PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PUBLICIDAD DE LOS SERVICIOS DE VISITAS GUIADAS, ACOMODACIÓN Y ASISTENCIA AL PÚBLICO Y A LOS ORGANIZADORES, ARTISTAS, COMPAÑÍAS Y...
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PUBLICIDAD DE LOS SERVICIOS DE VISITAS GUIADAS, ACOMODACIÓN Y ASISTENCIA AL PÚBLICO Y A LOS ORGANIZADORES, ARTISTAS, COMPAÑÍAS Y PRODUCTORAS PARA LAS EXPOSICIONES, EVENTOS Y ACTIVIDADES EN CUYA ORGANIZACIÓN INTERVIENE LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, S.L.
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.-
El objeto del contrato es la prestación de los servicios de visitas guiadas, acomodación y asistencia al público y a los organizadores, artistas, compañías y productoras en las exposiciones, eventos y actividades en cuya organización intervenga la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte S.L. ya sea como promotor de la exposición, evento o actividad, como organizador, o como arrendador de las instalaciones que gestionan cuando el organizador le demande dichos servicios.
Los servicios concretos a prestar cuando se requiera, son:
1º.- La información al público, control y guiado de visitas a exposiciones y eventos. 2º.- El protocolo y acomodación del público
3º.- La carga descarga de materiales para espectáculos y eventos, su traslado hasta el lugar de montaje y la asistencia no cualificada a los técnicos propios o de las compañías y productoras en el montaje de dichos materiales en los escenarios.
Las modalidades de prestación de los servicios serán las siguientes: 1.- Prestación directa para la Sociedad Regional.
2.- Prestación para un organizador o productora cuando la Sociedad Regional acuerde con el organizador o productora que los servicios necesarios sean contratados por cuenta de dicho organizador o productora pero razones de seguridad y el prestigio de las instalaciones titularidad de la Sociedad Regional exijan que la contratación se realice con el contratista para garantizar unos requisitos mínimos de seguridad y de calidad contrastadas.
El contratista tendrá que organizar los servicios, poniendo a disposición de la Sociedad Regional o del contratista privado la totalidad de los medios personales, uniformes, intercomunicadores, etc y en general todos los elementos materiales muebles precisos, para la realización de las labores coordinándolos bajo su dirección.
SEGUNDA.- CODIGO DE CONTRATO
El contrato es un contrato de servicio código CPV servicios 2008.- 63100000-0 y 92000000-1. Categoría 26 del Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, no sujeto a regulación armonizada.
TERCERA.- ENTIDAD CONTRATANTE Y PERFIL DEL CONTRATANTE.-
La entidad contratante es la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte SL, sociedad participada al 100% por el Gobierno de Cantabria, CIF X00000000 con
domicilio fiscal en Santander, Calle Xxxxxx sin número, Xxxxxxx de Festivales de Cantabria, en adelante la Sociedad Regional.
Los contratos que se suscriban al amparo del contrato marco, lo podrán ser con la misma Sociedad Regional o con las compañías artísticas, sus representantes y organizadores de eventos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, el perfil del contratante de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte está disponible en la página web institucional en el sitio xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx. En la misma se podrá tener acceso a la información relativa a la presente licitación.
CUARTA.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION
Para seleccionar al contratista se empleará el procedimiento abierto con publicidad, que se desarrollará conforma los presentes pliegos, según lo previsto en las Instrucciones Internas sobre contratación de la Sociedad, y en los artículos 157 y concordantes del Texto Refundido de la LCSP, en lo que resulten de aplicación.
QUINTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración de UN AÑO contado a partir de la firma del contrato, prorrogable previo acuerdo expreso entre las partes por otro año más.
SEXTA.- PRECIOS BASE PARA LA LICITACION.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
El precio hora ofertado no podrá ser superior a CATORCE EUROS (14,00.- €), IVA excluido.
El precio por evento se establecerá multiplicando el número de horas de cada evento, exposición u operación en la que intervenga el contratista por el precio/hora ofertado.
El valor estimado del contrato, calculado conforme al artículo 88 del Texto Refundido de la LCSP, para un periodo máximo de 24 meses, es de 340.000 euros IVA excluido.
Para la fijación de dicho valor estimado se ha tenido en cuenta el número de eventos previsibles a lo largo del periodo de duración del contrato teniendo en cuenta la experiencia de años anteriores y el precio máximo establecido por evento.
Esta estimación se efectúa a meros efectos administrativos y no constituye garantía alguna de facturación para el contratista seleccionado ni la Sociedad Regional se compromete con ella a encomendar un número determinado de eventos. La Sociedad Regional tendrá libertad para solicitar o no un servicio, si bien deberá llamar al adjudicatario siempre que se requiera su prestación por un tercero.
Los interesados podrán consultar en la sede de la Sociedad las previsiones de eventos ya concertados.
Los importes anteriores no incluyen IVA.
SÉPTIMA.- IMPORTE DE PRECIOS
Los precios a percibir por el contratista se establecerán atendiendo al número de horas y empleados que intervengan bajo la responsabilidad, dirección y organización del contratista, en cada evento, exposición u operación.
Como se ha indicado, el precio por evento se establecerá multiplicando el número de horas de cada evento, exposición u operación en la que intervenga el contratista por el precio/hora ofertado.
El precio de las operaciones devengadas en cada mensualidad será objeto de la correspondiente liquidación y comprobación mensual, abonándose dentro de los treinta días siguientes a la conformidad con la factura, una vez presentada por el contratista.
OCTAVA.- REQUISITOS DE CAPACIDAD, SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA PRECISOS PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN
Los empresarios que deseen tomar parte en la licitación deberán acreditar; 1.- En cuanto a la CAPACIDAD PARA CONTRATAR con el sector público:
a).- Su capacidad de obrar.
b).- No estar incursos en ninguna prohibición para contratar con el sector público previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011.
2.- En cuanto a la SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA:
SOLVENCIA ECONÓMICA
Criterio de selección:
Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, en los tres últimos años.
Requisito mínimo exigido:
El volumen de negocio del licitador en el ámbito al que se refiera el contrato de los tres últimos años concluidos, deberá ser al menos 170.000 euros.
SOLVENCIA TÉCNICA
Criterio de selección:
Experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato.
Requisito mínimo exigido:
El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución en los últimos cinco años, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, será de 100.000 euros.
Clasificación del empresario sustitutiva de la acreditación de la solvencia económica y técnica
La solvencia económica y técnica del empresario quedará acreditada por la siguiente clasificación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas:
Grupo L, Subgrupo 6, Categoría 3 o superior.
NOVENA.- GARANTÍAS.
La garantía definitiva que debe depositar el contratista seleccionado asciende a la cantidad de 5.000 euros.
Dicha garantía definitiva será devuelta al contratista al cabo de UN AÑO contado desde la finalización del contrato.
DÉCIMA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES INTEGRANDO SU OFERTA.
Los licitadores presentarán la solicitud de participación conforme al ANEXO I en la que harán constar un correo electrónico consintiendo recibir las notificaciones relacionadas con el procedimiento de contratación por este medio telemático y a la que acompañarán los siguientes documentos en tres sobres:
SOBRE A: DOCUMENTACIÓN GENERAL.
1.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar.
En el caso de personas físicas españolas el DNI.
En el caso de personas jurídicas españolas, la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro Mercantil, la escritura pública en que consten los poderes de la persona que firma la oferta y el DNI del firmante de la oferta.
En el caso de personas físicas y jurídicas extranjeras que sean nacionales de Estados miembros de la UE, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado de procedencia o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias.
En el caso de personas físicas o jurídicas extranjeras que sean nacionales de Estados no miembros de la UE, deberán acreditarla con un informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa o certificado del Registro Mercantil acreditando la inscripción en España de la sucursal con expresión de los apoderados o representantes en España.
Las Uniones Temporales deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la vayan a constituir y la participación de cada uno y el compromiso de constituirse formalmente en caso de resultar adjudicatarios, siendo la duración de la Unión Temporal coincidente con la del contrato, además de acreditar la personalidad de cada uno de los integrantes.
2.- Documentación acreditativa de la solvencia económica y técnica.
Medio para la acreditación de la solvencia económica:
El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el
Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Medio para la acreditación de la solvencia técnica:
Relación de los principales servicios realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Los certificados de buena ejecución de los servicios incluidos en la relación cuyo destinatario fue una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios.
A estos efectos, no se considerarán los posibles servicios prestados para empresas que puedan formar parte del grupo al que pueda pertenecer el licitador.
El certificado de clasificación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas en el Grupo L, Subgrupo 6, Categoría 3 (antes denominada B) o superior, será documento suficiente para entender acreditada la solvencia económica y técnica.
3.- Certificado de encontrarse el licitador al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias expedido por la Agencia Estatal Tributaria y de encontrarse el corriente en el cumplimiento con la Seguridad Social expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social
4.- Declaración jurada de no estar incurso en ninguna prohibición legal de contratar prevista en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 conforme al ANEXO II.
5.- Solicitud de participación y aceptación de las bases conforme al ANEXO I.
SOBRE B: OFERTA TÉCNICA.
La oferta técnica incluirá los siguientes apartados:
A) Relación del equipo de trabajo disponible para la organización de los servicios que son objeto del contrato, con expresión de su categoría, formación y experiencia acreditable en labores similares.
B) Proyecto de organización y coordinación de los servicios, explicitando el tiempo de respuesta para cada evento, la organización de la coordinación y la supervisión del servicio.
C) Plan de formación del personal en las materias específicas objeto de este contrato, así como en materia de seguridad, con expresión de los medios a disposición de la empresa para impartir esa formación.
El contenido de la oferta técnica deberá tener en consideración todos los extremos previstos en el Pliego de Cláusulas Técnicas.
SOBRE C: OFERTA ECONÓMICA.
La oferta económica se formulará conforme al ANEXO III. En ella se indicará la oferta económica consignando el precio por hora para la prestación de los servicios.
La documentación se presentará en original o copia compulsada.
UNDÉCIMA.- LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas se presentarán en la sede de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte sita en Santander, Calle Xxxxxx sin número, Xxxxxxx de Festivales de Cantabria.
De la presentación de ofertas se expedirá el correspondiente justificante o recibo.
Igualmente, las ofertas se podrán presentar a través de correo certificado. En tal caso el candidato habrá de dirigir dentro del plazo de presentación de ofertas una comunicación a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxx.xxxxxx@xxxxx.xx. En dicha comunicación deberá constar copia escaneada del justificante de envío. Dichas ofertas serán rechazadas si no llegasen a la sede de la Sociedad Regional dentro de las tres días hábiles siguientes a la finalización del plazo o si hubiesen sido remitidas fuera del plazo de presentación de ofertas.
DUODÉCIMA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
El plazo de presentación de ofertas finalizará a las 13 horas del día señalado en el anuncio de licitación mediando quince días hábiles entre dicho anuncio y la finalización de dicho plazo.
DECIMOTERCERA.- ORGANO DE CONTRATACION. COMISIÓN DE CONTRATACIÓN.- COMPOSICIÓN.
El Órgano de Contratación de la Sociedad es su Consejero Delegado, conforme a la designación realizada por el Consejo de Administración.
En este procedimiento de licitación, el Consejero Delegado esta auxiliado por una Comisión de Contratación, formada por el Director de la Sociedad Regional, la Directora de Recursos Humanos, y un Responsable de los Servicios Técnicos de la Sociedad Regional.
La Comisión de Contratación, en el proceso de selección y si lo considerase oportuno, podrá recabar informes, opiniones, o asesoramiento de personal técnico de la Sociedad Regional.
Actuará como secretario de la Comisión de Contratación, con voz pero sin voto, un letrado al servicio de la Sociedad Regional, levantando acta sucinta de todos los actos previstos en este pliego.
DECIMOCUARTA.- APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones se abrirán a partir del cuarto día hábil posterior a la finalización del plazo de presentación. En caso de ser dicho día inhábil en Santander dicho plazo mínimo para la apertura se prorrogará hasta el día hábil siguiente. La fecha de apertura se anunciará por correo electrónico a los licitadores, al correo que hayan hecho constar en sus proposiciones.
El acto se celebrará en la sede de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte.
En dicho acto se abrirá en primer lugar el SOBRE A, y se decidirá la admisión de licitadores mediante pronunciamiento expreso. En caso de defectos subsanables en la documentación, se otorgará un plazo de dos días hábiles al efecto.
Seguidamente se abrirá el SOBRE B en acto público, valorándose provisionalmente las ofertas técnicas presentadas.
Una vez notificadas a los participantes la puntuación obtenida en el apartado técnico, se procederá a la apertura del SOBRE C en acto público, valorándose provisionalmente el apartado económico.
DECIMOQUINTA.- VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
Constará de dos fases, una fase de valoración técnica y una fase de valoración de la propuesta económica.
Primera Fase: propuesta técnica.- Hasta 45 puntos.
La Comisión de Contratación calificará la propuesta otorgando la puntuación en los siguientes apartados:
a) Equipo de trabajo disponible para la organización de los servicios que son objeto del contrato, hasta un máximo de 15 Puntos.
Experiencia profesional realizando funciones de su categoría 4 Puntos
Formación específica en materia de Seguridad en instalaciones de uso colectivo 3 Puntos
Formación específica en primeros auxilios. 3 Puntos
Conocimiento de idiomas 3 Puntos
Conocimiento y manejo de aplicaciones informáticas a nivel usuario 2
Puntos.
b) Proyecto de organización y coordinación de los servicios, hasta un máximo de 25 Puntos.
Composición de los equipos de trabajo 5 Puntos.
Protocolos de atención a los usuarios. 5 Puntos.
Protocolos de actuación en situaciones de emergencia. 5 Puntos.
Tiempos mínimos de respuesta para cada evento 5 Puntos.
Sistema de supervisión de los servicios contratados. 5 Puntos.
c) Plan de formación del personal en materia de seguridad y en las materias específicas objeto de este contrato, con expresión de los medios a disposición de la empresa para impartir esa formación, hasta un máximo de 5 Puntos.
Segunda Fase: propuesta económica.- Hasta 55 puntos.
Se otorgarán hasta 55 puntos de la siguiente forma;
- 55 puntos a la que oferte la mayor baja porcentual aplicable a los módulos previstos para la fijación del precio.
Las demás ofertas se valorarán conforme a la siguiente fórmula; Puntuación = 55 x Mejor Oferta / Oferta a valorar.
Se considerará desproporcionada la baja ofertada por un importe inferior al 20% del precio máximo propuesto en este pliego. En tal caso, se concederá al proponente un trámite de audiencia conforme al artículo 152 del Texto Refundido de la LCSP, a fin de que justifique la valoración de la oferta, precise las condiciones de la misma y en especial las razones que permiten la ejecución en el precio ofertado.
DECIMOSEXTA.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
Una vez efectuada la valoración de las ofertas se procederá por la Comisión de Contratación a efectuar la propuesta de adjudicación.
El contratista seleccionado deberá proceder a constituir la garantía definitiva en alguna de las formas previstas en el TRLCSP y formalizar un seguro de responsabilidad civil con un importe asegurado por siniestro de 600.000 todo ello dentro de los diez días naturales siguientes a notificársele la propuesta de adjudicación. En el caso de las UTE, además deberán acreditar su constitución.
La adjudicación será efectuada por el Consejero Delegado en el plazo máximo de quince días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
El contrato se formalizará dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación y en todo caso en los cinco días hábiles siguientes a notificar el requerimiento al contratista para la firma del contrato.
Si el adjudicatario desea elevar a escritura pública el contrato deberá notificarlo a la Sociedad siendo de cuenta del adjudicatario los gastos.
Si por causa imputable al contratista no se formalizase el contrato, la Sociedad Regional podrá proceder a su resolución y a la incautación de la garantía.
DECIMOSÉPTIMA.- REVISIÓN DE PRECIOS
El presente contrato no está sujeto a revisión de precios.
DECIMOOCTAVA.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
A).- Obligaciones del contratista.-
El contratista deberá ejecutar y realizar las tareas y obligaciones que se derivan del objeto del contrato, en los términos que se definan por este Pliego, por el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, y por la oferta presentada, poniendo a disposición en el plazo ofertado los medios materiales y personales que establece en su oferta, cumpliendo los mínimos establecidos en los presentes pliegos.
Deberá facilitar a la Sociedad Regional la información y la documentación que esta solicite para el seguimiento del servicio, así como facilitar cuando se le requiera el examen del material que utiliza. Dicho material deberá contar con las homologaciones legalmente establecidas por la legislación en materia de riesgos laborales.
Durante los eventos y exposiciones, el contratista será responsable de las instalaciones que utilice para la prestación del servicio, del control de acceso y evacuación del público y de la vigilancia en las zonas ocupadas por este.
En la realización de las operaciones que constituyen el objeto del contrato podrán utilizarse, en función de las características de los materiales y equipos, rampas, carretillas elevadoras, traspalés, montacargas y cualquier otra herramienta o maquinaria auxiliar.
Ocasionalmente podrá ampliarse el objeto a la prestación de montaje y desmontaje de carpas para la celebración de espectáculos y actos culturales y la acogida de público asistente a los mismos, consistente en la recepción de los elementos que constituyen la carpa, descarga con ayuda xx xxxx, fijación, distribución de los elementos metálicos a lo largo de la superficie de montaje con ayuda de carretilla, afianzamiento de pilares en superficie, montaje de estructura metálica y posterior colocación y fijación xx xxxxx, así como la realización una vez finalizadas las actividades programadas del proceso inverso de desmontaje, agrupación de elementos y carga en camión de transporte.
La fijación del precio de estos servicios complementarios o accesorios se efectuará conforme a los módulos generales por hora de empleado preciso.
El contratista designará en la instalación un jefe xx xxxx de entre el personal destinado al evento, que velará por la adecuada prestación del servicio, organizando, coordinando e impartiendo las instrucciones y supervisando las labores realizadas por los trabajadores que estarán sometidos exclusivamente a la organización y dirección del contratista a través de sus representantes.
Adicionalmente el contratista designará un coordinador de todos los servicios objeto del contrato y que servirá de interlocutor entre él y la Sociedad Regional para cualquier aspecto relacionado con la ejecución del contrato. Dicho coordinador no se computará a efectos de fijación de precios.
El contratista es el responsable de la organización de los servicios para cuya ejecución habrá de disponer cuantos elementos personales y materiales sean precisos bajo el principio de riesgo y xxxxxxx suyos.
En el caso de que la Sociedad Regional concierte con el organizador, productora o compañía la prestación del servicio por cuenta de estos, el contratista ofertará los servicios previstos en este contrato que se requieran, a los precios derivados de su oferta conforme a este pliego, los servicios atendiendo a los requerimientos de dicho organizador, productora o compañía artística, sin que los mismos puedan ser inferiores a las exigencias mínimas en materia de seguridad y las reglamentaciones vigentes en materia de espectáculos públicos ni a los derivados xxx xxxxxx de condiciones técnicas de este contrato ni a los establecidos, en su caso, en el contrato entre la Sociedad Regional y dicho organizador, productora o compañía que le serán comunicados al contratista. El organizador, productora o compañía no está obligado a contratar los servicios con el contratista, pudiendo concertarlo con un tercero, siempre con el consentimiento de la Sociedad Regional cuando esta considere que se garantiza adecuadamente la seguridad del público y el prestigio de las instalaciones.
B).- Precio del servicio
Es el resultante de la oferta del adjudicatario aplicada al número de empleados y horas precisas para cada evento, exposición u operación.
No se admitirá ningún supuesto de revisión de los precios fijados en los módulos que no se prevea en este pliego.
En el supuesto de que la contratación se realice directamente con el organizador o la compañía, los precios que debe ofertarle el contratista serán igualmente los del presente pliego.
El precio se incrementará con el IVA correspondiente que deba repercutir el contratista al tipo vigente y se deducirán en su caso las retenciones fiscales que deban practicarse legalmente.
La Sociedad Regional podrá modificar el precio del evento cuando de los medios de control de que disponga se objetive un menor empleo de horas o personal en el mismo. El contratista deberá someterse a las medidas de control que disponga la Sociedad Regional, tanto para el acceso como para la salida de personal de los espacios de su titularidad o cualquier otra modalidad de control.
C).- Duración.
La duración del contrato es de UN AÑO contado de fecha a fecha, desde la fecha en que se formalice, prorrogable por otro año previo acuerdo expreso entre las partes.
D).- Pagos.
Los pagos se realizarán por mensualidades vencidas por los servicios prestados en cada mensualidad y se efectuarán, dentro de los TREINTA días siguientes a la conformidad con la factura que deberá presentar el contratista, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que señale.
La última factura se pagará al cabo de cincuenta días naturales, una vez quede acreditada la inexistencia de responsabilidad de la Sociedad Regional por la extinción de contratos que haya podido celebrar el contratista para la prestación de los servicios previstos en este contrato. La Sociedad Regional podrá retener el importe de esas eventuales responsabilidades en caso de haber recibido alguna reclamación hasta la resolución de la controversia.
Los servicios prestados se acreditarán mediante los correspondientes albaranes y controles de acceso.
En el caso de que la contratación se concierte con el organizador, productora o compañía artística, el contratista podrá exigir el pago por adelantado de sus servicios determinando los precios de los mismos conforme a los presentes pliegos. También podrá pactar la liquidación de dichos servicios contra la recaudación en taquilla, en su caso, o contra el caché que corresponda al artista o productora poniéndolo en conocimiento de la Sociedad Regional.
Previamente al pago, el contratista presentará certificación de hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales y en materia de seguridad social.
E).- Seguro.
El contratista contará durante todo el plazo contractual con un seguro de responsabilidad civil que cubra las posibles responsabilidades frente a terceros por los daños materiales y personales derivada del servicio que presta con un importe asegurado por siniestro de 600.000 euros.
F).- Personal.
El personal empleado en la realización del objeto es de exclusiva responsabilidad del contratista. Dicho personal estará a las órdenes del contratista que organizará la prestación del servicio en las condiciones previstas en el contrato y las demandas que sobre las necesidades a cubrir disponga la Sociedad Regional.
El personal que preste servicios cara al público deberá estar correctamente uniformado, procurando en todo momento guardar buena imagen e higiene. En el trato con los usuarios deberá ser correcto y atento en todo momento, guardando las reglas habituales de cortesía y educación.
La SRECD tendrá derecho a solicitar el cambio o sustitución de aquel trabajador que considere no cumple con estas exigencias, comunicándolo al contratista, sin necesidad de mayor justificación, quien vendrá obligado a reemplazarlo por otro.
El personal estructural del contratista se ubicará en el centro de trabajo propio de dicho contratista. El contratista no tendrá oficinas ni espacios reservados en los locales salvo los adecuados que se señalen por la Sociedad Regional para la prestación del servicio durante el tiempo estrictamente necesario para dicha finalidad.
El personal que preste servicios en los locales dependientes de la Sociedad Regional sólo accederá a dichos locales con motivo de la prestación del servicio concreto y previa acreditación ante los servicios de seguridad de dichos locales.
Sus uniformes y medios materiales, comunicadores, linternas etc, para la prestación del servicio serán suministrados por el contratista a dicho personal, siendo propiedad del contratista. Se exceptúa el material dispuesto en los locales propiedad de la Sociedad Regional que por razones técnicas o para la mejor prestación del servicio deba emplearse dentro de dichos locales.
La Sociedad Regional podrá examinar la regularidad de las contrataciones que se realicen por el contratista y señalar los incumplimientos de la normativa laboral que detecte exigiendo en su caso la subsanación de dichos incumplimientos, pudiendo prohibir el acceso de los empleados del contratista afectados en tanto se proceda a dicha subsanación.
Dado que el contratista ostenta la plena dirección del personal que contrate y su organización, en el caso de suscripción por el contratista de contratos indefinidos o irregulares para la prestación del servicio la indemnización por su resolución será por cuenta del contratista. En caso de que tenga que hacerlas frente por cualquier causa la Sociedad Regional, esta podrá reclamar el correspondiente importe a la contratista, ejecutando incluso la garantía definitiva. Igualmente en el supuesto de tener que hacer frente la Sociedad Regional a devengos salariales, los podrá exigir al contratista ejecutando incluso las garantías. A la finalización del contrato no se producirá la subrogación del personal empleado debiendo el contratista hacer frente en su caso a las indemnizaciones extintivas a que haya lugar si no diese a su personal un nuevo destino en su empresa. El personal empleado por el contratista para la prestación de los servicios previstos en este pliego podrá ser empleado por el contratista durante la ejecución del contrato en los destinos que considere oportuno con entera libertad aunque no tengan dichos destinos relación alguna con la Sociedad Regional.
La formación del personal en materia de seguridad tanto laboral como la específica que exija la prestación de los servicios, normas de evacuación etc, será impartida por el contratista a su cargo. La Sociedad Regional, que deberá entregar la documentación precisa relativa a los locales y eventos y sus planes de evacuación y
seguridad con la antelación precisa para poder impartir el contratista dicha formación, podrá exigir en todo momento la acreditación de la impartición de la formación en prevención de riesgos laborales y en materia de seguridad y evacuación de los edificios en que preste sus servicios por el contratista a su personal.
Igualmente podrá exigir al contratista la acreditación del cumplimiento de los planes de seguridad en materias tales como entrega de ropa de trabajo y equipamiento y medidas de seguridad a sus empleados.
El contratista formará a su xxxxx el personal cualificado que sea preciso para prestar los servicios que se le encomienden, tales como guías y personal de información, en las materias concretas sobre las que versen los eventos que deban cubrirse.
G).- Personal mínimo.
El contratista dispondrá al menos en cada servicio el personal mínimo que se señale en el pliego de prescripciones técnicas. Dicho personal establecido en el pliego de condiciones técnicas se incrementará en su caso conforme a las instrucciones escritas de la Sociedad Regional en cuyo caso se aplicará el módulo corrector correspondiente.
En caso de otros eventos diferentes de los señalados de manera específica en el pliego de prescripciones, el personal a disposición mínimo será el señalado por la Sociedad Regional con cumplimiento de la normativa en materia de seguridad en espectáculos públicos. En caso de discrepancia el contratista deberá hacerla constar mediante propuesta por escrito.
H).- Cesión del contrato y Subcontratación.
No se permite la cesión del contrato, ni la subcontratación.
I).- Confidencialidad.
El contratista se compromete a mantener absoluta confidencialidad y reserva de cualquier dato de carácter personal almacenado en ficheros de titularidad de la Sociedad Regional o que pueda conocer como consecuencia del ejercicio de su actividad, no comunicando a terceros estos datos ni siquiera para su conservación. Esta obligación de reserva y confidencialidad subsistirá aún después de la finalización de la prestación de servicios.
J).- Documentación a presentar periódicamente por el contratista-
Con carácter obligatorio el contratista, presentará ante la Sociedad Regional, los siguientes documentos:
Certificado de aptitud para el puesto de trabajo de todos los/as trabajadores/as que presten servicios en el ámbito del contrato de servicios, expedido por el servicio de prevención de riesgos propio o ajeno de la empresa contratista del servicio.
Documentos justificativos de la información y formación impartida a los trabajadores/as respecto a los riesgos específicos de los puestos de trabajo a desempeñar para la Sociedad Regional, así como de la formación recibida respecto a las medidas de emergencia y evacuación.
Copia de los contratos de trabajo, siempre que resulten preceptivos, concertados con todos y cada uno/a de los/as trabajadores/as, así como documento acreditativo de haberles dado de alta en régimen general de la Seguridad Social.
Evaluación de los riesgos asociados a los puestos de trabajo incluidos en el objeto del contrato, así como el resto de documentos acreditativos del cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, con especial mención al protocolo de actuaciones en materia de coordinación de actividades empresariales.
Mensualmente copia de los documentos de cotización a la Seguridad Social en los que conste la identidad de los/as trabajadores/as que presten servicios en el ámbito del contrato de servicios.
K).- Gastos de anuncios Oficiales.
Los gastos que pudieran derivarse de la necesaria publicación del anuncio de licitación y/o adjudicación en los Boletines Oficiales, así como en su caso del anuncio de licitación en prensa escrita, serán de cuenta del adjudicatario.
L).- Resolución.
Son causas de resolución del contrato:
1º.- La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad o persona jurídica contratista.
2º.- La declaración en concurso de acreedores, o la declaración como insolvente o fallido del contratista, o fuere parte de otro proceso judicial o administrativo, que pudiera poner en peligro la prestación del servicio acordado.
3º.- Que el contratista incurriera sobrevenidamente en prohibición para contratar con el sector público.
4º.- El mutuo acuerdo de las partes.
5º.- La falta de cumplimiento de las obligaciones establecidas contractualmente, o las incluidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas.
6º.- La falta de pago de salarios, cuotas de Seguridad Social, u otras obligaciones sociales de los trabajadores del contratista.
7º.- Las reiteradas deficiencias en la prestación del servicio.
8º.- Aquellas otras no recogidas expresamente, pero previstas en las normas de aplicación.
M).- Penalidades y sanciones.
La Sociedad Regional podrá imponer penalizaciones por incumplimientos contractuales. Dichas penalizaciones consistirán en una proporción del importe a satisfacer en el supuesto de que los servicios se presten por menos personal del comprometido o por personal que no cumplan los requisitos de capacitación exigidos.
N).- Normativa aplicable.
El contrato se somete a la ley española y su ejecución y cumplimiento está sujeta a las normas de Derecho privado español, conforme a lo previsto en el artículo 20.1 del Texto Refundido de la LCSP, si bien su preparación y adjudicación debe regirse por lo previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de la Sociedad, así como, en lo que resulte de aplicación por el Texto Refundido de la LCSP, y demás normativa administrativa y de derecho privado resulta procedente.
O).- Jurisdicción.
La Jurisdicción Civil es la competente para conocer de las controversias que pudieran surgir tanto de la preparación y adjudicación del contrato, como entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción, atendiendo al contenido del artº. 21.2 TRLCSP.
Las partes se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales xx Xxxxxxxxx con renuncia a su fuero propio.
ANEXO I
A LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE S L
D. ……………………………………………., NIF …………………………. en nombre y representación de la sociedad mercantil denominada
………………………….………………, CIF: …………………………………… en su propio nombre y derecho (tache lo que no proceda), con domicilio en ………………………….
C/………………………………. nº ……… Tlfo y correo electrónico
……………………………………
DECLARA Que conoce y acepta las bases del procedimiento abierto para LA SELECCIÓN DE CONTRATISTA PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE GUÍAS, ACOMODACIÓN Y ASISTENCIA AL PÚBLICO Y A LOS ORGANIZADORES, ARTISTAS, COMPAÑÍAS Y PRODUCTORAS PARA LAS EXPOSICIONES, EVENTOS Y ACTIVIDADES EN CUYA ORGANIZACIÓN INTERVIENE LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, S.L.
contenida en el pliego de condiciones técnicas y administrativas que igualmente conoce y acepta.
Que adjunta la documentación prevista en el pliego de condiciones técnicas y administrativas
Que acepta recibir las notificaciones relacionadas con el procedimiento de selección en el correo electrónico señalado, otorgando plena eficacia a dichas notificaciones.
Que SOLICITA ser admitido en dicho procedimiento de contratación y considerada su oferta para la adjudicación del contrato indicado conforme a dichas condiciones.
Fecha y firma.
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN CAUSA DE PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR
D en su propio nombre o en nombre
y representación que acredita de la mercantil
…………………………………………….……….DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que no se encuentra incurso en causa de alguna que le impida contratar con las administraciones públicas que no se encuentra incurso en incompatibilidad ni en ninguna de las situaciones previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 y que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y laborales con la Seguridad Social a los efectos de participar en el procedimiento abierto para la SELECCIÓN DE CONTRATISTA PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE GUIAS, ACOMODACIÓN Y ASISTENCIA AL PÚBLICO Y A LOS ORGANIZADORES, ARTISTAS, COMPAÑÍAS Y PRODUCTORAS PARA LAS EXPOSICIONES, EVENTOS Y ACTIVIDADES EN CUYA ORGANIZACIÓN INTERVIENE LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, S.L.
Fecha
Firma
ANEXO III
PROPUESTA ECONÓMICA.
D en su propio nombre o en nombre
y representación que acredita de la mercantil
…………………………….……………………. efectúa la siguiente oferta económica a los efectos de la SELECCIÓN DE CONTRATISTA PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE GUIAS, ACOMODACIÓN Y ASISTENCIA AL PÚBLICO Y A LOS ORGANIZADORES, ARTISTAS, COMPAÑÍAS Y PRODUCTORAS PARA LAS EXPOSICIONES, EVENTOS Y ACTIVIDADES EN CUYA ORGANIZACIÓN INTERVIENE LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACION CULTURA Y DEPORTE, S.L.
Precio Ofertado: Euros/hora, I.V.A. EXCLUIDO.
Fecha
Firma