LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000020-85001
LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000020-85001
“Servicios de asistencia pre hospitalaria”
I. Invitación a concursar
La Proveeduría Institucional del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), recibirá ofertas electrónicas hasta las 10:00 horas del día 22 de julio del 2015, para la licitación abreviada número 2015LA-000020-85001 denominada “Servicios de asistencia pre hospitalaria”.
II. Objeto Contractual:
Servicio de emergencias pre hospitalarias las 24 horas y 365 días al año, a fin de brindar soporte médico, de emergencia y de protección a personal xxx XXX y visitantes.
III. Especificaciones técnicas y características del servicio:
1. Se requiere un servicio de emergencias pre hospitalarias durante las 24 horas al día y durante todo el año (días hábiles e inhábiles); a fin de brindar soporte médico, de emergencia y de protección al personal xxx XXX, así como a los visitantes o administrados que se encuentren en cualquiera de las siguientes instalaciones del Tribunal Supremo de Elecciones:
Sede Central xxx XXX, ubicada en San Xxxx, calle 15 avenidas 1 y 3.
Área de Servicios Internos y Dirección de Registro Electoral, ubicada en San Xxxx, sobre avenida 1, es decir esquina sureste xxx XXX 75 metros oeste.
Unidad de Construcciones de Servicios Generales, ubicada en San Xxxx, Avenida 6 entre calles 6 y 8.
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX (FIRMA)
Digitally signed by XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX (FIRMA)
Date: 2015.07.03 11:10:46 -06:00
Reason: Proveedor TSE, Firma Location: Xxxxx Rica
Digitally signed by COMPRARED
Página 1 de 12
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX (FIRMA)
Digitally signed by XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX (FIRMA)
Date: 2015.07.03 09:24:17 -06:00
COMPRARED
Date: 2015.07.03 09:25:31 -06:00 Reason: Cartel 25-2015LA-000020-85001
Location: Xxxxx Rica
Reason: Analista en Contrataciones, firma
Location: Xxxxx Rica
Instalaciones del edificio conocido como Casa Blanca ubicado: 200 metros oeste de la entrada de funcionarios de las Oficinas Centrales.
Instalaciones del IFED, sede central del Tribunal Supremo de Elecciones, sobre xxxxxxx 0, xxxxx xx Xxx Xxxxx.
Edificio Thor, ubicado: xxxxx 00, xxxxxxx 0, Xxx Xxxx x 000 x. xxx xx xx xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx.
Instalaciones xxx XXX en Complejo Las Brisas, ubicada en Parque Industrial de la Compañía Inversionista Las Brisas S.A., San Xxxxxx Arriba, Desamparados, de la Iglesia católica del lugar 300 metros al este, contiguo al Kinder Xxxxxx Xxxxxx.
Instalaciones donde se ubicará el Archivo del Registro Civil (se está promoviendo el alquiler de un inmueble cuyo requisito es situarse en un radio de cercanía no mayor a cuatro kilómetros de la Sede Central del Tribunal Supremo de Elecciones)
2. El servicio consiste en ofrecer lo siguiente:
a) Atender en un plazo igual o menor a los quince minutos, cualquier emergencia médica que le sea reportada por el órgano fiscalizador u otra persona debidamente identificada por parte del Tribunal Supremo de Elecciones.
b) Acudir a la atención de las emergencias con una unidad de soporte avanzado de vida (ambulancia) debidamente equipada y tripulada al menos con un chofer, un paramédico de soporte avanzado de vida y equipo de radiocomunicación propio.
c) Con ocasión de celebración de actividades especiales, se deberá contar presencia de una ambulancia con un equipo humano de atención que incluya además del personal del punto anterior, con la presencia de un médico. Dichos eventos serán coordinador de previo con el Órgano Fiscalizador, quien verificará la presencia requerida, media hora antes del inicio de la actividad y hasta la finalización de la misma:
Convocatoria a Elecciones Municipales (7 de octubre de 2015). Convocatoria a Elecciones Nacionales (4 de octubre de 2017).
Convocatoria a Referéndums (máximo una consulta al año. La convocatoria dependerá del cumplimiento de requisitos por lo que su realización puede o no llevarse a cabo en el año contractual).
d) En caso de ser necesario, deberá trasladar al paciente al Centro Médico de la C.C.S.S. (Hospital, clínica, etc.) más apropiado en razón de las circunstancias.
e) Deberá suministrar a los pacientes todos los materiales que se requieran durante el traslado al centro médico. Estos costos deberán ser considerados en su oferta de servicios.
f) Contar, durante la vigencia del contrato, con diversas bases de salida para las unidades de soporte avanzado de vida (ambulancias), de manera que se garantice el traslado oportuno del paciente, independientemente del tránsito, accidentes, manifestaciones u otro tipo de congestionamiento en las vías de acceso a las instalaciones xxx XXX que cuentan con la cobertura.
IV. Admisibilidad
1. La Administración verificará el día de la apertura, mediante los medios electrónicos dispuestos para este fin, que el oferente, sea persona física o jurídica, se encuentre inscrito como patrono o trabajador independiente y al día con el pago de las obligaciones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS); al día con el pago de FODESAF y con el pago del Impuesto a las Sociedades, en este último caso cuando se trate de Personas Jurídicas.
En caso de presentarse morosidad o exista algún inconveniente con las páginas electrónicas de consulta, esta Administración prevendrá al oferente para que en el lapso de 3 días hábiles presente la certificación que pruebe su estado al día con dichas obligaciones. Si no atiende la prevención o persiste la morosidad se declarará inadmisible la oferta.
2. No se permite la cotización parcial de la línea ni el cobro separado del transporte o acarreo. El oferente en la cotización deberá indicar el desglose de los costos de los componentes de la línea, debiendo presentar el precio unitario y total, los cuales se entenderán como firmes y definitivos. En caso contrario quedara excluida de concurso.
3. Se consideran excluidas las ofertas que tengan una vigencia inferior al 80% del plazo fijado en este pliego (Arts. 67 y 81 inciso f RLCA).
4. La oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de adjudicación, además de los requerimientos específicos para el objeto contractual, sin necesidad de reiterar la aceptación de las clausulas invariables o condiciones obligatorias cuyo cumplimiento se presume.
V. Condiciones Generales
1. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (en adelante RLCA), se permite únicamente la presentación de ofertas "vía electrónica" mediante el sistema CompraRED 2.0, la cual deberá contar con la "firma digital" de quien tenga poder para ello, de lo contrario la oferta será inadmisible.
El procedimiento para la presentación de oferta digital será el establecido por la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, visible en la siguiente dirección:
xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xx.xx/xx/xxxxxxxx/Xxxxxx%00xxxxxx%00xxxxxxx%00-
2. Deberá cancelar el monto correspondiente al timbre de ¢200,00 (Doscientos colones exactos) del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas (Ley 7105). Este timbre podrá ser cancelado en la cuenta electrónica del Colegio, cuenta corriente Banco xx Xxxxx Rica en colones número 000-0000000-0, bajo el concepto "Pago de timbres CPCECR" e indicar el número de esta Licitación Abreviada. Deberá anexar a la oferta digital el comprobante de dicho pago.
3. Deberá aportar timbre de ¢20,00 (Veinte colones exactos) de La Ciudad de Las Niñas (Ley 6496), debidamente cancelado y adjunto a la oferta digital. Deberá sellarlo con los sellos de la empresa oferente e identificarlo con el nombre y número de la presente licitación. Deberá anexar dicho documento de forma escaneada a la oferta.
4. Los oferentes podrán concurrir a través de cualquiera de las formas de representación contenidas en el artículo 18 del R.L.C.A.
5. La vigencia de la oferta deberá ser igual ó mayor a 60 días hábiles a partir de la apertura de las ofertas.
6. El oferente deberá indicar en la casilla dispuesta en el formulario electrónico de CompraRED el costo mensual del servicio de asistencia médica.
7. El precio se deberá cotizar y se entenderá para todos los efectos, libre de los impuestos. El oferente deberá indicar el desglose porcentual del factor precio que cotice en mano de obra, insumos, gastos administrativos y utilidad (P=
MO+I+GA+U) que componen el precio cotizado. El oferente deberá desglosar los tributos que afectan la propuesta. De no desglosarlos, se entienden incluidos (impuestos sobre importación y demás impuestos xxx xxxxxxx local).
8. El oferente en la oferta electrónica deberá adjuntar un desglose de los costos de los componentes de la línea que oferta, debiendo presentar los precios unitarios y totales, con las disposiciones estipuladas en los artículos 25, 26, 27 y 52 del RLCA.
9. El oferente deberá indicar en su oferta la persona responsable de atender consultas sobre lo ofertado, la dirección correspondiente y el número de teléfono, fax y dirección de correo electrónico.
10. Las certificaciones de personería jurídica y del capital social, así como de la distribución de las acciones y las declaraciones juradas requeridas por el artículo 22 y 22 bis del RLCA, la administración verificará en el Registro de Proveedores del Sistema Comprared, que las mismas se encuentren vigentes y solo deberán aportarse por parte del contratista, en el caso de que presenten modificaciones o se encuentren vencidas.
11. Órgano Fiscalizador: Dra. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Médico Institucional (correo electrónico: xxxxxxxxxx@xxx.xx.xx), teléfono No. 0000- 0000, o quien le sustituya, sin demérito de que la Administración en la ejecución contractual varíe la designación.
12. Lugar de prestación del servicio: El contratista debe atender en las instalaciones indicadas en el punto No. 1 del apartado III. Especificaciones Técnicas, así como aquellos lugares que indique el órgano fiscalizador, de acuerdo a las necesidades xxx XXX.
13. Inicio de la prestación del servicio: de forma inmediata una vez notificada por escrito la orden de inicio por parte del órgano fiscalizador.
14. Solicitud de Pedido: esta licitación abreviada se encuentra amparada en la solicitud de pedido No. 4011520475. Puede consultar el presupuesto disponible de este documento o del que eventualmente le sustituya en la siguiente dirección: xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xx.xx/xx/xx/XxxxxxxxXxxxxxxx.xxxx
15. Modalidad y Forma de Pago: En pagos mensuales. El tiempo máximo para el pago de facturas, mediante transferencia bancaria, será de TREINTA DÍAS NATURALES, de conformidad con la Directriz No 033-H del 4 xx xxxxx de 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 64 del 1º xx xxxxx de 2009) a partir de la presentación de la factura y una vez recibido a conformidad el objeto contractual.
16. Plazo de ejecución: El servicio de asistencia pre hospitalaria tendrá una vigencia de 1 año, prorrogable por tres períodos iguales (para un total de 4 años). Estas prorrogas serán automáticas a menos que la Administración desee no renovar el contrato, por lo que, de ser el caso, lo informará por escrito y al menos con cinco meses de anterioridad al vencimiento del periodo contractual. En el caso de que fuera el adjudicatario el que no sedeara renovar
el contrato, procederá de igual manera pero con un plazo de un mes antes del término del contrato.
VI. Condiciones Específicas
1. Deberá presentar un listado con al menos cinco (5) empresas o instituciones a quienes les haya brindado servicios similares al que requiere el TSE en los últimos cinco (5) años y los haya recibido a satisfacción, debiendo demostrarlo mediante documento fehaciente. La Administración se reserva el derecho de verificar la información aportada. Incluya en el lista la siguiente información:
Nombre de la empresa o institución Número de teléfono
Dirección exacta Descripción del servicio
Nombre de la persona a quien se le pueda solicitar información Indicación acerca del grado de satisfacción del servicio prestado.
2. El oferente deberá contar con al menos 5 años de experiencia en el mercado nacional brindando servicios similares al que requiere el TSE. Deberá presentar copia del acta constitutiva de la empresa.
3. Deberá presentar declaración jurada donde indique que cuenta con personal calificado para desempeñar el servicio que oferta.
4. El oferente deberá indicar claramente la ubicación de las bases desde donde operarán las unidades de soporte avanzado de vida (ambulancias) que atenderán las eventuales emergencias que comunique el TSE. Presentar declaración jurada.
5. Deberá aportar currículo vitae del paramédico encargado e atender las emergencias.
VII. Sistema de valoración y comparación
Con las ofertas admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la calificación de cada oferta, aplicando la metodología de evaluación siguiente con un único factor:
Precio 100%
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos solicitados serán evaluadas de la siguiente manera:
El puntaje se calculará de acuerdo a la razón del precio menor dividido entre cada uno de los precios de las ofertas en estudio, multiplicado por 100.
Puntaje = Menor Precio por hora X 100 Precio por hora de la oferta en estudio
Notas:
Las ofertas deberán cotizarse preferiblemente en colones, moneda de Costa Rica. Sin embargo, si la oferta se cotiza en dólares de los Estados Unidos, para efectos de comparación de las ofertas, la conversión a colones se realizará utilizando el tipo de cambio de venta definido por el Banco Central xx Xxxxx Rica al día de la apertura de las ofertas. Para efectos de cancelación de facturas de ofertas cotizadas en dólares se utilizará este mismo tipo de cambio de venta xxx xxxxx con respecto al dólar vigente a la fecha del pago efectivo.
VIII. Criterio de desempate de las ofertas
En caso de que los oferentes posean condiciones iguales o equiparables en cuanto a la calidad, abastecimiento y precio, de conformidad con el artículo 20 de la Ley 8262 y sus reformas, se establece como mecanismo de desempate para la adjudicación de la oferta el siguiente:
Cuando existan dos o más PYME nacionales participando en un mismo procedimiento de contratación administrativa, la Administración aplicará los criterios del artículo No. 55 bis del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
De mantenerse la igualdad, la Proveeduría establecerá un SISTEMA DE RIFA entre las ofertas que se encuentren en esa condición en presencia del analista jurídico, el analista encargado y un representante de cada una de las empresas, previa convocatoria formulada –cuando menos– el día anterior. Ante la inasistencia de alguno de los representantes, un funcionario de la Proveeduría Institucional tomará su lugar en el sorteo, en el cual se utilizarán porciones de papel de igual tamaño y color y uno de ellos tendrá la palabra ganador. De todo ello se levantará un acta que será firmada por los presentes y agregada al expediente administrativoLa no
asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa. De lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente.
IX. Adjudicación
El Tribunal Supremo de Elecciones, resolverá este concurso en un plazo que no podrá ser superior al doble del plazo fijado para recibir ofertas; incluyendo las prórrogas que se den. (Artículo 87 y 95 R.L.C.A.).
Podrá adjudicar parcialmente esta contratación, según lo establece el artículo 27 del RLCA, así como aumentar las cantidades, cuando el presupuesto así lo permita.
X. Garantía de cumplimiento.
Quien resulte adjudicatario está en el deber de asegurar la correcta ejecución del contrato y por tal razón rendirá una garantía de cumplimiento en la Contaduría de este Tribunal, dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha en que hubiese recibido requerimiento por escrito de la Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones. Esta garantía equivaldrá al 5% del monto total adjudicado y tendrá un término de validez de sesenta (60) días naturales adicionales contados a partir del vencimiento del contrato o sus prórrogas.
En caso rendir garantía de cumplimiento en efectivo, deberá aportar el número de licitación para que la Contaduría emita dos comprobantes, un original para el adjudicatario para que posteriormente solicite la devolución correspondiente, y una copia que adjudicatario debe entregar en la Proveeduría. En el caso que sea en colones, puede hacer el depósito en la cuenta N° 000-0000000-0 (Cuenta Cliente No.: 15201001013206295) del Banco xx Xxxxx Rica y cuando se trate de dólares, puede hacer el depósito en la cuenta No. 100-02-000-621441-8 (Cuenta Cliente No.: 15100010026214418 ) del Banco Nacional; en cualquier caso, debe presentar el recibo emitido por el banco en la Contaduría (Área de Tesorería) para que esta a su vez emita los comprobantes indicados en este punto.
En el caso de aportar la garantía en una modalidad distinta al efectivo, deberá presentar el documento original y una fotocopia, la Contaduría emitirá dos comprobantes, el original es para el adjudicatario y una copia es para adjuntarle la fotocopia del documento de garantía para que el adjudicatario los entregue en la Proveeduría.
XI. Del Adjudicado o Contratista
Una vez en firme el acto de adjudicación el contratista deberá tomar en cuenta lo siguiente:
1. El contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en la normativa que rige la materia de Contratación Administrativa.
2. El contratista tiene el deber ineludible de cumplir las obligaciones laborales y de seguridad social, incluida el pago de los salarios mínimos para sus trabajadores establecido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, durante todo el periodo de ejecución contractual. La omisión de esta estipulación se tomará como causal de incumplimiento de acuerdo a la Directriz No. 34 del Poder Ejecutivo publicada en La Gaceta No. 39 del 25 de febrero del 2002, haciéndose acreedor el contratista a las sanciones establecidas en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento en éstos casos.
3. Si el contratista incumple con alguna de las condiciones establecidas precedentemente, habrá incurrido, sin más, en causal de incumplimiento de contrato. En estas circunstancias, se procederá de acuerdo con lo establecido en la normativa en contratación administrativa vigente.
4. El contratista deberá contar con las pólizas de seguros xx xxx que cubran al personal encargado de los traslados así como a las personas que se trasladan hacia el centro médico.
5. El contratista deberá indicar la marca y el modelo de las unidades con que dispone y que se utilizarán en la prestación del servicio adjudicado.
6. El contratista deberá asegurar que los conductores encargados de conducir las unidades de soporte avanzado de vida (ambulancias) cuenten con su licencia de conducir al día y acorde con el tipo de vehículo que conducen.
7. Las unidades de soporte avanzado de vida (ambulancias) deberán contar con el marchamo, RITEVE, seguros xx xxx al día y demás requisitos para el transporte de personas en situación de emergencia.
8. El contratista deberá asegurar que cuenta con un plan de contingencia o alternativo a disposición xxx XXX, en caso de que se presentara algún desperfecto mecánico o atraso de otra índole con la unidad que atiende la emergencia.
9. El contratista deberá contemplar dentro del precio cotizado todos los gastos asociados a la prestación del servicio tales como: viáticos, peajes y cualquiera otro, pues la Institución no hará desembolso alguno por dichos conceptos.
10. La empresa que resulte adjudicataria se compromete a no identificar sus unidades o uniformes de sus funcionarios con distintivos de partidos políticos o propaganda electoral alusivos a ese tipo de agrupaciones.
XII. Sanciones:
Conforme lo establece el capítulo X de la Ley de Contratación Administrativa. Los contratistas que durante el curso de los procedimientos de contratación, incurran en las causales previstas en dicho capítulo, serán sancionados con apercibimiento e inhabilitación, según corresponda, de conformidad con lo establecido en el Art. 215 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
XIII. Cesión de la Contratación:
Los derechos y obligaciones derivados de un contrato en ejecución o listo para iniciarse, podrán ser cedidos a un tercero, siempre y cuando no se trate de una obligación personalísima. En todo caso, la cesión debe ser autorizada por la Administración mediante acto debidamente razonado. Cuando la cesión corresponda a más de un 50% del objeto del contrato, independientemente del avance en su ejecución, deberá ser autorizada por la Contraloría General de la República. (Art. 209 del R.L.C.A.)
XIV. Formalización:
Se advierte a los participantes que cuando la estimación de la adjudicación se encuentre sujeta de aprobación interna por parte del Departamento Legal del Tribunal Supremo de Elecciones, se podrá elaborar el contrato respectivo, de acuerdo con el Reglamento de Refrendos de las Contrataciones Administrativas, emitido por la Contraloría General de la República, publicado en La Gaceta No. 202 del 22 de octubre de 2007.
Antes de la suscripción de un eventual contrato o bien la emisión de la orden de compra, el adjudicatario deberá rendir la garantía de cumplimiento en los términos establecidos en el presente cartel.
XV. Revisión de Precios
La Administración contemplará la revisión de precios una vez adjudicada la oferta que haya sido presentada en colones de conformidad con la fórmula matemática recomendada por la Contraloría General de la República, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 232 del 2 de diciembre de 1982, con el artículo Nº 18 de la Ley de Contratación Administrativa y conforme al artículo 31 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, para lo cual se deberá indicar en la oferta el desglose porcentual del factor precio en mano de obra, insumos, gastos administrativos y utilidad (P=MO+I+GA+U) que componen el precio cotizado, de manera que permita revisar y resolver en forma rápida y correcta las solicitudes de revisión al precio que eventualmente formule el contratista. El derecho a revisión de los precios rige desde la presentación de la oferta y podrá ser solicitado una vez que de inicio la ejecución contractual, una vez aportada la documentación probatoria a satisfacción del Tribunal Supremo de Elecciones, de conformidad con el artículo 31 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
El oferente deberá indicar en su oferta los renglones con que trabajará para los índices aplicables para las fórmulas de servicios para la mano de obra y los insumos, tal y como se indica en la siguiente fórmula:
Donde:
PV= Precio variado.
Pc= Precio de cotización.
MO= Porcentaje costo de mano de obra sobre cotización total. I= Porcentaje costo de insumos sobre cotización total.
GA= Porcentaje costo administrativo sobre cotización total. U= Porcentaje utilidad en precio de cotización.
iMOtm= Índice costo de mano de obra en fecha de variación. iMOtc= Índice costo de mano de obra en fecha de cotización. iTti= Índice costo de insumos en fecha de variación.
iItc= Índice costo de insumo en fecha de cotización.
iGAtg= Índice de gastos administrativos en fecha de variación.
iGAtc= índice de gastos administrativos en fecha de cotización.
La información sobre cada uno de los Índices aplicables a la fórmula antes sugerida, deberá ser suministrada por los oferentes según renglón, nivel o capítulo, forma en que se combinaron renglones, si así corresponde (promedio simple o ponderado, etc.) y la fuente para cada componente serán:
1. Decreto de Salarios mínimos decretados por el Consejo Nacional de Salarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
2. Banco Central xx Xxxxx Rica.
3. Instituto Nacional de Estadística y Censos.
En casos de que los índices sean propios de la empresa, éstos deberán ser certificados por un Contador Público Autorizado.
XVI. Timbres fiscales:
El adjudicatario deberá cancelar el pago de especies fiscales equivalente al 0,25% del monto adjudicado más el monto proporcional por concepto de reintegro sobre el monto adjudicado, según Directriz DGABCA-15-2012 de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, de previo a la firma del contrato y/ o a la emisión de la Orden de Compra con firma digital.
XVII. Notificaciones:
Las notificaciones (incluyendo el envío de la Orden de Compra al adjudicatario) se enviarán a la dirección electrónica o número de fax que conste en el Registro de Proveedores de CompraRED, en caso de que no se pueda realizar la notificación por los medios señalados, operará la notificación automática en los términos establecidos en el Reglamento de Utilización del Sistema de Compras Gubernamentales CompraRED 2.0.
(Documento firmado digitalmente) Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Proveedor Institucional
San Xxxx, 03 de julio de 2015