CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CELEBRADO ENTRE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL Y ALCALDÍA MUNICIPAL DE FUNZA
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CELEBRADO ENTRE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL Y ALCALDÍA MUNICIPAL DE FUNZA
Entre los suscritos, XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 63.524.688 de Bucaramanga, actuando en su calidad de Rectora, obra en nombre y Representación Legal de la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL, institución de educación superior, de carácter privado, con Personería Jurídica reconocida mediante Resolución No. 21328 de noviembre 15 de 2016 del Ministerio de Educación Nacional de Colombia, quien en adelante se denominará LA UNIVERSIDAD, de otra parte XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX, mayor de edad, vecino de Funza, Cundinamarca, identificado con C.C. No. 1.073.506.913 de Funza, Cundinamarca, en su calidad xx Xxxxxxx y Representante Legal de la Alcaldía Municipal de Funza, quien para el efecto del presente convenio en adelante se denominará ALCALDÍA, hemos acordado celebrar el presente CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL contenido en las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO: Aunar esfuerzos dirigidos a promover la cooperación interinstitucional para desarrollar proyectos que fortalezcan la misión de las partes y colaborar en todas aquellas actividades de interés para cada una de las dos instituciones.
SEGUNDA. ALCANCE: El presente objeto se desarrollará previo el cumplimiento de los requisitos jurídicos de los firmantes y de acuerdo con la disponibilidad de cada una de ellas y podrá desarrollarse bajo las siguientes modalidades: 1) Realización conjunta de eventos y programas académicos, prácticas académicas y empresariales, de capacitación, actividades culturales 2) Formulación y desarrollo de programas y proyectos de investigación, extensión y asistencia técnica, consultorías y asesorías. 3) Intercambio o préstamo de servicios profesionales especializados. 4) Intercambio de experiencias, servicios e información de carácter práctico o científico de beneficio mutuo. 5) Apoyo educativo (descuento en el valor de matrícula) por parte de la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL en los programas de pregrado y posgrado, a quienes tengan la calidad de beneficiarios de este convenio. 6) Complementación y apoyo en programas de extensión (Asesorías, cursos especiales y consultorías, entre otros); 7) Organización de eventos en temas relacionados con las actividades de las dos instituciones.
PARÁGRAFO PRIMERO: Podrán tener la calidad de beneficiarios quienes al momento de realizar el proceso de inscripción a la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA
INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL, sean residentes del Municipio de Funza, funcionarios y/o contratistas de la Alcaldía Municipal, y sean admitidos por LA UNIVERSIDAD en cumplimiento a la normativa interna de LA UNIVERSIDAD.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Condiciones del beneficio: 1. El descuento a recibir se aplicará de manera excluyente, por tanto, no será acumulable con otros descuentos y en ningún caso se aplicará en efecto retroactivo. Si alguna persona llega a ser beneficiaria de más de un descuento podrá escoger el más favorable.
2. Los descuentos aplican solo durante los períodos o ciclos académicos establecidos para cada programa académico, si el beneficiario por cualquier motivo debe cursar un mayor número de períodos o ciclos académicos, los descuentos aquí establecidos no le serán aplicables en los períodos o ciclos académicos adicionales a los establecidos para cada programa. 3. El valor restante de la matrícula deberá ser pagado por los canales y en el tiempo establecido por LA UNIVERSIDAD. 4. Los descuentos establecidos recaen de manera exclusiva sobre el valor de la matrícula. No aplica derechos complementarios y otros conceptos pecuniarios distintos a la matrícula. 5. LA UNIVERSIDAD se reserva la posibilidad de seleccionar el tipo de documentación que considera válida para acreditar las calidades que se requieren para obtener los beneficios, informando en tal sentido a EL MUNICIPIO y posibles interesados en el beneficio. 6. Los beneficios aplican para la formación de pregrado y posgrado que oferta LA UNIVERSIDAD, La FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL concederá un descuento del 15% del valor de la matrícula aprobada por el Ministerio de Educación Nacional, a los beneficiarios que sean admitidos para cada uno de los programas académicos que se encuentran publicados en los medios institucionales: xxx.xxxxxxx.xxx.xx. En caso de que la UNIVERSIDAD obtenga por parte del Ministerio de Educación Nacional nuevos registros calificados para otros programas académicos, éstos serán parte del presente convenio.
TERCERA. COMPROMISOS:
PARAGRAFO PRIMERO: COMPROMISOS CONJUNTOS:
1. Conformar el Comité Coordinador del convenio, el cual acordará un plan de trabajo estableciendo los convenios específicos; en el plan se considerará los tiempos y recursos necesarios para su elaboración y ejecución.
2. Definir, programar e incentivar las actividades y proyectos que se desarrollarán en el marco del presente convenio, relacionados con el objeto del mismo en las áreas de interés que se definan de común acuerdo.
3. Suscribir con posterioridad a la entrada en vigencia del presente instrumento, los convenios específicos en donde se fijarán las condiciones particulares de desarrollo y materialización de los proyectos de
investigación, desarrollo tecnológico y extensión, que las partes determinen llevar a cabo.
4. Propender por el logro de los objetivos de cada uno de los proyectos que se llevarán a cabo a través de la suscripción de los convenios específicos.
5. Aportar a la ejecución de los proyectos los recursos humanos, financieros y físicos (infraestructura, materiales y equipos) necesarios, de acuerdo a lo pactado en los convenios específicos que se suscribirán.
6. Facilitar la información que se considere necesaria y pertinente para el desarrollo de los convenios específicos.
PARAGRAFO PRIMERO: COMPROMISOS DE LAS PARTES:
COMPROMISOS DE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL:
1. Otorgar un 15% de descuento sobre el valor de la matrícula a los estudiantes que son habitantes del municipio de Funza (Cundinamarca), que, de conformidad con la certificación expedida por la autoridad definida por la Alcaldía Municipal, acrediten estar residiendo en el municipio.
2. Establecer y definir el cronograma periódico de actividades y los lugares en donde se desarrollarán las funciones encomendadas, teniendo en cuenta los reglamentos, normas internas, disponibilidad de áreas específicas y necesidades de LAS PARTES.
3. Ser aliado corporativo y académico del municipio de Funza, Cundinamarca, en los procesos que requieran charlas y orientación académica, y participar en eventos de educación, foros y capacitaciones siempre que el municipio lo requiera.
4. Suscribir los documentos respectivos con los estudiantes seleccionados para la realización de las diferentes prácticas de acuerdo con los lineamientos institucionales.
5. Presentar propuestas de formación a los diferentes grupos representativos del municipio de Funza.
6. Designar un coordinador para la realización de las prácticas en los diferentes niveles y supervisar el desarrollo de las mismas, a través del profesor de apoyo.
7. Entregar al municipio el formato de evaluación de desempeño de los estudiantes en práctica, previa verificación de afiliación al sistema de seguridad social en Salud.
8. Promover y apoyar el proceso de enseñanza y aprendizaje mediante conferencias, workshop, proyectos y diseño de planes de estudio y talleres y oferta en educación continua.
9. Las demás que resulten para cumplir el objeto del presente convenio de cooperación.
COMPROMISOS DEL MUNICIPIO:
1. Establecer y definir el cronograma mensual de actividades y los lugares en donde se desarrollarán las funciones encomendadas, teniendo en cuenta los reglamentos, normas internas, disponibilidad de áreas específicas y necesidades de LAS PARTES.
2. Tener en cuenta la oferta académica de la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL para la realización de actividades académicas, y realización de talleres, charlas o capacitaciones.
3. Invitar a la Institución a las diferentes ferias y /o eventos organizados por el municipio.
4. Respaldar a los estudiantes elegidos para participar en actividades de culturales del municipio, con el ofrecimiento de refrigerios y transporte para los participantes, cuando fuere necesario.
5. Solicitar con quince días de antelación, a los estudiantes requeridos para el apoyo de las actividades sociales adelantadas por el municipio y que requieran la participación y apoyo de la Institución.
6. Programar las actividades que sean adecuadas para el seguimiento del desarrollo de los estudiantes en el respectivo proyecto y comunicarlas a la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL.
7. Seleccionar los estudiantes para el desarrollo de las prácticas profesionales, en responsabilidad social y acciones de voluntariado, y asumir el pago de la ARL; para el caso de los estudiantes en práctica profesional.
8. Permitir el ingreso a sus instalaciones del o los estudiantes seleccionados y del Docente Líder de Prácticas o al monitor de la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL y realizar una inducción a los practicantes, en la que se expongan todos los asuntos relativos al funcionamiento del escenario de práctica.
9. Proporcionar las herramientas necesarias al ESTUDIANTE para el óptimo desarrollo de su práctica.
10. Xxxxxxx y aprobar el plan de práctica profesional y en responsabilidad social.
11. Avalar los informes mensuales presentados por el practicante, en los cuales reporte el avance en el cumplimiento del plan de práctica.
12. Informar a la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL cualquier situación que afecte el normal desarrollo de la práctica.
13. Permitir a la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL, el acceso a información de carácter académico e información general del MUNICIPIO.
14. Designar un Tutor para el ESTUDIANTE, quien se encargará de brindar acompañamiento y realizar seguimiento al desarrollo de su actividad formativa y quien tendrá como funciones.
15. Las demás que se generen para cumplir con los objetivos del presente convenio de cooperación.
COMPROMISOS GENERALES:
1. Rendir y elaborar los informes, conceptos, estudios y demás trabajos que se le soliciten en desarrollo del convenio.
2. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y entrabamientos.
3. Cumplir con la totalidad de los alcances descritos en el contrato, sus anexos y demás soportes que lo anteceden, los cuales hacen parte integral del convenio.
4. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de hacer u omitir algún hecho.
5. Mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto del convenio.
6. Informar oportunamente al Municipio sobre eventualidad que pueda surgir y que implique retraso en el desarrollo del convenio.
7. Acatar las instrucciones, sugerencias, observaciones y orientaciones escritas por el Supervisor del convenio y el Municipio de Funza.
8. Suscribir a tiempo las actas requeridas por parte del Municipio (supervisor y/o interventor) como constancias de la ejecución del convenio.
9. Las demás que por ley o contrato le correspondan
CUARTA. DURACIÓN: La duración del presente convenio será de (5) cinco años, contados a partir de la fecha de su firma por las partes convenidas. Al finalizar este periodo el convenio podrá ser prorrogado automáticamente por períodos iguales, mediante actas adicionales al mismo, salvo pronunciamiento en contrario por alguna de las partes con antelación mediante un aviso expreso y escrito con treinta
(30) días hábiles de anticipación a la fecha de terminación.
PARÁGRAFO PRIMERO: Sin perjuicio de lo anteriormente previsto, cualquiera de las partes podrá en cualquier tiempo dar por terminado el presente convenio sin necesidad de autorización alguna de la otra o la generación de indemnización de cualquier índole a favor de esta, a tales efectos bastará comunicación escrita treinta (30) días calendario antes de la fecha en que se desea se haga efectiva esta terminación, esto sin perjuicio de la pervivencia de las relaciones obligacionales emanadas de las actividades académicas ya iniciadas y la culminación de las mismas.
QUINTA. COORDINACIÓN: La dirección y coordinación estará a cargo en el caso de LA UNIVERSIDAD de la RECTORÍA, o quien esta instancia delegue; y en el caso de la Alcaldía Municipal de Funza de XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, GERENTE DE CIUDAD UNIVERSITARIA, o de quienes esta delegue para tal efecto. Conjuntamente a los supervisores les corresponde entre otras, las siguientes funciones: a) Elevar las propuestas que estos elaboren relacionadas con el desarrollo del objeto del presente convenio a los órganos competentes de las dos
instituciones. b) Realizar el seguimiento a los acuerdos específicos que se suscriban.
c) Evaluar los proyectos realizados y los resultados obtenidos d) Establecer los mecanismos de divulgación de los programas académicos.
SEXTA. ACUERDOS ESPECÍFICOS: Las acciones de cooperación, a través de actividades y otros proyectos, serán definidas posteriormente en Convenios Específicos que se adicionen a este Convenio Marco, los cuales a su vez podrán ser modificados o complementados por Convenios Adicionales complementarios. Todos los Convenios deberán ser expresamente aprobados por los Representantes Legales de ambas partes. Cada institución designará un Coordinador encargado de desarrollar las actividades específicas acordadas. Las acciones de cooperación que involucren recursos económicos podrán ser desarrolladas previa autorización de los Representantes Legales y cumplimiento de la normatividad que al respecto tenga cada entidad a partir de la aprobación de los planes de trabajo por los respectivos coordinadores del Convenio.
SÉPTIMA. ÁREAS DE INTERÉS: Las instituciones participantes podrán desarrollar programas en las diferentes áreas del saber que le sean comunes y de interés mutuo.
OCTAVA. PLANES DE TRABAJO: Los Coordinadores designados por las dos instituciones elaborarán conjuntamente un Plan de Trabajo estableciendo los términos en que se llevarán a cabo las actividades específicas de cada proyecto, su presupuesto y en general todos los aspectos que deban establecerse. Los proyectos, así como sus modificaciones constarán por escrito y serán sometidos a las instancias de aprobación correspondientes. De acuerdo con su disponibilidad y con sus propias normas, cada una de las instituciones asumirá responsabilidades por los gastos en que se incurra para la ejecución de los proyectos. Cualquier gasto financiero extra que esta actividad demande será objeto de negociación específica.
NOVENA. FINANCIACIÓN: Las erogaciones que demande el cumplimiento del presente Convenio serán previamente acordadas por las partes para cada caso en particular y quedarán consignadas en los respectivos planes de trabajo. En caso de que los recursos requeridos no puedan ser aportados totalmente por las instituciones participantes, éstas cooperarán en la búsqueda de la financiación externa que sea necesaria para la ejecución adecuada de los proyectos, ante organismos nacionales y/o internacionales.
DÉCIMA. - RELACIÓN LABORAL: Las relaciones laborales establecidas por cada una de las instituciones con su personal de planta no se verán afectadas por el presente Convenio, aún en los casos en que ambas instituciones realicen trabajos conjuntos que se desarrollen en las instalaciones o con los equipos de cualquiera de ellas.
DÉCIMA PRIMERA. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las partes signatarias manifiestan que llevarán a cabo de buena fe todas las acciones derivadas del presente Convenio por lo que pondrán todo su empeño para su debido cumplimiento. En caso de desacuerdo, se comprometen a resolver directa y voluntariamente entre ellas, con las instancias jerárquicas que correspondan, las diferencias que puedan originarse.
DÉCIMA SEGUNDA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y USO DE LA INFORMACIÓN: La
información que se requiera para adelantar el convenio y la que resulte de la cooperación tiene protección legal de las Leyes 23 de 1982; 44 de 1993; el Decreto 460 de 1995 y demás disposiciones complementarias. Las partes intervinientes son las únicas titulares de los derechos de propiedad intelectual. Los datos y la información deberán utilizarse exclusivamente para los objetivos del convenio y no puede ser reproducida, comercializada, ni cedida a terceros sin previa autorización de la entidad generadora de la información. El uso de la información obliga a reconocer los créditos correspondientes a las partes, en todos los informes y publicaciones que se realicen como resultado del convenio. Los resultados podrán publicarse conjuntamente o por separado, previo acuerdo.
PARÁGRAFO PRIMERO: Cada actividad específica definirá la propiedad intelectual de los resultados que se obtengan en el marco del convenio, de acuerdo a la contribución de cada una de las partes.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Se dará crédito a los investigadores, personal e instituciones involucradas en el desarrollo del convenio. La información básica aportada por cada una de las partes, continuará siendo de su propiedad.
PARÁGRAFO TERCERO: El procedimiento de intercambio de información se hará por escrito y se dejará constancia de ello mediante Acta suscrita por el Comité Coordinador.
DÉCIMA TERCERA. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: Cada una de las
instituciones se compromete en sus actividades a seguir lo indicado por el Régimen de Protección de datos personales aplicable en Colombia, esto es la ley 1581 de 2012, decreto 1377 de 2013 y demás normas concordantes, así como la Política de Tratamiento de la Información personal de la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DE COLOMBIA UNINCOL y sus actualizaciones. LA ALCALDÍA por su parte autoriza a LA UNIVERSIDAD a hacer uso de sus datos para las actividades relacionadas con el desarrollo del Convenio.
DÉCIMA CUARTA. TERMINACIÓN: El presente Xxxxxxxx se terminará y cesarán sus efectos en los siguientes casos: a) Por incumplimiento de algunas de las cláusulas que imposibilite definitivamente la ejecución del mismo; b) Por mutuo acuerdo
entre las partes; c) Por fuerza mayor o caso fortuito que haga imposible su continuación. D) Por las demás causales estipuladas en la Ley.
DÉCIMA QUINTA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Este Convenio se ha celebrado en consideración al objeto que se pretende ejecutar, en consecuencia, ninguna de ellas podrá cederlo sin la autorización previa y escrita de la otra parte.
DÉCIMA SEXTA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales relativos al presente Convenio, el domicilio del mismo será en la ciudad de Bogotá D.C. y las comunicaciones que se remitan las partes se enviarán: a LA UNIVERSIDAD: Xxxxx 00x Xx. 00-00, Xxxxxx X.X, Tel.: 00 000 0000000, y SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE LA
ALCALDÍA DE FUNZA: Xxxxx 00 Xx. 0-00. De común acuerdo las partes podrán establecer otras sedes de Ejecución del Convenio, en función de las necesidades y de un plan de ampliación determinado.
DÉCIMA SÉPTIMA-. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente Convenio se
perfecciona con la suscripción de las partes.
Para constancia de lo anterior se firma, por ambas autoridades, en dos (2) ejemplares de igual valor y contenido en la ciudad de Bogotá D.C, a los cinco(5) días del mes de diciembre de 2023,