CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA LA-009J2R002-E39-2019, PARA EL ARRENDAMIENTO DE UNIDADES VEHICULARES TIPO SUV PARA SU USO EN LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA S.A. DE C.V.
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA, S.A. DE C.V. CONVOCATORIA PARA EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. LA-009J2R002-E39-2019, PARA EL ARRENDAMIENTO DE UNIDADES
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CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA LA-009J2R002-E39-2019, PARA EL ARRENDAMIENTO DE UNIDADES VEHICULARES TIPO SUV PARA SU USO EN LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA S.A. DE C.V.
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Í N D l C E:
I. DATOS GENERALES.
1. PROEMIO.
2. DEL MEDIO Y CARÁCTER DE LA LICITACIÓN.
3. NÚMERO DE LA CONVOCATORIA.
4. EJERCICIO FISCAL DE LA CONTRATACIÓN.
5. IDIOMA EN QUE SE PRESENTARÁN LAS PROPOSICIONES.
6. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA.
7. TESTIGOS SOCIALES.
8. DECLARACIÓN CON FALSEDAD Y COMBATE AL COHECHO.
II. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN.
9. IDENTIFICACIÓN DEL ARRENDAMIENTO.
10. DETERMINACIÓN DE PARTIDAS.
11. PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA.
12. NORMAS QUE SE DEBERÁN CUMPLIR.
13. VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES.
14. TIPO DE CONTRATO.
15. ADJUDICACIÓN A UN LICITANTE O ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO.
16. MODELO DE CONTRATO.
III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA.
17. REDUCCIÓN DE PLAZOS.
18. CALENDARIO DE ACTIVIDADES.
19. PROHIBICIÓN DE RETIRAR LAS PROPOSICIONES O DEJARLAS SIN EFECTO.
20. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES CONJUNTAS.
21. PROPOSICIONES QUE SE PUEDEN PRESENTAR.
22. DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPOSICIÓN.
23. ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA.
24. RÚBRICA DE DOCUMENTOS EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
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25. MODIFICACIÓN A LOS DOCUMENTOS ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA.
26. JUNTA DE ACLARACIONES.
27. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
28. SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN.
29. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.
30. DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA.
31. INDICACIONES RELATIVAS AL FALLO Y FIRMA DEL CONTRATO.
IV. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR.
32. CONFORMACIÓN DE LA PROPOSICIÓN.
33. PRESTACIÓN DEL ARRENDAMIENTO.
34. CONDICIÓN DE LOS PRECIOS.
35. MONEDA EN QUE SE EXPRESARÁ LA PROPOSICIÓN.
36. PROGRAMA DE APOYO A PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO: PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
37. MODIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
38. PERIODO DE VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN.
39. COMUNICACIÓN CON LA API.
40.UTILIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN DE ESTA CONVOCATORIA.
41. DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, DERECHOS DE AUTOR U OTROS DERECHOS EXCLUSIVOS.
42. PRESENTACIÓN, FORMATO Y FIRMA DE LA PROPOSICIÓN.
43. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES.
V. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
44.CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN.
45. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN.
VI. DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES. 46.DOCUMENTOS Y DATOS DE LOS LICITANTES.
47.LICITANTE GANADOR.
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VII. INCONFORMIDADES.
VIII. FORMATOS QUE FACILITEN Y AGILICEN LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
48.FORMATOS QUE FACILITEN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA.
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ANEXOS:
1. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DEL ARRENDAMIENTO, TERMINOS DE REFERENCIA, LISTADO DE DOCUMENTOS NECESARIOS PARA PARTICIPAR, PUNTOS Y PORCENTAJES.
2. NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE).
3. MODELO DE CONTRATO.
4. ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA.
5. CARTA DE LOS ARTICULOS 50 Y 60 DE LA LEY
6. ESCRITO PARA PARTICIPAR EN JUNTA DE ACLARACIONES.
7. LISTA DE PRECIOS DE LOS COMPONENTES DEL ARRENDAMIENTO.
8. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPOSICIÓN.
9. CUESTIONARIO DE INFORMACIÓN GENERAL RESUMIDA.
10. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE IMPEDIMENTOS LEGALES.
11. DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.
12. CARTA COMPROMISO Y CONVENIO CORRESPONDIENTE PARA PROPOSICIÓN CONJUNTA.
13. ESCRITO DE FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE EN LA LICITACIÓN.
14. DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y CUMPLIMIENTO DE DOCUMENTOS DE LA CONVOCATORIA.
15. DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE PARTICIPACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.
16. MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)
17. NORMAS OFICIALES MEXICANAS, NORMAS MEXICANAS Y A FALTA DE ÉSTAS, LAS NORMAS INTERNACIONALES, NORMAS DE REFERENCIA Y ESPECIFICACIONES, (NO APLICA)
18. FORMATO PARA LA MANIFESTACION DE CONTENIDO NACIONAL Esta convocatoria y sus anexos constan de 101 hojas.
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TERMINOLOGÍA.
Los términos: área contratante, área requirente, área técnica, arrendamiento, CompraNet, licitante, partida, renglón, concepto o posición, proyecto de convocatoria, convocatoria, proveedor y sobre cerrado, tienen la connotación que les señala la Ley y su Reglamento, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Anticipo: Pago adelantado que la API entrega al proveedor para que esté en disponibilidad de invertir dicha suma en la prestación del servicio.
API Convocante: la Administración Portuaria Integral de Ensenada, S. A. de C. V.
Caso fortuito o de fuerza mayor: Xxxxx o acto imprevisible o inevitable generado por la naturaleza o por el hombre, que impide a una de las partes el cumplimiento de una obligación, sin culpa o negligencia de la parte afectada. Dejarán de ser fortuitos o de fuerza mayor, aquellos que se produzcan deliberadamente por el afectado o éste haya contribuido para que se produzcan.
Contrato: Documento legal que constituye el acuerdo de voluntades entre la API y el proveedor y por medio del cual se producen o transfieren las obligaciones y derechos objeto del procedimiento licitatorio.
DOF: Diario Oficial de la Federación.
Documentos de licitación: Todos aquellos documentos que integran en su conjunto el procedimiento licitatorio; constan de convocatoria, anexos, especificaciones, aclaraciones, modificaciones, respuestas, adiciones, actas de juntas de aclaraciones y de presentación y apertura de proposiciones, fallo y demás documentos que forman parte de esta convocatoria o que se deriven de la misma.
IVA: Impuesto al Valor Agregado.
ISR: Impuesto Sobre la Renta.
Ley, LAASSP: La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Licitación: Procedimiento de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios a que se refiere la LAASSP.
OIC: Órgano Interno de Control en la API dependiente de la SFP.
Precios fijos: Los que no están sujetos a variación alguna y se mantienen fijos desde el momento de la presentación de la proposición y hasta la entrega y pago de los servicios.
Proposiciones o propuestas: La documentación que conforma las secciones técnicas y económicas presentadas por los licitantes.
RFC: Registro Federal de Contribuyentes expedido por la SHCP.
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Reglamento: Reglamento de la LAASSP. SAT: Servicio de Administración Tributaria. SE: Secretaría de Economía.
SFP: Secretaría de la Función Pública.
SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I. DATOS GENERALES.
1. PROEMIO.
1.1 La Administración Portuaria Integral de Ensenada, S. A. de C. V., en lo sucesivo API, a través de su departamento de Recursos Materiales, con domicilio en Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 000 Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx,
X.X. 00000, con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional electrónica PARA EL ARRENDAMIENTO DE UNIDADES VEHICULARES TIPO SUV PARA SU USO EN LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA S.A. DE C.V., de conformidad con el anexo (1).
2. DEL MEDIO Y CARÁCTER DE LA LICITACIÓN.
2.1. La presente licitación pública es por medio mixto, en la cual se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet o en sobre cerrado.
No obstante que la presente licitación es por medio mixto, cualquier interesado podrá asistir a los actos del procedimiento de licitación como observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. Los actos se efectuarán en el siguiente domicilio: Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 000 Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, X.X. 00000.
2.2. Esta licitación pública es de carácter nacional, por lo que únicamente podrán participar personas físicas x xxxxxxx de nacionalidad mexicana.
3. NÚMERO DE LA CONVOCATORIA.
Esta convocatoria a la licitación pública nacional tiene asignado en CompraNet el No. LA-009J2R002-E39-2019.
4. EJERCICIO FISCAL DE LA CONTRATACIÓN.
El contrato que derive de esta licitación abarcará el ejercicio fiscal 2019 hasta el ejercicio fiscal 2022.
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Se cuenta con disponibilidad presupuestaria en el ejercicio 2019 para la contratación del servicio, se gestionará disponibilidad presupuestaria para los ejercicios 2020, 2021 y 2022.
5. IDIOMA EN QUE SE PRESENTARÁN LAS PROPOSICIONES.
La proposición que presente el licitante, la correspondencia y documentos relativos a ella que envíen a través de CompraNet a la Convocante y el contrato derivado de la licitación, deberán redactarse en español. Cualquier otro material impreso, como folletos y anexos técnicos, catálogos y publicaciones que proporcione el licitante respecto del arrendamiento ofertado, objeto de la licitación, podrá estar redactado, en idioma inglés acompañados de la traducción simple al español. NO PRESENTAR LA PROPOSICIÓN EN IDIOMA ESPAÑOL SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
6. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA.
El área requirente cuenta con la autorización y disponibilidad presupuestaria correspondiente.
7. TESTIGOS SOCIALES. (NO APLICA)
8. DECLARACIÓN CON FALSEDAD Y COMBATE AL COHECHO.
Se hace saber a los licitantes que en caso de declarar con falsedad o infringir de alguna forma la LAASSP, se harán acreedores a sanciones económicas por el equivalente a la cantidad de entre cincuenta y hasta mil veces el salario mínimo general vigente elevado al mes, o lo que aplique conforme x Xxx, en la fecha de la infracción, además de la inhabilitación temporal para participar en procedimientos de contratación y celebrar contratos con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal de tres meses hasta cinco años, de conformidad con los artículos 59 y 60 de la citada LAASSP.
México, como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y firmante de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales (Convención Anticorrupción) ha adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado, y por ello se ha comprometido a difundir sus lineamientos y asegurar que tanto el sector público como el privado, conozcan los lineamientos de la Convención, anexo (2), de esta convocatoria.
Asimismo, los licitantes aceptan conocer las sanciones previstas en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, por infracciones a la misma.
II. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN.
9. IDENTIFICACIÓN DEL ARRENDAMIENTO.
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El arrendamiento será contratado de acuerdo con los requerimientos, especificaciones técnicas, términos de referencia, entregables y demás conceptos descritos en el anexo (1) de esta convocatoria.
NO CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS, ESPECÍFICACIONES TÉCNICAS, TÉRMINOS DE REFERENCIA, ENTREGABLESY DEMÁS CONCEPTOS DEL ANEXO 1, ES CAUSA DE DESECHAMIENTO DE SU PROPOSICIÓN.
10. DETERMINACIÓN DE PARTIDAS.
La asignación de esta contratación se hará con base en 2 partidas de conformidad con el anexo (1) de esta convocatoria.
11. PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA. (NO APLICA)
12. NORMAS QUE SE DEBERÁN CUMPLIR. (NO APLICA)
13. VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES.
El método que se utilizará para verificar el cumplimiento de las especificaciones, el resultado mínimo que debe obtenerse y la unidad administrativa que las realizará, se indica en el anexo (1).
14. TIPO DE CONTRATO.
El arrendamiento objeto de esta licitación será adquirido bajo cantidades previamente definidas, de acuerdo con lo señalado en el anexo (1).
La ampliación de las cantidades o presupuesto máximos, puede ser de acuerdo con lo indicado en el anexo (1) de esta convocatoria de licitación.
15. ADJUDICACIÓN A UN LICITANTE O ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO.
15.1. La totalidad del arrendamiento o de cada partida o conceptos de los mismos serán adjudicados a uno o varios licitantes, de conformidad con lo establecido en el anexo (1).
16. MODELO DE CONTRATO.
El modelo de contrato se encuentra en el anexo (3) y forma parte de esta convocatoria. En ese sentido el licitante interesado deberá consultar el modelo de contrato en el cual se establecen, entre otras, las condiciones de pago, si se otorgará o no anticipo, el plazo para la prestación del arrendamiento, el porcentaje y forma de garantía, la garantía de anticipo, pago mediante transferencia o depósito bancario, penas convencionales y deducciones, en su caso.
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III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DE LA LICITACIÓN
PÚBLICA.
17. REDUCCIÓN DE PLAZOS. (NO APLICA)
18. CALENDARIO DE ACTIVIDADES.
ACTIVIDAD | FECHA | HORA |
Junta de Aclaraciones | 17-abril-2019 | 16:00 Hrs. |
Acto de presentación y apertura de proposiciones | 25-abril-2019 | 10:00 Hrs. |
Junta pública para dar a conocer el fallo | 30-abril-2019 | 16:00 Hrs. |
Firma del Contrato | 06-mayo-2019 | 16:00 Hrs. |
19. PROHIBICIÓN DE RETIRAR LAS PROPOSICIONES O DEJARLAS SIN EFECTO.
Recibidas las proposiciones por la Convocante en la fecha y hora establecidas éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión.
20. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES CONJUNTAS.
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición sin necesidad de constituir una sociedad, cumpliendo con los siguientes requisitos:
20.1. Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación;
20.2. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
20.2.1. Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
20.2.2. Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
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20.2.3. Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública, quien, además, deberá suscribir la proposición por medio de firma electrónica autorizada por la autoridad competente;
20.2.4. Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones; y
20.2.5. Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.
NO PRESENTAR EL CONVENIO DE PROPOSICIÓN CONJUNTA A QUE SE REFIERE EL PUNTO 20.2, SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
20.3. Los licitantes que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán presentar en forma individual los siguientes escritos:
20.3.1. La declaración prevista en la fracción VIII del artículo 29 de la LAASSP, relativa a no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de la misma
20.3.2. La declaración de integridad a que hace referencia la fracción IX del artículo 29 de la Ley
20.3.3. El que contenga la manifestación prevista en el artículo 35 del Reglamento; (escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana)
20.3.4. En su caso, el documento expedido por autoridad competente o el escrito a que se refiere el artículo 34 del Reglamento. (Copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter, utilizando para tal fin el formato que al efecto proporcione la Convocante).
SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN SI ALGUNA PERSONA QUE FORME PARTE DE LA PROPOSICIÓN CONJUNTA NO PRESENTA LOS ESCRITOS A LOS QUE SE REFIEREN LOS PUNTOS 20.3.1, 20.3.2 Y 20.3.3 EN CASO DE QUE ALGUNA PERSONA NO PRESENTE EL ESCRITO
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REFERIDO EN EL PUNTO 20.3.4, SE ENTENDERÁ QUE SU ESTRATIFICACIÓN CON CORRESPONDE A UNA MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA.
21. PROPOSICIONES QUE SE PUEDEN PRESENTAR.
Los licitantes sólo podrán presentar una proposición por cada partida para esta licitación y sufragarán todos los costos relacionados con la preparación y elaboración de su proposición y la Convocante no asumirá en ningún caso dichos costos, cualquiera que sea la forma en que se realice la licitación o el resultado de ésta, salvo en los casos previstos en la LAASSP. SI EL LICITANTE PRESENTA DOS O MÁS PROPOSICIONES SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO.
22. DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPOSICIÓN.
La documentación distinta a la proposición podrá depositarse, a elección del licitante, en la parte técnica o económica de CompraNet, o si es en sobre cerrado, como anexos.
23. ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA.
El escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada podrá presentarse simultáneamente con la proposición, dentro del mismo sobre o fuera de él a elección del licitante.
23.1. El escrito que exhiban los licitantes (personas físicas x xxxxxxx), así como cada una de las personas que presenten proposición conjunta contendrá los siguientes datos:
23.1.1. Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre y domicilio (calle y número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, teléfono, fax y correo electrónico), así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas en su caso, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios, y;
23.1.2. Del representante legal del licitante: Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir la proposición.
Este escrito podrá presentarse en el formato que se indica en el anexo (4).
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SI EL LICITANTE O LICITANTES NO PRESENTAN EL ESCRITO DE QUE CUENTAN CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SÍ O POR SU REPRESENTADA Y NO ACREDITA SU EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA, SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
24. RÚBRICA DE DOCUMENTOS EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Los servidores públicos designados por las áreas requirente y contratante, y en su caso, el designado por el OIC rubricarán las partes de las proposiciones (Acreditación de existencia legal PT-02, Características PT-09, Carta compromiso de la propuesta PE-02, Propuesta económica donde se indique el monto propuesto PE-03) presentadas por los licitantes.
El acta del acto de presentación y apertura de proposiciones será firmada por los participantes que hubieren asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma y la cual se notificará a los licitantes a través de CompraNet.
25. MODIFICACIÓN A LOS ASPECTOS ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA.
La Convocante podrá modificar, mediante enmienda, los aspectos establecidos en la convocatoria de la licitación por razones plenamente justificadas, hasta inclusive el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, lo cual se debe difundir en CompraNet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúe la modificación, de acuerdo al artículo 33 de la LAASSP.
Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.
Las modificaciones mencionadas en ningún caso, podrán consistir en la sustitución del arrendamiento convocado originalmente, adición de otros distintos rubros o variación significativa de sus características.
26. JUNTA DE ACLARACIONES.
26.1. La ó las juntas de aclaraciones sólo se realizarán a través de CompraNet en la fecha y hora indicadas en el punto 18 de la convocatoria.
26.2. Solamente podrán formular solicitudes de aclaración a los aspectos contenidos en esta convocatoria, las personas que presenten un escrito a través de CompraNet en el que expresen su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación, por si o en representación de un tercero, manifestando sus datos generales y, en su caso, los de su representado, anexo (6) en caso de proposiciones conjuntas, cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el mencionado escrito.
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26.3. De no haber presentado el escrito a que se refiere el párrafo anterior, la Convocante no atenderá las solicitudes de aclaración que, en su caso, presenten a través de CompraNet.
26.4. Las solicitudes de aclaración se presentarán por escrito, a través de CompraNet, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones. Cuando el escrito se presente fuera de dicho plazo, el licitante sólo tendrá derecho a formular preguntas sobre las respuestas que dé la Convocante.
26.5. Con la finalidad de facilitar el proceso de revisión y respuestas a las solicitudes de aclaración, en su caso, dichas solicitudes de aclaración se agruparán por temas técnicos y administrativos para su análisis y respuesta. Los licitantes acompañarán a la solicitud correspondiente una versión electrónica de la misma, utilizando como mínimo, el procesador de textos Word para Windows de la plataforma Xxxxxx 0000.
26.6. La Convocante tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración del licitante la hora que registre en CompraNet, al momento de su envío.
26.7. A partir de la hora y fecha señaladas en la convocatoria para la celebración de la junta de aclaraciones, el servidor público que la presida, con la asistencia del representante del área técnica o requirente y, en su caso, con la presencia del representante del OIC, procederá a enviar, a través de CompraNet, las respuestas a las solicitudes de aclaración.
26.8. La Convocante podrá optar por dar contestación a las solicitudes de aclaración, de manera individual o conjunta tratándose de aquéllas que hubiera agrupado por corresponder a un mismo punto o apartado de la convocatoria.
26.9. Cuando en razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o algún otro factor no imputable a la Convocante y que sea acreditable, el servidor público que presida la junta de aclaraciones, informará a los licitantes si las contestaciones serán enviadas en ese momento o si se suspenderá la sesión para reanudarla en hora o fecha posterior a efecto de que las respuestas sean remitidas.
26.10. Con el envío de las respuestas a que se refiere el párrafo anterior la Convocante informará a los licitantes, atendiendo al número de solicitudes de aclaración contestadas, el plazo que éstos tendrán para formular las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas.
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26.11. Dicho plazo será de veinticuatro horas. Una vez recibidas las preguntas, la Convocante informará a los licitantes el plazo máximo en el que enviará las contestaciones correspondientes.
26.12. La Convocante estará obligada a dar contestación, en forma clara y precisa, tanto a las solicitudes de aclaración como a las preguntas que los licitantes formulen respecto de las respuestas dadas por la Convocante en la junta de aclaraciones.
26.13. Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en esta convocatoria, indicando el punto específico o del anexo con el cual se relaciona. Las solicitudes de aclaración que no cumplan con estos requisitos, podrán ser desechadas.
26.14. Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo previsto en el artículo 33 Bis de la LAASSP, no serán contestadas por la Convocante por resultar extemporáneas, debiéndose integrar al expediente respectivo, en caso de que algún licitante presente nuevas solicitudes de aclaración en la junta correspondiente las deberá entregar por escrito a través de CompraNet, la Convocante las recibirá, pero no les dará respuesta. En ambos supuestos, si el servidor público que presida la junta de aclaraciones considera necesario citar a una ulterior junta, la Convocante deberá tomar en cuenta dichas solicitudes para responderlas.
26.15. De la o las juntas de aclaraciones se levantará el acta respectiva, haciendo constar los siguientes datos: los participantes, las solicitudes de aclaración, las respuestas y los comentarios formulados durante su desarrollo. El acta será firmada por los servidores públicos de las áreas contratante y requirente presentes en el acto, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma y se difundirá un ejemplar de dicha acta a través de CompraNet, para efectos de su notificación a los licitantes, en sustitución de la notificación personal.
26.16. Si derivado de la o las juntas de aclaraciones se determina posponer la fecha de celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, la modificación respectiva a la convocatoria a la licitación pública deberá publicarse en CompraNet, en este caso, el diferimiento deberá considerar la existencia de un plazo de al menos seis días naturales desde el momento en que concluya la junta de aclaraciones hasta el momento del acto de presentación y apertura de proposiciones.
26.17. De conformidad con el Artículo 37 Bis de la LAASSP, al finalizar el acto se difundirá un ejemplar del acta, en CompraNet, procedimiento que sustituye a la notificación personal. Asimismo, un ejemplar del acta se pondrá a
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disposición de los licitantes en la recepción del domicilio de la API convocante por un término no menor a cinco días hábiles.
27. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
27.1. El representante de la Convocante realizará la apertura de proposiciones por medio de CompraNet, en la fecha y hora señaladas en el punto 18.
27.2. A partir de la hora señalada para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, el servidor público que lo presida no deberá permitir el acceso a ningún licitante ni observador, o servidor público ajeno al acto, ni la entrega de documentos después de la hora indicada.
27.3. El envío de las proposiciones deberán hacerlo a través de CompraNet, quedando bajo la responsabilidad de los licitantes realizar su registro para hacer uso de CompraNet 5.0.
27.4. En el supuesto de que, durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la Convocante, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto la Convocante difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.
27.5. La SFP podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en poder de la Convocante.
27.6. Iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones se registrará a los asistentes y los servidores públicos no podrán efectuar ninguna modificación, adición, eliminación o negociación a las condiciones de la convocatoria y/o a las proposiciones de los licitantes.
27.7. El acto no podrá concluir hasta en tanto se realice la recepción de todos los sobres enviados a CompraNet.
27.8. Una vez recibidas todas las proposiciones, se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin entrar al análisis técnico, legal o administrativo de su contenido.
27.9. Los licitantes aceptan que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contenga las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la Convocante.
27.10. Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, en la que se harán constar el importe de cada una de ellas, se señalará fecha y hora en que se dará a
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conocer el fallo de la licitación, fecha que deberá quedar comprendida dentro de los veinte días naturales siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente.
27.11. De conformidad con el Artículo 37 Bis de la LAASSP, al finalizar el acto se difundirá un ejemplar del acta, en CompraNet, procedimiento que sustituye a la notificación personal. Asimismo, un ejemplar del acta se pondrá a disposición de los licitantes en la recepción del domicilio de la API convocante por un término no menor a cinco días hábiles.
27.12. Los precios que se indiquen en el acta, serán los expresados en la lista de precios de los componentes del arrendamiento. Si son detectadas anomalías o desviaciones en las proposiciones, serán expresadas en el acta resultante.
28. SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN.
Se suspenderá la licitación por orden escrita de la autoridad competente.
En caso fortuito o fuerza mayor los plazos y términos, previstos en la presente convocatoria, podrán ser suspendidos de conformidad con el artículo 28 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.
29. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.
Se podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, en los siguientes casos:
29.1. En caso fortuito o de fuerza mayor;
29.2. Cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que extingan la necesidad para contratar el servicio de arrendamiento o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la API.
En caso de ser cancelada esta licitación, partidas o conceptos, se precisará el acontecimiento que motiva la decisión el cual se hará del conocimiento de los licitantes a través de CompraNet.
30. DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA.
Se podrá declarar desierta la licitación cuando:
30.1. La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria de licitación;
30.2. Los precios de arrendamiento ofertados no resulten aceptables o convenientes para la Convocante de acuerdo a su Investigación xx Xxxxxxx; o
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30.3. Ninguna proposición sea recibida, a través de CompraNet para el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Cuando se declare desierta la licitación por los conceptos de los incisos 30.1. o 30.2., se hará del conocimiento de los licitantes en el fallo que se difundirá en CompraNet.
31. INDICACIONES RELATIVAS AL FALLO Y FIRMA DEL CONTRATO.
31.1. EMISIÓN DEL FALLO.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, la Convocante emitirá el fallo, el cual deberá contener lo siguiente:
31.1.1. La relación de licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
31.1.2. La relación de licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
31.1.3. En caso de que se determine que el precio de una proposición no sea aceptable o no es conveniente, se deberá anexar copia de la investigación de precios realizada o del cálculo correspondiente;
31.1.4. Nombre(s) del (o los) licitante(s) a quién(es) se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de la o las partidas, los conceptos y montos asignados a cada licitante;
31.1.5. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos;
31.1.6. Nombre, cargo y firma del servidor público responsable de la evaluación de las proposiciones; y
31.1.7. Nombre, cargo y firma del servidor público que emite el fallo, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rigen a la Convocante.
31.2. NOTIFICACIÓN DEL FALLO.
En la fecha y hora señaladas en la convocatoria o en el acta de presentación y apertura de proposiciones, la Convocante dará a conocer el fallo de la licitación a los licitantes que presentaron sus proposiciones, difundiendo el documento de fallo a través de CompraNet el mismo día en que se emita, para efectos de su notificación a los licitantes, en sustitución de la notificación personal.
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31.2.1. Se levantará el acta de la junta pública del fallo que será firmada por los servidores públicos y asistentes al acto, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma.
31.2.2. De conformidad con el Artículo 37 Bis de la LAASSP, al finalizar el acto se difundirá un ejemplar del acta, en CompraNet, procedimiento que sustituye a la notificación personal. Asimismo, un ejemplar del acta se pondrá a disposición de los licitantes la recepción del domicilio de la API convocante por un término no menor a cinco días hábiles.
31.3. FIRMA DEL CONTRATO.
31.3.1. La firma del contrato se realizará el 06 xx xxxx de 2019 en Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 000 Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, X.X. 00000. La API entregará un ejemplar del contrato con firmas autógrafas al (los) licitante(s) ganador(es). El representante del licitante que firme el contrato deberá identificarse y acreditar su personalidad en los términos del punto
24. Aquel licitante ganador que no firme el contrato en el plazo señalado por causas imputables al mismo, será sancionado en los términos de los artículos 59, primer párrafo y 60, fracción I de la LAASSP.
31.3.2. Cuando la proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato.
Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.
31.3.3. En caso de que la API, previo a la formalización del contrato, reciba del SAT la opinión en el sentido de que el licitante ganador se encuentra en incumplimiento de sus obligaciones fiscales, la API no podrá formalizar el contrato y remitirá a la autoridad competente la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del mismo, derivado de las causas imputables al adjudicado.
La API procederá de igual manera si recibe del Instituto Mexicano del Seguro Social la opinión en el sentido de que el licitante no está
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al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de seguridad social.
31.3.4. La convocatoria, sus anexos y las juntas de aclaraciones a la licitación, prevalecerán, en caso de existir discrepancias, sobre el contrato.
IV. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR.
32. CONFORMACIÓN DE LA PROPOSICIÓN.
La carga electrónica deberá contener la documentación que se describe y en el orden que se indica a continuación:
32.1. La propuesta técnica:
32.1.1. Constancia de Inscripción en el sistema COMPRANET, de acuerdo con el anexo (1) (PT-01)
32.1.2. Acreditación de existencia legal del licitante, de acuerdo con el
anexo (1) (PT-02).
32.1.3. Identificación oficial vigente del licitante que presenta la proposición, de acuerdo con el anexo (1) (PT-03).
32.1.4. Carta de los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la ley, de acuerdo con el anexo (1) (PT-04)
32.1.5. Carta de aceptación de términos, especificación y condiciones incluidas en la Convocatoria, de acuerdo con el anexo (1) (PT-05).
32.1.6. Declaración de Integridad, de acuerdo con el anexo (1) (PT-06).
32.1.7. Carta compromiso de cumplimiento, de acuerdo al anexo (1) (PT- 07).
32.1.8. Manifestación de ahorro de agua y energía, de acuerdo al anexo (1)
(PT-08)
32.1.9. Características, de acuerdo al anexo (1) (PT-09).
32.1.10. Contenido Nacional, de acuerdo al anexo (1) (PT-10).
32.1.11. Durabilidad o vida Útil del bien, de acuerdo al anexo (1) (PT-11).
32.1.12. Capacidad de los recursos económicos, de acuerdo al anexo (1) (PT- 12).
32.1.13. Capacidad de los recursos técnicos, de acuerdo al anexo (1) (PT-13).
32.1.14. Capacidad de equipamiento, de acuerdo al anexo (1) (PT-14).
32.1.15. Participación de discapacitados, de acuerdo al anexo (1) (PT-15).
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32.1.16. Escrito de participación en las MIPYMES, de acuerdo al anexo (1)
(PT-16).
32.1.17. Experiencia, de acuerdo al anexo (1) (PT-17).
32.1.18. Especialidad, de acuerdo al anexo (1) (PT-18).
32.1.19. Cumplimiento de contratos, de acuerdo al anexo (1) (PT-19).
32.2. La propuesta económica:
32.2.1. Registro federal de contribuyentes, de acuerdo al anexo (1) (PE-01).
32.2.2. Carta compromiso de la propuesta, de acuerdo al anexo (1) (PE-02).
32.2.3. Propuesta económica, de acuerdo al anexo (1) (PE-03).
33. PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO.
33.1. El licitante ganador prestará el servicio de arrendamiento conforme a los términos y requerimientos de la convocatoria y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros. PRESENTAR UNA CONDICIÓN DE PRESTACIÓN Y PLAZO DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN EL ANEXO 1, SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
34. CONDICIÓN DE LOS PRECIOS.
34.1. Precios fijos: La Convocante requiere le sean cotizados precios fijos. Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así desde el momento de la presentación de la proposición hasta la entrega y facturación correspondiente del arrendamiento, así como se indica en el formato denominado “Lista de precios de los componentes del arrendamiento”, anexo (7).
SI EL LICITANTE PRESENTA UNA CONDICIÓN DE PRECIOS DISTINTA A LA SEÑALADA EN ESTE PUNTO, SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE SU PROPOSICIÓN.
35. MONEDA EN QUE SE EXPRESARÁ LA PROPOSICIÓN.
Los licitantes deben presentar su proposición en pesos mexicanos. SI EL LICITANTE PRESENTA SU PROPOSICIÓN EN UNA MONEDA DISTINTA A LA SEÑALADA POR LA CONVOCANTE, SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA MISMA.
36. PROGRAMA DE APOYO A PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO: PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
Factoraje Electrónico.
Conforme a las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su
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incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo”, publicadas en el DOF el 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx XXX informa a los licitantes que esta entidad tiene la obligación de dar de alta e incorporar la totalidad de sus cuentas por pagar al Programa xx Xxxxxxx Productivas, mismas que podrán ser consultadas en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador que decida afiliarse pueda adelantar el cobro de sus facturas en condiciones preferenciales ejerciendo la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero que él decida, en apego a los términos del último párrafo del artículo 46 de la LAASSP.
Considerando lo anterior, la API recomienda que el licitante ganador inicie su afiliación en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores al fallo, comunicándose al 01.800.NAFINSA (01-800-6234672), ó bien acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera, S.N.C. donde se le atenderá para el proceso de afiliación. Al concretar su afiliación tendrá como beneficio formar parte del Directorio de Xxxxxxx que ofrece ser un proveedor elegible para el Sistema de Compras del Gobierno Federal. Sí el licitante ganador decide no afiliarse, el trámite de su pago se realizará conforme a lo establecido en el contrato.
Se hace del conocimiento de los licitantes que las cuentas por pagar derivadas de este procedimiento de contratación se incorporarán al portal de NAFIN independientemente de que la fuente de financiamiento del presupuesto autorizado sea recursos propios, recursos provenientes de aportaciones de terceros y/o líneas de crédito.
37. MODIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria, así como de las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas, modificadas, adicionadas o eliminadas una vez iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones.
38. PERIODO DE VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN.
La proposición que presente el licitante estará vigente mientras dure el procedimiento de contratación.
39. COMUNICACIÓN CON LA API.
Las comunicaciones entre las partes, se harán a través de CompraNet.
Desde la apertura de las proposiciones y hasta el momento de emisión del fallo, los licitantes no se pondrán en contacto con la Convocante para tratar cualquier aspecto relativo a la evaluación de su proposición.
Cualquier intento por parte de un licitante de ejercer influencia sobre la Convocante en la evaluación, comparación de proposiciones o en su decisión sobre
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la adjudicación del contrato, dará lugar a que se notifique a la autoridad competente de tal intención para los efectos procedentes.
40. UTILIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN DE ESTA CONVOCATORIA.
El licitante ganador deberá proporcionar la información que en su momento se requiera por la SFP y el OIC, con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practiquen relacionadas con el contrato que se derive de este procedimiento.
Los licitantes se obligan a no utilizar, sin previo consentimiento por escrito de la API o en su nombre, los documentos o información contenida en esta convocatoria y los documentos que de ella deriven, especificaciones técnicas, componentes, etc., salvo los que tengan relación indispensable para el buen cumplimiento de su objeto y será bajo su propia responsabilidad y sin menoscabo de los términos y condiciones asentados en el contrato respectivo.
El licitante deberá indicar, en la carta de presentación de la proposición, de acuerdo con el anexo (8), los documentos que contengan información confidencial, reservada o comercial reservada y si otorga a la API su consentimiento para proporcionarla en caso de que exista una solicitud de acceso que incluya información confidencial, de conformidad a los artículos 18 y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
41. DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, DERECHOS DE AUTOR U OTROS DERECHOS EXCLUSIVOS.
En caso de violación en materia de derechos inherentes a propiedad industrial, derechos de autor u otros derechos exclusivos la responsabilidad estará a cargo del licitante o proveedor, según sea el caso.
42. PRESENTACIÓN, FORMATO Y FIRMA DE LA PROPOSICIÓN.
El licitante, presentará su proposición y documentación adicional a través de CompraNet, conforme al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el DOF el 28 xx xxxxx de 2011.
42.1. En la elaboración de su proposición, el licitante deberá observar lo siguiente:
42.1.1. Elaborarla en formatos WORD o EXCEL (de la plataforma Office 2003), PDF (versión 7 o superior), HTML o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera;
42.1.2. Identificar cada una de las páginas que integran la proposición, con el RFC, número de licitación y número de página, dicha identificación debe reflejarse, en su caso, en la impresión que se
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realice de los documentos durante el acto de apertura de proposiciones;
42.1.3. En sustitución de la firma autógrafa, se utilizará la firma electrónica avanzada que emite el SAT para el cumplimiento de obligaciones fiscales. SI EL LICITANTE PRESENTA SU PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA SIN LA FIRMA ELECTRÓNICA SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA MISMA;
42.1.4. Los licitantes aceptan que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información, no pueda abrirse por tener algún virus informático, por estar encriptado o por cualquier otra causa ajena a la Convocante. SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE SU PROPOSICIÓN;
42.1.5. Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las proposiciones técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante. ES CAUSA DE DESECHAMIENTO QUE LA PROPOSICIÓN TÉCNICA Y/O ECONÓMICA Y/O EL RESTO DE LA DOCUMENTACIÓN SE PRESENTE EN SU TOTALIDAD SIN FOLIO;
42.1.6. En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la Convocante no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la Convocante tampoco podrá desechar la proposición. ES CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN SI ALGUNA O ALGUNAS HOJAS DE LOS DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA PROPOSICIÓN CAREZCAN DE FOLIO Y NO SEA POSIBLE CONSTATAR QUE LA O LAS HOJAS NO FOLIADAS MANTIENEN CONTINUIDAD;
42.1.7. Si alguna o algunas hojas del documento que integran la proposición carecen de folio y no sea posible constatar que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad o que en la proposición falte alguna hoja y la omisión no pueda ser cubierta con información contenida en la misma, dará origen a que la proposición sea desechada. ES CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN
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SI EN ÉSTA FALTE ALGUNA HOJA Y LA OMISIÓN NO PUEDA SER CUBIERTA CON INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA MISMA PROPOSICIÓN;
42.1.8. La proposición no debe contener textos entre líneas, raspaduras, tachaduras, ni enmendaduras, lo cual será motivo de desechamiento. Para esta licitación se podrán recibir las proposiciones foliadas por volumen, tomo o carpeta. PRESENTAR LA PROPOSICIÓN CON TEXTOS ENTRE LÍNEAS, RASPADURAS, TACHADURAS Y ENMENDADURAS, ES CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN;
42.2. El licitante debe incluir como parte de su propuesta técnica y económica la carta de presentación de su proposición dirigida a la Convocante, anexo (8) el cuestionario de información general resumida, en el anexo (9) con la información solicitada y una breve descripción del arrendamiento, cantidades, precios totales, etc.
43. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES.
Además de las causas expresamente señaladas en esta convocatoria como causas de desechamiento de las proposiciones, se adiciona la de comprobar que algún licitante tiene acuerdos con otros licitantes para elevar los precios del arrendamiento objeto de la presente licitación o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. En estos casos, se incluirán las observaciones que correspondan, en el acta de apertura de proposiciones y/o el acta de fallo.
V. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
44. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN.
44.1. La evaluación será dada bajo el criterio de puntos o porcentajes. En el anexo
(1) de esta convocatoria se definen los rubros y subrubros de las proposiciones técnica y económica.
44.2. Qué las proposiciones cumplan con lo señalado en el anexo (1).
44.3. Se hará en base a partidas de conformidad con el anexo (1) puede cotizarse una o varias de ellas.
44.4. Si se presenta un error aritmético en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la Convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el documento de fallo a que se refiere el artículo 37 de la LAASSP.
44.5. En caso de errores aritméticos en las proposiciones, se aplicarán los criterios de rectificación que se indican a continuación:
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44.5.1. Si la discrepancia tiene lugar entre el precio unitario y el total, prevalecerá el precio unitario, corrigiéndose el precio total. La rectificación sólo habrá lugar por parte de la Convocante. Si el licitante no acepta la corrección, se desechará la proposición.
44.5.2. Si la discrepancia tiene lugar entre las cantidades expresadas en letra y las expresadas en número, prevalecerá lo expresado en letra, aplicando la corrección respectiva.
44.6. En la evaluación técnica:
Cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos solicitados en el anexo
(1) de esta convocatoria conforme a normas y especificaciones señaladas.
44.7. En la evaluación económica:
44.7.1. Los precios cotizados se considerarán sin incluir el IVA.
44.7.2. Cumplimiento de la condición de precios especificada en el punto 34;
44.7.3. Aceptación de las condiciones de pago;
45. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN.
Una vez que la Convocante haya hecho la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente por que cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos, establecidos en ésta convocatoria y por tanto garantiza satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y en su caso:
45.1. La proposición que haya obtenido el mejor resultado en la evaluación combinada de puntos y porcentajes, o bien de costo beneficio;
45.2. Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en los puntos de dos o más proposiciones, se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no encontrarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa;
45.3. De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo; en caso de que el fallo no se celebre en junta pública se requerirá, previa invitación por escrito, la presencia de los licitantes y de un representante del OIC; y se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia o la falta de firma de los licitantes invalide el acto;
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45.4. El sorteo por insaculación consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositada en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones; y
VI. DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES.
46. DOCUMENTOS Y DATOS DE LOS LICITANTES.
Los licitantes deberán entregar junto con su proposición:
46.1. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE
Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía de la persona física o del representante legal de la persona moral que firma la proposición. NO PRESENTAR COPIA DE LA IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
46.2. ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA.
Escrito bajo protesta de decir verdad, donde indique que no se encuentra en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP, conforme al texto indicado en el anexo (4); documento solicitado en el punto 24.
NO ACREDITAR LA EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA, SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
46.3. DECLARACIÓN DE NACIONALIDAD.
El escrito a que se refiere la fracción V del artículo 48 del Reglamento de la LAASSP; documento solicitado en el punto 33.1.3, conforme al anexo (5). SI EL LICITANTE NO PRESENTA ESTE ESCRITO SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE SU PROPOSICIÓN.
46.4. CONSTANCIA DE LA AUTORIDAD COMPETENTE. (NO APLICA)
46.5. CORREO ELECTRÓNICO DEL LICITANTE.
En caso de contar con dirección de correo electrónico, deberá proporcionarla a la Convocante por escrito; en caso de no proporcionarlo, la Convocante queda eximida de la obligación de realizar el aviso a que hacen referencia los párrafos cuarto y quinto del artículo 37 de la LASSP.
46.6. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE IMPEDIMENTOS LEGALES.
Escrito bajo protesta de decir verdad, donde indique que no se encuentra en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP, conforme al texto indicado en el anexo (10); NO PRESENTAR EL ESCRITO DONDE EL LICITANTE INDIQUE QUE NO SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULO 50 Y 60 DE LA LAAASP, SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE SU PROPOSICIÓN.
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46.7. DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.
Escrito bajo protesta de decir verdad en donde manifieste, que por sí mismo o a través de interpósita persona se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Convocante induzcan ó alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, anexo (11). SI EL LICITANTE NO PRESENTA ESTE ESCRITO EN LA FORMA SOLICITADA EN ESTE PÁRRAFO SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE SU PROPOSICIÓN.
46.8. CARTA COMPROMISO Y CONVENIO CORRESPONDIENTE PARA PROPOSICIÓN CONJUNTA.
Carta compromiso y el convenio firmado por cada una de las personas que integran una proposición conjunta, indicando en el mismo las obligaciones específicas del contrato que corresponderá a cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento, deberá formularse conforme al anexo (12). NO PRESENTAR LA CARTA COMPROMISO Y CONVENIO CORRESPONDIENTE PARA PROPOSICIÓN CONJUNTA EN SU CASO, SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
46.9. ESCRITO DE FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE EN LA LICITACIÓN.
En el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, de acuerdo con el anexo (13). NO PRESENTAR EL ESCRITO DE QUE SE TIENEN FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SI O POR SU REPRESENTADA, ES CASUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
46.10. DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y CUMPLIMIENTO DE DOCUMENTOS DE LA CONVOCATORIA.
Declaración de que conoce y cumple con lo dispuesto en las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables en esta licitación, de conformidad con el anexo (14). NO PRESENTAR ESTA DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y CUMPLIMIENTO DE DOCUMENTOS DE LA CONVOCATORIA, ES CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
46.11. DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE PARTICIPACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.
Se deberá de presentar una declaración manifestando que aceptan la participación por medios electrónicos en términos del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el DOF el 28 xx xxxxx de 2011, y las demás disposiciones
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que regulen la operación de dicho sistema anexo (15). NO PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE PARTICIPACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, ES CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
46.12. MANIFESTACIÓN DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)
Copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter, utilizando para tal fin el formato del anexo (16). SI EL LICITANTE NO PRESENTA LA COPIA DEL DOCUMENTO EXPEDIDO POR AUTORIDAD COMPETENTE QUE DETERMINE SU ESTRATIFICACIÓN COMO MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA, O EL ESCRITO EN EL CUAL MANIFIESTEN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTAN CON ESE CARÁCTER, SE ENTENDERÁ QUE NO CORRESPONDE A NINGUNA DE LAS ESTRATIFICACIONES SEÑALADAS.
47. LICITANTE GANADOR.
El licitante ganador debe proporcionar los documentos que a continuación se enlistan, al área contratante, previo a la formalización del contrato:
47.1. OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES Y EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL.
47.1.1. El licitante deberá presentar a la Convocante previo a la firma del contrato, el documento vigente expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal para el presente ejercicio fiscal.
Para efectos de lo anterior, el licitante deberá obtener la opinión positiva a través del portal de internet del SAT, en los términos de la citada Resolución Miscelánea Fiscal.
47.1.2. Asimismo, deberá presentar el documento vigente expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de obligaciones de seguridad social, prevista en el Acuerdo ACDO.SA1.HTC.101214/281.P.DIR y su Anexo Técnico, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el DOF el día 27 de febrero de 2015.
Para efectos de lo anterior, el licitante deberá obtener la opinión a través del portal de internet del IMSS, en los términos del citado Acuerdo.
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47.1.3. Los licitantes deberán tomar en consideración, que de no presentar la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales y en materia de seguridad social en sentido positivo, antes de la firma del contrato, la Convocante podrá adjudicar el contrato respectivo al licitante que haya quedado en segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento, de conformidad con lo asentado en el fallo correspondiente, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación.
47.1.4. RFC: Expedido por la SHCP para las personas físicas x xxxxxxx.
47.1.5. Original o copia certificada de los siguientes documentos:
i. Tratándose de persona moral, testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, con la constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio correspondiente y, en su caso, sus modificaciones;
ii. Tratándose de persona física, copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional.
47.1.6. Poder otorgado ante fedatario público al representante legal que firme la proposición: facultado para ejercer actos de dominio, administración, o especial en el que expresamente se le faculte para firmar proposiciones y suscribir contratos; además, deben presentar identificación vigente emitida por una autoridad competente de la persona que ostenta el poder.
47.2. Con el objeto de simplificar y agilizar el trámite administrativo interno, los licitantes que obtengan el fallo favorable podrán registrarse en el directorio de proveedores de la API.
VII. INCONFORMIDADES.
Los licitantes podrán promover inconformidades contra los actos de este procedimiento de licitación pública, en los términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la LAASSP, que se indican a continuación: la convocatoria a la licitación y las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y fallo, la cancelación de la licitación, los actos y omisiones por parte de la Convocante que impidan la formalización del contrato.
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En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet deberán utilizarse medios de identificación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa.
La instancia de inconformidad se podrá presentar ante la autoridad competente; o en el OIC, ubicado en Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 000 Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, X.X. 00000; o a través de CompraNet, en la siguiente dirección electrónica xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Los tribunales federales en la Ciudad de Ensenada B.C. serán los órganos jurisdiccionales competentes para conocer las posibles controversias que pudieran surgir durante el procedimiento de la licitación o del contrato que de ella derive, por lo que el licitante o proveedor renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro.
VIII. FORMATOS QUE FACILITEN Y AGILICEN LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE
LAS PROPOSICIONES.
48. FORMATOS QUE FACILITEN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA.
Los formatos que faciliten la presentación de las proposiciones, son los siguientes:
48.1. La propuesta técnica:
48.1.1. Propuesta técnica detallada, conteniendo como mínimo los requisitos señalados en el anexo (1).
48.1.2. Acreditación de existencia legal y personalidad jurídica, anexo (4); y
48.1.3. Carta de presentación de la proposición, anexo (8);
48.2. La propuesta económica:
48.2.1. Lista de precios, anexos (7);
48.2.2. Cuestionario de información general resumida, anexo (9);
48.2.3. Propuesta económica detallada.
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ANEXOS
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ANEXO 1 TERMINOS DE REFERENCIA
PARTIDA 1
5 vehículos tipo SUV, con las siguientes características (Especificaciones y Equipamiento):
Especificaciones:
Motor 2.5 L 4 cilindros en línea Potencia 204 HP
Transmisión Sellada libre de mantenimiento automática de 8 velocidades con ECT-i Modos de manejo Eco/ Normal/ Sport
Sistema de tracción TRAC (Control de tracción), VSC (Sistema de estabilidad), HAC (Asistencia de ascenso de pendientes)
Tren motriz delantero 2WD
Suspensión delantera independiente tipo McPherson, con resortes helicoidales y barra estabilizadora
Suspensión trasera independiente xx xxxxx horquilla con resortes helicoidales y barra estabilizadora
Dirección Eléctrica (EPS)
Sistema de frenado ABS (Sistema Antibloqueo), con EBD (Distribución electrónica de frenado, BA (Asistencia de frenado) y SST (Tecnología Smart Stop)
Frenos delanteros discos ventilados, traseros discos solidos Capacidad de pasajeros 5 pasajeros
Rines de aluminio 17”, llantas P225 / 65R17
Llanta de refacción P225 / 65R17 con rin de aluminio
Consumo de mínimo de combustible: En ciudad 13.5 km/l, en carretera 18.7 km/l, combinado 15.4 km/l
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Equipamiento:
Faros Bi-LED con encendido y apagado automático Luces Diurnas LED
Espejos laterales abatibles, con desempañador, ajuste eléctrico y luces direccionales Desempañador trasero
Aire acondicionado manual
Asiento para conductor tipo cubo con ajuste manual de 6 direcciones
Asiento para pasajeros de segunda fila tipo banca abatible 60/40 con ajuste manual Cámara de reversa
Conectores 12V (3)
Conectores USB (3)
Control de velocidad crucero Pantalla multi-informacion de 4.2” Sistema Apple CarPlay
Sistema de audio AM/FM con reproductor para MP3/WMA, pantalla táctil de 7”, USB, Mini Jack y 6 bocinas
Sistema de conectividad Bluetooth y controles al volante
Ventanas de primera y segunda fila con apertura eléctrica y de un solo toque Vestiduras de tela
Volante con ajuste de altura y profundidad Alarma e inmovilizador
Bolsa de aire para rodillas de conductor
Bolsas de aire delanteras para conductor y pasajero (2) Bolsas de aire laterales (2)
Bolsa de aire tipo cortina para pasajeros delanteros y traseros (2) Cinturones de seguridad delanteros y traseros de tres puntos
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Seguros eléctricos
Seguro para niños puertas traseras
Sistema de monitoreo de neumáticos (TMPS) Sistema ISO-FIX y Tethers
PARTIDA 2
1 vehículo tipo SUV, con las siguientes características (Especificaciones y Equipamiento):
Especificaciones:
Motor 2.5 L 4 cilindros en línea Potencia 204 HP
Transmisión Sellada libre de mantenimiento automática de 8 velocidades con ECT-i Modos de manejo Eco / Normal / Sport / Mud&Sand / Rock&Dirt / Snow
Sistema de tracción TRAC (Control de tracción), VSC (Sistema de estabilidad), HAC (Asistencia de ascenso de pendientes)
Tren motriz AWD (Tracción en 4 ruedas)
Suspensión delantera independiente tipo McPherson, con resortes helicoidales y barra estabilizadora
Suspensión trasera independiente xx xxxxx horquilla con resortes helicoidales y barra estabilizadora
Dirección Eléctrica (EPS)
Sistema de frenado ABS (Sistema Antibloqueo), con EBD (Distribución electrónica de frenado, BA (Asistencia de frenado) y SST (Tecnología Smart Stop)
Frenos delanteros discos ventilados, traseros discos solidos Capacidad de pasajeros 5 pasajeros
Rines de aluminio 17”, llantas P225 / 65R17
Llanta de refacción P225 / 65R17 con rin de aluminio
Consumo de mínimo de combustible: En ciudad 13.5 km/l, en carretera 18.7 km/l, combinado 15.4 km/l
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Color Rojo Equipamiento:
Faros Bi-LED con encendido y apagado automático Luces Diurnas LED
Espejos laterales abatibles, con desempañador, ajuste eléctrico y luces direccionales Desempañador trasero
Faros xx xxxxxx Quemacocos
Rieles portaequipaje
Ventanas de segunda fila tintadas
Aire acondicionado automático de dos zonas
Asiento para conductor tipo cubo con ajuste manual de 6 direcciones
Asiento para pasajeros de segunda fila tipo banca abatible 60/40 con ajuste manual Sistema Smart Key
Cámara de reversa Conectores 12V (3)
Conectores USB (3)
Control de velocidad crucero Pantalla multi-informacion de 4.2” Sistema Apple CarPlay
Sistema de audio AM/FM con reproductor para MP3/WMA, pantalla táctil de 7”, USB, Mini Jack y 6 bocinas
Sistema de conectividad Bluetooth y controles al volante
Ventanas de primera y segunda fila con apertura eléctrica y de un solo toque Vestiduras de tela
Volante con ajuste de altura y profundidad
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Alarma e inmovilizador
Bolsa de aire para rodillas de conductor
Bolsas de aire delanteras para conductor y pasajero (2) Bolsas de aire laterales (2)
Bolsa de aire tipo cortina para pasajeros delanteros y traseros (2) Cinturones de seguridad delanteros y traseros de tres puntos Seguros eléctricos
Seguro para niños puertas traseras
Sistema de monitoreo de neumáticos (TMPS) Sistema ISO-FIX y Tethers
CONDICIONES GENERALES DEL ARRENDAMIENTO
• Todas las unidades deben ser modelos 2019.
• Las unidades deben ser nuevas sin haber sido usadas para pruebas de manejo (NO vehículos demostrativos).
• El arrendamiento de los vehículos es por 36 meses a partir de la entrega de las unidades.
• El arrendamiento de los vehículos se considera puro e incluye Kilometraje libre o ilimitado.
• Todos los vehículos deben contar con llanta extra.
• La entrega de los vehículos será en el domicilio de esta Entidad, ubicado en Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxx X.X. 00000 Xxxxxxxx X.X.
• El servicio de mantenimiento preventivo y correctivo será a cuenta de la API, y la empresa que arrende los vehículos tiene que tener un taller autorizado en Ensenada B.C.
• La entrega de las unidades será dentro de los 15 días naturales siguientes al fallo como plazo máximo
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OBLIGACIONES DEL PRESTADOR:
• Traslado del vehículo, del centro de distribución del proveedor al domicilio de la API, al inicio y al término del contrato.
• Los vehículos deberán contar con dos juegos de llaves de encendido.
• Los vehículos en arrendamiento deberán presentarse en óptimas condiciones, tanto física como mecánicas sin faltantes ni daños a las unidades.
RESPONSABILIDADES DE LA API:
• La API podrá identificar los vehículos con logotipos tipo calcomanía sin cargo alguno para el arrendador.
• La API revisará por conducto de los usuarios de los vehículos el estado general de las unidades al momento de recibirlos.
VIGENCIA DEL ARRENDAMIENTO:
El arrendamiento deberá proporcionarse por un período de 36 meses contados a partir de la recepción de los vehículos.
Todos los vehículos puestos a disposición de la API, serán propiedad del proveedor durante toda la vigencia del arrendamiento.
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LISTADO DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN:
DOCUMENTACIÓN LEGAL Y TÉCNICA | ||||||
PT-01 | CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL SISTEMA COMPRANET | |||||
PT-02 | ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL DEL LICITANTE | |||||
PT-03 | IDENTIFICACIÓN OFICIAL REPRESENTANTE LEGAL | VIGENTE | DEL | LICITANTE | O | |
PT-04 | CARTA DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY | |||||
PT-05 | CARTA DE ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS, ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES INCLUIDAS EN LA CONVOCATORIA. | |||||
PT-06 | DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD. | |||||
PT-07 | CARTA COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO | |||||
PT-08 | MANIFESTACIÓN DE AHORRO DE AGUA Y ENERGÍA. | |||||
PT-09 | CARACTERISTICAS | |||||
PT-10 | CONTENIDO NACIONAL | |||||
PT-11 | DURABILIDAD O VIDA ÚTIL DEL BIEN. | |||||
PT-12 | CAPACIDAD DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS | |||||
PT-13 | CAPACIDAD DE LOS RECURSOS TÉCNICOS | |||||
PT-14 | CAPACIDAD DE EQUIPAMIENTO. | |||||
PT-15 | PARTICIPACIÓN DE DISCAPACITADOS | |||||
PT-16 | ESCRITO DE PARTICIPACIÓN EN LAS MIPYMES | |||||
PT-17 | EXPERIENCIA | |||||
PT-18 | ESPECIALIDAD | |||||
PT-19 | CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS | |||||
DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA | ||||||
PE-01 | REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES | |||||
PE-02 | CARTA COMPROMISO DE LA PROPUESTA | |||||
PE-03 | PROPUESTA ECONOMICA |
PROPUESTA TÉCNICA (PT):
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ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA, S.A. DE C.V. CONVOCATORIA PARA EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. LA-009J2R002-E39-2019, PARA EL ARRENDAMIENTO DE UNIDADES
VEHICULARES TIPO SUV PARA SU USO EN LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA S.A. DE C.V.
Las propuestas técnicas que presenten los LICITANTES, deberán estar integradas conforme a lo siguiente:
DOC. | DESCRIPCIÓN: |
PT-01 | CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL SISTEMA COMPRANET |
Corresponde al documento que obtienen los LICITANTES que se inscriban en la modalidad electrónica del Sistema COMPRANET, al momento de inscribirse en la presente Licitación. | |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. | |
PT-02 | ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL DEL LICITANTE |
Carta bajo protesta de decir verdad, en la que el firmante manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada al cumplimiento cabal de todos los términos, especificaciones y condiciones de la presente convocatoria, en los términos del artículo 48 del Reglamento. Asimismo deberá proporcionar una dirección de correo electrónico. ANEXO 4. | |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. | |
PT-03 | IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL LICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL |
Original o copia de una identificación oficial vigente del LICITANTE o quién lo represente. Sólo se aceptarán como identificaciones oficiales vigentes los siguientes documentos: Pasaporte; Credencial para votar expedida por el IFE o INE; Cédula profesional, o Cartilla del servicio militar nacional. | |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. | |
PT-04 | CARTA DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY |
Carta en papel con membrete del LICITANTE firmada por él o por su representante o apoderado legal, en la que declare bajo protesta de decir verdad, que ni su representada ni sus asociados se encuentran en los supuestos comprendidos en los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo, de la Ley. ANEXO 5. | |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. | |
PT-05 | ESCRITO DE NACIONALIDAD MEXICANA Y DE ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS, ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES INCLUIDAS EN LA CONVOCATORIA. |
Carta en papel con membrete del LICITANTE, en donde manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana, así mismo, conste la aceptación de los términos, especificaciones y condiciones de la presente licitación. | |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. | |
PT-06 | DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD. |
Carta en papel con membrete del LICITANTE, en la que presenten una declaración de integridad, en la que manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, |
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para que los servidores públicos de la API, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. | |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. | |
PT-07 | CARTA COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO |
Carta en papel con membrete del LICITANTE, en la que declare bajo protesta de decir verdad: que cuenta con la capacidad técnica, económica y financiera, necesarias para el suministro del servicio materia de esta Licitación; que cuenta con expedientes de personal que labora en su empresa o establecimiento y se pagan salarios de dichos trabajadores, deberá especificar el número de Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social; de tal manera que le permita cumplir con el contrato que en su caso, se derive de esta Licitación. | |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. | |
PT-08 | MANIFESTACIÓN DE AHORRO DE AGUA Y ENERGÍA. |
Carta en el cual el concursante manifieste, que en los servicios a prestar y los equipos a utilizar se emplearán métodos de ahorro de agua o de energía y describirlos en el mismo. | |
El incumplimiento del presente requisito NO será motivo para desechar su propuesta. | |
PT-09 | CARACTERISTICAS |
Presentar documento en papel con membrete del LICITANTE con la información que a continuación se describe: • Hoja de especificaciones del fabricante de los vehículos propuestos, en idioma español, donde se puedan constatar las características técnicas propuestas por los ofertantes, para que el convocante pueda determinar y confirmar si se CUMPLEN todas las especificaciones o requisitos mínimos solicitados en los presentes términos de referencia. Se asignarán 14 puntos en el cumplimiento total de éste requisito. | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes. La falta de este documento será causa de desechamiento de la propuesta | |
PT-10 | CONTENIDO NACIONAL |
Carta en papel con membrete del LICITANTE, en donde manifieste bajo protesta de decir verdad que su oferta cumple con los requisitos de contenido nacional a que se refiere el artículo 28, Fracción I de la ley de adquisiciones, en formato denominado, FORMATO PARA LA MANIFESTACION DE CONTENIDO NACIONAL el cual se presenta en el Anexo (18). |
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Se asignaran 4 puntos en el cumplimiento de este requisito. | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes, no presentarlo será causa de desechamiento de la propuesta. | |
PT-11 | DURABILIDAD O VIDA ÚTIL DEL BIEN. |
Carta en papel con membrete del LICITANTE, en donde especifique que la durabilidad ó vida útil de los vehículos a arrendar es de por lo menos 36 meses, debiendo anexar al mismo la garantía de fábrica de los vehículos. Se asignarán 6 puntos con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes. | |
PT-12 | CAPACIDAD DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS |
1) Presentar copia de la declaración anual del ISR del ejercicio 2017, y la declaración fiscal provisional de ISR del mes de Diciembre del ejercicio 2018, se requiere en ambos casos el acuse de presentación de la declaración con cadena original y sello digital emitido por el SAT, así como también el comprobante de pago emitido por el portal bancario del impuesto que resultare a cargo. 2) Presentar la opinión positiva del cumplimiento de sus obligaciones fiscales emitida por el SAT. Lo anterior, de conformidad con lo señalado en el artículo 32- D del Código Fiscal de la Federación. La fecha de la emisión de la opinión deberá ser con una anticipación de no mayor a 20 días hábiles respecto a la fecha de presentación de propuestas. 3) Presentar la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social emitida por el IMSS. Lo anterior, de conformidad con lo señalado en el Acuerdo ACDO.SA1.HTC.101214/281.P.DIR y su Anexo Técnico. La fecha de la emisión de la opinión deberá ser con una anticipación de no mayor a 20 días hábiles respecto a la fecha de presentación de propuestas. 4) Presentar los estados financieros al 31 de Diciembre de 2018 firmados por Contador Público, adjuntando copia de la cedula profesional, e incluir también la firma del representante legal. Se asignarán 1 puntos con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes. | |
PT-13 | CAPACIDAD DE LOS RECURSOS TÉCNICOS |
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Carta en papel con membrete del LICITANTE en donde se acredite que el LICITANTE cuenta en la ciudad de la convocante, con un taller automotriz validado por el fabricante del vehículo propuesto, con fotografías y ubicación del taller, donde se dará mantenimiento a los vehículos que se arrenden. Se asignarán 8 puntos con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes. | |
PT-14 | CAPACIDAD DE EQUIPAMIENTO. |
Presentar documento en papel con membrete del LICITANTE con el Currículum de la empresa, el cual debe contener como mínimo la información general de la misma (giro de la empresa, dirección, teléfono, correo electrónico), servicios que ofrece y el equipamiento disponible para el servicio solicitado en la presente Licitación. Se asignará 1 punto con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes. | |
PT-15 | PARTICIPACIÓN DE DISCAPACITADOS |
En su caso, el LICITANTE deberá presentar escrito en hoja membretada mediante el cual el LICITANTE manifieste que en su planta laboral cuenta con cuando menos un cinco por ciento de personas con discapacidad, acompañado de las altas ante el IMSS las cuales se hayan presentado con por lo menos seis meses de antelación a la fecha prevista para firma del contrato respectivo. Se asignará 0.5 punto con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes. | |
PT-16 | ESCRITO DE PARTICIPACIÓN EN LAS MIPYMES |
El LICITANTE deberá presentar la acreditación mediante la presentación de la constancia correspondiente emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, la cual no podrá tener una vigencia mayor a cinco años, donde acrediten haber producido con innovación tecnológica relacionada directamente con la prestación del servicio solicitado en la presente convocatoria. Se asignarán 0.5 punto con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes |
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PT-17 | EXPERIENCIA |
Acreditar con copias de contratos, evidencia donde el LICITANTE avale la experiencia para la renta de vehículos. Se asignará la mayor puntuación al LICITANTE o LICITANTES que acrediten un máximo de 5 años de experiencia, pudiendo sumar la vigencia de los contratos que presente, en los cuales se haya dedicado al arrendamiento de vehículos. NOTA: Para poder considerar el contrato como válido, debe contar con la firma autógrafa del contratante y del proveedor, así como estar completamente legible, con todos y cada uno de los documentos que formen parte integrante del mismo, los cuales no podrán tener una antigüedad mayor de 5 años a partir de la fecha de la presente convocatoria. Se otorgarán 2 puntos en forma proporcional, de acuerdo al mayor número de años acreditados, el tope máximo contratos a presentar será de 5 contratos, los demás puntos se asignarán proporcionalmente de acuerdo al número de contratos presentados por los licitantes. Se deberán relacionarse en el formato siguiente (agregar filas si es necesario): | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes. | |
PT-18 | ESPECIALIDAD |
Acreditar con copias de contratos, evidencia donde el LICITANTE avale la especialidad para la renta de vehículos con características similares a las de los vehículos requeridos en los términos de referencia de la presente convocatoria, que permita corroborar su participación y cumplimiento como proveedor. Se asignara la mayor puntuación al LICITANTE o LICITANTES que acrediten un máximo de 5 contratos de experiencia, en los cuales se haya dedicado al arrendamiento de vehículos, con las características similares a las de los bienes requeridos en los términos de referencia de la presente convocatoria. |
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NOTA: Para poder considerar el contrato como válido, debe contar con la firma autógrafa del contratante y del proveedor, así como estar completamente legible, con todos y cada uno de los documentos que formen parte integrante del mismo, los cuales no podrán tener una antigüedad no mayor de 5 años, a partir de la fecha de la presente convocatoria. Se otorgarán 3 puntos en forma proporcional de acuerdo al mayor número de contratos presentados, el tope máximo de contratos a presentar será de 10 contratos, los demás puntos se asignarán proporcionalmente de acuerdo al número de contratos presentados por los licitantes. Se deberán relacionarse en el formato siguiente (agregar filas si es necesario): | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes. | |
PT-19 | CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS |
Acreditar con copias de contratos, evidencia donde el LICITANTE avale el cumplimiento de contratos para la renta de vehículos. NOTA: Para poder considerar el Contrato a evaluación, éste debe presentarse en copia fotostática simple y legible, con todos y cada uno de los documentos que formen parte integrante del mismo, los cuales deben encontrarse firmados por las personas contratantes, cuyo objeto sea el arrendamiento de vehículos, así mismo deberán incluir carta de aceptación satisfactoria del servicio, fianza liberada o cualquier otro documento de liberación del servicio, derivado del contrato, expedido por la persona que recibió el servicio de arrendamiento de vehículos, en hoja membretada de la persona moral o física, en la cual se demuestre el cumplimiento. Se asignaran 10 puntos en forma proporcional de acuerdo al mayor número de contratos presentados, el tope máximo de contratos a presentar será de 10 contratos, los demás puntos se asignarán proporcionalmente de acuerdo al número de contratos presentados por los licitantes. |
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Se deberán relacionarse en el formato siguiente (agregar filas si es necesario): | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes. |
PROPUESTA ECONÓMICA (PE):
Las propuestas económicas que presenten los LICITANTES, deberán estar integradas conforme a lo siguiente:
DOC. | DESCRIPCIÓN: |
PE-01 | REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES |
Presentar copia legible del Registro Federal de Contribuyentes. | |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. | |
PE-02 | CARTA COMPROMISO DE LA PROPUESTA |
Deberá estar formulada en papel con membrete del LICITANTE, de acuerdo con el modelo que se adjunta a la presente Convocatoria como ANEXO 6, debidamente firmado por el representante legal del LICITANTE, de acuerdo con el documento que lo acredite como tal. Será requisito indispensable que los LICITANTES coticen la totalidad de los servicios que se señalan en el ANEXO 1. | |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. | |
PE-03 | PROPUESTA ECONOMICA |
Deberá estar formulada en papel membretado del licitante, de acuerdo con el modelo que se adjunta a la presente Convocatoria como ANEXO 7 debidamente firmado por el representante legal del licitante, de acuerdo con el documento que lo acredite como tal. Deberá indicar la cantidad, descripción del servicio, importe unitario e importe total de cada servicio que se señalan en el ANEXO 1, en caso contrario la propuesta será desechada. | |
Este documento participará en la evaluación de puntos y porcentajes. La falta de este documento será causa de desechamiento de la propuesta |
1. En todos los casos, la propuesta económica y los documentos que se agreguen a la misma, deberán de firmarse por la persona legalmente facultada para ello,
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se presentará en idioma español y en Moneda Nacional a dos decimales, con número y letra, desglosando el Impuesto al Valor Agregado. Los cuadros comparativos se analizarán antes del IVA.
2. Deberá ser clara y precisa, además de ser acorde entre la propuesta técnica y económica en lo referente a la descripción de los servicios.
3. Deberá precisar en su propuesta que los precios cotizados para el servicio objeto de la presente Licitación, serán fijos, sin escalación, durante la vigencia del proceso de Licitación y durante la vigencia del contrato para el caso del LICITANTE que resulte adjudicado.
PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
El procedimiento para la evaluación de las propuestas, será el siguiente:
1) De conformidad con el artículo 29 y el segundo párrafo del Artículo 36 de la Ley, primeramente se verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en ésta convocatoria analizando el principio de “cumple” o “no cumple” y verificando que las propuestas contengan todos los requisitos solicitados. Para lo cual se analizará lo siguiente:
a. La Subgerencia de Administración, comprobará que la documentación, así como las propuestas técnicas y económicas requeridas, contengan todos y cada uno de los requisitos solicitados en la presente convocatoria, sus anexos y juntas de aclaraciones;
b. El Titular del Departamento de Recursos Materiales verificará que la propuesta técnica cumpla con las características y especificaciones establecidas en el numeral cinco de esta convocatoria;
La CONVOCANTE únicamente considerará las propuestas que cumplan con todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidas en esta convocatoria y los derivados de las juntas de aclaraciones, por lo que el incumplimiento de alguno de dichos requisitos que afecte la solvencia de la propuesta será causa para su desechamiento.
2) Se continuará el proceso de evaluación con base en el mecanismo de puntos y porcentajes a que se refiere el Artículo 52 del Reglamento, procediendo a analizar las proposiciones conforme a los rubros, subrubros y ponderaciones que integran las propuestas técnicas, de acuerdo con las siguientes tablas:
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La propuesta técnica del participante debe acreditar al menos 37.5 puntos de los 50 máximos, para que se considere solvente la propuesta.
CRITERIOS DE EVALUACION POR PUNTOS PARA LA CONVOCATORIA DE SERVICIOS PARA EL ARRENDAMIENTO DE UNIDADES VEHICULARES PARA SU USO EN LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA S.A. DE C.V.
Basados en el Acuerdo publicado en el DOF el 09/09/2010 en el que se emiten “Diversos Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas” y específicamente al Capítulo Segundo de “Los Lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos ó porcentajes en los procedimientos de contratación”, así como al artículo 51 del reglamento de la LASSP, por lo anterior el método de evaluación de la propuesta técnica de la presente convocatoria será mediante puntos y porcentaje.
PROPOSICIÓN TECNICA
La puntuación o unidades porcentuales a obtener en la propuesta técnica para ser considerada solvente y, por tanto, no ser desechada, será de cuando menos 37.5 de los 50 máximos que se pueden obtener en su evaluación.
CARACTERISTICAS DEL BIEN. Los puntos de este rubro serán 25.
SUBRUBRO | ACREDITACIÓN | PUNTOS |
Características | Presentar documento en papel con membrete del LICITANTE con la información que a continuación se describe: • Hoja de especificaciones del fabricante de los vehículos propuestos, en idioma español, donde se puedan constatar las características técnicas propuestas por los ofertantes, para que el convocante pueda determinar y confirmar si se CUMPLEN todas las especificaciones o requisitos mínimos solicitados en los presentes términos de referencia. • Especificar el valor residual de cada vehículo al término de la prestación del servicio de arrendamiento. | 14 |
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• En caso de requerir depósitos en garantía se deberá señalar el importe, así mismo este depósito deberá ser reintegrado a la Entidad a los 10 días siguientes una vez concluido el contrato y entregadas las unidades, por lo que se deberá entregar carta compromiso con tal afirmación. Se asignarán 14 puntos en el cumplimiento total de éste requisito. Documento PT-09 | ||
Contenido nacional | Carta en papel con membrete del LICITANTE, en donde manifieste bajo protesta de decir verdad que su oferta cumple con los requisitos de contenido nacional a que se refiere el artículo 28, Fracción I de la ley de adquisiciones, en formato denominado, FORMATO PARA LA MANIFESTACION DE CONTENIDO NACIONAL el cual se presenta en el Anexo (18). | 4 |
Se asignarán 4 puntos en el cumplimiento de este requisito. | ||
Documento PT-10 | ||
Durabilidad o vida útil del | Carta en papel con membrete del LICITANTE, en donde especifique que la durabilidad ó vida útil de los vehículos a arrendar es de por lo menos 36 meses, debiendo anexar al mismo la garantía de fábrica de los vehículos. | 6 |
bien a arrendar. | Se asignarán 6 puntos con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. | |
Documento PT-11 |
CAPACIDAD DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS Y EQUIPAMIENTO. Los puntos de
este rubro serán 9.
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SUBRUBRO | ACREDITACIÓN | PUNTOS |
Capacidad de los recursos económicos | 1) El LICITANTE deberá presentar copia de la declaración anual del ISR del ejercicio 2014 y de la declaración provisional de ISR del mes de Noviembre del ejercicio 2015. Se requiere en ambos casos el acuse de presentación de la declaración con cadena original y sello digital emitido por el SAT, así como también el comprobante de pago emitido por el portal bancario del impuesto que hubiese resultado a cargo. 2) El LICITANTE deberá presentar la opinión positiva del cumplimiento de sus obligaciones fiscales emitida por el SAT. Lo anterior, de conformidad con lo señalado en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. La fecha de la emisión de la opinión deberá ser entre el 7 y el 21 de enero del 2016. 3) El LICITANTE deberá presentar la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social emitida por el IMSS. Lo anterior, de conformidad con lo señalado en el Acuerdo ACDO.SA1.HTC.101214/281.P.DIR y su Anexo Técnico. Se asignarán 1 puntos con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. Documento PT-12 | 1 |
Capacidad de los recursos técnicos | Carta en papel con membrete del LICITANTE en donde se acredite que el LICITANTE cuenta en la ciudad de la convocante, con un taller automotriz validado por el fabricante del vehículo propuesto, con fotografías y ubicación del taller, donde se dará mantenimiento a los vehículos que se arrenden. Se asignarán 8 puntos con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. Documento PT-13 | 8 |
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VEHICULARES TIPO SUV PARA SU USO EN LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA S.A. DE C.V.
Capacidad de equipamiento | Presentar documento en papel con membrete del LICITANTE con el Currículum de la empresa, el cual debe contener como mínimo la información general de la misma (giro de la empresa, dirección, teléfono, correo electrónico), servicios que ofrece y el equipamiento disponible para el servicio solicitado en la presente Licitación. | 1 |
Se asignará 1 punto con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. | ||
Documento PT-14 |
Participación de discapacitados.
SUBRUBRO | ACREDITACIÓN | PUNTOS |
Participación | En su caso, el LICITANTE deberá presentar escrito en hoja membretada mediante el cual el LICITANTE manifieste que en su planta laboral cuenta con cuando menos un cinco por ciento de personas con discapacidad, acompañado de las altas ante el IMSS las cuales se hayan presentado con por lo menos seis meses de antelación a la fecha prevista para firma del contrato respectivo. Se asignará 0.5 punto con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. Documento PT-15 | |
de | ||
discapacitados | ||
o empresas que cuenten con | 0.5 | |
trabajadores | ||
con | ||
discapacidad. |
Participación de MIPYMES con innovación tecnológica.
SUBRUBRO | ACREDITACIÓN | PUNTOS |
Participación | El LICITANTE deberá presentar la acreditación | |
de MIPYMES | mediante la presentación de la constancia | |
que acrediten haber | correspondiente emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, la cual no podrá tener una | 0.5 |
producido con | vigencia mayor a cinco años, donde acrediten haber | |
innovación | producido con innovación tecnológica relacionada |
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tecnológica lo requerido. | directamente con la prestación del servicio solicitado en la presente convocatoria. Se asignarán 0.5 punto con el cumplimiento de éste requisito, de lo contrario 0 puntos. Documento PT-16 |
EXPERIENCIA Y CAPACIDAD DEL LICITANTE. Los puntos de este rubro serán 6.
SUBRUBRO | ACREDITACIÓN | PUNTO S |
Acreditar con copias de contratos, evidencia donde el LICITANTE avale la experiencia para la renta de vehículos. | ||
Se asignará la mayor puntuación al LICITANTE o LICITANTES que acrediten un máximo de 5 años de experiencia, pudiendo sumar la vigencia de los contratos que presente, en los cuales se haya dedicado al arrendamiento de vehículos. | ||
Experiencia (Mayor tiempo Prestando servicio) | NOTA: Para poder considerar el contrato como válido, debe contar con la firma autógrafa del contratante y del proveedor, así como estar completamente legible, con todos y cada uno de los documentos que formen parte integrante del mismo, los cuales no podrán tener una antigüedad mayor de 5 años a partir de la fecha de la presente convocatoria. | 2 |
Se otorgarán 2 puntos en forma proporcional, de acuerdo al mayor número de años acreditados, el tope máximo contratos a presentar será de 5 contratos, los demás puntos se asignarán proporcionalmente de acuerdo al número de contratos presentados por los licitantes. | ||
Se deberán relacionarse en el formato siguiente (agregar filas si es necesario): |
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Documento PT-17 | ||
Acreditar con copias de contratos, evidencia donde el LICITANTE avale la especialidad para la renta de vehículos con características similares a las de los vehículos requeridos en los términos de referencia de la presente convocatoria, que permita corroborar su participación y cumplimiento como proveedor. | ||
Se asignará la mayor puntuación al LICITANTE o LICITANTES que acrediten un máximo de 5 contratos de experiencia, en los cuales se haya dedicado al arrendamiento de vehículos, con las características similares a las de los bienes requeridos en los términos de referencia de la presente convocatoria. | ||
Especialidad (Mayor número de contratos acreditados) | NOTA: Para poder considerar el contrato como válido, debe contar con la firma autógrafa del contratante y del proveedor, así como estar completamente legible, con todos y cada uno de los documentos que formen parte integrante del mismo, los cuales no podrán tener una antigüedad no mayor de 5 años, a partir de la fecha de la presente convocatoria. | 3 |
Se otorgarán 3 puntos en forma proporcional de acuerdo al mayor número de contratos presentados, el tope máximo de contratos a presentar será de 10 contratos, los demás puntos se asignarán proporcionalmente de acuerdo al número de contratos presentados por los licitantes. | ||
Se deberán relacionarse en el formato siguiente (agregar filas si es necesario): |
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Documento PT-18 |
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS. Los puntos de este rubro serán 10.
SUBRUBRO | ACREDITACIÓN | PUNTOS |
Acreditar con copias de contratos, evidencia donde el LICITANTE avale el cumplimiento de contratos para la renta de vehículos. | ||
Cumplimiento de contratos | NOTA: Para poder considerar el Contrato a evaluación, éste debe presentarse en copia fotostática simple y legible, con todos y cada uno de los documentos que formen parte integrante del mismo, los cuales deben encontrarse firmados por las personas contratantes, cuyo objeto sea el arrendamiento de vehículos, así mismo deberán incluir carta de aceptación satisfactoria del servicio, fianza liberada o cualquier otro documento de liberación del servicio, derivado del contrato, expedido por la persona que recibió el servicio de arrendamiento de vehículos, en hoja membretada de la persona moral o física, en la cual se demuestre el cumplimiento. | 10 |
Se asignarán 10 puntos en forma proporcional de acuerdo al mayor número de contratos presentados, el tope máximo de contratos a presentar será de 10 contratos, los demás puntos se asignarán proporcionalmente de acuerdo al número de contratos presentados por los licitantes. | ||
Se deberán relacionarse en el formato siguiente (agregar filas si es necesario): |
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Documento PT-19 |
PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
La propuesta económica del participante obtendrá un valor máximo de 50 puntos, por lo que la propuesta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas, se le asignará la puntuación máxima.
Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de cada participante, se aplicará la siguiente fórmula:
PPE = MPemb x 50 / MPi.
Donde:
PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica;
MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica;
Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, se aplicará la siguiente fórmula:
PTj = TPT + PPE Para toda j = 0, 0, ,x
Donde:
PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición;
TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y
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El subíndice "j" representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación, y
La proposición solvente más conveniente, será aquélla que reúna la mayor puntuación o unidades porcentuales, conforme a lo dispuesto en el numeral Sexto de los Lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos ó porcentajes en los procedimientos de contratación.
Se adjudicará el contrato al licitante cuya proposición cumplió con los requisitos legales, su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación o unidades porcentuales a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación o unidades porcentuales, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el objeto de la contratación.
En caso de empate entre dos o más proposiciones, se procederá conforme a lo dispuesto por los artículos 36 Bis segundo y tercer párrafos de la Ley de Adquisiciones.
De conformidad con el Artículo 2º de la Ley, se entiende como propuesta económica más baja el precio conveniente, que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, y a éste se le resta un porcentaje del 15%. Una vez calculado el precio conveniente, los que se ubiquen por debajo de este, con fundamento en la Fracción II del Artículo 36 Bis se desecharan en los términos del Oficio Circular UNCP/309/TU/00412/2009 de la SFP.
El procedimiento para la evaluación de las propuestas, será el siguiente:
De conformidad con el segundo párrafo del Artículo 52 del reglamento de la Ley, se utilizará el criterio de evaluación denominado “puntos y porcentajes” y verificando que las propuestas contengan todos los requisitos solicitados. Para lo cual se analizará lo siguiente:
a) El titular del Dpto. de Recursos Materiales, comprobará que la documentación, así como las propuestas técnicas y económicas requeridas, contengan todos y cada uno de los requisitos solicitados en la presente convocatoria, sus anexos y juntas de aclaraciones;
b) La Subgerencia de Administración., verificará que la propuesta técnica cumpla con las características y especificaciones establecidas en el Anexo 1 de esta convocatoria.
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c) La Subgerencia de Administración, revisará los precios de la propuesta y en caso de considerarlo necesario, hará sus comentarios pertinentes a la CONVOCANTE respecto de la solvencia, a efecto de que ésta, emita el dictamen respectivo, verificando que se encuentren dentro de los precios xx xxxxxxx para garantizar el correcto cumplimiento de la entrega de los servicios;
d) Con fundamento en el artículo 52 del Reglamento, verificar la propuesta económica.
e) La subgerencia de Administración elaborará un cuadro comparativo donde se evaluará el principio de “cumple” o “no cumple”. Esta calificación deberá ser explicada suficientemente con causas y motivos del incumplimiento, en su caso, y las propuestas que no cumplan serán desechadas, sin que posteriormente el licitante pueda subsanar los errores u omisiones en que haya incurrido, haciéndolo del conocimiento de los licitantes en las actas o dictamen correspondiente.
f) La Subgerencia de Administración, verificará que la propuesta económica esté de acuerdo a lo solicitado y realizará un dictamen económico.
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ANEXO 2
NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE).
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, inició en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación -la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificó, entre otros:
• La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
• El conocimiento que tienen los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactó el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
• Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
• Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
• Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
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Las responsabilidades del sector privado contemplan:
• Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
• Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
• Los abogados: promover el cumplimento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
“Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
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I El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario general vigente en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, de treinta a trescientos días multa y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario general vigente en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión, de trescientos a mil días multa y destitución e inhabilitación de dos a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros. Artículo 222 Bis
Se impondrán las penas previstas en el Artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por si o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I A un servidor público extranjero o a un tercero que éste determine, para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
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II A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión o,
III A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en el poder legislativo, ejecutivo o judicial o en un órgano público autónomo en cualquier orden o nivel de gobierno de un Estado extranjero, sea designado o electo; cualquier persona en ejercicio de una función para una autoridad, organismo o empresa pública o de participación estatal de un país extranjero; y cualquier funcionario o agente de un organismo u organización pública internacional.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta mil días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”
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ANEXO 3 MODELO DE CONTRATO
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA ADMINISTRACION PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA S.A. DE C.V., A LA QUE EN LO SUCESIVO, SE LE DENOMINARÁ LA API REPRESENTADA POR LA C. LUS XXXXXX XXXXXX XX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, Y POR LA OTRA,
, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL PROVEEDOR REPRESENTADA POR , EN SU CARÁCTER DE , AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A X X X X X X
0. Xx xx XXX:
1.1 Personalidad.- Su representada es una Sociedad Anónima de Capital Variable, constituida conforme a las leyes mexicanas, formalizada su constitución mediante Escritura Publica número 30,965, Folio 2540, Libro 1324 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx xxx xxxxxxx público 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx,
X.X. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, debidamente inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Ensenada B.C.
1.2 Representación.- La Directora General Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xx Xxxxx, cuenta con la representación necesaria y suficiente para comparecer en los términos del presente instrumento en representación de la Administración Portuaria Integral de Ensenada S.A de C.V., tal y como se acredita con la Escritura Pública número ( ), de fecha de de 201_, pasada ante la fe del Titular de la Notaría Pública Número de la ciudad de , por lo que cuenta con las facultades suficientes para actuar en representación de ella, así como para obligarla en los términos del presente contrato, manifestando que no han sido revocadas dichas facultades.
1.3 Concesión. Su representada cuenta con concesión otorgada por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para la administración Integral (ciudad) publicada en el Diario Oficial de la Federación el (fecha).
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1.4 Requerimientos. La API tiene necesidad de contratar el “ ARRENDAMIENTO DE UNIDADES VEHICULARES TIPO SUV PARA SU USO EN LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA S.A. DE C.V.
1.5 Procedimiento de Adjudicación. La API, con fundamento en los artículos 26, fracción I y 28, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con fecha 09 xx xxxxx de 2019 se publicó en CompraNet la Xxxxxxxxxxxx XX. XX-000X0X000-X00-0000 para licitar el arrendamiento de los bienes materia del presente Contrato, publicando, a su vez un resumen de ésta en el Diario Oficial de la Federación de fecha 09 xx xxxxx de 2019.
1.6 Fallo. Mediante fallo emitido con fecha y notificado él
se adjudicó el presente Contrato a
, en virtud de que cumplió con los requisitos legales, técnicos y económicos solicitados en la convocatoria.
1.7 Domicilio. Que para los efectos del presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx, X.X. 00000 de la Ciudad de Ensenada, Baja California.
2. El Representante/Apoderado Legal del “PROVEEDOR” declara que:
2.1 Constitución. Su representada es una , denominada “ ”, según consta en la Escritura Pública No. de fecha , otorgada ante la fe de , Titular de la Notaría Pública No. de , inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio de , bajo el número , Folio , Volumen , Libro No. , Sección , el día .
2.2 Representación. Cuenta con facultades suficientes para la celebración del presente contrato, tal y como se hace constar en la Escritura Pública No. de fecha , otorgada ante la fe de , Titular de la Notaría Pública No. de , inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio de , bajo el número , Folio , Volumen , Libro No. , Sección , el día ; manifestando bajo protesta de decir verdad que las mismas no le han sido revocadas, limitadas, ni modificadas en forma alguna.
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2.3 Capacidad. Su representada cuenta con la experiencia y los recursos necesarios y suficientes para obligarse en los términos del presente contrato, para cumplir a satisfacción de la API con el arrendamiento requerido por ella, según se indica en la declaración 1.4 del presente contrato.
2.4 Aptitud Jurídica. Su representada no se encuentra en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ni en el artículo 8, fracción XX, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, ni tiene conocimiento de algún hecho, acto o situación que pudiera, durante la vigencia del presente contrato, hacerle incurrir en uno de ellos.
Asimismo, el “PROVEEDOR” declara, bajo protesta de decir verdad que no se encuentra inhabilitado por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y/o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, ni se encuentra en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Conoce plenamente el contenido de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como su Reglamento y demás normatividad aplicable en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios vigente y, bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en lo que se refiere a la presentación oportuna en tiempo y forma de sus declaraciones por impuestos federales, además de no tener adeudos a su cargo por estos mismos conceptos, lo que comprueba con el documento de opinión favorable del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El proveedor también declara estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de seguridad social lo que acredita con el documento de opinión favorable del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y que lo seguirá haciendo durante la vigencia de este contrato.
La falsedad en la manifestación a que se refiere las declaraciones anteriores, será sancionada en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como su Reglamento, independientemente de las sanciones administrativas y legales a las que se haga acreedor.
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2.5 Estratificación. De acuerdo a la estratificación establecida en el artículo 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30 xx xxxxx de 2009, su empresa se ubica como .
2.6 Registro. Su representada cuenta con autorización para realizar el arrendamiento de referencia y lo acredita con su clave del Registro Federal de Contribuyentes .
2.7 Nacionalidad. Su representada es de nacionalidad mexicana y conviene que si llegase a cambiar de nacionalidad, se seguirá considerando como mexicana por cuanto a este contrato se refiere; y en no invocar la protección de ningún gobierno extranjero, bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana todo derecho derivado de este contrato.
2.8 Domicilio. Su representada, para los fines y efectos legales de este contrato, tiene su domicilio fiscal y para oír y recibir notificaciones ubicado en .
(Cuando aplique) 2.9 Proposición conjunta. Con base en lo dispuesto en el artículo
34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, presentaron una proposición conjunta dentro del procedimiento de contratación por Licitación Pública Nacional Mixta No. , para la contratación del “ARRENDAMIENTO DE ” y con fundamento en el artículo 44 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, celebraron un convenio de proposición conjunta de fecha , el cual fue protocolizado ante la fe del Lic. , Notario Público No. de , según consta en la Escritura Pública No. de fecha
, documento que forma parte integrante de este contrato, por el que se obligan de manera conjunta y solidaria a realizar el arrendamiento en términos del presente contrato, considerándose para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados.
La documentación que acredita cada una de las declaraciones del “PROVEEDOR”, se adjunta al presente contrato como Anexo 2.
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Expuesto lo anterior, las partes contratantes otorgan las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA: Objeto del contrato
La “API” encomienda al “PROVEEDOR”, y éste acepta brindar a aquélla, el arrendamiento a que se refiere este instrumento, consistente en el “ ARRENDAMIENTO DE UNIDADES VEHICULARES TIPO SUV PARA SU USO EN LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA S.A. DE C.V.”, en adelante
el ARRENDAMIENTO, de conformidad con lo establecido en este acuerdo de voluntades, en la Convocatoria, así como en lo contenido en la PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA, presentada por el “PROVEEDOR” a la API”, documentos que se adjuntan al presente contrato como Anexo 1. En caso de discrepancia entre la Convocatoria y el contrato, prevalecerá lo establecido en la Convocatoria.
(Cuando aplique) En términos del convenio de proposición conjunta de fecha
, presentado por el “PROVEEDOR”, las partes que lo integran convienen en conjuntar sus recursos técnicos, legales, administrativos, económicos y financieros para presentar el ARRENDAMIENTO objeto de la contratación, con la participación siguiente:
La empresa “ ”: . La empresa “ ”: - .
SEGUNDA: Descripción del ARRENDAMIENTO.
El ARRENDAMIENTO a que se refiere la cláusula PRIMERA de este contrato, será efectuado en el plazo, lugar y conforme a las condiciones señaladas en la Convocatoria, y que se describen de manera completa, clara y detallada en el ANEXO 1 de dicha Convocatoria, así como en la PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA presentada por el “PROVEEDOR” (Anexo 1), por lo que dicho ARRENDAMIENTO deberá realizarse en la forma y dentro de los plazos que ahí se indican.
TERCERA: Vigencia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, los derechos y obligaciones establecidos en el presente contrato serán exigibles con la notificación del fallo, por lo que la
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vigencia del mismo empezará a surtir sus efectos a partir de que se perfeccione dicho supuesto.
No obstante lo anterior, se precisa que el periodo de ARRENDAMIENTO será de 36 meses contados a partir de la entrega de las unidades.
CUARTA: Importe del contrato
El monto total del presente contrato es de: $ ( pesos /100 M.N.), más IVA, mismo que será pagado de acuerdo a lo estipulado en la cláusula QUINTA del presente contrato, por lo que el “PROVEEDOR” no tendrá derecho a reclamar pago adicional alguno. Este precio será fijo. Los precios unitarios se encuentran desglosados en la PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA.
El monto antes señalado contiene cualquier gasto en que incurra el “PROVEEDOR” para la realización del ARRENDAMIENTO (así como cualquier otro gasto de cualquier índole), por lo que la API no aceptará el pago por ningún concepto adicional.
Sin perjuicio de lo anterior, y en cumplimiento a lo manifestado en la declaración 1.6 de este contrato, las erogaciones programadas para el presente ejercicio fiscal tendrán un importe de $ ( pesos /100 M.N.), más IVA.
Para los ejercicios fiscales subsecuentes, las erogaciones programadas estarán condicionadas a que la API tenga la autorización que para tal efecto emitirá la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a principios de dicho ejercicio fiscal, teniendo éstas un importe de $ ( pesos /100 M.N.), más IVA.
QUINTA: Forma de pago
El pago se realizará en Moneda Nacional mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria que por escrito designe el “PROVEEDOR”, debiendo indicar este último la clave bancaria estandarizada (CLABE), a través del Departamento de Tesorería de la “API” la cual otorgará el pago en los términos y condiciones señalados en la Convocatoria y que se detalla a continuación:
La “API” pagará el ARRENDAMIENTO, por mes de ARRENDAMIENTO devengado con base en el siguiente procedimiento:
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Dentro de los 5 (cinco) días naturales posteriores al término de cada mes de ARRENDAMIENTO devengado, (respetando los días y horarios establecidos por la API para la recepción de facturas), el “PROVEEDOR” deberá presentar ante el Departamento de Recursos Materiales de la “API” la factura (impresa o electrónica) correspondiente para tramitar su pago. Cabe señalar que en la fecha en que se acepte la entrega del bien objeto del ARRENDAMIENTO, se levantará un acta de entrega recepción formalizada entre el “PROVEEDOR” y la “API”, en la que se hará constar la recepción satisfactoria de los mismos, cubriendo todas las condiciones de entrega que se indican en la Convocatoria.
Si lo anterior se cumple, la “API” efectuará el pago respectivo, en un plazo de 15 días naturales posteriores a la recepción de la factura.
De conformidad con los artículos 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 89 de su Reglamento se tendrá como recibida la factura o el documento que reúna los requisitos fiscales correspondientes, a partir de que el “PROVEEDOR” los entregue a la “API” junto con el bien o al momento de concluir la prestación total o parcial del servicio conforme a los términos del presente contrato y la “API” los reciba a satisfacción en los términos de los lineamientos que emita la Secretaría de la Función Pública para promover la agilización del pago.
En cumplimiento a lo señalado en el artículo 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de que las facturas entregadas por el “PROVEEDOR” para su pago, presenten errores o deficiencias, la API dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al “PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir. Al respecto se aclara que el periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el “PROVEEDOR” presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo de pago pactado.
(Cuando aplique) Las empresas “ ”, “ ” y “ ” acuerdan que la empresa “ ”, quien actúa a través de su , será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato, en el entendido de que la “API” no será responsable por la forma en que la empresa “ ”, distribuya las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.
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SEXTA: Responsabilidad laboral.
El “PROVEEDOR” ratifica que cuenta con todos los recursos humanos, materiales y económicos para proporcionar el ARRENDAMIENTO a que refiere este contrato, por lo que se obliga a asignar al personal especializado para la realización del mismo, instruyéndoles para cumplir eficazmente con los trabajos encomendados y para observar la legislación, reglamentación y normatividad aplicable.
SÉPTIMA: Garantía del arrendamiento.
El “PROVEEDOR” garantiza el ARRENDAMIENTO por el periodo de vigencia del presente contrato.
Durante el periodo de garantía el “PROVEEDOR” quedará obligado ante la API a responder de los defectos y vicios ocultos, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en este instrumento y en la legislación aplicable.
OCTAVA: Garantía de cumplimiento.
EL PROVEEDOR se obliga a garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este Contrato, incluyendo la calidad de los servicios, en alguna de las formas que se indican a continuación, a su elección mediante:
a) La fianza, expedida por una compañía afianzadora autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
b) El certificado de caución emitido por una compañía aseguradora;
c) La carta de crédito Stand by, expedida por una institución bancaria autorizada en términos de la Ley de Instituciones de Crédito, para operar en la República Mexicana o bien por una institución de crédito constituida en el extranjero. En este último caso, deberá ser confirmada invariablemente por una institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana.
La carta de crédito Stand by estará sujeta a las prácticas internacionales para Stand by ISP98, emitidas por la Cámara de Comercio Internacional.
d) El Cheque certificado o de Caja expedido por Institución Bancaria autorizada para operar en la República Mexicana a favor de la API, previa autorización de ésta.
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Debido a que con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo, se apercibe al “PROVEEDOR” de que el incumplimiento en la entrega a la “API” de la garantía de cumplimiento en los términos establecidos en el presente instrumento, será motivo de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cuyo caso la API remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos mencionados, para que en su caso sean actualizados los supuestos establecidos en los artículos 59 y 60 de la citada Ley.
La garantía otorgada a la “API” deberá estar vigente por todo el periodo de duración del contrato y tendrá como objeto el de respaldar el cumplimiento del mismo y cualquier responsabilidad que resultase a cargo del “PROVEEDOR”. En caso de que antes de la recepción satisfactoria del ARRENDAMIENTO se determinen responsabilidades derivadas del contrato, la garantía continuará vigente hasta que el “PROVEEDOR” corrija los defectos y satisfaga dichas responsabilidades.
Cuando sea el caso, la póliza en que sea expedida la fianza, ya sea impresa o electrónica, deberá contener las siguientes declaraciones expresas de la institución que la otorgue:
1.- Que la fianza se otorga a favor de Administración Portuaria Integral de , S.A. de C.V.;
2.- Que la presente fianza se otorga en los términos del contrato y de conformidad con la legislación aplicable; y permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato;
3.- Que la fianza garantiza el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a
cargo de (nombre, denominación a razón social del
proveedor), establecidas en el contrato;
4.- Que en caso de otorgamiento de prórrogas o esperas para el cumplimiento de las obligaciones, derivadas de convenios de ampliación al monto o plazo del contrato,
(nombre, denominación a razón social del proveedor), deberá solicitar a la afianzadora el endoso de aumento y/o ampliación respectivo, quien podrá expedirlo si a sus intereses conviene;
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5.- Que el beneficiario podrá presentar reclamación con cargo al periodo de vigencia que ampara la presente fianza, dentro de los 12 (doce) meses siguientes a la expiración de la vigencia de la misma;
6.- Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales;
7.- Que la fianza estará vigente, durante la sustanciación de todos los juicios o recursos legales y procedimientos administrativos y/o laborales; que en su caso, sean interpuestos por cualquiera de las partes, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente;
8.- Que la afianzadora se somete a lo establecido en los artículos 93, 94, 95 y 95 bis y 118 de la ley federal de instituciones de fianzas;
9.- Que esta fianza garantiza también las posibles contingencias laborales que pudieran llegar a cuantificarse en contra de Administración Portuaria Integral de ,
S.A. de C.V., en relación a prestaciones laborales de trabajadores de (nombre, denominación o razón social del proveedor) que pudieran derivarse con motivo del contrato, de conformidad con lo establecido en los artículos 13 y 15 de la ley federal del trabajo y sus correlativos. Esta obligación de contingencias laborales, se hará efectiva siempre y cuando exista laudo definitivo emitido por autoridad competente que condene a Administración Portuaria Integral de , S.A. de C.V. al pago de las obligaciones mencionadas, manteniendo la obligación la afianzadora hasta el momento en que se dicte y quede firme el laudo correspondiente. La presente fianza responderá por obligaciones que deriven por contingencias laborales suscitadas durante la vigencia de la misma, pero el beneficiario podrá reclamarlas una vez que haya sido emplazado dentro de la citada vigencia de la fianza, o dentro de un plazo máximo de 12 (doce) meses posteriores a la citada vigencia.
De conformidad con lo señalado en los artículos 39, fracción II, inciso i), numeral 5 y 81, fracción II, ambos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la obligación garantizada será indivisible, por lo que en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectiva la garantía por la parte proporcional que les corresponda de la obligación garantizada.
Una vez cumplidas las obligaciones del “PROVEEDOR” a satisfacción de la “API”, el servidor público facultado procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para que se dé inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del contrato.
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NOVENA: Incumplimiento.
En atención a lo estipulado en los artículos 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 97 de su Reglamento, el “PROVEEDOR” incurrirá en incumplimiento, cuando omita observar cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente contrato. Asimismo, incurrirá en incumplimiento cuando no proporcione a la “API” el ARRENDAMIENTO objeto del presente contrato, ya sea en tiempo (cuando no lo brindare de manera oportuna o lo realizara en forma extemporánea), o en forma (cuando omita brindar el ARRENDAMIENTO o lo haga de forma inadecuada), o cuando no cuente con los elementos técnicos, materiales o humanos establecidos en su PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del presente contrato.
El incumplimiento en tiempo y/o forma, dará lugar automáticamente a la “API” a hacer la la parte proporcionalmente incumplida de acuerdo a los precios unitarios de su PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA, teniendo simultáneamente la “API” el derecho de exigirle a éste, la aplicación de las penas convencionales, además del cumplimiento forzoso de la parte incumplida, sin perjuicio de que cuando dicho incumplimiento se presente en forma reiterada, la “API” pueda declarar o demandar al “PROVEEDOR” la rescisión del contrato, así como los daños y perjuicios y la responsabilidad civil derivada de dicho incumplimiento, por la vía correspondiente.
Las deducciones al pago del ARRENDAMIENTO previstas en la presente cláusula, serán determinadas en función de los servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato.
Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que el “PROVEEDOR” presente para su cobro, inmediatamente después de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente.
El límite de incumplimiento a partir del cual la “API” podrá cancelar la o las partidas objeto del incumplimiento parcial o deficiente, o bien, rescindir el contrato, será del 10% (diez por ciento) sobre el monto total del contrato.
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DÉCIMA: Penas convencionales y deducciones.
Penas convencionales
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 95 y 96 de su Reglamento, se procederán a penalizar económicamente al “PROVEEDOR”, cuando incurra en atraso en el suministro del ARRENDAMIENTO. La pena convencional será equivalente a un 0.5% (cero punto cinco por ciento UMA´S) por cada día natural de atraso y por cada unidad, aplicado al valor del ARRENDAMIENTO que haya sido entregado o prestado con atraso.
El monto de las penas convencionales no deberá exceder del 10% (diez por ciento)
del monto total del contrato.
La “API” por ningún motivo autorizará condonaciones de sanciones por atraso de las entregas, cuando las causas sean imputables al “PROVEEDOR”.
Cabe señalar que para efectos de la aplicación de las penas convencionales a que se refiere la presente cláusula, las mismas se computarán a partir del día natural siguiente a aquél en que tuviera que haber sido prestado el ARRENDAMIENTO por parte del “PROVEEDOR”.
En los supuestos previstos en el artículo 91, segundo párrafo, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no procederá aplicar al “PROVEEDOR” penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por el “PROVEEDOR” o por la “API”.
El pago del ARRENDAMIENTO quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el “PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Deducciones
En caso del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el “PROVEEDOR” respecto a las partidas o conceptos que integran el presente instrumento, LA API podrá efectuar deducciones al pago hasta por el 10% (diez por
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ciento) del importe del Contrato; límite a partir del cual LA API podrá iniciar el procedimiento de rescisión.
La aplicación de las penas convencionales por motivo de la entrega por atraso, es independiente de la aplicación de las deducciones establecidas.
En caso que el “PROVEEDOR” incurra en atraso en la entrega de bienes o incurra en algún supuesto que amerite deducciones al pago, acepta que LA API descuente la pena convencional o deducción correspondiente de la facturación.
DÉCIMA PRIMERA: Suspensión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la “API” bajo su responsabilidad, podrá suspender el ARRENDAMIENTO, cuando se presente caso fortuito o de fuerza mayor, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubieren sido efectivamente prestados y se reintegrarán los anticipos no amortizados.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la “API”, previa petición y justificación del “PROVEEDOR”, ésta reembolsará al “PROVEEDOR” los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure esta suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
En cualquiera de los casos previstos por la presente cláusula, se pactará por las partes el plazo de suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.
DÉCIMA SEGUNDA: Terminación anticipada.
En apego a lo dispuesto en el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el presente contrato podrá darse por terminado anticipadamente por la “API”, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes o los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a la “API”. Asimismo, la “API” podrá dar por terminado el contrato, cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al mismo, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública. En estos supuestos la “API” reembolsará al “PROVEEDOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables,
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estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.
El “PROVEEDOR” podrá solicitar a la “API” el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de 1 (un) mes, contado a partir de la fecha de la terminación anticipada del contrato o de la suspensión, limitándose, según corresponda, a los conceptos señalados en el artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA TERCERA: Rescisión del contrato.
Las partes convienen en que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 54 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la “API” podrá dar por rescindido el presente contrato, sin necesidad de resolución judicial y sin responsabilidad de su parte, en cualquiera de los supuestos mencionados en dichos artículos, así como porque el “PROVEEDOR” incurra en alguna de las siguientes causales:
1.- Cuando el “PROVEEDOR” no proporcione el ARRENDAMIENTO a que se refiere el contrato y sus anexos, de conformidad con lo establecido en el mismo.
2.- Cuando el “PROVEEDOR” ceda la totalidad o parte del compromiso objeto del contrato, o de los derechos u obligaciones derivados del mismo, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la aprobación expresa y por escrito de la “API”.
3.- Cuando no se dé cumplimiento a todos los requisitos establecidos en el contrato. 4.- Que no otorgue a la “API” las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión durante el ARRENDAMIENTO.
5.- Que sea declarado en concurso mercantil o alguna figura análoga.
6.- Que suspenda injustificadamente el ARRENDAMIENTO o se niegue a responder por alguna parte del mismo que hubiere sido rechazado por faltar a las especificaciones requeridas por la “API”.
7.- En caso de que el “PROVEEDOR” incumpla en forma reiterada en el ARRENDAMIENTO y no cubra los requisitos solicitados. Se considera reiterado cuando se aplique hasta el 5% por concepto de deductivas del monto total del contrato.
8.- En caso de que infrinja patentes o marcas, o viole registro de derechos de autor, propiedad industrial o intelectual.
9.- Que en general, incumpla cualquiera de las obligaciones estipuladas en este contrato o establecidas en los ordenamientos legales aplicables.
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En cualquier momento la “API” puede rescindir administrativamente el contrato, para lo cual deberá de llevar a cabo el procedimiento previsto en la cláusula siguiente; motivando la rescisión en algunas de las causales antes referidas. Si es el “PROVEEDOR” quien decide rescindir el contrato será necesario que acuda ante la autoridad respectiva y obtenga la declaración correspondiente.
Si el presente contrato fuere rescindido por la “API”, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar la “API” por concepto de los bienes recibidos o los servicios prestados hasta el momento de la rescisión, de acuerdo con lo establecido en los artículos 54, fracción III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 99 de su Reglamento.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se hiciere entrega del ARRENDAMIENTO, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la “API” de que continúa vigente la necesidad del mismo, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
DÉCIMA CUARTA: Procedimiento de rescisión.
Si la “API” considera que el “PROVEEDOR” ha incurrido en alguna de las causas de rescisión que se consignan en la cláusula anterior, se lo comunicará de manera fehaciente a fin de que exponga lo que a su derecho convenga en un plazo no mayor de 5 (cinco) días hábiles respecto del incumplimiento que se le impute.
Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, la “API” contará con un plazo de 15 (quince) días hábiles para resolver, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer el “PROVEEDOR”. La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al “PROVEEDOR” dentro de dicho plazo.
El procedimiento de rescisión se llevará a cabo conforme a lo previsto en los artículos 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 98 y 99 de su Reglamento.
DÉCIMA QUINTA: Confidencialidad.
Toda la información que la “API” proporcione al “PROVEEDOR” tendrá el carácter de confidencial. En este caso, el “PROVEEDOR”, por sí, y en nombre de quienes contrate,
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se obliga a no divulgar ni transmitir a terceros, ni siquiera con fines académicos o científicos, los datos o informes que lleguen a su conocimiento con motivo del ARRENDAMIENTO, por lo que una y otros mantendrán absoluta confidencialidad, inclusive después de terminado el contrato, de cualesquiera hechos o actos relacionados con el ARRENDAMIENTO, a los que, de modo directo, indirecto o incidental, hubieran tenido acceso, por lo que no podrán usarlos para beneficio propio o de terceros sin autorización expresa de la “API”. La contravención de lo señalado en esta cláusula dará lugar a que la “API” demande daños y perjuicios que se llegasen a ocasionar.
La obligación de confidencialidad de que aquí se trata incluye el compromiso del “PROVEEDOR”, así como de los terceros con quienes contrate, de no hacer declaración alguna relacionada con el ARRENDAMIENTO, a medios de información masiva, limitada o privada.
Lo anterior, con excepción de aquellos casos en que el “PROVEEDOR” o la “API” se encuentren obligados a entregar dicha información con motivo de requerimientos efectuados por autoridades competentes.
Asimismo, los trabajos que genere el “PROVEEDOR” serán confidenciales y de propiedad exclusiva de la “API” y el “PROVEEDOR” no se reserva derecho de propiedad alguno producto del ARRENDAMIENTO.
DÉCIMA SEXTA: Patentes, Marcas y Derechos De Autor.
El “PROVEEDOR” asumirá la responsabilidad total para el caso que al proporcionar el ARRENDAMIENTO a la “API” infrinja patentes o marcas, o viole registros de derecho de autor.
En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad industrial o intelectual, la responsabilidad estará a cargo del “PROVEEDOR”, según sea el caso.
DÉCIMA SÉPTIMA: Información y apoyo.
La “API” proporcionará oportunamente la información necesaria para el desarrollo de las actividades que ejecutará el “PROVEEDOR” inherentes al ARRENDAMIENTO. Asimismo, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo que antecede, y para lograr la adecuada coordinación de las labores del “PROVEEDOR” con el personal de la “API”, las relaciones entre las partes se manejarán por conducto del primero y la Gerencia de
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Administración y Finanzas, a través del área o servidor público que designe. Dichas personas estarán autorizadas para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que deriven de este contrato a favor o a cargo de la parte a quien representan.
DÉCIMA OCTAVA: Eficiencia.
El “PROVEEDOR” será el único responsable de la cabal, eficiente y satisfactoria realización del ARRENDAMIENTO objeto de este contrato y no podrá evadir sus responsabilidades y obligaciones contractuales.
Igualmente el “PROVEEDOR” será responsable por los daños y perjuicios que con motivo del ARRENDAMIENTO materia de este instrumento, cause por negligencia a la “API” o a terceros.
Sólo se considerarán cumplidas las obligaciones contraídas por el “PROVEEDOR” en el presente contrato, hasta el momento en que haya sido prestado a entera satisfacción de la “API”, el ARRENDAMIENTO a que se refiere la cláusula PRIMERA de este contrato.
DÉCIMA NOVENA: Cesibilidad.
El “PROVEEDOR” no podrá ceder en forma parcial ni total los derechos u obligaciones que derivan de este contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la aprobación expresa y por escrito de la “API”.
VIGÉSIMA: Notificaciones.
Cualesquiera notificación o diligencia relacionada con lo establecido en este contrato se entenderán válidas y eficaces si se hacen o practican en los domicilios señalados por las partes en el capítulo de declaraciones, mientras alguna de ellas no dé noticia fehaciente de su cambio de domicilio a la otra, si lo hubiere.
VIGÉSIMA PRIMERA: Subsistencia de las obligaciones.
En cualquier evento de terminación anticipada o rescisión de este contrato, subsistirán las obligaciones del “PROVEEDOR” cuyo cumplimiento, por su naturaleza, por disposición de la ley o por voluntad de las partes, se haya diferido de hecho o deba diferirse a una fecha posterior.
VIGÉSIMA SEGUNDA: Impuestos y derechos.
Cualquier impuesto o derecho que se cause con motivo del otorgamiento o de ejecución de este contrato será a cargo de la parte que deba cubrirlo de acuerdo con
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las leyes fiscales aplicables, sin perjuicio de la obligación de retención que, en su caso, corresponda a la “API”.
VIGÉSIMA TERCERA: Modificaciones al contrato.
Cualquier convenio por virtud del cual se modifiquen las estipulaciones contenidas en este contrato o en sus anexos deberá otorgarse por escrito para que tenga validez y eficacia, siempre que las modificaciones no rebasen, en conjunto, el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos o volúmenes establecidos originalmente en el mismo y el precio de los bienes, arrendamientos o servicios sea igual al pactado originalmente, de conformidad con el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La API podrá solicitar al “PROVEEDOR” incrementar la cantidad de bienes adquiridos o arrendados o de los servicios contratados, para que se entreguen o presten dentro del plazo originalmente convenido o, si el área contratante lo considera conveniente, ampliar la vigencia del contrato. En caso de que el “PROVEEDOR” acepte, la API ” convendrá con el mismo el incremento del monto del contrato.
Cuando la “API” requiera ampliar únicamente el plazo o la vigencia del contrato, y esto no implique un incremento en el monto total contratado o de las cantidades de bienes adquiridos o arrendados o de los servicios contratados, si cuenta con el consentimiento del “PROVEEDOR”, se podrá suscribir el convenio modificatorio para ampliar la vigencia. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los bienes o la prestación del servicio sólo procederá para caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a la “API”, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos.
En los supuestos previstos en el párrafo anterior no procederá aplicar al “PROVEEDOR” penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por el “PROVEEDOR” o por la “API”.
Las modificaciones en monto, plazo o vigencia del contrato conllevarán el respectivo ajuste a las garantías correspondientes, siempre y cuando dicho incremento no se encuentre cubierto por las garantías originalmente otorgadas.
VIGÉSIMA CUARTA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES.
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EL PROVEEDOR se obliga a designar por escrito y a establecer un representante una vez formalizado el presente Contrato, el cual deberá tener poder para cumplir con los términos y condiciones pactados en el Contrato, en todo lo relacionado con la adquisición de los bienes. La API se reserva el derecho de su aceptación, o en su caso la solicitud de su sustitución, el cual podrá ejercer en cualquier tiempo.
La API en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 55-A del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del Contrato a quien tendrá las facultades y obligaciones que señala el precepto indicado.
VIGÉSIMA QUINTA: Solución de controversias.
Para la decisión de cualesquiera controversias o conflictos que se suscitaren con motivo de la interpretación, del cumplimiento o del incumplimiento de este contrato, las partes pueden iniciar el procedimiento de conciliación previsto en los artículos 77, 78 y 79 de la Ley