CONTRATO DE SERVICIO No. 36/2016 LIBRE GESTION No. 58/2016
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MINISTERIO DE OBRAS POBLICAS, TRANSPORTE. VIVIENDA
Y DESARROLLO URBANO
GOBIERNO OE
ELSALVADOR
UNAMONOS PARA CRECE:R:::..-
CONTRATO DE SERVICIO No. 36/2016 LIBRE GESTION No. 58/2016
"SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA RELOJES DE CONTROL DE ASISTENCIA DEL MOPTVDU"
Nosotros: XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX,
, actuando en nombre y representaci6n del Estado y Gobiemo de El Xxxxxxxx, en el Ramo de Obras Pliblicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, con numero de ldentificaci6n Tributaria
; en mi calidad de GERENTE ADMINISTRATIVA INSTITUCIONAL, y designada par el Titular de Ia referida Cartera de Estado para la suscripci6n de aetas como el presente, lnstituci6n que en lo sucesivo del presente documento privado me denominare "EL MINISTERIO" o "EL CONTRATANTE" y XXXX XXXXXXX XXXxXXX XXXXXXX,
mayor de edad,
mi Documento Onico de Identidad numero
con numero de ldentificaci6n Tributaria
, portador de
; actuando en mi calidad de Titular de Ia Empresa de Servicio denominada ASISTENCIA TECNICA PROFESIONAL, con numero de Matricula de Empresa dos cera uno cuatro cero ocho uno cero nueve nueve; quien en el transcurso del presente instrumento me denominare "EL CONTRATISTA" yen el caracter dicho, MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar el presente Contrato de Servicio, de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de Ia Administraci6n PUblica (LACAP) y su Reglamento, a los Terminos de Referenda de Ia LIBRE GESTION No. 58/2016, de la cual se genera este Contrato; y a Ia Publicaci6n de Resultados de Adjudicaci6n en el sitio electr6nico de compras publicas Xxxxxxxxx.xxx.xx, de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxx xxxxxxxxxxxx y adendas emitidas xxxxx hubiere y Ia oferta tecnica econ6mica, de conformidad a las clausulas siguientes: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. El Contratista se compromete a proporcionar al Ministerio el servicio adjudicado, de conformidad a las condiciones establecidas en Ia Secci6n VII: Descripci6n y Especificaciones Tecnicas del Servicio de los Terminos de Referenda, y segiln el detalle de precios unitarios de Ia oferta presentada par el Contratista. SEGUNDA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. El Ministerio pagara a el Contratista, a traves de la Gerencia Financiera
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lnstitucional, la cantidad de hasta CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES DOLARES CON CINCUENTA CENTAVOS XX XXXXX DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$
5,953.50), incluido el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestaci6n de Servicios, mediante pagos parciales que resulten de las 6rdenes de servicio que se xx xxxxxx emitido con cargo al contrato, posterior ala recepci6n de la documentaci6n a cobro, seglin reporte del Administrador del Contrato, previa presentaci6n de: a) Acta de Recepci6n a satisfacci6n del servicio, frrmada por el Administrador del Contrato, y de la persona autorizada por el Contratista para hacer la entrega; b) Comprobante de Credito Fiscal o Factura de Consumidor Final, seglin corresponda, hasta por el valor especificado en el Contrato, o en la entrega a que corresponda dicho pago, siesta se realiza de forma parcial; en cualquiera de los casos debe presentarse a mas tardar dentro de los siguientes quince dias posteriores a la recepci6n de los servicios. Dichos pagos se haran en un plazo no mayor a sesenta dias calendario a excepci6n de la Micro y Pequefia Empresa para quienes el plazo sera de treinta dias (de conformidad a la Ley de Fomento, Protecci6n y Desarrollo de la Micro y Pequefia Empresa), despues de presentada la documentaci6n requerida a la Gerencia Financiera Institucional y podra realizarse mediante deposito bancario por transferencia electr6nica en cuenta del Contratista reportada por escrito para tal fin, o mediante cheque. TERCERA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo del presente contrato sera contado a partir de la fecha establecida en la Orden de Inicio hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciseis. El plazo y forma de entrega sera de acuerdo al Numeral Dos "ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SERVICIO", de la Secci6n VII: Descripci6n y
Especificaciones Tecnicas del Servicio de los Terminos de Referenda. CUARTA: LUGAR DE
ENTREGA. El alcance de los servicios contempla la ejecuci6n a nivel nacional, del mantenimiento preventivo y correctivo de los relojes ubicados en las Oficinas Centrales y Regionales del MOPTVDU, seglin el detalle establecido en el Numeral Tres "LOCALIZACI6N" de la Secci6n VII de los Terminos de Referenda. No obstante lo sefialado, el Contratista debera prestar el servicio en aquellas direcciones en donde el Ministerio tenga destacadas oficinas pudiendo modificarse, suprimirse o adicionarse otros domicilios; y debera firmar y sellar juntamente con el Administrador del Contrato, o Ia persona que sea designada, el acta de entrega en la cual se documentara el servicio entregado, en que calidad se entrega aclarando que la entrega es total. QUINTA: FINANCIAMIENTO. El importe de este Contrato sera fmanciado a cargo de recursos del Fondo General de la Naci6n (GOES), de conformidad a disponibilidad presupuestaria correlativo de verificaci6n numero Setenta y Cinco, de fecha veinte de enero de dos mil dieciseis, emitido por la Gerencia Financiera Institucional, agregado al expediente administrativo. No obstante lo sefialado y siempre que mediare la correspondiente Resoluci6n Razonada de Modificaci6n a este Contrato, firmada por el Titular del Ministerio podra variarse el financiamiento sefialado con cargo
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a cualquier otro fondo autorizado. SEXTA:--C- -S-I-O-N--.-Queda expresamente prohibido al
Contratista traspasar o ceder a cualquier titulo los derechos y obligaciones que emanan del presente Contrato, no obstante esta prohibici6n, las subcontrataciones procederan conforme a lo establecido en el Articulo Ochenta y Nueve de Ia Ley de Adquisiciones y Contrataciones de Ia Administraci6n PUblica. La transgresi6n de esta disposici6n dara Iugar a Ia caducidad del Contrato, procediendose ademas a hacer efectiva Ia Garantia de Cumplimiento de Contrato. SEPTIMA: INCUMPLIMIENTO. Cuando el Contratista incurriese en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales por causas imputables al mismo, podra declararse Ia caducidad del Contrato o imponer el pago de una multa, todo de conformidad al Articulo Ochenta y Cinco de Ia Ley de Adquisiciones y Contrataciones de Ia Administraci6n PUblica. En este caso, El Ministerio emitira mediante Resoluci6n Razonada Ia cuantia de Ia multa a pagar, la cual debera hacer efectiva el Contratista en Ia Direcci6n General de Tesoreria del Ministerio de Hacienda y presentar el comprobante de pago, en Ia Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del Ministerio, para todo efecto legal, debiendo presentar tambien una copia del Recibo de lngreso al Administrador del Contrato. El Contrato no podra liquidarse en caso de que haya multas pendientes de pago. El incumplimiento o deficiencia total o parcial del servicio, durante el plazo fijado, dara Iugar a que el Ministerio, resuelva dar por caducado el Contrato, en tal caso se realizaran los tramites para hacer efectiva la Garantia de Cumplimiento de Contrato y se informara a Ia UNAC para todo efecto legal. OCTAVA: MODIFICACION Y PRORROGA. De comun acuerdo el presente Contrato podra ser modificado o prorrogado en su plazo de conformidad a lo establecido en los articulos Ochenta y Tres, Ochenta y Tres-A, Ochenta y Seis y Noventa y Dos de Ia Ley de Adquisiciones y Contrataciones de Ia Administraci6n PUblica, atendiendo a las prohibiciones del articulo Ochenta y Tres-B del citado cuerpo legal. En tales casos, el Ministerio emitira Ia correspondiente Resoluci6n Razonada de Modificaci6n o Pr6rroga cumpliendo con el procedimiento administrativo, y el Contratista en su caso debera modificar o ampliar los plazos y montos de las garantias correspondientes. La Modificativa sera firmada por el Contratante y el Contratista y se tendra por incorporada al Contrato. Las partes acuerdan que en los casos de modificaci6n o pr6rroga, debera de gestionarse quince dias habiles previo al vencimiento del Contrato y de conformidad a los procedimientos establecidos en los articulos Setenta y Cinco, Setenta y Seis y Ochenta y Tres del Reglamento de Ia referida Ley. NOVENA: GARANTiA. Para garantizar el cumplimiento del presente Contrato, el Contratista debera otorgar a favor del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx en el Ramo de Obras Piiblicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano y presentar en la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, la garantia siguiente: Garantia de Cumplimiento de Contrato, dentro de los quince dias habiles siguientes a Ia fecha de recepci6n de Ia correspondiente Orden de Inicio, emitida por el Administrador del
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Contrato. La vigencia de esta garantia excedera en sesenta xxxxx calendario del plazo del contrato, o cualquiera de sus prorrogas en su caso, y su monto sera el equivalente al DIEZ POR CIENTO del monto total contratado. Si dicha garantia no se presentare en el plazo antes seftalado, se hara efectiva Ia Garantia de Mantenimiento de Oferta, si Ia hubiere. Esta garantia debera ser emitida por una Compaftia Aseguradora, Afianzadora, o Banco legalmente establecidos en el pais y autorizados porIa Superintendencia del Sistema Financiero. DECIMA: EXTINCI6N. El presente Contrato se extinguira por las causales siguientes: i) Por caducidad del mismo declarada por el Ministerio; ii) Por mutuo acuerdo escrito entre las partes contratantes; iii) PorIa revocaci6n, y iv) Por el cumplimiento del mismo en los terminos estipulados a satisfacci6n del Ministerio. DEciMA PRIMERA: PLAZO DE RECLAMOS. Se establece que el Ministerio debera formular los reclamos correspondientes al acaecimiento de cualquier hecho relacionado con Ia responsabilidad del Contratista .respecto del objeo del presente Contrato, durante el periodo de ejecuci6n del mismo y durante. el plazo de vigencia de Ia garantia. DECIMA SEGUNDA: PLAZO PARA CUMPLIR A SATISFACCI6N. En el caso de Ia clausula que antecede o si en Ia recepci6n del servicio adquirido, se comprobaren defectos en el mismo, el Contratista dispondra del plazo que le establezca el administrador de contrato despues de notificado para Ia reposici6n del servicio, cuando: Uno) El servicio presentare alglin problema relacionado con Ia calidad o este resultare con dafto, deterioro o defecto; y Dos) El Ministerio seiialare su inconformidad con el servicio recepcionado, dentro de los criterios y parametros establecidos en los Terminos de Referenda relacionados. Si el Contratista no subsanare en dicho plazo, los defectos comprobados, se tendra por incumplido el Contrato, procedera Ia imposici6n de sanciones, y se hara efectiva Ia Garantia de Cumplimiento de Contrato. DEciMA TERCERA: SOLUCI6N DE CONFLICTOS. Toda diferencia o conflicto que surgiere entre las partes contratantes durante Ia ejecuci6n del Contrato, se sometera a las siguientes formas de soluci6n: a) Arreglo directo: con intervenci6n de sus representantes y delegados especialmente acreditados, dejando constancia escrita en acta de los puntos controvertidos y de las soluciones en su caso; y b) Si intentado el arreglo directo no se resolvieren las diferencias o conflictos y asi se determinare en el acta que le pone termino a esta forma de soluci6n de conflictos, se sometera a los tribunales comunes. Las partes contratantes expresamente renunciamos a1 Arbitraje como medio alterno de soluci6n de conflictos. DEciMA CUARTA: LEGISLACION APLICABLE. El presente Contrato estara regulado por Ia Ley de Adquisiciones y Contrataciones de Ia Administraci6n PUblica, su Reglamento y subsidiariamente por el Derecho Comun. DECIMA QUINTA: DOMICILIO CONTRACTUAL. Ambos contratantes, seftalamos como domicilio especial el de esta ciudad, a Ia competencia de cuyos tribunales nos sometemos expresamente. El Contratista en caso de acci6n judicial en su contra acepta que sea depositaria de los bienes que se le embargaren Ia persona que el Ministerio designe, a quien releva
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de Ia obligacion de rendir fianza y cuentas, comprometiendose a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales, aunque no hubiere condenacion en costas. DEciMA SEXTA: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. Por Acuerdo Ejecutivo numero Ciento Treinta y Dos, de fecha diecisiete de febrero de dos mil dieciseis, el Titular nombro como Administrador del Contrato, al senor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, que actualmente se desempeiia en el cargo de Analista de Recursos Humanos en Ia Gerencia de Desarrollo xxx Xxxxxxx Humano y Cultura Institucional de esta Secretaria de Estado, para la administracion del contrato, y tendra las facultades que le confiere el articulo Ochenta y Dos Bis de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion PUblica y Setenta y Cuatro de su Reglamento. DEciMA SEPTIMA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente Contrato y se interpretaran en forma conjunta los siguientes documentos: a) Los Terminos de Referenda de Ia Libre Gestion; b) Las Adendas y Aclaraciones xxxxx hubieren; c) La Oferta Tecnica y Economica del Contratista y los documentos adjuntos presentados con Ia misma; d) Publicacion de Resultados de Adjudicacion en el sitio electronico de compras publicas Xxxxxxxxx.xxx.xx, de fecha diez de febrero de dos mil dieciseis; e) Las Garantias; f) La Orden de Inicio; g) Las Ordenes de Servicio o Solicitudes de Trabajo, si hubieren; h) Resoluciones modificativas que hubieren; e i) Otros documentos que emanaren del presente Contrato. Estos documentos forman parte integral
del Contrat'o y lo plasmado en ellos es de estricto cumplimiento para las partes contratantes. En
caso de discrepancia entre los documentos antes mencionados y el Contrato, prevalecera este.
DECIMA OCTAVA: PROHIBICION DE CONTRATACION DE MANO DE OBRA INFANTIL. Si
durante la ejecucion del contrato se comprobare por Ia Direccion General de Inspeccion de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Prevision Social, incumplimiento por parte del Contratista ala normativa que prohibe el trabajo infantil y de proteccion de Ia persona adolescente trabajadora, se debera tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el articulo Ciento Sesenta de Ia LACAP para determinar el cometimiento o no durante la ejecucion del Contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitacion en el articulo Ciento Cincuenta y Ocho Romano V literal
b) de Ia LACAP relativa a Ia invocacion de hechos falsos para obtener Ia adjudicacion de la contratacion. Se entendera por comprobado el incumplimiento a Ia normativa por parte de Ia Direccion General de Inspecci6n de Trabajo, si durante el tramite de reinspecci6n se determina que hubo subsanacion por haber cometido una infracci6n, o por el contrario si se remitiere a procedimiento sancionatorio, yen este ultimo caso debera finalizar el procedimiento para conocer la resoluci6n final. DECIMA NOVENA: NOTIFICACIONES. Todas las notificaciones referentes a Ia ejecucion de este Contrato, seran validas y tendran efecto a partir de su recepcion solamente cuando sean hechas por escrito a las direcciones que las partes contratantes han seiialado, asi: El Ministerio en Alameda Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Kilometre Cinco y Media, Carretera a Santa
f.11tiiSTERIO OE OBRAS PUOliCAS.
IRANSPORTE. VIVIENOA
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Tecla, Plante! La Xxxx uza, Frente a! Estado Mayor, San Xxxxxxxx y el Con tratista en sus oficinas situadas en
Tanto EL MINISTERJO como EL CONTRATI STA podemos cambiar nuestra
direcci6n, quedando obligados a notificarlo en un plazo no mayor de cinco dias calendario posterior a dicho cambio; mientras tanto el domicilio seflalado o el ultimo notificado, sera valido para los efectos legales. Asi nos expresamos los comparecientes, quienes enterados y conscientes de los terminos y efectos legales del presente Contrato por convenir asi a los intereses de n uestros
re presentados, ratificamos su contenido y lo frrmamos, en Ia ciudad de S dias del mes de febrero del aflo dos mil dieciseis.
-""Rnl rtTT"l"h:rrl--A..:....San._Salvador, a las catorce horas del dia diecisiete del mes de febrero del aflo dos mil dieciseis. Ante mi, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, Notaria, del domicilio de
departamento de
XXXXXXXXX XXXXXXXXX,
, comparece: por un a parte Ia senora MIRNA
actuando en nombre y representaci6n d el Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx, en el Ramo de Obras Publicas,
Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, con numero de lden tificaci6n Tributaria
en su calid ad de Gerente Administrative Institucional; y designada por el Titular de esta Cartera de Estado para suscribir los contratos de libre gesti6n; personeria que doy fe de ser legitima y suficiente po r haber tenido a Ia vista Ia siguiente documentaci6n: a) Acuerdo Ejecu tivo numero cero veintiuno, de fecha catorce
AS.
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INISlERIO OE OBRAS PUOLIC
TRANSPORTE. VIVIENOA
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de enero de dos mil catorce, emitido en el Ramo de Obras Publicas, Transporte y de Vivienda y
Desarrollo Urbano, en el cual consta el nombramiento de Ia compareciente con el cargo de Gerente Administrative del Ministerio; b) Acuerdo numero trescientos treinta y siete, de fecha diecinueve xx xxxxx de dos mil catorce, del que consta que se autoriz6 a la compareciente para que de manera especial en las areas de su competencia pueda ernitir las adjudicaciones y suscribir las 6rdenes de compra, contratos o resoluciones generados en procesos de Libre Gesti6n, de adquisici6n de bienes, servicios y obras relativos a las necesidades ordinarias en su area de competencia, hasta el monto maximo de treinta mil d6lares de los Estados Unidos de America, asi como firmar las resoluciones razonadas en los casos que corresponda; Instituci6n que en lo sucesivo se denominara "EL MINISTERIO" o "EL CONTRATANTE" y por otra parte el senor XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX,
actuando en su calidad de Titular de la Empresa de Servicio d enominada ASISTENCIA TECNICA PROFESIONAL, con mimero de Matricula de Empresa dos cero uno cuatro cero ocho uno cero nueve nueve; quien en el transcurso de este documento se denominara "EL CONTRATISTA" y ME DICEN: I) Que con el objeto de darle valor de documento publico me presentan el Contrato que antecede suscrito este mismo dia. II) Que reconocen como suyas las firmas puestas al pie del mismo en el orden y caracter con que comparecen. En dicho Contrato, el Contratista se ha comprometido a proporcionar aJ Ministerio el "SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA RELOJES DE CONTROL DE ASISTENCIA DEL MOPTVDU", de conformidad a las
clausulas qu e literalme nte se transcriben: "PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. El Contratista se compromete a proporcionar al Ministerio el servicio adjudicado, de conformidad a las condiciones establecidas en Ia Secci6n V II: Descripci6n y Especificaciones Tecnicas del Servicio de los Terminos de Referenda, y seglin el detalle de precios uni tarios de Ia oferta presentada por el Contratista. SEGUNDA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. E l M in isterio pagara a el Contratista, a traves de Ia Gerencia Financiera Institucional, Ia cantidad de hasta CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES DOLARES CON CINCUENTA CENTAVOS XX XXXXX DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, incluido el Impu esto a Ia Transferencia de Bienes Muebles y a Ia Prestaci6n de Servicios, m ediante pagos parciales que resu l ten de las 6rdenes de servicio que se hubieren emitido con cargo al contrato, posterior a la recepci6n de la documentaci6n a cobro, seglin reporte del Administrador del Contrato, previa presentaci6n de: a) Acta de Recepci6n a satisfacci6n del servicio, firmada por el Administrador del Contrato, y de Ia persona autorizada
x.XXXXXXXXX OE OBRAS POBLICAS, TAANSPORTE, VIVIENOA
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por el Contratista para hacer Ia entrega; b) Comprobante de Credito Fiscal o Factura de Consumidor Final, seglin corresponda, basta por el valor especificado en el Contrato, o en Ia entrega a que corresponda dicho pago, si esta se realiza de forma parcial; en cualquiera de los casos debe presentarse a mas tardar dentro de los siguientes quince dias posteriores a la recepci6n de los servicios. Dichos pagos se haran en un plazo no mayor a sesenta dias calendario a excepci6n de Ia Micro y Pequeiia Empresa para quienes el plazo sera de treinta dias (de conformidad a Ia Ley de Fomento, Protecci6n y Desarrollo de Ia Micro y Pequeiia Empresa), despues de presentada Ia documentaci6n requerida a la Gerencia Financiera Institucional y podra realizarse mediante deposito bancario por transferencia electr6nica en cuenta del Contratista reportada por escrito para tal fin, o mediante cheque. TERCERA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo del presente contrato sera contado a partir de Ia fecha establecida en Ia Orden de Inicio hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciseis. El plazo y forma de entrega sera de acuerdo al Numeral Dos "ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SERVICIO", de Ia Secci6n VII: Descripci6n y Especificaciones Tecnicas del Servicio de los Terminos de Referenda. CUARTA: LUGAR DE ENTREGA. El alcance de los servicios contempla la ejecuci6n a nivel nacional, del mantenimiento preventive y corrective de los relojes ubicados en las Oficinas Centrales y Regionales del MOPfVDU, seglin el detalle establecido en el Numeral Tres "LOCALIZACI6N" de Ia Secci6n VII de los Terminos de Referenda. No obstante lo seiialado, el Contratista debera prestar el servicio en aquellas direcciones en donde el Ministerio tenga destacadas oficinas pudiendo modificarse, suprimirse o adicionarse otros domicilios; y debera firmar y sellar juntamente con el Administrador del Contrato, o Ia persona que sea designada, el acta de entrega en Ia cual se documentara el servicio entregado, en que calidad se entrega aclarando que Ia entrega es total. QUINTA: FINANCIAMIENTO. El importe de este Contrato sera fmanciado a cargo de recursos del Fondo General de Ia Naci6n (GOES), de conformidad a disponibilidad presupuestaria correlative de verificaci6n numero Setenta y Cinco, de fecha veinte de enero de dos mil dieciseis, emitido por Ia Gerencia Financiera Institucional, agregado al expediente administrative. No obstante lo seiialado y siempre que mediare la correspondiente Resoluci6n Razonada de Modificaci6n a este Contrato, firmada por el Titular del Ministerio podra variarse el financiamiento seiialado con cargo a cualquier otro fondo autorizado. SEXTA: CESI6N. Queda expresamente prohibido a1 Contratista traspasar o ceder a cualquier titulo los derechos y obligaciones que emanan del presente Contrato, no obstante esta prohibici6n, las subcontrataciones procederan conforme a lo establecido en el Articulo Ochenta y Nueve de Ia Ley de Adquisiciones y Contrataciones de Ia Administraci6n PUblica. La transgresi6n de esta disposici6n dara Iugar a Ia caducidad del Contrato, procediendose ademas a hacer efectiva Ia Garantia de Cumplimiento de Contrato. SEPTIMA: INCUMPLIMIENTO. Cuando el Contratista incurriese en xxxx en el cumplimiento de
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sus obligaciones contract uales por causas imputables al mismo, podra declararse Ia caducidad del Contrato o imponer el pago de una multa, todo de conformidad al Artic ulo Ochenta y Cinco de Ia Ley de Adquisiciones y Contrataciones de Ia Administraci6n PUblica. En este caso, El Ministerio emitira mediante Resoluci6n Razonada Ia cuantia de Ia multa a pagar, Ia cual debera hacer efectiva el Contratista en Ia Direcci6n General de Tesoreria del Ministerio de H acienda y presentar el comprobante de pago, en Ia Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del Ministerio, para todo efecto legal, de biendo presentar tambien una copia del Recibo de l ngreso al Ad.rninistrador del Contrato. El Contrato no podra liquidarse en caso de que haya multas pendientes de pago. El incumplimiento o deficiencia total o parcial del servicio, durante el plaza fijado, dara Iu gar a que el Mini sterio, resuelva dar por cad ucado el Contrato, en tal caso se realizaran los trfunites para hacer efectiva Ia Garantia de Cumplimiento de Contrato y se inform ara a Ia UNAC para todo efecto legal. OCTAVA: MODIFICACION Y PRORROGA. De comun acu erdo el presente Contrato podra ser modificado o prorrogado en su plaza de conformidad a lo establ ecido en los articulos Ochenta y Tres, Ochenta y Tres-A, Ochenta y Seis y Noventa y Dos de Ia Ley de Adquisiciones y Contrataciones de Ia Admi nistraci6n Publica, atendiendo a las prohibiciones del articulo Oche nta y Tres-S del citado cuerpo legal. En tales casos, el Ministerio emitira Ia correspondiente Resoluci6n Razonada de Modificaci6n o Pr6rroga cumpliendo con el procedimiento administrative, y el Contratista en su caso debera modificar o ampliar los plazas y montos de las garantias correspondientes. La Modificativa sera firmada por el Contratante y el Contratista y se tendra por incorporada al Contrato. Las partes acuerdan que en los casas de modificaci6n o pr6rroga, debera de gestionarse quince dias habiles previa al vencimiento del Contrato y de conformidad a los procedimientos establecidos en los articulos Setenta y Cinco, Setenta y Seis y Ochenta y Tres del Reglamento de Ia referid x Xxx. NOVENA: GARANTiA. Para garantizar el cumplimiento del presente Co ntrato, e l Contratista debera otorgar a favor del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx en el Ramo de O bras PU.blicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano y presentar en Ia Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, I a garantia siguiente: Garantia de Cumplimiento de Contrato, dentro de los quin ce dias habiles siguientes a Ia fech a de rece pci6n de Ia correspondiente Orden de fnicio, em itida por el Administrador del Contrato. La vigencia de esta garantia excedera en sesenta dias calendario del plazo del contrato, o cualquiera de sus prorrogas en su caso, y su manto sera el equivalente al DIEZ POR CI ENTO del manto total contratado. Si dicha garantia no se presentare en el plazo antes seiialado, se hara efectiva Ia Garantia de Mantenimiento de Oferta, si Ia hubiere. Esta garantia xx xxxx ser emitida por una Compaiiia Aseguradora, A fianzadora, o Banco legalmente establecidos en el pais y au torizados por Ia Superintendencia del Sistema Pinanciero. DECIMA: EXTINCION. El presente Contrato se extinguira por las causales sigu ientes: i) Por caducidad del mismo declarada por el
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Ministerio; ii) Por mutuo acuerdo escrito entre las partes contratantes; iii) PorIa revocaci6n, y iv) Por el cumplimiento del mismo en los terminos estipulados a satisfacci6n del Ministerio. DEciMA PRIMERA: PLAZO DE RECLAMOS. Se establece que el Ministerio debera formular los reclamos correspondientes a1 acaecimiento de cualquier hecho relacionado con Ia responsabilidad del Contratista respecto del objeto del presente Contrato, durante el periodo de ejecuci6n del mismo y durante . el plazo de vigencia de Ia garantia. DECIMA SEGUNDA: PLAZO PARA CUMPLIR A SATISFACCION. En el caso de Ia clausula que antecede o si en Ia recepci6n del servicio adquiijdo,. se. comprobaren defectos en el mismo, el Contratista dispondra del plazo que le establezcel administrador de contrato despues de notificado para la reposici6n del servicio, cuando: Uno) El servicio presentare algU.n problema relacionado con Ia calidad o este resultare con dafto, deterioro o defecto; y .Dos) El Ministerio seftalare su inconformidad con el servicio recepcionado, dentro de los criterios y parametros establecidos en los Terminos de Referenda relacionados. Si el Contratista no subsanare en dicho plazo, los defectos comprobados, se tendra por incumplido el Contrato, procedera la imposici6n de sanciones, y se hara efectiva la Garantia de Cumplimiento de Contrato. DECIMA TERCERA: SOLUCION DE CONFLICTOS. Toda diferencia o conflicto que surgiere entre las partes contratantes durante Ia ejecuci6n del Contrato, se sometera a las siguientes formas de soluci6n: a) Arreglo directo: con intervenci6n de sus representantes y delegados especialmente acreditados, dejando constancia escrita en acta de los puntos controvertidos y de ·las soluciones en ·su caso; y b) Si intentado el arreglo directo no se resolvieren las diferencias o conflictos y asi se determinare en el acta que le pone termino a esta forma de soluci6n de conflictos, se sometera a los tribunales comunes. Las partes contratantes expresamente renunciamos al Arbitraje como medio alterno de soluci6n de conflictos. DECIMA CUARTA: LEGISLACION APLICABLE. El presente Contrato estara regulado por la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administraci6n PUblica, su Reglamento y subsidiariamente por el Derecho Comun. DECIMA QUINTA: DOMICILIO CONTRACTUAL. Ambos contratantes, seftalamos como domicilio especial el de esta ciudad, a Ia competencia de cuyos tribunales nos sometemos expresamente. El Contratista en caso de acci6n judicial en su contra acepta que sea depositaria de los bienes que se le embargaren Ia persona que el Ministerio designe, a quien releva de Ia obligaci6n de rendir fianza y cuentas, comprometiendose a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales, aunque no xx xxxxx condenaci6n en costas. DEciMA SEXTA: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. Por Acuerdo Ejecutivo numero Ciento Treinta y Dos, de fecha diecisiete de febrero de dos mil dieciseis, el Titular nombr6 como Administrador del Contrato, al senor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, que actualmente se desempefta en el cargo de Analista de Recursos Humanos en Ia Gerencia de Desarrollo xxx Xxxxxxx Humano y Cultura Institucional de esta Secretaria de Estado, para Ia administraci6n del contrato, y tendra las
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facultades que le confiere el articulo Ochenta y Dos Bis de
Contrataciones de Ia Administraci6n Publica y Setenta y Cuatro de su Reglamento. DECIMA SEPTIMA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente Contrato y se interpretaran en forma conjunta los siguientes documentos: a) Los H:rminos de Referenda de Ia Libre Gesti6n; b) Las Adendas y Aclaraciones si las hubieren; c) La Oferta Tecnica y Econ6mica del Contratista y los documentos adjuntos presentados con Ia misma; d) Publicaci6n de Resu l tados de Adjudicaci6n en el sitio electr6nico de compras publicas Xxxxxxxxx.xxx.xx, de fecha diez de febrero de dos mil dieciseis; e) Las Garantias; f) La Orden de lnicio; g) Las Ordenes de Servicio o Solicitudes de Trabajo, si hubieren; h) Resoluciones modificativas que hubieren; e i) Otros documentos que emanaren del presente Contrato. Estos documentos forman parte integral del Contrato y lo plasmado en ellos es de estricto cumplimiento para las partes contratantes. En caso de discrepancia entre los documentos antes mencionados y el Contrato, prevaleceni este. DECIMA OCTAVA: PROHIBICION DE CONTRATACION DE MANO DE OBRA INFANTIL. Si
durante Ia ejecuci6n del contrato se comprobare por La Direcci6n General de l nspecci6n de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Prevision Social, incumplimiento por parte del Contratista a Ia normativa que prohibe el trabajo infantil y de protecci6n de Ia persona adolescente trabajadora, se debera tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el articulo Ciento Sesenta de Ia LACAP para determinar el cometimiento o no durante Ia ejecuci6n del Contrato de Ia conducta tipificada como causal de inhabilitaci6n en el articulo Ciento Cincuenta y Ocho Romano V literal
b) de La LACAP relativa a Ia invocaci6n de hechos falsos para obtener Ia adjudicaci6n de Ia contrataci6n. Se entendeni por comprobado el incumplimiento a Ia normativa por parte de Ia Direcci6n General de lnspecci6n de Trabajo, si durante el tramite de reinspecci6n se determina que hubo subsanaci6n por haber cometido una infracci6n, o por el contrario si se remitiere a procedimiento sancionatorio, yen este ultimo caso debera fmalizar el procedimiento para conocer Ia resoluci6n final. DECIMA NOVENA: NOTIFICACIONES. Todas las notificaciones referentes a Ia ejecuci6n de este Contrato, seran validas y tendran efecto a partir de su recepci6n solamente cuando sean hechas por escrito a las direcciones que las partes contratantes han seti.alado, asi: El Ministerio en Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx X xxxxx, Kil6metro Cinco y Medio, Carretera a Santa Tecla, Plante] La Lechuza, Frente a! Estado Mayor, San Xxxxxxxx y el Contratista en sus oficinas situadas en
Tanto EL MINISTERJO como EL CONTRATISTA podemos cambiar nuestra
direcci6n, quedando obligados a notificarlo en un plazo no mayor de cinco dias calendario posterior a dicho cambia; mientras tanto el domicilio seti.alado o el ultimo notificado, sera valido para los efectos legales". Yo Ia suscrita Notaria DOY FE: Que las firmas que aparecen a! pie del referido Contrato, son AUTENTICAS por haberlas reconocido ante mi los comparecientes en el
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UNAMONOS PARA CRECER
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caracter y personeria ind icados, quienes ademas aceptaron en nombre y representaci6n de "El
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Ministerio" y de "El Contratista", los derechos y las obligaciones correlativas que han contraido. Asi se expresaron los comparecientes a qu ienes explique los efectos legales de Ia presente Acta Notarial qu e consta en cuatro hojas; y despues de haberselas leido integramente, en un solo acto, manifiestan su conformidad, ratifican su contenido y frrmamos. DOY FE.-