PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES A REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS A TRAMITAR POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA |
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES A REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS A TRAMITAR POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO
ANEXO I
1.- |
Centro interesado: |
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA (INIA) |
2.- |
Número de Expediente: |
CONC 06/233 (T.A.) |
3.- |
Objeto del contrato y necesidades administrativas satisfacer: |
CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE REVISTAS CIENTÍFICAS Y BASES DE DATOS PARA LOS DEPARTAMENTOS DEL INIA, DURANTE 2007 y que se relacionan en los documentos adjuntos a este Pliego, cuyos volúmenes, números, tomos,...etc. corresponden al año 2007. El suministro, objeto de este contrato, se establece en dos lotes diferenciados: Lote a) Suscripción de Revistas año 2007 Lote b) Suscripción de Bases de Datos año 2007 El adjudicatario del lote a) gestionará el acceso “on-line” por parte de INIA a todos aquellos títulos que oferten de forma gratuita este servicio añadido así como aquellos en los que sin ser gratuita está indicado.
El adjudicatario deberá recabar de los correspondientes editores, que las Revistas o Bases de Datos que no hayan sido recibidas por el INIA dentro de un plazo normal, teniendo en cuenta la fecha de publicación y forma de envío, sean remitidas al Instituto.
En caso de extravío de algún ejemplar por circunstancias ajenas a INIA realizará las gestiones precisas para facilitar un nuevo ejemplar.
El envío de las Revistas y/o Bases de Datos al INIA se realizará en un plazo no superior a 60 días a contar desde la fecha de publicación y su correspondiente distribución por parte del editor.
El adjudicatario del lote b) gestionará el acceso “on-line” por parte de INIA a todas aquellas Bases de Datos en CD-ROM que oferten de forma gratuita este servicio añadido
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4.- |
Estructura del Contrato (Lotes, en su caso): |
Lote a) SUSCRIPCIÓN Y GESTIÓN DE REVISTAS CIENTÍFICAS IMPRESCINDIBLES PARA LA INVESTIGACIÓN EN LOS DEPARTAMENTOS Y CENTROS DE INIA Lote b) SUSCRIPCIÓN Y GESTION DE LAS BASES DE DATOS EN SOPORTE CD-ROM, ON-LINE Y DVD, IMPRESCINDIBLES PARA LA INVESTIGACIÓN EN INIA |
5.- |
Nomenclatura (CNPA-1996): |
22.11.20.05 |
6.- |
Clasificación CPV, en su caso: |
222.11.000.2 |
7.- |
Lugar de entrega y plazo de ejecución: |
Las publicaciones serán remitidas directamente por los editores al INIA, en el Centro que este Organismo decida y comunique al adjudicatario.
Excepcionalmente para publicaciones fechadas a finales de 2007 se demora la última entrega hasta el año 2008.
El Instituto no emitirá el certificado de recepción, ni por consiguiente efectuará el pago de la suscripción de la revista a la distribuidora, hasta que no haya llegado al INIA el número 1 (no gratuito) de dicha suscripción. Sin perjuicio de ello, además la distribuidora tendrá la obligación de enviar y completar todos los números de las revistas correspondientes al año suscrito con la misma, con independencia del tiempo en que pueda cumplir con ello y en el caso de que el año siguiente no se le haya adjudicado el concurso de distribución de las mismas.
En cualquier caso, no procederá la devolución de la garantía definitiva presentada por el adjudicatario, en tanto no obren en poder del INIA la totalidad de los números de todas las revistas suscritas o, en su caso, se haya efectuado regulación ó el reintegro por parte del adjudicatario, que puedan corresponder. |
8.- |
Presupuesto de licitación y, en su caso, distribución por organismos: |
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a) |
Presupuesto de licitación: (indicar presupuesto total y, en su caso, presupuestos parciales por lotes) |
Lote a); 660.000 Euros Lote b): 60.000 Euros |
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b) |
Distribución por organismos: |
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Organismo |
Importe |
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INIA |
720.000,0 € |
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9.- |
Aplicación presupuestaria, con indicación de las anualidades que procedan: |
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Aplicación presupuestaria |
Ejercicio |
Importe |
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18.204.467D620 |
2007 |
669.600 |
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18.204.467D620 |
2008 |
50.400 |
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10.- |
Clase de tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: |
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Ordinaria |
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Abierto |
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Concurso |
11.- |
Criterios objetivos de valoración: |
Criterio económico máximo 55 puntos
- Los dos apartados anteriores suponen un total máximo de 45 puntos, valorándose dichos apartados de acuerdo a un informe técnico.
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12.- |
Garantía provisional: |
2 % del lote a que se licite |
13.- |
Admisibilidad de variantes, condiciones y elementos sobre los que puede recaer: |
No están permitidos |
14.- |
Solvencia económica y financiera: |
Declaración relativa a la cifra de negocios global de suministros por la Empresa en el curso de los tres últimos ejercicios sobrepasando en su totalidad la cantidad de 2.500.000 € |
15.- |
Solvencia técnica: |
Por relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público ó privado, a la que se incorporaran los correspondientes certificados de los mismos.
Descripción del equipo técnico, medidas empleadas por el suministrador para asegurar la calidad y los medios de estudio e investigación de la Empresa
La suma de estos suministros sobrepasará la cantidad de 2.500.000,00 € |
16.- |
Garantía complementaria: |
Exento |
17.- |
Forma de pago: |
Transferencia bancaria |
18.- |
Plazo de garantía: |
El de la duración del contrato |
19.- |
Periodicidad en el abono del precio: |
A la recepción de los títulos de las revistas y Bases de Datos, cuyos números no gratuitos se hayan recibido en el INIA y siendo a entera satisfacción |
20.- |
Importe máximo de los gastos de publicación de la licitación: |
920,67 Euros |
Madrid,
EL ....................................
Conforme: El adjudicatario.
Fdo.: ................................
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATOS DE SUMINISTROS POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO.
(Redactado conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas -en adelante TRLCAP- y en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas -en adelante RGLCAP-)
1. IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO
1.1. CENTRO AL QUE INTERESA CELEBRARLO: El indicado en el apartado 1 del Anexo I del presente pliego
1.2. NÚMERO DEL EXPEDIENTE: El indicado en el apartado 2 del Anexo I del presente Xxxxxx
1.3. OBJETO DEL CONTRATO
1.3.1. Descripción: El indicado en el apartado 3 del Anexo I del presente pliego, sin perjuicio de que el detalle y características de los bienes y la forma de hacer efectivo la realización del suministro, serán los que se establecen en el “Pliego de Prescripciones Técnicas”
1.3.2. Estructura del contrato: El indicado en el apartado 4 del Anexo I del presente pliego.
1.3.3. Expresión de la codificación correspondiente de la nomenclatura de la Clasificación Nacional de Productos por Actividades 1996 (CNPA-1996), aprobada por Real Decreto 81/1996, de 26 de enero, y, en su caso, de los lotes: La indicada en el apartado 5 del Anexo I del presente pliego.
1.3.4. Codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) (Sólo cuando el contrato sea igual o superior a los importes que se determinan en el artículo 177.2 del TRLCAP): El indicado en el apartado 6 del Anexo I del presente pliego.
1.3.5. Plazo de ejecución: El indicado en el punto 7 del Anexo I del presente Pliego.
1.4. RÉGIMEN ECONÓMICO-PRESUPUESTARIO DEL CONTRATO
1.4.1. Presupuesto de licitación: El importe del mismo asciende a la cantidad que se indica en el apartado 8.a) del Anexo I del presente Pliego.
Esta cifra representa el presupuesto de licitación, que determinará la exclusión de cualquier oferta por importe superior. Este presupuesto corresponde a la totalidad del período previsto para la ejecución del contrato. La reducción de este período por demora en el inicio de los efectos del contrato respecto a la fecha inicialmente prevista o por cualquier otro motivo conllevará la reducción proporcional del presupuesto de licitación y del precio ofertado por el adjudicatario.
En la cifra señalada como presupuesto se incluye, sin perjuicio de lo dispuesto en la Resolución 6/1997, de 10 de julio, de la Dirección General de Tributos, el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo general vigente en el momento de la licitación y, cuando proceda, el Impuesto General Indirecto Canario o el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Para el supuesto de que el adjudicatario sea extranjero, el importe de adjudicación deberá ser reducido en la cifra correspondiente al IVA., a los efectos del pago de la factura ó facturas, que deben ser IVA. excluido.
1.4.2. Expedientes cofinanciados: En el caso de expedientes cofinanciados por varios organismos, la distribución del presupuesto de licitación, se llevará a cabo en la forma prevista en el apartado 8.b) del Anexo I del presente pliego.
1.4.3. Distribución en anualidades del gasto derivado del contrato: Serán las reflejadas en el apartado 9 del Anexo I del presente pliego.
La baja ofertada por el adjudicatario se considerará repercutida proporcionalmente en todas las anualidades a que se extienda la ejecución del contrato.
1.4.4. Aplicación presupuestaria: La reflejada en el apartado 9 del Anexo I del presente pliego
1.4.5. Ejercicio con cargo al cual se tramita: El señalado en el apartado 9 del Anexo I del presente pliego.
En el caso de ejercicios posteriores, queda sometida la adjudicación del contrato a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el o los ejercicios correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 69.4 de TRLCAP.
1.5. CLASE DE TRAMITACIÓN
La señalada en el apartado 10 del Anexo I del presente pliego.
1.6. NATURALEZA DEL CONTRATO Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El contrato que se suscriba tendrá carácter administrativo, quedando sometido al Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, al Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y en lo que no contradiga ó resulte derogado por el Real Decreto Legislativo ó el Real Decreto citados, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado (aprobado por Decreto 3854/70, de 31 de diciembre), al presente pliego de cláusulas administrativas y particulares y al de prescripciones técnicas.
Los contratistas que se consideren lesionados por las resoluciones administrativas dictadas en esta materia, podrán recurrir en defensa de sus intereses, conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y al apartado b) del artículo 2º de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
2. FORMA, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
2.1. FORMA Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante concurso, por procedimiento abierto, de acuerdo con lo previsto en los artículos 73 a 75, 85 a 90 y 180 del TRLCAP, según lo especificado en el punto 10 del Anexo I del presente Xxxxxx.
2.2. CRITERIOS OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN, FORMA DE ACREDITARLOS Y SISTEMA DE ASIGNACIÓN DE PUNTOS A CADA UNA DE LAS OFERTAS
El órgano de contratación acordará la adjudicación en base a los criterios objetivos que se definen y ponderan, por orden decreciente según su importancia, en el apartado 11 del Anexo I de este pliego.
2.2.1. Empate entre proposiciones.
En caso de empate entre dos o más proposiciones, la propuesta de adjudicación se hará a favor de la empresa que tenga en su plantilla mayor número de minusválidos, siempre que el mismo no sea inferior al 2% de los trabajadores y haya incluido, en el sobre nº 1, el documento señalado con el nº 80.
Si aún continuase el empate, la propuesta de adjudicación se hará a favor de la oferta más económica, y si el empate persistiese se hará a favor de la que resulte agraciada mediante sorteo.
3. REQUISITOS DE LOS LICITADORES INTERESADOS
3.1. REQUISITOS GENERALES DE CARÁCTER JURÍDICO
Podrán formular oferta para la adjudicación del contrato las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en agrupación o unión temporal, con plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 20 del TRLCAP y cuya finalidad ó actividad tenga relación directa con el objeto del contrato. Esta relación deberá deducirse de cualquiera de los documentos que el pliego exige a los licitadores para acreditar su personalidad y capacidad ó, en su defecto, de los que adicionalmente decida aportar el licitador y sean considerados suficientes por la Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación efectuará la comprobación pertinente al examinar la documentación administrativa requerida a los licitadores, sin perjuicio del derecho de la Administración a hacerlo en cualquier otro momento previo o posterior a la adjudicación del contrato.
3.2. REQUISITOS DE CAPACIDAD ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
La admisión a la licitación requerirá la previa acreditación de la capacidad económica, financiera y técnica necesaria para la ejecución del contrato. La Mesa de Contratación resolverá sobre la posesión de este requisito por cada uno de los licitadores, en base a la documentación que, según los casos, debe incluirse con esta finalidad en el sobre indicado en el apartado 5 del presente pliego.
3.3. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA PROVISIONAL
Los licitadores deberán constituir una garantía provisional, cuya cuantía figura en el apartado 12 del Anexo I de presente pliego, equivalente al 2% del presupuesto de licitación establecido en el apartado 1.4.1 de este pliego, para el lote o lotes a los que concurra, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 35 del TRLCAP, con los requisitos exigidos en los artículos 55 a 58 de RGLCAP, y de acuerdo con los modelos establecidos en los anexos III a VI del citado Reglamento.
En caso de uniones temporales de empresarios, esta garantía podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
Cualquiera que sea la forma en que se otorgue la garantía, ésta se constituirá a disposición de la Dirección General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, (en adelante INIA) NIF Q2821013F.
De conformidad con lo establecido en el artículo 35.1, párrafo último, del TRLCAP, no se exige garantía provisional en aquellos expedientes de cuantía inferior a la fijada en el artículo 177.2, en cuyo caso así se hará constar en el citado apartado 12 del Anexo I.
4. ANUNCIO DE LA LICITACIÓN
El concurso se anunciará en el Boletín Oficial del Estado, según modelo del anexo VII del RGLCAP. Cuando se trate de expedientes con presupuesto de licitación igual o superior a los señalados en el artículo 177.2 del TRLCAP, se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, según modelo establecido en el citado Reglamento.
El importe del citado anuncio asciende a la cantidad señalada en el apartado 20 del Anexo I del presente pliego.
5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES
5.1. SOBRE Nº 1, DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Se incluirán en el mismo los documentos que se indican en cada caso, de los relacionados, con carácter general, en el Anexo 2 del presente pliego ("Documentación Administrativa a incluir en el sobre número 1, según los casos")
Dichos documentos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas por el Registro General o por el Servicio de Contratación, del INIA.
Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano
5.1.1. Persona física española
Documentos señalados con los números: 1, 7, 20, 23, y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.2. Persona jurídica española
Documentos señalados con los números: 2, 7, 11, 21, 24, y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.3. Persona física de los demás países de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo
Documentos señalados con los números: 3, 5, 7, 8, 22, 23 y, en su caso, 30 ó 32, 60 y 80.
5.1.4. Persona jurídica de los demás países de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo
Documentos señalados con los números: 4, 5, 7, 8, 21, 24, y, en su caso, 30 ó 32, 60 y 80.
5.1.5. Persona física de país ajeno a la Unión Europea y signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio:
Documentos señalados con los números: 3, 6, 7, 8, 10, 22, 23, y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.6. Persona jurídica de otro país, signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio:
Documentos señalados con los números: 4, 6, 7, 8, 10, 21, 24, y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.7. Persona física de país no comprendido en los números anteriores
Documentos señalados con los números: 3, 6, 7, 8, 9, 10, 22, 23, y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.8. Persona jurídica de país no comprendido en los números anteriores
Documentos señalados con los números: 4, 6, 7, 8, 9, 10, 21, 24 y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.9. Uniones de empresas
En este sobre se deberá incluir también la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica en la forma siguiente:
La acreditación de la solvencia económica y financiera se efectuará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 16 del TRLCAP, señalados en el Anexo 2 y que se harán constar en el apartado 14 del Anexo I del presente pliego.
La acreditación de la solvencia técnica se efectuará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 18 del TRLCAP, señalados en el Anexo 2 y que se harán constar en el apartado 15 del Anexo I del presente pliego
Las uniones de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, además de la documentación que para cada una de ellas sea exigible según los números anteriores, la declaración prevista en el número 65.
SOBRE Nº 2, DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
Se incluirán, debidamente ordenados y relacionados según los casos, los documentos acreditativos de los elementos distintos del precio que constituyen criterios de adjudicación del contrato, de acuerdo con el apartado 2.2 del presente pliego, explicando el contenido y alcance de cada uno de ellos, a fin de poder asignar a cada oferta la puntuación que le corresponda.
Para los contratos cuya ejecución sea periódica y repetitiva durante el plazo de ejecución (tracto sucesivo), el contratista deberá presentar dentro de la documentación técnica, un programa de trabajo, de conformidad con lo establecido en el art. 198 del RGLCAP.
SOBRE Nº 3, PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
La proposición, necesariamente firmada, se ajustará al modelo incluido como Anexo 3 de este pliego.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición económica y ésta contendrá una única oferta. Tampoco podrá suscribir una propuesta en unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente ó figurando en otra unión temporal. La contravención de esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.
Se admitirá la presentación de variantes si así se señala en el apartado 13 del Anexo I.
En el caso de que se prevea la presentación de variantes, el licitador se atendrá a las siguientes instrucciones:
Deberá incluir en el sobre nº 3, dedicado a la proposición económica, dos modelos de la misma: uno con la oferta básica y otro con la oferta con variantes.
Deberá hacer constar, en el lugar previsto al efecto en el modelo de proposición económica, la identificación de su oferta básica, ajustada íntegramente al pliego de prescripciones técnicas, y la de las variantes adicionales que oferte en las condiciones y sobre los elementos determinados en el pliego.
En el sobre nº 2 incluirá, además de los documentos requeridos en el apartado correspondiente a documentación técnica, la descripción de las variantes ofertadas, en las condiciones y sobre los elementos que han sido determinados por el órgano de contratación en el pliego.
PRESENTACIÓN DE MUESTRAS O REFERENCIAS TÉCNICAS.
A requerimiento de la administración, los licitadores vendrán obligados a presentar muestras de algunos o todos los artículos que integran el suministro o, si ésta lo considera necesario, de documentación técnica de la marca/modelo del suministro ofertado.
6. EXAMEN Y DISPOSICIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE
En las dependencias indicadas en el anuncio de la licitación, los licitadores podrán consultar la documentación del expediente constituida por el presente pliego y el de prescripciones técnicas.
El órgano de contratación facilitará las copias de los pliegos o condiciones de los contratos a todos los interesados que lo soliciten.
Asimismo dicha documentación se encuentra disponible en las páginas web del Ministerio de Administraciones Públicas xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx (portal del ciudadano), apartado de licitaciones, y del INIA xxxx://xxx.xxxx.xx (contratación).
7. FORMA, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
7.1. FORMA DE PRESENTACIÓN
Los sobres a presentar deberán estar cerrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran, firmados por el licitador o la persona que lo represente y con indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre, en hoja independiente, se hará constar su contenido, enunciado numéricamente.
7.2. LUGAR DE PRESENTACIÓN
La documentación podrá ser presentada en mano contra recibo de la oficina receptora (Registro General del INIA).
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, telegrama o fax, en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
A los efectos anteriores debe tenerse en cuenta que la denominación y dirección de la Unidad donde se centraliza la entrega es en el Registro General, dirigido a la Mesa de Contratación del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaría (INIA), Carretera de la Coruña, Km 7,500 (28040 – Madrid), pudiendo efectuarse el anuncio del envío por correo mediante fax dirigido al número 91347 35 97.
7.3. PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación o envío se iniciará al día siguiente de la publicación del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial del Estado, y su duración será la que se indique en el citado anuncio.
8. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
8.1. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
La Mesa de Contratación se constituirá para calificar los documentos presentados en tiempo y forma. A tal efecto, procederá a abrir y examinar el sobre nº 1 de las ofertas presentadas en plazo. Si se observan defectos materiales en la documentación presentada por los licitadores, se estará a lo previsto en el artículo 81.2 del RGLCAP.
8.2. OFERTAS TÉCNICAS.
En el mismo acto mencionado en el apartado 8.1 de este Pliego, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de las ofertas técnicas para su examen, las cuales deberán ser valoradas con anterioridad a la apertura pública de las ofertas económicas presentadas por los licitadores.
8.3. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS.
La apertura en sesión pública de las proposiciones económicas correspondientes a las ofertas admitidas en la calificación previa se realizará en el lugar, día y hora indicados en el anuncio de la licitación.
La Mesa de Contratación excluirá de la valoración y propuesta de adjudicación, las ofertas que no cumplieran las prescripciones técnicas del contrato.
8.4. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación, previo los informes técnicos correspondientes y en el plazo máximo de tres meses a contar desde la apertura, en acto público, de las proposiciones de las ofertas recibidas, procederá a la adjudicación del contrato a la proposición más ventajosa, salvo que se diera la circunstancia prevista en el artículo 83.2 del TRLCAP, o a declarar desierto el concurso, motivando, en todo caso, su resolución, con referencia a los criterios de adjudicación.
Con carácter previo a la adjudicación, se solicitarán del posible adjudicatario las certificaciones acreditativas del cumplimiento de sus obligaciones tributarias (documentos 70 y 00 xxx Xxxxx 0 del presente pliego), de Seguridad Social (documento 72) y, en su caso, del número de trabajadores minusválidos que la empresa tenga en plantilla (documento 81), a cuyo efecto se le concederá un plazo máximo de cinco días hábiles.
Transcurridos tres meses desde la apertura de las proposiciones económicas sin haber recibido la notificación o haberse publicado la resolución de adjudicación, la empresa que lo desee podrá requerir por escrito, en cualquier momento, la retirada de su proposición y la devolución o cancelación de la garantía provisional prestada, a lo que procederá obligadamente la Administración, salvo que el acuerdo de resolución del concurso hubiera sido dictado antes de expirar el plazo indicado, debiendo en ese caso justificarlo así ante la empresa.
9. NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
Sin perjuicio de la publicación del resultado en la forma y casos previstos en el artículo 93 del TRLCAP, el órgano de contratación comunicará por escrito, a la empresa o empresas que hayan presentado ofertas, la resolución de adjudicación, mediante fax o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su recepción. La comunicación al adjudicatario indicará el lugar, día y hora en que su representante debe comparecer para proceder a la formalización del contrato, de acuerdo con lo previsto en el apartado 10.3 siguiente.
10. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
10.1. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
Notificada la adjudicación definitiva del contrato, el adjudicatario estará obligado a constituir una garantía definitiva, del cuatro por ciento (4%) del importe de adjudicación, de conformidad con lo establecido y en la forma señalada en el Real Decreto 1098/2001, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Cuando el precio del contrato se determine en función de precios unitarios, el importe de la garantía a constituir será del cuatro por ciento (4 %) ó, en su caso, de un ____% adicional para caso de garantías especiales, del importe del presupuesto base de licitación.
En el supuesto de adjudicación a un empresario cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en presunción de temeridad, el Órgano de Contratación exigirá al contratista la constitución de una garantía definitiva por el veinte por ciento (20 %) del importe de adjudicación ó del presupuesto base de licitación.
De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 30/95, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, no se admitirán los avales prestados por Compañías de Seguros, aunque sí los seguros de caución que se constituyan por las mismas.
El Contratista deberá acreditar en el plazo de quince días, contados desde que se le notifique la adjudicación, la constitución de la garantía definitiva correspondiente.
10.2. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA COMPLEMENTARIA
Se constituirá en la forma señalada en el apartado anterior, en el supuesto de que así se señale en el apartado 16 del Anexo I del presente pliego.
10.3. EXCEPCIÓN A LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA
Cuando se den alguno de los supuestos establecidos en los arts. 39 y 40 del TRLCAP, podrá quedar exceptuada la constitución de garantía definitiva, debiendo, en su caso, garantizarse el cumplimiento del contrato, de acuerdo con lo establecido en la Ley.
10.4. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario viene obligado a concurrir a la formalización del contrato dentro del plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación. A este acto, que no podrá tener lugar sin la previa constitución de la garantía definitiva y, en su caso, la complementaria concurrirá el adjudicatario ó su representante con el resguardo del depósito de la garantía y, cuando el representante sea persona distinta del firmante de la proposición económica, poder bastante otorgado por el adjudicatario.
Cuando no pueda formalizarse el contrato en el plazo indicado, por causas imputables al contratista ó a la Administración, se estará a lo previsto, respectivamente, en los párrafos 1º y 2º del artículo 54.3 del TRLCAP y el artículo 62 del RGLCAP.
El contrato también podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx, en este caso, los gastos derivados de su otorgamiento.
Al contrato que se formalice se unirá como anexo, un ejemplar de este Pliego de Cláusulas Administrativas y Pliego de Prescripciones Técnicas, que será firmado, en prueba de conformidad, por el adjudicatario.
10.5. ABONO DE GASTOS DECLARADOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO
10.5.1. GASTOS DE ANUNCIO DE LA LICITACIÓN
La Administración repercutirá al contratista en el abono del primer pago a cuenta, o de los sucesivos si resultara necesario, el importe del anuncio de la licitación, en base a la factura previamente abonada por ella, según el siguiente detalle:
Diario o Boletín Inserción Observaciones
Boletín Oficial del Estado 1 Incluida tarifa de urgencia en su caso
El adjudicatario podrá requerir justificación del abono previamente efectuado por la Administración.
10.5.2. OTROS GASTOS
Serán por cuenta del contratista todos los gastos necesarios para la realización y entrega del suministro, incluidos los de desplazamiento del personal de la Administración cuando el contratista solicite la recepción en distinto lugar del inicialmente previsto, y cualesquiera impuestos o tasas que puedan gravar la operación y que no se encuentren expresamente excluidos en el presente pliego.
10.6. REALIZACIÓN DEL SUMINISTRO
10.6.1. ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO
El contratista procederá a la entrega del total o entregas parciales del suministro en el lugar establecidos en el apartado 7 del anexo I del presente pliego, y en el plazo igualmente requerido en el mismo.
Las responsabilidades en la entrega y recepción del suministro serán las previstas para cada una de las partes en el artículo 185 del TRLCAP.
En caso de entrega de bienes defectuosos la Administración podrá exigir, optativamente, la subsanación de los defectos observados o la realización de un nuevo suministro. En este último supuesto, con el fin de garantizar la efectiva aportación del nuevo suministro, podrá retener, hasta que éste se produzca y reciba de conformidad, los artículos defectuosos previamente entregados. Cuando las prescripciones técnicas de este pliego prevean la comprobación por muestreo de las entregas, la superación del porcentaje de artículos defectuosos que se establezca facultará a la Administración a rechazar la totalidad de la entrega.
La primera ocasión en que se rechace una entrega podrá el adjudicatario solicitar de la Administración que se reinicie el cómputo del plazo para hacerla, antes de apreciar demora y proceder a la imposición de penalidades a que se refiere el apartado 10.6 de este pliego.
10.6.2. EJECUCIÓN Y MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contratista vendrá obligado a la total ejecución del contrato en los términos previstos en los artículos 95, 98 y 185 del TRLCAP.
Las modificaciones del contrato se regirán íntegramente por lo dispuesto en los artículos 101 y 189 del TRLCAP.
10.7. RESPONSABILIDAD POR DEMORA EN LA EJECUCIÓN
La demora en la ejecución dará lugar a la imposición de penalizaciones y a la eventual resolución del contrato, en los términos previstos en los artículos 95 y 96 del TRLCAP.
La demora se establecerá, con los efectos previstos en el párrafo anterior, por el retraso en la entrega respecto al plazo único previsto para el suministro íntegro del objeto del contrato o para las entregas parciales. El plazo computable será el previsto en el pliego o el más reducido que hubiera ofertado el adjudicatario.
La imposición de penalidades podrá ser tenida en cuenta, como factor negativo, en las cláusulas administrativas particulares de los pliegos de bases de expedientes de suministros, de cualquier Área del Departamento, que deban adjudicarse en el plazo de cinco años, a contar desde la imposición de aquellas.
La aplicación de las penalidades que correspondan, así como la resolución del contrato por causas imputables al contratista, no obstan para que la Administración pueda reclamar daños y perjuicios al contratista.
Si el retraso no fuese imputable al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos, la Administración concederá un plazo al menos igual al tiempo perdido, salvo que el contratista pidiese otro menor.
10.8. GARANTÍA DE LOS BIENES SUMINISTRADOS
Se podrá establecer un plazo de garantía, señalado en tal caso en el apartado 18 del anexo I del presente pliego.
Sin perjuicio de las peculiaridades que el pliego de prescripciones técnicas establezca al respecto, la garantía ampara la reparación o reposición de los artículos comprobados como defectuosos en un régimen de normal utilización, sobre los que la Administración hubiera informado al contratista antes de la expiración del plazo de garantía.
Serán por cuenta del contratista todos los gastos que por cualquier concepto genere la retirada, reparación o reposición de los artículos defectuosos, sin que prevalezca a estos efectos cualquier declaración contenida en la oferta del adjudicatario.
La declaración de responsabilidad por vicios ocultos podrá ser tenida en cuenta, como factor negativo, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de expedientes de suministros, de cualquier Área del Departamento, que deban adjudicarse en el plazo de cinco años, a contar desde la declaración de aquélla.
11. OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
11.1. ABONO DEL PRECIO Y PAGOS A CUENTA.
El precio del contrato será abonado mediante la presentación de la correspondiente factura, una vez efectuada de conformidad la entrega e instalación, en su caso, del suministro objeto de contrato.
El pago se hará efectivo en la forma prevista en el apartado 17 el Anexo I del presente Xxxxxx, en base a la factura presentada por el contratista y conformada por la Unidad encargada del seguimiento de la ejecución del contrato. La factura deberá incluir todas las menciones legalmente obligatorias. Los plazos previstos en el artículo 99 del TRLCAP se computarán a partir de la entrega por el contratista de la respectiva factura.
En caso de que la ejecución del contrato tenga carácter parcial, el abono de la prestación se realizará mediante pagos parciales. Estos abonos al contratista tendrán el concepto de pagos a cuenta del precio total.
En caso de establecerse abonos a cuenta por importe de operaciones preparatorias de la ejecución del contrato, se asegurarán estos pagos mediante prestación de garantía.
11.1.1. PAGO EN METÁLICO Y EN OTROS BIENES.
De conformidad con lo establecido en el art. 187 del TRLCAP podrá establecerse en el pliego de cláusulas administrativas particulares, que el pago del precio total de los bienes a suministrar consista parte en dinero y parte en la entrega de otros bienes de la misma clase, sin que, en ningún caso, el importe de éstos pueda superar el 50 % del precio total, de conformidad con el punto 17 del Anexo I del presente pliego.
11.2. REVISIÓN DE PRECIOS
El contrato no tendrá revisión de precios, para el periodo de duración establecido, en razón de que el precio determinado por la Administración ha sido calculado teniendo en cuenta las posibles variaciones de los diferentes elementos del coste que en el mismo intervienen.
11.3. RECEPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
La Administración viene obligada a la recepción del suministro y de las entregas parciales del mismo efectuadas de acuerdo con las previsiones de este pliego, sin que en ningún caso puedan derivar para la Administración obligaciones que supongan anticipación de las anualidades previstas para el contrato.
El incumplimiento de la obligación de recibir los bienes por plazo superior a seis meses desde el momento en que se cumpla la obligación de entrega por el contratista, se considerará como suspensión del contrato por causa imputable a la Administración, a los efectos previstos en el artículo 192.a) del TRLCAP
11.4. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS CONSTITUIDAS
Las garantías constituidas, una vez liquidadas las eventuales responsabilidades con cargo a las mismas, serán devueltas de oficio por la Administración de acuerdo con lo previsto en el artículo 47 del TRLCAP y 65 de RGLCAP.
Las eventuales recepciones parciales no facultarán al contratista para solicitar el reintegro o cancelación proporcional de la garantía definitiva ni, en su caso, de la complementaria.
12. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Durante la vigencia del contrato la Administración ostentará, respecto al mismo, las prerrogativas de interpretación, dirección, modificación y resolución previstas en los artículos 59 y 189 del TRLCAP.
La facultad de dirección e inspección será ejercida, previa comunicación e identificación ante el contratista, por los servicios técnicos propios de la Administración o los expresamente concertados al efecto.
La inspección podrá tener por objeto las condiciones técnicas de ejecución del suministro, los requisitos para concurrir a su adjudicación, las obligaciones asumidas por el contratista en cuanto a su ejecución o la justificación de los abonos a cuenta percibidos o propuestos por el contratista.
El contratista podrá requerir la identificación documental de quienes deban ejercer esta facultad de inspección y la entrega por escrito de las instrucciones del órgano de contratación.
13. CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se resolverá por las causas previstas para los contratos administrativos en el artículo 111 del TRLCAP y por las específicamente indicadas para este tipo de contrato en el artículo 192 de la citada ley.
La suspensión del inicio del suministro por causa imputable a la Administración y el desistimiento o suspensión por la misma, serán causa de resolución por el transcurso de los plazos previstos el artículo 192 del TRLCAP y con los efectos previstos en el artículo 193 del TRLCAP.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 112.2 del RGLCAP, el contratista tendrá obligación de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
Al amparo de los apartados g) y h) del artículo 111 del TRLCAP, se consideran causa de resolución por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales las siguientes:
13.1. PÉRDIDA SOBREVENIDA DE LOS REQUISITOS PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN
13.2. INCUMPLIMIENTO REITERADO DE LAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SUMINISTRO
La Administración podrá resolver el contrato por incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del suministro, en relación con las características de los bienes o las condiciones de entrega. La apreciación de la reiteración requerirá la previa advertencia escrita al contratista.
Se asimila al supuesto anterior la falta de concordancia de los bienes suministrados con las muestras, la documentación técnica o las referencias aportadas en la oferta, salvo previa conformidad escrita del órgano de contratación.
13.3. OBSTRUCCIÓN A LAS FACULTADES DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
Se considerará igualmente justa causa de resolución del contrato por incumplimiento del contratista la reiterada obstrucción o falta de colaboración para hacer efectivas las facultades de dirección e inspección reconocidas a la Administración en el presente pliego, previamente advertida por escrito.
13.4. COMPROBACIÓN DE INCLUSIÓN INDEBIDA DE ARTÍCULOS EN LAS FACTURACIONES
Será causa de resolución la inclusión, en las facturas presentadas a la Administración por el contratista y correspondientes a entregas parciales, de artículos o unidades no incluidas en la entrega y recepción.
En el supuesto a que se refiere este apartado la Administración se abstendrá de cualquier pago hasta la liquidación subsiguiente a la resolución del contrato.
DILIGENCIA, para hacer constar que el presente pliego ha sido informado como pliego-tipo de cláusulas administrativas particulares por la Abogacía del Estado del Ministerio de Educación y Ciencia, con fecha 24 de enero de 2005, y que el mismo ha sido aprobado por la Presidencia del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaría el 8 de febrero de 2005.
EL (1)
Firmado: (2)
Fecha: (3)
POR EL ADJUDICATARIO:
Firmado: (4)
DNI. : (5)
Fecha: (6)
ANEXO 2
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA A INCLUIR EN EL SOBRE NÚMERO 1, SEGÚN LOS CASOS
Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad de obrar
1.- DNI. del empresario individual.
2.- Escritura de constitución o modificación inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
3.- Documento equivalente a DNI. o pasaporte.
4.- Documento de constitución.
5.- Acreditación de inscripción en el Registro o certificación prevista para el país respectivo en el Anexo I del Real Decreto 1987/2001, de 12 de octubre.
6.- Certificación expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
7.- Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar con la Administración, señaladas en el artículo 20, en la forma prevista en el artículo 21.5, y de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, conforme al artículo 79, en todos los casos, del TRLCAP.
8.- Declaración de sumisión a la jurisdicción española y de renuncia a otro fuero.
9.- Informe de la representación diplomática española sobre reciprocidad de trato.
10.- Informe de la Embajada española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
11.- Tarjeta de Identidad Fiscal
Documentación acreditativa de la representación
20.- DNI. o pasaporte del firmante de la proposición, cuando la proposición no sea presentada por el propio empresario individual.
21.- DNI., documento equivalente al DNI. o pasaporte del firmante de la proposición.
22.- DNI., documento equivalente al DNI. o pasaporte del firmante de la proposición, cuando no sea presentada por el propio empresario individual.
23.- Poder bastante del firmante de la proposición, cuando no sea presentada por el propio empresario individual.
24.- Poder bastante del firmante de la proposición.
Documentación acreditativa de la clasificación
30.- Certificado de clasificación, suficiente y en vigor, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
31.- Certificado de clasificación expedido por otro Estado de la Unión Europea a favor de empresas de su país o declaración de volumen de negocio global, por tipo de contrato, de los tres últimos años y relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, con certificado de buena ejecución del director de obra, de las cuales, al menos tres, de importe igual o superior al presupuesto de licitación.
32.- Certificado de clasificación expedido por otro Estado de la Unión Europea a favor de empresas de su país o relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la cual se incorporarán los correspondientes certificados sobre dichos suministros o certificaciones establecidas por los institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad y que acrediten la conformidad de artículos, bien identificados, con referencia a ciertas especificaciones o normas.
33.- Certificado de clasificación expedido por otro Estado de la Unión Europea a favor de empresas de su país o relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.
Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera
34.- Informe de institución financiera.
35.- Justificante de seguro de indemnización por riesgos profesionales.
36.- Cuentas anuales o extractos de las mismas.
37.- Declaración de volumen de negocio global, por tipo de contrato, de los tres últimos años.
38.- Cualquier otro documento considerado suficiente por la Administración.
Documentación acreditativa de la solvencia técnica
39.-Títulos y experiencia de empresario, cuadros y responsables de las obras.
40.- Relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, con certificado de buena ejecución del director de obra, de las que, al menos, tres serán de importe igual o superior al presupuesto de licitación.
41.- Declaración de maquinaria, material y equipo técnico para la obra.
42.- Declaración sobre efectivos personales, promedios anuales de la empresa, indicando, en su caso, grado de estabilidad en el empleo de los mismos y la importancia de sus equipos directivos durante los tres últimos años.
43.- Declaración de técnicos o unidades técnicas disponibles para la ejecución de las obras.
44.- Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos o certificaciones establecidas por los institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad que acrediten la conformidad de artículos, bien identificados, con referencia a ciertas especificaciones o normas.
45.- Descripción del equipo técnico, medidas para asegurar la calidad y los medios de estudio e investigación.
46.- Indicación de técnicos o unidades técnicas participantes en el contrato, especialmente los encargados del control de calidad, así como, en su caso, grado de estabilidad en el empleo del personal integrado en la empresa.
47.- Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar.
48.- Certificaciones establecidas por institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de la calidad que acrediten la conformidad de artículos, bien identificados, con referencia a ciertas especificaciones o normas.
49.- Documento acreditativo del control, efectuado por la Administración o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario esté establecido, sobre las capacidades de producción y, si fuera necesario, de estudio e investigación del empresario, así como sobre las medidas empleadas por este último para controlar la calidad, cuando los productos a suministrar sean complejos o deban responder a un fin particular.
50.- Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal de dirección de la empresa, así como del personal responsable de la ejecución del contrato.
51.- Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.
52.- Descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, especialmente de los responsables del control de calidad.
53.- Declaración sobre promedio anual de personal, con mención, en su caso, del grado de estabilidad en el empleo y la plantilla del personal directivo durante los últimos tres años.
54.- Declaración del material, instalaciones y equipo técnico para la realización del contrato.
55.- Declaración de medidas para controlar la calidad, así como de los medios de estudio y de investigación de que dispongan.
56.- Documento acreditativo del control, efectuado por la Administración o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario esté establecido, sobre las capacidades de producción y, si fuera necesario, de estudio e investigación del empresario, así como sobre las medidas empleadas por este último para controlar la calidad, cuando se trate de servicios o trabajos complejos o que deban responder a un fin especial.
Documentación acreditativa de constitución de la garantía provisional
60.- Resguardo de la Caja General de Depósitos o sucursal de la misma del depósito de metálico, valores públicos o valores privados avalados o aval prestado por banco, caja de ahorros, cooperativa de crédito o sociedad de garantía recíproca autorizados para operar en España o póliza de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo.
Documentación acreditativa de unión de empresarios
65.- Declaración firmada por el representante de cada una de las empresas, en la que se indique el porcentaje de participación de cada una de ellas en la unión de empresarios y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ellas frente a la Administración.
Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la
Seguridad Social
70.- Documento justificativo del alta en el Impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o del último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
71.- Certificación positiva, expedida por el órgano competente de la Administración Tributaria, establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
72.- Certificación positiva, expedida por el órgano competente de la Seguridad Social, establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Documentación acreditativa de los requisitos valorables en caso de empate entre
dos o más proposiciones, para aplicar la preferencia en la adjudicación
80. Declaración responsable sobre el número de trabajadores minusválidos, no inferior al 2%, que la empresa tenga en su plantilla, a los efectos previstos en la cláusula 2.2.1. xxx xxxxxx.
81. Justificantes que acrediten el número de trabajadores minusválidos, no inferior al 2%, que la empresa tenga en su plantilla, a los efectos previstos en la cláusula 2.2.1. xxx xxxxxx.
ANEXO 3
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE
Expediente Nº (1)
Contratación de (2)
Presupuesto de licitación: (3)
Órgano del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaría, que anuncia la contratación o solicita las ofertas (4):
Convocatoria publicada en BOE (5):
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL FIRMANTE DE LA PROPOSICIÓN Y DEL LICITADOR
Apellidos y nombre del firmante de la proposición:
DNI o equivalente del firmante de la proposición:
Relación que une al firmante con el licitador:(6)
Razón Social del licitador:
NIF del licitador:
Domicilio del licitador:
Teléfono: FAX:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
El abajo firmante, en virtud de la representación que ostenta, se compromete, en nombre de su representado, a la ejecución del contrato en la cifra de euros (en letra y número) lo que representa una baja sobre el presupuesto de licitación del , %.
En el precio ofertado se consideran y aceptan como incluidos, sin perjuicio de lo dispuesto en la Resolución 6/1997, de 10 de julio, de la Dirección General de Tributos, el Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso el Impuesto General Indirecto Canario o el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las ciudades de Ceuta y Melilla, así como cualquier otro tributo o gasto que se derive de la ejecución del contrato y que no figure excluido expresamente en el pliego de cláusulas administrativas particulares, plenamente aceptado por la mera presentación de esta oferta.
En a de de 200 .
Firmado
MODELO DE DECLARACION DE COMPATIBILIDAD
D.
con DNI o PASAPORTE Nº
en nombre de:
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que ni él, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de los administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el artículo 20 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Igualmente declara que la citada empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose, caso de resultar adjudicatario, a presentar en un plazo máximo de 5 días hábiles, la justificación o acreditación de tal requisito.
Y para que conste, firmo la presente declaración en , a .
LOTE a)
SUSCRIPCIONES AÑO 2007
ACTA AGRICULTURAE SCANDINAVICA. SERIE A
ACTA HORTICULTURAE
ACTUALIDAD XXXXXXXX XXXXXXXX
ADVANCES IN APPLIED MICROBIOLOGY
ADVANCES IN IMMUNOLOGY
ADVANCES IN VIRUS RESEARCH
AGRIBUSINESS + ACCESO ON LINE
AGRICULTURA. REVISTA AGROPECUARIA
AGRICULTURAL AND FOREST METEREOLOGY
AGRICULTURAL SYSTEMS
AGRICULTURAL WATER MANAGEMENT
AGROFORESTRY SYSTEMS
AGRONOMY JOURNAL + ACCESO ON LINE
AMERICAN DAIRY SCIENCE ASSOCIATION. INSTITUTIONAL
MEMBERSHIP (JOURNAL OF DAIRY SCIENCE)
AMERICAN ENTOMOLOGIST
AMERICAN JOURNAL CLINICAL NUTRITION
AMERICAN JOURNAL OF BOTANY
AMERICAN JOURNAL OF ENOLOGY AND VITICULTURE
AMERICAN JOURNAL OF HUMAN GENETICS
AMERICAN JOURNAL OF PATHOLOGY & JOURNAL OF MOLECULAR DIAGNOSTICS
AMERICAN JOURNAL OF VETERINARY RESEARCH
AMERICAN NATURALIST
ANALYTICAL BIOCHEMISTRY
ANALYTICAL CHEMISTRY
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ANIMAL BIOTECHNOLOGY
ANIMAL FEED SCIENCE AND TECHNOLOGY
ANIMAL GENETICS
ANIMAL REPRODUCTION SCIENCE
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ANIMAL SCIENCE & PROCEEDINGS OF THE BRITISH SOCIETY OF ANIMAL SCIENCE & CD ROM
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ANNUAL REVIEW OF BIOCHEMISTRY
ANNUAL REVIEW OF CELL AND DEVELOPMENTAL BIOLOGY
ANNUAL REVIEW OF ECOLOGY AND SYSTEMATICS
ANNUAL REVIEW OF ENTOMOLOGY
ANNUAL REVIEW OF GENETICS
ANNUAL REVIEW OF IMMUNOLOGY
ANNUAL REVIEW OF MICROBIOLOGY
ANNUAL REVIEW OF PHYTOPATHOLOGY
ANNUAL REVIEW OF PLANT BIOLOGY
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XXXXXXX XXX XXXXXXXXXXX. INTERN. X. XXXX. MOL. MICRIOBIOLOGY & BIODEGRADATION
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APPLIED ANIMAL BEHAVIOUR SCIENCE
APPLIED MICROBIOLOGY AND BIOTECHNOLOGY
AQUACULTURE
AQUATIC TOXICOLOGY
ARCHIV FUER GEFLUEGELKUNDE
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ARCHIVES OF VIROLOGY
ARCHIVES OF VIROLOGY. SUPPLEMENTUM
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AUSTRALIAN JOURNAL OF AGRICULTURAL RESEARCH
AUSTRALIAN JOURNAL OF DAIRY TECHNOLOGY
AVIAN DISEASES
BIOCHEMICAL BIOPHYSICAL RESEARCH COMMUNICATIONS
BIOCHEMICAL GENETICS
BIOCHEMISTRY + ACCESO ON LINE
BIOCONTROL – JOURNAL OF INTERNATIONAL ORGANISATION FOR BIOLOGICAL CONTROL
BIOCONTROL SCIENCE AND TECHNOLOGY
BIOINFORMATICS
BIOLOGICAL CONSERVATION
BIOLOGICAL CONTROL
BIOLOGY AND FERTILITY OF SOILS
BIOLOGY LETTERS
BIOLOGY OF REPRODUCTION & SUPPLEMENTS
BIOMASS AND BIOENERGY
BIOMETRICS
BIOMETRIKA
BIOSTATISTICA
BIOTECHNIQUES
BIOTECHNIQUES
BIOTECHNOLOGY LETTERS
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BRITISH JOURNAL OF NUTRITION + ACCESO ON LINE
BRITISH POULTRY SCIENCE
BULLETIN DE L'OFFICE INTERNATIONAL DES EPIZOOTIES
BULLETIN OF ENTOMOLOGICAL RESEARCH + ACCESO ON LINE
BULLETIN OF ENVIROMENTAL CONTAMINATION AND TOXICOLOGY
BULLETIN OF THE INTERNATIONAL DAIRY FEDERATION (BULLETIN IDF)
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CANADIAN JOURNAL OF BOTANY
CANADIAN JOURNAL OF FISHERIES AND AQUATIC SCIENCES
CANADIAN JOURNAL OF FORESTS RESEARCH + ACCESO ON LINE
CANADIAN JOURNAL OF MICROBIOLOGY
CANADIAN JOURNAL OF PLANT PATHOLOGY
CANADIAN JOURNAL OF PLANT SCIENCE + ACCESO ON LINE
CANADIAN JOURNAL OF VETERINARY RESEARCH
CELL
CELL
CHEMISTRY OF NATURAL COMPOUNDS + ACCESO ON LINE
CHEMOSPHERE
CHROMATOGRAPHIA
CLIMATIC CHANGE
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COLD SPRING HARBOR SYMPOSIA ON QUALITATIVE BIOLOGY
COMMUNICATIONS IN SOIL SCIENCE AND PLANT ANALYSIS
COMMUNICATIONS OF THE ACM
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COMPOST SCIENCE AND UTILIZATION
CONSERVATION BIOLOGY
CONSERVATION GENETICS
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CROP PROTECTION
CROP SCIENCE
CRYOBIOLOGY
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CURRENT ADVANCES IN ECOLOGICAL AND ENVIRONMENTAL SCIENCES
CURRENT ADVANCES IN PLANT SCIENCE
CURRENT BIOLOGY
CURRENT GENETICS
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CURRENT OPINION IN GENETICS DEVELOPMENT
CURRENT OPINION IN IMMUNOLOGY
CURRENT OPINION IN PLANT BIOLOGY
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DEVELOPMENTAL CELL
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DISEASES AQUATIC ORGANISMS
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DISTRIBUTION MAPS OF PLANT PEST
DOCUMENTALISTE. SCIENCES DE L' INFORMATION
DOMESTIC ANIMAL ENDOCRINOLOGY
ECOLOGICAL ENTOMOLOGY
ECOLOGICAL MODELLING
ECOLOGY + ACCESO ON LINE
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ELEVAGE ET INSEMINATION
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ENDOCRINOLOGY
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ENTOMOLOGICAL REVIEWS
ENVIRONMENTAL AND EXPERIMENTAL BOTANY
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ENVIRONMENTAL ENTOMOLOGY + ACCESO ON LINE
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ENVIRONMENTAL SCIENCE AND HEALTH
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GENOME RESEARCH
GENOMICS
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XXXX ALS ROH UND WERKSTOFF
XXXX-KURIER & HOLZFORSHUNG UND HOLZVERWERTUHG
HOLZFORSCHUNG + ACCESO ON LINE
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IMMUNITY
IMMUNOGENETICS
IMMUNOLOGY
IMMUNOLOGY AND CELL BIOLOGY
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INDEX OF CURRENT RESEARCH OF PIGS
INDUSTRIAL CROPS AND PRODUCTS
INDUSTRIEL DU BOIS, L'
INFECTION AND IMMUNITY + ACCESO ON LINE
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INTERNATIONAL JOURNAL OF FOOD SCIENCE AND TECHNOLOGY
INTERNATIONAL JOURNAL OF PEST MANAGEMENT
INTERNATIONAL JOURNAL OF PLANT SCIENCES
INTERNATIONAL JOURNAL OF REMOTE SENSING
INTERNATIONAL JOURNAL OF SYSTEMATIC AND EVOLUTIONARY MICROBIOLOGY
INTERNATIONAL JOURNAL OF WILDLAND FIRE
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INTERNATIONAL STATISTICAL REVIEW
INTERVIROLOGY
ISRAEL JOURNAL OF PLANT SCIENCES
ITALIA FORESTALE E MONTANA
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JOURNAL OF AGRICULTURAL BIOLOGICAL AND ENVIRONMENTAL STATISTICS
JOURNAL OF AGRICULTURAL SCIENCE + ACCESO ON LINE
JOURNAL OF AGRICULTURAL ECONOMICS
JOURNAL OF AGRONOMY AND CROP SCIENCE
JOURNAL OF ALLERGY AND CLINICAL IMMUNOLOGY
JOURNAL OF ANDROLOGY
JOURNAL OF ANIMAL BREEDING AND GENETICS
JOURNAL OF ANIMAL ECOLOGY
JOURNAL OF ANIMAL SCIENCE
JOURNAL OF A.O.A.C. INTERNATIONAL
JOURNAL OF APPLIED ECOLOGY
JOURNAL OF APPLIED ENTOMOLOGY
JOURNAL OF APPLIED GENETICS
JOURNAL OF APPLIED MICROBIOLOGY & LETTERS IN APPLIED MICROBIOLOGY & SYMPOSIUM
JOURNAL OF APPLIED POULTRY RESEARCH
JOURNAL OF BACTERIOLOGY
JOURNAL OF BIOGEOGRAPHY
JOURNAL OF BIOTECHNOLOGY
JOURNAL OF CELL BIOLOGY + ACCESO ON LINE
JOURNAL OF CELL SCIENCE
JOURNAL OF CHROMATOGRAPHIC SCIENCE
JOURNAL OF CHROMATOGRAPHY-A & BIBLIOGRAPHY SECTION
JOURNAL OF CLINICAL MICROBIOLOGY + ACCESO ON LINE
JOURNAL OF COMPARATIVE PATHOLOGY
JOURNAL OF DAIRY RESEARCH
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JOURNAL OF ENDOCRINOLOGY
JOURNAL OF ENVIRONMENTAL QUALITY + ACCESO ON LINE
JOURNAL OF ESSENTIAL OIL RESEARCH
JOURNAL OF EVOLUTIONARY BIOLOGY
JOURNAL OF EXPERIMENTAL BOTANY
JOURNAL OF EXPERIMENTAL MEDICINE
JOURNAL OF FISH BIOLOGY
JOURNAL OF FISH DISEASES
JOURNAL OF FOOD BIOCHEMISTRY
JOURNAL OF FOOD PROTECTION
JOURNAL OF FOOD QUALITY
JOURNAL OF FOOD SAFETY
JOURNAL OF FOOD SCIENCE
JOURNAL OF FORESTRY
JOURNAL OF GENERAL VIROLOGY
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JOURNAL OF IMMUNOLOGICAL METHODS
JOURNAL OF IMMUNOLOGY + ACCESO ON LINE
JOURNAL OF INFECTIOUS DISEASES
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JOURNAL OF MICROBIOLOGICAL METHODS
JOURNAL OF MOLECULAR BIOLOGY
JOURNAL OF MOLECULAR EVOLUTION
JOURNAL OF NATURAL PRODUCTS
JOURNAL OF NUTRITIONAL BIOCHEMISTRY
JOURNAL OF PATHOLOGY
JOURNAL OF PHYTOPATHOLOGY
JOURNAL OF PLANT RESEARCH
JOURNAL OF REPRODUCTION AND FERTILITY. SUPPLEMENTS (REPRODUCTION SUPPLEMENTS)
JOURNAL OF SEPARATION SCIENCE
JOURNAL OF SOIL AND WATER CONSERVATION
JOURNAL OF TEXTURE STUDIES
JOURNAL OF THE AMERICAN OIL CHEMISTS' SOCIETY
JOURNAL OF THE AMERICAN STATISTICAL ASSOCIATION
JOURNAL OF THE AMERICAN VETERINARY MEDICAL ASS.
JOURNAL OF THE INSTITUTE OF XXXX SCIENCE
JOURNAL OF ROYAL STATISTICAL SOCIETY : SERIES C APPLIED STATISTICS
JOURNAL OF ROYAL STATISTICAL SOCIETY: SERIES B METHODOLOGY
JOURNAL OF THE SCIENCE OF FOOD AND AGRICULTURE + ACCESO ON LINE
JOURNAL OF THEORETICAL BIOLOGY
JOURNAL OF TOXICOLOGY AND ENVIRONMENTAL HEALTH
JOURNAL OF VEGETATION SCIENCE
JOURNAL OF VETERINARY DIAGNOSTIC INVESTIGATION
JOURNAL OF VETERINARY MEDICINE - SERIE B
JOURNAL OF VIROLOGICAL METHODS
JOURNAL OF VIROLOGICAL METHODS
JOURNAL OF VIROLOGY + ACCESO ON LINE
JOURNAL OF WILDLIFE DISEASES
JOURNAL OF WILDLIFE MANAGEMENT & WILDLIFE MONOGRAPHS
JOURNAL OF XXXX CHEMISTRY AND TECHNOLOGY
LABORATORY INVESTIGATION
LAIT, LE
LIPIDS
LIVESTOCK SCIENCE (antes LIVESTOCK PRODUCTION SCIENCE)
MAMMALIAN GENOME
MARINE POLLUTION BULLETIN
MEAT SCIENCE
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CAB ABSTRACTS
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ISSN On-line
ULRISH’S ON DISC
1 Se incluirá la identificación orgánica del firmante de la diligencia, que se procurará sea el titular de un puesto con nivel de Jefe de Servicio o superior (p.e.: Jefe de Servicio de Contratación Administrativa y Gestión Financiera de ).
2 Se incluirán el nombre y los apellidos del firmante de la diligencia a que se refiere el párrafo anterior.
3 Se incluirá la fecha en que se firma la diligencia, que deberá ser, lógicamente, posterior a la de la Resolución aprobatoria.
4 Se incluirá nombre y apellidos del adjudicatario o de su representante en la firma del contrato.
5 Se incluirá el número del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente del adjudicatario o de su representante en la firma del contrato.
6 Se incluirá la fecha de la firma por el adjudicatario o de su representante en la firma del contrato.
1 Se incluirá el número reflejado en el apartado 1.2 de este pliego. ( Apartado 2 del Anexo I)
2 Se incluirá un extracto del objeto reflejado en el apartado 1.3.1 de este pliego.( Apartado 3 del Anexo I)
3 Se incluirá la cifra reflejada en el apartado 8. a) del Anexo I del presente pliego.
4 Se incluirá el centro reflejado en el apartado 1. del anexo I del presente pliego.
5 Se incluirá el número y la fecha de su publicación.
6 A cumplimentar por el licitador: "Apoderado, Gerente o Administrador". Si el ofertante actúa en su propio nombre, dejará en blanco este apartado.
Pliego tipo Suministros Concurso 33