CONTRATO DE CORRETAJE SOBRE SERVICIOS Y PRODUCTOS GASTRONÓMICOS N°
CONTRATO DE CORRETAJE SOBRE SERVICIOS Y PRODUCTOS GASTRONÓMICOS N°
Entre los suscritos, a saber: MAGGUS S.A.S, sociedad con domicilio en Bogotá D.C, por una parte y ,personas mayores y vecinos de Bogotá D.C., identificados como aparece al pie de nuestras correspondientes firmas, quienes para los efectos del presente documento se designarán como el CORREDOR y el PROPONENTE respectivamente, hemos convenido en celebrar un contrato de corretaje sobre servicios y productos gastronómicos que se regirá por las siguientes cláusulas especiales:
PRIMERA: El objeto del presente contrato es regular las relaciones entre las partes en virtud de las cuales el PROPONENTE ofrecerá la prestación de sus servicios y productos gastronómicos profesionales a través de una Plataforma virtual “Maggus”, administrada y gestionada por el CORREDOR, con el objetivo de obtener la demanda de los mismos por parte de posibles comensales-consumidores en el territorio de la República de Colombia, que accedan a través de la Plataforma.
SEGUNDA: Las características del servicio objeto del presente contrato son las siguientes:
El servicio de gastronomía ofrecido por el PROPONENTE, es de carácter personal, por lo que el contrato es intuito personae y los productos derivados de él, se desarrollarán conforme a la técnica, y experiencia que él mismo ha ofrecido y dispuesto para su labor.
TERCERA: En desarrollo del presente contrato, el CORREDOR deberá:
1.- Exhibir el servicio gastronómico y los productos ofrecidos por el PROPONENTE en la Plataforma móvil “Maggus” de manera permanente mientras el presente contrato se esté ejecutando.
2.- Poner al servicio del PROPONENTE los medios de los cuales dispone para ejecutar el objeto del presente contrato, especialmente su gestión a través de la Plataforma “Maggus”.
3.- El CORREDOR, a través de la Plataforma “Maggus”, realiza las siguientes acciones: i) exhibe los diferentes productos y servicios ofertados por el Cocinero PROPONENTE de forma publicitaria para que puedan servir de referencia a los comensales-consumidores, ii) facilita el encuentro entre comensales-consumidores y Cocineros para la realización del vínculo contractual de prestación de servicios,
iii) permite el uso de la plataforma de pagos iv) sirve de medio de envío de comunicaciones entre los comensales-consumidores y los Cocineros.
4.- El CORREDOR exhibirá a través de la Plataforma “Maggus” los servicios del PROPONENTE y sus productos de consumo gastronómico como alimentos y bebidas. Tal promoción de productos y servicios sirve como referencia a los Consumidores para su futura adquisición, usando la Plataforma como medio para realizar ofertas al Cocinero PROPONENTE y celebrar el respectivo contrato de prestación de servicios por medios electrónicos con el mismo.
5.- Comunicar al PROPONENTE las circunstancias conocidas por él, que en alguna forma puedan influir en la celebración del negocio.
6.- Realizar el pago al PROPONENTE, por sus productos y servicios prestados a los comensales-consumidores, en los términos dispuestos en la cláusula quinta del presente acuerdo.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los gastos en los que incurra el CORREDOR en desarrollo de dicha actividad no son imputables al PROPONENTE, por lo que dicha obligación no genera contraprestación alguna en cabeza del mismo, mientras no se logre celebrar el respectivo contrato de prestación de servicios entre el comensal- consumidor y el Cocinero.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En todo caso, el CORREDOR se compromete a proteger y respetar el secreto técnico e industrial que el Cocinero PROPONENTE utilice para lograr la calidad del producto y servicio brindado a los comensales- consumidores.
CUARTA: En desarrollo de este contrato, el PROPONENTE se obliga a:
1.- Prestar el servicio personalmente y enajenar el producto ofrecido, en las mismas condiciones y calidades en las que se promocione a través de la Plataforma “Maggus”.
2.- Cumplir con las normas y exigencias sanitarias y fitosanitarias que respecto a los productos y la prestación del servicio ofertado en la Plataforma “Maggus” exija la empresa MAGGUS S.A.S y la legislación aplicable.
3.- Adquirir los insumos, materias primas, instrumentos y productos básicos que para la prestación del servicio requiera, en caso de concretarse el contrato con algún consumidor-comensal. Así mismo, el PROPONENTE asumirá los gastos de transporte y asistencia culinaria que pueda llegar a requerir.
En ningún caso MAGGUS S.A.S se hará responsable por la adquisición de los mismos y su calidad. En ese sentido, el Cocinero PROPONENTE tiene plena autonomía para conseguir los insumos que requiera por cuenta y riesgo propio, siempre y cuando ellos garanticen la congruencia entre el producto y servicio final prestado y el ofertado a los comensales-consumidores en la Plataforma “Maggus”.
4.- Poner a disposición xxx XXXXXXXX la información necesaria para que éste logre promocionar el producto y servicio ofrecido por el Cocinero PROPONENTE en la Plataforma “Maggus” y en general todos los medios de los que disponga para ejecutar el objeto del presente contrato.
5.- Otorgar información veraz y actualizada sobre las calidades personales como por ejemplo, educación, experiencia, referencias, entre otras. En caso de solicitud de información relacionada con este contrato, el PROPONENTE se compromete a suministrarla al corredor de una manera clara y veraz.
6.- Abstenerse de realizar gestiones encaminadas a la celebración de los contratos de prestación de servicios con los clientes de la Plataforma “Maggus” sin intermediación xxx XXXXXXXX.
7.- Abstenerse de recibir el precio del servicio y producto contratado mediante la Plataforma Maggus de manera directa a los comensales-consumidores. Lo anterior, sin perjuicio de las propinas o bonificaciones extras que los comensales- consumidores quieran reconocer voluntariamente al Cocinero por el servicio prestado.
PARÁGRAFO PRIMERO: El PROPONENTE manifiesta que entiende que el CORREDOR no es co-productor, co-proveedor, co-expendedor, agente, distribuidor y en general ningún tipo de comercializador de los productos gastronómicos que exhibe en la Plataforma “Maggus”, ya que opera solo como una plataforma tecnológica que permite el encuentro de los comensales-consumidores y los Cocineros para la configuración de relaciones de consumo.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Manifiesta el PROPONENTE que la relación de consumo se genera directamente entre él y los comensales-consumidores. Por tanto, acepta que las reclamaciones por calidad, garantía, idoneidad, seguridad del producto, se deben realizar directamente ante los Cocineros, quienes tienen la obligación de cumplir con las reclamaciones en los términos definidos en la Ley 1480 de 2011. En dichos términos, reconoce que la Plataforma y el CORREDOR solo actúan como intermediarios entre las partes de la relación de consumo.
QUINTA: La remuneración equivalente a las gestiones realizadas por el CORREDOR en desarrollo de este contrato será del QUINCE PORCIENTO (15%) sobre el valor total del producto y servicio prestado por el Cocinero, cuya oferta y aceptación se han logrado a través de la intermediación de la Plataforma “Maggus”.
PARÁGRAFO PRIMERO: El PROPONENTE tendrá derecho al pago pleno de la remuneración por la prestación del servicio gastronómico, una vez efectuado el respectivo descuento en favor xxx xxxxxxxx, al que se refiere el inciso anterior.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Para efectos del pago, las partes acuerdan que los comensales-consumidores pagarán la totalidad de los servicios y productos contratados en favor de MAGGUS S.A.S., a través del mecanismo que la plataforma Maggus desarrolle para tal efecto. Realizado el pago por parte de los comensales- consumidores, el CORREDOR descontará el equivalente a su comisión. Realizado el descuento, MAGGUS S.A.S. consignará al PROPONENTE el dinero equivalente a sus productos y servicios prestados, pago que deberá realizarse en la cuenta
bancaria N°
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de la institución financiera
PARAGRAFO TERCERO: El PROPONENTE asumirá el costo en que se incurra por concepto de transacción electrónica entre entidades financieras y/o pasarela de pagos (payU) los cuales serán debidamente discriminados en sus recibos de pago.
PARÁGRAFO CUARTO: La obligación de MAGGUS S.A.S descrita en el parágrafo anterior deberá ser cumplida mes vencido, o a más tardar, al quinto día hábil del mes siguiente a aquel en que el Cocinero prestó el servicio determinado.
SEXTA: Son causales de terminación del presente contrato las siguientes:
1.- El incumplimiento grave por parte del PROPONENTE de las obligaciones contenidas en el presente contrato o las que se deriven de los Términos y
Condiciones Generales de uso de la Plataforma Maggus, documento que hace parte integral del presente contrato.
2.- Por decisión del PROPONENTE, la cual será comunicada por escrito al
CORREDOR en el momento de la decisión.
3.- Por decisión xxx XXXXXXXX, la cual se comunicará al PROPONENTE
igualmente por escrito en el momento de la decisión.
PARA EFECTOS DE LLENAR LOS ESPACIOS ANTERIORMENTE DESCRITOS SE TOMARA COMO EVIDENTE LA INFORMACIÓN DILIGENCIADA EN EL FORMATO DE INSCRIPCIÓN DE LOS COCINEROS Y SE DA POR ACEPTADO Y FIRMADO EN EL MOMENTO MISMO DE “ACEPTO TÉRMINOS Y CONDICIONES” AL APLICAR PARA HACER PARTE Y USO DE LA APLICACIÓN WEB Y MOVIL.