CONTRATO DE ADQUISICION Nº 015-2007-GM MOTOCICLETA PARA PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES EN EL MANEJO DE CULTIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POCOLLAY
MC N° 018-2007-MDP “ADQUISICIÓN DE MOTOCICLETA”
CONTRATO DE ADQUISICION Nº 015-2007-GM MOTOCICLETA PARA PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES EN EL MANEJO DE CULTIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POCOLLAY
Conste por el presente documento el Contrato de Compra Venta que celebran de una parte la Municipalidad Distrital de Pocollay, con RUC Nº 20147796987, con domicilio en Xxxxx Xxxx. Xxxxxxx Xx 00 xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx de Tacna, representada por su Gerente Municipal Abog. Xxxxx Xxxx Ale identificado con DNI Nº 00000000, a quién en adelante se denominará LA MUNICIPALIDAD y de la otra parte HONDA TATEPRO EIRL., con R.U.C. Nº 20209981484, con domicilio legal en Av. 2 xx Xxxx Nº 04 Tacna Cercado, a quién en adelante se le denominará EL CONTRATISTA representado por la Señor XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, identificado con DNI Nº 00000000, en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRELIMINAR
LA MUNICIPALIDAD, regida por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, está facultada por lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio fiscal 2007 a efectuar las adquisiciones de bienes y servicios, de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.
EL CONTRATISTA es una persona natural o jurídica, debidamente constituida e inscrito en los Registros Públicos, su objeto es el definido en su Estatuto; y como consecuencia de la Menor Cuantía Nº 018-2007-MDP I CONVOCATORIA, se le ha otorgado la Buena Pro, de los siguientes Ítems:
ITEM |
PBS |
PROYECTO |
DESCRIPCION DEL BIEN |
CANT |
P.UNIT |
TOTAL S/. |
|
I |
|
PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES EN EL MANEJO DE CULTIVOS |
MOTOCICLETAS CHACARERAS |
1 |
S/. 4,670.00 |
S/. 4,670.00 |
|
TOTAL
|
1 |
4,670.00 |
S/.4,670.00 |
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO
El Comité Especial de la Municipalidad Distrital de Pocollay designado por Resolución de Gerencia Nº 128-2007-A-MDP de fecha 26 xx Xxxxx de 2007, aplicando las correspondientes Bases cuyas estipulaciones son de obligatorio empleo en la Compra - Venta de los vehículos, con las precisiones adicionales del presente Contrato, acordó adjudicar la Buena Pro de la Menor Cuantía Nº 018-2007-MDP I CONVOCATORIA, a EL CONTRATISTA, para la Compra - Venta de Una (01) Motocicleta, ambas pintadas con el color establecido por la MUNICIPALIDAD para el Proyecto de Fortalecimiento de Capacidades en el Manejo de Cultivos en el Distrito de Pocollay (Características de la Propuesta Técnica), para la Implementación del Proyecto de la Municipalidad Distrital de Pocollay, cuyos detalles, cantidades, importes unitarios y totales, se fijan en la Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA, que forman parte integrante del presente Contrato, en todos sus términos.
CLAUSULA SEGUNDA: PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
Por Medio del presente Contrato, EL CONTRATISTA da en venta real y enajenación perpetua a LA MUNICIPALIDAD las Motocicletas, materia de la Buena Pro que se le ha otorgado y se compromete a entregarlos según lo descrito en la Cláusula Primera, en los lugares, fecha de entrega, cantidades y condiciones, que precisará la respectiva Orden de Compra.
CLAUSULA TERCERA: CESION DE OBLIGACIONES
Por el presente EL CONTRATISTA declara bajo juramento, que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar Inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
EL CONTRATISTA no podrá transferir total o parcialmente las obligaciones que asume en virtud de este Contrato. Es de su responsabilidad la ejecución y cumplimiento de las obligaciones fijadas en el Contrato y en los documentos que lo conforman.
CLAUSULA CUARTA: GARANTIAS DE LOS BIENES
EL CONTRATISTA garantiza que los vehículos vendidos son nuevos y sin uso, y que se ajustan a las Especificaciones Técnicas y Anexos de las Bases. EL CONTRATISTA garantiza además que al momento de la puesta en funcionamiento de los vehículos en el lugar de destino, estos se encuentran en perfecto estado de funcionamiento incluyendo todos los accesorios necesarios para su funcionamiento. En caso contrario se compromete a reemplazar en el acto con un Vehiculo similar que cumpla con el servicio requerido, cuando el defecto sea de fábrica, a satisfacción de LA MUNICIPALIDAD.
La Garantía de los Vehículos, materia del presente Contrato, tendrá vigencia de 10,000 Kilómetros ó 12 meses como mínimo (lo que ocurra primero), computados a partir de la fecha de recepción señalada en el Acta de Recepción y Prueba Operativa de las Motocicletas Todo Terreno. De producirse un desperfecto que obligue a la suspensión del funcionamiento de alguna de las Motocicletas o una merma en su capacidad de funcionamiento, EL CONTRATISTA deberá prolongar el tiempo de garantía del mismo, por un período igual al de paralización.
Igualmente EL CONTRATISTA se compromete a presentar el Programa de Mantenimiento Preventivo a las Motocicletas materia de este Contrato con los costos respectivos, de acuerdo a lo indicado por el fabricante en sus respectivos manuales y durante el mencionado período de garantía, asumiendo LA MUNICIPALIDAD los gastos que este servicio demande para su cumplimiento. Las capacitaciones al personal de LA MUNICIPALIDAD, según lo estipulado en el Anexo y en las Bases que forma parte integrante del presente Contrato, serán asumidas por EL CONTRATISTA.
EL CONTRATISTA se obliga a incluir en la entrega de las Motocicletas, los juegos de manuales según lo descrito en las Bases.
EL CONTRATISTA ratifica el compromiso del fabricante, para el suministro a LA MUNICIPALIDAD de los insumos, materiales, y/o repuestos originales para el funcionamiento de los Vehículos ofertados, por un período no menor a 10,000 kilómetros o 12 Meses contados a partir de la fecha del Acta de Recepción y Prueba Operativa de las Motocicletas.
CLAUSULA QUINTA: RECEPCION Y CONFORMIDAD
La conformidad de la Recepción y Conformidad de los bienes, se sujeta a lo dispuesto en el Artículo 233º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S. Nº 084-2004-PCM).
La Conformidad de Recepción y Prueba Operativa de las Motocicletas, estarán referidas a:
- Verificación de la correspondencia entre la Motocicleta recibida y el detalle de las Especificaciones Técnicas, incluidas en la Propuesta adjudicada, así como las condiciones señaladas en las presentes Bases.
- Verificación de la integridad física y adecuado estado de conservación de la Motocicleta entregada.
- Constatación de la Prueba operativa de las Motocicleta.
- Constatación de la entrega de los juegos de manuales.
- Constatación de la entrega del Programa de Mantenimiento Preventivo por cada Motocicleta.
- Constatación de que las Motocicleta se encuentren correctamente identificados.
- Constatación de la entrega del “Certificado de Garantía”, con la vigencia estipulada en la Propuesta.
- Entrega de la Ficha Técnica debidamente llenada, correspondiente a cada Motocicleta.
El Acta respectiva, deberá ser suscrita por el representante del Área usuaria (Encargado del Área Usuaria), y el Sub Gerente de Logística. De incumplirse con alguno de los aspectos mencionados, no se suscribirá dicha Acta.
Conformidad Formal: Solo tiene efectos Administrativos, deberá ser firmada por el encargado xx Xxxxxxx o quien haga sus veces. La fecha de recepción que se colocará en la futura Orden de Compra, será la consignada en el Acta de Recepción y Prueba Operativa de las Motocicleta.
Las conformidades señaladas no invalidan el reclamo posterior por parte de la Municipalidad, ya sean por defectos o vicios ocultos, desperfectos, fallas, inadecuación a las Especificaciones Técnicas u otras situaciones anómalas verificables durante el uso de las Motocicleta dentro del período de Garantía.
Conformidad formal y preliminar
Solo tiene efectos Administrativos, esta referida a la recepción de las Motocicleta, tiene por objeto, verificar las condiciones visibles del envío y si presenta o no algún daño observable. La realizan los responsables o personas autorizadas por la Municipalidad Distrital de Pocollay.
La Guía de Internamiento deberá ser firmada por el encargado xx Xxxxxxx o quien haga sus veces. La fecha de recepción que se colocará en la Orden de Compra, será la consignada en el Acta de Recepción y Prueba Operativa de la totalidad de Vehículos.
Conformidad de Recepción y Prueba Operativa de las Motocicleta.
Esta conformidad se refiere a los siguientes aspectos:
Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas según el detalle presentado en la Propuesta del Contratista, así como las condiciones señaladas en la Orden de Compra y las Bases.
Integridad física y estado de conservación óptima de la Motocicleta.
Perfecto estado de funcionamiento de cada Motocicleta, incluyendo todos los accesorios necesarios.
Cada uno de las Motocicleta tendrá un (01) juego de manuales.
Entrega de un Certificado de Garantía de 12 MESES o 10,000 Kilómetros como mínimo (que rige a partir de la emisión de la presente Acta) por cada Motocicleta.
Programa de Mantenimiento Preventivo por cada Motocicleta.
Se llevará a cabo la prueba operativa de cada Motocicleta encontrándose todo conforme.
Conformidad Final
Emitido por el encargado del Área de Seguridad Ciudadana, certificando el cumplimiento de la entrega de la totalidad de las Motocicleta adjudicados a EL CONTRATISTA.
EL CONTRATISTA está obligado a brindar todo tipo de facilidades para que LA MUNICIPALIDAD cuando lo considere necesario, por si o por terceros, efectué inspecciones en los locales o instalaciones, para verificar el cumplimiento del compromiso adquirido para la entrega de las Motocicletas.
En el caso de existir observaciones, se levantará una Acta de Observaciones en la que se indicará claramente en que consisten estas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación en función a la complejidad de las observaciones.
Si después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA, LA MUNICIPALIDAD considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el Contrato.
CLAUSULA SEXTA: RECLAMOS POR DEFICIENCIAS
La conformidad de recepción de la Motocicleta, no invalida el reclamo posterior por parte de LA MUNICIPALIDAD por defectos o vicios ocultos,
CLAUSULA SEPTIMA: REEMPLAZO DE UNIDADES
EL CONTRATISTA está obligado a reponer la Motocicleta deteriorados a consecuencia del transporte, con deficiencias no detectadas o no verificadas durante su recepción (vicios ocultos y/o defectos de fábrica)
CLAUSULA OCTAVA: NO OBLIGACION DE RECEPCION
LA MUNICIPALIDAD no está obligada a recibir la Motocicleta, fuera de las fechas establecidas, o si al análisis visual presenta condiciones evidentes de inadecuada calidad o algún tipo de deterioro o en cantidades menores a las ordenadas entre otras irregularidades de entrega.
CLAUSULA NOVENA: FORMA DE PAGO
LA MUNICIPALIDAD se obliga a pagar a EL CONTRATISTA el precio convenido una vez recibida la Motocicleta adquirida, en el monto y en los plazos consignados en su Propuesta Económica por la suma de S/.4,670.00(Cuatro Mil Seiscientos Setenta con 00/100 Nuevos Soles), sin mas prueba que la cancelación de la factura, la misma que da fe al pago con plenos efectos cancelatorios.
CLAUSULA DECIMA : PENALIDADES
EL CONTRATISTA se obliga a asumir las penalidades previstas en el Artículo 222° del D.S. 084-2004-PCM Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: RESOLUCION DEL CONTRATO
La reincidencia de lo indicado en la Cláusula Décima Tercera por causas imputables a EL CONTRATISTA, faculta a LA MUNICIPALIDAD a resolver el Contrato por incumplimiento, en forma unilateral.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: No-CONFORMIDAD DE UNIDADES
Cuando una las Motocicletas sea declarada no conforme, EL CONTRATISTA se obliga a recoger y reponer la ó las Motocicletas en los almacenes de la Municipalidad.
Con respecto a una Motocicleta declarado no conforme, LA MUNICIPALIDAD no reconocerá pago alguno, sin lugar a reclamo de EL CONTRATISTA por daños y perjuicios.
De haberse efectuado el pago de una Motocicleta declarado no conforme, EL CONTRATISTA se obliga a reponer el costo total de las Motocicletas a LA MUNICIPALIDAD mediante pago efectivo o cheque de gerencia, o deduciéndolo de cualquiera de sus facturas.
CLAUSULA DECIMA TERCERA: ABONO DE PENALIDADES
En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD aplicará a EL CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final.
La penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
0.10 x Monto del Contrato
Penalidad diaria -----------------------------------------
F x Plazo en días
Donde : F= 0.40
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
CLAUSULA DECIMA CUARTA: JUSTIFICACION
La justificación por la no entrega o la demora se sujeta al Artículo 1315º del Código Civil.
CLAUSULA DECIMA QUINTA: EXIGIBILIDAD DE OBLIGACIONES
Las sanciones Administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones del Contrato.
CLAUSULA DECIMA SEXTA: RESPONSABILIDADES
Las sanciones se aplican a EL CONTRATISTA sin perjuicio de la indemnización del daño ulterior y no lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: RESOLUCION DEL CONTRATO
Son causales de resolución de Contrato, la transferencia parcial o total de las obligaciones que asume EL CONTRATISTA y en general el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas para él en este Contrato, en las Bases, en las Especificaciones Técnicas, en su Propuesta Técnica - Económica y demás documentación Técnica Administrativa de la MENOR CUANTIA Nº 018-2007-MDP I CONVOCATORIA.
Las partes dejan constancia, que es interés de LA MUNICIPALIDAD el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones fijadas para EL CONTRATISTA, es por ello que en ejercicio de su autonomía pactan la Resolución de pleno derecho de este Contrato, frente al incumplimiento de cualquiera de dichas obligaciones.
En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA, LA MUNICIPALIDAD remitirá una Carta Notarial requiriéndole el cumplimiento de sus obligaciones, de no efectuarlo en un plazo de 15 días, se resolverá de pleno derecho el Contrato, comunicándose esta voluntad mediante nueva Carta Notarial.
CLAUSULA DECIMA OCTAVA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del Contrato, será resuelta mediante Arbitraje, conforme a las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
El Arbitraje será resuelto por un árbitro o por tres árbitros según lo dispuesto en el Artículo 278º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
A falta de acuerdo en la designación de los mismos o del Presidente del Tribunal, o ante la rebeldía de una de las partes en cumplimiento con dicha designación, la misma será efectuada por el Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conforme a las Disposiciones Administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado o conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje al que se hubiesen sometido las partes.
El Laudo Arbitral emitido, es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el Laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier Instancia Administrativa.
CLAUSULA NOVENA: CONDICIONES FINALES
Forman parte integrante del presente Contrato, las Bases de la MENOR CUANTIA Nº 018-2007-MDP I CONVOCATORIA el contenido de las Propuestas Técnicas y Económica que EL CONTRATISTA presentó, los documentos derivados del Proceso de Selección, así como los Anexos previstos en el presente Contrato.
En todo lo no previsto, son de aplicación las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM, y supletoriamente por las Normas del Código Civil.
En señal de conformidad, las partes suscriben el presente Contrato a los 20 días, del mes de Julio de 2007.
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LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATISTA
Av. Hnos Xxxxxxx Nº 15 – Tf. 052-243549 6