SERVICIO JURÍDICO EUROP ASSISTANCE
SERVICIO JURÍDICO EUROP ASSISTANCE
Las condiciones especiales, que a continuación se indican, privan de eficacia a lo estipulado en las condiciones generales exclusivamente en el supuesto en que exista contradicción expresa entre ambas quedando, por tanto, subsistente lo previsto en las condiciones generales que no se vea afectado por tal contradicción.
PRELIMINAR: DEFINICIONES.
En estas Condiciones Especiales tendrán la condición de:
ASEGURADO: Tendrán la consideración de Asegurados por la póliza los propietarios y los poseedores xxx xxxxx objeto del seguro. También serán considerados como Asegurados los copropietarios y los coposeedores xxx xxxxx objeto del seguro que, sin ánimo de lucro, lo cuiden y/o lo paseen.
OBJETO DEL SEGURO DE PROTECCIÓN JURÍDICA.
Garantizar los costes en los que pueda incurrir el Asegurado al efectuar reclamaciones, judiciales o extrajudiciales, contra terceros por los daños y perjuicios que estos terceros hayan causado al animal descrito en póliza y/o al Asegurado en cualquier situación en la que el animal haya intervenido, y en relación con el ejercicio de los servicios que se indican seguidamente y con el contenido que se concreta en la descripción de cada uno de ellos:
a) Reclamación de daños y perjuicios.
b) Juicios xx Xxxxxx.
c) Juicios Rápidos.
d) Gestión de sanciones administrativas.
e) Procedimientos Contencioso-Administrativo.
f) Acceso a la red de despachos de abogados.
g) Acceso a la red de gestorías.
h) Gestoría Administrativa. Asesoramiento.
SERVICIOS DEL SEGURO DE PROTECCIÓN JURÍDICA. RECLAMACIONES DE DAÑOS Y PERJUICIOS:
Europ Assistance garantiza los costes en que pueda incurrir el Asegurado por reclamaciones contra terceros, judiciales o extrajudiciales, por los daños y perjuicios causados al animal, o al Asegurado de la póliza cuando los daños se hayan ocasionado en cualquier situación en la que el animal haya intervenido, con independencia, caso de reclamación judicial, del procedimiento a través del cual haya de sustanciarse dicha reclamación. Todo ello, siempre que exista un tercero responsable conocido o identificable de los daños causados.
JUICIO XX XXXXXX:
Este servicio comprende la asistencia letrada en aquellos casos en los que el Asegurado ejercite acciones penales en un juicio xx xxxxxx por hechos relacionados con el objeto del seguro.
JUICIOS RÁPIDOS:
En caso de instarse diligencias urgentes, el denominado juicio rápido, el servicio incluirá la asistencia letrada en los supuestos de conformidad.
GESTIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS:
El servicio incluye la presentación de cuantos escritos sean necesarios para la defensa frente a los procedimientos administrativos sancionadores, relativas a la tenencia de perros, gatos y caballos, por importe de hasta 3.000 €.
El servicio incluye las vías administrativa y ejecutiva.
PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Es objeto de este servicio la interposición de cuantos procedimientos contencioso administrativo, relativos a las sanciones impuestas por la tenencia de perros y gatos y que sean previamente autorizados expresamente por Europ Assistance atendiendo siempre a consideraciones técnicas, objetivas, profesionales y al interés del Asegurado.
Están expresamente excluidas de este servicio las acciones y/u omisiones cometidas fuera del territorio español. ACCESO A LA RED DE DESPACHOS DE ABOGADOS:
El Asegurado tendrá derecho a una primera consulta gratuita en el despacho colaborador de Europ Assistance próximo a su domicilio en relación al objeto del seguro. En caso de necesitar los servicios de un letrado se le aplicará una tarifa bonificada.
ACCESO A LA RED DE GESTORÍAS:
El Asegurado tendrá derecho a acceder a la Red Nacional de Gestorías de Europ Assistance en condiciones económicas ventajosas y previamente establecidas por Europ Assistance.
GESTORÍA ADMINISTRATIVA. ASESORAMIENTO:
Este servicio incluye el asesoramiento telefónico sobre gestoría administrativa en relación con la tenencia de perros y gatos (inscripción en Registros Municipales, licencias, transporte, autorizaciones para viajar, caza y pesca, y cualesquiera otras relativas al objeto del seguro).
ELECCIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR:
El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente el Procurador y Abogado que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento, pero en el supuesto de que el Abogado elegido no resida en el partido judicial donde haya de sustanciarse el procedimiento base de la prestación garantizada, serán a cargo del Asegurado los gastos y honorarios o desplazamientos que dicho profesional incluya en su minuta.
Los honorarios de los abogados y procuradores libremente designados por el Asegurado quedarán limitados a la cantidad que se especifica en el apartado de Capitales Asegurados de estas Condiciones Especiales y siempre que se hayan minutado o facturado conforme a lo establecido por las normas sobre honorarios de los respectivos Colegios Profesionales.
Antes de proceder a su nombramiento, el Asegurado comunicará a Europ Assistance el nombre del Abogado y Procurador elegidos. Europ Assistance podrá recusar justificadamente al profesional designado y, de subsistir la controversia, se someterá al arbitraje legalmente previsto.
El Asegurado tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de Xxxxxxx y Procurador en los casos en que se presente conflicto de intereses entre las partes del Contrato.
El Abogado y Procurador designados por el Asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones de Europ Assistance.
EXCLUSIONES
Además de las exclusiones contempladas en el artículo 7.2 de las condiciones generales de la póliza, se conviene de forma expresa que en ningún caso estarán cubiertos los siguientes supuestos:
1. El cumplimiento de las obligaciones impuestas al asegurado por sentencia o resolución administrativa.
2. El pago de multas y la indemnización de gastos originados por sanciones.
3. Las indemnizaciones, multas o sanciones económicas a que fuere condenado el asegurado, los tributos de los que fuera sujeto pasivo y los gastos de que procedan por acumulación o reconvención cuando se refieran a materias comprendidas en las garantía correspondientes.
4. Cuando el siniestro haya sido causado por mala fe del asegurado.
5. Los delitos, salvo que se especifique lo contrario.
6. Hechos producidos antes de la entrada en vigor del presente contrato de seguro.
7. Cuando el asegurado participe en pruebas deportivas, competiciones, juegos o apuestas en las que sea utilizado un vehículo a motor.
8. Las reclamaciones que puedan formularse entre sí los asegurados en esta póliza o por cualesquiera de estos contra el asegurador de la misma.
CAPITALES ASEGURADOS:
LA SUMA MÁXIMA ASEGURADA GARANTIZADA PARA EL CONJUNTO DE SERVICIOS DE PROTECCIÓN JURÍDICA SE ESTABLECE EN 6.000€ POR PÓLIZA Y AÑO.
COSTES CUBIERTOS:
En función de los servicios y capitales asegurados el Asegurador garantiza el pago de los siguientes gastos, previa presentación de las facturas originales:
1. Los honorarios y gastos del abogado.
2. Los derechos y suplidos del procurador, cuando sea preceptiva su intervención.
3. Las costas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos contencioso-administrativos.
4. Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la defensa de los intereses del Asegurado.
5. Los honorarios y gastos de peritos, cuando sean necesarios.
PRESTACIÓN DE GARANTÍAS:
Será solicitada por los Asegurados directamente por teléfono al 00 000 00 00, indicando su nombre, apellidos así como naturaleza de su problema y teléfono de contacto.
DELIMITACIÓN TERRITORIAL Y TEMPORAL:
Las garantías detalladas serán de aplicación para hechos ocurridos dentro del Territorio Español y con sujeción al Derecho y Tribunales españoles.
Son objeto de cobertura los hechos producidos durante el período de vigencia de la póliza de Responsabilidad Civil.
SERVICIO ORIENTACIÓN JURÍDICA TELEFÓNICA
Ponemos a su disposición un completo servicio de Asistencia Telefónica Especializada, con ello cuenta con un amplio grupo de profesionales, para que le informen y asesoren en las dudas o situaciones que le surgan en relación a su mascota.
SERVICIO DE INFORMACIÓN
A petición del Asegurado se facilitará información sobre:
Centros de acogida para animales de compañía. Hoteles con admisiones de perros y gatos.
Residencias vacacionales para perros y gatos.
Documentación necesaria para viajar con perros, gatos y caballos. Seguro obligatorio y registro de perros peligrosos.
Club de razas y asociaciones de criadores. Documentación necesaria para obtener el pedigrí. Concursos de belleza y comportamiento.
Cementerios de mascotas.
SERVICIO DE ASESORÍA. AYUDA LEGAL 24 HORAS
El servicio se prestará telefónicamente, excluyéndose la redacción de informes o dictámenes.
Se prestará Ayuda Legal de forma telefónica al Asegurado, y estará circunscrita a la existencia objetiva de una situación de urgencia.
ASISTENCIA JURÍDICA TELEFÓNICA. CONSEJO LEGAL
El servicio se prestará telefónicamente, excluyéndose la redacción de informes o dictámenes.
Este servicio dará respuesta a cualquier consulta de carácter jurídico o legal planteada referente a su ámbito personal y circunscrito a la legislación española (incluida la legislación autonómica relativa a la tenencia de animales). El horario de consultas será de 9 a 18 horas de lunes a viernes. Existirá un plazo máximo de respuesta de 24 horas y ésta será siempre telefónica. Se incluye la elaboración/revisión de los contratos más frecuentes (compraventa, arrendamiento, arras y préstamos).