P LIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO
P LIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA
LA CONTRATACION DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO
INCISO: 18
Unidad Ejecutora: 01
Asto. 1/2402/12
APERTURA: La Apertura de las ofertas se realizará el 10 de diciembre de 2012 a la hora 14, en el local del Departamento de Servicios Generales, Sección Adquisiciones sito en Ituzaingó 1474. Primer Piso.
1. OBJETO
Se convoca a Licitación Abreviada para la contratación de:
Servicio de mantenimiento integral del grupo electrógeno XXXXXX DP 45 que comprenda una visita mensual preventiva con controles de:
Nivel de aceite del motor
Sistema de lubricación y enfriamiento,
Lubricación del motor
Tablero de control y comando
Limpieza del equipo
Filtros de aire, aceite y combustible
.
CONSULTAS: Sección Conservación y Talleres teléfono 00000000.
Se deberá especificar, margen de respuesta a llamados de emergencia que se requieran.
Por el período comprendido entre la fecha de la notificación al oferente del acto de adjudicación dictado por el Ordenador competente, (artículo 69 del TOCAF) y el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxx xxxxxxxxx xx xxx xxxxxxxxx que puedan pactarse de conformidad al artículo 74 del mencionado cuerpo normativo.
2. GARANTÍAS DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Se exonera de la presentación de garantía de mantenimiento de oferta. En caso de incumplimiento se sancionará con una multa equivalente al 5 % (cinco por ciento) del monto máximo de la propuesta.
Cuando el monto de la oferta supere el tope de la licitación abreviada y el oferente optare por presentar garantía de mantenimiento de oferta, el monto de dicha garantía será de $ 70.000,00 (setenta mil pesos uruguayos con 00/100)
Los adjudicatarios podrán garantizar el fiel cumplimiento del contrato mediante cualesquiera de las forma previstas en el artículo 64 del decreto 150/2012 (TOCAF), por un valor equivalente al 5% (cinco por ciento) de la adjudicación. No obstante, podrán optar por no presentarla. En dicha hipótesis el incumplimiento se sancionará con una multa equivalente al 10 % (diez por ciento) de la adjudicación.
Para ambas garantías será de aplicación lo dispuesto por el articulo 64 del Decreto N° 150/2012 de 00 xx xxxx xx 0000 (XXXXX).
3. DEFINICIONES E INTERPRETACIONES
El término "Administración" identifica a la Corte Electoral.
El término "oferente o proponente" designa a la persona, empresa, grupo de empresas, o consorcios que presenten o sometan formalmente una oferta para ejecutar el suministro, actuando por sí o por medio de sus representantes debidamente autorizados. Si más de una persona física o jurídica pretenden presentar conjuntamente una oferta, lo deberán hacer consorciados.
El término “oferta” o “propuesta” es la declaración de voluntad recepticia, mediante la cual una persona física o jurídica o un consorcio, manifiesta querer asumir los derechos y obligaciones que se prevén en este Pliego, de conformidad con las normas aplicables.
El término "adjudicatario" se refiere al oferente cuya oferta haya sido adjudicada por acto administrativo firme dictado por la Administración. Cuando se establezcan o prevean obligaciones o responsabilidades del adjudicatario, siendo éste un consorcio, se entenderán referidas a todos y cada uno de los consorciados.
El término bienes refiere a todos los materiales, equipos, maquinarias, que el proveedor esté obligado a suministrar a la Administración, según las exigencias del presente Xxxxxx.
El término "contratista" o "proveedor" se refiere a la persona física o jurídica o grupo de empresas consorciadas, ya sea que actúe por sí o por medio de sus representantes legales.
El término "representante" se refiere a la persona designada por el contratista, con poderes suficientes para tratar y resolver todas las cuestiones relativas a la oferta y/o al contrato.
El término "suministro" significa el abastecimiento de materiales, equipos y otros servicios no personales objeto del contrato, que serán llevados a cabo por el contratista de acuerdo a las especificaciones detalladas en el Pliego de Condiciones.
Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Administración, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.
4. NORMATIVA APLICABLE
Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes normas:
T.O.C.A.F., aprobado por el Decreto 150/12, de 11 xx xxxx de 2012.
Artículo 8° de la Ley N° 16.134, de 24 de setiembre de 1990.
Decreto 53/993, de 28 de enero de 1993 (Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales).
Artículo 42 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996 y su Decreto reglamentario 395/998, de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información Financiera).
Decreto 342/999, de 26 de octubre de 1999 (Registro General de Proveedores del Estado) modificado por el Decreto 20/2002, de 16 de enero de 2002.
Ley N° 17.250, de 11 xx xxxxxx de 2000 y su decreto reglamentario N° 244/2000 de 23 xx xxxxxx de 2000. (Relaciones de consumo).
Decreto 500/991, de 27 de setiembre de 1991 (Procedimiento Administrativo).
Ley N° 16.879, de 21 de octubre de 1997 (Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías).
Artículo 581, Ley N° 17.296, de 00 xx xxxxxxx 0000 y Decreto 333/2001, de 00 xx xxxxxx xx 0000 (xxxxxxxxx impositiva).
Ley N° 17.060, de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción).
Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación.
Ley N° 17.957, de 4 xx xxxxx de 2006.
Ley Nº. 18.244 de 27 de diciembre de 2007
5. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.
6. PLAZOS, COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRORROGAS
6.1 Comunicaciones. Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse al Departamento de Servicios Generales, Sección Adquisiciones, sita en la calle Ituzaingó Nº 1474, primer piso, personalmente, por carta certificada con aviso de retorno, fax (2915.86.92 o 2916.85.57) o correo electrónico (xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.).
Quienes remitan comunicaciones o documentos al Departamento de Servicios Generales, Sección Adquisiciones, en cualquiera de las etapas de la negociación deberán conservar el comprobante de acuse de recibo por parte de ésta, el que podrá ser requerido siempre que la Administración lo considere pertinente. De no exhibirse tal recaudo, se tendrá por no presentada.
Los oferentes deberán constituir domicilio en Montevideo y denunciar el domicilio real de todos los integrantes del consorcio, en caso de que la oferta sea presentada por más de una persona física o jurídica. Dichos domicilios se considerarán válidos mientras no se constituyan o denuncien nuevos en su reemplazo.
La comunicación del cambio de domicilio deberá cumplirse mediante escrito presentado en el expediente de licitación.
6.2 Aclaraciones y consultas. Quienes hayan retirado el Pliego de Condiciones Particulares podrán pedir al Departamento de Servicios Generales -Sección Adquisiciones-, por cualesquiera de los medios mencionados en el artículo precedente, aclaraciones o consultas específicas, mediante comunicación escrita, hasta cinco (5) días, antes de la fecha establecida para el acto de apertura de las ofertas. Vencido dicho término, la Administración no estará obligada a proporcionar datos aclaratorios.
Las consultas serán contestadas por el Departamento de Servicios Generales, en el plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas a partir de su presentación.
La Administración comunicará las aclaraciones, así como cualquier información ampliatoria que ella estime necesario realizar, a través de alguno de los medios establecidos en el numeral 6.1 Comunicaciones, a todos los que hayan retirado el Pliego de Condiciones Particulares.
6.3 Prórroga. Cualquier oferente podrá solicitar prórroga de la fecha de la apertura. La Corte Electoral se reserva el derecho de resolver, discrecionalmente, sobre la misma, sin prejuicio de la potestad de disponer la misma de oficio. En cualquier caso la prórroga se comunicará de igual forma que el llamado original.
6.4 Plazos. Los plazos establecidos en este Pliego se computan en días hábiles administrativos, de conformidad a lo que establece el artículo 155 del decreto 150/2012 (TOCAF) .Se entenderá por días hábiles aquellos en que funcionan las oficinas de la Administración Pública. Son horas hábiles las correspondientes al horario fijado para el funcionamiento de dichas oficinas (artículo 113, Decreto 500/991).
Las fechas señaladas para realizar actos o hechos, y las fechas de vencimiento de los plazos, que resultaren inhábiles, se prorrogarán automáticamente hasta el día hábil inmediato siguiente.
Los plazos se computan a partir del día siguiente al del acto o hecho que determina el decurso del plazo.
7. PROPUESTA
7.1 Las ofertas deberán presentarse por escrito, en original y dos copias. Cuando estén integradas con folletos ilustrativos y normas técnicas, éstos deberán presentarse por duplicado.
7.2 Las ofertas podrán ser presentadas por: personas físicas o jurídicas, con domicilio en el país o en el extranjero. En caso de consorcios y empresas que manifiesten la intención de consorciarse, y de conformidad a lo que se establece en los artículos 501 a 509 xx xxx Nº 16.060 de 4 de setiembre de 1989, deberán:
1) suscribir un acta que exprese la intención de consorciarse (o contrato de consorcio en su caso), con certificación notarial de firmas, detalle de los suministros que tomará a su cargo cada integrante del consorcio, así como las proporciones con que participa cada uno.
2) incluir toda la información requerida en este pliego para cada uno de los miembros integrantes del consorcio.
3) designar a uno de los integrantes, como responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de todos y cada uno de los miembros del consorcio.
4) dejar constancia en el Acta de Intención y posteriormente en el Contrato de Consorcio, que cada una de las empresas y sus representantes serán solidariamente responsables para con la Administración de todas las obligaciones contraídas en el marco de la licitación.
5) expresar la indivisibilidad de las obligaciones contraídas por cada empresa y sus representantes ante el organismo contratante y la no modificación del acta o contrato, sin la previa aprobación de la Administración.
6) Dentro de los 5 (cinco) días de notificada la resolución de adjudicación, el contratista deberá presentar el contrato de consorcio, con las condiciones aquí estipuladas y la obligación de su no modificación, sin el previo consentimiento de la Administración.
7) Transcurrido el plazo citado, sin que el adjudicatario diera cumplimiento a lo establecido en este literal, caducarán sus derechos, pudiendo la Administración reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.
7.3 Las propuestas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:
1) Justificación suficiente de la representación invocada cuando corresponda.
2) Formulario de inscripción en la Tabla de Beneficiarios del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF).
3) Garantía de mantenimiento de oferta cuando corresponda.
4) Constancias a que refiere la ley No. 18.244 de 27 de diciembre de 2007.
7.4 Las propuestas deberán redactarse en idioma español. A la propuesta podrá adjuntarse la documentación original en idioma extranjero, con traducción por un profesional autorizado debidamente legalizada. Las propuestas deben ser firmadas, escritas en forma clara, incondicionada e indubitable.
7.5 La oferta de productos debe brindar información clara y fácilmente legible sobre sus características, naturaleza, cantidad, calidad, composición, garantía, origen del producto, el precio, los datos necesarios para la correcta conservación y utilización del producto y, según corresponda, el plazo de validez y los riesgos que presente para la salud y seguridad de los usuarios.
7.6 La Administración otorgará plazo de 48 horas a los oferentes en aquellas situaciones en que los interesados no hayan presentado sus ofertas acompañadas de la documentación indicada en el Numeral 7.3 Si no fueran subsanadas esas omisiones, una vez otorgado plazo para ello, la oferta será desestimada.
Serán desestimadas las propuestas cuando: a) no se hayan presentado foliadas, en el envío por e-mail o fax, debe dejarse expresa constancia del número de fojas de la oferta; ; b) contengan cláusulas abusivas. Sin perjuicio de las causales que anteceden, las propuestas podrán ser desestimadas por la Administración siempre que no se adecuen a lo establecido en este Pliego
8. RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas serán recibidas hasta el día y hora de la apertura.
Estas podrán entregarse, personalmente en el lugar ya indicado, o por carta certificada con aviso de retorno, fax (2915.86.92 o 2916.85.57) o correo electrónico (xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.).
Las propuestas serán aceptadas exclusivamente hasta la hora dispuesta para el acto de apertura.
En la hora, día y lugar indicados en este llamado, serán abiertas las ofertas en presencia de los oferentes y/o representantes que concurrieren al acto.
Abiertas las ofertas se pondrá a disposición de todos los oferentes las copias para que tomen conocimiento de los precios y demás condiciones de todas las presentadas. Los oferentes pueden formular observaciones a las propuestas presentadas en ese momento, las que quedarán registradas en el acta de apertura.
9. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y DE CALIDAD
9.1 El servicio cumplirá con las técnicas especializadas de la actividad que se brindará.
9.2 El contratista deberá asegurar que el servicio se cumplirá en los siguientes lugares, días, horarios y condiciones detallado en el Objeto del llamado.
9.3 Los servicios ofrecidos deben cumplir con los requerimientos y exigencias que lo habiliten para cumplir eficazmente el servicio ofertado. Estas exigencias son mínimas, pudiendo ofrecer variaciones o alternativas, siempre que impliquen un mejor cumplimiento del servicio.
9.4 El proveedor de servicios que ofrece garantía por éstos, deberá ofrecerla por escrito, estandarizada cuando sea para servicios idénticos. Ella deberá ser fácilmente comprensible y legible, y deberá informar a la Administración sobre el alcance de sus aspectos más significativos.
Deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
Identificación de la persona física o jurídica que ofrece la garantía.
Identificación del proveedor del servicio.
Identificación precisa del servicio, con sus especialidades técnicas básicas.
Condiciones de validez de la garantía, su plazo y cobertura, especificando las partes del servicio cubiertas por la misma.
Domicilio y teléfono de aquellos que están obligados contractualmente a prestarla.
Condiciones de mantenimiento o conservación del servicio con especificación del lugar donde se efectivizará la garantía.
El certificado de garantía del servicio debe ser completado por el proveedor y entregado junto con el servicio a cumplir.
10. VALOR DE LA INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA
Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos contenidos en la oferta, tendrán carácter de compromiso, una vez aceptada aquella.
11. COTIZACIÓN DE LA PROPUESTA
11.1 Cotizaciones en condición plaza. Los precios cotizados deben incluir todos los gastos que cubran la entrega de la mercadería en el lugar que se establece en este Pliego.
Se deben cotizar los precios unitarios de cada uno de los artículos y discriminarse el costo y los impuestos.
En caso de que esta información no surja de la propuesta, se considerará que el precio cotizado comprende todos los impuestos.
11.2 Condiciones para suministros del exterior. Los precios deben cotizarse incluyendo costo, seguro y flete, hasta el destino de la mercadería, fijándose como tales: Zona Franca de Montevideo, Colonia, Florida, San Xxxx, Aeropuerto Internacional xx Xxxxxxxx y Puerto de Montevideo.
12. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS.
Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de sesenta (60) días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas.
No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; en caso contrario la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada.
13. FORMA DE PAGO
La Corte Electoral habilitará el pago a través del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) o mediante carta de crédito, según corresponda.
14. COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS
14.1 Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las ofertas serán los siguientes:
1. Calidad
2. Precio
3-Antecedentes de la empresa, con el Organismo, con la Administración y en plaza.
4- Respaldo técnico, idoneidad del personal, y equipamiento con el que se desarrollará la tarea.
14.2 La Administración se reserva el derecho de rechazar una propuesta: por falta de información suficiente o, a solicitar información complementaria, a fin de emitir un juicio fundado.
14.3 Para la comparación de las ofertas que coticen en moneda extranjera, se utilizarán los arbitrajes y tipos de cambio interbancario vendedor que rijan al cierre del último día hábil anterior a la fecha de apertura de las ofertas, publicados por la Mesa de Cambios del Banco Central del Uruguay.
14.4 Tratándose de suministros provenientes del exterior, en la comparación de las ofertas se respetarán las preferencias que se establezcan para países incorporados a organizaciones de comercio, comunidades o convenios aduaneros o de integración o producción a los que esté adherida la República Oriental del Uruguay.
A tales efectos, se exigirán los certificados de origen debidamente avalados por las autoridades competentes en los casos que correspondan.
14.5 La comparación de las ofertas se verificará incluyendo los impuestos. Cuando el oferente no desglose el importe de dichos impuestos, se considerarán incluidos en el monto de la oferta.
14.6 La preferencia a los productos nacionales frente a los extranjeros tendrá el alcance, naturaleza y procedimientos de cálculo establecidos en la normativa vigente. En estos casos no se incluirá el importe correspondiente al impuesto al valor agregado.
14.7 La información para la evaluación técnica será obtenida de las ofertas, pudiéndose en caso de dudas, solicitarse datos complementarios, quedando su costo a cargo del oferente.
15. ADJUDICACIÓN
La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la o las ofertas que considere más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio y también de rechazar a su exclusivo juicio, la totalidad de las mismas.
La Administración está facultada para:
adjudicar la licitación al proponente que reúna las mejores condiciones de las citadas en el artículo precedente, salvo que por razones fundadas, la adjudicación deba efectuarse a un único oferente;
no adjudicar algún ítem;
adjudicar parcialmente la licitación,,entre varios proponentes, por razones fundadas, así como aumentar o disminuir razonablemente las cantidades licitadas;
considerar como aspecto preponderante para rechazar una oferta, los antecedentes de los oferentes relacionados con la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones con la misma y, con otros organismos estatales.
La notificación de la resolución de adjudicación a la firma adjudicataria, constituirá a todos los efectos legales el contrato correspondiente a que refieren las disposiciones de este Pliego, siendo las obligaciones y derechos del contratista las que surgen de las normas jurídicas aplicables, los Pliegos, y su oferta.
AJUSTE DE PRECIOS.
El precio de los servicios que se contratan se ajustará anualmente por la variación del Indice de Precios al Consumo.
17. CONFORMIDAD CON EL SERVICIO.
Los servicios prestados serán controlados por el Departamento de Servicios Generales, quien procederá a prestar su conformidad por escrito, pudiendo realizar observaciones al mismo si a su juicio entiende que no se ajusta a lo pactado. Las observaciones se realizarán a través de Órdenes de Servicio, que serán notificadas al contratista.
En el caso que algún aspecto del servicio no se adecue a lo establecido en el presente Xxxxxx, el contratista, a su costo y dentro del plazo de 10 días, deberá corregirlo, no dándose trámite a la conformidad hasta que no haya cumplido con la exigencia que corresponda, sin perjuicio de la aplicación de las multas pertinentes.
Si vencido dicho plazo, el contratista no hubiese dado cumplimiento a lo solicitado, ni justificado a satisfacción de la Administración la demora originada, perderá la garantía de fiel cumplimiento de contrato
18. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
18.1 La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los oferentes, adjudicatarios o contratistas, derivadas de su oferta, adjudicación o contrato, sin perjuicio de lo dispuesto en el decreto 150/2012 (TOCAF), podrá dar mérito a que la Administración proponga o disponga, según el caso la aplicación de las siguientes sanciones, no siendo las mismas excluyentes ni taxativas, y pudiendo darse en forma conjunta.
apercibimiento
suspensión del Registro de Proveedores del Ministerio de Economía y Finanzas.
eliminación del Registro de Proveedores del Ministerio de Economía y Finanzas.
ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta
ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato
demanda por daños y perjuicios
publicaciones en prensa indicando el incumplimiento.
18.2 Será preceptiva la comunicación de la aplicación de sanciones, multas y rescisión contractual al Ministerio de Economía y Finanzas: Dirección General de Comercio, Dirección del Área de Defensa del Consumidor y al Registro de Proveedores del Estado.
19. IMPORTANTE.
Para el caso que por causa de fuerza mayor, en la fecha y hora indicadas las oficinas de la Corte Electoral no funcionaran, la apertura se efectuará el próximo día hábil en las mismas condiciones.
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