PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
Servicio proponente: | CONCEJALÍA DE CULTURA | Número de expediente: | 911/18 | |
Tipo de contratación: | Administrativa | Clase de contrato: | SUMINISTRO | |
Forma de adjudicación: | Negociado SIN Publicidad (cuantía inferior a 60.000,00 €) | |||
Descripción del objeto: | SUMINISTRO, ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CASETAS PARA LA FERIA DEL LIBRO 2018 (EXPTE. 911/2018) | |||
Presupuesto base de licitación | 32.231,40 € | Importe IVA: | 6.768,60 € | |
Presupuesto total (IVA incluido) | 39.000,00 € | |||
TREINTA Y NUEVE MIL EUROS | ||||
Presupuesto General de Gastos: | 2018 | Nº operación RC: | ||
Garantía provisional: | Exenta | Garantía definitiva: | 5% precio de adjudicación (excluido el IVA) | |
Plazo presentación ofertas: | Según invitación | Horario: | De 9:00 a 13:00 | |
Lugar presentación ofertas: | Ayuntamiento de Badajoz. Negociado de Compras, Xxxxxx xx Xxx Xxxx, xxxxx 0 – X 00000 Xxxxxxx | |||
Plazo de Presentación | Perfil del Contratante “xxxxxxxxx.xx” | |||
Email: |
Ayuntamiento de Badajoz SECRETARIA GENERAL SECCIÓN DE PATRIMONIO
Negociado de Compras
Ayuntamiento de Badajoz SECRETARIA GENERAL SECCIÓN DE PATRIMONIO
Negociado de Compras
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, DEL SUMINISTRO, ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CASETAS PARA LA FERIA DEL LIBRO 2018 (EXPTE. 911/2018)
1. - OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato de suministro tendrá por objeto el “SUMINISTRO, ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CASETAS PARA LA FERIA DEL LIBRO 2018 (EXPTE. 911/2018)”, de acuerdo con el
Pliego de Prescripciones Técnicas redactado por los Técnicos Municipales (Anexo I).
Clasificación CPV : 39154100 - 7. Stands de exposición
La Contratación se regulará por lo establecido en este Pliego, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
Los Bienes objeto del suministro son los que se especifican en el ANEXO I de este Pliego.
2.-PRESENTACIÓN DE OFERTAS
De conformidad con el artículo 3 Funciones, apartado “C” de la Ordenanza Oficial del Registro de Licitadores del Ayuntamiento de Badajoz, solo podrán presentar ofertas al presente procedimiento las empresas que estén inscritas en dicho registro en el momento de la publicación del anuncio de licitación.
3. – PRESUPUESTO DE LICITACION Y PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto de licitación se fija en TREINTA Y NUEVE MIL EUROS (39.000,00 €), IVA incluido.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden, no solo el precio del contrato, sino también los tributos, tasas y cánones de cualquier índole, así como los gastos de transportes y demás que se produzcan hasta la entrega de los bienes en el Centro o Centros que la Administración designe.
Las ofertas que excedan del precio total fijado por la Administración o sean incorrectamente formuladas serán rechazadas.
4. - FINANCIACIÓN DEL CONTRATO
El contrato será financiado con cargo al vigente Presupuesto General de Gastos de 2018 R.C Expediente de Gastos 911/18.
5.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS.
La descripción de los trabajos del contrato tendrá, como mínimo, el siguiente alcance:
Suministro e instalación en régimen de alquiler de 45 casetas-stand, desglosadas en las siguientes categorías, con las características técnicas que se recogen en el pliego de condiciones técnicas:
Tipo A: Caseta de 3 x 2,30 metros. (40 unidades)
Tipo B: Caseta de 8 x 5 metros. (2 unidades)
Tipo C: Caseta de 10 x 9 metros. (2 unidades)
Tipo D: Xxxxxx xx 00 x 00 xxxxxx. (1 unidad)
Xxxxxxx y desmontaje de las 45 casetas-stand.
6. - FORMA DE ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del presente suministro será, de acuerdo con el artículo 173.f) TRLCSP, por PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, regulado por los artículos 170 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y por los artículos correspondientes del RGLCAP.
7 – PUBLICIDAD Y REVISIÓN DE PRECIOS
De conformidad con el artículo 142 del TRLCSP, no será necesaria la publicación del Anuncio de Licitación. No obstante, se insertará en la página Web del Ayuntamiento de Badajoz (xxx.xxxxxxxxxxx.xx), en el “Perfil de Contratante”, tanto el propio Anuncio de Licitación como el presente Pliego y Prescripciones Técnicas
Dado el plazo previsto para la ejecución del Servicio, no se contempla revisión de precios sobre el contrato inicial.
8. - CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén
incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 60 de la TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 74, 75 y 76 de la TRLCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 de la TRLCSP, respectivamente.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
9.- SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
Para celebrar contratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en la TRLCSP.
Cuando no sea exigible la clasificación, para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, debiendo deberá aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia.
La aportación del referido certificado tendrá la consideración de solvencia complementaria, no pudiéndose excluir de la que el empresario deba aportar como propia.
En caso de que el referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el
cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia de aquello a lo que se comprometió con la empresa contratista. En este sentido, la presentación del certificado deberá contener la aceptación expresa de los efectos señalados en el artículo 1257.2 del Código Civil por la empresa que preste su solvencia.
Podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
Asimismo se indicará si los candidatos o licitadores, además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, así como si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, tienen el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 223, g) de la TRLCSP, o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 de la TRLCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
El órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en los artículos 79 y 80 de la TRLCSP.
La Mesa o el órgano de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o requerirle para la presentación de otros complementarios.
10. - PROPOSICIÓN Y DOCUMENTACIÓN
Las proposiciones que presenten los licitadores se ajustarán al modelo del ANEXO II del presente pliego, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada de las cláusulas del presente pliego.
Conforme al artículo 145.3 TRLCSP, cada licitador no podrá presentar más de una proposición o suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de esta cláusula dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Cuando las proposiciones o solicitudes se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al órgano de contratación, en el mismo día, mediante télex, fax o telegrama remitido al número del registro general que se indique en el anuncio de licitación. En caso de que así se indique en el anuncio de licitación, podrá enviarse por correo electrónico a la dirección señalada. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta en ningún caso será admitida.
En las proposiciones para tomar parte en el concurso figurará el lema “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, SUMINISTRO, ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CASETAS PARA LA FERIA DEL LIBRO 2018 (EXPTE.
911/2018)”, (Modelo del Anexo III) y se presentarán en DOS sobres cerrados. En cada uno de los sobres habrá de figurar su título ("Sobre A", "Sobre B") y el nombre o razón social del licitador, así como el Número de Expediente de Gastos.
SOBRE A:
En este sobre se incluirá la proposición económica, debidamente firmada y fechada y ajustada al modelo del ANEXO II del presente documento y la documentación precisa para los criterios de valoración automática.
En la oferta económica se entenderán incluidos los tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del I.V.A., que figurará en cuantía aparte.
SOBRE B: (Documentación Administrativa)
Las empresas licitadoras conforme al Art. 146.4 del TRLCSP, solo deberán presentar una DECLARACIÓN RESPONSABLE (Xxxxx XXX) indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Posteriormente el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en un plazo máximo de 10 días, los documentos que a continuación se relacionan (apartado “a” o “b”, según sea el caso).
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
A).- En caso de que el licitador SÍ esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores del Ayuntamiento de Badajoz, deberá presentar:
1.- Certificado de inscripción en dicho registro.
2.- Declaración Responsable de no haber variado los datos aportados para la inscripción o actualización (Anexo VI).
11. - PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados en el plazo que figura en la notificación de la invitación para tomar parte en el procedimiento negociado en el Negociado de Compras (Sección de Patrimonio), sito en Xxxxxx Xxx Xxxx Xxxxx xx 2-D.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envió en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, esta no será admitida en ningún caso.
12.- DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA.
Las empresas licitadores presentarán la siguiente documentación obligatoria:
1.- Documentación gráfica: planos, esquemas, fotos, bocetos de las casetas-stand en las que se determine las características estéticas, de diseño, técnicas y distribución de las mismas.
2.- Acreditar mediante documentación la homologación, certificación y estudio de solidez estructural de casetas y pabellones exteriores cumpliendo la normativa europea UNE EN 13782:2016, así como, certificados de materiales ignífugos según normativa europea UNE EN 13.501-1:2007.
3.- La documentación necesaria para cumplir con la normativa de seguridad y salud en el trabajo y legislación laboral durante el proceso de montaje y desmontaje.
4.-Seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 300.000,00 €. La empresa adjudicataria deberá aportar los documentos acreditativos de haber suscrito una póliza de seguro de responsabilidad civil.
13.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Conforme a lo establecido en el art. 150.4 TRLCSP, los aspectos sobre los cuales el Ayuntamiento de Badajoz fijará y considerará como objeto de Negociación para la elección del adjudicatario, serán los siguientes:
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN ES AUTOMÁTICA:
1.- Oferta económica (máximo 80 puntos)
La fórmula a utilizar será:
Siendo:
Ci = Puntuación obtenida por el candidato valorado.
C = Puntuación máxima correspondiente a este criterio. PL = Precio base de licitación.
Pi = Oferta económica valorada.
Pmin = Oferta de menor importe presentada.
2.- Reducción de plazos. (hasta 10 puntos)
Para valorar la reducción de plazos ofertados que está fijado en el Pliego de Condiciones Técnicas.
2.1. Reducción de plazo de montaje en 4 días naturales: 5 puntos.
2.2. Reducción de plazo de desmontaje en 3 días naturales: 5 puntos.
3.- Rótulos en vinilo. (hasta 10 puntos)
3.1. Suministro y colocación de un rótulo de vinilo en impresión digital de medidas 8,00 x 2,16 cm. en la carpa de conferencias. Diseño facilitado por el Ayuntamiento. (con una puntuación de 10 puntos si se aporta y 0 si no se aporta).
14.- FASE DE NEGOCIACIÓN
1.- Certificado de ofertas recibidas.- Terminado el plazo de recepción de ofertas el funcionario responsable, expedirá una certificación donde se relacionen las ofertas recibidas.
2.- Apertura de la documentación administrativa.- La mesa de contratación calificara previamente la documentación administrativa. Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación, lo comunicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesados, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Posteriormente se adoptará el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de los licitadores.
3.- Negociación del Contrato.- El órgano de contratación negociará con los candidatos las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los aspectos objeto de negociación con el fin de identificar la oferta más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos
La negociación se lleva a cabo en dos fases:
1) En una primera fase se evaluarán las ofertas recibidas (a cuyo efecto podrá recabar los informes técnicos que considere precisos) y se comunicará a cada candidato (a través de la dirección de correo electrónico indicada o mediante fax) en qué posición se encuentra, especificando las puntuaciones totales y parciales obtenidas por todas las ofertas admitidas, sin que en ningún caso pueda divulgarse la identidad de los candidatos. En caso de que sólo haya un licitador, no se pasará a la segunda fase de negociación.
2) En una segunda fase se invitará (también a través del correo electrónico o mediante fax y en el perfil del contratante) a las tres empresas que hayan obtenido mayor puntuación a presentar, si lo considera adecuado,
una segunda oferta que mejore la primera, en un plazo no superior a tres días hábiles a contar desde la remisión del fax/email. En el Sobre que contenga la nueva oferta habrá de figurar el título "Mejora de Oferta del Expte. 911/18” y el nombre o razón social del licitador. Se evaluarán nuevamente las ofertas, y las nuevas puntuaciones obtenidas serán comunicadas a los candidatos que hayan sido invitados.
En el procedimiento se tiene que facilitar la misma información a todos los candidatos.
En ningún caso se proporcionará información particular que pueda suponer una ventaja para algún candidato en detrimento de los otros. Con el fin de garantizar el principio de igualdad, el órgano de contratación debe habilitar el sistema que crea más adecuado para dar publicidad de todas las consultas que se formulen a lo largo del procedimiento, y de las correspondientes respuestas, a todos los interesados.
15. – GARANTÍAS
a) Provisional.- Exenta (Según articulo 91.1)
b) Definitiva.- 5 % del importe de la adjudicación, excluido en IVA. La garantía habrá de ser constituida en metálico o en Aval Bancario.
Publicada la adjudicación provisional del contrato en el perfil del contratante, el adjudicatario estará obligado a constituir, en el plazo de 15 días hábiles una fianza definitiva del cinco por ciento (5 %) del importe de la adjudicación, IVA excluido. La garantía podrá constituirse en cualquier de las formas establecidas en el art. 96 TRLCSP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y siguientes del RGLCAP. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato.
16. - OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contratista deberá disponer de cuantos medios materiales y humanos sean necesarios para el transporte, montaje, desmontaje y mantenimiento de las casetas-stand.
El contratista deberá reparar o sustituir cualquier cualquier elemento suministrado o instalado que, a juicio de los funcionarios municipales, se deteriore durante el uso de las instalaciones.
Será por cuenta del contratista el mantenimiento de los stands durante todo el periodo de celebración de la feria, reparando y reponiendo todos los elementos que sean necesarios.
Cualquier eventualidad provocada por falta de material, personal o indebido mantenimiento así como las deficiencias técnicas que pudieran constatarse, serán responsabilidad exclusiva del contratista, reservándose el Ayuntamiento la posibilidad de reclamar todos los daños y perjuicios que derivasen de las mismas.
No podrán realizarse operaciones que deterioren el dominio público ocupado con la instalación tales como anclajes, y similares. Cualquier desperfecto que se detecte en aquél deberá ser abonado por el contratista.
La vigilancia y seguridad de las casetas y materiales será responsabilidad de la empresa adjudicataria durante los días de montaje y desmontaje de las casetas hasta la entrega / recogida de llaves.
Los materiales deberán ser homologados y ser óptimos para el uso requerido, debiendo ajustarse a la normativa en materia de prevención de incendios.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a los pliegos de claúsulas administrativas y de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que , en su caso, diere el responsable del contrato.
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen al Ayuntamiento o a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Igualmente, será responsable por los daños y perjuicios originados por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con el art. 305 del TRLCSP. Para garantizar la reparación de los posibles daños, el adjudicatario deberá depositar una fianza de 3000 € antes de la firma del contrato para posibles ejecuciones subsidiarias.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los servicios que se presten, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de sus actos, omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria facilitará el nombre y teléfono de contacto de la persona responsable del servicio de mantenimiento, que deberá estar localizable y disponible en todo momento. Designará una persona responsable como única interlocutora válida en las funciones de organización y coordinación de los servicios requeridos.
El adjudicatario deberá contratar todo el personal necesario para el buen funcionamiento del servicio, con estricta sujeción a la normativa social y laboral de aplicación.
El personal adscrito al servicio que se licita no tendrá relación jurídica ni laboral alguna con el Ayuntamiento, ni durante la vigencia del contrato ni a su terminación. En ningún momento el Ayuntamiento se subrogará en las relaciones contractuales entre el contratista y el personal de la entidad adjudicataria.
Xxxxx a cargo del contratista todos los gastos que se originen con motivo de la prestación de los servicios previstos.
Cumplirá las normas vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad en caso de incumplimiento.
El contratista adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo. Cualquier máquina, vehículo o elemento contratado, sea propio o alquilado, que el adjudicatario ponga a disposición del Servicio deberá contar con los seguros adecuados referidos a responsabilidad civil.
Proyecto de evacuación en coordinación con los bomberos.
17.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
2. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos.
Las normas autonómicas de desarrollo de esta Ley podrán fijar un plazo mayor al previsto en este párrafo, sin que se exceda el de veinte días hábiles.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
4. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante (xxx.xxxxxxxxxxx.xx).
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 151, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.»
18. - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato derivado de la licitación a que se refiere el presente Pliego de Condiciones, se formalizara dentro del plazo xx xxxx días, a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación. Dicho contrato se formalizara en documento administrativo.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento de Badajoz podrá acordar la resolución del mismo con los trámites previstos en el artículo 156.3 TRLCSP. En este supuesto procederá la incautación de la garantía provisional y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
19. – SUMINISTRO Y DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del año será de 20 días máximo (Del 12 xx xxxx al 31 xx xxxx de 2018). Durante este periodo se desarrollarán los trabajos de montaje, celebración de la feria y desmontaje de las instalaciones.
La 37 Feria del Libro tendrá xxxxx xxx 00 xx 00 xx xxxx de 2018.
20 - RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 299 y 223 TRLCSP, y con sujeción a los requisitos y extremos establecidos en los artículos 224 y 225 TRLCSP. .
21. - RÉGIMEN DE SANCIONES
El adjudicatario queda obligado a cumplir los plazos fijados para la ejecución del suministro.
Si el adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo fijado, el ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato con perdida de fianza o por la imposición de sanciones graduadas en la forma establecida en el artículo 212 TRLCSP.
22. - PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
La administración Municipal ostentará la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar por razones de interés público los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la TRLCSP y Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el RGLCAP. En los expedientes que se instruyan ser dará siempre audiencia al interesado.
23. - JURISDICCIÓN
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso- administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Badajoz, EL ALCALDE,
Fdo.: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
A N E X O I
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE SERVIR DE ORIENTACIÓN A LOS LICITADORES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, DEL SUMINISTRO, ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CASETAS PARA LA FERIA DEL LIBRO 2018 (EXPTE.
911/2018)
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FERIA DEL LIBRO 2018 (EXPTE. 911/2018)
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FERIA DEL LIBRO 2018 (EXPTE. 911/2018)
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A N E X O II
PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, DEL SUMINISTRO, ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CASETAS PARA LA FERIA DEL LIBRO 2018 (EXPTE. 911/2018)
Don mayor
de edad, con domicilio en , en la calle
nº , con D.N.I., numero , en nombre propio o en representación de la empresa , como acredita por
, enterado de las condiciones que rigen en la contratación por procedimiento negociado para la adjudicación del contrato de SUMINISTRO, ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CASETAS PARA
LA FERIA DEL LIBRO 2018 (EXPTE. 911/2018), y conforme con todas ellas a las que expresamente se somete, propone el suministro por el precio de:
Ejecución Material 21 % de I.V.A.
Total Contrato
(Expresado en letras).
Euros (IVA EXCLUIDO)
En a de 2018
Fdo.:
Nota:- En la oferta figurará el precio de licitación del contrato y de forma separada se expresará la cuota correspondiente al IVA.
Ayuntamiento de Badajoz SECRETARIA GENERAL SERVICIO DE PATRIMONIO
Negociado de Compras
A N E X O III
Don/a
mayor de
xxxx, con domicilio en , en la calle nº , con D.N.I., numero , en nombre propio o en representación de la empresa , con C.I.F.
, con domicilio a efectos de notificaciones C/
, Teléfonos Email. en calidad de como acredita por ,
DECLARO RESPONSABLEMENTE
Que reúne las condiciones establecidas
legalmente para contratar con la Administración, todo ello en relación con el expediente de contratación
Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 4 del artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, en caso de resultar seleccionado como adjudicatario se compromete a acreditar en un plazo máximo de 10 días la posesión y validez de la documentación administrativa exigida en la cláusula 10 del presente pliego.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en
, a de 2018
ANEXO IV
MODELOS DE SOBRES DE LICITACIÓN
SOBRE A
“CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL SUMINISTRO, ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CASETAS PARA LA FERIA DEL LIBRO 2018 (EXPTE. 911/2018)”
EMPRESA:
SOBRE B:
“CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL SUMINISTRO, ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE DE CASETAS PARA LA FERIA DEL LIBRO 2018 (EXPTE. 911/2018)”
EMPRESA:
Ayuntamiento de Badajoz SECRETARIA GENERAL SERVICIO DE PATRIMONIO
Negociado de Compras
A N E X O V
Don/a mayor de
xxxx, con domicilio en , en la calle nº , con D.N.I., numero , en nombre propio o en representación de la empresa , con C.I.F.
, con domicilio a efectos de notificaciones C/
, Teléfonos Email. en calidad de como acredita por ,
DECLARO RESPONSABLEMENTE
- Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre.
- Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, seguridad social, así como en los impuestos municipales.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en
, a de 2018
Nota.- Ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
Ayuntamiento de Badajoz
COMPRAS Y CONTRATACIÓN
REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES
A N E X O VI
DECLARACIÓN DE QUE LA DOCUMENTACIÓN INCORPORADA AL REGISTRO DE LICITADORES DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ ES VÁLIDA PARA LICITAR AL CONTRATO Y NO HA SUFRIDO ALTERACIONES
D/Xx , mayor de
edad, con DNI/NIF representando a la empresa
con número de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores del Ayuntamiento de Badajoz
DECLARA
bajo su responsabilidad que la documentación obrante en el Registro Oficial de Licitadores del Ayuntamiento de Badajoz es válida para licitar al contrato
y que no ha sufrido alteraciones que puedan ser causa de prohibición para contratar con la Administración.
En , a de de Sello de la empresa y firma autorizada
Fdo.