdos que modifiquen o complementen tanto estas condiciones generales de suministro y servicio, como los contratos, los acuerdos complementarios, las declaraciones y los demás acuerdos precisarán de la forma escrita para su eficacia jurídica. Esto también se aplica a la modificación de esta cláusula de forma escrita.
2 Contratación
2.1 Salvo que expresamente y por escrito se indique lo contrario, las ofertas de Boll & Xxxxx son sin compromiso y no vinculantes, especialmente en lo que se refiere a los precios y plazos indicados en las ofertas.
2.2 Un pedido del cliente (pedido) se considerará una oferta contractual vinculante dirigida x Xxxx & Xxxxx. Salvo que del pedido resulte otra cosa, Xxxx & Xxxxx tiene derecho a aceptar dicha oferta contractual en un plazo de catorce (14) días desde su recepción.
2.3 Xxxx & Xxxxx confirmará al cliente la aceptación del pedido por escrito (también por fax o en forma electrónica). El cliente deberá examinar con diligencia la confirmación del pedido. Cualquier desviación con respecto al pedido deberá ser comunicada inmediatamente x Xxxx & Xxxxx.
2.4 Los detalles de las prestaciones serán regulados en las correspondientes confirmaciones de los pedidos.
2.5 La información y los presupuestos remitidos por Xxxx & Xxxxx referidos a la extensión, la naturaleza y la duración de las prestaciones a realizar, así como al coste previsible son sin compromiso y sólo son aproximados. No contienen una promesa o afirmación. Solamente se considerarán contenido contractual vinculante, si Xxxx & Xxxxx proporciona un presupuesto o una información por escrito y sin reserva alguna. Únicamente se proporcionará un presupuesto detallado a petición expresa del cliente, cuyo coste deberá ser satisfecho.
3 Obligaciones de colaboración del cliente
3.1 El cliente deberá proporcionar x Xxxx & Xxxxx información completa sobre todas las circunstancias que xxxx
relevantes para realizar las prestaciones objeto del contrato. Salvo pacto en contrario por escrito, Xxxx & Xxxxx no estará obligada a comprobar la veracidad e integridad de los datos, de la información
y de las demás prestaciones puestas a disposición por el cliente.
3.2 En la medida en que para realizar las prestaciones de Boll & Xxxxx xxxx necesarios actos de colaboración del cliente, el cliente los realizará siendo los gastos de su cuenta. Salvo pacto en contrario por escrito, Xxxx & Xxxxx no rembolsará al cliente los gastos de éste.
3.3 En la medida en que para realizar las prestaciones de Boll & Xxxxx xxxx necesarios equipos y/o componentes del cliente, el cliente los pondrá a disposición de Boll & Xxxxx a tiempo y asumirá los gastos. Salvo que por escrito se pacte expresamente otra cosa, Xxxx & Xxxxx no rembolsará al cliente sus gastos por el transporte y la entrega de dichos equipos y/o componentes.
3.4 Cuando el cliente no cumpla con sus obligaciones de colaboración o no cumpla a tiempo o no debidamente, Xxxx & Xxxxx quedará liberada de su propia obligación de realizar la prestación. Además, Xxxx & Xxxxx podrá facturar al cliente los gastos adicionales generados por ese motivo. Queda reservada expresamente la facultad de reclamar derechos adicionales.
3.5 Cuando Xxxx & Xxxxx trabaje en el recinto empresarial del cliente, incumbirán al cliente todas las medidas necesarias para cumplir las obligaciones de seguridad en el tránsito, salvo cuando resulte otra cosa de la naturaleza del asunto o de un acuerdo con el cliente. Mientras el cliente no haya tomado las medidas necesarias, Xxxx & Xxxxx estará liberada de realizar la prestación.
3.6 Cuando Xxxx & Xxxxx exporte prestaciones o mercancías por mandato del cliente, el cliente, cuando Xxxx & Xxxxx
así se lo reclame, estará obligado a realizar por su cuenta los actos de colaboración necesarios para la importación y exportación.
3.7 Cuando Xxxx & Xxxxx se lo reclame por escrito, el cliente estará obligado a expedir una confirmación de entrega en destino y a remitírsela x Xxxx & Xxxxx.
3.8 De las confirmaciones de pedidos podrán resultar otras obligaciones de colaboración.
4 Momento de la prestación
4.1 El momento de la prestación resulta de la correspondiente confirmación del pedido. Cuando la prestación deba realizarse dentro de un marco temporal de prestación, dicho marco temporal se computará desde la fecha de la confirmación de pedido de Boll & Xxxxx o desde el inicio del marco temporal indicado en la confirmación del pedido, pero no antes de la realización íntegra de todos los actos de colaboración debidos por el cliente ni antes de la recepción del anticipo parcial pactado o del pago anticipado íntegro, ni antes de la concesión del crédito documentario acordado.
4.2 Los momentos de prestación solamente serán vinculantes, si han sido confirmados expresamente como vinculantes por escrito, por fax o en forma electrónica por las personas de contacto designadas por Xxxx & Xxxxx.
4.3 Cuando no se cumpla un momento de prestación vinculante por causas imputables x Xxxx & Xxxxx, el cliente podrá señalar x Xxxx & Xxxxx un plazo xx xxxxxx razonable para realizar la prestación, declarando al mismo tiempo que, expirado dicho plazo, rechazará la prestación. El plazo señalado por el cliente a tal efecto no podrá ser inferior a cuatro (4) semanas.
5 Suministro de mercancía
5.1 Salvo pacto en contrario por escrito, se entenderá que todas las entregas de Boll & Xxxxx son entregas EXW (Incoterms 2010) Xxxx & Xxxxx. Salvo pacto en contrario por escrito, el lugar de cumplimiento de todas las obligaciones objeto de las presentes condiciones generales de suministro y servicio será la sede de Boll & Xxxxx.
5.2 Xxxx & Xxxxx tendrá derecho a realizar entregas parciales. El cumplimiento por parte de Boll & Xxxxx está condicionado por la recepción correcta y a tiempo de nuestros propios pedidos a terceros.
5.3 El embalado se realizará conforme a los usos comerciales y a elección de Boll & Xxxxx, considerando las vías de transporte (por vía marítima, aérea o terrestre). El coste del embalado correrá por cuenta del cliente.
5.4 Las entregas, así como, en su caso, el transporte de vuelta de objetos del cliente por regla general se realizarán por cuenta y riesgo del cliente. El transporte de vuelta de objetos del cliente se realizará sólo previa solicitud escrita y expresa del cliente.
5.5 El cliente estará obligado a examinar sin demora la mercancía suministrada y las prestaciones realizadas por Xxxx & Xxxxx inmediatamente después de su entrega o realización, siempre que sea factible con arreglo al proceso empresarial debido. Deberá reclamar x Xxxx & Xxxxx los defectos manifiestos sin demora y por escrito, en cualquier caso en un plazo de cinco (5) días laborables desde la entrega o realización. Los defectos que no pudieron detectarse durante el examen y que se manifiesten posteriormente deberán ser reclamados x Xxxx & Xxxxx por el cliente sin demora y por escrito, en cualquier caso en un plazo de cinco (5) días laborables desde su descubrimiento. El cliente deberá describir el defecto correspondiente lo más detalladamente posible. Si el cliente omite
la reclamación, la mercancía o la prestación realizada será considerada como aprobada en lo que al defecto en cuestión se refiere.
5.6 En caso de entrega por un transportista contratado por Xxxx & Xxxxx, el cliente estará obligado a reclamar, como se describe a continuación, los daños o pérdidas por transporte, así como el incumplimiento del plazo de entrega:
5.6.1 En el momento de la entrega, el cliente deberá examinar la mercancía en busca de daños y/o pérdidas por transporte que sean detectables por la parte exterior de ésta y deberá reclamar por escrito, ante el transportista y en el momento de la entrega, los eventuales daños y/o pérdidas.
5.6.2 El cliente deberá reclamar los daños y/o pérdidas por transporte que no sean detectables por la parte exterior por escrito, ante el transportista y sin demora después de la entrega, en cualquier caso en un plazo de cinco (5) días laborables desde el descubrimiento de los daños por transporte.
5.6.3 El cliente deberá describir el daño detalladamente y deberá enviar sin demora una copia de la reclamación x Xxxx & Xxxxx.
5.6.4 El cliente deberá reclamar el incumplimiento del plazo de entrega sin demora por escrito y ante Xxxx & Xxxxx.
5.7 Si el cliente omite la reclamación a tiempo conforme al número 5.6, se presumirá que la mercancía ha sido entregada en un estado conforme al contrato.
5.8 Salvo pacto en contrario por escrito y en la medida de lo legalmente admisible, el material de embalaje pasará a ser propiedad del cliente a la recepción de la mercancía. Esto se aplica especialmente a embalajes exteriores, embalajes para transporte y embalajes del producto.
6 Precios
6.1 Los precios de las prestaciones que debe realizar Xxxx & Xxxxx, así como de la mercancía por suministrar se desprenden de la correspondiente confirmación de pedido.
6.2 Cuando en la confirmación de pedido no se indique el precio, las prestaciones que debe efectuar Xxxx & Xxxxx serán realizadas según la lista de precios estándar en vigor.
6.3 Salvo pacto en contrario por escrito, el tiempo del desplazamiento (incluidas las esperas) y los gastos de viaje serán facturados al cliente por separado. Los gastos de viaje incluyen, en particular, aunque no de forma exclusiva, los gastos efectivos de transporte y pernoctación, así como los gastos de manutención conforme a la normativa legal.
6.4 Salvo pacto en contrario por escrito o disposición contraria contenida en las presentes condiciones generales de suministro y servicio, todos los precios serán precios netos en EUROS, sin gastos de envío o embalaje.
7 Condiciones de pago
7.1 Salvo pacto en contrario por escrito, la factura es exigible inmediatamente. A falta de un acuerdo en contrario por escrito, el pago deberá efectuarse en un plazo de treinta (30) días naturales desde la fecha de factura. Cuando proceda, el cliente estará obligado a pagar el impuesto sobre el valor añadido legalmente aplicable. El cliente soportará los demás impuestos y tributos, como, p.ej., impuestos en origen o aranceles a la importación que graven las prestaciones o mercancías de Boll & Xxxxx. Cuando x Xxxx & Xxxxx se le reclamen dichos impuestos y tributos, el cliente mantendrá x Xxxx & Xxxxx indemne de dichas reclamaciones.
7.2 Con independencia del medio de pago empleado, el pago sólo se considerará efectuado cuando el importe íntegro haya sido abonado de forma irrevocable en la cuenta de Boll & Xxxxx.
7.3 Cuando el cliente incurra en xxxx en su pago, Xxxx & Xxxxx podrá reclamar al cliente intereses equivalentes al tipo base actual del Banco Central alemán (Deutsche Bundesbank), incrementado en ocho (8) puntos porcentuales.
7.4 Cuando el cliente se haya retrasado más de tres (3) meses en el abono de sus pagos exigibles, Xxxx & Xxxxx, mediante comunicación escrita dirigida al cliente, podrá resolver el contrato correspondiente sin previo aviso o bien desistir del mismo, todo ello sin perjuicio de derechos ulteriores de Boll & Xxxxx.
7.5 Si, tras la celebración de un contrato, se aprecian dudas fundadas sobre la capacidad económica, especialmente sobre la capacidad de pago o la solvencia del cliente, que pongan en peligro el cumplimiento de las obligaciones que incumben al cliente y si el cliente, a pesar del correspondiente requerimiento escrito, no está dispuesto a realizar el pago anticipado o a aportar una garantía adecuada, Xxxx & Xxxxx, una vez expirado sin éxito un plazo xx xxxxxx razonable, tendrá derecho a resolver el contrato correspondiente sin previo aviso previo o bien a desistir del mismo.
8 Reserva de dominio
8.1 La mercancía suministrada seguirá siendo propiedad de Boll & Xxxxx hasta que se hayan pagado íntegramente todos los derechos de crédito resultantes de la relación comercial con el cliente.
8.2 En caso de incorporación, confusión o unión con otras mercancías, x Xxxx & Xxxxx le corresponderá sobre el nuevo objeto una cuota de copropiedad
equivalente a la proporción del importe de la factura de la mercancía de Boll & Xxxxx respecto de las otras mercancías en el momento de la incorporación, confusión o unión. La incorporación o unión por parte del cliente se realizará siempre por cuenta de Boll & Xxxxx. A la copropiedad se le aplicará por analogía el número 8.1 que antecede.
8.3 El cliente solamente puede realizar actos dispositivos sobre la mercancía con reserva de dominio (especialmente enajenaciones, cesión de la propiedad a título de garantía o pignoraciones) con la aprobación previa y escrita de Boll & Xxxxx.
8.4 Cuando el valor de las garantías constituidas a favor de Boll & Xxxxx supere los derechos de crédito pendientes y a garantizar en más de un 20 %, Xxxx & Xxxxx estará obligada a liberar una parte de las garantías que elija a su libre discreción, hasta llegar a tal límite. A tal efecto se atenderá el valor neto de factura que Xxxx & Xxxxx haya facturado al cliente.
8.5 En caso xx xxxx en el pago, inminente suspensión de pagos, información no satisfactoria sobre la capacidad de pago y/o la situación patrimonial del cliente o cuando en relación con el cliente existan ejecuciones forzosas o letras protestadas, así como en caso de solicitarse la apertura de un procedimiento de insolvencia sobre el patrimonio del cliente, Xxxx & Xxxxx tendrá derecho a resolver el contrato o a desistir del mismo y a tomar posesión sin más de la mercancía reservada. El cliente está obligado a entregarla.
8.6 En caso de menoscabo de los derechos de propiedad de Boll & Xxxxx por terceros, especialmente en caso de intervención o embargo de la mercancía sujeta a reserva de dominio, el cliente deberá informar x Xxxx & Xxxxx inmediatamente, remitiendo la documentación de que disponga (p. ej.,
acta de embargo), y advertir al tercero de los derechos de propiedad de Boll & Xxxxx. El cliente deberá soportar todos los gastos necesarios para enervar tal menoscabo de los derechos de Boll & Xxxxx.
8.7 El cliente estará obligado a conservar, mantener y reparar la mercancía sujeta a reserva de dominio en nombre de Boll & Xxxxx pero por su cuenta y con la diligencia debida, así como a asegurarla como un comerciante diligente contra los riesgos de deterioro, pérdida o extravío. Ya por la presente, el cliente cede x Xxxx & Xxxxx, que acepta la cesión, todos los eventuales derechos contra el seguro u otros derechos indemnizatorios por deterioro, pérdida o extravío.
8.8 Los cambios en el lugar de instalación y/o emplazamiento de la mercancía sujeta a reserva de dominio serán comunicados sin demora y por escrito por el cliente x Xxxx & Xxxxx.
9 Recepción
9.1 Cuando la recepción sea exigible por imperativo de la ley o se haya pactado expresamente por escrito, el cliente estará obligado a declarar la recepción o la denegación de recepción en un plazo de catorce (14) días naturales desde la terminación de los trabajos por Xxxx & Xxxxx.
9.2 El cliente no tiene derecho a denegar la recepción por defectos no esenciales.
9.3 Si el cliente declara la denegación de recepción, deberá comunicar x Xxxx & Xxxxx por escrito los motivos correspondientes y, en la medida de lo posible, los cambios necesarios para la recepción. Cuando efectivamente exista un defecto, Xxxx & Xxxxx realizará los cambios debidos conforme al contrato en un plazo de treinta (30) días naturales desde la recepción de la declaración escrita del cliente.
9.4 Si el cliente declara de nuevo la denegación de la recepción, deberá procederse de nuevo conforme a lo descrito en el número 9.1.
9.5 Si el cliente también deniega la recepción después de la segunda subsanación de defectos, el cliente podrá declarar la recepción reservándose una minoración de los derechos de Boll & Xxxxx. En tal caso, dicha recepción declarada bajo reserva tendrá la consideración de recepción en el sentido del artículo 640 del Código civil alemán. Xxxx & Xxxxx podrá rechazar la solicitud del cliente de una nueva subsanación de defectos.
9.6 Las declaraciones de recepción deberán realizarse por escrito. Las denegaciones de recepción deberán realizarse por escrito, con motivación escrita.
9.7 Cuando por escrito se hayan pactado recepciones parciales, se aplicarán las disposiciones que anteceden según corresponda a cada recepción parcial.
9.8 Las prestaciones de Boll & Xxxxx se tendrán por recibidas, incluso sin declaración expresa del cliente y sin solicitud de recepción de Boll & Xxxxx,
9.8.1 si el cliente comienza a utilizar la prestación de obra, o
9.8.2 con el pago, salvo cuando el cliente haya denegado la recepción justificadamente, o
9.8.3 si el cliente, dentro del plazo señalado en el número 9.1 no declara ni deniega la recepción.
10 Responsabilidad por vicios y defectos
10.1 La calidad, la naturaleza y la extensión de la mercancía o prestación de Boll & Xxxxx resulta de forma exclusiva y
taxativa de la confirmación de pedido correspondiente o, cuando exista, de la descripción de producto adjunta a aquella. La información contenida en la confirmación de pedido correspondiente y/o en la descripción de producto no constituye una garantía.
10.2 Xxxx & Xxxxx no asume garantía alguna por la calidad ni por la durabilidad ni de ningún otro tipo, salvo cuando Xxxx & Xxxxx, en un caso concreto, asuma por escrito un compromiso calificado de garantía.
10.3 En caso de un pedido de mercancía, Xxxx & Xxxxx no asume ninguna garantía de que la mercancía suministrada sea idónea para el destino de uso pretendido por el cliente, salvo cuando el destino de uso se mencione expresamente por escrito en la correspondiente confirmación de pedido.
10.4 En caso de minoración irrelevante del valor y/o de la adecuación de la mercancía o prestación, el cliente no ostentará derechos de saneamiento por vicios y defectos.
10.5 En caso de vicios y defectos que se deban a influencias externas, errores de manejo o a modificaciones, ampliaciones, inserciones o extracciones, intentos de reparación u otras manipulaciones que no haya realizado ni autorizado Xxxx & Xxxxx, el cliente no ostentará derechos de saneamiento por vicios y defectos.
10.6 En caso de reclamación del vicio o defecto presentada a tiempo y debidamente justificada, Xxxx & Xxxxx podrá elegir entre subsanar el defecto y suministrar un objeto libre de vicios y defectos. Xxxx & Xxxxx tendrá derecho a realizar al menos tres intentos de subsanar el cumplimiento.
10.7 Por lo demás, al cliente, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula
10.8 que sigue, le corresponden los demás derechos previstos en la Ley.
10.8 El derecho a reclamar daños y perjuicios estará sujeto a las limitaciones generales de la responsabilidad conforme a lo dispuesto en la cláusula 11.
10.9 El plazo de responsabilidad por saneamento de vicios y defectos será de 12 meses desde la entrega o, cuando proceda, desde la recepción. Cuando Xxxx & Xxxxx, conforme a lo establecido en la cláusula 11.7 de las normas generales de responsabilidad, esté obligado a responder por daños y perjuicios, serán de aplicación los plazos legalmente previstos.
10.10 El cliente estará obligado a proporcionar x Xxxx & Xxxxx, de forma gratuita, la asistencia necesaria en el marco de los trabajos de subsanación de vicios y defectos.
11 Responsabilidad
11.1 Sin perjuicio de lo establecido en las cláusulas 11.2 - 11.8 que siguen, Xxxx & Xxxxx responderá, con independencia de la causa jurídica, sólo por los daños y/o gastos causados por la conducta dolosa o gravemente negligente de Boll & Xxxxx, sus representantes legales o empleados directivos.
11.2 Por los daños y gastos causados por conductas gravemente negligentes de otros auxiliares en el cumplimiento de la obligación, la responsabilidad de Boll & Xxxxx queda limitada a aquellos daños y gastos con cuya aparición debe contarse típicamente en el marco del contrato correspondiente.
11.3 Por los daños y gastos que no hayan sido causados por Xxxx & Xxxxx, sus representantes legales, empleados directivos u otros auxiliares en el cumplimiento de la obligación, con dolo ni con culpa grave, Xxxx & Xxxxx solamente responderá si culposamente se vulnera un deber cuyo cumplimiento sea de especial significado para la consecución del objeto contractual (deber cardinal / Kardinalpflicht). En caso de vulneración de
un deber cardinal (Kardinalpflicht) se aplicará la limitación de responsabilidad conforme a lo establecido en la cláusula
11.2 de las presentes normas de responsabilidad.
11.4 La responsabilidad por pérdida de datos se limitará al coste de recuperación típico que se habría producido también en caso de la realización periódica y acorde con los riesgos inherentes de copias de seguridad de los datos.
11.5 De la oferta correspondiente de Boll & Xxxxx podrán resultar límites cuantitativos de responsabilidad máxima.
11.6 Lo que antecede se entiende sin perjuicio de la eventual responsabilidad de Boll & Xxxxx por daños como consecuencia de la violación de la vida, la integridad física o la salud, de la xxxxxxxx de una garantía o de un riesgo por adquisición, así como conforme a la Ley de responsabilidad por productos defectuosos.
11.7 En caso de dolo o culpa grave de Boll & Xxxxx, sus representantes legales o empleados directivos y en caso de dolo de otros auxiliares en el cumplimiento de la obligación, así como en caso de daños como consecuencia de la violación de la vida, la integridad física o la salud, en lugar del plazo de responsabilidad por vicios y defectos señalado en la cláusula
10.9 se aplicarán los plazos legalmente establecidos.
11.8 En la medida en que conforme a lo establecido en las cláusulas 11.1 - 11.7 que anteceden esté excluida o limitada la responsabilidad xx Xxxx & Xxxxx, esto también se aplicará a favor de los empleados xx Xxxx & Xxxxx, en caso de que el cliente reclame directamente a los empleados xx Xxxx & Xxxxx.
11.9 En caso de que terceros anuncien una posible reclamación o reclamen derechos por productos defectuosos que afecten o puedan afectar a la parte xx Xxxx
& Xxxxx en la prestación, el cliente estará obligado a comunicárselo x Xxxx & Xxxxx sin demora y por escrito. Antes de iniciar medidas adicionales, especialmente llamadas a taller de productos o campañas de sustitución, el cliente brindará x Xxxx & Xxxxx la oportunidad de expresar su postura por escrito y dentro de un plazo razonable.
12 Fuerza mayor
12.1 Si Xxxx & Xxxxx, debido a causas de fuerza de mayor, estuviera impedida provisionalmente para realizar la prestación y, en consecuencia, no pudiera cumplir con un momento de prestación acordado, tendrá derecho a realizar la prestación en un momento posterior. El momento acordado para la prestación se aplazará razonablemente en caso de fuerza mayor. A tal efecto, el cliente no tendrá derecho alguno por la no realización de la prestación o la realización tardía de la misma. Xxxx & Xxxxx informará al cliente sin demora y por escrito acerca del acaecimiento de la fuerza mayor. Especialmente los siguientes sucesos son considerados fuerza mayor: guerra, catástrofe, pandemia o epidemia y/o plagas,
sabotaje, disturbios o huelga, así como cierre patronal en los centros de trabajo propios, en instalaciones de entrega, en empresas proveedoras o en el ámbito de los medios de transporte, así como intervenciones de la administración pública, con independencia de que afecten al territorio de la República Federal de Alemania o a territorios desde los cuales y/o a través de los cuales reciba suministros Xxxx & Xxxxx.
12.2 Si una circunstancia mencionada en la cláusula 12.1 acontece antes o después de celebrar el contrato, solamente habilitará para interrumpir el cumplimiento de las pbligaciones contractuales en la medida en que sus efectos sobre el cumplimiento del contrato
no fueran previsibles en el momento de la contratación.
12.3 Si la circunstancia de fuerza mayor perdura sin interrupciones más de seis (6) meses, cualquiera de las partes tendrá derecho a desistir del título de prestación correspondiente mediante comunicación escrita a la otra parte.
13 Concesión de derechos
13.1 En la medida en que sea necesario para el uso contractual de las prestaciones realizadas por Xxxx & Xxxxx y salvo pacto en contrario expreso y por escrito, tras el pago por parte del cliente, Xxxx & Xxxxx concederá al cliente, sobre las prestaciones susceptibles de ser objeto de derechos de propiedad intelectual, sendos derechos de uso no exclusivos y no transmisibles con la extensión necesaria para el uso contractual de las prestaciones realizadas por Xxxx & Xxxxx.
13.2 Solamente con la autorización previa y escrita xx Xxxx & Xxxxx se admite la entrega a terceros y la explotación de prestaciones xx Xxxx & Xxxxx más allá de su finalidad establecida contractualmente, especialmente su publicación.
14 Obligación de confidencialidad
14.1 Las partes se obligan a respetar una estricta confidencialidad respecto de toda la información que reciban xx Xxxx & Xxxxx por escrito, de palabra o en otra forma en relación con las presentes condiciones generales de suministro y servicio o con los contratos, especialmente (pero no exclusivamente) respecto de documentación técnica, documentos, proyectos, planos, datos, conocimientos técnicos especializados y cualquier otra forma xx xxxxxxx comercial.
14.2 Las partes utilizarán dicha información exclusivamente con la finalidad de cumplir las obligaciones
conforme a estas condiciones generales de suministro y servicio y los contratos. Las partes obligarán también de un modo adecuado a sus empleados y a las demás personas a las que se encomiende el cumplimiento de dichas obligaciones, a que respeten dicha confidencialidad.
14.3 La obligación de confidencialidad queda sin efecto, si la parte correspondiente obligada a la confidencialidad acredita que
14.3.1 ya conocía una información determinada antes de iniciarse la cooperación,
14.3.2 recibió dicha información de un tercero, legitimado a tal efecto,
14.3.3 la información era accesible públicamente, sin que la parte obligada a la confidencialidad fuera responsable de dicha accesibilidad pública,
14.3.4 ha desarrollado la información por sí misma, con independencia de la cooperación en curso,
14.3.5 o que, por acto administrativo u obligación legal, estaba obligada a revelarla.
14.4 La obligación de confidencialidad subsistirá sin límite en el tiempo incluso tras terminar el contrato. Las partes responderán por todos los daños generados a la otra parte por la vulneración de alguna de estas obligaciones.
15 Otros
15.1 Se excluyen los derechos de compensación frente x Xxxx & Xxxxx. Esto no se aplica a derechos frente x Xxxx & Xxxxx que hayan sido constatados en resolución judicial firme, que sean indiscutidos o que hayan sido reconocidos por Xxxx & Xxxxx.
15.2 Frente x Xxxx & Xxxxx solamente se podrán hacer valer derechos de retención
u otros derechos de denegación de la prestación en la medida en que se fundamenten en derechos del cliente resultantes del contrato correspondiente, del que Xxxx & Xxxxx deduzca su derecho al pago frente al cliente.
15.3 La cesión y/o transmisión por el cliente de los derechos y/o las obligaciones resultantes de las presentes condiciones generales de suministro y servicio o de los contratos precisará de la autorización previa y escrita xx Xxxx & Xxxxx.
15.4 Xxxx & Xxxxx decidirá, según su prudente arbitrio, acerca del envío y el relevo de sus propios empleados en el marco del cumplimiento de sus obligaciones a raíz de estas condiciones generales de suministro y servicio. Cuando la prestación se realice en instalaciones del cliente, solamente Xxxx & Xxxxx ostentará el poder de dirección frente a sus empleados. Los empleados xx Xxxx & Xxxxx no serán integrados en la explotación del cliente.
15.5 A las presentes condiciones generales de suministro y servicio, a todos los contratos, así como a todas las controversias resultantes de y/o relacionadas con estas condiciones generales de suministro y servicio y los contratos, incluido respecto de su perfeccionamiento, se aplicará exclusivamente el Derecho alemán, con exclusión de las disposiciones del Convenio de las Naciones Unidas del 11.04.1980 sobre contratos de compraventa internacional de mercaderías (CISG).
15.6 El domicilio xx Xxxx & Xxxxx es el foro judicial exclusivo para todas las controversias resultantes de y/o relacionadas con estas condiciones generales de suministro y servicio y los contratos, incluido su perfeccionamiento, y para todos los tipos de procedimiento. Asimismo, Xxxx & Xxxxx tendrá derecho a
demandar al cliente en el fuero general de éste.
15.8 Si alguna disposición de estas condiciones generales de suministro y servicio o del contrato correspondiente fuera o resultase total o parcialmente ineficaz, esto no afectará a la validez de las demás disposiciones. Una disposición ineficaz deberá ser sustituida por aquella otra disposición que sea jurídicamente admisible y se aproxime al máximo al contenido de la disposición ineficaz y que más se corresponda con los intereses económicos bien interpretados de las partes respecto de la disposición ineficaz. Lo mismo se aplicará por analogía a las posibles lagunas normativas.