ADJUDICACIÓN DE Contrato Menor de Suministro para REPOSICIÓN DE CABLEADO DE ALUMBRADO PÚBLICO EN S.1.3.
Secretaría-Contratación Núm. Expte: 1/2017/CM
Contrato Menor
COMUNICACIÓN
ADJUDICACIÓN DE Contrato Menor de Suministro para REPOSICIÓN DE CABLEADO DE ALUMBRADO PÚBLICO EN S.1.3.
Con fecha 14/02/2017, la Tenencia de Alcaldía, por delegación de la Alcaldía-Presidencia de fecha 16 xx Xxxxx de 2015, en el área de Régimen Interior, ha dictado la siguiente resolución:
ACTO: 2017000390 FECHA: 14/02/2017 | ÓRGANO: Secretaría-Contratación |
CARÁCTER: RESOLUCIÓN |
RESOLUCIÓN XX. XXXXXXXX XX XXXXXXX RÉGIMEN INTERIOR
Contrato Menor de Suministro para REPOSICIÓN DE CABLEADO DE ALUMBRADO PÚBLICO EN S.1.3.
En fecha 20/01/2017, el Sr. Concejal Delegado de Obras y Servicios, por delegación de la Alcaldía-Presidencia de fecha 16 xx Xxxxx de 2015, acreditó la necesidad de este Ayuntamiento de contratar el Suministro de REPOSICIÓN DE CABLEADO DE ALUMBRADO PÚBLICO EN S.1.3. cuyo precio ascendería a la cantidad de 11.593,93 € y 2.434,73 € de IVA.
Visto que con fecha 20/01/2017, se emitió pliego de características técnicas por el Técnico Municipal X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
Visto que con fecha 30/01/2017, se emitió informe de Intervención, en el que se acreditaba la existencia de crédito suficiente y adecuado para financiar el gasto que comporta la celebración del contrato; y se emitió informe sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente, a los efectos de determinar el órgano competente para contratar.
Resultando que en fecha 30/01/2017 se solicitan ofertas a diversas empresas y se publica en la página web del Ayuntamiento.
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Resultando que procediéndose a la apertura de las ofertas presentadas ha resultado ser la más ventajosa económicamente INTELEC S.L. con una oferta de 11.374,00 € IVA incluido, con informe favorable del Técnico Municipal en fecha 10/02/2017.
Presentándose también las empresas siguientes con las ofertas correspondientes:
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | 11.631,74 € |
HIJOS DE XXXX XXXXX XXXX, S.L. | 12.634,82 € |
DUCTOLUX S.L. | 12.776,70 € |
SOLVENTUS SL | 12.121,78 € |
XXXXXXX INGENIEROS, S.L. | 13.371,33 € |
Esta Tenencia de Alcaldía con delegación en el área de Régimen Interior, otorgada por la Alcaldía Presidencia en fecha 16/06/2015, haciendo uso de las facultades que le vienen conferidas por la vigente legislación de Régimen Local, RESUELVE:
PRIMERO. Aprobar el gasto correspondiente a la adjudicación de la ejecución del Suministro de REPOSICIÓN DE CABLEADO DE ALUMBRADO PÚBLICO EN S.1.3. por importe de 11.374,00 IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 165.63301 del vigente Presupuesto con informe favorable de intervención.
SEGUNDO. Adjudicar el Suministro relativo a REPOSICIÓN DE CABLEADO DE ALUMBRADO PÚBLICO EN S.1.3. mediante el procedimiento del contrato menor, con el contratista INTELEC S.L., con C.I.F. B-13358981 por un importe de 11.374,00 € IVA incluido al ser la oferta más ventajosa económicamente.
TERCERO. Notificar la resolución al adjudicatario y licitadores en el plazo xx xxxx días a partir de la fecha de la firma de la Resolución. Comuníquese al Sr. Concejal Delegado de Obras y Servicios, al Técnico Municipal y a la Intervención de Fondos.
RECURSOS PROCEDENTES:
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante la Tenencia de Alcaldía de Régimen Interior del Ayuntamiento de Alcázar de San Xxxx, de conformidad con los artículos 116 y 117 xx Xxx 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-
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Administrativo de Ciudad Real, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Xxxxxxx de San Xxxx, a 17 de febrero de 2017
Documento firmado electrónicamente por Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, SECRETARIA ACCTAL. del Excmo. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX DE SAN XXXX.
SR. INTERVENTOR MUNICIPAL
SR. CONCEJAL DELEGADO DE OBRAS Y SERVICIOS SR. TÉCNICO MUNICIPAL
PERFIL DEL CONTRATANTE
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