Enero de 2017
Dirección General de Servicios
Enero de 2017
GCS 17/00394-RHO-0001
Contratación de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017
Pliego de Cláusulas Particulares
Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales
Primera. Objeto de la contratación.
El objeto del presente procedimiento es la contratación de una o varias empresas que pongan a disposición del Banco de España apartamentos para la temporada xx xxxxxx de 2017, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Segunda. Codificación y Procedimiento de adjudicación.
El objeto del presente contrato, según la nomenclatura vigente del Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Reglamento (CE) nº 2195/2002, corresponde al código 63510000-7 “Servicios de agencias de viajes y servicios similares”.
Para la adjudicación del presente contrato se seguirá el procedimiento negociado con publicidad, conforme a las Reglas de Contratación del Banco de España, Circular Interna 7/2015, de 23 de diciembre.
Los documentos que contienen las condiciones detalladas a las que se ajustará la adjudicación del contrato son, por orden de prioridad, los siguientes:
1 El presente Pliego de Cláusulas Particulares.
2 El Pliego de Prescripciones Técnicas.
3 El Pliego de Cláusulas Generales aplicables a los contratos del Banco de España.
En el supuesto de que exista alguna contradicción entre lo establecido en estos documentos, las posibles discrepancias que pudieren suscitarse siempre serán resueltas según el orden de prelación citado.
Tercera. Duración del contrato.
El periodo de ocupación/utilización de los apartamentos contratados será:
- De cuatro meses, del 1 xx xxxxx al 30 de septiembre de 2017 para las siguientes zonas: Noreste (Cataluña-Castellón), Este (Valencia-Alicante), Sureste (Murcia-Almería) y Sureste (Granada-Málaga).
- De tres meses del 16 xx xxxxx al 15 de septiembre de 2017 para las siguientes zonas: Noroeste (Galicia), Norte (Asturias-Cantabria-País Xxxxx), Suroeste (Cádiz) y Suroeste (Huelva).
La finalización del periodo de contratación determinará la extinción de los servicios y por tanto la finalización del contrato.
Cuarta. Presupuesto de licitación.
El importe máximo presupuestado por el Banco de España para la realización del objeto del presente procedimiento de contratación asciende a la cifra de 1.045.000 euros, IVA incluido.
Se han definido 8 zonas geográficas dependiendo de la localización de los apartamentos ofertados, con un total de 123 apartamentos.
El detalle para cada zona, del presupuesto, numero de apartamentos a contratar y precio máximo, IVA incluido, por apartamento y zona es:
- Zona Noroeste (Galicia): 97.200 euros, 12 apartamentos de dos dormitorios de importe máximo 6.000 euros y 4 de tres dormitorios de importe máximo 6.300 euros.
- Zona Norte (Asturias-Cantabria-País Xxxxx): 112.500 euros. 15 apartamentos de dos dormitorios de importe máximo 7.500 euros.
- Zona Noreste (Cataluña-Castellón): 174.000 euros, 20 apartamentos de dos dormitorios de importe máximo 8.700 euros.
- Zona Este (Valencia-Alicante): 146.000 euros, 12 apartamentos de dos dormitorios de importe máximo 9.000 euros y 4 de tres dormitorios de importe máximo 9.500 euros.
- Zona Sureste (Murcia-Almería): 60.000 euros, 5 apartamentos de dos dormitorios de importe máximo 5.900 euros, y 5 de tres dormitorios de importe máximo 6.100 euros.
- Zona Sureste (Granada-Málaga): 85.500 euros, 10 apartamentos de dos dormitorios de importe máximo 8.550 euros.
- Zona Suroeste (Cádiz): 211.000 euros, 15 apartamentos de dos dormitorios de importe máximo 10.500 euros y 5 de tres dormitorios de importe máximo 10.700.
- Zona Suroeste (Huelva): 158.800 euros, 12 apartamentos de dos dormitorios de importe máximo 9.900 euros y 4 de tres dormitorios de importe máximo 10.000.
Quinta. Presentación de las solicitudes de participación. Lugar y fecha.
Las solicitudes deberán entregarse antes de las 14 horas del próximo día 21 xx xxxxx de 2017, en el Registro General del Banco de España en la calle Xxxxxx, n.º 48, de Madrid (28014), constando cada una de ellas de dos sobres cerrados y dirigidos a la atención de la Directora del Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales del Banco de España. El contenido de dichos sobres será el especificado en la cláusula sexta de este Pliego.
Igualmente podrán ser enviadas por correo, dentro del mismo plazo, siendo requisito indispensable en este caso que se justifiquen la fecha y la hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y se anuncie al Banco de España - Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales la remisión de la documentación mediante comunicación cursada en el mismo día por alguno de los siguientes medios: fax al número 000 000 000; o correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxx@xxx.xx. Transcurridos, no obstante, los siete días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Cada candidato no podrá presentar más de una solicitud individualmente, ni hacerlo en unión temporal de empresas si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal de empresas.
Sexta. Documentación a presentar por los candidatos para la solicitud de participación.
La documentación requerida para solicitar la participación se incluirá en dos sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar, y en el segundo la documentación para la selección de candidatos. Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia:
Dirección del Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales. Contratación de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017.
GCS 17/00394-RHO-0001.
Los candidatos que presenten solicitud en unión temporal de empresas deberán hacer constar este hecho en el anverso de cada sobre, y tanto el sobre de la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar como el de la documentación para la selección de candidatos deberán ser únicos para la unión temporal de empresas.
Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el solicitante o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas en el Registro General del Banco de España.
Todos los documentos se presentaran en el orden establecido en esta cláusula.
Los solicitantes presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector.
La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la documentación para la selección de candidatos.
Caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial.
- Sobre I: Documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar.
En primer lugar los solicitantes incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2.
A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con el Banco de España, los solicitantes deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes.
Estarán excusados de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2, aquellos solicitantes que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por el Banco de España, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del solicitante, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, el Banco de España podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los solicitantes remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca.
Alternativamente a la presentación de la documentación a que se hace mención en los apartados 1, 2, 4 y 5 de este Sobre I, los solicitantes podrán acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en dichos apartados presentando, debidamente cumplimentado, el documento europeo único de contratación a que se refiere el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016 por el que se establece el formulario normalizado del documento europeo único de contratación (DOUE de 6 de enero). En caso de aportarse el mencionado documento, el Banco de España podrá recabar posteriormente, en cualquier momento del procedimiento cuando resulte necesario para garantizar el buen desarrollo de la licitación, que el candidato que lo hubiera presentado aporte la totalidad o una parte de los documentos justificativos del cumplimiento de los mencionados requisitos. Asimismo con carácter previo a la adjudicación, en el supuesto de que el licitador que haya realizado la oferta más ventajosa hubiera presentado el referido documento europeo, se le requerirá para que presente dichos documentos justificativos actualizados.
1 Acreditación de la personalidad jurídica y de la capacidad de obrar.
a En el caso de empresario individual: fotocopia, legalizada notarialmente o debidamente compulsada con el original, del DNI o pasaporte en vigor.
b En el caso de personas jurídicas españolas: fotocopias legalizadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original de la escritura de constitución o modificación, en su caso, de los estatutos sociales, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, fotocopia de la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
c Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados Miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, haciendo constar que están inscritas en el Registro local profesional correspondiente, así como que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. No se exigirá este último informe de reciprocidad a las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
2 Acreditación de la representación.
Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal:
a D.N.I. o pasaporte en vigor.
b Escritura de poder, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil y publicada en el BORME.
Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx.
3 Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso.
Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Banco de España. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal.
4 Acreditación de otros requisitos.
a Declaración responsable firmada por persona con poder bastante, según modelo facilitado en el anejo 4, que acredite la no concurrencia de las circunstancias especificadas en la cláusula 5 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales.
b Certificación positiva expedida al efecto por la Administración Tributaria, acreditativa de que el solicitante se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
c En relación con las obligaciones relativas al Impuesto sobre Actividades Económicas, siempre que el solicitante ejerza actividades sujetas a dicho impuesto se aportará:
- Fotocopia compulsada de la declaración de alta, referida al ejercicio corriente, o del último recibo satisfecho.
- Declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
d Certificación positiva expedida por el órgano competente, acreditativa de que el solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el solicitante se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación del Banco, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.
5 Solvencia.
No se tomarán en consideración las ofertas de empresas que no acrediten la suficiencia de medios y solvencia económica, financiera y técnica para cumplir con garantías el contrato y durante el período de vigencia del mismo.
Para las empresas que se encuentren clasificadas, el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica y financiera y técnica exigidos se acreditará mediante la presentación de los siguientes documentos:
- Certificado de clasificación en el Grupo U, subgrupo 4, emitido por el órgano encargado del Registro Oficial de Empresas Clasificadas, la categoría mínima requerida vendrá determinada por el importe del presupuesto, de las zonas a las que presenten oferten detallado en la clausula cuarta.
- Declaración responsable en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.
Alternativamente al medio descrito en los párrafos anteriores, las empresas que no justifiquen su solvencia mediante la clasificación deberán acreditar el cumplimiento de estos requisitos de la siguiente manera:
a Solvencia económica y financiera.
Se entenderá que cuentan con suficiente solvencia económica y financiera para la ejecución del contrato, aquellos solicitantes que hayan alcanzado un volumen global de negocios, en al menos uno, de los últimos tres ejercicios cerrados xxx xxxxx del presupuesto de licitación de las zonas a las que presenten oferta.
El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante la aportación del documento a incluir en el sobre II, solicitado en el punto b).
b Solvencia técnica.
El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante la aportación de los documentos a incluir en el sobre II, solicitados en el punto c).
6 Conocimiento de los Pliegos.
Con el fin de acreditar el conocimiento y aceptación por parte de los solicitantes de los Pliegos de Cláusulas Particulares, de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Generales aplicables a este licitación, se incluirá en este sobre una declaración del candidato según modelo que se adjunta como anejo 5, sellada y firmada por la persona con poder bastante que presente la solicitud.
Posteriormente, una vez se le notifique la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar los originales de los Pliegos de Cláusulas Particulares, de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Generales, firmados en todas sus páginas por la persona con poder bastante que presente la oferta.
- Sobre II: Documentación para selección de candidatos.
Los solicitantes deberán incluir en este sobre dos ejemplares (original y copia) de cada uno de los siguientes documentos:
a Declaración que indique las zonas, de las indicadas en la cláusula cuarta, a las que vayan a presentar oferta.
b Declaración sobre el volumen anual global de negocios, correspondiente a cada uno de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario.
c Relación de los principales servicios efectuados durante los cinco últimos años, que contenga como mínimo 3 referencias, de importe anual mínimo 40.000 euros cuyo objeto sea similar al del presente procedimiento de contratación, entendiendo por tal los servicios de arrendamiento vacacional de apartamentos a empresas, instituciones u organismos oficiales y que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del candidato firmada por persona con poder bastante.
No se considerará válido como referencia las siguientes actividades:
- Organización de viajes a colectivos.
- Organización de cumbres, congresos, foros, jornadas, o encuentros.
- Organización de cursos, programas, talleres, o torneos.
- Organización xx xxxxx.
Séptima. Criterios de selección de candidatos.
Las solicitudes que, de acuerdo con la información aportada, cumplan las condiciones de participación respecto a la capacidad de contratar y la solvencia económica y técnica, serán objeto de valoración en su solvencia y capacidad técnica y profesional de cara a su selección, de acuerdo con la documentación solicitada en el sobre II. Para ello, se actuará de la siguiente manera:
1 Se rechazarán las solicitudes que no presenten o justifiquen los requerimientos de los puntos a incluir en el sobre II “Documentación para selección de candidatos”, de la solicitud.
2 Posteriormente se procederá a la clasificación ordenada de las candidatas no rechazadas, atendiendo a las zonas a las vayan a presentar oferta, conforme a los siguientes criterios y ponderaciones:
- Referencias en servicios similares, llevados a cabo en los últimos tres años, con una ponderación del 80%.
- Volumen de negocio global en el último ejercicio, con una ponderación del 20%.
De la relación resultante ordenada se seleccionarán un máximo de ocho empresas, por cada zona, para participar en la licitación. No obstante, si el número de proveedores que cumplen los criterios de selección fuese inferior al número indicado, el Banco de España podrá acordar seguir adelante con el proceso invitando a un número menor.
El Banco de España hará pública la relación de empresas seleccionadas en su web institucional, en la dirección siguiente: xxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx/Xxxxxx_xx_xxxxxxxxxxx.xxxx
A las empresas seleccionadas se les enviará la carta de invitación para presentar su oferta dentro del plazo que se señale en la misma y atendiendo a los requerimientos especificados en la cláusula octava del presente Pliego de Cláusulas Particulares.
El Banco de España se reserva el derecho de exigir en cualquier momento la justificación documental de la veracidad de la información aportada y de efectuar cuantas comprobaciones considere necesarias antes de la selección, y en caso de no ajustarse a la información aportada por el candidato, desestimar la solicitud presentada.
Octava. Documentación a aportar por los candidatos seleccionados para presentar ofertas.
La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en dos sobres. En uno se incluirá la documentación relativa a criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor y en el segundo los documentos relativos a criterios de adjudicación automáticos. Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de su contenido y con la referencia:
Dirección del Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales. Contratación de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017.
GCS 17/00394-RHO-0001.
Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial.
Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula.
Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector.
La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta.
Caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial.
- Sobre I: Documentación relativa a criterios de adjudicación sujetos a juicios de valor
Contendrá dos ejemplares (original y copia) de la documentación gráfica exigida en el Pliego de Prescripciones Técnicas, también se presentará dentro de este sobre copia en soporte informático (CD-ROM o similar).
El soporte electrónico se usará como material de trabajo y ayuda en la evaluación de las ofertas, por lo que en el caso de existir cualquier discrepancia, la propuesta presentada en papel prevalecerá sobre la información recogida en el referido soporte informático.
El Banco de España se reserva la facultad de visitar los apartamentos ofertados para validar la información aportada.
- Sobre II: Documentación relativa a criterios de adjudicación sujetos a valoración automática.
Cada licitador únicamente podrá presentar una proposición. Por consiguiente no podrá suscribirse ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal.
- Se deberá incluir la proposición económica de acuerdo al modelo de oferta que se adjunta como anejo 6 a este Pliego de Cláusulas Particulares, de acuerdo con lo exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debidamente cumplimentada y firmada por persona con poder bastante, desglosada por cada uno de los destinos turísticos ofertados dentro de las zonas indicadas en dicho anejo 6, y haciendo constar expresamente los importes unitarios en euros, redondeados como máximo a dos decimales (impuestos, tasas e IVA incluidos).
- En el mismo sobre II incluirán las hojas de valoraciones, tanto en papel como en soporte informático en formato de hoja de cálculo compatible con Microsoft Excel. Para ello deben recuperar el fichero correspondiente que se publicará en la página web del Banco de España, y cumplimentarlo con los datos solicitados. Las propuestas de apartamentos, identificada por su número de referencia, deberán guardar correspondencia con las propuestas reflejadas en la oferta económica y con las condiciones establecidas en el apartado siguiente. Las valoraciones efectuadas serán susceptibles de modificación por el Banco de España a la vista de la documentación gráfica del apartado anterior y la posible visita de los apartamentos ofertados.
El soporte electrónico se usará como material de trabajo y ayuda en la evaluación de las ofertas, por lo que en el caso de existir cualquier discrepancia, la propuesta presentada en papel prevalecerá sobre la información recogida en el referido soporte informático.
a Para cada zona, las propuestas vendrán organizadas por destinos, especificándose los números de referencia, los edificios o urbanizaciones, y para cada tipo de capacidad, el número de apartamentos ofertados y los precios unitarios.
b Una misma empresa podrá presentar ofertas para una, varias o todas las zonas, pero para una misma zona, sólo se podrá presentar una oferta con un máximo de 3 destinos, entendiéndose por un mismo destino un mismo municipio.
b Para cada destino turístico, será obligatorio agrupar en una sola propuesta los apartamentos de similares características y que tengan idéntico precio unitario para cada tipo de capacidad, aunque estén situados en distintos edificios o urbanizaciones. En tales casos, si para un destino determinado la propuesta incluyere apartamentos situados en diferentes edificios o urbanizaciones, se indicará la expresión “varios edificios” en la casilla
correspondiente de la propuesta, sin especificar en ella ningún desglose por apartamentos o edificios (tal desglose se detallaría en el apartado de “Relación de los apartamentos ofertados” de la oferta técnica).
c El número mínimo de apartamentos de dos dormitorios ofertados por destino será:
- Xxxx Xxxxxxxx (Xxxxxxx): 0 xxxxxxxxxxxx.
- Xxxx Xxxxx (Xxxxxxxx-Xxxxxxxxx-Xxxx Xxxxx): 0 xxxxxxxxxxxx.
- Xxxx Xxxxxxx (Xxxxxxxx-Xxxxxxxxx): 0 xxxxxxxxxxxx.
- Xxxx Xxxx (Xxxxxxxx-Xxxxxxxx): 4 apartamentos.
- Xxxx Xxxxxxx (Xxxxxx-Xxxxxxx): 0 xxxxxxxxxxxx.
- Xxxx Xxxxxxx (Xxxxxxx-Xxxxxx): 0 xxxxxxxxxxxx.
- Xxxx Xxxxxxxx (Xxxxx): 5 apartamentos.
- Zona Suroeste (Huelva): 4 apartamentos.
d El número mínimo de apartamentos de tres dormitorios ofertados por destino será:
- Xxxx Xxxxxxxx (Xxxxxxx): 0 xxxxxxxxxxxx.
- Xxxx Xxxx (Xxxxxxxx-Xxxxxxxx): 0 xxxxxxxxxxxx.
- Xxxx Xxxxxxx (Xxxxxx-Xxxxxxx): 0 xxxxxxxxxxxx.
- Xxxx Xxxxxxxx (Xxxxx): 0 xxxxxxxxxxxx.
- Xxxx Xxxxxxxx (Xxxxxx): 4 apartamentos.
e Los licitadores que presenten oferta en las zonas Noroeste (Galicia), Este (Valencia- Alicante), Sureste (Murcia-Almería), Suroeste (Cádiz), Suroeste (Huelva) deberán ofertar apartamentos de tres dormitorios, en al menos uno de los destinos.
Novena. Validez de las ofertas.
Las ofertas presentadas deberán tener un período de validez mínimo de cuatro meses, contados a partir de la fecha límite de recepción de ofertas.
Décima. Rechazo de ofertas.
Serán rechazadas aquellas ofertas en que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a Cuando la entrega de la oferta no se realice según lo indicado en la cláusula octava.
b Cuando la entrega de la oferta no se realice en el plazo indicado en la carta de invitación. c Cuando el plazo de validez de la oferta presentada sea inferior al establecido en la cláusula novena.
d Cuando la oferta no cumpla con alguno de los requisitos o funcionalidades exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La omisión de cualquiera de los documentos exigidos para la contratación, o su presentación sin ajustarse a lo especificado en los Pliegos de Cláusulas Generales, Cláusulas Particulares o Prescripciones Técnicas que regulan la presente contratación, podrá ser motivo suficiente para desestimar la correspondiente oferta. Ello no obstante, el Órgano de Tramitación o la Mesa de Contratación podrán establecer un plazo para subsanar las deficiencias encontradas en la documentación presentada, que no excederá de cinco días hábiles contados a partir de su notificación al correspondiente licitador.
Undécima. Criterios de negociación.
Recibidas las ofertas, el Banco de España podrá convocar a los representantes de una o varias de las empresas licitadoras, para la negociación del contrato. El ámbito de negociación será: oferta económica, la oferta técnica, el número de apartamentos y el periodo de ocupación/utilización, dentro de los límites establecidos en este pliego.
Duodécima. Criterios de adjudicación.
Se rechazarán las propuestas individuales que no cumplan las condiciones expuestas en la cláusula octava, sobre II, del presente Xxxxxx, no cumplir las prescripciones técnicas requeridas en el Pliego de Prescripciones Técnicas o no ajustarse al precio máximo estipulado por apartamento para cada zona y capacidad.
Con el resto procederá a la valoración por zona y capacidad, de las distintas propuestas presentadas, y una vez realizada se procederá de la siguiente manera:
• El número máximo de apartamentos a contratar será de 123, según detalle por zona y capacidad fijado en la cláusula octava. Dicha distribución será susceptible de ser modificada por el Banco de España en el caso de insuficiencia de ofertas o que las mismas no tengan los requisitos mínimos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
• Para completar el número total de apartamentos por zona, la adjudicación se realizará por bloques de apartamentos.
o Un bloque es el número mínimo de apartamentos exigido en la oferta para cada destino dentro de cada zona, detallado en la cláusula octava. En ningún caso, se aceptarán las ofertas que incluyan un número de apartamentos inferior a dicho mínimo.
o Si la propuesta mejor valorada tiene un número de apartamentos inferior al máximo a adjudicar para la zona, especificado en el apartado 2 de la Cláusula Segunda del PPT, se le adjudicarán tantos bloques completos de apartamentos como permita el número de apartamentos ofertados para esa zona, siendo el resto de bloques adjudicados a las siguientes propuestas mejor valoradas.
o Si las propuestas elegidas presentan un número de apartamentos que no es múltiplo del número de apartamentos que conforman el bloque de adjudicación para esa zona, el Banco podrá elegir dentro de los ofertados, aquellos apartamentos que más se ajusten a sus preferencias en función de la planta en que estén situados dentro del edificio, su orientación o su mayor homogeneidad con los restantes dentro del bloque adjudicado.
• Un licitador podrá ser adjudicatario de varios destinos en la misma o en diferentes zonas, que se asociarán todos ellos a un único contrato.
Para cada zona y tipo de capacidad, los criterios de adjudicación y sus ponderaciones serán los siguientes:
1. Criterio de adjudicación automático: con una ponderación del 80 %.
- Oferta Económica con una ponderación del 30 %. Será objeto de valoración utilizando la siguiente fórmula:
Puntuación = Ponderación · (PMÍN / PO)
PMÍN = Precio total más bajo de las ofertas recibidas, impuestos incluidos. PO = Precio total, impuestos incluidos, de la oferta que se está evaluando.
- Características de equipamiento y servicios adicionales: con una ponderación del 50%.
• Plaza de aparcamiento en recinto privado, bien en superficie o en garaje
cubierto. Con una ponderación del 4%.
▪ Si dispone de garaje: 4 puntos.
▪ Si dispone de aparcamiento exterior, privado: 2 puntos.
▪ Si no tiene aparcamiento: 0 puntos.
• Piscina, con funcionamiento durante todo el periodo de alquiler ofertado. Con una ponderación del 5%.
▪ Si dispone de 2 piscinas o más: 5 puntos.
▪ Si dispone de 1 piscina: 2,5 puntos.
▪ Si no dispone de piscina: 0 puntos.
• Terraza con mobiliario. Con una ponderación del 4%
▪ Si dispone de terraza con mobiliario, como mínimo una mesa, sombrilla y/o toldo y sillas en buen estado y suficientes para las plazas disponibles del apartamento: 4 puntos.
▪ Si dispone de terraza pero esta no tiene el mobiliario mínimo anteriormente reseñado: 2 puntos.
▪ Si no dispone de terraza: 0 puntos.
• Lavavajillas. Con una ponderación del 4%.
▪ Si dispone de lavavajillas: 4 puntos.
▪ Si no dispone de lavavajillas: 0 puntos.
• Equipamiento de electrodomésticos y otro mobiliario: horno, frigorífico de gran capacidad, secadora, acceso a wifi o TV de pantalla plana. Con una ponderación del 2%.
▪ Si dispone de más de 2 electrodomésticos considerados no básicos: 2 puntos.
▪ Si dispone de 1 o 2 electrodomésticos considerados no básicos: 1 punto.
▪ Equipamiento de electrodomésticos básico: 0 puntos.
• Cuarto de baño o aseo adicional. Con una ponderación del 4%.
▪ Si dispone de baño adicional: 4 puntos.
▪ Si dispone de aseo adicional: 2 puntos.
▪ Si no dispone ni de baño ni de aseo adicional: 0 puntos.
• Servicios adicionales de limpieza y cambio de ropa. Con una ponderación del 2%.
▪ Si se realiza el cambio de ropa y limpieza al menos 2 veces por semana: 2 puntos.
▪ Si además del cambio de ropa semanal, ser realiza una limpieza semanal: 1 punto.
▪ Si se realiza el cambio de ropa semanal y la limpieza quincenal: 0 puntos
• Servicio de recepción. Con una ponderación del 1%.
▪ Si dispone de recepción las 24 horas: 1 puntos.
▪ Si dispone de recepción de 8 a 12 horas al día: 0,5 puntos.
▪ Si no dispone de recepción salvo el día de llegada y partida: 0 puntos.
• Zonas ajardinadas, recreativas y deportivas exclusivas para los usuarios del edificio o urbanización, donde están ubicados los apartamentos. Con una ponderación del 4%.
▪ Si dispone xx Xxxxxxxx y zonas deportivas privadas: 4 puntos.
▪ Si dispone de zonas ajardinadas o deportivas: 2 puntos.
▪ Si no dispone ni de zonas ajardinadas ni de zonas deportivas: 0 puntos.
• Aire acondicionado. Con una ponderación del 4%
▪ Si dispone de aire acondicionado en toda la vivienda: 4 puntos
▪ Si dispone de aire acondicionado en el salón: 2 puntos.
▪ Si no dispone de aire acondicionado: 0 puntos.
• Homogeneidad entre los apartamentos ofrecidos en cada destino, siempre que su calidad sea la requerida por estas prescripciones técnicas. Con una ponderación del 3%.
▪ Si los apartamentos se encuentran situados en el mismo edificio o urbanización con mobiliario y equipamiento homogéneos: 3 puntos.
▪ Si los apartamentos se encuentran situados en el mismo edificio o urbanización pero el mobiliario y el equipamiento no es homogéneo: 1,5 puntos.
▪ Si los apartamentos no se encuentran situados en el mismo edificio o urbanización: 0 puntos.
• Cercanía a la playa. Con una ponderación del 5%.
▪ Distancia a la playa menor de 100 m: 5 puntos.
▪ Distancia a la playa entre 100 a 300 m: 4 puntos.
▪ Distancia a la playa entre 301 a 500: 3 puntos.
▪ Distancia a la playa de 501 a 750 m: 2 puntos.
▪ Distancia a la playa de 751 a 1.000 m: 1 punto.
▪ Distancia a la playa de Más de 1.000 m= 0 puntos.
• Facilidad de acceso a personas con discapacidad, valorándose positivamente la ausencia xx xxxxxxxx arquitectónicas y cruces con alta densidad de tráfico, entre los apartamentos y la playa. Con una ponderación del 4%.
▪ Playa más cercana con acceso para discapacitados: 4 puntos.
▪ Playa más cercana de fácil acceso: 2 puntos.
▪ Playa más cercana con acceso por medio de escaleras, desniveles, o carreteras: 0 puntos.
• Cercanía a comercios y zona de servicios. Con una ponderación del 4%
▪ Distancia a los comercios menor de 300 m: 4 puntos.
▪ Distancia a los comercios de entre 300 y 1.000 m: 2 puntos.
▪ Distancia a los comercios de más de 1.000 m: 0 puntos.
2. Criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor.
a. Comprobación del estado general del apartamento: Con una ponderación del 20%.
Esta valoración la establecerá el Banco de España tras la comprobación del reportaje fotográfico incluido en la oferta y de la revisión in situ realizada a los apartamentos, que el Banco decida visitar.
Los apartamentos que no dispongan del equipamiento y servicios mínimos establecido en el apartado 5 de la Cláusula Segunda del PPT, serán desestimados aunque cumplan el resto de prescripciones técnicas.
Una vez adjudicados los apartamentos, el Banco de España podrá requerir a las respectivas empresas adjudicatarias la documentación que acredite la reserva en garantía de los mismos.
Decimotercera. Adjudicación del contrato.
El Banco de España tendrá la facultad de adjudicar, sin negociación, el contrato al licitador que hubiera presentado la oferta más ventajosa, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el presente Pliego de Cláusulas Particulares, siempre que la citada oferta permita conocer el alcance y condiciones de la prestación con la precisión necesaria.
En caso de negociación, la adjudicación se efectuará al licitador cuya oferta resulte más ventajosa, en los términos resultantes de la negociación y conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el presente Pliego de Cláusulas Particulares.
En cualquier caso se tendrán en cuenta aquellos precios que puedan considerarse anormalmente bajos, para rechazar aquellas ofertas que merezcan tal calificación, una vez realizado el análisis de las mismas. Se considerará que una oferta contiene precios anormalmente bajos si la misma es inferior a la media del resto de las ofertas recibidas para la misma zona y capacidad en más de un 10%.
Antes de rechazar una oferta por este motivo se solicitará al licitador que aclare y confirme por escrito dichos precios. En caso de que se adjudique el contrato a dicha oferta, el órgano de adjudicación podrá aumentar los límites de las garantías que el contratista debe aportar con carácter general.
El órgano de adjudicación tendrá la facultad de declarar desierto el concurso en caso de no haberse presentado ninguna oferta que cumpla la totalidad de los requisitos exigidos en la documentación del procedimiento.
En el momento de la firma del contrato la empresa o empresas adjudicatarias deberán presentar un desglose quincenal de los precios, según destino y capacidad, de los apartamentos que les hayan sido adjudicados.
Decimocuarta. Garantía definitiva.
El adjudicatario, en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde que se le notifique la adjudicación, deberá presentar, en garantía del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del contrato así como de los daños y perjuicios que pudieran derivarse de su incumplimiento, y sin perjuicio de su responsabilidad personal y patrimonial ilimitada, aval solidario o seguro de caución otorgado por entidad de crédito, sociedad de garantía recíproca autorizada para operar en España o entidad aseguradora autorizada también para operar en España en el ramo de seguro de caución, que no mantenga avales o seguros impagados con el Banco de España, no se encuentre en declaración de concurso, ni sometida a medidas de control especial ni extinguida su autorización administrativa para el ejercicio de la actividad, por un importe en euros que se corresponda con el 5% del precio total de la adjudicación, IVA excluido. La citada garantía definitiva también podrá constituirse en metálico ante el Banco de España, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 8 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales.
La suficiencia de los poderes que ostenten la/s persona/s que suscriban el aval o seguro de caución podrá acreditarse haciendo constar en el propio documento el número o código, fecha y lugar del bastanteo de poderes realizado por la asesoría jurídica de la Caja General de Depósitos o Abogacía del Estado, o de los órganos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades Locales. En defecto de éste deberán acompañar la/s escritura/s correspondiente/s para su bastanteo por el Banco de España.
El aval o el seguro de caución deberán ser solidarios respecto al obligado principal, con renuncia expresa a los beneficios de división, excusión, orden y plazo, y pagadero al primer requerimiento que efectúe el Banco de España. Asimismo en el seguro de caución, garantía que deberá constituirse en forma de certificado individual de seguro expedido por la propia compañía aseguradora del riesgo, se hará constar que la falta de pago de la prima, sea única, primera o siguiente, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste
quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía, así como a que el asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El aval, seguro de caución o, en su caso, el certificado individual expedido por la compañía aseguradora, cuyo texto deberá contar, en todo caso, con el visto bueno y aceptación expresa del Banco de España (los modelos de aval y de certificado individual de seguro de caución que se deberán seguir se adjuntan en los anejos 7 y 8, respectivamente) o la garantía en metálico, permanecerán vigentes, cuando menos, desde el inicio de la relación contractual hasta la fecha en que, habiéndose cumplido satisfactoriamente el contrato incluidas, en su caso, las prórrogas y el periodo de garantía cuando éste exista, el Banco de España autorice su cancelación o devolución. Asimismo la garantía aportada se cancelará cuando el contrato haya quedado resuelto sin culpa del adjudicatario.
El aval o, en su caso, el seguro se configurará expresamente como una obligación autónoma, no accesoria de las obligaciones derivadas del contrato entre Banco de España y el adjudicatario.
En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en un plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Cuando, como consecuencia de una o varias modificaciones del contrato, el precio inicial del mismo haya experimentado una variación en un porcentaje superior al 10%, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días hábiles contados desde la fecha en que tenga lugar la firma del acuerdo de modificación, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
La ejecución de la garantía no supone renuncia al ejercicio de las acciones que pudieran corresponder al Banco de España para lograr el total resarcimiento de los daños causados por el incumplimiento del adjudicatario.
La entidad avalista o aseguradora se comprometerá a satisfacer la cantidad objeto del aval o seguro de caución a primer requerimiento del Banco de España, ingresando su importe en la cuenta que éste le indique.
La plena efectividad de la adjudicación del contrato queda supeditada a la constitución del depósito en metálico en el Banco de España o a la presentación por el adjudicatario del aval, contrato de caución o, en su caso, certificado individual expedido por la propia compañía aseguradora, conforme a los requisitos y plazos establecidos en la presente cláusula.
Decimoquinta. Precio.
El precio será el que resulte de la negociación, en su caso, entre el Banco de España y el adjudicatario. Dicho precio no estará sujeto a revisión.
A falta de negociación, en el caso previsto en el primer párrafo de la estipulación sobre Adjudicación del contrato, se tomará el precio de la oferta aceptada por el Banco de España.
Decimosexta. Impuestos y gastos.
El pago de toda clase de impuestos, tasas, gravámenes actualmente vigentes o que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, se efectuará por las partes de acuerdo con la legislación vigente.
El consumo de agua y electricidad, y en general cualesquiera otros gastos que se deriven de la ejecución del contrato corresponderán exclusivamente a la adjudicataria sin que en ningún caso puedan ser repercutidos al Banco de España como partidas independientes.
Decimoséptima. Facturación y forma de pago.
El adjudicatario facturará al Banco de España de la siguiente forma:
- 30% del precio total: A la firma del contrato.
- 35% del precio total: primer día hábil posterior al 15 de julio de 2017.
- 35% restante: primer día hábil de octubre de 2017.
Las facturas se abonarán mediante ingreso en la cuenta bancaria designada por el adjudicatario, en un plazo no superior a 30 días a contar desde la fecha de su recepción de conformidad en el Banco de España.
Decimoctava. Identificación de los apartamentos.
De no figurar expresamente en la oferta presentada, antes de la firma del contrato la empresa adjudicataria vendrá obligada a facilitar al Banco de España los números de identificación (piso y letra) de cada apartamento seleccionado por el Banco de España, documento que quedará unido al contrato como anexo. Dichos números se mantendrán invariables durante el periodo de vigencia del contrato, salvo causas de fuerza mayor que deberán ser comunicadas con la suficiente antelación.
Decimonovena. Penalización por sustitución o reclamaciones.
Si posteriormente, a la firma del contrato y por causas de fuerza mayor, el adjudicatario se viese obligado a sustituir alguno de los apartamentos ya contratados e identificados en el contrato, éstos serán al menos de igual categoría, similares características y en el mismo o similar destino turístico, todo ello a juicio y previa aceptación expresa del Banco de España. Si las características por las que fue adjudicado (entre otras, urbanización, altura y/o orientación) no se mantienen en el nuevo inmueble, se podrá aplicar una penalización de hasta el 100% del precio del apartamento sustituido, con un límite máximo del 25% del coste total del contrato.
Cualquier petición que los empleados del Banco de España hagan durante su estancia en los apartamentos, relativa circunstancias que supongan un incumplimiento de lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas en relación con las características y estado de los apartamentos contratados, deberá ser solucionada por el adjudicatario en un periodo inferior a 24 horas desde la recepción del aviso. En caso de incumplimiento de dicha obligación, se podrá aplicar una penalización del 100% del precio del apartamento, con un límite máximo del 25% del coste total del contrato.
Vigésima. Responsabilidad del adjudicatario.
El adjudicatario responderá ante el Banco de España frente a cualquier reclamación presentada por los usuarios de los apartamentos por las deficiencias o falta de servicios ofertados.
Si se diesen circunstancias que ocasionaran que durante el periodo de ocupación/utilización algún apartamento no pudiera estar disponible en las condiciones previstas, el adjudicatario se obligará a lo establecido en la cláusula decimonovena.
La falta de disponibilidad de uno o varios de los apartamentos dentro de los plazos de ocupación/utilización establecidos o el incumplimiento, imputable al adjudicatario, de las características ofertadas, facultará al Banco de España para poder dar por extinguido total o parcialmente el contrato, con pérdida de la garantía establecida, y la posible indemnización por daños y perjuicios a la que pudiera tener derecho el Banco de España, por la compensación necesaria que permita el descanso vacacional al usuario o usuarios afectados, en unas condiciones y características al menos similares a las contratadas.
Vigésimo primera. Facultades del Banco de España durante la ejecución del contrato.
El Banco de España podrá inspeccionar los apartamentos contratados, antes y durante el plazo efectivo de ocupación/utilización, para comprobar que las características de los mismos y su acondicionamiento reúnen a plena satisfacción los requisitos especificados en las ofertas.
Cualquier deficiencia detectada en alguno de los apartamentos durante el periodo de vigencia del contrato será puesta en conocimiento del adjudicatario, quien realizará las gestiones oportunas con el fin de que aquélla sea subsanada a la mayor brevedad posible.
Vigésimo segunda. Obligaciones del adjudicatario en materia de prevención de riesgos laborales.
El adjudicatario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la normativa vigente sobre prevención de riesgos laborales, reservándose el Banco de España el derecho a exigir su observancia o requerir al adjudicatario para que acredite su cumplimiento en cualquier momento durante la vigencia del contrato.
Vigésimo tercera. Publicidad del contrato.
En relación con el último inciso de la cláusula 17 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el contratista podrá incluir al Banco de España en su lista de clientes así como la referencia del trabajo que debe ser llevado a cabo de acuerdo con este contrato en propuestas a licitaciones públicas o privadas, si bien la difusión general de cualquier información deberá ser previamente autorizada por el Banco de España.
Vigésimo cuarta. Confidencialidad.
Los datos que se conozcan u obtengan en virtud de la invitación o participación en la presente licitación, se utilizarán con el único propósito de participar en el procedimiento de adjudicación al que ha concurrido el licitador. No podrán ser utilizados para ninguna otra finalidad distinta de la anterior, tendrán carácter confidencial y no serán publicados o puestos en conocimiento de terceras partes sin la autorización previa y por escrito del Banco de España. Estas obligaciones no serán de aplicación a la información incluida en los documentos relativos a la licitación que, legítimamente y por otros medios diferentes al Banco de España, llegue a su conocimiento o sea hecha pública por el propio Banco de España.
Vigésimo quinta. Protección de datos de carácter personal.
En el caso de que para la ejecución del contrato el adjudicatario tuviera acceso a ficheros que contienen datos de carácter personal, el contratista, en cuanto encargado del tratamiento, se compromete a realizar los trabajos encomendados ajustándose a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos y disposiciones complementarias. En consecuencia, únicamente tratará los datos recibidos conforme a las instrucciones del Banco de España, no los aplicará o utilizará con fin distinto al establecido en el objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a terceras personas, manteniendo absoluta reserva y confidencialidad sobre los mismos. Al igual que sucede respecto de los datos o documentos confidenciales esta obligación de guardar secreto alcanza al adjudicatario incluso hasta después xx xxxxx en su relación con el Banco de España cualquiera que fuera la causa.
Asimismo, el adjudicatario cumplirá, en su caso, las medidas de seguridad a que se refiere el artículo 9 de la Ley, de nivel que, en su caso, corresponda establecidas por el Banco de España para dichos ficheros. La identificación de los ficheros y la concreción del nivel se efectuará por el Banco de España, informando simultáneamente de la normativa implantada a estos efectos. El mismo procedimiento se seguirá en el caso de que, durante la vigencia del contrato, se modificara el nivel de seguridad del fichero o ficheros en el que estén contenidos los datos tratados.
Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Banco de España, al igual que cualquier soporte o documento en que consten.
En el caso de que el adjudicatario destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
En el caso de que la ejecución del contrato no implique el acceso a datos de carácter personal, queda expresamente prohibido el acceso por el adjudicatario o sus empleados a los datos personales en poder del Banco de España, y del mismo modo el adjudicatario y sus empleados quedan obligados a guardar secreto respecto a estos datos que hubieran podido conocer con motivo de la ejecución del contrato.
Vigésimo sexta. Resolución y extinción del contrato.
Serán causas de resolución del contrato las establecidas en la cláusula 19 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales.
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el órgano de adjudicación será competente para acordar la resolución del contrato, bastando para ello comunicación escrita dirigida al contratista, incluso por medio de fax, en la que se acredite la voluntad del Banco de España de dar por resuelto el contrato. Con anterioridad a la adopción del acuerdo de resolución del contrato, se dará audiencia al contratista, en el término de cinco días hábiles.
El contrato se extinguirá, además de por las causas generales de extinción de las obligaciones, por la imposibilidad de prestar los servicios objeto de este procedimiento de contratación por causas sobrevenidas de fuerza mayor ajenas e independientes de la voluntad del contratista y del Banco de España.
Vigésimo séptima. Jurisdicción.
Para cuantas cuestiones pudieran plantearse en la interpretación y ejecución del contrato, ambas partes acuerdan someterse expresamente a la legislación española y a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de la ciudad de Madrid, renunciando a su fuero propio si lo tuviesen.
ANEJO 1. MODELO DE DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
Contratación de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017. Número de expediente: 17/00394 RHO 0001.
D. / Xx. , en nombre y representación de , en calidad de (Apoderado / Administrador único), según poder (se hará constar el apoderamiento), bajo su responsabilidad
DECLARA:
Que los documentos y datos presentados en el siguiente sobre (1) se consideran de carácter confidencial y son los que a continuación se relacionan:
-
-
-
-
-
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de .
(Firma y sello de la empresa)
Firmado:
(1) Indicar número de sobre, teniendo en cuenta que deberá presentarse, en su caso, una declaración por cada sobre.
ANEJO 2. DATOS DE LA EMPRESA / PERSONAS DE CONTACTO
Contratación de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017. Número de expediente: 17/00394 RHO 0001.
DATOS DE LA EMPRESA:
Empresa:
N.I.F.:
Domicilio Profesional: Población: Código Postal: País: Teléfono: Fax:
RESPONSABLE DE LA PREPARACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:
Nombre y apellidos: Departamento: Teléfono: Fax: Correo electrónico:
APODERADO / REPRESENTANTE:
Nombre y apellidos:
D.N.I.:
Teléfono: Fax:
Correo electrónico:
En , a de de 201_.
ANEJO 3. MODELO DE DECLARACIÓN DE EXENCIÓN DE PRESENTAR DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA
Contratación de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017. Número de expediente: 17/00394 RHO 0001.
D. / Xx.
en nombre y
representación de , en calidad de (Apoderado / Administrador único), según poder (se hará constar el apoderamiento), bajo su responsabilidad
DECLARA:
Que en este Sobre I, Documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar, (Nombre de la empresa) se exime de aportar la documentación siguiente:
- (…)
- (…)
- (…)
por haber sido presentada con fecha de de , en el procedimiento de
contratación de
al haber
resultado adjudicataria, y por no haber sufrido variación desde la fecha de adjudicación.
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de .
(Firma y sello de la empresa)
Firmado:
ANEJO 4. MODELOS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE MODELO PARA PERSONAS FÍSICAS
Contratación de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017. Número de expediente: 17/00394 RHO 0001.
D. / Xx.
en su propio nombre y bajo su responsabilidad DECLARA:
- Que no está incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad, ni en ninguna situación de eventuales conflictos de intereses que puedan afectar a su independencia y objetividad.
- Que no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, no ha sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, no ha sido declarado en concurso, salvo que en éste haya adquirido eficacia un convenio, no está sujeto a intervención judicial ni ha sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- Que no ha sido condenado, mediante sentencia firme, por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, ni x xxxx de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio.
- Que no ha sido sancionado con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina xx xxxxxxx, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad ni por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, o en materia medioambiental.
- Que no ha incurrido en falsedad al efectuar cualquier declaración responsable o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, ni ha incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información que le sea exigible.
- Que no ha retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, ni ha imposibilitado la firma del contrato, mediando dolo, culpa o negligencia, ni ha dado lugar a la resolución de un anterior contrato con el Banco de España por una causa que le sea imputable.
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de . (Firma y sello)
Firmado:
MODELO PARA PERSONAS JURÍDICAS
Contratación de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017. Número de expediente: 17/00394 RHO 0001.
D. / Xx. , en nombre y representación de , en calidad de (Apoderado / Administrador único), según poder (se hará constar el apoderamiento), bajo su responsabilidad
DECLARA:
- Que los administradores de la persona jurídica no están incursos en ninguno de los supuestos de incompatibilidad, ni en ninguna situación de eventuales conflictos de intereses que puedan afectar a su independencia y objetividad.
- Que la persona jurídica no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, no ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, no ha sido declarada en concurso, salvo que en éste haya adquirido eficacia un convenio, no está sujeta a intervención judicial ni ha sido inhabilitada conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- Que ni la persona jurídica ni sus administradores o representantes, vigente su cargo de representación, han sido condenados, mediante sentencia firme, por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, ni x xxxx de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio.
- Que la persona jurídica no ha sido sancionada con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina xx xxxxxxx, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad ni por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, o en materia medioambiental.
- Que la persona jurídica no ha incurrido en falsedad al efectuar cualquier declaración responsable ni al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, ni ha incumplido, por causa que les sea imputable, la obligación de comunicar la información que le sea exigible.
- Que la persona jurídica no ha retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, ni ha imposibilitado la firma del contrato, mediando dolo, culpa o negligencia, ni ha dado lugar a la resolución de un anterior contrato con el Banco de España por una causa que le sea imputable.
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de .
(Firma y sello de la empresa)
Firmado:
ANEJO 5. MODELO DE DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO DE LOS PLIEGOS
Contratación de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017. Número de expediente: 17/00394 RHO 0001.
D. / Xx. , en nombre y representación de , en calidad de (Apoderado / Administrador único), según poder (se hará constar el apoderamiento), bajo su responsabilidad
DECLARA:
Que se tiene perfecto conocimiento xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares, xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales aplicables a esta licitación y que estos pliegos son aceptados en su totalidad.
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de .
(Firma y sello de la empresa)
Firmado:
ANEJO 6. MODELO DE OFERTA
D. / Xx. , en nombre y representación de , en calidad de (Apoderado / Administrador único), según poder (se hará constar el apoderamiento), empresa participante en el procedimiento negociado con publicidad para la contratación de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017 (Expediente: 17/00394 RHO 0001), conociendo las condiciones y pliegos que rigen este procedimiento y estando de acuerdo con los mismos se compromete en nombre de
a la realización del objeto del contrato por un importe total de:
ZONA NOROESTE.
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 2 dormitorios (4/5 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario ( 3) | ||||
Tres meses | |||||
Tres meses | |||||
Tres meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 4.
(3) Importe máximo 6.000 euros IVA incluido.
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 3 dormitorios (6/7 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Tres meses | |||||
Tres meses | |||||
Tres meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 4.
(3) Importe máximo 6.300 euros IVA incluido.
ZONA NORTE.
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 2 dormitorios (4/5 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Tres meses | |||||
Tres meses | |||||
Tres meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 5.
(3) Importe máximo 7.500 euros IVA incluido.
ZONA NORESTE.
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 2 dormitorios (4/5 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 5.
(3) Importe máximo 8.700 euros IVA incluido.
ZONA ESTE.
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 2 dormitorios (4/5 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 4.
(3) Importe máximo 9.000 euros IVA incluido.
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 3 dormitorios (6/7 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 4.
(3) Importe máximo 9.500 euros IVA incluido.
ZONA SURESTE. (Murcia -Almería)
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 2 dormitorios (4/5 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 5.
(3) Importe máximo 5.900 euros IVA incluido.
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 3 dormitorios (6/7 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 5.
(3) Importe máximo 6.100 euros IVA incluido.
ZONA SURESTE. (Granada-Málaga)
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 2 dormitorios (4/5 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses | |||||
Cuatro meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 5.
(3) Importe máximo 8.550 euros IVA incluido.
ZONA SUROESTE (Cádiz).
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 2 dormitorios (4/5 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Tres meses | |||||
Tres meses | |||||
Tres meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 5.
(3) Importe máximo 10.500 euros IVA incluido.
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 3 dormitorios (6/7 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Tres meses | |||||
Tres meses | |||||
Tres meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 5.
(3) Importe máximo 10.700 euros IVA incluido.
ZONA SUROESTE (Huelva).
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 2 dormitorios (4/5 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Tres meses | |||||
Tres meses | |||||
Tres meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 4.
(3) Importe máximo 9.900 euros IVA incluido.
N.º Ref. | Destino (Localidad) | Denominación o dirección apartamento: Edificio / Urbanización (1) | Periodo de ocupación/utilización | Capacidad 3 dormitorios (6/7 plazas) | |
Número de aptos. Ofertados (2) | Precio unitario (3) | ||||
Tres meses | |||||
Tres meses | |||||
Tres meses |
(2) Número mínimo de apartamentos 4.
(3) Importe máximo 10.000 euros IVA incluido.
(1) Si se incluyen apartamentos ubicados en distintos edificios o urbanizaciones, se especificará “Varios edificios”
Los precios incluyen gastos e impuestos aplicables. Lugar y fecha
Firma del Proponente (incluir sello de la entidad representada)
ANEJO 7. MODELO DE AVAL
D. …………………, actuando en nombre de …………… (entidad avalista), con poderes suficientes para obligarla en este acto, según resulta (i) del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, o (ii) de la escritura de poderes que se acompaña AVALA, constituyéndose en fiador solidario de ………………… con NIF ………, ante el Banco de España, hasta una cantidad máxima de …….. euros, con objeto de responder del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del contrato de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017 (Expediente 17/00394 RHO 0001), así como de los daños y perjuicios que pudieran derivarse de su incumplimiento.
El presente afianzamiento se presta con carácter solidario, renunciando el avalista a los derechos de excusión, división, orden y plazo, y con compromiso de pago al primer requerimiento del Banco de España, sin que sea posible ninguna excepción, ni admisible excusa alguna, siendo suficiente dicho requerimiento para entender que el obligado principal no ha cumplido su obligación.
La presente garantía se configura, consecuentemente, como una obligación autónoma no accesoria del contrato anteriormente mencionado, reconociéndosele, por lo tanto, una naturaleza abstracta por expresa voluntad del ordenante y de la entidad garante.
Como consecuencia de este aval, (entidad avalista) queda obligado a abonar al
Banco de España, en la cuenta que designe, dentro del plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles desde que sea requerida para ello por cualquier medio escrito, la cantidad que esta determine hasta el límite máximo garantizado.
Finalmente, se hace constar que este aval tendrá plena validez hasta la fecha en que, habiéndose cumplido satisfactoriamente el contrato incluidas, en su caso, las prórrogas y el periodo de garantía cuando éste exista, el Banco de España autorice su cancelación o devolución.
El presente aval ha quedado inscrito en el Registro de Avales con el n.º ………
En ……………………………, a ……… de de 201…
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CAJA GENERAL DE DEPÓSITOS O ABOGACÍA DEL ESTADO (1):
Provincia Fecha Nº o Código
(1) o por los órganos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o entidades locales
AL BANCO DE ESPAÑA, CAXXX XXXXXX X.x 00, 00000 XXXXXX
ANEJO 8. MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
CERTIFICADO NÚMERO
(1) (en adelante asegurador), con domicilio en
, c/ y C.I.F. debidamente representado por D. (2) con poderes suficientes para obligarle en este acto según resulta (i) del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, o (ii) de la escritura de poderes que se acompaña.
ASEGURA
A (3) , C.I.F./N.I.F. en concepto de tomador de seguro y con carácter SOLIDARIO ante el Banco de España, en adelante asegurado, hasta el importe de EUROS (4) (en letra) (en cifra)
, en los términos y condiciones establecidos en (5) en concepto de garantía para responder de sus obligaciones derivadas del contrato de apartamentos. Temporada xx xxxxxx de 2017 (Expediente 17/00394 RHO 0001), así como de los daños y perjuicios que pudieran derivarse de su incumplimiento.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguiente, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador renuncia expresamente a los beneficios de excusión, división, orden y plazo y no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
La garantía prestada por la entidad garante se entiende otorgada a primer requerimiento, de modo que, dicha entidad, queda obligada a pagar en efectivo, o ingresar en la cuenta corriente que designe, al Banco de España, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles desde que sea requerida para ello por cualquier medio escrito, la cantidad que esta determine hasta el límite máximo garantizado, sin que pueda invocar para no realizar dicho pago razón o pretexto alguno, en especial derivado de las relaciones contractuales entre el tomador y la entidad garantizada.
La presente garantía se configura como una obligación autónoma no accesoria de las obligaciones derivadas del contrato.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta la fecha en que, habiéndose cumplido satisfactoriamente el contrato incluidas, en su caso, las prórrogas y el periodo de garantía cuando éste exista, el Banco de España autorice su cancelación o devolución.
En , a de de 201_. Firma:
ASEGURADOR
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CAJA GENERAL DE DEPÓSITOS O ABOGACÍA DEL ESTADO (1):
Provincia Fecha Nº o Código
(1) o por los órganos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o entidades locales
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACION DEL MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Importe en letra por el que se constituye el seguro.
(5) Identificar la disposición que determina la constitución de la garantía o fianza; Pliego de Cláusulas Particulares; cláusula contractual n.º ; etc.