Contract
XXXXXXXX X XXXXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XXX XXX XXX X.X. CORRESPONDIENTE A LA ORDEN DE INICIO N° Mediante este documento ACERIAS PAZ DEL RIO, S.A. en lo sucesivo ACERIAS, establece las condiciones generales que regirán exclusivamente para sus contratos con proveedores, en los cuales tenga la condición de adquirente y/o contratante de bienes, servicios, suministros y obras civiles. Estas condiciones generales no constituyen por si solas, una oferta pública o privada, ni una licitación. | CONTRACTING GENERAL TERMS AND CONDITIONS ACERIAS PAZ DEL RIO S.A. CORRESPONDING TO THE COMMENCEMENT ORDER X x XXXXXXX XXX XXX XXX, X.X. hereinafter ACERIAS, establishes hereby the general conditions governing exclusively its contracts with suppliers, wherein ACERIAS has the status of purchaser and/or CONTRACTOR of goods, services, supplies and civil works. These general conditions do not by themselves constitute a public or private bid or tender. |
1.- DEFINICIONES: Para los fines de este documento, a menos que expresamente se estipule de otra manera, los términos en mayúscula tendrán el significado asignado en esta cláusula. Los títulos de las cláusulas se incluyen con fines de referencia y de conveniencia pero de ninguna manera limitan, definen o describen el alcance y la intención del presente documento. | 1. - DEFINITIONS: For the purposes of this document, unless otherwise expressly provided, capitalized terms shall have the meaning assigned in this clause. The titles of the clauses are included for reference and convenience but shall in no way limit, define or describe the scope and intent of this document. |
ACERÍAS: Es Acerías Paz del Río, S.A sociedad anónima, con domicilio en Bogotá (Colombia), constituida por escritura pública No. 4410, otorgada el 17 de Septiembre de 1948, en la Notaria Cuarta del Circuito de Bogotá, y sus correspondientes reformas, con Registro en la Cámara de Comercio de Bogotá Número 18.073, identificada con Nit. 860.029.995-1. | ACERIAS: It refers to Acerías Paz del Rio S.A., a limited company, domiciled in Bogotá (Colombia), incorporated through public deed No. 4410, granted on September 17, 1948 at the Fourth Notary of the Circuit of Bogota, and its corresponding amendments, duly registered with the Chamber of Commerce of Bogotá under the number 18.073, with assigned taxpayer identification number 860029995-1. |
ACTA DE INICIO: Es el documento suscrito por el interventor y EL CONTRATISTA, en el cual se deja constancia de la fecha a partir de la cual empieza la ejecución del contrato una vez el mismo se encuentre debidamente perfeccionado (suscrito y con garantías | COMMENCEMENT RECORD: It refers to the document signed by the auditor and THE CONTRACTOR indicating the commencement date of contract performance once same is duly perfected (signed with approved guarantees). |
aprobadas). | |
ACTA DE LIQUIDACIÓN: es el documento suscrito por los representantes legales de las Partes o unilateralmente por ACERÍAS en los casos así previstos, que contiene el estado de cuenta del contrato, así como la declaración por parte del CONTRATISTA xx xxx y salvo a favor de ACERÍAS, una vez esta cancele los valores pendientes de pago. | LIQUIDATION RECORD: It refers to the document executed by the legal representatives of the parties or unilaterally by ACERIAS in specific cases which document contains the statement of account of the contract and the acquittance declaration by CONTRACTOR in favour of XXXXXXX once ACERIAS makes the outstanding payments. |
ACTA DE TERMINACIÓN: es el documento suscrito por el interventor y EL CONTRATISTA o unilateralmente por ACERÍAS en los casos así previstos, que contiene el estado de ejecución de los servicios, suministros y/o obras ejecutadas hasta el momento de su suscripción. | TERMINATION RECORD: It refers to the document executed by the auditor and THE CONTRACTOR or unilaterally by ACERIAS in the cases herein specified, which document contains the progress of the services, supplies and/or works performed upon the execution of such termination record. |
CONTRATO: Es el acuerdo de voluntades directamente encaminado a producir efectos jurídicos y patrimoniales entre las partes. El contrato está integrado por los presentes “Términos y Condiciones generales de contratación” y por las condiciones específicas de cada contratación, contenidas en el documento denominado “Orden de Inicio” y/o “Orden de Compra”. | CONTRACT: It refers to the agreement of xxxxx directly aimed to produce legal and property effects between the parties. The contract comprises these "General Contract Terms and Conditions" and the specific conditions of each contract contained in the document called "Commencement Order" and/or "Purchase Order." |
CONTRATISTA: Es el oferente seleccionado, una vez suscrito el contrato. | CONTRACTOR: It refers to the selected bidder, once the contract has been executed. |
OFERENTE: Es la persona natural o jurídica que ha presentado oferta o propuesta de contrato a ACERIAS para la contratación de bienes, servicios, suministros y obras civiles. | BIDDER: It refers to the natural or legal person who has submitted a bid or a contract tender to ACERIAS for the procurement of goods, services, supplies and civil works. |
OFERTA SELECCIONADA: Es la oferta o propuesta elegida por ACERIAS en los términos del artículo 845 del Código de Comercio. Ella deberá contener los elementos esenciales del negocio jurídico, así se trate de simple oferta o de un proceso de selección convocado bajo las condiciones de ACERIAS, pero en todo caso | SELECTED BID: It refers to the bid or tender selected by ACERIAS in the terms of Article 845 of the Commercial Code. It should contain the essential elements of the legal business, be it a simple tender or a bidding process called for under the conditions of ACERIAS, which should, in any event, contain a statement by the bidder |
debe contener la declaración del oferente de que conoce y se somete a estas Condiciones Generales de Contratación. | declaring that the bidder knows and submits to these Contract Terms and Conditions. |
ORDEN DE COMPRA: Es el documento por medio del cual ACERIAS manifiesta a EL CONTRATISTA que acepta la oferta. Este documento debe contener las condiciones específicas del contrato, pero en todo caso si existieren discrepancias con estas condiciones generales, prevalecerán estas, las cuales se entienden aceptadas por el CONTRATISTA desde la presentación de la Oferta. | PURCHASE ORDER: It refers to the document by which XXXXXXX states to CONTRACTOR that it accepts the bid. Such document should contain the specific conditions of the contract. Now, should there exist differences with these general conditions, these general conditions shall prevail, which shall be deemed accepted by CONTRACTOR from the submittal of the Bid. |
ORDEN DE INICIO: Es el documento que contiene las estipulaciones específicas y particulares de la contratación para cada clase de negocio jurídico, dependiendo de su objeto y alcance y requiere autorización previa del vicepresidente del área respectiva. | COMMENCEMENT ORDER: It refers to the document containing the specific and particular provisions of the contract for each type of legal business, depending on its purpose and scope and requires prior authorization from the vice president of the respective area. |
PARTES: Son ACERIAS y el CONTRATISTA SELECCIONADO una vez hayan suscrito el contrato, orden de inicio y/o orden de compra. | PARTIES: It refers to ACERIAS and the SELECTED CONTRACTOR once they have signed the contract, commencement order and/or purchase order. |
PRECIO: Es la contraprestación económica que debe pagar ACERIAS al CONTRATISTA con fundamento en las condiciones específicas del contrato, dicho precio incluye todos los costos y gastos directos e indirectos imputables al objeto contractual y aquellas obligaciones del CONTRATISTA sin remuneración específica. | PRICE: It is the economic consideration to be paid by ACERIAS to CONTRACTOR based on the specific conditions of the contract. Such price includes all direct and indirect costs and expenses attributable to the contract purpose and those CONTRACTOR's obligations without specific remuneration. |
2.- MANIFESTACIÓN Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA manifiesta en la fecha de perfeccionamiento del contrato que: a) Pondrá a disposición de ACERIAS los equipos y el personal idóneo para la | 2. - CONTRACTOR'S STATEMENT AND OBLIGATIONS CONTRACTOR states that it shall on the perfection date of the contract: a) Make available to ACERIAS the equipment and qualified personnel for |
ejecución de los servicios encomendados. b) Responderá por la calidad de los servicios, suministros, obras civiles y/o productos encomendados. c) Rehacer a su xxxxx los trabajos mal ejecutados, sin que ello implique modificaciones a los plazos establecidos. d) Cumplirá las obligaciones emanadas del contrato de manera tal que no infrinja o viole, por obtención ilegal, derechos de patentes, secretos industriales, derechos de autor o cualquier otro derecho de propiedad de terceros. e) Acatará las instrucciones dadas por ACERIAS o las personas designadas para este propósito, siempre y cuando éstas se impartan en desarrollo de las funciones que le corresponden dentro de la ejecución de los servicios encomendados. f) Se responsabilizará por el pago de todos los tributos, contribuciones fiscales, parafiscales, seguridad social y sindicales, resultantes de la prestación de los servicios objeto del contrato. g) Guardará sigilo sobre todas las informaciones recibidas o suministradas por ACERIAS o por sí, desarrolladas durante la ejecución de los servicios estipulados, así como después de la ejecución de los mismos, comprometiéndose, también por la no reproducción, transmisión o cesión a terceros de cualquier dato, documento o elemento obtenido en la prestación de los servicios, incluso después del término del contrato , salvo con expresa autorización por escrito de ACERIAS, bajo pena de responder civil y penalmente por sus actos. h) Entregar a ACERIAS, con ocasión de la terminación o rescisión del contrato, | the performance of the services entrusted to it. b) Be liable for the quality of services, supplies, civil works and/or products entrusted to it. c) Redo at its expense poorly performed work, without changing the established deadlines. d) Comply with the obligations under the contract in a manner that does not infringe or violate patent rights, trade secrets, copyrights or other proprietary rights of third parties. e) Abide by the instructions given by ACERIAS or by the persons designated for such purpose, provided that same are given in exercise of ACERIAS' duties related with the performance of services entrusted to it. f) Assume payment of all taxes, fiscal and quasi-fiscal contributions, social security and labor, resulting from the giving of services under the contract. g) Keep secrecy on all information received or supplied by ACERIAS or by itself, developed during the performance of the stipulated services as well as after the performance thereof, also committing not to reproduce, transmit or transfer to third parties any information, documents or other evidence obtained in the giving of services, even after the contract term except with express written permission of ACERIAS, under penalty of civil and criminal liability for its actions. h) Deliver to ACERIAS, in connection with the termination or rescission of the contract, all documents which shall have been produced as a result of the giving of the services entrusted to it, which shall become the exclusive property of ACERIAS. i) Comply with and enforce compliance with safety, hygiene, health and |
todos los documentos que hayan sido producidos como consecuencia de la prestación de los servicios encomendados, los que pasarán a ser de propiedad exclusiva de ACERIAS. i) Observará y hará cumplir las normas reglamentarias de seguridad, higiene, salud y medicina del trabajo (QHSE), dispuestas por ACERIAS. j) Respetará y atenderá todas las leyes estatales y municipales que disciplinen los servicios, suministros y/o obras civiles contratadas directa o indirectamente, satisfaciendo cualquier exigencia legal proveniente de la ejecución del contrato. k) Al CONTRATISTA le está vedada la subcontratación de los servicios encomendados, salvo expresa autorización de ACERÍAS otorgada por escrito l) EL CONTRATISTA deberá suministrar a ACERIAS, un certificado de antecedentes penales de los empleados que irán a trabajar dentro de las dependencias de la misma. m) Cumplir con sus obligaciones para con los sistemas de salud, riesgos profesionales (Nivel 5), pensiones y de aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, en relación con los trabajadores vinculados para la ejecución de los servicios contratados. (Art. 50, Ley 789 de 2002). n) EL CONTRATISTA se compromete a responder por todos los accidentes de trabajo ocurridos dentro de su área de actividades, y aún, por las acciones originadas en responsabilidad civil y penal, comprometiéndose, aún, en la eventualidad de que ACERIAS sea citada en algún proceso, a procurar la inmediata exclusión de ACERIAS de la | occupational medicine (QHSE), established by ACERIAS. j) Respect and obey all state and municipal laws that regulate the services, supplies and/or civil works directly or indirectly contracted, satisfying any legal requirement related with the performance of the contract. k) Refrain from subcontracting the services entrusted to it, unless with the express written permission of ACERIAS. l) Supply to ACERIAS a criminal record of the employees who will work within the ACERIAS' facilities. m) Comply with its obligations with health systems, occupational risks (Level 5) pensions and contributions to the Family Indemnities Fund, the Colombian Institute of Family Welfare ("Instituto Colombiano de Bienestar Familiar") and National Apprenticeship Service ("Servicio Nacional de Aprendizaje") in connection with workers recruited for the performance of contracted services. (Art. 50, Xxx 000 of 2002). n) CONTRACTOR commits to account for all work accidents occurring within its area of activities, and even, for actions originating in civil and criminal liability, engaging even in the event that ACERIAS be summoned to appear within any process, to ensure the immediate exclusion of ACERIAS from the dispute, assuming sole and exclusive responsibility for the payment of eventual credits from the process. o) Provide to its employees uniforms, food, transportation, lodging (if necessary) and all safety equipment necessary for the performance of their activities, obligating and supervising the use of Personal Protective Equipment (PPE'S "); p) Expressly waive the right to issue any credit title in connection with the services performed. However, |
controversia, asumiendo la única y exclusiva responsabilidad por el pago de eventuales créditos provenientes del proceso. o) Proveer a sus empleados uniformes, alimentación, transporte, alojamiento (si es necesario), así como todos los materiales de seguridad necesarios para el desempeño de sus actividades, obligando y fiscalizando la utilización del los Equipos de Protección Individual (“EPP’S”); p) EL CONTRATISTA renuncia expresamente a la facultad de emitir cualquier título de crédito en función de los servicios prestados, estando prohibido utilizar el contrato como garantía de transacciones bancarias y/o financieras de cualquier especie, así como efectuar operaciones de descuento, negociar, traspasar o cualquier forma de ceder los créditos provenientes de la ejecución del contrato a instituciones financieras, empresas de “factoring” o terceros, sin la previa y expresa autorización de ACERIAS; q) Completar y concluir los servicios, suministros y/o obras civiles dentro del costo y plazo pactados. r) Xxxxxxx y pagará toda multa, penalidad o sanción imputable a él, sus agentes y trabajadores que se imponga en el marco de la ejecución del Contrato por negligencia o incumplimiento de las leyes y normas aplicables en cualquier materia. s) En el evento que ACERIAS expide la orden de inicio o acepte la oferta y sea necesario introducir mercancías (ya sea materia prima, repuestos, bienes de capital, etc.), dicho ingreso cumplirá con la normatividad propia de Zonas Francas Especiales, por lo tanto EL CONTRATISTA se compromete a | CONTRACTOR shall be prohibited from using the contract as security for banking and/or financial operations of any kind, and from carrying out discount operations, negotiating, transferring or assigning in any way credits from the contract to financial institutions, factoring companies or third parties without the prior express authorization from ACERIAS; q) Complete and conclude the services, supplies and/or civil works at the agreed cost and within the established deadline. r) Assume and pay any fine, penalty or sanction attributable to it, its agents and employees to be imposed in connection with the performance of the Contract for negligence or breach of the applicable laws and rules on any subject. s) In the event that ACERIAS issues the commencement order or accepts the bid and it becomes necessary to introduce the goods (be they raw materials, spare parts, capital goods, etc.), such income shall comply with the laws applicable to Special Free Zones. Therefore CONTRACTOR commits to cooperate and perform all acts necessary and directed so that the import is granted customs and tax benefits that ACERIAS grants to the Special Permanent Free Trade Zone. CONTRACTOR represents and warrants that in those cases where the services, supplies and/or civil works associated with that purpose are located in the Special Permanent Free Trade Zone, same shall comply with the applicable conditions. |
colaborar y realizar todos los actos necesarios y conducentes para lograr que la importación goce de los beneficios aduaneros y tributarios que le otorga a ACERIAS la Zona Franca Permanente Especial. EL CONTRATISTA declara y reconoce que cuando los servicios, suministros y/o obras civiles, asociados a dicha finalidad, estén localizados en la Zona Franca Permanente Especial cumplirán con el régimen aplicable. Las anteriores manifestaciones y obligaciones no son taxativas. | The above statements and obligations are not exclusive. |
3.- INDEPENDENCIA. Exceptuando el vínculo contractual aquí establecido, el presente contrato no establece cualquier forma de sociedad, vinculación laboral, responsabilidad solidaria o subsidiaria entre ACERIAS y el CONTRATISTA, sus subcontratistas, dependientes, asociados y/o empleados, correspondiéndole a cada Parte, aisladamente, responder por las respectivas obligaciones y gastos provenientes de la contratación de su personal, sean de naturaleza civil, tributaria, laboral, entre otros, sean existentes o futuros. En consecuencia, El CONTRATISTA goza de plena autonomía, y las relaciones jurídicas del contrato se rigen por las normas del Derecho Civil y Comercial. De conformidad con lo anterior, el CONTRATISTA será y se considerará como una parte independiente y bajo ninguna circunstancia será considerado, agente, representante, empleado o simple intermediario de ACERIAS. | 3. - INDEPENDENCE. Except for the contractual relation established herein, this contract does not provide any form of partnership, labor relationship, joint or subsidiary responsibility between ACERIAS and THE CONTRACTOR, its subcontractors, employees, partners and/or employees. Accordingly, for each party shall be solely accountable for its respective liabilities and expenses arising from the employment of its staff, be they of a civil, tax or labor nature, among others, whether current or future. Consequently, CONTRACTOR has full autonomy, and legal relations of the contract shall be governed by the rules of the Civil and Commercial Law. In accordance with the foregoing, CONTRACTOR shall be and shall be considered as an independent party and shall never be considered an agent, representative, employee or a simple intermediary of ACERIAS. |
4.- SEGURIDAD, SALUD Y MEDIO AMBIENTE (SSMA).- | 4. - SAFETY, HEALTH AND ENVIRONMENT (SSMA).- |
EL CONTRATISTA será el única responsable de las actividades ejecutadas en virtud del Contrato, en todo aquello relacionado al medio ambiente y asume toda la responsabilidad, civil, penal y/o administrativa por los actos u omisiones de sus representantes legales, empleados o subcontratados, que causen o puedan causar cualquier daño ambiental. Serán de aplicación en este caso las disposiciones en la clausula de indemnidad y xxxxxxxx de responsabilidad. EL CONTRATISTA deberá observar y cumplir estrictamente las normas y reglamentos vigentes y aplicables relativos a seguridad, salud y medio ambiente expedidos por las autoridades gubernamentales, regionales y/o municipales, así como las normas expedidas por ACERIAS sobre estas materias. En tal sentido, queda expresamente establecido que EL CONTRATISTA se obliga a obrar con especial cuidado en estas materias. EL CONTRATISTA declara haber recibido, leído, comprendido y difundido a su personal, comprometiéndose a cumplir, lo que sea pertinente de acuerdo con la naturaleza de los servicios materia del presente Contrato, las políticas, normas y procedimientos que se señalan a continuación: a) Normas internas de ACERÍAS relativas a HSMC (Higiene, Seguridad, Medio Ambiente y Calidad). b) Normas internas de ACERÍAS relativas a DHO (Desarrollo Humano y Organizacional). c) Reglamento Interno de Seguridad, Salud y Medio Ambiente para Contratistas y Proveedores de ACERIAS. d) Sistema de Medio Ambiente, Salud y | CONTRACTOR shall be solely responsible for the activities carried out under the Contract, on all matters related to environment and assumes full, civil, criminal and/or administrative responsibility for acts or omissions of its legal representatives, employees or subcontractors, who cause or may cause any environmental damage. The provisions contained in the clause about indemnification and acceptance of responsibility shall apply in this case. CONTRACTOR shall strictly observe and comply with the effective rules and regulations applicable to safety, health and environment issued by government, regional, and local authorities, as well as the rules issued by ACERIAS on these matters. In this sense, it is expressly established that THE CONTRACTOR is obligated to act with special care in these areas. CONTRACTOR claims to have received, read, understood and disseminated to its staff, a commitment to comply, whichever is appropriate in accordance with the nature of the services covered by this Agreement, the policies, rules and procedures set forth below: a)Internal rules of ACERIAS relating to HSEQ (Health, Safety, Environment and Quality). b)Internal Rules of ACERIAS related to DHO (Human and Organizational Development). c) Internal Rules concerning Safety, Health and Environment for Contractors and Suppliers of ACERIAS. d)"NOSA" Environment, Health and Safety System, the program called "5S". |
Seguridad “NOSA”, el programa denominado “5S”. e) Procedimiento de Seguridad denominado “Reglas de Oro”. Sí, EL CONTRATISTA se percata que un riesgo no está contemplado como tal dentro de las normas y procedimientos internos de ACERIAS, deberá desarrollar sus propias normas y prácticas de seguridad y ambientales para dar una adecuada protección a la salud pública y al medio ambiente. Asimismo, EL CONTRATISTA deberá evaluar sus productos y/o servicios, identificar el riesgo potencial para la salud y el ambiente, y establecer los procedimientos y controles necesarios para evitar riesgos. Queda expresamente establecido que EL CONTRATISTA será el único y exclusivo responsable frente a cualquier autoridad del Estado Colombiano o ante cualquier tercero, por cualquier perjuicio que pudiera causar como consecuencia de haber incumplido, por causas imputables a la misma, con las normas de seguridad, salud y medio ambiente antes señaladas durante el montaje, puesta en marcha y operación de las Plantas Productoras. EL CONTRATISTA se compromete a que: 1. Durante la prestación de los servicios o realización de los trabajos, no causará ningún daño a la salud y/o al medio ambiente, sea a través de sus propios trabajadores o a través de subcontratistas, según sea el caso; 2. Tendrá a sus trabajadores afiliados y exigirá a sus subcontratistas que la afiliación al Sistema de Riesgos Profesionales se ajuste y corresponda al nivel de riesgo al cual estará expuesto el trabajador en desarrollo del objeto contratado; 3. En relación con el numeral anterior, pagará la cotización en el nivel equivalente de riesgo a la actividad que se desempeñe o ejecute en las instalaciones de Acerías. | e)Security Procedure called "Golden Rules." If CONTRACTOR becomes aware that a risk is not covered as such under the rules and procedures of ACERIAS, CONTRACTOR shall develop its own safety rules and environmental practices to provide adequate protection to public health and environment. CONTRACTOR should also assess its products and/or services, identify the potential risk to health and environment and establish the necessary procedures and controls to avoid risks. It is expressly established that CONTRACTOR shall be solely and exclusively liable before any authority of the Colombian State or before any third party, for any damage it may cause as a result of having failed, for reasons attributable to it, with safety rules, health and environment during the aforementioned assembly, commissioning and operation of the Production Plants. CONTRACTOR commits to: 1. Avoid any damage to health and/or the environment during the giving of services or performance of the works, , either through its own employees or through subcontractors, as applicable, 2. Have its workers affiliated and require subcontractors that affiliation to the Professional Risk System meets and falls within the level of risk to which the worker is exposed in furtherance of the contracted purpose, 3. In connection with the preceding paragraph, CONTRACTOR shall pay the contribution at the equivalent level of risk to the activity to be carried out or performed at ACERIAS' facilities. |
5.- INDEMNIDAD Y ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDAD Es obligación de EL CONTRATISTA excluir y mantener indemne a ACERIAS respecto de cualquier discusión, acción, reclamo, demanda o pretensión en la cual esta última pueda verse involucrada por hecho o acto de responsabilidad de EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA asume responsabilidad única y exclusiva por el pago de eventuales penalidades, moras, multas, sanciones y/o indemnizaciones originadas en procesos administrativos y/o judiciales y se obliga expresamente ante ACERIAS al total resarcimiento de cualesquiera sumas que ésta se viera obligada a pagar en tal caso, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de entrega del documento que acredite el pago por ACERIAS de dichas sumas. En todos los casos previstos en la presente Cláusula en los que ACERÍAS resulte vinculada en cualquier proceso judicial o administrativo derivado del Contrato, ACERIAS tendrá el derecho de asumir directamente la defensa del caso y designar a los asesores legales correspondientes, quedando obligado EL CONTRATISTA a asumir el pago de los honorarios legales que correspondan así como los costos y costas de los procesos respectivos. Las estipulaciones contenidas en el presente numeral no serán aplicables en el caso que las multas, penalidades, moras, sanciones, procesos administrativos y/o judiciales sean consecuencia de incumplimiento imputable a ACERÍAS. | 5. - INDEMNIFICATION AND ACCEPTANCE OF LIABILITY CONTRACTOR is obligated to exclude and hold ACERIAS harmless with respect to any discussion, action, suit or claim in which the latter may be involved due to a deed or act for which CONTRACTOR may be liable. CONTRACTOR assumes sole responsibility for the payment of any penalties, delays, fines, penalties and/or indemnities originated in administrative and/or judicial processes and expressly commits toward ACERIAS to make total compensation for any amounts which ACERIAS were obligated to pay in such case, within five (5) business days from the date of delivery of the document certifying the payment of such sums by ACERIAS. In all cases referred to in this clause in which ACERIAS be made part of any judicial or administrative process under the Contract, ACERIAS will have the right to directly assume the defense of the case and appoint the corresponding legal counsels, and CONTRACTOR shall assume payment of the corresponding legal fees, costs and expenses of the respective processes. The stipulations contained in this number shall not apply in the case that fines, penalties, arrears, penalties, administrative and/or judicial proceedings are a consequence of default by ACERIAS. |
6.- INCOMPATIBILIDADES. Las partes no podrán emplear en la ejecución | 6. - INCOMPATIBILITIES. The parties may not use in the performance of |
del contrato, a trabajadores que estén o hayan estado al servicio de la otra parte en el transcurso del último año. | the contract, workers who are or have been serving the other party during the past year. |
7.- COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD: Las Partes se comprometen y obligan a mantener toda la información que se obtenga durante la relación comercial derivada del contrato, así como su contenido, como Información Confidencial bajo el carácter xx xxxxxxx industrial y por consiguiente se obligan a no venderla, intercambiarla, publicarla, ni revelarla a ninguna persona distinta de las Partes y sus empleados salvo autorización escrita de la otra Parte. Los terceros autorizados deberán también mantener como confidencial la información entregada en los mismos términos establecidos en este documento. Las partes manejaran la Información Confidencial con el mismo grado de diligencia con el que manejan su propia información de carácter secreto o confidencial. La violación del deber de confidencialidad acarreará las sanciones previstas en la legislación colombiana, motivo por el cual EL CONTRATISTA cumplirá con las obligaciones de reserva de la información de ACERIAS que se configure como secreto industrial conforme al Artículo 260 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina. Las obligaciones relacionadas con la protección de la información confidencial de ACERIAS por parte del CONTRATISTA tendrán una vigencia de veinte (20) años contado a partir de la terminación de la relación jurídica derivada del perfeccionamiento del negocio jurídico. | 7. - CONFIDENTIALITY: The Parties commit and undertake to maintain all the information to be obtained during the business relationship derived from the contract as well as its contents as Confidential Information under a trade secret nature and therefore commit not to sell, exchange, publish, or disclose it to any person other than the Parties and its employees without the written authorization from the other party. Authorized third parties must also keep confidential the information provided in the same terms set forth herein. The parties will handle the Confidential Information with the same degree of diligence with which they manage their own secret or confidential information. The infringement of this confidentiality commitment will result in the penalties established by the Colombian law, for which reason CONTRACTOR shall comply with the obligations to keep confidential information belonging to ACERIAS considered as trade secret under Article 260, Decision 486 of the Commission the Andean Community. The obligations related with the protection by CONTRACTOR of confidential information belonging to ACERIAS shall have a term of twenty (20) years from the termination of the legal relationship resulting from the perfection of the legal business. |
8.- CONFLICTO DE INTERESES. EL CONTRATISTA acuerda y se compromete a | 8. - CONFLICT OF INTEREST CONTRACTOR agrees and undertakes to |
homologar su propia Política Empresarial de Ética y de Conflicto de Intereses, con la Política de Ética y Conflicto de Intereses de ACERIAS, establecida por esta empresa en sus operaciones o adoptarla en caso de que no la tenga. | homologate its own Business Ethics and Conflict of Interest Policy with the Ethics Policy and Conflict of Interest ACERIAS established by this company in its operations or to adopt it if CONTRACTOR does not have it. |
9.- NO EXCLUSIVIDAD NI PREFERENCIA. La contratación por parte de ACERIAS no implica exclusividad ni preferencia y por lo tanto EL CONTRATISTA entiende y acepta expresamente que ACERIAS puede celebrar contratos con otras personas naturales o jurídicas que tengan objeto similar o igual al celebrado con EL CONTRATISTA. | 9. – NO EXCLUSIVENESS NO PREFERENCE. Contracting by ACERIAS does not imply exclusiveness or preference and thus CONTRACTOR expressly understands and agrees that ACERIAS can enter into contracts with other individuals or legal entities having a purpose equal or similar to the one contracted with CONTRACTOR. |
10.- PAGOS. a.- Actas Mensuales de Pago: En los contratos de tracto sucesivo, al final de cada mes, El CONTRATISTA presentará para aprobación del interventor designado por ACERIAS, un acta mensual de pago indicando la cantidad y el valor de los servicios prestados y/o obra ejecutada, acta que deberá acompañarse de toda la información o documentos que ACERIAS requiera para su revisión, entre ellas copias de los recibos de pago a favor del sistema de seguridad social integral, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y Cajas de Compensación Familiar, por el periodo correspondiente al mes anterior, en relación con los empleados que utilice en la ejecución del contrato. ACERIAS podrá solicitar en cualquier momento al CONTRATISTA comprobar que se encuentra al día en el pago de salarios y prestaciones sociales de los empleados utilizados para el desarrollo del contrato y se reserva el derecho de no aprobar acta alguna cuando el CONTRATISTA no presente prueba suficiente de | 10. - PAYMENTS. a. - Monthly Payment Records: In successive chain of contracts CONTRACTOR shall, at the end of each month, submit for approval by the auditor appointed by ACERIAS, a monthly payment record specifying the amount and value of services rendered and/or work performed, together with all information or documents required for review by ACERIAS, including copies of receipts for the integral social security system, SENA National Learning Service, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF and Family Compensation Funds, for the period corresponding to the preceding month, in connection with employees to be recruited for the performance of the contract. ACERIAS may at any time request CONTRACTOR to prove that it has paid all salaries and social benefits of employees hired to develop the contract and reserves the right not to approve any record CONTRACTOR when CONTRACTOR fails to provide adequate proof of payment of those obligations. CONTRACTOR shall proceed in a similar way before paying |
pago de dichas obligaciones. EL CONTRATISTA deberá proceder de forma similar antes de pagar cualquier factura a sus subcontratistas. El interventor designando por ACERIAS revisará el acta y dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a su recepción la devolverá al CONTRATISTA con sus observaciones para que este prepare y presente la factura correspondiente. b.- Facturación y pagos: Las facturas que cumplan todos los requisitos legales deberán presentarse en las oficinas del Centro Único de Recepción de Facturas, ubicado en la Portería Uno, zona industrial Belencito, departamento de Boyacá. ACERIAS pagará al CONTRATISTA el monto aprobado de la factura, deducida cualquier retención exigida por la ley, dentro del plazo señalado por ACERÍAS. XXXXXXX se reserva el derecho de no pagar alguna factura, sin que ello constituya incumplimiento alguna x xxxx cuando el CONTRATISTA no haya entregado, previo a la presentación de la factura, la información requerida para realizar los pagos. c.- Retención de pagos: ACERIAS podrá retener cualquier monto que deba pagar al CONTRATISTA con cargo al contrato, inclusive el pago final cuando: El CONTRATISTA haya incumplido alguna de las obligaciones a su cargo o cuando por cualquier otra circunstancia, ACERIAS presente reclamación judicial o extrajudicial contra él. Se instauren reclamaciones contra el CONTRATISTA por parte de sus empleados, subcontratistas, proveedores o terceros. | any account to its subcontractors. The auditor appointed by ACERIAS shall, within ten (10) calendar days following receipt, review the record and return it to CONTRACTOR with comments so that CONTRACTOR can prepare and submit the corresponding invoice. b. - Billing & Payments: Invoices that meet all legal requirements should be submitted at the offices of the Centro Único de Recepción de Facturas, located in Portería Uno, Belencito industrial area, department of Boyacá. ACERIAS shall, within the period indicated by ACERIAS, pay CONTRACTOR the approved invoice amount, net of any withholding required by law. ACERIAS reserves the right to refuse paying any invoice, which refusal shall not constitute any noncompliance or delay if CONTRACTOR has not delivered prior to the submission of the invoice, the information required to make payments. c. - Withholding of payments: ACERIAS may retain any amount payable to CONTRACTOR under the contract, including the final payment if: CONTRACTOR has failed to fulfil its obligations or when for any other reason, ACERIAS shall file a judicial or extrajudicial claim against CONTRACTOR. Claims are filed against CONTRACTOR by its employees, subcontractors, suppliers or third parties. Claims are filed against CONTRACTOR |
Se instauren reclamaciones contra ACERÍAS por parte de empleados, subcontratistas o proveedores del contratista o terceros cuyas causas sean imputables al contratista. ACERIAS autorizará los pagos retenidos cuando: EL CONTRATISTA subsane el cumplimiento y satisfaga las reclamaciones presentadas contra él por XXXXXXX. Los fondos retenidos por ACERIAS por estos conceptos no serán reajustables ni generarán intereses a favor del CONTRATISTA. En todo caso ACERIAS podrá pagar directamente por cuenta del CONTRATISTA, cualquier suma que este adeude a sus subcontratistas, proveedores, empleados o terceros que tenga relación con el contrato, para lo cual ACERIAS se entiende irrevocablemente autorizado. Tales pagos se tratarán como pagos anticipados efectuados al CONTRATISTA y se debitarán de las actas de pago. d- Anticipo: En caso que XXXXXXX confiera al CONTRATISTA algún anticipo, este será pagado, previa presentación por parte del CONTRATISTA de la respectiva póliza de seguro. Las cuentas de cobro por anticipo serán pagadas al CONTRATISTA dentro del tiempo establecido por XXXXXXX y su pago estará sujeto a que EL CONTRATISTA le demuestre a ACERIAS, la inversión del desembolso de acuerdo con el plan de inversión. El CONTRATISTA deberá abrir una cuenta bancaria para el manejo exclusivo del anticipo y autorizará al Banco donde la abra para que mensualmente envíe copia del extracto al | by its employees, subcontractors, suppliers or third parties for reasons attributable to CONTRACTOR. ACERIAS will authorize withheld payments when: CONTRACTOR remedies any noncompliance and satisfies the claims filed against it by XXXXXXX. The funds withheld by ACERIAS on these accounts may not be adjusted; neither shall they accrue interest in favour of CONTRACTOR. In any event ACERIAS may, on behalf of CONTRACTOR, pay directly any sum related to the contract and owed to the subcontractors, suppliers, employees or third parties, for which ACERIAS shall be deemed irrevocably authorized. Such payments shall be treated as advance payments made to CONTRACTOR and will be deducted from the payment records. d-Advance: In the event ACERIAS grants CONTRACTOR any advance, same shall be paid after the prior submittal of the respective insurance policy by CONTRACTOR. Collection accounts for advances shall be paid to CONTRACTOR within the time established by ACERIAS on condition that CONTRACTOR proves to ACERIAS that the disbursement was spent in accordance with the investment plan. CONTRACTOR shall open a bank account for the exclusive handling of the advance and authorize the Bank to send a monthly copy of the extract to the |
interventor designado por ACERIAS. El anticipo será amortizado a partir de la segunda acta mensual de pago. En todo caso cualquier remanente que quedare por amortizar al terminar el contrato por cualquier causa, será descontado en su totalidad de cualquier suma que deba ACERÍAS al CONTRATISTA. e. pago final: ACERIAS efectuará al CONTRATISTA el pago final del contrato con base en las actas de terminación y liquidación del contrato, a que se hace referencia adelante. | auditor appointed by ACERIAS. The advance shall be amortized as from the second monthly payment record. In any event, any remainder to be amortized upon termination of the contract for any reason shall be discounted in full from any sum owed by ACERIAS to CONTRACTOR. e. Final payment: ACERIAS shall make the final payment of the contract to CONTRACTOR based on the termination and liquidation records of the contract referred hereinbelow. |
11.- GARANTÍAS DEL CONTRATO. EL CONTRATISTA, se obliga a constituir las garantías que se enuncian a continuación, o lo que se establezca expresamente en el contrato en favor de XXXXXXX y a satisfacción de ésta, cuyo otorgamiento contratará con una compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia. Las Garantías deberán ser constituidas dentro de los cinco (5) días comunes siguientes a la suscripción del contrato y deberán llevar anexo la respectiva constancia de pago de la prima cuya cuantía en ningún caso constituirá límite de su responsabilidad pues si resultare adeudando una suma mayor de la cubierta por la entidad garante deberá pagar directamente la diferencia a ACERIAS y/o terceros afectados. Los amparos exigidos serán los siguientes: Cumplimiento. Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que contrae por razón del contrato, por el veinte por ciento (20%) del valor estimado del contrato, y con una vigencia igual a la duración | 11. – GUARANTEES OF THE CONTRACT CONTRACTOR commits to furnish the guarantees mentioned below or whatever is expressly established in the contract in favour and to the satisfaction of ACERIAS. Such guarantees shall be obtained with an insurance company legally established in Colombia. The guarantees should be established within five (5) calendar days following the execution of the contract and shall be accompanied by the respective evidence of payment of the premium the amount of which shall never constitute a limit of its liability for if CONTRACTOR owed an amount higher than the one covered by the guarantor CONTRACTOR shall pay the difference directly to ACERIAS and/or to affected third parties. Below the required coverage: Performance. Twenty (20%) per cent of the estimated contract value and with an effectiveness equal to the one established in the contract plus four additional months in order to guarantee performance of any and all |
fijada en el contrato y cuatro meses más. Prestaciones Sociales, salarios e indemnizaciones. Para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales al personal al servicio de EL CONTRATISTA, por el veinte por ciento (20%) del valor estimado del contrato, y con una vigencia igual a la duración fijada en el contrato y tres años más. Responsabilidad civil. Para garantizar el pago de la indemnización de los daños y perjuicios que pueda causar a personas o a bienes de ACERIAS o de terceros con motivo de la ejecución del contrato. Por el veinte por ciento (20%) del valor estimado del contrato, y con una vigencia igual a la duración fijada en el contrato tres (3) meses más. Anticipo. Para garantizar el buen manejo y correcta inversión del anticipo por el ciento por ciento (100%) de la suma entregada en calidad de anticipo y por una vigencia igual a la duración del contrato y cuatro (4) meses más o hasta su amortización total, lo primero que ocurra. Pago anticipado. Para garantizar la devolución a ACERIAS por parte del CONTRATISTA del saldo a su cargo correspondiente a la diferencia que existiere entre las sumas totales recibidas por el pago anticipado y las sumas correspondientes a la porción cumplida del contrato. Por el cien por ciento (100%) del valor entregado a titulo de pago anticipado y con una vigencia igual a la duración del contrato y cuatro (4) meses más. Estabilidad y Conservación de Obra. Para | of the obligations that CONTRACTOR acquires under the contract. Social benefits, salaries and indemnities. Twenty (20%) per cent of the estimated value of the contract and with an effectiveness equal to the one established in the contract plus three additional years in order to guarantee payment of salaries, social benefits and labor indemnities to the personnel working for CONTRACTOR. Civil liability. Twenty (20%) per cent of the estimated value of the contract and with an effectiveness equal to the one established in the contract plus three (3) additional months in order to guarantee payment of the indemnification for damages that CONTRACTOR may cause to persons or to properties of ACERIAS or of third parties in connection with the performance of the contract. Advance. One hundred (100%) per cent of the amount delivered as advance and for an effectiveness equal to the contract term plus four (4) additional months and up to its total amortization, whichever occurs first in order to guarantee a good handling and the correct investment of the advance. Advance payment. One hundred (100%) percent of the value delivered as advance payment and with an effectiveness equal to the contract term plus four (4) additional months to guarantee the return by CONTRACTOR to ACERIAS of the balance due corresponding to the difference between the total sums received for advance payment and the sums corresponding to the fulfilled portion of the contract. Work Stability and Conservation. Fifty (50%) |
garantizar el riesgo que durante el término estipulado y en condiciones normales de uso, la obra sufra deterioros imputables al CONTRATISTA que impidan el funcionamiento para el cual se encomendó. Se constituye por cincuenta por ciento (50%) del valor estimado de contrato, y con una vigencia entre seis meses a cinco años, a partir de la fecha de entrega y recibo a satisfacción de ACERIAS mediante documento escrito. Correcto funcionamiento de Equipos. Para garantizar el correcto funcionamiento de los equipos suministrados o instalados por EL CONTRATISTA. Por el veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia de tres años a partir de la fecha de entrega y recibo a satisfacción de ACERIAS mediante documento escrito. Calidad de los elementos suministrados. Para garantizar los perjuicios derivados del incumplimiento imputable al CONTRATISTA, de las especificaciones técnicas que determinen la calidad de los bienes suministrados. Por el veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia de tres años a partir de la fecha de entrega y recibo a satisfacción de ACERIAS mediante documento escrito. Calidad de los servicios prestados. Para garantizar los perjuicios derivados del incumplimiento imputable al CONTRATISTA de las especificaciones técnicas que determinen la calidad de los servicios prestados. Por el veinte por ciento (20%) del valor del contrato, por la vigencia señalada en el contrato y dieciocho (18) meses más. Calidad de los estudios y diseños. Para garantizar los perjuicios derivados del incumplimiento imputable al CONTRATISTA de las especificaciones técnicas que determinen la calidad de los estudios y diseños suministrados. | of the estimated contract value and with an effectiveness between six months and five years counted as of the date of delivery and receipt satisfactory to ACERIAS through a written document to guarantee the risk of deterioration imputable to CONTRACTOR that the work may suffer and which impedes the functioning for which it was entrusted to it during the term stipulated and under normal conditions of use. Correct operation of the Equipment. Twenty (20%) per cent of the estimated value of the contract and with an effectiveness of three years counted as of the date of delivery and receipt satisfactory to ACERIAS through a written document to guarantee the correct operation of the equipment supplied or installed by CONTRACTOR. Quality of the information provided. Twenty percent (20%) of the contract value, valid for three years from the date of delivery and receipt to the satisfaction of ACERIAS through a written document to cover damage resulting from infringement by CONTRACTOR of the technical specifications which determine the quality of the services provided. Quality of services provided. Twenty percent (20%) of the contract value for the term specified in the contract, plus eighteen (18) additional months to cover damage resulting from non-compliance attributable to CONTRACTOR of the technical specifications that determine the quality of services provided. Quality of studies and designs. Ten percent (10%) of the contract value for the term specified in the contract, plus five (5) additional years to cover damage resulting from non-compliance attributable to |
Por el diez por ciento (10%) del valor del contrato, por la vigencia señalada en el contrato y cinco (5) años más. Incendio y rotura de maquinaria y equipos. Para garantizar los daños causados por la ocurrencia de incendio, rotura de partes mecánicas, rotura de la maquinaria, correcto uso, destinación y devolución del equipo que ACERIAS le entregue para su administración o uso, por una cuantía equivalente al valor comercial de la maquinaria o equipo y con vigencia igual al término de duración del contrato. Amparo de provisión de repuestos y accesorios: Para garantizar el suministro de repuestos y accesorios. La vigencia de la póliza será de tres años contados a partir de la fecha de entrega y recibo a satisfacción de los equipos por parte de ACERÍAS, por el diez (10%) del valor del contrato. Responsabilidad civil extracontractual servicio particular de transporte. Sin perjuicio de la obligación del CONTRATISTA de transporte de mantener vigente en todo momento el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito; para garantizar la indemnización de los daños y perjuicios que pueda causar al personal de ACERIAS, o a bienes de propiedad de éste o a terceros, con los vehículos que utilice para el cumplimiento del objeto del contrato con una vigencia igual a la duración del contrato y tres (3) meses más, deberá contar con el amparo de responsabilidad civil por cada vehículo y con los siguientes límites: Daños materiales a bienes de terceras personas: por una cuantía de trescientos millones de pesos m/cte. (300'000.000.oo). Muerte o lesiones a una persona: por una cuantía de trescientos millones de pesos m/cte. (300'000.000.oo). | CONTRACTOR of the technical specifications that determine the quality of the studies and designs provided. Fire and break of machinery and equipment. To cover damage caused by the occurrence of fire, breakdown of mechanical parts, breakage of machinery, to guarantee appropriate use, destination and return of the equipment delivered by ACERIAS for the administration or use thereof for an amount equivalent to the market value of machinery or equipment and with a term equal to the contract term. Coverage of provision of spare parts and accessories: To cover the supply of spare parts and accessories. The term of the policy shall be three years from the date of delivery and satisfactory receipt of the equipment by ACERIAS for ten (10%) of the contract value. Tort particular transport service. Without prejudice to the obligation of the transport CONTRACTOR to maintain current at all times the Statutory Transit Accident Insurance, to guarantee indemnities for damages that CONTRACTOR may cause to personnel working for ACERIAS or to property owned by ACERIAS or by third parties, with vehicles to be used to carry out the purpose of the contract for a period equal to the duration of the contract plus three (3) additional months, CONTRACTOR shall furnish civil liability coverage for each vehicle with the following limits: Material damage to property of others: for an amount of three hundred million pesos legal currency (300.000.000.oo). Death or injury to any person, amounting to three hundred million pesos legal currency (300.000.000.oo). Death or injury to two or more people: |
Muerte o lesiones a dos o más personas: por una cuantía de seis cientos millones de pesos m/cte. (600'000.000.oo) Asistencia Jurídica (gastos de defensa): Incluida. Amparo Patrimonial: Incluido. Parágrafo primero. La contratación de las pólizas de cumplimiento y responsabilidad civil por parte del CONTRATISTA, no lo exonera de su obligación de indemnizar a ACERIAS por todos los perjuicios extracontractuales o derivados del incumplimiento del contrato que no fuesen cubiertos por la mencionada póliza o en exceso de esta. Parágrafo segundo. Todos y cada uno de los deducibles de las pólizas de seguros, serán asumidos por y bajo la responsabilidad exclusiva del CONTRATISTA. Parágrafo tercero. En el caso que EL CONTRATISTA requiera subcontratar parte del alcance de los servicios a ella encomendados y ACERIAS autorice la subcontratación, EL CONTRATISTA deberá exigir de su subcontratista, la constitución de las garantías y seguros que le sean aplicables al objeto del subcontrato, teniendo en cuenta las coberturas indicadas en este documento. | an amount of six hundred million pesos legal currency (600.000.000.oo) Legal Aid (defense expenses): Included. Property coverage: Included. First paragraph. The taking of compliance and civil liability policies by CONTRACTOR shall not exempt CONTRACTOR from its obligation to indemnify ACERIAS for all extra contractual damages or from damages originated in the non compliance of the contract which were not covered by the mentioned policy or exceeded same. Second paragraph. Any and all deductible amounts of the insurance policies shall be borne by and under the sole responsibility of CONTRACTOR. Third paragraph. Should CONTRACTOR require to subcontract part of the scope of the services entrusted to it and ACERIAS authorizes such subcontracting, CONTRACTOR shall required its subcontractor to establish guarantees and insurances applicable to the purpose of the subcontract, taking into account the coverage indicated in this document. |
12.- GARANTÍAS ADICIONALES. Sin limitar los derechos que ACERIAS pueda por otra parte tener por ley y además de las garantías otorgadas como ha quedado expresado, el CONTRATISTA garantiza por dos (2) años, contado a partir de la fecha de vencimiento del plazo del contrato, que los bienes, servicios, materiales y equipos provistos no presentaran defecto o deficiencia alguna y cumplen con las especificaciones solicitadas. Si ACERÌAS observa defecto o deficiencia durante este periodo de garantía y | 12. - ADDITIONAL GUARANTEES Without limiting the rights that ACERIAS may otherwise have by law and in addition to the guarantees as it has been stated, CONTRACTOR guarantees for two (2) years, counted from the expiration date of the contract that the goods, services, materials and equipment provided do not have any defect or deficiency and meet the requested specifications. If ACERIAS notices any defect or deficiency during the guarantee period and has notified CONTRACTOR during that period or within a period of three months |
lo ha notificado al CONTRATISTA durante dicho periodo o dentro de un término de tres meses a partir del vencimiento de la garantía, el CONTRATISTA por su cuenta y cargo y a opción de ACERIAS diligentemente reparará o reemplazará la parte defectuosa (incluyendo mano de obra, materiales y otros servicios necesarios para efectuar la corrección de tal deficiencia). Carta de Crédito Stand By. Para la compra de productos, suministros o servicios del exterior el CONTRATISTA podrá optar por constituir las pólizas anteriormente mencionadas o constituir una carta de crédito Stand by a favor de ACERIAS por el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del contrato, la cual se regirá por el documento ISP98 de la CCI. La garantía bancaria será emitida por un Banco Internacional de primera categoría y confirmada por el Banco designado por ACERIAS, la cual será incondicional, irrevocable, a primer requerimiento. | from the expiration date of the guarantee, CONTRACTOR shall, at its own expense and as elected by ACERIAS, diligently repair or replace the defective parts (including labor, materials and other services needed for the correction of such deficiency). Stand By Letter of Credit. For purchases of products, supplies or services abroad, CONTRACTOR may decide to establish the policies referred to above, or establish a stand- by letter of credit in favor of ACERIAS for the compliance with the obligations under the contract, which stand-by letter of credit, shall be governed by the ISP98 document of the ICC. The bank guarantee will be issued by a first class International Bank and confirmed by the bank elected by ACERIAS, which guarantee will be unconditional, irrevocable, on first demand. |
13.- TERMINACION DEL CONTRATO. El contrato podrá terminarse así: 13.1.- Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales. Se señalan como causales, entre otras las siguientes: a) Incurrir el personal del CONTRATISTA, en grave falta debidamente comprobada en contra de terceras personas o de empleados de ACERIAS o que sean atentatorias contra su patrimonio. b) No otorgar dentro de los plazos estipulados las garantías solicitadas. c) No iniciar la ejecución de lo contratado en la fecha prevista. d) Si el avance de la ejecución de lo contratado no es satisfactorio para ACERIAS y EL CONTRATISTA se niega a efectuar las modificaciones, | 13. - TERMINATION OF CONTRACT. The contract may be terminated as follows: 13.1. - For breach of any contractual obligations. The following are identified as causes, inter alia: a) CONTRACTOR's staff engaging in duly proven serious fault against third parties or against employees of ACERIAS or which threatens ACERIAS property. b) Not grating the guarantees requested within the stipulated time. c) Failure to commence performance of the contract on schedule. d) If the progress in performance of the contract is not satisfactory for ACERIAS and CONTRACTOR refuses to make the changes, corrections or improvements specified by the auditor. |
correcciones o mejoras que indique el interventor. e) Cuando habiéndose suspendido por fuerza mayor no se reanuda dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que desapareció la causa. f) Por subcontratación o cesión del contrato de parte del CONTRATISTA sin que exista la autorización previa y escrita de parte de ACERIAS. g) El no pago oportuno de los salarios, prestaciones sociales y/o el incumplimiento de las normas legales del Sistema de Seguridad Social por parte del CONTRATISTA. h) Sí sobreviene la incapacidad técnica del CONTRATISTA. i) El no pago por parte de ACERÍAS de la obra y /o servicio contratado, siempre y cuando no exista incumplimiento por parte del CONTRATISTA. j) Será justa causa de terminación del contrato la inclusión del CONTRATISTA en la “SPECIALLY DESIGNATED NATIONALS AND BLOCKED PERSONS” de la OFFICE OF FOREIGN ASSETS CONTROL del DEPARTAMENTO XXX XXXXXX AMERICANO (Lista Xxxxxxx). k) El incumplimiento y/o violación de las normas SSMA impartidas por ACERIAS y de cumplimiento legal por parte del CONTRATISTA. PARÁGRAFO 1: En el evento de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, se generará a favor de ACERÍAS la correspondiente indemnización de perjuicios. PARÁGRAFO 2: ACERIAS podrá dar por terminado el contrato mediante comunicación dirigida al CONTRATISTA, y no será necesario requerimiento judicial alguno. 13.2.- Terminación anticipada del contrato: | e) If after suspended due to force majeure the contract is not resumed within five (5) days following the date on which the cause disappeared. f) Because of subcontracting or assignment of contract by CONTRACTOR without any prior written authorization from ACERIAS. g) Failure to make timely payment of salaries, benefits and/or breach of the legal rules of the Social Security System by CONTRACTOR. h) If technical incapacity of CONTRACTOR occurs. i) Non-payment by ACERIAS of the work and/or contracted service provided that CONTRACTOR has not incurred in non-compliance. j) It will be just cause for termination of the contract the inclusion of CONTRACTOR in the "“SPECIALLY DESIGNATED NATIONALS AND BLOCKED PERSONS” in the OFFICE OF FOREIGN ASSETS CONTROL OF THE U.S. TREASURY DEPARTMENT (Xxxxxxx List). k) The noncompliance and/or violation of the SSMA rules given by ACERIAS legally mandatory for CONTRACTOR. PARAGRAPH 1: In the event of breach of duty by CONTRACTOR, XXXXXXX will be entitled to the appropriate compensation for damages. PARAGRAPH 2: ACERIAS may terminate the contract by notice addressed to CONTRACTOR, for which no judicial requirement shall be necessary. 13.2. - Early termination of contract: Either party may terminate the contract at any time |
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato en cualquier momento antes de la expiración del plazo inicial o el de sus prórrogas, sin que la otra parte tenga que indemnizarlo. Para el efecto la parte que decida terminarlo dará aviso a la otra con una antelación mínima de treinta (30) días a la fecha a partir de la cual ha de hacerse efectiva la terminación anticipada, mediante comunicación suscrita por el respectivo Representante Legal, aviso que se entenderá surtido con la constancia de entrega de la comunicación al destinatario de la misma. PARAGRAFO: La anterior facultad solamente puede ser ejercida por la parte que en el momento de invocarla se encuentre en cumplimiento total de sus obligaciones contractuales. | before the expiry of the initial term or that of its extensions for which the other party will not be entitled to indemnification. For such purpose the party deciding to terminate it shall give notice to the other party at least thirty (30) days from the date on which the early termination is to become effective, through notice signed by the respective legal representative, which notice shall be deemed delivered with the evidence of delivery of the notice addressed to its recipient. PARAGRAPH: The above option can only be exercised by the party in full compliance with its contractual obligations at the time such party invokes such power. |
14.- MULTAS. El CONTRATISTA conviene, salvo evento de fuerza mayor, pagar a ACERIAS a título de multa, un valor equivalente al uno por ciento (1%) del Valor del contrato, por cada día de retraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones y hasta por un valor máximo del (20%) del Valor del contrato. ACERIAS podrá descontar estas sumas de los saldos adeudados por esta a EL CONTRATISTA. Para hacer efectiva la multa, ACERIAS deberá notificar por escrito mediante requerimiento debidamente motivado al CONTRATISTA, para que en el término de 10 días hábiles, acredite el cumplimiento o subsane la situación presentada. Si el incumplimiento se prolongase por más xx xxxx (10) días, ACERIAS, sin perjuicio de que siga causándose la multa a cargo del CONTRATISTA, podrá dar por terminado el contrato, con las consecuencias legales que fueren del caso y hacer efectiva las correspondientes garantías y pólizas. | 14. - FINES. CONTRACTOR agrees, except in case of force majeure, to pay ACERIAS as fines, an amount of one percent (1%) of the contract value for each day of delay in fulfilling any of its obligations and up to a maximum amount of twenty (20%) percent of the value of the contract. ACERIAS may deduct these amounts from the balances owed by it to THE CONTRACTOR. In order to enforce such fine, ACERIAS should notify in writing through a duly reasoned request to CONTRACTOR, so that within 10 business days, CONTRACTOR accredits compliance or rectifies the situation. If the noncompliance lasts longer than ten (10) days, ACERIAS may, without prejudice to the fine payable by CONTRACTOR, terminate the contract with any applicable consequences and enforce appropriate securities and policies. |
Las multas y/o sanciones impuestas a ACERIAS por cualquier autoridad competente generadas por actos imputables AL CONTRATISTA y/o sus agentes en desarrollo del contrato, son de responsabilidad exclusiva de este y serán de su cuenta el pago de los emolumentos económicos decretados por la autoridad. | Fines and/or penalties imposed on ACERIAS by any competent authority generated by acts attributable to CONTRACTOR and/or its agents in furtherance of the contract, are the sole responsibility CONTRACTOR also payment of economic emoluments ordered by the authority . |
15.- CLAUSULA PENAL. En el evento que ACERIAS de por terminado el contrato por incumplimiento del CONTRATISTA, además de los perjuicios efectivamente causados, EL CONTRATISTA pagará a ACERIAS a título xx xxxx una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, exigible sin necesidad de requerimiento judicial, y sin perjuicio de exigirse el cumplimiento de la obligación, las multas y /o la indemnización de perjuicios ACERIAS podrá descontar estas sumas de los saldos adeudados a EL CONTRATISTA. | 15. - PENALTY CLAUSE. If due to noncompliance by CONTRACTOR, ACERIAS terminates the contract, CONTRACTOR shall pay to ACERIAS in addition to the damage actually caused, a penalty equivalent to twenty (20%) percent of the contract value, which payment shall be enforceable without of injunction, and without prejudice to require compliance with the obligation, fines and/or compensation for damages. ACERIAS may deduct these amounts from the balances owed to CONTRACTOR. |
16.- RESPONSABILIDAD. La responsabilidad contractual y extracontractual de ACERIAS se limita, en todo caso, hasta a un valor equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor total del contrato, no asumiendo en consecuencia, obligación adicional por concepto de daños y lucro cesante ocasionados por causas directas o indirectas. | 16. - LIABILITY. Contractual and tort liability of ACERIAS will be limited in any case, up to a value equal to fifty (50%) percent of the total contract value. Therefore, ACERIAS shall not assume additional liability for damages and lost profits resulting from direct or indirect causes. |
17.- INTERVENTORIA. ACERIAS designará una persona natural o jurídica para que ejerza las funciones de interventoria del contrato en los términos del respectivo manual de funciones o las que de manera específica se le asignen. | 17. - AUDIT ACERIAS will designate either a natural or legal person to exercise the audit of the contract under the terms of the respective functions manual or under those to be specifically assigned to it. |
18.- PROPIEDAD INTELECTUAL. Los derechos correspondientes a la propiedad intelectual sobre los productos relacionados con la ejecución de lo encomendado, tales como informes, inventos, base de datos, planos, fotografías, reportes, memorias, dictámenes y recomendaciones, manuales y demás documentos impresos o magnéticos que desarrollen en razón del contrato o con fundamento en él, pertenecerán en forma exclusiva a ACERIAS y su utilización por parte del CONTRATISTA para efectos distintos de la ejecución del mismo contrato requerirá siempre de la autorización previa y escrita de ACERIAS, y por lo tanto, el CONTRATISTA cede y transfiere con el perfeccionamiento del contrato y de manera irrevocable, todos los derechos patrimoniales que se deriven de los mismos, siempre y cuando lo permita la ley aplicable, todos los derechos, títulos e intereses a ACERIAS. El CONTRATISTA se obliga a firmar los documentos necesarios y cooperará con la obtención del registro de las patentes, marcas y en general de cualquier derecho de autor que se derive del objeto contractual. Le queda prohibido a la CONTRATISTA actuar o asumir obligaciones de cualquier naturaleza en nombre de ACERIAS, a utilizar las marcas y/o nombre y logotipos de ACERIAS, o cualquier derecho de la misma relacionado con la propiedad intelectual, a menos que expresamente y por escrito lo autorice ACERIAS. | 18. - INTELLECTUAL PROPERTY. The rights to intellectual property on products related to the performance of the entrusted work, such as reports, inventions, database, drawings, photographs, reports, memories, opinions and recommendations, manuals and other printed or magnetic documents to be developed in connection with the contract or based on it, shall belong exclusively to ACERIAS and their use by CONTRACTOR for any purpose other than performance of the contract shall always require the prior written permission of ACERIAS. Therefore, CONTRACTOR irrevocably assigns and transfers upon the perfection of the contract and, all economic rights arising therefrom, if permitted by applicable law, all rights, title and interests in ACERIAS. CONTRACTOR agrees to sign the necessary documents and to cooperate with obtaining the registration of patents, trademarks and generally of any copyrights arising from the contractual purpose. CONTRACTOR is forbidden to act or to assume obligations of any kind on behalf of ACERIAS, to use the trademarks and/or name and logos of ACERIAS, or any right of ACERIAS related to intellectual property, unless expressly authorized in writing by ACERIAS. |
19.- FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. Si cualquiera de las Partes queda temporalmente impedida de cumplir sus obligaciones, en su integridad o en parte, a consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor | 19. - FORCE MAJEURE If either party is temporarily unable to fulfil its obligations, in whole or in part, as a result of unpredictable circumstances or force majeure in accordance with the provisions of the |
de acuerdo con lo previsto en el Código Civil Colombiano, deberá comunicar el hecho por escrito a la otra parte dentro de las 48 horas siguientes a su conocimiento, así como el detalle de la duración prevista y las consecuencias del evento. Constatada la ocurrencia del hecho, quedan suspendidas mientras dure el evento las obligaciones que las partes se vean impedidas de cumplir, las cuales deben retomarse tan pronto cesen los efectos del caso fortuito o fuerza mayor. No serán considerados caso fortuito o fuerza mayor las paralizaciones originadas en huelgas o cese de actividades que efectúen los trabajadores del CONTRATISTA o sus subcontratistas. Si el evento de caso fortuito o fuerza mayor durara más de treinta (30) días contados desde la fecha de su primera ocurrencia, cualquiera de las Partes tendrá derecho a terminar el Contrato, bastando para ello la simple comunicación por escrito a la otra parte. | Colombian Civil Code, such Party shall report such fact in writing to the other party within 48 hours after becoming aware of it, as well as the details of the expected duration and the consequences of the event. Once the occurrence of the event has been verified, the obligations that the parties cannot fulfil are suspended for the duration of the event, which should resume as soon as the effects of unforeseeable circumstances or force majeure cease. Stoppages originated in strikes or work stoppage of workers of CONTRACTOR or its subcontractors shall not be considered a fortuitous event or force majeure. If the event of unpredictable circumstances or force majeure lasts longer than thirty (30) days from the date of its first occurrence, either party may terminate the Contract, by simply giving written notice to the other party. |
20.- CESIÓN Y SUBCONTRATACION DEL CONTRATO. EL CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar total o parcialmente los trabajos objeto del contrato sin que medie la autorización previa, expresa y por escrito por parte de ACERIAS. Cedente y Cesionario y/o CONTRATISTA y Subcontratista serán siempre solidarios y mancomunadamente responsables frente ACERIAS en relación con las obligaciones contraídas en el contrato. | 20. - CONTRACT ASSIGNMENT AND SUBCONTRACTING. CONTRACTOR may not assign or subcontract all or part of the works subject matter of the contract without the prior express written permission from ACERIAS. Assignor and Assignee and/or CONTRACTOR and subcontractor shall always be jointly and severally liable to ACERIAS as regards their obligations under the contract. |
21. EJECUCIÓN DE TRABAJOS O SERVICIOS SIN LEGALIZACIÓN. EL CONTRATISTA, acepta y así lo manifiesta expresamente, que no tendrá derecho a pago | 21. PERFORMANCE OF WORK OR SERVICES WITHOUT CERTIFICATION. XXXXXXXXXX agrees and expressly states that it will not be entitled to any payment or |
alguno o reembolso en los siguientes casos: 1. Cuando inicie labores sin que previamente se haya suscrito y legalizado por los representantes legales el respectivo contrato. 2. Cuando realice labores distintas o adicionales a las consignadas en el objeto del contrato, sin que previamente se haya suscrito y legalizado por los representantes legales de las partes la modificación o adición pertinente. 3. Cuando realice cualquier trabajo en forma posterior a la terminación del contrato derivado del cumplimiento del plazo o por cualquier otra circunstancia, sin que previamente se haya legalizado y suscrito por los representantes legales la correspondiente prórroga o modificación. El CONTRATISTA renuncia desde ahora a cualquier reclamación originada en trabajos ejecutados en los términos señalados sin el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada caso. | reimbursement in the following cases: 1. When CONTRACTOR commences work without the prior signature and legalization of the respective contract by the legal representatives. 2. When CONTRACTOR performs works different or additional to those contained in the contract, without the prior signature and legalization of the relevant amendments or additions by the legal representatives of the parties. 3. When CONTRACTOR performs any work subsequently to the termination of the contract arising from the end of the deadline or any other circumstance, without the prior signature and legalization of the relevant renewal or amendment. CONTRACTOR waives henceforth all claims originated in works performed under the terms stated without complying with the requirements established for each case. |
22.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS, CONCILIACIÓN Y ARBITRAMENTO. Toda diferencia o controversia que se suscite con relación a la interpretación, ejecución, cumplimiento y liquidación del contrato que surja entre las partes será sometida en primer lugar al arreglo directo entre ellas, el que se intentará dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del aviso de inconformidad efectuado por una de las partes. Si en esta instancia no hubiere arreglo, se acudirá al mecanismo de conciliación en el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. | 22. - SETTLEMENT OF DISPUTES, CONCILIATION AND ARBITRATION. Any dispute or controversy regarding the interpretation, performance, compliance and settlement of the contract arising among the parties shall be submitted first to a direct settlement between them, which shall be attempted within fifteen (15) days following the notice of dissatisfaction by the other party. If no settlement is reached at this instance, the conciliation mechanism at the Arbitration and Conciliation Center of the Bogotá Chamber of |
Fracasada la etapa de conciliación, y el asunto versare sobre desacuerdos de naturaleza legal, relacionados con la interpretación, aplicación, desarrollo y liquidación del contrato y en general todos los desacuerdos distintos de aquellos de naturaleza técnica o contable, cualquiera de las partes podrá someter la diferencia a la decisión de un árbitro único designado por la Cámara de Comercio de Bogotá, mediante sorteo entre los árbitros inscritos en las listas que lleva esa Cámara si el asunto es menor a 400 salarios mínimos legales, ó por tres (3) árbitros si es superior a dicha cuantía. El arbitramento sea uno (1) o tres (3) los árbitros se sujetará a las disposiciones legales colombianas que lo regulan, según las siguientes reglas: a) Los árbitros deberán ser abogados inscritos y serán designados de común acuerdo por las partes, si no se produjere el acuerdo para el nombramiento de los tres árbitros, serán nombrados, a petición de cualquiera de las partes, por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, en la cual las partes delegan su designación total b) La organización interna del arbitramento se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá. c) Los árbitros aplicarán la legislación colombiana. d) El arbitramento funcionará en la ciudad de Bogotá, en el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de esta ciudad. e) Los árbitros se regirán por las leyes de la República de Colombia. f) La decisión adoptada será en derecho y tendrá carácter definitivo y obligatorio. | Commerce will be sought. If the conciliation stage proves unsuccessful, and the disagreements were on differences of a legal nature relating to the interpretation, application, development and settlement of the contract and in general all those disagreements of a technical or accounting nature, either party may submit the difference to the decision of a sole arbitrator appointed by the Chamber of Commerce of Bogota, by lot from among the arbitrators entered on the lists held by such Chamber if the matter is lower than 400 minimum legal salaries, or by three (3) arbitrators if exceeding that amount. The arbitration conducted by one (1) or three (3) arbitrators shall submit to the Colombian legal provisions which regulate the process in accordance with the following rules: a) The arbitrators should be attorneys at law and will be appointed by common agreement of the parties. If no agreement were reached for the appointment of three arbitrators, they will be appointed at the request of either party by the Arbitration and Conciliation Center of the Bogotá Chamber of Commerce in which the parties delegate their total appointment. b) The internal organization of the arbitration shall submit to the rules established for such purpose by the Arbitration and Conciliation Center of the Bogotá Chamber of Commerce. c) The arbitrators shall apply the Colombian law. d) The arbitration court will sit in the city of Bogotá, at the Arbitration and Conciliation Center of the Chamber of Commerce of this city. e) The arbitrators shall submit to the laws |
Los costos y gastos propios del proceso arbitral, incluidos pero sin limitarse a los honorarios de los árbitros y del secretario del Tribunal serán sufragados por las Partes por mitades, sin perjuicio de la eventual condena en costas que disponga el Tribunal de Arbitramento en el correspondiente laudo. Todos los costos relativos al procedimiento de arbitraje citado serán asumidos por partes iguales. | of the Republic of Colombia. f) The decision made shall be according to law and will be final and binding upon the parties. The costs and expenses of the arbitration process, including but not limited to the fees of the arbitrators and of the Court Secretary shall be borne equally by the Parties without prejudice to any order for costs which the Arbitration Court of Arbitration may impose in the resulting award. All the costs related to the arbitration process shall be borne equally by the parties. |
23. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS TÉCNICAS Y CONTABLES. Las diferencias de carácter técnico y contable se someterán a decisión de un perito y/o auditor, técnico o contable designado por las Partes de común acuerdo. En caso de desacuerdo para su designación se hará a través de una entidad gremial acordada por las partes y sufragada inicialmente por EL CONTRATISTA. Los gastos del peritaje serán a cargo de las partes en iguales proporciones y tendrá máximo ciento veinte (120) días calendario desde su designación para resolver la o las diferencias que se le presenten. La decisión de este perito será definitiva para las Partes. | 23. SETTLEMENT OF TECHNICAL AND ACCOUNTING DISPUTES Differences of a technical and accounting nature shall be submitted to an expert and/or auditor, technician or accountant designated by the parties by mutual accord. In case of disagreement, the appointment shall be made through a professional body chosen by the parties and initially funded by CONTRACTOR. The costs of expert's service shall be borne by the parties in equal parts. The expert will have up to one hundred twenty (120) calendar days from his appointment to resolve the differences submitted. The decision of the expert shall be final upon the Parties. |
24.- MODIFICACIONES AL CONTRATO. Cualquier modificación a las condiciones específicas del contrato deberá constar en actas debidamente suscritas por los representantes legales de las Partes. | 24. - AMENDMENTS TO THE CONTRACT. Any change to the specific conditions of the contract must appear in records duly signed by the legal representatives of the Parties. |
25.- DOMICILIO CONTRACTUAL Y LEY APLICABLE. | 25. - CONTRACT ADDRESS AND APPLICABLE LAW |
Las partes acuerdan como domicilio contractual la ciudad de Bogotá y que los derechos y obligaciones derivados del contrato se regirán por la ley civil y comercial de la República de Colombia, salvo que se trate de contratos internacionales. | The parties agree that the contract domicile is the city of Bogotá and that the rights and obligations under the contract shall be governed by the civil and commercial law of the Republic of Colombia, except in the case of international contracts. |
26.-INTERPRETACIÓN. a) En caso de controversia o conflicto entre la oferta seleccionada y/o las condiciones específicas y/o los Términos y condiciones generales de contratación, prevalecerá lo previsto en las Condiciones Generales de Contratación en todos los casos. b) El contrato prevalece sobre toda negociación, declaración, cartas de intención, memorandos de entendimiento, acuerdo previo verbal o escrito relacionado con el objeto del mismo. c) No obstante lo anterior, En los casos contemplados en las Clausulas 14 y 15, prevalecerá lo establecido en las condiciones específicas cuando así hayan sido pactadas. | 26.- CONSTRUAL a. In case of dispute or conflict between the selected bid and/or the specific conditions and/or the Contracting Terms and Conditions, the provisions contained in the General Contracting Conditions shall in all cases prevail. b. The contract shall prevail over any negotiation, statement, letters of intent, memoranda of understanding, prior verbal or written agreement relating to the subject matter. c. Notwithstanding the foregoing, in the cases referred to in Clauses 14 and 15, the specific conditions shall prevail when so agreed. |
27.- EFECTO O INVALIDEZ PARCIAL. La invalidez de cualquiera de los términos y condiciones del contrato no afectará la validez de cualquiera otra disposición del mismo. En caso que cualquiera de los términos y condiciones del contrato sea declarada ilegal, no aplicable o de alguna forma inválida, las partes aceptan que las demás disposiciones se considerarán válidas, vinculantes y obligatorias con posterioridad a la cancelación de la disposición inválida y harán todos los esfuerzos por reemplazar la cláusula declarada ilegal, no aplicable o inválida, por una legal y vinculante que refleje la intención inicial de las Partes. Lo anteriormente dispuesto, será igualmente | 27. - PARTIAL EFFECT OR INVALIDITY The invalidity of any of the contract terms and conditions shall not affect any other provision hereof. If any of the terms and conditions of the contract is declared illegal, not applicable or otherwise invalid, the parties agree that other provisions shall be deemed valid, binding and mandatory after the cancellation of the invalid provision and shall make all efforts to replace the clause declared illegal, unenforceable or invalid, by a legal and binding clause that reflects the original intention of the Parties. The above provision shall also apply in the case of declaration of illegality, inapplicability or invalidity of the entire |
aplicable para el caso de declaratoria de ilegalidad, inaplicabilidad o invalidez de la totalidad del contrato. | contract. |
28.- NOVACION. La eventual tolerancia a cualquier infracción a las disposiciones del contrato no configurará novación, renuncia o pérdida de cualquier derecho de las partes por fuerza de este contrato y de la Ley. | 28. - NOVATION. The eventual tolerance to any infringement of the provisions of the contract will not configure novation, waiver or loss of any right of the parties under this Agreement and the Law. |
29.- IMPUESTOS. Las retenciones en la fuente a que hubiere lugar y todo impuesto, tasa o contribución directa o indirecta, Nacional, Departamental o Municipal que se cause por razón de la celebración, ejecución y pago de este contrato serán de cargo exclusivo de la parte responsable del Tributo, conforme a la Legislación Tributaria Colombiana. EL CONTRATISTA discriminará el Impuesto sobre las Ventas (IVA) en cada factura cuando dicho Impuesto sea aplicable. | 29. - TAXES Any applicable withholdings at the source and any national, state or municipal tax, fee or direct or indirect contribution to be accrued in connection with the execution, performance and payment of this contract shall be the sole charge of the party responsible for such tax under Colombian tax legislation. CONTRACTOR will discriminate Value Added Tax (VAT) in each invoice when such tax be applicable. |
30.- ACTAS DE TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN FINAL. Al finalizar el contrato por cualquier causa, el Interventor designado por ACERÍAS y EL CONTRATISTA elaborarán el acta de terminación del contrato. Esta acta deberá ser suscrita también por el vicepresidente del área correspondiente de ACERÍAS y deberá estar acompañada de los siguientes documentos: Comunicación suscrita por el representante legal del CONTRATISTA, certificando que se encuentra x xxx y salvo por todo concepto relacionado con las obligaciones laborales para con los empleados utilizados para la ejecución del contrato, comprometiéndose a defender e | 30. - RECORDS OF TERMINATION AND FINAL SETTLEMENT At the end of the contract for any reason, the Auditor appointed by XXXXXXX and CONTRACTOR shall draw up the contract termination. Such report must be signed also by the vice president of the corresponding area of ACERIAS and must be accompanied by the following documents: Communication signed by the legal representative of CONTRACTOR, certifying that is it is fully paid up for any account related to labor obligations with its employees hired to perform the contract, committing to defend and hold ACERIAS harmless against any claim, action or claims filed |
indemnizar a ACERIAS frente a cualquier demanda, acción o pretensión instaurada por sus empleados por ese concepto. Constancia de pago de los aportes al sistema de seguridad social integral, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y Cajas de Compensación Familiar, que le correspondan al CONTRATISTA por razón del contrato. El acta de terminación del contrato debe ser suscrita a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes a la terminación del contrato y dentro de los veinte (20) día siguientes al vencimiento del plazo anterior, deberán suscribir el acta final de liquidación. Si el CONTRATISTA se negare a suscribir una u otra dentro de los plazos señalados, ACERIAS queda facultada para elaborarla y suscribirla unilateralmente. | by its employees on that account. Proof of payment of contributions to the integral social security system, SENA National Learning Service, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF and Family Compensation Funds, due by CONTRACTOR by reason of the contract. The termination record of the contract must be signed not later than ten (10) days following termination of the contract and the Final Settlement Record within twenty (20) days following the expiration of the above deadline. If CONTRACTOR refuses to sign one or the other within the prescribed period, ACERIAS may unilaterally draft it and sign it. |
31.- NOTIFICACIONES. Todas las notificaciones que deban hacerse en desarrollo del cumplimiento del contrato y/o negocio jurídico se harán por escrito y se considerarán otorgadas a las 24 horas siguientes de haber sido enviadas por medio electrónico, transmisión facsímil, servicio de mensajería con entrega al día siguiente o entrega en mano, o a los 5 días hábiles siguientes de haber sido enviadas por correo certificado y debidamente rotulado. La dirección de notificación de ACERIAS es la que aparece en el certificado de existencia y representación de la Cámara de Comercio. El CONTRATISTA será notificado en la dirección que aparece registrada en el certificado de existencia y representación legal y expedido por la respectiva Cámara de Comercio en la cual este inscrito. | 31. - NOTICES All notices to be given in furtherance of the contract and/or legal business performance shall be made in writing and shall be deemed granted within 24 hours after being sent by mail, facsimile transmission, courier service with overnight delivery or hand delivery, or 5 business days after being sent by registered mail, and duly labeled. The address for notices of ACERIAS is shown in the certificate of incorporation and legal representation issued by the Chamber of Commerce. CONTRACTOR will be notified at the address recorded in the certificate of incorporation and legal representation issued by the respective Chamber of Commerce in which it is enrolled. The notification address may be changed at any |
La dirección de notificación podrá ser modificada en cualquier momento por cualquiera de las partes, para el efecto bastará el envío de una comunicación con una antelación mínima de 5 días hábiles. | time by either party, for which a communication sent at least five business days in advance shall suffice. |
32. ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES. El CONTRATISTA acepta en forma expresa e irrevocable el presente documento que contiene los términos y condiciones generales de contratación, cuyo texto hace parte integral del contrato. | 32. ACCEPTANCE OF THE GENERAL CONDITIONS CONTRACTOR expressly and irrevocably accepts this document which contains the contracting terms and conditions, which text is an integral part of the contract. |
Acepto, EL CONTRATISTA Representante Legal | I accept CONTRACTOR Legal Representative |