PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO INTEGRAL DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS Y ZONAS VERDES
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO INTEGRAL DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS Y ZONAS VERDES
TOMO 1.- PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
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INDICE
1. INTRODUCCION 6
1.1. Antecedentes 6
2. OBJETO GENERAL XXX XXXXXX 7
2.1. Objetivo general 7
2.2. Prescripciones técnicas generales y normativa legal de aplicación 9
2.2.1. Gestión de residuos 9
2.2.2. Protección, señalización e información de los trabajos 12
2.2.3. Propiedad de los datos y trabajos 12
2.2.4. Confidencialidad, protección de datos personales y seguridad de la información 13
2.2.5. Contabilidad independiente 16
2.2.6. Responsabilidad 16
2.3. Prestaciones incluidas 16
2.3.1. Limpieza del espacio público 16
2.3.2. Conservación de zonas verdes y arbolado viario 20
2.3.3. Instalación, mantenimiento y conservación de elementos de mobiliario urbano 21
2.3.4. Mantenimiento y conservación de elementos de áreas de juegos infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales 22
2.3.5. Conservación de sistemas xx xxxxx y abastecimiento de agua 23
2.3.6. Actividades complementarias para el seguimiento de la ejecución de las prestaciones 23
2.4. Ámbito temporal y territorial. Separación en lotes 24
2.4.1. Definición territorial de los lotes 24
2.4.2. Plan de incorporación de las prestaciones por lotes 25
2.5. Situaciones extraordinarias 29
2.6. Control y seguimiento del contrato 30
2.6.1. Descripción general del sistema de control 31
2.6.2. Control por indicadores de calidad 31
2.6.3. Régimen de penalidades 32
3. LIMPIEZA 32
3.1. Objetivos de la prestación de limpieza 32
3.2. Prescripciones generales de la prestación de limpieza urbana del espacio público 32
3.2.1. Descripción general de las actividades 32
3.2.2. Pautas para la planificación de las prestaciones de limpieza 36
3.3. Especificaciones de las técnicas de las prestaciones de limpieza 38
3.3.1. Control de barrio 38
3.3.2. Prestación de barrido manual 39
3.3.3. Prestación de recogida selectiva de residuos abandonados o no contenerizados (peinados) 40
3.3.4. Prestación de barrido mixto 41
3.3.5. Prestación de barrido mecánico de espacios peatonales pavimentados 42
3.3.6. Prestación de barrido mecánico de calzadas 42
3.3.7. Prestación de baldeo mecánico 43
3.3.8. Prestación de baldeo mixto 44
3.3.9. Prestación de fregado de espacios peatonales pavimentados 45
3.3.10. Prestación de eliminación de pintadas 45
3.3.11. Prestación de limpieza y desbroce xx xxxxxxx municipales, zonas de uso público de edificación abierta, zonas terrizas y zonas sin urbanizar 46
3.3.12. Prestación de recogida y retirada de muebles y enseres en la vía pública 47
3.3.13. Prestación de limpieza de áreas infantiles, mayores y circuitos deportivos elementales 48
3.3.14. Operaciones auxiliares a las labores de limpieza 48
3.4. Situaciones extraordinarias de limpieza 50
3.4.1. Limpieza de zonas afectadas por ocio y esparcimiento 50
3.4.2. Limpieza de actos, eventos, manifestaciones, mercadillos y fiestas 51
3.4.3. Limpieza o tratamientos en caso de nevadas y heladas y otras inclemencias meteorológicas 52
3.5. Limpieza urbana y de vías interurbanas 55
3.5.1. Prescripciones generales de limpieza viaria 55
3.5.2. Actuación prioritaria (prestación de control de barrio de la empresa concesionaria) 60
3.5.3. Limpieza de vías interurbanas o de alta capacidad 60
3.6. Prestación de limpieza de túneles y pasos superiores 65
3.7. Prestación de limpieza de zonas de uso público de edificación abierta 65
3.8. Prestación de limpieza y desbroce xx xxxxxxx y zonas sin urbanizar 66
3.9. Actividades especiales 68
3.9.1. Recogida de muebles y enseres 68
3.9.2. Prestación de avisos y órdenes de limpieza 68
3.9.3. Limpieza de elementos de drenaje superficial 71
3.9.4. Limpieza xx xxxxxxx encauzados 73
3.10. Limpieza de zonas verdes 74
3.11. Limpieza de elementos de mobiliario urbano 75
3.12. Limpieza de áreas infantiles, de mayores y circuitos deportivos elementales 75
3.13. Prestación de eliminación de pintadas 76
3.13.1. Especificaciones técnicas generales para la limpieza de pintadas 76
3.13.2. Limpieza de pintadas en fachadas, muros y pavimentos 76
3.13.3. Productos antigrafiti 78
3.13.4. Limpieza de pintadas, carteles y pegatinas en elementos de mobiliario urbano 79
3.13.5. Limpieza de pintadas en elementos de áreas de juegos infantiles, áreas
de mayores y circuitos deportivos elementales 79
4. CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES 81
4.1. Objetivos y descripción xxxxxxx xx xx xxxxxxxxxxxx x xxxxxxxxxxxxx xx xxxxx xxxxxx 00
4.1.1. Control de la prestación de recogida de restos de labores de conservación y mantenimiento de zonas verdes 82
4.1.2. Control de la actividad de señalización y balizamiento en zonas verdes y arbolado viario 84
4.2. Conservación de elementos vegetales 85
4.2.1. Zonas verdes 85
4.2.2. Arbolado viario 116
4.3. Conservación de infraestructuras viarias terrizas y de áridos 150
4.4. Conservación de redes de drenaje, recogida y evacuación de pluviales 152
4.5. Conservación de cerramientos, puertas, verjas, elementos de protección, alcorques, cartelería y señalización 153
4.6. Mecánica operativa inicial y formas de actuación 155
4.6.1. Trabajos de documentación 156
4.6.2. Programa de gestión 156
4.7. Trabajos de conservación por medición 156
5. REPARACIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE
ELEMENTOS DE MOBILIARIO URBANO Y JUEGOS 159
5.1. Conservación y mantenimiento de elementos de mobiliario urbano 159
5.1.1. Objetivos y descripción general de las actividades de conservación de mobiliario urbano 159
5.1.2. Comprobación y control 161
5.1.3. Mantenimiento preventivo 162
5.1.4. Mantenimiento correctivo 163
5.1.5. Instalación de nuevos elementos 168
5.1.6. Mantenimiento del inventario 171
5.1.7. Realización de actos públicos 172
5.2. Mantenimiento y conservación de elementos de áreas de juegos infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales 173
5.2.1. Objetivo y descripción general de las actividades 173
5.2.2. Mantenimiento del inventario de las áreas infantiles, áreas de mayores
y circuitos deportivos elementales 175
5.2.3. Trabajos de comprobación y control 176
5.2.4. Mantenimiento preventivo 177
5.2.5. Mantenimiento correctivo 179
5.2.6. Materiales, productos y juegos a emplear en los trabajos 180
5.2.7. Comprobación principal anual 181
5.2.8. Trabajos de mantenimiento de las superficies amortiguantes 182
5.2.9. Normativa especifica 183
5.2.10. Certificados de calidad 184
6. CONSERVACIÓN DE SISTEMAS XX XXXXX Y ABASTECIMIENTO DE AGUA 184
6.1. Conservación de sistemas xx xxxxx y xxxxxxx xx xxxxx 185
6.2. Conservación de hidrantes 192
6.3. Conservación xx xxxxx de captación de aguas subterráneas 194
6.4. Conservación de la red de abastecimiento de agua potable de las instalaciones municipales 195
7. GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN ASOCIADA A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 195
7.1. Generalidades 195
7.1.1. Incorporación al sistema corporativo de avisos y peticiones del Ayuntamiento de Madrid 199
7.2. Información sobre los recursos humanos de las empresas concesionarias 201
7.3. Información sobre los vehículos y maquinaria de las empresas concesionarias 203
7.3.1. Sistema de sensorización y monitorización de vehículos de limpieza del espacio público 204
7.4. Información sobre las instalaciones fijas empleadas en la prestación de
los servicios del contrato 206
7.5. Información sobre la planificación y control de la ejecución de las prestaciones de los servicios 207
7.6. Información geográfica 209
7.7. Análisis de la información de las diferentes prestaciones 210
7.8. Gestión de la información asociada a las diferentes prestaciones 213
7.8.1. Gestión de la información asociada a las prestaciones de limpieza 213
7.8.2. Gestión de la información asociada a las prestaciones de conservación y mantenimiento de zonas verdes 224
7.8.3. Gestión de la información asociada a las prestaciones de mantenimiento y conservación de elementos de mobiliario urbano, áreas de juegos
infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales 231
7.8.4. Gestión de la información asociada a la prestación de mantenimiento y conservación de sistemas xx xxxxx y abastecimiento de agua en xx xxx xxxxxxx 000
8. INSTALACIONES 237
8.1. Instalaciones al servicio del contrato cedidas por el Ayuntamiento 239
8.2. Mantenimiento y conservación de instalaciones municipales 240
8.2.1. Descripción de los trabajos a realizar en el mantenimiento de las instalaciones municipales y elementos constructivos 240
8.3. Instalaciones al servicio del contrato aportadas por el concesionario 244
9. MEDIOS HUMANOS 244
9.1. Puestos de trabajo y organización 244
9.2. Turnos trabajo por base del personal directo en ejecución de las actividades 246
9.3. Formación 247
9.4. Uniformidad y vestuario reglamentario 247
10. MAQUINARIA, VEHÍCULOS Y MEDIOS AUXILIARES 249
10.1. Criterios ambientales de la flota 253
11. SUPUESTOS DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 256
11.1. Introducción 256
11.2. Modificación por la recepción de desarrollos urbanísticos 257
11.3. Aparición de plagas o enfermedades de características extraordinarias 000
XXXXXX
Xxxxx 0: Indicadores: Metodologia, fichas y cuadro resumen. Anexo 2: Información de personal que presta servicios actualmente
Anexo 3: Material móvil de propiedad municipal a disposición de las empresas adjudicatarias
Anexo 4: Instalaciones fijas cedidas por el Ayuntamiento de Madrid Anexo 5: Plano de calles de ejes principales del cada uno de los Distritos. Anexo 6: Inventario de xxxxx xxxxxx x xxxxxxxx xxxxxx
Xxxxx 0: Inventario de mobiliario urbano
Anexo 8: Inventario de redes xx xxxxx de agua potable Anexo 9: Xxxxxxxxxx xx xxxxx xx xxxx xxxxxxxxxx Xxxxx 00: Listado de precios unitarios de sustitución. Anexo 11: Plan de Eventos
Anexo 12: Xxxx xxxxxx
Xxxxx 00: Planos de edificación abierta
Anexo 14: Desarrollos urbanísticos que podrían incorporarse al ámbito del contrato. Anexo 15: Condiciones técnicas de operación en Xxxxxxxxxxxxx
Xxxxx 00. Inventario de depósitos Anexo 17. Inventario de áreas infantiles.
Anexo 18. Inventario de áreas infantiles con mantenimiento preventivo diario Anexo 19. Inventario de áreas de xxxxxxx.
Xxxxx 00. Inventario de circuitos deportivos elementales. Anexo 21. Zonas de Ocio y Esparcimiento.
Anexo 22. Inventario xx xxxxxxx xxxxxxxxxxxx Xxxxx 00. Modelos de fichas de arbolado
1. INTRODUCCION
1.1. Antecedentes
La ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, en su artículo 25.1, atribuye a los municipios la promoción de toda clase de actividades y prestación de cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, señalando entre otras, en el artículo 25.2, las competencias en materia de protección del medio ambiente, gestión de parques y jardines y limpieza viaria.
El objeto del presente procedimiento abierto es la contratación de la gestión del servicio público cuya prestación ha sido asumida como propia por el Ayuntamiento de Madrid a tenor de las competencias anteriormente referidas, que origina una satisfactoria calidad de vida en el espacio público, así como las adecuadas condiciones de salubridad, bienestar ciudadano y pulcritud de los espacios públicos y del paisaje urbano, el cual quedaría integrado por todas aquellas actividades relacionadas con la limpieza urbana, la gestión de las zonas verdes municipales, mantenimiento de la red xx xxxxx y abastecimiento de agua en el espacio urbano y la de los elementos constituyentes de las zonas estanciales (mobiliario urbano, juegos infantiles y de mayores, etc.), todas ellas, actividades de utilidad pública dirigidas a la adecuada satisfacción de los fines anteriormente reseñados.
La limpieza urbana es un factor clave en la calidad del espacio público, con una incidencia clara en la salud pública de todos los madrileños. Además, Madrid tiene una dinámica poblacional compleja ya que al elevado número de habitantes censados que viven en ella hay que añadir numerosos visitantes por motivos de ocio o trabajo. Esta realidad hace que el servicio público de limpieza sea más complejo que en otros espacios urbanos desde el punto de vista de su frecuencia y especialización.
Madrid es una de las ciudades del mundo con mayor superficie de zonas verdes públicas. Garantizar la conservación y la protección de dichas zonas, así como de los elementos municipales que componen el mismo, es un trabajo prioritario para el Ayuntamiento de Madrid.
Es de destacar la gran dotación de mobiliario urbano instalado en los espacios de uso público, así como las áreas de juegos infantiles, y la cada vez mayor presencia de áreas de mayores y equipamientos deportivos elementales al servicio de los ciudadanos. Estos servicios contribuyen a crear un entorno en consonancia con las necesidades de los vecinos y precisan de la realización de labores de limpieza, conservación y mantenimiento.
Al no disponerse, por parte del Ayuntamiento de Madrid, de medios mínimos propios para la realización del servicio objeto de la presente contratación (tanto de personal como de medios mecánicos), se hace necesaria la contratación del mencionado servicio.
Hasta la fecha, las prestaciones contemplados en este pliego eran realizados por empresas concesionarias, de acuerdo con los requisitos establecidos en los pliegos por los servicios técnicos municipales, indicándose los medios mínimos a utilizar para la realización del servicio, lo que obligaba a realizar un control sobre la existencia de dichos recursos, no focalizando aquel en el cumplimiento de los objetivos.
Con el fin de optimizar la utilización de los recursos mejorando la eficacia y eficiencia, el Ayuntamiento ha optado por integrar en un solo contrato la gestión de este conjunto de prestaciones.
Además, propone un cambio en la filosofía de los contratos vigentes hasta la fecha, ya que no se fijan los medios para su realización, sino que se establecen unos estándares de calidad dejando libertad al concesionario para determinar los medios necesarios para conseguir los mismos, y adecuar las prestaciones a la demanda de la Ciudad.
El Ayuntamiento realizará un control sobre el servicio realizado por medio de indicadores de calidad, que serán uno de los signos distintivos del contrato. Esto implica además una mejora continua de los procesos y servicios.
Para ello utiliza la figura de la concesión, al ser esta la que más se ajusta a los intereses municipales, de conformidad con lo desarrollado en el presente pliego.
2. OBJETO GENERAL XXX XXXXXX
2.1. Objetivo general
Es objeto del presente pliego regir las condiciones técnicas de la gestión del servicio público de limpieza urbana y conservación de los espacios públicos y zonas verdes de la Ciudad de Madrid, el cual engloba los siguientes conceptos:
- Limpieza urbana de los espacios públicos y de sus elementos constituyentes así como de todos aquellos espacios recogidos en el anexo 5, de zonas de limpieza obligada. Se definen como espacios públicos aquellos espacios de dominio y uso público destinados a posibilitar el movimiento de los peatones, vehículos o medios de transporte colectivos de superficie, así como la estancia de peatones o el estacionamiento de vehículos en dichos espacios. Se incluyen igualmente las zonas y elementos de mobiliario urbano cuya conservación y mantenimiento sean de titularidad y competencia municipales, túneles,
carriles bus, drenajes superficiales del tipo canaletas con o sin cubrición, rejillas o aquellas que discurren bajo elementos prefabricados de pavimentos (dársenas de paradas de autobuses), carriles de circulación especiales, solares, zonas verdes y todo aquel espacio de uso público que se determine desde los Servicios Técnicos municipales. Se incluye el vaciado de papeleras.
- Conservación y mantenimiento de zonas verdes y arbolado viario de titularidad municipal.
- Conservación, mantenimiento preventivo y correctivo, reparación y sustitución de los elementos instalados en las áreas de juegos infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales situados en parques y espacios públicos de acuerdo, en cada caso, con las normas europeas de seguridad.
- Conservación, mantenimiento preventivo y correctivo, reparación y sustitución de los elementos de mobiliario urbano, incluidas las papeleras de propiedad municipal, excepto las 63.460 papeleras de modelo Cibeles y otras 57 papeleras singulares que se encuentran ubicadas en aceras de la vía pública.
- Conservación de sistemas xx xxxxx y abastecimiento de agua.
- Conservación y mantenimiento de elementos de recogida de aguas de lluvia constituidos por canaletas, rejillas y distintos dispositivos que se encuentran en zonas peatonales, cubiertas de aparcamientos, zonas de uso publico de edificación abierta, y que por su disposición no son atendidas dentro de las labores de mantenimiento del alcantarillado llevadas a cabo por el Canal xx Xxxxxx XX.
Quedan excluidos expresamente del presente contrato, la limpieza y la conservación de zonas verdes y arbolado viario de titularidad privada, así como todas las prestaciones del presente contrato en las zonas verdes objeto del contrato de conservación integral de parques históricos, singulares y forestales de Madrid. Estas últimas, a título informativo, son las siguientes: Dehesa de la Villa, Jardín del Capricho, Jardines de la Xxxxx xx Xxxxxxx (Xxxxx x Xxxxxxx), Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx xxx Xxxxx – Templo de Debod – Príncipe Xxx, Parque Lineal xxx Xxxxxxxxxx, Quinta de los Molinos, Casa de Campo, Madrid – Río, Parque Cuña Verde de O´Xxxxxxx, Parque Xxxx Xxxxxx X, Parque Xxxx Xxxxx XX, Parque Xxxxxx xx xx Xxxxxx xxx Xxxxx, x Xxxxxx xxx Xxxxxx. Igualmente se excluye la conservación del Jardín Floral de la Plaza de la Villa, por ser objeto de contrato independiente.
Asimismo, se excluyen aquellos elementos infraestructurales privados o de otras instituciones (excepto aquellos incluidos en procesos de ejecución sustitutoria o por condiciones de salubridad pública debidamente informado y justificado), elementos de alumbrado público o de señalización vertical, no
contenidos explícitamente en este Pliego, excepto en lo que se refiere a la retirada de carteles no atornillados y pegatinas que sí se encuentra incluido en las labores del presente Pliego.
El Responsable del Contrato será la Dirección General de Gestión Ambiental Urbana u órgano que lo sustituya en su caso.
2.2. Prescripciones técnicas generales y normativa legal de aplicación
El concesionario estará obligado en los trabajos y labores que realice, a cumplir el PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES en vigor del Ayuntamiento de Madrid, así como toda la legislación que afecta a los condicionantes técnicos de los procesos y materiales empleados en la limpieza urbana, recogida y transporte de residuos, legislación sobre protección del medioambiente, impacto ambiental, energía, residuos, seguridad y salud laboral, accesibilidad, protección de suelos, y cuantas prescripciones figuren en las Ordenanzas Municipales, Normas, Instrucciones o Reglamentos oficiales que sean de aplicación a este servicio.
Asimismo, las áreas de juegos infantiles, mayores, deportivas y mobiliario urbano deberán cumplir las normas UNE relativas a este tipo de equipamientos.
En caso de discrepancia entre normas, cambios normativos o cualquier otra circunstancia que pueda afectar a la prestación del servicio, el concesionario expondrá los hechos y circunstancias acaecidos a los Servicios Técnicos Municipales, debiendo actuar según el dictamen de éstos.
Todas las prestaciones respetarán los límites sonoros y de emisión de partículas a la atmósfera de la legislación que se encuentre vigente en cada momento a lo largo de la duración del contrato.
Los Servicios técnicos municipales podrán recabar del concesionario, los informes, datos, apoyo en operaciones de elaboración de relaciones de elementos a conservar, planificación, mediciones, trabajos de índole experimental, medios materiales y humanos, etc., que sean necesarios para mejorar o racionalizar los trabajos objeto del contrato, sin cargo económico adicional.
2.2.1. Gestión de residuos
El concesionario estará obligado a realizar los trabajos correspondientes para la recogida, separación y transporte de todos los residuos procedentes de la totalidad de las prestaciones contenidos en el presente pliego que deben ser retirados del espacio público.
Todos estos productos o residuos serán primeramente identificados para que, en el marco de buenas prácticas medioambientales y la normativa que en cada
momento esté en vigor durante la duración del contrato, se realice su recuperación o reutilización siendo esta actividad prioritaria, mediante la valorización de los mismos.
La recogida de residuos no contenerizados depositados en el espacio público, recogidos mediante programación especial, o mediante las prestaciones propias de la limpieza del espacio público y los procedentes de papeleras con sistema diferenciado para reciclaje, serán separados para su tratamiento y llevados con albarán independiente al centro de tratamiento correspondiente indicada por los Servicios Municipales, en especial el cartón en todos los casos y los residuos de envases procedentes de las papeleras con recipientes de reciclaje.
Especial importancia representan además los productos procedentes de zonas comerciales, mercados provisionales o mercadillos de barrio, en los que se recuperará el cartón para su posterior valorización. En eventos que generen tipos de residuos claramente diferenciados (normalmente diferentes tipos de envases, cartón y resto) se separarán en la medida de lo posible y siempre que las circunstancias lo permitan, los residuos en las fracciones correspondientes para su posterior tratamiento diferenciado y valorización.
Los residuos procedentes de embalajes de cualquier actividad del presente contrato, independientemente de donde se originen, desde las instalaciones en uso o en el lugar de la realización de la actividad, deberán ser tratados de manera adecuada para su posterior valorización, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente.
Los residuos de limpieza urbana (aceras, calzadas, cualquier área estancial o de recreo, zonas verdes y arbolado viario) se depositarán en el actual Parque Tecnológico de Valdemingómez con sujeción a lo indicado en el Anexo nº 15 “Condicionantes técnicos de operación en el P. T. de Valdemingómez” de este pliego y serán segregados de forma que permita el correcto aprovechamiento de aquellos residuos susceptibles de aprovechamiento, según las indicaciones que se reciban de los servicios municipales, con los albaranes correspondientes (limpieza ordinaria, eventos, muebles y enseres, etc.).
Todos los productos de carácter peligroso, en especial RAEs con CFC, deberán ser transportados de tal manera que eviten derrames de fluidos o gases.
Los residuos de limpieza urbana como son RAEs (independientemente de su tamaño) y cartón se gestionarán a través de gestores autorizados y aprobados por el Ayuntamiento para su valorización.
El resto de residuos serán por cuenta del concesionario.
Los residuos peligrosos (excepto aquellos de origen radioactivo) y productos de demolición no contenerizados correrán a cargo del concesionario, debiendo ser tratados por un gestor aprobado por el Ayuntamiento.
Los residuos procedentes de la realización de las prestaciones de cualquier origen, incluso fluidos peligrosos deberán ser recogidos o tratados según la normativa vigente y siempre de manera inmediata a la realización del trabajo
formando parte de la actividad completa. No podrán ser acumulados en el espacio público los residuos generados en la limpieza del mismo para su posterior recogida. El concesionario deberá programar las actividades de tal forma que estas no generen puntos negros.
Los restos vegetales que sean susceptibles de ser utilizados en la planta de compostaje municipal, serán transportados a la misma en las condiciones que se marcan en los anexos al presente pliego. Los residuos leñosos deberán transportarse de forma segregada la zona de acopio de poda del PTV para su posterior tratamiento diferenciado
Queda prohibido utilizar las redes de drenaje y alcantarillado para la eliminación de residuos no acuosos. Los residuos acuosos que acaben en el sistema de alcantarillado deberán ser inocuos y apropiados según normativa.
Todas las instalaciones a cargo del concesionario, municipales o las de carácter privado que utilice en el desarrollo del presente contrato, estarán sujetas a lo establecido en la Ordenanza de Limpieza de los espacios públicos y de gestión de residuos del Ayuntamiento de Madrid, que se encuentre en vigor en cada momento.
Todos los residuos transportados hasta las plantas de tratamiento correspondientes deberán ser pesados en básculas existentes a la entrada de las mismas, debiendo quedar registrados en soporte informático los datos incluidos en los albaranes resultantes (pesaje, itinerario, tipo de residuos, etc.)
En el caso del Parque Tecnológico de Valdemingómez, los vehículos que accedan a las distintas instalaciones que conforman el parque, quedarán sujetos a las limitaciones físicas, horarias y de capacidad, así como al procedimiento de acceso incluidos en el anexo 15 adjunto de este pliego, o a las instrucciones, contenidos y formatos que pudieran determinar en cada momento los servicios municipales competentes, como modificación al contenido del citado Anexo e irán dotados del correspondiente albarán de pesaje emitido por el concesionario en sus instalaciones antes del inicio del servicio, según las instrucciones, contenidos y formatos que determinen en cada momento las prestaciones municipales.
Se xxxxxxx xx xx xxxxx 00 el modelo xx xxxxxxx empleado en la actualidad.
Los albaranes serán cumplimentados en las básculas del Parque Tecnológico de Valdemingómez, quedando una copia en poder de las prestaciones municipales y otra en poder de la empresa concesionaria.
Para el resto de instalaciones de tratamiento en las que se efectuará la entrega de residuos se seguirá una pauta similar a la señalada en lo que respecta al sistema de acceso a básculas y emisión de albaranes. En caso de no existir en alguna de ellas básculas de entrada se articularán otros sistemas, en el sentido de disponer de básculas públicas de pesaje debidamente taradas y en correcto funcionamiento.
2.2.2. Protección, señalización e información de los trabajos
Para la realización de cualquier trabajo en el espacio público, la empresa concesionaria deberá adoptar las condiciones de seguridad necesarias durante su ejecución, de manera que garantice al máximo la eliminación de riesgos para las personas, así como realizar todos los trámites correspondientes en cuanto a la petición de autorizaciones, ocupaciones del espacio público, etc.
La señalización necesaria para la realización de los trabajos será por cuenta del concesionario, que deberá disponer de todos los elementos suficientes, tales como vallas de obra, señales de tráfico, etc. en número adecuado para la correcta realización de cada actuación.
En cualquier caso, el tipo de señales o vallas de obra serán del modelo normalizado y se atenderá a lo señalado en la Ordenanza Reguladora de la Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías Públicas por Realización de Obras y Trabajos o de acuerdo con las indicaciones de los técnicos municipales competentes.
Si una vez señalizada la zona de actuación, de forma reglamentaria y con la correspondiente antelación, permaneciesen aún vehículos estacionados en la misma que impidiesen la normal realización de las actuaciones previstas, la empresa concesionaria deberá realizar las oportunas gestiones para la retirada de los mismos.
En caso de tener que ocupar temporalmente la xxxx xx xxxxxxx, aunque lo sea por corto espacio de tiempo, será imprescindible la adopción de las medidas prescritas en la Ley y Reglamentos de Seguridad Vial y contar con la autorización previa, si fuera preciso, de los servicios municipales competentes.
A efectos informativos, en las actuaciones de más de 72 horas, se colocará por el concesionario un cartel informativo con una breve descripción de los trabajos y la duración estimada de los mismos.
2.2.3. Propiedad de los datos y trabajos
Todos los datos manejados por la empresa concesionaria como consecuencia de la prestación del servicio serán propiedad del Ayuntamiento de Madrid, sin que aquella pueda utilizarlos con un fin distinto al que figura en el contrato de prestaciones.
Así mismo, todos los productos que puedan desarrollarse en el marco del presente contrato pasarán de manera inmediata a ser propiedad del Ayuntamiento de Madrid. Esto se aplica en particular a todo tipo de documentación y al software de cualquier naturaleza que pueda elaborarse,
tanto exnovo como para la adaptación o parametrización de aplicaciones estándar de cualquier naturaleza a las necesidades definidas en este pliego. Esto es también de aplicación a los desarrollos derivados del mantenimiento correctivo y evolutivo de las aplicaciones informáticas actualmente existentes en el Ayuntamiento de Madrid.
Durante la ejecución del contrato – a solicitud del Ayuntamiento de Madrid – con carácter parcial, y en todo caso finalizada su ejecución ordinaria, el concesionario procederá al traspaso físico o volcado informático de la totalidad de la documentación (en papel o preferiblemente electrónica) relacionada con el contenido del mismo.
En cuanto a la divulgación, el concesionario podrá solicitar certificados a tal efecto en los que se haga constar que ha desarrollado las prestaciones objeto del contrato para el Ayuntamiento de Madrid mientras se respete el compromiso de no revelar datos, información o conocimientos adquiridos de su contenido.
No se permitirá la divulgación de los trabajos desarrollados en el marco del presente Xxxxxx, ni el acceso de terceros a cualquier plataforma o sistema informático municipal desde el que se preste el servicio, salvo autorización o petición expresa por parte del Ayuntamiento de Madrid.
2.2.4. Confidencialidad, protección de datos personales y seguridad de la información
La empresa concesionaria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del Órgano de contratación al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
La empresa concesionaria se obliga especialmente a lo siguiente:
1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la
información del Ayuntamiento para cumplir las prestaciones objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa concesionaria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa concesionaria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el Órgano de contratación le pueda especificar en concreto y que se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).
Para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos.
Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo.
El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias.
El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones.
6º) Los diseños, implantaciones o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorías que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del concesionario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa concesionaria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el
incumplimiento por parte del concesionario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).
11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el concesionario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la comprobación de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
2.2.5. Contabilidad independiente
Durante la vida de la concesión, los concesionarios están obligados a mantener una contabilidad independiente y separada propia de la concesión. Dicha contabilidad será auditada de forma independiente con la periodicidad que establezca la legislación vigente, y al menos con una frecuencia anual.
Anualmente, o cuando se solicite por parte del Responsable del contrato, presentará la documentación completa de su contabilidad así como los correspondientes informes de auditoría independiente.
2.2.6. Responsabilidad
El concesionario asumirá la responsabilidad patrimonial que proceda por daños y perjuicios derivados de la prestación del servicio o del estado de los elementos de mobiliario urbano, de las áreas infantiles, de mayores y de los circuitos deportivos elementales.
2.3. Prestaciones incluidas
2.3.1. Limpieza del espacio público
La limpieza del espacio público engloba los trabajos necesarios ordinarios de limpieza para conseguir la salubridad y ornato del espacio público así como los trabajos necesarios de vialidad invernal y aquellas otras circunstancias meteorológicas excepcionales. Se incluirán como mínimo las labores de:
LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS ABANDONADOS Y NO CONTENERIZADOS
▪ Vaciado de todas las papeleras del espacio urbano, incluso aquellas donde se realice separación y reciclaje de residuos.
▪ Reposición de bolsas de excrementos caninos en papeleras según el plan de incorporación de las prestaciones a este contrato. El suministro de bolsas será realizado externamente hasta los límites marcados en pliego.
▪ Limpieza de calzadas y aceras de vías interurbanas, además de otros espacios urbanos como son zonas verdes, terrizas y espacios incluidos en zonas de edificación abierta, según especificaciones de los anexos, más aquellos otros que aún no habiendo sido incluidos en el mismo, estén siendo atendidos actualmente.
▪ Limpieza y adecuación del entorno de sistemas de contenerización.
▪ Limpieza y recogida especial de todos aquellos residuos peligrosos abandonados en espacios urbanos, como son entre otros, aceites y grasas, incluyendo el adecuado transporte y gestión de los mismos (ácidos, aceites, neumáticos, productos con amiantos, etc.), excepto aquellos que pudieran contener materia radiactiva.
▪ Limpieza de pasos inferiores, pasarelas, túneles y puentes (paramentos verticales y horizontales) así como carriles especiales y plataformas de transporte colectivo: bus, carriles bici, etc.
▪ Limpieza de aterramientos y desprendimientos o residuos por pérdida de carga, en las calzadas o cunetas que no sean un riesgo para la seguridad.
▪ Limpieza como consecuencia de fenómenos meteorológicos, incluyendo retirada de nieve y los materiales necesarios para el tratamiento preventivo y curativo.
▪ Limpiezas relacionadas con concentraciones y manifestaciones de menos de 1.000 personas previstas en la convocatoria, mercados, mercadillos y actos habituales (festivos, deportivos, etc.) con incidencia en la limpieza urbana de todos los espacios públicos.
▪ Para el resto de concentraciones, manifestaciones y eventos, dado lo extenso de la casuística, se atenderá a lo establecido en el anexo 11 al presente pliego.
▪ Limpieza y recogida de los excrementos animales en el espacio público y sus elementos constituyentes (pavimentos, paramentos verticales en su caso y todos los elementos objeto del presente contrato).
▪ Limpieza y desbroce de hierbas en cunetas, arcenes y espacios peatonales pavimentados, espacios sin urbanizar, solares municipales, alcorques con o sin rejillas (incluyendo la zona situada debajo de las mismas) similares.
▪ Limpieza de todos los elementos de los sistemas de drenaje de carreteras incluidas en este Pliego y demás del espacio público, así como de los drenajes superficiales no normalizados con o sin rejillas.
▪ Limpiezas de refuerzo por falta de condiciones mínimas de higiene y salubridad.
▪ Recogida programada de muebles y enseres procedentes de vecinos e instituciones de carácter municipal, excepto de empresas y organismos con gestión propia de residuos.
▪ Retirada de la vía pública y transporte a vertedero o gestores autorizados (según el tipo de residuo a valorizar) de todos los residuos de pequeño o gran tamaño que aparezcan abandonados en la vía publica exceptuando la retirada de vehículos, y contendores de ropa usada.
▪ Retirada programada de residuos no contenerizados (peinados).
▪ Limpieza puntual y programada de pantallas acústicas del ámbito del contrato, exceptuando las compartidas con el ámbito xx Xxxxx 30 u otras zonas. Las pantallas que se ubiquen en los límites de los lotes serán limpiadas del lado del ámbito territorial del contrato, en cada uno de los lotes.
▪ Limpieza de áreas de mobiliario urbano, juegos infantiles y de mayores e circuitos deportivos elementales. Queda excluida la limpieza de elementos de mobiliario, juegos infantiles, áreas de mayores y circuitos en recintos o ámbitos de titularidad privada, tales como colegios, residencias, instalaciones deportivas, etc.
ELIMINACIÓN
▪ Eliminación de cualquier tipo de pintadas o similar en cada una de las zonas que componen el espacio público (mediante limpieza sin trabajos de tratamiento sobre el soporte).
▪ Eliminación de pegatinas, carteles no anclados o atornillados, o similar situados en alineación de cualquier soporte en los espacios públicos, armarios, buzones, báculos, postes y soportes.
▪ Eliminaciones de manchas y olores en pavimentos y paramentos de cualquier tipo.
OTROS
▪ Atenderán igualmente, cualquier instrucción emanada del Responsable del Contrato o los responsables delegados por este, con el fin de corregir situaciones que se puedan producir en la Ciudad de Madrid, requiriendo una actuación de refuerzo de limpieza.
▪ Con carácter excepcional y dependiendo de la situación de emergencia que se establezca, ya sea de carácter nacional, autonómico o municipal, los servicios podrán ser desviados fuera de su ámbito de actuación.
▪ Programación, seguimiento de la ejecución y archivo y proceso de la información.
o Ordenación y coordinación de los trabajos.
o Informes de datos y resultados.
o Reconocimiento de estado periódico.
o Reconocimiento de estado ocasional.
2.3.2. Conservación de zonas verdes y arbolado viario
Los trabajos relativos a la conservación de zonas verdes y arbolado viario comprenderán todas las labores jardineras necesarias para garantizar su adecuado estado vegetativo y ornamental.
Comprenderán las siguientes labores:
• Zonas verdes:
▪ Conservación de elementos vegetales.
o Riegos de las zonas verdes y elementos vegetales.
o Abonados, enmiendas y aportes de sustratos.
o Entrecavados y escardas.
o Mantenimiento y reposiciones xx xxxxxxxx, praderas y cubiertas vegetales.
o Mantenimiento del arbolado y de arbustos.
o Plantaciones y reposiciones de árboles, arbustos y herbáceas. Trasplantes.
o Sanidad vegetal.
o Estructuras florales: pirámides, sifus, jardineras colgantes y similares.
o Actuaciones urgentes sobre elementos vegetales arbóreos ubicados en espacios verdes públicos municipales incluidos en este contrato
▪ Conservación de infraestructuras viarias: zonas terrizas.
o Viales.
o Plazas.
o Zonas estanciales.
o Zonas deportivas no regladas.
o Zonas de ocio.
▪ Conservación de cerramientos, puertas, verjas, elementos de protección, cartelería y señalización.
o Control de la seguridad de cada uno de los elementos y su instalación.
o Conservación en buen estado de sus componentes.
• Arbolado viario:
▪ Mantenimiento y regeneración.
o Riego.
o Entrecavado y eliminación de malas hierbas.
o Enmiendas y abonados.
o Renovación del sustrato.
o Poda.
o Apeo.
o Destoconado.
o Sanidad vegetal.
o Trasplante.
o Mantenimiento de rejillas y cubiertas.
o Evaluación del estado del arbolado.
o Control.
Las zonas verdes, arbolado viario y elementos a conservar son los relacionados en el anexo 6 del presente pliego, más aquellos otros que aún no habiendo sido incluidos en el mismo, por serlo posteriormente a su publicación, se encuentren en conservación en el momento de ejecución del servicio.
Cambio de tipologías.
Durante el periodo de vigencia del contrato, las zonas verdes y/o el arbolado viario podrán cambiar de una tipología a otra según el criterio del Servicio municipal competente. La empresa concesionaria deberá encargarse de estos cambios de tipología, de forma que se reoriente su gestión a la nueva realidad concreta, dotándola de los medios y aplicando los programas más adecuados.
Dichos cambios de tipología no supondrán modificación en el precio a abonar por la Administración.
2.3.3. Instalación, mantenimiento y conservación de elementos de mobiliario urbano
La conservación y mantenimiento de elementos de mobiliario urbano engloba todos los trabajos necesarios ordinarios que se realicen al objeto de garantizar el buen funcionamiento y fiabilidad de los mismos, mediante la realización de revisiones y reparaciones, localizando averías o desperfectos y con el fin de corregirlos o reparar los mismos. Estos trabajos incluirán la realización de las siguientes labores:
• Comprobación, mantenimiento y conservación preventiva y correctiva de elementos de mobiliario urbano municipal del Ayuntamiento de Madrid.
• Retirada, sustitución, reposición e instalación de elementos.
• Mantenimiento del inventario del mobiliario urbano municipal del Ayuntamiento de Madrid.
• Las operaciones necesarias para facilitar la realización de actos públicos.
2.3.4. Mantenimiento y conservación de elementos de áreas de juegos infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales
La conservación y mantenimiento de elementos de áreas de juegos infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales engloba todos los trabajos necesarios ordinarios que se realicen al objeto de garantizar el buen funcionamiento y fiabilidad de los mismos mediante la realización de revisiones y reparaciones, localizando averías o desperfectos con el fin de corregirlos o reparar los mismos. Estos trabajos incluirán como mínimo la realización de las siguientes labores:
• Comprobación, mantenimiento y conservación preventiva y correctiva de las áreas infantiles y áreas de mayores, incluyendo sus pavimentos; así como de los circuitos deportivos elementales conforme a la normativa vigente en cada momento que pudiera resultar de aplicación en cada materia.
• Retirada, sustitución, reposición e instalación de elementos en las áreas infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales.
• Mantenimiento del inventario de las áreas infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales.
• Certificación de las áreas de juegos infantiles según normativa de aplicación.
Queda excluida la conservación de elementos de mobiliario, juegos infantiles, áreas de mayores y circuitos en recintos o ámbitos de titularidad privada, tales como colegios, residencias, instalaciones deportivas, etc.
2.3.5. Conservación de sistemas xx xxxxx y abastecimiento de agua
La conservación y mantenimiento de los elementos que engloban la red xx xxxxx y fuentes de agua potable incluye todos los trabajos necesarios ordinarios que es preciso llevar a cabo al objeto de garantizar el buen funcionamiento y fiabilidad de los mismos mediante la realización de revisiones y reparaciones, localizando averías o desperfectos con el fin de corregirlos o repararlos. Estos trabajos incluirán como mínimo la realización de las siguientes labores:
• Comprobación, mantenimiento y conservación preventiva y correctiva de los elementos que componen la red xx xxxxx, hidrantes y xxxxxxx xx xxxxx.
• Retirada, sustitución, reposición e instalación de elementos.
2.3.6. Actividades complementarias para el seguimiento de la ejecución de las prestaciones
Las empresas concesionarias de los Lotes deberán facilitar, en los plazos y formas que establezca el Ayuntamiento de Madrid, la información alfanumérica y geográfica de las prestaciones y elementos gestionados, tal como se especifica en la descripción de cada uno de las prestaciones. Para el caso concreto del sistema de gestión de flotas, los Servicios Municipales deberán tener acceso completo a los sistemas puestos en marcha por las empresas concesionarias de los Lotes. Las empresas concesionarias deberán disponer todos los medios materiales y técnicos para que esto sea posible.
Por ello, la empresa concesionaria de cada lote deberá tener en cuenta la capacidad de integración de la información requerida con los diversos sistemas de gestión del Ayuntamiento. En los casos en que proceda, la integración de los sistemas de las concesionarias de los Lotes con cada uno de los sistemas municipales o el volcado o intercambio de información a los mismos deberá efectuarse en los plazos y con los requerimientos que se establezcan por parte del Ayuntamiento.
La información geográfica, inventarios y planificaciones que las empresas concesionarias de los Lotes facilitarán al Ayuntamiento deberán ser compatibles con las tecnologías de que dispone el Ayuntamiento con el fin de poder integrarse en el SIG corporativo y otros sistemas municipales.
Además, todos los sistemas de información de las empresas concesionarias de los Lotes, que se integren y/o comuniquen con los municipales, deberán
disponer de un servicio de soporte 24 horas todos los días del año (servicio de administración y atención, de infraestructuras, de comunicaciones…).
Toda esta información será de propiedad municipal. La empresa concesionaria será responsable única de la información que facilite, debiendo estar actualizada en todo momento en los sistemas informáticos de gestión de este contrato que habilite el Ayuntamiento de Madrid. Será responsable, asimismo, de la veracidad de dicha información, la cual deberá ser completa y cierta.
Si la integración de los sistemas internos de las empresas concesionarias con los municipales o el volcado de información antes apuntados lo hicieran necesario, las empresas concesionarias de los Lotes deberán disponer en sus instalaciones de un espacio reservado x xxxx técnica para la ubicación de los elementos necesarios (hardware, líneas de comunicación…) que permitan la conexión con los servidores municipales, permaneciendo normalmente cerrado, y siendo accesible a los servicios del Ayuntamiento.
En caso de que las empresas concesionarias de los Lotes dispongan de algún sistema de información propio sobre la gestión de las prestaciones, que contenga información relevante para el Servicio, el Ayuntamiento de Madrid podrá solicitar el acceso directo a los mismos, definiéndose el perfil de acceso adecuado a la plataforma para los técnicos municipales, con el objeto de realizar el control y seguimiento del contrato.
Las empresas concesionarias de los Lotes deberán integrarse, con los perfiles y condiciones que el Ayuntamiento establezca, en los sistemas de información municipales vigentes que sean de aplicación para este contrato (Sistema de Recogida, Gestión y Seguimiento de Avisos del Ayuntamiento de Madrid…), debiendo disponer para ello de los medios técnicos y humanos para gestionar diariamente la información en ellos recogida, de acuerdo con los flujos de trabajo establecidos en dichas aplicaciones, así como las actuaciones que puedan derivar de dichos sistemas.
2.4. Ámbito temporal y territorial. Separación en lotes
2.4.1. Definición territorial de los lotes
El ámbito territorial de los lotes establecidos se corresponde con la Ciudad de Madrid, de acuerdo con el siguiente desglose:
Lote 1: Comprende el ámbito territorial de los Distritos de Centro, Chamberí, Tetuán y el Xxxxxx xx Xxxxxxxxx (Xxxxxxx - Xxxxxxx). Xx xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx se distribuye xxxxx xxx xxxxx 0 x 0 xxxxx xxx xxxxxx recogidos en los anexos.
Lote 2: Comprende el ámbito territorial de los Distritos Arganzuela, Retiro, Salamanca y Chamartín. El bulevar de la Castellana se distribuye xxxxx xxx xxxxx 0 x 0 xxxxx xxx xxxxxx recogidos en los anexos.
Lote 3: Comprende el ámbito territorial de los Distritos de Fuencarral - El Xxxxx, Moncloa - Aravaca (excepto el Xxxxxx xx Xxxxxxxxx), x Xxxxxx
Xxxx 0: Comprende el ámbito territorial de los Distritos xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx, Ciudad Lineal y San Xxxx - Canillejas.
Lote 5: Comprende el ámbito territorial de los Distritos de Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxx xx Xxxxxxxx x Xxxxxxxxx.
Xxxx 0: Comprende el ámbito territorial de los Distritos xx Xxxxx, Xxxxxxxxxx, y Carabanchel.
2.4.2. Plan de incorporación de las prestaciones por lotes
Las actividades se agregarán al contrato principal a medida que los contratos vigentes, que actualmente están en funcionamiento, vayan finalizando, realizándose una incorporación escalonada según el siguiente plan:
LOTE 1
• 1 xx xxxxxx de 2013: El contrato se inicia con las siguientes actividades:
o Limpieza de los distritos asignados (y xxxxxx xx Xxxxxxxxx) en el ámbito de actuación excepto el de Chamberí.
o Reposición de bolsas de excrementos caninos de las papeleras instaladas en el ámbito de actuación, excepto las del distrito de Chamberí.
o Limpieza de áreas infantiles, de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Reparación, mantenimiento y conservación de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Eliminación de pintadas en elementos de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y elementos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Limpieza, conservación y mantenimiento de las zonas verdes del ámbito de actuación.
o Conservación y mantenimiento de los pozos de captación de aguas subterráneas y depósitos asociados.
o Conservación de las redes xx xxxxx con agua regenerada en las zonas verdes del ámbito de actuación.
• 1 xx xxxxx de 2014: Se incorporará la limpieza y reposición de bolsas de excrementos caninos del Distrito de Chamberí.
• 16 xx xxxxx de 2015: Se incorporará la conservación de bocas xx xxxxx, fuentes e hidrantes en la vía pública del ámbito de actuación.
LOTE 2
• 1 xx xxxxxx de 2013: El contrato se inicia con las siguientes actividades:
o Limpieza de los distritos asignados en el ámbito de actuación
o Reposición de bolsas de excrementos caninos de las papeleras instaladas en el ámbito de actuación,
o Limpieza de áreas infantiles, de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Reparación, mantenimiento y conservación de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Eliminación de pintadas en elementos de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y elementos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Limpieza, conservación y mantenimiento de las zonas verdes del ámbito de actuación.
o Conservación y mantenimiento de los pozos de captación de aguas subterráneas y depósitos asociados.
o Conservación de las redes xx xxxxx con agua regenerada en las zonas verdes del ámbito de actuación.
• 16 xx xxxxx de 2015: Se incorporará la conservación de bocas xx xxxxx, fuentes e hidrantes en la vía pública del ámbito de actuación.
LOTE 3
• 1 xx xxxxxx de 2013: El contrato se inicia con las siguientes actividades:
o Limpieza de los distritos asignados en el ámbito de actuación excepto el xx Xxxxxxx – Aravaca.
o Reposición de bolsas de excrementos caninos de las papeleras instaladas en el ámbito de actuación excepto en el Distrito xx Xxxxxxx – Aravaca.
o Limpieza de áreas infantiles, de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Reparación, mantenimiento y conservación de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Eliminación de pintadas en elementos de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y elementos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Limpieza, conservación y mantenimiento de las zonas verdes del ámbito de actuación.
o Conservación y mantenimiento de los pozos de captación de aguas subterráneas y depósitos asociados.
o Conservación de las redes xx xxxxx con agua regenerada en las zonas verdes del ámbito de actuación.
• 1 xx xxxxx de 2014: Se incorporará la limpieza y de reposición de bolsas de excrementos caninos del Distrito xx Xxxxxxx – Aravaca (excepto el Xxxxxx xx Xxxxxxxxx correspondiente al lote 1).
• 16 xx xxxxx de 2015: Se incorporará la conservación de bocas xx xxxxx, fuentes e hidrantes en la vía pública del ámbito de actuación.
LOTE 4
• 1 xx xxxxxx de 2013: El contrato se inicia con las siguientes actividades:
o Limpieza de los distritos asignados en el ámbito de actuación.
o Reposición de bolsas de excrementos caninos de las papeleras instaladas en el ámbito de actuación.
o Limpieza de áreas infantiles, de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Reparación, mantenimiento y conservación de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Eliminación de pintadas en elementos de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y elementos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Limpieza, conservación y mantenimiento de las zonas verdes del ámbito de actuación.
o Conservación y mantenimiento de los pozos de captación de aguas subterráneas y depósitos asociados.
o Conservación de las redes xx xxxxx con agua regenerada en las zonas verdes del ámbito de actuación.
• 16 xx xxxxx de 2015: Se incorporará la conservación de bocas xx xxxxx, fuentes e hidrantes en la vía pública del ámbito de actuación.
LOTE 5
• 1 xx xxxxxx de 2013: El contrato se inicia con las siguientes actividades:
o Limpieza de los distritos asignados en el ámbito de actuación excepto el Pau de Ensanche de Vallecas.
o Reposición de bolsas de excrementos caninos de las papeleras instaladas en el ámbito de actuación excepto el Pau de Ensanche de Vallecas.
o Limpieza de áreas infantiles, de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Reparación, mantenimiento y conservación de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Eliminación de pintadas en elementos de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y elementos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Limpieza, conservación y mantenimiento de las zonas verdes del ámbito de actuación.
o Conservación y mantenimiento de los pozos de captación de aguas subterráneas y depósitos asociados.
o Conservación de las redes xx xxxxx con agua regenerada en las zonas verdes del ámbito de actuación.
• 1 xx xxxx de 2014: Se incorporará la limpieza y reposición de bolsas de excrementos caninos xxx Xxx de Ensanche de Vallecas
• 16 xx xxxxx de 2015. Se incorporará la conservación de bocas xx xxxxx, fuentes e hidrantes en la vía pública del ámbito de actuación.
LOTE 6
• 1 xx xxxxxx de 2013: El contrato se inicia con las siguientes actividades:
o Limpieza de los distritos asignados en el ámbito de actuación.
o Reposición de bolsas de excrementos caninos de las papeleras instaladas en el ámbito de actuación.
o Limpieza de áreas infantiles, de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Reparación, mantenimiento y conservación de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y circuitos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Eliminación de pintadas en elementos de mobiliario urbano, juegos infantiles, juegos de mayores y elementos deportivos elementales del ámbito de actuación.
o Limpieza, conservación y mantenimiento de las zonas verdes del ámbito de actuación.
o Conservación y mantenimiento de los pozos de captación de aguas subterráneas y depósitos asociados.
o Conservación de las redes xx xxxxx con agua regenerada en las zonas verdes del ámbito de actuación.
• 16 xx xxxxx de 2015: Se incorporará la conservación de bocas xx xxxxx, fuentes e hidrantes en la vía pública del ámbito de actuación.
2.5. Situaciones extraordinarias
El Ayuntamiento de Madrid, en circunstancias extraordinarias como catástrofes, activación del plan nevada y eventos de magnitud extensible a gran parte de la Ciudad o por concentraciones masivas de personas u otras circunstancias que alteren en el ámbito de toda la Ciudad, podrá ordenar la utilización de medios materiales y humanos de una manera dirigida estableciendo la zona a limpiar o los medios a utilizar, incluso actuando el ámbito territorial de otros lotes.
En este caso las órdenes de actuación serán dadas directamente por el Responsable del Contrato o el designado para la coordinación de la situación excepcional, a los responsables de la empresa concesionaria de cada Lote, encargándoles una misión específica y definida a cada unidad.
Mientras se mantenga esta circunstancia, el Ayuntamiento de Madrid no aplicará temporalmente los indicadores de calidad en aquellos prestaciones y zonas de la Ciudad que se vean afectados, de acuerdo con siguientes criterios:
− Si la circunstancia excepcional se mantiene un periodo inferior o igual a 24 horas, existirá un periodo de 8 horas desde el final efectivo de las circunstancias extraordinarias donde no se realizarán la toma de datos para el control de los indicadores.
− Si la circunstancia excepcional se mantiene un periodo superior a 24 horas e inferior o igual a 72 horas, existirá un periodo de 24 horas desde el final efectivo de las circunstancias extraordinarias donde no se realizarán la toma de datos para el control de los indicadores.
− Si la circunstancia excepcional se mantiene un periodo superior a 72 horas e inferior o igual a 144 horas, existirá un periodo de 48 horas desde el final efectivo de las circunstancias extraordinarias donde no se realizarán la toma de datos para el control de los indicadores.
− Si la circunstancia excepcional se mantiene un periodo 144 horas o más, existirá un periodo de 72 horas desde el final efectivo de las circunstancias extraordinarias donde no se realizarán la toma de datos para el control de los indicadores.
La autorización inicial para la utilización de medios en ámbitos territoriales distintos de los fijados en cada lote, corresponderá al máximo responsable en cada momento del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad o en su caso el que gestione las prestaciones objeto del contrato en cada momento.
Cuando por motivos ajenos al Ayuntamiento de Madrid ocasionados por causas extraordinarias diferentes a las señaladas en párrafos anteriores, no se realicen o se realicen parcialmente los trabajos habituales establecidos en el presente pliego o los ofertados por concesionario se producirán descuentos en las certificaciones mensuales. Se podrán imponer trabajos mínimos que eviten el deterioro de salubridad, salud, seguridad u ornato de la Ciudad. La certificación del mes correspondiente se verá reducida en proporción a la disminución de las prestaciones. La base de descuento serán los precios unitarios ofertados por la empresa concesionaria, aplicados a la diferencia del personal que habitualmente trabaja respecto al que no ha trabajado de cada turno de trabajo. Los datos se tomarán del último mes trabajado completo antes de la circunstancia que ha producido dicha situación y con datos de TC2 reales del mes cuando se ha producido la situación. Si los datos finales del TC2 no son conocidos en el momento de realizar el descuento del mes certificado, éste se realizará de manera provisional hasta obtener el dato definitivo, momento en el cual se realizará el descuento definitivo.
2.6. Control y seguimiento del contrato
En este Pliego se definen indicadores de calidad que están orientados a medir el resultado final de las operaciones realizadas por la empresa concesionaria, para conseguir los objetivos que se persiguen con la prestación del servicio. Parte de la retribución que recibe la empresa concesionaria por prestar dicho servicio está ligada al valor obtenido por cada uno de los indicadores.
En los anexos adjuntos se especifican detalladamente los indicadores a aplicar, la metodología de medición y la repercusión en los pagos mensuales en caso de incumplimiento por parte de la empresa concesionaria.
El sistema de indicadores señalado está complementado por unos supuestos de incumplimiento de contrato (penalizaciones) que se señalan en el Pliego de Cláusulas Administrativas, que darán lugar a la apertura de los correspondientes expedientes administrativos.
Los incumplimientos de contrato contemplados en el Pliego de Cláusulas Administrativas, que dan lugar a penalizaciones, no se encuentran encuadrados dentro del sistema de indicadores.
2.6.1. Descripción general del sistema de control
Los controles a realizar para seguimiento del contrato y de los resultados de las prestaciones prestados se realizarán mediante indicadores de calidad e inspecciones puntuales.
2.6.2. Control por indicadores de calidad
Estos indicadores se utilizarán para la determinación de la detracción correspondiente a efectuar con cargo al precio a abonar por la Administración.
La definición y metodología de cálculo de los Indicadores de Calidad que se establecen en los anexos del presente pliego, determinan de forma objetiva la posible variación del importe a abonar en función del nivel de calidad obtenido. Contienen porcentajes a aplicar a la base imponible de la certificación y sus métodos de medida, de manera objetiva mediante fórmulas matemáticas.
Para cada indicador se ha definido un umbral de alerta, siendo éste el valor del indicador por debajo del cual no hay descuento en la certificación y que divide el intervalo del rango en dos regiones: Aceptable y No Aceptable.
Además se define un Umbral máximo para cada indicador cuyo valor genera el máximo descuento en la certificación. Este valor dividirá a su vez la región “No Aceptable” del rango en dos regiones, una región de descuento proporcional, que será el intervalo en la cual se produce descuento en certificación de manera proporcional al valor (x) y la región de descuento máximo, que será la región donde siempre se descontará el porcentaje máximo, pudiendo imponerse además descuentos adicionales en determinadas circunstancias que se definen más adelante.
En general, los indicadores desarrollados miden la calidad de las prestaciones del contrato así como una serie de servicios comunes. Estos indicadores son el Indicador de equipo (66), el Indicador de estado de las instalaciones (67) y el Indicador de satisfacción ciudadana (68), que evalúan a todos las prestaciones
en global. El primero mide el estado de los equipos humanos y materiales empleados en todas las prestaciones, el segundo el estado de las instalaciones de propiedad municipal que se incluyen en el contrato y el tercero la satisfacción de los vecinos con la prestación de todas las actividades del mismo.
2.6.3. Régimen de penalidades
Los incumplimientos al presente pliego se rigen por el régimen de penalidades desarrolladas en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares (PCAP).
3. LIMPIEZA
3.1. Objetivos de la prestación de limpieza
El objetivo en materia de limpieza urbana es conseguir determinados estándares de calidad para todos los espacios públicos, todos los días de la semana, con independencia de la época del año.
La obligación de la empresa concesionaria de cada Lote será la de mantener las condiciones necesarias de limpieza y salubridad del espacio público.
Para ello se establecen unos estándares de calidad, cuyo nivel de cumplimiento será verificado por los Servicios Técnicos Municipales a través del cálculo de indicadores y que se relacionarán con el pago del servicio.
La prestación objeto del presente apartado xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas estará operativo durante las 24 horas del día, todos los días del año y deberá garantizarse con medios ofertados suficientes para cubrir cualquier eventualidad incluida en este Pliego.
3.2. Prescripciones generales de la prestación de limpieza urbana del espacio público.
3.2.1. Descripción general de las actividades
El uso del espacio público provoca un ensuciamiento progresivo variable y reiterativo, según su uso (residencial, comercial, ocio, zona verde). Por ello se hace necesaria la limpieza de este espacio acorde con la posible velocidad del ensuciamiento. La calidad final una vez se haya efectuado la prestación de limpieza según necesidad deberá ser la misma en todas las zonas.
Los horarios de las prestaciones a realizar se establecerán con el fin de mantener el estado de calidad óptimo de limpieza en los momentos de máxima utilización del espacio público.
Las prestaciones de limpieza estarán sujetas a las reglas establecidas para garantizar la movilidad del transporte público y privado de vehículos, fijadas por el Ayuntamiento de Madrid.
Debido a la incidencia que tienen los equipos de limpieza que actúan en los espacios urbanos en la movilidad de peatones y vehículos en la vía pública es necesario establecer un criterio para reducir al mínimo la influencia del servicio en el ritmo habitual de la Ciudad.
Para ello es necesario en primer lugar clasificar las calles en aquellas que son
Ejes Principales y Ejes Secundarios.
• Se considerarán Ejes Principales, aquellos de carácter primordial para el funcionamiento de los Distritos; coincidirán en su mayor parte con la Red Básica de Transporte del Ayuntamiento de Madrid y además se incluirán las calles donde el peatón hace un uso más intensivo de los espacios, donde se desarrolla una actividad comercial alta, o bien se accede a la red de transporte público. Vertebran el resto del Distrito o conexionan con otras partes de la Ciudad y facilitan la movilidad de la circulación de vehículos. Se considerará como principal aquellos espacios peatonales de interés por su uso cultural, ocio, comercial y turístico (que podrán variar con el tiempo de la duración del contrato) donde es necesario reforzar la prestación de limpieza de manera que se mantenga la limpieza del espacio para su uso adecuado por parte xxx xxxxxx.
• Los Ejes Secundarios son aquellos con poco uso peatonal dado su carácter residencial, no comercial, y una circulación de vehículos no significativa.
Xx xxxxxxx xxxxx 0 una clasificación de las calles de Madrid que podrán ser modificada previa aprobación por los servicios municipales, ajustándose a la evolución de la ciudad.
Se realizarán todas las operaciones que se consideren necesarias para conseguir y mantener una calidad que permite garantizar un correcto estado de salubridad y visibilidad del espacio público.
Para ello habrá un limpieza ordinaria y otra de repaso que contemple aquellas prestaciones necesarios que se deben de realizar una vez finalizada la primera limpieza y que conseguirá que los espacios públicos mantengan, por su uso, de manera aceptable la calidad conseguida primeramente. Para ello se controlará que en aquellas zonas de uso masivo por parte xxx xxxxxx (zonas comerciales, culturales y de ocio) las papeleras no se llenen y se eliminen los residuos generados, tirados en los espacios peatonales por el uso. Los ejes principales y las zonas anteriormente mencionadas se limpiarán diariamente. Para el resto de vías la frecuencia mínima será la
necesaria para garantizar las condiciones de adecuadas de salubridad y adecuación del espacio público en todo momento.
La limpieza ordinaria deberá contemplar además de la limpieza general del espacio urbano público y sus elementos constituyentes, lo siguiente:
a. Eliminación de manchas: Todas las zonas incluidas en este contrato y sus elementos, deberán ser objeto de tratamiento de limpieza, realizándose siempre que sea necesario. Para ello se realizará una programación de las calles objeto de tratamiento en el que se incluirán todos los datos necesarios para su seguimiento debiendo ser validada por los Servicios Municipales. Se realizarán avisos de estas incidencias en caso necesario.
b. Eliminación de olores: se realizarán tratamientos según necesidades y con el tratamiento necesario que los elimine o incluso los evite en aquellas zonas que surjan reiteradamente. La periodicidad de los recorridos será mensual.
c. Eliminación de chicles: Las zonas definidas por los servicios municipales y el concesionario, de especial incidencia en el pavimento, deberán ser objeto de tratamiento de limpieza una vez cada dos meses.
d. Eliminación de malas hierbas, pudiendo utilizarse herbicidas que cumplan con la legislación vigente. No se permitirá el crecimiento de este tipo de residuo en aceras, calzadas, bordillos, ni cualquier otro tipo de pavimento duro o rígido.
e. Limpieza y eliminación de excrementos animales.
f. Vaciado específico de papeleras y reposición de bolsas de excrementos caninos en las mismas regularmente, sin que permanezcan expendedores vacíos más de 24 horas.
g. Retirada de carteles, pegatinas o similares en todos los elementos objeto del presente contrato. Se eliminarán carteles y pegatinas en elementos de alumbrado, señalización y armarios de cualquier tipo instalado en el espacio público.
h. Limpieza y adecuación diaria del entorno de los contenedores y puntos negros que puedan aparecer
i. Recogida, reciclaje y valorización de los residuos procedentes de limpieza viaria.
j. Retirada de la vía publica y transporte al vertedero o gestor de residuos autorizado, de los residuos que se encuentren en la vía publica abandonados (peinados).
k. Recogida programada de muebles y enseres
l. Limpieza de grafiti y pintadas
m. Limpieza xx xxxxxxx municipales, zonas terrizas o similar así como zonas sin urbanizar en zonas de edificación abierta.
La calidad de los trabajos será objeto de valoración según los indicadores siguientes:
1 Indicador de limpieza media de aceras y arroyos.
2 Indicador de desviaciones máximas en la limpieza de aceras y arroyos.
3. Indicador de limpieza de alcorques y jardineras.
4. Indicador de vaciado de papeleras
5. Indicador de reposición de bolsas en papeleras con expendedor
6. Indicador de manchas y olores
7. Indicador de presencia de pegatinas y carteles
8. Indicador de tiempo de de resolución de puntos negros
9. Indicador de recogida de muebles y enseres
10. Indicador de longitud / superficie de baldeo mecánico y baldeo mixto
11. Indicador de calidad de baldeo mecánico y baldeo mixto
12. Indicador de desbroce xx xxxxxxx y espacios sin urbanizar 13 Indicador de prestación de peinados
14 Indicador de limpieza de pintadas
15 Indicador de calidad de eliminación de pintadas
16 Indicador de limpieza especial de zonas de ocio y esparcimiento
17 Indicador de limpieza de zonas verdes o terrizas menores o iguales a 1 ha.
18 Indicador de limpieza de zonas verdes o terrizas mayores de 1 ha. 19 Indicador de limpieza de zonas de edificación abierta
20 Indicador de avisos u órdenes de limpieza
21 Indicador de limpieza integral de áreas infantiles, mayores y circuitos deportivos elementales
22 Indicador de limpieza de elementos xx xxxxxx, metacrilatos, bancos y mesas
23 Indicador de calidad total de limpieza
24 Indicador de calidad del control de xxxxxx xxx xxxxxxxxxxxxx.
00 Indicador de limpieza de xxxxxxx xx xxxxx en zonas verdes y vía público
26 Indicador de limpieza de hidrantes
27 Indicador de limpieza de los elementos del sistema xx xxxxx y abastecimiento del agua
3.2.2. Pautas para la planificación de las prestaciones de limpieza
La imagen de limpieza que debe de reflejar cualquier calzada o espacio peatonal debe quedar garantizada por una actividad de limpieza adecuada y con la suficiente frecuencia de actuación. Con al menos 8 horas de antelación al inicio de las prestaciones, se remitirá al servicio de inspección municipal dependiente del Responsable del Contrato la programación de las prestaciones recogidos en el apartado 3.3 y 3.10, diferenciando entre calles de ejes principales, calles de ejes secundarios, e indicándose las prestaciones y su número, calles y orden previsto de la limpieza en el servicio. Las prestaciones que se establezcan deberán estar diferenciadas en aquellos que realizan la limpieza ordinaria del resto.
Las empresas concesionarias deberán dotar al personal que consideren necesario de dispositivos con cámaras con GPS con el fin de aportar fotos georrefenciadas (por ejemplo, xx xxxxxxx) siempre que los Servicios Municipales lo soliciten.
Además existen una serie de prestaciones que se adaptarán a los diferentes usos o acciones que intervienen en el ensuciamiento del espacio público:
a. Desbroce de hierbas y limpieza xx xxxxxxx municipales y espacios sin urbanizar, y otras zonas singulares (xx xxxx a septiembre): Estas diferentes zonas pueden acumular residuos y crecimiento de vegetación espontánea provocando focos de insalubridad e incendios de hierbas secas. Es necesario reducir en épocas de crecimiento de malas hierbas el riesgo de incendios, provocado por una vegetación seca y abundante. Los desbroces xx xxxxxxx se realizan durante los meses xx xxxx a septiembre (salvo que las condiciones de precipitaciones de lluvia, o altas temperaturas exijan modificar estas fechas), que es cuando la hierba permanece seca. No obstante fuera de este período (mayo – septiembre) será exigible la limpieza de estas zonas, así como el desbroce de zonas por motivos higiénico sanitario en zonas singulares o por motivos de seguridad.
x. Xxxxxxxx en época de calor (del 1 xx xxxxx al 30 de septiembre) de aquellas prestaciones que empleen agua
regenerada para la eliminación de manchas y olores con el uso de productos específicos. O en aquellas circunstancias que por uso indebido del espacio público sea exigible esta clase de trabajos.
c. Recogida de semillas de árboles y arbustos en cualquier época, con un plazo no superior a 72 horas.
d. Recogida de hoja y arbustos (de noviembre a enero): refuerzo de aquellas prestaciones necesarias para la recogida de la hoja del arbolado en aquellas épocas del año en las que se produzca caída de hoja. En calles de ejes principales y de carácter cultural, comercial, ocio, lugares de acceso al transporte público, o cualquier otra que por las circunstancias de alto uso del espacio público por parte xxx xxxxxx, la recogida se realizará a diario, en el resto de calles la recogida se programará de acuerdo con la acumulación o superficie afectada y como mínimo cada 48 horas. En ningún caso se permitirá que la acumulación de hoja supere la altura de 10 cm en cualquier parte de la acera x xxxxxxx o cubra la acera sin dejar al menos un paso libre de anchura de 1,20 m.
e. Recogida de cartones, residuos y voluminosos en Xxxxxxx xx Xxxxxxx o similar: refuerzo de las prestaciones necesarias para la recogida de residuos generados durante la xxxxxxx xx Xxxxxxx o similar en zonas comerciales por un intensivo uso del espacio público. Así mismo, en función de los acuerdos y convenios que firme el Ayuntamiento de Madrid, se podrán hacer campañas especiales de recogida de residuos no contenerizados.
3.3. Especificaciones de las técnicas de las prestaciones de limpieza
En este apartado se relacionan las actividades mínimas que engloban los principales tratamientos de limpieza. No obstante el concesionario podrá proponer las actividades y prestaciones que considere necesarias para la obtención de los niveles requeridos de los indicadores.
Las prestaciones podrán ser diferentes a los aquí propuestos, siempre que sean aprobados por el responsable del contrato, tanto en medios mecánicos, auxiliares o humanos, no admitiéndose modificaciones de las actividades mínimas que se relacionan a continuación:
Todos las prestaciones que se establecen en este apartado tienen funciones mínimas, siendo compatible con cualquier otra actividad objeto del presente contrato.
3.3.1. Control de barrio
• Esta actividad será de obligado cumplimiento para el concesionario, debiéndose tomar los datos necesarios, así como establecer, verificar y controlar las prestaciones de limpieza necesarios, para conseguir y mantener la calidad adecuada en todas las calles de la Ciudad.
• Dotación: adecuada al cumplimiento de la prestación, de modo que se garantice la detección rápida y eficaz de incidencias en el espacio público y puedan ser tomadas las medidas oportunas de limpieza en el mismo turno de trabajo o en el siguiente posterior.
• Funciones mínimas: Control de las prestaciones de limpieza, conservación y mantenimiento; toma de datos que faciliten la toma de decisiones sobre las labores necesarias para el correcto mantenimiento, conservación y limpieza (incluyendo las epocas de recogida de la hoja o semillas, actuaciones en Plan de Nevada, etc), vigilancia, así como la resolución de las incidencias detectadas en el menor tiempo posible estableciendo los medios necesarios para la resolución en cada momento; toma de datos de los trabajos ejecutados, así como informar de los resultados de la limpieza según la actividad realizada y la supervisión de los instrumentos, maquinaria y materiales necesarios para la ejecución del trabajo. Controlará la toma de medidas de la seguridad en el trabajo y de las medidas preventivas que se establezcan. Tomará los datos de los medios dispuestos y el tiempo invertido en la realización de las actividades, así como la resolución de problemas relacionados con la limpieza o que afecten a la misma y que surjan en cada momento en los procesos de limpieza del espacio público. En la realización de esta
actividad deberá tomar los datos e incidencias necesarios para el control y estado de limpieza en cada momento del ámbito asignado.
3.3.2. Prestación de barrido manual
• Dotación: compuesto de personal con carro portacontenedores, cepillo, escobijo, pala, bolsas biodegradables para la recogida de residuos, así como cualquier herramienta auxiliar necesaria para desarrollar su trabajo como mangas o manguitos o soplantes.
En las labores de limpieza de esta prestación se utilizará el cepillo en todas las superficies, utilizando el escobijo solo en aquellos lugares que el cepillo no pueda acceder, además de las propias del mismo (recoger los residuos amontonados o sacarlos de los puntos donde no pueda acceder el cepillo). El escobijo no sustituirá en ningún caso la labor del cepillo.
• Ámbito de actuación: sectores compuestos de espacios peatonales pavimentados y partes xx xxxxxxx, así como los elementos integrantes o anexos a las mismas como alcorques, parterres, alfeizares xx xxxxxxx y muros en el espacio público, etc.
• Funciones:
1. Labores de limpieza en el ámbito de actuación, que como mínimo será el cepillado de la superficie de espacios peatonales pavimentados hasta el límite xx xxxxxxx y una anchura mínima del ancho del aparcamiento (o 50 cm. como mínimo en caso de no existir dicho aparcamiento), para la recogida y eliminación de todos los residuos y restos de arena, embolsado de los mismos, así como el transporte de dichas bolsas en carro hasta la retirada por vehiculo de apoyo.
2. Labores de limpieza y eliminación de residuos del resto del espacio publico existente: alcorques, jardineras, medianeras, zonas de vegetación o praderas, carril bici, y zonas verdes del ámbito de actuación.
3. Labores de limpieza y eliminación de residuos en zonas de afección de la vía pública (recovecos de fachadas y ventanas, muros).
4. Eliminación de carteles de cualquier tamaño, pegatinas o similar en fachadas ubicadas en los espacios del ámbito de actuación, en báculos, postes de señales, armarios de acometidas o mando de diferentes servicios, etc. No se incluirán los elementos metálicos, acristalados, madera o carácter plástico.
5. Recogida de excrementos o residuos orgánicos en toda la superficie del ámbito de actuación.
6. Recogida y vaciado de todas las papeleras en todo el recorrido asignado. Las papeleras deberán quedar perfectamente cerradas y encajadas, sin que accidentalmente se abran o caigan. En el caso de los expendedores de bolsas el depósito de las mismas deberá quedar siempre perfectamente cerrado una vez se efectúe la carga de las bolsas. Las papeleras no podrán permanecer rebosantes más de 24 horas.
7. Eliminación de vegetación de crecimiento espontáneo de toda la superficie pavimentada y la situada en alcorques.
8. Recogida y embolsamiento de pequeños residuos como tablillas, cartones, bolsas domiciliarias abandonadas o similar.
9. En zonas de contenerización, recogida de residuos abandonados en el exterior de acuerdo con el sistema de reciclaje existente en ese punto.
10. Baldeo manual con agua regenerada en el caso de disponer de la misma. Este sistema de limpieza será prioritario frente al resto de actividades o elementos de barrido.
3.3.3. Prestación de recogida selectiva de residuos abandonados o no contenerizados (peinados)
• Dotación: compuesto por personal suficiente, y camión o vehículo, con caja para residuos, pudiendo estar compartimentada para separación de residuos. Para vehículos no compartimentados la separación de residuos se deberá realizar en Centro de Transferencia. En el caso de transferencia a camión nodriza deberá contemplar el reciclaje de las fracciones procedentes de la prestación. Contará además, con las herramientas necesarias para las labores de barrido manual. El vehículo estará dotado de sistema de señalización homologado para el trabajo en calzadas, protegiendo así el trabajo de los operarios de a pie, realizando así los trabajos de manera segura.
• Ámbito de actuación: recorrido asignado por el concesionario para el cumplimiento de los estándares de calidad exigidos. Sectores compuestos de espacios peatonales pavimentados y partes xx xxxxxxx, así como los elementos integrantes o anexos a las mismas.
• Labores de limpieza:
1. Recogida de los residuos de las operaciones de limpieza.
2. Limpieza y recogida de los residuos abandonados en los espacios públicos y en el entorno de contenedores, teniendo
que ser recogidos regularmente y no pudiendo permanecer en el espacio público más de 4 horas (3 horas en el Distrito Centro). La permanencia de residuos en estas zonas será motivo de descuento en certificación (o penalización si supera las 6 horas). Se considera punto negro la acumulación de residuos abandonados en los espacios públicos. No se considerarán como puntos negros los residuos en las aceras o calzadas aislados que ocupen una superficie inferior a 0,25 m2 (cuadrado de lado 0,5 m) o un volumen inferior a una bolsa de basura de 20 litros llena, o aquellos que sean sacos de escombros. Tampoco se considerarán como puntos negros superficies de acera x xxxxxxx inferiores a 1 m2 con residuos de alturas inferiores a 5 cm.
3. Adecentamiento o vaciado de papeleras rebosantes encontradas a su paso.
4. Recogida y contenerización de los residuos mal presentados ubicados en esos entornos. En aquellos casos cuando el residuo abandonado pueda ser contenerizado por ubicarse junto a su sistema de recogida correspondiente, se realizará de esta manera.
5. Separación, valorización y traslado de residuos a gestores autorizados o al vertedero correspondiente.
3.3.4. Prestación de barrido mixto
• Dotación: compuesto por personal suficiente y barredora mecánica. Los operarios no conductores estarán dotados de soplantes para facilitar las operaciones de barrido de residuos y hojas caídas. Los soplantes serán homologados y minimizarán las emisiones de contaminantes a la atmósfera (contaminantes y polvo, para lo que se realizará un tratamiento de baldeo previo de la zona en caso necesario) así como las emisiones sonoras. Las máquinas barredoras aportadas por la empresa concesionaria del contrato que no sean del período de transición, estarán dotadas y deberán utilizar un tercer cepillo delantero para la limpieza de los espacios pavimentados, que sobresalga de la barredora al menos 1,5 metros. Además todas las barredoras contarán con sistema de señalización homologado para el trabajo en calzadas, protegiendo así el trabajo de los operarios de a pie, realizando los trabajos de manera segura.
• Ámbito de actuación: recorrido asignado por el concesionario para el cumplimiento de los estándares de calidad exigidos. Sectores compuestos de espacios peatonales pavimentados y calzada, así como los elementos integrantes o anexos a las mismas.
• Labores de limpieza: Los operarios no conductores barrerán o soplarán los espacios peatonales pavimentados, bordillos, y cualquier espacio público que se encuentre en la zona por delante de la máquina barredora con la ayuda de soplantes, o cepillo cuando sea necesario, eliminando los residuos de las mismas, así como xxx xxxxxx o de los espacios de difícil acceso, dejando estos en la calzada. La barredora realizará las funciones de barrido de la calzada y aspiración de los residuos de los espacios peatonales pavimentados y bordillo que los peones deberán dejar a su paso. El conductor en todo momento realizará el barrido dando la mayor anchura de barrido que la maquina pueda ofrecer, utilizando para ello el cepillo delantero o tercer brazo.
3.3.5. Prestación de barrido mecánico de espacios peatonales pavimentados
• Dotación: compuesto por personal suficiente y barredora de aceras. Las máquinas barredoras aportadas por el concesionario del contrato estarán dotadas y deberán utilizar un tercer cepillo delantero para la limpieza de los espacios peatonales pavimentados y de las áreas no accesibles, que sobresalga de la barredora al menos 1,5 metros. Además todas las barredoras contarán con sistema de señalización homologado para el trabajo, protegiendo así el trabajo de los operarios de a pie y peatones, realizando los trabajos de manera segura.
• Ámbito de actuación: recorrido asignado por el concesionario para el cumplimiento de los estándares de calidad exigidos. Sectores compuestos de espacios peatonales pavimentados.
• Labores de limpieza: Limpiar, arrancar, arrastrar y recoger todos los residuos encontrados a su paso en el ámbito de actuación, incluyendo residuos de pequeña granulometría, controlando la formación de polvo y evitando dejar rastro y desprender residuos. El conductor en todo momento realizará el barrido dando la mayor anchura de barrido que la maquina pueda ofrecer, utilizando para ello el cepillo delantero o tercer brazo.
3.3.6. Prestación de barrido mecánico de calzadas
• Dotación: compuesto personal suficiente y barredora. El vehículo estará dotado de sistema de señalización homologado para el trabajo en calzadas y grandes espacios peatonales, avisando así del trabajo que se realice, realizando así los trabajos de manera segura. Las máquinas barredoras aportadas por el concesionario del contrato
estarán dotadas y deberán utilizar un tercer cepillo delantero para la limpieza de los espacios peatonales pavimentados y de las áreas no accesibles, que sobresalga de la barredora al menos 1,5 metros.
• Ámbito de actuación: recorrido asignado por el concesionario para el cumplimiento de los estándares de calidad exigidos. Sectores compuestos de calzadas y grandes espacios peatonales pavimentados.
• Labores de limpieza: Limpiar, arrancar, arrastrar y recoger todos los residuos encontrados a su paso en calzadas, incluyendo residuos de pequeña granulometría, controlando la formación de polvo y evitando dejar rastro y desprender residuos. El conductor en todo momento realizará el barrido dando la mayor anchura de barrido que la maquina pueda ofrecer, utilizando para ello el cepillo delantero o tercer brazo
3.3.7. Prestación de baldeo mecánico
• Dotación: compuesto por personal suficiente y camión con equipo de baldeo y cisterna de capacidad variable, se incluirá una prestación de barrido mecánico o manual que lo complemente. El vehículo estará dotado de sistema de señalización homologado para el trabajo en calzadas, realizando así los trabajos de manera segura. La carga de agua regenerada de la cisterna deberá realizarse con anterioridad al comienzo de la jornada de la actividad de limpieza programada.
• Ámbito de actuación: recorrido asignado por el concesionario para el cumplimiento de los estándares de calidad exigidos. Sectores compuestos de calzadas, desde eje xx xxxxxxx al xxxxxx. La longitud del sector se contará por cada pasada xx xxxxx, excepto en aquellos casos en los que se demuestre que los residuos se acumulan de manera adecuada de una sola pasada en ambos bordillos.
• Labores de limpieza:
1. Limpieza de la calzada, mediante proyección de agua a presión por las boquillas de un vehiculo cisterna, de modo que se arrastren los residuos encontrados a su paso en la xxxx xx xxxxxxxx de la calzada, incluyendo residuos de pequeña granulometría, eliminación de cualquier tipo de restos, acumulándolos en el bordillo para su inmediata recogida posterior al paso del equipo de trabajo. No se salpicarán vehículos, fachadas o elementos en general integrantes del espacio público.
2. Los residuos arrastrados por el agua a presión discurren por los arroyos y serán recogidos posteriormente antes de la entrada de la boca de la alcantarilla.
3. Se utilizará esta prestación siempre que sea preciso y en especial por motivos de seguridad eliminando restos, de hoja, arena o similar, usando productos químicos olorizantes, desengrasantes y jabonosos cuando sea necesario (y siempre después de grandes concentraciones de personas o aquellas donde se haya generado residuos de carácter orgánico).
4. Realización del programa establecido.
3.3.8. Prestación de baldeo mixto
• Dotación: compuesto por 3 operarios como mínimo, uno de ellos con capacidad para conducir y manejar adecuadamente camión con equipo de baldeo y cisterna, con capacidad variable según las características geométricas de la vía pública. Los operarios no conductores estarán dotados de cepillo, manga y recipiente para la recogida de residuos. El vehículo estará dotado de sistema de señalización homologado para el trabajo en calzadas, protegiendo así el trabajo de los operarios de a pie, realizando los trabajos de manera segura. La carga de agua regenerada de la cisterna deberá realizarse anterior al comienzo de la jornada de la actividad de limpieza.
• Ámbito de actuación: recorrido asignado por el concesionario para el cumplimiento de los estándares de calidad exigidos. Sectores compuestos de espacios peatonales pavimentados.
• Labores de limpieza:
1. Limpieza del ámbito de actuación, mediante el lanzamiento contra el pavimento de agua a presión con una manguera manejada por un operario y conectada a la baldeadora, arrastrando los residuos con la punta del chorro de agua y el cepillo manejado por el otro operario y acumulándolos. Se eliminarán todos los residuos del ámbito de actuación, incluido los existentes bajo las rejillas de protección de los alcorques si hubiere. No se salpicarán vehículos, fachadas y sus escaparates, elementos en general integrantes del espacio público. No se introducirá agua bajo puertas de acceso a edificios o ventanas enrasadas con la rasante de la vía pública.
2. Los residuos serán amontonados y recogidos por el operario que maneja el cepillo, el cuál los depositará en una bolsa biodegradable del recipiente que llevará la baldeadora.
3. Se utilizará esta prestación siempre que exista un uso intensivo de la vía pública, usando productos químicos olorizantes, desengrasantes y jabonosos cuando sea necesario y siempre en zonas de ocio, mercadillos o concentraciones de personas que puedan provocar manchas por residuos orgánicos en los espacios pavimentados.
4. Realización del programa establecido.
3.3.9. Prestación de fregado de espacios peatonales pavimentados
• Dotación: compuesto por personal suficiente y fregadora de aceras. El vehículo estará dotado de sistema de señalización homologado para el trabajo en espacios peatonales pavimentados y calzadas, avisando así del trabajo que se realice de manera segura a peatones.
• Ámbito de actuación: recorrido asignado por el concesionario para el cumplimiento de los estándares de calidad exigidos. Sectores compuestos de espacios peatonales pavimentados.
• Labores de limpieza:
1. Fregado mecánico de pavimentos y zonas peatonales con agua y jabón con optimización del agua empleada, eliminando manchas y olores así como los posibles encharcamientos de la xxxx xxxxxxxx.
0. Se utilizará esta prestación siempre que exista un uso intensivo de la vía pública, usando productos químicos olorizantes, desengrasantes y jabonosos cuando sea necesario, en especial cuando existan pavimentos graníticos o piedras porosas.
3. Realización del programa establecido.
3.3.10. Prestación de eliminación de pintadas
• Dotación: compuesto personal suficiente y vehículo quitapintadas, compuesto éste de los equipos necesarios para realizar la eliminación de pintadas. El vehículo estará dotado de sistema de señalización homologado para el trabajo en espacios peatonales pavimentados y calzadas, avisando así del trabajo que se realice de manera segura, además se asegurará la zona de trabajo para seguridad de peatones y vehículos, incluyéndose desvíos alternativos en caso necesario. Tendrá este equipo todas las herramientas y materiales necesarios para la eliminación de pintadas, y sombras en cualquier superficie de paramento vertical u horizontal.
• Ámbito de actuación: todos los elementos integrantes de titularidad municipal de la zona adjudicada y objeto de este contrato, así como paramentos horizontales y verticales de todos los espacios públicos (en todas las calles, zonas ajardinas, muros, etc, ) hasta una altura de 12 metros, (excepto metálicos, maderas, plásticos y vítreos) Se deberán eliminar las pintadas de todos los elementos de mobiliario urbano y áreas infantiles y de mayores y circuitos deportivos elementales, armarios y contadores de la red xx xxxxx independientemente de su material así como las pantallas acústicas que serán siempre a petición del Responsable del Contrato. No se incluirá la eliminación de pintadas de elementos no integrantes de este Pliego, como son entre otros, armarios de acometidas de cualquier tipo y servicios, soportes de otros servicios municipales o no.
• Labores de limpieza:
1. Eliminación de cualquier pintada y sombra, mediante limpiezas con equipos autónomos de agua caliente a presión controlada, disolventes, productos quita sombras o similiar, o repintando del paramento, respetando el tipo de soporte sin dañarlo.
2. Uso de productos químicos desengrasantes en caso necesario para eliminación de cualquier rastro de manchas.
3. Tratamiento antipintadas en paramentos especialmente castigados con pintadas.
4. Realización del programa establecido.
3.3.11. Prestación de limpieza y desbroce xx xxxxxxx municipales, zonas de uso público de edificación abierta, zonas terrizas y zonas sin urbanizar
• Dotación: compuesto por personal suficiente, con vehículo camión ligero o vehículo, con caja para transporte de residuos. El vehículo estará dotado de sistema de señalización homologado para el trabajo en espacios peatonales pavimentados y calzadas, avisando así del trabajo que se realice de manera segura, además se asegurará la zona de trabajo para seguridad de peatones y vehículos, incluyéndose desvíos alternativos en caso necesario. Contará, además de las herramientas necesarias para las labores de barrido manual y palmeras, con soplantes, desbrozadoras, implemento xx xxxx y plataforma elevadora posterior y todas aquellas herramientas necesarias para la limpieza y desbroce xx xxxxxxx. El concesionario deberá de disponer de medios mecánicos para movimiento de tierras y escombros, incluso para transporte a vertedero o gestor autorizado.
• Ámbito de actuación: solares municipales, zonas terrizas, zonas no urbanizadas del espacio público, espacios de uso público de edificación abierta.
• Labores de limpieza:
1. Desbroce de los laterales y medianas de los viales, zonas terrizas, solares de titularidad municipal, y aquellos otros que se dictamine por los Servicios Técnicos Municipales, incluyendo corte de matorrales y vegetación espontánea, así como la recogida de los residuos de desbroce y correcto tratamiento de residuo correspondiente.
2. Mantenimiento de la limpieza de estas zonas.
3. Realización del programa establecido.
3.3.12. Prestación de recogida y retirada de muebles y enseres en la vía pública
• Dotación: compuesto por personal suficiente, y camión o vehículo, con caja para residuos, pudiendo estar compartimentada para separación de residuos. Para vehículos no compartimentados la separación de residuos se deberá realizar en Centro de Transferencia. En el caso de transferencia a camión nodriza deberá contemplar el reciclaje de las fracciones procedentes de la prestación. Contará además, con las herramientas necesarias para las labores de barrido manual, y que estará dotado de un recipiente para la recogida de los residuos del entorno de actuación. El vehículo estará dotado de sistema de señalización homologado para el trabajo en calzadas, protegiendo así el trabajo de los operarios de a pie y realizando los trabajos de manera segura.
• Ámbito de actuación: la zona comprendida en los Lotes del contrato.
• Labores de limpieza:
1. Recogida de muebles y enseres de particulares en la vía pública y limpieza del entorno en caso necesario, mediante petición de vecinos u organismo municipal en plazo inferior a 72 horas desde la entrada de la petición al concesionario.
2. Quedan excluidas las recogidas de muebles y enseres de dependencias oficiales no municipales o de carácter privado, ni empresas privadas, salvo petición expresa del Responsable del Contrato.
3. Separación, valorización y traslado de residuos a gestores autorizados o al Parque Tecnológico de Valdemingómez.
3.3.13. Prestación de limpieza de áreas infantiles, mayores y circuitos deportivos elementales
• Dotación: compuesto por personal suficiente, vehículo con hidrolimpiadora, sopladora, liquido antigraffiti y material para la limpieza del pavimento del área y de los elementos que la componen.
• Ámbito de actuación: todos pavimentos y elementos que componen las áreas infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales objeto del contrato.
• Labores de limpieza:
1. Limpieza de pavimentos. Se retiraran todos los objetos ajenos a las áreas manual o mecánicamente utilizando sopladoras, rastrillos mariposa, cepillos o cualquier material auxiliar. También se retiraran aquellos objetos que pudieran haber sido abandonados en cualquiera de los elementos que componen las áreas.
2. En los pavimentos de caucho se utilizarán sopladoras y agua a presión para la limpieza de los mismos, teniendo especial atención en las juntas de los pavimentos de caucho, bien con el borde con el pavimento exterior al área en los pavimentos continuos o entre las baldosas que componen el área en el caso de que se utilicen las mismas.
3. Se vaciarán los tramex de la arena o residuos que se hayan podido depositar en ellos.
4. Limpieza de pintadas. Se limpiarán de pintadas todos los elementos que componen las áreas. Posteriormente a la utilización de los mismos se lavarán los juegos con agua a presión y detergente.
5. Limpieza de suciedad de los juegos. Se lavarán los juegos con detergente y agua a presión cuando los elementos presenten suciedad.
3.3.14. Operaciones auxiliares a las labores de limpieza
• Reposición de bolsas biodegradables para la recogida de excrementos en máquinas expendedoras de papeleras. Los expendedores no deberán estar más de 24 horas vacíos. Para ello se suministrará a cada empresa concesionaria de cada Lote bolsas biodegradables, tal como se detalla en el siguiente párrafo, que es el correspondiente al consumo anual considerado suficiente por la experiencia de años anteriores. En el caso que se superen el consumo la diferencia de
bolsas correrá a cargo del concesionario para el cumplimiento de la reposición. Se tendrá en cuenta el sistema del expendedor de bolsas, si admite o no del tipo plegadas, de acuerdo con el siguiente cuadro (incluyen datos de suministro de Madrid Río que no es objeto de este contrato).
Distrito/Zona | Nº Expendedores | Porcentaje consumo | Nº Bolsas plegadas | Bolsas sin plegar |
01 CENTRO (más Bº Xxxxxxxxx) | 300 | 8,84% | 7.072.000 | 10.608.000 |
02 ARGANZUELA | 179 | 3,74% | 2.992.000 | 4.488.000 |
03 RETIRO | 244 | 5,08% | 4.064.000 | 6.096.000 |
00 XXXXXXXXX | 000 | 5,48% | 4.384.000 | 6.576.000 |
05 CHAMARTÍN | 358 | 5,75% | 4.600.000 | 6.900.000 |
06 TETUAN | 264 | 5,24% | 4.192.000 | 6.288.000 |
07 CHAMBERI | 252 | 5,18% | 4.144.000 | 6.216.000 |
00 XXXXXXXXXX | 000 | 6,42% | 5.136.000 | 7.704.000 |
09 MONCLOA-ARAVACA (excepto Bº Xxxxxxxxx) | 310 | 4,16% | 3.328.000 | 4.992.000 |
00 XXXXXXXXX | 000 | 5,77% | 4.616.000 | 6.924.000 |
21 XXXXXXX | 189 | 1,95% | 1.560.000 | 2.340.000 |
15 CUIDAD LINEAL | 344 | 6,08% | 4.864.000 | 7.296.000 |
13 XXXXXX XX XXXXXXXX | 000 | 5,69% | 4.552.000 | 6.828.000 |
00 XXXXXXXXX | 000 | 2,93% | 2.344.000 | 3.516.000 |
18 XXXXX XX XXXXXXXX | 000 | 1,97% | 1.576.000 | 2.364.000 |
19 VICÁLVARO | 120 | 1,80% | 1.440.000 | 2.160.000 |
20 XXX XXXX - XXXXXXXXX-XXXXXXXXXX | 000 | 4,27% | 3.416.000 | 5.124.000 |
10 LATINA | 339 | 6,03% | 4.824.000 | 7.236.000 |
11 CARABANCHEL | 410 | 6,47% | 5.176.000 | 7.764.000 |
12 USERA | 238 | 3,53% | 2.824.000 | 4.236.000 |
00 XXXXXXXXXX | 000 | 3,62% | 2.896.000 | 4.344.000 |
6.000 | 100,00% | 80.000.000 | 120.000.000 |
En estos datos se incluye el consumo de los expendedores incluidos en el ámbito de Madrid Río, por lo que anualmente se descontará el consumo de cada uno de los Distritos. Cuando el ámbito territorial del contrato sea ampliado en cualquiera de los Lotes, los expendedores de la Ciudad podrán ser reubicados para cubrir las zonas recepcionadas.
LOTE | DISTRITOS | UDS EXPENDEDORES EN MADRID RIO | Nº DE BOLSAS DE QUE SE SUMINISTRARAN EXCREMENTOS |
1 | Centro | 4 | 70.000 |
2 | Arganzuela | 21 | 550.000 |
3 | Moncloa | 7 | 120.000 |
3 | Latina | 20 | 350.000 |
6 | Carabanchel | 14 | 400.000 |
6 | Usera | 10 | 210.000 |
TOTAL | 76 | 1.700.000 |
• Transporte de residuos al Parque Tecnológico de Valdemingómez o a gestores autorizados.
• Carga de baldeadoras y equipos con agua antes del inicio de la prestación programado.
• Limpieza, revisión y reposición de niveles y elementos, de maquinaria después de cada uso.
• Funciones compatibles para cualquier prestación establecida anteriormente: cualquier otra relacionada en este contrato siempre que no exceda de su ámbito territorial.
3.4. Situaciones extraordinarias de limpieza
3.4.1. Limpieza de zonas afectadas por ocio y esparcimiento
Los espacios urbanos (aceras, calzadas, zonas verdes, terrizas, y las áreas infantiles, de mayores y circuitos deportivos contenidos en el presente contrato) que sufran un ensuciamiento de cualquier tipo debido al consumo de alimentos y bebidas no habitual o por uso inadecuado, deberán ser limpiados a la mayor rapidez después de producirse, con los plazos máximos que se establecen a continuación.
Dicha actividad, al realizarse en el espacio público, está fuertemente marcada por la estacionalidad del clima, con una mayor afluencia de gente durante los meses cálidos que en los meses de invierno.
La limpieza de todas las zonas de ocio y/o afectadas por el consumo de bebidas y comida en la calle, se realizará baldeo mixto con productos olorizantes y
quitagrasas, garantizando así una mayor calidad de la limpieza que devuelva a la zona afectada su estado adecuado.
En aquellas zonas donde no se pueda utilizar un baldeo mixto porque la superficie a tratar no lo permita (zonas verdes, terrizos o similiar), la limpieza se realizará mediante el empleo de la prestación necesaria, combinando las prestaciones que se precisen, utilizando la herramienta y equipos necesario que conjugue una mayor calidad con rapidez.
Los trabajos completos de limpieza incluirán la eliminación completa de todos los residuos incluida la recogida de los mismos y limpiezas de manchas de cualquier tipo.
Dichas labores se realizarán cuantas veces sean necesarias y siempre deben quedar finalizadas como máximo dos horas después del ensuciamiento ó antes de las 8:00 horas del día siguiente en días laborales y 9:00 en festivos, sábados y domingos, si estos se producen durante la madrugada.
Las empresas concesionarias tendrán un registro exhaustivo de las zonas donde la prestación de limpieza urbana se vea afectado por ocio y esparcimiento, facilitando la información al Responsable del Contrato con la frecuencia que sea necesaria, debiendo dar este el visto bueno.
Se xxxxxxx xxxx xxxxx 00 un plano informativo de las zonas de ocio nocturno existentes en la actualidad, si bien podrán ser objeto de modificación a criterio del Ayuntamiento de Madrid si se modifican o aparecen nuevas zonas. Así mismo se adjunta en el citado anexo las actuaciones mínimas necesarias para cada tipo de evento.
La calidad de los trabajos será objeto de valoración según los indicadores siguientes:
16 Indicador de limpieza especial de zonas de ocio y esparcimiento.
3.4.2. Limpieza de actos, eventos, manifestaciones, mercadillos y fiestas
Todos los espacios urbanos que sufran un ensuciamiento por estos motivos, deberán ser limpiados inmediatamente después de su finalización, coordinando la limpieza con los servicios técnicos municipales o de inspección a indicaciones de Policía Municipal, la cual podrá establecer la prioridad en la apertura del tráfico.
Siempre que sea necesario (cuando parte del ensuciamiento sea de carácter orgánico) se realizará baldeo mixto con productos olorizantes y quita grasas, garantizando así una mayor calidad de la limpieza que devuelva a al zona afectada su estado natural.
La prioridad de limpieza será la apertura de las calzadas al tráfico
En aquellas zonas donde no se pueda utilizar esta prestación porque la superficie a tratar no lo permita (zonas ajardinadas, terrizos etc.) se realizará mediante el empleo de la prestación necesaria, combinando las prestaciones que se precisen, utilizando la herramienta y equipos necesarios que conjugue una mayor calidad con rapidez.
Los trabajos completos de limpieza incluirán la eliminación completa de todos los residuos incluida la recogida de los mismos y limpiezas de manchas de cualquier tipo.
La limpieza de los espacios urbanos que sufran un ensuciamiento por estos motivos, se deberá realizar como mínimo las actuaciones establecidas en el plan de limpieza de eventos que se relacionan en los anexos del presente pliego para cada tipo de evento.
No obstante se estará siempre a lo establecido por los Servicios Técnicos Municipales.
3.4.3. Limpieza o tratamientos en caso de nevadas y heladas y otras inclemencias meteorológicas.
Existen circunstancias meteorológicas que afectan a los espacios públicos. En estos casos los operarios de las empresas concesionarias realizan labores de suma importancia para la recuperación de la movilidad y accesibilidad en espacios peatonales pavimentados y calzadas, por ello realizarán como mínimo las labores que se relacionan en el anexo 12 del presente pliego según las circunstancias meteorológicas que pudieran existir. En su caso se podrá activar el Plan Nevada.
• Tratamiento preventivo por nevada y bajas temperaturas: con el fin de evitar resbalones, formación de placas de hielo, y favorecer la fusión de la nieve y el hielo se deberá realizar un tratamiento preventivo con el fundente adecuado.
• Tratamiento curativo: posterior al inicio de la nevada, se eliminará la nieve y placas de hielo con los medios auxiliares suficientes para que los efectos sobre la circulación de peatones y vehículos de transporte público se restablezca lo más rápido posible. La nieve será retirada siempre que puedan actuar cuchillas quitanieves, realizándose el salado posterior después de su retirada, tanto en espacios peatonales pavimentados como en calzadas.
• Se dispondrá de los medios suficientes para cumplir con dichas labores, con vehículos adaptados a tal fin y las herramientas auxiliares necesarias. En el caso de nevada o heladas, estarán incluidos los fundentes y materiales necesarios para realizar las labores que eviten los
riesgos de dichas alertas meteorológicas. Para ello, el concesionario tendrá la obligación de disponer en depósito 500 Tm de sal por distrito o la cantidad equivalente de salmuera (mínimo 100.000 litros/día de producción) o cualquier otro fundente siempre que se garantice el mismo rendimiento que con la sal, que se irán reponiendo a medida que se utilicen, no pudiendo bajar de la cantidad mínima especificada.
• Los concesionarios podrán disponer de un tipo solo de fundente o bien la combinación de varios tipos de fundentes.
• Así mismo deberán proporcionar fundentes a vecinos en representación de viviendas particulares y organismos municipales (en el caso de sal 20 kg y 40 kg respectivamente) por día de activación del Plan de Nevada o Hielo de acuerdo con el artículo 10.2 de la Ordenanza de limpieza de los espacios públicos y de gestión de residuos, de la manera que dicte el Plan.
• Alertas meteorológicas: Se deberá estar preparado para inclemencias meteorológicas del tipo de fuertes rachas de viento que produzcan caídas de ramas de árboles u otros elementos peligrosos por su caída o acumulación, acumulación xx xxxxxxx que habrá que retirar o tratar, tormentas de agua que requerirán despejar las rejillas de imbornales, otras que requerirán tratamientos de agua y cualquier otro que pueda producirse y pueda solucionarse con los medios de limpieza disponibles.
• Acuerdos y Convenios del Ayuntamiento de Madrid con otros organismos con responsabilidad en la gestión de incidencias en vía pública. Se estará a lo dispuesto por los Servicios Técnicos Municipales.
• Se establecerán todos los medios necesarios para evitar que el salado afecte al arbolado y a la vegetación de las zonas verdes. Los concesionarios serán responsables de los daños de tipo fisiológico que puedan causarse a dichos elementos vegetales como consecuencia de la realización de esta actuación o de las derivadas de la misma.
• Tratamientos preventivos de los puntos de interés. Estos puntos prioritarios son los siguientes:
⮚ Bomberos. Calzadas de salida y entrada de vehículos.
⮚ Centros sanitarios y hospitales. Calzadas de acceso a urgencias y entradas del edificio, todas las aceras de cada acceso al centro.
⮚ Comisarías de policía. Calzadas de salida y entrada de vehículos, todas las aceras de cada acceso al centro.
⮚ Puntos de red de transporte. Aceras de acceso al transporte y xxxx xx xxxxxx del transporte.
⮚ Organismos oficiales. Aceras de acceso al centro.
⮚ Organismos municipales (administrativos, culturales, deportivos, de mayores y otros centros especiales). Calzadas de salida y entrada de vehículos, todas las aceras de cada acceso al centro.
⮚ Todos los Centros docentes de cualquier edad formativa, públicos, privados, o concertados teniendo en cuenta los días apertura. Todas las aceras perimetrales al centro y acceso xx xxxxxxx a aparcamiento de transporte escolar.
⮚ Centros comerciales. Aceras de acceso al centro.
⮚ Puntos sensibles a la circulación de autobuses de la EMT (los que emita en cada momento la EMT).
⮚ Espacios peatonales de carreteras y autopistas en: pasarelas, tableros y accesos a transporte público.
• El tratamiento preventivo de las aceras y calzadas en los puntos de interés, sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, se realizará de manera general de la siguiente forma:
⮚ Tratamiento preventivo de acera anexa al Punto de Interés: desde la entrada hasta el paso de peatones más próximo, paso de peatones en calzada con anchura de paso mínima de 3 metros y barbacana completa de acera contraria.
⮚ Tratamiento preventivo xx xxxxxxx de acceso al Punto de Interés: tratamiento desde la calzada principal o secundaria xx xxxxx hasta la entrada del punto de interés. Especial importancia en Urgencias de centros hospitalarios o primera intervención de salud, deberá ser completado hasta la parada del vehículo para bajada de pacientes.
⮚ Tratamiento preventivo de salidas de Metro: desde el último escalón o desembarco de ascensor hasta el paso de peatones más próximo, paso de peatones en calzada con anchura de paso mínima de 3 metros y barbacana completa de acera contraria.
⮚ Tratamiento preventivo de accesos al transporte público con o sin marquesinas: desde la xxxx xx xxxxxx hasta el paso de peatones más próximo, paso de peatones en calzada con anchura de paso mínima de 3 metros y barbacana completa de acera contraria.
⮚ Tratamiento preventivo de Intercambiadores de transporte, paradas de Taxi: superficie completa peatonal y calzada. La acera de acceso de dichas zonas se tratará hasta el paso de peatones más próximo, paso de peatones en calzada con anchura de paso mínima de 3 metros y barbacana completa de acera contraria.
⮚ Tratamiento preventivo de puntos de especial interés al transporte público de la EMT: Se estará a lo dispuesto a lo
indicado en cada momento por dicho servicio, por ser de interés general de la Ciudad.
⮚ En el tratamiento de todos los puntos de interés se tendrá en cuenta los horarios de apertura en el caso de edificios, así como el uso o tránsito en dichos puntos. Dichos tratamientos deberán permanecer atendidos, retirando la nieve cuando se acumule, hasta la finalización de la alerta meteorológica y la eliminación de nieve y agua que evite la formación de placas de hielo.
• Los tratamientos preventivos del Plan de Nevada son los indicados en xx Xxxxx 00 correspondiente que se acompaña en este Pliego.
3.5. Limpieza urbana y de vías interurbanas
3.5.1. Prescripciones generales de limpieza viaria
En la limpieza ordinaria los concesionarios variarán las prestaciones a realizar en función del grado de ensuciamiento del espacio público, adecuándolos a las circunstancias existentes en cada una de los elementos que lo componen. No obstante y con el fin de velar por la obtención de los estándares de calidad requeridos, se establecen las siguientes prescripciones:
3.5.1.1. Prestación de baldeo
Se baldearán mecánicamente todas las calles de Madrid. Las calles de ejes principales se baldearán al menos una vez cada semana, y una vez al mes como mínimo las calles de ejes secundarios. En aquellas zonas que por su configuración geométrica no sean accesibles para baldeadoras, se realizará mediante otros equipos de limpieza con agua. Los baldeos mecánicos deberán ir acompañados con una recogida inmediatamente posterior de los residuos acumulados en arroyos y aceras, para lo cual la programación de los baldeos se realizará con la necesaria de barridos.
El baldeo mixto será de aplicación en aquellas zonas de carácter cultural, comercial, ocio, lugares de acceso al transporte público, turístico o cualquier otra que por circunstancias de alto uso del espacio público por parte xxx xxxxxx así lo requiera Estás áreas se definirán conjuntamente con los Servicio Municipales, debiendo la empresa concesionaria facilitar la programación de los baldeos mixtos en cada momento, siendo el área a baldear por lote y mes como mínimo la que se recoge en la tabla siguiente o la ofertada por el concesionario en su oferta.
Fregado de aceras realizado con detergente: realizado en profundidad y con productos jabonosos.
ud | Servicio | Cantidad mensual mínima de cada servicio en los meses xx xxxxx, xxxxx y septiembre | |||||
Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | ||
ml | Baldeo mecánico | 2.500.000,00 | 2.500.000,00 | 2.500.000,00 | 2.500.000,00 | 2.500.000,00 | 2.500.000,00 |
m2 | Baldeo Mixto | 27.000.000,00 | 00.000.000,00 | 0.000.000,00 | 0.000.000,00 | 0.000.000,00 | 0.000.000,00 |
m2 | Fregados zonas peatonales | 240.000,00 | 175.000,00 | 175.000,00 | 175.000,00 | 175.000,00 | 175.000,00 |
ud | Servicio | Cantidad mensual mínima de cada servicio en los meses de enero, febrero, marzo, agosto, noviembre y diciembre | |||||
Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | ||
ml | Baldeo mecánico | 2.000.000,00 | 2.000.000,00 | 2.000.000,00 | 2.000.000,00 | 2.000.000,00 | 2.000.000,00 |
m2 | Baldeo Mixto | 17.000.000,00 | 6.000.000,00 | 3.000.000,00 | 3.000.000,00 | 3.000.000,00 | 3.000.000,00 |
m2 | Fregados zonas peatonales | 120.000,00 | 75.000,00 | 75.000,00 | 75.000,00 | 75.000,00 | 75.000,00 |
ud | Servicio | Cantidad mensual mínima de cada servicio en los meses xx xxxxx, mayo, octubre | |||||
Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | ||
ml | Baldeo mecánico | 2.200.000,00 | 2.200.000,00 | 2.200.000,00 | 2.200.000,00 | 2.200.000,00 | 2.200.000,00 |
m2 | Baldeo Mixto | 21.500.000,00 | 8.000.000,00 | 4.000.000,00 | 4.000.000,00 | 4.000.000,00 | 4.000.000,00 |
m2 | Fregados zonas peatonales | 190.000,00 | 100.000,00 | 100.000,00 | 100.000,00 | 100.000,00 | 100.000,00 |
Todos los baldeos señalados anteriormente se ejecutarán de acuerdo con una programación que debe ser aprobada por al Ayuntamiento al inicio de la concesión que se podrá ajustar a lo largo de la vida del contrato en función de cómo evolucione la Ciudad.
Los cambios de programación sólo se podrán realizar previa aprobación de los servicios dependientes del Responsable del Contrato. Aquellas circunstancias excepcionales en las que el concesionario realice una prestación de baldeo o fregado no se contabilizarán, ni en la programación de cualquier tipo de baldeos, ni en la superficie o longitud a realizar mensualmente.
Las empresas concesionarias dispondrán de la aplicación necesaria que permitirá la visualización de la ubicación de las baldeadoras y equipos de agua como elemento fundamental de limpieza, en tiempo real, así como la gestión de flotas, permitiendo consulta de datos geográficos, planificación y seguimiento de los recorridos realizados, así como la frecuencia de baldeo de
cada calle, emisión de informes etc. Este sistema permitirá diferenciar cuando las máquinas están trabajando de cuando sólo se están desplazando.
La calidad de los trabajos será objeto de valoración según los indicadores siguientes:
10 Indicador de cumplimiento de la prescripción de la longitud / superficie de baldeo mecánico y baldeo mixto
11 Indicador de calidad de las prestaciones de baldeo mecánico y baldeo mixto
A efectos de cálculo del indicador, en el caso de que no se realicen las prestaciones de baldeo, ya sea por causas ajenas a los concesionarios derivadas de temperaturas menores o iguales a 3º C o por otras causas que determine el Ayuntamiento, se asignará un valor a la superficie y/o longitud de baldeo equivalente a la que se habría realizado en circunstancias normales y nunca superior al valor diario correspondiente calculado según las prescripciones de superficie y longitud establecidas en este Pliego de Prescripciones Técnicas.
3.5.1.2. Horarios
Los horarios de las prestaciones a realizar estarán condicionados por los siguientes objetivos:
• Consecución de unas condiciones óptimas de operatividad, rendimiento y fiabilidad.
• Reducción al mínimo de las molestias de circulación, a viandantes, ruidos, etc.
• Conservación de una máxima “calidad de limpieza útil”, es decir, tener un estado óptimo de limpieza en las horas del día que mayor impacto ciudadano tienen en el espacio público.
Para ello se establecen las siguientes prescripciones respecto a los horarios de trabajo:
Horarios para las prestaciones de limpieza ejes principales y secundarios
Los trabajos de limpieza ordinaria con medios mecánicos (equipos de barrido mecánicos, equipos de agua o de baldeo, etc.) en los ejes principales deberán finalizar antes de las 9:00 horas del día en aceras y calzadas, no pudiendo comenzar antes de las 21:00 horas (excepto en aquellas circunstancias de urgencia que así lo exigiesen).
En el caso de ejes secundarios, las labores de limpieza deberán finalizar a las 13 horas.
Justificadamente se podrá flexibilizar estos horarios en aquellos lugares que no se produzcan molestias a peatones, vehículos, etc. y siempre con autorización previa del Responsable del Contrato.
Horarios para prestaciones de limpieza con agua
Los concesionarios deberán realizar una propuesta del número de prestaciones en cumplimiento de lo exigido en este Pliego, con horarios de baldeo o aquellas prestaciones de limpieza que empleen agua regenerada como sistema principal de limpieza, para cada una de las calles o tramos, en función de sus características, que deberá validar los servicios municipales. Para aquellos viales que por sus características geométricas o por organización del servicio de la empresa concesionaria, las prestaciones ordinarias de baldeo no puedan ser realizados con camiones cisterna, se deberá indicar la metodología que seguirá para cumplir con las prescripciones del presente Xxxxxx.
En el Distrito Centro las prestaciones de limpieza con agua, en los espacios peatonales y calzadas de ejes principales, se realizarán en el horario comprendido entre 23:00 horas y las 08:00 horas, lo que conlleva la retirada de los equipos después de esa hora.
Las limpiezas excepcionales por eventos, manifestaciones o ensuciamientos por consumo en los espacios públicos se regirán de manera independiente en un siguiente apartado.
Excepcionalidades
El Plan de Calidad del Aire establece que en el caso de darse las circunstancias atmosféricas excepcionales y tener que intensificar las actividades de baldeo en la vía pública, éstos se realizarán utilizando los recursos existentes más intensamente (trabajo en más turnos), con medios humanos y mecánicos que en otras actividades no se consideren tan prioritarios, para que no suponga ningún incremento en el coste económico de los concesionarios.
Las jornadas o días que el Ayuntamiento declare como de circunstancias meteorológicas especiales, las empresas concesionarias tendrán la obligación de incrementar las prestaciones de baldeo mecánico en un porcentaje del 30% del baldeo medio diario mensual, de acuerdo con el horario que se establezca. En aquellas circunstancias especiales de carácter natural, el baldeo mecánico se realizará en los ejes principales establecidos en el Plan de Nevada en un plazo inferior a 18 horas desde la orden del Responsable del Contrato.
Por otro lado, los baldeos especiales basados en la existencia en las calles de una red de agua regenerada se irán implantando a medida que se desarrollen las infraestructuras necesarias, en especial los baldeos de carácter manual.
El Ayuntamiento podrá restringir la utilización del baldeo cuando lo considere necesario, y en especial, en épocas de sequía. Los concesionarios deberán mantener la calidad del servicio ofertado mediante el refuerzo de otras operaciones de limpieza viaria, como el uso de barredoras. En este sentido, el licitador debe presentar un plan de servicio alternativo en caso de restricción de agua.
Optimización del uso del agua
La carga de agua regenerada se realizará en los lugares que en cada momento indiquen los Servicios Técnicos (dársenas, pozos, etc.).
Las empresas concesionarias recogerán mensualmente los datos de consumo de agua regenerada de los diferentes sistemas de baldeo, estableciendo el consumo por baldeadora y dársena de carga o similar, optimizando el uso del agua de manera que sea posible no sólo el control del gasto sino la economía de ésta. Se pondrá especial cuidado en el uso y funcionamiento de la red, de forma que no se produzcan pérdidas de agua tanto en los equipos así como en las zonas de carga.
El agua consumida en esta atención será de cuenta del Ayuntamiento, debiendo los concesionarios no utilizar más agua que la estrictamente necesaria.
Será necesaria la instalación de dispositivos en los equipos de agua que puedan controlar de manera fiable la cantidad de agua que se carga en cada uno de ellos.
Horarios para limpieza de mantenimiento
Se realizarán labores de mantenimiento de la limpieza (barridos manuales de repaso o cualquier otro que sea óptimo, y reiterativos en caso necesario), con el fin de mantener la calidad de la limpieza en niveles aceptables durante el uso del espacio público por parte xxx xxxxxx, y hasta las 21:00 horas. Se programarán en aquellas zonas donde la velocidad del ensuciamiento sea la suficiente para que los indicadores de calidad referidos a los espacios peatonales y el llenado de papeleras no sean admisibles y existan residuos abandonados en el espacio público por su uso.
Horarios para limpieza de mercados, mercadillos o similar
Las operaciones de limpieza comenzarán inmediatamente después del cese de la actividad, y con los medios suficientes para realizar la limpieza en el menor tiempo posible.
La operación de limpieza requiere la recogida y valorización en su caso, de todo tipo de residuos xx xxxxxxx y muy especialmente embalajes. Los trabajos completos de limpieza incluirán la eliminación completa de todos los residuos con barridos y limpiezas de manchas de cualquier tipo. La limpieza de la zona deberá ser finalizada con agua, jabonosos o desengrasantes y productos olorizantes que sean necesarios. El corte y señalización de la zona corresponderá al concesionario para la buena realización de la prestación. No obstante se estará a lo dispuesto a lo indicado por Policía Municipal. Se priorizará la apertura del tráfico de vehículos.
3.5.2. Actuación prioritaria (prestación de control de barrio de la empresa concesionaria)
Se considera la necesidad de actividades de limpieza prioritaria cuando existan:
- papeleras llenas (se considera llena cuando el nivel de residuos supera el 50% de la capacidad total ), o
- residuos esparcidos en el suelo (suciedad acumulada, o residuos peligrosos para la salud), o
- puntos negros.
Estas circunstancias deberán ser detectadas y solventadas por las empresas concesionarias en un plazo no superior a tres horas. Si una zona donde el plazo de actuación de 3 horas de la prestación de limpieza prioritaria, finalice después de las 21 horas, deberá estar recogido, como muy tarde, a las 7 horas del día siguiente para ser considerado aceptable.
Aquellas incidencias que permanezcan a las 15:00 horas del día siguiente serán consideradas como incumplimientos puntuales y penalizados de acuerdo con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato (PCAP).
3.5.3. Limpieza de vías interurbanas o de alta capacidad
Las vías interurbanas difieren del resto de los espacios de vías urbanas por la necesidad de sistemas de limpieza especializados, al transportar una mayor intensidad de vehículos a elevadas velocidades de circulación.
En el presente apartado se incluyen las siguientes operaciones:
• Operaciones de limpieza ordinaria.
• Prestaciones a realizar en caso de situaciones de afección puntual al viario.
• Limpieza de nieve y hielo en calzada.
Las empresas concesionarias deberán examinar las necesidades de limpieza de los diferentes elementos de la Red, con especial atención a la suciedad que pueda suponer riesgo, afección o limitación para el tráfico o deterioro del medio ambiente, estableciendo las medidas para mantener la calzada libre de cualquier clase de obstáculo para la circulación, y limpia de cualquier producto o defecto que pudieran disminuir las condiciones normales de adherencia con los neumáticos de los vehículos que sobre el mismo circulen o disminuir las condiciones normales de seguridad de la circulación.
Es obligación de las empresas concesionarias darán todas las facilidades a los servicios técnicos del Ayuntamiento de Madrid para la revisión de los trabajos ejecutados, facilitando una programación que deberá ser aprobada por los Servicios Municipales, y poner a su disposición toda la documentación para su seguimiento.
3.5.3.1. Operaciones de limpieza ordinaria
Los objetivos de las operaciones de limpieza ordinaria son:
• Garantizar el estado de la vía para mantener la seguridad de la circulación de vehículos, eliminando los elementos o residuos que produzcan la pérdida de adherencia.
• Mantener la limpieza de los elementos de drenaje para la correcta evacuación de aguas pluviales y la no formación de balsas de agua.
• Reducir el riesgo de incendios al mantener las zonas terrizas anexas a la vía limpias y sin hierbas secas.
• En los espacios peatonales, se establecen los mismos objetivos de limpieza de aceras urbanas.
En la limpieza de las vías interurbanas se actuará sobre: espacios peatonales (aceras, áreas de descanso, zonas de estacionamiento, etc..) incluyendo los elementos de mobiliario urbano y el vaciado de papeleras; calzadas (principales o de enlace), arcenes, medianas, isletas y cebreados, márgenes, bermas, áreas de descanso y aparcamiento, pantallas acústicas de cualquier tipo, espacios
terrizos o ajardinados y paramentos verticales o en altura, túneles y pasarelas, así como sobre los elementos de drenajes de evacuación de aguas pluviales, además de los elementos de seguridad integrantes de la misma (hitos, barreras).
Las tareas de limpieza se realizarán con una frecuencia suficiente para garantizar su estado adecuado pero sin comprometer la seguridad de los usuarios de la vía. Los cortes de tráfico a realizar por las actividades de limpieza deberán estar coordinados con los Servicios de Movilidad, el resto de los Servicios Técnicos Municipales y Policía Municipal.
Al inicio la concesión los concesionarios deberán presentar un programa de limpieza de estos espacios que será aprobado por el Responsable del Contrato. Este programa debe garantizar la limpieza de todos los elementos integrantes de esta clase de vías.
Las tareas de mantenimiento y limpieza ordinaria a realizar comprenderán, como mínimo, las siguientes:
− Limpieza de calzadas y arcenes: La ejecución del xxxxxxx xx xxxxxxx se señalizará según las prescripciones de la Instrucción 8.3.IC “Señalización de obra”. Los carriles derechos de la calzada se realizarán en horario diurno y en horas xxxxx de intensidad de tráfico y los carriles izquierdos xx xxxxxxx se realizan en horario nocturno ante la imposibilidad de ejecutarlos en el día por la intensidad del tráfico.
La frecuencia de barrido será la necesaria para la eliminación de los residuos generados y la gravilla desprendida xx xxxxxxx que pueda provocar su proyección hacia los vehículos.
- Retirada de desprendimientos y aterramientos en menos de 12 horas siempre que no afecte a la calzada en cuyo caso sería necesaria la retirada inmediata.
- Retirada de vertidos accidentales de aceites, gasóleos, o similar en menos de 12 horas siempre que no afecte a la calzada en cuyo caso sería necesaria la retirada inmediata.
- Borrado y limpieza de pintadas de la plataforma y en la zona de dominio público, incluyendo las estructuras, túneles, barreras, pantallas acústicas, o similar.
- Limpieza de cunetas y elementos de drenaje (sumideros, alcantarillas, etc.): se realizará siempre que sea posible desde el exterior de la plataforma con vehículos de descarga de material y personal aparcados en calles adyacentes; y mediante barrido o soplado, acumulando en bolsas a pie xx xxxxxxx, bajo barrera bionda o en el margen exterior de la cuneta. En el caso de que sea imposible la limpieza desde el exterior será necesaria la señalización de obra fija de la Instrucción 8.3.IC. Una vez terminada la operación, se procederá a la recogida de bolsas de residuos, procediendo de igual manera, siempre que sea posible, desde el exterior xx xxxxxxx.
Todos los dispositivos del sistema de drenaje (obras de drenaje transversal, colectores, cunetas, cauces, caces, desagües, sumideros, imbornales, bajantes, arquetas, pozos, drenes subterráneos, mechinales, areneros, o similar) deberán mantenerse en todo momento libres de obstáculos o arrastres que reduzcan su sección en más de un 25 % (veinticinco por ciento). Las empresas concesionarias deberán acometer todas las operaciones de limpieza necesarias para garantizar en todo momento la condición anterior.
Será obligación del concesionario el establecimiento, elaboración y actualización de los inventarios y reconocimientos de estado precisos para la planificación del servicio al inicio de la concesión.
Para aquellos casos en los que como consecuencia de periodos de lluvia que excedan la capacidad del drenaje, sea por dimensionamiento u obturación, se produzcan balsas de agua que impidan la correcta circulación, el concesionario dispondrá de forma permanente de medios móviles que permitan bombear, achicar y establecer las condiciones de circulación segura.
- Limpieza de isletas: Se realizará bien con cepillo manual o con sopladora, aunque la posibilidad de realizarse desde el exterior xx xxxxxxx es reducida, por lo que debe de disponerse de preaviso de señalización para la operación.
- Limpieza de mediana y retirada de basuras: En la limpieza de la mediana existente en algunos de los tramos, al no existir prácticamente arcén izquierdo, la operación se realizará en horario nocturno con xxxxx xx xxxxxx izquierdo según norma 8.3.IC. Esta operación se podrá llevar a cabo conjuntamente con la poda del macizo arbustivo dispuesto en mediana con carga de basuras directamente sobre camión y posteriormente a vertedero autorizado.
- Limpieza de paramentos: La limpieza de paramentos depende de su ubicación: si se sitúan en zona de mediana x xxxxxx xxxxxxxxx, se realizará en horario nocturno con xxxxx xx xxxxxx, en el caso del margen exterior en horario diurno evitando horas punta de intensidad de tráfico.
- Limpieza/retirada de desprendimientos de carga u objetos en calzada. Las empresas concesionarias dispondrán de medios suficientes dotados de pequeña herramienta, útiles de limpieza y un xxxxx xx xxxxxx completo. En el caso de divisar un objeto en calzada o ser requerido por agentes viales (Guardia Civil o Policía Municipal) procederá a su retirada.
En los casos de pequeños objetos en carriles derechos y poca intensidad de tráfico, el operario reducirá su velocidad avisando lumínicamente con la cascada que posee el furgón para que los vehículos abandonen el carril y protegido por el furgón procede a su retirada.
En el caso de que se trate de un vertido xx xxxxxxx o gran importe o se situé en carril izquierdo o con alta intensidad de tráfico, se procede al aviso
a los agentes de tráfico en la zona (Guardia Civil o Policía Municipal), para que retengan el tráfico durante el tiempo en el que el trabajador situado en el arcén derecho cruce los carriles para la recogida del objeto con plena seguridad.
3.5.3.2. Prestación en caso de situaciones de afección puntual al viario
El objeto de las prestaciones a realizar en caso de situaciones de afección puntual al viario es el restablecimiento de la normalidad de la circulación. Las actuaciones que se efectúen en este ámbito deberán realizarse en todo caso bajo la coordinación en su caso y supervisión de otras autoridades competentes.
Las empresas concesionaria dispondrán de un servicio de control que le permita conocer, lo mejor y lo antes posible, las incidencias o anomalías en el estado y funcionamiento de la vía, tomando directamente disposiciones para corregirlas, comunicándolas a quien pueda tomarlas u ordenarlas en los casos más urgentes, y dejando constancia de las demás para su corrección.
Se atenderán las incidencias que se produzcan en estas vías, garantizando la adecuada coordinación con los servicios de Movilidad, Vías Públicas, SELUR y Emergencias y Protección Civil.
En el caso de incidencias no producidas por accidentes se retirarán todos los residuos que queden sobre cualquier elemento de la vía (calzadas, aceras, zonas terrizas, cunetas, canaletas, sistemas de drenaje, o similar)
3.5.3.3. Limpieza de nieve en calzada
El procedimiento para la limpieza de nieve en calzada se desarrollará según lo estipulado en la última versión aprobada del Plan de Vialidad Invernal del Ayuntamiento de Madrid.
3.5.3.4. Inventario de elementos
Con el objeto de planificar y realizar correctamente las operaciones de limpieza detalladas anteriormente, los concesionarios deberán llevar a cabo un inventario de aquellos elementos e infraestructuras de carácter puntual (tales como papeleras, isletas y cebreados, áreas de descanso y aparcamiento, pantallas acústicas, espacios terrizos o ajardinados, paramentos verticales o en altura, túneles, pasarelas y elementos de drenaje y evacuación de aguas pluviales) que vayan a ser objeto de su trabajo.
Durante el primer mes desde el inicio de la concesión los concesionarios deberán de presentar un programa de limpieza de estos espacios que será
aprobado por el Responsable del Contrato. Este programa debe garantizar la limpieza de todos los elementos integrantes de esta clase de vías.
3.6. Prestación de limpieza de túneles y pasos superiores
Las labores necesarias de limpieza, salvo excepciones solicitadas por los responsables de movilidad o Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, se realizarán siempre durante la noche, entre las 00:00 horas y las 06:00 horas (excepto en aquellos casos debidamente justificadas y siempre previamente autorizado). El concesionario deberá solicitar previamente los permisos necesarios, para la ocupación y señalización xxx xxxxx o desvío de la circulación de vehículos, a la actual Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación o a la competente en materia de ocupación en cada momento estableciendo una programación para ello.
En la limpieza de estos elementos se actuará sobre los paramentos horizontales y verticales, realizándose según necesidades, al menos 1 vez al mes para los horizontales y cada 6 meses en los verticales.
La limpieza de la calzada contemplará actividades de barrido y de baldeo.
Los paramentos verticales se limpiarán en profundidad dos veces al año, para lo que se utilizarán equipos de agua o pintura en caso necesario.
Los pasos con aceras accesibles a peatones, es decir que no sean propias de la prestación de mantenimiento, los paramentos horizontales y verticales se limpiarán como el resto de la trama urbana, con los mismos criterios, incluso en materia de eliminación de pintadas.
3.7. Prestación de limpieza de zonas de uso público de edificación abierta
La limpieza de estos espacios se realizará de la siguiente manera:
• Vaciado de papeleras.
• Eliminación de residuos voluminosos
• Eliminación de cualquier residuo peligroso.
• Limpieza de aceras o espacios pavimentados.
• Limpieza de zonas terrizas y ajardinadas.
• Limpieza de canaletas, sistemas de drenaje, incluso aquellas que discurren debajo de elementos prefabricados de hormigón, como son
dársenas de paradas de autobuses, según necesidad que eviten el encharcamiento de la zona de recogida.
• Las Áreas infantiles, de mayores y circuitos deportivos elementales que se ubiquen en estas zonas, serán limpiadas completamente a diario. Su control se realizará por el indicador correspondiente.
• El desbroce de hierbas de estos espacios se realizará de acuerdo con lo establecido en el apartado correspondiente y todas sus indicaciones.
• Las aceras de estos espacios serán tomadas en cuenta de acuerdo con el Plan de Nevada, por ser de acceso a viviendas, excepto aquellos casos que formen parte de un punto de interés.
Los concesionarios presentarán durante el primer mes del contrato un programa de limpieza de estas zonas.
Se xxxxxxx xxxx xxxxx 00 un plano informativo de las zonas de edificación abierta en la actualidad, si bien podrán ser objeto de modificación a criterio del Ayuntamiento de Madrid si se modifican o aparecen nuevas zonas. En los lotes 1 y 2 no existen en la actualidad este tipo de zonas.
El control de estas actividades se realizará como mínimo por medio del indicador siguiente (excepto en aquellos lotes donde no existan este tipo de zonas):
19 Indicador de limpieza de zonas de edificación abierta
3.8. Prestación de limpieza y desbroce xx xxxxxxx y zonas sin urbanizar
Los concesionarios deberán mantener limpios los laterales y medianas de los viales, zonas terrizas, zonas no urbanizadas del espacio público y solares de titularidad municipal y aquellos otros que se dictaminen por los Servicios Técnicos Municipales, incluyendo corte de matorrales y vegetación herbácea espontánea.
En cualquier caso la limpieza debe ser completa de todo el espacio, independientemente de la superficie y su ubicación
Los concesionarios realizarán tareas de desbroce de los laterales y medianas de los solares y aquellos otros espacios que se dictaminen por los Servicios Técnicos Municipales, incluyendo corte de matorrales y hierbajos. Serán desbrozados en la época de desbroce, manteniéndolos en las condiciones establecidas durante todo el año. Las tareas de desbroce conllevarán la recogida de los residuos de desbroce y traslado al lugar correspondiente.
Las zonas a desbrozar se priorizarán según los siguientes criterios:
• Prioridad Alta: aquellos zonas colindantes con viviendas o lugares donde un incendio pueda provocar daños personales o materiales
• Prioridad Media: aquellos solares próximos (cualquier punto del solar se sitúa a una distancia inferior a 20 m) a viviendas o lugares donde un incendio pueda provocar daños personales o materiales
• Prioridad Baja: todos los demás. Se establecen las siguientes prescripciones:
a. Desbroce de hierbas xx xxxxxxx municipales y espacios sin urbanizar incluidos en la trama urbana: Los desbroces de estas zonas se realizan durante los meses xx xxxx a septiembre (salvo que las condiciones de precipitaciones de lluvia, o altas temperaturas exijan modificar estas fechas), que es cuando la hierba permanece seca, limitando la altura en estos meses a 40 cm. como máximo en zonas ubicadas en el espacio urbano. Especial importancia tienen estos espacios cuando se ubican cerca de viviendas. Se aplicará herbicidas en zonas anexas a viviendas que puedan provocar focos de insalubridad o incendios. Se deberá tener en cuenta la orografía de la zona a desbrozar o limpiar para realizarlos de manera segura, instalando si fuese preciso medidas auxiliares de seguridad para la realización de los trabajos. Estas zonas se desbrozarán y limpiarán enteras (independientemente de su superficie y ubicación en la Ciudad). En espacios con superficie mayor o igual a 5.000 m2 y que xxxxxx en uno o varios lados con edificaciones, la zona desbrozada y limpiada en esos lados, distará en más de 25 m desde la edificación, el resto tendrá un cordón de seguridad desbrozado según las condiciones del siguiente apartado.
b. Realización y mantenimiento de desbroce en solares municipales y espacios sin urbanizar aislados fuera del ámbito de la trama urbana. Se trata de espacios que no delimitan en ningún punto con edificaciones. Para espacios menores de 5.000 m2 el desbroce se realizará de todo el espacio. Para espacios mayores se realizará un cordón desbrozado de seguridad de ancho no menor de 5 m en superficie plana, medido desde el borde exterior del solar, o 3 metros de altura en vertical, en el caso de taludes, medidos desde la parte más baja desde el inicio del solar.
En los apartados a y b anteriores y durante la campaña de desbroce la altura de vegetación y hierbas debe ser inferior en todo momento a 40 cm.
La calidad de los trabajos será objeto de valoración según los indicadores siguientes:
12 Indicador de desbroce xx xxxxxxx y espacios sin urbanizar.
3.9. Actividades especiales
3.9.1. Recogida de muebles y enseres
Dentro de este contrato se incluye la recogida de muebles, enseres, aparatos de sonido e imagen y electrodomésticos, o asimilables, a solicitud de los vecinos y organismos del Ayuntamiento de Madrid o dependientes del mismo, (quedan fuera de esta recogida el resto de edificios de otros organismos públicos, colegios privados, concertados, centros religiosos, ONGs, etc.) salvo petición expresa del Responsable del contrato.
Es un plazo inferior a 72 horas, desde que el concesionario recibe la solicitud de la actividad (o tiene entrada en su sistema de gestión de avisos) se recogerá los residuos en la vía pública.
Se deberá dar el tratamiento adecuado a cada tipo de residuo, con valorización del mismo. Se tendrá especial cuidado con el transporte de residuos de carácter peligroso, cumpliéndose en todo momento la normativa vigente aplicable a este tipo de residuos. En la recogida, separación y transporte del residuo al centro de tratamiento (centro de reciclaje, de valorización o depósito en vertedero) deberá garantizarse la seguridad de los ciudadanos, trabajadores y el medio ambiente, consiguiendo además la valorización del residuo siempre que esto fuera posible o así lo dispongan los Servicios Técnicos Municipales. Las molestias e interrupciones causadas al resto de vehículos y/o peatones serán las mínimas necesarias. En aquellos casos en que se puedan producir cortes de circulación que causen graves perjuicios, la actividad se programará en horario diferente que evite esta circunstancia o se realizará la recogida de los residuos de manera tal que no interrumpa el tráfico.
Una vez recogida la solicitud de los trabajos a realizar, las empresas concesionarias dispondrán de 48 horas para establecer con el solicitante el día y la hora de la recogida, realizando la recogida en menos de 72 horas.
Si el tiempo de resolución superara los 5 días (120 horas) será considerado infracción puntual y se sancionará de acuerdo con lo indicado en el Pliego de Condiciones Administrativas.
La calidad de los trabajos será objeto de valoración por medio de los indicadores siguientes:
9 Indicador de recogida de muebles y enseres
3.9.2. Prestación de avisos y órdenes de limpieza
El Ayuntamiento de Madrid notificará avisos u órdenes de limpieza a las empresas concesionarias, cuando detecte necesidades de limpieza. Serán considerados avisos cuando se deba actuar sobre ellos en un plazo máximo de dos horas. El resto se considerarán órdenes, cuyo plazo de inicio de resolución
será en general de 24 horas tras la notificación del Ayuntamiento al concesionario salvo en los casos en que éste determine un plazo diferente.
El concesionario deberá registrar todos los avisos y órdenes de limpieza y mantenerlo actualizada toda la información relativa a la recepción de los mismos así como las actuaciones derivadas
La empresa concesionaria deberá planificar la actuación, que será iniciada en un plazo máximo de 2 horas para los avisos y 24 horas las órdenes o plazo establecido.
El sistema informático de gestión de la empresa recogerá la programación de los mismos así como la información que se requiera. Una vez movilizados los equipos y realizada la actuación, los datos deberán quedar registrados en el sistema de gestión, reflejando claramente el origen de la actuación así como toda la información que se requiera de cada actuación (hora de llegada, hora de final, cantidad de residuos recogidos, medios humanos empleados…). Parte de esta información podrá recogerse del sistema de gestión de flotas. Toda esta información podrá ser requerida por el Ayuntamiento con la frecuencia y formato que determine.
Avisos de limpieza: Tiempo de inicio de los trabajos 2 horas
Los avisos se realizarán en el ámbito de actuación del contrato:
• Apoyo, en caso necesario, al servicio de emergencias de limpieza para mitigar los efectos negativos producto de catástrofes.
• Apoyo, en caso necesario, al servicio de emergencias de limpieza en actos terroristas de gran magnitud.
• Apoyo, en caso necesario, al servicio de emergencias de limpieza en actos vandálicos de gran magnitud.
• Eliminación de manchas de aceites y grasas.
• Retirada de residuos peligrosos abandonados y posterior tratamiento en el gestor autorizado correspondiente.
• Retirada o precintado de cualquier clase de mobiliario urbano del espacio público que suponga un riesgo de accidente a peatones o vehículos.
• Precintado y clausura de cualquier elemento de un área de juegos infantiles, de mayores o circuito deportivo elemental, dañado y que suponga un riesgo para las personas.
• Roturas y averías en las redes xx xxxxx que supongan una pérdida inadmisible de agua.
• Eliminación de pancartas, carteles, pegatinas, pintadas o alusivos, denigrantes a personas o colectivos, en cualquier paramento.
• Eliminación de restos o suciedad peligrosa en pavimentos y elementos de áreas infantiles, de mayores y circuitos deportivos elementales.
• Limpieza de manifestaciones y concentraciones con previsión de asistencia de 1.000 personas o menos cuando el momento de su conocimiento requiere una actuación inmediata.
Atenderán igualmente, cualquier instrucción emanada del Responsable del Contrato, con el fin de corregir situaciones que se puedan producir en la Ciudad de Madrid, requiriendo una actuación especial, estableciéndose un tiempo de inicio de la actuación en función de su prioridad.
Órdenes de limpieza: comienzo de la prestación antes de 24 horas o plazo que se establezca
Las órdenes de limpieza se programarán junto con el Responsable del contrato y los servicios técnicos del mismo, el tiempo máximo de respuesta será de 24 horas para el inicio de la prestación, salvo casos que dichas actuaciones puedan considerarse previas al inicio de alguna actividad concreta que esté programada con posterioridad.
• Limpieza de manifestaciones y concentraciones con previsión de asistencia de 1.000 personas o menos cuando el momento de su conocimiento permite hacer una planificación.
• Limpieza de eventos habituales, que no sea previsible una incidencia en el ornato medioambiental urbano.
• Realización de limpiezas de refuerzo en el espacio urbano.
• Realización de labores de movimiento de tierra que eviten el ensuciamiento xx xxxxxxx municipales o cualquier otro tipo de espacio urbano por vertidos incontrolados.
• Adecuación del espacio público previo a la celebración de un acto.
• Limpieza y desbroce necesario por salubridad o peligrosidad xx xxxxxxx municipales y otros espacios sin urbanizar.
• Eliminación de residuos arrastrados por tormentas que no supongan un riesgo para la seguridad de peatones y vehículos.
Atenderán igualmente, cualquier instrucción emanada del Responsable del Contrato, con el fin de corregir situaciones que se puedan producir en la Ciudad de Madrid, requiriendo una actuación especial.
El concesionario comunicará al Responsable del Contrato cualquier variación de la programación de las órdenes de limpieza, teniendo que ser aprobado dicha circunstancia.
La calidad de la prestación de respuesta a avisos y órdenes municipales será objeto de valoración según el indicador siguiente:
20 Indicador de avisos u órdenes de limpieza
3.9.3. Limpieza de elementos de drenaje superficial
Está dentro del objeto del presente pliego la conservación y el mantenimiento de elementos de recogida de aguas de lluvia constituidos por canaletas, rejillas y distintos dispositivos que en algunos casos no están conectados al alcantarillado y que se encuentran en zonas peatonales singulares, cubiertas de aparcamientos, espacios de uso publico de edificación abierta y/o zonas verdes y que por su disposición no son atendidas dentro de las labores de mantenimiento del alcantarillado llevadas a cabo por el Canal xx Xxxxxx XX de acuerdo con lo establecido en el Convenio de Encomienda de Gestión de los Servicios de Saneamiento suscrito con dicha empresa pública, el cual se facilitará a las empresas concesionarias al inicio de la concesión.
Las labores necesarias consistirán en la limpieza de dichos elementos, con retirada de residuos sólidos, hojas, arenas o similar, con una frecuencia mínima de 2 veces al año y cuando sea necesario con carácter puntual; así como la sustitución de dichos elementos en caso de rotura o sustracción, debiendo comunicarlo al Ayuntamiento previamente.
3.9.3.1. Control de la prestación de limpieza de la red de drenaje en zonas verdes
Con el fin de asegurar un adecuado estado de los terrizos y las zonas de paseo se requiere el correcto estado de limpieza y conservación de las redes de drenaje y recogida de pluviales en las zonas verdes
El cumplimiento de dicho objetivo se controlará mediante la detección de incidencias por parte de los Servicios Municipales en el desarrollo de sus funciones de inspección.
La categorización de las incidencias dará lugar a una puntuación de las mismas entre 0,1 y 2.
La suma de puntuaciones por acumulación de incidencias detectadas y comunicadas a la empresa en un periodo establecido de tiempo y en un ámbito definido, podrá ser objeto de penalización si alcanza determinados niveles prefijados.
PRESTACIÓN: Redes de drenaje y recogida de pluviales en zonas verdes | |||||||
Objetivo | Incidencia | Valor ación | Ámb. | Periodo | Xxxxx | ||
0 | 2 | 3 | |||||
Limpieza de residuos y restos en imbornales | Imbornal sin restos ni residuos apreciables, permitiendo su funcionamiento adecuado para la evacuación de agua. | 0 | Distri to | 1 mes | 4≤S< 8 | 8≤S<1 6 | S≥16 |
Imbornal con acumulación de residuos que cubran del 25% al 50% de la superficie de evacuación pero permitan la su funcionamiento. | 1 | ||||||
Imbornal con acumulación de residuos que cubran más del 50% de la superficie de evacuación. | 2 | ||||||
Limpieza y adecuado estado de conservación de sistemas canalización, pozos y arquetas | Elementos libres de obstáculos y en adecuado estado de conservación que asegure el libre flujo y recogida de pluviales. | 0 | Distri to | 1 mes | 4≤S< 8 | 8≤S<1 6 | S≥16 |
Presencia de obstáculos o estado de conservación deficiente que dificulte el flujo y recogida de pluviales. | 1 | 4≤S< 8 | 8≤S<1 6 | S≥16 | |||
Presencia de obstáculos o estado de conservación deficiente que impida el flujo y recogida de pluviales. | 2 | 4≤S< 8 | 8≤S<1 6 | S≥16 |
3.9.4. Limpieza xx xxxxxxx encauzados
Se incluirán en este apartado aquellos tramos xx xxxxxxx canalizados en colectores y sus aliviaderos al río. Los existentes actualmente son: Aliviadero xx Xxxxxxxx (Xxxxxx xxx Xxxxxx), Aliviadero xxx Xxxxxx Antequina, Aliviadero xxx Xxxxxx de Covatillas (C/ Santa Fe). En el futuro se podrán incorporar en esta conservación aquellos arroyos en los que se realicen obras, que una vez recibidas pasen a ser responsabilidad del Ayuntamiento de Madrid y reúnan características similares a las descritas anteriormente.
Se atenderá a la comprobación y limpieza de los elementos existentes, eliminando cualquier elemento que impida que el agua pueda fluir con facilidad y que pueda ser causa de retenciones o atrancos, con una frecuencia de al menos 1 vez al año y cuando sea necesario con carácter puntual; así como las actuaciones de conservación destinadas a mantener los colectores, elementos complementarios y aliviaderos en las debidas condiciones de funcionamiento, tanto desde el punto de vista de su capacidad hidráulica como de su integridad estructural.
3.10. Limpieza de zonas verdes
Esta actuación comprende el conjunto de labores obligatorias que se han de realizar para mantener libre de residuos y elementos orgánicos e inorgánicos cualquier parte de las zonas verdes objeto de mantenimiento, o que por cualquier causa lleguen a las mismas, incluyendo la retirada diaria de residuos procedentes de la limpieza de las zonas verdes, desperdicios, residuos, excrementos y restos vegetales. Se deberán valorizar y/o reciclar los residuos recogidos en los casos que sea posible.
Las labores obligatorias son las siguientes:
- Limpieza siempre que se necesite de las superficies referenciadas incluyendo las labores necesarias para la eliminación de desperdicios, elementos extraños, materiales de construcción y residuos.
- Eliminación de posibles elementos extraños (plásticos, materiales de construcción, etc.) que por cualquier procedimiento pudieran aparecer en los elementos incluidos en el ámbito de actuación.
- La obligación del concesionario no se limita a la recogida o amontonamiento de las indicadas materias, sino que ha de completarse con la retirada inmediata de todas ellas, con los medios propios o a su cargo, fuera de las zonas a conservar sin acumularlos en ningún espacio, incluido su gestión posterior según lo especificado en el apartado 2.2.1
La calidad de los trabajos será objeto de valoración según los indicadores siguientes:
3 Indicador de limpieza de alcorques y jardineras.
17 Indicador de limpieza de zonas verdes o terrizas menores o iguales a 1 ha.
18 Indicador de limpieza de zonas verdes o terrizas mayores a 1 ha.
3.11. Limpieza de elementos de mobiliario urbano
Los concesionarios estarán obligados a realizar las labores de limpieza del mobiliario urbano susceptible de ésta (vidrios, metacrilatos, mesas, bancos y cualquier otro elemento que lo necesite), al menos una vez al año o, por avisos según necesidad. Estas labores de limpieza deberán coordinarse, cuando sea posible, con el Plan de Mantenimiento Preventivo.
Con carácter general, la limpieza se realizará mediante hidrolimpiador aplicando productos desengrasantes y desinfectantes adecuados, que dejen perfectamente limpios los elementos. No obstante, en caso de precisarlo se podrán emplear otros medios que sean respetuosos con el tipo de material del mobiliario.
La limpieza de elementos de mobiliario urbano referido a vidrios, metacrilatos, mesas, bancos y cualquier otro elemento que lo necesite, será objeto de valoración por el siguiente indicador:
22 Indicador de limpieza de elementos xx xxxxxx, metacrilatos, bancos y mesas.
3.12. Limpieza de áreas infantiles, de mayores y circuitos deportivos elementales
El concesionario estará obligado a realizar las labores de limpieza de las áreas infantiles, las áreas de mayores y los circuitos deportivos elementales, al menos una vez al día, prestando especial atención a aquellas áreas de mayor uso y afluencia de usuarios. El objeto de la limpieza será:
• Mantener las áreas de juegos libres de objetos peligrosos (vidrios, piezas metálicas, restos de obras…).
• Recoger los excrementos caninos.
• Realizar la limpieza general del área eliminando restos como pipas, colillas, restos de alimentos, bebidas, o similar. En épocas de caída de la hoja, se realizará una recogida exhaustiva de la misma dentro de las áreas.
• Eliminar las malas hierbas.
• Vaciar los tramex en las áreas infantiles. Semanalmente se vaciarán de arena, papeles y restos que pudieran depositarse en los mismos.
• Limpiar los suelos de seguridad en las áreas infantiles que dispongan del mismo. Se limpiarán los suelos de caucho de los posibles restos que pudieran depositarse en los mismos, así como de la arena que pudiera depositarse. Para ello se utilizarán sopladores, cepillos, rastrillos mariposa, hidrolimpiadoras, etc. prestando especial atención a las juntas de las losetas o bordes de los suelos continuos.
La calidad de la limpieza de los pavimentos de las áreas infantiles y áreas de mayores, serán objeto de valoración por el siguiente indicador:
21 Indicador de limpieza integral de áreas infantiles, mayores y circuitos deportivos elementales
3.13. Prestación de eliminación de pintadas
3.13.1. Especificaciones técnicas generales para la limpieza de pintadas
Se eliminarán las pintadas de todos los elementos de titularidad municipal integrantes de la zona adjudicada y objeto de este pliego (de cualquier tipo de material) así como paramentos horizontales y verticales de todos los espacios públicos (en todas las calles, zonas ajardinas, muros, etc, ) hasta una altura de
12 metros, (excepto metálicos, maderas, plásticos y vítreos) Se deberán eliminar las pintadas de todos los elementos de mobiliario urbano y áreas infantiles y de mayores y circuitos deportivos elementales, armarios y contadores de la red xx xxxxx, hidrantes independientemente de su material así como las pantallas acústicas que serán siempre a petición del Responsable del Contrato. No se incluirá la eliminación de pintadas de elementos no integrantes de este Pliego, como son entre otros, armarios de acometidas de cualquier tipo y servicios, soportes de otros servicios municipales o no.
3.13.2. Limpieza de pintadas en fachadas, muros y pavimentos
En el caso de fachadas y elementos de particulares del espacio urbano, siempre que se pueda producir daño en el paramento, se deberá solicitar la autorización del responsable de la propiedad para la realización de estos trabajos, si no existiese petición anterior.
La limpieza de estos espacios debe de realizarse con los equipos y medios adecuados necesarios para obtener la mejor calidad visual posible y como mínimo una vez cada dos meses, excepto en el Distrito Centro que será cada mes, debido a su especial incidencia en la imagen de la Ciudad.
Durante el primer año del contrato el indicador tendrá en cuenta la situación xx xxxxxxx. Se dispondrá de medios suficientes para la atención por motivos de interés para la Ciudad, en especial Actos de carácter público o aquellas otras circunstancias que resulten ofensivas a parte de la sociedad.
Los equipos de limpieza deben atender la ciudad por sectores con un funcionamiento planificado y rutinario con la suficientes constancia y rapidez para que resulte ineficaz a quien utilice las fachadas como soporte y de este modo ir disuadiendo para la no utilización de la misma.
La limpieza de pintadas se ve afectada tanto por las dimensiones de la misma como por la cantidad de las pinturas utilizadas y por la naturaleza de la pared.
Para conseguir los objetivos marcados, se realizarán los siguientes trabajos:
• realizados sobre materiales no porosos. En el caso de los materiales poco porosos, las pintadas forman un film en superficie, que es relativamente fácil de eliminar con disolventes especiales, decapantes o repintando de la zona de afección de pintadas. En dicho caso se tratará el paño completo para la mejora visual de la zona, entendiendo por paño completo el tramo de paramento hasta cambio por forjado o suelo o cambio de material de constituyente de fachada o limite visual, para determinación de la altura de la limpieza y elemento diferenciador de la fachada en el sentido vertical y para la determinación de la longitud del paramento. En el caso de que aplicando dicho criterio, la superficie sobre la que actuar sea mayor que tres veces el rectángulo que delimite la pintada, la superficie a tratar será la de la de dicho rectángulo con un margen de 2 metros por cada uno de los lados. No pueden quedar restos de la pintada (sombras) y en el caso de repintado el color elegido debe ser lo más parecido al de la superficie sobre el que se ha realizado
• realizados sobre materiales porosos: En el caso de los materiales porosos (ladrillos, morteros, piedra…) las pintadas forman una película que penetra en la estructura porométrica del soporte. Para ello se usarán productos químicos, chorro de arena y cualquier otro que proceda para la eliminación de pintadas. Se deberá conseguir que el soporte sobre el que se realizó la pintada quede como el resto del soporte sin que se produzcan diferencias (es decir, sombras o cambio de color). La zona a tratar será la misma que el anterior caso.
• La limpieza de pintadas en pantallas acústicas y pasarelas metálicas se realizará mediante programación establecida independiente y de manera puntual a petición del Responsable del Contrato.
Los tratamientos de abrasión con cepillos de púas, xxxxxx xx xxxxxx o similar solo podrán ser utilizados en el caso de que el ataque que se efectúa a la pintada pueda ser admisible por la fachada o soporte.
Los pavimentos en la zona tratada deberán quedar limpios y sin restos de ningún tipo de residuo sólido o líquido.
Se tomarán las precauciones necesarias en materia de seguridad, muy especialmente para peatones, trabajadores y vehículos al realizar los trabajos de eliminación. La empresa dispondrá de los desvíos necesarios para peatones y vehículos.
La calidad de los trabajos será objeto de valoración según los indicadores siguientes:
14 Indicador de limpieza de pintadas o grafiti.
15 Indicador de calidad de eliminación de grafiti.
Los concesionarios tendrán un registro exhaustivo de las superficies tratadas, por distritos y barrios así como por meses así como de las zonas donde se haya aplicado el antigrafiti. Llevará también un registro de las autorizaciones solicitadas y de aquellas zonas que dispongan de contrato de mantenimiento que se conozca. Dicho registro se mantendrá actualizado.
Dicha información permitirá realizar un plano situando las zonas más afectadas por las pintadas facilitando al Responsable del Contrato siempre que se requiera.
3.13.3. Productos antigrafiti
Desde el inicio de la concesión, en aquellas zonas de especial incidencia en pintadas establecidas conjuntamente con los Servicios Municipales, se aplicarán como mínimo 5.000 m2 por Lote al mes (o la cantidad ofertada por el concesionario en su oferta) de producto antigrafiti que permita una mayor rapidez en la eliminación de pintadas, así como una mejor preservación del soporte donde se realizan. Dicho producto no variará el aspecto original del paramento, en especial por su brillo o color. Las zonas preferentes de aplicación serán las fachadas de aquellos edificios de propiedad municipal, de materiales pétreos, fuentes ornamentales, elementos de mobiliario urbano o de Áreas Infantiles o de Mayores.
En sustitución del producto anterior se podrán utilizar productos de carácter permanente, que se aplicarán en una proporción del 25% respecto a la superficie fijada en el párrafo anterior.
El control del cumplimiento de esta operación será por inspección.
La programación mensual con las zonas de aplicación deberá ser validada por los Servicios Técnicos.
3.13.4. Limpieza de pintadas, carteles y pegatinas en elementos de mobiliario urbano
La limpieza de pintadas, carteles y pegatinas se realizará sobre todos los componentes de los elementos de mobiliario urbano. La limpieza sobre los componentes xx xxxxxx se realizará cuando se ejecuten trabajos de conservación preventiva del elemento, a excepción de los que por la naturaleza de la pintada, sea necesaria una actuación más inmediata. La forma de limpieza será la indicada en el apartado relativo a mantenimiento correctivo del mobiliario urbano. La retirada de pegatinas se realizará sobre todos los elementos independientemente de su material.
La limpieza de estos elementos se realizará con productos y medios adecuados a cada tipo de material, cumpliéndose además las especificaciones xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas Generales del Ayuntamiento de Madrid.
La calidad de los trabajos de eliminación de pintadas y graffiti, serán objeto de valoración según los indicadores siguientes:
22 Indicador de limpieza de elementos xx xxxxxx, metacrilatos, bancos y mesas
3.13.5. Limpieza de pintadas en elementos de áreas de juegos infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales
El concesionario estará obligado a realizar las labores de limpieza de los elementos que componen las áreas infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales con la regularidad necesaria para su buen estado de limpieza, prestando especial atención a aquellas áreas de mayor uso y afluencia de usuarios.
El objeto de la limpieza será:
• Limpieza de pintadas y graffiti. Se eliminarán de cualquier elemento del área mediante la utilización de productos decapantes, detergentes o hidrolimpiador sin dañar los materiales que componen el elemento. Una vez realizada la limpieza del graffiti o pintada se aclararán los juegos con agua abundante para eliminar cualquier resto de producto de limpieza que pudiera haber quedado.
• Lavado de juegos. Se lavarán los elementos que componen el área o circuito mediante hidrolimpiador aplicando productos desengrasantes y desinfectantes adecuados, que dejen perfectamente limpios los elementos inmediatamente después de eliminar pintadas o graffiti.
La calidad de la limpieza de los elementos que componen las áreas infantiles, las áreas de mayores y los circuitos deportivos elementales, serán objeto de valoración por los siguientes indicadores:
21 Indicador de limpieza integral de áreas infantiles, mayores y circuitos deportivos elementales.
54 Indicador de tiempos de actuación de pintadas y pegatinas de elementos de las áreas infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales en menos de 72 horas
4. CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES
4.1. Objetivos y descripción general de la conservación y mantenimiento de zonas verdes
El objetivo en materia de conservación y mantenimiento de las zonas verdes y arbolado viario incluidos en el presente pliego es conseguir determinados estándares de calidad para los citados espacios, todos los días de la semana, con independencia de la época del año.
La obligación de las empresas concesionarias del contrato será la de mantener las condiciones necesarias de conservación y mantenimiento de las zonas verdes y el arbolado viario de la ciudad, para un adecuado uso y disfrute de los ciudadanos.
Para ello se establecen unos estándares de calidad, cuyo nivel de cumplimiento será verificado por los Servicios Técnicos Municipales a través del cálculo de indicadores.
La prestación se realizará en las zonas verdes y arbolado viario de titularidad municipal, existentes o futuras, que se indican en los anexos 6 y 23 del presente pliego.
Cada epígrafe se define como un área de mantenimiento independiente, si bien todos ellos están interrelacionados. Para que el espacio a mantener tenga un nivel aceptable los trabajos correspondientes a todas estas áreas deben coordinarse.
Dentro de cada una de ellas se describen los elementos que la componen, así como los objetivos que se persiguen y las actuaciones que se deberán realizar con ese fin. Su programación se basará en el estudio de la relación de elementos a conservar y se corregirá a lo largo del desarrollo del contrato en función de la evolución y de los resultados obtenidos.
Las actuaciones que se plantean en cada área como base de los trabajos de mantenimiento pretenden marcar unos mínimos ampliables tanto en las propias actuaciones, como en su periodicidad. Las comprobaciones y los controles deben ir encaminadas al control del mantenimiento y a medir la eficacia de las labores realizadas.
Para el control de las labores que se describen a continuación, se aplicarán los siguientes indicadores de calidad:
28 Indicador de tiempo de respuesta en la ejecución de órdenes en zonas verdes
66 Indicador de equipo.
Por otra parte, se establecen unos indicadores de control de la información facilitada por la empresa, ya que ésta es vital para el seguimiento del contrato:
47 Indicador de verificación de la información de zonas verdes.
4.1.1. Control de la prestación de recogida de restos de labores de conservación y mantenimiento de zonas verdes
Con el fin de asegurar un adecuado estado de limpieza en las zonas verdes facilitando el libre tránsito de los usuarios, evitando situaciones de insalubridad o acumulación de combustibles con riesgo de incendios, se establece la recogida de restos procedentes de las diferentas labores de conservación y mantenimiento de zonas verdes en un tiempo establecido.
El cumplimiento de dicho obligación se controlará mediante la detección de incumplimientos que determinan la imposición de penalizaciones atendiendo al Anexo I del PCAP.
La categorización de los incumplimientos dará lugar a una puntuación de las mismas entre 0, 1 y 2. La suma de puntuaciones por acumulación de incumplimientos detectados y comunicados a la empresa en un periodo establecido de tiempo y en un ámbito definido, será objeto de penalización si alcanza determinados niveles prefijados.
PRESTACIÓN: Retirada de restos producidos por las labores de conservación y mantenimiento de zonas verdes (Ámbito Distrito) | |||||||
Objetivo | Criterio | Puntuaci ón | Ámbit o | Periodo | Xxxxx | ||
0 | 2 | 3 | |||||
Recogida de restos procedentes de siegas, aireados, escarificados y, podas/recort es de arbustos, setos y borduras en menos de 8 h. una vez finalizada la labor | No se produce acumulación de restos procedentes de labores de conservación. | 0 | Distrito | 1 mes | 4≤S< 8 | 8≤S<16 | S≥16 |
Se produce acumulación de restos procedentes de labores de conservación en tiempo superior a 8 h. e inferior a 24 h., una vez finalizada la labor | 1 | ||||||
Se produce acumulación de restos procedentes de labores de conservación en tiempo superior a 24 h., una vez finalizada la labor | 2 | ||||||
Recogida de restos procedentes de poda y apeo de árboles en menos de 24 h. tras la realización de la labor | No se produce acumulación de restos procedentes de labores de poda o apeo de arbolado. | 0 | Distrito | 1 mes | 2≤S< 4 | 4≤S<8 | S≥8 |
Se produce acumulación de restos procedentes de labores de poda o apeo de arbolado en tiempo superior a 24 h. e inferior a 36 h. una vez finalizada la labor | 1 | ||||||
Se produce acumulación de restos procedentes de labores de poda o apeo de arbolado en tiempo superior a 36 h. una vez finalizada la labor | 2 |
4.1.2. Control de la actividad de señalización y balizamiento en zonas verdes y arbolado viario
Con el fin de garantizar la seguridad frente a terceros, se requiere la correcta señalización y balizamiento de cualquier actuación o zona que suponga peligro para el usuario.
El cumplimiento de dicho obligación se controlará mediante la detección de incumplimientos que determinan la imposición de penalizaciones atendiendo al Anexo I del PCAP.
La categorización de los incumplimientos dará lugar a una puntuación de las mismas entre 0,1 y 2. La suma de puntuaciones por acumulación de incumplimientos detectados y comunicados a la empresa en un periodo establecido de tiempo y en un ámbito definido, será objeto de penalización si alcanza determinados niveles prefijados.
PRESTACIÓN: Seguridad en la señalización y balizamiento de actuaciones en zonas verdes y arbolado viario | |||||||
Objetivo | Criterio | Puntua- ción | Ámbito | Periodo | Xxxxx | ||
0 | 2 | 3 | |||||
Correcta señalización y balizamiento de zonas afectadas por una labor de poda, apeo o tratamiento fitosanitario, o cualquier otra posible situación que comporte peligro para los usuarios. | La zona afectada se señaliza y baliza correctamente | 0 | Distrito | 1 mes | 2≤S<4 | 4≤S<8 | S≥8 |
La zona se señaliza y/o baliza incorrectamente, sin grave peligro para usuarios y/o trabajadores | 1 | ||||||
La zona afectada no se señaliza ni baliza o se señaliza y/o baliza incorrectamente, con grave peligro para usuarios y/o trabajadores | 2 |
4.2. Conservación de elementos vegetales
4.2.1. Zonas verdes
Las labores que han de realizarse para conservar los elementos vegetales de las zonas verdes en perfecto estado ornamental, son las siguientes:
• Riegos de las zonas verdes y elementos vegetales.
• Abonados, enmiendas y aportes de sustratos.
• Entrecavados y escardas.
• Mantenimiento y reposiciones xx xxxxxxxx, praderas y cubiertas vegetales.
• Mantenimiento del arbolado y de arbustos.
• Plantaciones y reposiciones de árboles, arbustos y herbáceas. Trasplantes.
• Sanidad vegetal.
• Estructuras florales: pirámides, sifus, jardineras colgantes y similares.
• Actuaciones urgentes sobre la vegetación arbórea en espacios públicos municipales.
Las anteriores labores se realizarán ajustándose a las condiciones particulares que para cada una de ellas se detallan a continuación.
4.2.1.1. Riegos de las zonas verdes y elementos vegetales
Los elementos vegetales se regarán diariamente o con la frecuencia técnicamente aconsejable según la época del año, dependiendo de las condiciones edafoclimatológicas y de las especies vegetales existentes, de forma que todos los elementos encuentren en el suelo el porcentaje de agua útil necesario para su normal crecimiento y desarrollo.
Actuaciones.
Los riegos se realizarán mediante el uso de bocas xx xxxxx, redes automáticas o semiautomáticas y xxxxx x xxxxxxxxx según las instalaciones y/o necesidades propias de cada zona.
Las empresas concesionarias deberán contar con los elementos complementarios adecuados en las situaciones de deficiencias en los sistemas generales o restricciones de sequía y dotar a las zonas verdes del agua suficiente para evitar su decaimiento.
Los riegos automáticos en zonas verdes establecidas presentan, en todos los casos, áreas en las que el riego no es completo. La empresa concesionaria deberá realizar los riegos de apoyo para corregir esta deficiencia con los medios y los sistemas xx xxxxx tradicionales o con xxxxx si fuera necesario.
El agua consumida será por cuenta del Ayuntamiento, debiendo el concesionario no utilizar más agua que la estrictamente necesaria para el riego.
Optimización del uso del agua.
El objetivo principal es el control técnico de la gestión xxx xxxxx de zonas verdes y arbolado para la ciudad de Madrid, con el fin de alcanzar el ahorro del agua, la sostenibilidad de la distribución, utilización y control de los sistemas, la eficiencia del uso, así como el estudio de la influencia en la masa vegetal de los diferentes tipos de agua y la unificación de toda la documentación para que sea la herramienta básica de la gestión.
La empresa adjudicataria tras el análisis de las superficies de zonas verdes a regar, necesidades teóricas y reales de acuerdo con la climatología, estacionalidad y otros factores externos de incidencia puntual o continuada, deberá proponer un gasto inicial teórico, que será conformado por los servicios competentes. Asimismo la empresa adjudicataria mediante la lectura de contadores determinará e informará, con la periodicidad indicada, el gasto real de agua.
Programación, dotación y control del consumo:
Las empresas concesionarias serán responsable de los ajustes horarios, tiempos de programación de cada fase xx xxxxx, en cada época y con cada sistema xx xxxxx.
Se deberán ajustar los horarios, dotaciones y frecuencias de los riegos de manera que prime el ahorro de agua y se aporte la cantidad necesaria para el desarrollo de la vegetación, afectando lo menos posible a los usuarios (especialmente junto a vías de tráfico rodado y caminos principales). Para ello, establecerá una programación en cada época del año que deberá ser aprobada por los técnicos municipales.
Documentación periódica de control:
Se presentará con periodicidad mensual, un informe en soporte informático, que deberá ser validado por el personal asignado para este cometido por el Servicio municipal competente.
Los informes deberán contener:
- Lectura de todos los contadores y puntos de abastecimiento: Registro mensual de los consumos y desviaciones del gasto previsto a través del cálculo de consumos teóricos en función de la ETP, precipitación Neta y características de la vegetación y los sistemas xx xxxxx.
- Análisis y propuestas de actuación para evitar las desviaciones producidas.
Si dicho informe mensual no cumpliera con los objetivos requeridos y los datos solicitados, se incluirá un compromiso de finalización en tiempo y forma. En caso contrario, se efectuará una penalización.
Al finalizar cada año se realizará un informe anual de recopilación de todos los datos y actuaciones realizadas que será la base del programa teórico del año siguiente por lo que deberán presentarse la última semana del mes del enero.
Horarios xx xxxxx.
El horario habitual xx xxxxx manual será el normal de trabajo, estableciéndose, si es necesario y en casos extraordinarios, por causas climatológicas o cualquier otra de fuerza mayor, un horario xx xxxxx distinto al habitual a determinar por el Servicio municipal competente.
El horario xx xxxxx automático estará definido por el Servicio municipal competente y deberá ser controlado en todo momento por las empresas concesionarias. Se primará el horario nocturno durante los meses xx xxxxxx.
En caso de que se produzca cualquier modificación en las especies vegetales que conforman las zonas verdes, las empresas concesionarias deberán revisar y adaptar la dotación xx xxxxx a las nuevas condiciones de dichas zonas, de forma que se consiga una utilización eficiente del agua.
Si por una mala realización de la labor xx xxxxx se produjeran derrames de agua, erosiones del terreno u otros perjuicios, el concesionario restablecerá por su cuenta la zona dañada a su estado original.
Control de la prestación.
Con el fin de conseguir la mejora de la prestación se deberán cumplir los siguientes objetivos:
1. Adecuación en la orientación de los emisores de los sistemas xx xxxxx automatizado reduciendo las pérdidas de agua
2. Adecuación del volumen de agua a las necesidades fisiológicas evitando situaciones de estrés hídrico o encharcamientos en las zonas regadas.
3. Control del consumo mediante lecturas de contadores y consumo teórico en cada zona.
El cumplimiento de dichos objetivos se controlará mediante la detección de incidencias por parte de los Servicios Municipales en el desarrollo de sus funciones de inspección, y las desviaciones entre el consumo teórico y consumo real mediante penalidades.
La categorización de los incumplimientos dará lugar a una puntuación de las mismas entre 0,1 y 2. La suma de puntuaciones por acumulación de incumplimientos detectados y comunicados a la empresa en un periodo establecido de tiempo y en un ámbito definido, será objeto de penalización si alcanza determinados niveles prefijados.
No obstante, la empresa concesionaria deberá reparar las averías xx xxxxx, xxxxxxx xx xxxxx e hidrantes en el tiempo prescrito, evitando con ello pérdidas innecesarias de agua. Dicho requerimiento se evaluará a través del
47 Indicador de verificación de la información en zonas verdes
PRESTACIÓN: Riego de zonas verdes y elementos vegetales | |||||||
Objetivo | Criterio | Puntuación | Ámbito | Periodo | Xxxxx | ||
0 | 2 | 3 | |||||
Adecuada orientación de los sistemas xx xxxxx reduciendo pérdidas de agua | Emisores con arcos adecuados sin derrames. | 0 | Distrito | 1 mes | 6≤S<12 | 12≤S<24 | S≥24 |
Emisores con arcos inadecuados. Existen derrames por descarga con daños apreciables en los terrizos o charcos no persistentes en los pavimentos. | 1 | ||||||
Emisores con arcos inadecuados. Existen derrames por descarga sobre calzada o charcos persistentes en los pavimentos. | 2 | ||||||
Volumen xx xxxxx adecuado con cualquier sistema evitando encharcamientos y ejemplares secos | Sin encharcamientos ni ejemplares secos. | 0 | Distrito | 1 mes | 6≤S<12 | 12≤S<24 | S≥24 |
Presencia de encharcamientos en la superficie regada. | 1 | ||||||
Presencia de ejemplares muertos debida a riegos inadecuados. | 2 | ||||||
Lectura de contadores para control de gasto de agua | 100% de las lecturas con la periodicidad solicitada. | 0 | Distrito | 1 mes | 4≤S<8 | 8≤S<12 | S≥12 |
Cada lectura de contador no realizada. | 2 |
4.2.1.2. Abonados, enmiendas y aportes de sustratos
Se refiere este punto a los abonados minerales y orgánicos, enmiendas y aportes de sustratos a realizar de forma periódica, ya sean de fondo o de superficie, que restituyan al suelo la fertilidad perdida y/o aporten a la planta aquellos elementos necesarios para su correcta nutrición o corrección de cualquier carencia.
Actuaciones.
Las labores de abonados, enmiendas y aportes de sustratos se realizarán en:
- Xxxxxxxx, praderas y cubiertas vegetales.
- Macizos xx xxxx y herbáceas.
- Arbustos y setos.
- Árboles.
- Plantaciones.
Los trabajos de abonados, enmiendas y aportes de sustratos requerirán la limpieza final de la zona manteniéndola libre de residuos.
El transporte, manipulado y almacenado de los materiales a emplear en estas labores se realizará sin ocasionar molestias, y asegurando que las propiedades y estabilidad de los mismos se mantienen inalterables.
En la aplicación de estos tratamientos se emplearán medios, productos y procedimientos efectivos y no tóxicos. Se priorizará el empleo de productos ecológicos certificados y de eficiencia contrastada que destaquen por su nula toxicidad para personas, animales y plantas, que además sean inocuos al difundirse por el aire, suelo o agua.
Abonados y enmiendas.
Los abonados a efectuar durante el periodo de vigencia del contrato se desarrollarán según los siguientes parámetros de calidad:
- Se restringirá el uso de abonos químicos a situaciones determinadas en las que haya que compensar una carencia del suelo o para recuperar extracciones y pérdidas por mineralización o lixiviación.
- Se hará uso de abonos orgánicos, minerales o enmiendas adaptadas a una gestión medioambiental sostenible, con el fin de mantener los suelos mejor estructurados y potenciando su fertilidad.
- Se emplearán abonos con etiqueta CE con contenidos y equilibrios ajustados a la época de aplicación y las necesidades de las especies.
- El abono estará exento de elementos extraños, agentes patógenos, metales pesados, semillas de malas hierbas y otras impurezas, además de no atraer insectos u otros vectores.
- Se realizarán analíticas del suelo previo a la aplicación de los abonados con la periodicidad que indique el Servicio municipal competente.
- El abonado se ajustará a las características del suelo y la época de aplicación, y se realizará con medios proporcionales a la superficie de actuación y al tipo de formación vegetal existente.
- Se evitará el abonado nitrogenado en otoño e invierno.
- Se evitará la utilización xx xxxxx sustituyéndola por compost o sus mezclas, procedente de restos vegetales, suministrados preferentemente por las plantas municipales de compostaje.
- Se realizará una distribución regular del abonado de manera que se evite la sobrefertilización en zonas puntuales.
- El reparto del abono se realizará de forma uniforme en toda la superficie de aplicación.
- Se hará uso preferente de abonos equilibrados en su composición, con porcentajes relativamente bajos de nitrógeno y de liberación lenta, evitando la contaminación de nitritos de las aguas subterráneas y reduciendo las necesidades hídricas.
En el caso de las enmiendas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
- Las enmiendas húmicas, que producen efectos beneficiosos tanto en los suelos compactos como en los sueltos, se realizarán mediante la aportación de abonos orgánicos.
- Para las enmiendas calizas se utilizarán cales (viva o apagada), dolomita caliza molidas, o cualquier otra sustancia que reúna las condiciones para la mejora del suelo.
- La arena empleada como enmienda para disminuir la compactación y aumentar la capacidad drenante del suelo, deberá carecer de aristas vivas; se utilizará preferentemente arena de río poco fina y se desecharán las arenas procedentes de machaqueos.
- Para la aportación de las enmiendas se tendrá en consideración la humedad y la distribución de las lluvias para evitar posibles pérdidas del producto.
- Se controlará que el volumen de las aportaciones no sea excesivamente elevado, fraccionando la enmienda según las necesidades reales del suelo.
- La enmienda será enterrada y mezclada con la tierra, y en la profundidad adecuada.
Aporte de sustratos.
El aporte de sustratos comprenderá la incorporación de los mismos en aquellas superficies donde sea necesario recuperar o establecer la cota precisa y/o que marque el Servicio municipal competente.
En cualquier caso, se deberán realizar:
− Tras la reparación de averías en servicios y canalizaciones.
− En las labores de apeo o trasplantes.
− En los casos de asentamientos del terreno.
Sustitución del suelo primitivo.
Comprende la retirada a vertedero de este y el aporte de la tierra vegetal específica y con las características definidas por el Servicio municipal competente, en la profundidad que este estime conveniente, en función del objetivo que se persiga. Se detallan en cada uno de los apartados correspondientes, de plantación y mantenimiento xx xxxxxxxx, las especificaciones a tener en cuenta a la hora de realizar esta labor de incorporación y/o sustitución de suelos, en cuanto a cantidades mínimas se refiere.
4.2.1.3. Entrecavados y escardas
La limpieza de malas hierbas se hará cuando estas resulten apreciables y su presencia suponga un deterioro en el nivel del mantenimiento y las agruparemos en: escardas manuales, escardas químicas y entrecavados.
Actuaciones. Escarda.
Se realizará mediante una labor manual y/o química, en todas las superficies que así lo requieran, de manera que desaparezcan las malas hierbas y se mantenga la buena estructura del suelo.
- La escarda de paseos, plazas, zonas estanciales terrizas y de todos los elementos de obra civil de las zonas verdes se realizará todas las veces que sea necesario y como mínimo 6 veces xx xxxx a octubre y 2 veces el resto del año.
- Se pondrá especial cuidado en torno y bajo el mobiliario urbano. En estos casos las escardas químicas serán necesarias, de manera que con una programación adecuada se pueda hacer desaparecer las malas hierbas del entorno de estos elementos.
- En los macizos xx xxxx se efectuará la escarda de forma manual, eliminando no solo la parte aérea de las malas hierbas sino también su sistema radicular, en cuanto estas sean perceptibles. En los periodos libres de plantación, se realizarán tratamientos herbicidas si así lo indicara el Servicio municipal competente.
- En xxxxxxxx de más de un año de implantación se seguirán las instrucciones que, dependiendo de las condiciones de cada superficie, indique el Servicio municipal competente. En los xxxxxxxx implantados de
menos de un año la escarda se realizará manualmente eliminando todo el sistema radicular de la mala hierba.
- En caso de que la densidad de plantación de árboles, arbustos, herbáceas y tapizantes no recomiende entrecavados frecuentes, se eliminarán las malas hierbas de la misma forma que en los macizos xx xxxx. Si es posible y con las precauciones debidas se podrán realizar escardas químicas.
Se utilizarán acolchados en los casos, y con las características y procedencia que indique el Servicio municipal competente.
Escardas químicas.
Deben ser aprobadas específicamente por el Servicio municipal competente, utilizando en todos los casos productos no residuales.
Entrecavado.
Consistirá en una labor de la tierra de cultivo con la profundidad que marque el Servicio municipal competente. Como punto xx xxxxxxx, la periodicidad de los entrecavados será la siguiente:
- Árboles, arbustos, setos, herbáceas y tapizantes: al menos 6 entrecavados al año, si así lo indica el Servicio municipal competente, sin afectar en ningún caso al sistema radicular de los elementos vegetales.
- Macizos xx xxxx: se realizará esta labor volteando la tierra, cada vez que se repongan los macizos xx xxxx.
Después de efectuar los entrecavados y escardas se pasará un rastrillo para alisar el terreno y eliminar elementos extraños (piedras, hierbas, o similar).
Control de la prestación
La calidad de dichas tareas será objeto de valoración por los siguientes indicadores:
29 Indicador de adecuación del sustrato en alcorques.
30 Indicador de presencia de malas hierbas en macizos arbustivos, borduras, setos y tapizantes.
31 Indicador de presencia de malas hierbas o flor seca en macizos xx xxxx o estructuras florales.
32 Indicador de presencia de malas hierbas en terrizos y pavimentos granulares.
4.2.1.4. Mantenimiento y reposiciones xx xxxxxxxx y praderas
Este capítulo contempla todos los trabajos a realizar y tratamientos a emplear en los xxxxxxxx y praderas, diferenciándose cada tipo de superficie en función del nivel de mantenimiento. Se concretan en las siguientes labores: riegos, siegas, perfilado de praderas, aireado y escarificado, recebado, abonado y enmiendas.
Actuaciones.
Las labores básicas a realizar serán:
Riegos.
Referidos en el capítulo correspondiente.
Siegas.
Se realizarán con la frecuencia precisa para que las plantas no alcancen una altura tal que estética o fisiológicamente suponga un perjuicio. El Servicio municipal competente podrá fijar las alturas máximas admisibles para cada tipo de césped o pradera, siendo en cualquier caso, el intervalo de alturas admisible de 3 a 12 cm.
- La siega ha de ser realizada con un corte limpio, sin desgarros ni tirones. Para ello, la maquinaria se encontrará en un perfecto estado de mantenimiento, sobre todo en cuanto al afilado de cuchillas se refiere.
- La siega y recogida de restos se hará con los sistemas de mecanización adecuados, permitiéndose el uso de segadoras con reciclado de residuos.
- En cualquier caso, los restos de xxxxx se retirarán de forma inmediata al corte no pudiendo quedar depositados en las praderas ni aún de forma eventual (salvo en el caso indicado en el punto anterior).
- La frecuencia de la siega estará en consonancia con la altura máxima admisible citada anteriormente y con el programa establecido.
- Con anterioridad a las siegas se evitarán los riegos durante un periodo de tiempo prudencial que en los meses xx xxxx a septiembre no sobrepasará las 24 horas.
- Se pondrá especial cuidado en no dañar con la maquinaria los cuellos de árboles y arbustos localizados en xxxxxxxx y praderas.
- Se utilizarán desbrozadoras de hilo para las zonas donde el acceso de las segadoras no sea posible, así como en el entorno de elementos vegetales o donde la maquinaria no pueda acercarse.
Cuando se trate de cubiertas vegetales que no admiten la siega, se reducirá la altura mediante corte manual y/o mecánico, cuando así lo indique el Servicio municipal competente.
En el caso de zonas forestales, consolidadas o no, la siega de pastos se efectuará un mínimo de dos veces al año, pudiéndose realizar en mayor número en función de las condiciones climatológicas del año y siempre a juicio
del Servicio municipal competente, siendo una de ellas antes de que se agosten a la llegada xxx xxxxxx.
Perfilado de praderas.
El perfilado de las praderas se realizará con los medios mecánicos y/o manuales que sean necesarios, en todo el perímetro de su superficie. Se cortarán y perfilarán los bordes, procurando eliminar los sistemas radiculares y retirando inmediatamente los restos. Esta labor se realizará con una periodicidad mínima de 1 vez al mes, en los meses xx xxxxx a octubre (ambos inclusive) y 2 veces en el resto del año.
Aireado y escarificado.
Con el fin de permitir la aireación de la zona radicular y estimular el nuevo proceso de rizogénesis y emisión de brotes, de forma que se rejuvenezcan las matas, se realizará el aireado y/o escarificado al menos en el 5% anual de la superficie xxx xxxxx vegetal y de la capa de substrato portadora, desde una profundidad mínima de 5 cm, de acuerdo con los criterios del Servicio municipal competente.
Para ello deben ser utilizados los medios mecánicos específicos destinados para tales propósitos, como máquinas de perforación con cilindros, escarificadora y rulo de púas. Los restos producidos por esta labor serán retirados de inmediato.
Esta operación se realizará inmediatamente después de una siega y anterior a una enmienda. En todos los casos de aireado y/o escarificado y si así lo indica el Servicio municipal competente, se hará una resiembra con la mezcla que marque la dirección técnica y su cubresiembra correspondiente. Se acotarán y señalizarán las zonas sembradas con todos los medios que sean necesarios para su protección.
Recebado de praderas.
La siembra xx xxxxxx y zonas deterioradas se realizará anualmente en aquellas praderas que no exijan una renovación completa. Esta labor comprenderá el levantamiento parcial o total de la zona dañada, la recuperación de la cota con aporte de sustrato, la preparación del terreno, la siembra, el tratamiento fitosanitario, si fuese necesario, y todos los trabajos que marque el Servicio municipal competente. Se acotarán y señalizarán las zonas sembradas con todos los medios que sean necesarios para su protección. La densidad de siembra estará en función de la especie o mezcla propuesta por el Servicio municipal competente.
Abonados y enmiendas.
Como mínimo se realizarán, con las dosis y formulación especificadas en el programa de abonados y enmiendas, las siguientes:
- Aporte de enmienda orgánica anual para mejorar las condiciones físicas y químicas del suelo.
- Enmiendas inorgánicas para mejorar la aireación, evitar la compactación y mejorar las condiciones físicas del suelo.
- Abonado químico y/o orgánico específico anual para la restitución del material extraído.
Las praderas naturales son elementos importantes en algunas de las zonas verdes objeto de este Pliego, y en ellas se realizarán labores iguales a las de las praderas y los xxxxxxxx y se incluirán en los programas de labores de estos.
Estas labores serán:
- Riegos (con la dotación que indique el Servicio municipal competente).
- Siegas (con la misma periodicidad excepto en los meses que se agosten que será menor).
Control de la prestación
La calidad de dichas tareas será objeto de valoración por los siguientes indicadores:
33 Indicador de altura y perfil xx xxxxxxxx.
34 Indicador de recubrimiento, homogeneidad y regularidad en las superficies encespedadas.
4.2.1.5. Mantenimiento de arbolado y arbustos
En este capítulo se incluyen todas las labores específicas que deben realizarse en el arbolado y los arbustos situados en las zonas verdes, que se agruparán por separado para la posterior realización de los programas.
Las labores de conservación del arbolado se llevarán a cabo de acuerdo con un programa de gestión específica realizado por las empresas concesionarias. Este programa se confeccionará con los datos y conclusiones (análisis de su estado) obtenidos de la revisión de los inventarios tanto de árboles como de arbustos y deberá ser aprobado por el Servicio municipal competente.
Actuaciones. Arbolado.
Las labores que se deberán realizar sobre el arbolado son las siguientes:
Riego.
Además de lo referido en el capítulo general xx xxxxx será necesario el riego de los árboles situados en terrizos, al menos 3 veces al mes xx xxxxx a septiembre. La formación de alcorques en los árboles situados en terrizos se realizará tantas veces como sea necesario, para el buen funcionamiento de los riegos a pie. Se
controlarán de forma especial los derrames de agua para que no se produzcan escorrentías o gastos innecesarios.
Entrecavados y escardas.
Como se ha referido en el capítulo correspondiente, este tipo de labores se realizarán con la frecuencia y características reseñadas, aunque deberán indicarse también en el programa específico de arbolado. En estos trabajos nunca se deberá afectar a los sistemas radiculares.
Abonados y enmiendas.
Para este tipo de labor se seguirá el programa de abonados y enmiendas solicitado en el capítulo correspondiente. Como mínimo se deberán realizar, con las dosis que sean necesarias según la analítica realizada y la formulación más adecuada, las siguientes:
- Aporte de enmienda orgánica anual para mejorar las condiciones físicas y químicas del suelo en árboles situados en tierra y terrizos, que se realizará a la vez que una de las entrecavas.
- Abonado químico específico para la reposición del material en cada uno de los árboles en profundidad con las herramientas y/o maquinaria de posicionamiento que sea necesaria, en toda el área de proyección de la copa.
Si es necesario y si así lo indica el Servicio municipal competente, en casos de necesidad se realizarán trabajos de descompactación de suelo acompañados de inyecciones de material inerte en zonas terrizas donde esta compactación esté provocando la muerte de los árboles.
Poda.
Las actuaciones de poda irán encaminadas a cubrir los siguientes objetivos:
- Conseguir un desarrollo adecuado de los elementos a podar, manteniendo y mejorando su salud y estructura.
- Adecuar cada especie vegetal a las necesidades de uso del espacio donde se desarrolla.
- Realizar todos los trabajos de poda que sean necesarios para controlar la seguridad de los usuarios.
- Formar correctamente los árboles, reformar aquellos que estén mal formados y/o reequilibrar las copas descompensadas.
- Eliminar las ramas secas.
- Eliminar las ramas y follaje afectado por plagas y enfermedades únicamente cuando resulte conveniente como medio eficaz de lucha frente a ellas.
Deberá asimismo eliminarse el peligro de caída mediante las actuaciones preventivas correspondientes, basadas en la eliminación de elementos muertos,
podas, tratamientos fitosanitarios y/o cualquier otro sistema de sujeción o apoyo (cableados, pies derechos, tutores, anclajes, etc.).
Características generales de las podas.
Las empresas concesionarias, para mantener la salud y buen aspecto del árbol tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
- Podará en primer lugar las ramas enfermas, dañadas o secas.
- La eliminación de ramas vivas y sanas se justificará para aclarar la copa, permitiendo la entrada de luz y aire cuando sea muy densa y para dar buena forma al árbol, eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas.
- Se evitarán las podas drásticas ya que reducen seriamente la superficie foliar potencial, pudiendo debilitar el árbol y hacerlo más susceptible a las infecciones.
- Se efectuarán correctamente los cortes. Se procurarán cortes oblicuos en la realización de la poda para favorecer así la cicatrización, usando herramientas bien afiladas. Como norma general se procurará no utilizar hachas en las labores de poda.
- Se efectuará la poda de los árboles para evitar interferencias con cables eléctricos y telefónicos, semáforos, soportes y luminarias de alumbrado público, señales viarias, y con el tráfico rodado, así como para impedir la caída espontánea de ramas. En caso de interferencias con el alumbrado público, se analizarán éstas para determinar las necesidades de poda.
- En el caso de que sea necesario eliminar ramas grandes, se extremarán las precauciones para evitar que el peso de la rama desgaje una larga tira de corteza por debajo de ella.
- Se eliminarán los muñones.
- En el caso de las zonas forestales, se realizarán tratamientos selvícolas de vuelo, que comprenden podas (conformación, revitalización, terapéutica, etc.), limpieza de ramas secas, y resubidos.
Quedará a criterio del Servicio municipal competente la aplicación de un producto fitosanitario en el área de la herida.
Las empresas concesionarias deberán disponer de equipos especialistas en técnicas de poda en altura (trepa) para aquellos árboles donde el acceso de las plataformas no sea posible. Se utilizarán técnicas mixtas para posibilitar el acceso del podador a todos los puntos del árbol.
Las herramientas xx xxxxx deberán ser desinfectadas tras cada actuación sobre un ejemplar arbóreo.
Las podas que se realicen en las zonas verdes irán encaminadas al respeto de la forma natural de los árboles y a corregir los problemas de podas mal realizadas, excepto en los ejemplares que por su situación o sus características
específicas necesiten otro tipo de poda que definirá el Servicio municipal competente.
Apeos.
El apeo de arbolado puede estar ocasionado por dos circunstancias diferentes: árboles secos y/o árboles peligrosos.
Las empresas concesionarias deberán detectar el arbolado seco y/o peligroso existente en las zonas objeto del presente contrato, remitiendo al Servicio municipal competente informe de su situación.
En todos los casos se tomarán las medidas oportunas para que al actuar no se afecte al resto de los árboles, arbustos o elementos del entorno.
El procedimiento a seguir en caso de apeo de árboles secos, peligrosos o en deficiente estado, es el siguiente:
- Detección del árbol seco, peligroso o en deficiente estado.
- Comunicación al Servicio municipal competente mediante informe y documentación fotográfica.
- Autorización de la actuación a realizar por parte del Servicio municipal competente.
- Señalización y vallado de la zona.
- Tala del árbol seco, peligroso o en deficiente estado, tras la obtención de los pertinentes permisos. En el caso de árboles peligrosos, el apeo deberá realizarse en un plazo máximo de 48 h tras la recepción de la autorización.
- Retirada de los restos vegetales y limpieza de la zona.
- Extracción del tocón o rebaje del mismo, si no fuera posible su extracción. Deberá realizarse en un plazo no superior a 15 días naturales desde la fecha de ejecución del apeo.
- Reparación de la zona dañada incluso de las infraestructuras y servicios.
- Registro en la base de datos de la aplicación informática de la actuación realizada.
Los árboles que por cualquier razón se caigan, deberán tratarse a todos los efectos como árboles apeados, debiéndose incluir la baja en la correspondiente relación y su foto, así como los daños que puedan haber producido en otros elementos. Las empresas deberán avisar de manera inmediata al Servicio municipal competente cuando se produzcan estas incidencias y realizar un informe de las posibles causas de las mismas.
Si en el momento de iniciarse el contrato existieran tocones que puedan ser extraídos, sin daño para otras especies y si así lo indicara el Servicio municipal competente, todos los trabajos de extracción, maquinaria, retirada de las troncas y trabajos de reparación de la zona, correrán a cargo del precio a